poder legislativo del estado libre y soberano de … · para rendir su protesta de ley en esta...

114
DIARIO DE LOS DEBATES PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIHUAHUA AÑO I I P.O. LXI LEGISLATURA TOMO I NUMERO 25 VigØsima Segunda Sesin Ordinaria, dentro del Primer Perodo Ordinario de su Primer Aæo de Ejercicio Legal, celebrada la maæana del Da 21 de Diciembre de 2004, en el Recinto Oficial del Palacio Legislativo. S U M A R I O: 1.-LISTA ASISTENCIA. 2.- ORDEN DEL DÍA. 3.- ACTA SESIÓN ANTERIOR. 4.- CORRESPONDENCIA. 5.- CARTERA. TURNO COMISIONES J.C.P., DIP. LILIA AGUILAR GIL, CREAR COMIT ESPECIAL CON REP. PLURAL TENGA COMO ENCARGO EL MEJORAMIENTO Y CALIDAD DE PROCESOS LEGISLATIVOS, ADMINISTRATIVOS Y TODOS LOS RELATIVOS AL FUNCIONAMIENTO DE ESTE CONGRESO. EQUIDAD, GÉNERO Y FAMILIA.- P.T., REFORMAR ART. 110 CDIGO CIVIL EDO. Y ART. 421 CDIGO PROCEDIMIENTOS CIVILES EDO. RELATIVO A DAR FORMAL CUMPLIMIENTO A LA LTIMA FASE DEL PROCEDIMIENTO DEL JUICIO DE DIVORCIO. UNIDAS EQUIDAD, GÉNERO Y FAM. Y GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONST.- PAN, MODIFICAR CONTENIDO INICIATIVA DE LEY QUE REGULA EL FUNCIONAMIENTO DE CENTROS DE ESTANCIA Y CUIDADOS INFANTILES EN EDO. OBRAS Y SERVS. PÚBLICOS.- EJECUTIVO DEL EDO., A TRAVS DE SR˝A. DES. URBANO Y ECOLOG˝A, ENAJENE T˝TULO ONEROSO TRES INMUEBLES FAVOR POSEEDORES. GOB. Y PUNTOS CONST.- PROYECTO DECRETO CONGRESO UNIN, ADICIONAR P`RRAFO QUINTO ART. 21 DE CONST. POL˝TICA EDOS. UNIDOS MEXICANOS, RECORRINDOSE LOS ACTUALES QUINTO Y SEXTO, PASANDO A SER SEXTO Y SPTIMO, PARA EFECTOS LEGALES DEL ART. 135 DE CONST. FEDERAL. DICTÁMENES.- VIGILANCIA CONTADURÍA.- CUENTAS PÚBLICAS, EJERCICIO 2003, AYTOS: MORIS (105/04). JANOS (106/04). MAGUARICHI (107/04). CH˝NIPAS (108/04). BUENAVENTURA (109/04). CORONADO (110/04). LPEZ (111/04). COM. UNIDAS PROGRAMACIÓN Y DES. MPAL. Y FORT. FEDERALISMO.- EJECUTIVO DEL EDO., DEROGAR DECRETO 562/01 I P.O., Y REFORMAR Y ADICIONAR DIVERSAS DISPOSICIONES CDIGO MPAL. EDO., Y A LEY CATASTRO, AMBAS EDO., (112/04). PROG. PPTO. Y HDA. PÚBLICA.- JUÁREZ, MODIFICAR LEY ORG`NICA INSTITUTO MPAL. DE INV. Y PLANEACIN MPIO. JU`REZ, CHIH. (113/04). EJECUTIVO EDO., REFORMAR Y ADICIONAR DIVERSAS DISP. AL CDIGO FISCAL EDO. (114/04). LEY DE INGRESOS DEL EDO. CHIH., EJERCICIO FISCAL 2005 (115/04). PPTO. EGRESOS EDO. CHIH., EJERCICIO 2005. (116/04). 6.- INICIATIVAS. (NO HUBO) 7.- ASUNTOS GENERALES.- (NO HUBO) 8.-DIP. CABELLO RAMÍREZ, PRESENTA INFORME ACTIVIDADES DEL COMIT DE ADMINISTRACIN. DIP. PRESIDENTE PRESENTA INFORME DE ACTIVIDADES REALIZADAS DURANTE PRIMER PERIODO DE SESIONES DENTRO DEL PRIMER AO DE EJERCICIO 9.- NOMBRAMIENTO DIPUTADOS QUE INTEGRAR`N MESA DIRECTIVA DIPUTACIN PERMANENTE. 10.- TOMA DE PROTESTA DIPUTADOS INTEGRANTES DIP. PERMANENTE. 11.- CLAUSURA TRABAJOS DEL PRIMER PERIODO ORDINARIO DE SESIONES, PRIMER AO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL. (117/04) 12.- SE LEVANTA LA SESIÓN. Presidencia del C. Diputado Prof. Mario Tarango Ramírez. [P.R.I.]. 1. - El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: [Suena la campana]: Se abre la Sesin. Buenos das, compaæeros Diputadas y Diputados. [Inicia la Sesin a las 11:50 Hrs.]. Solicito al Primer Secretario, Diputado Manuel Ar- turo NarvÆez NarvÆez, pasar Lista de Asistencia, para verificar la existencia del qurum reglamen- tario, con el objeto de iniciar los trabajos de esta Sesin. - El C. Dip. Primer Secretario.- P.A.N.: S, seæor Presidente. Lista de Asistencia del da 21 de diciembre del aæo { 1103 {

Upload: others

Post on 25-Aug-2020

5 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

DIARIO DE LOS DEBATESPODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIHUAHUA

AÑO I I P.O. LXI LEGISLATURA TOMO I NUMERO 25

Vigésima Segunda Sesión Ordinaria, dentro del Primer Período Ordinario de su Primer Año de EjercicioLegal, celebrada la mañana del Día 21 de Diciembre de 2004, en el Recinto Oficial del Palacio Legislativo.

S U M A R I O:

1.-LISTA ASISTENCIA. 2.- ORDEN DEL DÍA. 3.- ACTA SESIÓN ANTERIOR. 4.- CORRESPONDENCIA.5.- CARTERA. TURNO COMISIONES J.C.P., DIP. LILIA AGUILAR GIL, CREAR COMITÉ ESPECIAL CONREP. PLURAL TENGA COMO ENCARGO EL MEJORAMIENTO Y CALIDAD DE PROCESOS LEGISLATIVOS,ADMINISTRATIVOS Y TODOS LOS RELATIVOS AL FUNCIONAMIENTO DE ESTE CONGRESO. EQUIDAD,GÉNERO Y FAMILIA.- P.T., REFORMAR ART. 110 CÓDIGO CIVIL EDO. Y ART. 421 CÓDIGO PROCEDIMIENTOSCIVILES EDO. RELATIVO A DAR FORMAL CUMPLIMIENTO A LA ÚLTIMA FASE DEL PROCEDIMIENTODEL JUICIO DE DIVORCIO. UNIDAS EQUIDAD, GÉNERO Y FAM. Y GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONST.-PAN, MODIFICAR CONTENIDO INICIATIVA DE LEY QUE REGULA EL FUNCIONAMIENTO DE CENTROS DEESTANCIA Y CUIDADOS INFANTILES EN EDO. OBRAS Y SERVS. PÚBLICOS.- EJECUTIVO DEL EDO., ATRAVÉS DE SRÍA. DES. URBANO Y ECOLOGÍA, ENAJENE TÍTULO ONEROSO TRES INMUEBLES FAVORPOSEEDORES. GOB. Y PUNTOS CONST.- PROYECTO DECRETO CONGRESO UNIÓN, ADICIONAR PÁRRAFOQUINTO ART. 21 DE CONST. POLÍTICA EDOS. UNIDOS MEXICANOS, RECORRIÉNDOSE LOS ACTUALESQUINTO Y SEXTO, PASANDO A SER SEXTO Y SÉPTIMO, PARA EFECTOS LEGALES DEL ART. 135 DECONST. FEDERAL. DICTÁMENES.- VIGILANCIA CONTADURÍA.- CUENTAS PÚBLICAS, EJERCICIO 2003,AYTOS: MORIS (105/04). JANOS (106/04). MAGUARICHI (107/04). CHÍNIPAS (108/04). BUENAVENTURA(109/04). CORONADO (110/04). LÓPEZ (111/04). COM. UNIDAS PROGRAMACIÓN Y DES. MPAL. Y FORT.FEDERALISMO.- EJECUTIVO DEL EDO., DEROGAR DECRETO 562/01 I P.O., Y REFORMAR Y ADICIONARDIVERSAS DISPOSICIONES CÓDIGO MPAL. EDO., Y A LEY CATASTRO, AMBAS EDO., (112/04). PROG. PPTO.Y HDA. PÚBLICA.- JUÁREZ, MODIFICAR LEY ORGÁNICA INSTITUTO MPAL. DE INV. Y PLANEACIÓN MPIO.JUÁREZ, CHIH. (113/04). EJECUTIVO EDO., REFORMAR Y ADICIONAR DIVERSAS DISP. AL CÓDIGO FISCALEDO. (114/04). LEY DE INGRESOS DEL EDO. CHIH., EJERCICIO FISCAL 2005 (115/04). PPTO. EGRESOSEDO. CHIH., EJERCICIO 2005. (116/04). 6.- INICIATIVAS. (NO HUBO) 7.- ASUNTOS GENERALES.- (NOHUBO) 8.-DIP. CABELLO RAMÍREZ, PRESENTA INFORME ACTIVIDADES DEL COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN.DIP. PRESIDENTE PRESENTA INFORME DE ACTIVIDADES REALIZADAS DURANTE PRIMER PERIODO DESESIONES DENTRO DEL PRIMER AÑO DE EJERCICIO 9.- NOMBRAMIENTO DIPUTADOS QUE INTEGRARÁNMESA DIRECTIVA DIPUTACIÓN PERMANENTE. 10.- TOMA DE PROTESTA DIPUTADOS INTEGRANTES DIP.PERMANENTE. 11.- CLAUSURA TRABAJOS DEL PRIMER PERIODO ORDINARIO DE SESIONES, PRIMERAÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL. (117/04) 12.- SE LEVANTA LA SESIÓN.

Presidencia del C. Diputado Prof. Mario TarangoRamírez. [P.R.I.].

1.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: [Suena la campana]:Se abre la Sesión.

Buenos días, compañeros Diputadas y Diputados.

[Inicia la Sesión a las 11:50 Hrs.].

Solicito al Primer Secretario, Diputado Manuel Ar-turo Narváez Narváez, pasar Lista de Asistencia,para verificar la existencia del quórum reglamen-tario, con el objeto de iniciar los trabajos de estaSesión.

- El C. Dip. Primer Secretario.- P.A.N.: Sí, señorPresidente.

Lista de Asistencia del día 21 de diciembre del año

– 1103 –

Page 2: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

2004.

[Pasa Lista de Asistencia, los Diputados unos contestan:

”Presente”, mientras que otros sólo levantan la mano].

Señor Presidente, le comunico que se encuentranpresentes 32 de 33 Diputados.

Y le informo también que ha solicitado se justifiquesu inasistencia a la ciudadana Leticia LedezmaArroyo, quien comunicó a la Presidencia, con ladebida oportunidad, la imposibilidad de asistir a lapresente Sesión, por atender asuntos propios desu encargo.

Es cuanto, Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias.

Existe el quórum reglamentario [32], todos losacuerdos que aquí se tomen tendrán fuerza legal.

2.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Solicito alPrimer Secretario, Diputado Manuel Arturo NarváezNarváez, proceda a dar lectura al Orden del Día,a efecto de someterlo a consideración de nuestraAsamblea.

- El C. Dip. Primer Secretario.- P.A.N.: Sí, señorPresidente.

Orden del Día:Primer Período Ordinario de SesionesSexagésima Primera Legislatura

Primer Año de Ejercicio Constitucional

I.- Lectura y Aprobación, en su caso, del Acta de laSesión Anterior.

II.- Lectura de Correspondencia.

III.- Asuntos en Cartera.

a) Turno a Comisiones.

IV.- Dictámenes que Presentan las Comisiones:

a) Vigilancia de la Contaduría General.

b) Unidas de Programación, Presupuesto yHacienda Pública y de Desarrollo Municipal y

Fortalecimiento del Federalismo.

c) Programación, Presupuesto y Hacienda Pública.

V.- Presentación de Iniciativas.

VI.- Asuntos Generales.

VII.- Informe que Rinde el Presidente del Congresodel Estado, relativo a las actividades realizadasdurante el Primer Período Ordinario de Sesiones,durante el Primer Año de Ejercicio Constitucional.

VIII.- Informe que Rinde el Comité de Adminis-tración, de Conformidad con los Dispuesto por elOrdenamiento Legal que nos Rige.

IX.- Nombramiento de los Diputados que Integraránla Mesa Directiva de la Diputación Permanente, queEntrará en Funciones Inmediatamente Después dela Clausura de los Trabajos del Primer PeríodoOrdinario.

X.- Toma de Protesta de los Diputados Integrantesde la Diputación Permanente.

XI.- Declaratoria, por el Presidente, de laClausura de los Trabajos del Primer PeríodoOrdinario de Sesiones, del Primer Año de EjercicioConstitucional.

Es cuanto, señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, Diputado.

Favor de manifestar la aprobación, en su caso,levantando la mano.

- Los CC. Diputados: [Manifiestan su aprobación en

forma unánime].

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se aprueba.

3.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Solicito a laSegunda Secretaria, Diputada Obdulia MendozaLeón, verifique si existe alguna objeción en cuantoal contenido relativo al Acta de la Sesión anterior.

- La C. Dip. Segundo Secretario.- P.R.I.: Con supermiso, señor Presidente.

– 1104 –

Page 3: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

Pregunto a los señores Diputados, si existe algunaobjeción en cuanto al contenido del Acta de laSesión anterior.

[No se registra manifestación alguna por parte de los

Diputados].

Señor Presidente, le informo que no se hamanifestado objeción en cuanto al contenido delActa anterior.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Siendo así, si es deaprobarse el Acta, favor de manifestarlo levantandola mano.

- Los CC. Diputados: [Manifiestan su aprobación en

forma unánime].

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se aprueba.

[Texto del Acta, de la cual se dispensó su lectura].

ACTA NÚMERO VEINTITRÉS:

SESIÓN ORDINARIA DEL PRIMER PERÍODO ORDINARIO

DE SESIONES CORRESPONDIENTE AL PRIMER AÑO

DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL DE LA SEXAGÉSIMA

PRIMERA LEGISLATURA, CELEBRADA EN EL RECINTO

OFICIAL DEL PODER LEGISLATIVO, EL DECIMOSEXTO

DÍA DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO.

PRESIDENCIA: DIPUTADO HÉCTOR MARIO TARANGO

RAMÍREZ.

SIENDO LAS ONCE HORAS CON CINCUENTA Y DOS

MINUTOS DEL DÍA DE LA FECHA, SE PASÓ LISTA

DE ASISTENCIA, AL CONSTATARSE LA PRESENCIA DE

LA MAYORÍA DE LOS LEGISLADORES, JUSTIFICÁNDOSE

LA INASISTENCIA DE LA DIPUTADA BEATRIZ HUITRÓN

RAMÍREZ, SE PROCEDIÓ A DECLARAR LA EXISTENCIA

DEL QUÓRUM REGLAMENTARIO, POR LO QUE TODOS

LOS ACUERDOS TOMADOS ESTARÍAN DOTADOS DE

FUERZA LEGAL.

INSTRUIDO POR EL DIPUTADO PRESIDENTE, EL

DIPUTADO MANUEL ARTURO NARVÁEZ NARVÁEZ, EN

SU CALIDAD DE PRIMER SECRETARIO, DIO LECTURA

AL ORDEN DEL DÍA; MISMO QUE AL SER SOMETIDO

A CONSIDERACIÓN DE LA ASAMBLEA, FUE APROBADO

POR UNANIMIDAD.

EN SEGUIDA, LA DIPUTADA OBDULIA MENDOZA LEÓN,

EN FUNCIONES DE SEGUNDA SECRETARIA, ATENDIENDO

LAS INSTRUCCIONES DEL DIPUTADO PRESIDENTE,

PREGUNTÓ A LOS DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA

LEGISLATURA SI EXISTÍA ALGUNA OBJECIÓN EN CUANTO

AL CONTENIDO DEL ACTA NÚMERO VEINTIDÓS, DE LA

SESIÓN VERIFICADA EL DECIMOCUARTO DÍA DEL MES

DE DICIEMBRE DEL PRESENTE AÑO, MISMA QUE LES

FUE DADA A CONOCER CON ANTICIPACIÓN; AL NO

REGISTRARSE NINGUNA OBSERVACIÓN, FUE SOMETIDA

A LA CONSIDERACIÓN DE LOS PRESENTES, HABIÉNDOSE

APROBADO POR UNANIMIDAD.

CONTINUANDO CON EL ORDEN DEL DÍA, EL DIPUTADO

MANUEL ARTURO NARVÁEZ NARVÁEZ, SECRETARIO

DE LA MESA DIRECTIVA, A SOLICITUD DEL DIPUTADO

PRESIDENTE, VERIFICÓ QUE LOS LEGISLADORES

CONTARAN CON EL LISTADO DE LA CORRESPONDENCIA

RECIBIDA.

EN SEGUIDA, LA DIPUTADA OBDULIA MENDOZA LEÓN, EN

SU CARÁCTER DE SEGUNDA SECRETARIA, CONFIRMÓ

QUE LOS DIPUTADOS CONTARAN CON EL LISTADO

DE LOS ASUNTOS EN CARTERA. AL RESPECTO, EL

DIPUTADO PRESIDENTE RATIFICÓ EL TURNO DE ÉSTOS,

CONFORME A LO ESTABLECIDO EN LA FRACCIÓN

NOVENA DEL ARTÍCULO TREINTA DE LA LEY ORGÁNICA

DEL PODER LEGISLATIVO.

PARA CONTINUAR CON EL DESARROLLO DEL ORDEN

DEL DÍA, EL DIPUTADO PRESIDENTE SOLICITÓ A

LA DIPUTADA OBDULIA MENDOZA LEÓN, EN SU

CALIDAD DE SEGUNDA SECRETARIA, DIERA LECTURA AL

DOCUMENTO ENVIADO POR LOS LICENCIADOS JESÚS

ANTONIO PIÑÓN JIMÉNEZ, EDUARDO JOSÉ GÓMEZ

ARRIAGA, PATRICIA CRISTINA BARAY PRIETO Y JULIO

CÉSAR JIMÉNEZ CASTRO, INTEGRANTES DEL JURADO

DE ELECCIÓN DE TERNA MEDIANTE EL CUAL, DE

CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO CIENTO TRES DE

LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA; Y TREINTA Y NUEVE

DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL, AMBOS

ORDENAMIENTOS PARA EL ESTADO DE CHIHUAHUA.

CON EL CUAL HACEN DEL CONOCIMIENTO DE ESTE

ÓRGANO, LA TERNA DE ABOGADOS QUE PROPONEN

PARA DESIGNAR MAGISTRADO DEL SUPREMO TRIBUNAL

DE JUSTICIA DEL ESTADO.

– 1105 –

Page 4: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

A CONTINUACIÓN Y HABIÉNDOSE DISTRIBUIDO

CON OPORTUNIDAD A CADA UNO DE LOS

GRUPOS PARLAMENTARIOS REPRESENTADOS EN ESTE

CONGRESO, LAS CURRÍCULAS DE CADA UNO DE

LOS ABOGADOS PROPUESTOS Y CON FUNDAMENTO

EN EL ARTÍCULO SESENTA Y CUATRO, FRACCIÓN

DECIMAQUINTA, INCISO B) DE LA CONSTITUCIÓN

POLÍTICA DEL ESTADO, SE DECLARÓ AL CONGRESO

DEL ESTADO, CONSTITUIDO EN COLEGIO ELECTORAL.

DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO CIENTO TREINTA Y

CUATRO DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO,

SE LLEVÓ A CABO LA VOTACIÓN NOMBRANDO EL PRIMER

SECRETARIO A LOS DIPUTADOS MEDIANTE EL PASE DE

LISTA, DEPOSITANDO CADA UNO DE ELLOS LA CÉDULA

EN EL ÁNFORA CORRESPONDIENTE, UBICADA PARA TAL

EFECTO EN EL LUGAR DE LA SEGUNDA SECRETARIA,

DIPUTADA OBDULIA MENDOZA LEÓN.

ACTO CONTINUO, LOS DIPUTADOS SECRETARIOS

REALIZARON EL CONTEO DE LOS VOTOS E INFORMARON

EL RESULTADO A LA PRESIDENCIA, RESULTANDO

ELECTO EL CIUDADANO LICENCIADO LUIS DANIEL

ARCINIEGA LÓPEZ, COMO MAGISTRADO DEL SUPREMO

TRIBUNAL DE JUSTICIA, POR LO QUE SE SOLICITÓ A

LA SECRETARÍA ELABORAR LA MINUTA DE DECRETO

CORRESPONDIENTE Y ENVIARLA PARA SU PUBLICACIÓN

EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO, ASÍ COMO

INFORMAR AL PRESIDENTE DEL SUPREMO TRIBUNAL

DE JUSTICIA EL RESULTADO OBTENIDO A FIN DE QUE

EL MAGISTRADO ELECTO SE TRASLADARA AL RECINTO

PARA RENDIR SU PROTESTA DE LEY EN ESTA MISMA

SESIÓN.

EN EL PUNTO REFERENTE A LA PRESENTACIÓN DE

DICTÁMENES, SE CONCEDIÓ EL USO DE LA TRIBUNA A

LA COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, QUIEN

EN VOZ DEL DIPUTADO SERGIO VÁZQUEZ OLIVAS, DIO

LECTURA AL DICTAMEN QUE RECAE A LA INICIATIVA

PRESENTADA POR LOS DIPUTADOS MANUEL ARTURO

NARVÁEZ NARVÁEZ, JAIME GARCÍA CHÁVEZ, RUBÉN

AGUILAR GIL Y CÉSAR HORACIO DUARTE JÁQUEZ, POR

MEDIO DE LA CUAL PROPONENREFORMARLA FRACCIÓN

TERCERA DEL ARTÍCULO CIENTO TREINTA Y DOS DE LA

LEY FEDERAL DEL TRABAJO; ACORDÁNDOSE REMITIR

A LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA

UNIÓN LA INICIATIVA DE DECRETO CORRESPONDIENTE.

SOMETIDO QUE FUE A CONSIDERACIÓN DE LA

ASAMBLEA, EL DICTAMEN DE ANTECEDENTES SE

APROBÓ POR UNANIMIDAD.

CONTINUANDO CON LA PRESENTACIÓN DE DICTÁMENES,

SE CONCEDIÓ EL USO DE LA TRIBUNA AL DIPUTADO

MARCO ADÁN QUEZADA MARTÍNEZ, QUIEN EN REPRE-

SENTACIÓN DE LA JUNTA DE COORDINACIÓN PARLAMEN-

TARIA Y CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO CUARENTA

Y DOS, FRACCIÓN TERCERA DE LA LEY ORGÁNICA

DEL PODER LEGISLATIVO, SOMETIÓ A CONSIDERACIÓN

DEL PLENO PROPUESTA DE REFORMA AL DECRETO

TRES/DOS MIL CUATRO PRIMER PERÍODO ORDINARIO,

RELATIVO A LA COMPOSICIÓN DE LAS COMISIONES Y

COMITÉS QUE INTEGRAN EL HONORABLE CONGRESO

DEL ESTADO.

EL DICTAMEN ANTES LEÍDO, FUE APROBADO EN FORMA

UNÁNIME.

A CONTINUACIÓN, LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y

PUNTOS CONSTITUCIONALES, SOMETIÓ A CONSIDERA-

CIÓN DEL PLENO LO SIGUIENTE:

EN VOZ DE LA DIPUTADA LILIA AGUILAR GIL, DICTAMEN

QUE RECAE A LA INICIATIVA PRESENTADA POR LA

DIPUTADA VICTORIA ESPERANZA CHAVIRA RODRÍGUEZ,

A EFECTO DE REFORMAR EL ARTÍCULO TRESCIENTOS

CINCUENTA Y CINCO DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO

DE CHIHUAHUA, NO ENCONTRÁNDOSE INCONVENIENTE

ALGUNO EN QUE SE REALICE DICHA REFORMA.

HABIÉNDOSE SOMETIDO A CONSIDERACIÓN DEL PLENO

EL DICTAMEN ANTERIOR, FUE APROBADO EN FORMA

UNÁNIME.

EN VOZ DEL DIPUTADO CÉSAR HORACIO DUARTE

JÁQUEZ, DICTAMEN MEDIANTE EL CUAL SE CONSIDERA

PERTINENTE REALIZAR LA REFORMA AL ARTÍCULO

CUARTO DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO,

A EFECTO DE ELEVAR A RANGO CONSTITUCIONAL LO

RELATIVO AL DEPORTE A INICIATIVA PRESENTADA POR

ÉL MISMO Y POR EL DIPUTADO MARCO ADÁN QUEZADA

MARTÍNEZ.

SOBRE EL TEMA, EL DIPUTADO JAIME GARCÍA CHÁVEZ,

EN USO DE LA TRIBUNA, EXPRESÓ QUE CONSIDERABA

– 1106 –

Page 5: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

PLAUSIBLE ESTE RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL

QUE SE LE OTORGA AL DEPORTE, ESPERANDO QUE

SEA ALENTADO A QUE TENGA UNA EXISTENCIA CÍVICA

REAL EN LA SOCIEDAD Y QUE NO SE QUEDE EN

UNA SIMPLE DECLARACIÓN; VISLUMBRANDO VARIAS

OPORTUNIDADES A LO LARGO DE LOS AÑOS QUE

VIENEN, PARA QUE ESTA IMPORTANTE DECISIÓN VAYA

ACOMPAÑADA DE LAS MEDIDAS QUE LA HAGAN

FACTIBLE.

EL DICTAMEN DE ANTECEDENTES FUE APROBADO POR

UNANIMIDAD.

CONTINUANDO CON EL PUNTO REFERENTE A LA

PRESENTACIÓN DE DICTÁMENES, LE FUE CONCEDIDO

EL USO DE LA TRIBUNA AL DIPUTADO JESÚS HEBERTO

VILLALOBOS MÁYNEZ, QUIEN EN REPRESENTACIÓN DE

LA COMISIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, DIO

LECTURA AL DICTAMEN QUE RECAE A LA INICIATIVA

PRESENTADA POR EL DIPUTADO CARLOS BORRUEL

BAQUERA, MEDIANTE LA CUAL SOLICITÓ REALIZAR

EXHORTO AL CONSEJO CONSULTIVO DE LA JUNTA

CENTRAL DE AGUA Y SANEAMIENTO A FIN DE QUE EN

EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO DOS MIL CINCO, NO SE

INCREMENTARAN LAS TARIFAS DE AGUA POTABLE PARA

EL CONSUMO DOMÉSTICO; ACORDÁNDOSE SOLICITAR

A LAS JUNTAS MUNICIPALES DE AGUA Y SANEAMIENTO

QUE EN LA PROPUESTA DE TARIFAS DE AGUA POTABLE

PARA USO DOMÉSTICO PARA EL AÑO DOS MIL CINCO,

QUE PRESENTEN A CONSIDERACIÓN DE LA JUNTA

CENTRAL DE AGUA Y SANEAMIENTO, LA ACTUALIZACIÓN

DE LOS COSTOS SEA ACORDE A LOS ÍNDICES

INFLACIONARIOS DEL EJERCICIO DOS MIL CUATRO, QUE

CALCULA EL BANCO DE MÉXICO.

DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO TREINTA Y TRES,

FRACCIÓN DECIMATERCERA DE LA LEY ORGÁNICA DEL

PODER LEGISLATIVO, LA DIPUTADA LETICIA LEDEZMA

ARROYO, OCUPÓ LA PRIMERA SECRETARÍA, A EFECTO

DE QUE EL DIPUTADO PRIMER SECRETARIO HICIERA

USO DE LA TRIBUNA.

EL DIPUTADO MANUEL ARTURO NARVÁEZ NARVÁEZ, EN

USO DE LA TRIBUNA, EXPRESÓ QUE EL DICTAMEN

REPRESENTA UN AVANCE POR UNA SERIE DE

SITUACIONES QUE SE CONTEMPLAN; SIN EMBARGO,

CONSIDERÓ QUE SE QUEDA CORTO EN CUANTO A

LA UNIFORMIDAD DE CRITERIOS; POR LO QUE SE

RESERVARÁ SU VOTO.

A CONTINUACIÓN, EL DIPUTADO JESÚS HEBERTO

VILLALOBOS MÁYNEZ, EXPRESÓ QUE CON ESTA MEDIDA

SE GARANTIZARÁ LA OPERATIVIDAD DE LA JUNTA

CENTRAL DE AGUA Y SANEAMIENTO Y A LA VEZ, SE

ASEGURA QUE LLEGUE A TODAS LAS FAMILIAS DEL

ESTADO DE CHIHUAHUA EL SUMINISTRO DE AGUA.

EL DIPUTADO CARLOS BORRUEL BAQUERA, CONFIRMÓ

EL SENTIDO DE SU INICIATIVA, EN EL SENTIDO DE QUE SE

RESPETARAN Y QUEDARAN IGUAL LAS TARIFAS PARA EL

AÑO DOS MIL CINCO Y ADICIONAR LO PROPUESTO POR

EL DIPUTADO MANUEL ARTURO NARVÁEZ NARVÁEZ, EN

EL SENTIDO QUE SE DISMINUYERA LA TARIFA HASTA EN

TREINTA POR CIENTO A TODAS AQUELLAS FAMILIAS QUE

PERCIBIERAN MENOS DE TRES O CUATRO SALARIOS

MÍNIMOS. RECONOCIÓ QUE HAY AVANCES, QUE LA

PROPUESTA SE REVISÓ DE MANERA RESPONSABLE,

INVIRTIÉNDOSE TIEMPO Y QUE TRAE SUSTENTO; PERO

QUE SU VOTO SERÁ EN CONTRA PORQUE CONSIDERA

QUE SE PUDO HABER HECHO ALGO MÁS.

EL DICTAMEN FUE APROBADO POR MAYORÍA,

QUEDÁNDOSE REGISTRADO EL VOTO EN CONTRA DEL

DIPUTADO CARLOS BORRUEL BAQUERA Y LA RESERVA

DE VOTO DEL DIPUTADO MANUEL ARTURO NARVÁEZ

NARVÁEZ.

A CONTINUACIÓN, HABIENDO SIDO INFORMADO EL

DIPUTADO PRESIDENTE DE QUE EL LICENCIADO LUIS

DANIEL ARCINIEGA LÓPEZ, QUIEN FUERA DESIGNADO

MAGISTRADO DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL

ESTADO, POR ESTA SOBERANÍA, YA SE ENCONTRABA

EN LA SALA MORELOS DE ESTE PALACIO LEGISLATIVO,

SOMETIÓ A CONSIDERACIÓN DE LA ASAMBLEA LA

CONFORMACIÓN DE UNA COMISIÓN ESPECIAL DE

CORTESÍA INTEGRADA POR LOS DIPUTADOS LETICIA

LEDEZMA ARROYO Y SALVADOR GÓMEZ RAMÍREZ, A FIN

DE QUE CONDUJERAN A ESTE RECINTO AL MAGISTRADO

PARA QUE LE FUERA TOMADA LA PROTESTA DE LEY,

MISMA QUE FUE APROBADA EN FORMA UNÁNIME,

DECLARÁNDOSE PARA TAL EFECTO UN BREVE RECESO

PARA QUE LA COMISIÓN DESIGNADA REALIZARA LO

PROPIO.

– 1107 –

Page 6: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

AL REANUDARSE LA SESIÓN Y SIENDO VISIBLE

EL QUÓRUM REGLAMENTARIO, SE PROCEDIÓ A

TOMAR LA PROTESTA DE LEY AL LICENCIADO LUIS

DANIEL ARCINIEGA LÓPEZ, QUIEN FUERA DESIGNADO

MAGISTRADO DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL

ESTADO DE CHIHUAHUA.

ACTO CONTINUO, EL DIPUTADO PRESIDENTE SOLICITÓ

A LA COMISIÓN DE CORTESÍA QUE ACOMPAÑARA AL

MAGISTRADO EN SU RETIRO DEL RECINTO.

CONTINUANDO CON LA PRESENTACIÓN DE DICTÁMENES,

LE FUE CONCEDIDO EL USO DE LA TRIBUNA A LA COMI-

SIÓN DE VIGILANCIA DE LA CONTADURÍA GENERAL DEL

CONGRESO, LA CUAL PRESENTÓ LO SIGUIENTE:

EN VOZ DEL DIPUTADO ALBERTO CARRILLO GONZÁLEZ,

DICTAMEN MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA LA CUENTA

PÚBLICA DEL AYUNTAMIENTO DE SAN FRANCISCO DE

CONCHOS, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL

DEL AÑO DOS MIL TRES.

EN VOZ DEL DIPUTADO FERNANDO MARIANO REYES

RAMÍREZ, DICTAMEN MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA LA

CUENTA PÚBLICA DEL AYUNTAMIENTO DE GUACHOCHI,

CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO DOS

MIL TRES.

A LA DIPUTADA MINERVA CASTILLO RAMÍREZ, DICTAMEN

MEDIANTE EL CUAL SE RESUELVE NO APROBAR LA

CUENTA PÚBLICA DEL AYUNTAMIENTO DE BATOPILAS,

CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO DOS

MIL TRES.

EN USO DE LA TRIBUNA, EL DIPUTADO JAIME GARCÍA

CHÁVEZ, EXPRESÓ QUE ESTE ÚLTIMO DICTAMEN LE

PARECE UN MENSAJE MUY IMPORTANTE EN MATERIA

DE CUENTA PÚBLICA; CONSIDERÁNDOLO EMBLEMÁTICO

DE UN NUEVO ESTILO QUE DEBE DE IMPONERSE EN

MATERIA DE REVISIÓN Y FISCALIZACIÓN, ESPERANDO

QUE EL TURNO QUE SE ESTÁ DANDO A LA

PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA, TRASCIENDA

A UN JUZGADO Y AHÍ SE JUSTIFIQUE O, EN SU CASO, SE

APLIQUE LA LEY.

HABIÉNDOSE SOMETIDO A CONSIDERACIÓN DE LOS

LEGISLADORES LOS DICTÁMENES ANTERIORMENTE

REFERIDOS, FUERON APROBADOS EN FORMA UNÁNIME.

INSTRUYENDO EL DIPUTADO PRESIDENTE A LA

SECRETARÍA QUE DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO

TREINTA, FRACCIÓN VIGÉSIMA DE LA LEY ORGÁNICA

DEL PODER LEGISLATIVO, VIGILARA QUE LOS MISMOS

FUERAN INSERTADOS EN EL DIARIO DE LOS DEBATES.

EL DIPUTADO PRESIDENTE, SOLICITÓ HACER UN CAMBIO

AL ORDEN DEL DÍA, EN VIRTUD DEL SENSIBLE DECESO

DE LA MADRE MARÍA LUISA REYNOSO MONDRAGÓN, Y

QUE HACE UNOS DÍAS FUE ELECTA CONSEJERA DE LA

COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS.

SOBRE EL TEMA, LA DIPUTADA VICTORIA CHAVIRA

RODRÍGUEZ, A NOMBRE DE LOS DIPUTADOS QUE

INTEGRAN LA FRACCIÓN PARLAMENTARIA DEL PARTIDO

ACCIÓN NACIONAL, SOMETIÓ A CONSIDERACIÓN DEL

PLENO UNA PROPOSICIÓN DE PUNTO DE ACUERDO

PARA QUE EL EJECUTIVO ESTATAL, EN CONJUNTO

CON LAS ORGANIZACIONES CIVILES, BUSQUE LOS

MECANISMOS NECESARIOS PARA CONSTITUIR UN

ORGANISMO O FIDEICOMISO PÚBLICO MULTISECTORIAL,

EL CUAL SE ABOQUE A DAR SEGUIMIENTO Y

CONTINUIDAD A LAS LABORES DE BENEFICENCIA

INICIADAS Y DESARROLLADAS POR LA MADRE

REYNOSO, ESTO SIN PERJUICIO DE LAS OBRAS QUE

EN PRO DE LOS NIÑOS DE LA GRANJA HOGAR LLEVE A

CABO EL PATRONATO DE LA MISMA; SOLICITANDO LOS

INICIADORES QUE DICHA PROPUESTA FUESE SOMETIDA

A CONSIDERACIÓN DE LA ASAMBLEA EN LA MISMA

SESIÓN, DE CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECE EL

PÁRRAFO SEGUNDO DEL ARTÍCULO NOVENTA Y NUEVE

DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO.

EL DIPUTADO PRESIDENTE, RAZONANDO QUE ES

IMPORTANTE EL ASUNTO PLANTEADO, LO SOMETIÓ A LA

CONSIDERACIÓN DEL PLENO RESULTANDO APROBADO

EN FORMAUNÁNIME. ASÍ MISMO, SE GUARDÓUN MINUTO

DE SILENCIO, REALIZANDO LA REFLEXIÓN DE QUE ESTE

DÍA, DIECISÉIS DE DICIEMBRE, CHIHUAHUA AMANECIÓ

CON UN DÉFICIT DE HUMANIDAD.

EN EL PUNTO REFERENTE A LA PRESENTACIÓN DE

INICIATIVAS, FUE CONCEDIDO EL USO DE LA TRIBUNA

EN EL SIGUIENTE ORDEN:

· A LA DIPUTADA LILIA AGUILAR GIL, QUIEN DIO

LECTURA A UNA INICIATIVA DE PUNTO DE ACUERDO,

– 1108 –

Page 7: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

POR MEDIO DE LA CUAL SOLICITA SE CREE UN COMITÉ

ESPECIAL PARA EL MEJORAMIENTO Y CALIDAD DE

LOS PROCESOS LEGISLATIVOS Y ADMINISTRATIVOS DEL

MISMO. SOLICITANDO, CON FUNDAMENTO EN LA LEY

ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO, FUESE TURNADA

A LA JUNTA DE COORDINACIÓN PARLAMENTARIA.

EL DIPUTADO PRESIDENTE, EN COINCIDENCIA CON EL

PUNTO DE VISTA DE LA INICIADORA, REALIZÓ EL TURNO

CORRESPONDIENTE.

· AL DIPUTADO RUBÉN AGUILAR GIL, QUIEN A NOMBRE

PROPIO Y DE LA DIPUTADA LILIA AGUILAR GIL, FORMULÓ

INICIATIVA CON CARÁCTER DE DECRETO, A FIN DE

QUE SE REFORMEN LOS ARTÍCULOS CIENTO DIEZ

DEL CÓDIGO CIVIL Y CUATROCIENTOS VEINTIUNO

DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, AMBOS

PARA EL ESTADO DE CHIHUAHUA, RELATIVOS A LA

CONCLUSIÓN DE PROCEDIMIENTOS JUDICIALES, COMO

LO ES EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE DIVORCIO QUE

CONTEMPLA EL ÚLTIMO ORDENAMIENTO MENCIONADO.

LA INICIATIVA ANTES LEÍDA, FUE REMITIDA A LA

SECRETARÍA PARA SU TRÁMITE CORRESPONDIENTE.

AL NO REGISTRARSE NINGÚN DIPUTADO EN

LO REFERENTE AL TRATAMIENTO DE ASUNTOS

GENERALES, EL DIPUTADO PRESIDENTE RECORDÓ

A LAS COMISIONES LEGISLATIVAS RESPECTIVAS,

QUE EL DÍA DE LA FECHA, A LAS DIECINUEVE

HORAS, COMPARECERÍAN LOS TITULARES DE LA

PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA Y DE LA

SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA.

HABIÉNDOSE DESAHOGADO TODOS LOS PUNTOS DEL

ORDEN DEL DÍA, SIENDO LAS CATORCE HORAS CON

OCHO MINUTOS, SE LEVANTÓ LA SESIÓN, CITÁNDOSE

PARA LA PRÓXIMA, A VERIFICARSE A LAS ONCE HORAS

DEL DÍA MARTES VEINTIUNO DE DICIEMBRE DEL AÑO

DOS MIL CUATRO, EN EL RECINTO OFICIAL DEL PODER

LEGISLATIVO.

DIPUTADO PRESIDENTE, PROF. HÉCTOR MARIO

TARANGO RAMÍREZ; DIPUTADO SECRETARIO, C. MANUEL

ARTURO NARVÁEZ NARVÁEZ; DIPUTADA SECRETARIA,

ING. OBDULIA MENDOZA LEÓN.

4.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Solicito alPrimer Secretario, Diputado Manuel Arturo NarváezNarváez, verifique que los Legisladores cuentancon el listado de Correspondencia recibida.

- El C. Dip. Primer Secretario.- P.A.N.: Sí, señorPresidente.

Señoras y señores Legisladores, si a alguno deustedes les hace falta la Correspondencia recibida,favor de expresarlo.

[No se registran manifestaciones por parte de los Diputados].

Señor Presidente, le comunico que todoslos Legisladores, cuentan con el documentocorrespondiente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias.

Le pido a la Secretaría le otorgue el trámitecorrespondiente.

[CORRESPONDENCIA, 21 DE DICIEMBRE DEL 2004.

21 DE DICIEMBRE DEL 2004

A) OTROS ESTADOS

1. OFICIO S/N QUE ENVÍA EL H. CONGRESO DEL ESTADO

DE COAHUILA DE ZARAGOZA, MEDIANTE EL CUAL HACEN

DE NUESTRO CONOCIMIENTO QUE ESA LEGISLATURA

APROBÓ UN ACUERDO POR EL CUAL SOLICITAN A LA

ADMINISTRACIÓN GENERAL DE ADUANAS, DEPENDIENTE

DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE LA

SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, QUE SE

APLIQUEN CON CELERIDAD LOS PLANES Y PROGRAMAS

DE MODERNIZACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA CON LA

QUE CUENTA, ASÍ COMO QUE TAMBIÉN SE APLIQUE EL

PROGRAMA PAISANO Y SE INFORME A ESE CONGRESO

DE LOS LOGROS ALCANZADOS CON EL MISMO.

B) DIVERSOS

2. ESCRITO QUE ENVÍA LA ASOCIACIÓN RED

CIUDADANA, POR MEDIO DEL CUAL REALIZA DIVERSAS

CONSIDERACIONES A ESTE CUERPO COLEGIADO,

RESPECTO A LA DISCUSIÓN Y APROBACIÓN DEL

PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL ESTADO.

– 1109 –

Page 8: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

3. OFICIO No. REG/ADM/07/2004, QUE ENVÍAN

REGIDORES DE FRACCIÓN EDILICIA DEL PARTIDO

ACCIÓN NACIONAL EN EL AYUNTAMIENTO DELMUNICIPIO

DE JUÁREZ, POR MEDIO DEL CUAL REALIZAN UNA

DENUNCIA DE HECHOS QUE PUDIERAN RESULTAR

VIOLATORIOS A DIVERSAS DISPOSICIONES CONTENIDAS

EN EL CÓDIGO MUNICIPAL VIGENTE PARA EL ESTADO DE

CHIHUAHUA Y LA LEY DE SERVIDORES PÚBLICOS DEL

ESTADO DE CHIHUAHUA].

5.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Solicito a laSegunda Secretaria, Diputada Obdulia MendozaLeón, verifique que los Diputados cuentan con ellistado de Cartera.

- La C. Dip. Segundo Secretario.- P.R.I.: Con supermiso, señor Presidente.

Señores Diputados, si a alguno de ustedes le faltael listado de la Cartera, favor de expresarlo.

[No se registran manifestaciones por parte de los Diputados].

Le informo, señor Presidente, que todos los Dipu-tados cuentan con el documento correspondiente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, DiputadaSecretaria.

Esta Presidencia ratifica los turnos de los Asuntosen Cartera.

[CARTERA, 21 DE DICIEMBRE DEL 2004.

1. INICIATIVA DE ACUERDO PRESENTADA POR LA

DIPUTADA LILIA AGUILAR GIL, POR MEDIO DE LA CUAL

PROPONE LA CREACIÓN DE UN COMITÉ ESPECIAL

CON REPRESENTACIÓN PLURAL QUE TENGA COMO

ENCARGO EL MEJORAMIENTO Y CALIDAD DE LOS

PROCESOS LEGISLATIVOS, ADMINISTRATIVOS Y TODOS

LOS RELATIVOS AL FUNCIONAMIENTO DE ESTE H.

CONGRESO DE ESTADO. (197)

SE TURNA A LA JUNTA DE COORDINACIÓN

PARLAMENTARIA.

2. INICIATIVA DE DECRETO PRESENTADA POR LOS

DIPUTADOS RUBÉN AGUILAR GIL Y LILIA AGUILAR GIL,

POR MEDIO DE LA CUAL PROPONEN REFORMAR EL

ARTÍCULO 110 DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO Y

EL ARTÍCULO 421 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS

CIVILES PARA EL ESTADO, EN LO RELATIVO A DAR

FORMAL CUMPLIMIENTO A LA ÚLTIMA FASE DEL

PROCEDIMIENTO DEL JUICIO DE DIVORCIO. (198)

SE TURNA A LA COMISIÓN DE EQUIDAD, GÉNERO Y

FAMILIA.

3. INICIATIVA DE ACUERDO DE LOS DIPUTADOS A LA

SEXAGÉSIMA LEGISLATURA, INTEGRANTES DEL PARTIDO

ACCIÓN NACIONAL, PARA MODIFICAR EL CONTENIDO DE

LA INICIATIVA DE LEY QUE REGULA EL FUNCIONAMIENTO

DE LOS CENTROS DE ESTANCIA Y CUIDADOS INFANTILES

DEL ESTADO DE CHIHUAHUA.

SE TURNA A LAS COMISIONES UNIDAS DE EQUIDAD,

GÉNERO Y FAMILIA Y DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS

CONSTITUCIONALES.

4. INICIATIVA DE DECRETO QUE REMITE EL C.

GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, POR

MEDIO DE LA CUAL SOLICITA AUTORIZACIÓN PARA

QUE, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO

URBANO Y ECOLOGÍA, ENAJENE A TÍTULO ONEROSO

UN INMUEBLE CON SUPERFICIE DE 267-20-98.751

HECTÁREAS A FAVOR DE SUS POSEEDORES, EN LA CUAL

SE ASIENTA EL FRACCIONAMIENTO UNIVERSITARIO DE

ESTA CIUDAD Y DE ESTA MANERA LLEVAR A CABO SU

REGULARIZACIÓN.

SE TURNA A LA COMISIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS

PÚBLICOS.

5. INICIATIVA DE DECRETO QUE REMITE EL C.

GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, POR

MEDIO DE LA CUAL SOLICITA AUTORIZACIÓN PARA

QUE, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO

URBANO Y ECOLOGÍA, ENAJENE A TÍTULO ONEROSO A

FAVOR DE LOS POSESIONARIOS, EL BIEN INMUEBLE

DE SU PROPIEDAD CON SUPERFICIE DE 981,026.50

METROS CUADRADOS, EN LA CUAL SE ASIENTAN LAS

COLONIAS MANUEL J. CLOUTHIER, FRAY GARCÍA DE SAN

FRANCISCO, SOR JUANA INÉS DE LA CRUZ Y FRIDA

KAHLO, DE CIUDAD JUÁREZ, Y DE ESTA MANERA LLEVAR

A CABO SU REGULARIZACIÓN.

SE TURNA A LA COMISIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS

– 1110 –

Page 9: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

PÚBLICOS.

6. INICIATIVA DE DECRETO QUE REMITE EL C.

GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, POR

MEDIO DE LA CUAL SOLICITA AUTORIZACIÓN PARA

QUE, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO

URBANO Y ECOLOGÍA, ENAJENE A TÍTULO GRATUITO A

FAVOR DE LOS POSESIONARIOS, EL BIEN INMUEBLE CON

UNA SUPERFICIE DE 12,500.00 METROS CUADRADOS,

LOCALIZADO EN LA ZONA CONOCIDA COMO QUINTAS

CAROLINAS DE ESTA CIUDAD Y, DE ESTA MANERA,

LLEVAR A CABO SU REGULARIZACIÓN.

SE TURNA A LA COMISIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS

PÚBLICOS.

7. PROYECTO DE DECRETO DEL H. CONGRESO DE LA

UNIÓN, POR EL QUE SE ADICIONA UN PÁRRAFO QUINTO

AL ARTÍCULO 21 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS

ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, RECORRIÉNDOSE EN SU

ORDEN LOS ACTUALES QUINTO Y SEXTO, QUE PASAN A

SER SEXTO Y SÉPTIMO, PARA LOS EFECTOS LEGALES

DEL ARTÍCULO 135 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.

SE TURNA A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS

CONSTITUCIONALES].

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: A continuación,se concede el uso de la palabra a la Comisiónde Vigilancia de la Contaduría General, para quealguno de sus integrantes, proceda a dar lectura alos dictámenes que tienen preparados.

Se concede el uso de la palabra al Diputado AlbertoCarrillo González.

- El C. Dip. Carrillo González.- P.R.I.: Con supermiso, señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Adelante, señorDiputado.

- El C. Dip. Carrillo González.- P.R.I.:

Compañeras y compañeros Legisladores delHonorable Congreso.Presente.-

A los Diputados integrantes de la Comisión deVigilancia de la Contaduría General, nos fue turnada

para su revisión, glosa y posterior dictamen, lacuenta pública del Honorable Ayuntamiento deMoris, correspondiente al ejercicio fiscal del año2003.

Solicito de su anuencia, señor Presidente, paraobviar la lectura de los antecedentes y lasconsideraciones de este dictamen, para referirmeestrictamente al decreto correspondiente.

Gracias, señor Presidente.

[Texto del dictamen, del cual se dispensó su lectura].

Del presente asunto obran los siguientes

ANTECEDENTES:

1.- El H. Ayuntamiento de Moris en cumplimiento a lo que

dispone el artículo 134 de la Constitución Política del Estado,

remitió al H. Congreso del Estado su Cuenta Pública, relativa

del ejercicio fiscal del año 2003.

2.- El C. Presidente de la Diputación Permanente del H.

Congreso del Estado, con fundamento en lo que establece el

artículo 37, en relación con lo dispuesto en el numeral 30,

fracción IX, ambos de la Ley Orgánica del H. Congreso del

Estado, turnó a la Comisión que suscribe, la cuenta pública del

H. Ayuntamiento de Moris, correspondiente al ejercicio fiscal

del año 2003.

3.- Mediante oficio No. 327/2004 C.V., de fecha 20 de mayo

del año 2004, la Comisión de Vigilancia, en cumplimiento a

lo dispuesto por el artículo 64, fracción III de la Ley Orgánica

del Poder Legislativo, remitió a la Contaduría General para su

revisión y glosa, la cuenta pública en estudio.

Ahora bien, los suscritos al entrar al estudio del presente

asunto, realizamos las siguientes

CONSIDERACIONES:

1.- Dispone el artículo 64, fracción VII de la Constitución

Política del Estado, que son facultades del H. Congreso del

Estado, revisar la cuenta pública de Gobierno del Estado; de

igual forma, el artículo 134 del mismo ordenamiento establece,

que le será aplicable lo dispuesto por el numeral citado en

primer término por lo que hace a la revisión de la cuenta

pública de los municipios.

– 1111 –

Page 10: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

2.- Por otra parte, la Constitución Política del Estado en sus

numerales 168, 169 y 170, entre otros aspectos, disponen que

el H. Congreso del Estado contará con un Órgano Técnico,

denominado Contaduría General, el cual tendrá a su cargo

la glosa de los ingresos, egresos y estado de situación

patrimonial de los entes públicos y que dependerá directa e

inmediatamente del H. Congreso del Estado por conducto de

la Comisión de Vigilancia.

3.- Por disponerlo así, nuestro máximo ordenamiento en

el Estado, toda cuenta pública de ingresos y egresos, así

como estado de situación patrimonial, quedará glosada por

la Contaduría General a más tardar, dentro de los siguientes

seis meses en que ésta la reciba, quien deberá rendir dentro

del mes siguiente a partir de la fecha en que quedo glosada,

un informe a la Comisión de Vigilancia de los resultados

derivados de la glosa practicada; siendo por ello, que el

Contador General, el C.P. Sérbulo Lerma Carbajal, mediante

oficio No. 2462/04 C.G., de fecha 3 de diciembre del año

2004, en cumplimiento a lo que dispone el artículo 7 de la

Ley Orgánica de la Contaduría General del H. Congreso del

Estado, envió a los suscritos el Informe de la Auditoría que

nos ocupa.

4.- La Constitución Política del Estado, establece que la

revisión de las cuentas públicas tanto de los municipios

como de Gobierno del Estado, tendrá por objeto conocer

los resultados de la gestión financiera, comprobar si se ha

ajustado a los criterios señalados por el presupuesto y el

cumplimiento de los objetivos establecidos en los programas.

Si del examen de la cuenta anual aparecen discrepancias

entre las cantidades gastadas y las respectivas partidas del

presupuesto o no existe exactitud o justificación de los gastos

hechos, se determinarán las responsabilidades a que haya

lugar de acuerdo con la ley, en su caso aprobará la cuenta

pública anual.

5- El Contador General del H. Congreso del Estado, en

cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 7 de la Ley

Orgánica de la Contaduría General, remitió en fecha 25 de

octubre del año 2004, mediante el oficio No. 2368/04 el

informe de resultados de la auditoría practicada a la cuenta

pública del Municipio de Moris, correspondiente al ejercicio del

año 2003, solicitándole que en un término de 15 días hábiles

contados a partir de la notificación rindiera las aclaraciones

que estimara conveniente.

6.- El artículo 7 de la Ley Orgánica de la Contaduría General

del H. Congreso del Estado en sus párrafos segundo y tercero,

impone la obligación a cargo del titular del ente auditado

de rendir las aclaraciones que estime pertinentes a las

observaciones determinadas en la auditoría practicada, dentro

del plazo de 15 días hábiles contados a partir de su recepción

y que en caso de omisión será causa de responsabilidad.

El C. Presidente Municipal de Moris, dio mediante oficio sin

número de fecha 16 de noviembre del año 2004, contestación

a las observaciones. Una vez que el Órgano Técnico valoró

las aclaraciones hechas por el municipio, estimó que algunas

no quedaron solventadas.

7.- El Contador General del H. Congreso del Estado, Informa

que en cumplimiento a lo que establece el artículo 13 de la

Ley Orgánica de la Contaduría General, la auditoría que nos

ocupa tuvo como objeto los siguientes aspectos:

I. ESTADOS FINANCIEROS

II. INGRESOS

IMPUESTO PREDIAL

IMPUESTO SOBRE TRASLACIÓN DE DOMINIO

SERVICIOS DE AGUA Y DRENAJE

SERVICIOS GENERALES EN EL RASTRO

MUNICIPAL

LEGALIZACIÓN DE FIRMAS, CERTIFICACIÓN Y

EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS MUNICIPALES

SERVICIOS DE ENERGÍA ELÉCTRICA

MULTAS

ENAJENACIÓN DE BIENES MUEBLES

DONATIVOS Y COOPERACIONES

PARTICIPACIONES

III. EGRESOS

SERVICIOS PERSONALES

EXAMEN DOCUMENTAL DE LOS EGRESOS

– 1112 –

Page 11: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

PRINCIPALES PROVEEDORES DE BIENES Y

SERVICIOS

ADQUISICIONES DE BIENES

OTRAS CUENTAS DE EGRESOS

OBRA PÚBLICA EJECUTADA CON RECURSOS

PROPIOS

RECURSOS DEL RAMO 33

RECURSOS DEL RAMO 20

RECURSOS DEL FONDO PARA LA INFRAESTRUC-

TURA SOCIAL ESTATAL

IV. CUENTAS DE BALANCE

BANCOS

DEUDORES DIVERSOS

DEUDA PÚBLICA A CORTO PLAZO

V. VARIACIONES PRESUPUESTALES

VI. DIRECTORIO DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES

8.- Ahora bien, esta Comisión al revisar el Informe de la

Auditoría practicada a la cuenta pública del Municipio de

Moris, correspondiente a las operaciones practicadas en el

ejercicio fiscal del año 2003, estimó que algunas de las

observaciones determinadas por el Órgano Técnico, pueden

generar responsabilidad administrativa, las cuales detallamos

en el proyecto de Decreto que sometemos a la consideración

de esta Representación Popular.

No pasa desapercibido para quienes integramos la Comisión

que suscribe, que del propio Informe de Auditoría se desprende

una serie de observaciones derivadas de falta de sistemas de

control interno.

Ahora bien, del Informe de la Auditoría que nos ocupa, se

desprenden algunos aspectos que a juicio de esta Comisión

deben de ser corregidos por la administración municipal,

implementando los mecanismos internos necesarios para tal

efecto, ello debido a que:

REZAGO DEL IMPUESTO PREDIAL

De la auditoría practicada al Municipio de Moris, en su cuenta

pública del año 2003, se determinó que no se ejerció la

facultad económica coactiva a fin de recuperar el rezago del

Impuesto Predial.

SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y DRENAJE

El municipio no aplicó los procedimientos económicos coactivos

a fin de recuperar el rezago de los servicios de Agua Potable.

REZAGO DE LOS SERVICIOS DE ENERGÍA ELÉCTRICA

El municipio tiene un padrón de usuarios conformados por

275 cuentas, de las cuales existe un rezago en 154 de ellas

por la cantidad de $73,3000.00; el municipio no proporcionó

la evidencia de haber efectuado gestiones de cobro para

recuperar este recurso.

REZAGO EN LAS MULTAS FEDERALES NO FISCALES

El municipio no realizó las acciones legales a fin de recuperar

el rezago en la cuenta indicada, la cual presenta un saldo de

$32,381.20; lo anterior, en inobservancia a lo establecido en el

artículo 64, fracción IV, inciso g) del Código Municipal para el

Estado de Chihuahua.

DONATIVOS Y COOPERACIONES: Acarreo de Materiales de

Construcción.

El municipio no proporcionó documento alguno donde se

autorice las tarifas aplicadas que van de $150.00 hasta

$1,000.00, dependiendo de la distancia del lugar donde se

lleva el material.

EXAMEN DOCUMENTAL DE LOS EGRESOS

En el período auditado se determinó que se registraron

diversas erogaciones fueron soportadas documentalmente con

recibos simples y sin requisitos fiscales.

FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO

MUNICIPAL: Examen Documental de los Egresos

Se llevó a cabo el examen documental de los egresos

efectuados con recursos de este fondo, determinándose que

se llevaron a cabo erogaciones por diversos conceptos las

cuales fueron soportadas con recibos simples.

DEUDORES DIVERSOS

– 1113 –

Page 12: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

Al 31 de diciembre del 2003 esta cuenta refleja un saldo por

un importe de $4,064,931.10 según los registros contables,

integrándose por la cantidad de $4,210,380.10 del Fondo para

la Infraestructura Social Municipal y Ambulancia.

Por lo anteriormente expuesto esta Comisión de Vigilancia de

la Contaduría General, con fundamento en lo que establecen

los artículos 170 de la Constitución Política del Estado; 43,

45, 46, 52, 59 y 64 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo,

nos permitimos someter a la consideración de la Asamblea, el

siguiente proyecto de

[Continúa leyendo]:

DECRETO [105/04 I P.O.]:

ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo queestablecen los artículos 64, fracción VII; 134, 168,169, 170 de la Constitución Política del Estado; 64,fracción VI de la Ley Orgánica del Poder Legislativo;así como el artículo 7 de la Ley Orgánicade la Contaduría General del H. Congreso delEstado, se revisó la cuenta pública del HonorableAyuntamiento de Moris, correspondiente al ejerciciofiscal del año 2003 y como consecuencia;

ARTÍCULO SEGUNDO.- Con fundamento en loque establecen los artículos 187 de la ConstituciónPolítica del Estado y 7 de la Ley Orgánica de laContaduría General; 149 de la Ley Orgánica delPoder Legislativo y 29, segundo párrafo de la Leyde Responsabilidades de los Servidores Públicospara el Estado de Chihuahua, con las copiascertificadas del presente Decreto, del Informe dela Auditoría practicada y de la documentaciónsoporte, iníciese procedimiento administrativo encontra del ciudadano Presidente Municipal delHonorable Ayuntamiento de Moris, en funcionesdurante el período auditado, por las irregularidadesdeterminadas en la cuenta pública del año 2003,a fin de que se determinen las responsabilidadesadministrativas a que haya lugar; esto, por lasobservaciones que a continuación se señalan:

FIANZA DEL TESORERO

Con el objeto de verificar que el Honorable

Ayuntamiento cumpliera con lo establecido enel artículo 65 del Código Municipal para elEstado, respecto a la caución para garantizar elmanejo de las finanzas públicas por parte delTesorero Municipal, se determinó que el HonorableAyuntamiento fue omiso en observar lo antes citado,toda vez que no fijó ni la forma ni el monto de lacaución.

PRINCIPALES PROVEEDORES DE BIENES YSERVICIOS

De la auditoría practicada se determinó que elmunicipio adquirió la cantidad de $822,967.54 porconcepto de materiales de construcción, gasolina,aceites, neumáticos y otros, en la negociacióndenominada El Baratero de la Sierra, propiedadde la señora Miriam del Socorro Olivas Vargas,quien es esposa del Presidente Municipal, loque contravienen lo dispuesto en los artículos42, fracción I de la Ley de Adquisiciones,Arrendamientos, Contratación de Servicios y ObraPública; y 23, fracciones XIII y XVII de la Ley deResponsabilidades de los Servidores Públicos.

ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES

A) Adquisición de Unidad Vehicular.

Se adquirió un vehículo Sedán 2003, por lacantidad de $68,917.58, con Centauro Automotriz,de manera directa, debiéndose haber adquiridopor medio de los procedimientos públicos, talescomo la licitación pública o restringida debidamentedictaminada por el Comité correspondiente,adquisición que contraviene lo dispuesto por elartículo 28, fracción II; 33 y 101 de la Ley deAdquisiciones, Arrendamientos, Contratación deServicios y Obra Pública.

B) Martillo Hidráulico

Este bien se adjudicó de manera directa alproveedor Maquinaria, S.A. de C.V., por un importede $191,947.25; sin embargo, debido al monto dela operación se debió de haber realizado por mediode licitación pública o restringida, debidamente

– 1114 –

Page 13: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

dictaminada, de conformidad con lo dispuesto porlos artículos 28, fracción II; 33 y 101 de la Leyde Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación deServicios y Obra Pública.

FONDO PARA LA INFRAESTRUCTURA SOCIALMUNICIPAL: Egresos.

Con recursos de este fondo se adquirieron 160celdas con el proveedor M&M Comunicaciones;sin embargo, la adjudicación de estos bienesse realizaron mediante la cotización de tresproveedores, por el monto de la operacióndebieron de efectuarse mediante la licitación públicao restringida, debidamente dictaminada por elComité correspondiente; lo anterior, de conformidadcon lo que dispone la Ley de Adquisiciones,Arrendamientos, Contratación de Servicios y ObraPública, en sus artículos 28, fracción II; 33 y101 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos,Contratación de Servicios y Obra Pública.

RECURSOS DEL RAMO 33: Fondo para laInfraestructura Social Municipal.

Auditoría Técnica de Obra.

De la revisión se determinó que en las obras quea continuación se señalan se adquirieron bienespor diferentes montos, los cuales rebasan losestablecidos en el presupuesto de egresos paradicho municipio, como excepción a la licitaciónpública en sus diferentes modalidades:

A) Construcción de Explanada Techada

El monto de la obra ascendió a la cantidadde $229,179.20, ejecutándose por AdministraciónDirecta; y se adquirieron materiales por un importede $100,431.20, consistentes en PTR, polín de 8pulgadas, galvateja, placa de 1/2, pijas y soldadura,con el proveedor Viga y Lámina, S.A. de C.V.

B) Remodelación del Auditorio Municipal

El monto de la obra fue por la cantidadde $231,065.53, ejecutándose por AdministraciónDirecta. Así mismo, se adquirieron de manera

directa por un importe de $43,295.33, algunosmateriales, tales como brochas, rodillos, pintura,cemento, malla, casetón, lámina galvanizada,puerta de aluminio y vidrio.

C) Construcción de Puente sobre Río Santa María.

El monto de la obra asciende a la cantidadde $486,411.11, ejecutándose por AdministraciónDirecta. En la obra que nos ocupa, se adquirieronde manera directa con tres proveedores diversosmateriales por las cantidades de $106,615.50,$75,600.18 y $55,315.00, por los conceptos decemento, varilla, madera y alambre; cemento; yfletes de cemento de Chihuahua a Moris, siendolos proveedores: Fernando Ramos Govea, GCCComercial, S.A. de C.V. y Jesús J. ChávezValenzuela, respectivamente.

Los materiales antes señalados fueron adquiridosde manera directa, sin que se llevara a cabo lalicitación pública, esto de acuerdo con el importeque establece el presupuesto de egresos paradicho municipio y de acuerdo con lo que disponenlos artículos 28, fracción II; 33 y 101 de la Leyde Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación deServicios y Obra Pública.

FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTA-LECIMIENTO MUNICIPAL: Egresos.

A) De la auditoría se determinó que el municipioadquirió equipo de soldadura autógena por unimporte de $47,015.00, siendo el proveedor Centrode Soldadura Industrial, S.A.

B) Con recursos de este fondo se determinó quese erogó la cantidad de $135,666.00 por conceptode compra de bultos de cemento y fletes, con elproveedor Ferretería Ramos.

C) Se registró la cantidad de $121,663.50, porconcepto de adquisición de 22 radios y accesorios,con el proveedor M&M Comunicaciones.

Los bienes antes señalados fueron adquiridos demanera directa, sin que se llevara a cabo la

– 1115 –

Page 14: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

licitación pública, esto de acuerdo con el importeque establece el presupuesto de egresos paradicho municipio y de acuerdo con lo que disponenlos artículos 28, fracción II; 33 y 101 de la Leyde Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación deServicios y Obra Pública.

FONDO PARA LA INFRAESTRUCTURA SOCIALESTATAL: Egresos.

Se adquirieron con recursos de este fondo, dentrodel programa de Vivienda Digna, lámina negra de16 pulgadas, por un importe de $100,064.00, dichaadquisición se realizó de manera directa con elproveedor Fernando Ramos Govea, sin que sellevara a cabo la licitación pública, esto de acuerdocon el importe que establece el presupuesto deegresos para dicho municipio y de acuerdo conlo que disponen los artículos 28, fracción II; 33 y101 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos,Contratación de Servicios y Obra Pública.

CUENTAS DE BALANCE: Bancos.

El municipio no elaboró las conciliaciones bancariasdurante el ejercicio del 2003 y no proporcionó alÓrgano Técnico los estados de cuentas bancarias,lo que impidió validar los saldos reflejados en losestados financieros.

ARTÍCULO TERCERO.- Con fundamento en loque establecen los artículos 64, fracción VII y134 de la Constitución Política del Estado; asícomo 64, fracción V de la Ley Orgánica delPoder Legislativo, se aprueba la cuenta pública delHonorable Ayuntamiento de Moris, correspondienteal ejercicio fiscal del año 2003.

TRANSITORIO:

ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entraráen vigor al día siguiente de su publicación en elPeriódico Oficial del Estado.

Económico.- Aprobado que sea, túrnese a laSecretaría para que elabore la Minuta de Decreto,en los términos en que deba publicarse.

Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en laciudad de Chihuahua, Chih., a los veintiún días delmes de diciembre del año dos mil cuatro.

Por la Comisión de Vigilancia de la ContaduríaGeneral del Honorable Congreso: DiputadaMinerva Castillo Rodríguez, Presidenta; DiputadoFernando Reyes Ramírez, Secretario; y DiputadoAlberto Carrillo González, Vocal.

Es todo, señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, señorDiputado.

Si es de aprobarse el dictamen antes leído, sírvansemanifestarlo levantando la mano.

- Los CC. Diputados.- [Manifiestan su aprobación en

forma unánime].

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se aprueba.

[Ingresan al Recinto un grupo de aproximadamente treinta

ciudadanos, portando cartulinas con leyendas como: ”Exigimos

nombres de los beneficiados en el otorgamiento de nuevas

concesiones”. ”No más concesionespor la situación económica

que estamos viviendo”. ”Exigimos ley de transparencia en el

otorgamiento de nuevas concesiones”. ”Exigimos se aplique la

ley de transparencia en el otorgamiento de concesiones”].

Se concede... ¿Continúa, Diputado?

¿Es otro dictamen?

O.K. Adelante.

- El C. Dip. Carrillo González.- P.R.I.:

Honorable Congreso del Estado.Presente.-

A los Diputados integrantes de la Comisión deVigilancia de la Contaduría General, nos fue turnadapara la revisión, glosa y posterior dictamen, lacuenta pública del Honorable Ayuntamiento deJanos, correspondiente al ejercicio fiscal del año2003.

Pido obviar la lectura, señor Presidente, de los

– 1116 –

Page 15: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

antecedentes y consideraciones, para remitirmesolamente al decreto de dicho dictamen, si es tanamable.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Está autorizado,señor Diputado.

- El C. Dip. Carrillo González.- P.R.I.: Muchasgracias.

[Texto del dictamen, del cual se dispensó su lectura].

Del presente asunto, obran los siguientes

ANTECEDENTES:

1.- El H. Ayuntamiento de Janos en cumplimiento a lo que

dispone el artículo 134 de la Constitución Política del Estado,

remitió al H. Congreso del Estado su cuenta pública, relativa

del ejercicio fiscal del año 2003.

2.- El C. Presidente de la Diputación Permanente del H.

Congreso del Estado, con fundamento en lo que establece el

artículo 37, en relación con lo dispuesto en el numeral 30,

fracción IX, ambos de la Ley Orgánica del H. Congreso del

Estado, turnó a la Comisión que suscribe, la cuenta pública del

H. Ayuntamiento de Janos correspondiente al ejercicio fiscal

del año 2003.

3.- Mediante oficio No. 324/2004 C.V., de fecha 6 de mayo

del año 2004, la Comisión de Vigilancia, en cumplimiento a

lo dispuesto por el artículo 64, fracción III de la Ley Orgánica

del Poder Legislativo, remitió a la Contaduría General del

H. Congreso del Estado para su revisión y glosa, la cuenta

pública en estudio.

Ahora bien, los suscritos al entrar al estudio del presente

asunto, realizamos las siguientes

CONSIDERACIONES:

1.- Dispone el artículo 64, fracción VII de la Constitución

Política del Estado, que son facultades del H. Congreso del

Estado, revisar la cuenta pública de Gobierno del Estado; de

igual forma, el artículo 134 del mismo ordenamiento establece,

que le será aplicable lo dispuesto por el numeral citado en

primer término por lo que hace a la revisión de la cuenta

pública de los municipios.

2.- Por otra parte, la Constitución Política del Estado en sus

numerales 168, 169 y 170, entre otros aspectos, disponen que

el H. Congreso del Estado contará con un Órgano Técnico,

denominado Contaduría General, el cual tendrá a su cargo

la glosa de los ingresos, egresos y estado de situación

patrimonial de los entes públicos y que dependerá directa e

inmediatamente del H. Congreso del Estado por conducto de

la Comisión de Vigilancia.

3.- Por disponerlo así, nuestro máximo ordenamiento en

el Estado, toda cuenta pública de ingresos y egresos, así

como estado de situación patrimonial, quedará glosada por

la Contaduría General a más tardar, dentro de los siguientes

seis meses en que ésta la reciba, quien deberá rendir dentro

del mes siguiente a partir de la fecha en que quedó glosada,

un informe a la Comisión de Vigilancia de los resultados

derivados de la glosa practicada; siendo por ello, que el

Contador General, el C.P. Sérbulo Lerma Carbajal mediante

oficio No. 2450/04 C. G. de fecha 26 de noviembre del año

2004, en cumplimiento a lo que dispone el artículo 7 de la

Ley Orgánica de la Contaduría General del H. Congreso del

Estado, envió a los suscritos el Informe de la Auditoría que

nos ocupa.

4.- La Constitución Política del Estado, establece que la

revisión de las cuentas públicas tanto de los municipios

como de Gobierno del Estado, tendrá por objeto conocer

los resultados de la gestión financiera, comprobar si se ha

ajustado a los criterios señalados por el presupuesto y el

cumplimiento de los objetivos establecidos en los programas.

Si del examen de la cuenta anual aparecen discrepancias

entre las cantidades gastadas y las respectivas partidas del

presupuesto o no existe exactitud o justificación de los gastos

hechos, se determinarán las responsabilidades a que haya

lugar de acuerdo con la ley, en su caso aprobará la cuenta

pública anual.

5.- El Contador General del H. Congreso del Estado, en

cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 7 de la Ley

Orgánica de la Contaduría General, remitió en fecha 19 de

octubre del año 2004, mediante el oficio No. 2355/04 el

informe de resultados de la auditoría practicada a la cuenta

pública del Municipio de Janos, correspondiente al ejercicio del

año 2003, solicitándole que en un término de 15 días hábiles

contados a partir de la notificación rindiera las aclaraciones

que estimara conveniente.

– 1117 –

Page 16: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

6.- El artículo 7 de la Ley Orgánica de la Contaduría General

del H. Congreso del Estado en sus párrafos segundo y tercero,

impone la obligación a cargo del titular del ente auditado

de rendir las aclaraciones que estime pertinentes a las

observaciones determinadas en la auditoría practicada, dentro

del plazo de 15 días hábiles contados a partir de su recepción

y que en caso de omisión será causa de responsabilidad.

El C. Presidente Municipal de Janos, dio mediante oficio sin

número de fecha 11 de noviembre del año 2004, contestación

a las observaciones. Una vez que el Órgano Técnico valoró

las aclaraciones hechas por el municipio, estimó que algunas

no quedaron solventadas.

7.- El Contador General del H. Congreso del Estado, Informa

que en cumplimiento a lo que establece el artículo 13 de la

Ley Orgánica de la Contaduría General, la auditoría que nos

ocupa tuvo como objeto los siguientes aspectos:

I. ESTADOS FINANCIEROS

II. INGRESOS

II.1. IMPUESTO SOBRE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS

II.2. IMPUESTO PREDIAL

II.3. IMPUESTO SOBRE TRASLACIÓN DE DOMINIO

II.4. SERVICIOS DE AGUA Y DRENAJE

II.5. SERVICIOS GENERALES EN EL RASTRO

MUNICIPAL

II.6. LEGALIZACIÓN DE FIRMAS, CERTIFICACIÓN Y

EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS MUNICIPALES

II.7. DERECHO DE ALUMBRADO PÚBLICO

II.8. RENDIMIENTOS FINANCIEROS

II.9. MULTAS

II.10. DONATIVOS Y COOPERACIONES

II.11. OTROS APROVECHAMIENTOS

II.12. REINTEGROS AL PRESUPUESTO DE EGRESOS

II.13. PARTICIPACIONES

III. EGRESOS

III.1. SERVICIOS PERSONALES

III.2. EXAMEN DOCUMENTAL DE LOS EGRESOS

III.3. PRINCIPALES PROVEEDORES DE BIENES Y

SERVICIOS

III.4. ADQUISICIONES DE BIENES MUEBLES E

INMUEBLES

III.5. OBRA EJECUTADA CON RECURSOS PROPIOS

III.6. RECURSOS RAMO 33

III.7. RECURSOS RAMO 20

III.8. INVERSIÓN NORMAL ESTATAL

IV. CUENTAS DE BALANCE

IV.1. CAJA

IV.2. BANCOS

IV.3. DEUDORES DIVERSOS

IV.4. ACREEDORES DIVERSOS

V. VARIACIONES PRESUPUESTALES

VI. DIRECTORIO DE FUNCIONARIOS

VII. RESULTADOS DE EJERCICIOS ANTERIORES

8.- Ahora bien, esta Comisión al revisar el Informe de la

Auditoría practicada a la cuenta pública del Municipio de

Janos, correspondiente a las operaciones practicadas en el

ejercicio fiscal del año 2003, estimó que algunas de las

observaciones determinadas por el Órgano Técnico, pueden

generar responsabilidad administrativa, las cuales detallamos

en el proyecto de Decreto que sometemos a la consideración

de esta Representación Popular.

No pasa desapercibido para quienes integramos la Comisión

que suscribe, que del propio Informe de Auditoría se desprende

una serie de observaciones derivadas de falta de sistemas de

control interno.

Ahora bien, del Informe de la Auditoría que nos ocupa se

– 1118 –

Page 17: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

desprenden algunos aspectos que a juicio de esta Comisión

deben de ser corregidos por la administración municipal,

implementando los mecanismos internos necesarios para tal

efecto, ello debido a que:

REZAGO DE IMPUESTO PREDIAL

En el rubro de ingresos, por lo que respecta al Impuesto

Predial, de la auditoría practicada al Municipio de Janos, en su

cuenta pública del 2003, se determinó que no se ha ejercido

la facultad económica coactiva a fin de recuperar el rezago del

Impuesto Predial Rústico y Urbano.

MULTAS

Por el período del 1o. de enero al 31 de diciembre del 2003,

se registraron ingresos por la cantidad de $252,700.29; sin

embargo, se tuvo la limitante para verificar que los ingresos

registrados por la Tesorería correspondan a la totalidad, en

virtud de que el municipio no anexa las infracciones a los

certificados de ingresos; así mismo, el Departamento de Policía

no cuenta con el consecutivo de las infracciones y el libro de

partes no contiene el importe cobrado. De igual forma, el

municipio no anexa las infracciones de tránsito al certificado

de ingresos, debido a que el Departamento de Tránsito no

cuenta con el consecutivo de las infracciones.

EXAMEN DOCUMENTAL DE LOS EGRESOS

De la auditoría practicada se determinó que el municipio

realizó diversas erogaciones, las cuales fueron comprobadas

documentalmente con recibos simples y sin requisitos fiscales.

RECURSOS DEL RAMO 33: Fondo para la Infraestructura

Social Municipal

Con recursos de este ramo se realizaron erogaciones por

un importe de $24,949.20, los cuales fueron soportados

documentalmente con recibios simples.

FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO

MUNICIPAL

El municipio realizó diversas erogaciones por diferentes

conceptos, por un importe de $22,925.00, los cuales fueron

soportados con recibos simples.

BANCOS: Cuenta en Dólares

Al 31 de diciembre del 2003 la cuenta que nos ocupa, tenía

un saldo de $8,797.71, saldo que no se pudo validar en virtud

de que no se proporcionó la conciliación bancaria, ni el estado

de cuenta correspondiente.

DEUDORES DIVERSOS: Préstamos Personales y/o Gastos

por Comprobar:

De la auditoría practicada se determinó un saldo por la

cantidad de $14, 994.00, a cargo del C. Celso Jáquez Pérez,

quien ocupó el cargo de Presidente Municipal en el período

auditado, saldo que al mes de junio del presente año, no había

sido reintegrado al erario municipal.

Por lo anteriormente expuesto esta Comisión de Vigilancia de

la Contaduría General, con fundamento en lo que establecen

los artículos 170 de la Constitución Política del Estado; 43,

45, 46, 52, 59 y 64 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo;

nos permitimos someter a la consideración de la Asamblea, el

siguiente proyecto de

[Continúa con la lectura]:

DECRETO [106/04 I P.O.]:

ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en loque establecen los artículos 64, fracción VII; 134,168, 169, 177 [170] de la Constitución Políticadel Estado; 64, fracción VI de la Ley Orgánicadel Poder Legislativo; así como el artículo 7 dela Ley Orgánica de la Contaduría General delHonorable Congreso del Estado, se revisó la cuentapública del Honorable Ayuntamiento de Janos,correspondiente al ejercicio fiscal del año 2003,y como consecuencia;

ARTÍCULO SEGUNDO.- Con fundamento en lo queestablecen los artículos 187 de la ConstituciónPolítica del Estado y 7 de la Ley Orgánica dela Contaduría General; 149 de la Ley Orgánicadel Poder Legislativo y 29, segundo párrafo dela Ley de Responsabilidades de los ServidoresPúblicos para el Estado de Chihuahua, conlas copias certificadas del presente Decreto,del informe de la auditoría practicada y dela documentación soporte, iníciese procedimientoadministrativo en contra del C. Presidente Municipal

– 1119 –

Page 18: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

del Honorable Ayuntamiento de Janos, en funcionesdurante el período auditado, por las irregularidadesdeterminadas en la cuenta pública del año 2003,a fin de que se determinen las responsabilidadesadministrativas a que haya lugar; esto, por lasobservaciones que a continuación se señalan.

ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES: Equipo deTransporte.

Se adquirió una pick up, marca Dodge Ram,modelo 2003, por un importe de $286,988.00, demanera directa, debiéndose adjudicarse a travésde licitación pública o restringida por invitacióna cuando menos tres proveedores, debidamentedictaminada, esto de conformidad con lo quedisponen los artículos 28, fracción II; 31 y 101de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos,Contratación de Servicios y Obra Pública.

RECURSOS DEL RAMO 33: Fondo para laInfraestructura Social Municipal: Auditoría Técnicade Obra.

Pavimentación de Calle Galeana

La modalidad de la ejecución es mixta, con contratopor adjudicación directa, con el Contratista Sáenz,S.A. de C.V. El monto del contrato ascendió a lacantidad de $1’547.725.19, y debido al monto delmismo se debió haber realizado el procedimientode licitación pública, de acuerdo con lo establecidopor los artículos 28, fracción II; 31 y 101 de la Leyde Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación deServicios y Obra Pública.

DEUDORES DIVERSOS: Préstamos Personalesy/o Gastos por Comprobar.

En el período auditado se determinó un saldo acargo del ciudadano Jesús Víctor Varela, OficialMayor en el período auditado, por un importe de$285,666.87, el cual fue otorgado en el mes demayo del 2003 para la compra de un Buldózer,según información proporcionada por el municipio;sin embargo, al mes de junio del presente año,continúa dicho saldo, sin que se cuente con la

garantía que permita recuperar la cantidad indicada.

ARTÍCULO TERCERO.- Con fundamento en loque establecen los artículos 64, fracción VII y134 de la Constitución Política del Estado; asícomo 64, fracción V de la Ley Orgánica delPoder Legislativo, se aprueba la cuenta pública delHonorable Ayuntamiento de Janos, correspondienteal ejercicio fiscal del año 2003.

TRANSITORIO:

ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entraráen vigor al día siguiente de su publicación en elPeriódico Oficial del Estado.

Económico.- Aprobado que sea, túrnese a laSecretaría para que elabore la Minuta de Decreto,en los términos en que deba publicarse.

Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en laciudad de Chihuahua, Chih., a los veintiún días delmes de diciembre del año dos mil cuatro.

Por la Comisión de Vigilancia de la ContaduríaGeneral del Honorable Congreso del Estado:Diputada Minerva Castillo Rodríguez, Presidenta;Diputado Fernando Reyes Ramírez, Secretario; yDiputado Alberto Carrillo González, Vocal.

Es tanto, señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, señorDiputado.

Si están de acuerdo en el dictamen anteriormenteleído, sírvanse manifestarlo levantando la mano.

- Los CC. Diputados.- [Manifiestan su aprobación en

forma unánime].

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias. Seaprueba.

Se concede el uso de la palabra al DiputadoFernando Reyes Ramírez.

- El C. Dip. Reyes Ramírez.- P.A.N.: Con supermiso, señor Presidente.

– 1120 –

Page 19: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Adelante, señorDiputado.

- El C. Dip. Reyes Ramírez.- P.A.N.:

A los Diputados integrantes de la Comisión deVigilancia de la Contaduría General, nos fue turnadapara su revisión, glosa y posterior dictamen, lacuenta pública del Honorable Ayuntamiento deMaguarichi, correspondiente al ejercicio fiscal delaño 2003.

Señor Presidente, le solicito la dispensa deantecedentes y consideraciones.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se le autoriza,señor Diputado.

- El C. Dip. Reyes Ramírez.- P.A.N.

[Texto del dictamen, del cual se dispensó su lectura].

Del presente asunto, obran los siguientes

ANTECEDENTES:

1.- El H. Ayuntamiento de Maguarichi, en cumplimiento a lo

que dispone el artículo 134 de la Constitución Política del

Estado, remitió al H. Congreso del Estado su cuenta pública,

relativa del ejercicio fiscal del año 2003.

2.- El C. Presidente de la Diputación Permanente del H.

Congreso del Estado, con fundamento en lo que establece el

artículo 37, en relación con lo dispuesto en el numeral 30,

fracción IX, ambos de la Ley Orgánica del H. Congreso del

Estado, turnó a la Comisión que suscribe, la cuenta pública del

H. Ayuntamiento de Maguarichi, correspondiente al ejercicio

fiscal del año 2003.

3.- Mediante oficio No. 325/2004 C.V., de fecha 13 de mayo

del 2004, la Comisión de Vigilancia, en cumplimiento a lo

dispuesto por el artículo 64, fracción III de la Ley Orgánica

del Poder Legislativo, remitió a la Contaduría General para su

revisión y glosa, la cuenta pública en estudio.

Ahora bien, los suscritos al entrar al estudio del presente

asunto, realizamos las siguientes

CONSIDERACIONES:

1.- Dispone el artículo 64, fracción VII de la Constitución

Política del Estado, que son facultades del H. Congreso del

Estado, revisar la cuenta pública de Gobierno del Estado; de

igual forma, el artículo 134 del mismo ordenamiento establece,

que le será aplicable lo dispuesto por el numeral citado en

primer término por lo que hace a la revisión de la cuenta

pública de los municipios.

2.- Por otra parte, la Constitución Política del Estado en sus

numerales 168, 169 y 170, entre otros aspectos, disponen que

el H. Congreso del Estado contará con un Órgano Técnico,

denominado Contaduría General, el cual tendrá a su cargo

la glosa de los ingresos, egresos y estado de situación

patrimonial de los entes públicos y que dependerá directa e

inmediatamente del H. Congreso del Estado por conducto de

la Comisión de Vigilancia.

3.- Por disponerlo así, nuestro máximo ordenamiento en

el Estado, toda cuenta pública de ingresos y egresos, así

como estado de situación patrimonial, quedará glosada por

la Contaduría General a más tardar dentro de los siguientes

seis meses en que ésta la reciba, quien deberá rendir dentro

del mes siguiente a partir de la fecha en que quedo glosada,

un informe a la Comisión de Vigilancia de los resultados

derivados de la auditoría practicada; siendo por ello, que el

Contador General, el C.P. Sérbulo Lerma Carbajal, mediante

oficio No. 2445/04 C. G. de fecha 26 de noviembre del

2004, en cumplimiento a lo que dispone el artículo 7 de la

Ley Orgánica de la Contaduría General del H. Congreso del

Estado, envió a los suscritos el Informe de la Auditoría que

nos ocupa.

4.- La Constitución Política del Estado, establece que la

revisión de las cuentas públicas tanto de los municipios

como de Gobierno del Estado, tendrá por objeto conocer

los resultados de la gestión financiera, comprobar si se ha

ajustado a los criterios señalados por el presupuesto y el

cumplimiento de los objetivos establecidos en los programas.

Si del examen de la cuenta anual aparecen discrepancias

entre las cantidades gastadas y las respectivas partidas del

presupuesto o no existe exactitud o justificación de los gastos

hechos, se determinarán las responsabilidades a que haya

lugar de acuerdo con la ley, en su caso aprobará la cuenta

pública anual.

– 1121 –

Page 20: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

5- El Contador General del H. Congreso del Estado, en

cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 7 de la Ley

Orgánica de la Contaduría General, remitió en fecha 20 de

octubre del 2004, mediante el oficio No. 2362/04, el informe

de resultados de la auditoría practicada a la cuenta pública

del Municipio de Maguarichi, correspondiente al ejercicio del

año 2003, solicitándole que en un término de 15 días hábiles

contados a partir de la notificación rindiera las aclaraciones

que estimara conveniente.

6.- El artículo 7 de la Ley Orgánica de la Contaduría General

del H. Congreso del Estado en sus párrafos segundo y tercero,

impone la obligación a cargo del titular del ente auditado

de rendir las aclaraciones que estime pertinentes a las

observaciones determinadas en la auditoría practicada, dentro

del plazo de 15 días hábiles contados a partir de su recepción

y que en caso de omisión será causa de responsabilidad. El

C. Presidente Municipal de Maguarichi, dio mediante oficio sin

número de fecha 10 de noviembre del 2004, contestación a

las observaciones. Una vez que el Órgano Técnico valoró las

aclaraciones hechas por el municipio, estimó que algunas no

quedaron solventadas.

7.- El Contador General del H. Congreso del Estado, informa

que en cumplimiento a lo que establece el artículo 13 de la

Ley Orgánica de la Contaduría General, la auditoría que nos

ocupa tuvo como objeto los siguientes aspectos:

I. ESTADOS FINANCIEROS

II. INGRESOS

II.1. JUEGOS, RIFAS Y LOTERÍAS

II.2. IMPUESTO PREDIAL

II.3. IMPUESTO SOBRE TRASLACIÓN DE DOMINIO

II.4. SERVICIO DE AGUA Y DRENAJE

II.5. SERVICIOS GENERALES EN EL RASTRO

MUNICIPAL

II.6. LEGALIZACIÓN DE FIRMAS, CERTIFICACIÓN Y

EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS MUNICIPALES

II.7. SERVICIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA

II.8. ENAJENACIÓN DE BIENES MUEBLES

II.9. RENDIMIENTOS FINANCIEROS

II.10. MULTAS DE LA COMANDANCIA

II.11. RECARGOS

II.12. APROVECHAMIENTOS

II.13. PARTICIPACIONES

III. EGRESOS

III.1. SERVICIOS PERSONALES

III.2. EXAMEN DOCUMENTAL DE LOS EGRESOS

III.3. ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA

III.4. ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES

III.5. OBRA PÚBLICA EJECUTADA CON RECURSOS

PROPIOS

III.6. PRINCIPALES PROVEEDORES DE BIENES Y

SERVICIOS

III.7. RECURSOS DEL RAMO 33

III.8. RECURSOS DEL RAMO 20

IV. CUENTAS DE BALANCE

IV.1. BANCOS

IV.2. DEUDORES DIVERSOS

IV.3. DEUDA PÚBLICA A CORTO PLAZO

V. VARIACIONES PRESUPUESTALES

VI. DIRECTORIO DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES

8.- Ahora bien, esta Comisión al revisar el Informe de la

Auditoría practicada a la cuenta pública del Municipio de

Maguarichi, correspondiente a las operaciones practicadas en

el ejercicio fiscal del año 2003, estimó que algunas de las

observaciones determinadas por el Órgano Técnico, pueden

generar responsabilidad administrativa, las cuales detallamos

en el proyecto de Decreto que sometemos a la consideración

de esta Representación Popular.

– 1122 –

Page 21: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

No pasa desapercibido para quienes integramos la Comisión

que suscribe, que del propio Informe de Auditoría se desprende

una serie de observaciones derivadas de falta de sistemas de

control interno.

Ahora bien, del Informe de la Auditoría que nos ocupa se

desprenden algunos aspectos que a juicio de esta Comisión

deben de ser corregidos por la administración municipal,

implementando los mecanismos internos necesarios para tal

efecto, ello debido a que:

REZAGO DEL IMPUESTO PREDIAL.

De la auditoría practicada al Municipio de Maguarichi, en su

cuenta pública del año 2003, se determinó que no se ejerció

la facultad económica coactiva a fin de recuperar el rezago del

Impuesto Predial.

EXAMEN DOCUMENTAL DE LOS EGRESOS.

De la auditoría practicada se determinó que se realizaron

diversas erogaciones, las cuales se encuentran amparadas

con recibos simples.

FONDO PARA LA INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL

El municipio registró en la cuenta del fondo que nos

ocupa erogaciones por diversos conceptos, los cuales fueron

amparados con recibos simples, principalmente por concepto

de fleteo de materiales.

FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO

MUNICIPAL: Egresos

Se determinaron erogaciones por la cantidad de $62,600.00

amparados con recibos internos simples, elaborados por la

Tesorería Municipal, por concepto de Fleteo de Materiales.

Por lo anteriormente expuesto esta Comisión de Vigilancia de

la Contaduría General, con fundamento en lo que establecen

los artículos 170 de la Constitución Política del Estado; 43,

45, 46, 52, 59 y 64 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo;

nos permitimos someter a la consideración de la Asamblea, el

siguiente proyecto de

[Continúa leyendo]:

DECRETO [107/04 I P.O.]:

ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo queestablecen los artículos 64, fracción VII; 134, 168,169, 170 de la Constitución Política del Estado; 64,fracción VI de la Ley Orgánica del Poder Legislativo;así como el artículo 7 de la Ley Orgánica dela Contaduría General del Congreso, se revisóla cuenta pública del Honorable Ayuntamiento deMaguarichi, correspondiente al ejercicio fiscal del2003, y como consecuencia;

ARTÍCULO SEGUNDO.- Con fundamento en loque establecen los artículos 187 de la ConstituciónPolítica del Estado y 7 de la Ley Orgánica de laContaduría General; 149 de la Ley Orgánica delPoder Legislativo y 29, segundo párrafo de la Leyde Responsabilidades de los Servidores Públicospara el Estado de Chihuahua, con las copiascertificadas del presente Decreto, del Informe de laAuditoría practicada y de la documentación soporte,iníciese procedimiento administrativo en contra delPresidente Municipal del Honorable Ayuntamientode Maguarichi, en funciones durante el períodoauditado, por las irregularidades determinadas enla cuenta pública del 2003, a fin de que sedeterminen las responsabilidades administrativas aque haya lugar; esto, por las observaciones que acontinuación se señalan.

PROVEEDORES CON NEXO DE PARENTESCO

Se liquidó la cantidad de $234,237.57 por consumode combustible a la señora Rossana SolísPérez, propietaria de la gasolinera ubicada enla Colonia Barrio del Pinal en San Juanito,Bocoyna, Chihuahua. Dicha proveedora es hijadel Presidente Municipal; lo que contravienelo dispuesto por el artículo 42 de la Ley deAdquisiciones, Arrendamientos, Contratación deServicios y Obra Publica del Estado de Chihuahua,la cual dispone que los entes públicos seabstendrán de recibir propuestas o celebrar contratoalguno en las materias a que se refiere esta ley, conlas personas físicas o morales en que el servidor

– 1123 –

Page 22: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

público que intervenga en cualquier forma en laadjudicación del contrato, tenga interés personal,familiar o de negocios, incluyendo aquéllas de lasque pueda resultar algún beneficio para él, sucónyuge o sus parientes consanguíneos hasta elcuarto grado.

FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTA-LECIMIENTO MUNICIPAL: Existencia Final.

No fue posible determinar la existencia final, todavez que no se proporcionaron los estados decuenta bancarios, ni las conciliaciones bancariascorrespondientes.

De igual forma, por concepto de comisiones, lainstitución bancaria cargó al municipio la cantidadde $4,600.00 por concepto de cheques devueltos,lo que origina una disminución indebida en elpatrimonio municipal.

CUENTAS DE BALANCE: Deudores Diversos.

Al 31 de diciembre del 2003, esta cuentapresentaba un saldo por un importe de $49,449.99,misma que corresponde al adeudo del Programade Lámina y Cemento, los cuales al 31 de marzodel 2004 se encuentran en la misma situación,no se proporcionó garantía, ni se han efectuadogestiones de cobro alguno para la recuperación deeste importe.

ARTÍCULO TERCERO.- Con fundamento en lo queestablecen los artículos 64, fracción VII y 34 [134]

de la Constitución Política del Estado; así como 64,fracción V de la Ley Orgánica del Poder Legislativo,se aprueba la cuenta pública del HonorableAyuntamiento del Maguarichi, correspondiente alejercicio fiscal del año 2003.

TRANSITORIO:

ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entraráen vigor al día siguiente de su publicación en elPeriódico Oficial del Estado.

Económico.- Aprobado que sea, túrnese a laSecretaría para que elabore la Minuta de Decreto,

en los términos en que deba publicarse.

Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en laciudad de Chihuahua, Chih., a los veintiún días delmes de diciembre del año dos mil cuatro.

Por la Comisión de Vigilancia de la ContaduríaGeneral del Congreso del Estado: DiputadaMinerva Castillo Rodríguez, [Presidenta]; DiputadoFernando Reyes Ramírez, [Secretario]; DiputadoAlberto Carrillo González, [Vocal].

Es todo, señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, señorDiputado.

Si es de aprobarse el dictamen anteriormente leído,sírvanse manifestarlo levantando la mano.

- Los CC. Diputados.- [Manifiestan su aprobación en

forma unánime].

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se aprueba.

Adelante, señor Diputado.

- El C. Dip. Reyes Ramírez.- P.A.N.:

A los Diputados integrantes de la Comisión deVigilancia de la Contaduría General -de igualforma- nos fue turnada para la revisión, glosa yposterior dictamen, la cuenta pública del HonorableAyuntamiento de Chínipas, correspondiente alejercicio fiscal del año 2003.

De igual manera, solicito al Presidente, me dispen-se la lectura de antecedentes y consideraciones.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se le autoriza,señor Diputado.

- El C. Dip. Reyes Ramírez.- P.A.N.: Gracias,señor Presidente.

[Texto del dictamen, del cual se dispensó su lectura].

Del presente asunto, obran los siguientes

– 1124 –

Page 23: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

ANTECEDENTES:

1.- El H. Ayuntamiento de Chínipas en cumplimiento a lo que

dispone el artículo 134 de la Constitución Política del Estado,

remitió al H. Congreso del Estado su cuenta pública, relativa

del ejercicio fiscal del año 2003.

2.- El C. Presidente de la Diputación Permanente del H.

Congreso del Estado, con fundamento en lo que establece el

artículo 37, en relación con lo dispuesto en el numeral 30,

fracción IX, ambos de la Ley Orgánica del H. Congreso del

Estado, turnó a la Comisión que suscribe, la cuenta pública

del H. Ayuntamiento de Chínipas correspondiente al ejercicio

fiscal del año 2003.

3.- Mediante oficio No. 324/2004 C.V., de fecha 6 de mayo

del año 2004, la Comisión de Vigilancia, en cumplimiento a

lo dispuesto por el artículo 64, fracción III de la Ley Orgánica

del Poder Legislativo, remitió a la Contaduría General del

H. Congreso del Estado para su revisión y glosa, la cuenta

pública en estudio.

Ahora bien, los suscritos al entrar al estudio del presente

asunto, realizamos las siguientes

CONSIDERACIONES:

1.- Dispone el artículo 64, fracción VII de la Constitución

Política del Estado, que son facultades del H. Congreso del

Estado, revisar la cuenta pública de Gobierno del Estado; de

igual forma, el artículo 134 del mismo ordenamiento establece,

que le será aplicable lo dispuesto por el numeral citado en

primer término por lo que hace a la revisión de la Cuenta

Pública de los municipios.

2.- Por otra parte, la Constitución Política del Estado en sus

numerales 168, 169 y 170, entre otros aspectos, disponen que

el H. Congreso del Estado contará con un Órgano Técnico,

denominado Contaduría General, el cual tendrá a su cargo

la glosa de los ingresos, egresos y estado de situación

patrimonial de los entes públicos y que dependerá directa e

inmediatamente del H. Congreso del Estado por conducto de

la Comisión de Vigilancia.

3.- Por disponerlo así, nuestro máximo ordenamiento en

el Estado, toda cuenta pública de ingresos y egresos, así

como estado de situación patrimonial, quedará glosada por

la Contaduría General a más tardar, dentro de los siguientes

seis meses en que ésta la reciba, quien deberá rendir dentro

del mes siguiente a partir de la fecha en que quedó glosada,

un informe a la Comisión de Vigilancia de los resultados

derivados de la glosa practicada; siendo por ello, que el

Contador General, C.P. Sérbulo Lerma Carbajal, mediante

oficio No. 2421/04 C.G., de fecha 26 de noviembre del año

2004, en cumplimiento a lo que dispone el artículo 7 de la

Ley Orgánica de la Contaduría General del H. Congreso del

Estado, envió a los suscritos el Informe de la Auditoría que

nos ocupa.

4.- La Constitución Política del Estado, establece que la

revisión de las cuentas públicas tanto de los municipios

como de Gobierno del Estado, tendrá por objeto conocer

los resultados de la gestión financiera, comprobar si se ha

ajustado a los criterios señalados por el presupuesto y el

cumplimiento de los objetivos establecidos en los programas.

Si del examen de la cuenta anual aparecen discrepancias

entre las cantidades gastadas y las respectivas partidas del

presupuesto o no existe exactitud o justificación de los gastos

hechos, se determinarán las responsabilidades a que haya

lugar de acuerdo con la ley, en su caso aprobará la cuenta

pública anual.

5- El Contador General del H. Congreso del Estado, en

cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 7 de la Ley

Orgánica de la Contaduría General, remitió en fecha 15 de

octubre del año 2004, mediante el oficio No. 2348/04 el informe

de resultados de la auditoría practicada a la cuenta pública

del Municipio de Chínipas, correspondiente al ejercicio del

año 2003, solicitándole que en un término de 15 días hábiles

contados a partir de la notificación rindiera las aclaraciones

que estimara conveniente.

6.- El artículo 7 de la Ley Orgánica de la Contaduría General

del H. Congreso del Estado en sus párrafos segundo y tercero,

impone la obligación a cargo del titular del ente auditado

de rendir las aclaraciones que estime pertinentes a las

observaciones determinadas en la auditoría practicada, dentro

del plazo de 15 días hábiles contados a partir de su recepción

y que en caso de omisión será causa de responsabilidad. El

C. Presidente Municipal de Chínipas, dio mediante oficio sin

número de fecha 5 de noviembre del año 2004, contestación

a las observaciones. Una vez que el Órgano Técnico valoró

las aclaraciones hechas por el municipio, estimó que algunas

no quedaron solventadas.

– 1125 –

Page 24: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

7.- El Contador General del H. Congreso del Estado, Informa

que en cumplimiento a lo que establece el artículo 13 de la

Ley Orgánica de la Contaduría General, la auditoría que nos

ocupa tuvo como objeto los siguientes aspectos:

I. ESTADOS FINANCIEROS

II. INGRESOS

II.1. IMPUESTO PREDIAL

II.2. IMPUESTO SOBRE TRASLACIÓN DE DOMINIO

II.3. SERVICIOS GENERALES EN EL RASTRO

MUNICIPAL

II.4. LEGALIZACIÓN DE FIRMAS, CERTIFICACIÓN Y

EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS MUNICIPALES

II.5. SERVICIOS DE ENERGÍA ELÉCTRICA

II.6. MULTAS

II.7. SUBSIDIOS

II.8. DONATIVOS Y COOPERACIONES

II.9. OTROS APROVECHAMIENTOS

II.10. REINTEGROS AL PRESUPUESTO DE EGRESOS

II.11. PARTICIPACIONES

III. EGRESOS

III.1. SERVICIOS PERSONALES

III.2. EXAMEN DOCUMENTAL DE LOS EGRESOS

III.3. PRINCIPALES PROVEEDORES DE BIENES Y

SERVICIOS

III.4. ADQUISICIONES DE BIENES MUEBLES

III.5. OBRA PÚBLICA EJECUTADA CON RECURSOS

PROPIOS

IV. CUENTAS DE BALANCE

IV.1. CAJA

IV.2. BANCOS

IV.3. DEUDORES DIVERSOS

IV.4. ACREEDORES DIVERSOS

V. RECURSOS DEL RAMO 33

VI. RECURSOS DEL RAMO 20

VII. VARIACIONES PRESUPUESTALES

VIII. DIRECTORIO DE FUNCIONARIOS

8.- Ahora bien, esta Comisión al revisar el Informe de la

Auditoría practicada a la cuenta pública del Municipio de

Chínipas, correspondiente a las operaciones practicadas en

el ejercicio fiscal del año 2003, estimó que algunas de las

observaciones determinadas por el Órgano Técnico, pueden

generar responsabilidad administrativa, las cuales detallamos

en el proyecto de Decreto que sometemos a la consideración

de esta Representación Popular.

No pasa desapercibido para quienes integramos la Comisión

que suscribe, que del propio Informe de Auditoría se desprende

una serie de observaciones derivadas de falta de sistemas de

control interno.

Ahora bien, del Informe de la Auditoría que nos ocupa se

desprenden algunos aspectos que a juicio de esta Comisión

deben de ser corregidos por la administración municipal,

implementando los mecanismos internos necesarios para tal

efecto, ello debido a que:

REZAGO DEL IMPUESTO PREDIAL

De la auditoría practicada se determinó que el municipio no

ejerció la facultad económica coactiva a fin de recuperar el

rezago en la cuenta señalada.

MULTAS DE TRÁNSITO

No se expiden papeletas de infracciones que contengan el

concepto y la tarifa a cobrar otorgando en su lugar un

certificado de ingresos, no existen tarifas establecidas para el

cobro de las infracciones cometidas.

– 1126 –

Page 25: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

MULTAS DE LA COMANDANCIA

No existen tarifas establecidas para el cobro por faltas

cometidas, los importes a cobrar son a criterio del Comandante

de acuerdo a la infracción al Bando de Policía y Buen Gobierno.

EXAMEN DOCUMENTAL DE LOS EGRESOS:

Se llevó a cabo el examen documental de los egresos durante

el período del 1º de enero al 31 de diciembre del 2003,

determinándose que se realizaron diversas erogaciones las

cuales fueron soportadas con recibos simples.

FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO

MUNICIPAL: Examen Documental de los Egresos

Con recursos del fondo antes señalado, se realizaron diversas

erogaciones las cuales fueron soportadas documentalmente

con recibos simples.

Por lo anteriormente expuesto esta Comisión de Vigilancia de

la Contaduría General, con fundamento en lo que establecen

los artículos 170 de la Constitución Política del Estado; 43,

45, 46, 52, 59 y 64 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo;

nos permitimos someter a la consideración de la Asamblea, el

siguiente proyecto de

[Continúa leyendo]:

DECRETO [108/04 I P.O.]:

ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en loque establecen los artículos 64, fracción VII; 134,168, 169 y 170 de la Constitución Política delEstado; 64, fracción VI de la Ley Orgánica delPoder Legislativo; así como el artículo 7 de la LeyOrgánica de la Contaduría General del Congresodel Estado se revisó la cuenta pública del HonorableAyuntamiento de Chínipas, correspondiente alejercicio fiscal del año 2003 y como consecuencia;

ARTÍCULO SEGUNDO.- Con fundamento en loque establecen los artículos 187 de la ConstituciónPolítica del Estado y 7o. de la Ley Orgánica dela Contaduría General; 149 de la Ley Orgánicadel Poder Legislativo; y 29, párrafo segundo dela Ley de Responsabilidades de los ServidoresPúblicos para el Estado de Chihuahua, con copias

certificadas del presente Decreto, del Informe de laAuditoría practicada y de la documentación soporte,iníciese procedimiento administrativo en contra delPresidente Municipal del Honorable Ayuntamientode Chínipas, en funciones durante el períodoauditado, por las irregularidades determinadas enla cuenta pública del año 2003, a fin de que sedeterminen las responsabilidades administrativas aque haya lugar; esto, por las observaciones que acontinuación se señalan.

NEXOS DE PARENTESCO ENTRE FUNCIONA-RIOS Y EMPLEADOS:

Se determinaron nexos de parentesco entre elPresidente Municipal y Martín Hernández Santini,Rubén Hernández Santini, Angélica Santini yDora Vázquez Santini, quienes desempeñan lossiguientes empleos: Encargado de la Plantade Luz, mecánico de la Presidencia Municipal,Encargado de Catastro y Encargado de laBiblioteca, respectivamente.

Dichos empleados fueron contratados a partir del10 de octubre del año 2001, es decir, al iniciode la administración municipal; lo que contravienelo dispuesto por el artículo 23, fracción XI dela Ley de Responsabilidades de los ServidoresPúblicos, la cual señala que todo funcionariopúblico para salvaguardar la legalidad, honradez,lealtad, imparcialidad y eficiencia que debe observaren el desempeño de su empleo, cargo ocomisión, con independencia de sus deberes yderechos laborales deberá abstenerse de interveniro participar en la selección, nombramiento,designación, contratación, promoción, suspensión,cese o sanción de cualquier servidor público,cuando tenga interés personal, familiar o denegocios; ello, debido a que como se desprendedel resultado de la auditoría, el presidente municipalen funciones al momento de la revisión, guardabauna relación de parentesco con los funcionarios quehan quedado precisados.

– 1127 –

Page 26: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

FONDO PARA LA INFRAESTRUCTURA SOCIALMUNICIPAL:

Con recursos de este fondo, se ejecutaron lassiguientes obras:

A) Construcción de Línea de Distribución EléctricaTramo II

Los trabajos realizados consistieron en laconstrucción de 5.94 kilómetros de línea dedistribución eléctrica con postes de maderacreosotada, 3 fases, 4 hilos ACSR-3/0-5/16, lamodalidad de ejecución fue por invitación a cuandomenos tres contratistas. El monto del contrato fuepor la cantidad de $1’544,400.00, dicho importerebasa lo indicado en el presupuesto de egresospara la excepción a la licitación pública, por lo quedebió haberse adjudicado por licitación pública, enconcordancia con lo que disponen los artículos 28,33 y 101 de la Ley de Obra Pública y ServiciosRelacionados con la Misma.

B) Suministro e Instalación de Módulos Solares

Los trabajos realizados consistieron en suministroe instalación de 43 sistemas en la comunidad deMilpillas, incluye: Módulo solar fotovoltaico de 50watts, montaje para módulo, controlador medidorde carga, lámparas fluorescentes, entre otros.

El monto del contrato fue por la cantidad de$932,720.00, el cual se adjudicó por invitacióna cuando menos tres proveedores, dicho importerebasa lo indicado en el presupuesto de egresospara la excepción a la licitación pública, por lo quedebió haberse efectuado la licitación pública, enconcordancia con lo que disponen los artículos 28,33 y 101 de la Ley de Obra Pública y ServiciosRelacionados con la Misma.

ARTÍCULO TERCERO.- Con fundamento en lo queestablecen los artículos 64, fracción VII y 134 dela Constitución Política del Estado; así como 64,fracción V de la Ley Orgánica del Poder Legislativo,se aprueba la cuenta pública del Ayuntamiento delChínipas, correspondiente al ejercicio fiscal del año

2003.

TRANSITORIO:

ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entraráen vigor al día siguiente de su publicación en elPeriódico Oficial del Estado.

Económico.- Aprobado que sea, túrnese a laSecretaría para que elabore la Minuta de Decreto,en los términos en que deba publicarse.

Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en laciudad de Chihuahua, Chih., a los veintiún días delmes de diciembre del año dos mil cuatro.

Por la Comisión de Vigilancia de la ContaduríaGeneral del Congreso: Diputada Minerva CastilloRodríguez, [Presidenta]; Diputado Fernando ReyesRamírez, [Secretario]; Diputado Alberto CarrilloGonzález, [Vocal].

Es todo, señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, señorDiputado.

Si están de acuerdo en el dictamen antes leído, enlo general y en lo particular, sírvanse manifestarlolevantando la mano.

- Los CC. Diputados.- [Manifiestan su aprobación en

forma unánime].

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se aprueba.

Se concede el uso de la palabra a la DiputadaMinerva Castillo Rodríguez.

- La C. Dip. Castillo Rodríguez.- P.R.I.: Con supermiso, señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Adelante,Diputada.

- La C. Dip. Castillo Rodríguez.- P.R.I.:

A los Diputados, integrantes de la Comisión deVigilancia de la Contaduría General, nos fue turnada

– 1128 –

Page 27: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

para su revisión, glosa y posterior dictamen, lacuenta pública del Honorable Ayuntamiento deBuenaventura, correspondiente al ejercicio fiscal delaño 2003.

Señor Presidente, pido obviar la lectura de antece-dentes y consideraciones, y pasar directamente aldecreto.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se le concede lapetición.

- La C. Dip. Castillo Rodríguez.- P.R.I.: Gracias.

[Texto del dictamen, del cual se dispensó su lectura].

Del presente asunto, obran los siguientes

ANTECEDENTES:

1.- El H. Ayuntamiento de Buenaventura, en cumplimiento a

lo que dispone el artículo 134 de la Constitución Política del

Estado, remitió al H. Congreso del Estado su cuenta pública,

relativa del ejercicio fiscal del año 2003.

2.- El C. Presidente de la Diputación Permanente del H.

Congreso del Estado, con fundamento en lo que establece el

artículo 37, en relación con lo dispuesto en el numeral 30,

fracción IX, ambos de la Ley Orgánica del H. Congreso del

Estado, turnó a la Comisión que suscribe, la cuenta pública del

H. Ayuntamiento de Buenaventura correspondiente al ejercicio

fiscal del año 2003.

3.- Mediante el oficio No. 321/2004 C.V., de fecha 15 de abril

del año 2004, la Comisión de Vigilancia, en cumplimiento a

lo dispuesto por el artículo 64, fracción III de la Ley Orgánica

del Poder Legislativo, remitió a la Contaduría General del

H. Congreso del Estado para su revisión y glosa, la cuenta

pública en estudio.

Ahora bien, los suscritos al entrar al estudio del presente

asunto, realizamos las siguientes

CONSIDERACIONES:

1.- Dispone el artículo 64, fracción VII de la Constitución

Política del Estado, que son facultades del H. Congreso del

Estado, revisar la cuenta pública de Gobierno del Estado; de

igual forma, el artículo 134 del mismo ordenamiento establece,

que le será aplicable lo dispuesto por el numeral citado en

primer término por lo que hace a la revisión de la cuenta

pública de los municipios.

2.- Por otra parte, la Constitución Política del Estado en sus

numerales 168, 169 y 170, entre otros aspectos, disponen que

el H. Congreso del Estado contará con un Órgano Técnico,

denominado Contaduría General, el cual tendrá a su cargo

la glosa de los ingresos, egresos y estado de situación

patrimonial de los entes públicos y que dependerá directa e

inmediatamente del H. Congreso del Estado por conducto de

la Comisión de Vigilancia.

3.- Por disponerlo así, nuestro máximo ordenamiento en

el Estado, toda cuenta pública de ingresos y egresos, así

como estado de situación patrimonial, quedará glosada por

la Contaduría General a más tardar, dentro de los siguientes

seis meses en que ésta la reciba, quien deberá rendir dentro

del mes siguiente a partir de la fecha en que quedo glosada,

un informe a la Comisión de Vigilancia de los resultados

derivados de la glosa practicada; siendo por ello, que el

Contador General, el C.P. Sérbulo Lerma Carbajal mediante

oficio No. 2414/04 C. G. de fecha 15 de noviembre del año

2004, en cumplimiento a lo que dispone el artículo 7 de la

Ley Orgánica de la Contaduría General del H. Congreso del

Estado, envió a los suscritos el Informe de la Auditoría que

nos ocupa.

4.- La Constitución Política del Estado, establece que la

revisión de las cuentas públicas, tanto de los municipios

como de Gobierno del Estado, tendrá por objeto conocer

los resultados de la gestión financiera, comprobar si se ha

ajustado a los criterios señalados por el presupuesto y el

cumplimiento de los objetivos establecidos en los programas.

Si del examen de la cuenta anual aparecen discrepancias

entre las cantidades gastadas y las respectivas partidas del

presupuesto o no existe exactitud o justificación de los gastos

hechos, se determinarán las responsabilidades a que haya

lugar de acuerdo con la ley, en su caso aprobará la cuenta

pública anual.

5- El Contador General del H. Congreso del Estado, en

cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 7 de la Ley

Orgánica de la Contaduría General, remitió en fecha 18 de

octubre del año 2004, mediante el oficio No. 2351/04 el

Informe de resultados de la Auditoría practicada a la cuenta

pública del Municipio de Buenaventura, correspondiente al

– 1129 –

Page 28: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

ejercicio del año 2003, solicitándole que en un término de 15

días hábiles contados a partir de la notificación, rindiera las

aclaraciones que estimara conveniente.

6.- El artículo 7 de la Ley Orgánica de la Contaduría General

del H. Congreso del Estado en sus párrafos segundo y tercero,

impone la obligación a cargo del titular del ente auditado

de rendir las aclaraciones que estime pertinentes a las

observaciones determinadas en la auditoría practicada, dentro

del plazo de 15 días hábiles contados a partir de su recepción

y que en caso de omisión será causa de responsabilidad. El C.

Presidente Municipal de Buenaventura, dio mediante oficio sin

número, de fecha 10 de noviembre del año 2004, contestación

a las observaciones. Una vez que el Órgano Técnico valoró

las aclaraciones hechas por el municipio, estimó que algunas

no quedaron solventadas.

7.- El Contador General del H. Congreso del Estado, Informa

que en cumplimiento a lo que establece el artículo 13 de la

Ley Orgánica de la Contaduría General, la auditoría que nos

ocupa, tuvo como objeto los siguientes aspectos:

I. ESTADOS FINANCIEROS

II. INGRESOS

II.1. IMPUESTO SOBRE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS

II.2. IMPUESTO PREDIAL

II.3. IMPUESTO SOBRE TRASLACIÓN DE DOMINIO

II.4. ASIGNACIÓN DE NÚMERO OFICIAL

II.5. LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN

II.6. USO DE LA VÍA PÚBLICA POR COMERCIANTES

II.7. SERVICIOS GENERALES EN EL RASTRO

MUNICIPAL

II.8. LEGALIZACIÓN DE FIRMAS, CERTIFICACIÓN Y

EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS MUNICIPALES

II.9. DERECHO DE ALUMBRADO PÚBLICO

II.10. SERVICIOS DE VIGILANCIA PRESTADOS POR

SEGURIDAD PÚBLICA

II.11. ENAJENACIÓN DE BIENES INMUEBLES

II.12. ENAJENACIÓN DE BIENES MUEBLES

II.13. ARRENDAMIENTOS Y OTROS CONTRATOS POR LA

EXPLOTACIÓN DE BIENES INMUEBLES

II.14. RENDIMIENTOS FINANCIEROS

II.15. MULTAS

II.16. REINTEGROS AL PRESUPUESTO DE EGRESOS

II.17. DONATIVOS Y COOPERACIONES

II.18. OTROS APROVECHAMIENTOS

II.19. PARTICIPACIONES

III. EGRESOS

III.1. SERVICIOS PERSONALES

III.2. EXAMEN DOCUMENTAL DE LOS EGRESOS

III.3. PRINCIPALES PROVEEDORES DE BIENES Y

SERVICIOS

III.4. ADQUISICIONES DE BIENES MUEBLES

III.5. OBRA EJECUTADA CON RECURSOS PROPIOS

III.6. RECURSOS DEL RAMO 33

III.7. FONDO DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL ESTATAL

III.8. RECURSOS DEL RAMO 20

III.9. INVERSIÓN NORMAL ESTATAL

IV. CUENTAS DE BALANCE

IV.1. CAJA

IV.2. BANCOS

IV.3. DEUDORES DIVERSOS

IV.4. ACREEDORES DIVERSOS

V. VARIACIONES PRESUPUESTALES

– 1130 –

Page 29: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

VI. DIRECTORIO DE FUNCIONARIOS

8.- Ahora bien, esta Comisión al revisar el Informe de la

Auditoría practicada a la cuenta pública del Municipio de

Buenaventura, correspondiente a las operaciones practicadas

en el ejercicio fiscal del año 2003, estimó que algunas de las

observaciones determinadas por el Órgano Técnico, pueden

generar responsabilidad administrativa, las cuales detallamos

en el proyecto de Decreto que sometemos a la consideración

de esta Representación Popular.

No pasa desapercibido para quienes integramos la Comisión

que suscribe, que del propio Informe de Auditoría se desprende

una serie de observaciones derivadas de falta de sistemas de

control interno.

Ahora bien, del Informe de la Auditoría que nos ocupa se

desprenden algunos aspectos que a juicio de esta Comisión

deben de ser corregidos por la administración municipal,

implementando los mecanismos internos necesarios para tal

efecto, ello debido a que:

REZAGO DEL IMPUESTO PREDIAL

De la auditoría practicada se determinó que el municipio no

ejerció la facultad económica coactiva, a fin de recuperar el

saldo correspondiente a dicha cuenta.

HONORARIOS

En el período auditado se contrataron los servicios

profesionales de tres personas, no obstante el municipio

no proporcionó el contrato de prestación de servicios respecto

de uno de los prestadores.

EXAMEN DOCUMENTAL DE LOS EGRESOS

El municipio erogó diversas cantidades por varios conceptos,

los cuales fueron justificados con documentación consistente

en recibos simples.

RECURSOS DEL RAMO 33: Fondo para la Infraestructura

Social Municipal: Existencia Final

Se validó la existencia final de recursos de este fondo,

comparando los ingresos recibidos contra las erogaciones

efectuadas, se verificaron las conciliaciones bancarias,

dándosele seguimiento a las principales partidas en tránsito,

determinándose que el municipio registró en la cuenta de este

fondo los relativos al de Infraestructura Social Estatal. De igual

forma los relativos al de Inversión Normal Estatal, debiéndose

registrar en cuentas de balance.

FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO

MUNICIPAL: Examen Documental de los Egresos

De la auditoría practicada se determinó que el municipio realizó

con recursos de dicho fondo, diversas erogaciones las cuales

se comprobaron con documentos que no reúnen los requisitos

fiscales.

FONDO PARA LA INFRAESTRUCTURA SOCIAL ESTATAL:

Existencia Final

No fue posible determinar la existencia de este fondo ya que

el municipio manejó estos recursos en la cuenta bancaria del

Fondo para la Infraestructura Social Municipal.

RECURSOS DEL PROGRAMA DE INVERSIÓN NORMAL

ESTATAL: Existencia Final

No fue posible determinar la existencia de este fondo, ya que

el municipio manejó estos recursos en la cuenta bancaria del

Fondo para la Infraestructura Social Municipal.

Por lo anteriormente expuesto, esta Comisión de Vigilancia de

la Contaduría General, con fundamento en lo que establecen

los artículos 170 de la Constitución Política del Estado; 43,

45, 46, 52, 59 y 64 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo;

nos permitimos someter a la consideración de la Asamblea, el

siguiente proyecto de

[Continúa leyendo]:

DECRETO [109/04 I P.O.]:

ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo queestablecen los artículos 64, fracción VII; 134, 168,169, 170 de la Constitución Política del Estado; 64,fracción VI de la Ley Orgánica del Poder Legislativo;así como el artículo 7 de la Ley Orgánica de laContaduría General del Honorable Congreso delEstado, se revisó la cuenta pública del HonorableAyuntamiento de Buenaventura, correspondiente alejercicio fiscal del año 2003, y como consecuencia;

– 1131 –

Page 30: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

ARTÍCULO SEGUNDO.- Con fundamento en loque establecen los artículos 187 de la ConstituciónPolítica del Estado; y 7 de la Ley Orgánica de laContaduría General; 149 de la Ley Orgánica delPoder Legislativo; y 29, segundo párrafo de la Leyde Responsabilidades de los Servidores Públicospara el Estado de Chihuahua, con las copiascertificadas del presente Decreto, del informe de laauditoría practicada y de la documentación soporte,iníciese procedimiento administrativo en contra delPresidente Municipal del Honorable Ayuntamientode Buenaventura en funciones durante el períodoauditado, por las irregularidades determinadas enla cuenta pública del año 2003, a fin de que sedeterminen las responsabilidades administrativas aque haya lugar; esto, por las observaciones que acontinuación se señalan.

PROGRAMA DE INVERSIÓN NORMAL ESTATAL:Auditoría Técnica de Obra

Restauración de la ex Hacienda del Carmen.

Los trabajos realizados consistieron en larestauración de la ex Hacienda de NuestraSeñora del Carmen de Peña Blanca, los cualesconsistieron en demolición, perfilados, construcciónde troneras, colado de firmes de hormigón, limpiezade cantera, subestación tipo postes con capacidadde 45 kva. trifásica, transformador, entre otros,determinándose que se adquirieron de maneradirecta varios materiales con Electriluz, S.A., deC.V., por un importe de $313,814.65, debiéndosehaber realizado por medio de licitación pública orestringida con invitación a tres proveedores; esto,de conformidad con lo que disponen los artículos28, fracción II; 33 y 101 de la Ley de Adquisiciones,Arrendamientos, Contratación de Servicios y ObraPública.

ARTÍCULO TERCERO.- Con fundamento en loque establecen los artículos 64, fracción VII y134 de la Constitución Política del Estado; asícomo 64, fracción V de la Ley Orgánica delPoder Legislativo, se aprueba la cuenta públicadel Honorable Ayuntamiento de Buenaventura,

correspondiente al ejercicio fiscal del año 2003.

TRANSITORIO:

ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entraráen vigor al día siguiente de su publicación en elPeriódico Oficial del Estado.

Económico.- Aprobado que sea, túrnese a laSecretaría para que elabore la Minuta de Decreto,en los términos en que deba publicarse.

Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en laciudad de Chihuahua, Chih., a los veintiún días delmes de diciembre del año dos mil cuatro.

Por la Comisión de Vigilancia de la ContaduríaGeneral del Honorable Congreso del Estado:Diputada Minerva Castillo Rodríguez, [Presidenta];Diputado Fernando Reyes Ramírez, [Secretario]; yDiputado Alberto Carrillo González, [Vocal].

Es todo, señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, Diputada.

Si es de aprobarse, en lo general y en lo particular,sírvanse manifestarlo levantando la mano.

- Los CC. Diputados.- [Manifiestan su aprobación en

forma unánime].

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se aprueba.

- La C. Dip. Castillo Rodríguez.- P.R.I.: Prosegui-mos con el Ayuntamiento de Coronado.

A los Diputados, integrantes de la Comisión deVigilancia de la Contaduría General, nos fue turnadapara su revisión, glosa y posterior dictamen, lacuenta pública del Honorable Ayuntamiento deCoronado, correspondiente al ejercicio fiscal delaño 2003.

De igual manera, señor Presidente, pido obviar lalectura de antecedentes y consideraciones, en elentendido de que estará completo en el Diario deDebates.

– 1132 –

Page 31: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se le autoriza,Diputada.

- La C. Dip. Castillo Rodríguez.- P.R.I.

[Texto del dictamen, del cual se dispensa su lectura].

Del presente asunto obran los siguientes

ANTECEDENTES:

1.- El H. Ayuntamiento de Coronado en cumplimiento a lo que

dispone el artículo 134 de la Constitución Política del Estado,

remitió al H. Congreso del Estado su cuenta pública, relativa

del ejercicio fiscal del 2003.

2.- El C. Presidente de la Diputación Permanente del H.

Congreso del Estado, con fundamento en lo que establece el

artículo 37, en relación con lo dispuesto en el numeral 30,

fracción IX, ambos de la Ley Orgánica del H. Congreso del

Estado, turnó a la Comisión que suscribe, la cuenta pública

del H. Ayuntamiento de Coronado correspondiente al ejercicio

fiscal del 2003.

3.- Mediante oficio No. 321/2004 C. V. de fecha 15 de abril

del 2004, la Comisión de Vigilancia, en cumplimiento a lo

dispuesto por el artículo 64, fracción III de la Ley Orgánica

del Poder Legislativo, remitió a la Contaduría General para su

revisión y glosa, la cuenta pública en estudio.

Ahora bien, los suscritos al entrar al estudio del presente

asunto, realizamos las siguientes

CONSIDERACIONES:

1.- Dispone el artículo 64, fracción VII de la Constitución

Política del Estado, que son facultades del H. Congreso del

Estado, revisar la cuenta pública de Gobierno del Estado; de

igual forma, el artículo 134 del mismo ordenamiento establece,

que le será aplicable lo dispuesto por el numeral citado en

primer término por lo que hace a la revisión de la cuenta

pública de los municipios.

2.- Por otra parte, la Constitución Política del Estado en sus

numerales 168, 169 y 170, entre otros aspectos, disponen que

el H. Congreso del Estado contará con un Órgano Técnico,

denominado Contaduría General, el cual tendrá a su cargo

la glosa de los ingresos, egresos y estado de situación

patrimonial de los entes públicos y que dependerá directa e

inmediatamente del H. Congreso del Estado por conducto de

la Comisión de Vigilancia.

3.- Por disponerlo así, nuestro máximo ordenamiento en

el Estado, toda cuenta pública de ingresos y egresos, así

como estado de situación patrimonial, quedará glosada por

la Contaduría General a más tardar, dentro de los siguientes

seis meses en que ésta la reciba, quien deberá rendir dentro

del mes siguiente a partir de la fecha en que quedó glosada,

un informe a la Comisión de Vigilancia de los resultados

derivados de la glosa practicada; siendo por ello, que el

Contador General, el C.P. Sérbulo Lerma Carbajal mediante

oficio No. 2413/04 C.G., de fecha 15 de noviembre del año

2004, en cumplimiento a lo que dispone el artículo 7 de la

Ley Orgánica de la Contaduría General del H. Congreso del

Estado, envió a los suscritos el Informe de la Auditoría que

nos ocupa.

4.- La Constitución Política del Estado, establece que la

revisión de las cuentas públicas tanto de los municipios

como de Gobierno del Estado, tendrá por objeto conocer

los resultados de la gestión financiera, comprobar si se ha

ajustado a los criterios señalados por el presupuesto y el

cumplimiento de los objetivos establecidos en los programas.

Si del examen de la cuenta anual aparecen discrepancias

entre las cantidades gastadas y las respectivas partidas del

presupuesto o no existe exactitud o justificación de los gastos

hechos, se determinarán las responsabilidades a que haya

lugar de acuerdo con la ley, en su caso aprobará la cuenta

pública anual.

5- El Contador General del H. Congreso del Estado, en

cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 7 de la Ley

Orgánica de la Contaduría General, remitió mediante oficio

No. 2350/04 de fecha 15 de octubre del 2004, el Informe

de resultados de la auditoría practicada a la cuenta pública

del Municipio de Coronado, correspondiente al ejercicio del

año 2003, solicitándole que en un término de 15 días hábiles

contados a partir de la notificación rindiera las aclaraciones

que estimara conveniente.

6.- El artículo 7 de la Ley Orgánica de la Contaduría General

del H. Congreso del Estado en sus párrafos segundo y tercero,

impone la obligación a cargo del titular del ente auditado

de rendir las aclaraciones que estime pertinentes a las

observaciones determinadas en la auditoría practicada, dentro

del plazo de 15 días hábiles contados a partir de su recepción

– 1133 –

Page 32: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

y que en caso de omisión será causa de responsabilidad.

El C. Presidente Municipal de Coronado, dio mediante oficio

sin número de fecha del 5 de noviembre del 2004, contestación

a las observaciones. Una vez que el Órgano Técnico valoró

las aclaraciones hechas por el municipio, estimó que algunas

no quedaron solventadas.

7.- El Contador General del H. Congreso del Estado, Informa

que en cumplimiento a lo que establece el artículo 13 de la

Ley Orgánica de la Contaduría General, la auditoría que nos

ocupa tuvo como objeto los siguientes aspectos:

I. ESTADOS FINANCIEROS

II. INGRESOS

II.1. IMPUESTO SOBRE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS

II.2. IMPUESTO PREDIAL

II.3. IMPUESTO SOBRE TRASLACIÓN DE DOMINIO

II.4. SERVICIOS DE AGUA Y DRENAJE

II.5. OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA

II.6. SERVICIOS GENERALES EN EL RASTRO

MUNICIPAL

II.7. LEGALIZACIÓN DE FIRMAS, CERTIFICACIÓN Y

EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS MUNICIPALES

II.8. DERECHO DE ALUMBRADO PÚBLICO

II.9. ENAJENACIÓN DE BIENES INMUEBLES

II.10. ENAJENACIÓN DE BIENES MUEBLES

II.11. ARRENDAMIENTOS Y OTROS CONTRATOS PARA

LA EXPLOTACIÓN DE BIENES INMUEBLES

II.12. RENDIMIENTOS FINANCIEROS

II.13. VENTA DE ARTÍCULOS DE CONSTRUCCIÓN

II.14. ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES

II.15. MULTAS

II.16. REINTEGROS AL PRESUPUESTO DE EGRESOS

II.17. PARTICIPACIONES

III. EGRESOS

III.1. SERVICIOS PERSONALES

III.2. EXAMEN DOCUMENTAL DE LOS EGRESOS

III.3. ADQUISICIONES DE BIENES MUEBLES

III.4. PRINCIPALES PROVEEDORES DE BIENES Y

SERVICIOS

III.5. RECURSOS DEL RAMO 33

III.6. RECURSOS DEL RAMO 20

III.7. PROGRAMA DE INVERSIÓN NORMAL ESTATAL

IV. CUENTAS DE BALANCE

IV.1. CAJA

IV.2. BANCOS

IV.3. DEUDA PÚBLICA A CORTO PLAZO

IV.4. ACREEDORES DIVERSOS

V. VARIACIONES PRESUPUESTALES

VI. DIRECTORIO DE FUNCIONARIOS

8.- Ahora bien, esta Comisión al revisar el Informe de la

Auditoría practicada a la cuenta pública del Municipio de

Coronado, correspondiente a las operaciones practicadas

en el ejercicio fiscal de 2003, estimó que algunas de las

observaciones determinadas por el Órgano Técnico, pueden

generar responsabilidad administrativa, las cuales detallamos

en el proyecto de Decreto que sometemos a la consideración

de esta Representación Popular.

No pasa desapercibido para quienes integramos la Comisión

que suscribe, que del propio Informe de Auditoría se

desprenden una serie de observaciones derivadas de falta

de sistemas de control interno.

Ahora bien, del Informe de la Auditoría que nos ocupa se

desprenden algunos aspectos que a juicio de esta Comisión

deben de ser corregidos por la administración municipal,

– 1134 –

Page 33: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

implementando los mecanismos internos necesarios para tal

efecto, ello debido a que:

REZAGO DEL IMPUESTO PREDIAL

De la auditoría practicada al Municipio de Coronado, en su

cuenta pública del 2003, se determinó que no se ejerció la

facultad económica coactiva a fin de recuperar el rezago del

Impuesto Predial.

REZAGO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y DRENAJE

El municipio no ha realizado las gestiones de cobro para la

recuperación del rezago en esta cuenta.

SERVICIOS GENERALES EN EL RASTRO MUNICIPAL:

Pases de Ganado

El municipio aplicó una tarifa inferior a la establecida en la

Ley de Ingresos para el ejercicio del 2003, en los conceptos

de Pases de Ganado de 1 a 100 cabezas y de más de 100

cabezas y certificado de pieles de ganado de 1 a 100 piezas.

REZAGO DE LAS MULTAS FEDERALES NO FISCALES

De la auditoría practicada se determinó que el municipio fue

omiso en iniciar los procedimientos tendientes a recuperar el

rezago de las Multas Federales No Fiscales.

EXAMEN DOCUMENTAL DE LOS EGRESOS.

Se llevó a cabo el examen documental de las erogaciones

efectuadas durante el período del 1o. de enero al 31

de diciembre del 2003, determinándose que se justificaron

diversos gastos con recibos simples, documentación en

fotocopia y con facturas con vigencia vencida.

ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES

Durante el período del 1o. de enero al 31 de diciembre

del 2003, se registraron ingresos por ese concepto por la

cantidad de $71,810.50, por concepto de la renta del Dompe

por servicios de viajes de arena y retiro de escombro y por

arrendamiento de la retroexcavadora; sin que el municipio

haya proporcionado el importe de las tarifas que se aplicaron

y quienes las autorizó, ya que los certificados de ingresos sólo

mencionan el importe cobrado.

El municipio no lleva un control de los costos por la elaboración

de este producto, por lo que se logró conocer el importe

gastado por este concepto que permita evaluar los costos

de producción, así como la utilidad o pérdida obtenida, de

igual forma no se proporcionó el documento que contenga la

autorización del precio del bloc.

Por lo anteriormente expuesto esta Comisión de Vigilancia de

la Contaduría General, con fundamento en lo que establecen

los artículos 170 de la Constitución Política del Estado; 43,

45, 46, 52, 59 y 64 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo;

nos permitimos someter a la consideración de la Asamblea, el

siguiente proyecto de

[Continúa leyendo]:

DECRETO [110/04 I P.O.]:

ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo queestablecen los artículos 64, fracción VII; 134, 168,169, 170 de la Constitución Política del Estado; 64,fracción VI de la Ley Orgánica del Poder Legislativo;así como el artículo 7 de la Ley Orgánica de laContaduría General del Honorable Congreso delEstado, se revisó la cuenta pública del HonorableAyuntamiento de Coronado, correspondiente alejercicio fiscal del 2003 y como consecuencia;

ARTÍCULO SEGUNDO.- Con fundamento en loque establecen los artículos 187 de la ConstituciónPolítica del Estado; y 7 de la Ley Orgánica dela Contaduría General; 149 de la Ley Orgánicadel Poder Legislativo; y 29, segundo párrafo dela Ley de Responsabilidades de los ServidoresPúblicos para el Estado de Chihuahua, con copiacertificada del presente Decreto, del informe de laauditoría practicada y de la documentación soporte;iníciese procedimiento administrativo en contradel ciudadano Presidente Municipal del HonorableAyuntamiento de Coronado, en funciones duranteel período auditado, por las irregularidadesdeterminadas en la cuenta pública del 2003, afin de que se determinen las responsabilidadesadministrativas a que haya lugar; esto, por lasobservaciones que a continuación se señalan.

CELEBRACIÓN DE MATRIMONIOS.

– 1135 –

Page 34: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

En el período auditado el municipio dejó derecaudar la cantidad de $3,868.00, por el conceptoseñalado, debido a que en la celebración de dosmatrimonios a domicilio aplicó la tarifa de $500.00,cuando la Ley de Ingresos establecía la cantidadde $2,184.00.

En esto sí quisiera aclarar que, independientementede la cantidad que es pequeña, fueron los dosúnicos matrimonios que se celebraron en eseayuntamiento, por eso se consideró dentro dela Comisión, que quedara asentado dentro deldictamen.

RECURSOS DEL RAMO 33: Fondo para laInfraestructura Social Municipal: Existencia Final.

Al 31 de diciembre del 2003, la existencia finalera por la cantidad de $96,102.10, según losregistros contables y de la auditoría se determinóun saldo de $112,591.58, existiendo una diferenciade $16,489.48, no aclarada por el municipio.

AUDITORÍA TÉCNICA DE OBRA: Ramo 33: Fondopara la Infraestructura Social Municipal.

A) Rehabilitación de la Unidad Deportiva, enCoronado.

Derivado de la revisión documental se observaque la nómina del 16 al 31 de diciembre del2003, por la cantidad de $27,692.00, se integróen la documentación comprobatoria por el importetotal, debiendo ser únicamente por la cantidad de$16,308.48, ya que la misma nómina se presentó enla comprobación de la cancha de usos múltiples delas pilas y que ampara un importe de $11,383.52según certificado de pago número 5022, por loque existe duplicidad de soporte documental por lacantidad de $11,383.52

B) Rehabilitación del Panteón Municipal ”LasQuintas”, en Coronado.

Los trabajos consistieron en bardeado perimetraly construcción de descanso en el panteónmunicipal, incluye: Excavación, dala de concreto

armado, muro de block asentado con mezcla demortero-cemento, entre otros; la modalidad deejecución corresponde a administración directa,determinándose una diferencia entre los gastosefectuados por el municipio y los calculados porla Contaduría General de $2,457.69, derivado deque se suministró mayor cantidad de materiales quelos requeridos para la obra.

AUDITORÍA TÉCNICA DE OBRA: Ramo 33: Fondopara la Infraestructura Social Municipal.

A) Rehabilitación del Panteón Municipal ”LasQuintas”, en Coronado.

Los trabajos consistieron en bardeado perimetral yconstrucción de descanso en el panteón municipal,incluye: Excavación, dala de concreto armado,muro de block asentado con mezcla de mortero-cemento, entre otros; la modalidad de ejecucióncorresponde a la administración directa. Derivadode la revisión documental se observa que la nóminadel 16 al 30 de junio del 2003, por un importe de$9,906.00 se duplica como soporte documental, yaque fue integrada en dos diferentes certificados depago con los números 1728 y 4914 presentadosante la Secretaría de Planeación y Evaluación,por lo que existe un importe de $9,906.00 sincomprobación.

B) AMPLIACIÓN DE RED DE ALCANTARILLADO.

Los trabajos consistieron en la construcciónde 712.70 metros de alcantarillado con tuberíade P.V.C. de 8 pulgadas de diámetro, incluyeexcavación, platilla, rellenos y 6 pozos de visita.

Se adquirió tubería P.V.C. de 8 pulgadas dediámetro al proveedor Mercedes Chávez Chávez,por un importe de $59,402.10, mediante elprocedimiento de licitación restringida por invitacióna cuando menos tres proveedores, obrando enel expediente únicamente el dictamen del Comitéde Adquisiciones y el acta de fallo sin agotaren su totalidad el procedimiento; lo anterior, eninobservancia a lo dispuesto en el artículo 103 de laLey de Adquisiciones, Arrendamiento, Contratación

– 1136 –

Page 35: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

de Servicios y Obra Pública.

ARTÍCULO TERCERO.- Con fundamento en lo queestablecen los artículos 64, fracción VII y 134 dela Constitución Política del Estado; así como 64,fracción V de la Ley Orgánica del Poder Legislativo,se aprueba la cuenta pública del Ayuntamiento deCoronado, correspondiente al ejercicio fiscal delaño 2003.

TRANSITORIO:

ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entraráen vigor al día siguiente de su publicación en elPeriódico Oficial del Estado.

Económico.- Aprobado que sea, túrnese a laSecretaría para que elabore la Minuta de Decreto,en los términos en que deba publicarse.

Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en laciudad de Chihuahua, Chih., a los veintiún días delmes de diciembre del año dos mil cuatro.

Por la Comisión de Vigilancia de la ContaduríaGeneral del Honorable Congreso del Estado:Diputada Minerva Castillo Rodríguez, [Presidenta];Diputado Fernando Reyes Ramírez, [Secretario]; yDiputado Alberto Carrillo González, [Vocal].

Es cuanto, señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, Diputada.

Si es de aprobarse, en lo general y en loparticular, el dictamen anteriormente leído, sírvansemanifestarlo levantando la mano.

- Los CC. Diputados.- [Manifiestan su aprobación en

forma unánime].

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se aprueba.

- La C. Dip. Castillo Rodríguez.- P.R.I.: Prose-guimos con la cuenta pública del Ayuntamiento deLópez.

A los Diputados, integrantes de la Comisión deVigilancia de la Contaduría General, nos fue turnada

para su revisión, glosa y posterior dictamen, lacuenta pública del Honorable Ayuntamiento deLópez, correspondiente al ejercicio fiscal del año2003.

En los mismos términos, señor Presidente,pido obviar la lectura de antecedentes yconsideraciones.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se le autoriza,Diputada.

- La C. Dip. Castillo Rodríguez.- P.R.I.

[Texto del dictamen, del cual se dispensa su lectura].

Del presente asunto, obran los siguientes

ANTECEDENTES:

1.- El H. Ayuntamiento de López en cumplimiento a lo que

dispone el artículo 134 de la Constitución Política del Estado,

remitió al H. Congreso del Estado su cuenta pública, relativa

del ejercicio fiscal del año 2003.

2.- El C. Presidente de la Diputación Permanente del H.

Congreso del Estado, con fundamento en lo que establece el

artículo 37, en relación con lo dispuesto en el numeral 30,

fracción IX, ambos de la Ley Orgánica del H. Congreso del

Estado, turnó a la Comisión que suscribe, la cuenta pública del

H. Ayuntamiento de López, correspondiente al ejercicio fiscal

del año 2003.

3.- Mediante oficio No. 328/2004 C.V. de fecha 26 de mayo

del año 2004, la Comisión de Vigilancia, en cumplimiento a

lo dispuesto por el artículo 64, fracción III de la Ley Orgánica

del Poder Legislativo, remitió a la Contaduría General para su

revisión y glosa, la cuenta pública en estudio.

Ahora bien, los suscritos al entrar al estudio del presente

asunto, realizamos las siguientes

CONSIDERACIONES:

1.- Dispone el artículo 64, fracción VII de la Constitución

Política del Estado, que son facultades del H. Congreso del

Estado, revisar la cuenta pública de Gobierno del Estado; de

igual forma, el artículo 134 del mismo ordenamiento establece,

que le será aplicable lo dispuesto por el numeral citado en

primer término por lo que hace a la revisión de la cuenta

– 1137 –

Page 36: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

pública de los municipios.

2.- Por otra parte, la Constitución Política del Estado en sus

numerales 168, 169 y 170, entre otros aspectos, disponen que

el H. Congreso del Estado contará con un Órgano Técnico,

denominado Contaduría General, el cual tendrá a su cargo

la glosa de los ingresos, egresos y estado de situación

patrimonial de los entes públicos y que dependerá directa e

inmediatamente del H. Congreso del Estado por conducto de

la Comisión de Vigilancia.

3.- Por disponerlo así, nuestro máximo ordenamiento en

el Estado, toda cuenta pública de ingresos y egresos, así

como estado de situación patrimonial, quedará glosada por

la Contaduría General a más tardar, dentro de los siguientes

seis meses en que ésta la reciba, quien deberá rendir dentro

del mes siguiente a partir de la fecha en que quedo glosada,

un informe a la Comisión de Vigilancia de los resultados

derivados de la glosa practicada; siendo por ello, que el

Contador General, el C.P. Sérbulo Lerma Carbajal, mediante

oficio No. 2461/2004 C.G., de fecha 3 de diciembre del año

2004, en cumplimiento a lo que dispone el artículo 7 de la

Ley Orgánica de la Contaduría General del H. Congreso del

Estado, envió a los suscritos el informe de la auditoría que nos

ocupa.

4.- La Constitución Política del Estado, establece que la

revisión de las cuentas públicas tanto de los municipios

como de Gobierno del Estado, tendrá por objeto conocer

los resultados de la gestión financiera, comprobar si se ha

ajustado a los criterios señalados por el presupuesto y el

cumplimiento de los objetivos establecidos en los programas.

Si del examen de la cuenta anual aparecen discrepancias

entre las cantidades gastadas y las respectivas partidas del

presupuesto o no existe exactitud o justificación de los gastos

hechos, se determinarán las responsabilidades a que haya

lugar de acuerdo con la ley, en su caso aprobará la cuenta

pública anual.

5- El Contador General del H. Congreso del Estado, en

cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 7 de la Ley

Orgánica de la Contaduría General, remitió en fecha 4 de

noviembre del año 2004, mediante el oficio No.2387/04, el

informe de resultados de la auditoría practicada a la cuenta

pública del Municipio de López, correspondiente al ejercicio del

año 2003, solicitándole que en un término de 15 días hábiles

contados a partir de la notificación rindiera las aclaraciones

que estimara conveniente.

6.- El artículo 7 de la Ley Orgánica de la Contaduría General

del H. Congreso del Estado en sus párrafos segundo y tercero,

impone la obligación a cargo del titular del ente auditado

de rendir las aclaraciones que estime pertinentes a las

observaciones determinadas en la auditoría practicada, dentro

del plazo de 15 días hábiles contados a partir de su recepción

y que en caso de omisión será causa de responsabilidad.

El C. Presidente Municipal de López, dio mediante oficio sin

número, de fecha 24 de noviembre del año 2004, contestación

a las observaciones. Una vez que el Órgano Técnico valoró

las aclaraciones hechas por el municipio, estimó que algunas

no quedaron solventadas.

7.- El Contador General del H. Congreso del Estado, Informa

que en cumplimiento a lo que establece el artículo 13 de la

Ley Orgánica de la Contaduría General, la auditoría que nos

ocupa, tuvo como objeto los siguientes aspectos:

I. ESTADOS FINANCIEROS

II. INGRESOS

II.1. IMPUESTO SOBRE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS

II.2. IMPUESTO PREDIAL

II.3. IMPUESTO SOBRE TRASLACIÓN DE DOMINIO

II.4. FUSIÓN, SUBDIVISIÓN Y RELOTIFICACIÓN

II.5. CEMENTERIOS MUNICIPALES

II.6. OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA PARA

ESTACIONAMIENTOS DE VEHÍCULOS

II.7. OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA POR

VENDEDORES AMBULANTES

II.8. SERVICIOS GENERALES EN EL RASTRO

MUNICIPAL

II.9. LEGALIZACIÓN DE FIRMAS, CERTIFICACIÓN Y

EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS MUNICIPALES

II.10. DERECHO DE ALUMBRADO PÚBLICO

– 1138 –

Page 37: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

II.11. PLACAS, LICENCIAS, REVISTAS Y ENGOMADOS

II.12. SERVICIOS DE VIGILANCIA PRESTADOS POR

SEGURIDAD PÚBLICA

II.13. PERMISOS ESPECIALES

II.14. ENAJENACIÓN DE BIENES INMUEBLES

II.15. ENAJENACIÓN DE BIENES MUEBLES

II.16. ARRENDAMIENTO DE BIENES INMUEBLES

II.17. RENDIMIENTOS FINANCIEROS

II.18. ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES

II.19. MULTAS

II.20. RECARGOS

II.21. REINTEGROS AL PRESUPUESTO DE EGRESOS

II.22. DONATIVOS Y COOPERACIONES

II.23. OTROS APROVECHAMIENTOS

II.24. PARTICIPACIONES

III. EGRESOS

III.1. SERVICIOS PERSONALES

III.2. EXAMEN DOCUMENTAL DE LOS EGRESOS

III.3. SERVICIOS DE ASESORÍA, ESTUDIOS E

INVESTIGACIÓN

III.4. ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES

III.5. ADQUISICIÓN DE BIENES INMUEBLES

III.6. PRINCIPALES PROVEEDORES DE BIENES Y

SERVICIOS

III.7. OBRA PÚBLICA EJECUTADA CON RECURSOS

PROPIOS

III.8. RECURSOS DEL RAMO 20

III.9. RECURSOS DEL FONDO DE APORTACIONES

MÚLTIPLES

III.10. RECURSOS DEL RAMO 33

IV. CUENTAS DE BALANCE

IV.1. CAJA

IV.2. BANCOS

IV.3. DEUDORES DIVERSOS

IV.4. DEUDA PÚBLICA A CORTO PLAZO

IV.5. PASIVO FIJO

V. VARIACIONES PRESUPUESTALES

VI. DIRECTORIO DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES

8.- Ahora bien, esta Comisión al revisar el Informe de la

Auditoría practicada a la cuenta pública del Municipio de

López, correspondiente a las operaciones practicadas en el

ejercicio fiscal del año 2003, estimó que algunas de las

observaciones determinadas por el Órgano Técnico, pueden

generar responsabilidad administrativa, las cuales detallamos

en el proyecto de Decreto que sometemos a la consideración

de esta Representación Popular.

No pasa desapercibido para quienes integramos la Comisión

que suscribe, que del propio Informe de Auditoría se

desprenden una serie de observaciones derivadas de falta

de sistemas de control interno.

Ahora bien, del Informe de la Auditoría que nos ocupa se

desprenden algunos aspectos que a juicio de esta Comisión

deben de ser corregidos por la administración municipal,

implementando los mecanismos internos necesarios para tal

efecto, ello debido a que:

REZAGO DEL IMPUESTO PREDIAL

El municipio no aplicó los procedimientos económicos coactivos

a fin de recuperar el rezago del Impuesto Predial.

PLACAS, LICENCIAS, REVISTAS Y ENGOMADOS

En el período auditado, se registraron ingresos por este

concepto por la cantidad de $3,030.00; importe originado por

permisos para conducir en la localidad y por la expedición

de la solicitud de licencia de conducir, cobrándose una

– 1139 –

Page 38: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

tarifa de $20.00 por quince días y $30.00 por un mes y

$20.00, respectivamente; sin embargo, no se proporcionó la

autorización correspondiente a dichas tarifas.

ENAJENACIÓN DE BIENES INMUEBLES

En el rubro de enajenación de Bienes Inmuebles el municipio

realizó 5 operaciones por medio del procedimiento de denuncio,

sin embargo, no se le dio debido cumplimiento a los requisitos

que establece el Código Municipal en sus artículos 114,

fracciones II y IV, 117 y 118, fracción II.

ENAJENACIÓN DE BIENES MUEBLES

En el período sujeto a revisión se determinó que el municipio

realizó la enajenación de un vehículo marca Nissan, Modelo

1987, a favor del C. Benjamín Sakota Vázquez, por la cantidad

de $12,000.00; sin embargo, al momento de la auditoría, el

municipio no proporcionó el avalúo del bien mueble, a fin de

determinar las condiciones mecánicas y el valor del automotor

al momento de la enajenación.

FIANZA DEL TESORERO

En sesión de Cabildo No. 9 del 10 de enero del 2002,

se aprueba caucionar el manejo de las finanzas municipales

al Tesorero Municipal, con el título de propiedad del bien

inmueble con superficie de 350.91 metros cuadrados a nombre

del C. Néstor Modesto Luján, quien es esposo de la Tesorera

Municipal, así como la factura de 25 cabezas de ganado con

un valor de $100,000.00; observándose que lo anterior no

representa una garantía real a favor del municipio.

DEUDORES DIVERSOS

En la cuenta indicada, de la auditoría se determinó un saldo

de $418,997.00, mismo que no cuenta con garantía para su

recuperación. No obstante que el día 30 de abril del 2004,

según respuesta del municipio fueron cancelados.

EXAMEN DOCUMENTAL DE LOS EGRESOS: Sin

Documentación Comprobatoria.

De la revisión practicada se determinaron diversas erogaciones

mediante pólizas 1126 y 1112, de fechas 18 de diciembre del

2003 y 11 de diciembre del 2003 por importes de $5,790.00

y $1,600.00 por conceptos de Posada navideña y Gastos

actividades 20 de noviembre, sin que dichos gastos se

encuentren documentalmente comprobados.

Por lo anteriormente expuesto esta Comisión de Vigilancia de

la Contaduría General, con fundamento en lo que establecen

los artículos 170 de la Constitución Política del Estado; 43,

45, 46, 52, 59 y 64 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo;

nos permitimos someter a la consideración de la Asamblea, el

siguiente proyecto de

[Continúa con la lectura]:

DECRETO [111/04 I P.O.]:

ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo queestablecen los artículos 64, fracción VII; 134, 168,169, 170 de la Constitución Política del Estado;64, fracción VI de la Ley Orgánica del PoderLegislativo; así como el artículo 7 de la LeyOrgánica de la Contaduría General del HonorableCongreso se revisó la cuenta pública del HonorableAyuntamiento de López, correspondiente al ejerciciofiscal del año 2003, y como consecuencia;

ARTÍCULO SEGUNDO.- Con fundamento en loque establecen los artículos 187 de la ConstituciónPolítica del Estado; y 7 de la Ley Orgánica de laContaduría General; 149 de la Ley Orgánica delPoder Legislativo; y 29, segundo párrafo de la Leyde Responsabilidades de los Servidores Públicospara el Estado de Chihuahua, con las copiascertificadas del presente Decreto, del Informe de laAuditoría practicada y de la documentación soporte,iníciese procedimiento administrativo en contra delPresidente Municipal del Ayuntamiento de López,en funciones durante el período auditado, por lasirregularidades determinadas en la cuenta públicadel año 2003, a fin de que se determinen lasresponsabilidades administrativas a que haya lugar;esto, por las observaciones que a continuación seseñalan.

RECURSOS DEL RAMO 33: Fondo para laInfraestructura Social Municipal: Auditoría Técnicade Obra

Pavimentación de Calles Colindantes al Jardín deNiños Narciso Mendoza

– 1140 –

Page 39: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

En la obra indicada se determinó una diferenciano aclarada por el municipio de $4,204.00 entreel gasto efectuado por la Presidencia Municipaly el costo calculado por la Contaduría General,por concepto de adquisición de cemento en mayorvolumen del requerido para la obra.

DEUDORES I.V.I.

De la auditoría practicada se determinó un saldode $111,825.83 que corresponde a los paquetes demateriales para construcción otorgados a diversosbeneficiarios del municipio, dicho saldo no ha sidorecuperado al 30 de abril del 2004, los cuales nocuentan con garantía, ni se han realizado gestionesde cobro para su recuperación.

ARTÍCULO TERCERO.- Con fundamento en loque establecen los artículos 64, fracción VII y134 de la Constitución Política del Estado; asícomo 64, fracción V de la Ley Orgánica delPoder Legislativo, se aprueba la cuenta pública delHonorable Ayuntamiento de López, correspondienteal ejercicio fiscal del año 2003.

TRANSITORIO:

ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entraráen vigor al día siguiente de su publicación en elperíodo [Periódico] Oficial del Estado.

Económico.- Aprobado que sea, túrnese a laSecretaría para que elabore la Minuta de Decreto,en los términos en que deba publicarse.

Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en laciudad de Chihuahua, Chih., a los veintiún días delmes de diciembre del año dos mil cuatro.

Por la Comisión de Vigilancia de la ContaduríaGeneral del Honorable Congreso del Estado:Diputada Minerva Castillo Rodríguez, [Presidenta];Diputado Fernando Reyes Ramírez, [Secretario]; yDiputado Alberto Carrillo González, [Vocal].

Es cuanto, señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, Diputada.

Si es de aprobarse, en lo general y en loparticular, el dictamen anteriormente leído, sírvansemanifestarlo levantando la mano.

- Los CC. Diputados.- [Manifiestan su aprobación en

forma unánime].

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se aprueba.

Gracias.

Pasando al siguiente punto del Orden del Día, seconcede el uso de la palabra a las ComisionesUnidas de Programación, Presupuesto y HaciendaPública y de Desarrollo Municipal y Fortalecimientodel Federalismo, para que por conducto de uno desus integrantes, procedan a dar lectura al dictamenque tienen preparado.

Se concede el uso de la palabra al Diputado ÁlvaroNavarro Garate.

- El C. Dip. Navarro Garate.- P.R.I.: Con supermiso, señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Adelante, señorDiputado.

- El C. Dip. Navarro Garate.- P.R.I.:

Las Comisiones Unidas de Programación, Presu-puesto y Hacienda Pública y de Desarrollo Municipaly Fortalecimiento del Federalismo, con fundamentoen lo dispuesto por el artículo 43 de la Ley Orgánicadel Poder Legislativo, sometemos a la considera-ción de este Alto Cuerpo Colegiado el presentedictamen, elaborado con base en los siguientes

ANTECEDENTES:

I.- Con fecha 14 de diciembre del presente, elciudadano Gobernador Constitucional del Estado,Licenciado José Reyes Baeza Terrazas, presentóante esta Soberanía iniciativa con carácter deDecreto, por medio de la cual propone derogar elDecreto 562/02 I P.O., así como reformar y adicionardiversas disposiciones al Código Municipal y a laLey de Catastro, ambos del Estado de Chihuahua.

– 1141 –

Page 40: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

Respecto del resto de los antecedentes yconsideraciones, con fundamento en el artículo 141,fracción IX de la Ley Orgánica del Poder Legislativo,se solicita la dispensa de su lectura, y su inclusióníntegra en el Diario de Debates.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Adelante.

- El C. Dip. Navarro Garate.- P.R.I.: Gracias, señorPresidente.

[Texto del dictamen, del cual se dispensó su lectura].

II.- La iniciativa se sustenta en los siguientes argumentos:

El Ejecutivo del Estado de Chihuahua, actuando dentro de su

esfera de atribuciones y atendiendo al compromiso adquirido

con la comunidad, propone fortalecer las finanzas municipales,

dando uniformidad a las disposiciones legales que regulan su

actividad.

La cercanía con los requerimientos de los habitantes de su

circunscripción territorial, como característica fundamental de

la administración pública municipal, multiplica sus compromisos

para satisfacer necesidades colectivas, lo que obliga a proveer

lo necesario para lograr municipios sólidos administrativamente

y con capacidad para solventar los requerimientos sociales.

Existe una necesidad por incrementar el monto de los ingresos

de los municipios y, particularmente, fortalecer la recaudación

del Impuesto Predial, ya que éste constituye el más importante

de los tributos municipales, por la amplitud de su base tributaria

y por las expectativas de crecimiento de su recaudación.

Para que los municipios alcancen una plena autonomía

financiera y administrativa, es necesario fortalecer sus

haciendas, a través de mejorar sus procesos recaudatorios,

de eficientar y tecnificar sus padrones catastrales, entre otras

medidas administrativas.

El Impuesto Predial se ha convertido para algunos municipios

del Estado, en una fuente importante de ingresos, lo que hace

que este impuesto tenga un tratamiento administrativo diverso

en las distintas regiones de la geografía estatal, no obstante

que para todos los municipios se aplica el mismo conjunto de

disposiciones normativas.

Las tasas para el cálculo del Impuesto Predial, se

contemplaban en el primigenio artículo 126 del Código

Municipal para el Estado de Chihuahua. Dicho Código fue

reformado, en lo que respecta a las tasas, mediante Decreto

del H. Congreso del Estado, número 118/90, publicado en el

Periódico Oficial del Estado de 9 de marzo de 1990. Desde

esa fecha, no se han modificado las diversas tasas y los

rangos de valor de los inmuebles.

El sistema de tasación del Impuesto Predial contemplado en el

Código Municipal de 1982, que se aplica en la actualidad en

todo el Estado, es de las denominadas tasas progresivas por

clases o escalonadas y están contenidas en una tabla, que

establece rangos de valor de las propiedades delimitadas con

valores mínimos y máximos.

El sistema de tasación vigente, en su aplicación, provoca

algunas inequidades, ya que son tratados como iguales, en

función de la tasa impositiva, aquellos causantes que tienen

predios cuyo valor catastral fluctúa entre un valor mínimo y

otro superior de la tabla, pero considera que son desiguales

respecto de los causantes, cuya situación jurídica se encuentre

determinada por un valor catastral que exceda, aunque sea en

un solo peso, el citado valor superior de la tabla, los cuales

quedan sujetos a la tasa mayor siguiente.

El citado Código Municipal de 1982 fue abrogado, mediante

el Decreto 850/95, del H. Congreso del Estado, en el que se

aprobó el Código Municipal para el Estado de Chihuahua, de

fecha veintiséis de septiembre de mil novecientos noventa y

cinco y simultáneamente se aprobó la Ley de Catastro para el

Estado de Chihuahua, en la cual se establecen los mecanismos

para la valuación de los predios y fundamentalmente se dispuso

que los valores catastrales debían reflejar el valor real de la

propiedad, lo que cobró especial relevancia, por la razón de

que tradicionalmente los catastros reportaban valores muy por

debajo de los reales o comerciales.

No obstante, que el artículo primero transitorio del Código

Municipal de 1995, establecía que se abrogaba el diverso

código aprobado en 1982, resulta que en el artículo segundo

transitorio, se exceptuó de la entrada en vigor, a los artículos

relativos al Impuesto Predial, ordenándose expresamente que

durante el ejercicio fiscal de 1996, seguirían aplicándose las

mismas disposiciones del Código abrogado.

Durante los ejercicios fiscales subsecuentes, desde 1997 hasta

el año 2002, mediante reformas al artículo segundo transitorio

– 1142 –

Page 41: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

del Código Municipal de 1995, se ha venido posponiendo la

entrada en vigor de los artículos relativos al Impuesto Predial,

que fueron aprobados en ese año, estableciéndose de manera

expresa la aplicación de las disposiciones contenidas en el

Código Municipal de 1982 en esa materia. De igual forma,

las disposiciones de la Ley de Catastro para equiparar el valor

catastral al valor real, jamás fueron aplicadas en la práctica.

No obstante haberse aprobado un nuevo Código Municipal en

1995 y haberse abrogado el Código Municipal de 1982, a la

fecha siguen aplicándose los preceptos relativos al Impuesto

Predial, que contempla este último ordenamiento jurídico, a

merced de la citada disposición transitoria.

Las variaciones y novedades introducidas por el nuevo Código

Municipal y la Ley de Catastro de 1995, en materia del

Impuesto Predial, que jamás entraron en vigor, constituyen

substancialmente la obligación de que la base del impuesto

será equiparable al valor real de las propiedades y la fijación

de una nueva tabla de tasas progresivas por grados, cuyos

rangos están referenciados con el salario mínimo.

Mediante adición realizada por el constituyente permanente

al artículo 115, fracción IV, párrafo cuarto, de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el

Diario Oficial de la Federación de 23 de diciembre de 1999, se

estableció la facultad a los ayuntamientos para que propusieran

a las legislaturas de los Estados las tablas de valores

unitarios de suelo y construcciones, que servirán de base para

determinar los impuestos que gravan la propiedad inmobiliaria

y en el artículo quinto transitorio de esa adición constitucional,

se estableció que dichas tablas sean equiparables a los valores

de mercado de las propiedades.

La voluntad del constituyente permanente fue dejar, de

manera clara, en tablas de valores unitarios, las bases

sobre las cuales se causarán los impuestos sobre la propiedad

inmobiliaria y que se equiparen a los valores de mercado, lo

que consecuentemente deberá impactar todos los padrones

catastrales.

En materia de catastro ha imperado una práctica de manejar

padrones catastrales sumamente subvaluados. Actualmente,

en promedio, el padrón catastral del estado tiene una

subvaluación, en relación con los valores comerciales de

la propiedad inmobiliaria, en una proporción de 5 a 1

aproximadamente.

En la citada adición constitucional se estableció la obligación a

cargo de las legislaturas locales de realizar las adecuaciones

a las leyes secundarias de la materia, que permitieran la

aplicación de la norma constitucional, estableciéndose como

plazo para aplicarse en el ejercicio 2002, según se lee del

artículo quinto transitorio.

A la fecha no se ha adecuado por completo la legislación

secundaria en el Estado de Chihuahua, de acuerdo a la

reforma constitucional del artículo 115, publicada en el Diario

Oficial de la Federación de 23 de diciembre de 1999.

Mediante Decreto número 562/02, del H. Congreso del Estado,

se reformaron los artículos 148 y 149 del Código Municipal

de 1995, los cuales jamás tuvieron vigencia, según se

expuso anteriormente. En ese mismo decreto se derogó

el artículo segundo transitorio del Código Municipal, que

venía posponiendo anualmente, la entrada en vigor de las

nuevas tasas del Impuesto Predial, proponiéndose una nueva

modalidad de redacción, en la cual se dispuso que durante el

primer semestre del año 2003 se seguiría cobrando el Impuesto

Predial, de la misma forma que se hizo en el ejercicio fiscal del

año 2002, lo que sin plasmarlo expresamente, significaba la

voluntad del legislador de seguir aplicando las tablas previstas

en el Código Municipal de 1982.

El citado Decreto 562/02, estableció una tasa única de

1%, sobre valores reales de las propiedades. De haber

entrado en vigor este decreto, las consecuencias hubieran

sido incrementos de aproximadamente 500% en el impuesto

neto a pagar por los contribuyentes, ya que la elevación de

un padrón catastral subvaluado en una proporción de 5 a 1

respecto de los valores de mercado, con una tasa similar a

la que se venía aplicando, por razones aritméticas, hubiera

traído esa consecuencia.

El artículo segundo transitorio del Decreto 562/02, fue también

reformado para posponer su entrada en vigencia, de manera

sucesiva, para el primero de enero de 2004 y posteriormente

para enero de 2005.

Actualmente se ha planteado la disyuntiva de volver a posponer

la entrada en vigor del Decreto 562/02, para el primero de

enero del año 2006 y aplicar durante el ejercicio 2005 el mismo

marco normativo, que ha venido operando desde 1990, en

materia del Impuesto Predial; o bien, permitir la entrada en

vigor del decreto 562/02, que establece la tasa única del 1%,

– 1143 –

Page 42: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

aplicada sobre valores reales de las propiedades.

Ante la situación anterior, ninguno de los casos da cumplimiento

a la reforma constitucional de 1999; que por una parte

constituye un sistema anacrónico de tablas progresivas

por clases o escalonadas, las cuales han sido declaradas

inequitativas por la jurisprudencia, aplicadas sobre padrones

catastrales subvaluados, y la otra que constituye un gravamen

sumamente elevado, en relación a lo que se ha venido cobrado,

por gravar con una tasa del 1% aplicado sobre valores reales,

traduciéndose esto en un incremento del impuesto neto a

cargo del contribuyente sumamente desproporcionado.

En lo que respecta a las tierras cuyo dominio pertenece

a centros de población, como ejidos o comunidades; los

municipios han expresado preocupación, respecto a la forma

en que ha operado el cobro del Impuesto Predial, pues existen

criterios divergentes del tratamiento que debe darse en las

zonas de urbanización y las parcelas; razón por la que en esta

iniciativa se propone establecer de manera clara, que por una

parte el Ejido y la Comunidad, serán causantes en cuanto a las

tierras de uso común y por la otra, los ejidatarios, comuneros

y avecindados, lo serán en lo individual. En relación con

los solares urbanos y parcelas que posean, por cualquier

título, aun y cuando no se haya efectuado el procedimiento de

certificación ejidal, bastará con el parcelamiento económico o

de hecho que exista al interior del ejido o comunidad, para que

cada individuo contribuya en esa parte al pago del Impuesto

Predial, debiéndose segregar de la cuenta ejidal o comunal,

las porciones que en lo individual posean los sujetos con

derechos agrarios.

En el propósito de fortalecer la recaudación municipal, cobra

importancia el establecer un marco jurídico adecuado, que

garantice esa potestad recaudatoria municipal y que a la

vez estimule a las administraciones para mejorar, eficientar y

tecnificar los mecanismos recaudatorios y catastrales.

Por otro lado, es pertinente garantizar al ciudadano un

esquema tributario, que cumpla con los principios de

certidumbre, generalidad, proporcionalidad y equidad de los

impuestos.

Los impuestos, además de cumplir con el fin de cubrir el gasto

público, tienen un objetivo social de distribución de la riqueza,

por tal razón se propone un esquema de tasas progresivo por

grados, que distribuya el sacrificio de las cargas impositivas, de

acuerdo al valor patrimonial inmobiliario de cada contribuyente,

de manera tal que se dé un trato igual a los iguales y desigual

a los desiguales.

Para fijar un esquema de tasas progresivas por grados, en los

predios urbanos, debe tomarse en cuenta que de la totalidad

de las cuentas existentes en el estado, aproximadamente

el 85% de ellas corresponde a inmuebles destinados a la

vivienda, por lo que esta circunstancia debe prevalecer al

determinar la gradualidad de las tasas.

Es imperativo, adecuar la legislación local, a la disposición

constitucional federal y establecer la facultad de los

Ayuntamientos para proponer las tablas de valores unitarios

del suelo y construcciones que servirán de base para el cálculo

de las contribuciones de la propiedad inmobiliaria.

Se propone derogar el Decreto 562/02 de fecha 20 de

diciembre de 2002, proponer tasas variables y disminuirlas a

un nivel que permita a la población sostener el gravamen,

considerando que para su cálculo se tomará el valor de

mercado de las propiedades.

Por otra parte, se hace indispensable establecer algunas

reformas y adiciones a la Ley de Catastro, a fin de terminar

con la subvaluación de los padrones y actualizar los registros

catastrales a valores de mercado. Esta actualización requiere

de una disposición transitoria, que permite realizar de manera

general la reevaluación de todos los predios en los padrones

municipales y para ello se propone que para el año 2005 se

actualicen los valores de los predios en las cuentas catastrales,

en proporción inversa a la reducción de las tasas, aproximando

los valores registrados en los padrones, a los valores reales.

La reducción de las tasas aplicables para el cálculo del

Impuesto Predial es un imperativo, considerando que la base

catastral tendrá un incremento considerable, a fin de que

los contribuyentes no reciban el impacto de un aumento

desproporcionado, cuidando además que no disminuya la

recaudación.

Para que los causantes paguen el mismo impuesto el año

entrante, se propone que, únicamente para el ejercicio fiscal

2005, la base del impuesto, esto es, el valor catastral de todos

los predios, se actualice, estableciéndose de manera general,

como nuevo valor en cada cuenta catastral, la cantidad a

la que aplicándole las tasas progresivas que se proponen,

– 1144 –

Page 43: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

produzca como resultado, el mismo impuesto causado durante

el ejercicio 2004.

En resumen, la alternativa que se propone contempla: Tomar

como base del impuesto los valores de mercado de las

propiedades; la obligación de que la legislatura local conozca,

analice y apruebe, en su caso, la propuesta del Ayuntamiento

de las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones,

que servirán de base para determinar los valores catastrales

y den certidumbre a la ciudadanía, a partir del año 2006;

un sistema ágil y expedito para que el contribuyente pueda

controvertir la calificación que se ha hecho del valor de

su propiedad y que se le calculen sus impuestos sobre

bases objetivas; precisar que los ejidatarios, comuneros y

avecindados serán causante del Impuesto Predial, respecto de

las parcelas y solares de la zona urbana, que posean, dejando

al Ejido o Comunidad la carga, respecto de las zonas de uso

común; Tasas menores a las que se han venido aplicando,

para que el aumento del valor de la base catastral, al estimar

valores de mercado reales, se vea equilibrado y redunde

en una carga justa a los contribuyentes, sin que signifique

una caída en los ingresos municipales; el establecimiento de

un sistema de tasa única para los predios rústicos de 2 al

millar y para fundos mineros de 2.5 al millar, así como tasas

progresivas por grados para los predios urbanos, cuidando

cumplir con el principio de proporcionalidad y equidad de

los impuestos, a la vez que se atiende a un principio de

justicia social y distributiva; establecer rangos para los valores

de la propiedad a los que se aplicarán las diversas tasas

para determinar el impuesto, con valores mínimos y máximos

expresados en salarios mínimos.

Para fijar los rangos mencionados se han considerado los

tipos de vivienda que describen las condiciones generales de

financiamiento que maneja el sistema financiero mexicano, a

través del Fondo de Financiamiento Bancario a la Vivienda,

así como la estadística del tipo de inmueble preponderante

en el Estado, de la cual se desprende que el 82% de los

predios corresponde a la vivienda popular, razón por la que

se propone: Un pago mínimo para cualquier contribuyente,

independientemente del valor de su propiedad equivalente a

2 veces el salario mínimo general; Tasa de 2 al millar para

la propiedad inmobiliaria básica, que contemplaría el universo

de causantes, cuyo inmueble tenga un valor hasta 4000 veces

el salario mínimo vigente para la zona ”C”, considerando

que en este universo estarían las clases más desprotegidas

y marginadas. En este sentido, para fijar el máximo del

primer rango se tomó como referencia y en aproximación,

el valor mínimo de la vivienda financiable por FOVI, Fondo

de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda, que

corresponde a la vivienda tipo ”A” de las reglas de operación de

ese fideicomiso y que reflejan la circunstancia de que cualquier

vivienda que tenga un valor inferior a ese mínimo, no cumple

con los mínimos de servicios, urbanización, superficies de

terreno y construcción, en su conjunto, para ser financiables.

Además, se pretende la tasa del 3 al millar para la propiedad

de interés social, cuyos valores fluctúen entre 4000 y 8000

veces el salario mínimo.

El máximo y mínimo de este rango fue determinado tomando

como referencia y en aproximación el valor la vivienda tipo A,

B1 y B2, del anexo cuatro de las condiciones generales de

financiamiento de FOVI, considerando en este nivel al universo

de contribuyentes, que tienen una vivienda con el mínimo de

los servicios básicos. Así mismo la tasa de 4 al millar para la

propiedad de interés social cuyos valores fluctúen entre 8000

y 14000 veces el salario mínimo.

En este rango se considera en aproximación a la vivienda tipo

B3 y el valor máximo que puede tener una vivienda financiable

de acuerdo a las condiciones generales de financiamiento de

FOVI.

De igual manera la tasa de 5 al millar para la propiedad tipo

media cuyos valores se encuentren entre 14000 y 28000 veces

el salario mínimo. Para este rango se tomó como mínimo el

valor máximo de lo que FOVI considera vivienda de interés

social y como máximo el doble de esta cantidad.

Por último, la tasa del 6 al millar para la propiedad cuyo valor

rebase las 28,000 veces el salario mínimo.

Como se puede apreciar, el marco jurídico actualmente

aplicado en el Estado de Chihuahua, en materia del Impuesto

Predial, requiere de una actualización de carácter técnico

jurídico y de sistematización.

En base a lo anterior, las Comisiones Unidas de Programación,

Presupuesto y Hacienda Pública y de Desarrollo Municipal y

Fortalecimiento del Federalismo, nos permitimos hacer las

siguientes

– 1145 –

Page 44: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

CONSIDERACIONES:

[Continúa leyendo]:

El Impuesto Predial, constituye el ingreso propiomás importante para la hacienda pública municipal.

El artículo 115 de Nuestra Carta Magna, otorga afavor de los municipios, las contribuciones sobrepropiedad inmobiliaria, para que las recauden yadministren libremente.

La propuesta que presenta el Ejecutivo se divideen tres artículos:

a) En el primero, se propone la derogación delDecreto 562/02 I P.O.

b) En el segundo, reformas al Código Municipal delEstado.

c) Por último, se proponen reformas a la Ley deCatastro del Estado.

[Texto no leído].

En cuanto a la derogación del decreto en comento en el inciso

a), obedece a la necesidad de eliminar las disposiciones en

él contenidas con el propósito de crear una nueva forma de

establecer el cobro del Impuesto Predial, más justa y equitativa,

en los términos del artículo 31, fracción IV, de la Constitución

Política de nuestra Nación.

Efectivamente, por medio del precitado Decreto, se reformó el

Código Municipal y la Ley de Catastro, con el propósito de dar

cumplimiento a la décima reforma efectuada al artículo 115 de

la Constitución Federal, publicada en el Diario Oficial de la

Federación del 23 de diciembre de 1999, que en lo que ahora

nos ocupa, señalaba los siguientes puntos:

1.- Los ayuntamientos propondrán a las legislaturas locales,

las tablas de valores unitarios de suelo y construcción que

servirán de base para la determinación de las contribuciones

sobre propiedad inmobiliaria (predial y traslación de dominio).

2.- Antes del ejercicio fiscal de 2002, la legislaturas de los

Estados, en coordinación con los ayuntamientos, efectuarán

las reformas conducentes a fin de que los valores unitarios de

suelo que sirven de base para el cobro de las contribuciones

sobre la propiedad inmobiliaria sean equiparables a los valores

de mercado de dicha propiedad y procederán, en su caso,

a realizar las adecuaciones correspondientes a las tasas

aplicables para el cobro de las mencionadas contribuciones, a

fin de garantizar su apego a los principios de proporcionalidad

y equidad.

En este sentido y como ya quedó expresado en los

antecedentes, se venía arrastrando una incertidumbre jurídica

respecto a las tasas para el cobro del Impuesto Predial y, con

esta reforma se buscó certidumbre a la misma, estableciéndose

una tasa general del 1%, para aplicarse a la base que sería el

valor catastral, adecuado a valores de mercado.

Sin embargo, esta reforma resultó insuficiente e inaplicable.

Insuficiente, debido a que no se llevó a cabo una revalorización

catastral adecuada ni se estableció la obligación de los

municipios de remitir al Poder Legislativo las tablas de valores

unitarios a que hace referencia la reforma en comento.

Por otra parte, resultó inaplicable tanto si se hubiera efectuado

la revalorización catastral, como si se hubieran mantenido los

valores vigentes.

En el primer supuesto, debido a que se hubiera incrementado

en demasía el impuesto a cobrar a los contribuyentes.

En el segundo, dado que de aplicarse la reforma con valores

vigentes, que resultaban muy por debajo del valor de mercado,

repercutiría de forma desproporcional e inequitativa entre los

contribuyentes del impuesto, ello debido a que de acuerdo a

las tasas al millar en que se venía tributando, aquellos que

tuvieran inmuebles con menor valor, pagarían a una tasa más

alta de la que venían tributando y, quines tributaban a la tasa

más alta del impuesto verían una disminución en la tasa a

aplicar, en perjuicio directo de la hacienda pública municipal.

[Continúa con la lectura]:

Debido a estos factores, la reforma contenida en elDecreto 562/02 I P.O., no pudo ser aplicada en losejercicios fiscales de 2003 y 2004, continuándoseprorrogando, al igual que se venía haciendo desdehace nueve años.

Por ello, en un trabajo conjunto de la Secretaría deDesarrollo Municipal, el Congreso del Estado y los

– 1146 –

Page 45: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

ayuntamientos, se realizaron diferentes reunionesen el interior del territorio de la Entidad, con elpropósito de integrar una propuesta de reformaque viniera a dar cumplimiento a la reformadiez del artículo 115 de la Constitución Federal,permitiera a los municipios fortalecer sus ingresospropios y proporcionara certidumbre jurídica a loscontribuyentes del impuesto.

[Texto no leído].

Debemos destacar que, por parte del Congreso del Estado, se

presentó un iniciativa por el C. Dip. Rafael Julián Quintana

Ruiz, que motivo el interés de esta Soberanía para alcanzar

una solución a la problemática planteada, la cual, al realizarse

la aprobación de esta reforma, verá satisfecha su pretensión.

[Continúa leyendo]:

Con estas premisas, se elaboró el proyecto dereforma que ahora se somete a la consideraciónde esta Asamblea, y que se integra por reformas alCódigo Municipal y a la Ley de Catastro, ambos delEstado de Chihuahua.

Cuyo proyecto de dictamen fue aprobado porunanimidad de los integrantes de las ComisionesUnidas y el proyecto de decreto fue entregado acada uno de los integrantes de esta Legislatura.

[Texto no leído].

- Código Municipal.

Se propone reformar la fracción XL y adicionar la fracción XLI

al artículo 28; reformar los incisos d) y e) y adicionar el inciso

f) al artículo 146 y reformar los artículo 148 y 149, de este

ordenamiento.

En el artículo 28, para establecer la obligación de los

ayuntamientos de aprobar el anteproyecto de tablas de valores

unitarios de suelo y construcciones que expida la autoridad

catastral municipal, mismas que servirán de base para el

cálculo de los impuestos que gravan la propiedad inmobiliaria

y someterlo a la consideración del Congreso del Estado antes

del día treinta y uno de octubre del año anterior al ejercicio,

para su aprobación y posterior publicación en el Periódico

Oficial del Estado.

Con esta adición, estarán los ayuntamientos en posibilidad

de presentar a esta Soberanía las tablas de valores unitarios

a que hace referencia la Constitución Federal y el Poder

legislativo contará con la facultad de aprobar dichas tablas,

que servirán de base para el cobro del Impuesto Predial y, en

su caso del Impuesto Sobre Traslación de Dominio de Bienes

Inmuebles.

Se propone que dichas tablas sean remitidas a esta Soberanía

antes del día 31 de octubre, con el propósito de que se cuente,

por parte del Poder Legislativo, con el tiempo suficiente para

analizarlas y, en su caso, aprobarlas.

En el artículo 146, se propone incorporar, como sujetos

obligados al pago del impuesto con responsabilidad directa a:

1.- Los ejidos y comunidades, como persona moral de derecho

social, respecto a las tierras de uso común, que conforman la

dotación o restitución agraria.

2.- Los comuneros, ejidatarios y avecindados, respecto de

las parcelas y lotes de las zonas de urbanización ejidal que

posean.

Lo anterior, debido a que, de las inquietudes recogidas en el

Estado, se observó que en el caso de los ejidos y comunidades,

es necesario hacer la distinción sobre el dominio que tienen los

ejidatarios, comuneros y avecindados respecto de las parcelas

y lotes de las zonas de urbanización ejidal que posean, por

las que deben de pagar el Impuesto Predial como personas

físicas, de las tierras de uso común, por las que, el ejido

o comunidad en su caso, debe ser obligado al pago como

persona moral de derecho social.

Por lo que respecta al artículo 148, se propone adicionar

que el valor catastral que servirá de base para el cobro del

impuesto, deberá reflejar el valor de mercado del inmueble de

que se trate y, con ello, dar cabal cumplimiento a la reforma

constitucional referida.

En el artículo 149, se propone una nueva forma de

determinación del Impuesto Predial, en base a una tarifa

progresiva, que permite un cobro a los sujetos obligados de

la relación tributaria efectuar el pago del impuesto en forma

proporcional y equitativa.

La integración de la tarifa, disminuye las tasas que actualmente

– 1147 –

Page 46: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

se vienen aplicando y que van desde la de 7 hasta el 13 al

millar, sustituyéndola por la referida tarifa progresiva con tasas

que van desde el 2 hasta el 6 al millar.

Lo anterior, debido a que se propone una actualización de

los valores catastrales de forma general, tomando como base

el impuesto causada en el ejercicio fiscal vigente y que

analizaremos al entrar al estudio de las reformas a la Ley de

Catastro.

La tarifa que se propone es la siguiente:

LÍMITES DE RANGO DE LA TASA DE RANGO CUOTA FIJA VECES DEL

BASE DEL IMPUESTO (Aplicable sobre la porción SALARIO MÍNIMO

VALOR CATASTRAL del valor de la base que (Suma fija a pagar por todo

VECES DEL SALARIO MÍNIMO exceda del límite de rango) valor catastral mayor

al límite de rango)

0 2 al millar 0

4000 3 al millar 8

8000 4 al millar 20

14000 5 al millar 44

28000 6 al millar 114

El procedimiento para el cálculo del impuesto es el siguiente:

- El valor catastral del inmueble se ubicará en el rango que le

corresponda, de acuerdo con los límites de cada uno de ellos.

- Ubicado en el rango, se le restará en su caso, el monto de

la primera columna, convertida a pesos.

- A la cantidad que resulte se le aplicará la tasa que

corresponda y se le sumará la cuota fija convertida a pesos.

- El salario mínimo a que se hace referencia será el vigente

en la capital del Estado al 30 de noviembre del ejercicio fiscal

anterior a que deba de aplicarse.

Esta tarifa, permite que la tasa real que se aplique al

contribuyente se vaya incrementado en forma progresiva, sin

que existan inconsistencias que hagan que se convierta en una

tarifa escalonada que vulnere los principios de proporcionalidad

y equidad que deben tener los impuestos.

Así mismo, se propone una disminución en la tasa aplicable

para predios rústicos, que pasaría del 6.25 al millar al 2 al

millar y se propone sustituir la categoría existente de plantas

de beneficio y establecimientos metalúrgicos, que actualmente

tributan con una tasa del 7.5 al millar, por la de los fundos

mineros con una tasa de 2.5 al millar.

Se propone, además, que el impuesto neto a pagar nunca

sea inferior al equivalente a dos salarios mínimos. En este

punto, los suscritos consideramos necesario especificar que, a

diferencia del salario mínimo que se tomará como base para

la integración de la tarifa de predios urbanos, en este caso

deberá ser el salario mínimo de la zona económica donde se

ubique el inmueble.

Con estas reformas al Código Municipal, los suscritos

consideramos que encontraremos una adecuada imposición

fiscal a los contribuyentes del Impuesto Predial que por una

parte, permita a las haciendas municipales mantener sus

actuales niveles de recaudación y, por otra, respetar tanto la

reforma 10ª al artículo 115 Constitucional, como los principios

de proporcionalidad y equidad plasmados en el artículo 31,

fracción IV, de Nuestra Carta Magna.

- Ley de Catastro.

Se proponen reformas a los artículos 22, 24, 27, 28 y 32 de la

Ley de Catastro del Estado de Chihuahua.

La reforma al artículo 22, obedece a la necesidad de establecer

una correlación con la fracción XL, del artículo 28 del Código

Municipal, en el sentido de establecer la obligación de los

ayuntamientos de remitir a esta Soberanía las tablas de valores

unitarios de suelo y construcción que servirán de base para

el cálculo de los impuestos que recaigan sobre la propiedad

inmobiliaria.

Con esto, tendremos un marco legal más armónico que

permitirá dar certidumbre a los particulares y a las autoridades,

acerca del establecimiento de los valores catastrales.

En el artículo 24, para estar en concordancia tanto con

el Código Municipal en su artículo 148, como el propio

Artículo Quinto Transitorio de la 10ª reforma al 115 de la

Constitución Federal, se propone sustituir el término ”Valor real

del inmueble”, por el de ”valor de mercado”.

En el artículo 27, se propone la adición de dos párrafos.

En el primero, se establece que no será necesario hacer

la notificación de la revaluación de los valores catastrales,

cuando las mismas sean producto de los incrementos, que

con el carácter de general, se hagan a todos los predios

– 1148 –

Page 47: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

en aplicación de las tablas de valores unitarios de suelo

y construcciones que anualmente apruebe el Congreso del

Estado. Esto obedece a que existe el principio de publicidad

respecto a dichos valores, por ser publicados en el Periódico

Oficial del Estado.

En el segundo, se abre la posibilidad para el propietario

poseedor de un bien inmueble, independientemente de la

forma en que se haya efectuado la modificación, actualización

o asignación de los valores, por parte de la autoridad catastral,

pueda ejercitar el medio de defensa consignado en el artículo

32 de dicha ley, mismo que será analizado más adelante.

En el artículo 28, que es en el que se establece los casos

en que se podrá revaluar un valor catastral, se incluye el

incremento general derivado de la aprobación anual que

realice el Poder Legislativo, de las tablas de valores unitarios

de suelo y construcción.

En el artículo 32, se incluye un recurso de inconformidad para

que el propietario o poseedor pueda impugnar la revaluación,

actualización, modificación o asignación de valores catastrales,

que resulte de la aplicación general de las tablas de valores

unitarios de suelo y construcciones aprobadas por el Congreso

del Estado o la que realice por cualquier otra causa la autoridad

catastral

Dicho recurso, se substanciará de la siguiente forma:

Se iniciará mediante un escrito dirigido a la autoridad catastral,

acompañado de un avalúo practicado por un perito valuador

autorizado, pidiendo la modificación del valor catastral. Ello

permitirá a la autoridad catastral allegarse elementos de juicio

Puede ser presentado en cualquier tiempo sin embargo, el

pago que haga el poseedor o propietario de cualquier tributo,

calculado con base en el valor impugnado, será presunción

de la conformidad y precluirá su derecho a inconformarse.

Quedando a salvo, en su caso, para ejercitar cualquier otro

medio de defensa legal a su alcance.

La autoridad catastral deberá resolver en un plazo de diez

días hábiles el recurso, debiendo el recurrente acudir en ese

término a la Tesorería Municipal a notificarse de la resolución.

La publicación de la resolución recaída al recurso en un

lugar visible de la Tesorería, al décimo día hábil después de

presentado el recurso, surtirá los efectos de notificación al

recurrente, para que el caso de que no acuda a notificarse.

En caso de resultar procedente el recurso, la autoridad

catastral aplicará al padrón catastral el valor determinado en

la resolución, en un plazo no mayor a diez días.

Contra la resolución dictada por la autoridad catastral, procede

el recurso de revisión previsto en el Código Municipal para el

Estado de Chihuahua.

Lo anterior, permitirá generar un mecanismo ágil y transparente

para que el propietario o poseedor inconforme, pueda en breve

término modificar, en su caso el valor catastral que le asignaron;

sin embargo consideramos necesario establecer que el plazo

a que se refiere este procedimiento, en caso de resultar una

modificación al valor catastral, deberá ser expresado en días

hábiles.

Así mismo, se plantea en disposición transitoria la forma en

que se llevará a cabo la actualización de los valores catastrales

que servirán de base para el Impuesto Predial, misma que

operará únicamente durante el ejercicio fiscal de 2005, ya que

a partir del de 2006, se realizara a través de las tablas de

valores unitarios que se establecen en esta reforma.

Este mecanismo, para el caso de predios urbanos tiene

sustento en las siguiente fórmula.

IMPUESTO CAUSADO 2004 - CUOTA FIJA + LÍMITE INFERIOR DEL RANGO = NUEVO

VALOR CATASTRAL

————————————————————-

TASA APLICABLE

Para determinar las variables de la fórmula, se utilizará la

siguiente matriz:

VARIABLE POR CADA CUENTA CONSTANTES POR CADA RANGO

IMPUESTO CAUSADO 2004 CUOTA FIJA LÍMITE INFERIOR TASA APLICABLE

DEL RANGO

De 0.01 hasta 336.88 0 0 .002

De 336.89 hasta 842.20 336.88 168,440 .003

De 842.21 hasta 1,852.84 842.20 336,880 .004

De 1,852.85 hasta 4,800.54 1,852.84 589,540 .005

De 4,800.55 en adelante 4,800.54 1,179,080 .006

Las variables de la fórmula se definen de la siguiente manera:

IMPUESTO CAUSADO 2004: Es el Impuesto Predial directo

– 1149 –

Page 48: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

anual que causa, sin descuentos, ni recargos o sanciones,

cada cuenta del padrón al 31 de diciembre de 2004, aplicando

las tasas correspondientes a ese ejercicio.

CUOTA FIJA: Es el pago fijo expresado en moneda nacional

de cada límite de rango en la tarifa para el pago del Impuesto

Predial urbano prevista en el artículo 149 Código Municipal,

que entrará en vigor el ejercicio 2005.

LÍMITE INFERIOR DEL RANGO: Son límites de rango

expresados en pesos de la tarifa para el cálculo del Impuesto

Predial prevista por el artículo 149 del Código Municipal, para

el ejercicio 2005.

TASA APLICABLE: Son las tasas progresivas por grados que

se aplicarán para el cálculo del Impuesto Predial a partir del

año 2005.

Así mismo, se establecen las fórmulas para determinar el valor

catastral de predios rústicos y de fundos mineros

Para los predios rústicos:

IMPUESTO CAUSADO 2004 = NUEVO VALOR CATASTRAL

—————————————-

.002

Para los fundos mineros:

IMPUESTO CAUSADO 2004 = NUEVO VALOR CATASTRAL

—————————————-

.0025

Mediante este procedimiento podrá determinarse un valor

catastral actualizado, el cual aplicarle la tasa del impuesto,

generará para el sujeto obligado de la relación tributaria, un

impuesto similar al causado en el presente ejercicio, pero

con la diferencia de que se encontrarán dentro de la ley

todos los elementos para la determinación del tributo, sin

que quede para la autoridad exactora posibilidad de realizar

interpretación alguna, en cumplimiento de los criterios emitidos

por la Suprema Corte de la Nación en materia de impuestos.

Finalmente, debemos señalar que se establece en disposición

transitoria, la obligación de los municipios de realizar una

investigación con la participación de peritos valuadores

autorizados, a fin de obtener el Estudio Integral de Valores de

Mercado y con base en ello elaborarán las tablas de valores,

que someterán a la consideración del Congreso del Estado,

para entrar en vigor en el año 2006. Así mismo, realizarán

un programa intensivo de actualización catastral para captar

predios omisos y nuevas construcciones.

La inobservancia de lo anterior será sancionada en los

términos del artículo 23, fracciones XVII y XVIII, del la Ley de

Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de

Chihuahua.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo

dispuesto por los artículos 57 y 58 de la Constitución Política

del Estado, nos permitimos someter a la Consideración de

esta Asamblea, el siguiente proyecto de

[Continúa con su participación]:

Por lo que se somete a la consideración del Pleno,el proyecto de decreto, solicitándose la dispensa desu lectura y su inclusión íntegra en el Diario de losDebates.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se autoriza.

- El C. Dip. Navarro Garate.- P.R.I.: SeñorPresidente, si me permita... si me permite, yoquisiera hacer un comentario al respecto, antes desometerlo.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Adelante,Diputado.

- El C. Dip. Navarro Garate.- P.R.I.: CompañerosDiputados, compañeras Diputadas.

Lo que hoy se somete a este Pleno, no essolamente una reforma a un decreto, lo querealmente estamos sometiendo y estamos dandoprueba de ello, como el mismo nombre lo dice,Comisiones Unidas; eso fue, esa unidad, esacomunicación entre dos Comisiones, fue la que nospermitió, en coordinación con el Poder Ejecutivo,a través de la Secretaría que el Licenciado ÓscarVillalobos conduce, fue trabajar hacia el interiorde las comisiones, y no nada más eso, se vinohaciendo un ejercicio democrático, de apertura,en donde nuestra primera reunión, aquí en elCongreso, este Palacio Legislativo fue sede deesta primer reunión, donde se citó a una reunión

– 1150 –

Page 49: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

regional.

Estuvieron presidentes municipales, directores decatastro, directores de ingreso de los municipios,en donde se puso a consideración esto quese pretendía hacer conjuntamente, para quefinalmente a mediano plazo y largo, las finanzasmunicipales se vieran fortalecidas.

Esto se dio a la tarea para hacer varias reunionesregionales, en donde a través de la consultadirecta que finalmente los usuarios de la ley, elciudadano, a través de los funcionarios públicosmunicipales íbamos a poder llegar a un acuerdo,a un decreto, a una reforma que, finalmente, nospermitiera conjuntamente poder manejar un asuntotan importante que va a venir a fortalecer a todoslos municipios.

Hay que reconocer que el trabajo que se hizo,no fue más que por la voluntad política de todoslos partidos, el trabajo que se hizo fue por lavoluntad política del Poder Ejecutivo, y esto nosdebe de llenar de orgullo, de ánimo, de esperanzahacia el interior de esta Legislatura, en dondeestamos mandando un mensaje muy claro a todoslos chihuahuenses, que hemos puesto los interesesde los chihuahuenses, de Chihuahua, por encimade cualquier interés de partido, de persona o decualquier grupo.

Esto, compañeros Diputados, muestra claramentepor qué estamos aquí nosotros legislando,esto muestra nuestro compromiso con loschihuahuenses, y damos una señal clara de lo quepodemos lograr trabajando juntos, unidos por todoslos chihuahuenses.

Gracias, señor Presidente.

Con fundamento en el artículo 141, fracción IX dela Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado,pasamos en forma directa a su votación.

Gracias, señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Sí.

- El C. Dip. Navarro Garate.- P.R.I.

[Texto no leído].

DECRETO [112/04 I P.O.]:

ARTÍCULO PRIMERO: Se deroga el Decreto número 562/02 I

P.O., publicado en el Periódico Oficial del Estado el día sábado

11 de enero de 2003.

ARTÍCULO SEGUNDO: Se reforma la fracción XL y se adiciona

la fracción XLI al artículo 28; se reforman los incisos d) y e) y

se adiciona el inciso f) al artículo 146 y se reforman los artículo

148 y 149 del Código Municipal para el Estado de Chihuahua,

para quedar de la siguiente forma:

Artículo 28.- Son facultades y obligaciones de los

Ayuntamientos:

I.- a XXXIX.- .............................

XL.- Aprobar el anteproyecto de tablas de valores unitarios

de suelo y construcciones que expida la autoridad catastral

municipal, mismas que servirán de base para el cálculo de los

impuestos que gravan la propiedad inmobiliaria y someterlo

a la consideración del Congreso del Estado antes del día

treinta y uno de octubre del año anterior al ejercicio, para su

aprobación y posterior publicación en el Periódico Oficial del

Estado.

XLI.- Las demás que les confieren las leyes y sus reglamentos.

Artículo 146.- Son sujetos de este impuesto:

I. Con responsabilidad directa:

a) a c) ........................................

d). Los ejidos y comunidades, como persona moral de derecho

social, respecto a las tierras de uso común, que conforman la

dotación o restitución agraria.

e). Los comuneros, ejidatarios y avecindados, respecto de

las parcelas y lotes de las zonas de urbanización ejidal que

posean.

f). Los poseedores, que por cualquier título tengan el uso o

goce de predios de la Federación, Estados o Municipios.

– 1151 –

Page 50: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

II.- y III.- .............................................

Artículo 148.- La base del impuesto es el valor catastral del

inmueble, determinado por lo dispuesto en la Ley de Catastro

del Estado, debiendo reflejar el valor de mercado de las

propiedades.

Artículo 149.- El impuesto se determinará anualmente conforme

a las siguientes tarifas:

I.- Predios urbanos

LIMITES DE RANGO DE LA TASA DE RANGO CUOTA FIJA VECES DEL

BASE DEL IMPUESTO (Aplicable sobre la porción SALARIO MÍNIMO

VALOR CATASTRAL del valor de la base que (Suma fija a pagar por todo

VECES DEL SALARIO MÍNIMO exceda del límite de rango) valor catastral mayor

al límite de rango)

0 2 al millar 0

4000 3 al millar 8

8000 4 al millar 20

14000 5 al millar 44

28000 6 al millar 114

(VALOR CATASTRAL - LIMITE DE RANGO MENOR MÁS PRÓXIMO CONVERTIDO A MONEDA NACIONAL)

- TASA DE RANGO + CUOTA FIJA CONVERTIDA A MONEDA NACIONAL = IMPUESTO PREDIAL DIRECTO

ANUAL.

El Impuesto Predial se calculará con el siguiente procedimiento

aritmético:

Al resultado de la diferencia del valor catastral del predio y

el límite de rango menor más próximo convertido a moneda

nacional, se le aplicará la tasa correspondiente al excedente

de ese límite inferior y se le adicionará la cuota fija del mismo

rango, convertida a moneda nacional.

El salario mínimo que servirá de base para este cálculo, será

el vigente para la capital del Estado, al treinta de noviembre

del año anterior al ejercicio que se trate.

II.- Para los predios rústicos la tasa de 2 al millar.

III.- Para los fundos mineros la tasa de 2.5 al millar.

El impuesto neto a pagar nunca será inferior al equivalente a

dos salarios mínimos de la zona económica que corresponda

ARTÍCULO TERCERO: Se reforman los artículos 22, 24, 27,

28 y 32 del la Ley de Catastro del Estado de Chihuahua, para

quedar como sigue:

Artículo 22.- De conformidad con la presente ley y las normas

técnicas aplicables, los ayuntamientos en el ámbito de su

competencia, enviarán anualmente, antes del treinta y uno de

octubre del año anterior al ejercicio, al Congreso del Estado,

para su aprobación y posterior publicación en el Periódico

Oficial del Estado, las tablas de valores unitarios para suelo

y construcción, que servirán de base para el cálculo de los

impuestos que graven la propiedad inmobiliaria.

Artículo 24.- El valor catastral será el que resulte de sumar el

valor del terreno y el de la construcción, obtenidos conforme

lo señala el artículo anterior.

El valor catastral deberá reflejar el valor de mercado del

inmueble.

Artículo 27.- La asignación, modificación y actualización de los

valores catastrales por parte de la autoridad municipal, deberá

notificarse a los propietarios o poseedores de los predios.

No será necesario hacer la notificación anterior respecto de las

revaluaciones que con el carácter de general se hagan a todos

los predios en aplicación de las tablas de valores unitarios de

suelo y construcciones que anualmente apruebe el Congreso

del Estado.

En caso de que dentro del territorio del municipio existan zonas

en que no se hayan asignado valores unitarios o en las que

habiéndoseles asignado, cambien de características esenciales

en el período de vigencia, las autoridades catastrales podrán

determinar provisionalmente valores unitarios con base en los

asignados para zonas similares.

Los valores catastrales provisionales que se determinen para

los predios con base en dichos valores unitarios, estarán

vigentes por el año calendario correspondiente.

En todo caso, el propietario o poseedor inconforme con la

modificación, actualización o asignación de valores realizada

por la autoridad catastral, podrá ejercitar el medio de defensa

previsto por el artículo 32 de esta Ley.

Artículo 28.- Los predios a los cuales ya se hubiese fijado un

valor catastral, serán revaluados en los siguientes casos:

I. De manera general y anualmente al inicio del ejercicio,

– 1152 –

Page 51: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

adecuándolos a las tablas de valores unitarios de suelo y

construcción, que apruebe el Congreso del Estado para el

ejercicio de que se trate.

II. Cuando el predio sufra un cambio físico o de urbanización

que afecte su valor;

III. Cuando el avalúo existente haya sido dado con carácter

provisional, y

IV. Cuando en las fincas urbanas en construcción o

reedificación hayan transcurrido dos años desde su inicio

sin haberse terminado.

Artículo 32.- La revaluación, actualización, modificación o

asignación de valores catastrales, que resulte de la aplicación

general de las tablas de valores unitarios de suelo y

construcciones aprobadas por el Congreso del Estado o

la que realice por cualquier otra causa la autoridad catastral,

serán impugnables por el propietario o poseedor mediante el

recurso de inconformidad, en los siguientes términos:

I.- Se substanciará mediante un escrito dirigido a la autoridad

catastral, acompañado de un avalúo practicado por un

perito valuador autorizado, pidiendo la modificación del valor

catastral.

II.- Puede ser presentado en cualquier tiempo.

El pago que haga el poseedor o propietario de cualquier tributo,

calculado con base en el valor impugnado, será presunción de

la conformidad y precluirá su derecho a inconformarse.

III.- La autoridad catastral deberá resolver en un plazo de diez

días hábiles el recurso, debiendo el recurrente acudir en ese

término a la Tesorería Municipal a notificarse de la resolución.

IV.- La publicación de la resolución recaída al recurso en un

lugar visible de la Tesorería, al décimo día hábil después de

presentado el recurso, surtirá los efectos de notificación al

recurrente, para que el caso de que no acuda a notificarse.

V.- En caso de resultar procedente el recurso, la autoridad

catastral aplicará al padrón catastral el valor determinado en

la resolución, en un plazo no mayor a diez días hábiles

VI.- Contra la resolución dictada por la autoridad catastral,

procede el recurso de revisión previsto en el Código Municipal

para el Estado de Chihuahua.

Los demás actos y resoluciones emitidas por las autoridades

catastrales, con base en las disposiciones de esta Ley y que

afecten a los contribuyentes, serán recurribles mediante los

medios de impugnación que contempla el Código Municipal

para el Estado de Chihuahua.

TRANSITORIOS:

ARTÍCULO PRIMERO.- Este Decreto entrará en vigor el

primero de enero del año dos mil cinco.

ARTÍCULO SEGUNDO: Únicamente para el ejercicio fiscal

2005, a partir del primero de enero, el valor catastral de los

predios será actualizado por la autoridad catastral municipal,

de manera general, estableciéndose como nuevo valor de cada

cuenta, el equivalente a la cantidad que produzca el mismo

Impuesto Predial directo anual causado en el 2004, tomando

como factores las tasas y tarifas previstas en el artículo 149 del

Código Municipal para el Estado de Chihuahua, que entrarán

en vigor el primero de enero de 2005.

La actualización de cada cuenta de los predios urbanos será

la que resulte de aplicar la siguiente fórmula:

IMPUESTO CAUSADO 2004 - CUOTA FIJA + LÍMITE INFERIOR DEL RANGO = NUEVO

VALOR CATASTRAL

————————————————————-

TASA APLICABLE

Para determinar las variables de la fórmula, se utilizará la

siguiente matriz:

VARIABLE POR CADA CUENTA CONSTANTES POR CADA RANGO

IMPUESTO CAUSADO 2004 CUOTA FIJA LÍMITE INFERIOR TASA APLICABLE

DEL RANGO

De 0.01 hasta 336.88 0 0 .002

De 336.89 hasta 842.20 336.88 168,440 .003

De 842.21 hasta 1,852.84 842.20 336,880 .004

De 1,852.85 hasta 4,800.54 1,852.84 589,540 .005

De 4,800.55 en adelante 4,800.54 1,179,080 .006

Las variables de la fórmula se definen de la siguiente manera:

IMPUESTO CAUSADO 2004: Es el Impuesto Predial directo

anual que causa, sin descuentos, ni recargos o sanciones,

cada cuenta del padrón al 31 de diciembre de 2004, aplicando

las tasas correspondientes a ese ejercicio.

– 1153 –

Page 52: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

CUOTA FIJA: Es el pago fijo expresado en moneda nacional

de cada límite de rango en la tarifa para el pago del Impuesto

Predial urbano prevista en el artículo 149 del Código Municipal,

que entrará en vigor el ejercicio 2005.

LÍMITE INFERIOR DEL RANGO: Son límites de rango

expresados en pesos de la tarifa para el cálculo del Impuesto

Predial prevista por el artículo 149 del Código Municipal, para

el ejercicio 2005.

TASA APLICABLE: Son las tasas progresivas por grados que

se aplicarán para el cálculo del Impuesto Predial a partir del

año 2005.

Para los predios rústicos:

IMPUESTO CAUSADO 2004 = NUEVO VALOR CATASTRAL

—————————————-

.002

Para los fundos mineros:

IMPUESTO CAUSADO 2004 = NUEVO VALOR CATASTRAL

—————————————-

.0025

ARTÍCULO TERCERO: Las actualizaciones que resulten de la

aplicación del artículo transitorio anterior serán impugnables en

los términos del artículo 32 de la Ley de Catastro del Estado

de Chihuahua.

ARTÍCULO CUARTO: Todos los municipios deberán realizar

una investigación con la participación de peritos valuadores

autorizados, a fin de obtener el Estudio Integral de Valores de

Mercado y con base en ello elaborarán las tablas de valores,

que someterán a la consideración del Congreso del Estado,

en los términos de este decreto, para entrar en vigor en el

año 2006. Así mismo, realizarán un programa intensivo de

actualización catastral para captar predios omisos y nuevas

construcciones.

La inobservancia de lo anterior será sancionada en los

términos del artículo 23, fracciones XVII y XVIII, del la Ley de

Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de

Chihuahua.

Dado en el Salón de Sesiones del Poder Legislativo a los

dieciséis días del mes de diciembre de dos mil cuatro.

[Continúa leyendo]:

Firman, por las comisiones... por la Comisiónde Programación, Presupuesto [y Hacienda] Pública:Álvaro Navarro Garate, Presidente; Diputada LiliaAguilar Gil, Secretaria; Diputado Fernando MarianoReyes, Vocal; Diputado Jaime García Chávez,Vocal; Diputado José Luis Canales de la Vega,Vocal.

Y por la Comisión de Desarrollo Municipal yFortalecimiento del Federalismo: Diputada RocíoEsmeralda Reza Gallegos, Presidenta; y DiputadaAlma Yolanda Morales Corral, Secretaria; DiputadoRafael Julián Quintana Ruiz, Vocal.

Es tanto, señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, señorDiputado.

Tiene la palabra la Diputada.

- La C. Dip. Reza Gallegos.- P.A.N.: Con supermiso, señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Adelante.

- La C. Dip. Reza Gallegos.- P.A.N.: Esúnicamente en relación al tema, porque sí esimportante resaltar que hoy el Congreso del Estadoasume con responsabilidad uno de los temasfundamentales para la vida de los municipios, y merefiero a lo que es el ingreso propio del ImpuestoPredial.

Sabemos que la fuente de financiamiento quetienen los municipios en materia de propiedadinmobiliaria son en relación a lo del ImpuestoPredial y la Traslación de Dominio.

El primero de ellos, ha sido sujeto de varios análisis,pero el asunto es que se había venido prorrogando,como nos lo ha comentado el Diputado Navarro, y laverdad de las cosas es que no se había adentrado,no se había entrado al verdadero fondo de esteasunto.

– 1154 –

Page 53: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

Y con el objetivo, sobre todo, de robustecer lasfinanzas de nuestros municipios, bajo la premisade que los ordenamientos jurídicos deben ajustarsea la realidad social, sobre todo, en este tenor,estas Comisiones Unidas que hoy dictaminan,atentos a los principios constitucionales que rigenla vida de los impuestos y, sobre todo garantizarcertidumbre jurídica a las instituciones municipales,y conscientes de la situación económica demiles de contribuyentes, estas Comisiones, ambasComisiones de [Programación], Presupuesto yHacienda Pública, presidida por el DiputadoÁlvaro Navarro; y la de Desarrollo Municipal yFortalecimiento del Federalismo, presidida por unaservidora, someten a consideración del Plenodiversas reformas, tanto al Código municipalcomo a la Ley de Catastro, en principio parareordenar técnica y jurídicamente las bases delImpuesto Predial, dar cumplimiento al espíritu delConstituyente Permanente, en las reformas alartículo 115 [constitucional] y, sobre todo brindar plenaseguridad jurídica a las partes que intervienen enel pago y recaudación de este impuesto.

Sí hacer el comentario de que fuimos muycuidadosos en el sentido de que los ingresos delos municipios no caigan, primero; y segundo, muyimportante, no afectar a los bolsillos de las familiaschihuahuenses.

En el 2005, tal y como se presenta este dictamen,en el 2005 las familias chihuahuenses pagarán porel Impuesto Predial lo mismo que venían pagandoen el 2004. Ese es el objetivo principal de estedictamen.

Sin embargo, también vienen ahí algunascuestiones en relación a que los municipios tendránque trabajar muy fuerte para lo que viene siendo enrelación a los valores reales, a tener todo mundosus valores reales para el 2005.

Así es de que, posteriormente en el 2006, sabremosexactamente cómo aplica este dictamen o estedecreto.

Es importante reconocer la labor del Ejecutivo en

este tema. Ya como lo comentó también el DiputadoNavarro, hemos estado muy en coordinación conla Secretaría de Desarrollo Municipal, se llevaron acabo varias reuniones regionales, donde fue bienimportante consensar con los alcaldes sobre el temadel Impuesto Predial.

Ya a través de este tipo de reuniones, nos dimoscuenta exactamente de cómo podíamos entrarle alfondo del asunto.

Nuestro agradecimiento al Secretario de DesarrolloMunicipal, por la coordinación que tuvimos parasacar adelante este tema.

Sin embargo, comentarles que de avalarse estedictamen que hoy presentamos ambas Comisiones,estaremos muy atentos del resultado del mismo,en el pleno ejercicio de los municipios, quees finalmente quien opera y quien en estaoperación pues nos daremos cuenta exactamentelos resultados del mismo.

Tendremos diez meses, como comentaba anterior-mente, para analizar la situación que conlleva elllevar a valores reales en cada uno de los munici-pios, para analizar lo que implica, no es únicamentelo del Impuesto Predial, lo que implica en relacióna esto, que es la traslación de dominio, avalúos, elISR.

Así es que seguiremos en coordinación conlos municipios, con el Ejecutivo, a través dela Secretaría de Desarrollo Municipal, para laconclusión de este tema.

Comentar que Acción Nacional votará a favor deeste dictamen, primero por congruencia, ya que lavida municipal ha sido y seguirá siendo para nuestroinstituto político, uno de los pilares fundamentalesde nuestra República, además de que estamosconvencidos de que las reformas que conlleva eldictamen, robustecerán las haciendas municipales.

Por último comentar, en mi carácter dePresidenta de la Comisión de Desarrollo Municipaly Fortalecimiento del Federalismo, que los

– 1155 –

Page 54: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

integrantes de esta Comisión, tanto el DiputadoRafael Quintana como la Diputada Yolanda Morales,trabajaremos muy fuerte para lograr una mayorequidad en nuestros municipios en el Estado. Yen próximo período, presentaremos reformas muyinteresantes sobre este tema.

Es cuanto, señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, Diputada.

Se concede el uso de la palabra al Diputado JaimeGarcía Chávez.

- El C. Dip. García Chávez.- P.R.D.: Gracias.

A lo largo del proceso que precedió adictaminar esta iniciativa de ley que presentó elEjecutivo, tuvimos oportunidad para observar latrascendencia, no nada más legislativa, sino políticaque entraña el asunto que estamos discutiendo, queestamos debatiendo en este momento.

Como acaban de escuchar, todas las fuerzaspolíticas han suscrito el dictamen. Un dictamen conparticularidades, con dificultades y para catalogarlopronto, un dictamen que abre una transición muyimportante que tiene que ver no nada más con elImpuesto Predial, sino en general con la haciendapública municipal.

Voy a resaltar de inicio el aspecto político de estedictamen.

Ustedes saben que se puede llegar a unaLegislatura a simular las cosas y a tolerar estar enfalta, no obstante reconocer que se tiene la facultadpara salir de la trasgresión a la ley. Desde haceaños, el Estado de Chihuahua estaba en rezagopara cumplir un mandato constitucional y vimos,hasta este momento, una especie de esquizofrenialegislativa porque tratándose de Impuesto Predialy de Catastro, una es la visión que establece laConstitución General de la República, en su artículo115 y otra la disposición de un decreto que hoy sepone a consideración de ustedes para derogarlo.

Creo que esta Legislatura y con relación a

este tema, podrá ser objeto de algunas críticas.Podrá ser cuestionado, podrá ser sometida aobservación su actitud y sus actos traducidos endecretos y leyes; pero de una cosa debemos deestar totalmente claros. No queremos propiciarmantenernos al margen de lo que establece laConstitución General de la República, en particularen este asunto tan importante que tiene que vercon el municipio.

Ustedes saben que la reglamentación de nuestromunicipio actual, parte de una visión delConstituyente del ’17, que entre otras muchascosas quitó las autoridades intermedias. Perotambién quiero reconocer en este momento, quefue el Partido Acción Nacional y su fundador,Manuel Gómez Morín, el que más insistió, desdela oposición, en una renovación del papel de losmunicipios. En una renovación de la fortaleza delmunicipio a través de reconocerle su autonomíahacendaria.

Es un mérito muy importante que con el correr delos años se ha recobrado, se ha retomado y unade esas visiones de alguna manera tiene que vercon el nuevo federalismo que se abre paso en elpaís y que tiene que ver con el fortalecimiento,con hechos, al municipio. Tarea que corresponde,desde luego, primordialmente a los municipios.

Paso a decir que hubo un consenso propiciado porel Ejecutivo del Estado, a través de la Secretaría delramo, consenso que llevó muchas horas de trabajoentre los equipos del Ejecutivo y gran parte delos legisladores y, particularmente, las comisionesque hoy se presentan unidas. Pero no sólo seescuchó la voz de los presidentes municipales,de sus tesoreros y, particularmente, la voz de losencargados municipales de catastro.

Lo que hoy estamos presentando es resultado deese esfuerzo. No es... y este es otro aspectopolítico, que estemos concediendo una iniciativa,la primera de ley, que discute esta Legislatura queproviene del Ejecutivo. Escuchamos, previamente,a los actores básicos y hay un tercer aspecto

– 1156 –

Page 55: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

político muy importante, que es la prudencia.

Es una ley que dejándonos al margen de esaesquizofrenia constitucional, abre las vías parasustentar la hacienda pública en una nueva visióndel Impuesto Predial, sustentada también en unanueva visión que haga uso de la tecnologíapara establecer las bases gravables, considerandocentralmente la propiedad inmobiliaria del Estado,sin distingos ni privilegios para nadie.

El debate estuvo precedido de examinar en sustérminos, la reforma constitucional. Reconociendoque su apartado cuarto del artículo 115constitucional, establece muy claramente el papelque juegan las leyes federales en este tema y,particularmente, la... el establecimiento de lascontribuciones que tiene que ver con la propiedadinmobiliaria y en otro sentido, con la prestación deservicios públicos por los municipios, prohibiendola discrecionalidad y, particularmente, el que seconcedan exenciones de hecho que traban yempobrecen las haciendas municipales.

Por otra parte, el asunto que hoy nos ocupa,llegó a la Corte, en su momento. La Constituciónestableció los criterios muy claramente, para marcarel rol del municipio y el rol de la Legislaturaen cada uno de los Estados. Sin embargo,la Suprema Corte de Justicia ha establecidocon motivo de una controversia con el Municipiode Zapopan, en Jalisco, lo que correspondea Estado, entiéndase Legislatura y lo quecorresponde a municipio. Siguiendo estos criteriosconstitucionales y jurisdiccionales, decidimos dar elpaso que hoy se propone.

Qué es lo que estamos valorando en este momento.

En primer lugar, fortalecer la hacienda municipal,generando una nueva visión del Impuesto Predial,para que no quede rezagado y por otro lado,la modernización al criterio catastral que esfundamental para fijar este impuesto.

Esos dos criterios han convencido a las comisionesunidas, de dar el paso tan importante que hoy

se propone. Evidentemente que requerimos, enel futuro, de que el municipio, con su autonomíaque no queremos ver vulnerada en lo más mínimo,haga lo propio para que efectivamente, algo que lecorresponde, sin más ni más, que es emplear susrecursos inmobiliarios para fortalecer su hacienda,lo haga de una manera profesional, desde luego,con el apoyo de los gobiernos, particularmente conel apoyo del ejecutivo a través de la Secretaría delramo.

Me voy a referir al tema que abordó la DiputadaRocío, porque es lo que tiene que ver con el criteriode transición. Quien se presente el año entrante apagar el Impuesto Predial, a final de cuentas pagarálo mismo que ha pagado este año.

O sea, no tendrá ningún cambio adicional, desdeese marco, lo que está fijándose es que no haya unimpuesto por lo que corresponde al próximo año.Pero la reforma sería inútil si no da el siguientepaso y aquí queremos, ya que hemos suscrito estedictamen, hacer un riguroso llamado al Ejecutivopara que con el mismo afán, con el mismo ahíncocon el que generó esta iniciativa, se aboque a partirdel uno de enero del año entrante a realizar unestudio técnico, cierto, correcto, sustentado, paraque los ayuntamientos puedan hacer su propuestay que el Impuesto Predial se convierta en lo quequeremos.

En ese sentido, quiero ser puntual con loscontribuyentes que nos puedan escuchar en estatemporada, por lo general, no escuchan nada; peroentrando el año es cuando se preocupan.

Los que estén hoy actualizados y el año que entra,en esta materia, seguramente contribuirán, comolo han hecho, hasta este momento, sin mayoresdiferencias, ellos no tendrán problema.

Pero los que estén por debajo, los que hoy, segúnel informe que hemos recibido a detalle, no paganlo que les corresponde o no hayan dado a conocerlas modificaciones físicas a sus propiedades,indiscutiblemente que tendrán un aumento, quizáconsiderable en el pago al Impuesto Predial. Pero,

– 1157 –

Page 56: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

ojo, no se estará cobrando este impuesto al margende los principios constitucionales muy conocidos yque tendremos que respetar.

Haría una recomendación final al ciudadanocontribuyente para que se haga presente en sumunicipio, para que interactúe a lo largo del añoque entra.

Que se tome toda la oportunidad, para que cuandoesta Legislatura, quizá dentro de un año que estéfijando las nuevas tasas de acuerdo al mercado-ustedes saben que en el P.R.D., la palabramercado no muy del agrado- pero para que cuandose fijen esas tasas, realmente se respeten loscriterios constitucionales y que el municipio esté enposibilidades de presentarnos sus tablas de valores,para que el ciudadano sepa qué gravamen tiene yexigir después que se convierta en bienes públicospara la atención de las necesidades colectivas.

Y, ojo, el decreto contiene una advertencia paraque las autoridades municipales no sean omisas enel cumplimiento de sus obligaciones de acuerdo aeste decreto, ya que se actuará de acuerdo a estainiciativa que hoy estaremos votando, aplicandola Ley de Responsabilidades a los FuncionariosPúblicos que no cumplan con su función, porque sihan examinado las cuentas públicas que hoy nosleyeron y las que nos leyeron en otras ocasiones, entodas encontramos un retintín permanente, que elmunicipio se vio rezagado en el cobro del ImpuestoPredial, creo que si tiene la facultad hay queejercitarla.

El decreto tiene estos bemoles, sin embargo,lo aprobamos, estamos con él, lo concedemosno porque seamos obsequiosos con el PoderEjecutivo, sino porque oímos a los actoresprincipales en esta materia y no hemos queridocontinuar en esta esquizofrenia legal. No queremosque el estado constitucional se violente en ningúnaspecto y menos entratándose de contribuciones.

Gracias.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, señor

Diputado.

Se concede el uso de la palabra a la Diputada LiliaAguilar.

- La C. Dip. Aguilar Gil.- P.T.: Con su permiso,señor Presidente.

Me gustaría hacer algunos comentarios generalesacerca de este decreto que vamos a votar.Procuraré no ser muy repetitiva en lo que ya seha dicho en esta Tribuna, pero sí ser muy puntualen lo que sí es muy importante.

Como todos ustedes saben, compañeros Diputa-dos, el decreto que vamos a votar a continuación,tiene como finalidad darle término a un problemaque se perfila como casi histórico en el Estado deChihuahua. La entrada en vigor de los valores ca-tastrales actualizados para el cobro del ImpuestoPredial.

Como ya todos sabemos también este cobro se havenido aplicando con base en el Código Municipalde 1982, que además fue abrogado en 1995 yque con un transitorio vino prorrogando la entradaen vigor de la normatividad en lo que a ImpuestoPredial se refiere.

Esta situación, como ya se dijo en Tribuna, vino aagravarse cuando el Constituyente Permanente, en1999, hizo una adición al artículo 115 constitucional,con una fracción IV que daba la atribución y lafacultad a los municipios, para proponer a lasLegislaturas estatales las tablas de valores unitariospara el cobro del Impuesto Predial y, además,establecía en un artículo quinto transitorio, queestos valores deberían de ser equiparables al valordel mercado de los predios.

La realidad de nuestro Estado y de nuestrosmunicipios es que la realidad de los municipiosera que no existían valores actualizados y nose contaba con la infraestructura para hacer estaactualización.

Es ahora, en esta Legislatura, que se logra el

– 1158 –

Page 57: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

consenso para fortalecer la hacienda pública, comoya se ha dicho aquí -perdón- la hacienda municipaly para terminar con esta situación de prórroga dela legislación estatal y, bueno, en algunos casos,inclusive, la determinación federal en el artículo 115constitucional.

Es con la finalidad de garantizar, pues, alos ciudadanos que nosotros representamos,en el Poder Legislativo y para darles unesquema tributario que cumpla con los principiosde certidumbre, generalidad, proporcionalidad yequidad, que se logra el consenso en este dictamende diversas reformas al Código Municipal y a laLey de Catastro, que bueno, enumerarlas aquísería probablemente demasiado tedioso; pero sí megustaría decir de forma general las determinacionesmás importantes de este dictamen.

Como primer punto se deroga el Decreto 562/02,que tanto problema dio a la Legislatura y losmunicipios en el año 2002, pues ya es inoperante.En aquella ocasión se proponía establecer una tasaúnica del 1%, sobre el valor catastral, pero pareceque en la práctica no fue tan efectiva.

Igualmente, de forma general se propone la fijaciónde una nueva tabla de tasas progresivas por grados,creo que este es uno de los puntos más importantesde la reforma, que se irán disminuyendo a un nivelque permita a la población sostener un gravamenequiparable al valor real de sus predios.

En estas reformas, igualmente, previendo el nodañar a la ciudadanía, sobre todo a los quemenos tienen en el cobro del Impuesto Predialpara el año entrante y, bueno, a los subsecuentes,mientras se les da tiempo a los municipios dela actualización de sus valores catastrales, quesolamente, por este ejercicio fiscal, la tasa delImpuesto Predial para 2005, que ha sido lainquietud no solamente de los ciudadanos, sino demuchos medios de comunicación, será determinadacon el valor catastral del 2004, menos una cuota fija,en un sistema matemático inverso, que permitirámantener los cobros similares a como se hizo en

este año.

Sin ánimo de ser redundante, como ya lo dije, enlo que ya se dijo en esta Tribuna, yo diría que lasreformas contenidas en este decreto, tienen comofinalidad, pues, equiparar la normatividad estatal alo que dicta la normatividad federal y constitucional,que es muy importante y darle certidumbre a loscontribuyentes, que ciertamente fue el ánimo deeste trabajo coordinado, que como ya se dijo aquí,hizo la Legislatura estatal a través de la Comisiónde Programación y Presupuesto, con muy buenosoficios, con el Ejecutivo del Estado y los municipios,donde se tomó en cuenta las aportaciones de todospara, como ya también se dijo en esta Tribuna,fortalecer la hacienda municipal.

Creo, compañeros Diputados, que debemoscongratularnos pues hemos dado un paso histórico,como lo decía en alguna ocasión, nuestrocompañero Diputado Álvaro Navarro y esperamosque esto sea el inicio real del fortalecimiento delfederalismo en nuestro Estado.

Gracias.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, Diputada.

Habiendo agotado las intervenciones.

Si es de aprobarse el dictamen antes leído, enlo general y en lo particular, sírvanse manifestarlolevantando la mano.

- Los CC. Diputados.- [Manifiestan su aprobación en

forma unánime].

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se aprueba.

Pasando al siguiente punto del Orden del Día, seconcede el uso de la palabra a la Comisión deProgramación, Presupuesto y Hacienda Pública,para que por conducto de sus integrantes, procedaa dar lectura a los dictámenes que tiene preparados.

La Comisión dictaminadora ha informado a estaPresidencia que por acuerdo de la misma, alprimero de los dictámenes que presenta la

– 1159 –

Page 58: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

Comisión, le dará lectura el Diputado CésarJáuregui Moreno.

- El C. Dip. Jáuregui Moreno.- P.A.N.: Con lavenia del señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: La tiene, señorDiputado.

- El C. Dip. Jáuregui Moreno.- P.A.N.: Quisieracomenzar señalando que la mejor definiciónde democracia que he escuchado, se laescuché a Felipe González. No hablo del exGobernador de Aguascalientes y hoy Subsecretariode Gobernación, que sería referencia partidistainadecuada, hablo del ex Primer Ministro del estadoespañol, que en una entrevista a la preguntaexpresa de lo que significaba para él la democracia,en el contexto del estado español, señaló que lademocracia era como el césped inglés.

Y decía Felipe González, que cuando uno está enun jardín británico, de esos que resaltan por lo verdedel césped y por lo bien cuidado de las plantas ylos árboles que ahí se encuentran, uno pudierapensar cuando está sentado ahí, que ese jardínestá así porque se da solo, porque natura hace quese encuentre el jardín así, sin la intervención denadie.

Y decía Felipe González, que lo que pasa conlos jardines ingleses y con el césped inglés y enconsecuencia con la democracia a la que hacíaalusión, es que a veces no nos damos cuenta deque la democracia, al igual que el césped inglés noestá así nada más porque sí.

Como el césped inglés, hay que podarla, hay quelevantarse temprano a quitar las yerbas, hay quecuidar el estado democrático, porque la democraciano es un valor que se dé por sí solo, ni que unavez conseguido, no tenga amenazas importantes.

Comienzo con esto, porque en mi conceptoel decreto que vengo hoy a proponerles, esprecisamente algo muy parecido al cuidado delque hablaba Felipe González, de la democracia,

pero en este sentido aplicado al federalismo y almunicipalismo.

En 1995 tuve la gran fortuna de ser el Director deGobierno del Ayuntamiento de Juárez, que presidíaen aquel entonces Francisco Villarreal.

En aquel entonces, Francisco Villarreal teníaun sueño específico para Ciudad Juárez;Francisco Villarreal quería dejar institucionesque trascendieran a su persona; quería dejarinstituciones que fortalecieran la vida municipal deJuárez.

Y quién no se acuerda del Juárez anterior al ’95,en materia de desarrollo urbano y de planeacióndel desarrollo urbano. Si algo tenía Juárez es quela planeación brillaba por su ausencia, no habíainstrumentos institucionales que fortalecieran esteaspecto fundamental para el desarrollo de cualquierciudad, de las dimensiones de Ciudad Juárez.

Y recuerdo, porque era su Director General deGobierno, que discutíamos la creación del InstitutoMunicipal de Investigación y Planeación, y medecía don Francisco: César, esto no puede serun reglamento municipal. Yo, al fin joven imberbey supuestamente preparado en las cuestionesdel constitucionalismo y del municipalismo, lerecomendaba a don Francisco Villarreal que esolo podíamos sacar a través de un reglamentomunicipal, en uso y en ejercicio de las facultadesreglamentarias que los municipios tienen.

Y me dijo don Francisco, con palabras que hoyreconozco tenían una visión de mucho más largoalcance del que hoy les hablo, me decía: No, César,el Instituto Municipal de Investigación y Planeaciónde Ciudad Juárez, la obra más importante queeste gobierno municipal le puede heredar a losjuarenses, tiene que estar contemplado en una leyestatal, por la importancia del instituto y porquedeben ser los legisladores los que decidan elfuturo del instituto, cuando surjan interpretacionesdiversas sobre su existencia.

A regañadientes, como Director de Gobierno,

– 1160 –

Page 59: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

acepté la propuesta de mi jefe y redactamos elacuerdo de cabildo, que se remitió a este Congreso.

Hoy veo incluso a algunos de ustedes que les tocóvotar esa iniciativa. Y debo decirles que fue unade las pocas en la Legislatura 92-95 que se aprobópor unanimidad.

El Instituto Municipal de Investigación y Planeaciónde Ciudad Juárez, es un instrumento creado porel Congreso en uno de los acuerdos políticos másimportantes que se hayan dado en el seno de lalegislatura.

Qué es el Instituto Municipal de Investigación yPlaneación. El instituto es un organismo quepretende establecer las bases institucionales de laplaneación del desarrollo urbano en Ciudad Juárez.

Es un instituto sin precedentes a nivel nacional, elprimero en su tipo en la República y que ha tenidoreconocimientos nacionales e internacionales porlas actividades que desarrolla.

Sólo para el Municipio de Juárez, en elejercicio fiscal del 2004, el Instituto Municipalde Investigación y Planeación le representóen inversiones directas del Gobierno Federal,fundadas en proyectos estratégicos del IMIP, lacantidad de 164 millones de pesos.

Ha sido un instrumento que le permite alos ciudadanos participar en la generación delas políticas públicas que definen el desarrollomunicipal de Ciudad Juárez. Su máximo órgano, elConsejo Deliberativo, es un organismo en donde seencuentran representados los sectores empresarial,social, académico y gubernamental en la planeacióndel desarrollo en Ciudad Juárez.

Es, pues, no sólo un instrumento institucional deplaneación, es también en concepto de muchos elinstrumento nacional más importante de desarrollomunicipal y de planeación, en donde la ciudadaníatiene una participación directa en todo lo que lesestoy hablando, porque este es el máximo órganodel instituto.

Recientemente, a esta Legislatura llegó unainiciativa de reformas y adiciones a la Ley Orgánicadel Instituto Municipal de Investigación y Planeacióndel Municipio de Juárez. Una iniciativa quepretendía modificar en el organismo su situaciónpatrimonial, desde la perspectiva del ejerciciopresupuestal.

Como todos ustedes saben, cuando se creó elInstituto Municipal de Investigación y Planeación,se fijó en la propia ley que el instituto tendríaun presupuesto de egresos que en ningún casosería inferior al 1.25 del presupuesto total delAyuntamiento de ciudad Juárez.

La propuesta que les comento, aprobada por elAyuntamiento de ciudad Juárez, y en la cualdebo de reconocer buena fe, porque tambiénla iniciativa abordaba la cuestión estrictamentepresupuestal. Pretendía establecer ya comopatrimonio del instituto, única y exclusivamente y enforma laxa el presupuesto que anualmente le fijarael Ayuntamiento de ciudad Juárez, en la discusiónque al respecto se tuviera del presupuesto deegresos correspondiente al municipio.

La iniciativa generó reacciones encontradas enCiudad Juárez, porque creo que faltó comunicaciónde todos lados. Reconozco en el PresidenteMunicipal de ciudad Juárez, su interés porque elInstituto Municipal de Investigación y Planeación nosólo no desaparezca, sino que sea un instrumentomás eficaz al servicio de la administración municipaly, en consecuencia, de los juarenses.

Reconozco en el Presidente Municipal de ciudadJuárez, la voluntad política de llegar a unacuerdo sustancial con el Congreso del Estadoen esta materia, que garantizase y recuperasepara el Ayuntamiento de Juárez, la facultad depresupuestar que de alguna forma le habíamosarrebatado a través de una disposición legal,contenida en una ley que creaba el organismo,y la voluntad política de dejar claro en la propiainiciativa su intención de que el IMIP permanecieray se fortaleciera como la institución que es.

– 1161 –

Page 60: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

Reconozco, pues, en ese sentido, en HéctorMurguía, la voluntad de llegar a acuerdos políticosfundamentales por el bien de Ciudad Juárez, yeso no es algo menor, es algo que tengo quereconocer en forma pública y que lo hago de frenteal Congreso y de frente a la opinión pública en elEstado.

Quiero agradecer en lo que hace a este decreto,primero la confianza que se tuvo por parte delos integrantes de la Comisión de Programacióny Presupuesto, para que me hayan permitidoser el portavoz de la Comisión en la lectura dela propuesta de decreto que hoy pongo a suconsideración.

Pero no sólo por eso les quiero agradecer, lesquiero agradecer porque contribuyeron en formafundamental en la concreción del acuerdo al quehoy llegamos.

Quiero muy en especialmente, muy especialmenteagradecerle al Presidente de la Comisión, alDiputado Álvaro Navarro, todas las gestiones querealizó para poder, hoy, subir al Pleno un acuerdopolítico de primer orden para Ciudad Juárez.

Debo de hacer ese reconocimiento a Álvaro, ydebo también de reconocer en la Presidencia delCongreso los buenos oficios y la forma en que fueconduciendo un proceso que en su inicio habíaprovocado discordia en la concreción, repito, de unacuerdo político fundamental para los juarenses.

El IMIP permanece, el IMIP se fortalece, y yo en loparticular me puedo sentir tranquilo en relación a lamemoria de alguien a quien admiro profundamente,y que tuve la oportunidad de ser uno de sussubordinados.

Al hombre que en mi concepto como presidentemunicipal, más ha trascendido en la historiareciente, como defensor del federalismo, comodefensor del municipalismo, y sin el cual y sinsus acciones muchas de las cosas que hoy estánaconteciendo en México en materia de federalismoy de municipalismo, no fueran posibles.

Servido, don Francisco Villarreal.

[Texto del dictamen, el cual no fue leído].

La Comisión de Programación, Presupuesto y Hacienda

Pública, con fundamento en el artículo 43 de la Ley Orgánica

del Poder Legislativo, somete a la consideración de ese Alto

Cuerpo Colegiado el presente dictamen, elaborado conforme

a los siguientes

ANTECEDENTES:

I.- A esta Comisión se le turnó, para su estudio y dictamen,

iniciativa presentada por el Ayuntamiento de Juárez, Chih.,

mediante la cual proponen modificar la Ley Orgánica del

Instituto Municipal de Investigación y Planeación del Municipio

de Juárez, Chihuahua.

II.- La propuesta es una consecuencia del acuerdo tomado por

el Cabildo del citado municipio, en sesión celebrada con fecha

25 de noviembre del 2004, que a la letra dice:

Se autoriza la modificación a la fracción II del artículo 3o.

de la Ley Orgánica del Instituto Municipal de Investigación y

Planeación del Municipio de Juárez, Chihuahua, para quedar

como sigue:

ARTÍCULO 3. El patrimonio del organismo se integrará con:

I.- ........

II.- La asignación presupuestal que le fije el ayuntamiento

anualmente....

III.- Esta Comisión de Dictamen Legislativo, formula las

siguientes

CONSIDERACIONES:

El Instituto referido en antecedentes, es un organismo público

descentralizado del Municipio de Juárez, Chih., creado por

el H. Congreso del Estado, cuya Ley Orgánica se encuentra

contenida en el Decreto No. 723/95 XVIII P.E., publicado en

el Periódico Oficial del Estado, de fecha 30 de septiembre de

1995, en virtud de las facultades que la Ley le otorgaba a

dicha representación popular.

El Código Municipal para el Estado de Chihuahua vigente

a partir de 1996 otorga a los ayuntamientos, entre

otras facultades y obligaciones, la de crear organismos

– 1162 –

Page 61: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

descentralizados, fideicomisos y empresas de participación

municipal, esto de conformidad con el artículo 28, fracción IV

de dicho ordenamiento.

Sin embargo, en el caso que nos ocupa, debemos atender a

lo dispuesto por el artículo 77 de la Constitución Política del

Estado, que a la letra establece:

77.- En la abrogación, derogación, reforma o adición de

cualquier ley o decreto, se observarán los mismos requisitos

que para su formación, salvo cuando la derogación sea

consecuencia de los resultados de un referéndum, en cuyo

caso se dispensarán los trámites respectivos.

De lo anterior podemos afirmar que si bien el H. Ayuntamiento

del Municipio de Juárez y no H. Congreso del Estado, es el

legitimado para que en ejercicio de sus atribuciones, resolver

las cuestiones que tienen que ver con la administración pública

municipal, estamos frente a un decreto emanado del Poder

Legislativo, cuya modificación está regulada por el precepto

constitucional anteriormente citado.

Por ello, esta Comisión, considera necesario abordar el

planteamiento que somete a la consideración del Poder

Legislativo, el H. Ayuntamiento del Municipio de Juárez.

Al respecto, encontramos que la propuesta planteada debe

ser reconsiderada toda vez que, si bien es cierto, en una

libre administración municipal, su máximo órgano, el H.

Ayuntamiento, decide el destino de los recursos y que en el

caso del Instituto en comento, puede válidamente establecer

la cantidad que considere necesaria para el cumplimiento de

este organismo descentralizado.

Por ello se propone incorporar dicha redacción a la propuesta

original planteada por el H. Ayuntamiento del Municipio de

Juárez.

Además, se propone que se establezca claramente en su ley

orgánica, en su artículo segundo, fracción II, la facultad que

tiene el titular de la administración municipal, para encargar a

dicho instituto los proyectos y programas de investigación y

planeación que considere necesarios para el desarrollo urbano

del municipio.

[Continúa leyendo]:

Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en

los artículos 57, 58 y 77 de la Constitución Políticadel Estado, me permito someter a la consideraciónde esta Asamblea, el siguiente proyecto de

DECRETO [113/04 I P.O.]:

ARTÍCULO ÚNICO.- Se adiciona con un párrafo lafracción III del artículo 2o. y se reforma la fracciónII del artículo 3o., ambos de la Ley Orgánica delInstituto Municipal de Investigación y Planeación delMunicipio de Juárez, aprobada mediante Decreto 723/95XVIII P.E., publicado en el Periódico Oficial del Estado, el 30

de septiembre de 1995, para quedar redactado de lasiguiente manera:

2.- El organismo tiene como objetivos:

I.- a II.- ....................................

Artículo 2, se agrega a la fracción III un párrafo quedice lo siguiente:

El presidente municipal, sin perjuicio de lasfacultades previstas en la presente ley, podráencargar al Instituto los proyectos y programasde investigación y planeación que considerenecesarios para el desarrollo urbano del Municipiode Juárez.

IV.- a XI.- ..............................

3.- El patrimonio del organismo se integrará con:

II.- La asignación presupuestal que fije anualmenteel ayuntamiento, la cual deberá permitir queel Instituto cuente con los recursos financierossuficientes para cumplir con los objetivos previstosen el artículo anterior -que es el 2, y que es el quehabla sobre las atribuciones del IMIP-.

Y luego dice también otro párrafo:

El presupuesto que el ayuntamiento fije al Institutono podrá ser inferior, en términos reales, alaprobado en el ejercicio fiscal inmediato anterior.

III.- a V.- .......................................

– 1163 –

Page 62: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

T R A N S I T O R I O S:

Artículo Primero.- El presente Decreto entrará envigor al día siguiente de su publicación en elPeriódico Oficial del Estado.

Artículo Segundo.- El contenido del último párrafode la fracción II del artículo 3o., se tomará enconsideración para el cálculo y aprobación delpresupuesto del Instituto a partir del ejercicio fiscalde 2006.

Artículo Tercero.- Las obligaciones contraídas yejercidas en el ámbito de su competencia por partedel Instituto en el ejercicio fiscal de 2004, deberánser cubiertas por el ayuntamiento al término delejercicio fiscal vigente o en su defecto incorporarlasen el presupuesto que corresponde al Instituto.

ECONÓMICO.- Aprobado que sea, túrnese a laSecretaría a efecto de que elabore la Minuta deDecreto en los términos en que deba publicarse.

Dado en el Salón de Sesiones del Poder Legislativo,a los veintiún días del mes de diciembre del dos milcuatro.

Firman el documento, por la Comisión deProgramación, Presupuesto y Hacienda Pública:Su Presidente, el Diputado Álvaro Navarro Garate;la Diputada Lilia Aguilar Gil, en su carácter deSecretaria; el Diputado Fernando Mariano ReyesRamírez, en su carácter de Vocal; el DiputadoJaime García Chávez, en su carácter de Vocalde la Comisión; y el Diputado José Luis Canales dela Vega, en su carácter de Vocal.

Es cuanto.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, señorDiputado.

Si están de acuerdo en el dictamen anteriormenteleído, en lo general y en lo particular, sírvansemanifestarlo levantando la mano.

- Los CC. Diputados.- [Manifiestan su aprobación en

forma unánime].

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se aprueba.

Se concede el uso de la palabra al DiputadoCésar Jáuregui, para una intervención adicional,o concluye con esa.

Entonces, se concede el uso de la palabra a laDiputada Lilia Aguilar Gil.

- La C. Dip. Aguilar Gil.- P.T.: Con su permiso,señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Lo tiene.

- La C. Dip. Aguilar Gil.- P.T.:

Honorable Congreso del Estado.Presente.-

La Comisión de Programación, Presupuesto yHacienda Pública, con fundamento en lo dispuestopor el artículo 43 de la Ley Orgánica del PoderLegislativo, somete a la consideración de este AltoCuerpo Colegiado el presente dictamen, elaboradocon base en los siguientes

ANTECEDENTES:

I.- Con fecha 14 de diciembre del presente, elciudadano Gobernador Constitucional del Estado,Licenciado José Reyes Baeza Terrazas, presentóante esta Soberanía iniciativa con carácter dedecreto, por medio de la cual propone reformary adicionar diversas disposiciones al Código Fiscaldel Estado.

Respecto al resto de los antecedentes yconsideraciones, solicito la dispensa de su lectura,señor Presidente, con fundamento en lo dispuestoen el artículo 141, fracción IX de la Ley Orgánicadel Poder Legislativo, y su inclusión íntegra en elDiario de los Debates.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se le autoriza,Diputada.

- El C. Dip. Aguilar Gil.- P.T.: Muchas gracias.

– 1164 –

Page 63: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

[Texto del dictamen, del cual se dispensó su lectura]:

II.- La iniciativa se sustenta en los siguientes argumentos:

El proceso de desarrollo que experimenta nuestro Estado

ha permitido propiciar mejores condiciones de vida para sus

habitantes, pero al mismo tiempo se advierte la creciente

demanda de prestación de servicios y de infraestructura que

tiene que afrontar el gobierno, la cual siempre es mayor

que los ingresos que le reportan sus fuentes de ingresos,

especialmente las de índole tributaria.

Ante la insuficiencia de recursos, esta administración ha

implementado desde su inicio medidas tendientes a eficientar

el gasto público y a priorizar las exigencias ciudadanas

para atender en el corto y mediano plazos las necesidades

más ingentes y sentidas, fundamentalmente en materia de

seguridad pública, educación y salud, que no admiten prórroga

en su satisfacción.

No obstante, esas medidas por sí solas no son suficientes

para que el gobierno cuente con la disponibilidad financiera

requerida para satisfacer las necesidades de la población, por

lo que constantemente tiene que buscar nuevos esquemas

para allegarse de recursos, entre los cuales se cuenta con

instrumentos jurídicos que se nos ofrecen a través de la

reasignación de potestades tributarias en el marco de la

coordinación fiscal.

Esos instrumentos otorgan a las Entidades Federativas la

oportunidad de fortalecer sus haciendas públicas y de avanzar

hacia una mayor autosuficiencia e independencia económica

del Gobierno Federal.

Entre las conclusiones de la Primera Convención Nacional

Hacendaria, efectuada en este año en la búsqueda de

un auténtico federalismo hacendario, el H. Congreso de la

Unión adoptó la propuesta de reformas para conferir a los

Estados potestades tributarias a través del establecimiento de

impuestos cedulares a las personas físicas.

Al efecto, se reformó el artículo 43 de la Ley del Impuesto

al Valor Agregado, según Decreto enviado por parte del

Congreso Federal al Poder Ejecutivo para su publicación.

En dicha reforma se prevé la posibilidad de que las

Entidades Federativas establezcan impuestos cedulares sobre

los ingresos que perciban las personas físicas por la prestación

de servicios profesionales, por otorgar el uso o goce temporal

de bienes inmuebles, por enajenación de bienes inmuebles o

por actividades empresariales.

Al mismo tiempo, el legislativo federal disminuye la tasa

prevista en la Ley del Impuesto Sobre la Renta y prevé una

mayor disminución que se llevará a cabo en forma gradual,

con lo cual la autorización para que a nivel local se graven las

fuentes de ingreso mencionadas se verá compensada a los

contribuyentes mediante esa disminución y la deducción del

gravamen estatal en el cálculo del Impuesto Sobre la Renta

federal.

Frente a la oportunidad que se presenta a las entidades

federativas de implementar nuevamente esa contribución como

estatal, rescatando parte del reclamo federalista de que los

ámbitos locales reasuman potestades que fueron limitadas al

amparo de la coordinación fiscal, esta administración somete

a la consideración de ese H. Congreso acogerse al marco

jurídico decretado por el Poder Legislativo federal, proponiendo

las reformas fiscales conducentes para volver a ejercer parte

de las atribuciones que en la materia le fueron restringidas en

el pasado, ahora a través del establecimiento de impuestos

cedulares.

Existe, según se expuso, la posibilidad de gravar diversas

fuentes de ingresos a través de impuestos cedulares; sin

embargo, para coadyuvar al gasto público el Ejecutivo estatal

ha considerado se graven únicamente dos de las fuentes

señaladas: Los ingresos de personas físicas provenientes del

otorgamiento del uso y goce temporal de inmuebles y los

provenientes de la enajenación de bienes inmuebles.

Es preciso mencionar que en nuestra legislación estatal

ya existe un tributo que grava el otorgamiento del uso

o goce temporal de bienes inmuebles, el Impuesto Sobre

Arrendamiento y Subarrendamiento de Bienes Muebles e

Inmuebles contenido en el propio Código Fiscal del Estado,

que se encuentra suspendido en virtud de los convenios

celebrados con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público

dentro del marco del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal.

No obstante, para la reactivación de este gravamen son

necesarias las reformas y adiciones propuestas, considerando

la congruencia con los lineamientos que el H. Congreso de la

Unión ha determinado, a efecto de que el ejercicio de nueva

cuenta de esa potestad no implique, como ya se apuntó,

– 1165 –

Page 64: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

incumplimiento a los citados convenios de coordinación ni al

artículo 41 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

En base a lo anterior, la Comisión de Programación,

Presupuesto y Hacienda Pública, realiza las siguientes

CONSIDERACIONES:

[Continúa leyendo]:

Como todos sabemos, la distribución de losrecursos económicos es una cuestión fundamentalen toda sociedad, cuyo resultado es una disputaentre diferentes unidades sociales.

Esta disputa existe también entre las diferentesorganizaciones de la administración pública.Nuestro régimen federal configura un sistemade distribución de recursos entre las unidadesjurisdiccionales del Estado: El Gobierno Federaly los gobiernos locales (estatales y municipales).

Junto a la distribución de funciones entre elGobierno Federal y los gobiernos estatales existe,correlativamente, una distribución de los recursos.En nuestro país esta distribución se lleva a cabofundamentalmente, aunque no exclusivamente, pormedio del sistema de coparticipación federal deimpuestos.

La discusión sobre la misma, forma parte deun conflicto mayor que tiene que ver conla centralización o descentralización de lasatribuciones y los recursos en el nivel federal degobierno.

Se ha identificado en los últimos años alproceso de descentralización de recursos con ladescentralización de potestades tributarias.

En este sentido, en nuestro país, se conformóla Convención Nacional Hacendaria, que inicióformalmente sus trabajos el cinco de febrero de2004, derivado de la Conferencia Mexicana deCongresos y Legisladores Estatales, como unareunión republicana, democrática y participativa,donde representantes del Gobierno Federal, Estataly municipales definan una nueva visión de

federalismo mexicano, las responsabilidades degasto, así como las atribuciones y facultadesimpositivas que corresponden a cada una de laspartes.

De las conclusiones de la misma, encontramosque, respecto a la restitución de potestadestributarias a los Estados, se planteó la creaciónde un impuesto cedular para las personasfísicas que obtengan ingresos por: Salarios(respetando la exención constitucional a un salariomínimo), honorarios profesionales, arrendamientode inmuebles, enajenación de inmuebles yactividades empresariales. Tendría una tasa únicaentre 2 y 5%, su base se homologaría a la basedel Impuesto Sobre la Renta federal, del cual seríadeducible.

En la propuesta de reformas a la Ley de ImpuestoSobre la Renta, para el ejercicio fiscal del 2004, seestablece la posibilidad de que impuestos estatalesque graven el mismo objeto que dicho tributo decarácter federal, dentro de los conceptos referidos.

La propuesta del Ejecutivo del Estado se refiere ados de las cinco fuentes de ingresos, que permitirála reforma federal gravar a los Estados, a partir del1o. de enero de 2005, que son:

a) Arrendamiento de Bienes Inmuebles

b) Enajenación de Bienes Inmuebles

En ambos casos, explico, se trata de un impuestoque cumple a cabalidad con la permisión que alrespecto se establece, tanto en la Ley del Impuestoal Valor Agregado, como en la del Impuesto sobrela Renta.

[Texto no leído].

Al respecto, debemos considerar, antes de entrar al análisis

en lo particular de estos impuestos estatales, las disposiciones

de carácter federal que permitirán, a partir del 1o. de enero de

2005, gravar estas fuentes de ingresos.

En este sentido, encontramos que en la Ley de Impuesto

al Valor Agregado, se contienen los lineamientos generales

– 1166 –

Page 65: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

para establecer estos impuestos, en el artículo 43, de dicho

ordenamiento, que a la letra establece:

Artículo 43. Las Entidades Federativas podrán establecer

impuestos cedulares sobre los ingresos que obtengan las

personas físicas que perciban ingresos por la prestación de

servicios profesionales, por otorgar el uso o goce temporal

de bienes inmuebles, por enajenación de bienes inmuebles,

o por actividades empresariales, sin que se considere un

incumplimiento de los convenios celebrados con la Secretaría

de Hacienda y Crédito Público ni del artículo 41 de esta Ley,

cuando dichos impuestos reúnan las siguientes características:

I. ................................

II. En el caso de personas físicas que obtengan ingresos por

otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles, la tasa

del impuesto que se podrá establecer será entre el 2% y el

5%.

El impuesto sobre los ingresos por otorgar el uso o goce

temporal de bienes inmuebles corresponderá a la Entidad

Federativa en donde se encuentre ubicado el inmueble de que

se trate, con independencia de que el contribuyente tenga su

domicilio fiscal fuera de dicha Entidad Federativa.

III. En el caso de personas físicas que obtengan ingresos

por enajenación de bienes inmuebles, la tasa del impuesto

que se podrá establecer será entre el 2% y el 5%, y se

deberá aplicar sobre la ganancia obtenida por la enajenación

de inmuebles ubicados en la Entidad Federativa de que se

trate, con independencia de que el contribuyente tenga su

domicilio fiscal fuera de dicha Entidad Federativa.

IV. .................................

Las Entidades Federativas podrán establecer distintas tasas

dentro de los límites que establece el presente artículo por

cada uno de los impuestos cedulares a que se refiere este

artículo.

La base de los impuestos cedulares a que se refiere el

presente artículo, deberá considerar los mismos ingresos y las

mismas deducciones que se establecen en la Ley del Impuesto

sobre la Renta de carácter federal, para los ingresos similares

a los contemplados en los impuestos cedulares citados, sin

incluir el Impuesto Cedular local.

Así mismo, las Entidades Federativas podrán convenir con

la Federación, a través de la Secretaría de Hacienda y

Crédito Público, que los impuestos locales que en su caso

se establezcan en su Entidad Federativa se paguen en las

mismas declaraciones del Impuesto Sobre la Renta federal.

Por otra parte, en la Ley del Impuesto Sobre la Renta, se

establece en los artículos 142 y 148, las deducciones para el

Impuesto Sobre la Renta por ingresos por arrendamiento y en

general por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles

y por enajenación de bienes inmuebles, respectivamente.

Artículo 142. Las personas que obtengan ingresos por los

conceptos a que se refiere este Capítulo, podrán efectuar las

siguientes deducciones:

I. Los pagos efectuados por el Impuesto Predial

correspondiente al año de calendario sobre dichos inmuebles,

así como por las contribuciones locales de mejoras, de

planificación o de cooperación para obras públicas que afecten

a los mismos y, en su caso, el impuesto local pagado sobre

los ingresos por otorgar el uso o goce temporal de bienes

inmuebles.

...................................

Artículo 148. Las personas físicas que obtengan ingresos

por la enajenación de bienes podrán efectuar las siguientes

deducciones:

.................................

III. Los gastos notariales, impuestos y derechos, por escrituras

de adquisición y de enajenación, así como el impuesto local por

los ingresos por enajenación de bienes inmuebles, pagados

por el enajenante. Así mismo, serán deducibles los pagos

efectuados con motivo del avalúo de bienes inmuebles.

.................................

Con estas reformas que entrarán en vigor a partir del primero

de enero de 2005, analizaremos a detalle cada uno de estos

tributos:

1. Impuesto Cedular a los Ingresos por Arrendamiento y en

General por Otorgar el Uso o Goce Temporal de Inmuebles.

a) Objeto

– 1167 –

Page 66: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

Serán los ingresos que obtenidos por otorgar el uso o goce

temporal de bienes inmuebles, ubicados en territorio del

Estado, con independencia de la Entidad Federativa en la que

el contribuyente tenga su domicilio fiscal, considerando tales

ingresos, los siguientes:

· Los provenientes del arrendamiento o subarrendamiento y en

general, por otorgar a título oneroso el uso o goce temporal

de bienes inmuebles en cualquier otra forma.

· Los rendimientos de certificados de participación inmobiliaria

no amortizables.

Lo anterior, en concordancia con el objeto del Impuesto

Federal, en los términos del referido artículo 43, de la Ley del

Impuesto al Valor Agregado.

b) Sujeto

Las personas físicas que obtengan ingresos por los conceptos

del objeto del impuesto.

c) Base

La base para el cobro del impuesto serán los ingresos

obtenidos, menos las deducciones a que hace alusión el

artículo 188 de la reforma propuesta y que son reflejo de

las deducciones que se contienen para el impuesto federal,

excepto la nueva que entrará en vigor a partir del 1o. de

enero de 2005, que es precisamente la que permitirá deducir

el Impuesto Cedular estatal del federal, con lo que no se

generará una carga tributaria adicional para el contribuyente,

d) Tasa

La tasa que se proyecta es la del 5% sobre la base y que,

de acuerdo a las proyecciones del Gobierno del Estado en su

Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal de 2005, significarán

recursos por 6 millones de pesos, los cuales, como se señaló

anteriormente, no significan una carga para los contribuyentes

que los generen, toda vez que serán deducidos del impuesto

federal que se paga actualmente.

2. Impuesto Cedular a los ingresos por enajenación de bienes

inmuebles

a) Objeto

Serán los ingresos que obtenidos por la enajenación de

bienes inmuebles, ubicados en territorio del Estado, con

independencia de la Entidad Federativa en la que el

contribuyente tenga su domicilio fiscal, considerando tales

ingresos, los siguientes:

Toda transmisión de propiedad, aún en la que el enajenante

se reserve el dominio del bien enajenado.

Las adjudicaciones, aún cuando se realicen a favor del

acreedor.

La aportación a una sociedad o asociación.

La que se realiza a través del fideicomiso, en los casos de:

a) En el acto en el que el fideicomitente designe o se obliga a

designar fideicomisario diverso de él y siempre que no tenga

derecho a readquirir del fiduciario los bienes.

b) En el acto en el que el fideicomitente pierda el derecho a

readquirir los bienes del fiduciario, si se hubiera reservado tal

derecho.

La cesión de los derechos que se tengan sobre los bienes

afectos al fideicomiso, en cualquiera de los siguientes

momentos:

a) En el acto en el que el fideicomisario designado ceda sus

derechos o dé instrucciones al fiduciario para que transmita

la propiedad de los bienes a un tercero. En estos casos se

considerará que el fideicomisario adquiere los bienes en el

acto de su designación y que los enajena en el momento de

ceder sus derechos o de dar dichas instrucciones.

b) En el acto en el que el fideicomitente ceda sus derechos si

entre éstos se incluye el de que los bienes se transmitan a su

favor.

La transmisión de dominio de un bien tangible o del derecho

para adquirirlo que se efectúe a través de enajenación de títulos

de crédito, o de la cesión de derechos que los representen.

Lo dispuesto en esta fracción no es aplicable a las acciones o

partes sociales.

En los casos de permuta se considerará que hay dos

enajenaciones.

Se considerará como ingreso el monto de la contraprestación

obtenida en efectivo, bienes, servicio, inclusive en crédito,

– 1168 –

Page 67: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

con motivo de la enajenación; cuando por la naturaleza de

la transmisión no haya contraprestación, se atenderá al valor

de avalúo practicado, previa autorización de las autoridades

fiscales.

No se considerarán ingresos por enajenación, los que deriven

de la transmisión de propiedad de inmuebles por causa de

muerte o por donación.

b) Sujeto

Las personas físicas que obtengan ingresos por los conceptos

del objeto del impuesto.

c) Base

La base para el cobro del impuesto serán los ingresos

obtenidos, menos las deducciones a que hace alusión el

artículo 190-D de la reforma propuesta y que son reflejo de

las deducciones que se contienen para el impuesto federal,

excepto la nueva que entrará en vigor a partir del 1o. de

enero de 2005, que es precisamente la que permitirá deducir

el Impuesto Cedular estatal del federal, con lo que no se

generará una carga tributaria adicional para el contribuyente,

d) Tasa

La tasa que se proyecta es la del 5% sobre la base y que,

de acuerdo a las proyecciones del Gobierno del Estado en su

Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal de 2005, significarán

recursos por 30 millones de pesos, los cuales, como se señaló

anteriormente, no significan una carga para los contribuyentes

que los generen, toda vez que serán deducidos del impuesto

federal que se paga actualmente.

[Continúa con la lectura]:

En base a lo expuesto, los suscritos miembrosde la Comisión de Programación y Presupuesto,consideramos adecuada la reforma planteada por elEjecutivo del Estado, toda vez que esto no significauna nueva carga tributaria para los contribuyentesdel Estado, sino una redistribución de potestadestributarias, que permitirán a Chihuahua tener dosnuevas fuentes de ingresos fiscales.

Al respecto, de manera personal, quisiera agregarque hay algunas consideraciones que se hacen

al respecto de este decreto, y que se expondránposteriormente en la aprobación del presupuestode egresos.

Es por lo anterior... anteriormente expuesto y confundamento en lo dispuesto por los artículos 57 y 58de la Constitución Política del Estado de Chihuahua,que nos permitimos someter a la consideración deesta Asamblea, el siguiente proyecto de

DECRETO [114/04 I P.O.]:

ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforma el Capítulo VI,Título Tercero, Libro Primero, en su denominacióny dividiéndolo en tres secciones; se reforman losartículos del 186 al 190; y se adicionan los artículosdel 190-A al 190-J; todos del Código Fiscal delEstado de Chihuahua, para quedar de la siguientemanera:

CAPÍTULO VIDE IMPUESTOS CEDULARES A LOS INGRESOS

DE LAS PERSONAS FÍSICASSECCIÓN PRIMERA

Disposiciones generales.

Artículo 186.- Están obligadas al pago de losimpuestos cedulares establecidos en este capítulo,las personas físicas que en el territorio del Estadoperciban ingresos:

I.- Por el otorgamiento del uso o goce temporalde bienes inmuebles, ubicados en el territorio delEstado.

II.- Por la enajenación de bienes inmuebles,ubicados en el territorio del Estado.

SECCIÓN SEGUNDAImpuesto Cedular a los Ingresos por

Arrendamiento y en General por Otorgarel Uso o Goce Temporal de Inmuebles

Artículo 187.- Están obligados al [pago del] impuestoestablecido en esta Sección, las personas físicasque perciban ingresos por otorgar el uso o gocetemporal de bienes inmuebles, ubicados en territoriodel Estado, con independencia de la EntidadFederativa en la que el contribuyente tenga su

– 1169 –

Page 68: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

domicilio fiscal.

Se consideran ingresos por otorgar el uso o gocetemporal de bienes inmuebles los siguientes:

I.- Los provenientes del arrendamiento o subarren-damiento y, en general, por otorgar a título onerosoel uso o goce temporal de bienes inmuebles encualquier otra forma.

II.- Los rendimientos de certificados de participacióninmobiliaria no amortizables.

Para los efectos de esta Sección, se consideraningresos los percibidos en efectivo, bienes,servicios y crédito.

Los ingresos en crédito se declararán y se calcularáel impuesto que les corresponda hasta el mes decalendario en el que sean cobrados.

Artículo 188.- Las personas que obtengan ingresospor los conceptos a que se refiere esta Sección,podrán efectuar las siguientes deducciones:

I.- Los pagos efectuados por el Impuesto Predialcorrespondiente al año de calendario sobre dichosinmuebles, así como por las contribucionesespeciales que afecten a los mismos; dichospagos se prorratearán entre el número de mesesdel período que comprendan, deduciendo la parteproporcional al mes que corresponda el pago delImpuesto Cedular.

II.- Los gastos de mantenimiento que no impliquenadiciones o mejoras al bien de que se trate y porconsumo de agua, siempre que no los paguenquienes usen o gocen del inmueble.

III.- Los intereses reales pagados por préstamosutilizados para la compra, construcción o mejorasde los bienes inmuebles.

Se considera interés real, el monto en el quelos intereses excedan al ajuste por inflación.Para estos efectos, el ajuste por inflación sedeterminará multiplicando el saldo promedio diariode la inversión del préstamo o financiamiento que

genere los intereses, por el factor que se obtengade restar la unidad del cociente que resulte dedividir el índice nacional de precios al consumidordel mes más reciente del período de la inversión,entre el citado índice correspondiente al primer mesdel período. Cuando el cálculo a que se refiereeste párrafo se realice por un período inferior a unmes o abarque fracciones de mes, el incrementoporcentual del citado índice para dicho período ofracción de mes se considerará en proporción alnúmero de días por el que se efectúa el cálculo.

IV.- Los salarios, comisiones, honorarios, asícomo los impuestos, cuotas o contribuciones queconforme a la ley les corresponda cubrir sobredichos salarios, efectivamente pagados y que seanrelacionadas con las actividades que generan losingresos gravados por el Impuesto Cedular

V.- El importe de las primas de seguros queamparen los bienes inmuebles.

VI.- Las inversiones en construcciones, incluyendoadiciones y mejoras.

Los contribuyentes podrán optar por deducir el 35%de los ingresos a que se refiere esta sección, ensubstitución de las deducciones autorizadas poreste artículo.

Los contribuyentes que ejerzan la opción previstaen el párrafo anterior deberán hacerlo durante todoel año calendario y por todos los inmuebles por losque otorguen el uso o goce temporal, incluso poraquellos que tengan en copropiedad.

Tratándose de subarrendamiento, sólo se deduciráel importe de las rentas que pague el arrendatarioal arrendador.

Cuando el contribuyente ocupe parte del bieninmueble del cual derive el ingreso por otorgarel uso o goce temporal del mismo u otorgue suuso o goce temporal de manera gratuita, no podrádeducir la parte de los gastos, así como tampoco elImpuesto Predial y contribuciones especiales quecorrespondan proporcionalmente a la unidad por él

– 1170 –

Page 69: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

ocupada o de la otorgada gratuitamente. En loscasos de subarrendamiento, el subarrendador nopodrá deducir la parte proporcional del importe delas rentas pagadas que correspondan a la unidadque ocupe o que otorgue gratuitamente.

La parte proporcional a que se refiere el párrafo queantecede, se calculará considerando el número demetros cuadrados de construcción de la unidadpor él ocupada u otorgada de manera gratuitaen relación con el total de metros cuadrados deconstrucción del bien inmueble.

Las deducciones a que se refiere este artículodeberán estar relacionadas con los inmuebles porlos que se obtengan los ingresos materia delImpuesto Cedular a que se refiere esta seccióny podrán efectuarse cuando las erogaciones enellas comprendidas se hayan realizado en el mismoejercicio fiscal al que corresponda el pago mensualdel impuesto cedular, sin que en ningún caso elmonto total de dichas deducciones exceda del 50%del impuesto a pagar.

Cuando el uso o goce temporal del bien de que se trate no se

hubiese otorgado por todo el año calendario, las deducciones

a que se refieren las fracciones I a V de este artículo se

aplicarán únicamente cuando correspondan al período por el

cual se otorgó el uso o goce temporal del bien inmueble o

a los tres meses inmediatos anteriores al en que se otorgue

dicho uso o goce.

Artículo 189.- En las operaciones de fideicomiso porlas que se otorgue el uso o goce temporal de bienesinmuebles, se considera que los rendimientosson ingresos del fideicomitente aun cuando elfideicomisario sea una persona distinta, a excepciónde los fideicomisos irrevocables en los cualesel fideicomitente no tenga derecho a readquirirdel fiduciario el bien inmueble, en cuyo casose considera que los rendimientos son ingresosdel fideicomisario desde el momento en que elfideicomitente pierda el derecho a readquirir el bieninmueble.

La institución fiduciaria efectuará los pagos de este impuesto

por cuenta de aquel a quien corresponda el rendimiento en los

términos del párrafo anterior, mediante declaración mensual

que presentará conforme al artículo siguiente.

Artículo 190.- Los contribuyentes que obtenganingresos de los señalados en esta secciónefectuarán pagos mensuales, a una tasa del 5%que se aplicará a los ingresos por arrendamiento yen general por otorgar el uso o goce temporal debienes inmuebles, disminuyendo las deduccionesautorizadas en esta sección en el períododeclarado. La declaración y entero de los pagosse realizará en los términos del artículo 44 de esteCódigo, teniendo como fecha límite el día 17 delmes inmediato siguiente al en que corresponda elpago.

Artículo 190-A.- Los contribuyentes que obtenganingresos de los señalados en esta sección, ademásde efectuar los pagos del impuesto, tendrán lassiguientes obligaciones:

I.- Solicitar su inscripción en el Registro Estatal deContribuyentes.

II.- Llevar contabilidad.

III.- Expedir comprobantes por las contraprestacio-nes recibidas.

IV.- Presentar declaraciones en los términos de estasección.

Cuando los ingresos a que se refiere esta secciónsean percibidos a través de operaciones defideicomiso, será la institución fiduciaria quien llevelos libros, expida los recibos y efectúe los pagos deeste impuesto.

SECCIÓN TERCERADel Impuesto Cedular a los Ingresos

Derivados de la Enajenación de Inmuebles.

Artículo 190-B.- Pagarán este impuesto laspersonas físicas que perciban ingresos por laenajenación de inmuebles que se ubiquen en elterritorio del Estado.

Para los efectos de esta sección, se consideraningresos por enajenación de inmuebles, los que

– 1171 –

Page 70: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

deriven de:

I. Toda transmisión de propiedad, aun en la queel enajenante se reserve el dominio del bienenajenado.

II. Las adjudicaciones, aun cuando se realicen afavor del acreedor.

III. La aportación a una sociedad o asociación.

IV. La que se realiza a través del fideicomiso, enlos siguientes casos:

a) En el acto en el que el fideicomitente designeo se obliga a designar fideicomisario diverso de ély siempre que no tenga derecho a readquirir delfiduciario los bienes.

b) En el acto en el que el fideicomitente pierda elderecho a readquirir los bienes del fiduciario, si sehubiera reservado tal derecho.

V. La cesión de los derechos que se tengan sobrelos bienes afectos al fideicomiso, en cualquiera delos siguientes momentos:

a) En el acto en el que el fideicomisario designadoceda sus derechos o dé instrucciones al fiduciariopara que transmita la propiedad de los bienes aun tercero. En estos casos se considerará que elfideicomisario adquiere los bienes en el acto de sudesignación y que los enajena en el momento deceder sus derechos o de dar dichas instrucciones.

b) En el acto en el que el fideicomitente ceda susderechos si entre éstos se incluye el de que losbienes se transmitan a su favor.

VI. La transmisión de dominio de un bien tangible odel derecho para adquirirlo que se efectúe a travésde enajenación de títulos de crédito, o de la cesiónde derechos que los representen. Lo dispuesto enesta fracción no es aplicable a las acciones o partessociales.

En los casos de permuta se considerará que hay dos

enajenaciones.

Se considerará como ingreso el monto de la contraprestación

obtenida en efectivo, bienes, servicio, inclusive en crédito,

con motivo de la enajenación; cuando por la naturaleza de

la transmisión no haya contraprestación, se atenderá al valor

de avalúo practicado, previa autorización de las autoridades

fiscales.

No se considerarán ingresos por enajenación, los que deriven

de la transmisión de propiedad de inmuebles por causa de

muerte o por donación.

Artículo 190-C.- No se pagará este impuesto porlos ingresos derivados de la enajenación de:

I. La casa que haya habitado el contribuyentecuando menos durante el año inmediato anterioral de la fecha de enajenación.

II. Los que deriven de la enajenación de derechosparcelarios, de las parcelas sobre las que hubieraadoptado el dominio pleno o de los derechoscomuneros, siempre y cuando sea la primeratransmisión que se efectúe por los ejidatarios ocomuneros y la misma se realice en los términosde la legislación federal de la materia.

Artículo 190-D.- Las personas físicas que obtenganingresos por la enajenación de inmuebles podránefectuar las siguientes deducciones:

I.- El costo comprobado de adquisición que seactualizará en los términos del artículo 190-F deeste Código y será cuando menos el 10% del montode la enajenación de que se trate.

II.- El importe de las inversiones hechas enconstrucciones, mejoras y ampliaciones, el cual seactualizará en los términos del artículo 190-F deeste Código. Estas inversiones no incluyen losgastos de conservación.

III.- Los gastos notariales, impuestos y derechos,por escrituras de adquisición y de enajenación,pagados por el enajenante, salvo el Impuesto sobrela Renta federal. Así mismo, serán deducibles lospagos efectuados con motivo del avalúo de losbienes inmuebles.

– 1172 –

Page 71: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

IV.- Las comisiones y mediaciones pagadas por elenajenante, con motivo de la adquisición o de laenajenación del bien.

Artículo 190-E.- El costo de adquisición será iguala la contraprestación que se haya pagado paraadquirir el bien sin incluir los intereses; cuando elbien se hubiese adquirido a título gratuito, se estaráa lo dispuesto por el penúltimo párrafo del artículo190-B de este Código.

Artículo 190-F.- Para actualizar el costo compro-bado de adquisición y, en su caso, el importe delas inversiones deducibles, tratándose de bienesinmuebles, se procederá como sigue:

I.- Se restará del costo comprobado de adquisición,la parte correspondiente al terreno y el resultadoserá el costo de construcción. Cuando no se puedaefectuar esta separación se considerará como costodel terreno el 20% del costo total.

II.- El costo de construcción deberá disminuirsea razón del 3% anual por cada año transcurridoentre la fecha de adquisición y la de enajenación;en ningún caso dicho costo será inferior al 20%del costo inicial. El costo resultante se actualizaráconforme al artículo 190-G de este Código, porel período comprendido desde el mes en elque se realizó la adquisición y hasta el mesinmediato anterior a aquel en el que se efectúela enajenación. Las mejoras o adaptaciones queimpliquen inversiones deducibles deberán sujetarseal mismo tratamiento.

En el caso de terrenos, el costo de adquisiciónse actualizará conforme al artículo 190-G de esteCódigo por el período comprendido desde el mesen el que se realizó la adquisición y hasta el mesinmediato anterior a aquel en el que se efectúe laenajenación.

Artículo 190-G.- Las actualizaciones a que serefieren la fracción II y el último párrafo del artículo190-F de este Código se realizarán aplicando unfactor de actualización a las cantidades que sedeban actualizar, el cual se obtendrá dividiendo el

Índice Nacional de Precios al Consumidor que alefecto publica el Banco de México, correspondienteal mes anterior al más reciente del período, entreel citado índice correspondiente al mes anterior almás antiguo de dicho período, sin que procedala actualización por fracciones de mes; dichofactor de actualización deberá calcularse hasta eldiezmilésimo.

En los casos en que el Índice Nacional de Precios al

Consumidor del mes anterior al más reciente del período, no

haya sido publicado por el Banco de México, la actualización

de que se trate se realizará aplicando el último índice mensual

publicado.

Las cantidades actualizadas conservan la naturaleza jurídica

que tenían antes de la actualización, por lo que el monto de

ésta no será deducible.

Cuando el resultado de la operación a que se refiere el

primer párrafo de este artículo sea menor a 1, el factor de

actualización que se aplicará al monto respectivo, será 1.

Artículo 190-H.- Tratándose de bienes inmueblesadquiridos por herencia, legado o donación, seconsiderará como costo de adquisición, el que hayapagado el autor de la sucesión o el donante, y comofecha de adquisición, la que hubiere correspondidoa estos últimos. Cuando a su vez el autor de lasucesión o el donante hubieran adquirido dichosbienes a título gratuito, se aplicará la misma regla.Tratándose de la donación por la que se hayapagado el Impuesto sobre la Renta federal, seconsiderará como costo de adquisición, el valorde avalúo que haya servido para calcular dichoimpuesto y como fecha de adquisición aquella enque se pagó el impuesto mencionado.

Artículo 190-I.- Los contribuyentes podrán solicitarla práctica de un avalúo por corredor público tituladoo institución de crédito. La Secretaría de Finanzasestará facultada para practicar, ordenar o tomar encuenta, el avalúo del bien objeto de enajenación.

Artículo 190-J.- Los contribuyentes que obtenganingresos por la enajenación de bienes inmuebles,efectuarán el pago de este impuesto por cada

– 1173 –

Page 72: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

una de las operaciones que realicen, el cualse determinará aplicando la tasa del 5% sobrela diferencia entre el ingreso obtenido por laenajenación y las deducciones a que se refiereesta sección y se enterará mediante declaraciónque presentarán dentro de los 15 días siguientesa la fecha de la enajenación, en los términos delartículo 44 de este Código.

En el caso de operaciones consignadas enescritura pública, los notarios, corredores, jueces ydemás fedatarios que por disposición legal tenganfunciones notariales, bajo su responsabilidadcalcularán el pago a que se refiere esta seccióny lo enterarán dentro de los 15 días siguientes a lafecha en que se firme la escritura o minuta, en lostérminos del artículo 44 de este Código.

TRANSITORIOS:

ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entraráen vigor el día primero de enero del año dos milcinco.

ECONÓMICO.- Aprobado que sea, túrnese a laSecretaría para que se elabore la Minuta de Decretoen los términos en que deba publicarse

Dado en el Salón de Sesiones del Poder Legislativo,en la ciudad de Chihuahua, Chih., a los veintiúndías del mes de diciembre de dos mil cuatro.

Por la Comisión de Programación, Presupuesto [y

Hacienda Pública], firman, el Diputado Álvaro NavarroGarate, Presidente; la de la voz, [Diputada Lilia

Aguilar Gil], Secretaria; el Diputado Fernando MarianoReyes Ramírez, Vocal; el Diputado Jaime GarcíaChávez, Vocal y el Diputado José Luis Canales dela Vega, Vocal.

Es cuanto, señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, Diputada.

Si están de acuerdo en el dictamen leído, en logeneral y en lo particular, sírvanse manifestarlolevantando la mano.

- Los CC. Diputados.- [Manifiestan su aprobación en

forma unánime].

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se aprueba.

Se concede el uso de la palabra al DiputadoFernando Reyes Ramírez.

- El C. Dip. Reyes Ramírez.- P.A.N.: Con supermiso, señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Adelante, señorDiputado.

- El C. Dip. Reyes Ramírez.- P.A.N.:

A los suscritos, integrantes de la Comisión deProgramación, Presupuesto y Hacienda Pública,nos fue turnada para su estudio y dictamen,iniciativa de Ley de Ingresos del Estado, parael Ejercicio Fiscal del año 2005, que remite elciudadano Gobernador Constitucional del Estado,José Reyes Baeza Terrazas, por lo que sometemosa la consideración de este Honorable CuerpoColegiado el presente dictamen, al tenor de lasiguiente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

I.- Como lo dispone el artículo 162 de laConstitución Política del Estado Libre y Soberanode Chihuahua, el Honorable Congreso expedirálas disposiciones hacendarias que establezcan lascontribuciones necesarias para los gastos públicos.

Que entre las facultades atribuidas al PoderLegislativo, destaca el artículo 64, fracción VI de laConstitución local, por cuanto a examinar, discutiry aprobar anualmente el presupuesto de egresosdel Estado, discutiendo y aprobando primero lascontribuciones que a su juicio deban decretarsepara cubrirlo.

Bajo este esquema, son facultades y obligacionesdel ciudadano Gobernador del Estado, presentaranualmente al Congreso del Estado, antes del diezde diciembre, la iniciativa de ley de ingresos y elproyecto de presupuesto de egresos para el añosiguiente, según el texto del artículo 93, en su

– 1174 –

Page 73: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

fracción IX, de la Ley Suprema del Estado.

II.- Que en tales circunstancias y atendiendo alprincipio de facultades expresas para el ejerciciodel poder público, consignado en el numeral 28de la Constitución local, hoy se resuelve sobre lainiciativa de ley de ingresos que habrá de normarel ejercicio de la captación hacendaria duranteel año 2005, tomando en consideración diversosfactores analizados por esta Comisión de dictamenlegislativo.

III.- Señala el iniciador que la economía mexicanaha comenzado a registrar un repunte en todos lossectores de la actividad productiva.

Se debe destacar que la duración y la intensidaddel ciclo de crecimiento que actualmente tiene laproducción en el Estado depende en gran medidadel comportamiento de la actividad manufacturerade los Estados Unidos, ello con el impacto asociadoen la generación de nuevas fuentes de empleo.

Como producto de esta fase expansiva, se prevéque para el cierre de 2004 el Producto InternoBruto Nacional (PIB) alcance, en términos reales,una tasa de crecimiento de 4.0 por ciento, en lugarde la previsión original de 3.1 por ciento.

En el entorno local, la ubicación estratégicacon el país vecino hace que nuestra Entidadcontinúe captando montos importantes de inversiónextranjera para el sector maquilador y de otrasactividades productivas, lo que acrecienta laposibilidad de que con nuevas inversiones segeneren más empleos y mayor derrama deingresos. Otras actividades que también influyen enla reactivación de la economía local son las relativasa la industria de la construcción, al comercio y losservicios.

No obstante, los ingresos del Estado siguen siendoinsuficientes para hacer frente a los múltiplesrequerimientos del gasto, por lo que se asumeactuar con firmeza y eficacia en la obtención delos ingresos de las distintas fuentes que prevé lainiciativa, al tiempo que nos daremos a la tarea

de explorar nuevas alternativas de ingresos notributarios.

Ciertamente, el margen de maniobra financiera delestado es limitado, debido fundamentalmente a quela mayor parte de los recursos federales estánetiquetados y a que el Estado de Chihuahua destinacasi la totalidad de sus participaciones federales alSubsistema Estatal de Educación.

En este entorno, la mejoría macroeconómica conque cerrará el 2004, podría no tener el mismodinamismo para el 2005, de modo que la disciplinapresupuestaria será una condición necesaria paramantener el equilibrio en las finanzas estatales.

IV.- Durante la actual administración, la políticade ingresos para 2005, estará orientada acumplir con su objetivo principal que es aseguraringresos públicos suficientes para financiar nivelesadecuados de gasto, además de fomentar unaeconomía eficiente y equilibrada, sujetando suactuación a la realización de las siguientesacciones:

a) Mantener la permanente actualización de los padrones

de contribuyentes, controlar el cumplimiento de sus

obligaciones y fortalecer la eficiencia recaudatoria, con

el propósito de evitar la evasión y la elusión fiscales.

b) Continuar con la simplificación impositiva, utilizando

la tecnología de la red electrónica mundial con el

propósito de facilitar y hacer más ágil el cumplimiento

de las obligaciones fiscales.

c) Seguir con la aplicación de estímulos fiscales que

apoyen la reactivación de nuestra economía, generando

nuevos polos de desarrollo y la recuperación de

empleos en nuestro Estado.

d) Distribuir la carga fiscal, implementando mecanismos

para que todos los sectores de la sociedad contribuyan

al gasto público, en estricto apego a los principios

constitucionales de proporcionalidad y equidad, con

énfasis en el combate a la economía informal.

e) Fomentar la cultura de cumplimiento voluntario de las

– 1175 –

Page 74: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

obligaciones fiscales, otorgando a los contribuyentes

las facilidades que la ley permite.

f) Simplificar los procesos y procedimientos de atención al

contribuyente y modernizar la administración tributaria,

para mejorar la captación de los recursos públicos.

g) Promover una constante actualización del marco

tributario estatal ante el dinamismo de las actividades

económicas.

h) Reivindicar la autonomía financiera y fiscal de la

Hacienda Estatal participando activamente en los

diversos foros nacionales.

V.- Para el año fiscal de 2005, el proyecto de ley deingresos que presenta el Ejecutivo Estatal asciendea 22,463.0 millones de pesos, lo que representaun incremento nominal de 12.1 por ciento y de 8.9por ciento en términos reales, respecto de la ley deingresos de 2004.

VI.- La presente administración estatal proponemantener una disciplina fiscal y administrativa parael logro de los fines de la actividad gubernamental yel equilibrio de las finanzas públicas; este esfuerzopermitirá seguir ubicando a nuestro Estado en losprimeros sitios entre las Entidades Federativas enla generación de ingresos propios.

Los ingresos en este rubro contribuyen con el 21.9por ciento del total estimado, ubicándose en los4,926.0 millones de pesos, en cuyo importe seincluyen 800.0 millones de pesos de ingresos norecurrentes.

IMPUESTOS:

El establecimiento de nuevas empresas en elterritorio estatal permite esperar un repunte en larecuperación de empleos perdidos, situación quese verá reflejada en la recaudación del Impuestosobre Nóminas, la cual tendrá para el próximo añoun aumento significativo.

En el esquema de un auténtico federalismohacendario, el Congreso de la Unión, rescatandolas propuestas de la Primera Convención Nacional

Hacendaria, aprobó establecer el marco quepermita a las Entidades Federativas establecerimpuestos cedulares al ingreso que obtengan laspersonas físicas por honorarios profesionales, porotorgar el uso o goce temporal de bienes inmueblesy por la enajenación de inmuebles, así como por larealización de actividades empresariales.

Dado lo anterior, en iniciativa aparte sepresentó ante esta Soberanía la propuesta parael establecimiento de los impuestos cedularesrelativos a los ingresos que obtengan las personasfísicas por la enajenación y arrendamiento debienes inmuebles; al ser aprobada por esteCongreso dicha iniciativa, permitiría recaudarrecursos por un monto estimado de 36.0 millonesde pesos.

En suma, los ingresos por concepto de ImpuestosEstatales significan un 5.5 por ciento del total deingresos, con un importe de 1,224.6 millones depesos, que representan en términos reales unincremento del 8.5 por ciento respecto a la leyde ingresos de 2004.

DERECHOS:

Para el próximo ejercicio fiscal, respecto a losDerechos que cobra el Estado por concepto deDotación de Placas y Revalidación Anual, sepropone a este Congreso la adecuación de la tarifaaplicable a este concepto.

El ajuste propuesto le significará al Gobierno delEstado un sacrificio en la recaudación de estosingresos; sin embargo, se considera convenientehacerlo para responder a un planteamiento socialy apoyar la actualización del Padrón Vehicular.Coadyuvando a lo anterior, se propone también lareducción de un 50% en el importe de los derechospor concepto de dotación de placas para vehículosautomotores que cuentan con matrícula de otraEntidad Federativa, siempre que sus propietariostengan su domicilio en el Estado, den de baja lasplacas anteriores y el trámite de plaqueo se efectúea más tardar en el mes de abril de 2005.

– 1176 –

Page 75: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

En relación con los servicios públicos que prestanlas diversas dependencias estatales, se propone ala actualización de las tarifas de Derechos que porlos mismos percibe el estado; dicha actualizaciónserá del 5.0 por ciento y se sustenta en la inflaciónacumulada durante el presente año.

Conforme a lo anterior, se estima recaudar 1,941.0millones de pesos por concepto de Derechos, cifraque corresponde al 8.5 por ciento del total de losingresos proyectados para 2005.

PRODUCTOS:

Los ingresos por la explotación y enajenación debienes patrimoniales, así como los provenientes derendimientos financieros, entre otros conceptos queconforman este rubro, constituyen el 4.3 por cientodel total de ingresos.

Considerando la existencia de reservas territoriales,se ha definido la conveniencia de disponer de partede las mismas para atender los requerimientos degasto de la recién creada Secretaría de SeguridadPública, en un esfuerzo por dar respuesta a losmúltiples requerimientos de la sociedad.

APROVECHAMIENTOS:

La recaudación que se estima obtener en el próximoejercicio fiscal es de 687.7 millones de pesos,que representa un 3.1 por ciento del total delos ingresos. Este concepto se integra en granparte por ingresos del Fideicomiso Carretero quese destinan a la operación y el mantenimiento delos tramos carreteros.

CONTRIBUCIONES EXTRAORDINARIAS:

Se mantienen las contribuciones extraordinariasdecretadas por este Congreso para apoyarel funcionamiento de la Cruz Roja Mexicana,la destinada al Fideicomiso del EmpresariadoChihuahuense y la relativa al Fideicomiso Expo-Chihuahua.

Por lo que se refiere a la contribución extraordinariaque concluye el 31 de diciembre de este año y que

grava a los sujetos que realizan el pago de derechosde control vehicular y expedición de licencias deconducir, cuyo ingreso se destina al sostenimientode la Delegación de la Cruz Roja Mexicana, sepropone prorrogar la vigencia de esta contribuciónhasta el 31 de diciembre de 2005. Adicionalmente,se propone aumentar la cuota de 23.00 pesos a24.00 pesos por cada trámite.

Los ingresos estimados en este rubro ascienden a123.7 millones de pesos, que representan el 0.6por ciento del total del ingreso.

VII.- En el rubro de participaciones en ingresosfiscales federales, atendiendo a las proyeccionescontenidas en la ley de ingresos de la Federación,el ingreso proveniente del Fondo General deParticipaciones para el 2005 ascenderá a 6,696.1millones de pesos, con un incremento del 8.0 porciento respecto a los ingresos del 2004.

Los recursos que se estima obtener para el 2005por la administración y recaudación del Impuestosobre la Renta correspondiente al Régimen dePequeños Contribuyentes, serán inferiores a los delaño en curso, como consecuencia de las reformasrealizadas a la Ley del Impuesto sobre la Renta.

De igual manera, el Impuesto Federal de Tenencia oUso de Vehículos sufrirá una disminución para 2005de 40.0 millones de pesos, por la eliminación delImpuesto al Valor Agregado de la base gravablede este tributo, además de la modificación delprocedimiento de actualización, que afecta elcálculo del impuesto en el caso de vehículosusados.

De esta manera, el total de Participaciones enIngresos Federales para el siguiente ejercicio fiscalse ubica en los 7,835.8 millones de pesos, loscuales representan el 34.9 por ciento del total delos ingresos.

VIII.- Por lo que se refiere a los recursos derivadosde los Fondos de Aportaciones para el 2005 tienenun incremento nominal con relación al presupuestode 2004, como se expresa a continuación respecto

– 1177 –

Page 76: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

de algunos de ellos: El de Educación Básicay Normal con 5.0 por ciento, el Programa deApoyo para el Fortalecimiento de las EntidadesFederativas con 8.7 por ciento, el de Previsiones yAportaciones para el Sistema de Educación Básicay Normal con 5.0 por ciento, el de Servicios deSalud con 8.0 por ciento, el de Educación MediaSuperior y Superior con 3.6, el de Fortalecimientopara los municipios con 11.2 por ciento, el deEducación Tecnológica y de Adultos con 10.7 porciento, el de Infraestructura Social Municipal con14.6 por ciento y el de Infraestructura Social Estatalcon 14.6 por ciento.

En total, para el año 2005 se estiman ingresos poraportaciones y transferencias federales del ordende los 9,701.1 millones de pesos, representandoun incremento en términos de 7.6 por ciento, encomparación con el presupuesto de 2004.

IX.- El equilibrio presupuestal será la base desdeel inicio de esta administración, por lo cual semejorarán los mecanismos de captación del ingresoy de control y evaluación de la inversión y elgasto público; en atención a ello, para el ejerciciofiscal de 2005, no se contempla la contratación deempréstitos.

X.- Para los que suscribimos el presentedictamen, Diputados integrantes de la Comisiónde Programación, Presupuesto y Hacienda Pública,los razonamientos financieros que se reseñan sonatendibles y las pretensiones son correctas para serfavorables.

El proyecto en estudio arroja una propuesta deley, que los dictaminadores consideramos viabley adecuada a las necesidades de captaciónhacendaria para el ejercicio fiscal del año 2005,tomando en cuenta el entorno económico local,nacional e internacional.

Por lo que, con fundamento en los artículos 31,fracción IV de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos; 12, fracción II; 28, 64, fraccionesI y VI; 68, fracción II; 93, fracciones VI y IX de laConstitución Política del Estado Libre y Soberano

de Chihuahua; así como en los artículos 43, 46, 59,y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánicadel Poder Legislativo de Chihuahua, nos permitimossometer a la consideración de esta HonorableAsamblea el siguiente proyecto de

DECRETO [115/04 I P.O.]

ARTÍCULO ÚNICO.- La Sexagésima PrimeraLegislatura Constitucional del Honorable Congresodel Estado Libre y Soberano de Chihuahua expidela Ley de Ingresos del Estado de Chihuahua, parael Ejercicio Fiscal del año dos mil cinco, en base alsiguiente articulado:

LEY DE INGRESOS PARA EL EJERCICIOFISCAL DEL AÑO 2005

ARTÍCULO PRIMERO.- Durante el ejercicio fiscalcomprendido del 1o. de enero al 31 de diciembredel año 2005, la hacienda pública estatal percibirálos ingresos provenientes de los conceptos y en lascantidades estimadas, expresadas en pesos, que acontinuación se enumeran:

I. IMPUESTOS:

1.- Sobre Nóminas 957’500,000

2.- Sobre Actos Jurídicos 8’900,000

3.- Sobre Adquisición de Vehículos Automotores

y Otros Bienes Muebles Usados 79’300,000

4.- Sobre Ejercicios Lucrativos 520,000

5.- Sobre Hospedaje 14’900,000

6.- Sobre Loterías, Rifas y Sorteos 6’000,000

7.- Cedular por la Enajenación de Inmuebles. 30’000,000

8.- Cedular por Arrendamiento de Inmuebles 6’000,000

9.- Universitario 121’526,000

TOTAL DE IMPUESTOS $1,224’646,000

II. DERECHOS:

Los ingresos que se perciban como contrapresta-ción por los servicios que otorgan las dependenciasdel Gobierno del Estado, se causarán en la formay montos que establece la Tarifa anexa, expedidaconforme a los artículos 31 segundo párrafo, 308 a308-Q y 309 del Código Fiscal del Estado.1.- Por los servicios prestados por el Registro

Público de la Propiedad y del Notariado 145’000,000

– 1178 –

Page 77: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

2.- Por los servicios prestados por las

Autoridades de Tránsito 555’000,000

3.- Uso de Carreteras de Cuota: 1,099’744,000

a) Concesionadas por la Federación 678’209,000

b) Carreteras Estatales 421’535,000

4.- Por los servicios prestados por la Dirección

del Registro Civil 35’000,000

5.- Por los servicios prestados por la Dirección

de Gobernación 61’500,000

6.- Por los servicios prestados por Otras

Dependencias y Organismos 44’800,000

TOTAL DE DERECHOS $1,941’044,000

III. PRODUCTOS:

1.- Explotación de Bienes Patrimoniales 55’000,000

2.- Enajenación de Bienes Patrimoniales 830’000,000

3.- Rendimientos Financieros 60’000,000

4.- Otros Productos 3’950,000

TOTAL DE PRODUCTOS $948’950,000

IV. APROVECHAMIENTOS:

1.- Actos de Ejecución 12’300,000

2.- Multas 81’400,000

3.- Recargos 15’300,000

4.- Mantenimiento y Operación de Carreteras

de Cuota (ingresos provenientes del fideicomiso) 313’557,000

5.- Reintegros 41’340,000

6.- Aportaciones para Obra Pública 160’800,000

7.- Otros Aprovechamientos 63’000,000

TOTAL DE APROVECHAMIENTOS $687’697,000

V. CONTRIBUCIONES EXTRAORDINARIAS:

1.- A Cargo de los Sujetos que Grava el

Impuesto Sobre Nóminas 95’750,000

2.- Sobre Derechos de Dotación de Placas,

Expedición de Engomados de Control

Vehicular y Expedición de Licencias de Conducir 21’000,000

3.- Expo-Chihuahua 6’950,000

TOTAL DE CONTRIBUCIONES EXTRAORDINARIAS $123’700,000

TOTAL DE INGRESOS PROPIOS $ 4,926’037,000

VI. PARTICIPACIONES E INCENTIVOS DE INGRESOS

FISCALES FEDERALES:

1.- Fondo General 6,696’127,000

2.- Fondo de Fomento Municipal 202’339,000

3.- Impuesto Especial sobre Producción y Servicios 196’255,000

4.- Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos 360’000,000

5.- Impuesto sobre Automóviles Nuevos 173’000,000

6.- Impuesto Sobre la Renta 115’000,000

7.- Actos de Fiscalización 75’000,000

8.- Caminos y Puentes Federales 17’000,000

9.- Multas Administrativas Federales no Fiscales 1’100,000

TOTAL DE PARTICIPACIONES E

INCENTIVOS DE INGRESOS FISCALES FEDERALES $7,835’821,000

VII. APORTACIONES Y TRANSFERENCIAS FEDERALES:

1.- Fondo de Aportaciones para la Educación

Básica y Normal 4,939’546,000

2.- Previsión y Aportación para el Sistema de

Educación Básica y Normal 128’645,000

3.- Fondo de Aportaciones para los Servicios

de Salud 1,041’608,000

4.- Fondo de Aportaciones para la

Infraestructura Social Municipal 482’923,000

5.- Fondo de Aportaciones para la

Infraestructura Social Estatal 66’603,000

6.- Fondo de Aportaciones para el

Fortalecimiento de los Municipios 848’583,000

7.- Fondo de Aportaciones Múltiples: 172’234,000

a) Asistencia Social 75’248,000

b) Infraestructura Educativa Básica 50’558,000

c) Infraestructura Educativa Superior 46’428,000

8.- Fondo de Aportaciones para la Seguridad

Pública de los Estados y del Distrito Federal 170’038,000

9.- Fondo de Aportaciones para la Educación

Tecnológica y de Adultos 116’122,000

10.- Transferencia a Educación Media Superior

y Superior 669’545,000

11.- Programa de Alianza para el Campo 190’000,000

12.- Supervisión Obras Compartidas 3’000,000

13.- Becas Servicio Estatal de Empleo 25’000,000

14.- Programa de Apoyo al Fortalecimiento

de las Entidades Federativas 778’235,000

15.- Estancia de Reos Federales 21’000,000

16.- Programa para abatir el Rezago Educacional 45’000,000

17.- Preparatoria abierta 3’060,000

TOTAL DE APORTACIONES Y

TRANSFERENCIAS FEDERALES $9,701’142,000

TOTAL DE INGRESOS $22,463’000,000

– 1179 –

Page 78: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

RESUMEN:

INGRESOS PROPIOS 4,926’037,000

PARTICIPACIONES E INCENTIVOS

DE INGRESOS FISCALES FEDERALES 7,835’821,000

APORTACIONES Y TRANSFERENCIAS FEDERALES 9,701’142,000

TOTAL DE INGRESOS $22,463’000,000

ARTÍCULO SEGUNDO.- Los ingresos establecidosen esta ley se causarán y recaudarán conforme alas leyes, decretos, reglamentos, tarifas, contratos,concesiones y demás disposiciones aplicables,incluyendo las contribuciones no comprendidas enla relación precedente, causadas en ejerciciosanteriores y pendientes de liquidación y pago.

ARTÍCULO TERCERO.- En los casos de concesiónde prórroga o de autorización para el pago enparcialidades de créditos fiscales, se causaránrecargos a la tasa del 2% mensual, durante elejercicio fiscal del año 2005. Cuando esta tasaresulte mayor a la que fije el Congreso de la Uniónpara estos casos, se aplicará la menor.

Durante el año 2005, la tasa de recargos para cadauno de los meses de mora en el pago de créditosfiscales, será la que resulte de incrementar en un50% la señalada en el párrafo anterior.

ARTÍCULO CUARTO.- Se reforman los ArtículosSegundo y Quinto del Decreto número 128/95 IP.O., publicado en el Periódico Oficial del Estado el30 de diciembre de 1995, para quedar como sigue:

Artículo Segundo.- La contribución extraordinariaa que se refiere el presente Decreto, se causaráconforme a lo siguiente:a) Por cada trámite de dotación de placas o expedición de

engomado anual de control vehicular $24.00.

b) Por cada expedición de licencia de conducir $24.00.

Artículo Quinto.- La contribución extraordinaria queestablece el presente Decreto, permanecerá envigor hasta el 31 de diciembre del año 2005.

ARTÍCULO QUINTO.- Se otorga un estímulo fiscala los contribuyentes del Impuesto sobre ActosJurídicos, respecto de las acciones tendientes

a garantizar obligaciones, tales como fianzas,hipotecas o cualquier otra forma legal, quese celebren únicamente con las organizacionesauxiliares de crédito que establece la ley federalque las rige. El estímulo estará en vigor durante elaño 2005, consistiendo en la no obligación de pagodel impuesto.

Únicamente se podrá gozar de este beneficiocuando el acto jurídico celebrado se inscriba enel Registro Público de la Propiedad y del Notariado.

ARTÍCULO SEXTO.- Se autoriza al EjecutivoEstatal para que, por conducto de la Secretaríade Finanzas, ejerza la facultad de condonacióno reducción total o parcial de los recargos,correspondientes a contribuciones adeudadas enejercicios anteriores, cuando se considere justo yequitativo, excepto los que se generen durante elejercicio fiscal del año 2005.

ARTÍCULO SÉPTIMO.- Los derechos que secausen por la prestación de los servicios querealice la Dirección de Gobernación, por conceptode revisión anual de las licencias de losestablecimientos o locales en los que se expenden,distribuyen o ingieren bebidas alcohólicas enenvase cerrado, abierto o al copeo, deberánpagarse dentro de los primeros cinco meses delaño 2005, aplicando la cuota que corresponda deacuerdo con la Tarifa para el Cobro de Derechosque forma parte integrante de la presente ley.

ARTÍCULO OCTAVO.- Para determinar las contri-buciones se considerarán, inclusive, las fraccionesdel peso. No obstante lo anterior, para efectuarsu pago, el monto se ajustará para que las quecontengan cantidades que incluyan de 1 hasta 50centavos se ajusten a la unidad inmediata anterior ylas que contengan cantidades de 51 a 99 centavos,se ajusten a la unidad inmediata superior.

ARTICULO NOVENO.- Se reduce en un cincuentapor ciento el importe de los Derechos porconcepto de dotación de placas para vehículosautomotores que cuenten con matrícula de otraEntidad Federativa, siempre que sus propietarios

– 1180 –

Page 79: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

tengan su domicilio en el Estado y el trámite deplaqueo se efectúe a más tardar en el mes de abrilde 2005.

TRANSITORIOS:

ARTÍCULO PRIMERO.- La presente ley entrará envigor el día 1o. de enero del año 2005.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Los documentos fechadoscon anterioridad a la entrada en vigor de estaley, que contengan actos jurídicos que hayan deinscribirse en las Oficinas del Registro Públicode la Propiedad y del Comercio, podrán hacerlopagando los derechos conforme al Apartado II dela Tarifa para el Cobro de Derechos para el ejerciciofiscal 2004, siempre y cuando los derechos seancubiertos antes del 31 de enero del año 2005 y eldocumento se presente a inscripción a más tardarel 31 de marzo del propio año. Para el pago delos Derechos en estos casos, no será necesaria laexhibición del documento a inscribir.

ECONÓMICO.- Aprobado que sea, túrnese a laSecretaría para que elabore la Minuta de Decreto,en los términos en que deba publicarse.

Dado en el Salón de Sesiones del Poder Legislativo,en la ciudad de Chihuahua, Chih., a los veintiúndías del mes de diciembre del año dos mil cuatro.

Por la Comisión de Programación, Presupuestoy Hacienda Pública: Diputado Álvaro NavarroGarate, [Presidente]; Diputada Lilia Aguilar Gil,[Secretaria]; Diputado Fernando Reyes Ramírez,[Vocal]; Diputado Jaime García Chávez, [Vocal];Diputado José Luis Canales de la Vega, [Vocal].

Es todo, señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, señorDiputado.

Si están de acuerdo en el documento anteriormenteleído, en lo general y en lo particular, sírvansemanifestarlo levantando la mano.

- Los CC. Diputados.- [Manifiestan su aprobación en

forma unánime].

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se aprueba.

Se concede el uso de la palabra al Diputado ÁlvaroNavarro Garate.

- El C. Dip. Navarro Garate.- P.R.I.: Con supermiso, señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Adelante, señorDiputado.

- El C. Dip. Navarro Garate.- P.R.I.:

A los suscritos, integrantes de la Comisión deProgramación, Presupuesto y Hacienda Pública,nos fue turnada para su estudio y dictamen,iniciativa que remite el ciudadano GobernadorConstitucional del Estado, Licenciado José ReyesBaeza Terrazas, mediante la cual plantea elproyecto de presupuesto de egresos del Gobiernodel Estado para el ejercicio fiscal del año 2005,por lo que sometemos a la consideración deeste Honorable Congreso Colegiado el presentedictamen, al tenor de la siguiente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

I.- De facultades constitucionales que regulan lavida pública, y particularmente, las relativas a lamateria hacendaria, al Honorable Congreso delEstado corresponde la emisión de las normas queautorizan el ejercicio del gasto, bajo los principios defacultades expresas, división de Poderes y equilibriopresupuestal, con el sentido de justicia social.

Efectivamente, del artículo 162 de la ConstituciónPolítica del Estado de Chihuahua, se desprendeque esta Asamblea Legislativa habrá de expedirlas disposiciones hacendarias que establezcan lascontribuciones necesarias para los gastos públicos,tal como ha ocurrido ya, por lo que respecta a laLey de Ingresos para el Ejercicio Fiscal del 2005.

De lo anterior, es de señalarse además, que unavez aprobado el texto normativo que establecelas contribuciones, se procede examinar, discutir

– 1181 –

Page 80: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

y aprobar el presupuesto de egresos, lo cual esacorde a lo ordenado por el artículo 64, fracción VIde la Constitución Política del Estado de Chihuahua.

Así, y al tenor de las facultades derivadas denuestra Norma Suprema Estatal, el Ejecutivo delEstado dio inicio a proceso legislativo medianteel documento que hoy se analiza, y del que sedesprende el proyecto de decreto que se planteaante esta Honorable Representación Popular.

Señala el indicador [iniciador] que el desarrollointegral del estado es el principio que definirádurante la presente administración, las prioridadesdel gasto con base en las demandas planteadaspor la población, que se atenderán mediante losprogramas previstos en el presente presupuesto.

Este instrumento vincula los recursos financieroscon los objetivos rectores y las estrategias que [de la]presente administración, lo que permitirá programary asignar el gasto para el ejercicio 2005 atendiendolas necesidades esenciales de los distintos sectoresde la sociedad.

Se consideran criterios de racionalidad y eficienciaante la disponibilidad limitada de recursos, en unmarco de disciplina y responsabilidad presupuestal,a fin de privilegiar el gasto social y fortalecer lasacciones de gobierno en materia de seguridadpública.

Por otra parte, la influencia de las participaciones yaportaciones federales sigue siendo determinantepara el financiamiento del gasto, por lo quela suficiencia del ingreso estará ligada alcomportamiento de la economía en el entornonacional e internacional.

En este sentido, se observa que la economía me-xicana ha empezado a registrar una recuperaciónimportante, con un repunte sustancial en casi todoslos sectores de la actividad económica.

Esta tendencia se ha estado generalizando enlas ramas productivas más dinámicas y, es enproceso... y están en proceso de expansión,

que el desempeño de la actividad económicaestá siendo influenciado por la combinación dediversos factores de carácter interno y externo.Entre los primeros destaca la inversión privada,particularmente la destinada a la adquisición demaquinaria y equipo y el consumo familiar. Entrelos factores externos se encuentra la producciónmanufacturera estadounidense, cuya reactivaciónprovoca [que] en México el sector industrialvuelva a alentar el crecimiento de las actividadesproductivas, en especial [el] de las empresasmaquiladoras y de la industria de la transformación.

Producto de esta fase expansiva, para el cierre de2004, se proyecta una tasa anual de crecimiento delProducto Interno Bruto Nacional (PIB) de un 4.0 porciento, en términos reales, superior a la previsiónoriginal de 3.1 por ciento.

Por otra parte, la fase de crecimiento dela producción en México ha inducido a unarecuperación del empleo formal. No obstante,las cifras de desempleo aún [se] sitúan en niveleselevados.

En el ámbito local, se registra un repuntemoderado en la producción y el empleo de laindustria maquiladora de exportación asentadaprincipalmente en las ciudades de Juárez yChihuahua, como efecto de la reactivación delsector manufacturero en los Estados Unidos yde las actividades complementarias que en ellaintervienen. Además de su ubicación estratégica,hace que nuestra Entidad continúe captandomontos importantes de inversión extranjera parael sector maquilador y de otras actividadesproductivas, lo que acrecienta la posibilidad degenerar más empleos y mayor derrama de ingresos.

Las finanzas públicas continúan siendo influencia-das favorablemente por los excedentes petrolerosgenerados por el alza internacional en el precio delhidrocarburo, debido a que en el presupuesto de2004, el precio promedio de la mezcla mexicana deexportación se fijó [por] debajo de su cotización realdurante el año.

– 1182 –

Page 81: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

Para el 2005, se estima que la economía mexicanacontinúe creciendo en sincronía con la producciónindustrial de los Estados Unidos de América, aúncuando la percepción es que ésta observará uncrecimiento global más moderado de lo que sehabía anticipado. Por lo mismo, se estima queMéxico podría tener una leve reducción en la tasade crecimiento del Producto Interno Bruto, la cualse ubicaría en un 3.8 por ciento en términos reales,menor a la prevista para el cierre del 2004. El preciointernacional del petróleo de la mezcla mexicana sepresupuestó en 27 dólares por barril, a la fecha[de] la presentación del proyecto de Presupuestode Egresos, por parte del Ejecutivo Estatal, se [su]cotización era de 32 dólares, sin embargo, apuntóque las expectativas señalan una disminución dedicho precio, situado y que ocurre [situación que

ocurrió], ya que el preció ha descendido a los 27.12dólares

De combinarse la baja en el precio internacionaldel petróleo con una contracción en el ritmo delcrecimiento económico, para el 2005 las finanzaspúblicas podrían verse afectadas. La posiblemerma de recursos fiscales afectara [afectaría]

la programación presupuestaria y, con ello, lastransferencias a las Entidades Federativas y a losmunicipios se verían restringidas.

Este entorno sugiere actuar con prudencia en laproyección de los ingresos y en el análisis delas variables macroeconómicas con que cerrará el2004, asumiendo que para el 2005 la economía nopodrá [podría no] tener el mismo dinamismo, de modoque el ejercicio del gasto debe sujetarse a un controly una disciplina presupuestaria más estrictos, comocondición necesaria para garantizar una economíapública con estabilidad.

III.- La propuesta para la asignación y el ejerciciodel gasto público para el año 2005, está orientadaal fortalecimiento del desarrollo humano y social yal desenvolvimiento de la actividad económica, quefacilite a los chihuahuenses acceder paulatinamentea mejores niveles de bienestar.

El gasto en seguridad pública constituye un ejefundamental del presupuesto, con el fin de atender,con la intensidad y prontitud deseadas, los reclamosy necesidades de la población. Esta es una materiaque contempla [tan compleja] en su solución que sólopuede lograrse con el esfuerzo conjunto de los tresámbitos de gobierno.

Se propone alcanzar un mejor desarrollo socialy humano como piedra angular del programade gobierno, procurando con acciones bienestructuradas, abatir la pobreza y los desequilibriossociales extremos. Con ello, aspiramos al logrode mejores índices alimenticios [de alimentación],educación, salud, vivienda, medio ambiente yseguridad pública.

El gasto público también se orienta en [orientará

a] apoyar la ejecución de los proyectos deinfraestructura física a fin de fortalecer el desarrolloregional.

Se impulsarán las actividades agropecuarias yforestales para incrementar el ingreso y mejorarlas condiciones de vida de las familias que habitanen un medio rural.

IV.- El presupuesto de egresos para el 2005 que sesomete a la consideración esta Asamblea, importala cantidad de 22,463.0 millones de pesos. Elmonto mencionado se conforma de lo siguiente:21,274.1 millones de pesos de presupuesto directo,mil millones... 1,188.9 millones de fideicomisos yfondos.

Este presupuesto representa un incremento del12.1% en términos nominales con relación alpresupuesto del 2004.

La política de gasto público propone lograruna asignación más productiva de los recursosdisponibles, con el fin de superar rezagos sociales yregionales, incrementar la infraestructura y mejorarla cobertura y calidad de los servicios de [a] lapoblación.

Con este propósito, el presupuesto directo se

– 1183 –

Page 82: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

orientará a atender como prioridad el gasto social,que se integra fundamentalmente por los programassectoriales de educación, al que se asigna el 51.2por ciento del presupuesto de egresos y a desarrollosocial y salud, con un 8.5 por ciento.

FUNCIÓN LEGISLATIVA:

El Poder Legislativo formuló un presupuesto para2005, por un monto de 196.5 millones de pesos,que le significan un incremento del 20.6 por cientorespecto al 2004.

El proyecto presentado por este H. Congresose incorporó a esta propuesta sin ningunamodificación, tal como lo establece la Constitucióndel Estado.

IMPARTICIÓN DE JUSTICIA:

El monto del presupuesto presentado por elSupremo Tribunal de Justicia para 2005, seincorpora sin modificación alguna en la presenteiniciativa, y asciende a la cantidad de 511.2 millonesde pesos, lo que significa un incremento del 22.6por ciento respecto al 2004.

SEGURIDAD PÚBLICA Y PROCURACIÓN DEJUSTICIA:

Para atender la seguridad pública, proteger la vida,la libertad, integridad física y el patrimonio de loschihuahuenses, como tareas esenciales del estado,se propone para el 2005 un presupuesto de 1,315.2millones de pesos, un crecimiento significativo,muy importante, de 64.9 por ciento con respectoal presupuesto 2004, destacando la provisión de879.0 millones de pesos para las actividades de lanueva Secretaría de Seguridad Pública.

POLÍTICA Y GOBIERNO:

El presupuesto para el 2005 [que] se asigna a esteprograma, es por un importe de 192.9 millones depesos, que representa un decremento de un 42.9por ciento respecto al presupuesto de 2004, envirtud de que en el próximo año, no habrá procesoselectorales.

Los presupuestos presentados por el InstitutoEstatal Electoral y el Tribunal Estatal Electoral,respectivamente, se incluyeron en la iniciativa delEjecutivo Estatal sin modificación alguna conformelo establecido en la Constitución del Estado.

Este programa incluye también el fortalecimiento delas unidades orgánicas representadas [responsables]

de resolver las controversias laborales, así comogarantizar la publicidad de los actos relativos a lapropiedad y a la certeza jurídica en el estado civilde las personas.

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA:

Para la ejecución de los programas y accionesde la administración pública, se asigna parael 2005 un presupuesto de 245.9 millones depesos, que incluye los recursos necesarios parael cumplimiento de las funciones que le asigna laConstitución y las Leyes del Gobierno del estado[al Gobernador del Estado]. Así como [mismo se] darácontinuidad a la implementación de procesos demodernización de los sistemas administrativos, quepermitan cumplir con oportunidad y eficiencia lasmetas y los objetivos previstos en sus respectivosprogramas sectoriales.

ADMINISTRACIÓN FISCAL:

Con el propósito de recaudar los ingresos decarácter fiscal y [los que por] cualquier otro conceptodebe percibir el estado, a este programa se asignapara 2005 un presupuesto de 164.3 millones depesos.

En este presupuesto se incluye el gasto parael cobro del Impuesto sobre la Renta en surégimen de pequeños contribuyentes, intermediosy enajenación de bienes inmuebles, que realizael Gobierno del Estado como facultad delegadadel Gobierno Federal, conforme al convenio decoordinación en materia fiscal.

EDUCACIÓN Y CULTURA:

Invertir en la educación para superar la injusticia y la

– 1184 –

Page 83: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

pobreza, constituye uno de los grandes propósitosde la nueva administración gubernamental. A laeducación se le confiere el más alto grado deprioridad para lograr un mejor nivel de desarrollo enla Entidad. Ello exige la canalización de recursoscrecientes, de tal suerte que para el ejercicio fiscaldel 2005, se asigna un monto de 10,885.7 millonesde pesos, que representan un incremento del 7.7por ciento respecto al ejercicio 2004.

En este programa sectorial, se trata de garantizarque ningún alumno de escasos recursos abandonelos estudios, que a toda la población se legarantice la educación, que se promuevan múltiplesoportunidades de superación individual y seestimule la capacidad creativa [y creatividad] de laspersonas.

Acción importante la constituye el apoyo quese le dará a la educación para los adultos,la media superior y superior, la investigacióncientífica y tecnológica, de la protección y difusióndel patrimonio cultural, artístico, arqueológico ehistórico, como elementos necesarios para laformación armónica del individuo.

Se proyecta abatir el déficit de espacios educativosen toda la Entidad, a fin de que el próximo mes deseptiembre se cuente con la infraestructura que délugar a un mayor número de aspirantes a ingresara un plantel.

DESARROLLO ECONÓMICO Y REGIONAL:

En la política de gasto la asignación de recursospara el Desarrollo Económico y Regional tienenprioridad, por lo que este programa sectorialabsorbe el 26.9 por ciento del presupuesto directo.En él se consignan los recursos participables amunicipios para operación e infraestructura, asícomo para inversión pública estatal.

Para el ejercicio fiscal de 2005, se presupuesta unmonto de 5,737.5 millones de pesos, de los cuales3,229.5 millones se canalizan a los municipiospor concepto de participaciones y aportacionesfederales.

Los recursos de inversión permitirán, mediante unefecto multiplicador, potenciar el monto total con laaportación del Gobierno Federal y de los propiosbeneficiarios de las obras y acciones.

En ese sentido, con la concurrencia de laFederación, la construcción y modernización decarreteras recibirá un impulso sin precedente enlos últimos años, con la terminación de obra enproceso y el arranque de importantes tramos quepermitirán consolidar la integración territorial enregiones con amplio potencial de desarrollo; asímismo, en coordinación con municipios se daráatención especial al mejoramiento y ampliación decaminos rurales para mejorar su interconexión conla red troncal estatal.

La ampliación de la cobertura de servicios básicosde agua potable, alcantarillado, saneamiento yelectrificación tendrá prioridad en la inversiónconcertada con Presidencias Municipales.

Con el propósito de continuar impulsando elaprovechamiento sustentable de los recursosnaturales se apoyará con acciones de fomento,tecnificación y desarrollo de infraestructura a losproductores del campo. También se sumaránrecursos con el Gobierno Federal para impulsara las micro, pequeñas y medianas empresas en suintegración a las cadenas productivas, así como eldesarrollo de proyectos turísticos.

En la política de gasto, la orientación del desarrolloeconómico y regional considera como factorpreponderante el esfuerzo que realizan el Gobiernodel Estado, el Gobierno Federal, los Ayuntamientosy el sector privado.

DESARROLLO URBANO Y ECOLOGÍA

Para la atención de los requerimientos en materiade reordenamiento urbano, de mejoramiento delmedio ambiente y de la restauración del equilibrioecológico, el proyecto de Presupuesto de Egresospara 2005 es de 45.1 millones de pesos, querepresentan un incremento del 8.4 por cientorespecto al presupuesto de 2004.

– 1185 –

Page 84: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

DESARROLLO SOCIAL Y SALUD

Con el propósito de impulsar políticas públicasencaminadas a ampliar los servicios de salud a loschihuahuenses y hacer sustentable el desarrollointegral de la persona, para 2005 se asignanrecursos por un monto de 1,808.7 millones depesos, que significan un incremento del 16.6 porciento respecto al presupuesto de 2004.

Con este incremento se pretende extender lacobertura de los servicios de salud a la poblaciónabierta, a través de la implementación del seguropopular, dirigido a las personas que carecen deatención institucionalizada, primordialmente a laubicada en el sector rural y a los adultos mayores.

Se contempla ampliar y mejorar la infraestructuray su equipamiento con énfasis en la localizaciónregional de mayor impacto a poblaciones deescasos recursos.

DEUDA PÚBLICA

Para dar cumplimiento a las obligacionesfinancieras del Gobierno del Estado, derivadasde los empréstitos contratados, en 2005 se tieneprevista la erogación de 171.0 millones de pesosque corresponde a la amortización de principal ypago de intereses.

FIDEICOMISOS Y FONDOS

A este programa se asigna un monto de 1,188.9millones de pesos que significan un incrementode 14.4 por ciento del presupuesto 2004, recursosque se aportarán a los fideicomisos de Promocióny Fomento Turístico, Carretero, del EmpresariadoChihuahuense y Expo-Chihuahua, así como alFondo de Apoyo a la Delegación Estatal de la CruzRoja.

V.- A efecto de que esta Comisión de DictamenLegislativo tuviera mayores elementos de juicio,sobre el Presupuesto de Egresos del Estado parael ejercicio fiscal del año 2005, se solicitó, confundamento en el artículo 55 de la Ley Orgánica

del Poder Legislativo, la comparecencia de losSecretarios de las siguientes dependencias delPoder Ejecutivo, mismas que se llevaron a cabode acuerdo con la siguiente calendarización:SECRETARÍA FECHA DE COMPARECENCIA

SECRETARÍA DE FINANZAS 15 DE DICIEMBRE

SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN 15 DE DICIEMBRE

PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA 16 DE DICIEMBRE

SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA 16 DE DICIEMBRE

SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y EVALUACIÓN 17 DE DICIEMBRE

SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y OBRAS PÚBLICAS 17 DE DICIEMBRE

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA 20 DE DICIEMBRE

SECRETARÍA DE FOMENTO SOCIAL 20 DE DICIEMBRE

Cabe mencionar que en estas comparecenciastuvimos oportunidad de platicar, desmenuzar,discutir, enriquecer el presupuesto y el documentoque el Ejecutivo hizo llegar al Legislativo, en dondequisiera aprovechar el reconocer a los miembrosde la Comisión de Programación y Presupuesto ya todos y todas y cada uno de mis compañeros ycompañeras Diputados de esta Legislatura, por suparticipación y enriquecimiento de tal forma, quea través de las comparecencias pudimos llegar aacuerdos importantes, como a continuación seguirémencionando.

Gracias, compañeros Diputados.

En dichas reuniones, estuvieron presentes losDiputados integrantes de esta Comisión, así comoDiputados de las diversas fuerzas parlamentariasrepresentadas en el Honorable Congreso; losSecretarios de las dependencias del PoderEjecutivo expusieron la parte del proyecto depresupuesto atinente a la dependencia a su cargo,para posteriormente aclarar, ampliar y especificarla información contenida en el citado proyecto, deacuerdo con los cuestionamientos manifestados,tanto por los integrantes de la Comisión, comopor los Diputados asistentes. Posteriormente, conesto elementos se elaboró el proyecto que hoyse somete a consideración del pleno de esta AltaAsamblea.

Los tiempos actuales demandan a los gobiernos

– 1186 –

Page 85: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

un mayor esfuerzo técnico, humano y económicopara implementar mecanismos que coadyuven acombatir el delito y proporcionar tranquilidad a lacomunidad.

La seguridad pública y procuración de justicia hasido una prioridad de la administración estatal, porlo que para el siguiente ejercicio fiscal se prevé unaasignación superior al 65% con respecto al ejerciciodel 2004.

Sin embargo, existen otros ejes estratégicosde desarrollo que demandan una cantidadimportante de recursos para su atención. Elpresupuesto de egresos 2005, se elaboró bajo lasprimicias de buscar equilibrio y distribución de losrecursos que atiendan a través de los programascorrespondientes demandas sociales con un altosentido de responsabilidad. Sin embargo, duranteel proceso de análisis del presupuesto sometidoa la consideración de esta Soberanía, se observóla necesidad de dotar de mayores recursos a laProcuraduría General de Justicia, con el propósitode que pueda atender de una mejor manera lafunción que tiene asignada.

Si bien es cierto, que dicha transferencia tendrá unefecto demeritorio en otras partidas presupuestales,consideramos importante reforzar los programasdentro del marco de procuración justicia, por loque de común acuerdo con el Poder Ejecutivo,se realizará la transferencia del programa sectorial08, en Desarrollo Económico Regional la cantidadde 44 millones de pesos al programa sectorial 03,Seguridad Pública y Procuración de Justicia.

Compañeros Diputados, felicidades nuevamente.

Dichos recursos servirán para estimular el pagode remuneraciones, la profesionalización delos servidores públicos, cuya función incidedirectamente en el logro de los objetivos planteadosen esta materia.

Por otra parte, derivado tanto de la comparecenciade la Procuradora General de Justicia, comodel Secretario de Planeación y Evaluación, se

estableció en forma clara que dicha dependenciacontará con recursos derivados del Fondo Nacionalde Seguridad Pública, por sus siglas el FONDEN,por la cantidad aproximada de 75 millones 265mil pesos, que se destinarán a profesionalización,equipamiento de corporaciones y en la red nacionalde telecomunicaciones y servicios telefónico yemergencia.

Con estos recursos asignados a la ProcuraduríaGeneral de Justicia, consideramos que la mismaestará en aptitud de realizar el programa demodernización, eficientización de la procuración dejusticia en el Estado de Chihuahua.

Los que hoy dictaminamos, consideramos que,efectivamente, de ser aprobado por este HonorableCongreso el proyecto de presupuesto de egresosdel Estado de Chihuahua para el ejercicio fiscal del2005, estaremos avanzando hacia una sociedadmás justa, en donde con equilibrio y disciplina,se ejerzan los recursos públicos de maneraresponsable, en beneficio de los habitantes delEstado, que por ello, y con fundamento en losartículos 28, 64, fracciones I y VI; 68, fracción II;93, fracciones VI y IX; 162 y 163 de la ConstituciónPolítica del Estado de Chihuahua; 43, 46, 59 ydemás relativos y aplicables de la Ley Orgánicadel Poder Legislativo del Estado de Chihuahua,nos permitimos someter a la consideración de laHonorable Asamblea Popular, el siguiente proyectode

DECRETO:

ARTÍCULO ÚNICO.- La séxima... SexagésimaPrimera Legislatura del Honorable Congreso delEstado Libre y Soberano de Chihuahua expide elPresupuesto de Egresos del Estado de Chihuahua,para el Ejercicio Fiscal del año dos mil cinco, enbase a los siguientes articulados.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 141,fracción IX de la Ley Orgánica del Poder Legislativo,se solicita la dispensa del articulado para procedera dar lectura a las siguientes presupuestales.

– 1187 –

Page 86: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se autoriza.

- El C. Dip. Navarro Garate.- P.R.I.: Gracias, señorPresidente.

El Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estadode Chihuahua para el Ejercicio Fiscal del año 2005,asciende a la cantidad de $ 22,463’000,000, elimporte mencionado comprende lo siguiente:

21,274 millones de presupuesto directo y 1,188millones que corresponden a fideicomisos y fondos.

Para el ejercicio y control de las erogaciones,la estructura presupuestal se clasifica en doceprogramas sectoriales que a continuación semencionan:

PROGRAMA SECTORIAL IMPORTE

01 FUNCIÓN LEGISLATIVA $196’517,000

02 IMPARTICIÓN DE JUSTICIA 511’172,000

03 SEGURIDAD PÚBLICA Y PROCURACIÓN DE JUSTICIA 1,315’236,000

04 POLÍTICA Y GOBIERNO 192’869,000

05 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 245’939,000

06 ADMINISTRACIÓN FISCAL 164’337,000

07 EDUCACIÓN Y CULTURA 10,885’732,000

08 DESARROLLO ECONÓMICO Y REGIONAL 5,737’489,000

09 DESARROLLO URBANO Y ECOLOGÍA 45’118,000

10 DESARROLLO SOCIAL Y SALUD 1,808’666,000

11 DEUDA PÚBLICA 171,010,000

PRESUPUESTO DIRECTO $21,274’085,000

12 FIDEICOMISOS Y FONDOS 1,188,915,000

PRESUPUESTO TOTAL $22,463’000,000

Firmamos en la Comisión de Programación,Presupuesto [y Hacienda Pública], el Diputado ÁlvaroNavarro Garate, Presidente; Diputada Lilia AguilarGil, Secretaria y Diputado Fernando Mariano ReyesRamírez, Vocal; Diputado Jaime García Chávez,Vocal y Diputado José Luis Canales de la Vega,[Vocal].

Señor Presidente, si usted me permite hacer algu-nos comentarios en base a algunos reconocimien-tos que quisiera yo hacer.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Adelante,Diputado.

- El C. Dip. Navarro Garate.- P.R.I.: Se reconocea todos los Diputados miembros de la Comisiónde Programación, Presupuesto y Hacienda Públicay a todos y cada uno de ustedes, compañerosDiputados.

Hoy, sometemos a consideración de este Pleno,que estoy seguro que una vez que terminemos dedeterminar, será un logro de todos nosotros, losDiputados integrantes a esta Legislatura.

Quiero reconocer también el trabajo de los asesoresque para poder llegar a este dictamen, a estapresentación de la ley de ingresos y del presupuestode egresos, hemos trabajado muchísimas horas losDiputados y los asesores. Mi reconocimiento paraellos.

Reconozco en usted, señor Presidente, suliderazgo, su convicción y su apertura con todosy cada uno de nosotros los Diputados sin distinciónde partidos y sin importar la filiación de la misma.

Mi reconocimiento y mi agradecimiento, señorPresidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, señorDiputado.

- El C. Dip. Navarro Garate.- P.R.I.: Para el PoderEjecutivo, quiero también reconocer en nombre detodos mis compañeros Diputados, su disponibilidad,su política de puertas abiertas y su sensibilidady apertura para atender las sugerencias de estePoder Legislativo y, especialmente, en lo que refierea lo que es procuración de justicia.

Estoy claro que trabajar de esta manera, comohemos venido trabajando en esta Legislatura,encontraremos siempre el camino, encontraremossiempre el consenso y estoy seguro que como hastahoy, pondremos los intereses de los chihuahuensespor encima de cualquier otro interés.

Es cuanto, señor Presidente.

Muchas gracias.

– 1188 –

Page 87: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, señorDiputado.

Si están de acuerdo...

Adelante, señor Diputado.

- El C. Dip. Reyes Ramírez.- P.A.N.: Con supermiso, señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Tiene la palabra.

- El C. Dip. Reyes Ramírez.- P.A.N.: El suscrito, enmi carácter de Diputado de la Sexagésima PrimeraLegislatura y del Grupo Parlamentario del PartidoAcción Nacional, además integrante de la Comisiónde Programación, Presupuesto y Hacienda Pública,hago uso de la Tribuna a efecto de presentarposicionamiento de la Fracción Parlamentaria deAcción Nacional con respecto a este dictamen.

Acción Nacional, atento a los principios que rigenla vida y el desarrollo de nuestro instituto político,con las debidas reservas de algunos rubros, loscuales me voy a permitir comentar, vamos a apoyarla aprobación del presupuesto de egresos delGobierno del Estado, atendiendo, principalmente,a dos ejes fundamentales y que para nosotros sonmuy importantes.

Me refiero, en primer lugar, a lograr una distribuciónde recursos que favorezca siempre el gasto social,que fortalezca los servicios básicos de educación ysalud -sobre todo- y a su vez, dé un fuerte impulsoa la consolidación de la infraestructura social yproductiva del Estado.

En segundo lugar, contar con un nivel de gastopúblico congruente con la suma de recursosdisponibles para el Estado, establecidos, además,en la ley de ingresos que acabamos de comentar.

Nuestra aprobación y apoyo, debo decirlo, fuecondicionado a fin de dar especial prioridad ala atención de los grupos menos desarrollados,para elevar su bienestar y su nivel de ingresospor medio de la atención integral de susnecesidades de alimentación, de salud y educación,

creando, además oportunidades de acceso a lainfraestructura social. La disciplina en el ejerciciodel gasto público es clave para que el nivel de laserogaciones no altere jamás el equilibrio financiero.Acción Nacional hace votos, para ejercer el gastocon austeridad, eficacia, honradez, con énfasis enlas prioridades establecidas.

Así pues, el Grupo Parlamentario de Acción Nacio-nal, hemos de aprobar el presente presupuesto deegresos, porque dicho documento posee las con-diciones mínimo indispensables que requiere uninstrumento de esta naturaleza en las condicionesactuales: Local, nacional e internacional.

Uno de los aspectos fundamentales y hay quedecirlo con claridad, que motivaron a la Fracciónpara respaldar la aprobación de este presupuesto,es que lucha, la tenacidad, la insistencia y eldiálogo, para buscar el fortalecimiento de una delas instituciones más bondadosas e importantes detoda administración estatal, se vio cristalizada ynos referimos, específicamente, a la ProcuraduríaGeneral de Justicia del Estado, institución que nospropusimos apoyar, de este, nuestro voto a laProcuradora y así se hizo en el diálogo y en ladiscusión de este presupuesto, se logró reasignar...se lograron reasignar, como lo comentaba elDiputado Navarro, 120 millones de pesos más delo que tenía presupuestado.

Este avance -sin duda- significativo, nos indica quequien teniendo la facultad primigenia de representarlos intereses de la sociedad, va a tener a su alcancemás medios para cumplir con eficacia y eficienciasu función, y por ende, traducirse en un beneficiodirecto a las familias chihuahuenses.

Para Acción Nacional, pues, es importante, acabarde una vez por todas, en el Estado, con ese estigmade el que la hace no la paga, fomentando con ello,el cáncer social denominado: Impunidad.

Sin embargo, no todo es miel sobre hojuelas, y asílo hemos señalado, respecto a la reciente escisiónde la Secretaría de Finanzas y Administración, endonde la pasada Legislatura, mediante decreto y

– 1189 –

Page 88: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

por unanimidad logró este objetivo, sin el másmínimo problema; esto no significa que, desdeel punto de vista presupuestal, sigamos la mismatendencia.

Ello porque antes de la mencionada reforma, laSecretaría de Finanzas y Administración, teníaun presupuesto autorizado de 200 millones ycon plantilla laboral de 1,133 plazas, con lasmismas obligaciones y facultades cada una de lasnuevas secretarías, tiene ambas una asignaciónpresupuestal de más de 305 millones de pesos.Plantilla de personal de 1,297 plazas, es decir: 106millones más y 164 plazas adicionales.

Debiendo destacar que en la comparecencia delos Secretarios de Finanzas y Administración, nopudimos identificar con claridad el incrementoen recursos y en burocracia de estas dosdependencias; sin embargo, estaremos atentosa dar seguimiento a todos y cada uno de losprogramas de estas dos dependencias en el año2005, incluyendo el compromiso de la Secretaríade Finanzas, para el incremento al presupuesto dela Dirección de Minería de Gobierno del Estado.

Otro rubro de vital importancia, es el denominadogasto corriente, que representa aproximadamenteun 25% del presupuesto total, es decir, más de5,418 millones de pesos. A este respecto AcciónNacional, concientes de que la disciplina en elejercicio del gasto público es fundamental paraque el nivel de erogaciones no altere el equilibriofinanciero, solicita que el ejercicio del gasto sea bajolos principios de austeridad, honradez, eficiencia yeficacia, así lo hemos manifestado y estaremospendientes de que se ejerza.

En lo que respecta a los más de 800 millonesde pesos asignados a la recién creada Secretaríade Seguridad Pública, damos constancia de queestaremos, así mismo, sumamente atentos a queno suceda lo que el propio titular de la Secretaríamanifestó en la comparecencia, que departamentoscomo Protección Civil y Prevención y ReadaptaciónSocial, son áreas simuladas. Estaremos pues

atentos a que dentro de un año, a estas alturasno existan incrementos de 700% en áreas, pordecir, que eran simuladas durante el año 2005.

En materia de educación pretendemos que losrecursos asignados que se invertirán en lacapacitación y actualización de docentes y personal,se ejerzan dando importancia a los temas deequidad de género y prevención y tratamiento de laviolencia.

En el área de fomento social, respecto a losrecursos destinados a la operación del MuseoSemilla, específicamente, hemos solicitado sereasigne internamente, mediante transferenciaspresupuestales, para la creación de centros deatención a la violencia, buscando que la Secretaríade Educación y Cultura, tome su dirección y gasto.

Con relación a los recursos destinados a lasasociaciones, se les dé preferencia a quienesatienden a los problemas de adicciones, adultosmayores y atención a la violencia. Así mismo, sebusquen las alternativas necesarias para fortalecerlos programas cuyo objetivo es prevenir y combatirlas adicciones para dar atención integral a estagrave problemática.

En lo concerniente a la Secretaría de Planeacióny Evaluación, nuestro reconocimiento por el trabajode apertura y consenso, con los sesenta y sietemunicipios, en la planeación del ejercicio y de laplaneación misma de la obra pública.

Hoy, en un ejercicio democrático no hubo imposicióny por lo tanto, eso, sin duda, es plausible.

Bajo esta perspectiva, se hace necesaria laparticipación de todos y cada uno de los integrantesde esta Legislatura, a fin de colaborar en la tarea deplaneación y ejecución de la obra pública, buscandocumplir con ello, el compromiso asumido con lavoluntad del pueblo.

De igual manera hacemos extensivo nuestroreconocimiento, a los diversos secretarios quecumplieron su compromiso, con los estándares

– 1190 –

Page 89: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

establecidos y conocidos ya por este HonorableCongreso del Estado, también a quienesprofesionalmente intervinieron en la elaboraciónde ese dictamen, en el inicio y culminacióndel presupuesto de egresos y de manera muyespecial, a los integrantes de la Comisión deProgramación, Presupuesto y Hacienda Pública,por la responsabilidad, la apertura y la sensibilidadmostrada.

Por último, recordar, que tenemos una cuentapendiente por saldar con nuestros municipios yque es fundamental para el federalismo fiscal y merefiero, a la definición de lineamientos y parámetrosclaros y justos, con equidad, para la asignaciónde los porcentajes de participación derivados delos recursos federales y estatales, tarea en dondeAcción Nacional pondrá especial interés a partir delpróximo ejercicio fiscal.

Es todo, señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, señorDiputado.

Si están de acuerdo...

Tiene la palabra el Diputado Jaime García Chávez.

- El C. Dip. García Chávez.- P.R.D.: Gracias.

Empezaré por indicar algo que aparentementepueda parecer como cosa menor, pero no lo es.

Ustedes saben que estaríamos obligados a discutir,en lo general, tanto la propuesta del ingreso comola propuesta del gasto y que no lo hemos hechoasí y hemos recurrido, los Grupos Parlamentariosminoritarios a presentar un posicionamiento anteesta Legislatura con relación a ambos instrumentos,con la idea de dejar constancia de cuál hasido nuestra observación acerca de estos dosimportantes instrumentos.

Por lo que se refiere al Partido de laRevolución Democrática, queremos subrayar queeste presupuesto aún se mueve en un marcono federalista, ya que depende básicamente, su

ingreso, del viejo esquema centralista que tenemosy que hoy se presenta a esta Legislatura, bajo lapropuesta de dos nuevas fuentes tributarias. Dosimpuestos cedulares, de nóminas y... perdón, sobreadquisición de bienes inmuebles y arrendamientos.

Un ingreso muy modesto que, desgraciadamente,es como se anuncian en las Entidades Federativaslos grandes cambios que debieran conducir alrescate por parte de las Entidades Federativas desus ingresos y de sus fuentes tributarias.

Por otra parte, gran parte... buena parte de losindicadores económicos que tenemos en cuenta,pues son los que dicta la visión económicapredominante en el mundo y en el país y quetiene que ver en muy buena medida con la visiónneoliberal de las finanzas públicas.

Dentro de este margen, sin embargo, convienedestacar como positivo el que el nuevo tratode Chihuahua, con el Gobierno Federal sedeja sentir en una nueva gestión benéfica paralos chihuahuenses, en el rubro de aportacionesfederales.

Por otra parte, quiero recalcar lo que ya de algunamanera se ha dicho. Llegamos a esta decisiónen un momento que se presenta cada seis años.Una administración y una legislatura que inician,que ya encuentran, el ingreso y el presupuesto,previamente decidido y que el instalarse, el marcarnuevas rutas, significa pues una dificultad en símismo.

Estamos, en Chihuahua, ante un gobiernohegemónicamente del P.R.I. En Chihuahua,únicamente de ’95 a ’98, tuvimos un gobiernodividido, lo que significa que buena parte de lasdecisiones que hoy estamos tomando, pues sedeciden en muy buena parte, tomando en cuentalas características de este gobierno que tiene elEjecutivo y la mayoría en esta Cámara.

Sin embargo y a pesar de los tiempos estrechos,hemos hecho un ejercicio distinto. Hemosdialogado con el encargado de las finanzas públicas

– 1191 –

Page 90: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

del Estado de Chihuahua y también dialogado conotros Secretarios. Quizá no con todos, en el P.R.D.extrañamos que no se haya convocado a DesarrolloRural, porque hubiera sido la ocasión importantepara plantear algunos enfoques. Sin embargo, eltrabajo fue bueno.

Quiero, particularmente, para los medios, recalcarque estas decisiones que estamos tomando ahora,han sido precedidas de muchas otras reuniones,de muchas horas de trabajo, tanto con el plenode los Diputados, segmentados, en ocasiones.Particularmente en la comisión y bajo indicciones,en ocasiones muy valiosas del propio Presidentedel Congreso, el Diputado Mario Tarango que hizoun llamamiento para que observáramos aspectosque tienen que ver con la justicia distributiva haciamunicipios. En particular, quiero recalcar que tantoel Diputado Canales, como Lilia Aguilar, FernandoReyes, como miembros de la Comisión, jugaron unimportante papel.

Siempre atentos del papel que jugó el Presidentepara buscar acuerdos, para encontrar consensos,para limar asperezas, para encontrar informacionesque no encontrábamos debidamente desmenuza-das.

Creo, me sumo... creo que hemos hecho un buenejercicio y me sumo a la felicitación que ya seha hecho al Presidente Álvaro Navarro, que hacontribuido como un gran facilitador para acuerdosen estos instrumentos.

Por otra parte, quiero coincidir con el DiputadoFernando Reyes, en cuanto al crecimiento de lasplazas. Ustedes saben que teníamos una plantillade 7,724 trabajadores o empleados y que estaplantilla, sube a 8,804, lo que significa que hayun crecimiento de 1,160 nuevos... nuevas plantas.

Buena parte están destinadas al crecimiento en lasáreas de seguridad pública y de procuración dejusticia. Empero, queremos dejar constancia quehay un crecimiento, cuando menos no especificadoen 80 plazas, para la creación de dos salas delSupremo Tribunal de Justicia de Ciudad Juárez,

que se me hace un número muy crecido, lo digocon el conocimiento que tengo, como litigante quehe sido y la operación que veo en el SupremoTribunal de Justicia. Empero, pues mantendremosuna observación sobre este tema.

Hasta aquí una parte de la intervención.

Me voy a referir a otra parte en la que haydesacuerdos que se pueden ir limando en el futuro.

El primero no es imputable a nadie en particulary se refiere a esos tiempos traslapados que seviven en las administraciones públicas. Ustedessaben que tenemos la obligación de aprobar la leyde ingresos, ya se votó y que vamos a votar elpresupuesto general.

Sin embargo, será hasta el año que entra cuandoel Ejecutivo del Estado cumpla con su obligación depresentar el Plan Estatal de Desarrollo, que sirvepara establecer criterios políticos y económicos demediano y largo plazo, que desgraciadamente,hoy no los tuvimos, justamente para ver lassimetrías o asimetrías que se pudieran encontrar,particularmente, en materia de presupuestación.

Esa es una desventaja que en su momentotendremos que resolver. Lo decimos comouna preocupación desde el P.R.D., porque eneste mundo en el que se privilegia tanto almercado, nosotros seguimos siendo partidariosde lo que hoy, en la propia Constitución sereconoce como planeación democrática, que es laúnica que permite tener una visión de estado, depolíticas de estado y no nada más de políticaspúblicas a la norteamericana, que se decidencon mucha discrecionalidad y con muchos criteriosocasionales.

Por otra parte, pues hay una estrechez, por lospropios tiempos, para dar un debate a fondo sobreestos temas. Quizá en el futuro, el año entrante,hagamos un ejercicio de presupuesto participativopara que la sociedad llegue a este Congreso aplantear sus propias visiones acerca de lo que sonestos instrumentos.

– 1192 –

Page 91: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

Me voy a referir a los impuestos cedulares, muybrevemente. Los mismos van a traerle al Estadofrutos muy pequeños, estamos hablando de no másde 36 millones de pesos. Pero acabamos de votarlo que en muchos años no se había votado en estaLegislatura, creación de impuestos que tienen lareputación de ingresos estatales, generados aquíen el Estado. O sea, si ustedes comparan elingreso que acabamos de decidir contra las leyesde otros años, nos vamos a encontrar que se abre,válidamente, una brecha hacia la recuperación defuentes.

Quiero, por otro lado, y refiriéndome a este temade ingresos en lo particular, lo que se refiere a los830 millones de pesos que están en el rubro deproductos. Para decir lo elemental, bueno, 830millones de pesos sí impactan fuerte, sí pintanen el instrumento correspondiente. Se suponeque si hacemos, como Estado de Chihuahua, laoperación de enajenación de esos bienes, el añoentrante ya este ingreso no existirá y habrá que,probablemente decrecer. Pero más allá de esotengo una preocupación.

Ustedes saben que en nuestro Estado y por razonesnavideñas pues hay un innombrable que se encargóde adquirir buena parte de estos bienes, desdeluego, contando con el apoyo de la familia y delos amigos. Nosotros vamos a ser un poco másexigentes, le vamos a dar las gracias a los parientesque quieran intervenir en este tipo de operacionesy pondríamos dos requisitos políticos, posicionadosaquí en el Congreso, desde luego, pues, acatableso no.

El primero tiene que ver con una preocupación quese generó en el diálogo, cuando estos bienes seenajenen, que esta Legislatura fiscalice a fondo laenajenación de esos bienes, porque son bienes quetienen una historia.

Son bienes asociados, de acuerdo a la consejapopular, a la corrupción; y el otro requisitoes este, y quizá a algunos de ustedes lesparezca menor. La ciudad de Chihuahua ha

sido objeto de una destrucción sistemática. Pordecir lo menos, desde los tiempos del GeneralGinner, -uno no escoge los paisanos, camarguense,también-, se empezó a destruir la ciudad, secontinuó en las subsecuentes administracionesy gran parte de nuestro patrimonio construido...patrimonio cultural... cultural construido, pues cayócomo algunas joyas importantes también fuerondestruidas no hace mucho tiempo.

Haría un planteamiento que tiene que ver concondiciones de tipo civil y sería una exhortaciónal Ejecutivo. Algunos de estos bienes que van aser vendidos, están en el centro de la ciudad deChihuahua, que haya un planteamiento real para larecuperación urbana de esta parte de la ciudad.

Ya no se puede recrear, tampoco puede estar acapricho, como lo estuvo durante la administraciónpasada. Tendrían que ser enajenaciones muycuidadas para la ciudad de Chihuahua, para surecuperación, para su identidad, para recuperar -en lo posible- la destrucción del patrimonio... delpatrimonio cultural.

Me referiré ahora a lo que fue planteado, comopreocupación, en las diversas comparecencias.

Cuando comparecieron los Secretarios de Finanzasy Administración y desde la óptica del P.R.D.,expresamos una preocupación que es importantey que trasciende, desde luego, al interés de lospartidos.

En los últimos meses de la administración anteriorvino a este Congreso una reforma que dio, comoconsecuencia, la fragmentación de la Secretaría deFinanzas y la de Administración.

Decíamos... decíamos al Secretario actual deFinanzas y de Administración, que pensábamosque esa iniciativa había sido consensada conel nuevo equipo gobernante que se estabaformando con motivo de la elección de mediadosde este año; pero que veíamos una granpreocupación porque al dividirse la Secretaría deFinanzas y la de Administración, se fracturaron

– 1193 –

Page 92: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

las funciones financieras y las presupuestarias queconstitucionalmente deben corresponder a una soladependencia.

Cuando examinamos el tema del Impuesto Predialy de la Ley de Catastro, señalaba que no podemosvivir en la esquizofrenia, bueno, aquí está un motivode esquizofrenia, aquí hay un problema de faltaconstitucional que tenemos que resolverlo.

El Secretario de Finanzas, ofreció que el veintiochode diciembre haría llegar sus criterios. Esperemosque lleguen y que no tenga ningún mensaje el díapor el cual se nos va a hacer llegar; porque hay unproblema de fondo.

La Secretaría de Administración tiene facultadespara autorizar el ejercicio presupuestal de todaslas dependencias en lo que respecta a recursoshumanos, también tiene las facultades para laadquisición de bienes y la contratación de servicios,esto genera un problema de desresponsabilizaciónlegal de las menor... de las demás dependenciasy estamos acordando el presupuesto, entonces, esel momento de decir que se tiene que observarpor esta Legislatura, la necesidad de regresar a unesquema, que de paso respete la Constitución, lade Chihuahua, pero que además... además nossume, como administración pública, a la eficienciay a las tendencias mundiales y nacionales en estaimportante materia.

Lo decimos ahora porque queremos que quedeconstancia de ello en el Diario de los Debates yporque volveremos a insistir sobre el tema.

Ya el Diputado Fernando Reyes, hizo una referenciapor lo que toca a las reasignaciones, de hechosuscribimos todo lo que él dijo al respecto porquecoincide con nuestra propia visión.

Sin embargo, queremos decir que en materia deprocuración de justicia y de seguridad pública, hoy,que vamos a aprobar el presupuesto, nuestra visiónes fortalecer la procuración de justicia. Creemosque aura... perdón, área neurálgica de estaadministración para recuperar legitimidad, para que

se crea en el estado, para que la sociedad tengaconfianza en las instituciones, la Procuraduría tieneque demostrar, como lo dijo insistentemente unDiputado que participó de esto, que el que la haga lapague, porque eso es lo único que puede solventarla viabilidad de las reformas que hemos aprobadoen esta materia.

Queremos decir que como P.R.D. somos escépticosde lo que ha planteado el Secretario de SeguridadPública, tenemos nuestras dudas porque no se hanestablecido clara y concisamente las metas que enseguridad pública nos estaríamos proponiendo paralo largo del año entrante.

Sin embargo, no queremos amargar estacircunstancia y apostamos a que las cosas resultenbien, porque creo que es el clamor de todos loschihuahuenses. Máxime que estamos al borde dellegar a un acuerdo tan importante, como es votarpor unanimidad un presupuesto público.

Donde hay un desacuerdo sustancial, peroreconocemos que podemos entrar en una etapa detransición es en lo que se refiere al apoyo que sehará llegar a adultos mayores. Ustedes saben queconjuntamente con el tema de seguridad pública,el de adulto mayor fue materia fuerte de campañapolítica y que sobre esos dos ejes, la sociedad, deuna u otra manera, nos va a medir.

El P.R.D. aspiraría, en el futuro a que se crearala pensión universal ciudadana. Sabemos queesto es difícil instrumentar en este momento, peroqueremos dejar constancia de que por ahí vanuestra orientación y así como hemos votado lo querefiere a Impuesto Predial y Catastro, para buscarque todos paguen y que además lo hagan a valoresreales, así queremos sostener ahora que todos loschihuahuenses tengan un ingreso, particularmentelos que estén en la última fase de su vida.

De acuerdo a las cifras del INEGI, en Chihuahuahabría 167,500 adultos mayores a los setenta años.Si vemos esta cifra contra lo que se va a destinaro contra lo que nos planteó el Secretario el díade ayer, sabemos que el apoyo es muy pálido,

– 1194 –

Page 93: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

que aparte está desarrollándose. Que estaríamoshaciendo un ejercicio hacia una dimensión distinta.

Ahí lo que queremos decir, sin tapujos, es quesiendo 2005 un año de grandes decisiones quevan a repercutir en un año electoral, como 2006,que se haga un gran ejercicio por establecer unanormatividad muy precisa para que estos recursoslleguen a donde deben llegar, sin condicionamientosde ninguna índole y sin compromisos clientelaresde partido. Eso es muy importante si no, dentro deun año lo que hoy es acuerdo, será un gran divorcioe igual preocupación tenemos por lo que se refiereal seguro... al seguro popular. Abundaría en estasdos direcciones.

Hacemos votos en el P.R.D., porque tengamos unaagenda sólida a desahogar, independientemente,de los desencuentros políticos que podamos tenera lo largo de dos años electorales que nos esperan.

Quiero hacer un punto... señalar un punto enparticular.

La Diputada Beatriz Huitrón, me ha pedido queexponga aquí las prioridades que los municipiosque están enclavados en el Distrito número uno,tienen actualmente. A la Diputada le preocupabrindarle resultados a los electores que confiaronen ella. Hay una serie de criterios que hemos hechollegar ya directamente a los Secretarios, algunos sehan disipado, otros están pendientes; pero habríauna gran voluntad para resolver este punto.

El año entrante, probablemente, tengamos ley detransparencia. Quizá ese instrumento nos brindaráoportunidades para reorientar mejor nuestrasdecisiones. Nosotros presentaremos iniciativas enmateria de órgano de fiscalización y otras áreasconexas a la rendición de cuentas y hacemos votospor el presupuesto participativo.

Y termino con una preocupación.

Creo que la parte del presupuesto que se ejercecon la intervención de los sectores privados debeabrirse, porque si bien es cierto, iniciativa privada,

algunos la identifican con empresarios y organismoscúpulas del sector empresarial, la realidad es quehay un amplio sector social que desea ser el puentepara el ejercicio presupuestal.

Con estas consideraciones y de nueva cuenta,felicitando a los integrantes de la Comisión,particularmente a su Presidente, el P.R.D. votaráa favor de la propuesta de presupuesto.

Gracias.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, señorDiputado.

Adelante, Diputada Lilia Aguilar.

- La C. Dip. Aguilar Gil.- P.T.: Seré breve, ya quelos tiempos que hemos pasado aquí lo exigen.

Solamente quisiera dar el posicionamiento... noposicionamiento, la opinión y algunos comentariosen lo que se refiere a la aprobación del presupuestoen nombre de la Fracción Parlamentaria del Partidodel Trabajo, así como Secretaria de la Comisión deProgramación y Presupuesto.

Me gustaría iniciar diciendo que como ya seha mencionado mucho en el Congreso, desde -inclusive- desde aquel desayuno que tuvimos con elGobernador, que expresaron algunos compañerosel papel que le toca jugar al Congreso en lo quese refiere a la aprobación del presupuesto, no esmenor. Esta atribución constitucional que se nosconfiere, no sólo a esta Legislatura, sino al PoderLegislativo, en general, en el artículo 64, fracciónVI, no es y no debe ser decorativa, creo que coneste ejercicio fortalece y justifica el equilibrio en elpoder público del estado.

Como todos ustedes saben, compañeros Diputa-dos, desde el día primero de diciembre que nos fuedado para estudio a la Comisión de Programacióny Presupuesto, el presupuesto de egresos y la leyde ingresos del Gobierno del Estado, nos dimos,pues, a la tarea de hacer esta facultad real, dellevarla a cabo, de hacer una revisión a fondo del

– 1195 –

Page 94: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

presupuesto; pero además, y con la voluntad detodas las fracciones parlamentarias, llevar a caboactividades más allá de las comparecencias queestán determinadas en la ley, para que llegáramosa este momento como llegamos, con un consenso,con consideraciones de cada uno de los GruposParlamentarios; pero con un consenso.

El Ejecutivo, cuando nos presenta el presupuestode egresos y la ley de ingresos, nos hace sabera través del Secretario de Finanzas y, bueno,por diversos medios de comunicación que tienecuatro prioridades y en consecuencia da algunasdeterminaciones presupuestales importantes aestas actividades.

Estamos hablando, como ya todos saben, deldesarrollo humano y salud, de educación, quese lleva el 51.17% del presupuesto. Desarrolloeconómico y regional, seguridad pública yprocuración de justicia.

Es por eso que cuando entramos al análisis delpresupuesto y tomando en cuenta estas prioridades,consideramos ser muy responsables en el análisis,muy responsables en el respeto a la gobernabilidad;así como al respeto en el ejercicio de los otros dosPoderes del Estado.

Es por eso que cuando entramos al análisis delpresupuesto y tomando en cuenta estas prioridades,consideramos ser muy responsables en el análisis,muy responsables en el respeto a la gobernabilidad;así como al respeto en el ejercicio de los otros dosPoderes del estado.

Pero siempre tomando en cuenta las demandasde nuestros representados en voz de todos losDiputados y de los que además estuvimos, valga laredundancia, en el análisis del presupuesto.

Si me gustaría dar una explicación general muybreve; pero puntual de algunas consideracionesque tenemos y los acuerdos que consideramosimportantes que se llevaron a cabo en el análisisdel presupuesto, porque sería importante recalcarque el Partido del Trabajo emite un voto razonado,

con conocimiento de causa en lo que se refiere alpresupuesto de egresos y la ley de ingresos 2005.Es por eso que a continuación las enumeraré, comoya dije en el inicio, brevemente.

Lo que ya se ha dicho en esta Tribuna, selogró, en primera instancia, y creo como unade las cuestiones más importantes de la revisióndel presupuesto, las modificaciones presupuestalesy los acuerdos del Ejecutivo para otorgar ala Procuraduría de Justicia de 120 millonesadicionales a lo que se tenía previsto.

Se dieron en dos vertientes. Cuarenta ycuatro millones que se obtienen de algún ajustepresupuestal que se propone por el Ejecutivo, elLegislativo y que se trabajó en conjunto. De lacomisión... -perdón- de la Secretaría de Planeacióny Evaluación. Estos 44 millones estaban destinadosa una bolsa de la cual hace ejercicio el Ejecutivo delEstado para obra y algunas otras consideraciones.

Adicionalmente a esto se da un compromiso delConsejo de Seguridad Pública, que se encargade la distribución de los fondos de seguridadpública que se otorgan al Estado por la Federación,para comprometer 76 millones de este fondo, delFOSEC, de 256 -si no me equivoco- para que vayandestinados específicamente a la Procuraduría.

Por qué entra el Partido del Trabajo a esta... a esteapoyo a la Procuraduría. Bueno, consideramosque con la situación de seguridad que guardanuestro Estado, sobre todo en lo que se refierea la violencia contra las mujeres, fenómeno queha provocado -como bien lo han dicho muchosdiputados, amigos juarenses- ha provocado quenuestra ciudad fronteriza más importante, quees Ciudad Juárez, haya sido estigmatizada ysatanizada en los últimos tiempos, cosa que dueleno solamente a los juarenses, valga decir quetambién a todos los chihuahuenses.

Es por eso que creemos se debe de apoyar laprocuración de justicia y la persecución del delito y,bueno, esto no podría ser posible si no otorgamosun extra de recurso a la Procuraduría. Es por eso

– 1196 –

Page 95: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

que entramos a estas determinaciones; es por estoque entramos a estas gestiones con el Ejecutivo.

Igualmente, en lo que se refiere a -perdón- enlo que se refiere a algunas consideraciones quetenemos sobre servicios personales que ya seha dicho también algo en esta Tribuna, bueno,creemos que el aumento en los servicios personaleshacia la ciudadanía nunca se ve como deseable,se considera que se engrosa la democracia...burocracia -perdón- y esto se percibe, como yalo sigo, en la ciudadanía casi siempre como unsigno de ineficiencia y gasto.

Esto se torna cierto, cuando las actividades quevienen a engrosar estos servicios personales,pueden ser cubiertas o desarrolladas por personasque ya se encuentran en la función pública.

La separación de la Secretaría de Administración dela de Finanzas, que toca este tema de los serviciospersonales, obedecía -nos decía el Secretario deFinanzas en sus propias palabras- a una división delas actividades que se antoja como necesaria dentrode la administración pública, pues el ejercicio delgasto siempre debe estar separado del ente quese encarga de captar los recursos, más o menosfueron esas las determinaciones que tuvimos en lacomparecencia del Secretario de Finanzas.

Bueno, la Fracción Parlamentaria del Partido delTrabajo creemos que probablemente el ejercicioo la productividad y la eficiencia en el ejerciciodel gasto del Poder Ejecutivo, se podría habersubsanado fortaleciendo el área de egresos dela Secretaría de Finanzas; pero en un afánde consenso del presupuesto, esperamos quela decisión de mantener una estructura que sededique a la administración y a las eficienciadel gasto, sea la más adecuada. E igualmente,esperamos que el presupuesto fresco que se leaprueba ahora a la Secretaría de Administración,sea bien aprovechada y le rinda frutos al Estado.

Quisiera hacer también algunas apreciacionessobre los impuestos cedulares, dictamen queademás me tocó leer en esta Tribuna, en un

ejercicio de cumplir con mis obligaciones dentrode la Comisión de Programación y Presupuesto.

El comentario que me gustaría hacer, en general,es que en el Partido del Trabajo consideramos queel federalismo hacendario debe hacerse efectivono sólo para los Estados sino también para losmunicipios, como ya lo hemos dicho. Si asísucediera, este... esta lucha por el federalismoque se ha venido haciendo en México, bueno, sifuera efectiva tendríamos un manejo más holgadode los recursos y la captación de los mismos porlos Estados y, probablemente un sentido de mayorindependencia de Chihuahua y, probablemente, nosería necesaria la creación de nuevos impuestos,de nuevos gravámenes a la ciudadanía.

Pero la evolución y el camino por recorrer parareplantear este federalismo hacendario efectivo eslargo, y el estado se ve en la necesidad de tomar encuenta la implementación de nuevos gravámenescomo este Impuesto Cedular a la enajenación yarrendamiento de bienes inmuebles, que fueronplanteados en la pasada Convención NacionalHacendaria.

Lo que el Partido del Trabajo espera al respecto,es que no afecte a los que menos tienen, talcomo lo plantea en su comparecencia... lo planteóen su comparecencia también el Secretario deFinanzas, y que los 36 millones que se obtendránpor este rubro, sean aprovechados en beneficio dela ciudadanía. Así mismo, como un comentariogeneral, quisiéramos decir que nos pronunciamospor la implementación de un federalismo real y suaplicación pronta en el tema de lo hacendario.

Como cuarto punto, me gustaría decir... haceralgunos comentarios sobre algunas inquietudesque se presentaron en las comparecencias, en loque se refiere a las aportaciones y participacionesfederales.

Nosotros creemos que el ejercicio congruente dela planeación, en un proyecto de gobierno, es pordemás importante porque le da guía y razón acualquier proyecto que pueda ser planteado dentro

– 1197 –

Page 96: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

del mismo.

En esta ocasión, en la revisión de las cuestionespresupuestales, las aportaciones y participacionespresupuestales, se le cuestionó al Secretario dePlaneación y Evaluación, la clarificación de laforma en que se distribuirían las aportacionesfederales, así es que el Secretario nos hizosaber y nos complació, además, saber y podergarantizarle a los chihuahuenses que la distribuciónde aportaciones se da con base a indicadoresy poblacionales específicos, no importando elcolor de los ayuntamientos, con base a fórmulasestandarizadas y no de forma discrecional como setemía.

Aunque aún es cuestionable, como ya se dijotambién en esta Tribuna, el hecho de que estasvariables puedan no ser las más adecuadas, nila fórmula de distribución de las participacionessea tampoco la más adecuada, al menos este añogarantizan... garantizan la certeza de la distribuciónen este ejercicio y aunque deben de ser estudiadasy reformadas, bueno, creo que este será un temade discusión posterior, que debe de ser un tema dediscusión posterior en esta Legislatura.

Así mismo, en lo que se refería y el cuestionamientoque había en la aplicación de los gastos de obrapara los municipios, también me gustaría hacermención que se nos dio a conocer la formaen que distribuirían estos recursos de obra quetiene que ver con las demandas propias de lospresidentes municipales, las prioridades de obra delos presidentes municipales.

Y, bueno esperemos que el ejercicio de estosdineros sea de esa manera porque, bueno, senos mencionaba que será también con base aproductividad en la elaboración de los proyectosde y estaremos muy pendientes en el Congresoque así sea.

Me gustaría también hacer un comentario en lo quese refiere a los recursos destinados a apoyos a losadultos mayores, que ya mencionaba don JaimeGarcía Chávez en esta Tribuna.

Bueno, ayer en la comparencia del Secretariode Fomento Social, hubo muchas inquietudes demuchos compañeros Diputados, en lo que se refierea la equidad para la aplicación de estos recursos.

Hubo por ahí, al final, un acuerdo que no estáplasmado en papel, porque muchos compañeros,amigos de los medios de comunicación, meplanteaban que si habíamos plasmado en papeleste acuerdo, bueno, yo les decía que no, que tieneque ver con las buenas voluntades del Ejecutivoy el Poder Legislativo, de que los recursos queestén destinados a los adultos mayores se apliquentodos con base a la necesidad y a las situacionesde pobreza que presenta este segmento de lapoblación y se irán escurriendo no sola... noserá solamente para adultos mayores de 70 años,sino que irán escurriendo estos recursos para unsegmento de población que vaya de los 65 a los 70años.

Esto ya con base en la preocupación de algunosLegisladores y un acuerdo que aceptó el Secretariode Finanzas en base a estas preocupaciones.

Así, pues, no sólo los 14,000 adultos mayores quese planteaban inicialmente van a ser beneficiados...mayores de 70 años van a ser beneficiados con esteprograma, sino que se espera que haya un númeromayor de beneficiados en la aplicación congruentede este recurso y, bueno, estamos de acuerdocon el planteamiento que se hizo en Tribuna, haceunos momentos, de que debemos de trabajar en elCongreso del Estado, para dejar una normatividadclara que garantice y norme estas acciones.

Nos gustaría concluir diciendo que nos complacetambién aprobar este presupuestos presupuestoaprobar algunos otros programas que estuvimos...que conocimos en las comparecencias y queconsideramos de gran importancia en el desarrollosocial del Estado, como sería:

El sistema de financiamiento para la educación,que es un programa de institucionalización de losrecursos para las becas.

– 1198 –

Page 97: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

La ampliación del presupuesto para becas,igualmente, para la gente que no tiene los recursosnecesarios y que tiene la inquietud de estudiar.

Nos complace también saber, en el estudio de estepresupuesto, que hay recursos muy específicospara el fortalecimiento de políticas públicas en loque se refiere a la equidad educativa y algo quecomplace mucho a mi compañera, Victoria Chavira,en equidad de género.

En lo que se refiere también a sistemas educativosde posgrado que ya le hacen falta al Estadode Chihuahua y la creación de infraestructuraeducativa suficiente para dar salida a lasnecesidades de infraestructura del próximo año.

Y, bueno, algunas otras cosas como el programade apoyo y lucha contra las adicciones, entre otras,no.

Nos complace ahora pues, decir, en el Partido delTrabajo, que hemos analizado el presupuesto a fon-do, y que hemos logrado un presupuesto mejoradoy consensado, pero igualmente nos pronunciamospor las consideraciones ya mencionadas en dondetodavía tenemos algunas dudas en su aplicación.

De esta manera, creo muy importante que ya hemoscumplido con la atribución constitucional conferidaa este Poder Legislativo y hemos hecho ejerciciocongruente de ésta, con un sentido republicanoy responsable del equilibrio del poder del estado.Hemos cumplido pues con el encargo que nosdio el pueblo de Chihuahua y el Partido delTrabajo también votará positivo este presupuestode egresos que está a consideración del Pleno.

Muchas gracias.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Le agradecemos,Diputada.

Si es de aprobarse en lo general y en lo particular eldictamen anteriormente leído, sírvanse manifestarlolevantando la mano.

- Los CC. Diputados.- [Manifiestan su aprobación en

forma unánime].

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se aprueba.

[Texto de la Minuta de Decreto].

DECRETO [116/04 I P.O.]

PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL GOBIERNO

DEL ESTADO DE CHIHUAHUA PARA EL

EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2005.

TITULO PRIMERO

DE LAS ASIGNACIONES DEL PRESUPUESTO DE

EGRESOS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA.

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES.

ARTÍCULO PRIMERO. El ejercicio y control de las erogaciones

del Presupuesto de Egresos del Estado de Chihuahua para el

año 2005, se sujetará a las disposiciones de este Decreto y

demás leyes aplicables en la materia.

ARTÍCULO SEGUNDO. La Secretaría encargada de las

finanzas estatales, de conformidad a lo dispuesto en los

artículos 64, fracción VI; 93, Fracción IX; 167 y 172 de

la Constitución Política del Estado de Chihuahua y en

las leyes relativas, es responsable de la organización y

funcionamiento del sistema financiero del Estado, incluyendo

el manejo y el control presupuestal, para lo cual actualizará

las normas operativas generales y adoptará las medidas

conducentes al debido cumplimiento de este decreto, con el

fin de homogenizar, racionalizar, controlar y realizar en forma

regulada las erogaciones presupuestales de las dependencias

y del sector paraestatal, así como para la debida rendición de

la cuenta pública.

ARTÍCULO TERCERO. La desconcentración de procedimien-

tos del ejercicio presupuestal, de conformidad al artículo 46

de la Ley de Presupuesto de Egresos, Contabilidad y Gasto

Público, será de acuerdo a las exigencias de la disciplina

hacendaria, para una gestión eficaz y ordenada delegación

y exigencia de responsabilidades en la materia, conforme al

presupuesto y a los lineamientos que fije la Secretaría de

Finanzas.

ARTÍCULO CUARTO. Corresponde a las secretarías de

Administración, de Planeación y Evaluación y de Finanzas, en

– 1199 –

Page 98: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

el ámbito de sus respectivas competencias, normar, aplicar

y vigilar el cumplimiento de las políticas de racionalidad y

austeridad en materia de gasto público.

CAPITULO II

DE LAS EROGACIONES.

ARTÍCULO QUINTO. El Presupuesto de Egresos del Gobierno

del Estado de Chihuahua para el ejercicio fiscal del año 2005,

asciende a la cantidad de $22,463,000,000. El importe

mencionado comprende $21,274,085,000 de presupuesto

directo y $1’188,915,000 que corresponden a fideicomisos

y fondos.

ARTÍCULO SEXTO. Para el ejercicio y control de las

erogaciones, la estructura presupuestal se clasifica en doce

programas sectoriales que a continuación se mencionan:

PROGRAMA SECTORIAL IMPORTE

01 FUNCIÓN LEGISLATIVA $196,517,000

02 IMPARTICIÓN DE JUSTICIA 511,172,000

03 SEGURIDAD PÚBLICA Y PROCURACIÓN DE JUSTICIA 1,315,236,000

04 POLÍTICA Y GOBIERNO 192,869,000

05 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 245,939,000

06 ADMINISTRACIÓN FISCAL 164,337,000

07 EDUCACIÓN Y CULTURA 10,885,732,000

08 DESARROLLO ECONÓMICO Y REGIONAL 5,737,489,000

09 DESARROLLO URBANO Y ECOLOGÍA 45,118,000

10 DESARROLLO SOCIAL Y SALUD 1,808,666,000

11 DEUDA PÚBLICA 171,010,000

PRESUPUESTO DIRECTO $21,274,085,000

12 FIDEICOMISOS Y FONDOS 1,188,915,000

PRESUPUESTO TOTAL $22,463,000,000

Las acciones que se pretenden llevar a cabo en cada uno de

los Programas, a continuación se detallan:

01 FUNCIÓN LEGISLATIVA $196,517,000

Descripción:

Realizar el conjunto de acciones orientadas a la revisión,

elaboración, autorización, emisión y difusión de leyes, decretos,

reglamentos y acuerdos, de conformidad con las disposiciones

de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,

Constitución Política del Estado y demás leyes y reglamentos

aplicables, así como fiscalizar el gasto público del Estado y

sus municipios.

Unidades que lo integran:

- Congreso del Estado

- Oficialía Mayor del Congreso

- Contaduría General del Congreso

02 IMPARTICIÓN DE JUSTICIA $511,172,000

Descripción :

Promover acciones a favor de la sociedad, impartiendo justicia

con autonomía, prontitud y pulcritud.

Aplicar la norma jurídica en las fases de investigación y

acopio de pruebas e indicios, hasta la imposición, ejecución y

cumplimiento de resoluciones de carácter penal, civil, familiar

y administrativo.

Apoyar las actividades de instrucción de las diferentes fases

de los procesos, desde las diligencias primarias de registro

instauradas ante los tribunales civiles y penales.

Impulsar y realizar programas y actividades para mejorar la

calidad de los servicios de impartición de justicia.

Unidades que lo integran:

- Supremo Tribunal de Justicia

03 SEGURIDAD PÚBLICA Y PROCURACIÓN

DE JUSTICIA $1,315,236,000

Descripción:

Proporcionar a la población la seguridad pública como tarea

esencial del estado para que las familias chihuahuenses

realicen sus quehaceres en un entorno de confianza y

seguridad que les permita ejercer a plenitud la facultad de

trabajar, transitar, convivir y ejercer plenamente sus libertades.

Promover la más amplia coordinación de actividades con el

gobierno federal y con los gobiernos municipales para combatir

la delincuencia y la impunidad.

Instituir una eficaz coordinación con el Gobierno Federal y con

los municipios acorde con los objetivos del Sistema Nacional

de Seguridad Pública.

Desarrollar acciones que combatan las causas de la

criminalidad.

Fortalecer las instancias oficiales encargadas de la seguridad

ciudadana.

– 1200 –

Page 99: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

Participar con los organismos sociales y privados en acciones

orientadas a la prevención de la delincuencia, las conductas

antisociales y las adicciones.

Diseñar y aplicar estrategias integrales de seguridad en todo

el estado para la prevención de la delincuencia, las conductas

antisociales y las adicciones.

Implementar acciones en materia de procuración de justicia,

orientadas a la persecución oficiosa o a petición de parte

ofendida, de las conductas que trasgreden las disposiciones

legales.

Representar los intereses sociales en juicios y procedimientos

que se realizan a través de la Procuraduría General de

Justicia y sus Agencias del Ministerio Público investigadoras,

adscritas y especiales, corporaciones policíacas y ministeriales

o judiciales.

Promover actividades coordinadas entre los diferentes órdenes

de gobierno, así como con el Centro Nacional de Seguridad de

la UNAM, para intercambio de información, apoyos logísticos

y disposiciones normativas orientadas a la persecución de los

delitos en los distintos ámbitos territoriales.

Proporcionar a los menores infractores los tratamientos

adecuados para evitar su reincidencia y coadyuvar en la

prevención de los delitos.

Vigilar por la prevalencia del orden jurídico en las instituciones

del Estado, otorgando seguridad jurídica en sus acciones.

Regular y organizar las vías y servicios locales de transporte.

Proteger a la persona y a la sociedad ante la eventualidad

de un desastre provocado por agentes naturales o por las

personas.

Procurar la conciliación de intereses entre los particulares, así

como la inmediata solución de los conflictos planteados.

Supervisar el respeto de los derechos humanos en el sistema

penitenciario y de readaptación social del Estado.

Desarrollar acciones preventivas en materia de derechos

humanos.

Unidades que lo integran:

- Secretaría de Seguridad Pública

- Procuraduría General de Justicia

- Comisión Estatal de Derechos Humanos

04 POLÍTICA Y GOBIERNO $192,869,000

Descripción:

Dar cumplimiento a la Ley en los procesos electorales,

vinculando la actividad pública con la política entre los distintos

órganos electorales y los partidos políticos.

Preservar el régimen de partidos políticos, vigilar el

cumplimiento de sus obligaciones y asegurar a los ciudadanos

el ejercicio de sus derechos político-electorales.

Velar por la autenticidad y efectividad del sufragio, así como

ofrecer seguridad jurídica y certeza electoral promoviendo el

desarrollo de la vida democrática en el Estado.

Apoyar la participación ciudadana mediante la comunicación y

la concertación sistemática entre la ciudadanía, el gobierno y

las organizaciones sociales.

Otorgar certidumbre a las relaciones laborales de los

trabajadores y resolver los conflictos que se susciten con

motivo de las mismas.

Fortalecer las acciones para garantizar la publicidad de la

propiedad inmueble, actos y derechos.

Otorgar certeza jurídica a los actos relacionados con el estado

civil de las personas.

Regular y vigilar el transporte público estatal.

Unidades que lo integran:

- Secretaría General de Gobierno

- Instituto Estatal Electoral

- Tribunal Estatal Electoral

- Partidos Políticos

05 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA $245,939,000

Descripción:

Sustentar el ejercicio de las responsabilidades que le confieren

al Gobernador del Estado la Constitución y las Leyes.

Promover una administración pública, eficaz y eficiente que

tenga como propósito, el logro de los objetivos establecidos en

– 1201 –

Page 100: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

el Plan Estatal de Desarrollo, mediante la optimización de los

recursos públicos y la modernización administrativa.

Redefinir y mejorar la estructura funcional de la Administración

Pública Estatal y la asignación de responsabilidades a cada

sector, propiciando el desarrollo de modelos administrativos

que permitan un ejercicio más eficiente y productivo.

Dotar de recursos humanos, materiales y financieros a

las dependencias para que ejerzan eficientemente su

función, implementando para ello programas, sistemas y

procedimientos.

Implementar una mejor orientación, selección, reclutamiento y

capacitación para el desarrollo de los servidores públicos.

Concertar con la Federación y el Gobierno del Estado diversas

acciones para la consecución de apoyos financieros para

dotar a la ciudadanía con obras y servicios públicos; definir y

operar sistemas de programación, presupuestación y control,

orientados al logro de los objetivos y metas establecidos en el

Plan Estatal de Desarrollo.

Promover la participación ciudadana en la operación

gubernamental, a través de su opinión y propuestas para

el mejoramiento de la acción pública, así como fortalecer los

canales de comunicación entre sociedad y gobierno.

Realizar auditorías integrales a las dependencias y entidades

de la administración pública estatal.

Instrumentar y vigilar el adecuado funcionamiento de los

mecanismos de control de los programas de la administración

pública estatal.

Impulsar la profesionalización de los Servidores Públicos.

Elaborar e impulsar políticas públicas en materia de ingresos,

gasto, deuda y patrimonio.

Realizar estudios, investigaciones e iniciativas de Ley y

de Reformas administrativas orientadas al fortalecimiento y

equilibrio de las finanzas públicas.

Unidades que lo Integran:

- Despacho del Ejecutivo

- Secretaría de Finanzas

- Secretaría de Administración

- Secretaría de la Contraloría

- Coordinación de Comunicación Social

- Coordinación de Relaciones Públicas

- Representación del Gobierno del Estado en la ciudad de

México

06 ADMINISTRACIÓN FISCAL $164,337,000

Descripción:

Recaudar los ingresos de carácter fiscal y los que por

cualquier otro concepto deba percibir el Estado, así como las

contribuciones cuya administración le haya sido encomendada

mediante convenios de coordinación celebrados con el

Gobierno Federal y los municipios.

Generar la autosuficiencia financiera a través de la recaudación

fiscal por medio de la modernización de procesos, la

racionalidad administrativa y la corresponsabilidad de los

contribuyentes.

Proponer e impulsar los cambios que requiera el Sistema

Nacional de Coordinación Fiscal para avanzar hacia

un auténtico federalismo, particularmente en materia de

asignación de nuevas potestades tributarias a los Estados

y Municipios.

Impulsar una efectiva coordinación hacendaria con los

municipios de la Entidad.

Unidades que lo integran:

- Secretaría de Finanzas

07 EDUCACIÓN Y CULTURA $10,885,732,000

Descripción:

Invertir en la educación como garantía eficaz contra la injusticia

y la desigualdad.

Asumir la responsabilidad de preparar mejor a niños y jóvenes

para los retos de un mundo globalizado.

Elevar la calidad de la educación con acciones que amplíen la

cobertura, optimicen los recursos y fortalezcan e impulsen

todos los niveles y modalidades educativas, procurando

incorporar nuevas tecnologías, respetando la diversidad

cultural, lingüística y étnica de nuestro Estado.

Apoyar y fortalecer con más recursos a las escuelas y

– 1202 –

Page 101: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

consolidar los programas de actualización para profesores,

rediseñando y ampliando las acciones orientadas a garantizar

que ningún alumno abandone sus estudios por falta de apoyos

económicos.

Impulsar actividades de difusión y fomento a la cultura e

historia de la Entidad.

Organizar y dirigir las actividades de los centros de cultura del

Estado en lo referente a teatros, bibliotecas y museos, entre

otros.

Instrumentar programas para adultos que posibiliten el

desarrollo de sus habilidades intelectuales y de reflexión,

procurando abatir el analfabetismo.

Fortalecer y ampliar las acciones relacionadas con la

infraestructura educativa e impulsar educación tecnológica

del nivel medio y superior.

Unidades que lo integran:

- Secretaría de Educación y Cultura

- Servicios de Educación Estatal

- Servicios Educativos del Estado de Chihuahua

- Instituto Chihuahuense de la Cultura

- Universidad Autónoma de Chihuahua

- Universidad Autónoma de Ciudad Juárez

- Universidad Tecnológica de Chihuahua

- Universidad Tecnológica de Ciudad Juárez

- Colegio de Bachilleres de Chihuahua

- Instituto Tecnológico Superior de Nuevo Casas Grandes

- Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de

Chihuahua

- Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de

Chihuahua

- Instituto Chihuahuense de Educación para Adultos

- Instituto de Planeación y Construcción de Escuelas del

Estado de Chihuahua

- Cursos Comunitarios CONAFE

08 DESARROLLO ECONÓMICO Y REGIONAL $5,737,489,000

Descripción:

Impulsar políticas y programas orientados a elevar el bienestar

de las familias chihuahuenses y propiciar un crecimiento

económico sostenido.

Impulsar las cadenas productivas como estrategia para darle

valor agregado a nuestros productos.

Generar empleos a través de la instrumentación de políticas

de atracción de la inversión extranjera, que permitan la

ampliación e instalación de plantas industriales, buscando

sacar ventajas de nuestra ubicación geográfica y de la

infraestructura existente.

Fortalecer la capacitación técnica de los trabajadores

chihuahuenses como insumo de prestigio para la industria

nacional y de expectativas en la inversión extranjera.

Impulsar al desarrollo regional a través de la gestión de

los fondos de financiamiento para proyectos productivos,

propiciando la participación de inversionistas locales,

nacionales y extranjeros.

Instrumentar nuevos modelos de promoción para atraer al

Estado de Chihuahua a inversionistas extranjeros en los

proyectos de zonas francas.

Explotar proyectos turísticos en el estado, haciendo de esta

actividad un elemento detonador del desarrollo económico.

Desarrollar programas y obras de infraestructura en los

municipios con vocación turística para ofrecer mayores

atractivos al turismo ecológico, de aventura y negocios.

Promover y difundir entre los pueblos indígenas programas

productivos en materia de turismo, producción artesanal y de

microindustrias.

Incrementar los apoyos a la micro, pequeña y mediana empresa

aprovechando los recursos disponibles de los gobiernos estatal

y federal.

Construir la infraestructura carretera y los caminos de acceso

necesarios, que permitan a los municipios y a las comunidades

rurales una mejor comunicación y la dotación de servicios

que les facilite la instalación de empresas, el intercambio y

comercialización de sus productos.

Modernizar los sistemas de riego para un mejor

aprovechamiento del agua.

Promover e impulsar la actividad agrícola, ganadera y forestal

para dinamizar la economía en el sector rural.

– 1203 –

Page 102: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

Introducir nuevas técnicas para la conversión de los cultivos

que eleven la producción agrícola.

Promover la integración de cadenas productivas y la

industrialización de productos regionales tanto agrícolas como

ganaderos.

Inducir un desarrollo compartido para crear más y mejores

oportunidades que abatan el desempleo, mejoren el ingreso y

eleven la calidad de vida de las familias.

Reforzar la participación del Estado en el Acuerdo para el

Progreso Regional Asociado, integrado por los Estados de

Coahuila, Nuevo León, Tamaulipas y Texas, para atender los

temas del agua, la migración, las inversiones y la cooperación

mutua.

Desarrollar e implementar programas de capacitación, que

mejoren las habilidades de los trabajadores y hagan más

efectiva y con mayor calidad la producción.

Procurar el saneamiento financiero del Estado y susMunicipios.

Unidades que lo integran:

- Secretaría de Desarrollo Industrial

- Secretaría de Desarrollo Comercial y Turístico

- Secretaría de Planeación y Evaluación

- Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas

- Secretaría de Desarrollo Rural

- Secretaría de Desarrollo Municipal

- Carreteras Federales y Estatales de Cuota

- Instituto de Apoyo al Desarrollo Tecnológico

- Instituto de Capacitación para el Trabajo del Estado de

Chihuahua

- Casa de las Artesanías del Estado de Chihuahua

09 DESARROLLO URBANO Y ECOLOGÍA $45,118,000

Descripción:

Apoyar los esfuerzos municipales en la dotación de servicios

públicos, el mejoramiento de la circulación vehicular y la

preservación del medio ambiente.

En coordinación con el gobierno federal y con los municipios,

establecer programas de protección al ambiente y de

preservación y restauración del equilibrio ecológico.

Promover la construcción de vialidades y pasos a desnivel

que permitan dar fluidez al tráfico vehicular para prevenir la

contaminación ambiental.

Impulsar los programas de saneamiento de aguas residuales

para potenciar su uso en la industria, en parques, jardines y

en riego.

Fomentar la preservación del medio ambiente para asegurar

la calidad de vida de los habitantes.

Regular el crecimiento de los asentamientos humanos, tanto

en las grandes ciudades como en cada municipio del Estado,

coordinando esfuerzos con el gobierno federal y los municipios

de la Entidad.

Fortalecer y adecuar el marco legal para normar el crecimiento

de las ciudades y poblaciones, así como dar seguridad jurídica

a los poseedores de terrenos y dotar de lotes habitacionales a

la población de escasos recursos económicos a través de la

constitución de reservas territoriales.

Formular y actualizar los planes municipales de desarrollo

urbano, con la participación activa de todos los sectores de la

sociedad.

Desarrollar y ejecutar la política ecológica que prevenga,

controle y disminuya la contaminación ambiental en sus

distintas manifestaciones, tanto en las zonas urbanas como en

las diversas regiones ecológicas del Estado.

Unidades que lo integran:

- Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología

- Parques Cumbres de Majalca

10 DESARROLLO SOCIAL Y SALUD $1,808,666,000

Descripción:

Asegurar la participación amplia y responsable de la sociedad

en los programas que tengan como propósito el bienestar de

todos los grupos sociales, de mujeres y jóvenes, de niños y

adultos mayores.

Impulsar políticas públicas encaminadas a satisfacer los

servicios de salud de todos los chihuahuenses para hacer

sustentable el desarrollo integral de la persona.

Asegurar la salud y buena alimentación de la niñez para que

combinando actividades recreativas y del deporte, dispongan

– 1204 –

Page 103: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

de mejores condiciones para el desarrollo pleno de sus

capacidades.

Implementar los servicios de salud a la población desprotegida,

promoviendo acciones preventivas de salud, particularmente

al sector rural, mediante estrategias coordinadas con el

gobierno federal que promuevan la equidad, calidad, eficiencia

y humanizando el trato hacia los pacientes.

Definir y evaluar opciones para el financiamiento y la prestación

de los servicios de salud, mediante estrategias que promuevan

la equidad, la calidad y la eficiencia.

Promover la integración social de las personas con

capacidades diferentes y su incorporación al desarrollo,

garantizando el pleno respeto de sus derechos políticos y

sociales, la igualdad de oportunidades y la equidad en el

acceso a los servicios de salud, educación, capacitación,

empleo, cultura, recreación y deporte.

Atender a la población de bajos recursos así como a adultos

mayores e instituciones que brindan hogar y apoyo, provocando

la solidaridad y cooperación social.

Apoyar y promover la participación plena de la mujer en

los diferentes campos del desarrollo estatal, de la actividad

profesional, de la capacitación para el trabajo y de su actuación

en las organizaciones políticas y sociales.

Atender prioritariamente la problemática de las etnias indígenas

a través de acciones enfocadas a superar los rezagos

existentes respetando su cultura y tradiciones.

Intensificar accionesque permitan a los chihuahuensesacceder

a una vivienda digna.

Construir acueductos para garantizar el suministro de agua

potable a las ciudades de Juárez y Chihuahua.

Dotar de los servicios de infraestructura hidráulica a todas las

comunidades, procurando que los servicios de agua potable

satisfagan las demandas de la población.

Coordinar las acciones en materia de estadística demográfica,

de planificación familiar y de atención a migrantes.

Unidades que lo integran:

- Secretaría de Fomento Social

- Servicios de Salud de Chihuahua

- Instituto Chihuahuense de Salud

- Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia

- Instituto Chihuahuense de la Mujer

- Consejo Estatal de Población

- Coordinación Estatal de la Tarahumara

11 DEUDA PÚBLICA $171,010,000

Descripción:

Explorar alternativas y concertar acciones que permitan mejorar

los esquemas financieros de la Deuda Pública, así como vigilar

que su amortización y servicio se liquide con oportunidad y de

conformidad con las obligaciones legales contraídas.

Promover el desarrollo de proyectos de inversión

autofinanciables.

Posibilitar que los municipios tengan acceso a los mercados

financieros para desarrollar sus programas y proyectos.

12 FIDEICOMISOS Y FONDOS $1,188,915,000

Descripción:

Satisfacer las necesidades más apremiantes de la población

en forma conjunta con distintos sectores solidarios a través de

estas figuras jurídicas que permiten salvaguardar, optimizar y

administrar con transparencia los recursos para la ejecución

de obras de beneficio social y productivo.

Estos recursos se ejercerán conforme a los programas

estatales y de dependencia respectivos.

ARTÍCULO SÉPTIMO. Respecto de los recursos del Fondo

para el Desarrollo de Infraestructura, el Ejecutivo deberá

asignar las erogaciones a los programas sectoriales que

corresponda el ejercicio del gasto, en los términos del destino

determinado por el H. Congreso del Estado en los Decretos

446/02 I P.O. y 1123/04 XIV P.E., publicados respectivamente

el 9 de noviembre de 2002 y el 7 de agosto de 2004 en el

Periódico Oficial del Estado.

Por lo que respecta al Programa de Apoyos para el

Fortalecimiento de las Entidades Federativas, el Ejecutivo

Estatal, deberá efectuar las transferencias del Programa

Sectorial 08 Desarrollo Económico y Regional a los programas

sectoriales que corresponda el ejercicio del gasto.

– 1205 –

Page 104: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

CAPITULO III

DE LAS EROGACIONES A MUNICIPIOS.

ARTÍCULO OCTAVO. Las participaciones que en ingresos

federales y estatales correspondan a los municipios en los

términos de la Ley de Coordinación Fiscal, Código Fiscal

del Estado y Ley de Presupuesto de Egresos, Contabilidad y

Gasto Público se integrarán de la siguiente manera:

I.- 20% sobre la participación federal del Estado por concepto

del Fondo General de Participaciones.

II.- 20% sobre los ingresos que obtenga el Estado por concepto

del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos.

III.- 20% sobre los ingresos que obtenga el Estado por

concepto de impuestos no destinados a un fin específico.

IV.- 20% sobre la participación federal del Estado en el

Impuesto Especial sobre Producción y Servicios en materia de

cerveza, alcoholes y tabacos labrados.

V.- 100% del Fondo de Fomento Municipal.

VI.- 20% sobre los ingresos que obtenga el Estado por

concepto del Impuesto sobre Automóviles Nuevos.

La participación total a que se refiere este artículo, se

distribuirá entre los municipios en función de los porcentajes

de participación que determine el Congreso del Estado en

los términos de los artículos 315 y 316 del Código Fiscal del

Estado.

ARTÍCULO NOVENO. Del Programa Sectorial 03 relativo

a Seguridad Pública y Procuración de Justicia, el Estado

concederá a los municipios que se mencionan en la tabla

de distribución siguiente, los subsidios que se cuantifican

en la misma, a efecto de que los destinen única y

exclusivamente para fines de Seguridad Pública en el

Municipio correspondiente, sin que puedan afectarse para

gasto corriente.

Estos subsidios podrán emplearse para empatar los recursos

que la Federación destine al Programa Nacional de Seguridad

Pública en el Municipio que corresponda.

SEGURIDAD PÚBLICA MUNICIPAL

TABLA DE DISTRIBUCIÓN

ÍNDICE ÍNDICE ÍNDICE

POBLACIÓN MARGINACIÓN DELICTIVO

MUNICIPIO 25% 50% 25% TOTAL

AHUMADA $34,415 $35,869 $35,666 $105,950

ALDAMA 56,038 34,979 150,265 241,282

ALLENDE 24,757 45,710 18,554 89,021

AQUILES SERDÁN 15,405 47,283 3,119 65,807

ASCENSIÓN 63,443 35,921 58,479 157,843

BACHÍNIVA 18,516 46,458 19,391 84,366

BALLEZA 48,496 83,474 26,767 158,737

BATOPILAS 36,278 102,370 17,947 156,595

BOCOYNA 80,702 64,179 67,299 212,179

BUENAVENTURA 57,998 43,633 84,106 185,738

CARICHÍ 22,440 83,216 17,947 123,604

CASAS GRANDES 28,930 50,650 0 79,579

CORONADO 6,376 56,261 1,444 64,082

COYAME 4,939 50,017 3,954 58,910

LA CRUZ 10,922 45,722 10,570 67,215

CUSIHUIRIACHI 16,726 54,068 12,853 83,647

DR. B. DOMÍNGUEZ 11,142 47,063 11,940 70,146

GALEANA 11,209 42,433 15,362 69,003

SANTA ISABEL 13,762 49,979 16,503 80,244

GÓMEZ FARÍAS 25,642 42,433 50,190 118,265

GRAN MORELOS 11,206 52,171 7,377 70,754

GUADALUPE 29,011 44,808 37,033 110,851

GUAZAPARES 23,325 89,820 35,057 148,202

HUEJOTITÁN 3,381 66,259 1,444 71,084

IGNACIO ZARAGOZA 22,649 47,037 32,472 102,158

JANOS 29,537 53,629 18,783 101,949

JULIMES 14,936 45,891 11,940 72,767

LÓPEZ 11,799 45,774 3,954 61,527

MADERA 98,484 40,626 116,882 255,992

MAGUARICHI 5,191 93,638 0 98,829

MANUEL BENAVIDES 5,049 55,678 7,680 68,408

MATACHÍ 9,315 49,307 15,970 74,592

MATAMOROS 12,808 53,538 15,362 81,707

MEOQUI 115,725 32,231 147,450 295,406

MORELOS 27,420 96,616 16,503 140,539

MORIS 15,092 84,107 15,133 114,332

NAMIQUIPA 68,371 45,167 60,989 174,527

NONOAVA 8,519 90,208 7,149 105,876

P.G. GUERRERO 25,752 43,491 18,783 88,025

RIVA PALACIO 28,976 46,135 5,398 80,509

– 1206 –

Page 105: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

ROSALES 43,288 46,742 32,243 122,272

ROSARIO 7,446 67,186 836 75,468

SAN FCO. DE BORJA 6,741 59,420 11,103 77,263

SAN FCO. DE CONCHOS 8,221 45,710 836 54,767

SAN FCO. DEL ORO 17,507 25,835 12,243 55,585

SANTA BÁRBARA 33,536 29,007 27,909 90,453

SATEVÓ 14,349 68,035 15,362 97,746

SAUCILLO 88,617 35,687 112,319 236,623

TEMÓSACHI 20,211 63,677 15,970 99,858

EL TULE 6,295 59,084 304 65,684

URIQUE 51,055 89,407 33,385 173,847

URUACHI 23,950 95,134 17,641 136,725

VALLE DE ZARAGOZA 15,353 59,727 13,384 88,464

TOTAL $1,491,250 $2,982,500 $1,491,250 $5,965,000

TÍTULO SEGUNDO

DE LA DISCIPLINA PRESUPUESTAL

CAPÍTULO I

DE LAS ADQUISICIONES

ARTÍCULO DÉCIMO. Para los efectos de los artículos 31 y 101

de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación de

Servicios y Obra Pública del Estado de Chihuahua por cuanto

se refiere a las adquisiciones, arrendamientos y contratación

de servicios relacionados con los bienes muebles del Estado,

durante el ejercicio fiscal del año 2005 los entes públicos

podrán fincar pedidos o celebrar contratos sin ajustarse al

procedimiento de licitación pública, siempre y cuando el

importe de cada operación se ubique en alguno de los

siguientes supuestos:

I.- Se adjudicará directamente cuando el monto del pedido o

contrato no exceda de diez veces el salario mínimo general

elevado al año.

II.- Se adjudicará al proveedor que cuente con la capacidad

de respuesta inmediata y que ofrezca las mejores condiciones

en cuanto a precio, pago, calidad, garantías, financiamiento

y oportunidad en el cumplimiento, cuando el monto de la

operación se ubique entre más de diez y hasta ciento veinte

veces el salario mínimo general elevado al año, siempre y

cuando se haya considerado por lo menos a tres proveedores.

III.- Si el monto del pedido o contrato excede del referido en

la fracción que antecede, se estará a lo dispuesto por la Ley

de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación de Servicios

y Obra Pública del Estado de Chihuahua por cuanto se refiere

al procedimiento de licitación pública.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 28 fracción

III de la misma Ley de Adquisiciones, Arrendamientos,

Contratación de Servicios y Obra Pública del Estado de

Chihuahua, el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y

Servicios respectivo determinará los casos de procedencia

para los efectos de este artículo.

CAPÍTULO II

DE LA OBRA PÚBLICA

ARTÍCULO DECIMOPRIMERO [UNDÉCIMO]. Para los efectos

del artículo 79 de la Ley de Obra Pública y Servicios

relacionados con la misma del Estado de Chihuahua, durante

el ejercicio fiscal del año 2005, los entes públicos podrán

contratar, bajo su estricta responsabilidad, obra pública

y servicios relacionados con la misma, sin ajustarse al

procedimiento de licitación pública, siempre y cuando el

importe de cada operación se ubique en alguno de los

siguientes supuestos:

I.- Se podrá adjudicar directamente cuando el monto del

contrato no exceda de ochenta veces el salario mínimo

general elevado al año.

II.- Se podrá adjudicar bajo el procedimiento de invitación a

cuando menos tres contratistas, siempre que se cuente con la

capacidad de respuesta inmediata y se ofrezcan las mejores

condiciones en cuanto a precio, pago, calidad, garantías,

financiamiento y oportunidad en el cumplimiento, cuando el

monto del contrato se ubique entre más de 80 y hasta 130

veces el salario mínimo general elevado al año y se haya

considerado en la evaluación detallada de las propuestas a

por lo menos tres contratistas.

III.- Si el monto del contrato excede del referido en la fracción

que antecede, se estará a lo dispuesto por la Ley de Obra

Pública y Servicios Relacionados con la misma del Estado de

Chihuahua, por cuanto se refiere al procedimiento de licitación

pública.

Para los efectos de este artículo y el anterior, la determinación

de los montos se hará sin considerar el importe de los

impuestos que se deriven de las operaciones. Del mismo

modo, se entenderá por salario mínimo general, el de la zona

donde se ubique la ciudad de Chihuahua, Chih., conforme a la

resolución de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos.

– 1207 –

Page 106: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

ARTÍCULO DECIMOSEGUNDO [DUODÉCIMO]. Las

cantidades entregadas a los municipios por concepto del

Impuesto Especial sobre Producción y Servicios en materia

de cerveza, alcoholes y tabacos labrados, serán destinadas

única y exclusivamente para la realización de obra pública

extraordinaria en los siguientes rubros: espacios deportivos,

infraestructura básica de agua potable, drenaje y saneamiento,

electrificaciones y construcción y rehabilitación de espacios

educativos.

Los municipios determinarán tanto las obras a ejecutar con

los recursos que les correspondan, como las instancias

responsables de su ejecución, pudiendo, de considerarlo

conveniente, mezclar dichos recursos con los provenientes de

otros programas afines de inversión de los Gobiernos Federal

y/o Estatal, quedando sujetos a las disposiciones legales y

normativas vigentes en la materia.

El Ejecutivo del Estado, a su vez, destinará al programa

de Inversión Estatal los recursos que le correspondan por

concepto de las participaciones derivadas del Impuesto

Especial sobre Producción y Servicios en materia de cerveza,

alcoholes y tabacos labrados, asignando un 20% de dichos

recursos para ejecutarlos en obra pública de alcance estatal

en los rubros de infraestructura penitenciaria y construcción

y equipamiento de espacios educativos de impacto regional.

El resto de sus recursos serán ejecutados por el Estado en

obras correspondientes a espacios deportivos, infraestructura

básica y equipamiento en agua potable, drenaje, saneamiento,

salud, electrificaciones y construcción y rehabilitación de

espacios educativos, mismas que serán priorizadas y definidas

en coordinación con los municipios en los términos de la

asignación de recursos que se consignan en la tabla siguiente:

ASIGNACION PRESUPUESTAL

ÍNDICE ÍNDICE ÍNDICE

POBLACIÓN MARGINACIÓN DELICTIVO

MUNICIPIO 25% 50% 25% TOTAL

AHUMADA $122,408 $600,464 $60,946 $783,818

ALDAMA 199,313 553,143 256,766 1,009,222

ALLENDE 88,055 720,995 31,705 840,755

AQUILES SERDÁN 54,791 755,946 5,327 816,064

ASCENSIÓN 225,654 638,975 99,927 964,556

BACHÍNIVA 65,858 754,328 33,135 853,321

BALLEZA 172,489 1,675,070 45,740 1,893,298

BATOPILAS 129,032 2,038,210 30,665 2,197,907

BOCOYNA 287,039 1,226,781 114,997 1,628,816

BUENAVENTURA 206,287 648,863 143,715 998,865

CAMARGO 471,613 562,708 511,062 1,545,382

CARICHÍ 79,816 1,702,326 30,665 1,812,806

CASAS GRANDES 102,897 834,263 0 937,159

CORONADO 22,680 879,965 2,468 905,113

COYAME 17,568 864,360 6,756 888,684

LA CRUZ 38,848 733,976 18,062 790,886

CUAUHTÉMOC 1,279,295 494,711 1,343,213 3,117,219

CUSIHUIRIACHI 59,492 836,924 21,960 918,375

CHIHUAHUA 6,909,724 359,581 10,279,863 17,549,167

CHÍNIPAS 69,613 1,518,329 29,754 1,617,695

DELICIAS 1,197,504 481,982 977,427 2,656,913

DR. B. DOMÍNGUEZ 39,630 821,246 20,402 881,278

GALEANA 39,867 705,461 26,248 771,576

SANTA ISABEL 48,949 732,250 28,197 809,395

GÓMEZ FARÍAS 91,202 705,281 85,762 882,245

GRAN MORELOS 39,856 829,193 12,605 881,654

GUACHOCHI 417,747 1,720,521 262,096 2,400,364

GUADALUPE 103,185 723,907 63,283 890,375

GUADALUPE Y CALVO 497,357 1,728,396 152,551 2,378,304

GUAZAPARES 82,963 1,674,099 59,902 1,816,964

GUERRERO 402,257 845,697 251,439 1,499,394

HIDALGO DEL PARRAL 1,036,999 489,749 1,012,899 2,539,646

HUEJOTITÁN 12,024 1,096,541 2,468 1,111,032

IGNACIO ZARAGOZA 80,556 757,097 55,483 893,136

JANOS 105,057 766,410 32,097 903,563

JIMÉNEZ 394,173 632,214 357,600 1,383,988

JUÁREZ 12,536,192 502,370 12,978,114 26,016,676

JULIMES 53,125 764,288 20,402 837,815

LÓPEZ 41,965 798,377 6,756 847,098

MADERA 350,284 778,995 199,720 1,329,000

MAGUARICHI 18,463 1,667,159 0 1,685,622

MANUEL BENAVIDES 17,959 905,424 13,124 936,506

MATACHÍ 33,130 804,849 27,286 865,265

MATAMOROS 45,555 835,593 26,248 907,396

MEOQUI 411,607 593,488 251,958 1,257,053

MORELOS 97,527 1,895,493 28,197 2,021,217

MORIS 53,680 1,427,175 25,860 1,506,715

NAMIQUIPA 243,181 720,456 104,215 1,067,852

NONOAVA 30,301 1,388,484 12,214 1,430,999

NVO. CASAS GRANDES 559,431 514,020 303,544 1,376,995

OCAMPO 74,838 1,362,666 43,791 1,481,295

OJINAGA 250,011 566,016 349,284 1,165,310

P.G. GUERRERO 91,593 818,873 32,097 942,562

RIVA PALACIO 103,061 713,408 9,227 825,696

– 1208 –

Page 107: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

ROSALES 153,964 774,644 55,094 983,703

ROSARIO 26,485 997,584 1,430 1,025,499

SAN FCO. DE BORJA 23,976 918,153 18,973 961,101

SAN FCO. DE CONCHOS 29,242 748,287 1,430 778,958

SAN FCO. DEL ORO 62,269 538,867 20,919 622,055

SANTA BÁRBARA 119,281 537,213 47,689 704,183

SATEVÓ 51,037 611,035 26,248 688,320

SAUCILLO 315,190 928,832 191,926 1,435,948

TEMÓSACHI 71,886 1,156,477 27,286 1,255,619

EL TULE 22,392 1,042,064 522 1,064,978

URIQUE 181,591 1,726,094 57,046 1,964,731

URUACHI 85,185 1,756,479 30,148 1,871,812

VALLE DE ZARAGOZA 54,606 898,807 22,870 976,283

SUBTOTAL $31,400,800 $62,801,600 $31,400,800 $125,603,200

ALCANCE ESTATAL $31,400,800

TOTAL $157,004,000

El Ejecutivo del Estado determinará tanto las instancias

responsables, como la modalidad de ejecución de las obras de

los recursos que le correspondan pudiendo, a su criterio,

encomendarlas a los municipios y/o mezclarlos con los

provenientes de otros programas afines de inversión de

los Gobiernos Federal y/o Municipal, quedando sujeto a las

disposiciones legales y normativas vigentes en la materia.

Si por causas imputables directamente al Ejecutivo del Estado

no se concluyera la ejecución de obras convenidas entre éste

y los municipios dentro del ejercicio fiscal del año 2005, los

recursos no ejercidos serán transferidos a los municipios para

la ejecución y terminación de la obra originalmente proyectada.

Para tal efecto, los municipios podrán dar seguimiento al

avance físico y financiero de las obras convenidas en

este Programa, a través de la Secretaría de Planeación y

Evaluación.

TÍTULO TERCERO

DISPOSICIONES FINALES

CAPÍTULO ÚNICO

ARTÍCULO DECIMOTERCERO. El Gobernador del Estado, al

momento de rendir la cuenta pública anual, lo hará observando

la misma estructura presupuestal que se establece en el

presente Decreto.

ARTÍCULO DECIMOCUARTO. Para los efectos del artículo

39, fracción I de la Ley de Presupuesto de Egresos,

Contabilidad y Gasto Público del Estado de Chihuahua,

se faculta al Ejecutivo para incorporar al presente Presupuesto

de Egresos los programas, partidas y cuentas necesarias para

la operación de aquellos ingresos extraordinarios que resulten

de la transferencia de fondos realizada por el Gobierno

Federal a través de sus dependencias o entidades, para la

instrumentación de programas específicos. Lo anterior sin

perjuicio de lo dispuesto por el artículo 41 de la misma Ley

de Presupuesto de Egresos, Contabilidad y Gasto Público del

Estado de Chihuahua.

ARTÍCULO DECIMOQUINTO. Forman parte del Presupuesto,

el desglose por programa sectorial del mismo y el resumen de

la plantilla de servidores públicos del Gobierno del Estado.

ARTÍCULO DECIMOSEXTO. Los importes no cobrados por

remuneraciones personales, así como por diferencias de

cambio, quedarán como economías del presupuesto.

La acción para reclamar a la Hacienda Pública Estatal el

pago de las sumas adeudadas por los conceptos anteriores,

prescribirá en un año contado a partir del momento en que se

tenga derecho a percibirlas.

La prescripción sólo se interrumpe por gestión de cobro hecha

por escrito.

TRANSITORIOS:

ARTÍCULO PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor el

primero de enero del año dos mil cinco.

ARTÍCULO SEGUNDO. Respecto de los recursos asignados a

Infraestructura Estatal en el rubro de Inversión Pública Estatal,

dentro del programa sectorial 08 Desarrollo Económico y

Regional, el Ejecutivo deberá efectuar la transferencia de $

44’000,000.00 (cuarenta y cuatro millones de pesos 00/100

M.N.) al programa sectorial 03 Seguridad Pública y Procuración

de Justicia.

Dichos recursos deberán ser ejecutados por la Procuraduría

General de Justicia, para el pago de remuneraciones a

personal adscrito a la dependencia referida, de acuerdo al

estudio de responsabilidades y cargas de trabajo según la

función que desempeñan.

ECONÓMICO. Aprobado que sea, túrnese a la Secretaría para

que elabore la Minuta de Decreto en los términos en que deba

de publicarse.

– 1209 –

Page 108: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

Dado en el Salón de Sesiones del Poder Legislativo a los

veintiún días del mes de diciembre de dos mil cuatro.

Diputado Presidente, Héctor Mario Tarango Ramírez; Diputado

Secretario, Manuel Arturo Narváez Narváez; Diputada

Secretario, Obdulia Mendoza León].

6.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Continuando con elsiguiente punto del Orden del Día, si algún Diputadodesea hacer alguna iniciativa.

[No se registra manifestación alguna por parte de los

Diputados].

Gracias.

7.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Pasando a AsuntosGenerales, si algún compañero Diputado deseasubir a la Tribuna a exponer algún asunto general.

[No se registra manifestación alguna por parte de los

Diputados].

Gracias, Diputados.

8.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: A continuación,por ley, hay dos instancias que tienen que hacerun informe para cerrar el período, una de ellas esla que encabeza el Diputado César Cabello, quees el Comité de Administración y otro es el de laPresidencia.

Le rogamos al compañero César Cabello haga usode la palabra.

- El C. Dip. Cabello Ramírez.- P.R.I.: Muchasgracias.

Con su permiso, señor Presidente.

Honorable Congreso del Estado.Presente.

Los suscritos, integrantes del Comité de Administra-ción, con fundamento en lo dispuesto por el artículo69 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, acudi-

mos a esta Honorable Asamblea a presentar infor-me de las actividades de este Comité.

Lo que hacemos sobre la base de las siguientes

CONSIDERACIONES:

La transparencia para el ejercicio de los derechosciviles, políticos, sociales, culturales y económicoses un compromiso de esta Sexagésima PrimeraLegislatura del Estado de Chihuahua, la informaciónnecesaria para promover la transparencia comocolumna vertebral de la actividad de este HonorableCongreso que aspira a trascender en la vidahistórica de nuestra vida pública por legar nuevasformas de convivencia social e instituciones devanguardia que sean útiles para los chihuahuensesdentro de la primera mitad del Siglo XXI.

Esta actividad, esta actitud y esta visión que bieninterpreta un propósito común de los habitantes deeste Estado, que es el de evolucionar hacia nuevosniveles de desarrollo con total apego a nuestrosvalores y principios fundamentales, ha sido logradaen el seno de este Honorable Congreso del Estado,gracias a la extraordinaria voluntad política puestaal servicio de Chihuahua por las distintas fraccionesparlamentarias aquí representadas.

Por lo anterior, nuestro mayor reconocimientoal señor Presidente del Honorable Congreso delEstado, Diputado Profesor Mario Tarango Ramírez,por su conducción y liderazgo.

A los señores Diputados... Diputado LicenciadoCésar Jáuregui, Coordinador de la FracciónParlamentaria del P.A.N., Diputado LicenciadoJaime García Chávez, Coordinador de la FracciónParlamentaria del P.R.D., Diputado LicenciadoRubén Aguilar Gil, Coordinador de la FracciónParlamentaria del P.T., por su trabajo político en prode los chihuahuenses, su conducción es bien vistapor este pleno; pero sobre todo, por los habitantesde Chihuahua.

Con ese espíritu, los suscritos acudimos apresentar el informe de actividades del Comitéde Administración, órgano técnico del Poder

– 1210 –

Page 109: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

Legislativo, cumpliendo con una obligación legal,pero sobre todo, ejercitando un acto de conviccióny congruencia.

Entrego a esta Presidencia, dicho informe y solicitoquede a disposición de los señores Diputados delHonorable Congreso del Estado, para su consulta,en su caso.

Por lo anteriormente expuesto, con fundamentoen lo dispuesto por los artículos 57 y 58 de laConstitución Política del Estado; el artículo 69 de laLey Orgánica del Poder Legislativo, nos permitimossometer a la consideración de esta Asamblea, elsiguiente proyecto de

ACUERDO:

ÚNICO.- Se tiene al Comité de Administraciónde la Sexagésima Primera Legislatura, dandocumplimiento al informe a que se refiere el artículo69 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, por loque se refiere al período comprendido del 1o. deoctubre al 21 de diciembre del dos mil cuatro.

ECONÓMICO.- Aprobado que sea, túrnese a laSecretaría para que elabore la Minuta de Acuerdoen los términos en que corresponda.

Dado en el Salón de Sesiones del Poder Legislativo,a los veintiún días del mes de diciembre del dos milcuatro.

Diputado Presidente del Comité de Administración,César Cabello Ramírez; Diputado Secretariodel Comité de Administración, Licenciado CésarJáuregui Moreno; Diputado Vocal del Comité deAdministración, Ingeniero Jesús Heberto VillalobosMáynez.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, señorDiputado.

Se recibe su informe y se turna a la Secretaría.

Bien, en cumplimiento al artículo 30, fracción XIX,esta Presidencia está obligado a hacer un informe.

Tengo un informe de todas las actividades, perocreo que si alguna cosa me van a agradecer esque sea realmente breve. De tal manera que lo voya pasar a la Secretaría para que sea ella, quien loponga en el Diario de los Debates para su consulta.

Sólo quisiera hacer un comentario de agradeci-miento a todos ustedes en este ejercicio que culmi-na. Llegamos aquí con una responsabilidad, siendoobligados a cumplir con una representación popularque se nos otorgó, no solamente porque queríamosestar aquí, sino porque el pueblo decidió que sí es-tuviéramos aquí.

Teníamos y tenemos una responsabilidad deconducir a esto, en un ejercicio democrático elpueblo decide quien es... quien tiene la obligaciónde conducir.

Nos tocó a nosotros, la mayoría, de conducirlas,pero la democracia no se puede quedar solamentecon la intención de conducir, no se puede imperarcon la razón de la fuerza, sino que se tiene quecoincidir con la fuerza que da la razón.

A eso hemos convocado todos los Diputados acoincidir en razones, para resolver demandas de lapoblación. Seguramente tendremos discusiones,las hemos tenido, y a ellas no hemos temidoporque nos han ayudado a afinar los conceptos,a reconocer al opuesto y a sacar conclusionesatinando el pensamiento.

Para nosotros, los Diputados que tenemos unaresponsabilidad ante pueblo, tenemos... tuvimosal principio la primer prueba, lo más difícil queen política es ponernos de acuerdo, lo hemosconseguido. Esto nos da la posibilidad deagradecer a todos ustedes. A las Fracciones, alpersonal técnico, a los medios de comunicación,todo este gran esfuerzo que hemos hecho, por, nosolamente honrar al Congreso, sino honrar tambiéna esta Legislatura.

De tal manera, que seguramente si continuamospor este camino, habrá momentos en que nocoincidamos. La democracia tiene muy claro cómo

– 1211 –

Page 110: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

definir las diferencias.

Pero, por lo pronto, como Presidente y siendocongruente con la oferta original de ser breve, lesagradezco fundamentalmente todo el apoyo que herecibido.

Gracias, a todos ustedes.

[Texto íntegro del Informe].

HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO.

CIUDADANOS DIPUTADOS:

EN CUMPLIMIENTO A LO QUE DISPONE LA FRACCIÓN

XIX, DEL ARTÍCULO 30 DE LA LEY ORGÁNICA DEL

PODER LEGISLATIVO, COMPAREZCO ANTE EL PLENO

DE ESTE HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, A

FIN DE RENDIR EL INFORME DE LAS ACTIVIDADES

REALIZADAS DURANTE EL PRIMER PERÍODO ORDINARIO

DE SESIONES, DENTRO DEL PRIMER AÑO DE EJERCICIO

LEGAL.

DESDE EL INICIO DEL TRABAJO DE ESTA LEGISLATURA, Y

AL SER NOMBRADO PARA PRESIDIR LA MESA DIRECTIVA,

ASUMÍ EL COMPROMISO DE CUMPLIR FIELMENTE CON

LAS RESPONSABILIDADES QUE EL CARGO AMERITA,

VIGILANDO QUE ESTA TAREA SE DESARROLLE CON

ESTRICTO APEGO A LA CONSTITUCIÓN Y A LAS

LEYES, ASÍ COMO CON EFICIENCIA EN CUANTO A SUS

RESULTADOS PRÁCTICOS.

ANTES DE CONCLUIR ESTE IMPORTANTE COMPROMI-

SO, ME PERMITO EXTENDERLES A MIS COMPAÑEROS

DIPUTADAS Y DIPUTADOS QUE CONFORMAN ESTA SE-

XAGÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA, UN AGRADECIMIEN-

TO MUY ESPECIAL, ESPERANDO HABER CUMPLIDO CON

SUS EXPECTATIVAS, AL ENCOMENDARME TAN DELICADA

TAREA

A MIS COMPAÑEROS MIEMBROS DE LA MESA DIRECTIVA

LES EXPRESO PERSONALMENTE MI RECONOCIMIENTO,

MI GRATITUD, PORQUE SU EXPERIENCIA Y CONSEJO, ASÍ

COMO TAMBIÉN CAPACIDAD, HICIERON NO SOLAMENTE

FÁCIL, SINO AGRADABLE EL DESEMPEÑO EN ESTA

PRESIDENCIA.

DE IGUAL FORMA, QUIERO DESTACAR UN AGRADECI-

MIENTO A TODOS LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN,

QUE NOS HAN ACOMPAÑADO A LO LARGO DE ESTOS

TRES MESES PARA SEGUIR CON INTERÉS LA VÍA DE LA

COMUNICACIÓN PARA UNA DEMANDANTE COMUNIDAD,

EXPECTANTE DE LO QUE SUCEDE EN EL CONGRESO.

AL PERSONAL DEL CONGRESO, QUE DÍA A DÍA

CUMPLEN CON SU ENCOMIENDA, DESDE EL CARGO

MÁS MODESTO, DESEO EXHORTARLOS A CONTINUAR

CON ESE ENTUSIASMO Y PROFESIONALISMO QUE LES

CARACTERIZA.

POR ELLO Y POR UN IMPERATIVO LEGAL, HAGO

RECUENTO DE LAS ACTIVIDADES REALIZADAS DENTRO

DE ESTE PERÍODO DE SESIONES.

EL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO ES

LA EXPRESIÓN MÁS DIVERSA Y LEGÍTIMA DE

LAS MANIFESTACIONES POLÍTICAS Y SOCIALES DE

TODOS LOS CHIHUAHUENSES. POR ESO SOY UN

CONVENCIDO DE QUE LAS TAREAS FUNDAMENTALES

DEL PODER LEGISLATIVO SON: EN PRIMER TÉRMINO, LA

FORMULACIÓN DE NUEVAS LEYES Y LA ADECUACIÓN DE

LAS EXISTENTES. TAMBIÉN SU LABOR DE FISCALIZACIÓN

DE LOS RECURSOS EJERCIDOS POR EL EJECUTIVO DEL

ESTADO Y LOS AYUNTAMIENTOS. Y, FINALMENTE, Y NO

POR ELLO MENOS IMPORTANTE, LA GESTIÓN SOCIAL

PARA CON LOS REPRESENTADOS.

DURANTE ESTOS TRES MESES DE TRABAJO

LEGISLATIVO, CELEBRAMOS 25 SESIONES, SEGÚN

CONSTA EN EL LIBRO DE ACTAS RESPECTIVO.

CONSTITUIDOS, POR MANDATO CIUDADANO, EN

EL ESPACIO DE REPRESENTACIÓN SOCIAL POR

ANTONOMASIA QUE CONGREGA LAS DIVERSAS

IDEOLOGÍAS PARTIDISTAS, REALIZAMOS UN CONSTANTE

EJERCICIO DE DIALÉCTICA PARLAMENTARIA, QUE

HA DADO COMO RESULTADO LA FORMULACIÓN DE

ACUERDOS QUE CONTRIBUYEN A DAR RUMBO SEGURO

AL DESARROLLO DE NUESTRA ENTIDAD Y SU VIDA

DEMOCRÁTICA.

DEMUESTRAN ESTA AFIRMACIÓN LOS 116 DECRETOS Y

28 ACUERDOS, QUE SE VENTILARON Y APROBARON EN

EL PLENO DEL CONGRESO, DE LOS CUALES POCO MÁS

– 1212 –

Page 111: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

DEL 97

ESTE HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO ESTUVO

REPRESENTADO EN LOS EVENTOS CONSTITUCIONALES

EN QUE LOS PRESIDENTES MUNICIPALES RINDIERON

EL INFORME DE ACTIVIDADES CORRESPONDIENTE AL

TERCER AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL, ASÍ

COMO EN LA TOMA DE PROTESTA DE LA NUEVAS

ADMINISTRACIONES.

ESTE ÓRGANO COLEGIADO FUE DIGNAMENTE

REPRESENTADO ANTE LA CONFERENCIA MEXICANA

DE CONGRESOS Y LEGISLADORES ESTATALES, EN LA

CIUDAD DE MONTERREY, NUEVO LEÓN.

CON LA DESIGNACIÓN DEL PROCURADOR GENERAL DE

JUSTICIA DEL ESTADO, SE DIO COMIENZO A UNA NUEVA

ERA EN LA PROCURACIÓN DE JUSTICIA, DEMOSTRANDO

UNA MADUREZ POLÍTICA AL COMPARTIR CON EL PODER

EJECUTIVO DEL ESTADO UNA RESPONSABILIDAD DE

ESTA MAGNITUD.

SE LLEVÓ A CABO LA COLECTA ANUAL PARA AYUDA A

LA NIÑEZ TARAHUMARA.

SE FORMALIZÓ LA DESIGNACIÓN DE MAGISTRADOS

DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA, ASÍ COMO DE

MIEMBROS DE LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS

HUMANOS.

SE APROBÓ LA CONSTITUCIÓN DE UN GRUPO PLURAL

DE DIPUTADOS PARA OBSERVAR EL FUNCIONAMIENTO

DEL PROGRAMA PAISANO Y CONTRIBUIR AL RESPETO

DE LAS GARANTÍAS INDIVIDUALES DE LOS MEXICANOS

RESIDENTES EN LOS ESTADOS UNIDOS Y CANADÁ, ASÍ

COMO A LOS TURISTAS QUE INGRESEN ANUALMENTE

A TERRITORIO NACIONAL CON MOTIVO DE LAS FIESTAS

DE FIN DE AÑO.

UNA DE LAS FUNCIONES MEDULARES QUE LA

CONSTITUCIÓN ENCOMIENDA AL CONGRESO, ES LA

RELATIVA A LA FISCALIZACIÓN DEL MANEJO DE LOS

RECURSOS PÚBLICOS.

SE HAN ANALIZADO Y APROBADO LAS LEYES DE

INGRESOS DE LOS 67 AYUNTAMIENTOS, LA LEY DE

INGRESOS Y EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL

ESTADO, Y DISPOSICIONES NORMATIVAS EN GENERAL

QUE SE RELACIONAN CON LA RECAUDACIÓN DE

INGRESOS FISCAL Y EL EJERCICIO DEL GASTO PÚBLICO.

SE HAN PRESENTADO AL PLENO DEL CONGRESO

DICTÁMENES DE CUENTAS PÚBLICAS DE ALGUNOS

MUNICIPIOS, CORRESPONDIENTES AL AÑO 2003.

ANEXO AL PRESENTE, UN DOCUMENTO PORMENORI-

ZADO DE LAS ACTIVIDADES DE LAS CUALES ME HE

PERMITIDO REALIZAR UN BREVE RESUMEN, EL CUAL

QUEDA A DISPOSICIÓN DE USTEDES SEÑORES LEGIS-

LADORES .

TAMBIÉN QUERO HACER UN RECONOCIMIENTO A LOS

COORDINADORES DE LAS FRACCIONES PARLAMENTA-

RIAS, POR SU COLABORACIÓN PARA QUE ESTE PERÍODO

ORDINARIO DE SESIONES SE DESARROLLARA SATISFAC-

TORIAMENTE, SU DISPOSICIÓN E INTERÉS MUESTRAN

LA MADUREZ POLÍTICA QUE HA CARACTERIZADO A LOS

ACTORES DE LA VIDA PÚBLICA EN NUESTRA ENTIDAD,

LA QUE EVOLUCIONA AL RITMO QUE MARCAN LOS

CAMBIANTES TIEMPOS Y CIRCUNSTANCIAS.

IGUALMENTE VALORO EL EMPEÑO Y TRABAJO

PROFESIONAL REALIZADO POR EL PERSONAL DE

LA OFICIALÍA MAYOR, DE LA UNIDAD TÉCNICA Y

DE INVESTIGACIÓN LEGISLATIVA, DE LA CONTADURÍA

GENERAL Y DE TODO EL PERSONAL DE APOYO DE

ESTA HONORABLE ASAMBLEA, PUESTO A DISPOSICIÓN

DIARIAMENTE DE CADA UNO DE LOS LEGISLADORES

PARA CUMPLIR CON DILIGENCIA ESTA ELEVADA

RESPONSABILIDAD.

FINALMENTE, DESEARLES LO MEJOR EN ESTA ÉPOCA

NAVIDEÑA, Y QUE SUS ANHELOS PARA EL AÑO 2005

SE HAGAN REALIDAD EN COMPAÑÍA DE SUS SERES

QUERIDOS.

9.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: A continuación,procederemos al nombramiento de los Diputadosintegrantes de la Mesa Directiva de la DiputaciónPermanente, que entrará en funciones inmediata-mente después de la clausura de los trabajos delperíodo ordinario.

– 1213 –

Page 112: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

Por tal motivo, me permito solicitar a loscompañeros Diputados, propongan candidatos paraintegrar la mesa directiva que presidirá los trabajosde la Diputación Permanente.

Si algún Diputado tiene... adelante, señor Diputado.

Se concede el uso de la palabra al Diputado CésarDuarte Jáquez.

- El C. Dip. Duarte Jáquez.- P.R.I.: Con su venia,señor Presidente.

En una aspiración en concretar una mesa directivaque refleje la pluralidad de este Congreso, nosdimos a la tarea de dialogar, de platicar con losdiferentes Grupos Parlamentarios y tenemos unapropuesta en conjunto para que sea postulados eneste Pleno y sean ellos quienes pudieran, si asílo decide esta Soberanía, quienes representen alCongreso en la... en este período, el cual concluyee inicia el ejercicio legal de la Comisión Permanente.

Se propone como Presidente, al compañeroDiputado Juan José González Espinoza.

Como Vicepresidente, al compañero Diputado JoelAranda Olivas.

Como Secretario, al compañero Diputado CarlosBorruel Baquera.

Como Vocal, al Diputado, amigo, Jaime GarcíaChávez.

Como Vocal, a la Diputada, compañera, MinervaCastillo Ramírez [Rodríguez].

Como Sustitutos, al Diputado Rubén Aguilar Gil y ala compañera Diputada Yolanda Morales Corral.

Esa es la propuesta, señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, señorDiputado.

¿Existe otra propuesta?

En virtud de no existir otra propuesta, se somete

a la consideración de la Asamblea, la propuestarealizada por el Diputado César Duarte Jáquez.

Presidente, Diputado Juan José González Espino-za.

Vicepresidente, Diputado Joel Aranda Olivas.

Secretario, Diputado Carlos Marcelino BorruelBaquera.

Vocal, Diputado Jaime García Chávez.

Vocal, Diputada Minerva García... Minerva CastilloRodríguez.

Diputada Lilia Aguilar, Sustituto y Diputada AlmaYolanda Morales, Sustituto.

- El C. Dip. Duarte Jáquez.- P.R.I. [Desde su curul].Señor Presidente. Es Rubén Aguilar.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Creo que es RubénAguilar.

Es Rubén Aguilar, se rectifica.

Si están de acuerdo con la propuesta anterior,rectificando el nombre de Rubén Aguilar, por elde Lilia, sírvanse manifestarlo levantando la mano.

- Los CC. Diputados.- [Manifiestan su aprobación en

forma unánime].

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se aprueba.

Se declara electa la Mesa Directiva, que funcionarácomo la Diputación Permanente.

10.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Pasaremos a latoma de protesta de la misma.

Toda vez que ha quedado formalmente electa laMesa Directiva que habrá de desarrollar los trabajosde la Diputación Permanente, dentro del primeraño del ejercicio de esta Sexagésima PrimeraLegislatura, y a efecto de que los Diputados queintegran esta nueva mesa directiva estén en la

– 1214 –

Page 113: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

aptitud legal de iniciar el cometido, se les suplicapasen al frente para tomar la protesta respectiva.

[Los Diputados que han sido electos integrantes de la Mesa

Directiva, pasan a la Tribuna y se colocan de frente].

Les suplicamos a los Diputados ponerse de pie.

¿PROTESTAN GUARDAR LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA

DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, LA PARTICULAR

DEL ESTADO Y LAS LEYES QUE DE ELLAS EMANEN

Y DESEMPEÑAR LEAL Y PATRIÓTICAMENTE EL CARGO

DE PRESIDENTE, EL DIPUTADO JUAN JOSÉ GONZÁLEZ

ESPINOZA; DE VICEPRESIDENTE, EL DIPUTADO JOEL

ARANDA OLIVAS; DE SECRETARIO, EL DIPUTADO

CARLOS MARCELINO BORRUEL BAQUERA; DE VOCAL,

EL DIPUTADO JAIME GARCÍA CHÁVEZ; DE VOCAL,

LA DIPUTADA MINERVA CASTILLO RODRÍGUEZ; DE

SUSTITUTO, DIPUTADO RUBÉN AGUILAR GIL; DE

SUSTITUTO, DIPUTADA ALMA YOLANDA MORALES

CORRAL, DE LA MESA DIRECTIVA DEL PRIMER

PERIODO DE LA DIPUTACIÓN PERMANENTE, DENTRO

DEL PRIMER AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL DE

LA SEXAGÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA, QUE ESTA

SOBERANÍA LES HA CONFERIDO, CUIDANDO EN TODO

MOMENTO POR EL BIEN Y LA PROSPERIDAD DE LA

REPÚBLICA Y DEL ESTADO?

- Los CC. Diputados.- [Levantando hacia el frente, elbrazo derecho, dicen:] SÍ, PROTESTO.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: SI ASÍ NO LO HACEN,QUE SE LOS DEMANDE LA REPÚBLICA Y EL ESTADO.

Gracias.

[Aplausos de los Diputados y público asistente].

11.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Habiéndosedesahogado todos los puntos del [Orden] del Día,me permito proceder a la lectura del decreto declausura.

Esta Presidencia, solicita a los Diputados ponersede pie para tal efecto.

DECRETO [117/04 I P.O.]:

LA SEXAGÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA DELHONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE CHI-HUAHUA, REUNIDA EN SU PRIMER PERIODOORDINARIO DE SESIONES, DENTRO DEL PRI-MER AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL,

D E C R E T A:

ARTÍCULO ÚNICO.- CLAUSURA HOY, VEINTIU-NO DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO,SU PRIMER PERIODO ORDINARIO DE SESIO-NES, DENTRO DE SU PRIMER DE EJERCICIOCONSTITUCIONAL.

TRANSITORIO:

ÚNICO.- EL PRESENTE DECRETO ENTRARAEN VIGOR INMEDIATAMENTE DESPUÉS DE SULECTURA, SIN PERJUICIO DE SU PUBLICACIÓNEN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO.

DADO EN EL SALÓN DE SESIONES DEL PODERLEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA,CHIH., A LOS VEINTIÚN DÍAS DEL MES DEDICIEMBRE DEL AÑO [DOS] MIL CUATRO.

DIPUTADO PRESIDENTE, MARIO TARANGORAMÍREZ; SECRETARIO, MANUEL ARTURONARVÁEZ NARVÁEZ; SECRETARIA, OBDULIAMENDOZA LEÓN.

Pueden sentarse.

12.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Me voy a permitirlevantar la Sesión, solicitando a los Diputadospermanezcan en su lugar, a efecto de que laDiputación Permanente instale formalmente sustrabajos.

[Termina la Sesión a las 16:25 Hrs.].

– 1215 –

Page 114: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE … · para rendir su protesta de ley en esta misma sesiÓn. en el punto referente a la presentaciÓn de dict`menes, se concediÓ

Chihuahua, Chih., 21 de Diciembre de 2004

CONGRESO DEL ESTADO

MESA DIRECTIVA.

I PERIODO ORDINARIO.

Presidente:

Dip. Héctor Mario Tarango Ramírez].

Vicepresidentes:

Dip. César Horacio Duarte Jáquez.

Dip. Beatriz Huitrón Ramírez.

Secretarios:

Dip. Manuel Arturo Narváez Narváez.

Dip. Obdulia Mendoza León.

Oficial Mayor:

Lic. Oscar Leos Mayagoitia.

Titular de la Unidad Técnica y de Investigación Legislativa:

Lic. Lorena Serrano Rascón.

Jefe de la Oficina de Asuntos Legislativos:

Lic. Elizabeth Ramos Aburto.

División de Registro y Publicación del Debate:

Contador Josefina Paura Aldama.

Congreso del Estado. Palacio Legislativo.

Tels. 412-32-00 Ext. 25142 y 25146.

– 1216 –