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LEY DE TRANSPARENCIA LEY Nº20.285 SOBRE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Publicada en el Diario Oficial, el 20 de Agosto de 2008, vigencia a contar del 20 de Abril de 2009.

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Page 1: Presentaci On Transparencia

LEY DE TRANSPARENCIA

LEY Nº20.285 SOBRE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

Publicada en el Diario Oficial, el 20 de Agosto de 2008, vigencia a contar del 20 de Abril de 2009.

Page 2: Presentaci On Transparencia

ANTECEDENTES LEGALES 1.D.F.L Nº1-19.653 , que fija el texto refundido

coordinado y sistematizado de la Ley Nº:18.575 de Bases Generales de la Administración del Estado, publicado en el D.O. el 17 de Noviembre de 2001.

2. Ley Nº19.653 Sobre Probidad Administrativa publicada el 14 de Diciembre de 1999.

3. Decreto Nº100, que fija el texto refundido, coordinado, y sistematizado de la Constitución Política de la República., art.8º, publicado el 22 de Septiembre de 2005.

4. Ley Nº:19.628 Sobre Protección a la Vida Privada o Protección de Datos de Carácter Personal, publicada en el D.O. el 28 de Agosto de 1999.

Page 3: Presentaci On Transparencia

OBJETIVO :Regular el “Principio de Transparencia de la Función

Pública“:

- resguardando el acceso a la información de los órganos de la Administración del Estado,

- los procedimientos para ejercer este derecho, y su amparo

- establece las excepciones a la publicidad de la información.

La ley de transparencia cautela la publicidad de los actos y resoluciones, fundamentos y documentos que los sustentan; procedimientos usados para su dictación, estableciendo que cualquier persona natural o jurídica tiene derecho a acceder a ella.

Page 4: Presentaci On Transparencia

ÁMBITO DE APLICACIÓN: Se aplica a ministerios, intendencias, gobernaciones,

gobiernos regionales, municipalidades, fuerzas armadas de orden y seguridad públicas, y los órganos y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa, empresas públicas creadas por ley, empresas del estado, y sociedades en que éste tenga participación accionaria superior al 50%, o bien tenga mayoría en el directorio de la referida empresa.

No comprendidos: Contraloría General de la República, El Congreso Nacional, El Banco Central, y Los Tribunales de Justicia que forman parte del Poder Judicial, El Ministerio Público, El Tribunal Constitucional, y la Justicia Electoral, son regidos por las disposiciones transitorias de esta Ley, y sus respectivas Leyes orgánicas constitucionales.

Page 5: Presentaci On Transparencia

MATERIAS

Procedimiento de acceso a la información (solicitud de información)

TRANSPARENCIA ACTIVA

CONSEJO DE LA TRANSPARENCIA

Page 6: Presentaci On Transparencia

Procedimiento de acceso a información PERSONA NATURAL O JURIDICA

Acceso a información de la AdministraciónMECANISMO DE ACCESO

- Solicitud escrita o en sitios electrónicos, - Identificación del solicitante- Precisar la información que se solicita- Solicitud firmada- Identificando el organismo al que se solicita información.

Page 7: Presentaci On Transparencia

Las consultas que puedan efectuar las personas a nuestro Servicio y Hospitales, se canalizan a través de la respectivas OIRS – SIAC. Las OIRS-SIAC Lugares en los cuales deberá mantenerse un índice actualizado de los actos, documentos calificados como secretos o reservados de conformidad a la Ley.

Page 8: Presentaci On Transparencia

PLAZO

Plazo de entrega 20 días hábiles contados desde la recepción de la solicitud, prorrogables por diez días más. La prórroga debe comunicarse al

solicitante antes del vencimiento del plazo y deberá ser fundada.

Page 9: Presentaci On Transparencia

Actuación del organismo Entregarla en el plazo señalado Si la información contiene antecedentes que

puedan afectar derechos de terceros, el Jefe Superior del órgano requerido debe notificar dentro del plazo de 2 días hábiles por carta certificada a los terceros involucrados adjuntando copia del requerimiento. Los terceros pueden oponerse dentro del plazo de 3

días hábiles desde la fecha de notificación, por escrito y señalando sus fundamentos. En este caso el órgano requerido queda impedido de entregar información.

Excepción: Cuando el Consejo de Transparencia resuelva lo contrario.

No entregarla

Page 10: Presentaci On Transparencia

Causales de negativa fundada 1.Cuando su publicidad, comunicación o

conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente:

a) Si es en desmedro de la prevención, investigación y persecución de un crimen o simple delito o se trate de antecedentes necesarios a defensas jurídicas y judiciales.

b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquellas sean públicos una vez que sean adoptadas

Page 11: Presentaci On Transparencia

Causales de negativa fundada c)Tratándose de requerimientos de carácter genérico,

referidos a un elevado número de actos administrativos o sus antecedentes o cuya atención requiera distraer indebidamente a los funcionarios del cumplimiento regular de sus labores habituales.

2. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico.

3. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte la seguridad de la Nación, particularmente si se refiere a la Defensa Nacional o la mantención del orden público o la seguridad pública.

Page 12: Presentaci On Transparencia

Causales de negativa 4. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento

afecte el interés nacional, en especial si se refieren a la salud pública o las relaciones internacionales y los intereses económicos o comerciales del país.

5. Cuando se trate de documentos, datos o informaciones que una Ley de quórum calificado haya declarado reservados o secretos, de acuerdo a las causales señaladas en el artículo 8º de la Constitución Política, es decir, cuando la publicidad de los actos de la Administración afecte las funciones de dichos órganos, los derechos de las personas, o la seguridad de la Nación o el interés nacional, (fuera de estos casos siempre rige el Principio de Publicidad de los Actos de la Administración)

Page 13: Presentaci On Transparencia

Reclamo ante Negativa a entregar información 1) Cuando se ha negado a determinada persona natural o

jurídica, el acceso a la información por ella requerida, dicha persona deberá recurrir ante el Consejo de la Transparencia; si dicho organismo mantiene la negativa a entregar la información.

Procedimiento: Artículos 24 a 27 de la Ley de Transparencia. Si su reclamo no es acogido existe una segunda instancia, 2) La persona puede recurrir ante La Corte de Apelaciones

respectiva mediante el llamado Reclamo de Ilegalidad. Procedimiento: Artículos 28 a 30 de la Ley de Transparencia.

En caso que El Consejo, o la Corte de Apelaciones resuelva que la información debe ser entregada al solicitante, dichos organismos notificarán la resolución ejecutoriada a todos los involucrados, y fijará un plazo para entregar la información solicitada, y podrá indicar la necesidad de iniciar un procedimiento disciplinario en contra de quien denegó el acceso a la información de manera infundada.

Page 14: Presentaci On Transparencia

INFRACCIONES Y SANCION POR INCUMPLIMIENTO DE LA NORMA

La autoridad o jefatura o jefe superior del órgano o servicio de la Administración del Estado, requerido, que hubiere denegado, infundadamente el acceso a la información, contraviniendo, así, lo dispuesto en el artículo 16, será sancionado con multa de 20% a 50% de su remuneración, una vez que la resolución que dicte la sanción se encuentre a firme. Lo anterior, previa aplicación de Investigación

Sumaria o Sumario Administrativo.

Page 15: Presentaci On Transparencia

EL CONSEJO DE LA TRANSPARENCIA

Se crea éste órgano para resguardar el cumplimiento de la Ley de Transparencia. Se trata de un órgano supervisor, cuya

misión principal puede resumirse en fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones de esta ley, y aplicar las sanciones en caso de infracción a ellas.

Corporación autónoma de derecho público

Page 16: Presentaci On Transparencia

TRANSPARENCIA ACTIVA Se refiere a la información que todos los

Servicios deben mantener publicada en sus sitios electrónicos y actualizados mensualmente

La información debe mantenerse a disposición permanente del público, a través del sitio electrónico del Servicio.

Page 17: Presentaci On Transparencia

TRANSPARENCIA ACTIVA

a) Estructura orgánica del Servicio.

b) Las facultades, funciones y atribuciones de cada una de sus unidades u órganos internos

c) Marco normativo que le sea aplicable

d) Planta de personal y el personal a contrata y a honorarios, con las correspondientes remuneraciones

Page 18: Presentaci On Transparencia

TRANSPARENCIA ACTIVA e) Las contrataciones para el suministro de

bienes muebles, para la prestación de servicios, para la ejecución de acciones de apoyo y para la ejecución de obras, y las contrataciones de estudios, asesorías y consultorías relacionadas con proyectos de inversión, con identificación de los socios y accionistas principales de las sociedades o empresas prestadoras, en su caso.

f) Transferencias de fondos públicos

g)Los actos y resoluciones que tengan efectos sobre terceros

Page 19: Presentaci On Transparencia

TRANSPARENCIA ACTIVA h) Los trámites y requisitos que debe

cumplir el interesado para tener acceso a los servicios que preste el órgano respectivo.

i) El diseño, montos asignados y otros beneficios que entregue el órgano respectivo.

j) Mecanismos de participación ciudadana. K) Información sobre presupuesto

Page 20: Presentaci On Transparencia

TRANSPARENCIA ACTIVA

l) Resultados de las auditorías al ejercicio presupuestario del respectivo órgano, y las aclaraciones que procedan.

m) Todas las entidades en que tengan participación, representación e intervención.

Page 21: Presentaci On Transparencia

SITIOS ELECTRONICOS

Los aquí mencionados son aquellos en los que está presente información relativa a nuestro Servicio:

a) www.mercadopúblico.cl b) www.minsal.cl Link “Gobierno

Transparente “. c) http//ssmsur.gov.cl