ponencia colson 11 mayo 2015 terminada

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La violación al derecho de libertad en la detención administrativa migratoria: el caso de las niñas, niños y adolescentes migrantes en México María Auxiliadora Moreno Valenzuela Universidad de Sonora Eduardo Acosta Lobatos Universidad Autónoma de Sinaloa I. Introducción La Convención de los Derechos del niño, establece en su artículo 37, inciso b), que ningún niño será privado de su libertad ilegal o arbitrariamente. La detención, el encarcelamiento o la prisión de un niño, se contempla tan solo como medida de último recurso y durante un periodo lo más breve posible y siempre de acuerdo a la ley. Las Reglas Mínimas para la Administración de Justicia de Menores (Reglas de BEIJING) y en tratándose de niñas, niños y 1

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La violación al derecho de libertad en la detención administrativa migratoria: el caso de las niñas, niños y adolescentes migrantes en México.Es un documento de caracter cientìfico y academico

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La violacin al derecho de libertad en la detencin administrativa migratoria: el caso de lasnias, nios y adolescentes migrantes en MxicoMara Auxiliadora Moreno Valenzuelaniversidad de !onora"duardo Acosta Lobatosniversidad Autnoma de !inaloa#$ #ntroduccinLa %onvencin de los &erechos del nio, establece en su artculo '(, inciso b), *ue ning+nnio ser, -rivado de su libertad ilegal o arbitrariamente$ La detencin, el encarcelamiento ola -risin de un nio, se contem-la tan solo como medida de +ltimo recurso y durante un-eriodo lo m,s breve -osible y siem-re de acuerdo a la ley$ Las .eglas Mnimas -ara la Administracin de /usticia de Menores 0.eglas de 1"#/#23) yen trat,ndose de nias, nios y adolescentes en con4licto con la ley -enal, establecen *uesiem-re *ue sea -osible, se ado-taran medidas sustitutorias de la -risin -reventiva, talescomolasu-ervisinestricta, lacustodia-ermanente, laasignacindeun4amiliaroeltraslado a un hogar o una institucin educativa, las cuales en todo momento tiene *ue serllevadoacaboduranteel -lazom,s breve-osibleyconres-etoirrestrictoal debido-roceso$1"n Mxico aun a -esar de *ue la Ley Migracin no contem-la a la detencin, en 4ormaex-resa,establece la 5deteccin5 *ue no es otra cosa *ue una detencin, ya *ue -ara *ue elagente *ue 5detecta5 -ueda -oner a dis-osicin a una -ersona, necesariamente tiene *ueestar en -osibilidad material de hacerlo$ "sta detencin ha sido denunciada -or lasorganizacionesdede4ensadelas-ersonasmigrantescomounaviolacinal derechodelibertad y del debido -roceso, en virtud de *ue es una detencin 4uera incluso, del -ro-io-rocedimiento administrativo de veri4icacin migratoria$ "n la 4raccin 66 del artculo 'ola citada ley, contem-la la 5-resentacin5 comola medida dictada -or el #nstitutomediante la cual se acuerda el alo7amiento tem-oral de un extran7ero *ue no acredita susituacin migratoria -ara la regularizacin de su estancia o la asistencia -ara su retorno$"ste alo7amientoes 4orzoso, ya *ue la olas -ersonas migrantes deber,n-ermaneceralo7ados 0detenidos) hasta la conclusin del -rocedimiento administrativo de veri4icacinmigratoria, es decir constituye una -rivacin de libertad$"sta medida, es a-licada en igual4orma -ara las nias, nios y adolescentes *ue via7an sin documentos migratorios,,violentando su derecho a la libertad y al debido -roceso$ "n este traba7o se revisaran losalcances de la a4ectacin a estos derechos$La -rivacin de la libertad 0detencin) de los nias, nios y adolescentes migrantes conmotivo de -rocedimiento administrativo de veri4icacin migratoria hecha -or el #nstituto2acional de Migracin, resulta similar a la de los adultos y los es4uerzos de -roteccin *ue-udierangenerarsedesdees-aciosinstitucionalesodelasociedadcivil, chocanconlasinconsistencias *ue con res-ecto a estas -ersonas de menor edad, se encuentran contenidasen la Ley de Migracin y su .eglamentoen donde -or una -arte se les reconoce como un2sector en situacin de vulnerabilidad y -or la otra se establecen mecanismos *ue violentansu derechos mas 4undamentales como el de la libertad y el debido -roceso$ ##$ La detencin administrativa migratoria en el marco normativo internacional y nacionala) #nternacionalLa &eclaracin Americana de los &erechos y &eberes del 8ombre establece en su artculo9:*uenadie-uedeser -rivadodesulibertadsi noenloscasosyseg+nlas 4ormasestablecidas-orlasleyes-reexistentesas comotambinnadie-uedeserdetenido-orincum-limiento de obligaciones de car,cter meramente civil,-or lo tanto, todo individuo*uehayasido-rivadodesulibertadtienederechoa*ueel 7uezveri4i*uesindemoraalguna, la legalidad de la medida y a ser 7uzgada sin dilacin in7usti4icada$"n trminoses-ec4icos el derecho a la libertad -ersonal debe regir el -rinci-io de *ue la -rivacin delibertad es una medida exce-cional en los casos a a*uellos en los *ue se violente una normameramente de car,cter -unitivo$As mismo como medida exce-cional al -rinci-io de libertad, seala la &eclaracin en cita,*ue la -risin -reventiva ser, el +nico medio *ue -ermita asegurar los 4ines del -roceso enel *ue la nia, nios o adolescente -artici-en, garantizando *ue dichas medidas no seanlesivas y *ue resultaran ine4icaces a los 4ines del -roceso$ "n el ,mbito migratorio, este mismo documento establece *ue -ara -oder cum-lir con lasobligaciones contenidas en el artculo ; y 9:, los "stados miembros deben establecer en susleyesysus-olticasdemigracinla-resuncindelibertaddelas-ersonasmigrantesmientras est,n su7etas a los -rocedimientos migratorios y no -artir de la -resuncin de *ue3es -rivado de su libertad sin a4ectos *ue -uedan vincularlo a un -roceso -unitivo$ "n estesentido la declaracin est, sealando *ue en tanto en materia civil y en materia -enal la-rivacindelalibertadtiene*ueser tomadacomoun+ltimorecurso-rivativodelalibertad, estableciendode esta 4orma la obligacinde las autoridades de su7etarse al-rinci-io de la exce-cionalidad em-ezando -or la -resuncin de la libertad de las -ersonas$La %omisin #nteramericana de &erechos 8umanos 0%#&8) ha sealado *ue el est,ndar deexce-cionalidad de la -rivacin de libertad, debe tener un car,cter m,s elevado, -ues lasin4racciones migratorias no constitucionalizan una in4raccin de ti-o -enal$ &e igual 4orma la %onvencin Americana de &erechos 8umanos establece como criteriorector *ueladeterminacindeladetencinde una -ersonamigranteslo es-ermisiblecuandosehayaim-lementadoorealizadounavaloracines-eci4ica*ueincor-orelascaractersticas -ro-ias de la o las -ersonas migrantes *ue se encuentren en este su-uesto yenes-ecial alas nias, nios yadolescentes, *uearro7elanecesidaddeladetencinmientras se resuelve su situacin migratoria$ "sta -r,ctica se considera *ue es necesaria-aradar cum-limientolegtimoalos intereses del "stado, as comoigual -ara-oderregular mediante la com-arecencia de -ersonas la determinacin de su estatus migratorio y-osiblede-ortacin$ n"stado-uedeargumentar;9, stas re4irieron*uedurante su estancia en ese lugar, la mayora de ellos 4ueron o4endidos verbalmente -or -artede los custodios *ue se encontraban al cuidado de la estaciones, as como la realizacin de-r,cticas coercitivas *ue ante una 4alta o un com-ortamiento considerado ina-ro-iado de-arte de las -ersonas migrantes, stas eran encerradas en ,reas *ue son destinadas -ara las-ersonas de -re4erencia sexual di4erente o -ara los en4ermos mentales$!obre las medidas de coercin*ue se e7ercendentrode la estacinmigratoria, las -ersonas alo7adas contaron*ueenel ,readevaronesexisten tres cuartos -e*ueos *ue no est,n ocu-ados y est,n destinados ahomosexualesy en4ermos mentales,-ero*ue sialguiencometealguna4alta o tiene mal com-ortamiento, es encerrado en uno de esos cuartos -orvarias horas$ 0!in @ronteras 9>;', 'C)"n cuanto a las nias, nios y adolescentes, la mayora de los encuestados mani4estaron elaumento de los cuartos de castigo los cuales est,n es-ecialmente destinados -ara ellos, y a12donde eran enviados a *ue re4lexionaran -or el com-ortamiento *ue haban tenido durantela estancia en dichas estaciones, as mismos evidenciaron el abuso de autoridad *ue se viveen estos lugares en incluso hasta -or el director$ GHIL"n uno de los gru-os de adolescentes un 7oven -regunt a una de las4acilitadoras MN?iga, y est, -ermitido *ue a uno le -eguen a*uO,entoncesdetall*ueunodesuscom-aeros4ueenviadoal cuartodecastigo-or noobedecer aunodelosguardiasK ste*uisointimidarlohaciendola4intade*ueleibaa-egar,el 7ovennosede7ycuentaLhaberse -uesto en guardia y retar tambin al agente del #2M= Ante esto,el director de la estacin migratoria a-areci -ersonalmente -araamenazar al 7oven con llevarlo al tutelar de menores -or delincuente y ledi7o *ue no volvera a su -as en un buen rato -ues ah si era una c,rcel$"l chico se retra7o y 4ue enviado al cuarto de castigo -or tres das, relatotro de ellos, *uien 4ue testigo *ue al llev,rselo lo gol-earon$ Luego elmismoagredidocom-lement: LMe-onanah -arado, conlosbrazoslevantados contra la -ared y no me de7aba *ue los ba7ara -or*ue decanera de castigo=$ ?tro de ellos cont *ue a l, de igual 4orma, loamenazaron con la historia del tutelar y con llevarlo al cuarto de castigo0!in 4ronteras 9>;', 'C)A estas -roblem,ticas resultan im-ortante agregar las de las condiciones estructurales en las*ue se encuentran las estaciones migratorias, la alimentacin *ue no es la adecuada, una4alta de iluminacin y ventilacin, ausencia de utensilios necesarios -ara la higiene13-ersonal, adecuaciones de servicios sanitarios, ro-a y camas en mal estado y la constantesobre-oblacin y alo7amiento$#V$ %onclusiones"n el caso de las nias, nios y adolescentes *ue se les su7eta al -rocedimientoadministrativo de veri4icacin migratoria, la detencin obligada en Mxico es totalmentecontraria con el -rinci-io de -resuncin de libertad a la *ue hace re4erencia la %onvencinde los &erechos del 8ombre, al -rinci-io de exce-cionalidad de la detencin siendo estacomo una medida de +ltimo recurso, as como la obligacin *ue tiene "stado Mexicano deestablecer un -rocedimiento *ue le -ermita evaluar las circunstancias -articulares de cadaunadelas -ersonas migrantes a-egadas -aradeterminar sudetencin-arasu-osibleretorno o de-ortacin, ba7o los -rinci-ios de necesidad, razonabilidad y -ro-orcionalidad$Asimismo, enla-r,cticalas-olticasmigratoriascarecendemtodosalternativosaladetencin, as como de criterios claros -ara su -rocedencia o bien se establecen-rocedimientos*uelimitanel e7ercicio-arasuacceso$ "nestesentidoel es*uemade-olticas -+blicas con orientacin migratoria no res-onde a las realidades migratorias y -orlotantosevenre4le7adasenlasviolacionesreiteradasdelosderechoshumanosdelas-ersonas migrantesdemenoredad,antela ausenciade -rogramas,-r,cticas,medidas ymecanismos -ara una e4ectiva a-licacin de medidas alternativas a la detencin$141ibliogra4a%omisin #nteramericana de &erechos 8umanos 0%#&8: 9>;9), #n4orme 2o$ ABF>C, %aso ;9$::' 0@ondo) /orge, /os y &ante Eeirano 1asso 0.e-+blica ?riental del ruguay) del B de agosto de 9>>C, -,rr$ ;>>$)%onvencin sobre los derechos del nio$A-robado -or el !enado de la .e-+blica el ;C de 7unio de ;CC>, "ntr en vigor en el ,mbitointernacional el 9 de se-tiembre de ;CC>$ @echa de consulta el da ;> de octubre 9>;D$Jomado de http://www.cndh.org.mx/sites/all/fuentes/documentos/Programas/Discapacidad/Conv_DNi%C3%Bo.pdf %onvencion Americana !obre &erechos 8umanos 0Eacto !an /ose)$ A-robada en la 4echa: 99 de noviembre de ;CBC,-or: La con4erencia "s-ecializada #nteramericana !obre &erechos 8umanos$ Eublicada en el &$ ?$ @: C F #, ( F V F de ;CA; y ;( F # del 9>>9, entrada en vigor -ara Mxico, 9D de marzo de ;CA;$ &is-onible en:http://www.pg!df.go".mx/temas/#$%$/fuentes/3$B$#.pdf %onstitucin Eolitica de los "stados nidos Mexicanos$ &is-onible en:http://www.dof.go".mx/constitucion/septiem"re_'(#_constitucion.pdf %orte #nteramericana de &erechos 8umanos 09>;>)$ #n4orme sobre inmigracion en "stados nidos: &eteciones y debido -roceso &eclaracin niversal de &erechos 8umanos$ Ado-cin: Asamblea 3eneral de la ?2 .esolucin 9;( A 0###), ;> de diciembre de ;CDA$ &is-onible en:http://www.orden!uridico.go".mx/)rat*nt/Derechos%'(+umanos/*N,)%'(((.pdf Mexico, .eglamento de la Ley de migracion$Eublicada en el &iario ?4icial de la @ederacion 0&?@): 9AF>CF9>;9$ @echa de consulta el dia;D de octubre de 9>;D$ Jomado de:http://www.dof.go".mx/nota_detalle.php-codigo./'0(%/1fecha.'2/(3/'(' 15Mexico, Ley de Migracion$-ublicada en el &iario ?4icial de la @ederacion 0&?@): 4echa de consulta el dia ;A de octubre de 9>;D$ http://www.inm.go".mx/static/marco_!uridico/pdf/4e5_de_6igracion_5_7eglamento.pdf .a4ael @errerMazorray otros 0"stados nidos), #n4orme 2o$ :;F>; 04ondo), %aso CC>', -,rr$ 9;C 0D de abril de 9>>;), dis-onible en http://www.cidh.oas.org/annualrep/'(((sp/Capitulo***/8ondo/99::33(3.htm.eglas mnimas de las naciones unidas -ara la administracin de la 7usticia de menores Lreglas de bei7ing=, Ado-cin: Asamblea 3eneral de la ?2, .esolucin D>F'', 9C de noviembre de ;CA:, 4echa de consulta el da ;; de octubre de 9>;D$ Jomado de http://www.orden!uridico.go".mx/)rat*nt/Derechos%'(+umanos/;)7;,%'(2.pdf !in 4ronteras 09>;')$ L!er Migrante no me hace delincuente= situacin de las -ersonas en detencin en las estaciones migratorias de #zta-ala-a, &istrito @ederal, Jenosi*ue, Villahermosa y Jabasco 9>;;< 9>;9$ @echa de consulta el da 9> de octubre de 9>;D$ &is-onible en:http://www.sinfronteras.org.mx/attachments/article/#3'/*N8;769_96_'(3.pdf !in 4ronteras 09>;')$ La ruta del encierro: !ituacin de las -ersonas en detencin en estaciones migratorias y estancias -rovisionales$ @echa de consulta el da ; de mayo de 9>;: &is-onible en htt-:FFsin4ronteras$org$mxFattachmentsFin4orme;D$-d416