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TEPATITLÁN DE MORELOS GOBIERNO MUNICIPAL 2007 - 2009
“Un Gobierno Transparente y Cercano al Pueblo”
EPOCA II AÑO III
Plan Parcial de Urbanización
Tepatitlán de Morelos, Jalisco.15 de julio de 2009 | N° 74
FraccionamientoFraccionamiento
Valle Real
“Un Gobierno Transparente y Cercano al Pueblo” 1
CONTENIDODI
RECTO
RIO
C. Miguel Franco Barba
Presidente Municipal
Lic. José Luis González Barba
Secretario General
Lic. Lucía Lorena López Villalobos
Síndico Municipal
REGIDORES
Sr. Epifanio Martínez Gutiérrez
Ing. Alberto González Arana
Sra. Bertha Genoveva Venegas de la Torre
Lic. Héctor Manuel Gómez González
Prof. Joaquín González de Loza
Prof. José Luis Velázquez Flores
Lic. Patricia Franco Aceves
Sr. José Héctor Lozano Martín
Sr. Juan Antonio Galván Barba
Ing. Juan Ramón Martín Franco
Prof. Jorge Villaseñor Báez
Lic. María Elena de Anda Gutiérrez
Lic. Sanjuana Jiménez Gómez
Ing. Luis Ramírez Aguirre
Lic. César Gutiérrez Barba
ELABORACIÓN Y DISEÑO:
Lic. José de Jesús Flores GonzálezJefe de Comunicación Social
José de Jesús Valle GarcíaComunicación con la Sociedad y Relación
con los Medios
Álvaro González ÍñiguezComunicación Interna
Elsa Ivette Oviedo RodríguezNorma Edith Vázquez Hernández
Técnicos Especializados
IMPRESIÓN:
Francisco Alcalá BarbaFrancisco Gallegos Franco
Taller GráficoConsejo de Cronistas de Tepatitlán
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Órgano Informativo del Gobierno Municipal de Tepatitlán 2007-2009Gobierno Municipal de Tepatitlán 2007-2009Gobierno Municipal de
Para cualquier información o colaboración relacionada con esta publicación, dirigirse al
departamento deComunicación Social, al tel.
01 (378) 788 8708
PLAN PARCIALDE URBANIZACIÓN
PLAN PARCIALDE URBANIZACIÓN
PLAN PARCIAL
FRACCIONAMIENTO“VALLE REAL”
Disposiciones Legales
Documento Básico
Anexos
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Disposiciones Legales Para la Elaboración dePlanes Parciales
Tepatitlán de Morelos, Jalisco.
Artículo 92. Para elaborar y aprobar los planes parciales de desarrollo urbano se seguirá el procedimiento siguiente:
I. El Ayuntamiento aprobará se elabore el plan correspondiente o su revisión;
II. El Presidente Municipal, a través de la dependencia técnica, coordinará la elaboración del plan parcial; se harán las consultas con los titulares y habitantes de inmuebles, así como a los grupos organizados de la sociedad, a quienes corresponda participar de acuerdo al área de aplicación del plan o a las acciones urbanísticas propuestas, y se realizarán los estudios que considere necesarios, apoyándose en las comisiones permanentes del Ayuntamiento, relacionadas con las actividades objeto del Plan Parcial;
III. Formulado el proyecto de plan parcial, se remitirá al Consejo de Colaboración Municipal y a la Secretaría para los efectos de su consulta pública, mismos que deberán comunicar sus comentarios y propuestas por escrito, en el plazo de veinte días a partir de su recepción. Si en el término antes previsto, no se formulan los comentarios y propuestas, se entenderá que el Consejo y la Secretaría aprueban el contenido del mismo;
IV. Recibidas las observaciones de la consulta pública, se integrarán las procedentes al proyecto de Plan Parcial;
V. Las respuestas a los planteamientos improcedentes y las modificaciones del proyecto, deberán fundamentarse y estarán a consulta de los interesados en las oficinas de la Dependencia Municipal, en los términos que establezca el Ayuntamiento, por un plazo no menor de quince días;
VI. El proyecto, ya ajustado se someterá a dictamen ante las comisiones permanentes del Ayuntamiento que se relacionen con las actividades previstas en el mismo; una vez dictaminado el proyecto del plan, se presentará en sesión del Ayuntamiento para su análisis y aprobación, en su caso; y
VII. Aprobado el plan parcial por el Ayuntamiento, el Presidente Municipal realizará la publicación y solicitará su registro, conforme a las disposiciones de los artículos 45 fracción II, 46 y 47 de esta Ley.
Cuando con fundamento en la fracción V del artículo 90 y conforme a las disposiciones del Capítulo VIII del presente Título Segundo, se presenten al Ayuntamiento propuestas para modificar o cancelar un plan parcial de desarrollo urbano, se procederá conforme lo previsto en las fracciones III a VI que anteceden.
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Contenido:
CAPITULO I.- Enunciado del Plan y datos Generales del proyecto
CAPITULO II.- Fundamentación Jurídica
CAPITULO III.- Referencia al nivel de Planeación del cual se deriva
CAPITULO IV.- Objetivos del Plan parcial de Urbanización: Generales, específicos.
CAPITULO V.- Delimitación de las Áreas de estudio y de aplicación
CAPITULO VI.- Análisis y síntesis de los elementos condicionantes para la urbanización.Medio Físico Natural•Medio Físico Transformado•
CAPITULO VII.- Determinación de Usos y DestinosEspecíficos del Área de aplicación.
.- Determinación de Usos y DestinosEspecíficos del Área de aplicación.
.- Determinación de Usos y Destinos
Normas de control para Zonas HabitacionalesNormas de control para Zonas de uso mixtoNormas de control para Áreas de Cesión de DestinosNormas de control para Zonas de uso mixtoNormas de control para Áreas de Cesión de DestinosNormas de control para Zonas de uso mixto
Normas de control para Imagen Urbana
CAPITULO VIII.- Normas de diseño urbano e Ingeniería de tránsito.Criterio de obras para personas con problemas de discapacidadObras mínimas de UrbanizaciónDeterminación de Áreas de Cesión de Destinos.
CAPITULO IX.- De los derechos y obligaciones derivados del plan parcial de Urbanización
CAPITULO X.- Reglamento Interno, derechos y obligaciones.
CAPITULO XI.- Transitorios
PLAN PARCIAL DE URBANIZACIÓNFraccionamiento Valle Real
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CAPITULO I.-ENUNCIADO DEL PLAN PARCIAL DE
URBANIZACIÓN Y DATOS GENERALES DEL PROYECTO
Plan Parcial de Urbanización del Fraccionamiento: “VALLE REAL “En la ciudad de Tepatitlán de Morelos, Jalisco.
DATOS GENERALES DE PROYECTO:
El presente plan de Urbanización se elaboró bajo la modalidad de la Acción Urbanística Privada, Guardando congruencia con las disposiciones establecidas en el Título Quinto “De la Acción Urbanística” Capítulo II “De los procedimientos para Autorizar obras de Urbanización”, así como el Título Sexto “De los Sistemas de Acción Urbanística” Capítulo Segundo “De la Acción Urbanística Privada”, de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco.
La Acción Urbanística que se pretende realizar, promoviendo su autorización ante el H. Ayuntamiento de Tepatitlán de Morelos, Jalisco, a través del presente Plan Parcial de Urbanización; corresponde a las instalaciones requeridas para el adecuado funcionamiento de un emplazamiento de tipo Habitacional Unifamiliar de Densidad Media (H3-U) y Comercios y Servicios Distritales Intensidad Media (CD/SD).
La Acción Urbanística se desarrollará en un predio localizado al Poniente de la ciudad de Tepatitlán de Morelos, Jalisco en el predio denominado “Lagunillas” (Potrero Colorado), con una superficie total de 5-05-65.00 hta. La topografía está compuesta en su mayoría por pendientes mayores al 4.21%, el uso actual que presenta es de lote baldío, teniendo como colindantes en su zona Norte con el Fraccionamiento, Campos Eliseos, al Sur con los Fraccionamientos, Prados del Valle y Bosques de la Hacienda, al Oriente Fraccionamiento, El Colonial, al Poniente con Carretera Federal Tepatitlán - Yahualica.
RI-DR: Colector Principal Contenido dentro del derecho de vía del Área de Restricción por paso de RI-DR: Colector Principal Contenido dentro del derecho de vía del Área de Restricción por paso de RI-DR: Colector Principal Contenido dentro del
Cuerpos de Agua.
Tipo de acción Urbanística: Desarrollo Habitacional UnifamiliarUso Propuesto: Habitacional Unifamiliar Densidad Media (H3-U), y Comercios y Servicios a Nivel Distrital (CD/SD)Nombre del Propietario: El Consorcio de los Altos S.A. de C.V.Nombre del Perito: Ing. Jorge H. Franco Navarro C.F. 2692666
Áreas:ÁREA TOTAL 50,565.00 m2
Superficie de restricción área de protección a:Cuerpos de agua: 1,582.32 m2
Infraestructura: (2,643.53 m2 - 290.45 m2): 2,353.08 m2
Total Cuerpos de Agua e Infraestructura: 3,935.40 m2 3,935.40 m2
Área Neta Parcial: 46,629.60 m2
Sup. De cesión por Comercio Distrital:(4,318.10 m2 x 12 %) 518.17 m2
Superficie de cesión de destinos hab.:(42,311.50 m2 x 15%) 6,346.73 m2
Superficie indicada de cesión: 6,864.90 m2 6,864.90 m2
Superficie de vialidad: 10,217.71 m2
Sup. de Vialidad en Restricción Eléctrica RI-EL: 1,433.97 m2
Superficie de área vendible: 29,546.99 m2
ÁREA TOTAL: 50,565.00 m2
La Potencialidad del Terreno en el Área de
Estudio está determinada por los usos existentes, predominando el Habitacional densidad MEDIA H3-U: 58.43% y el restante 41.57 % en Área de predominando el Habitacional densidad MEDIA H3-U: 58.43% y el restante 41.57 % en Área de predominando el Habitacional densidad MEDIA
Vialidad, Cesión de Destinos, Cuerpos de Agua, e Infraestructura de C.F.E.
Documento Básico FraccionamientoValle Real
Tepatitlán de Morelos, Jalisco.
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La morfología de la traza Urbana en los Fraccionamientos localizados dentro del área de estudio es de forma ortogonal en el sentido oriente-poniente. La estructura vial comprende de la siguiente manera, Carretera Federal Yahualica-Tepatitlán, en el sentido Norte-Sur, una Av. Propuesta por el Departamento de Planeación con una sección de 16 mts. Ubicada dentro del Fraccionamiento. Siendo éstas suficientes para satisfacer el volumen de tráfico vehicular y a la vez permiten la comunicación entre las unidades Urbanas del Área.vehicular y a la vez permiten la comunicación entre las unidades Urbanas del Área.vehicular y a la vez permiten la comunicación entre
El equipamiento urbano dentro del Área de estudio cuenta con: Red de Drenaje, Agua El equipamiento urbano dentro del Área de estudio cuenta con: Red de Drenaje, Agua El equipamiento urbano dentro del
Potable, Red Eléctrica en un 100 % y un servicio de buena calidad. En lo que respecta al predio donde se realizará el Fraccionamiento, Valle Real, se dispondrá de servicio de Agua Potable a través de un pozo profundo en proyecto, solicitado por la Dirección de Agua Potable Municipal, y la red interna de drenaje se desalojará en el colector existente, y su diámetro es de 18” ubicado al margen Oriente del arroyo existente dentro del predio.
La red de energía eléctrica proviene de la sub-estación de Comisión Federal de Electricidad, ubicada en la zona Norte de la ciudad de Tepatitlán de Morelos, Jalisco, donde se distribuyen y abastecen al 100% del Área Urbana, el alumbrado público será de Morelos, Jalisco, donde se distribuyen y abastecen al 100% del Área Urbana, el alumbrado público será de Morelos, Jalisco, donde se distribuyen y abastecen
en un 100% del Área a urbanizar.al 100% del Área Urbana, el alumbrado público será en un 100% del Área a urbanizar.al 100% del Área Urbana, el alumbrado público será
CAPITULO II.FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA
PRIMERO: Que por mandato de la Fracción V del Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que se reitera en el Articulo 80 de la Constitución Política del Estado de Jalisco, es atribución y responsabilidad de los ayuntamientos formular, y aprobar y administrar la Zonificación y Planes de Desarrollo Urbano Municipal, para cumplir los fines señalados en el párrafo tercero de la propia Constitución Federal de la República, facultades que se reglamentan en las disposiciones de los Artículos 9 y 35 de la Ley General de Asentamientos Humanos, y en particular por las disposiciones de la Ley de Desarrollo Humano del Estado de Jalisco.SEGUNDO: Que conforme al principio establecido en la Fracción XXIX-C del Articulo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las atribuciones del Municipio en materia de asentamientos humanos se ejercen en forma concurrente con los Gobiernos Federal, y Estatal, concurrencia que se precisa en la Ley General de Asentamientos Urbanos y la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco.
TERCERO: Que conforme al Artículo 4 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco, con el objeto de regular el crecimiento urbano en el municipio de Tepatitlán, Jalisco, la transformación del suelo rural a urbano; el régimen de propiedad de áreas y predios; urbano; el régimen de propiedad de áreas y predios;
la introducción de las redes de infraestructura, y conforme a las Fracciones V y VIII, del mismo artículo para especificar los fines particulares y públicos por medio de la designación de usos y destinos, las áreas de cesión requeridas en la zona de aplicación, hacen necesario expedir el Plan Parcial de Urbanización “VALLE REAL”
CUARTO: Que para proceder a formular el Plan Parcial de Urbanización del Fraccionamiento Valle Real se dispuso a realizar estudios para determinar los Usos, Destinos y reservas a efecto de ordenar y regular la utilización, del suelo con fundamento en las facultades Constitucionales del H. Ayuntamiento de Tepatitlán de Morelos, Jalisco, conforme al Artículo 12, Fracción I. II. III. De la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco, asumiendo su responsabilidad en la promoción del desarrollo urbano.
QUINTO: Que conforme al artículo V del Reglamento Estatal de Zonificación, el Municipio de Tepatitlán Jalisco, está facultado para establecer normas específicas cuando así se requiera, conforme a las condiciones de su territorio y al desarrollo del asentamiento humano.
SEXTO: Que con fundamento en el dictamen de Usos y Destinos específicos con numero de expediente 5-U 025/2003 con fecha de 1 de septiembre del 2004, de la Dirección de Planeación y Desarrollo Urbano, del H. Ayuntamiento de Tepatitlán de Morelos Jalisco, fue elaborado el Plan Parcial de Urbanización del Fraccionamiento Valle Real, Fraccionamiento Valle Real, Fraccionamiento Valle Real siguiendo los lineamientos que el mismo contiene.
SEPTIMO: Que el terreno motivo de este Plan Parcial de Urbanización se encuentra registrado bajo régimen de propiedad privada, hecho el cual se manifiesta en la Escritura Pública inscrita en el Registro Público de la Propiedad de Tepatitlán de Morelos, Jalisco. Por lo que el propietario está facultado a emprender una acción Urbanística de tipo privado con fundamento en los Artículos 305 y 306 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco.
OCTAVO: Para dar cumplimiento al mandato del párrafo tercero del Art. 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en las atribuciones que otorgan al Municipio y su Ayuntamiento el Artículo 115 Fracciones II-III-V y VI de la misma Constitución General de la República, precepto que en materia de Asentamientos Humanos se ratifica que el Artículo 80 de la Constitución Política para el Estado de Jalisco, y en particular en materia de ordenamiento de regulación de centros de población en ejercicio de las facultades definidas en los Artículos 9 y 35 de la Ley General de Asentamientos Humanos y en los Artículos 12,13,71 al 99 y 100 al 106 de la Ley de Desarrollo Urbano al 99 y 100 al 106 de la Ley de Desarrollo Urbano
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del Estado de Jalisco; en sesión del H. Ayuntamiento de fecha 13 de diciembre de 2006 mediante acuerdo No.1178-2004/2006 se expide el: Plan Parcial de Urbanización del Fraccionamiento “Valle Real” en la Ciudad de Tepatitlán de Morelos, Jalisco.
CAPITULO III.-REFERENCIA AL NIVEL DE PLANEACIÓN DEL
CUAL SE DERIVA
ARTICULO 1.- El Plan Parcial de Urbanización Fraccionamiento Valle Real,Fraccionamiento Valle Real,Fraccionamiento Valle Real en la ciudad de Tepatitlán de Morelos, Jalisco, es congruente con el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población de Tepatitlán de Morelos, Jalisco aprobado en sesión ordinaria del H. Ayuntamiento el día 11 de Junio del 2003, publicado en la gaceta Municipal el día 29 de Agosto del 2003, incorporado bajo el documento No. 17 libro 1 de la sección Quinta, en la oficina treceava del Registro Público de la propiedad de Tepatitlán de Morelos Jalisco.En base al Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población de Tepatitlán de Morelos; tiene la clasificación de Área Urbanizada “AU”, y la zona tiene de Población de Tepatitlán de Morelos; tiene la clasificación de Área Urbanizada “AU”, y la zona tiene de Población de Tepatitlán de Morelos; tiene la
como uso y utilización Habitacional Densidad Media “H3” y Comercio Distrital “CD”.
ARTICULO 2.- Que el proyecto del Plan Parcial de Urbanización del Fraccionamiento “Valle Real“ se elaboró en conformidad a lo dispuesto en el título segundo, capítulo V, Artículo 94 y título quinto, capítulo II, Artículo 193 y 221 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco.
ARTICULO 3.- Que observando las disposiciones y procedimientos previstos en el Artículo 225 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco, se realizó la consulta Pública del Plan Parcial de urbanización del Fraccionamiento. “Valle Real”de las cuales se recibieron las recomendaciones emitidas por el Consejo de Colaboración Municipal del Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco, y la Secretaría de Desarrollo Urbano, mismas que dictaminaron procedentes por los asesores técnicos y autoridades.
ARTICULO 4.- Que el H. Ayuntamiento dictamina procedente el proyecto del Plan Parcial de Urbanización del Fraccionamiento. “Valle Real” en función del dictamen técnico emitido por la Dirección de Planeación y Desarrollo Urbano Municipal y con fundamento en los artículos 226 y 229 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco.
ARTICULO 5.- Que las comisiones del H. Ayuntamiento relacionadas con la Planeación, Infraestructura y Servicios Públicos y su reglamento, con fundamento en el Artículo 225 de la Ley de Desarrollo Urbano
del Estado de Jalisco. Analizaron el Proyecto del Plan Parcial del Fraccionamiento. “Valle Real “
ARTICULO 6.- El Plan Parcial de Urbanización del Fraccionamiento “ Valle Real” del que forma parte integral los nexos gráficos y archivos de datos, contienen la expresión de los resultados de los estudios, técnicos, físicos, geográficos, medio natural, y socioeconómicos, relativos a la planeación, mismos que constituyen los instrumentos para proveer soluciones viables para la problemática de los asentamientos humanos, actividades productivas, y acciones de conservación del medio ambiente así como para la consecución de los objetivos que determinan el mismo Plan.
ARTICULO 7.- Las normas de ordenamiento y regulación que se integran en el Plan Parcial de Urbanización del Fraccionamiento “Valle Real“ son de orden público y de interés social, se expiden para el cumplimiento a las disposiciones contenidas en la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco, y el Reglamento Estatal de Zonificación.
ARTICULO 8.- El Plan Parcial de Urbanización del Fraccionamiento “Valle Real“, forma parte del Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población de Tepatitlán de Morelos, Jalisco, y sus disposiciones atienden y guardan congruencia con el Plan de Desarrollo.
ARTÍCULO 9.- Para los efectos del presente Plan Parcial de Urbanización se designará como:
I.- Ley General: Ley General de Asentamientos HumanosII.- Ley estatal: Ley de Desarrollo Urbano del Estado de JaliscoIII.- Reglamento: Reglamento Estatal de ZonificaciónIV.- Municipio: El Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco.V.- Centro de Población: El Centro de Población de Tepatitlán de Morelos, Jalisco. VI.- Plan de Desarrollo Urbano: Plan de Desarrollo Urbano de Tepatitlán de Morelos, JaliscoVII.- Plan: Plan Parcial de Urbanización del Fraccionamiento “Valle Real”VIII.- Documento técnico: conjunto de documentos técnicos que integran el Plan Parcial de UrbanizaciónIX.- Anexo gráfico: conjunto de planos impresos o en archivos digitalizados que forman parte del Plan Parcial de UrbanizaciónX.- Documento Básico: el conjunto de disposiciones reglamentarias que precisan el área de aplicación del plan.
XI.- Secretaría: La dependencia del Gobierno
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del Estado, competente.En materia de Desarrollo Urbano y ordenamiento territorial, en este caso la Secretaría de Desarrollo Urbano.XII.- Dependencia Municipal: la dependencia técnica y administrativa competente para expedir los dictámenes y autorizaciones y licencias en materia de Urbanización y Edificación, en este caso la Dirección de Planeación y Desarrollo Urbano Municipal.
CAPITULO IV.-LOS OBJETIVOS DEL PLAN PARCIAL DE
URBANIZACIÓN DEL FRACCIONAMIENTO “Valle Real”
ARTÍCULO 10.- Son los objetivos generales del Plan:
I.- Determinar la zonificación específica, precisando los Usos, Destinos y Reservas para una zona del centro de población denominada Fraccionamiento “Valle Real “II.- Regular y controlar la urbanización y la edificación y en general el aprovechamiento de los predios y fincas en su área de aplicación.III.- Delimitar e identificar las áreas de cesión para destinos, conforme a las especificaciones de la Ley de Desarrollo Urbano y el Reglamento Estatal de Zonificación.IV.- Delimitar en forma especifica las áreas de restricción; regular y controlar la urbanización y la edificación y en general, determinar el aprovechamiento de los predios y fincas en su área de aplicación; y V.- Integrar la acción urbanística con estructura urbana del centro de población yVI.- En su caso, determinar los predios que resulten beneficiados o afectados, así como las obligaciones correspondientes a cargo de sus titulares, derivadas de las obras de urbanización y edificación, para integrar la infraestructura o equipamiento urbano de centro de población, bajo la modalidad de acción urbanística privada.
ARTÍCULO 11.- Son los Objetivos del plan:
I.- Cumplir con las disposiciones señaladas en el dictamen simultáneo de usos y destinos y de trazos usos y destinos, emitido mediante oficio número de expediente 5-U 025/2003 con fecha de 1° de septiembre del 2004, expedido por el departamento de planeación y desarrollo urbano municipal del Ayuntamiento de Tepatitlán de Morelos Jalisco.II.- Asegurar que los espacios que contempla el proyecto reúnan las condiciones para el uso que se
propone y para las actividades que se pretenden realizar,III.- Proteger las características del contexto urbano de cualquier contaminación al medio ambiente, regulando la intensidad de uso y normando los requerimientos de espacios en los principales ingresos, áreas de maniobras y zonas de estacionamiento, evitando el congestionamiento vehicular.IV.- Señalar la densidad de edificación, intensidad de usos y los criterios de integración al contexto natural;V.- Llevar a cabo las acciones materiales relativas, a las obras mínimas de urbanización además de otras, como son:
A.- La división del predio en lotes o fracciones a fin de darle la utilización especifica que este plan señale.
B.- La dotación de redes completas de servicios de infraestructura básica.
C.- Los elementos de vialidad como calles, banquetas, dispositivos de control vial como la señalización y los elementos para transporte colectivo.
D.- Los componentes del paisaje urbano; jardinería, y mobiliario.
E.- Establecer la utilización específica del predio en donde se realizará la acción urbanística que se propone, y los demás que se requieran para lograr el asentamiento en condiciones óptimas para la vida de la comunidad, para proveer los usos y destinos relacionados con la habitación, el trabajo, la educación, el esparcimiento.
CAPITULO V.-DELIMITACIÓN DE LAS ÁREAS DE APLICACIÓN
Y ESTUDIO
ARTICULO 12.- El Área de estudio del Plan constituye un ámbito territorial para regular el aprovechamiento de las áreas de los predios para los efectos del artículo 94, Fracción (V) de la Ley Estatal.
ARTICULO 13.- El Área de Estudio del Plan tiene una superficie aprox. de 355,546.0 m2. Que se establecen en el anexo gráfico (D-01)(A): Teniendo una colindancia:
Al Norte: Av. González CarniceritoAl Sur: Fraccionamiento. Residencial la HaciendaAl Oriente: Fraccionamiento. Jardines de TepaAl Poniente: Carretera Federal Yahualica – Tepatitlán
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El Área de Aplicación.(B) El polígono de 50,565.00 m2 que forman los siguientes vértices de coordenadas, en el área de aplicación, que se establecen en el anexo gráfico (D-01) con las siguientes coordenadas (INEGI) UTM teniendo como colindancia:Al Norte: Fraccionamiento Campos ElíseosAl Sur: Fraccionamiento Prados del ValleAl Oriente: Fraccionamiento El ColonialAl Poniente: Carretera Tepatitlán – YahualicaARTICULO 14.- El Área de aplicación se determina y precisa en los planos E-1, E-2, y E-3 del anexAl Poniente: Carretera Tepatitlán – Yahualica
El Área de aplicación se determina y precisa en los planos E-1, E-2, y E-3 del anexAl Poniente: Carretera Tepatitlán – Yahualica
o gráfico.13
Yahualica
ARTICULO 14.- El Área de aplicación se determina y precisa en los planos E-1, E-2, y E-3 del anexo gráfico.
CAPITULO VI.- ANÁLISIS Y SÍNTESIS DE LOS ELEMENTOS CONDICIONALES
PARA LA URBANIZACIÓN
ARTICULO 15.- El medio Físico Natural está determinado por las siguientes condiciones: las pendientes Topográficas varían de Poniente a Oriente con una pendiente de 3.78 al 4.18%. ARTICULO 16.- El resto del predio si presenta restricciones por afectaciones referentes al medio Físico Natural. Siendo esta el Arroyo de escurrimiento natural de aguas Pluviales ubicado al oriente del predio. El cual se respetara de su N.A.M.E. un derecho de vía de 5.00 mts en cada uno de sus Márgenes. ARTÍCULO 17.- El medio físico transformado sí presente restricciones: Línea de C.F.E. de 115 kva. La cual según dictamen del Departamento de
12 D.- Los componentes del paisaje urbano; jardinería, y mobiliario. E.- Establecer la utilización específica del predio en donde se realizara la acción urbanística que se propone, y los demás que se requieran para lograr el asentamiento en condiciones optimas para la vida de la comunidad, para proveer los usos y destinos relacionados con la habitación, el trabajo, la educación, el esparcimiento.
CAPITULO V.- DELIMITACIÓN DE LAS ÁREAS DE APLICACIÓN Y ESTUDIO
ARTICULO 12.- El Área de estudio del Plan constituye un ámbito territorial para regular el aprovechamiento de las Áreas de los predios para los efectos del artículo 94, Fracción (V) de la Ley Estatal. ARTICULO 13.- El Área de Estudio del Plan tiene una superficie aprox. de 355,546.0 m2. Que se establecen en el anexo grafico (D-01) (A): Teniendo una colindancia:
Al Norte: Av. González Carnicerito Al Sur: Fraccionamiento. Residencial la Hacienda Al Oriente: Fraccionamiento. Jardines de Tepa Al Poniente: Carretera Federal Yahualica – Tepatitlán
El Área de Aplicación. (B) El polígono de 50,565.00 m2 que forman los siguientes vértices de coordenadas, en el Área de aplicación, que se establecen en el anexo gráfico (D-01) con las siguientes coordenadas (INEGI) UTM teniendo como colindancia: Al Norte: Fraccionamiento Campos Elíseos Al Sur: Fraccionamiento Prados del Valle Al Oriente: Fraccionamiento El Colonial Al Poniente: Carretera Tepatitlán –
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CAPITULO VI.-ANÁLISIS Y SÍNTESIS DE LOS ELEMENTOS
CONDICIONALES PARA LA URBANIZACIÓN
ARTICULO 15.- El Medio Físico Natural está determinado por las siguientes condiciones: las pendientes Topográficas varían de Poniente a Oriente con una pendiente de 3.78 al 4.18%.
ARTICULO 16.- El resto del predio presenta restricciones por afectaciones referentes al medio Físico Natural, siendo ésta el arroyo de escurrimiento natural de aguas pluviales ubicado al oriente del predio. El cual se respetara de su N.A.M.E. un derecho de vía de 5.00 mts en cada uno de sus márgenes.
ARTÍCULO 17.- El medio físico transformado sí presente restricciones:Línea de C.F.E. de 115 kva. La cual según dictamen del Departamento de Planeación de n. MAS/0584/03 un Derecho de Vía de 9.00 mts. A cada lado de la torre, a partir del centro de la línea de conducción..
CAPITULO VII.-DETERMINACIÓN DE USOS Y DESTINOS
ESPECÍFICOS DEL ÁREA DE APLICACIÓN
I.- Generales:
ARTICULO 18.- Todas las obras y construcciones que se realicen en los predios comprendidos en el Área de aplicación del Plan, sean públicas o privadas, que se realicen en los predios comprendidos en el Área de aplicación del Plan, sean públicas o privadas, que se realicen en los predios comprendidos en el
deberán sujetarse a las normas de zonificación, conforme lo ordenan los Artículos 193 y 195 de la Ley Estatal. Sin este requisito no se otorgará la autorización o licencia para efectuarlas.
ARTICULO 19.- La utilización del suelo comprendido en el Área de aplicación se sujetará a las normas
La utilización del suelo comprendido en el Área de aplicación se sujetará a las normas
La utilización del suelo comprendido
de zonificación del Plan que se aprueba y las disposiciones que se establecen:
A.- Las Leyes, reglamentos y disposiciones en materia de vías generales de comunicación.
B.- Las Leyes y reglamentos y disposiciones Federales, Estatales y Municipales en materia de equilibrio Ecológico y mejoramiento del Ambiente.
C.- Las Leyes y Reglamentos y disposiciones Federales en materia de aguas
D.- Los Reglamentos y disposiciones Municipales de Edificación
E.- Los Reglamentos y disposiciones de observancia E.- Los Reglamentos y disposiciones de observancia
general que expida el H. Ayuntamiento, para la ejecución de acciones de conservación, mejoramiento y crecimiento.
F.- Los Reglamentos y disposiciones Estatales y Municipales que regulen la vialidad, imagen urbana y otros ordenamientos aplicables.ARTICULO 20.- Conforme lo dispuesto en los Artículos 4 Fracción IV, y 35 de la Ley General, disposiciones aplicables de la Ley Estatal y su reglamento, se aprueban como elementos de zonificación urbana.
I.- La clasificación de áreas contenidas en el plano E-01 del anexo gráficoII.- La determinación de zonas de utilización específica de suelo, establecidas en el plano E- 02 del anexo gráficoIII.- La Estructura Urbana que se define en el plano E-03 del anexo gráfico
ARTICULO 21.- La clasificación de las Áreas y determinación de Usos, Destinos y Reservas conforme a los Planos E-1, E-2 y E-3 son las normas de zonificación urbana y determinación de Usos y Destinos Específicos en relación con las Áreas y de zonificación urbana y determinación de Usos y Destinos Específicos en relación con las Áreas y de zonificación urbana y determinación de Usos
predios en los que se especifica y autoriza con los efectos y declaratorias que establece la Ley.
ARTICULO 22.- Las clasificaciones de áreas se establecen en función de las condicionantes que resultan del medio Físico Natural y transformando, las que según su índole requieren de diverso grado de control o participación Institucional para obtener o conservar la adecuada relación ambiental, así como para normar la acción Urbanística que en dichas Áreas se pretenda realizar.
ARTICULO 23.- La Zonificación definida en el Plan que se establece en los planos correspondientes, son de observancia obligatoria para los siguientes aspectos.
I.- La demarcación de las zonas, sub-zonas, áreas y predios comprendidos en los mismos.
II.- Los Dictámenes y señalamientos de Usos, Destinos y Reservas, mediante las claves, sub-claves y símbolos definidos en la nomenclatura de los mismos planos, conforme a las Normas de Zonificación; y
III.-Las modalidades de la utilización del suelo conforme a los lineamientos de Estructura Urbana.
IV.-Para la expedición de permisos de construcción manteniendo los lineamientos contenidos en el presente plan parcial.
ARTÍCULO 24.- Las áreas que se establecen en el presente Plan, son las que se señalan gráficamente presente Plan, son las que se señalan gráficamente
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en el plano E-1, e identificadas con las claves y sub-claves indicadas en los artículos 20, 23, 24 y 25 del Reglamento Estatal de Zonificación, adecuando los símbolos gráficos que complementan esta identificación con objeto de obtener una mayor claridad, mismas que a continuación se describen en el Artículo N.9 del Reglamento:
I.- Área Urbana (RU-MP7) A.- Área Urbana (RU-MP7) Reserva Urbana a I.- Área Urbana (RU-MP7) A.- Área Urbana (RU-MP7) Reserva Urbana a I.- Área Urbana (RU-MP7)
Mediano Plazo #7. Denominado “Lagunillas” con una superficie de Ha: Lagunillas” con una superficie de Ha: Lagunillas”128-04-90; teniendo como límites, al Poniente carretera Federal a Yahualica, al Norte con AU-UP4, al Sur con RU-MP6, al Oriente con RU-MP10
B.- Área de Restricción por paso de Infraestructura: (RI-EL) Línea de Comisión Federal de Electricidad, 115 kva. Con una superficie de 2,643.53 m2 y un derecho de Vía de 9.00 ml a partir del centro de la torre.C.- Área de Restricción por paso del Colector: (RI-DR). Contenida dentro del derecho de vía del Área de C.- Área de Restricción por paso del Colector: (RI-DR). Contenida dentro del derecho de vía del Área de C.- Área de Restricción por paso del Colector: (RI-
Restricción por paso de cuerpos de agua. D.- Área de Restricción por paso de cuerpos de Restricción por paso de cuerpos de agua. D.- Área de Restricción por paso de cuerpos de Restricción por paso de cuerpos de agua.
agua: (CA-5) Arroyo de escurrimiento natural de aguas pluviales, del cual se respetará de su N.A.M.E. un derecho de vía de 5.00 mts a cada uno de sus márgenes.
II.- Normas de control para las Zonas HabitacionalesARTICULO 25.- La determinación de las Zonas y Utilización general del suelo, establece y regula los Usos y Destinos de los predios y las edificaciones que en ellos se construyan, indicando su categoría como usos y destinos predominantes, según se especifiquen en el Plano E-2 del anexo gráfico.
ARTÍCULO 26.- La zonificación definida en el Plan que se establece en los planos correspondientes, son de observancia obligatoria para los siguientes aspectos:
I.- La demarcación de las zonas, sub-zonas, áreas y predios comprendidos en los mismos.
II.- Los dictámenes y señalamientos de Usos, Destinos y Reservas, mediante claves, subclaves y símbolos definidos en la nomenclatura de los mismos planos, conforme a normas de zonificación.
III.- Las modalidades de utilización del suelo conforme a los lineamientos de estructura urbana
IV.- Para la expedición de permisos de construcción manteniendo los lineamientos contenidas en el presente Plan Parcial.
ARTICULO 27.- En toda la urbanización y edificación que emprendan las dependencias y organismos federales, estatales así como los particulares, se deberán respetar y aplicar las normas y disposiciones del siguiente Plan, como condición necesaria para aprobar los proyectos definitivos y expedir licencias de Urbanización y Edificación como se ordena en los Artículos 193 al 199, referentes a los lineamientos del Plan Parcial de Urbanización, y los artículos 305 y 306 referentes a la acción urbanística del tipo privado y 396 referente a la obra pública de la Ley Estatal.
ARTICULO 28.- La dependencia Municipal es autoridad competente para dictaminar respecto a la aplicación del Plan, interpretando sus normas con apoyo en los criterios técnicos y administrativos aplicables, de conformidad a las disposiciones de la legislación Urbanística Estatal y Federal, respetando la competencia que corresponde a la Secretaría.
ARTICULO 29.- Las Zonas que se establecen en el presente Plan y las normas específicas que regularán la utilización de los predios y fincas de las mismas, de conformidad a la clasificación prevista en los artículos 59, 71,117, 119, 120 y 121 del Reglamento Estatal de Zonificación.
I.- Habitacional (H):
1.- H3U-1: Habitacional Unifamiliar Densidad Media, con una superficie de 634.48 m2 y teniendo como límites: Al Norte, CD3/SD3-1 al Sur VSc-1 , al Oriente, con VL-5 y al Poniente CD3-SD3-1.
2.- H3U-2: Habitacional Unifamiliar Densidad Media, con una superficie de 5,351.34 m2 y teniendo como límites, al Norte Fraccionamiento. Campos Elíseos, al Sur con VL-1, al Poniente con CD3/SD3-1, y al Oriente con RI-EL.
3.- H3U-3: Habitacional Unifamiliar Densidad Media, con una superficie de 620.31 m2 y teniendo como límites, al Norte Fraccionamiento. Campos Elíseos, al Sur con VL-1, al oriente con arroyo, al poniente con IN-V1 (Pozo).
4.- H3U-4: Habitacional Unifamiliar Densidad Media, con una superficie de 5,404.32 m2 y teniendo como límites: al Norte con VL-1, al Sur con VL-3, al Oriente VL-2, al Poniente con VL-4.
5.- H3U-5: Habitacional Unifamiliar Densidad Media, con una superficie de 5,772.00 m2 y teniendo como límites: al Norte con VL-1, al Sur con VL-3, al Oriente VL-4, al Poniente con VL-5.
6.- H3U-6: Habitacional Unifamiliar Densidad Media, con una superficie de 6,372.94 m2 y teniendo como límites: al Norte con VL-3, al Sur con el Fracc. Prados límites: al Norte con VL-3, al Sur con el Fracc. Prados
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del Valle y Propiedad Particular y, al Oriente con EV-2 al Poniente con CD3/SD3-2.
7.- H3U-7: Habitacional Unifamiliar Densidad Media, con una superficie de 486.83 m2 y teniendo como límites: al Norte con VSc-1, al Sur con el Fracc. Prados del Valle y Propiedad Particular y, al Oriente con VL-5, y al Poniente con CD3-SD3-2.
8.- H3U-8: Habitacional Unifamiliar Densidad Media, con una superficie de 358.60 m2 y teniendo como límites: al Norte con VL-1, al Sur con RI-EL, al Oriente al Arroyo, al Poniente con RI-EL.
9.- H3U-9: Habitacional Unifamiliar Densidad Media, con una superficie de 228.07 m2 y teniendo como límites: al Norte con VL-2, al Sur con Propiedad Particular y, al Oriente con VL-2, y al Poniente con ARROYO.
II.- COMERCIO Y SERVICIOS A NIVEL DISTRITAL(CD-3/SD-3) Intensidad Media
1.- CD3/SD3-1 Comercio y servicio a nivel Distrital, con una superficie de 2,134.17 m2, y teniendo como límites; al Norte con Fraccionamiento. Campos Elíseos, al Sur con VSc-1, al Oriente con H3U-1 y H3U-2, al Poniente con Carretera Federal Tepatitlán-Yahualica.
2.- CD3/SD3-2 Comercio y servicio a nivel distrital, con una superficie de 2,183.93 m2, y teniendo como límites; al Norte con VSc-1, al Sur con el Fracc. Prados del Valle, al Oriente con H3U-6 y H3U-7, al Poniente con Carretera Federal Tepatitlán-Yahualica.
III.- ZONAS DE ESPACIOS VERDES Y ABIERTOS Y RECREATIVOS DE NIVEL VECINAL (EV-V)
1.- EV–V1: Con una superficie de 6,352.18 m2 teniendo como límites, al Norte con el Fraccionamiento Campos Elíseos, al Sur con VL-2 y Bosque de la Hacienda, al Oriente con Propiedad Particular, al Poniente con arroyo y VL-2.
2.- EV–V2: Con una superficie de 60.60 m2 teniendo como límites, al Norte con VL-3, al Sur con arroyo, al Oriente con arroyo, al Poniente H3U-6.
IV.- INFRAESTRUCTURA (IN-U1)
1.- IN-U1: OTROS EQUIPAMIENTOS, con una superficie de 452.12 m2 (pozo) teniendo como límites, al Norte con el Fraccionamiento. Campos Elíseos, al Sur, VL-1, al Oriente con H3U-3, al Poniente con RI-EL.
ARTÍCULO 30.- La normatividad para las Zonas La normatividad para las Zonas
H3-U es:A.- La densidad máxima será de 195 hab. Por hectárea lo que representa 39 viviendas por hectárea
B.- La superficie mínima de lote será de 140 m2
C.- El frente mínimo de lote será de 8.00 ML
D.- El índice de edificación será de 140 m2 por vivienda
E.- El coeficiente de ocupación del suelo (C.O.S.) no será mayor de 0.70 y consecuentemente la superficie edificable no deberá ocupar más del 70 % de la superficie total del lote.
F.- El coeficiente de utilización del suelo no deberá ser superior al 1.4 y por tanto la superficie construida máxima no excederá al 140 % de la sup. Total del lote.
G.- La altura máxima de las edificaciones será la que resulte de aplicar los coeficientes de ocupación y utilización del suelo.
H.- Se deberá tener dentro del lote un área de estacionamiento con capacidad mínima para 2 automóviles.
I.- La restricción frontal será de 3 mts. En esta superficie se deberá tener un mínimo de 40 % de espacios verdes.
J.- Las restricciones laterales quedan sujetas a las particularidades de la zona específica.
K.- La restricción posterior será de 3 mts.
L.- El modo de edificación será semi-cerrado.
ARTICULO 31.- La normatividad específica de las zonas de Comercio y Servicios a Nivel Distrital ( CD3/SD3 ) para la colindancia con la vialidad primaria que cruza al lado poniente del predio y la colindancia con la carretera Federal Tepatitlán-Yahualíca es la siguiente:
1.- Una superficie de lote mínima de 420.00 m2.
2.- Un frente mínimo de 12.00 mts. Lineales.
3.- Un coeficiente de ocupación del suelo de 0.7 (C.O.S.).
4.- Un coeficiente de utilización de suelo no mayor de 2.1 (C.U.S.).de 2.1 (C.U.S.).
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5.- La altura máxima de las edificaciones será la que resulte de aplicar (cos) (cus).
6.-Un cajón de estacionamiento vehicular dentro del predio por cada 40 m2 de construcción.
7.- Respetar el 30% de la servidumbre como área jardinada.
ARTÍCULO 32.- La normatividad específica para las Zonas (EV-V) es:
I.- El coeficiente de ocupación del suelo no será mayor de 0.04 y consecuentemente la superficie edificable, tales como kioscos o similares, no deberá ocupar mas del 4 % del terreno.
II.- Coeficiente de utilización del suelo: no deberá ser mayor de 0.04 y, por tanto, la superficie construida no excederá al 4% de la superficie del terreno.
III.- La altura máxima de las edificaciones será de un piso.
IV.- Se deberá tener dentro del terreno un Área de estacionamiento con capacidad mínima de un cajón por cada 1.000.00 m2 del área total del terreno.
Normas de control para Imagen Urbana
ARTÍCULO 33.- Comercio distrital Y Servicio Distrital (CD/SD)Estas zonas generalmente se desarrollan en forma de corredores o núcleos comerciales, en los que se ubican actividades que sirven amplias áreas del centro de población, siendo adecuadas para ubicar los usos de comercio para el abasto semanal – mensual.
ARTICULO 34.- Configuración Urbana e Imagen Visual: los tipos de zonas establecidos en Área de
Configuración Urbana e Imagen Visual: los tipos de zonas establecidos en Área de
Configuración Urbana e Imagen
aplicación del presente Plan Parcial se sujetarán a los siguientes elementos básicos de configuración urbana y arquitectura del paisaje, que deberán ser obligatorios tanto para las autoridades que realicen obra pública, como los propietarios de la zona:
I.- Pavimentos: Los arroyos de las calles locales deberán ser de concreto hidráulico o empedrado, con guarniciones integrales de concreto hidráulico.
II.- Banquetas: En calles locales serán de concreto hidráulico con andador peatonal con un mínimo de ancho de 1.80 ML
III.- Mobiliario Urbano: placas de nomenclatura, conforme a lo establecido en el Reglamento de Imagen Urbana del municipio.
IV.- Cubiertas: Para las zonas habitacionales de densidad H3-U las cubiertas serán planas 70%, e inclinadas en un 30% de la construcción.
V.- Modo Edificación: semi-cerrado; en las Zonas Habitacionales Unifamiliares de densidad media (H3-U)
ARTICULO 35.- La dependencia municipal es la autoridad competente para dictaminar respecto a la aplicación del Plan, interpretando sus normas con apoyo en los criterios técnicos y administrativos aplicables, de conformidad a las disposiciones de la legislación urbanística estatal y federal, respetando la competencia que corresponde a la Secretaría.
CAPITULO VIII.-NORMAS DE DISEÑO URBANO E INGENIERÍA
DE TRÁNSITO
I.- Criterios de obras para personas con discapacidad
ARTICULO 36.- Las obras de Urbanización y Edificación que se realicen dentro del Área de aplicación del Plan Parcial, deberán respetar lo estipulado al diseño urbano para personas con problemas de discapacidad señalados en el capítulo I, Artículos 235, 236 y 237 del Reglamento Estatal de Zonificación.
1.- Los edificios tendrán cajones reservados para vehículos con personas con problemas de discapacidad2.- Rampas especiales para sillas de ruedas3.- En los andadores peatonales áreas de descanso4.- Una clara señalización para el uso de personas con problemas de discapacidad
II.- Obras mínimas de UrbanizaciónPara las zonas habitacional unifamiliar densidad media, tipo H3, en todas sus modalidades, las obras mínimas de urbanización que se exigirán son las siguientes:I. Red de abastecimiento de agua potable con toma domiciliaria;II. Red de alcantarillado sanitario con descarga domiciliaria;III. Sistema de drenaje pluvial;IV. Red de electrificación con servicio de baja tensión, instalación aérea, con acometida domiciliaria;V. Red de alumbrado público sobre postes de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), instalación aérea, en vialidades vehiculares y peatonales, y sobre poste metálico en áreas verdes y áreas de cesión y de equipamiento urbano;VI. Red telefónica con instalación aérea;VI. Red telefónica con instalación aérea;
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VII. Guarniciones prefabricadas;VIII. Banquetas de concreto hidráulico o similar;IX. Pavimentos de concreto hidráulico o similar;X. Señalamiento; yXI. Mobiliario urbano, arbolado y jardinería en vialidades vehiculares y peatonales, áreas verdes y de esparcimiento, y áreas de cesión.
ARTICULO 37.- Las Áreas de Cesión para Destinos deberán contar con las obras de urbanización que les permita su inmediata operación y funcionamiento, sin lo cual la zona en cuestión no podrá obtener la incorporación municipal
ARTÍCULO 38.- Las obras mínimas de urbanización que deben tener estas Áreas son las siguientes: Redes de Agua Potable y Alcantarillado sanitario, Redes de Electrificación y Alumbrado, así como también los elementos de vialidad como calles, banquetas, andadores, estacionamientos, jardinería y mobiliario urbano necesario.
III.- Determinación de Áreas de Cesión para Destinos
ARTICULO 39.- Las presentes determinaciones tendrán por objeto la transición de la propiedad de las áreas de cesión para destinos, quedando afectados los predios a los fines públicos.
I.- Cesiones para equipamiento: corresponden a las instalaciones de uso público necesarias para el desarrollo de la comunidad, debiendo consignarse aquellas que son para los espacios abiertos y las relativas al equipamiento urbano. Por lo que el propietario o promotor cederán a título gratuito al Ayuntamiento una vez concluida la acción urbanística.
II.- Cesiones para vialidad: corresponde a las vías públicas que resultan del término de toda acción urbanística, por lo que todo propietario o promotor cederán a título gratuito al H. Ayuntamiento una vez concluida la acción urbanística
ARTICULO 40.- Las Áreas de Cesión para Destinos, así como las vías públicas serán de dominio público por lo que al término de la acción urbanística deberá consignarse el carácter de inalienables e imprescriptibles que dichos bienes tendrán en lo sucesivo, estas quedarán en posesión del urbanizador hasta la recepción de las obras por el municipio previsto en él Artículo 141 y 211 de la Ley Estatal.
ARTICULO 41.- De acuerdo a lo establecido en él Artículo 136 Fracción IV, V, VI Y VII del Reglamento Estatal de Zonificación, para la Zona Habitacional Unifamiliar Densidad Media (H3-U) la cesión para Unifamiliar Densidad Media (H3-U) la cesión para
destinos al Ayuntamiento comprenderá el 15.% de la superficie habitacional del predio, la cesión en (CD3/SD3) será del 12 % de la superficie comercial.
Superficie del Predio 50,565.00 m2
Superficie de Cuerpos de Agua: 1,582.32 m2
Sup. de Protección por Infra. CFE: (2,643.53 m2 - 290.45 m2): 2,353.08 m2 Total Superficie de Restricción: 3,935.40 m2 3,935.40 m2
Sup. De cesión (CD3/SD3): (4,318.10 m2 x 12 %) 518.17 m2
Superficie de cesión (H3U): (42,311.50 m2 x 15%) 6,346.73 m2
Área de cesión: 6,864.90 m2 6,864.90 m2
Superficie de vialidad: 10,217.71 m2
Sup. de Vialidad en Restricción Eléctrica RI-EL: 1,433.97 m2 Superficie de área vendible: 29,546.99 m2
ÁREA TOTAL: 50,565.00 m2
IV.- DETERMINACIÓN DE LAS ÁREAS DE CESIÓN PARA VIALIDAD
ARTICULO 42.- La estructura Urbana define las características, modo de operar y adecuadas jerarquías de los diferentes elementos que integran el sistema de estructura territorial y el sistema vial.
ARTICULO 43.- Los elementos que integran la Imagen Urbana existentes y propuestos, para las acciones de conservación, mejoramiento y crecimiento, se describen en el plano E-3 del anexo gráfico; a efecto de regular su operación, como también, respecto del carácter compatible o condicionado que implique su relación con los usos y destinos en los predios aledaños.
ARTICULO 44.- Las vialidades contenidas en el Área de Aplicación de Plan Parcial se determinan por la jerarquía y características descritas a continuación:
RI-VL4: Colindancia con la siguiente Vialidad Regional (carretera Tepatitlán-Yahualica), teniendo una sección de 40.00 mts de ancho, ubicándose en el limite Poniente del fraccionamiento,
VSC-1 Vialidad subcolectora 1, con una superficie de 1,132.97 m2, un derecho de Vía de 16.00 ml., una longitud de 66.72 ml y un ancho de banqueta de 1.80 ml.
VL-1 Vialidad local 1, con una superficie de 3,981.08 VL-1 Vialidad local 1, con una superficie de 3,981.08
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m2 un derecho de Vía de 12.00 ml., una longitud de 331.75 ml y un ancho de banqueta de 1.80 ml.
VL-2 Vialidad local 2, con una superficie de 1,433.97 m2, un derecho de Vía de 11.00 ml., una longitud de 130.36 ml y un ancho de banqueta de 1.80 ml.
VL-3 Vialidad local 3, con una superficie de 4,109.90 m2, un derecho de Vía de 12.00 ml una longitud de 342.49 ml y un ancho de banqueta de 1.80 ml.
VL-4 Vialidad local 4, con una superficie de 407.00 m2, un derecho de Vía de 11.00 ml. una longitud de 37.00 ml y un ancho de banqueta de 1.80 ml.
VL-5 Vialidad local 5, con una superficie de 588.00 m2, un derecho de Vía de 12.00 ml. una longitud de 49.00 ml y un ancho de banqueta de 1.80 ml.
CUADRO DE VIALIDADES
CODIGO SUPERFICIE LONGITUD SECCION BANQUETAS VL-1 3,981.08 331.75 12.00 1.80 VL-2 1,433.97 130.36 11.00 1.80 VL-3 4,109.90 342.49 12.00 1.80 VL-4 407.00 37.00 11.00 1.80 VL-5 588.00 49.00 12.00 1.80 VSc-1 1,132.47 66.72 16.00 1.80
CAPITULO IX.-DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES
DERIVADOS DEL PLAN PARCIAL DE URBANIZACIÓN
ARTICULO 45.- Los propietarios y poseedores de predios comprendidos en las Áreas para las que
Los propietarios y poseedores de predios comprendidos en las Áreas para las que
Los propietarios y poseedores
se determinan los Usos, Destinos y Reservas; los Fedatarios que autoricen actos convenios y contratos relativos a la propiedad, posesión o cualquier otro derecho respecto a los predios; las autoridades o licencias relacionadas con el aprovechamiento del suelo, observarán las disposiciones que definen los efectos jurídicos de este Plan.
ARTICULO 46.- Los dictámenes autorizaciones, licencias y permisos que se expidan contraviniendo las disposiciones del Plan, estarán afectadas por la nulidad que establece la Ley Estatal.
ARTICULO 47.- Conforme a lo dispuesto en los artículos 4, 18, 19, 27 y 37 al 39 de la Ley General, las autoridades federales y estatales, y así General, las autoridades federales y estatales, y así
como los municipales son responsables por proveer lo necesario, dentro del ámbito de sus respectivas competencias para el cumplimiento del Plan.Asimismo como disponen los artículos 193 al 195 y 199 al 206 de la Ley Estatal, son obligatorias las disposiciones del Plan, en cuanto a la Planeación y Regulación de los Asentamientos Humanos para todas las personas físicas o morales y las entidades públicas y privadas cuyas acciones influyan en el desarrollo del centro de población.
CAPITULO X.-
REGLAMENTO INTERNODERECHOS Y OBLIGACIONES
ARTICULO 1°.- TODA EXCAVACIÓN, CONSTRUCCIÓN O DEMOLICIÓN DE CUALQUIER GÉNERO QUE SE EJECUTE EN PROPIEDAD O DOMINIO PRIVADO, ASÍ COMO TODO ACTO DE OCUPACIÓN DEBE REGIRSE POR LAS DISPOSICIONES DEL PRESENTE REGLAMENTO.
ARTICULO 2°.- CORRESPONDE AL H. AYUNTAMIENTO POR CONDUCTO DE LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS MUNICIPALES EN COORDINACIÓN CON “EL CONSORCIO DE LOS ALTOS S.A. DE C. V.”, Y/O LA JUNTA VECINAL, SI FUERA EL CASO. EL AUTORIZAR Y VIGILAR PARA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES DEL PRESENTE REGLAMENTO.
ARTICULO 3°.- QUEDA ESTRICTAMENTE PROHIBIDA LA SUBDIVISIÓN DE LOS LOTES Y SÓLO SE PODRÁN SUBDIVIDIR PARA FUSIONARSE A OTRO DE ACUERDO AL ART. 274, 275 Y 278DE ACUERDO AL ART. 274, 275 Y 278DE ACUERDO AL DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL ESTADO, ASÍ COMO LA CONSTRUCCIÓN DE CASAS DUPLEX O CUALQUIER CONSTRUCCIÓN QUE ESTÉ FUERA DEL GÉNERO UNIFAMILIAR DENSIDAD MEDIA (H3-U), COMERCIAL Y DE SERVICIO DISTRITAL INTESIDAD MEDIA (CD3-SD3), SEGÚN LA ZONA COMPRENDIDA EN EL PLAN PARCIAL DE URBANIZACIÓN DEL MEDIA (CD3-SD3),EN EL PLAN PARCIAL DE URBANIZACIÓN DEL MEDIA (CD3-SD3),
FRACCIONAMIENTO.
ARTICULO 4°.- LOS PARTICULARES QUE SIN PREVIO PERMISO POR ESCRITO DE LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS MUNICIPALES, OCUPEN LA VIA PÚBLICA CON ESCOMBRO, MATERIALES, TAPIALES, ANDAMIOS, ANUNCIOS, APARATOS, O EN CUALQUIER OTRA FORMA, O BIEN EJECUTEN ALTERACIONES DE CUALQUIER TIPO EN LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO, BANQUETAS, POSTES, Y QUEDANDO ESTRICTAMENTE PROHIBIDA CUALQUIER ALTERACIÓN A LOS PAVIMENTOS, GUARNICIONES, O CABLEADO DE ALUMBRADO PÚBLICO, ELECTRIFICACIÓN, TELEFONÍA Y
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TELEVISIÓN POR CABLE, ESTÁN OBLIGADOS BAJO SANCIONES ADMINISTRATIVAS O PENALES A QUE SE HAGAN ACREEDORES, Y A RETIRAR LOS OBSTÁCULOS Y HACER LA REPARACIÓN A LAS VÍAS Y SERVICIOS PÚBLICOS EN FORMA Y PLAZO QUE AL EFECTO LE SEAN SEÑALADOS POR LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS MUNICIPALES.
ARTÍCULO 5°.- LOS LINEAMIENTOS PARA LAS CONSTRUCCIONES SEGÚN SEA LA ZONA:EN ZONAS HABITACIONALES UNIFAMILIAR DENSIDAD ES MEDIA TIPO H3-U SERÁN LOS CONTENIDOS EN EL ART. 53 FRACC. II Y EL ART. 59 DEL REGLAMENTO ESTATAL DE ZONIFICACIÓN.PARA ZONAS COMERCIALES Y DE SERVICIOS DISTRITALES INTENSIDAD MEDIA TIPO CD3/SD3; SERÁN LOS COMPREDIDOS EN EL ART. 71 Y EL ART. 80 DEL MISMO REGLAMENTO ESTATAL DE ZONIFICACIÓN.
ARTICULO 6°.- TODA EDIFICACIÓN EFECTUADA CON INVASIÓN DE LOS LOTES CONTIGUOS O DEL ALINEAMIENTO OFICIAL, O BIEN A LAS LIMITACIONES ESTABLECIDAS O CONOCIDAS COMUNMENTE COMO SERVIDUMBRE FRONTAL, LA CUAL SERÁ DE 3.00 MTS., DEBERÁ SER DEMOLIDA A COSTA DEL PROPIETARIO DEL INMUEBLE INVASOR, DENTRO DEL PLAZO QUE AL EFECTO SEÑALE LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS MUNICIPALES.
ARTICULO 7°.- LA SERVIDUMBRE POSTERIOR, EN SU PLANTA BAJA (PRIMER NIVEL) Y PLANTA ALTA (SEGUNDO NIVEL) SERÁ TAMBIÉN DE 3.00 MTS SU PLANTA BAJA (PRIMER NIVEL) Y PLANTA ALTA (SEGUNDO NIVEL) SERÁ TAMBIÉN DE 3.00 MTS SU PLANTA BAJA (PRIMER NIVEL) Y PLANTA ALTA
LIBRES, LA CUAL PODRÁ SER UTILIZADA COMO (SEGUNDO NIVEL) SERÁ TAMBIÉN DE 3.00 MTS LIBRES, LA CUAL PODRÁ SER UTILIZADA COMO (SEGUNDO NIVEL) SERÁ TAMBIÉN DE 3.00 MTS
PATIO DE SERVICIO, O JARDIN, SIEMPRE Y CUANDO LOS MUROS LATERALES Y POSTERIOR NO REBASEN 3.00 MTS DE ALTURA.
ARICULO 8°.- DEBERÁ RESPETARSE EL ALINEAMIENTO OFICIAL Y NÚMERO OFICIAL OTORGADO POR LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS MUNICIPALES, SIENDO ÉSTA LA LINEA QUE SEÑALA EL LÍMITE DE PROPIEDADES PARTICULARES CON LA VÍA PÚBLICA.
ARTICULO 9°.- LA CONSTRUCCIÓN DE VOLADIZOS SALIENTES EXCEDENTES DE LOS 0.30 MTS (MARQUESINAS Y/O GRAPAS) SERÁN CONSIDERADOS, PARA TODOS LOS AFECTADOS, COMO INVASIÓN A SERVIDUMBRE O A LA VÍA PÚBLICA, HACIENDOSE ACREEDOR A LO ESTIPULADO EN EL ARTÍCULO 6° DE ESTE REGLAMENTO.
ARTICULO 10°.- LA PLANTA BAJA (PRIMER NIVEL) Y LA PLANTA ALTA (SEGUNDO NIVEL) SERÁN SÓLO
LA PLANTA BAJA (PRIMER NIVEL) Y LA PLANTA ALTA (SEGUNDO NIVEL) SERÁN SÓLO
LA PLANTA BAJA (PRIMER NIVEL)
PARA USO HABITACIONAL, Y NO PODRÁ SER Y LA PLANTA ALTA (SEGUNDO NIVEL) SERÁN SÓLO PARA USO HABITACIONAL, Y NO PODRÁ SER Y LA PLANTA ALTA (SEGUNDO NIVEL) SERÁN SÓLO
CONSIDERADO ESPACIO ALGUNO PARA OTRO USO QUE NO SEA EL HABITACIONAL, SIENDO LA ALTURA PARA ÉSTOS DE NO MÁS DE 3.00 MTS. LIBRES. LAS
CONSTRUCCIONES DEBERÁN SER COMO MÁXIMO DE 7.00 MTS. DE ALTURA, POR LO QUE LOS SERVICIOS DEBERÁN CONTEMPLARSE DENTRO DE ESTE ESPACIO, ADEMÁQS DE QUE TODOS LOS PROYECTOS DEBERÁN SER COMPATIBLES CON LA FISONOMÍA Y ARQUITECTURA DEL FRACCIONAMIENTO, DEBIENDO CONTAR CON EL VISTO BUENO DE LA JUNTA VECINAL, SI FUERA EL CASO.
ARTICULO 11°.- ES OBLIGACIÓN DE LOS PROPIETARIOS, O POSEEDORES A TÍTULO DE DUEÑO DE PREDIOS NO EDIFICADOS, MANTENERLOS SANEADOS Y AISLADOS DE LA VÍA PÚBLICA POR MEDIO DE CERCADO O BARDEADO, CUYA ALTURA NUNCA SERÁ MENOR DE 2.00 MTS., PARA ELLO NO PODRÁN UTILIZARSE MATERIALES PELIGROSOS COMO ALAMBRE DE PUAS, CARTÓN, VIDRIOS Y/O OBJETOS PUNZOCORTANTES O SIMILARES.
ARTICULO 12°.- EL USO DE SUELO SERÁ EXCLUSIVAMENTE HABITACIONAL, QUEDANDO PROHIBIDO CUALQUIER OTRO USO (CORRALES, TALLERES, INDUSTRIAS, ETC.) SALVO EN LAS FRANJAS DE CARRETERA QUE SON ZONAS COMERCIALES Y SERVICIOS DISTRITALES (CD3/SD3), LOS CUALES SERÁN LOS SEÑALADOS EN EL COMERCIALES Y SERVICIOS DISTRITALES (CD3/SD3), LOS CUALES SERÁN LOS SEÑALADOS EN EL COMERCIALES Y SERVICIOS DISTRITALES (CD3/
ART. 5° DE ESTE REGLAMENTO. EL USO EXTRAÑO A LOS AUTORIZADOS SE PONDRÁ A CONSIDERACION DE LA DIRECIÓN DE OBRAS PÚBLICAS; OBSERVANDO QUE ÉSTE SEA PARA EL DESARROLLO ARMÓNICO DEL GÉNERO HABITACIONAL Y APEGADO AL PLAN PARCIAL DE ÚRBANIZACION DEL FRACCIONAMIENTO.
ARTICULO 13°.- ES OBLIGACIÓN DE LOS PROPIETARIOS O INQUILINOS DEL INMUEBLE CUYOS FRENTES TIENEN ESPACIO PARA PRADOS O ÁRBOLES EN LAS BANQUETAS O SERVIDUMBRES, SEMBRARLOS Y CONSERVARLOS EN BUEN ESTADO.
ARTICULO 14°.- DEBERÁN DE CONSIDERARSE DOS CAJONES DE ESTACIONAMIENTO (COMO MÍNIMO), POR CADA LOTE O CASA HABITACIÓN.CAJONES DE ESTACIONAMIENTO (COMO MÍNIMO), POR CADA LOTE O CASA HABITACIÓN.CAJONES DE ESTACIONAMIENTO (COMO MÍNIMO),
ARTICULO 15°.- LAS CARAS DE LOS MUROS EXTERIORES QUE NO TENGAN COLINDANCIA, ES DECIR SIN CONSTRUCCIÓN LATERAL DEBERÁN CUBRIRSE CON UN REPELLADO.
ARTICULO 16°.- ES FACULTAD DE LA DIRECCION DE OBRAS PÚBLICAS MUNICIPALES JUNTO CON LA DIRECCIÓN DE ECOLOGÍA EL VIGILAR Y AUTORIZAR QUE LOS PARTICULARES SÓLO PLANTEN EN LOS PRADOS DE LA VÍA PÚBLICA ÁRBOLES DE ESPECIES CONVENIENTES, QUE NO CONSTITUYAN OBSTÁCULOS O PROBLEMAS PARA LAS INSTALACIONES OCULTAS DE SERVICIOS.
ARTICULO 17°.- EN EL FRENTE DEL ALINEAMIENTO, PODRÁN COLOCARSE REJAS DE CUALQUIER PODRÁN COLOCARSE REJAS DE CUALQUIER
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MATERIAL HASTA DE 2.40MTS. DE ALTURA, SIEMPRE Y CUANDO ÉSTOS PERMITAN TRASFERENCIA VISUAL DE POR LO MENOS UN 80%.
ARTICULO 18°.- SÓLO SE PODRÁ COLOCAR EN EL 60% DEL FRENTE UNA “GRAPA” Y/O MARQUESINA, CON UN ANCHO MÁXIMO DE 0.60 MTS., DE ACUERDO A LO ESTIPULADO EN EL ARTÍCULO 9° DE ESTE REGLAMENTO. TAMBIÉN ES FACTIBLE REALIZAR BARDAS PERIMETRALES CON UNA ALTURA MAXIMA DE 1.10 MTS. EN LOS PRIMEROS 3.00 MTS. DE LA PROPIEDAD, LOS CUALES DEBERÁN ENJARRARSE EN SU CARA EXTERIOR.
ARTICULO 19°.- LAS FACHADAS DE LAS CASAS HABITACIÓN PODRÁN SER RECTAS Y/O CON TECHOS INCLINADOS (PENDIENTE MÁXIMA DEL 35%) CON TEJA DE BARRO RECOCIDO, SE DEBERÁ TECHOS INCLINADOS (PENDIENTE MÁXIMA DEL 35%) CON TEJA DE BARRO RECOCIDO, SE DEBERÁ TECHOS INCLINADOS (PENDIENTE MÁXIMA DEL
CONSIDERAR LA INCLUSIÓN DE ACABADOS 35%) CON TEJA DE BARRO RECOCIDO, SE DEBERÁ
LA INCLUSIÓN DE ACABADOS 35%) CON TEJA DE BARRO RECOCIDO, SE DEBERÁ
COMPATIBLES CON LA FISONOMÍA Y ARQUITECTURA DEL FRACCIONAMIENTO; LAS CONSTRUCCIONES SÓLO PODRÁN TENER DOS NIVELES; LOS TINACOS DEBERÁN ESTAR PROTEGIDOS Y CUBIERTOS, DE TAL FORMA QUE SE CONSIDERE UN ELEMENTO MÁS DE LA FACHADA, PUDIENDO ESTAR EN UN TERCER NIVEL; LA HERRERÍA SERA TRANSLÚCIDA, OBSTRUYENDO SOLO EL 20% DE LA VISIBILIDAD.
ARTICULO 20°.- QUEDA ESTRICTAMENTE PROHIBIDA LA CONSTRUCCION DE BARDAS MEDIANERAS, ENTENDIÉNDOSE COMO MEDIANERA LA BARDA QUE SE CONSTRUYE DE MANERA BIPARTITA ENTRE VECINOS.
ARTICULO 21°.- QUEDA PROHIBIDO DESCARGAR LAS AGUAS PLUVIALES A LOS DRENAJES DE AGUAS NEGRAS, ESTAS AGUAS PRODUCTO DE LA LLUVIA SERÁN DIRIGIDAS Y DESCARGADAS A LOS ARROYOS DE LAS CALLES.
ARTICULO 22°.- EN VIRTUD DE QUE FUERON CUBIERTOS LOS DERECHOS DE CONEXIÓN DE AGUA POTABLE DEL FRACCIONAMIENTO E INSTALADA EN CADA LOTE SU TOMA DOMICILIARIA, SERÁ NECESARIO, ANTES DE HACER USO DEL SERVICIO, PRESENTERSE AL AGUA Y SANEAMIENTO DE TEPATITLAN (ASTEPA), PARA CELEBRAR EL CONTRATO DEL NUEVO SERVICIO DOMICILIARIO Y HACER LOS PAGOS CORREPONDIENTES AL MEDIDOR E INSTALACIONES COMPLEMENTARIAS. ÉSTA CONEXIÓN LA HARA EL PERSONAL AUTORIZADO POR EL AGUA Y SANEAMIENTO DE TEPATITLAN (ASTEPA), Y LA VIOLACIÓN DE ESTE ARTÍCULO SERÁ SANCIONADO POR LA MISMA ASTEPA.
ARTICULO 23°.- ADEMÁS DE LOS ARTÍCULOS ANTERIORES, LOS PROPIETARIOS O INQUILINOS DEL FRACCIONAMIENTO SE SUJETARÁN AL REGLAMENTO DE CONSTRUCCIÓN Y DESARROLLO URBANO DE
TEPATITLÁN DE MORELOS JALISCO Y CON EL APOYO DETERMINANTE DE LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS MUNICIPALES EN COORDINACIÓN CON “EL CONSORCIO DE LOS ALTOS S.A. DE C. V.”. Y/O LA JUNTA VECINAL, SI FUERA EL CASO.
ARTICULO 24°.- LAS INSTALACIONES OCULTAS DESTINADAS PARA LOS SERVICIOS DE TELEVISIÓN RESTRINGIDA, QUEDAN BAJO PROPIEDAD Y/O USUFRUCTO DE LA EMPRESA TELEVISIÓN POR CABLE TEPA S. A. DE C. V. Y QUEDA ESTRICTAMENTE PROHIBIDA LA UTILIZACIÓN DE ÉSTAS POR EMPRESA ALGUNA DIFERENTE A LA PROPIETARIA Y/O PARA OTROS FINES.
ARTICULO 25°.- LAS INSTALACIONES OCULTAS DESTINADAS PARA LOS SERVICIOS DE TELEFONÍA QUEDAN BAJO PROPIEDAD Y/O USUFRUCTO DEL “CONSORCIO DE LOS ALTOS” S. A. DE C. V. QUEDANDO ESTRICTAMENTE PROHIBIDA LA UTILIZACION DE ÉSTAS PARA OTROS FINES Y/O POR EMPRESA ALGUNA DIFERENTE A LA PROPIETARIA.
CAPITULO XI.-TRANSITORIOS
PRIMERO. Las disposiciones del Plan Parcial de Urbanización de Fraccionamiento. Valle Real en la ciudad de Tepatitlán de Morelos, Jalisco, entrarán en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Municipal.
SEGUNDO.- Una vez publicado el Plan deberá ser inscrito en las oficinas del Registro Público de la Propiedad dentro de los 20 días vigentes a su publicación.
TERCERO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan y las determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan derogadas todas las disposiciones legales que se opongan al mismo Plan y sus normas de zonificación.
Salón de Sesiones de H. Ayuntamiento del H. Ayuntamiento de Tepatitlán de Morelos Jalisco.
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EL CONSORCIO DE LOS ALTOS S.A. DE C.V.
AREA DE ESTUDIO Y APLICACION
Tepatitlán de Morelos Jal.
ING. JORGE H. FRANCO NAVARRO
USO DE SUELO
JUNIO - 2006FECHA :
REALIZO :
ACOTACION: MTS.
ESCALA : S/E
ING. ARMANDO GONZALEZ RIVERA
PROPIETARIO (S) :
H 3-U
S I M B O L O G I A
Lagunillas
PLAN PARCIAL DE URBANIZACION
TEPATITLAN DE MORELOS JALISCO
FRACCIONAMIENTO VALLE REAL
LOCALIZACION
lamina :
D-00
Y=2,301,200
Y=2,301,400
Y=2,301,600
X=72
9,800
X=73
0,000
X=73
0,200
X=73
0,400
X=73
0,600
CAMINOS
POR PASO DE LINEAAREA DE RESTRICCION
ELECTRICA
CUERPO DE AGUA
CURVAS DE NIVEL
1777
1776
1775
1774
1773
17721771
1771
1772
1773
1774
1775
1777
LADO C O O R D E N A D A SDISTANCIARUMBO V
EST PV Y XA 2,301,757.730 729,829.444
A B S 89°05'37.85" E 620.232 B 2,301,747.921 730,449.599
B C S 02°15'56.92" E 555.106 C 2,301,193.249 730,471.545
C D S 88°48'52.16" W 635.902 D 2,301,180.093 729,835.779
D A N 00°37'42.33" W 577.672 A 2,301,757.730 729,829.444
SUPERFICIE = 355,546.205 m2
AB
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CAMPOS ELISEOS
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AV. JOSE GONZALEZ CARNICERO
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CAMPOS ELISEOS
CALLE SIN NOMBRECALLE SIN NOMBRE
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AV. JOSE GONZALEZ CARNICERO
LIMITE DEL AREA DE APLICACION
LIMITE DEL AREA DE ESTUDIO
A
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20 21
22
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EL CONSORCIO DE LOS ALTOS S.A. DE C.V.
Tepatitlán de Morelos Jal.
ING. JORGE H. FRANCO NAVARRO
USO DE SUELO
JUNIO - 2006FECHA :
REALIZO :
ACOTACION: MTS.
ESCALA : S/E
ING. ARMANDO GONZALEZ RIVERA
PROPIETARIO (S) :
H 3-U
S I M B O L O G I A
Lagunillas
PLAN PARCIAL DE URBANIZACION
TEPATITLAN DE MORELOS JALISCO
FRACCIONAMIENTO VALLE REAL
LOCALIZACION
lamina :
D-01
12 3 4 5
6 78 9
1011 12 1314 15 16 17 18
19 20 21 22 2324
25
262728
2930
31
32
33
LADO C O O R D E N A D A SDISTANCIARUMBO V
EST PV Y X1 2,301,472.863 729,910.999
1 2 N 80°14'35.87" E 53.848 2 2,301,481.988 729,964.069
2 3 N 80°22'01.75" E 10.461 3 2,301,483.739 729,974.382
3 4 N 80°22'01.75" E 10.461 4 2,301,485.489 729,984.696
4 5 N 80°13'54.28" E 14.103 5 2,301,487.882 729,998.594
5 6 N 80°23'32.61" E 56.030 6 2,301,497.233 730,053.838
6 7 N 80°31'08.46" E 7.029 7 2,301,498.391 730,060.771
7 8 N 80°08'12.38" E 34.929 8 2,301,504.374 730,095.184
8 9 N 80°06'20.34" E 35.012 9 2,301,510.390 730,129.675
9 10 N 80°26'34.65" E 18.827 10 2,301,513.516 730,148.240
10 11 N 80°26'34.65" E 48.273 11 2,301,521.531 730,195.844
11 12 N 80°55'53.95" E 29.763 12 2,301,526.222 730,225.235
12 13 N 79°34'19.94" E 10.512 13 2,301,528.125 730,235.573
13 14 N 80°33'35.23" E 6.994 14 2,301,529.272 730,242.472
14 15 N 81°18'35.73" E 12.548 15 2,301,531.168 730,254.876
15 16 N 79°22'19.94" E 11.775 16 2,301,533.339 730,266.449
16 17 N 79°22'19.94" E 11.775 17 2,301,535.511 730,278.021
17 18 N 79°42'07.09" E 8.515 18 2,301,537.033 730,286.399
18 19 N 79°53'55.34" E 25.574 19 2,301,541.518 730,311.577
19 20 N 79°59'48.85" E 17.059 20 2,301,544.482 730,328.377
20 21 N 81°39'38.65" E 10.536 21 2,301,546.010 730,338.802
21 22 N 81°39'38.65" E 10.536 22 2,301,547.538 730,349.227
22 23 N 81°20'39.82" E 6.138 23 2,301,548.462 730,355.295
23 24 N 81°20'39.82" E 6.138 24 2,301,549.385 730,361.362
24 25 S 02°57'08.04" E 49.578 25 2,301,499.873 730,363.916
25 26 S 02°57'08.04" E 49.578 26 2,301,450.362 730,366.469
26 27 S 80°23'18.65" W 29.895 27 2,301,445.370 730,336.993
27 28 S 80°22'33.27" W 16.912 28 2,301,442.543 730,320.320
28 29 S 80°17'05.32" W 104.920 29 2,301,424.837 730,216.904
29 30 S 80°16'25.13" W 52.569 30 2,301,415.956 730,165.091
30 31 S 80°16'31.34" W 155.990 31 2,301,389.607 730,011.342
31 32 S 80°16'32.98" W 151.371 32 2,301,364.040 729,862.147
32 33 N 02°26'20.63" W 100.020 33 2,301,463.970 729,857.890
33 1 N 80°29'38.67" E 53.849 1 2,301,472.863 729,910.999
Y=2,300,800
Y=2,301,000
Y=2,301,200
Y=2,301,400
Y=2,301,600
X=72
9,800
X=73
0,000
X=73
0,200
X=73
0,400
X=73
0,600
X=73
0,800
CUERPO DE AGUA
1777
1775
1774 1773 1772 1771 1771
1772
1773
1774
1775
1776
1777
CURVAS DE NIVEL1774
1771
SUPERFICIE = 50,565.00 m2
CA-5
CA-5
3“U
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A V . J O S E G O N Z A L E Z C A R N I C E R O
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A V . J O S E G O N Z A L E Z C A R N I C E R O
LIMITE DEL AREA DE APLICACION2 0 2 1
2 2
2 3
EL CONSORCIO DE LOS ALTOS S.A. DE C.V.
MEDIO FISICO TRANSFORMADO
Tepatitlán de Morelos Jal.
ING. JORGE H. FRANCO NAVARRO
USO DE SUELO
JUNIO - 2006FECHA :
REALIZO :
ACOTACION: MTS.
ESCALA : S/E
ING. ARMANDO GONZALEZ RIVERA
PROPIETARIO (S) :
H 3-U
S I M B O L O G I A
Lagunillas
PLAN PARCIAL DE URBANIZACION
TEPATITLAN DE MORELOS JALISCO
FRACCIONAMIENTO VALLE REAL
LOCALIZACION
lamina :
D-2
12 3 4 5
6 78 9
1 01 1
1 2 1 31 4 1 5 1 6 1 71 81 9 2 0 2 1 2 2 2 3
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LEC
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POR PASO DE LINEAAREA DE RESTRICCION
ELECTRICA
RI-DR
POR PASO DE COLECTORAREA DE RESTRICCION
DE AGUAS NEGRAS
LADO C O O R D E N A D A SDIS TANCIARUMBO V
ES T PV Y X
1 2 , 3 0 1 , 4 7 2 . 8 6 3 7 2 9 , 9 1 0 . 9 9 9
2 N 8 0 °1 4 '3 5 . 8 7 " E 5 3 . 8 4 8 2 2 , 3 0 1 , 4 8 1 . 9 8 8 7 2 9 , 9 6 4 . 0 6 9
2 3 N 8 0 °2 2 '0 1 . 7 5 " E 1 0 . 4 6 1 3 2 , 3 0 1 , 4 8 3 . 7 3 9 7 2 9 , 9 7 4 . 3 8 2
3 4 N 8 0 °2 2 '0 1 . 7 5 " E 1 0 . 4 6 1 4 2 , 3 0 1 , 4 8 5 . 4 8 9 7 2 9 , 9 8 4 . 6 9 6
4 5 N 8 0 °1 3 '5 4 . 2 8 " E 1 4 . 1 0 3 5 2 , 3 0 1 , 4 8 7 . 8 8 2 7 2 9 , 9 9 8 . 5 9 4
5 6 N 8 0 °2 3 '3 2 . 6 1 " E 5 6 . 0 3 0 6 2 , 3 0 1 , 4 9 7 . 2 3 3 7 3 0 , 0 5 3 . 8 3 8
6 7 N 8 0 °3 1 '0 8 . 4 6 " E 7 . 0 2 9 7 2 , 3 0 1 , 4 9 8 . 3 9 1 7 3 0 , 0 6 0 . 7 7 1
7 8 N 8 0 °0 8 '1 2 . 3 8 " E 3 4 . 9 2 9 8 2 , 3 0 1 , 5 0 4 . 3 7 4 7 3 0 , 0 9 5 . 1 8 4
8 9 N 8 0 °0 6 '2 0 . 3 4 " E 3 5 . 0 1 2 9 2 , 3 0 1 , 5 1 0 . 3 9 0 7 3 0 , 1 2 9 . 6 7 5
9 1 0 N 8 0 °2 6 '3 4 . 6 5 " E 1 8 . 8 2 7 1 0 2 , 3 0 1 , 5 1 3 . 5 1 6 7 3 0 , 1 4 8 . 2 4 0
1 0 1 1 N 8 0 °2 6 '3 4 . 6 5 " E 4 8 . 2 7 3 1 1 2 , 3 0 1 , 5 2 1 . 5 3 1 7 3 0 , 1 9 5 . 8 4 4
1 1 1 2 N 8 0 °5 5 '5 3 . 9 5 " E 2 9 . 7 6 3 1 2 2 , 3 0 1 , 5 2 6 . 2 2 2 7 3 0 , 2 2 5 . 2 3 5
1 2 1 3 N 7 9 °3 4 '1 9 . 9 4 " E 1 0 . 5 1 2 1 3 2 , 3 0 1 , 5 2 8 . 1 2 5 7 3 0 , 2 3 5 . 5 7 3
1 3 1 4 N 8 0 °3 3 '3 5 . 2 3 " E 6 . 9 9 4 1 4 2 , 3 0 1 , 5 2 9 . 2 7 2 7 3 0 , 2 4 2 . 4 7 2
1 4 1 5 N 8 1 °1 8 '3 5 . 7 3 " E 1 2 . 5 4 8 1 5 2 , 3 0 1 , 5 3 1 . 1 6 8 7 3 0 , 2 5 4 . 8 7 6
1 5 1 6 N 7 9 °2 2 '1 9 . 9 4 " E 1 1 . 7 7 5 1 6 2 , 3 0 1 , 5 3 3 . 3 3 9 7 3 0 , 2 6 6 . 4 4 9
1 6 1 7 N 7 9 °2 2 '1 9 . 9 4 " E 1 1 . 7 7 5 1 7 2 , 3 0 1 , 5 3 5 . 5 1 1 7 3 0 , 2 7 8 . 0 2 1
1 7 1 8 N 7 9 °4 2 '0 7 . 0 9 " E 8 . 5 1 5 1 8 2 , 3 0 1 , 5 3 7 . 0 3 3 7 3 0 , 2 8 6 . 3 9 9
1 8 1 9 N 7 9 °5 3 '5 5 . 3 4 " E 2 5 . 5 7 4 1 9 2 , 3 0 1 , 5 4 1 . 5 1 8 7 3 0 , 3 1 1 . 5 7 7
1 9 2 0 N 7 9 °5 9 '4 8 . 8 5 " E 1 7 . 0 5 9 2 0 2 , 3 0 1 , 5 4 4 . 4 8 2 7 3 0 , 3 2 8 . 3 7 7
2 0 2 1 N 8 1 °3 9 '3 8 . 6 5 " E 1 0 . 5 3 6 2 1 2 , 3 0 1 , 5 4 6 . 0 1 0 7 3 0 , 3 3 8 . 8 0 2
2 1 2 2 N 8 1 °3 9 '3 8 . 6 5 " E 1 0 . 5 3 6 2 2 2 , 3 0 1 , 5 4 7 . 5 3 8 7 3 0 , 3 4 9 . 2 2 7
2 2 2 3 N 8 1 °2 0 '3 9 . 8 2 " E 6 . 1 3 8 2 3 2 , 3 0 1 , 5 4 8 . 4 6 2 7 3 0 , 3 5 5 . 2 9 5
2 3 2 4 N 8 1 °2 0 '3 9 . 8 2 " E 6 . 1 3 8 2 4 2 , 3 0 1 , 5 4 9 . 3 8 5 7 3 0 , 3 6 1 . 3 6 2
2 4 2 5 S 0 2 °5 7 '0 8 . 0 4 " E 4 9 . 5 7 8 2 5 2 , 3 0 1 , 4 9 9 . 8 7 3 7 3 0 , 3 6 3 . 9 1 6
2 5 2 6 S 0 2 °5 7 '0 8 . 0 4 " E 4 9 . 5 7 8 2 6 2 , 3 0 1 , 4 5 0 . 3 6 2 7 3 0 , 3 6 6 . 4 6 9
2 6 2 7 S 8 0 °2 3 '1 8 . 6 5 " W 2 9 . 8 9 5 2 7 2 , 3 0 1 , 4 4 5 . 3 7 0 7 3 0 , 3 3 6 . 9 9 3
2 7 2 8 S 8 0 °2 2 '3 3 . 2 7 " W 1 6 . 9 1 2 2 8 2 , 3 0 1 , 4 4 2 . 5 4 3 7 3 0 , 3 2 0 . 3 2 0
2 8 2 9 S 8 0 °1 7 '0 5 . 3 2 " W 1 0 4 . 9 2 0 2 9 2 , 3 0 1 , 4 2 4 . 8 3 7 7 3 0 , 2 1 6 . 9 0 4
2 9 3 0 S 8 0 °1 6 '2 5 . 1 3 " W 5 2 . 5 6 9 3 0 2 , 3 0 1 , 4 1 5 . 9 5 6 7 3 0 , 1 6 5 . 0 9 1
3 0 3 1 S 8 0 °1 6 '3 1 . 3 4 " W 1 5 5 . 9 9 0 3 1 2 , 3 0 1 , 3 8 9 . 6 0 7 7 3 0 , 0 1 1 . 3 4 2
3 1 3 2 S 8 0 °1 6 '3 2 . 9 8 " W 1 5 1 . 3 7 1 3 2 2 , 3 0 1 , 3 6 4 . 0 4 0 7 2 9 , 8 6 2 . 1 4 7
3 2 3 3 N 0 2 °2 6 '2 0 . 6 3 " W 1 0 0 . 0 2 0 3 3 2 , 3 0 1 , 4 6 3 . 9 7 0 7 2 9 , 8 5 7 . 8 9 0
3 3 1 N 8 0 °2 9 '3 8 . 6 7 " E 5 3 . 8 4 9 1 2 , 3 0 1 , 4 7 2 . 8 6 3 7 2 9 , 9 1 0 . 9 9 9
SUPERFICIE = 50,565.00 m2
MA
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S O M B R E R O
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RI-EL9
RI-D
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4A
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A V . J O S E G O N Z A L E Z C A R N I C E R O
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CA
A V . J O S E G O N Z A L E Z C A R N I C E R O
20 21
22
23
EL CONSORCIO DE LOS ALTOS S.A. DE C.V.
CLASIFICACION DE AREAS
Tepatitlán de Morelos Jal.
ING. JORGE H. FRANCO NAVARRO
USO DE SUELO
JUNIO - 2006FECHA :
REALIZO :
ACOTACION: MTS.
ESCALA : S/E
ING. ARMANDO GONZALEZ RIVERA
PROPIETARIO (S) :
H 3-U
Lagunillas
PLAN PARCIAL DE URBANIZACION
TEPATITLAN DE MORELOS JALISCO
FRACCIONAMIENTO VALLE REAL
LOCALIZACION
lamina :
E-1
12 3 4 5
6 78 9
1011 12 1314 15 16 17 18
19 20 21 22 2324
25
262728
2930
31
32
33
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X=72
9,800
X=73
0,000
X=73
0,200
CO
LEC
TOR
MU
NIC
IPA
L
COLECTOR PRINCIPALRI - DR
VIALIDAD REGIONALRI - VL
CA
LIMITE DEL AREA DE APLICACION
RESTRICCION POR INFRAESTRUCTURA
CUERPOS DE AGUA
RI-EL
AREA DE PROTECCION A
LINEA DE C.F.E. 115 KVA.
S I M B O L O G I A
RI - V
L3
RI - DR1
RI - EL9
RU-MP7
S U P . = 5 0 , 5 6 5 . 0 0 m 2
LADO C O O R D E N A D A SDISTANCIARUMBO V
EST PV Y X1 2,301,472.863 729,910.999
2 N 80°14'35.87" E 53.848 2 2,301,481.988 729,964.069
2 3 N 80°22'01.75" E 10.461 3 2,301,483.739 729,974.382
3 4 N 80°22'01.75" E 10.461 4 2,301,485.489 729,984.696
4 5 N 80°13'54.28" E 14.103 5 2,301,487.882 729,998.594
5 6 N 80°23'32.61" E 56.030 6 2,301,497.233 730,053.838
6 7 N 80°31'08.46" E 7.029 7 2,301,498.391 730,060.771
7 8 N 80°08'12.38" E 34.929 8 2,301,504.374 730,095.184
8 9 N 80°06'20.34" E 35.012 9 2,301,510.390 730,129.675
9 10 N 80°26'34.65" E 18.827 10 2,301,513.516 730,148.240
10 11 N 80°26'34.65" E 48.273 11 2,301,521.531 730,195.844
11 12 N 80°55'53.95" E 29.763 12 2,301,526.222 730,225.235
12 13 N 79°34'19.94" E 10.512 13 2,301,528.125 730,235.573
13 14 N 80°33'35.23" E 6.994 14 2,301,529.272 730,242.472
14 15 N 81°18'35.73" E 12.548 15 2,301,531.168 730,254.876
15 16 N 79°22'19.94" E 11.775 16 2,301,533.339 730,266.449
16 17 N 79°22'19.94" E 11.775 17 2,301,535.511 730,278.021
17 18 N 79°42'07.09" E 8.515 18 2,301,537.033 730,286.399
18 19 N 79°53'55.34" E 25.574 19 2,301,541.518 730,311.577
19 20 N 79°59'48.85" E 17.059 20 2,301,544.482 730,328.377
20 21 N 81°39'38.65" E 10.536 21 2,301,546.010 730,338.802
21 22 N 81°39'38.65" E 10.536 22 2,301,547.538 730,349.227
22 23 N 81°20'39.82" E 6.138 23 2,301,548.462 730,355.295
23 24 N 81°20'39.82" E 6.138 24 2,301,549.385 730,361.362
24 25 S 02°57'08.04" E 49.578 25 2,301,499.873 730,363.916
25 26 S 02°57'08.04" E 49.578 26 2,301,450.362 730,366.469
26 27 S 80°23'18.65" W 29.895 27 2,301,445.370 730,336.993
27 28 S 80°22'33.27" W 16.912 28 2,301,442.543 730,320.320
28 29 S 80°17'05.32" W 104.920 29 2,301,424.837 730,216.904
29 30 S 80°16'25.13" W 52.569 30 2,301,415.956 730,165.091
30 31 S 80°16'31.34" W 155.990 31 2,301,389.607 730,011.342
31 32 S 80°16'32.98" W 151.371 32 2,301,364.040 729,862.147
32 33 N 02°26'20.63" W 100.020 33 2,301,463.970 729,857.890
33 1 N 80°29'38.67" E 53.849 1 2,301,472.863 729,910.999
MA
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A
S O M B R E R O
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SUPERFICIE = 50,565.00 m2
RU-MP7 MEDIANO PLAZO No. 7RESERVA URBANA A
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6 1 . 4 5
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2 4 . 0 9
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R 11.0
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1 0 . 0 0
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8 . 0 0
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18.50
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17
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8 . 0 0
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1 8 .5 0
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8 . 0 08 . 0 0
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1 8 .9 3
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24
151.92
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8 . 0 0
2223
1 8 .9 51 8 .9 5
151.498 . 0 0
8 . 0 0
151.74
151.58
21
1 8 .9 4
8 . 0 0
18.94
1 8 .9 71 8 .9 7
27
1 9 .0 4
25
1 8 .9 91 8 .9 9
1 9 .0 11 9 .0 1
26
152.19
1 9 .0 4
8 . 0 08 . 0 0
8 . 0 0152.01
8 . 0 08 . 0 0
8 . 0 08 . 0 0
8 . 0 0
18.50
148.008 . 0 0
8 . 0 0
18.901 8 .9 0
8 . 0 0
151.21
8 . 0 0148.00
1 8 .5 0
1 8 .5 0
8 . 0 0
29
148.00
1 8 .5 01 8 .5 0
H3U-4 5404.32
1 8 .5 0
185.00
1 8 .5 0
1 8 .5 0
29
151.368 . 0 0
8 . 0 0
18.93
151.43151.45
1 8 .9 3
8 . 0 0
23
1 8 .9 41 8 .9 4 24
151.47
25
1 8 .9 3
1 8 .9 3
8 . 0 0
8 . 0 0
8 . 0 0
151.41
28
1 8 .9 21 8 .9 2
151.398 . 0 0
27
1 8 .9 3
8 . 0 08 . 0 0
26
1 8 .9 3
8 . 0 0
18.931 8 .9 3
8 . 0 08 . 0 0
18.50
8 . 0 0
148.0036
35
21
1 8 .5 0
8 . 0 08 . 0 0
1 0 . 0 0
18.50
1 8 .5 0
1 8 .5 01 8 .5 0
185.00
1 8 .5 0
1 0 . 0 0
1 0 . 0 0
34
8 . 0 08 . 0 0
18.501 8 .5 0
1 8 .5 01 8 .5 0
148.00
8 . 0 08 . 0 0
8 . 0 0
148.00
1 8 .5 01 8 .5 0
3233
148.00
32
1 8 .9 11 8 .9 1
151.34 1 8 .9 1
8 . 0 08 . 0 0
30
1 8 .9 21 8 .9 2
1 8 .9 2
1 8 .9 2
31
8 . 0 08 . 0 0
8 . 0 08 . 0 0
8 . 0 0148.008 . 0 0
30
148.00
1 8 .5 01 8 .5 0
148.00
151.308 . 0 0
8 . 0 0
151.328 . 0 0
8 . 0 0
31
8 . 0 08 . 0 0
151.238 . 0 08 . 0 0
34
1 8 .9 11 8 .9 1
1 8 .9 11 8 .9 1
151.25151.27
35
33
1 8 .9 1
8 . 0 0
8 . 0 0
18.50
148.00
8 . 0 0152.81
28
1 9 .0 6
153.02
8 . 0 0
8 . 0 0
18.50
148.00
8 . 0 0
152.608 . 0 0
8 . 0 0
148.001 0 . 0 0
148.00
8 . 0 0
3
8 . 0 0
148.00
1 8 .5 0
5
1 8 .5 01 8 .5 0
8 . 0 0
6
1 8 .5 01 8 .5 0
8 . 0 0 8 . 0 0
148.008 . 0 0
18.50 4
1 9 .1 41 9 .1 4
8 . 0 08 . 0 0
8 . 0 0
30
1 9 .1 11 9 .1 1
8 . 0 0
29
1 9 .0 91 9 .0 9
8 . 0 08 . 0 0
8 . 0 0
3233
1 9 .1 01 9 .1 0
1 9 .0 8
152.868 . 0 0
152.70
1 9 .1 21 9 .1 2
8 . 0 0
19.08
31
153.03
13
1 8 .5 0
1 8 .5 0
148.00148.00
10
28
9
1 8 .5 01 8 .5 0
8 . 0 0
148.00
8 . 0 0
148.00
8 . 0 08 . 0 0
87
1 8 .5 0
1 8 .5 0
8 . 0 08 . 0 08 . 0 08 . 0 0
18.501 8 .5 0
12
8 . 0 08 . 0 0
18.50 11
1 8 .5 0
1 8 .5 0
1 8 .5 0
8 . 0 08 . 0 0
18.50
25
1 8 .5 0
1 8 .5 0
1 8 .5 0
1 8 .5 0
2726
148.00
1 8 .5 0
8 . 0 08 . 0 0
37
151.42
1 9 .0 11 9 .0 1
8 . 0 0
35
1 9 .0 31 9 .0 3 36
8 . 0 0152.538 . 0 0
8 . 0 0
8 . 0 0
152.36 152.2034
1 9 .0 61 9 .0 6
1 7 .9 4
1 9 . 7 3
176.94
148.008 . 0 0
8 . 0 0
8 . 0 0
148.00
8 . 0 0
18.89
151.11 1 8 .8 9
42151.148 . 0 0
18.90
151.168 . 0 0
151.18
1 8 .9 0
8 . 0 0
37
1 8 .9 01 8 .9 0
8 . 0 08 . 0 0
8 . 0 0
36
38
1 8 .9 01 8 .9 0
41
1 8 .8 91 8 .8 9
151.13
4039
1 8 .8 91 8 .8 9
1 8 .8 91 8 .8 9
8 . 0 08 . 0 0
8 . 0 0
8 . 0 08 . 0 0
5 . 8 9
16.20
151.09
1 6 .2 0
1 6 .2 0
8 . 0 08 . 0 0
19
1 8 .5 0
8 . 0 08 . 0 0
18.50
8 . 0 08 . 0 0
8 . 0 0148.00 148.00
8 . 0 0
148.008 . 0 0
22
24231 8 .5 0
1 8 .5 0
1 8 .5 0
1 8 .5 0
1 8 .5 0
1 6 .2 0
1 6 .2 0
1 8 .5 0
8 . 0 0
140.94140.94
8 . 0 0
21
8 . 0 08 . 0 0
148.00
20
1 4 .7 9
8 . 0 0
5 .5 23 . 9 2
140.42
1 8 .5 0
1 8 .5 0
8 . 0 0
148.00
15
1 8 .5 01 8 .5 0
16
14
148.00
1 8 .5 0
1 8 .5 0
8 . 0 0
2 5 .4 0
1 . 3 98 . 7 0
17.09
160.53
1 8 . 7 9
8 . 7 0
17
44
1 7.2
0
151.07
8 . 0 0
43
1 8 .8 91 8 .8 9
228.07
1
1 9.1
6
1
14.08
3 4 .2 6 358.60
18
22.33
4 9 .9 8
3 2 . 6 8
INFRAESTRUCTURA
1 .5 76 . 8 48 . 0 0
H3U-3 620.31
2 7 .9 5
C. F. E.
2
1 8 .5 5
1 8 .6 01 8 .6 0
1
1 8 .5 5
148.93
8 . 0 0
148.39
1 8 .6 91 8 .6 9
19.131 2 .15
4
1 7 .5 8
4 . 1 2146.27 176.72
1 7 .5 8
3
2 0 . 7 6
44.45
1 1 . 0 4
6 8 . 0 9
99.16
CUERPOSDE AGUA1582.32
8 . 0 04 . 1 0
8 . 0 08 . 0 0
8 . 0 0
2 . 3 0
8 . 7 08 . 7 0
3 4 . 5 3
1 3 . 8 5
8 . 0 0
9 . 0 0
162.14
2 6 . 7 5
2 6 . 9 6
1 2 . 7 2
1 7 .7 2
159.49
3 4 . 1 2
2 1 . 0 7
1 2 . 2 8
0 . 6 3
2 9 . 9 0
1 5 . 2 0
13.86
5 .9 1
1 6 . 6 9
1 6 . 5 9
RI - EL9
CA - 5
RI - DR1
S I M B O L O G I A
CO
LEC
TOR
MU
NIC
IPA
L
X=73
0,20
0
X=73
0,00
0
33
32
29
28 2726
25
242322212019
1817161514131211
87
5432
E-2'lamina :
LOCALIZACION
FRACCIONAMIENTO VALLE REAL
TEPATITLAN DE MORELOS JALISCO
PLAN PARCIAL DE URBANIZACION
Lagunillas
H 3-UPROPIETARIO (S) :
ING. ARMANDO GONZALEZ RIVERA
S/EESCALA :
MTS.ACOTACION:
REALIZO :
FECHA :
JUNIO - 2006
USO DE SUELO
ING. JORGE H. FRANCO NAVARRO
Tepatitlán de Morelos Jal.
LOTIFICACIONEL CONSORCIO DE LOS ALTOS S.A. DE C.V.
CARR
ETER
A TE
PATI
TLAN
YAH
UALIC
A
CAMPOS ELISEOS
CAMPOS ELISEOS
SAINT
DENIS
AV. JOSE GONZALEZ CARNICERO
SAINT DENIS
CAMPOS ELISEOS
0303
5 2 . 0 0 m
NUMERO DE PREDIO
SUPERFICIE DE PREDIO
DISTANCIA
HABITACIONAL 25,228.89COMERCIAL 4,318.10ESPACIOS VERDES 6,412.78INFRAESTRUCTURA 452.12RESTRICCIONES
109
31
30
1
6
6
H3U-1634.48
2 5 . 0 0
2 5 . 0 0
CD3/SD3-2
2183.93
CD3/SD3-1
2134.17
H3U-8358.60
R2.10
H3U-7486.83
2 5 . 0 0
EV-1 6352.181
1
1 3 .8 6
POZO2 8 .2 3
4 . 0 0 5 . 1 5
4 .1 24 . 1 1
3,935.40
VIALIDADES 10,217.71
REGION DE LA RIOJA
VALLE DEL LOIRA
VALLE DE NAPA
REGION DE BORDEAUX
VALLE DEL LOIRA
VALLE DE NAPA
VALLE DE NAPA
VALLE DEL MAIPO
VALLE DE CALAFIA
EV-260.60
IN-U1452.12
RESTRICCION:
TOTAL 50,565.00(1,433.97)VIALIDAD EN RI-EL
6A
NEX
O“U
n G
obie
rno
Hon
esto
y C
erca
no a
l Pue
blo”
228.07H3U-9
CD3/SD3-22,183.93
EV-1
H3U-7486.83 6,372.94
H3U-6
EV-260.60
H3U-55,772.02
VL-4
VL-3
VL-2
VSc-1
VL-15,404.32H3U-4
358.60
H3U-3
634.482,134.17
H3U-2
H3U-1CD3/SD3-1
6352.18
3490.67
A B I E R T O
C . U . S . 0 . 0 4
E V -V
4 2 0 M 2
C D 3 /S D 3
V A R I A B L E1 . 5 0 M T S3 . 0 0 M T S5 . 0 0 M T S .3 0 %C . U . S . 2 . 1
1 2 . 0 M T S .
S E M I C E R R A D O
3 9 V I V /H A1 4 0 M 2C . U . S . 1 . 4
8 . 0 0 M T S
H 3 U
RI - EL9
CA - 5
RI - DR1
RI - V
L3
S I M B O L O G I A
LINEA DE C.F.E. 115 KVA.
AREA DE PROTECCION A CUERPOS DE AGUA
RESTRICCION POR INFRAESTRUCTURALIMITE DEL AREA DE ESTUDIO
LIMITE DEL AREA DE APLICACION
CA
RI - VL VIALIDAD REGIONAL
RI - DR COLECTOR PRINCIPAL
CO
LEC
TOR
MU
NIC
IPA
L
X=7
30,4
00
X=7
30,2
00
X=7
30,0
00
X=7
29,8
00
Y=2,300,800
SUPERFICIE = 50,565.00m2
729,910.9992,301,472.863153.849N 80°29'38.67" E133
729,857.8902,301,463.97033100.020N 02°26'20.63" W3332
729,862.1472,301,364.04032151.371S 80°16'32.98" W3231
730,011.3422,301,389.60731155.990S 80°16'31.34" W3130
730,165.0912,301,415.9563052.569S 80°16'25.13" W3029
730,216.9042,301,424.83729104.920S 80°17'05.32" W2928
730,320.3202,301,442.5432816.912S 80°22'33.27" W2827
730,336.9932,301,445.3702729.895S 80°23'18.65" W2726
730,366.4692,301,450.3622649.578S 02°57'08.04" E2625
730,363.9162,301,499.8732549.578S 02°57'08.04" E2524
730,361.3622,301,549.385246.138N 81°20'39.82" E2423
730,355.2952,301,548.462236.138N 81°20'39.82" E2322
730,349.2272,301,547.5382210.536N 81°39'38.65" E2221
730,338.8022,301,546.0102110.536N 81°39'38.65" E2120
730,328.3772,301,544.4822017.059N 79°59'48.85" E2019
730,311.5772,301,541.5181925.574N 79°53'55.34" E1918
730,286.3992,301,537.033188.515N 79°42'07.09" E1817
730,278.0212,301,535.5111711.775N 79°22'19.94" E1716
730,266.4492,301,533.3391611.775N 79°22'19.94" E1615
730,254.8762,301,531.1681512.548N 81°18'35.73" E1514
730,242.4722,301,529.272146.994N 80°33'35.23" E1413
730,235.5732,301,528.1251310.512N 79°34'19.94" E1312
730,225.2352,301,526.2221229.763N 80°55'53.95" E1211
730,195.8442,301,521.5311148.273N 80°26'34.65" E1110
730,148.2402,301,513.5161018.827N 80°26'34.65" E109
730,129.6752,301,510.390935.012N 80°06'20.34" E98
730,095.1842,301,504.374834.929N 80°08'12.38" E87
730,060.7712,301,498.39177.029N 80°31'08.46" E76
730,053.8382,301,497.233656.030N 80°23'32.61" E65
729,998.5942,301,487.882514.103N 80°13'54.28" E54
729,984.6962,301,485.489410.461N 80°22'01.75" E43
729,974.3822,301,483.739310.461N 80°22'01.75" E32
729,964.0692,301,481.988253.848N 80°14'35.87" E21
729,910.9992,301,472.8631
XYPVESTVRUMBO DISTANCIA
C O O R D E N A D A SLADO
33
32
31
3029
28 2726
25
242322212019
1817161514131211
1098
765432
1
E-02lamina :
LOCALIZACION
FRACCIONAMIENTO VALLE REAL
TEPATITLAN DE MORELOS JALISCO
PLAN PARCIAL DE URBANIZACION
Lagunillas
H 3-UPROPIETARIO (S) :
ING. ARMANDO GONZALEZ RIVERA
S/EESCALA :
MTS.ACOTACION:
REALIZO :
FECHA :
JUNIO - 2006
USO DE SUELO
ING. JORGE H. FRANCO NAVARRO
Tepatitlán de Morelos Jal.
UTILIZACION GENERAL DEL SUELO
EL CONSORCIO DE LOS ALTOS S.A. DE C.V.
23
22
2120
B
DC
A
A V . J O S E G O N Z A L E Z C A R N I C E R I T O
CARR
ETER
A T
EPA
TITL
AN
YA
HU
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CA
C A M P O S E L I S E O S
C A M P O S E L I S E O S
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A V . J O S E G O N Z A L E Z C A R N I C E R I T O
PAR I
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B O R D E A U X
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L A
S A I N T D E N I S
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C A M P O S E L I S E O S
P A R I S
VER S
AL L
E S
MA
NG
AN
A
S O M B R E R O
MA
NG
AN
A
POZO452.12 620.31
5351.34
IN
RI-EL
EV-V
H3U-1
ESPACIO VERDES ABIERTOSY RECREACTIVOS VECINALES
ZONAS HABITACIONALES DE DENSIDAD MEDIA
CD3/SD3-1COMERCIO DISTRITAL
EI-1 EQUIPAMIENTO URBANO
CUERPOSDE AGUA1582.32
VL-5
H3U-8
RI - D
R1
S E M I C E R R A D O
3 9 V I V /H A1 4 0 M 2C . U . S . 1 . 4
8 . 0 0 M T S
H 3 U
SUPERFICIENUMERO DE MANZANA No. DE LOTES
CD3/SD3-1 2134.17 2
CD3/SD3-2 2183.93 2
H3U-1 634.48 3
H3U-2 5351.34 35
H3U-3 620.31 4
H3U-4 5404.32 36
H3U-5 5772.00 38
H3U-6
486.83
42
H3U-7
358.60
2
H3U-8
228.07
1
H3U-9 1
6372.94
CUADRO DE SUPERFICIES
36,411.89 169
6352.18EV-1
60.60
1
EV-2
452.12
1
IN-U1 1
7“U
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obie
rno
Hon
esto
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AV. JOSE GONZALEZ CARNICERO
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NIS
CAMPOS ELISEOS
CAMPOS ELISEOS
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RR
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ALI
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AV. JOSE GONZALEZ CARNICERO
20 21
22
23
EL CONSORCIO DE LOS ALTOS S.A. DE C.V.
ESTRUCTURA URBANA
Tepatitlán de Morelos Jal.
ING. JORGE H. FRANCO NAVARRO
USO DE SUELO
JUNIO - 2006FECHA :
REALIZO :
ACOTACION: MTS.
ESCALA : S/E
ING. ARMANDO GONZALEZ RIVERA
PROPIETARIO (S) :
H 3-U
Lagunillas
PLAN PARCIAL DE URBANIZACION
TEPATITLAN DE MORELOS JALISCO
FRACCIONAMIENTO VALLE REAL
LOCALIZACION
lamina :
E-03
12 3 4 5
6 78 9
1011
12 1314 15 16 171819 20 21 22 23
24
25
262728
2930
31
32
33
Y=2,300,800
X=7
29,8
00
X=7
30,0
00
X=7
30,2
00
CO
LEC
TOR
MU
NIC
IPA
L
LIMITE DEL AREA DE APLICACION
S I M B O L O G I A
RI - DR1
VL-1
VL-2
VL-4
VL-1
VL-3
VSc-1
2643.53
INFRAESTRUCTURAC. F. E.
115.66m2
NUMERO DE PREDIO
SUPERFICIE DE PREDIO
DISTANCIA
NUMERO DE MANZANA
VIALIDAD SUB-COLECTORAVSC
VIALIDAD LOCALVL-1
SUPERFICIE DE LAS VIALIDADES
CUADRO SUP LONG SECC BANQUETASVL-1 4,301.26 m2 357.46 m 12.00 1.80VL-2 1,112.82 m2 100.80 m 11.00 1.80VL-3 4,091.37 m2 340.95 m 12.00 1.80VL-4 2 37.00 m 11.00 1.80407.00 mVL-5 588.00 m2 49.00 m 12.00 1.80
SUPERFICIE = 50,565.00m2
729,910.9992,301,472.863153.849N 80°29'38.67" E133
729,857.8902,301,463.97033100.020N 02°26'20.63" W3332
729,862.1472,301,364.04032151.371S 80°16'32.98" W3231
730,011.3422,301,389.60731155.990S 80°16'31.34" W3130
730,165.0912,301,415.9563052.569S 80°16'25.13" W3029
730,216.9042,301,424.83729104.920S 80°17'05.32" W2928
730,320.3202,301,442.5432816.912S 80°22'33.27" W2827
730,336.9932,301,445.3702729.895S 80°23'18.65" W2726
730,366.4692,301,450.3622649.578S 02°57'08.04" E2625
730,363.9162,301,499.8732549.578S 02°57'08.04" E2524
730,361.3622,301,549.385246.138N 81°20'39.82" E2423
730,355.2952,301,548.462236.138N 81°20'39.82" E2322
730,349.2272,301,547.5382210.536N 81°39'38.65" E2221
730,338.8022,301,546.0102110.536N 81°39'38.65" E2120
730,328.3772,301,544.4822017.059N 79°59'48.85" E2019
730,311.5772,301,541.5181925.574N 79°53'55.34" E1918
730,286.3992,301,537.033188.515N 79°42'07.09" E1817
730,278.0212,301,535.5111711.775N 79°22'19.94" E1716
730,266.4492,301,533.3391611.775N 79°22'19.94" E1615
730,254.8762,301,531.1681512.548N 81°18'35.73" E1514
730,242.4722,301,529.272146.994N 80°33'35.23" E1413
730,235.5732,301,528.1251310.512N 79°34'19.94" E1312
730,225.2352,301,526.2221229.763N 80°55'53.95" E1211
730,195.8442,301,521.5311148.273N 80°26'34.65" E1110
730,148.2402,301,513.5161018.827N 80°26'34.65" E109
730,129.6752,301,510.390935.012N 80°06'20.34" E98
730,095.1842,301,504.374834.929N 80°08'12.38" E87
730,060.7712,301,498.39177.029N 80°31'08.46" E76
730,053.8382,301,497.233656.030N 80°23'32.61" E65
729,998.5942,301,487.882514.103N 80°13'54.28" E54
729,984.6962,301,485.489410.461N 80°22'01.75" E43
729,974.3822,301,483.739310.461N 80°22'01.75" E32
729,964.0692,301,481.988253.848N 80°14'35.87" E2
729,910.9992,301,472.8631
XYPVESTVRUMBO DISTANCIA
C O O R D E N A D A SLADO
7.4040.00
12.001.801.8 8.40
SECCION DE CALLE VSc-1
SECCION DE CALLE VL-1, VL-3, VL-5
VL-5
SECCION DE CALLE VL-2, VL-4
7.401.8 1.8011.00
RI-VL3 VIALIDAD REGIONAL
VSC-1 1,132.49 m 69.55 m 16.00 1.802
SECCION DE CARRETERA RI-VL3
52.00m
0303
R1.80
R1.80
R11.0
R11.0
R1.80
R1.80
R1.80
R1.80
R1.55
R7.15
R1.55
90°
90°
138°
42°
90°90°
90° 90°
42°
3.0 3.0
18.0
011.0
0
12.00
12.00
11.0012.00
16.00
12.00
8A
NEX
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RI - EL9
CA - 5
RI - DR1
S I M B O L O G I A
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MU
NIC
IPA
L
X=73
0,20
0
X=73
0,00
0
3 3
E-04lamina :
LOCALIZACION
FRACCIONAMIENTO VALLE REAL
TEPATITLAN DE MORELOS JALISCO
PLAN PARCIAL DE URBANIZACION
Lagunillas
H 3-UPROPIETARIO (S) :
ING. ARMANDO GONZALEZ RIVERA
S/EESCALA :
MTS.ACOTACION:
REALIZO :
FECHA :
JUNIO - 2006
USO DE SUELO
ING. JORGE H. FRANCO NAVARRO
Tepatitlán de Morelos Jal.
EL CONSORCIO DE LOS ALTOS S.A. DE C.V.
CA
RR
ETE
RA
TE
PA
TITL
AN
YA
HU
ALI
CA CAMPOS ELISEOS
CAMPOS ELISEOS
SAIN
T DE
NIS
AV. JOSE GONZALEZ CARNICERO
SAINT DENIS
CAMPOS ELISEOS AGUA POTABLE
DRENAJE
ACOMETIDA ELECTRICA
AGUA POTABLE
INFRAESTRUCTURA URBANA
8 .5 0
4 5 . 2 3
6 1 . 4 5
19.641 9 .1 7
2 2 . 0 6
2 4 . 0 9
3 826.05
1 9 .3 42 5 .7 3
3 7 . 4 5
965.702
R 11.0
1168.47 1
6 0 . 0 0
9.67
2 6 .6 638
1 7 .9 4
2 8 . 0 1
2 4 .2 0
19.06
152.39
8 . 0 0
8 . 0 0
151.49
8 . 0 0
18.94
1 8 .9 4151.55 1 8 .9 4
8 . 0 0
18.94
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1 8 .5 0
148.00
1 8 .5 0
1 8 .5 0
8 . 0 08 . 0 0
2
1 8 .5 0
1 8 .5 0
8 .0 0
185.00
1 8 .5 0
32
148.00
1 8 .9 7
8 . 0 0
8 . 0 0
6 9 . 2 3
41357.88
7 2 . 6 5
8 . 0 0
1 0 . 0 0
1 0 . 0 0
151.89
R2,5
2 2 . 5 0
3 . 5 1
19.53
9 .5 0
R11
1 0 .0 3
7 .5 7
1 249.83
1 . 0
2
2 4 . 0 0
18.991 8 .9 9
8 . 0 0
237.00
8 .5 0
2 5 . 0 0
222.48
200.00
2 5 . 0 0
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2 5 . 0 0
2 2 . 5 0
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1 8 .5 0
1 8 .5 0
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8 . 0 0
34
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8
1 8 .9 7
1 8 .9 8
1 8 .9 8
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1 8 .9 7
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7
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8 . 0 08 . 0 0
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8 . 0 08 . 0 0 8 . 0 0
8 . 0 0
3637
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1 8 .5 0
1 8 .5 0
1 8 .5 0
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1 0 . 0 0
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1 8 .5 0
1 8 .5 0
1 8 .5 0
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8 . 0 0
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35
1 8 .5 01 8 .5 0
148.00
8 . 0 0
148.00
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151.63
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1 8 .9 7
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10
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8 . 0 0
8 . 0 0
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15
1 8 .9 6
1 8 .9 6
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1413
1 8 .9 6
1 8 .9 6
1 8 .9 6
1 8 .9 6
8 . 0 0
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1819
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151.61
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18.95
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17
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2120
1 8 .9 4
1 8 .9 4
1 8 .9 51 8 .9 5
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8 . 0 08 . 0 0
152.38
148.00
8
8 . 0 0
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148.008 . 0 0
7
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19.03
1 9 .0 1
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152.08
4
1 9 .0 1
1 9 .0 1
1 . 0
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7 .5 0
3
2 4 . 0 0
6
1 9 .0 1
152.00
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5
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1 0 . 0 0
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4
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8 . 0 0
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1 8 .5 01 8 .5 0
8 . 0 08 . 0 0
8 . 0 08 . 0 0
5
1 8 .5 01 8 .5 0
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1 8 .5 0
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8 . 0 0
109
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8 . 0 0
14
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1 9 .0 4
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152.31
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1 8 .5 01 8 .5 0
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19
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8 . 0 0
8 . 0 08 . 0 0
8 . 0 08 . 0 0
20
1 8 .9 3
1 8 .9 3
19
1 8 .9 4
1 8 .9 4
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8 . 0 0
24
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8 . 0 0
2223
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21
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27
1 9 .0 4
25
1 8 .9 91 8 .9 9
1 9 .0 11 9 .0 1
26
152.19
1 9 .0 4
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8 . 0 0152.01
8 . 0 08 . 0 0
8 . 0 08 . 0 0
8 . 0 0
18.50
148.008 . 0 0
8 . 0 0
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R2.5
R1.80
R1.80
GOBIERNO MUNICIPAL DE TEPATITLÁN 2007 - 2009
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COMUNICACIÓN SOCIALT E P A T I T L Á N
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COMUNICACIÓN SOCIALT E P A T I T L Á N