ppt sesion 5

24
Sesión 5

Upload: layauris

Post on 25-Jun-2015

495 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Ppt Sesion 5

Sesión 5

Page 2: Ppt Sesion 5

QUÉ ENTENDEMOS POR DERECHO A LA VIDA?

¿QUÉ ES EL DERECHO A VIVIR?

Page 3: Ppt Sesion 5
Page 4: Ppt Sesion 5
Page 5: Ppt Sesion 5

QUÉ ES VIDA

La VIDA es un hecho biológico y está dado por la existencia de la persona, desde su concepción hasta la muerte.

El Derecho a la Vida consiste en el pleno respeto a esa existencia, la misma que debe desenvolverse sin interrupciones, sin atentados.

El Derecho a la Vida es el sostén y razón de ser de los demás Derechos de la Persona Humana.

Page 6: Ppt Sesion 5

Cuando hablamos del Derecho a la Vida estamos hablando de los hechos o fenómenos que atentan contra este derecho básico.

Por eso no podemos dejar como hechos que atentan con el Derecho a la Vida:

Los homicidios, como los más frecuentes, El aborto, El suicidio, La eutanasia, La eugenesia, y Entre los más graves por su forma y la cantidad de

sus victimas, el genocidio y las guerras.

Page 7: Ppt Sesion 5

Homicidio: Es el acto de causar la muerte de otra Persona Humana.La diferencia entre el Homicidio y el Asesinato está en la ausencia de premeditación y alevosía. En el Perú la Ley Penal denomina al Asesinato como Homicidio Calificado.

Aborto es la interrupción prematura del embarazo que causa la muerte del feto.

Suicidio es el acto de quitarse la propia vida.

Eutanasia: Es el homicidio cometido a petición del paciente.

Page 8: Ppt Sesion 5

La Eugenesia es la manipulación genética que busca el mejoramiento de la especie humana. Pero nosotros nos referimos a la Eugenesia Negativa que es aquella que pretende mejorar la raza humana esterilizando a los seres defectuosos.

Genocidio: Es un acto perpetrado con la intención de destruir total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial, político o religioso, con algún propósito particular.Se le considera como un delito internacional dentro del género de los crímenes contra la humanidad.

Page 9: Ppt Sesion 5

DIMENSIONES DEL DERECHO A LA VIDA

DIMENSIÓN EXISTENCIAL

Y

DIMENSIÓN SUSTANCIAL

Page 10: Ppt Sesion 5

DIMENSION EXISTENCIAL

La vida es…:

La Existencia de la Persona y del Concebido, por lo tanto,

Un proceso natural, que no se inicia en el momento de la concepción.

El concebido no es una prolongación de otra persona, sino su primera etapa. Es vida propia, aunque dependiente.

Page 11: Ppt Sesion 5

Existe un tratamiento jurídico diferencial entre la Persona y el Concebido. Ambas situaciones no son iguales.

Art. 1° del Código Civil: El concebido es sujeto de derecho para todo cuanto le favorece, siempre que nazca vivo.

Page 12: Ppt Sesion 5

DIMENSION SUSTANCIAL

Perspectiva que busca convertir al Derecho en un instrumento al servicio de los valores que le sirven de fundamento: Justicia, Dignidad, Igualdad, etc., para mejorar las situaciones de vida, en busca de una verdadera vida “Digna”

(aspecto sustancial o material).

No es sólo reconocer el Derecho a la Vida: hay que brindar las condiciones favorables para vivirla dignamente.

Page 13: Ppt Sesion 5

¿Es vida, la vida que vive aquel que no tiene qué comer, que no tiene un trabajo, una vivienda, aquel que no cuenta con los servicios básicos, ó que no goza de ambiente sano?

Vivir es:• Posibilidad de desarrollar facultades humanas y de

satisfacer necesidades biológicas, culturales, estéticas.

• Poder realizarse con decoro.• Tener la libertad de poder decidir su destino.

Page 14: Ppt Sesion 5
Page 15: Ppt Sesion 5

Es el Derecho base de todos los derechos del hombre como Persona Humana, sin él no tienen sentido los demás derechos.

Todos los Derechos Humanos suponen la existencia de una Persona, es decir, de un Ser Humano vivo, como titular de ellos.

Sólo reconociendo y respetando el derecho a la vida es posible la realización de los demás derechos del hombre como Persona Humana.

Page 16: Ppt Sesion 5

El Derecho a la Vida debe incluir el Derecho a Vivir con Dignidad Humana.

El derecho a la Vida está acompañado de un conjunto de condiciones favorables a la existencia del hombre y a su desarrollo integral,

Para lo cual, se debe gozar de prestaciones sociales, de servicios culturales, de manera que la persona tenga una existencia, pero con “Dignidad”.

Page 17: Ppt Sesion 5

17

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ: Art. 2: Toda persona tiene derecho: a la

vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece.

Page 18: Ppt Sesion 5

Derecho a la Vida 1. Toda persona tiene derecho a que se respete su

vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente.

2. En los países que no han abolido la pena de muerte, ésta sólo podrá imponerse por los delitos más graves, en cumplimiento de sentencia ejecutoriada de tribunal competente y de conformidad con una ley que establezca tal pena, dictada con anterioridad a la comisión del delito. Tampoco se extenderá su aplicación a delitos a los cuales no se la aplique actualmente.

Page 19: Ppt Sesion 5

3. No se restablecerá la pena de muerte en los Estados que la han abolido

4. En ningún caso se puede aplicar la pena de muerte por delitos políticos ni comunes conexos con los políticos.

5. No se impondrá la pena de muerte a personas que, en el momento de la comisión del delito, tuvieren menos de dieciocho años de edad o más de setenta, ni se le aplicará a las mujeres en estado de gravidez

Page 20: Ppt Sesion 5

6. Toda persona condenada a muerte tiene derecho a solicitar amnistía, indulto o conmutación de la pena,

No se puede aplicar la pena de muerte mientras la solicitud esté pendiente de decisión ante autoridad competente.

Page 21: Ppt Sesion 5

La protección a la vida no sólo trata de impedir la muerte de una persona, sino toda forma de maltrato.

Atentan contra la vida: la desaparición forzada de personas (práctica usual entre los gobiernos que ejercen terrorismo de estado, para secuestrar a sus enemigos políticos, torturarlos y muchas veces, matarlos) la esclavitud, las torturas y los diversos tipos de maltratos.

Page 22: Ppt Sesion 5

para quienes la defienden, cumple una función ejemplificadora y disuasiva.

para quienes no la aceptan, sería arrogarse el derecho de quitar la vida, poniéndose en el mismo lugar del delincuente, o en el de Dios.

Los tratados de derechos humanos no obligan a los estados a abolir la pena de muerte pero sí a limitar su aplicación.

Page 23: Ppt Sesion 5
Page 24: Ppt Sesion 5

Aborto = Interrupción del embarazo ¿Cuándo comienza el embarazo?

¿Con la fecundación? ¿Con la Implantación?

La ciencia médica define el inicio del embarazo como la implantación de un óvulo fecundado en la capa que recubre el útero. La implantación ocurre de 5 a 7 días después de la fecundación.