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PLAN REGIONAL DE EMERGENCIAS MINERAS Página 1 de 19 REGIÓN DE VALPARAÍSO Versión I 08-09-2015 PLAN REGIONAL DE EMERGENCIAS MINERAS “Plan de Operaciones para Situaciones de Emergencia en la Pequeña MineríaREGIÓN DE VALPARAÍSO Actualizado por: Comisión Plan Emergencia CORESEMIN VALPARAÍSO Revisado Por: CORESEMIN VALPARAÍSO Aprobado Por: INTENDENTE REGIÓN DE VALPARAÍSO Fecha: 08 de septiembre de 2015 Fecha: 08 de septiembre de 2015 Fecha: 30 de septiembre de 2015

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PLAN REGIONAL DE

EMERGENCIAS MINERAS

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REGIÓN DE VALPARAÍSO Versión I

08-09-2015

PLAN REGIONAL DE EMERGENCIAS MINERAS

“Plan de Operaciones para Situaciones de

Emergencia en la Pequeña Minería”

REGIÓN DE VALPARAÍSO

Actualizado por:

Comisión Plan

Emergencia CORESEMIN

VALPARAÍSO

Revisado Por:

CORESEMIN VALPARAÍSO

Aprobado Por:

INTENDENTE REGIÓN DE

VALPARAÍSO

Fecha: 08 de septiembre

de 2015

Fecha: 08 de septiembre de

2015

Fecha: 30 de septiembre

de 2015

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EMERGENCIAS MINERAS

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REGIÓN DE VALPARAÍSO Versión I

08-09-2015

PRESENTACIÓN

La pequeña minería y minería artesanal de la Región de Valparaíso la componen en la

actualidad aproximadamente 250 faenas mineras en actividad permanente1, en la

que laboran como promedio 4 trabajadores directos por faena.

Esta minería se concentra principalmente en las provincias de Petorca y San Felipe, y

en menor medida en algunas comunas de las provincias de Los Andes y Quillota.

El presente documento viene a complementar el Plan Regional de Emergencia y su

propósito es contribuir a la prevención y atención de situaciones de emergencia que

puedan presentarse en la pequeña minería y minería artesanal, la cual desarrolla su

actividad en yacimientos de pequeño tamaño, los que muchas veces no cuentan con

estudios de su potencial que le permitan diseñar su explotación en forma óptima y

segura.

Este Plan es un protocolo que permite coordinar los aportes y ayuda disponibles,

públicos y privados, para concurrir en apoyo de situaciones de emergencias en la

pequeña minería y la minería artesanal.

1 Registro de faenas mineras, año 2015, Dirección Regional Sernageomin Zona Centro

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1. ANTECEDENTES GENERALES

El Decreto Supremo N°132 de 2002 y sus modificaciones, que fija el texto refundido,

sistematizado y coordinado del Decreto Supremo N°72 que establece el Reglamento

de Seguridad Minera, regula las acciones y condiciones en las que debe operar en

forma segura cualquier faena minera en Chile, tanto de la pequeña, mediana y gran

minería.

Respecto a las emergencias, la gran y mediana minería cuentan con los recursos

humanos, técnicos y financieros disponibles para enfrentarlas, lo que no sucede en la

pequeña minería, que requiere la concurrencia de aportes públicos y privados.

Un ejemplo que se destaca en este sentido, es la creación en el año 2013 de la Red de

Apoyo a la Emergencia Minera (RAEM) de los Bomberos de Putaendo, Llay-Llay y

Cabildo, lo que contó con el financiamiento del Gobierno Regional, la coordinación

de la Seremi de Minería y el apoyo de la empresa privada. Este apoyo consistió en

capacitación y equipamiento para 30 voluntarios (10 de cada cuerpo de bomberos)

para enfrentar emergencias de este tipo.

Este Plan de Operaciones para Situaciones de Emergencias Mineras en la región de

Valparaíso es una herramienta diseñada para apoyar la pequeña minería, quedando

por desarrollar los mecanismos y recursos que serán necesarios, tarea que junto al

CORESEMIN, deberán llevar adelante la Seremía de Minería y la Dirección Regional

Zona Central de SERNAGEOMIN.

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2. EMERGENCIA MINERA Y MARCO DE ACCIÓN

Las situaciones de emergencia en la pequeña minería se deben enfocar en dos

etapas:

Plan Básico: Consiste en la activación inmediata de los procedimientos y

protocolos de emergencia mínimos que debe poseer cualquier faena minera

para atender sus emergencias. Estos protocolos se deben basar en una

evaluación primaria de riesgos.

Plan de Operaciones de Emergencias Mineras: Se aplica cuando una situación

derivada de una emergencia minera no puede ser controlada con los medios

disponibles en el Plan Básico, generándose una situación de emergencia. Este

plan debe considerar la aplicación de una fase de alarma, una fase de

respuesta, y una etapa de comunicaciones.

Dependiendo de la magnitud de la emergencia, será la Dirección Regional de

ONEMI quien coordinará las acciones y apoyos de recursos humanos y materiales

del Sistema de Protección Civil, que permitan responder adecuadamente a la

emergencia.

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3. PLAN DE OPERACIONES DE EMERGENCIAS MINERAS

3.1. OBJETIVO

Lograr una adecuada coordinación para movilizar recursos adscritos al Plan de

Emergencia con el fin de enfrentar exitosamente las emergencias mineras. Dada

su complejidad y condiciones geográficas en que se desenvuelve, requiere contar

con los medios y personal adecuado para dar una respuesta satisfactoria ante una

emergencia.

3.2. ALERTAS ESCALONADAS O FASE DE ALARMA

Una alerta, es una señal o sobre aviso que indica que podría existir o existe una

situación de emergencia, lo que determina la preparación y/o movilización de

recursos que sean necesarios orientados por los principios de ayuda mutua y uso

Escalonado de Recursos. Toda preparación y movilización de recursos adicionales,

que sobrepase la capacidad local, se encontrará bajo la coordinación de la

Dirección Regional de ONEMI.

El Plan de Operaciones para situaciones de emergencias mineras, considera dos

tipos de alertas para su aplicación:

3.2..1. Alerta Nivel 1

Esta alerta corresponde a una emergencia en donde se aplica el Plan

Básico, es decir, los recursos con que cuenta la faena minera son suficientes

para dar una respuesta inmediata y adecuada. Sin embargo, se debe dar

alerta a través del sistema de comunicaciones, de modo de mantener

informados a los distintos integrantes del sistema, quienes deben estar

preparados en caso que el desarrollo de la emergencia requiera apoyo de

recursos adicionales. Será responsabilidad del “dueño” o representante de

la faena y/o del trabajador responsable entrenado para estas situaciones,

dar la información correspondiente.

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3.2.2. Alerta Nivel 2

Esta alerta corresponde a una emergencia en donde los recursos disponibles

mediante el Plan Básico no son suficientes para dar una respuesta inmediata

y adecuada, por lo que se requiere la activación del apoyo inmediato de

los otros integrantes del sistema, por ejemplo, Bomberos, Servicio de Salud,

Mutualidades, Carabineros y otras empresas participantes. Se debe dar la

alerta a través del sistema de comunicaciones donde, de manera

inmediata, se deben activar los protocolos de respuesta de cada uno de los

integrantes del sistema. Será responsabilidad del “dueño” o representante

de la faena dar la alerta correspondiente.

3.2.3. Codificación de Emergencias

La codificación para los distintos tipos de emergencias es la siguiente:

• Clave 1: Personas atrapadas en faena minera de difícil acceso y que se

establezca la posibilidad de que estén con vida

• Clave 2: Personas atrapadas en zonas de acceso más fácil y que se

encuentren con vida

Clave 3: Rescate de Personas fallecidas

Clave 4: Emergencias que impliquen riesgos para la población cercana

(Colegios, hospitales, asentamientos, etc. )

Clave 5: Emergencias que impliquen riesgos para el medio ambiente

(Compromiso cursos de agua, emanación de gases, suelos, etc.)

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3.2.4. SISTEMA DE ACTIVACIÓN DEL PLAN DE OPERACIONES (FASE DE RESPUESTA Y

ETAPA DE COMUNICACIÓN)

Las comunicaciones para enfrentar situaciones de emergencias mineras se

canalizarán por la Red del Sistema de Comunicaciones Regional de

Emergencia y, preferentemente para las coordinaciones operativas, se

utilizarán los siguientes subsistemas para las tareas específicas que se indican:

a) Subsistema VHF BOMBEROS, coordinación operativa de terreno.

b) Subsistema VHF REGIONAL, coordinación del Centro Regional de Alerta

Temprana de la Dirección Regional de ONEMI con las Oficinas Comunales

y Provinciales de Emergencia y los Coordinadores de Emergencia

correspondientes.

c) Los refuerzos con red de teléfonos satelitales se analizará en detalle más

adelante.

El Centro Regional de Alerta Temprana de la Dirección Regional de ONEMI,

mantendrá los subsistemas indicados permanentemente activos y a

disposición del Coordinador Regional de Emergencia.

Para este efecto, se deberá alertar según el siguiente diagrama de flujo.

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a) Se da aviso a Bomberos del sector, indicando los antecedentes descritos a

continuación:

• Tipo de emergencia (breve descripción)

• Lugar (referencia geográfica, coordenadas UTM en Datum

WGS84, etc.)

• Hora de inicio de la emergencia

• Número de personas involucradas

• Nombre de la persona que llama

• Teléfono o correo de contacto

b) Bomberos que recibe la alerta, activará a los otros organismos integrantes del

sistema quienes activaran sus protocolos internos de respuesta y se dirigirán

al sector de la emergencia

No obstante, cualquier organismo que sea notificado en primera instancia, deberá

alertar a los otros organismos integrantes del sistema.

Emergencia

Bomberos

Carabineros Onemi Sernageomin Salud (Organismo

administrador, Samu)

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3.3. PUNTO DE ENCUENTRO

Es un lugar destinado por el coordinador de emergencia al cual deben concurrir

y concentrarse los recursos humanos y materiales para recibir instrucciones

específicas de las tareas a desarrollar y su distribución en la zona la emergencia.

Por la dispersión geográfica de las faenas mineras la ubicación del punto de

encuentro será decidida en un lugar de fácil acceso y que tenga puntos de

referencia conocidos. También se informará mediante sistema de coordenadas

UTM (Universal Transversal de Mercator) en Datum WGS 84.

4. ORGANIZACIÓN Y MEDIOS PARTICIPANTES

4.1. COORDINADOR DE EMERGENCIAS MINERAS

El Coordinador de Emergencias Mineras será el Director Regional de ONEMI o

quién lo represente. En caso que no sea posible, lo hará el Seremi de Minería o

el Director Regional SERNAGEOMIN Zona Central, en ese orden.

Será función del coordinador de emergencias mineras en forma permanente:

a) La verificación y evaluación de la situación con la Jefatura de emergencia y

con otros Jefes de Servicios y/o instituciones participantes en la emergencia

b) La coordinación de la movilización de los recursos humanos y materiales

disponibles que la situación aconseje y que le sean solicitados por el Jefe de

emergencia

c) Informar a la autoridad de Gobierno Interior sobre la situación, medidas

adoptadas, necesidades y toda otra información relativa a la emergencia

Evaluaciones de la situación permitirán al Director Regional de ONEMI modificar

la amplitud y/o cobertura para la movilización de recursos y área de aplicación

de la respectiva Alerta.

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Se considerará superada la situación de emergencia cuando los recursos utilizados

en ésta retornan a sus actividades habituales, acción que será reportada por el

Coordinador de Emergencias Mineras.

4.2 JEFE DE EMERGENCIA

Dado que el aviso inicial de la emergencia se dá al Cuerpo de Bomberos del

sector, en una primera instancia el Jefe de la Emergencia será el Comandante

del Cuerpo de Bomberos local o quien lo reemplace, quien tendrá el mando

operativo y la exclusiva responsabilidad de las acciones dirigidas a enfrentar la

emergencia minera, y quien deberá estar asesorado por un integrante de la

RAEM.

Una vez que se presente el SERNAGEOMIN en el lugar del suceso, se establecerá

un mando conjunto entre el jefe de la emergencia inicial y Sernageomin.

Es imprescindible la presencia de personal especialista del SERNAGEOMIN,

especialistas de la SEREMI de Minería y del dueño de la faena, de manera de

poder entregar la información técnica específica para dar un apoyo adecuado.

4.3. MEDIOS PARTICIPANTES

En toda circunstancia actúan prioritariamente los recursos de Bomberos, a

quienes les corresponde como tarea normal y fundamental, la responsabilidad

del rescate; SERNAGEOMIN, quienes deben brindar el apoyo técnico necesario

para enfrentar la emergencia y los recursos de, Seremi de Minería, Carabineros

de Chile y Empresas que colaboren con recursos y personal, a quienes

corresponden acciones de apoyo.

Las principales Instituciones y Organismos que apoyan a Bomberos en las tareas

de rescate y en la administración global de la emergencia son las siguientes:

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Comité de Operaciones de Emergencia Comunal (municipalidades

involucradas)

Carabineros de Chile con sus respectivas unidades especializadas

Policía de Investigaciones

Brigadas de rescates (apoyo de empresas mineras)

Servicio de Atención Médica de Urgencia (SAMU)

Servicio de Salud

Sector Obras Públicas (Vialidad y Concesiones)

Fuerzas Armadas (Armada, Ejército, FACH)

Defensa Civil

Cruz Roja Chilena

Otros

Dependiendo de las características de la emergencia, no necesariamente

actuará la totalidad de las entidades anotadas.

Las tareas de coordinación, para el alistamiento y movilización de recursos

solicitados por el jefe de emergencia, son efectuadas por el Centro Regional de

Alerta Temprana de la Dirección Regional de ONEMI, en caso de no ser posible,

el SEREMI de Minería o Director Regional de Sernageomin.

Sin perjuicio de las funciones propias de cada Organismo o Institución para la

atención de emergencias mineras en cumplimiento del presente plan, se

definen las tareas específicas para cada uno de ellos según anexo 1

4.4. MOVILIZACIÓN DE RECURSOS A LA ZONA DE LA EMERGENCIA

Una vez que se ha notificado la emergencia al Cuerpo de Bomberos, ellos

notificarán a los otros organismos y designará al Jefe de Emergencias inicial.

Aquellas Instituciones y Organismos cuyos recursos no sean movilizados de

inmediato, se les notificarán que la Alerta está en práctica, a fin de estar listos en

caso de ser requerido.

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Las jefaturas a cargo de los recursos movilizados reconocerán en el Jefe de

Emergencia a la autoridad técnica a cargo de dirigir todas las acciones como,

asimismo, las que correspondan para los efectos de la desmovilización de los

recursos involucrados en la emergencia.

5. INFORMES DE EMERGENCIA

Todo mensaje generado a partir de una emergencia Minera y comunicado al

Director Regional de ONEMI y que contenga información útil para la toma de

decisiones, se denominará Informe de Emergencia Minera.

Estos informes de emergencia se canalizarán por el Sistema de Comunicaciones de

Emergencia.

En la Fase de Emergencia, los informes oficiales serán aquellos que se canalicen y

se entreguen por la red de mando.

5.1. INFORME PRELIMINAR DE EMERGENCIA MINERA

Los Informes Preliminares son reportes desde el lugar de ocurrencia de una

emergencia minera emitidos por el jefe de Emergencia, donde se indica

superficie afectada además de proporcionar la amenaza y proyección que

posea este evento, el cual será comunicado a su respectiva Central de

Coordinación. Estos informes permitirán conformar una visión general de la

evolución de la situación de emergencia.

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5.2. INFORME DE EMERGENCIA MINERA

Un informe de Emergencia Minera tiene por objetivo transmitir a través del

Director Regional de ONEMI a la autoridad de Gobierno Interior, información

esencial para su evaluación y configuración de la situación en el menor tiempo

posible.

Estos informes serán entregados por los siguientes organismos e instituciones y en

las materias que se indican:

a) Bomberos: Información general de la emergencia Minera como

identificación, ubicación, horarios, recursos humanos y materiales

participantes, daños, lesionados y en general toda información relacionada

con la situación de emergencia de la Emergencia Minera

b) SERNAGEOMIN: Características de las faenas y causas preliminares de la

emergencia. Por normativa, Sernageomin debe efectuar posteriormente, el

informe oficial de las causas de la emergencia

c) Servicio de Salud: Cuantificación y caracterización de las personas lesionadas

productos de la emergencia

d) Carabineros de Chile: Información de carácter policial relacionada con el

evento

Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección Regional de ONEMI, de no ser posible, el

SEREMI de Minería, y/o Bomberos, podrá solicitar a estos organismos e

instituciones u otros participantes toda información derivada de la emergencia

con el propósito de configurar la información necesaria para la confección de

informes finales.

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5.3. INFORME ESTADO DE SITUACIÓN DE UNA EMERGENCIA MINERA

Este informe registra en forma resumida toda aquella información susceptible de

tabular y que permite determinar la severidad de la emergencia minera,

anexándose toda información aclaratoria o complementaria. La información

permanente permite observar en el tiempo la evolución de la emergencia y los

efectos de las decisiones adoptadas.

Estos informes son preparados por el Centro Regional de Alerta Temprana de la

Dirección Regional de ONEMI y transmitidos diariamente a la Intendencia Regional,

como también al Ministerio del Interior, a través del Nivel Central de ONEMI, para

mantenerlos informados respecto de lo que sucede, lo que se está haciendo y

eventuales necesidades en el área afectada.

Toda emergencia minera requerirá de informes por separado, pudiendo incluirse

en un sólo mensaje a las autoridades correspondientes.

5.4. INFORME A LA POBLACIÓN

La información a la población tiene por objetivo disminuir la incertidumbre, la

ansiedad y la conmoción natural, devolviéndole en parte la tranquilidad al poder

conocer y dimensionar en su justa medida la situación de la emergencia minera.

La información técnica relativa a los trabajos producto de la emergencia minera

será entregada por los organismos técnicos competentes en la materia, es decir,

SEREMI de Minería, Sernageomin o por el cuerpo de bomberos de la comuna

respectiva.

La información oficial sobre emergencia minera será difundida a través de los

medios de Comunicación Social por el Director Regional de ONEMI, delegando si lo

estima, en parte, a los organismos técnicos pertinentes.

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ANEXO Nº 1: FUNCIONES DE LAS INSTITUCIONES Y ORGANISMOS

Sin perjuicio de las tareas propias de cada Institución y Organismo para la atención de

emergencias mineras en situación de emergencia, se definen las siguientes funciones:

1. Coordinador de la Emergencia

Representar al Intendente, velando por una eficiente y eficaz coordinación y su

correcta aplicación en los correspondientes niveles del presente Plan

Verificar y evaluar la situación con el Mando Técnico en Terreno

Coordinar la movilización de los recursos humanos y materiales disponibles que

la situación aconseje y que le sean solicitados por el Jefe de la Emergencia

Informar a la Autoridad de Gobierno Interior sobre la situación, medidas

adoptadas, necesidades y toda otra información relativa a la emergencia

Mantener permanentemente activos los sistemas de comunicaciones previstos

en el presente Plan

Preparar los Informes de Estado de Situación por emergencia minera para su

transmisión por los canales regulares de Gobierno Interior

Realizar, en general, todas aquellas tareas previstas en el Plan Regional de

Emergencia y aplicables a las Situaciones de Emergencias mineras (reuniones de

coordinación antes, durante y después de situaciones derivadas de

emergencias mineras)

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2. Carabineros de Chile

Disponer de patrullajes por el área de influencia de la emergencia

Disponer de medidas especiales de tránsito cuando la emergencia minera así lo

amerite, en coordinación con la administración de rutas concesionadas,

cuando corresponda

Controlar el acceso al lugar de la emergencia

Todo lo anterior en coordinación oportuna con la Dirección Regional de ONEMI

3. Cuerpos de Bomberos

Informar diariamente a ONEMI, vía correo electrónico y/o radial, los recursos

disponibles para enfrentar la emergencia, indicando la cantidad de Material

Mayor (Carros Convencionales, Rescate y Cisternas) disponibles, además de

indicar la cantidad disponible para apoyar a otros Cuerpos de Bomberos

Ejecutar las tareas de rescate y evacuación de personas y bienes en el área

afectada

Toda solicitud de apoyo que genere el Cuerpo de Bomberos que participa en la

emergencia debe ser validada por el Jefe de la emergencia

Informar oportunamente a ONEMI, respecto de la movilización de recursos

propios y/o de otros Cuerpos de Bomberos de la Región involucrados

Solicitar apoyo a Cuerpos de Bomberos de otra Región, sólo a través del

Consejo Regional de Cuerpos de Bomberos de la Región de Valparaíso, quien

actuará en estricta coordinación con ONEMI Regional

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4. Servicio de Salud

Asumir la Regulación Médica en terreno

Disponer de ambulancias al área de la emergencia minera para

tratamiento y evacuación de heridos que resultaren de esta, a

requerimiento del Director Regional de ONEMI o CAT Regional

Atender en sus establecimientos los casos derivados de la emergencia

Informar al Coordinador de Emergencia sobre la cuantificación e

identificación de personas atendidas, tipo de lesión y gravedad, producto

de la emergencia, como las derivadas a centros asistenciales

Coordinar la atención en el área de la emergencia con los recursos que

disponga la Municipalidad y Cruz Roja

5. Sernageomin

Liderar la emergencia en conjunto con el Jefe de Emergencias.

Asesorar técnicamente al jefe de emergencias

Reunir la información disponible de la faena minera, tales como

proyectos, Autorizaciones, Planos, etc.

Evaluar la seguridad y estabilidad físico-química de las instalaciones

involucradas en la emergencia

Realizar evaluaciones de riesgos de las instalaciones involucradas en la

emergencia y definir las medidas de control necesarias para enfrentar

exitosamente la emergencia

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Planificar y elaborar procedimientos específicos para enfrentar la

emergencia

Investigar las causas que produjeron la emergencia y definir las medidas

correctivas para que esta no vuelva a suceder

Disponer el cierre total o parcial de la faena hasta que finalice la

investigación

6. Seremi de Minería

Catastrar, mantener y gestionar los recursos que disponen las empresas

privadas que aportaran a la emergencia

Coordinar las brigadas de rescate de empresas mineras, que participarán

en la emergencia

Revisar y actualizar el plan de emergencia

Actualizar trimestralmente la base de datos del plan de emergencia

7. Otros Organismos e Instituciones

Las Mineras que comprometan su apoyo a la emergencia minera serán

representadas por un especialista de su empresa, con la finalidad de asesorar

directamente al Jefe de la Emergencia en materias relacionadas con los

recursos dispuestos por la empresa y las labores en las que ellos colaboren.

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ANEXO 2: AFICHE DE FAENA

En caso de

Emergencia

Llamar a bomberos de xxxx

Teléfono: xxx-xxxxxxx

Debo Informar:

- Nombre de la faena (mina) y empresa o

productor minero titular

- Ubicación geográfica donde se encuentra

(sector, pueblo, comuna)

- Descripción de lo ocurrido

- Cantidad de personas afectadas

- Nombre completo de quien declara la

emergencia

- Teléfono de contacto

Mi faena es: Mina xxx

El Titular de mi faena es: xxx xxxx xxxx

Las coordenadas de mi faena son:

Norte: x.xxx.xxx Este: xxx.xxx