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PLIEGO DE CLAÚSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE LA REDACCIÓN DEL PLAN DE SECTORIZACIÓN, PROGRAMA DE ACTUACIÓN URBANIZADORA Y ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL AREA DE INTERVENCIÓN URBANÍSTICA 6.2.06 TXENPERENEA DE IRUN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO Y LA FORMA DE ADJUDICACIÓN DE CONCURSO I.- CONTENIDO DEL CONTRATO 1. RÉGIMEN JURÍDICO El proceso de contratación, se regirá: 1º.- Por el presente Pliego de Condiciones Económico - Administrativas y los Pliegos de Prescripciones Técnicas Anejas. 2º.- Por las normas de contratación que se deduzcan de la aplicación del artículo 2 del Real Decreto Legislativo 2/2.000, de 16 de Junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y en las disposiciones legales y reglamentarias de Régimen Local vigentes al celebrarse la licitación y el contrato, y durante el desarrollo de ambos; respetándose, en todo caso, los Principios de Publicidad y Concurrencia resultantes de la aplicación de la Disposición Adicional 6ª del referido Real Decreto Legislativo 2/2.000. 2. OBJETO DEL CONTRATO 2.1. Objeto de la Contratación de la Asistencia Técnica La contratación de la Asistencia Técnica tiene como objeto la elaboración del Plan de Sectorización, incluyendo la ordenación pormenorizada completa del sector, del Programa de Actuación Urbanizadora y del Estudio de Impacto Ambiental del Area de Intervención Urbanística 6.2.06 de Txenperenea. 2.2. Consideraciones en relación a las determinaciones contenidas en el Plan General de Ordenación Urbana para el Ámbito de Txenperenea. El instrumento urbanístico de ordenación general de referencia, es la Modificación nº 12 del Plan General de Irun en el ámbito de Txenperenea aprobado inicialmente por el Ayuntamiento de Irun en Pleno del 28 de Diciembre 2005. Este planeamiento general en la ficha urbanística correspondiente establece las siguientes determinaciones: Irungo Etxebizitzarako Elkarte Publikoa, Sociedad Pública de Vivienda de Irun, S.A. C/Iglesia nº 6, 20302 IRUN i T. 943 634 243 Fax: 943 63 50 58i e-mail: [email protected] 1

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PLIEGO DE CLAÚSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LACONTRATACIÓN DE LA REDACCIÓN DEL PLAN DE SECTORIZACIÓN,PROGRAMA DE ACTUACIÓN URBANIZADORA Y ESTUDIO DE IMPACTOAMBIENTAL DEL AREA DE INTERVENCIÓN URBANÍSTICA 6.2.06TXENPERENEA DE IRUN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO Y LA FORMADE ADJUDICACIÓN DE CONCURSO

I.- CONTENIDO DEL CONTRATO

1. RÉGIMEN JURÍDICO

El proceso de contratación, se regirá:

1º.- Por el presente Pliego de Condiciones Económico - Administrativas y los Pliegos dePrescripciones Técnicas Anejas.

2º.- Por las normas de contratación que se deduzcan de la aplicación del artículo 2 delReal Decreto Legislativo 2/2.000, de 16 de Junio, por el que se aprueba el TextoRefundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y en lasdisposiciones legales y reglamentarias de Régimen Local vigentes al celebrarse lalicitación y el contrato, y durante el desarrollo de ambos; respetándose, en todo caso, losPrincipios de Publicidad y Concurrencia resultantes de la aplicación de la DisposiciónAdicional 6ª del referido Real Decreto Legislativo 2/2.000.

2. OBJETO DEL CONTRATO

2.1. Objeto de la Contratación de la Asistencia Técnica

La contratación de la Asistencia Técnica tiene como objeto la elaboración del Plan deSectorización, incluyendo la ordenación pormenorizada completa del sector, delPrograma de Actuación Urbanizadora y del Estudio de Impacto Ambiental del Area deIntervención Urbanística 6.2.06 de Txenperenea.

2.2. Consideraciones en relación a las determinaciones contenidas en el PlanGeneral de Ordenación Urbana para el Ámbito de Txenperenea.

El instrumento urbanístico de ordenación general de referencia, es la Modificación nº 12del Plan General de Irun en el ámbito de Txenperenea aprobado inicialmente por elAyuntamiento de Irun en Pleno del 28 de Diciembre 2005. Este planeamiento generalen la ficha urbanística correspondiente establece las siguientes determinaciones:

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1.- OBJETIVOS Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN.

Objetivos: Reserva de suelo urbanizable para una futura colmatación del sueloresidencial hasta el trazado de la autopista.

Criterios de ordenación: Será el Programa de Actuación Urbanística (PAU) el quedefina los parámetros y criterios de ordenación urbanística, así como lasdeterminaciones de desarrollo de planeamiento.

Condiciones particulares de la ordenación: Las condiciones señaladas se reflejan enel esquema de ordenación según la siguiente numeración:

Área de desarrollo residencial. Preferentemente la vivienda colectiva se sitúa en laparte baja de la ladera y la vivienda de baja densidad en las zonas altas del ámbito.

Conexión con la nueva estructura viaria propuesta en el ámbito de Oinaurre.

2. RÉGIMEN URBANÍSTICO GENERAL

Delimitación de la unidad urbanística:

Superficie del ámbito: 161.147m² s.

El Programa de Actuación Urbanística señalará los usos y niveles de intensidad, conexpresión del aprovechamiento tipo en todo su ámbito.

Igualmente deberá fijarse el uso característico y los usos compatibles, así como elporcentaje máximo para cada uno de ellos.

Usos incompatibles: - Usos rurales y de explotación.- Usos ferroviarios.- Usos aduaneros.- Usos industriales.

Se limita el uso comercial a puntos significativos de la ordenación. Igualmente se limita el número de viviendas de uso residencial a una densidadmáxima de 40 viv./hectárea.

Características técnicas:

Intensidad de uso: 0,43 m²c/ m²s.

Se asegurará la preservación de los valores topográficos significativos del territorio,localizando la edificación en zonas que no modifiquen la morfología actual del áreadonde se actúa.

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La futura actuación deberá resolver los accesos al sector apoyándose principalmenteen las calles Elatzeta y Lapitze por el lado Oeste y en la Avenida Euskal-Herria y lanueva actuación en su lado Este.

Para ello deberá analizarse el posible incremento de la densidad de tráfico en lascitadas calles, así como plantearse una solución viaria que resuelva la grandiferencia de cotas existentes entre la Avda. Euskal- Herria y la nueva actuación ensu lado Este.

Condiciones de desarrollo y ejecución:

Clasificación del suelo:............................Urbanizable no ProgramadoPlaneamiento de desarrollo:.....................Programa de Actuación UrbanísticaProgramación:..........................................Actuación no programada

3.- DETERMINACIONES DE ORDENACIÓN PORMENORIZADA

No se establecen en el Plan General, siendo el Programa de ActuaciónUrbanística (PAU) en su caso, o el Plan Parcial que desarrolle el mismo, enúltima instancia, quienes definan las determinaciones de ordenaciónpormenorizada del ámbito de referencia.

2.3. Determinaciones Servidumbres Aeronáuticas

Las servidumbres aeronáuticas del Aeropuerto de San Sebastián vienen definidas en elDecreto 792/1976, de 18 marzo (BOE de 13 abril).

Conforme al art. 9 del Decreto 584/72 de Servidumbres Aeronáuticas, modificado porDecreto 2490/74 que desarrolla el artículo 51 de la Ley 48/60 sobre Navegación Aéreay los criterios vigentes de la Organización de Aviación Civil Internacional ( OACI), elPlan Director del Aeropuerto de San Sebastián, aprobado el 17 de julio de 2001 porOrden del Ministerio de Fomento ( BOE de 7 de agosto), ha definido las servidumbresaeronáuticas para las configuraciones actual y de desarrollo previsible, con objeto deque las operaciones aéreas se efectúen de una manera segura, tanto para las propiasaeronaves como para los vecinos de las zonas colindantes a las instalacionesaeroportuarias.

Hay que tener en cuenta lo dispuesto en el Real Decreto 1541-2003, de 5 de diciembreque modifica el Decreto 584-1972 de 24 de Febrero de Servidumbres Aeronáuticasmodificado por el Decreto 2490/1974, que establece:

Ningún nuevo obstáculo podrá sobrepasar en altura los límites establecidos por

las superficies limitadoras señaladas en el Decreto, admitiendo, no obstante, dos

excepciones:

- Cuando el objeto esté apantallado por otro objeto existente. O

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- Cuando se determine tras un estudio aeronáutico que el objeto no

comprometería la seguridad de la operación de las aeronaves.

Esta determinación debe incluirse en el documento de Planeamiento

Además de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 29 y 30 del mismo Decreto de 24de febrero de 1972, modificado por el Decreto 584/1974 no se podrá autorizar por elAyuntamiento, construcciones, instalaciones o plantaciones - al estar incluido el ámbitoen la zona de Servidumbre aeronáutica -, sin previa resolución del Ministerio deFomento.

Teniendo presente esta circunstancia y dentro de la tramitación de la Modificación nº12 de Plan General se ha realizado un “ Estudio de las afecciones de la urbanización delárea de Txenperenea a las Servidumbres Físicas del aeropuerto de San Sebastián”, conel objeto de acreditar que las actuaciones previstas en este planeamiento nocomprometen la seguridad de las operaciones, tanto actuales como futuras, de lasaeronaves y a fin de posibilitar la autorización de las edificaciones de acuerdo con loprevisto en el referido Real Decreto 1541/2003. En dicho informe se expone que debeacreditarse que las construcciones que sobrepasasen la cota de 50 metros, respecto alnivel del mar, se encontrasen apantalladas acreditado por un estudio de apantallamientoo de seguridad que demuestre que no se compromete la seguridad ni queda afectada demodo significativo la regularidad de las operaciones de aeronaves.

2.4. Determinaciones Servidumbres Autopista

El ámbito de Txenperenea queda delimitado al sur por el trazado de la autopista A-8Bilbao - Behobia y en virtud de lo establecido en la Norma Foral 17/1994, de 25 deNoviembre, de Carreteras y Caminos de Guipúzcoa, afecta al presente ámbito y por lotanto su aplicación deberá ser tenida en cuenta en la futura ordenación.

Esta Norma Foral distingue las zonas de dominio público y de protección en función delas distintas categorías de carreteras y caminos. Para el caso concreto de esta autopista,se establece una zona de dominio de ocho metros a ambos lados, condición que ademásdeberá superponerse a la propiedad real de este viario resultado del proceso deexpropiación realizado en su día.

Asimismo, se establecen a ambos lados de la autopista, dos zonas de protección,medidas desde el borde o línea exterior de la explanación de 100 metros de anchura.Además esta Norma Foral establece condiciones especiales para las construcciones,quedando prohibida toda construcción a menos de 50 metros del borde o línea exteriorde la calzada de esta autopista.

Está en fase de redacción el documento para la aprobación definitiva de la modificaciónde Plan General. Debido a la reciente entrada en vigor de la nueva Ley del Suelo, (Ley2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo), y como en ella se indica en la

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Disposición Transitoria segunda apartado 2, este documento de aprobación definitiva deModificación de Plan General, se tramitará conforme a los contenidos ydeterminaciones de la legislación anterior. Ahora bien, su tramitación posterior serealizará conforme a la nueva Ley del Suelo.

Dicha tramitación se hará mediante la redacción del Plan de Sectorización y Programade Actuación Urbanizadora, objeto del presente concurso.

3. CONTENIDO Y DOCUMENTACIÓN DE LOS TRABAJOS

3.1. Plan de Sectorización

Atendiendo a lo definido en el marco jurídico, el Plan de Sectorización y el Programa deActuación Urbanizadora contendrán las determinaciones establecidas en la Modificacióndel Plan General que se aprueba al efecto.

El contenido del Plan de Sectorización se formalizará en las siguientes determinacionesestablecidas en el artículo 65 de la Ley del Suelo.

Además incluirá como parte de su contenido la ordenación pormenorizada completa delsector, cumpliendo los requisitos de contenido exigidos a los planes parciales.

El Plan de Sectorización se formalizará en los siguientes documentos:

a) Memoria en la que se justificará el cumplimiento de las condicionessobre la delimitación del sector y sus condiciones básicas de ordenaciónestablecidas en el plan general. Además se recogerá toda la informaciónrelevante para justificar la ordenación propuesta entre las distintasalternativas posibles.

b) Estudio en el que se justificará la sostenibilidad del modelo deutilización del territorio y desarrollo urbano adoptado, así como suviabilidad en función de las capacidades de iniciativa y gestión y de lasposibilidades económicas y financieras públicas y privadas.

c) Estudios sectoriales referidos especialmente a los efectos que supone lasectorización sobre las redes públicas de sistemas generales, a fin dedeterminar las necesidades de calificación de suelos con este destino yde ejecución de intervenciones de refuerzo o mejora.

d) Memoria justificativa de cumplimiento del informe preliminar deimpacto ambiental, que deberá motivar la ordenación adoptada desde elprincipio de desarrollo sostenible y considerar la capacidad de acogidade los suelos para el cumplimiento de las previsiones contenidas en elplan.

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Asimismo, memoria informativa y justificativa que deberá recoger todala información que contenga los elementos de juicio para el ejercicio depotestad de planeamiento, y describir el proceso de formulación yselección de alternativas para la adopción de decisiones, incluyendo elanálisis, de las alegaciones, sugerencias y reclamaciones formuladas atítulo de participación ciudadana, y la justificación de la adecuación a laordenación tanto estructural como directiva establecida por el plangeneral.

e) Planos de información

f) Planos de ordenación estructural

g) Planos de ordenación pormenorizada

h) Normas urbanísticas, incluidas las ordenanzas de urbanización yedificación.

i) Estudio de las directrices de organización y gestión de la ejecución.

j) Estudio de viabilidad económico - financiera.

3.2. Programa de Actuación Urbanizadora

El Programa de Actuación Urbanizadora regulará y organizará el desarrollo y laejecución de las actuaciones integradas, estableciendo al efecto:

a) La identificación de las actuaciones integradas a que se refieran, pudiendorealizar o modificar, en su caso, la delimitación de la unidad o unidades deejecución que constituyan su objeto.

b) El régimen de la ejecución pública o privada y su sistema de actuación.

c) Las determinaciones jurídicas, técnicas y económicas de ejecución de lasactuaciones integradas, y, en todo caso, la regulación de sus contenidosmínimos.

d) La totalidad de las obras a realizar y de las cargas de urbanización y laestimación aproximada de su coste.

e) El programa temporal de ejecución de las obras de urbanización y, en sucaso, de edificación.

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El programa de actuación urbanizadora en ningún caso podrá alterar la ordenaciónestructural ni la ordenación pormenorizada determinadas por el planeamientocorrespondiente sin perjuicio de la posibilidad de ejecución de las unidades deejecución en los términos previstos por la ley.

Contenido técnico- urbanístico:

El programa de actuación deberá definir las obras de urbanización que debanrealizarse, especificando su coste aproximado y cuando menos los siguientesextremos:

a) Esquema de la urbanización, descrito con el grado de desarrollo propio deun anteproyecto.

b) Recursos disponibles para la prestación de los servicios de abastecimientopropios de la urbanización, justificando la viabilidad de su obtención.

c) Características básicas de la red de evacuación de aguas, tanto pluvialescomo fecales, y de su conexión con las redes generales hasta sudepuración.

d) Capacidad de servicio de la red viaria prevista, incluidos losaparcamientos de vehículos.

e) Previsiones sobre la implantación de los restantes servicios propios de laurbanización, incluidos, en su caso, los prestados por redes detelecomunicación o cables para transporte de información o programas detelevisión.

f) Características de la red de distribución de gas y previsión sobre suconexión a la red general de distribución en función del desarrollo de esta.

g) Conexión e integración adecuada de la urbanización de las actuaciones conlas redes de infraestructura, las comunicaciones y demás servicios.

h) Ejecución, en su caso, del suplemento en las infraestructuras y dotacionespúblicas que fuera necesario para proporcionar el servicio previsto en laordenación estructural del plan general.

i) Memoria de calidades, relativas a las principales obras y elementos deurbanización y, en su caso, edificación a ejecutar.

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Contenido jurídico - urbanístico:

El programa de actuación urbanizadora debe asimismo regular en todo caso lossiguientes extremos:

a) Concreción del régimen de actuación pública o privada y sistema deactuación

b) Delimitación de las unidades de ejecución que constituyen su objeto omodificación de las existentes en el planeamiento vigente.

c) Plazos para la presentación de la propuesta de equidistribución, salvo lodispuesto en el sistema de expropiación.

d) Plazos para la realización de las obras de urbanización, con expresión delcalendario de obras del desarrollo de las fases que integran la actuación, yplazos de edificación de los solares resultantes.

e) Propuesta de localización de los terrenos que deban ser objeto de cesióngratuita al ayuntamiento, libres de gastos de urbanización y de cualquierotra carga en concepto de participación de la comunidad en las plusvalíasgeneradas por la ordenación conforme a lo dispuesto en la ley.

f) Programa de realojos en su caso

g) Plazos de cesión de la obra de urbanización, de los terrenos, y, en su caso,los derechos correspondientes a las dotaciones públicas.

En el supuesto de que el sistema de actuación del programa sea el de agenteurbanizador, además, deberá contener las bases orientativas para la seleccióndel agente urbanizador, la estimación de la totalidad de los gastos que elurbanizador deberá asumir, la valoración de la asunción por el urbanizador deobjetivos complementarios a las cargas de urbanización sin repercutirlos a lospropietarios afectados, y las garantías mínimas que se exigirán para lapresentación de proposiciones de conformidad con lo dispuesto en la Ley.

Documentación:

Los programas de actuación contendrán la documentación comprensiva de loscontenidos descritos en los artículos anteriores, acompañada de ladocumentación siguiente:

a) Memoria justificativa con expresión de la programación de la ejecución.

b) Anteproyecto de urbanización

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c) Planos de información y de delimitación de las unidades de ejecución quecomprendan la actuación.

d) Plano parcelario y relación de titulares de los bienes y derechos objeto dela actuación.

e) Estudio de viabilidad económico - financiera, con valoración de latotalidad de los bienes y derechos objeto de la actuación.

3.3. Estudio de impacto ambiental

El trabajo consistirá en la realización de los documentos técnicos exigidos por elDecreto 183/2003 de 22 de julio, por el que se regula el procedimiento de evaluaciónconjunta de impacto ambiental y por las especificaciones marcadas en la Ley 2/2006, de30 de junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco, todo ello en relación con elexpediente del Plan de Sectorización de Txenperenea en Irun.

A tal efecto, el equipo adjudicatario deberá redactar un Estudio de Evaluación Conjuntade Impacto Ambiental que dé cumplimiento a lo establecido en los citados textoslegales. Este estudio deberá ser modificado y adaptado a las diversas fases de que constael procedimiento del Plan de Sectorización, en concreto:

a) Avance. El primer documento de avance contará con Estudio de EvaluaciónConjunta de Impacto Ambiental.

b) Aprobación Inicial. El documento para aprobación inicial contará con unarevisión del Estudio de Evaluación Conjunta de Impacto Ambiental, en funciónde las indicaciones del informe preliminar del órgano ambiental y lassugerencias recogidas en el periodo de información pública. En el caso de queexista alguna discordancia entre la decisión del documento urbanístico y loscontenidos del informe preliminar de impacto ambiental, el equipo adjudicatariodeberá redactar el informe justificativo.

c) Aprobación Definitiva. El documento que se presente a la aprobación definitivadeberá incorporar el Estudio de Impacto Ambiental con las modificacionesoportunas en función de los contenidos del informe preliminar del órganoambiental y de las sugerencias del proceso de información pública posterior a laaprobación inicial. Una vez recibido el informe preliminar, en el caso de existirdiscrepancias y de cara a la aprobación definitiva por parte del Ayuntamiento de

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Irun, el equipo adjudicatario redactará el informe sobre la decisión adoptadarespecto de la inclusión de los aspectos ambientales, de las determinaciones delEstudio de ECIA y del informe definitivo del órgano ambiental.

Contenido del Estudio de Evaluación Conjunta de Impacto Ambiental.

El documento del Estudio de ECIA (que irá siendo completado y revisado en lasdistintas fases de que consta el trabajo), constará de los siguientes apartados:

1- Descripción de los objetivos estratégicos y alternativas consideradas

2- Análisis de interacciones con otros planes y programas

3- Análisis, diagnóstico y valoración ambiental del ámbito afectado por el plan

4- Examen ambiental de las alternativas técnicamente razonables

5- Identificación y valoración de impactos

6- Propuesta de medidas protectoras, correctoras y compensatorias

7- Programa de supervisión de los efectos del plan

8- Documento de síntesis

9- Documentación gráfica

4. PLAZO DE EJECUCIÓN

4.1. Plan de Sectorización

Tendrá los siguientes plazos para su ejecución:

- Elaboración del Plan de Sectorización: un plazo de tres meses a partir de laadjudicación del contrato.

- Informe sobre las alegaciones al Plan de Sectorización: un plazo de quincedías desde la finalización del plazo de exposición al público de dichodocumento.

4.2. Programa de Actuación Urbanizadora

Tendrá los siguientes plazos para su ejecución:

- Elaboración del Programa de Actuación Urbanizadora: un plazo de dos mesesa partir de la aprobación inicial del Plan de Sectorización.

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- Informe sobre las alegaciones al Programa de Actuación Urbanizadora: unplazo de quince días desde la finalización del plazo de exposición al públicode dicho documento.

4.3. Estudio de impacto ambiental

Tendrá un plazo de ejecución de dos meses a partir de la adjudicación del contrato.

El contratista se entenderá incurso en mora por el transcurso del plazo citado, no siendonecesaria intimación previa por parte de la Sociedad.

5. PRECIO DEL CONTRATO

El precio del contrato será de 201.908- euros IVA incluido, desglosado de la siguientemanera:

- Plan de Sectorización: 91.940,-euros IVA incluido

- Programa de Actuación Urbanizadora: 99.760- euros IVA incluido

- Estudio de Impacto Ambiental: 10.208- euros IVA incluido

Esta cantidad podrá ser mejorada a la baja por los licitadores en sus ofertas. En este caso,se entenderá que la baja sobre el precio total se aplica proporcionalmente a cadadocumento.

Se entenderá que las proposiciones presentadas comprenden no sólo el precio delcontrato, sino también el importe del IVA, así como todo tipo de impuestos, gastos, tasasy arbitrios de cualquier esfera fiscal al igual que el beneficio fiscal del contratista.

6. FORMA DE PAGO

El contratista tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de lostrabajos que realmente ejecute, con sujeción al contrato formalizado, a susmodificaciones aprobadas, y a las órdenes dadas por escrito por IRUNGOETXEBIZITZARAKO ELKARTE PUBLIKOA/SOCIEDAD PÚBLICA DEVIVIENDA DE IRUN, SAU.

El precio se abonará en la siguiente cuantía y plazos:

1- Plan de Sectorización y Programa de Actuación Urbanizadora

- El 50% del precio de adjudicación, a la Entrega del documento.

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- El 30% a la presentación del Informe sobre las Alegaciones.- El 20% a la Aprobación Definitiva.

2- Estudio de Impacto Ambiental

- El 50% tras la entrega del primer documento de ECIA (Avance).- El 25% tras la entrega del documento para la aprobación inicial.- El 25% tras la entrega del documento para la aprobación definitiva.

7. REVISIÓN DE PRECIOS

En el presente contrato no se procederá la revisión de precios.

8. GARANTÍAS

a) Provisional: 1.000 Euros.

b) Definitiva: El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de lasobligaciones contraídas, está obligado a constituir una garantía definitiva por importedel 4% del precio del contrato.

El plazo para la total constitución de la citada garantía será de quince días hábilescontados desde el siguiente a aquel en que fuese notificado el adjudicatario a tal efecto yserá devuelta una vez cumplidas por éste todas sus obligaciones contractuales.

Las garantías se depositarán en IRUNGO ETXEBIZITZARAKO ELKARTEPUBLIKOA /SOCIEDAD PÚBLICA DE VIVIENDA DE IRUN, S.A.U. y se podránconstituir en metálico o en cualquier otro medio de los admitidos por la legislaciónvigente.

En caso de constituirse en metálico, el importe de la garantía se ingresará en la cuentacorriente número 2101 0202 33 0011333036 de la Gipuzkoa Donostia Kutxa,entregando una copia del abonaré en IRUNGO ETXEBIZITZARAKO ELKARTEPUBLIKOA/SOCIEDAD PÚBLICA DE VIVIENDA DE IRUN, S.A.U., junto a unnúmero de cuenta corriente donde se desee que se ingrese la devolución de la garantía.

9. EJECUCIÓN DEL CONTRATO

La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista.

El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas contenidas en el presente pliego y, ensu caso, a las especificaciones técnicas unidas al expediente, de acuerdo con lasinstrucciones que para su interpretación diese al contratista la sociedad contratante.

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10. OBLIGACIONES LABORALES DEL CONTRATISTA

El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes enmateria laboral, de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo, quedando lasociedad contratante exonerada de responsabilidad por este incumplimiento

11. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOSA TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO

El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuenciade las operaciones que requiera la ejecución del contrato.

12. MODIFICACIONES DEL CONTRATO

La sociedad contratante podrá modificar el contrato, por razones de interés público,debido a necesidades nuevas o causas imprevistas

13. RECEPCIÓN Y PLAZO DE GARANTÍA

En el plazo máximo de 30 días desde la finalización de la prestación objeto del contrato seproducirá el acto formal y positivo de recepción de la misma.

Dada la naturaleza de este contrato no se prevé el establecimiento de un plazo de garantía.

14. PENALIDADES AL CONTRATISTA POR INCUMPLIMIENTO DE LOSPLAZOS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO

Si el contratista por causas imputables al mismo hubiese incurrido en demora respecto delcumplimiento del plazo de ejecución del contrato, IRUNVI podrá optar indistintamentepor la resolución del mismo con pérdida de la garantía o por la imposición de laspenalidades diarias en la proporción de 0,12 por cada 601,01 euros del precio del contrato.

Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del preciodel contrato, la sociedad contratante estará facultada para proceder a la resolución delmismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.

15. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

Constituyen causa de resolución del contrato las establecidas en los artículos 111 y 214del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, con lasalvedad de que las referencias que en ellos se hacen a la Administración se entenderánrealizadas a la sociedad contratante.

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16. PRERROGATIVAS DE LA SOCIEDAD

Corresponden a la sociedad contratante las prerrogativas de interpretar el contrato,resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interéspúblico, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y consujeción a los requisitos y efectos establecidos en la Ley de Contratos de lasAdministraciones Públicas.

II.- PROCEDIMIENTO PARA CONTRATAR

17. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION

La adjudicación del presente contrato se realizará por procedimiento abierto, utilizándosela forma de concurso.

18. CAPACIDAD PARA CONTRATAR

Podrán tomar parte en este procedimiento de contratación las personas naturales ojurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar y no esténincursas en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 20 delTexto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.Asimismo, podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante poderbastante otorgado al efecto. Cuando en representación de una persona jurídica concurraalgún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado paraello. Tanto en uno como en otro caso, al representante le afectan las causas de incapacidadpara contratar citadas.

Además los licitadores deberán tener como finalidad realizar actividades que tenganrelación directa con el objeto del presente contrato y disponer de una organización dotadade elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del mismo.

19. PROPOSICIONES, DOCUMENTOS Y PLAZO DE PRESENTACION

El expediente de esta licitación, con las condiciones y demás elementos podrá serexaminado en IRUNVI, C/ Iglesia nº 6 – bajo, de Irun, de 9.30 a 13.30 de lunes aviernes, durante el plazo especificado en el anuncio de este concurso, de presentación delas ofertas.

Por otra parte, los Pliegos de Condiciones estarán a disposición de los interesados enIRUNVI (www.irun.org/irunvi).

Dichas solicitudes se presentarán en el mismo lugar y horario indicados dentro de tressobres cerrados, “A”, “B” y “C”, en los que figurará la inscripción “PROPUESTA

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PARA LA PARTICIPACIÓN EN LA CONTRATACIÓN DE LA REDACCIÓN DELPLAN DE SECTORIZACIÓN, PROGRAMA DE ACTUACIÓN URBANIZADORA

Y ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL AREA DE INTERVENCIÓNURBANÍSTICA 6.2.06 TXENPERENEA DE IRUN” , con la identificación y firma delofertante o persona que la represente –en el supuesto de empresa -, y que contenga lossiguientes documentos:

El SOBRE A, que se titulará “PROPUESTA ECONOMICA”, contendrá únicamente laproposición económica con la identificación y firma del ofertante o persona querepresente, y se adecuará al siguiente modelo:

PROPOSICION ECONÓMICA PARA TOMAR PARTE EN LA EN LA CONTRATACIÓN DE LA REDACCIÓN DEL PLAN DE SECTORIZACIÓN,PROGRAMA DE ACTUACIÓN URBANIZADORA Y ESTUDIO DE IMPACTOAMBIENTAL DEL AREA DE INTERVENCIÓN URBANÍSTICA 6.2.06TXENPERENEA DE IRUN

D..............................................................con domicilio en, CP........, D. N. I. nº..................,teléfono .....en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombrepropio (o en representación de ....,con domicilio en..................................., CP........,teléfono........................., y DNI o C. I. F. - según se trate de persona física o jurídica-................................), ante la contratación por concurso abierto de los trabajos deRedacción del Plan de Sectorización, Programa de Actuación Urbanizadora y Estudio deImpacto Ambiental del A.I.U. 6.2.06 Txenperenea de Irun, declaro:

1º) Que me comprometo a su ejecución por el precio de ............................................ euros,I.V.A incluido y en los plazos previstos en el pliego de prescripciones técnicas debiendoentenderse comprendidos en el precio todos los conceptos incluyendo los impuestos,gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal al igual que el beneficio industrial delcontratista.

2º) Que conozco el Pliego de Prescripciones Técnicas, el Pliego de CláusulasAdministrativas Particulares y demás documentación que ha de regir el presente contrato,que expresamente asumo y acato en su totalidad.

3º) Que la empresa a la que represento, cumple con todos los requisitos y obligacionesexigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.

En..............................., a...............de.......................................de 2007.

Firma

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El SOBRE B, se titulará “CAPACIDAD DE OBRAR”, y contendrá los siguientesdocumentos:

a) Fotocopia del D. N. I. del participante o su representante. Además, en el caso de que seactúe en representación de otra persona o entidad, poder notarial que lo acredite.

b) Cuando el ofertante sea una persona jurídica, escritura de constitución o modificación,en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y número de identificación fiscal,cuando la inscripción fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le seaaplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante laescritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las

normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondienteRegistro oficial. Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de laComunidad Europea, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional ocomercial cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo.

c) Declaración expresa responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones decontratar enumeradas en el artículo 20 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de lasAdministraciones Públicas, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse alcorriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Socialimpuestas por las disposiciones vigentes, salvo que se aporten certificaciones acreditativasde estas dos últimas circunstancias.

d) Acreditación de estar dado de alta en el I.A.E., en el epígrafe que corresponda al objetodel contrato, así como de haber satisfecho el último recibo de este impuesto en caso deestar obligado a su pago. Se acompañará una declaración responsable de no haberse dadode baja en la matrícula del referido impuesto.

e) Justificantes de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional del ofertante,por los medios establecidos en los artículos 16, letra c y 19, letra e del Texto Refundido dela Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

f) Acreditación de disponer de una organización con elementos personales y materialessuficientes para la debida ejecución del contrato.

g) Justificante de haber constituido la garantía provisional.

La documentación referida en esta cláusula, identificada con las letras “a”, ”b”, ”d” y “e”,podrá substituirse por Certificación de la inscripción del contratista en el Registro deContratistas de la Comunidad Autónoma Vasca y/o en el del Territorio Histórico deGipuzkoa.

La documentación exigida se podrá presentar en original o copia de la misma. La sociedadpodrá exigir al adjudicatario la presentación de los documentos originales previa a la firmadel contrato.

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El SOBRE C, se titulará “MEMORIA TÉCNICA”, y contendrá los siguientesdocumentos:

a). AVANCE DE PROPUESTA TÉCNICA

Memoria Explicativa que avance los criterios que regirán la propuesta urbana a desarrollar,así como la solución a los problemas específicos del ámbito. Podrá contener los planos queel concursante estime necesarios para hacer comprensible su propuesta.

b). PROGRAMA DE TRABAJO

Deberá incluir como mínimo los siguientes datos:- Fijación de los trabajos que integran el servicio o prestación y, en su caso, de lasoperaciones más importantes constitutivas de dichos trabajos.

- Determinación del equipo y medios a emplear en el desarrollo del trabajo y servicio, conexpresión del responsable o delegado del contratista.

- Estimación en períodos de calendario de los plazos parciales de elaboración de losdiversos trabajos.

La descripción del Programa de Trabajo, no podrá exceder de un número superior a 10páginas, tamaño DIN A-4, por una de las caras. c). EQUIPO TÉCNICO ADSCRITO

Se incluirá exclusivamente el personal a contratar, no colaboradores, para lo que se deberácumplimentar el documento de “Compromiso de contrato” que se adjunta como Anejo I.

c.1) DATOS DEL PERSONAL ADSCRITO.

Por cada Técnico se indicará: Nombre y apellidos:

Titulación:

Doctorado: (sí o no)

Año de colegiación:

Experiencia como profesional libre: (Resumen estimado, sin desglose por trabajos, de latrayectoria como profesional libre, en las diferentes ramas de la actividad de la profesión)

Experiencia como profesional contratado: Si la hay, explicación resumida

Experiencia en la docencia: Si la hay, explicación resumida

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Presentación a Concursos: Indicarlos

Premios o Accésits en Concursos: Indicarlos

c.2) CURRICULUM PROFESIONAL.

Explicará y justificará los Proyectos Urbanísticos y de Edificación de vivienda realizadospor quienes se vayan a responsabilizar de los trabajos, con especial mención a los que porsu destino y características resulten más semejantes al del objeto del contrato.

20. APERTURA PROPOSICIONES Y ADJUDICACION

La apertura de plicas se celebrará en el lugar, día y hora especificados en el anuncio de esteconcurso.

El Consejo de Administración de IRUNGO ETXEBIZITZARAKO ELKARTEPUBLIKOA /SOCIEDAD PÚBLICA DE VIVIENDA DE IRUN, S.A.U., valoradas lasofertas conforme a lo especificado en la Cláusula 19ª de este Pliego, adjudicará el concursoa la empresa mejor puntuada pero, si estimare que el resultado no reúne las condicionesadecuadas, podrá declararlo desierto.

21. CRITERIOS DE ADJUDICACION

El órgano de contratación adjudicará el concurso, teniendo en cuenta, los siguientescriterios objetivos, según se indican por orden decreciente de importancia y con suponderación correspondiente:

1.- Programa de trabajo establecido en las especificaciones del punto b) del sobre C,descrito en la cláusula 17ª del pliego........................................................ 25 puntos.

2.- Avance de propuesta técnica establecida en las especificaciones del punto a) delsobre C, descrito en la cláusula 17ª del pliego......................................... 25 puntos.

3.- Equipo Técnico (curriculum general)................................................. 20 puntos.

Se valorará, la cualificación técnica y profesional general del equipo redactor enmaterias relacionadas con el planeamiento urbanístico, la gestión urbanística y laordenación del territorio.

4.- Experiencia temática ......................................................................... 25 puntos.

Se valorará la experiencia acreditada en la elaboración de documentos urbanísticos yproyectos en ámbitos similares, debiendo especificar los licitadores, importe, fechas,

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estado de tramitación y su grado de participación, así como el conocimiento específico delámbito del concurso.

A los efectos de la valoración de los apartados 3 y 4, se entenderá por equipo redactor alconstituido por los técnicos que se propongan adscribir directamente al proyecto.

5.- Minoración en el precio, IVA incluido, de licitación: hasta un máximo de un 5% delprecio de licitación................................................................................... 5 puntos.

La puntuación se calculará de forma que cada 1% de minoración en los precios suponeUN PUNTO, con lo que una rebaja del 5% supondrán los 5 puntos, que como máximose pueden obtener en este apartado.

22. PERFECCION Y FORMALIZACION DEL CONTRATO

El contrato se perfeccionará mediante la adjudicación realizada por IRUNGOETXEBIZITZARAKO ELKARTE PUBLIKOA/ SOCIEDAD PÚBLICA DE VIVIENDADE IRUN, S.A.U.

El contrato se formalizará dentro del plazo de quince días, a contar desde el siguiente al dela notificación de la adjudicación.

23. DOCUMENTOS EXIGIDOS AL ADJUDICATARIO

El adjudicatario, en un plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al denotificación de la adjudicación del contrato, deberá presentar la siguiente documentación:

a) Justificación acreditativa del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con laSeguridad Social, salvo que las certificaciones las hubiese aportado junto con laproposición.

b) Justificante que acredite haber constituido la garantía definitiva prevista en lacláusula 6ª punto b) del Pliego.

24. DERECHOS Y OBLIGACIONES

- La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista.

- El empresario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materialaboral, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el trabajo, sin que elincumplimiento por su parte de dichas obligaciones implique responsabilidad algunapara IRUNGO ETXEBIZITZARAKO ELKARTE PUBLIKOA / SOCIEDADPÚBLICA DE VIVIENDA DE IRUN, S.A.U., así como las que se promulguendurante la ejecución del mismo.

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- Será obligación del empresario indemnizar los daños y perjuicios que se causen comoconsecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del servicio.

- El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y delas prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcanpara la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuadoso conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. Sólo quedará exento de laresponsabilidad cuando los vicios que se observen, sean consecuencia directa de unaorden de IRUNGO ETXEBIZITZARAKO ELKARTE PUBLIKOA / SOCIEDADPÚBLICA DE VIVIENDA DE IRUN, S.A.U., o de las condiciones impuestas porella.

- La obtención de cuantas licencias o autorizaciones administrativas sean precisas, parala prestación del servicio, correrá siempre a cargo del adjudicatario, quien deberápedirlas en su nombre.

- Todos aquellos datos que pudiera conocer la empresa adjudicataria en relación con losservicios contratados se entienden confidenciales, debiendo guardar la identidad y elsecreto de los mismos. El adjudicatario deberá indemnizar a IRUNGOETXEBIZITZARAKO ELKARTE PUBLIKOA/SOCIEDAD PÚBLICA DEVIVIENDA DE IRUN, S.A.U. y a las personas afectadas por los daños y perjuicioscausados por la contravención del deber de sigilo profesional.

- El adjudicatario deberá prestar, sin derecho de pago suplementario, los servicios quese estimen necesarios para el correcto desarrollo y cumplimiento del contrato, talescomo asistencia a reuniones de trabajo o informativas, coloquios, exposiciones,informes.

- El adjudicatario debe subsanar los errores materiales, que se adviertan en ladocumentación gráfica o literaria de los documentos redactados durante la tramitacióndel expediente, así como durante el período en garantía.

- El adjudicatario deberá incorporar a los documentos redactados, todos aquellosnuevos documentos que se estimen procedentes como consecuencia de lasmodificaciones que la Corporación acuerde introducir, fruto de la estimación desugerencias o alegaciones formuladas en las diversas exposiciones al público durantelas distintas fases del documento (Avances, Aprobación Inicial, Provisional yDefinitiva).

- El adjudicatario deberá mantener el equipo técnico señalado en la proposición, sin quepueda modificar dicho personal sin consentimiento de la Sociedad.

- La utilización por la empresa adjudicataria de datos de carácter personal objeto detratamiento automatizado que pueda resultar precisa para el cumplimiento delcontrato, se efectuará con observancia de lo dispuesto en la Ley Orgánica 5/1992, de29 de octubre, de regulación del tratamiento automatizado de los datos de carácterpersonal.

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- La empresa adjudicataria no podrá aplicar o utilizar los datos automatizados decarácter personal que obtenga por razón del contrato con fin distinto al que figura enel mismo, ni cederlos, ni siquiera para su conservación a otras personas.

- Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal tratadosdeberán ser entregados a IRUNGO ETXEBIZITZARAKO ELKARTEPUBLIKOA/SOCIEDAD PÚBLICA DE VIVIENDA DE IRUN, S.A.U. La empresaadjudicataria deberá destruir los suyos, salvo que medie autorización escrita deIRUNGO ETXEBIZITZARAKO ELKARTE PUBLIKOA/ SOCIEDAD PÚBLICADE VIVIENDA DE IRUN, S.A.U., motivada por la posibilidad de ulterioresservicios, en cuyo caso se podrán almacenar, con las debidas condiciones deseguridad por un periodo de cinco años.

25. DIRECCIÓN Y CONTROL DEL CONTRATO

25.1.- La dirección y control del contrato se llevará a cabo por IRUNGOETXEBIZITZARAKO ELKARTE PUBLIKOA/ SOCIEDAD PÚBLICA DE VIVIENDADE IRUN, S.A.U., siendo el Director del contrato el Gerente de la Sociedad. La DirecciónTécnica se encomienda al Servicio de Planeamiento Urbanístico del Ayuntamiento de Irun.

25.2.- IRUNGO ETXEBIZITZARAKO ELKARTE PUBLIKOA/SOCIEDAD PÚBLICADE VIVIENDA DE IRUN, S.A.U., no será responsable, directa ni indirectamente, de loque, con plena responsabilidad técnica y legal, proyecte y calcule el adjudicatario.

25.3. – INFORME SOBRE EL DESARROLLO DE LOS TRABAJOS DE LOSDIFERENTES DOCUMENTOS:

a) En la primera semana del trabajo de cada DOCUMENTO, el Adjudicatario presentaráa la aprobación de IRUNGO ETXEBIZITZARAKO ELKARTEPUBLIKOA/SOCIEDAD PÚBLICA DE VIVIENDA DE IRUN, S.A.U., un programade trabajo en el que se definan los plazos parciales en los que se completarán lasdiferentes fases más significativas del documento.

b) El Adjudicatario informará obligatoriamente y por escrito a IRUNGOETXEBIZITZARAKO ELKARTE PUBLIKOA/SOCIEDAD PÚBLICA DEVIVIENDA DE IRUN, S.A.U., en reuniones quincenales, sobre la marcha general delos trabajos encomendados y cumplimiento del programa de trabajos aprobado.

c) Al menos con quince días de antelación a la finalización del plazo de redacción, se haráentrega a IRUNGO ETXEBIZITZARAKO ELKARTE PUBLIKOA / SOCIEDADPÚBLICA DE VIVIENDA DE IRUN, S.A.U., con copia al Departamento deUrbanismo del Ayuntamiento de Irun, del documento de borrador completo del trabajo,para que una vez analizado por éste, se realicen los ajustes y se edite y entregue eldocumento definitivo dentro del plazo de redacción aprobado.

d) La contestación a las alegaciones y reclamaciones en el avance y en las fasesposteriores a la aprobación inicial corresponderá al adjudicatario.

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e) El adjudicatario está obligado a emitir informe respecto a las reclamaciones ysolicitudes urbanísticas de toda índole que formulen los interesados, en el período deinformación pública del Plan objeto del concurso, también informará a requerimientodel Ayuntamiento o de la Sociedad, en orden a la aclaración de problemas y dudasque le sean planteados en relación al trabajo, objeto del concurso.

f) El adjudicatario estará obligado a informar en los recursos administrativos quepudieran interponerse por los interesados y a realizar las modificaciones orectificaciones, o a subsanar cuantos defectos sean necesarios como consecuencia dela resolución de dichos recursos.

Los informes mencionados en los apartados anteriores se entienden sin perjuicio de losinformes técnicos y jurídicos que puedan o deban emitir los servicios municipales.

26.- CESION DEL CONTRATO A TERCEROS. SUBCONTRATOS.

En lo referente a este epígrafe se estará a lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de laL.C.A.P.

En Irun, a ..de ........... de 2007

Fdo.: JUAN JOSE JAUNARENA NUÑEZ

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ANEXO I

I. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA (estará a disposición del concursante en ellugar especificado en el anuncio del concurso).

I.1. Plano de situación (1:5000)

I.2. Topográfico. Estado Actual (1:1000)

I.3. Parcelario. Usos existentes (1:1000)

I.4. Ordenación Modificación PGOU pendiente de aprobación provisional (1:1000).

I.5. Determinaciones del Plan General vigente.

I.6. Estudio de las afecciones de las servidumbres físicas del aeropuerto de Hondarribia.

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ANEXO II

I. COMPROMISO DE CONTRATO

COMPROMISO DE CONTRATO

En ................., ........ de ............................. de 2007.

COMPARECEN:

De una parte,

Don ............................................., en nombre y representación de .....................

Y de otra,

Don ............................................., en nombre y representación de .....................

MANIFIESTAN:

Que ................... tiene intención de presentarse al concurso público, convocado porIRUNGO ETXEBIZITZARAKO ELKARTE PUBLIKOA/SOCIEDAD PÚBLICA DEVIVIENDA DE IRUN, S.A.U. (en adelante IRUNVI), mediante anuncio en el B.O.G. nº....... de ..... de .......................... de 2006, para la elaboración de los trabajos consistentes en...............................................................................

Que ............................................. tiene intención de participar con .................... en elreferido concurso con el objeto de (detallarlo) .........................................................., para locual ESTIPULAN:

PRIMERO.- Que en caso de resultar .................. adjudicatario del concurso, se suscribiráentre ............. y ........................ un Contrato de Arrendamiento de Servicios Profesionales,que se presentará ya firmado, como condición previa e indispensable para la formalizacióndel contrato con IRUNVI, y que contendrá, entre otras, las siguientes CLÁUSULAS:

“1.- OBJETO DEL CONTRATO.

(Describiendo en detalle los trabajos que deberá realizar la parte contratada, coincidiendocon el objeto del manifiesto).

2.- HONORARIOS Y FORMA DE PAGO.

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(Los honorarios por la prestación del mencionado servicio, y cómo se abonarán).

3.- PLAZO DEL CONTRATO.

(La duración del contrato, que estará vinculado a la efectiva prestación del serviciocontratado, y que se ajustará a lo establecido en los Pliegos que sirven de base de laadjudicación)”.

SEGUNDO.- El futuro Contrato de Arrendamiento de Servicios Profesionales se suscribiráentre las partes, en caso de que ..................................................... resulte adjudicatario delconcurso, en un plazo no superior a los ....... días desde la notificación de la adjudicaciónpor parte de IRUNVI.

Las partes suscribentes manifiestan su conformidad con el contenido del presenteCompromiso de Contrato, emitido en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha reseñados ensu encabezamiento, y proceden a su firma.

Fdo.: .....................................................

Fdo.: .....................................................

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