prescripcion positiva ad peepetuam

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C. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN TURNO PRESENTE GAUDENCIO SANTIAGO MARTINEZ, por mi propio derecho, mexicano, mayor de edad, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de citas y notificaciones, el ubicado en la avenida miguel hidalgo numero 600 altos, notaria publica numero 8 de esta ciudad, y autorizando para que en mi nombre y representación, las reciba en términos del articulo 89 del Código de Procedimientos Civiles del estado de Veracruz, el C. LICENCIADO FRANCISCO REYNA BEULO, ante usted con el debido respeto comparezco y expongo: Que en la VIA DE JURISDICCION VOLUNTARIA, vengo a promover INFORMACION AD PERPETUAM a efecto de acreditar, en los términos de los artículos 1184 y 1185 fracción I Y II, 2956 del Código Civil del estado de Veracruz, que he poseído el bien inmueble a que me referiré mas adelante, por el tiempo y las condiciones exigidas para prescribirlo y que por ende, me he convertido en propietario del respectivo bien inmueble.

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Page 1: Prescripcion Positiva Ad Peepetuam

C. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN TURNO PRESENTE

GAUDENCIO SANTIAGO MARTINEZ, por mi propio derecho, mexicano,

mayor de edad, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de

citas y notificaciones, el ubicado en la avenida miguel hidalgo numero 600

altos, notaria publica numero 8 de esta ciudad, y autorizando para que en

mi nombre y representación, las reciba en términos del articulo 89 del

Código de Procedimientos Civiles del estado de Veracruz, el C.

LICENCIADO FRANCISCO REYNA BEULO, ante usted con el debido respeto

comparezco y expongo:

Que en la VIA DE JURISDICCION VOLUNTARIA, vengo a promover

INFORMACION AD PERPETUAM a efecto de acreditar, en los términos de

los artículos 1184 y 1185 fracción I Y II, 2956 del Código Civil del estado de

Veracruz, que he poseído el bien inmueble a que me referiré mas

adelante, por el tiempo y las condiciones exigidas para prescribirlo y que

por ende, me he convertido en propietario del respectivo bien inmueble.

Me fundo para hacerlo en las siguientes consideraciones de hecho y de

derecho:

H E C H O S

1.-Que mediante Contrato de Compraventa, de fecha 7 de marzo de

1992, adquirí del señor JORGE SANTIAGO MARTINEZ, LOS DERECHOS DE

Page 2: Prescripcion Positiva Ad Peepetuam

POSESION, DE UN PREDIO RUSTICO, UBICADO EN EL PREDIO SAN PEDRO

MARTIR, DEL MUNICIPIO DE COSOLEACAQUE , VERACRUZ, CON UNA

SUPERFICIE DE 8-50-00 (OCHO HECTAREAS CINCUENTA AREAS CERO

CENTIAREAS), CON LOS SIGUIENTES LINDEROS Y MEDIDAS: AL NORTE:

93.10 NOVENTA Y TRES METROS DIEZ CENTIMETROS, CON TERRENOS

COMUNALES; AL SUR: 173.30 CIENTO SETENTA Y TRES METROS TREINTA

CENTIMETROS, CON TERRENO DE GREGORIO DOMINGUEZ R.; AL ESTE:

642.60 SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS METROS SESENTA CENTIMETROS,

CON TERRENO DE JORGE ORTIZ GUTIERREZ; AL OESTE: 641.90

SEISCIENTOS CUARENTA Y UN METROS NOVENTA CENTIMETROS, CON

TERRENO DE RUBEN VAZQUEZ RINZA, anexando para tal efecto, original

de plano, donde constan, superficie, medidas y colindancias.

Dicha operación de compraventa se protocolizo, mediante escritura

publica numero 17,414, de fecha 7 de marzo de 1992, ante la fe del

Licenciado HERMENEGILDO J. CARRION, en aquel entonces Titular de la

Notaria Publica numero 8 de esta ciudad, inscribiéndose en el registro

publico de la propiedad de la ciudad de Minatitlán, Ver, en forma

DEFINITIVA, con fecha 20 de julio de 1992, bajo el numero 536 a fojas

2145 a 2146 del tomo VII DE LA SECCION PRIMERA.

2.- Desde la fecha del contrato mencionado y de la adquisición del bien

inmueble referido, he poseído el bien inmueble descrito en el punto que

antecede, desde hace 17 Años y en dicho inmueble tengo construida

una casa habitación de concreto y laminas de asbesto y mi posesión ha

sido Pacifica, Continua, Publica y en concepto de dueño, así como de

buena fe, habida cuenta de que se inscribió en el Registro Publico de la

Page 3: Prescripcion Positiva Ad Peepetuam

Propiedad, los citados derechos de posesión. En consecuencia, ha

prescrito a mi favor el inmueble multimencionado, tal y como será

demostrado, dentro de la secuela procedimental.

3.- Al respecto me permito adjuntar al presente, CERTIFICADO DE NO

INSCRIPCION DE PROPIEDAD, DE FECHA 14 DE AGOSTO DE 2009,

expedido por el encargado del Registro Publico de la Propiedad, de la

ciudad de Minatitlán, ver, respecto del inmueble a que se refieren estas

diligencias, en el que se hace constar, que dicho inmueble no esta

inscripto a nombre de persona alguna, sino a nombre del suscrito en

calidad de poseedor.

4.- También acompaño recibos de pago por concepto del impuesto predial

con numero de Registro Catastral, numero 06500000860 del periodo

1997, 1998, 1999, 2000, 2002, 2003, 2004-2006, 2007, 2008 y 2009, todos

expedidos a mi nombre y respecto al predio SAN PEDRO MARTIR.,DEL

MUNICIPIO DE COSOLEACAQUE, VER.

5.- Ofrezco el testimonio de tres personas, de notorio arraigo en el lugar

de ubicación del bien inmueble de referencia, esto es con domicilio

conocido, en el PREDIO SAN PEDRO MARTIR, DEL MUNICIPIO DE

COSOLEACAQUE, VER, tal y como lo exige el articulo 2956 del Código Civil

del Estado de Veracruz y que son los señores: CECILIO SANTIAGO

DOMINGUEZ, LUCIANO URBANO HERNANDEZ Y EMILIO DOMINGUEZ

TORRES, a quienes presentare el día que se señale para la recepción de la

información testimonial correspondiente.

Page 4: Prescripcion Positiva Ad Peepetuam

6.- Solicito que previamente, a la recepción de la información testimonial

propuesta, se ordene y proceda a realizar las publicaciones de edictos, por

dos veces consecutivas en la Gaceta del Estado, que se edita en la ciudad

de Xalapa, ver, en el periódico de amplia circulación que determine su

señoría y Hacienda del Estado, de esta ciudad, en los estrados de este H.

Juzgado y del juzgado Segundo Menor de esta ciudad, y en los demás

lugares, que indique su señoría.

7.-Hecha la publicación anterior y recibida la información testimonial

propuesta, solicito se declare que el suscrito en su carácter de poseedor,

se ha convertido en propietario, en virtud de la PRESCRIPCION POSITIVA,

del terreno descrito en el hecho numero uno de este escrito, tal

declaración será tenida como titulo de propiedad y solicito se protocolice

ante el notario publico numero 2 Y/O 4 de esta ciudad, y se inscriba en el

Registro Publico de la Propiedad.

D E R E C H O

I.- Son aplicables en cuanto al fondo los artículos 1168, 1169, 1184, 1185,

1190,2956 del Código Civil de Veracruz

II.- El procedimiento se rige por lo dispuesto en los artículos 695, 724, 725,

726, 727, del Código de procedimientos Civiles del estado de Veracruz.

Para acreditar la procedencia de estas diligencias, ofrezco desde este

momento los siguientes medios de convicción:

Page 5: Prescripcion Positiva Ad Peepetuam

P R U E B A S

I.- DOCUMENTAL PUBLICA.- Consistente en el original de la escritura

pública numero 17,414, de fecha 7 de marzo de 1992, pasada ante la fe

del licenciado HERMENEGILDO J CARRION, Notario Público número 8 de

Esta ciudad, que contiene el Contrato de Compraventa, de Derechos de

Posesión, del terreno rustico, del predio SAN PEDRO MARTIR en el

Municipio de Cosoleacaque, ver. Esta prueba la relaciono con los hechos

1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 de esta promoción.

II.-DOCUMENTAL PUBLICA.- Consistente en original de CERTIFICADO DE

LIBERTAD DE GRAVAMENES DE fecha 22 de julio de 2009, expedido por el

Encargado del Registro Publico de la Propiedad, de la ciudad de

Minatitlán, ver.-mediante el cual se acredita que el predio del cual tengo

la posesión desde hace 17 años, se encuentra libre de todo gravamen,

hasta la fecha. Esta prueba se relaciona con los hechos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 de

esta promoción.

III.- DOCUMENTAL PUBLICA.- Consistente en original de CERTIFICADO DE

BUSQUEDA DE PROPIEDAD, DE fecha 14 DE AGOSTO de 2009, expedido

por el Encargado del Registro Público de la Propiedad, de la ciudad de

Minatitlán, Ver., mediante el cual se acredita que el bien inmueble

ubicado en el predio SAN PEDRO MARTIR DEL MUNICIPIO DE

Page 6: Prescripcion Positiva Ad Peepetuam

Cosoleacaque, ver., y que se encuentra inscripto en el Registro Público de

la Propiedad de Minatitlán, ver con el numero 536, sección primera de

fecha 20 de julio de 1992, UNICAMENTE SE ENCUENTRA INSCRIPTO A MI

NOMBRE, EN MI CALIDAD DE POSEEDOR. Esta prueba se relaciona con el

hecho número, 1, 2 Y 3 de esta promoción.

IV.- DOCUMENTALES PUBLICAS.- Consistentes en 11 recibos de pago del

impuesto predial, EN ORIGINAL, de la cuenta catastral numero 065-00-

000-860-00-000, de fecha 19/03/97, 30/03/98, 23/04/99, 21/02/2000,

27/09/2002, periodo 1, 27/09/2002 periodo 1-2 2002, 27/03/2003, predial

periodo 2004-2006 de fecha 26/02/ 2007, 27/02/2007, 25/02/2008,

30/01/2009, todos expedidos por la Tesorería Municipal del Municipio de

Cosoleacaque, ver. Esta prueba se relaciona con el hecho número 4 de

esta promoción.

V.-DOCUMENTAL PRIVADA.- Consistente en el plano ORIGINAL, de

localización del inmueble, UBICADO EN EL PREDIO SAN PEDRO MARTIR,

DEL MUNICIPIO DE COSOLEACAQUE , VERACRUZ, CON UNA SUPERFICIE

DE 8-50-00 (OCHO HECTAREAS CINCUENTA AREAS CERO CENTIAREAS),

CON LOS SIGUIENTES LINDEROS Y MEDIDAS: AL NORTE: 93.10 NOVENTA

Y TRES METROS DIEZ CENTIMETROS, CON TERRENOS COMUNALES; AL

SUR: 173.30 CIENTO SETENTA Y TRES METROS TREINTA CENTIMETROS,

CON TERRENO DE GREGORIO DOMINGUEZ R.; AL ESTE: 642.60

SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS METROS SESENTA CENTIMETROS, CON

TERRENO DE JORGE ORTIZ GUTIERREZ; AL OESTE: 641.90 SEISCIENTOS

CUARENTA Y UN METROS NOVENTA CENTIMETROS, CON TERRENO DE

Page 7: Prescripcion Positiva Ad Peepetuam

RUBEN VAZQUEZ RINZA, expedido por el ING.- ENRIQUE LINDBERGH

AGUILAR, en el que constan SUPERFICIE, MEDIDAS Y COLINDANCIAS. Esta

prueba se relaciona con el hecho Numero uno de esta promoción.

VI.- TESTIMONIAL DE LOS SEÑORES: CECILIO SANTIAGO DOMINGUEZ,

LUCIANO URBANO HERNANDEZ Y EMILIO DOMINGUEZ TORRES, con

domicilio conocido, del predio San Pedro Mártir de Cosoleacaque, ver., a

quienes, me comprometo a presentar en la hora y fecha hábil que se

señale para el desahogo de esta prueba, para que de manera directa

respondan al interrogatorio que oportunamente les formulare. Esta

prueba se relaciona con el hecho Número, 2 Y 5 de esta promoción.

VII.- PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA.- En todo aquello que favorezca

mis intereses personales.

VIII.- INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES.- En todo aquello, que me

favorezca.

Por lo anteriormente expuesto y fundado a usted C. JUEZ ATENTAMENTE

SOLICITO:

PRIMERO: Tenerme por presentado con esta escrito, por el que por mi

propio derecho, promuevo Diligencias de Información Testimonial Ad

Perpetuam, para acreditar que por el tiempo transcurrido debe

considerárseme como propietario del terreno que tengo en posesión

desde hace 17 años.

SEGUNDO: Dar entrada a esta promoción en la Vía y forma propuesta,

señalando oportunamente Fecha y Hora hábil, para la celebración de la

Page 8: Prescripcion Positiva Ad Peepetuam

Audiencia correspondiente y celebrada la misma, dictar Resolución

mediante el cual se declare que propietaria del lote antes citado.

PROTESTO LO NECESARIO.

COATZACOALCOS, VERACRUZ A 9 DE SEPTIEMBRE DE 2009

GAUDENCIO SANTIAGO MARTINEZ