plan gestion piscicola castillaleon

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V10 GESTIÓN PISCÍCOLA ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN 3 2. DIAGNOSIS 4 2.1. INTRODUCCIÓN ........................................................................................................ 4 2.2. EL MARCO NORMATIVO.......................................................................................... 4 2.3. LOS RÍOS Y OTRAS MASAS DE AGUA EN CASTILLA Y LEÓN ........................... 8 2.4. LAS ESPECIES DE PESCA Y LAS POBLACIONES ACUÁTICAS........................ 16 2.5. LA OFERTA Y LA DEMANDA DE LA PESCA RECREATIVA................................ 19 2.6. LA GESTIÓN DE LA PESCA. BASES DE CONOCIMIENTO ................................. 22 2.7. LOS PLANES DE GESTIÓN Y LAS ACTUACIONES DE MEJORA ....................... 24 2.8. LAS ADMINISTRACIONES IMPLICADAS Y LOS USUARIOS............................... 27 2.9. MEDIOS DISPONIBLES Y FINANCIACIÓN ............................................................ 28 2.10. LA PARTICIPACIÓN DE LOS PESCADORES ....................................................... 30 2.11. LA INFORMACIÓN A LOS PESCADORES ............................................................ 31 2.12. LA FORMACIÓN DE LOS PESCADORES.............................................................. 32 3. OBJETIVOS 34 4. PROPUESTA DE ACTUACIONES 35 V10.1. CONSERVACIóN, PROTECCIóN Y RESTAURACIóN DE LOS ECOSISTEMAS ACUáTICOS.... 39 V10.1.1. Establecimiento de medidas legales y protocolos de funcionamiento para la salvaguarda de los ecosistemas acuáticos ................................................................................................. 39 V10.1.2. Restauración y mejora del hábitat acuático y su entorno ................................................... 41 V10.1.3. Control de actividades potencialmente agresoras para los ecosistemas acuáticos ............ 43

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V10GESTIÓN PISCÍCOLA

ÍNDICE

1. INTRODUCCIÓN 3

2. DIAGNOSIS 4

2.1. INTRODUCCIÓN........................................................................................................ 4

2.2. EL MARCO NORMATIVO.......................................................................................... 4

2.3. LOS RÍOS Y OTRAS MASAS DE AGUA EN CASTILLA Y LEÓN ........................... 8

2.4. LAS ESPECIES DE PESCA Y LAS POBLACIONES ACUÁTICAS........................ 16

2.5. LA OFERTA Y LA DEMANDA DE LA PESCA RECREATIVA................................ 19

2.6. LA GESTIÓN DE LA PESCA. BASES DE CONOCIMIENTO ................................. 22

2.7. LOS PLANES DE GESTIÓN Y LAS ACTUACIONES DE MEJORA....................... 24

2.8. LAS ADMINISTRACIONES IMPLICADAS Y LOS USUARIOS............................... 27

2.9. MEDIOS DISPONIBLES Y FINANCIACIÓN............................................................ 28

2.10. LA PARTICIPACIÓN DE LOS PESCADORES ....................................................... 30

2.11. LA INFORMACIÓN A LOS PESCADORES ............................................................ 31

2.12. LA FORMACIÓN DE LOS PESCADORES.............................................................. 32

3. OBJETIVOS 34

4. PROPUESTA DE ACTUACIONES 35

V10.1. CONSERVACIóN, PROTECCIóN Y RESTAURACIóN DE LOS ECOSISTEMAS ACUáTICOS.... 39V10.1.1. Establecimiento de medidas legales y protocolos de funcionamiento para la salvaguarda de

los ecosistemas acuáticos ................................................................................................. 39

V10.1.2. Restauración y mejora del hábitat acuático y su entorno ................................................... 41

V10.1.3. Control de actividades potencialmente agresoras para los ecosistemas acuáticos ............ 43

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Plan Forestal de Castilla y León

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V10.2. DEFINICIóN DEL MARCO DE ACTUACIóN DE LA GESTIóN PESQUERA................................. 44V10.2.1. Adecuación del marco normativo....................................................................................... 44

V10.2.2. Planificación de la gestión de las poblaciones pesqueras.................................................. 46

V10.2.3. Planificación de la gestión del medio acuático ................................................................... 49

V10.2.4. Puesta en valor de la información disponible ..................................................................... 50

V10.2.5. Ordenación de la acuicultura privada................................................................................. 51

V10.2.6. Evaluación de las necesidades de medios humanos ......................................................... 51

V10.3. APLICACIÓN DE LA GESTION DE LAS POBLACIONES ACUíCOLAS...................................... 52V10.3.1. Aplicación de las directrices técnico-administrativas de los Planes de Gestión y Planes

Técnicos............................................................................................................................ 52

V10.3.2. Mejora de las poblaciones pesqueras................................................................................ 54

V10.3.3. Adecuación de la gestión de las piscifactorías y astacifactorías oficiales........................... 56

V10.3.4. Supervisión y ayudas a los centros privados de acuicultura y viveros de pesca recreativa 56

V10.3.5. Dotación de medios para la gestión de la pesca................................................................ 57

V10.4. SENSIBILIZACIóN SOCIAL PARA LA CONSERVACIóN DEL MEDIO ACUáTICO Y FOMENTODE LA ACTIVIDAD PESQUERA ................................................................................................... 59

V10.4.1. Sensibilización y divulgación para la conservación del medio acuático y la pesca recreativa

.......................................................................................................................................... 59

V10.4.2. Difusión de las conclusiones y resultados de las acciones del Programa de Gestión

Piscícola............................................................................................................................ 60

V10.4.3. Atención al pescador ......................................................................................................... 61

V10.4.4. Colaboración con las asociaciones de pescadores............................................................ 63

V10.4.5. Fomento del turismo asociado a la pesca recreativa.......................................................... 63

5. PRESUPUESTOS 65

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V10 Gestión piscícola

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1. INTRODUCCIÓNLa gestión actual de la pesca comprende cuestiones mucho más amplias y complejas que las

que tradicionalmente abordaba. Si bien las últimas normativas de ámbito nacional relacionadas

con el tema venían recogiendo aspectos de conservación y restauración del medio acuático, en

la práctica, hasta hace escasos años, la gestión se centraba casi en exclusiva en la

administración del aprovechamiento para los pescadores, con un progresivo abandono de

acciones sobre el medio destinadas a la conservación y restauración de las poblaciones

pesqueras.

El gran aumento de demanda de pesca recreativa y la creciente incidencia de otros sectores

con intereses o demandas sobre el medio acuático, han motivado que la llamada gestión de la

pesca deba incorporar, de forma real y práctica, otras labores a sus cometidos tradicionales.

En síntesis, podría decirse que la gestión actual de la pesca es, hoy en día, una gestión de los

recursos naturales del medio acuático, con una más que significativa particularidad: el sustrato

de todos los recursos, y un propio recurso natural en sí mismo, el agua, sigue dependiendo de

departamentos administrativos (Confederaciones Hidrográficas) diferentes a quien ha de

gestionar el resto del ecosistema acuático (la Consejería de Medio Ambiente de Castilla y

León).

Orgánicamente, la gestión de la pesca por parte de la Consejería de Medio Ambiente asume,

entre otras, las labores de elaboración de normativa de desarrollo y aplicación de las leyes

vigentes, la administración del acceso de los pescadores al aprovechamiento de la pesca

recreativa, las tareas de control de la acuicultura privada, la elaboración de estudios y planes

necesarios para la gestión de las poblaciones pesqueras y la aplicación de las directrices de

dichos planes, la revisión e informe de acciones que afecten al medio acuático o sus

poblaciones y la preparación y gestión de los presupuestos para la gestión pesquera.

Por todo ello, la gestión actual de la pesca debe incidir notablemente sobre los aspectos de

conservación y recuperación de los ecosistemas acuáticos, no centrándose principalmente en

los aspectos del aprovechamiento pesquero.

Por otra parte, una gestión moderna de la pesca exige cada vez más una mayor dotación

técnica y presupuestaria, si quiere desarrollarse debidamente. Además, la confluencia de otros

sectores sobre el medio acuático obliga a una actualización técnica continúa para poder juzgar

e informar sobre otros proyectos o actividades. La cada vez mayor complejidad de la gestión va

a exigir una mejor dotación y preparación de los profesionales adscritos a los departamentos

con competencias en los diferentes aspectos que concurren en el manejo del medio acuático.

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Plan Forestal de Castilla y León

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2. DIAGNOSIS

2.1. INTRODUCCIÓN

Como se ha mencionado anteriormente, la gestión de la pesca recreativa y de los ecosistemas

acuáticos se encuentra interrelacionada con muchas otras actividades públicas y privadas. Esto

provoca de forma inmediata un amplio y a veces contradictorio marco normativo y

administrativo. A estas dificultades inducidas se suman las propias de un territorio muy amplio y

ecológicamente complejo, acompañadas de una creciente demanda por los recursos

pesqueros. Además, las actuaciones en el ámbito de las administraciones con competencias

medioambientales no han ido parejas a la evolución de los otros factores con incidencia en el

medio acuático.

Como reflejo de estas variables y situaciones se ha intentado en los apartados siguientes

realizar una descripción somera de los elementos que a nuestro entender son representativos o

críticos a la hora de efectuar un análisis de la situación del medio acuático y de su gestión.

2.2. EL MARCO NORMATIVO

El marco normativo relacionado con la gestión de la pesca y del medio acuático comprende

disposiciones relacionadas con las siguientes materias:

---- Protección y gestión del medio acuático y la pesca.

---- Protección de espacios naturales y especies amenazadas.

---- Agua y Dominio Público Hidráulico.

---- Montes.

---- Impacto Ambiental.

---- Actividades clasificadas.

---- Minas.

---- Calidad de aguas y saneamiento.

---- Tratados internacionales.

---- Otras materias relacionadas (sanidad animal, deportes, etc.).

La relación de normas relativas a la gestión del agua es por tanto muy extensa, y existe una

considerable dispersión de disposiciones que el gestor debe conocer y manejar.

La gestión de la pesca en Castilla y León encuentra su referencia normativa más directa en la

Ley 6/1992, de 18 de diciembre, de Protección de los Ecosistema Acuáticos y de Regulación

de la Pesca en Castilla y León. Determinados aspectos de la Ley de 20 de febrero de 1942 y su

Reglamento no cubiertos por la Ley 6/1992 mantienen su vigencia con carácter subsidiario.

Existen asimismo normas de diferente rango que regulan aspectos tan variados como la

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V10 Gestión piscícola

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comercialización de la trucha común, la protección del cangrejo autóctono, los tipos y normas

de acceso a las licencias, la definición de aguas trucheras, la regulación de la acuicultura, las

subvenciones, las disposiciones anuales de pesca, la composición y funcionamiento de los

Consejos de Pesca, etc. En conjunto, entre normas de ámbito estatal, autonómico y

comunitario se puede hablar en torno a veinticinco disposiciones de tipo básico o de vigencia

anual. Además, en desarrollo de la Ley 6/1992, están en avanzado estado de tramitación dos

decretos que regularán la clasificación y acceso de las aguas para la pesca y las sociedades

de pesca.

La Sentencia del Tribunal Constitucional del 21 de mayo de 1998 derogó diversas

disposiciones de la Ley 6/1992, para dejar claro que la competencia exclusiva en materia de

aguas corresponde a las Comisarias de Aguas dependientes de las Confederaciones

Hidrográficas de la Administración del Estado, tal y como establecen la Ley de Aguas y el

Reglamento del Dominio Público Hidráulico.

La normativa relacionada con la conservación de la fauna silvestre debe así mismo ser tomada

en consideración. La Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales

y de la Flora y Fauna Silvestres y su normativa de desarrollo: el Real Decreto 1095/1989, de 8

de septiembre, por el que se declaran las especies de caza y pesca y se establecen normas

para su protección, el Real Decreto 1118/1989, de 15 de septiembre, por el que se determinan

las especies objeto de caza y pesca comercializables y se dictan normas al respecto, y el Real

Decreto 439/1990, de 30 de marzo, por el que se regula el Catalogo de Especies Amenazadas.

En relación con la Ley 4/1989 y los Reales Decretos se dictó la Sentencia 102/1995, de 28 de

junio, del Tribunal Constitucional, resolutiva de diversos recursos de inconstitucionalidad

planteados contra la Ley y de diversos conflictos positivos de competencias contra los referidos

Reales Decretos.

Guardan también relación con la gestión de la pesca las disposiciones sobre Espacios

Naturales Protegidos y ámbitos de aplicación de los Planes de Gestión (Recuperación, Manejo,

etc.) de Especies Amenazadas. Por tanto, además de la mencionada Ley 4/1989, son de

aplicación la Ley 8/1991, de 10 de mayo, de Espacios Naturales de Castilla y León y las

normas específicas de protección de diversos Espacios Naturales Protegidos ya declarados.

Asimismo, son de interés las normas que regulan los planes de recuperación de algunas

especies (cigüeña negra) y las que pudieran dictarse en base a los estudios específicos

existentes sobre otras especies amenazadas relacionadas con el medio acuático (ardeidas,

nutria, etc.).

El Decreto 194/1994, de 25 de agosto, que regula el Catálogo Regional de Zonas Húmedas,

contiene referencias específicas al aprovechamiento de recursos y afecta indirectamente al

aprovechamiento pesquero. En estos momentos está en fase de información pública una

revisión de dicho Decreto. En la nueva norma prevista se amplía la relación de zonas húmedas

protegidas y además está previsto que para cada zona húmeda se elabore un plan de gestión

que armonice conservación y usos. En ese plan entre otros aspectos se prevé contemplar la

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Plan Forestal de Castilla y León

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posibilidad de aprovechamientos pesqueros cuando éstos sean compatibles. Igualmente está

prevista la creación del Catálogo de Riberas Protegidas, una vez que se concluyan los estudios

de las riberas que se encuentran en desarrollo.

Relacionado con los mismos aspectos se encuentra el Real Decreto 1997/1995, de 7 de

diciembre, cuyo objeto es contribuir a garantizar la biodiversidad en el territorio en que se aplica

la Directiva 92/43/CEE, mediante la adopción de medidas para la conservación de los hábitats

naturales de la flora y fauna silvestre existentes en el territorio español. Esta disposición recoge

en sus anexos diversas especies ligadas al medio acuático y presentes en Castilla y León para

las cuales es necesario designar zonas de conservación.

También son normas de clara relación con la gestión de la pesca y conservación del medio

acuático, la Ley 28/1985, de 25 de agosto, de Aguas y su modificación por Ley 46/1999, de 13

de diciembre, y su amplio desarrollo normativo; en especial el Real Decreto 849/1986, de 11 de

abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico. Son también de

gran trascendencia el Real Decreto 1664/1998, de 24 de julio de 1998, por el que se aprueban

los Planes Hidrológicos de Cuenca.

La vigente normativa relacionada con la protección y fomento de los montes trata de forma

indirecta o muy genérica las cuestiones relacionadas con la protección de la vegetación de

ribera o la repoblación de las mismas. Cabe mencionar como normativa relacionada la Ley de

Montes, de 8 de junio de 1957, especialmente en sus artículos 29.1, 30.1 y 42. Asimismo, el

Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes

(especialmente los artículos 202, 229, 231, 233, 234, 235 y 284). También merece significarse

la Ley de 18 de octubre de 1941 sobre repoblación forestal de las riberas de ríos y arroyos y el

Real Decreto 2834/1982, de 15 de octubre, por el que se autoriza a ICONA para celebrar

convenios de colaboración con los ayuntamientos en cuyos términos existan riberas estimadas

por aquel organismo y el Decreto 15/1998, de 28 de enero, sobre mejora del entorno natural y

regeneración ecológico-forestal de Castilla y León.

El interés de las plantaciones para producción de madera de chopo en las vegas de la región

debe hacerse compatible con la protección de la vegetación de las riberas, conservando y

promoviendo la vegetación espontánea de estas zonas.

Asimismo, por su implicación en los aspectos relativos a obras en los cauces, extracciones de

áridos, instalación de centros de acuicultura, introducción de especies exóticas, etc., es de gran

interés la normativa de impacto ambiental. En el ámbito comunitario, la Directiva 85/337/CEE,

de 27 de junio de 1985, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados

proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente. En el ámbito nacional, el Real Decreto

Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, el Real Decreto

1131/1988, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución del

Real Decreto Legislativo 1302/1986, el Real Decreto-Ley 9/2000 y la Ley 6/2001 y en el

autonómico, el Decreto Legislativo 1/2000, que contiene el texto refundido de la ley de

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V10 Gestión piscícola

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evaluación de impacto ambiental y auditorias ambientales de Castilla y León. también cabe

mencionar el Decreto 208/1995, de 5 de octubre, por el que se regulan las competencias de la

Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León en materia de Evaluación de

Impacto Ambiental, atribuidas por la legislación del Estado y el Decreto 209/1995, de 5 de

octubre, por el que se aprueba el reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental de Castilla y

León.

Guardan también relación con este tema la Ley 14/1990, de 28 de noviembre, de

Concentraciones Parcelarias de Castilla y León y la Orden de 1 de septiembre de 1992, de la

Consejería de Presidencia y Administración Territorial, por la que se establecen normas

reguladoras para la aplicación del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental al

proceso de concentración parcelaria. Estos procesos con frecuencia afectan a la red de

arroyos, canales de drenaje y vegetación de ribera.

Igualmente la Ley 5/1993, de 21 de octubre, de Actividades Clasificadas, guarda relación con

diversos aspectos de la gestión del agua o su entorno, así como el Decreto 159/1994, de 14 de

julio, por el que se aprueba el reglamento para la aplicación de la Ley de Actividades

Clasificadas.

Las disposiciones relacionadas con la minería que pueden afectar directa o indirectamente al

medio acuático son el Real Decreto 2994/82, de restauración de espacios naturales afectados

por actividades extractivas, el Real Decreto 1116/84, de contenido mínimo de los planes de

explotación y restauración de explotaciones de carbón a cielo abierto, su Orden de desarrollo y

la Orden de 20 de noviembre de 1984 sobre restauración de Espacios Naturales afectados por

actividades extractivas que desarrolla el Decreto 2994/82. Asimismo, es de gran importancia el

Decreto 329/1991, de 14 de noviembre, sobre restauración de Espacios Naturales afectados

por actividades mineras.

Es de sumo interés que la aplicación de las normas que regulan estos grupos de actividades

(clasificadas y mineras) evite, como pretendía el legislador, los casos de vertidos y

contaminaciones que alteran gravemente las corrientes de agua.

Otras normativas que guardan relación con el medio acuático son las Directivas comunitarias

relativas a la calidad exigible a las aguas habitadas por peces, y en materia de saneamiento el

Decreto 61/1991, de 21 de marzo, de la Junta de Castilla y León por el que se aprueba el Plan

Regional de Saneamiento y el Real Decreto 1022/1984, de 11 de abril, que regula el traspaso

de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla

y León en materia de saneamiento, encauzamiento y defensa de márgenes de ríos. El

saneamiento y depuración de aguas residuales, factor de la mayor incidencia sobre la materia

afectada, constituye, por tanto, objeto de responsabilidades de la Comunidad Autónoma.

En lo que respecta a tratados internacionales relacionados con la pesca es interesante señalar

la existencia del Reglamento de pesca en los tramos fluviales fronterizos entre España y

Portugal a excepción del tramo internacional del río Miño y de la zona marítimo-fluvial del

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Plan Forestal de Castilla y León

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Guadiana (BOE de 26 de mayo de 1992). Dicho Reglamento prevalece sobre la normativa de

Castilla y León y por tanto sería conveniente adecuarse al mismo, en lo referente a especies

pescables, tallas mínimas, cupos, fechas, etc. También merece reseñarse que existen varios

tramos compartidos con otras Comunidades Autónomas, que nacen en otras Comunidades o

tramos que discurren por territorio de Castilla y León para luego adentrarse en otra Comunidad

Autónoma. Esto tiene su importancia pues se dan casos de disposiciones diferentes para

tramos colindantes o las mismas aguas.

Tiene también importancia la normativa autonómica referente a sanidad animal,

fundamentalmente en lo que se refiere a centros de acuicultura, pues, si bien la Ley 6/1992, de

18 de diciembre, de Protección de los Ecosistemas Acuáticos y de Regulación de la Pesca en

Castilla y León confiere a la Consejería de Medio Ambiente la autorización y control de los

centros de acuicultura, estos centros están sometidos a determinados controles sanitarios y de

registro como núcleos zoológicos todo ello bajo la competencia de la Consejería de Agricultura

y Ganadería. Estas normas básicas son la Ley 6/1994, de 19 de mayo, de Sanidad Animal de

Castilla y León y el Decreto 266/1998, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el

Reglamento de Sanidad Animal.

Guarda cierta relación con la gestión de la pesca en lo que se refiere a los aspectos deportivos

de esta actividad la Ley 9/1990, de 22 de junio, de Educación Física y Deportes de Castilla y

León, fundamentalmente en lo que afecta a los campeonatos.

2.3. LOS RÍOS Y OTRAS MASAS DE AGUA EN CASTILLA Y LEÓN

Varias cuencas hidrográficas recogen aguas en Castilla y León: Duero, Ebro, Norte (I, II y III) y

Tajo (ver Mapa 1).

La cuenca del Duero, con una superficie de 77.368 km2 es la más extensa y representa

aproximadamente el 82,18% de la superficie de la Comunidad Autónoma; la del Ebro, con una

extensión aproximada de 8.161 km2, supone el 8,67%; las cuencas del Norte, que ocupan

dentro del territorio de Castilla y León 4.642 km2, suponen el 4,93% del territorio; y finalmente la

cuenca del Tajo, que ocupa 3.973 km2, lo que supone el 4,22% de la superficie total de la

región.

Incluidas en las llamadas cuencas Norte, se encuentran dentro de los límites regionales: la

cabecera del río Cadagua, situado en el valle de Mena -en el NE de la provincia de Burgos-

que pertenece a la subcuenca del Nervión; el río Sil, perteneciente a la cuenca del Miño, y las

cabeceras del Sella, Cares en la provincia de León, así como el río Bullón, tributario de la

subcuenca del Deva, situado en la provincia de Palencia, y el río Balouta, tributario de la

subcuenca del Navia, en la provincia de León.

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V10 Gestión piscícola

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Mapa 1. Unidades hidrobiológicas de Castilla y León

Fuente: Consejería de Medio Ambiente

Los ríos que nacen en los sectores septentrional y noroccidental de la orla montañosa que

enmarca la región (Sil, Esla, Pisuerga) son los de mayor caudal, ya que es en esta zona donde

se da la mayor aportación por precipitaciones y por la fusión de las nieves. De modo similar

influye la configuración morfológica, el borde montañoso canaliza las escorrentías a ambos

lados de las divisorias: por un lado, hacia el interior de la región, organizando una gran cuenca

fluvial, la red del Duero. Por otro, propicia el fluir de las aguas hacia otras cuencas exteriores a

Castilla y León como son la del Tajo, la del Ebro y la Norte.

Por lo que respecta a los recursos hidráulicos netos que circulan por los cauces de las distintas

cuencas hidrográficas de la Comunidad Autónoma, su distribución anual es la siguiente: 2.400

hm3 en el sistema Sil-Miño, perteneciente a la cuenca Norte, 1.700 hm3 en la cuenca del Ebro y

1.500 hm3 en la cuenca del Tajo. En la cuenca del Duero la precipitación anual media es de

unos 48.000 hm3 de los cuales vuelven a la atmósfera unos 32.000 hm3. Los restantes 16.000

hm3 se distribuyen entre los cauces superficiales, 14.000 hm3 y los aportes a los acuíferos

subterráneos, 2.000 hm3.

Dada la importancia estructural y territorial que posee la cuenca del Duero en la Comunidad

Autónoma de Castilla y León, resulta conveniente detallar sus características. El río Duero es el

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Plan Forestal de Castilla y León

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primero de la Península Ibérica por la extensión superficial de su cuenca, aproximadamente

unos 78.952 km2, de los cuales el 98,32% se encuentra dentro de los limites de Castilla y León.

Además es el segundo río por su longitud, 913 km y por su caudal, 570 m3/sg. El Duero por

otra parte es el río peninsular que se encuentra a mayor altitud media, cerca de 700 m y que, a

la vez, presenta una menor pendiente que, en grandes tramos, no supera el 0,8%. El perfil

longitudinal del río marca, sin embargo, tres escalones bien diferenciados que encuentran

correlación con otras tantas zonas geomorfológicas de la cuenca.

Posee una importante red de afluentes, destacando por su margen derecha, los ríos Pisuerga y

Esla, que debido a su origen montañoso suministran las mayores aportaciones de todos sus

afluentes. Aportaciones que contrastan enormemente con las recibidas por los afluentes de su

margen izquierda y cuyo origen son las escasas precipitaciones originadas en las llanuras

centrales. También se caracteriza por tener un régimen pluvionival, como corresponde al origen

montañoso de sus afluentes y de él mismo.

Debido a todo ello, el caudal del río Duero aumenta entre noviembre/diciembre a marzo/abril,

coincidiendo con el periodo de máximas precipitaciones y de los deshielos en las montañas.

Sin embargo, en verano sufre un gran descenso como corresponde a una región que padece

una acusada aridez estival, aunque el hecho de que sus afluentes principales (Esla y Pisuerga)

tengan su origen en la montaña hace que la disminución no sea tan extrema como en otros

cursos de la meseta.

En las Tablas 1 a 4 se recogen por cuencas los ríos más representativos y la longitud

aproximada de sus cursos principales.

Page 11: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

V10 Gestión piscícola

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Tabla 1. Ríos más importantes de Castilla y León pertenecientes a la cuenca del Duero

RIO AFLUENTE 1ª AFLUENTE 2ª AFLUENTE 3ª LONGITUD (Km)DUERO 684,0

REVINUESA 17,3RAZÓN 32,3

Tera (Soria) 33,9RITUERTO 45,0ESCALOTE 42,5UCERO 41,5

Avión 14,9GROMEJÓN 38,2RIAZA 104,0DURATÓN 106,6CEGA 133,1

Pirón 88,0PISUERGA 275,0

Burejo 37,7Valdavia 71,0Odra 65,5Arlanzón 122,4

Urbel 51,7Los Ausines 22,1Arlanza 159,6

Carrión 178,5Ucieza 68,5Vladeginate 69,6

Esgueva 116,1ADAJA 163,5

Eresma 124,0Moros 62,5Voltoya 94,5

ZAPARDIEL 100,0BAJOZ 53,0GUAREÑA 63,2VALDERADUEY 146,1

Sequillo 116,0ESLA 275,0

Yuso 30,2Porma 79,0

Curueño 47,5Bernesga 76,8

Torío 60,0Cea 157,5Órbigo 161,7

Luna 69,3Omaña 50,0Tuerto 64,2Duerna 54,2Eria 49,0

Tera (Zamora) 139,0Negro 54,4

Aliste 68,8TORMES 247,1

Aravalle 11,5Almar 72,3

LAS UCES 29,8HUEBRA 122,5

Yeltes 116,5Camaces 52,0

AGUEDA 132,9Mayas 17,3

Fuente: Elaboración propia

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Plan Forestal de Castilla y León

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Tabla 2. Ríos más importantes de Castilla y León pertenecientes a la cuenca del Norte

RIO AFLUENTE 1ª AFLUENTE 2ª AFLUENTE 3ª LONGITUD (Km)SIL 185,5

BOEZA 56,0CÚA 61,4

Ancares 17,4Burbia 40,1

Valcarce 3,8SELMO 35,2CABRERA 57,3BIBEY 23,0

NAVIA (*) 0BALOUTA 8,0

SELLA 9,8CARES 48,1DEVA (*) 0

BULLÓN 3,0NERVIÓN (*) 0

CADAGUA 22,7Ordunte 12,4

(*) El río principal no transcurre por Castilla y León.

Fuente: Elaboración propia

Tabla 3. Ríos más importantes de Castilla y León pertenecientes a la cuenca del Ebro

RIO AFLUENTE 1ª AFLUENTE 2ª LONGITUD (Km)EBRO 111,0

RUDRÓN 34,5OCA 70,6NELA 15,0

Trema 14,5Trueba 45,4Salón 17,5

JEREA 38,0ORONCILLO 22,6AYUDA 26,0TIRÓN 38,0NAJERILLA (*) 0

Neila 15,0JALÓN 45,0

Nágima 39,7(*) El primer afluente no transcurre por Castilla y León.

Fuente: Elaboración propia

Tabla 4. Ríos más importantes de Castilla y León pertenecientes a la cuenca del Tajo

RIO AFLUENTE 1ª LONGITUD (Km)ALBERCHE 73,7TIÉTAR 72,1ALAGÓN 88,7

FRANCIA 21,2CUERPO DE HOMBRE 40,0

Fuente: Elaboración propia

En lo que se refiere a las aguas embalsadas y lacustres, Castilla y León posee un cuantioso

número de embalses, así como una enorme serie de humedales, zonas encharcables y

complejos lagunares, muy importantes tanto en el ámbito regional como en el nacional.

Page 13: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

V10 Gestión piscícola

- 13 -

En el conjunto de embalses existentes en Castilla y León se pueden diferenciar dos tipos, los

de cabecera, útiles para atender a la demanda de abastecimiento y regadío fundamentalmente,

y los de tramo final, ideados para la producción de energía eléctrica.

No obstante, los embalses que existen en la región son más el resultado de la política

energética desarrollada durante el periodo posterior a la guerra civil (la mayoría fueron

construidos entre 1940 y 1970), que el fruto de un proyecto de aprovechamiento integral de los

recursos hidráulicos de la región. Por ello, buena parte de los mismos tienen como finalidad la

producción de energía eléctrica, y una minoría se emplean en tareas de regadío, así como de

abastecimiento de agua para usos urbanos, que es la función primordial que cumplen por

ejemplo, los embalses de Ordunte (sobre el Cadagua), de Arlanzón y Uzquiza en Burgos, y el

de Becerril en Ávila.

Los embalses enclavados en la cuenca del Duero regulan anualmente 8.350 hm3, es decir, el

60% de la aportación anual de esta cuenca, correspondiendo un 30% a su tramo final, y el otro

30% se localiza en las cabeceras de los ríos. Considerando que nuestra región también acoge

cabeceras de otras tres cuencas, la regulación total anual alcanza los 9.000 hm3,

representando esta cifra alrededor del 50% de la aportación total anual. De dicha regulación

total anual, algo más de la mitad se dedica para uso energético exclusivamente.

La distribución de los embalses en la región es muy desigual, con una mayor implantación en

las cabeceras septentrionales y poca o escasa en las meridionales, exceptuando la del río

Tormes. Esto motiva que las regulaciones también sean diferentes, alcanzándose regulaciones

de hasta el 30% de la aportación anual en los sistemas Esla-Porma-Orbigo-Tera y Pisuerga-

Carrión, mientras que en los ríos Duratón, Cega, Adaja, Huebra y Agueda, no se supera el

10%.

Algunos de los embalses más significativos de la región son por su gran capacidad y uso

exclusivo energético el de Ricobayo, en Zamora, con capacidad para regular 2.500 hm3 y el de

Almendra en Salamanca, con 1.100 hm3. Entre los embalses de cabecera destacan Barrios de

Luna (Luna), Porma (Porma), Riaño (Esla), Aguilar (Pisuerga), Cuerda del Pozo (Duero) y

Santa Teresa (Tormes), todos ellos en la Cuenca del Duero. Bárcena (Sil), Ebro (Ebro) y

Burguillo (Alberche), destacan también en las otras tres cuencas por su capacidad. El sistema

de grandes embalses se ve complementado con otros de pequeño volumen de acogida, cuyo

fin es garantizar el abastecimiento de agua potable a núcleos de población o procurar agua

para el riego en pequeñas áreas. En la Tabla 5 se recogen los embalses en explotación

mayores de 5 hm3.

Page 14: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

Plan Forestal de Castilla y León

- 14 -

Tabla 5. Embalses de Castilla y León en explotación mayores de 5 hm3 (año 1990)

NOMBRE RÍO CUENCA PROVINCIA Hm3

Aceña, La Aceña Tajo Ávila 23,7Burguillo, El Alberche Tajo Ávila 208,0Cogotas, Las Adaja Duero Ávila 55,5Serones Voltoya Duero Ávila 6,0Arlanzón Arlanzón Duero Burgos 22,4Ordunte Ordunte Norte III Burgos 22,2Sobrón Ebro Ebro Burgos 20,0Uzquiza Arlanzón Duero Burgos 75,0Bárcena Sil Norte I León 341,5Barrios de Luna Órbigo-Luna Duero León 308,0Campañana, La Campañana Norte I León 13,8Casares de Árbas Casares Duero León 7,0Juan Benet Porma Duero León 317,3Matalavilla Valseco Norte I León 65,0Riaño Esla Duero León 664,0Rozas, Las Sil Norte I León 28,0Villameca Tuerto Duero León 20,0Aguilar Pisuerga Duero Palencia 247,0Camporredondo Carrión Duero Palencia 70,0Cervera Ribera Duero Palencia 11,0Compuerto Carrión Duero Palencia 95,0Requejada Pisuerga Duero Palencia 65,0Águeda Águeda Duero Salamanca 22,4Aldeadávila Duero Duero Salamanca 114,9Béjar/Navamuño Angostura Tajo Salamanca 13,8Riolobos (Azud) Riolobos Duero Salamanca 12,8Santa Teresa Tormes Duero Salamanca 496,0Saucelle Duero Duero Salamanca 181,4Villagonzalo Tormes Duero Salamanca 6,0Almendra Tormes Duero Salamanca y Zamora 2.586,3Burgomillodo Duratón Duero Segovia 14,0Linares del Arroyo Riaza Duero Segovia 58,0Pontón Alto Eresma Duero Segovia 7,4Cigudosa-Valdeprado Alhama Ebro Soria 41,8Cuerda del Pozo Duero Duero Soria 229,0Monteagudo de las Vicarías Nágima Ebro Soria 9,7Rábanos, Los Duero Duero Soria 8,0San José Duero Duero Valladolid 6,0Castro Duero Duero Zamora 27,2Cernadilla Tera Duero Zamora 255,5Nuestra Señora del Agavanzal Tera Duero Zamora 35,9Puente Porto Segundera Duero Zamora 23,0Ricobayo Esla Duero Zamora 1.200,0San Sebastián Bibey Norte I Zamora 45,0Valparaíso Tera Duero Zamora 162,4Villalcampo Duero Duero Zamora 66,0

Fuente: Anuario Estadístico de Castilla y León 1999. Consejería de Economía y Hacienda

Desde el punto de vista del conjunto de masas de aguas lacustres, Castilla y León posee

innumerables zonas encharcables, humedales y complejos lagunares. En total se puede hablar

de alrededor de tres mil masas de agua, la mayoría charcas y lavajos, que se distribuyen

principalmente por la mitad occidental de la región.

El conjunto de masas de agua es muy diverso y admite una clasificación basada principalmente

en la duración del periodo de inundación y en la mineralización. A continuación se da una

visión general de los complejos de zonas húmedas que se desarrollan en Castilla y León,

Page 15: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

V10 Gestión piscícola

- 15 -

siguiendo la pauta marcada por su división natural: áreas de montaña, depresión del Bierzo,

penillanuras occidentales, parameras septentrionales y ambientes esteparios.

I. Lagunas de la orla montañosa

Todas son de origen glaciar y algunas alcanzan la categoría de verdaderos lagos por su

profundidad. Las aguas son oligotróficas, muy poco mineralizadas y permanentes (lagunas de

los Montes de León, de la Cordillera Ibérica, de la Sierra de Gredos y lagos de los Picos de

Europa).

II. Lagunas de la depresión del Bierzo

Pertenecen a la cuenca del Miño y son de aguas ligeramente alcalinas y mesotróficas.

III. Lagunas de las penillanuras occidentales

La densidad de lagunas en la zona de las dehesas salmantinas, abulenses y zamoranas es

muy elevada ya que su existencia y conservación es potenciada por los ganaderos: en total su

número sobrepasa el millar. El tipo más común corresponde a las llamadas “charcas

ganaderas”, en general profundizadas artificialmente para asegurar una permanencia mayor de

la inundación, de aguas claras y poco mineralizadas.

IV. Lagunas de las parameras de León y Palencia

Son masas de agua de pequeña extensión y someras, concentradas sobre materiales

pedregosos (rañas). De inundación temporal en su mayoría (aunque algunas de ellas han sido

profundizadas artificialmente para alargar la fase de inundación), acostumbran a ser de aguas

claras y poco mineralizadas.

V. Lagunas de Tierra de Campos

Constituyen los típicos ambientes acuáticos esteparios. Son temporales y someras, con grados

de turbidez y mineralización muy variables a lo largo de la sucesión anual. Generalmente

endorreicas, se asientan sobre materiales arcillosos y margosos, que pueden contener

proporciones variables de arena, y dependen de acuíferos profundos.

VI. Lagunas de Tierra de pinares

La mayor parte de ellas se relaciona con cauces fluviales sobre materiales cuaternarios, arenas

o gravas. Son más persistentes que las de Tierras de Campos, y de aguas más renovadas y

menos mineralizadas.

En la Tabla 6 se recogen las zonas húmedas con superficie mayor a 10 ha, incluidas dentro del

Catálogo de Zonas Húmedas de la Junta de Castilla y León.

Page 16: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

Plan Forestal de Castilla y León

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Tabla 6. Zonas húmedas de Castilla y León con superficie mayor de 10 ha

NOMBRE PROVINCIA CUENCA SUBCUENCA SUP. (ha)Laguna del Duque Ávila Duero Aravalle 20,77Laguna del Barco Ávila Duero Tormes 10,16Laguna del Oso Ávila Duero Adaja/Revalillo 15,88Laguna Redonda Ávila Duero Arevalillo (Adaja) 12,47Laguna de Taeña Ávila Duero Adaja 14,5Laguna Negra Burgos Ebro Neila 14,08Laguna Larga Burgos Ebro Neila 12,95Lago de Carucedo. León Miño Sil 37,69Chozas de Arriba León Duero Esla 21,34Laguna de Villadangos del Páramo León Duero Orbigo 14,5Laguna Grande de Bercianos Real Camino León Duero Cea 15Turbera de Xan de Llamas León Duero Eria 200Laguna de Fuentes de Nava Palencia Duero Carrión 307,3Charca de Valdemudo Palencia Duero Carrión 12,1Laguna del Cristo Salamanca Duero Yeltes 23,94Laguna de los Lavajares Salamanca Duero Regamón 23,25Laguna del Caballo Alba Segovia Duero Eresma 18,33Laguna Tenca Segovia Duero Cega 23,76Laguna del Carrizal Segovia Duero Cega 10,88Laguna de Matisalvador Segovia Duero Duratón 181Laguna de Juan Segovia Duero Cega 390Laguna de los Llanos de la Herrada Soria Duero Duero 22,03Laguna de Lacillo Zamora Duero Tera 12,72Laguna de Sotillo Zamora Duero Tera 13,01Lago de Sanabria Zamora Duero Tera 318,75Laguna de Villarrín Zamora Duero Salado 12,7Laguna de las Salinas Zamora Duero Salado 70Laguna Salina Grande Zamora Duero Salado 192Laguna de Barillos Zamora Duero Salado 112Laguna de Castrillo Zamora Duero Duero 12,93Laguna de los Peces Zamora Duero Forcadura 10,01

Fuente: Consejería de Medio Ambiente. Elaboración propia

2.4. LAS ESPECIES DE PESCA Y LAS POBLACIONES ACUÁTICAS

De los sesenta taxones de peces descritos en España que pueblan aguas continentales, treinta

y uno se encuentran presentes en Castilla y León. De éstos, veintidós tienen autorizada su

pesca en la región, si bien para tres especies (perca-sol, pez-gato y lucioperca) es obligado su

sacrificio inmediato a la pesca, al objeto de evitar su propagación.

La presencia de especies introducidas, al igual que ocurre en el resto de la Península Ibérica,

es notable: en torno al 33% de los taxones presentes.

Algunas especies y otros taxones fueron introducidos hace siglos, otros hace décadas por

iniciativas oficiales, pero la gran mayoría de las introducciones han sido realizadas ilegalmente,

algunas en los últimos años.

Existen además tres especies de cangrejos en Castilla y León, de las que solamente una de

ellas es nativa, el cangrejo autóctono (Austropotamobius pallipes).

Page 17: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

V10 Gestión piscícola

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De las diecinueve especies de anfibios registradas en la región cuatro de ellas son ranas;

únicamente la rana común no está catalogada y solo tiene interés pesquero en algunas

comarcas.

En la temporada de pesca 2000 se ha autorizado la captura de las veintidós especies, de las

cuales once son introducidas, que figuran en la Tabla 7.

Tabla 7. Especies pescables en la temporada 2000

Trucha común (Salmo trutta fario)Trucha arcoiris (Oncorhynchus mykiss) (i)Hucho o salmón del Danubio (Hucho hucho) (i)Salvelino (Salvelinus fontinalis) (i)Anguila (Anguilla anguilla)Barbo común (Barbus bocagei)Barbo de Graëlls (Barbus graellsi)Barbo colirrojo (Barbus haasi)Bermejuela (Rutilus arcasii)Boga (Chondrostoma polylepis)Madrilla (Chondrostoma miegii)Cacho, escallo o bordallo (Leuciscus carolitertii)Cachuelo (Leuciscus pyrenaicus)Carpa (Cyprinus carpio) (i)Carpín (Carassius auratus) (i)Gobio (Gobio gobio) (i)Tenca (Tinca tinca)Black-bass o perca americana (Micropterus salmoides) (i)Perca–sol (Lepomis gibbosus) (i)Lucio (Esox lucius) (i)Lucioperca (Sander lucioperca) (i)Pez gato (Ameiurus melas) (i)

(i): especies introducidasFuente: Consejería de Medio Ambiente

A esta relación de peces hay que añadir, como especies de pesca autorizada, el cangrejo rojo

(Procambarus clarkii) cuya pesca se permite en ocho de las nueve provincias, y el cangrejo

señal (Pacifastacus leniusculus) cuya pesca se autoriza en determinadas aguas de las

provincias de Soria, Burgos y Segovia. De este último se están realizando además

introducciones controladas en las provincias de León, Palencia y Zamora, siempre

salvaguardando las zonas con poblaciones relícticas de cangrejo autóctono (Austropotamobius

pallipes).

Igualmente, en determinadas masas de agua de las provincias de Ávila, León, Salamanca,

Segovia, Soria y Zamora, se autoriza la pesca de la rana común (Rana perezi).

Page 18: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

Plan Forestal de Castilla y León

- 18 -

Otras especies de peces introducidas y autóctonas existentes en la región, pero para las que

no se autoriza su pesca, son las incluidas en la Tabla 8.

Tabla 8. Especies no pescables en la temporada 2000

Salmón plateado (Oncorhynchus kisutch) (i)Piscardo (Phoxinus phoxinus) (i)Pez lobo (Barbatula barbatula) (i)Gambusia (Gambusia holbrooki) (i)Calandino (Leuciscus alburnoides)Pardilla (Rutilus lemmingii)Lamprehuela (Cobitis calderoni)Colmilleja (Cobitis paludica)

(i): especies introducidasFuente: Consejería de Medio Ambiente

La única especie de pez presente en Castilla y León que se encuentra incluida en el Catálogo

Nacional de Especies Amenazadas es el blenio o fraile (Salaria fluviatilis).

Ocasionalmente se han encontrado especies procedentes de escapes de piscifactorías en

experiencias no autorizadas de cultivo. Cabe citar el caso reciente de la suelta ilegal de varios

cientos de ejemplares de esturión siberiano (Accipenser naccari) en el río Duratón, cerca de su

confluencia con el río Duero, si bien parece que esta especie no ha prosperado.

El conocimiento de la distribución e importancia de las poblaciones se reduce a los datos de los

estudios hidrobiológicos promovidos por la Consejería realizados hasta la fecha, y a algunos

pocos estudios e inventarios realizados anteriormente (en ciertos casos hace más de 15 años).

Recientemente y promovido por el Ministerio de Medio Ambiente se está completando el

inventario y atlas de distribución de especies piscícolas orientado a la aplicación de la Directiva

Hábitats. Este atlas lo está desarrollando el Consejo Superior de Investigaciones Científicas

con la colaboración de la Consejería de Medio Ambiente. Sí existen conocimientos detallados

de algunas provincias, sirva de ejemplo el inventario de especies y atlas elaborado en la

provincia de Salamanca.

En lo que se refiere al manejo de poblaciones cabe citar las repoblaciones, las introducciones y

los descastes y controles, aparte de eventuales operaciones de salvamento de poblaciones.

Las repoblaciones que habitualmente se venían efectuando se realizaban con ejemplares de

trucha común procedentes de las piscifactorías oficiales. Las sueltas en los cotos intensivos se

realizan con ejemplares de trucha arcoiris adquiridos en piscifactorías privadas. El régimen de

repoblaciones con trucha común se ha reducido mucho en los últimos años. Además, a raíz de

disponerse de datos sobre la situación genética de las poblaciones salvajes, las repoblaciones

se han limitado a tramos ya introgresados. Por otra parte, se ha reducido la talla de suelta

buscando minimizar costes y aportar ejemplares con mejor presencia.

Page 19: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

V10 Gestión piscícola

- 19 -

En el río Tormes en la provincia de Salamanca se realizan sueltas regulares con ejemplares de

hucho, y están programadas en el mismo río reintroducciones de boga destinadas a potenciar

sus poblaciones naturales, esquilmadas por los lucios.

Así mismo, se han realizado introducciones controladas de larvas de cangrejo señal.

Igualmente se ha realizado alguna experiencia de traslocación de cangrejos autóctonos que en

estos momentos está en fase de seguimiento. En el año 1999 se han realizado

reintroducciones de anguila en las provincias de Ávila y Zamora.

En las zonas en las que la presencia de lucios se estima incompatible con la persistencia de las

poblaciones naturales, se vienen intensificando los descastes (tramos bajos de diferentes ríos

en las provincias de León, Salamanca y Zamora).

En determinados tramos donde se producen explosiones poblacionales de boga se efectúan

descastes masivos (cabeceras de algunos embalses en León, Palencia y Ávila).

Se han intentado descastes de cangrejo señal en algunos enclaves donde habían sido

introducidos ilegalmente.

Se han realizado operaciones de salvamento de poblaciones pesqueras en casos de vertidos

detectados a tiempo o en determinados casos de vaciado de embalses (provincias de Segovia

y Palencia).

También se han hecho diversos manejos de poblaciones naturales de trucha común en las

provincias de Ávila, León y Zamora, fundamentalmente destinados a evitar las mortandades

por el estiaje en arroyos y tributarios. Además, en la provincia de Ávila se han realizado

abundantes traslocaciones de alevines desde las gargantas a los cursos principales,

destinadas a aprovechar la sobreproducción de dichas gargantas.

2.5. LA OFERTA Y LA DEMANDA DE LA PESCA RECREATIVA

La gran diversidad de cuencas, topografías y tipos de aguas, descritas en el apartado 2.1.3,

ofrecen una variedad de medios y especies para la pesca continental que no se encuentra en

ninguna otra Comunidad Autónoma. Quizás por ello, Castilla y León sea la de mayor

importancia truchera de España, además de contar con gran número de tramos medios y

aguas embalsadas frecuentadas por pescadores que buscan otras especies.

En lo que se refiere a tramos trucheros, las provincias con mayor prestigio y oferta son Ávila,

Burgos, León y Palencia, reuniendo entre las cuatro el 70% de los cotos de pesca y el 69% de

los kilómetros acotados.

Además de las aguas trucheras de libre acceso, existe una variada oferta de tramos acotados

para la pesca. El número de cotos para la pesca de salmónidos se ha mantenido en los últimos

quince años entre los 142 y 159 cotos. Actualmente son 150 y, contrariamente a lo que suele

pensarse, el número de kilómetros acotados (con variaciones de unos años a otros) ha sufrido

Page 20: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

Plan Forestal de Castilla y León

- 20 -

una tendencia descendente, pasando de algo más de 930 kilómetros en el año 1984 a 830

kilómetros en el año 2000.

El número de cotos de ciprínidos es escaso, si bien el aumento de presión sobre estos tramos

provoca una demanda creciente de creación de cotos, existiendo actualmente seis acotados

con un total de 170,8 hectáreas de aguas embalsadas y 1 kilómetro de río.

Los tramos vedados hoy en día son 221, aunque su ubicación y extensión puede variar en

breve a tenor de los resultados de los estudios hidrobiológicos de los ríos y de los estudios

genéticos de la trucha común.

En lo que se refiere a la llamada pesca “sin muerte” o “captura y suelta”, cabe reseñar su

aparición y evolución en Castilla y León. El aumento en la demanda de pesca y una evidente

reducción en las capturas en aguas trucheras motivó que en el año 1992 se declarara el primer

coto "sin muerte", aunque ya desde el año 1986 se incluyeron días "sin muerte" en 17

acotados. Es en el año 1995 cuando la representación de este tipo de cotos cobra un mayor

auge, siendo actualmente 23 los cotos sin muerte y 38 los que tienen días o periodos sin

muerte. Este tipo de cotos, en su conjunto, suponen actualmente cerca del 41% del total de

acotados.

Asimismo, en el año 1997 se crean los primeros tramos trucheros libres "sin muerte" (7

repartidos en seis provincias). En estos tramos, para acceder a la pesca no se requiere más

que la licencia, usar solamente ciertos señuelos autorizados y devolver vivas a las aguas todas

las capturas. Para el año 2000 son 26 los “tramos libres sin muerte” declarados, que cubren

algo más de 74 kilómetros destinados a esta modalidad.

La pesca en aguas continentales ha venido cobrando en los últimos años un gran auge como

actividad recreativa. La facilidad de transporte y acceso a las diferentes masas de agua, el

aumento de recursos económicos disponibles y un mayor tiempo de dedicación al ocio, han

motivado que un creciente número de personas se acerquen a ríos, lagos y embalses a

practicar la pesca sobre diferentes especies y bajo diversas modalidades.

El aumento en el número de licencias de pesca es un buen indicador. En Castilla y León el

aumento en la expedición de licencias ha sido notable. Si en el año 1950 eran casi 9.000 las

licencias expedidas, en el año 1991 fueron en torno a 143.000 (el 5,56% de la población) y en

el año 1999 ascendió a algo más de 177.000 licencias (ver Tabla 9).

Tabla 9. Número de licencias y permisos de pesca expedidos en el periodo 1994-1999

AÑOS 1994 1995 1996 1997 1998 1999

Nº LICENCIAS 160.254 163.967 175.798 175.035 181.240 177.218Nº PERMISOS 152.522 124.112 117.061 118.637 125.891 130.008

Fuente: Consejería de Medio Ambiente

Page 21: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

V10 Gestión piscícola

- 21 -

En el Gráfico 1 se puede observar la evolución alcista del número de licencias en la década de

los noventa.

Gráfico 1. Evolución del número de licencias de pesca

0

20000

40000

60000

80000

100000

120000

140000

160000

180000

200000

1990 1991 1992 1993 1994 1995 1996 1997 1998 1999

Nº L

ICEN

CIAS

Fuente: Consejería de Medio Ambiente

Castilla y León ha sido históricamente la región con mayor atractivo para la pesca continental.

Todavía hoy en día encabeza la lista nacional de licencias expedidas (entorno al 20%), seguida

por Castilla-La Mancha (13%), Galicia (11,5%) y Extremadura (10%).

El crecimiento de la demanda para el sorteo de cotos de pesca de salmónidos es otra muestra del

creciente interés por la pesca. En el conjunto de los últimos cinco años más de 6.000 nuevos

pescadores de trucha se han incorporado a los sorteos de cotos.

Para atender a este incremento en la demanda de pescadores es necesario mejorar el método de

adjudicación de cotos y de expedición de permisos y licencias de pesca. El actual sistema de

adjudicación y distribución de cotos es complejo y poco flexible, especialmente para los

pescadores de fuera de la Comunidad Autónoma (nacionales y extranjeros), a los que

prácticamente no se les da ninguna opción si previamente no han participado en el sorteo de

adjudicación de cotos. El trámite administrativo de la expedición de permisos requiere la

comunicación entre administración y administrado en cuatro ocasiones, lo que hace de la

expedición de permisos una gran carga administrativa. A menor escala también existen

dificultades en renovación de licencias, aunque se están dando los primeros pasos para agilizar

esta cuestión.

Page 22: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

Plan Forestal de Castilla y León

- 22 -

2.6. LA GESTIÓN DE LA PESCA. BASES DE CONOCIMIENTO

La gestión de la pesca debe apoyarse en una adecuada ordenación del recurso. Para ello, es

necesario disponer de unas bases de conocimiento razonables, tanto de las poblaciones

acuáticas como del medio físico que las sustenta. Parte de esa información se consigue a

través de los estudios hidrobiológicos, que son en sí inventarios de los recursos de la cuenca

afectada.

Aunque existían algunos estudios del medio físico y biológico realizados en la región desde el

año 1982, algunos de ellos emprendidos desde la propia Junta de Castilla y León, no es hasta

el año 1993 cuando se inician, conjuntamente con los estudios genéticos de la trucha común,

los primeros estudios de cuencas trucheras directamente destinados a ajustar la gestión de

pesca a la premisas antes planteadas. Se realizan estos primeros estudios en la provincia de

León, abarcando toda la cuenca del río Porma. A la vista de los resultados obtenidos, se

procedió a revisar los criterios de gestión en esta cuenca. Tras la primera revisión del plan de

gestión adoptado, los controles de las poblaciones pesqueras han demostrado los beneficios

de las decisiones adoptadas. Desde el año 1994 se han realizado dieciocho nuevos estudios

en Castilla y León. También se han realizado estudios a menor escala en tramos concretos que

exigen gestiones muy específicas. Actualmente están en fase de ejecución otros nueve

estudios hidrobiológicos. Estos estudios han sido planificados y financiados por la Consejería

de Medio Ambiente, y ejecutados por empresas especializadas. Como caso especial cabe citar

el convenio suscrito con IBERDROLA para la realización de estudios y mejoras en el río Negro

y en el tramo medio del río Tera en la provincia de Zamora.

En el análisis de las diferentes especies acuáticas es preciso comentar las labores

desarrolladas en especies de gran interés, como es el caso de los cangrejos (autóctono y

señal), el blenio -único pez presente en la región de los incluidos en el Catálogo Nacional de

Especies Amenazadas- y la trucha -especie con mayor interés piscícola de la región-.

En el caso de la gestión del cangrejo, tras la brusca desaparición de la mayoría de las

poblaciones de cangrejo autóctono se inician algunos estudios de seguimiento en el año 1982,

extendiéndose a todas las provincias de Castilla y León en el año 1984, y continuándose de

forma regular en la mayoría de las provincias de tradición cangrejera (Burgos, León, Soria y

Zamora). Se han realizado estudios generales de la situación de las especies de cangrejo en

las provincias de Palencia y Segovia, y se está concluyendo un estudio similar en la provincia

de Valladolid. Las medidas legales dictadas sobre prohibición de comercialización en vivo del

cangrejo rojo se han mostrado, en general, poco eficaces, siendo excepcional la provincia en

que las diferentes autoridades implicadas aplicasen esta prohibición. Esto motivó que en el año

1996 se derogase la norma de prohibición ante los conflictos con la comercialización de

cangrejo rojo procedente de otras regiones. Respecto al cangrejo señal, si bien las primeras

introducciones en Castilla y León fueron ilegales, posteriormente ante la opinión de algunos

ámbitos científicos y técnicos se iniciaron introducciones en varias provincias (Burgos, León,

Page 23: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

V10 Gestión piscícola

- 23 -

Zamora y Palencia). El criterio adoptado en estas introducciones ha sido respetar las zonas de

presencia actual o potencial de cangrejo autóctono y ocupar los sectores de previsible invasión

por el cangrejo rojo. En todas las provincias donde se han realizado introducciones autorizadas

se viene haciendo un seguimiento regular de las mismas.

En lo que respecta al blenio, como única especie de pez presente en la región incluida en el

Catálogo Nacional de Especies Amenazadas, no se disponían de estudios ni datos sobre su

situación en Castilla y León. A finales del año 1999 desde la Consejería de Medio Ambiente y

con la cofinanciación mediante fondos de la Unión Europea se contrata un estudio para la

evaluación de la situación de la especie en la provincia de Burgos. Es esta provincia la única

donde se conoce su presencia, por lo que se pretende determinar de forma precisa su actual

situación, el conocimiento de las variables de su hábitat y de las circunstancias que pueden

venir comprometiendo su supervivencia o recuperación.

En lo que se refiere al conocimiento de la variabilidad genética de la trucha común, es

conveniente indicar que sólo hace unos pocos años que se descubrió la diversidad genética de

la trucha común y la peculiaridad de los ecotipos ibéricos. Los primeros estudios realizados

sobre algunas poblaciones españolas pusieron en evidencia la introgresión genética, causada

mediante las repoblaciones realizadas. Aunque no resulta justo criticar desde los

conocimientos de hoy en día las actuaciones de hace décadas, lo cierto es que los primeros

estudios realizados en Castilla y León han demostrado que existe un número apreciable de

tramos con introgresión genética, como por otra parte ha ocurrido en el resto de España. Por lo

que no sólo no estaba justificada la distorsión genética de ningún tramo más, sino que era

necesario emprender estudios detallados para conocer el estado genético de las poblaciones

trucheras. Los estudios genéticos de la trucha común empiezan a realizarse por la entonces

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en el año 1993, en la provincia de

León. En el año 1996 se abordó un estudio a gran escala, abarcando el resto de provincias,

habiéndose controlado hasta la fecha más de 190 poblaciones trucheras, siendo ya el estudio

de mayor escala realizado a nivel nacional. Es previsible que, en un plazo muy breve, puedan

completarse la toma de muestras y su caracterización genética, que alcanzará en total a más

de 220 enclaves.

Por otra parte, es necesario considerar la situación de otros grupos de especies presentes en

la región.

Así es el caso de las poblaciones de ciprínidos, cuyos niveles se desconocen, existiendo

indicios claros de regresión de varias especies. Sería conveniente plantear planes de gestión

para bogas, madrillas, cachos, carpines y barbos, con criterios semejantes a los ya

establecidos para la trucha común.

En lo que se refiere a la rana común, especie para la que se ha autorizado la pesca en algunas

zonas, en la actualidad no se conoce con suficiente detalle el estado de sus poblaciones y sus

niveles de explotación. Asimismo, se desconoce el solapamiento con poblaciones de anfibios

Page 24: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

Plan Forestal de Castilla y León

- 24 -

protegidos y la incidencia de la pesca sobre estas últimas. Tampoco se tienen datos

estimativos de la demanda social de esta actividad ni de la presión de pesca que se está

efectuando sobre las poblaciones explotadas. Esta situación hace necesario acometer los

estudios previos que proporcionen información suficiente para conocer la distribución real de

las poblaciones de rana común en la Comunidad Autónoma, su estado de conservación y las

posibilidades reales de explotación, para a partir de ellos realizar una planificación de la

gestión.

Un factor importante a considerar y que afecta directamente a la gestión de la pesca es la

creciente construcción de minicentrales y embalses que pueden provocar, entre otros efectos,

el fraccionamiento de los ecosistemas fluviales. Además, la detracción de una parte

significativa del caudal puede comprometer la existencia de las poblaciones de fauna y flora

acuática aguas abajo de los obstáculos que suponen esas instalaciones. De ahí la importancia

de evaluar adecuadamente el llamado caudal ecológico, línea en la que se están llevando a

cabo importantes esfuerzos desde 1992 por parte de la Consejería de Medio Ambiente.

Si bien la Ley 6/1992, de 18 de diciembre, de protección de los ecosistemas acuáticos y de

regulación de la pesca en Castilla y León establecía en sus artículos 5 y 6 una serie de

condiciones respecto a los caudales ecológicos, la Sentencia del Tribunal Constitucional de 21

de mayo de 1998, estableció la no competencia de la Junta de Castilla y León en estas

materias, las cuales quedaban bajo la exclusiva competencia estatal. Considerando los

perjuicios que para el mantenimiento de los ecosistemas acuáticos podría suponer el seguir

manejando fórmulas no adecuadas de cálculo, o porcentajes fijos sobre el caudal medio

interanual (claramente insuficiente en la mayoría de los casos), la Consejería decidió a

mediados del año 1999 abordar nuevos estudios que completasen el conocimiento de los

caudales mínimos necesarios en las diferentes subcuencas. Se fijaron como prioritarias las

zonas trucheras, y en especial los tramos en los que estuviesen previstas nuevas minicentrales

o embalses, o que por sus condiciones topográficas y de caudal disponible pudieran ser objeto

de nuevas solicitudes para el aprovechamiento hidroeléctrico. Así, en estos momentos se están

concluyendo los análisis de caudales en ocho provincias, con cerca de 130 tramos en estudio.

Esto permitirá disponer de argumentos técnicos de peso en aquellos trámites en los que la

Consejería preceptivamente debe y puede emitir informe respecto a nuevas minicentrales y

embalses pretendidos.

2.7. LOS PLANES DE GESTIÓN Y LAS ACTUACIONES DE MEJORA

Considerando que la mayoría de los estudios hidrobiológicos se han realizado en fechas

relativamente recientes, tan sólo existen algunos planes de gestión preparados.

Desde 1994 hasta 1999 se han concluido los estudios hidrobiológicos realizados en los ríos

más importantes de la región:

• Alto Tormes (Ávila).

Page 25: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

V10 Gestión piscícola

- 25 -

• Pedroso (Burgos).

• Porma (León).

• Alto Esla (León).

• Luna-Orbigo (León).

• Omaña (León).

• Cúa (León).

• Alto Luna (León).

• Duerna (León).

• Burbia (León).

• Esla Medio (León).

• Alto Carrión (Palencia).

• Tormes Medio (Salamanca).

• Cega (Segovia).

• Ucero (Soria).

• Alto Duero y Tera (Soria).

• Cea (Valladolid).

• Alto Tera (Zamora).

Finalizados dichos estudios, sin haberse conformado un verdadero plan de gestión se han

adoptado una serie de medidas de gestión que afectan al destino de los diferentes tramos, a la

ordenación del aprovechamiento y al medio físico que sustenta a las poblaciones acuáticas.

Las principales medidas de gestión consideradas son:

• Creación de tramos libres sin muerte.

• Aumento de cotos sin muerte.

• Creación de nuevos vedados.

• Regulación del uso de cebo natural y de determinados aparejos.

• Reducción de la presión pesquera.

• Aumento de las tallas mínimas.

• Realización de repoblaciones en el río.

• Realización de descastes de especies (lucio, bogas, etc.).

• Realización de controles poblacionales.

• Construcción de barreras contra la progresión de determinadas especies

(principalmente lucio y bogas).

• Limpieza de frezaderos.

Page 26: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

Plan Forestal de Castilla y León

- 26 -

• Defensa de márgenes.

• Revegetación de orillas.

• Instalación de pequeñas presas sumergidas destinadas a mantener a las

poblaciones en periodos de estiaje.

A lo largo de este proceso de los últimos cinco años, se ha llegado a definir el contenido y

formato conveniente de un plan de gestión. No obstante, no existe un modelo formalmente

aprobado para los mismos. Se considera que el Plan de Ordenación de los Recursos Acuáticos

previsto en la Ley 6/1992, debiera ser el instrumento para su definición.

El plan de gestión de la subcuenca del río Ucero, redactado en el año 1999, puede

considerarse como la referencia básica para futuros planes de gestión.

Cada plan de gestión debe ser redactado para una subcuenca, y partir del estudio

hidrobiológico previo. Además, es conveniente analizar la demanda pesquera, mediante

encuestas en la tramitación de licencias o permisos y encuestas a pie de río. Con toda esta

información se realizará un diagnostico de la subcuenca y una propuesta de zonificación en

tramos, de los diferentes tipos contemplados en la normativa (libre, libre sin muerte, acotado,

etc.). El plan de gestión debe incluir un plan de pesca y un plan de mantenimiento y mejoras. El

plazo de vigencia debería ser de unos tres años.

Siguiendo la estructura fijada para el plan de gestión del Ucero está previsto redactar durante el

año 2000 los planes de gestión de las cuencas del Alto Carrión, el Medio Carrión y el Medio

Pisuerga.

En lo que respecta a otras especies, es importante reseñar que durante el año 1999 se

concluyó el documento Bases para la elaboración del Plan de Protección del Cangrejo

Autóctono en Castilla y León. En base a este documento está previsto redactar el plan

definitivo y proceder a su debate y aprobación.

Se considera conveniente concluir el cambio de directrices en la política de repoblaciones de la

trucha. Se recomienda limitar las sueltas con ejemplares con talla pescable a cotos intensivos

situados en lugares muy determinados, para evitar la contaminación genética y la presión sobre

las poblaciones residentes. Las repoblaciones en general deberían llevarse a cabo con

ejemplares de poca talla (jaramugos), de ecotipos adaptados a los contados tramos en que

fuera estrictamente necesario complementar la población residente.

Aparte de las mejoras descritas en párrafos precedentes pueden citarse numerosas acciones

emprendidas en otros tramos y en esos ríos ya citados pero no incluidas en los planes

preparados. En este sentido cabe mencionar algunas mejoras efectuadas por colectivos de

pescadores con financiación de la Consejería de Medio Ambiente y que se explican en el

apartado 2.1.10. Estas actuaciones, si bien no han tenido gran extensión, tienen en algunos

casos gran importancia por su efecto demostrativo.

Page 27: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

V10 Gestión piscícola

- 27 -

También tienen gran importancia las actuaciones desarrolladas durante el año 1999 y 2000,

cofinanciadas con fondos de la Unión Europea (Programa Interreg IIC). Estas actuaciones

supondrán en torno a los 345 millones de pesetas de inversión, y se están desarrollando en las

provincias de Burgos, León, Palencia, Soria y Zamora. Entre otras, se están ejecutando las

siguientes tareas:

---- Construcción y reparación de pequeñas presas de troncos y piedras.

---- Pequeñas presas de escollera y arcilla.

---- Diques de retención para corrección de cárcavas.

---- Escolleras para la defensa de márgenes.

---- Deflectores.

---- Refugios de orilla.

---- Mejora de frezaderos y limpieza de fondos.

---- Limpieza de márgenes.

---- Revegetación de orillas.

---- Arreglo de cauces.

Aparte de estas actuciones se han desarrollado otras puntuales en diversos ríos de las

provincias de Segovia, Valladolid y Zamora. Además, en todas las provincias y desde hace

años, se ejecutan regularmente labores de adecuación del medio destinadas a los pescadores.

2.8. LAS ADMINISTRACIONES IMPLICADAS Y LOS USUARIOS

Como se ha apuntado, existen diversas administraciones implicadas en la gestión del medio

acuático y numerosos departamentos que en sus labores de planificación o gestión inciden

sobre el mismo.

En la Administración del Estado posee competencias el Ministerio de Medio Ambiente tanto a

través de la Secretaría de Estado de Aguas y Costas como a través de la Secretaría de Estado

de Medio Ambiente. Las Confederaciones Hidrográficas, encargadas de la gestión del agua en

cada cuenca hidrográfica, son un organismo autónomo dependiente de la Secretaría de Estado

de Aguas y Costas. Aunque circunstancialmente la promoción o decisión respecto a

determinadas infraestructuras o planificaciones que puedan incidir sobre el medio acuático

puedan promoverse desde Ministerios como el de Agricultura, Pesca y Alimentación, o desde el

de Fomento, poseen menos incidencia por su frecuencia o competencia que el Ministerio de

Medio Ambiente.

En el ámbito autonómico la Consejería con mayor implicación es la de Medio Ambiente, en la

que intervienen en el medio acuático tanto la Dirección General del Medio Natural, como la

Dirección General de Calidad Ambiental y, por supuesto, en su estructura periférica los

Servicios Territoriales de Medio Ambiente y órganos colegiados tales como las Ponencias

Técnicas Provinciales de Evaluación de Impacto Ambiental. Igualmente tienen importancia la

Page 28: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

Plan Forestal de Castilla y León

- 28 -

Consejería de Agricultura y Ganadería, por sus implicaciones en las cuestiones relativas a

concentraciones parcelarias, aprovechamientos para regadíos y las referentes a sanidad

animal, y la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, sobre todo por las cuestiones

relativas a explotaciones mineras y también, aunque actualmente todavía con poca

importancia, por las cuestiones de promoción turística ligada a la pesca.

Aparte de las administraciones, de los colectivos de pescadores y pescadores no asociados,

existen otros colectivos y usuarios que muestran interés y demanda sobre el medio acuático y

su entorno. Entre ellos cabe mencionar los colectivos de carácter conservacionista, con

intereses por la preservación de diversos medios y enclaves. También existe un número

importante de usuarios relacionados con el uso recreativo, como las personas que se acercan

a lo medios acuáticos para disfrute recreativo simple, los bañistas y especialmente los

practicantes de diversas modalidades deportivas de navegación o deportes acuáticos en

general. Aunque la Ley 6/1992 preveía la posibilidad de regulación por parte de la Junta de

Castilla y León de las cuestiones en relación con la práctica de la pesca, la Sentencia del

Tribunal Constitucional anteriormente mencionada dejó claro que la exclusiva competencia

administrativa y normativa correspondía a la Administración del Estado, concretamente a través

de las Comisarías de Aguas. A la vista de los frecuentes y crecientes conflictos entre

pescadores y navegantes, con buen criterio, la Confederación Hidrográfica del Duero

(Comisaría de Aguas del Duero) promovió en el año 1999 la realización coordinada de dos

estudios que identificaran la situación de los deportes acuáticos en la cuenca del Duero en el

ámbito de los embalses y en los tramos fluviales. Está previsto que, apoyándose en los

resultados y recomendaciones de ambos estudios, las dos administraciones elaboren

conjuntamente una normativa para ordenar la navegación.

Por las razones anteriormente expuestas, es necesario establecer marcos de armonización de

las acciones de los diferentes departamentos (como el comentado anteriormente), plasmados

en protocolos de actuación y, si ello fuera necesario, en adaptaciones de la normativa vigente.

2.9. MEDIOS DISPONIBLES Y FINANCIACIÓN

Los medios adscritos a la gestión de la pesca comprenden tanto los medios personales

(personal técnico, de vigilancia y con tareas administrativas) como los equipos e información al

servicio de tareas técnicas, de vigilancia o administración. Como complemento a lo anterior, se

encuentran los medios económicos destinados al mantenimiento y renovación de

infraestructuras y equipos al servicio de la gestión pesquera (centros de acuicultura oficiales,

vehículos especiales, equipos de pesca eléctrica, equipos de análisis, etc.) como para la

ejecución de muy variadas inversiones (repoblación de cotos intensivos, adecuación de tramos

de pesca, mantenimiento o construcción de refugios y otras infraestructuras para el pescador,

operación de descaste, operaciones de rescate de fauna pesquera, restauraciones del medio

acuático y su entorno, etc.).

Page 29: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

V10 Gestión piscícola

- 29 -

En lo referente a personal, existe una Sección de Pesca responsable de su coordinación a nivel

regional y Secciones de Vida Silvestre en las nueve provincias, que tienen encomendadas al

mismo tiempo la gestión de la caza y la pesca. En conjunto la disponibilidad de técnicos es

insuficiente.

La vigilancia esta encomendada al cuerpo de agentes forestales de la Consejería de Medio

Ambiente, con la colaboración del SEPRONA de la Guardia Civil. En determinados cotos se ha

hecho preciso reforzar estas labores con personal contratado, y es evidente que las

necesidades son crecientes. Sería conveniente homogeneizar en las diferentes provincias, el

modelo de organización de este personal, especificando el cometido de las patrullas móviles de

vida silvestre y del resto de los agentes forestales. La falta de vigilancia es el problema más

grave y que más puede comprometer el éxito de la gestión de la pesca que se viene

impulsando desde hace pocos años.

Periódicamente se organizan cursos y seminarios sobre gestión piscícola dirigido a este

personal. En 1995 se organizó un curso en Saldaña (Palencia) dirigido al personal técnico, y

desde 1993 se han impartido cuatro cursos en diversas provincias dirigidos al personal de

vigilancia. No obstante es preciso incrementar la oferta de dichos cursos y la disponibilidad de

material y revistas especializadas.

En cuanto a los medios económicos destinados a la pesca, un análisis de los presupuestos de

los últimos años permite hablar de una cifra global para la gestión de la pesca en Castilla y

León en torno a los 150-160 millones de pesetas anuales. En los dos últimos años esa cifra se

ha visto incrementada con presupuestos extraordinarios solicitados con un proyecto específico

y posteriormente concedidos por la Unión Europea. Una parte importante del presupuesto va

destinado a gastos anuales fijos (mantenimiento de piscifactorías y astacifactorías, señalización

de tramos, vigilancia de tramos, etc.).

En lo referente a las piscifactorías, la existente en el Valle de Iruelas (Ávila) se ha clausurado a

finales del año 1999, a la vista de los problemas de disponibilidad de caudal en verano. La

piscifactoría oficial de la Consejería de Medio Ambiente situada en Quintanar de la Sierra se

encuentra en un grave estado de deterioro y en estos momentos se está preparando un

proyecto de rehabilitación integral de este centro; la piscifactoría de León (Vegas del Condado),

bien dotada en otros aspectos, carece de un sistema eficaz y económico de filtrado en la toma

de agua destinada a estanques; la piscifactoría de Celadilla del Río (Palencia), con una muy

buena experiencia de manejo de ecotipos autóctonos, tiene problemas con la calidad de agua

en verano; la piscifactoría de Galisancho (Salamanca) requiere mejoras urgentes en los

sistemas de filtrado general y captación para incubación, así como necesidad de nuevos

estanques y sistemas de seguridad para reciclado; y la piscifactoría de Ucero (Soria) que

requiere instalaciones complementarias para nuevos ecotipos de trucha común. En cuanto a la

pequeña astacifactoría situada en Burgos no es previsible que pueda ser apta para la

producción de cangrejo autóctono.

Page 30: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

Plan Forestal de Castilla y León

- 30 -

En cuanto a los vehículos de transporte de peces, cuentan con camiones modernos de reciente

adquisición las provincias de Burgos, León, Palencia, Segovia y Zamora. Ha realizado alguna

mejora en su vehículo la provincia de Valladolid y requieren sustitución de sus vehículos las

provincias de Ávila, Salamanca y Soria.

Todas las provincias cuentan con equipos de pesca eléctrica y algunas cuentan con una

pequeña embarcación para rescates y manejo de fauna pesquera.

Por lo tanto, será preciso solventar las carencias en medios auxiliares (vehículos, emisoras,

etc.), las insuficiencias en cuanto a piscifactorías, astacifactorías y medios y protocolos de

análisis en mortandades, así como para otras intervenciones de carácter urgente.

2.10. LA PARTICIPACIÓN DE LOS PESCADORES

La participación de los pescadores en el sostenimiento de la pesca en Castilla y León se ha

reducido a la existencia de las llamadas sociedades colaboradoras. A la fecha de la redacción

del presente documento, el número de sociedades declaradas colaboradoras era de 63,

distribuidas en las distintas provincias como se detalla en la Tabla 10.

Tabla 10. Número de sociedades colaboradoras por provincia

PROVINCIA NÚMERO

Ávila 5Burgos 6León 12Palencia 10Salamanca 9Segovia 4Soria 4Valladolid 7Zamora 6

TOTAL 63

Fuente: Consejería de Medio Ambiente

La existencia de este tipo de sociedades parte de una circular del ICONA del año 1972, la cual

fijaba los requisitos para el nombramiento y revalidación de la condición de sociedad

colaboradora. La pertenencia a estas sociedades viene suponiendo una bonificación en el

importe de los permisos de pesca en acotados. Las sociedades, por su parte, se comprometen

en el documento de solicitud a colaborar con la Consejería de Medio Ambiente en la vigilancia

de las aguas continentales, a fomentar entre sus asociados actitudes responsables en la

pesca, a elaborar sugerencias a la normativa piscícola y a realizar actuaciones tangibles a

favor de la riqueza piscícola invirtiendo para ello el 75% de los ingresos de la sociedad.

Page 31: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

V10 Gestión piscícola

- 31 -

Aproximadamente, en la actualidad se expiden cerca de 20.000 “tarjetas colaboradoras” de un

total de 177.000 licencias expedidas. La tendencia es decreciente.

A pesar del elevado número de pescadores afiliados a alguna de las numerosas sociedades

colaboradoras existentes, la participación de los pescadores en actividades propuestas por

ellos mismos o por la administración es escasa, limitándose en la mayoría de los casos a la

concurrencia de un reducido número de socios, por lo que la política de reducción de precios

en los permisos a las sociedades colaboradoras debe replantearse necesariamente.

Al objeto de adecuar el funcionamiento de las sociedades colaboradoras a las necesidades

actuales de la gestión de la pesca, la Consejería de Medio Ambiente tiene en avanzado estado

de tramitación un Decreto de desarrollo de la Ley 6/1992, de 18 de diciembre, de Protección de

los Ecosistemas Acuáticos y de Regulación de la Pesca en Castilla y León, en el cual se

regulará el acceso y mantenimiento de la condición de sociedad colaboradora. Se contempla

en este borrador de Decreto que la colaboración habrá de realizarse de forma efectiva y

constatable a través de la ejecución de labores integradas en programas de colaboración

establecidos. Igualmente prevé que la compensación a las sociedades que colaboren de forma

efectiva en los citados programas se haga a través de jornadas de pesca en los escenarios

deportivo-sociales.

Por otra parte y al objeto de favorecer la colaboración de los pescadores, la Consejería inició

en el año 1993 una línea de ayudas de actividades de fomento de la pesca, en la que se

subvencionan varios tipos de acciones: cursos, jornadas, elaboración de estadísticas y

encuestas, informes sobre aspectos concretos de los ecosistemas acuáticos, elaboración de

folletos y mejoras del hábitat acuático. Las líneas más solicitadas han sido la impartición de

cursillos y charlas sobre pesca y conservación de ríos, aunque ha habido algunas acciones de

mejora directa de ríos: frezaderos, deflectores y pequeñas presas rústicas. Estas subvenciones

están abiertas tanto a la Federación de Pesca de Castilla y León y sus delegaciones

provinciales, como a sociedades de pescadores y a otras instituciones y entidades públicas o

privadas sin ánimo de lucro cuya actividad se desarrolle en el territorio de Castilla y León.

En estos años se han concedido 55 subvenciones a 27 asociaciones, grupos o entidades. La

financiación media ha sido superior al 60% de la inversión prevista.

Según los datos de la memoria de la Federación de Pesca y Casting de Castilla y León en el

año 1998 había 45 sociedades federadas y un total de 2.582 licencias federativas, lo que

supone menos del 2% del total de pescadores que obtienen licencia en Castilla y León.

Obviamente la Federación acoge a aquellas asociaciones y pescadores que concurren a la

pesca desde su aspecto deportivo-competitivo.

2.11. LA INFORMACIÓN A LOS PESCADORES

La información oficial prestada a los diferentes colectivos de pescadores viene realizándose a

través de los siguientes procedimientos y medios:

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Plan Forestal de Castilla y León

- 32 -

---- Folleto que se edita anualmente y que recoge la normativa anual de pesca en

Castilla y León.

---- Folleto que describe las aguas declaradas trucheras en Castilla y León.

---- Libro de la Ley 6/1992, de 18 de diciembre, de Protección de los Ecosistemas

Acuáticos y de Regulación de la Pesca en Castilla y León.

---- Serie divulgativa denominada Consejos a pie de río, de la cual se han editado hasta

la fecha tres números diferentes: Cómo soltar una trucha, La seguridad del pescador

y La buena educación en la pesca.

---- Memoria Anual de la Consejería de Medio Ambiente, en la cual se incluyen las

labores principales emprendidas en el año anterior, así como diferentes datos sobre

la pesca (licencias, permisos, cotos, etc.).

---- Anualmente, se celebra en León la Semana Internacional de la Trucha, en la que se

incluyen conferencias, charlas-coloquio y exposiciones relacionadas con la pesca y

su gestión.

Cabe también mencionar que en estos momentos se está concluyendo el apartado relativo a la

pesca, incluido en la página web de la Junta de Castilla y León, la cual estará en breve

accesible vía Internet.

No obstante, sería deseable una mayor difusión de las actuaciones relativas a la gestión de la

pesca, que se llevan a cabo por parte de las Secciones de Vida Silvestre, así como de los

resultados de las mismas.

2.12. LA FORMACIÓN DE LOS PESCADORES

La Ley 6/1992, de Protección de los Ecosistemas Acuáticos y de Regulación de la Pesca en

Castilla y León remarca como uno de sus principios generales que “La Junta de Castilla y León

potenciará la enseñanza y divulgación de todo lo relativo a los ecosistemas acuáticos y

favorecerá la investigación de los problemas y cuestiones con ellos relacionados”. Asimismo,

de forma más concreta uno de sus artículos dice que “La Junta, por sí o a través de otros

entes, fomentará la enseñanza y divulgación de las materias referentes a los ecosistemas

acuáticos como una necesidad cultural de la sociedad”.

En este sentido, las acciones desarrolladas hasta la fecha en esos aspectos comprenden tanto

las llevadas a cabo de forma directa por la Consejería de Medio Ambiente –caso de la serie

divulgativa denominada Consejos a pie de río, ya mencionada en el apartado anterior- como a

través de asociaciones de pescadores. Dichas asociaciones han realizado numerosas

actividades formativas por sí mismas o en colaboración con la Consejería de Medio Ambiente,

a través de la línea de subvenciones de fomento de la pesca explicada en el apartado 2.1.10.

Asimismo, la Consejería de Medio Ambiente, a principios del año 1999, tomó la iniciativa de

poner en marcha las denominadas Aulas del Río. Estas instalaciones se conciben como

Page 33: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

V10 Gestión piscícola

- 33 -

enclaves donde desarrollar diversas actividades formativas, fundamentalmente dirigidas a los

futuros pescadores, sin descartar la participación de colectivos de pescadores veteranos y

otros colectivos con escasas posibilidades de concurrir a tramos naturales (minusválidos). Las

primeras instalaciones se comenzaron a preparar en dicho año, dentro del espacio de la

piscifactoría del río Ucero, en la provincia de Soria, y previsiblemente comenzarán a funcionar

a mediados del año 2000. La norma que ha fijado las directrices generales de funcionamiento y

acceso a las Aulas del Río fue aprobada mediante Orden de 28 de febrero de 2000 de la

Consejería de Medio Ambiente.

Page 34: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

Plan Forestal de Castilla y León

- 34 -

3. OBJETIVOSEn materia de protección de los ecosistemas acuáticos y de gestión de la pesca en Castilla y

León, los objetivos fundamentales son:

• Conservar, restaurar y mejorar los ecosistemas acuáticos.

• Incrementar la sensibilización y la información de la sociedad en materia de conservación

de los ecosistemas acuáticos y de la pesca recreativa.

• Establecer la ordenación pesquera como instrumento imprescindible para una gestión

adecuada de los recursos pesqueros.

• Fomentar la conservación de las poblaciones autóctonas de trucha común y promover su

aprovechamiento sostenible como recurso natural representativo de Castilla y León.

• Planificar y regular la gestión de las distintas especies de cangrejos.

• Revalorizar la pesca recreativa como actividad de interés turístico y económico.

Es importante recalcar que la responsabilidad de lograr estos objetivos no descansa sólo en la

Consejería de Medio Ambiente. La dependencia de la gestión del agua hace imprescindible

que la administración gestora de los recursos acuáticos aporte también esfuerzos en pro de

dichos objetivos. Posiblemente el marco de armonización de los usos del agua sean los Planes

Hidrológicos, y a ellos habrá que incorporar los criterios de valoración de los recursos

naturales, entre ellos la pesca, para evitar su colapso en un plazo corto de tiempo. Las líneas

de actuación, acciones y medidas recogidas en este programa pueden ser referencias

susceptibles de ser trasladadas a los Planes Hidrológicos o a documentos de desarrollo de los

mismos y a otros planes de gestión de ámbito regional o local.

Page 35: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

V10 Gestión piscícola

- 35 -

4. PROPUESTA DE ACTUACIONESLa importancia histórica de la pesca en Castilla y León y su gran potencial va a exigir a corto

plazo una especial dedicación técnica y presupuestaria que permita lograr los objetivos

planteados en el apartado anterior.

La consecución de dichos objetivos se pretende lograr a través de la puesta en práctica de una

serie de medidas, que más adelante se detallan. Muchas de las mismas van a requerir una

inversión en la gestión de la pesca muy superior a la realizada en los últimas décadas, de otro

modo resultará imposible situar a la Comunidad Autónoma de Castilla y León en el lugar en el

que puede y debe estar, en lo que se refiere a la conservación de los ecosistemas acuáticos y

al aprovechamiento pesquero. A ello habrá que unir un número importante de actuaciones de

índole normativo y administrativo que no supondrán inversiones específicas.

En conjunto se han estimado necesarias 68 medidas, que se han estructurado en 4 líneas de

actuación y 19 acciones. Seguidamente se presenta el esquema de la propuesta de

actuaciones para a continuación pasar a su descripción.

LINEA DE ACTUACIÓN

➥➥➥➥ ACCIÓN

➥ MEDIDA

V10.1. CONSERVACIÓN, PROTECCIÓN Y RESTAURACIÓN DE LOS ECOSISTEMASACUÁTICOS

V10.1.1. ESTABLECIMIENTO DE MEDIDAS LEGALES Y PROTOCOLOS DEFUNCIONAMIENTO PARA LA SALVAGUARDA DE LOS ECOSISTEMASACUÁTICOSV10.1.1.1. Adaptación de las normativas y procedimientos vigentes

V10.1.1.2. Elaboración y suscripción de convenios y protocolos con las

Confederaciones Hidrográficas

V10.1.1.3. Revisión de las concesiones de caudal caducadas

V10.1.1.4. Protección de la vegetación de ribera

V10.1.1.5. Optimización de la Evaluación del Impacto Ambiental de

actividades reguladas

V10.1.2. RESTAURACIÓN Y MEJORA DEL HÁBITAT ACUÁTICO Y SUENTORNOV10.1.2.1. Restauración de la vegetación de ribera

V10.1.2.2. Creación, rehabilitación y defensa de zonas de freza

Page 36: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

Plan Forestal de Castilla y León

- 36 -

V10.1.2.3. Instalación de elementos de mejora del cauce y refugios para la

fauna pesquera

V10.1.2.4. Remoción de obstáculos infranqueables y/o instalación de

pasos y escalas para peces

V10.1.2.5. Inclusión de tramos de conservación prioritaria en los planes de

saneamiento

V10.1.2.6. Evaluación y aplicación de caudales mínimos

V10.1.3. CONTROL DE ACTIVIDADES POTENCIALMENTE AGRESORAS PARALOS ECOSISTEMAS ACUÁTICOSV10.1.3.1. Zonas de salvaguarda ante actividades de extracción de áridos

V10.1.3.2. Zonas de salvaguarda ante la ubicación de centros privados de

acuicultura

V10.1.3.3. Cursos y manuales de procedimiento para el personal de

vigilancia del medio acuático

V10.1.3.4. Control de actividades autorizadas en el Dominio Público

Hidráulico

V10.2. DEFINICIÓN DEL MARCO DE ACTUACIÓN DE LA GESTIÓN PESQUERA

V10.2.1. ADECUACIÓN DEL MARCO NORMATIVOV10.2.1.1. Desarrollo reglamentario de la Ley 6/1992, de Protección de los

Ecosistemas Acuáticos y de Regulación de la Pesca en Castilla

y León

V10.2.1.2. Coordinación con el Plan de Ordenación de los Recursos

Acuáticos previsto en la Ley 6/1992

V10.2.1.3. Armonización normativa con otras disposiciones

V10.2.1.4. Aplicación del Registro de infractores e inhabilitados

V10.2.1.5. Regulación de actividades deportivas en el medio acuático

V10.2.2. PLANIFICACIÓN DE LA GESTIÓN DE LAS POBLACIONESPESQUERASV10.2.2.1. Programa de conservación genética de la trucha común

V10.2.2.2. Programa de producción y repoblación de salmónidos

V10.2.2.3. Planes de gestión de los cangrejos de río

V10.2.2.4. Planes de conservación de la fauna acuática amenazada

V10.2.2.5. Planes de gestión de zonas ciprinícolas

V10.2.2.6. Planes de gestión de especies de aprovechamiento secundario

V10.2.3. PLANIFICACIÓN DE LA GESTIÓN DEL MEDIO ACUÁTICOV10.2.3.1. Elaboración de criterios de prioridad y revisión de los estudios

hidrobiológicos

V10.2.3.2. Realización de estudios hidrobiológicos

Page 37: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

V10 Gestión piscícola

- 37 -

V10.2.3.3. Elaboración y aprobación de planes de gestión y planes

técnicos

V10.2.3.4. Coordinación de la gestión de la pesca en los Espacios

Naturales Protegidos

V10.2.4. PUESTA EN VALOR DE LA INFORMACIÓN DISPONIBLEV10.2.4.1. Análisis y procesamiento en bases georreferenciadas de la

información piscícola

V10.2.5. ORDENACIÓN DE LA ACUICULTURA PRIVADAV10.2.5.1. Plan director de ubicación de centros privados de acuicultura

V10.2.6. EVALUACIÓN DE LAS NECESIDADES DE MEDIOS HUMANOSV10.2.6.1. Necesidades de personal técnico y de vigilancia

V10.2.6.2. Necesidades de formación e información para el personal

técnico y de vigilancia

V10.3. APLICACIÓN DE LA GESTION DE LAS POBLACIONES ACUÍCOLAS

V10.3.1. APLICACIÓN DE LAS DIRECTRICES TÉCNICO-ADMINISTRATIVAS DELOS PLANES DE GESTIÓN Y PLANES TÉCNICOSV10.3.1.1. Difusión de los planes de gestión y planes técnicos a otros

organismos implicados en la gestión del agua

V10.3.1.2. Adecuación del régimen de gestión de tramos

V10.3.1.3. Optimización de las medidas de gestión en una subcuenca

modelo

V10.3.1.4. Seguimiento de capturas y otros resultados de pesca

V10.3.1.5. Control de tramos con aprovechamiento privado de pesca

V10.3.2. MEJORA DE LAS POBLACIONES PESQUERASV10.3.2.1. Declaración de zonas de protección de la diversidad genética

de la trucha común

V10.3.2.2. Restauración de poblaciones de trucha común

V10.3.2.3. Reintroducción de especies

V10.3.2.4. Repoblaciones experimentales de cangrejo autóctono

V10.3.2.5. Seguimiento sanitario de las poblaciones pesqueras

V10.3.2.6. Control de especies pesqueras no deseables

V10.3.3. ADECUACIÓN DE LA GESTIÓN DE LAS PISCIFACTORÍAS YASTACIFACTORÍAS OFICIALESV10.3.3.1. Establecimiento de líneas seleccionadas de reproductores

V10.3.3.2. Adquisición, construcción y/o mejora de centros oficiales de

acuicultura

Page 38: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

Plan Forestal de Castilla y León

- 38 -

V10.3.4. SUPERVISIÓN Y AYUDAS A LOS CENTROS PRIVADOS DEACUICULTURA Y VIVEROS DE PESCA RECREATIVAV10.3.4.1. Control e inspección de los centros de acuicultura y viveros de

pesca recreativa

V10.3.4.2. Gestión de ayudas finalistas para los centros privados de

acuicultura

V10.3.5. DOTACIÓN DE MEDIOS PARA LA GESTIÓN DE LA PESCAV10.3.5.1. Adscripción de los medios de vigilancia a las necesidades de

cada subcuenca

V10.3.5.2. Aplicación de una experiencia piloto de colaboración con el

SEPRONA de la Guardia Civil

V10.3.5.3. Desarrollo de cursos de formación para técnicos y personal de

vigilancia

V10.3.5.4. Acceso a información científica y técnica para la gestión de la

pesca

V10.3.5.5. Dotación al personal de vigilancia de manuales y protocolos de

intervención

V10.4. SENSIBILIZACIÓN SOCIAL PARA LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO ACUÁTICO YFOMENTO DE LA ACTIVIDAD PESQUERA

V10.4.1. SENSIBILIZACIÓN Y DIVULGACIÓN PARA LA CONSERVACIÓN DELMEDIO ACUÁTICO Y LA PESCA RECREATIVAV10.4.1.1. Aulas del Río

V10.4.1.2. Realización de jornadas y seminarios

V10.4.1.3. Elaboración y difusión de material divulgativo

V10.4.2. DIFUSIÓN DE LAS CONCLUSIONES Y RESULTADOS DE LASACCIONES DEL PROGRAMA DE GESTIÓN PISCÍCOLAV10.4.2.1. Elaboración de documentos explicativos de las necesidades de

gestión

V10.4.2.2. Divulgación de los resultados de la gestión del medio y las

poblaciones pesqueras

V10.4.3. ATENCIÓN AL PESCADORV10.4.3.1. Implantación de nuevos sistemas de acceso a las licencias y

permisos de pesca

V10.4.3.2. Diversificación y mejora de la información de interés para el

colectivo de pescadores

V10.4.3.3. Señalización y mejora de accesos a los tramos y márgenes de

pesca

V10.4.3.4. Mantenimiento de infraestructuras para el pescador

V10.4.3.5. Adecuación de tramos para pescadores con minusvalías

Page 39: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

V10 Gestión piscícola

- 39 -

V10.4.4. COLABORACIÓN CON LAS ASOCIACIONES DE PESCADORESV10.4.4.1. Oferta de programas anuales de colaboración

V10.4.4.2. Líneas de subvención a la colaboración de las asociaciones de

pescadores

V10.4.5. FOMENTO DEL TURISMO ASOCIADO A LA PESCA RECREATIVAV10.4.5.1. Colaboración con los organismos y departamentos del sector

turístico en la promoción de la pesca recreativa

V10.4.5.2. Establecimiento de cupos de permisos turísticos

LÍNEA DE ACTUACIÓN

V10.1. CONSERVACIÓN, PROTECCIÓN Y RESTAURACIÓN DE LOSECOSISTEMAS ACUÁTICOS

Como se ha justificado en el apartado 1. Introducción, la gestión actual de la pesca debe incidir

especialmente en los aspectos de conservación y protección de los ecosistemas acuáticos, no

centrándose en exclusiva en los aspectos del aprovechamiento pesquero. A lo largo del

apartado 2. Diagnosis se ha puesto de manifiesto la necesidad de completar el marco legal

para la protección de dichos ecosistemas, así como las deficiencias en ciertas acciones u

omisiones de diferentes sectores con intereses y responsabilidades sobre este medio.

Por ello, es necesario articular una serie de acciones de carácter normativo-administrativo, la

puesta en práctica de acciones de restauración y mejora de los medios degradados y un, cada

vez más necesario, control de las actuaciones potencialmente lesivas para el medio acuático.

En consecuencia, esta línea de actuación se centra en acciones de esta índole.

ACCIÓN

V10.1.1. ESTABLECIMIENTO DE MEDIDAS LEGALES Y PROTOCOLOS DE

FUNCIONAMIENTO PARA LA SALVAGUARDA DE LOS ECOSISTEMAS

ACUÁTICOS

Esta acción recoge las medidas necesarias para la adaptación de diversas normativas

relacionadas con la gestión del medio acuático o con incidencia sobre el mismo, así como la

revisión de procedimientos relacionados con actuaciones sobre dicho medio.

Medida

V10.1.1.1. Adaptación de las normativas y procedimientos vigentes

Es necesario promover ante los organismos y departamentos competentes la adaptación de

diversas normativas y procedimientos vigentes, las cuales no conforman un marco de

protección suficiente para lograr una adecuada conservación de los ecosistemas acuáticos y su

entorno.

Page 40: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

Plan Forestal de Castilla y León

- 40 -

Se propone que la nueva Ley de Montes de Castilla y León refleje el hecho de que la pesca no

ha de tener consideración de aprovechamiento forestal producido en el monte, tal y como ya

estableció la vigente Ley de Aguas.

Se considera que la futura Ley incluya la prohibición de autorización de roturaciones en

bosques naturales de ribera y sotos. También sería interesante incluir otras referencias

especificas a la protección de la vegetación de ribera y a su potencialización en la restauración

hidrológico forestal.

Medida

V10.1.1.2. Elaboración y suscripción de convenios y protocolos con las Confederaciones Hidrográficas

Las diferencias de objetivos y funciones entre las Confederaciones Hidrográficas y la

Consejería de Medio Ambiente provocan en ocasiones una cierta descoordinación y falta de

comunicación entre las dos administraciones. Por tanto, es necesario establecer marcos de

armonización de las acciones de los diferentes departamentos, plasmados en protocolos de

actuación y, si ello fuera necesario, en adaptaciones de la normativa vigente.

Medida

V10.1.1.3. Revisión de las concesiones de caudal caducadas

Actualmente se está produciendo un proceso preocupante de tramitación de las llamadas

minicentrales (potencia ≤10 megavatios). Estas instalaciones tienen importantes efectos sobre

el medio y especialmente sobre las poblaciones de salmónidos.

Por tanto, se promoverá el análisis de la relación de concesiones para minicentrales no

operativas, molinos, canales, etc., para solicitar la revisión de aquellos que no estén en uso, y

promover mediante el correspondiente procedimiento administrativo la declaración de

caducidad y la subsiguiente anulación de la concesión. Simultáneamente, y si el caso lo

requiriese, se promoverá la restauración del cauce y la remoción de obstáculos existentes

(azudes, canales, cámaras de carga, etc.) y el cegado de canales de conducción.

Medida

V10.1.1.4. Protección de la vegetación de ribera

Se debe avanzar en la concreción de normas legales y administrativas de protección y

restauración de la cubierta vegetal de las riberas, que las sitúen en el mismo rango de interés y

protección que otras masas forestales alejadas del medio acuático.

Así por ejemplo, y relacionado con la medida V10.1.1.1, habrá que promover ante las

Confederaciones Hidrográficas la revisión de las normativas que impiden o dificultan la

restauración de la vegetación en el ámbito del Dominio Público Hidráulico.

De igual forma, deberá compatibilizarse las plantaciones para producción de madera de chopo

en las vegas de la región, con la protección y restauración de la vegetación de ribera.

Page 41: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

V10 Gestión piscícola

- 41 -

Medida

V10.1.1.5. Optimización de la Evaluación del Impacto Ambiental de actividades reguladas

Son tres los aspectos a considerar en esta medida.

En primer lugar, es necesario mejorar los mecanismos de control de los procesos de

Evaluación de Impacto Ambiental (E.I.A.) de las actividades que así lo tienen regulado. Por ello,

se sugiere establecer protocolos de obligado cumplimiento y control, antes de la decisión

definitiva por parte del órgano competente.

En segundo lugar, y también relacionado con la E.I.A., está el seguimiento y cumplimiento de

los condicionantes impuestos. En este aspecto se propone mejorar en la adopción de medidas

técnicas de garantía para el control del cumplimiento de las limitaciones impuestas en la

declaración de Impacto Ambiental. El objetivo es identificar las desviaciones más frecuentes y

acordar el establecimiento de nuevos métodos de control, comprobables por el personal

técnico y de vigilancia de todas las administraciones implicadas. Esta medida guarda relación

con la medida V10.1.3.4. Control de actividades autorizadas en el Dominio Público Hidráulico.

Finalmente, es necesario proceder a la revisión de la normativa de E.I.A. y a la inclusión entre

las de obligado sometimiento al trámite de E.I.A. de nuevas actividades surgidas en los últimos

tiempos.

ACCIÓN

V10.1.2. RESTAURACIÓN Y MEJORA DEL HÁBITAT ACUÁTICO Y SU ENTORNO

Esta acción es una de las de mayor importancia dentro del presente programa y recoge las

medidas de restauración del medio acuático y de su entorno próximo. Va fundamentalmente

destinada a recomponer tramos afectados directa o indirectamente por la actividad humana.

Medida

V10.1.2.1. Restauración de la vegetación de ribera

Es necesario emprender acciones concretas de restauración de la vegetación de ribera en los

enclaves identificados como prioritarios en los estudios hidrobiológicos ya disponibles, en sus

correspondientes planes técnicos o que estuviesen reseñados en otros planes. Debe actuarse

preferentemente en los tramos en los que la ausencia de vegetación pueda favorecer procesos

erosivos y se comprometa el correcto funcionamiento de los frezaderos o se empobrezca la

capacidad piscícola potencial de dichos tramos.

Medida

V10.1.2.2. Creación, rehabilitación y defensa de zonas de freza

Esta medida va esencialmente dirigida a las zonas de freza de salmónidos, que suelen ser las

más afectadas por diversas acciones de origen humano. La construcción de presas y azudes

para diferentes fines han hecho inservibles numerosas zonas de freza, tanto aguas arriba como

Page 42: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

Plan Forestal de Castilla y León

- 42 -

aguas abajo de las mismas, tanto por anegamiento como por alteración del régimen natural de

caudales. Asimismo, la actividad agrícola y la evacuación de finos desde embalses colmatados

provocan su sedimentación sobre los frezaderos. Todo ello obliga a la restauración y

mantenimiento de frezaderos en los casos en que ello es posible. En otros casos, será

necesario implantar frezaderos artificiales, si existen enclaves con condiciones para ello.

En las zonas en que el furtivismo actúe sobre los reproductores en época de freza, será

necesario establecer defensas (estaquillados, enramados, etc.) contra las artes ilegales

empleadas habitualmente.

Será asimismo necesario plantearse (sopesando su conveniencia en zonas con furtivismo), la

defensa de los frezaderos más tardíos, mediante su señalización para evitar la destrucción de

las puestas o de los alevines en eclosión o reabsorción, por pisoteo por parte de los

pescadores al principio de temporada.

Medida

V10.1.2.3. Instalación de elementos de mejora del cauce y refugios para la fauna pesquera

Los estudios hidrobiológicos que se vienen realizando por parte de la Consejería de Medio

Ambiente, demuestran que numerosos tramos fluviales se han visto seriamente transformados

directa o indirectamente por diferentes acciones del hombre. Esto trae como consecuencia la

desaparición, reducción o inutilización de elementos del medio acuático esenciales para

diferentes fases del ciclo vital de las poblaciones acuáticas. Esta medida pretende, cuando ello

sea posible, regenerar los tramos afectados o, si eso no es factible, implantar medidas

sustitutivas. Así, se pretende la instalación de diferentes estructuras y elementos ya ensayados

o de nuevo diseño dentro de lo que es la ingeniería de conservación del medio acuático

(deflectores, presas sumergidas, refugios de cauce y orilla, defensas de márgenes, gaviones-

presa, etc.).

Medida

V10.1.2.4. Remoción de obstáculos infranqueables y/o instalación de pasos y escalas para peces

Los estudios del medio acuático, entre otros aspectos, sirven para realizar un inventario de

obstáculos en los ríos y una evaluación de su franqueabilidad. Esta medida pretende abordar

acciones de instalación de escalas o pasos que permitan a las poblaciones acuáticas franquear

los citados obstáculos para poder realizar las migraciones para sus ciclos reproductivos,

movimientos para alcanzar zonas de alimentación, acceso a áreas seguras frente al estiaje,

etc. Asimismo, cuando la situación administrativa lo permita, se promoverá la remoción o

demolición de los obstáculos, cuando ello sea técnica y económicamente viable.

Page 43: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

V10 Gestión piscícola

- 43 -

Medida

V10.1.2.5. Inclusión de tramos de conservación prioritaria en los planes de saneamiento

Mediante esta medida se pretende trasladar a los departamentos competentes la necesidad de

incorporar a los planes de saneamiento de los diversos cursos fluviales, aquellos tramos que

por su valor ecológico deban sumarse a las prioridades de esos planes o situarse en una

escala de mayor prioridad, si ya estuviesen contemplados en los mismos.

Medida

V10.1.2.6. Evaluación y aplicación de caudales mínimos

Es necesario completar los estudios de caudales mínimos, también llamados caudales

ecológicos, y promover su aplicación ante los organismos con competencias en el otorgamiento

de autorizaciones, y de otros departamentos competentes en las declaraciones de impacto

ambiental para que tengan en cuenta en sus resoluciones los límites de caudales obtenidos en

los estudios que viene promoviendo y financiando la Consejería de Medio Ambiente desde

1992.

ACCIÓN

V10.1.3. CONTROL DE ACTIVIDADES POTENCIALMENTE AGRESORAS PARA LOS

ECOSISTEMAS ACUÁTICOS

Esta acción es de gran trascendencia y recoge todas las medidas imprescindibles para lograr

un control efectivo de las actividades previsiblemente lesivas para el medio acuático,

incorporando además las actuaciones de formación del personal implicado en la tutela de

dichas actividades.

Medida

V10.1.3.1. Zonas de salvaguarda ante actividades de extracción de áridos

Se pretende fijar los tramos de río y otras masas de agua en los que no proceda la realización

de aprovechamientos de gravas y arenas de sus fondos sin causar perjuicios al medio

acuático. Ello es posible en el momento actual, porque es ahora cuando se dispone o se va a

disponer en breve plazo de estudios hidrobiológicos, genéticos, de caudales, de Espacios

Naturales Protegidos, etc., que permiten el análisis integral de las diversas masas de agua de

Castilla y León. Para lograr el objeto pretendido se deberá proceder a evaluar las zonas

incompatibles en los estudios disponibles y fijar una cartografía de áreas no aprovechables,

todo ello sin perjuicio del sometimiento a la Evaluación de Impacto Ambiental que corresponda

a toda actividad de extracción pretendida.

Page 44: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

Plan Forestal de Castilla y León

- 44 -

Medida

V10.1.3.2. Zonas de salvaguarda ante la ubicación de centros privados de acuicultura

Esta medida tiene dos objetivos, el primero definir las masas de agua en las que no se podrá

autorizar la instalación de centros de acuicultura, lo que se puede realizar en el momento

actual, por las mismas razones expuestas en la medida anterior. El segundo objetivo es facilitar

una jerarquización del resto de masas de agua en cuanto a su vocación para los diferentes

cultivos acuícolas. Esta medida se llevaría a la práctica mediante la realización de un estudio

para la aprobación posterior de un plan director de masas de agua para la acuicultura.

Medida

V10.1.3.3. Cursos y manuales de procedimiento para el personal de vigilancia del medio acuático

Esta medida, que se complementa en algunos aspectos con la V10.3.5.3. Desarrollo de cursos

de formación para técnicos y personal de vigilancia, va destinada a facilitar al personal de

vigilancia del medio acuático, propio y ajeno a la Consejería de Medio Ambiente, la formación y

los procedimientos necesarios para intervenir en las situaciones de agresión que puedan darse

contra el medio acuático u otras zonas del Dominio Público Hidráulico. Ambas medidas se

abordan en el programa T3 Formación.

Medida

V10.1.3.4. Control de actividades autorizadas en el Dominio Público Hidráulico

Esta es una de las medidas más importantes dentro de esta línea de actuación, y va destinada

a establecer rutinas y procedimientos de control de aquellas actividades que ya hayan sido

autorizadas a establecerse en el Dominio Público Hidráulico. De esta forma se pretende tutelar

dichas actividades tanto en su fase de establecimiento, como en las de funcionamiento y

abandono (si es que se da este caso).

Se trata en suma que desde los ámbitos técnicos implicados y, sobre todo, desde los servicios

de vigilancia (guardas de Comisaría de Aguas, agentes forestales, SEPRONA, etc.) se

coordine el control en que se desarrollan las actividades autorizadas.

LÍNEA DE ACTUACIÓN

V10.2. DEFINICIÓN DEL MARCO DE ACTUACIÓN DE LA GESTIÓN PESQUERA

Esta línea de actuación comprende todas las acciones destinadas a establecer un marco de

actuación de la gestión, tanto en sus aspectos normativos como técnicos.

ACCIÓN

V10.2.1. ADECUACIÓN DEL MARCO NORMATIVO

La experiencia acumulada en los últimos años permite concretar las deficiencias de carácter

normativo existentes. Asimismo, es en este momento cuando se conoce, sobre la base de la

Page 45: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

V10 Gestión piscícola

- 45 -

experiencia administrativa del recurso y de diversos estudios del medio, cómo debe orientarse

el desarrollo normativo de la gestión pesquera.

Medida

V10.2.1.1. Desarrollo reglamentario de la Ley 6/1992, de Protección de los Ecosistemas Acuáticos y de

Regulación de la Pesca en Castilla y León

Esta medida va destinada a concretar cómo debe abordarse en el marco temporal del

programa V10 Gestión piscícola, el desarrollo reglamentario de la Ley 6/1992, a través de las

diferentes normas previstas en dicha Ley. A tal fin, y con carácter prioritario, debe promoverse

la aprobación de los borradores de Decretos ya disponibles relativos a la clasificación de aguas

de pesca y a las sociedades colaboradoras. Además deben concluirse otros aspectos de tipo

reglamentario previstos en la Ley.

Medida

V10.2.1.2. Coordinación con el Plan de Ordenación de los Recursos Acuáticos previsto en la Ley 6/1992

Considerando que uno de los aspectos prioritarios en los instrumentos de planificación y

desarrollo normativo de la Ley 6/1992 es la aprobación del Plan de Ordenación de los

Recursos Acuáticos previsto en su artículo 44, y que dicho Plan debe ser coherente con las

acciones y medidas previstas en el presente programa, es necesario incorporar las directrices

(líneas de actuación, acciones y medidas) de este programa en el futuro Plan de Ordenación

de los Recursos Acuáticos.

El Plan de Ordenación de los Recursos Acuáticos deberá definir el formato y contenidos de los

planes de gestión de subcuencas, que a su vez se articularán en planes técnicos de tramo

(coto, vedado, libre, etc.).

Medida

V10.2.1.3. Armonización normativa con otras disposiciones

Es necesario promover la armonización de determinadas normativas de ámbito nacional y

regional con las necesidades y la situación actual de la conservación y gestión de la pesca en

Castilla y León. Así, por ejemplo, existen normas de ámbito nacional, como el Real Decreto

1095/1989, por el que se declaran las especies objeto de caza y pesca y se establecen las

normas para su protección y el Real Decreto 1118/1989, por el que se determinan las especies

comercializables de caza y pesca y se dictan normas al respecto, que convendrían adaptar a

las características de hoy en día.

Para lograr el objetivo fijado en esta acción es necesario elaborar documentos técnicos, previos

a las labores de armonización normativa. Estos documentos deben hacer una revisión de la

situación legal de las cuestiones que exigen la revisión normativa, de los motivos que

fundamentan dicha revisión y de los métodos técnicos y normativos, para hacer una puesta al

día de las citadas cuestiones. Al objeto de agilizar y facilitar el cambio normativo es

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Plan Forestal de Castilla y León

- 46 -

conveniente que, desde la propia Consejería de Medio Ambiente, se elaboren borradores de

las nuevas regulaciones propuestas.

La armonización es igualmente necesaria a nivel procedimental.

Medida

V10.2.1.4. Aplicación del Registro de infractores e inhabilitados

La Ley 6/1992 crea en su artículo 67 el Registro de infractores e inhabilitados para la práctica

de la pesca. En los últimos años se ha puesto en marcha una nueva aplicación informática que

facilita el control de los pescadores sobre los que ha recaído una sanción que les inhabilite

para la obtención de licencia o el acceso a los sorteos para cotos de pesca. Mediante la

presente medida se pretende mejorar la utilidad de este Registro, facilitando su consulta por

aquellas entidades, colectivos o personas que así lo requieran, con vistas, por ejemplo, a

conocer si en su asociación o club existen personas inhabilitadas. Igualmente, habiéndose

creado un foro interautonómico de la pesca se podrá, previos los acuerdos tomados en dicho

foro, incorporar regularmente la situación del Registro de Castilla y León al Registro Nacional

de Infractores de Caza y Pesca previsto en la Ley 4/1989.

Medida

V10.2.1.5. Regulación de actividades deportivas en el medio acuático

La proliferación de nuevas actividades deportivas en el medio acuático viene originando

conflictos crecientes, tanto en la conservación de espacios naturales de interés, como con el

ejercicio de la pesca. Esta situación se ha dado anteriormente en otros países y se ha

demostrado la necesidad de su regulación y de la armonización del uso de los espacios

fluviales.

La competencia en la regulación y expedición de autorizaciones de navegación y actividades

similares en el medio acuático corresponde a las Comisarias de Aguas dentro de las

respectivas Confederaciones Hidrográficas. Existiendo ya una base en los estudios de

incidencia, realizados bajo financiación conjunta de la Consejería de Medio Ambiente y la

Confederación Hidrográfica del Duero, es previsible que dicha Confederación aborde

próximamente la redacción de normas que regulen el acceso al uso deportivo de las aguas

continentales. Para ello sería de utilidad la colaboración de la Consejería de Medio Ambiente,

con el fin de integrar en dicha normativa las directrices de los planes de gestión elaborados a

partir de los estudios hidrobiológicos.

ACCIÓN

V10.2.2. PLANIFICACIÓN DE LA GESTIÓN DE LAS POBLACIONES PESQUERAS

Esta acción es uno de los aspectos importantes del presente programa y recoge los diferentes

planes y programas destinados a orientar la gestión de la pesca recreativa y la conservación

del medio acuático y sus poblaciones. Los diversos planes y programas, se apoyarían en los

Page 47: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

V10 Gestión piscícola

- 47 -

estudios hidrobiológicos, genéticos, de caudales mínimos, etc., realizados tanto por la

Consejería de Medio Ambiente como por otros estamentos. De una forma específica se

desarrollarían dos programas destinados a completar las acciones que se han venido

desarrollando en los últimos años y que en su conjunto han venido conformando un verdadero

plan de gestión de los salmónidos.

Medida

V10.2.2.1. Programa de conservación genética de la trucha común

Es necesario completar los estudios de caracterización genética de las poblaciones de trucha

común de Castilla y León y elaborar un programa de conservación de los ecotipos autóctonos

identificados -establecimiento de zonas de protección y conservación genética, necesidades de

estabulación de estirpes relícticas, establecimiento de vedas y otras medidas de protección

(tallas, cupos, etc.)-.

Esta medida se aborda en el programa T4 Investigación.

Medida

V10.2.2.2. Programa de producción y repoblación de salmónidos

A la vista de los resultados de los inventarios poblacionales de los estudios hidrobiológicos, de

las recomendaciones de sus correspondientes planes de gestión y de las directrices del

programa de conservación genética, es necesario fijar las directrices de producción de

salmónidos en las piscifactorías de la Consejería de Medio Ambiente, armonizando estos

criterios con los derivados de los estudios de recopilación genética. Esta medida servirá para

establecer las directrices de producción globales y las líneas genéticas de reproductores

ligadas a esas necesidades de producción, valorando las capacidades de los diferentes centros

oficiales de acuicultura y la necesidad de ampliación o de adquisición o construcción de nuevos

centros.

Medida

V10.2.2.3. Planes de gestión de los cangrejos de río

Existiendo hasta la fecha un conjunto de estudios sobre la situación de las diversas

poblaciones de cangrejos en varias provincias y disponiéndose de un borrador para un plan de

protección del cangrejo autóctono, es posible acometer la redacción final del plan y someterlo a

aprobación. Las directrices y zonificaciones establecidas en dicho plan servirían de límite y

punto de referencia para otros dos planes; el plan de control y manejo del cangrejo rojo y el

plan de introducción, control y manejo del cangrejo señal. Con ello quedarían ordenadas las

actuaciones a abordar en lo que se refiere a las tres especies de cangrejos existentes en

Castilla y León, con preferencia absoluta para el cangrejo autóctono, como especie en grave

regresión.

Page 48: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

Plan Forestal de Castilla y León

- 48 -

Medida

V10.2.2.4. Planes de conservación de la fauna acuática amenazada

Esta medida comprendería las tareas de colaboración en el diagnóstico de la situación de

especies de fauna acuática amenazada. En segundo término se plasmaría en la elaboración y

aplicación conjunta de planes de conservación específicos. Servirían de experiencia, como

caso concreto previo, las labores de estudio del blenio iniciadas desde la Sección de

Ordenación Piscícola.

Dichos planes de conservación estan integrados en las actuaciones previstas en el programa

T7 Conservación y mejora de la biodiversidad.

Medida

V10.2.2.5. Planes de gestión de zonas ciprinícolas

La mayor degradación y vulnerabilidad de las zonas salmonícolas y la importancia truchera que

tiene Castilla y León, ha motivado que las actividades de estudio y gestión se hayan centrado

preferentemente en éstas, y, por ello, se les dedican habitualmente, y también en este

programa, numerosas medidas de estudio y gestión. No obstante, no deben olvidarse las

importantes zonas de Castilla y León en las que prevalecen otras especies, en lo que han

venido a denominarse genéricamente zonas ciprinícolas.

Considerando que cada vez se detectan más situaciones de regresión de las poblaciones de

peces en zonas ciprinícolas o de especies de ciprínidos determinadas, es necesario establecer

en cada provincia zonas concretas de seguimiento, donde se realicen muestreos poblacionales

y sirvan de testigo de su evolución, por si ello aconsejara adoptar medidas específicas de

protección.

Además de lo anterior, es conveniente plantear un plan provincial piloto de aprovechamiento de

zonas ciprinícolas en una provincia en la que las aguas ciprinícolas primen sobre las

salmonícolas. Indudablemente debe aplicarse este primer plan en la provincia de Valladolid.

Medida

V10.2.2.6. Planes de gestión de especies de aprovechamiento secundario

Además del interés general por la pesca de salmónidos, ciprínidos y cangrejos, existen zonas

donde hay un interés tradicional por la pesca de otras especies, como puede ser el caso de la

rana común. En otros casos el interés de la pesca desapareció tras la regresión de la especie,

siendo posible plantearse un aprovechamiento basado en reintroducciones previas, como es el

caso de la anguila.

Así pues, esta medida incluye en primer lugar la preparación y aprobación de un plan de

manejo de la rana común, especie de gran interés en algunas comarcas. Este plan debe incluir

un estudio sobre el estado de sus poblaciones naturales y las posibilidades de

Page 49: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

V10 Gestión piscícola

- 49 -

aprovechamiento ordenado, así como las medidas de protección que requiriese, si ello fuera

necesario, y los condicionantes para su pesca.

Además esta medida se ocuparía de la preparación de un plan de reintroducción y manejo de

la anguila, fundamentado en reintroducciones graduales, que continúen la labor iniciada en las

provincias de Ávila y Zamora. El plan contendría aspectos semejantes a los enumerados para

el caso anterior.

ACCIÓN

V10.2.3. PLANIFICACIÓN DE LA GESTIÓN DEL MEDIO ACUÁTICO

Intrínsecamente relacionada con la gestión de las poblaciones pesqueras se encuentra la

planificación de la gestión del medio acuático en general. Si bien existe una gradación territorial

en la distribución de grandes grupos de fauna pesquera (que incluso queda plasmada en la Ley

6/1992), los estudios territoriales del medio acuático abarcan frecuentemente a grupos

faunísticos representados en varias zonas. Esta acción pretende completar los estudios

hidrobiológicos realizados hasta la fecha en Castilla y León con los de aquellos sectores de

importancia aún pendientes de caracterizar. También alcanza esta acción a las medidas de

revisión y a la preparación para los sectores ya estudiados de planes de gestión a dos escalas.

Asimismo, la acción pretende dedicar una atención especial a las masas de agua situadas en

Espacios Naturales Protegidos.

Medida

V10.2.3.1. Elaboración de criterios de prioridad y revisión de los estudios hidrobiológicos

Esta medida va destinada a fijar, desde los Servicios Centrales de la Consejería de Medio

Ambiente, los criterios de prioridad para completar la lista de estudios hidrobiológicos a

abordar, así como los criterios de revisión para los ya realizados y que se han desarrollado en

planes.

Medida

V10.2.3.2. Realización de estudios hidrobiológicos

Esta medida es necesaria para fijar los estudios hidrobiológicos pendientes en cada provincia,

otorgarles fechas de realización y financiar su desarrollo.

Medida

V10.2.3.3. Elaboración y aprobación de planes de gestión y planes técnicos

Es necesario elaborar y aprobar los planes de gestión de las subcuencas que tienen ya

realizados sus estudios hidrobiológicos y articularlos en planes técnicos de gestión de los

tramos establecidos en su zonificación.

La revisión de dichos planes de gestión debiera realizarse cada tres años.

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Plan Forestal de Castilla y León

- 50 -

Medida

V10.2.3.4. Coordinación de la gestión de la pesca en los Espacios Naturales Protegidos

La pesca constituye una actividad relevante en la gran mayoría de los Espacios Naturales

Protegidos de nuestra región. Por razones obvias, la gestión piscícola, tanto en lo que se

refiere al manejo de poblaciones como en los aprovechamientos pesqueros, debe integrarse en

la gestión de estos espacios. Por ello, es necesaria una coordinación sistemática y una

comunicación fluida con los departamentos responsables de la declaración y gestión de los

Espacios Naturales Protegidos.

Los instrumentos de planificación previstos en este programa (planes de gestión y planes

técnicos de tramo) se sintonizarán con el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y con

el Plan Rector de Uso y Gestión de los Espacios Naturales Protegidos. Todos estos aspectos

relacionados con la planificación, se abordan dentro de este Plan Forestal, en el programa T2

Desarrollo de la planificación.

Resulta igualmente conveniente dar conocimiento a dichos departamentos de otras

necesidades de gestión pesquera: mejoras del hábitat acuático, mejoras destinadas al

pescador, manejo genético.

ACCIÓN

V10.2.4. PUESTA EN VALOR DE LA INFORMACIÓN DISPONIBLE

En los últimos años existe una abundante información técnica relacionada con la gestión de la

pesca. Esta información proviene en su mayor parte de los estudios hidrobiológicos, planes de

gestión, estudios de caudales mínimos, etc. A ésta deben incorporársele datos obtenidos

durante la tramitación administrativa (minicentrales, vertidos, estaciones depuradoras, etc.).

Gran parte de esta información pierde su utilidad al no ser de fácil acceso y/o visualización, y al

no poder integrarse fácilmente con otros datos.

Los nuevos medios técnicos disponibles permiten en este momento acometer estas labores,

integrándolas además en el Sistema de Información Geográfica del Medio Natural (SIGMENA),

del que se ocupa el programa T2 Desarrollo de la planificación.

Medida

V10.2.4.1. Análisis y procesamiento en bases georreferenciadas de la información piscícola

Como primer paso para la disposición de la información relativa al medio acuático, es

imprescindible recopilar todos los estudios y bases de datos relacionadas con el conocimiento y

gestión del medio acuático y el manejo de poblaciones pesqueras. Posteriormente y una vez

disponibles, será necesario elegir las informaciones más relevantes que deban ser trasladadas

a sistemas integrados de consulta o información.

Tras la primera fase de recopilación y selección de información, deben digitalizarse y

georreferenciarse los datos de diversos aspectos de conocimiento y gestión del medio

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V10 Gestión piscícola

- 51 -

acuático, destinados tanto a la elaboración de cartografía de consulta y divulgación como a la

toma de decisiones. Esta información acoplada al SIGMENA permitirá además su contraste

con otras informaciones del medio natural estrechamente relacionadas con la conservación del

medio acuático (Espacios Naturales Protegidos, zonas de fauna amenazada, bosques de

ribera, etc.).

ACCIÓN

V10.2.5. ORDENACIÓN DE LA ACUICULTURA PRIVADA

La existencia de treinta y cuatro centros de acuicultura autorizados y la frecuente demanda de

instalación de nuevos centros hace necesario disponer de criterios de decisión sobre la

compatibilidad de la implantación de nuevos centros en los tramos fluviales y otras masas de

agua de Castilla y León.

Medida

V10.2.5.1. Plan director de ubicación de centros privados de acuicultura

Esta medida, estrechamente relacionada con la medida V10.1.3.2, permitiría elaborar y aprobar

un plan director que fijaría no sólo las zonas de salvaguarda a declarar, donde no sería

compatible la presencia de nuevos centros con la conservación del medio y las poblaciones de

fauna o flora acuática, sino que además serviría para orientar a los acuicultores sobre las

zonas más aptas o de mayor compatibilidad para la ubicación de diversos tipos de cultivo

acuícola y las medidas generales de restricción y seguridad exigibles en cada sector, sin

perjuicio de las de carácter específico que pudieren establecerse a cada cultivo en el

preceptivo procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental.

También de esta forma, existiendo en este momento un conocimiento razonable (a través de

los estudios realizados por la Consejería) de numerosas subcuencas hidrográficas, se podría

dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 42.5 de la Ley 6/1992.

ACCIÓN

V10.2.6. EVALUACIÓN DE LAS NECESIDADES DE MEDIOS HUMANOS

Uno de los aspectos fundamentales para el correcto desarrollo de la gestión pesquera y la

tutela del medio acuático, es la disponibilidad de suficiente personal técnico y de vigilancia.

Igualmente resulta esencial conocer el grado de dotación de dicho personal así como en qué

situación de formación e información se encuentra.

Medida

V10.2.6.1. Necesidades de personal técnico y de vigilancia

La evaluación de las necesidades de personal técnico de cada provincia, así como los

requerimientos de personal de vigilancia en función de las actividades hasta ahora

desarrolladas y las que se derivarán del presente programa de Gestión piscícola, se

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Plan Forestal de Castilla y León

- 52 -

desarrollan de forma conjunta para todo el Plan Forestal, en el programa T1 Desarrollo de la

gestión. Dentro de esta evaluación también se incluye la de los medios auxiliares necesarios

tanto a nivel técnico como de vigilancia.

Medida

V10.2.6.2. Necesidades de formación e información para el personal técnico y de vigilancia

Igualmente es de interés conocer las necesidades de formación de dicho personal y las

deficiencias en el acceso a información imprescindible para desarrollar sus funciones. Esta

medida se integra en el programa T3 Formación.

LÍNEA DE ACTUACIÓN

V10.3. APLICACIÓN DE LA GESTION DE LAS POBLACIONES ACUÍCOLAS

Esta línea de actuación pretende agrupar las acciones y medidas destinadas a aplicar los

resultados que se derivaran de las medidas de tipo normativo y administrativo, de los estudios

e inventarios y de los planes específicos derivados de ellos. Esta línea de actuación puede

aplicarse sin esperar a la ejecución total de la línea V10.2, toda vez que existen ya numerosos

estudios y bases de gestión disponibles para su puesta en práctica. Esta línea de actuación es,

en suma, la que ofrecerá los resultados más visibles sobre el terreno, sin querer ello significar

que otras medidas contenidas en las otras líneas de actuación no tengan más trascendencia y

efectos a largo plazo que algunas medidas de gestión directa.

ACCIÓN

V10.3.1. APLICACIÓN DE LAS DIRECTRICES TÉCNICO-ADMINISTRATIVAS DE LOS

PLANES DE GESTIÓN Y PLANES TÉCNICOS

Esta acción pretende definir una serie de medidas destinadas a implementar los planes de

gestión de subcuenca y tramo, así como a efectuar un seguimiento de la efectividad de las

actuaciones previstas en los planes.

Medida

V10.3.1.1. Difusión de los planes de gestión y planes técnicos a otros organismos implicados en la

gestión del agua

Es necesario difundir los contenidos e implicaciones de los planes de gestión de subcuencas

trucheras y de los planes técnicos de tramos, entre los organismos y departamentos con

competencias en la gestión del agua o de su entorno, al objeto de coordinar acciones y de

poner en su conocimiento las necesidades derivadas de esos planes, y las limitaciones de

carácter normativo o técnico que éstos pueden suponer.

Page 53: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

V10 Gestión piscícola

- 53 -

Medida

V10.3.1.2. Adecuación del régimen de gestión de tramos

Una de las obligaciones inmediatas derivadas de la elaboración y aprobación de los planes de

gestión y planes técnicos es la adecuación del régimen de gestión de la subcuenca o tramos

implicados a las directrices de los planes, estableciendo las figuras necesarias (vedados,

acotados –con o sin muerte-, tramos libres –con o sin muerte, escenarios deportivo-sociales,

etc.), y el resto de variables de gestión (periodos de pesca, días hábiles, artes y cebos, etc.).

Asimismo, debe trasponerse este régimen a la normativa anual de pesca. También relacionada

con la aplicación de las directrices de gestión y con lo apuntado en la acción V10.1.2.

Restauración y mejora del hábitat acuático y su entorno, deben aplicarse de forma específica

en cada tramo las medidas de mejora del medio establecidas en los correspondientes planes.

Medida

V10.3.1.3. Optimización de las medidas de gestión en una subcuenca modelo

Es conveniente establecer una subcuenca modelo en cada una de las provincias que posean

aguas trucheras, cuando dicha subcuenca ya tenga elaborado su estudio hidrobiológico y

genético, y un plan redactado a tal efecto. En dicha subcuenca se pondrían en práctica tramos

experimentales donde se aplicarían de forma intensiva las mejoras previstas en el plan en lo

referente a restauración y mejora del medio, conservación genética y optimización de la presión

pesquera. Además, en estas subcuencas se ensayarían diferentes sistemas de

aprovechamiento pesquero y se efectuaría un seguimiento detallado del efecto de las medidas

técnico-administrativas aplicadas. Igualmente en alguna provincia se convendría con las

Confederaciones Hidrográficas el establecimiento de una subcuenca libre de aprovechamientos

hidroeléctricos (aparte de los preexistentes).

Medida

V10.3.1.4. Seguimiento de capturas y otros resultados de pesca

Como medida auxiliar de los controles poblacionales para seguimiento de la efectividad de las

medidas de gestión, es necesario realizar un seguimiento de los diferentes tramos mediante

partes de capturas (realizados por la guardería y/o empresas contratadas al efecto), y las

encuestas de pesca (a rellenar y enviar por el propio pescador).

Medida

V10.3.1.5. Control de tramos con aprovechamiento privado de pesca

Es conveniente realizar un control de los aprovechamientos privados autorizados tanto en

aguas privadas como en masas de agua en uso privativo. Estos controles irán dirigidos a

salvaguardar las poblaciones naturales, evaluando que el aprovechamiento se ajuste a las

prescripciones de la autorización y que en masas de agua controladas en que se hubiera

Page 54: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

Plan Forestal de Castilla y León

- 54 -

autorizado la pesca sobre “poblaciones artificiales”, ésta no afecte a los ecosistemas de su

entorno.

ACCIÓN

V10.3.2. MEJORA DE LAS POBLACIONES PESQUERAS

Esta acción comprende un conjunto de medidas destinadas a la conservación directa de las

poblaciones pesqueras de interés prioritario y al control o erradicación de especies alóctonas

no deseables.

Medida

V10.3.2.1. Declaración de zonas de protección de la diversidad genética de la trucha común

Esta medida es uno de los aspectos de puesta en práctica de las recomendaciones de los

estudios de caracterización genética de la trucha común que viene desarrollando la Consejería

de Medio Ambiente. Será necesario definir los tramos que requieren alguna de las medidas de

protección y calificaciones previstas en el desarrollo reglamentario de la Ley 6/1992. Además

de esta definición será conveniente su declaración formal mediante la norma correspondiente,

lo cual otorgará a estos tramos una protección especial y una consideración mayor en cualquier

análisis del medio frente a pretensiones de implantación de actividades potencialmente lesivas

para el medio acuático y las poblaciones pesqueras.

Medida

V10.3.2.2. Restauración de poblaciones de trucha común

Otra de las aplicaciones inmediatas de los estudios genéticos de la trucha común será la

recomposición de poblaciones en aquellos enclaves en los que se haya detectado una

singularidad genética y en los que, además, exista una mayor vulnerabilidad de las poblaciones

detectadas, bien a través de los propios estudios genéticos bien a través de los controles

poblacionales de los estudios hidrobiológicos, de forma que sean necesarias medidas de

refuerzo de esas poblaciones para garantizar su persistencia. Las acciones de refuerzo

poblacional inexcusablemente se deberán realizar con procedencias locales o que hayan sido

establecidas como genéticamente homólogas a las locales.

En los tramos en los que no se haya identificado la existencia actual o pasada de líneas

singulares en el aspecto genético y en los que fuera necesaria la recomposición puntual o

continuada de las poblaciones trucheras (como medida auxiliar a las mejoras del medio o, en

caso de imposibilidad de restauración del medio, como medida única) se deberán evaluar las

necesidades poblacionales en cuanto a edad, cantidad y procedencia genética más

conveniente, programando dichas necesidades para su recopilación junto con las de otros

tramos y evaluación global de la producción a emprender en las piscifactorías oficiales.

Page 55: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

V10 Gestión piscícola

- 55 -

Medida

V10.3.2.3. Reintroducción de especies

Debe elaborarse un programa de reintroducción de especies pesqueras que existieron en la

región. Esta medida se ocuparía especialmente de la puesta en práctica de actuaciones de

reintroducción de especies diferentes de la trucha común, consideradas en otros planes (ver

medidas V10.2.2.4 y V10.2.2.6), sin descartar la posibilidad de ensayos con especies que

también estuvieron presentes en Castilla y León y que, aunque presenten mayores dificultades

de manejo y recuperación, puedan estar siendo objeto de programas de recuperación a nivel

nacional (esturión, etc.).

Medida

V10.3.2.4. Repoblaciones experimentales de cangrejo autóctono

Esta medida claramente relacionada con la anterior, se independiza teniendo en cuenta la

importancia ecológica y económica que tuvo el cangrejo autóctono (Austropotamobius pallipes)

y la trascendencia que tendría la recuperación de poblaciones (aunque fuese parcial), tanto

para la conservación de la especie como para un posible aprovechamiento futuro, totalmente

controlado. Esta medida iría relacionada con la acción V10.3.3. Adecuación de la gestión de las

piscifactorías y astacifactorías oficiales, pues sin la existencia de un centro de producción sería

imposible acometer repoblaciones experimentales, dado que los pocos centros nacionales que

actualmente producen la especie no pueden suministrar ejemplares a otros territorios.

Medida

V10.3.2.5. Seguimiento sanitario de las poblaciones pesqueras

Esta medida se hace claramente necesaria, pues ha de tenerse en cuenta que los organismos

competentes en materia de sanidad animal hasta el momento solamente tutelan los centros de

producción. Es imprescindible establecer una red de control sanitario de las poblaciones

pesqueras naturales, para efectuar un seguimiento de su estado sanitario y adoptar las

medidas necesarias en caso de detección de deficiencias sanitarias que estuvieran fuera del

rango admisible en poblaciones salvajes. Esta medida debería hacerse en colaboración con los

departamentos competentes en materia de sanidad animal y, en caso necesario, con el apoyo

de centros universitarios o consultorías privadas especializadas en sanidad piscícola,

astacícola, etc.

Medida

V10.3.2.6. Control de especies pesqueras no deseables

La introducción y propagación de especies foráneas, en ocasiones por acción de los

organismos gestores de la pesca, y, la mayoría de las veces ilegales por parte de particulares,

ha ocasionado una apreciable presencia de especies incompatibles con un funcionamiento

equilibrado de nuestros ecosistemas acuáticos. Se hace pues imprescindible proseguir las

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Plan Forestal de Castilla y León

- 56 -

acciones de control y erradicación (en los pocos casos en que esta es posible), sobre especies

como el lucio, lucioperca, pez gato, perca-sol, cangrejo rojo, cangrejo señal (donde éste no sea

conveniente) y otras que eventualmente pudieran ser introducidas o detectadas. Esta medida

va claramente ligada a la medida V10.3.4.1. Control e inspección de los centros de acuicultura

y viveros de pesca recreativa y a las medidas de concienciación del público, en general, y de

los pescadores y acuicultores, en particular V10.4.1.3. Elaboración y difusión de material

divulgativo y V10.4.2.1. Elaboración de documentos explicativos de las necesidades de gestión.

ACCIÓN

V10.3.3. ADECUACIÓN DE LA GESTIÓN DE LAS PISCIFACTORÍAS Y ASTACIFACTORÍAS

OFICIALES

Esta acción comprende las medidas necesarias para la puesta en práctica de las directrices de

producción y conservación en centros de acuicultura oficiales de especies o estirpes

amenazadas o necesarias para la recomposición poblacional de diversos tramos fluviales.

Medida

V10.3.3.1. Establecimiento de líneas seleccionadas de reproductores

Esta medida está relacionada con la aplicación de las recomendaciones de los estudios de

caracterización genética de la trucha común que viene desarrollando la Consejería de Medio

Ambiente y de las directrices emanadas de la medida V10.2.2.2. Será necesario realizar la

estabulación de los ecotipos de trucha común y de lotes de reproductores de cangrejo

autóctono prefijados o la obtención de huevas, alevines, etc., en el medio natural, que permitan

iniciar las líneas fundadoras.

Medida

V10.3.3.2. Adquisición, construcción y/o mejora de centros oficiales de acuicultura

Para desarrollar las medidas anteriores V10.3.3.1, V10.3.2.2 y V10.3.2.3 es imprescindible

adecuar los centros oficiales de acuicultura, la mayoría de los cuales o bien se encuentran muy

obsoletos o poseen un diseño orientado a actividades de producción tradicionales,

incompatibles con el establecimiento de estirpes de trucha autóctona, o sin medidas de

seguridad suficientes para el manejo de varias estirpes incompatibles.

Para el caso de estirpes específicas de alguna cuenca o subcuenca es imprescindible disponer

de nuevos centros.

ACCIÓN

V10.3.4. SUPERVISIÓN Y AYUDAS A LOS CENTROS PRIVADOS DE ACUICULTURA Y

VIVEROS DE PESCA RECREATIVA

Esta acción comprende las medidas de gestión relacionadas con el control de los centros de

acuicultura y los viveros autorizados para la pesca recreativa, así como la gestión de las

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V10 Gestión piscícola

- 57 -

ayudas finalistas comunitarias, nacionales y autonómicas destinadas a los centros de

acuicultura.

Medida

V10.3.4.1. Control e inspección de los centros de acuicultura y viveros de pesca recreativa

Esta medida pretende garantizar la legalidad de los centros privados de acuicultura que se

establezcan en Castilla y León, y tutelar el cumplimiento de las condiciones establecidas para

su funcionamiento (especies, volumen de producción, captaciones y vertidos, etc.). De igual

forma esta medida alcanza al control de los llamados viveros de pesca recreativa, que han de

estar autorizados por la Consejería de Medio Ambiente y cumplir unas determinadas

condiciones de explotación (especies autorizadas, medidas de seguridad frente a escapes,

vertidos, etc.).

Medida

V10.3.4.2. Gestión de ayudas finalistas para los centros privados de acuicultura

Esta medida va destinada a la orientación y gestión de los fondos europeos, nacionales y

autonómicos para la ordenación, mejora medioambiental, modernización y construcción de

centros de acuicultura. Se trata de fondos de cuantía prefijada que no interfieren con la

dotación presupuestaria del resto de medidas del presente programa.

ACCIÓN

V10.3.5. DOTACIÓN DE MEDIOS PARA LA GESTIÓN DE LA PESCA

Esta acción recoge un conjunto de medidas destinadas a establecer los medios de vigilancia

adecuados, poniendo además en marcha experiencias de colaboración con otras autoridades

en zonas especialmente vulnerables a actividades furtivas. También se prevén medidas para

dotar al personal de formación e información adecuada y actualizada.

Medida

V10.3.5.1. Adscripción de los medios de vigilancia a las necesidades de cada subcuenca

La dotación de medios, que se integra en un planteamiento conjunto para todo el Plan Forestal

descrito en el programa T1 Desarrollo de la gestión, debe prever tanto el personal de guardería

necesario, como los medios auxiliares necesarios para ejercer la vigilancia (vehículos, medios

de comunicación, material óptico, material para toma de muestras, métodos de coordinación

con otros agentes de la autoridad, etc.).

Debe recalcarse que esta es una de las medidas más importantes del programa. Una vez

realizados los estudios hidrobiológicos y genéticos de cada subcuenca y los planes

subsiguientes, los cuales indicarán, entre otros muchos aspectos, los medios humanos a

destinar para la gestión pesquera, deben adscribirse a la misma los medios de vigilancia

evaluados como imprescindibles. Si esto no se hiciera se invalidarían muchos de los esfuerzos

Page 58: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

Plan Forestal de Castilla y León

- 58 -

técnicos y económicos realizados hasta entonces y quedarían anulados en gran parte los

planes previstos.

Medida

V10.3.5.2. Aplicación de una experiencia piloto de colaboración con el SEPRONA de la Guardia Civil

Esta medida pretende establecer una experiencia piloto de colaboración entre Consejería de

Medio Ambiente y el Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil en la vigilancia

de la pesca recreativa y del medio acuático en general. Esta experiencia debería ponerse en

práctica en una subcuenca especialmente vulnerable al furtivismo de pesca y/o con frecuentes

agresiones al medio acuático. Podría implantarse en más de una provincia al objeto de evaluar

posteriormente su eficacia. Dadas las limitaciones presupuestarias parece conveniente iniciar

esta medida con prioridad en la cuenca media del río Carrión (tramo entre Velilla del Río y

Carrión de los Condes) en la provincia de Palencia, por tratarse de un tramo de alta

potencialidad pero sometido a un creciente furtivismo. Si posteriormente hubiera mayores

disponibilidades debería extenderse esta experiencia a la cuenca del río Tormes en la provincia

de Ávila, varios tramos fluviales de la provincia de Segovia y los tramos de la zona de Sanabria

en la provincia de Zamora.

Medida

V10.3.5.3. Desarrollo de cursos de formación para técnicos y personal de vigilancia

Es necesario mantener al día en cuanto a técnicas de gestión y vigilancia al personal técnico y

al personal de vigilancia. Por tanto, deben impartirse regularmente cursos destinados

específicamente para cada colectivo, tal y como se establecerá en el programa especifico T3

Formación.

Medida

V10.3.5.4. Acceso a información científica y técnica para la gestión de la pesca

Como complemento a la formación obtenida a través de cursos, es absolutamente

imprescindible que el personal técnico tenga acceso a publicaciones especializadas (libros,

revistas, páginas web, etc.) relacionadas con la gestión de la pesca y la acuicultura. En el caso

del personal de guardería deben tener acceso a publicaciones específicamente destinadas a su

labor.

Medida

V10.3.5.5. Dotación al personal de vigilancia de manuales y protocolos de intervención

Es necesario completar la información aportada al personal de guardería en los cursos de

formación ya desarrollados, dotándoles de manuales de intervención en las tareas de vigilancia

de la pesca, en la supervisión de trabajos de mejora del medio acuático o de seguimiento de

poblaciones, repoblaciones, toma de muestras, etc.

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V10 Gestión piscícola

- 59 -

LÍNEA DE ACTUACIÓN

V10.4. SENSIBILIZACIÓN SOCIAL PARA LA CONSERVACIÓN DEL MEDIOACUÁTICO Y FOMENTO DE LA ACTIVIDAD PESQUERA

Esta línea de actuación pretende promover el conocimiento y reconocimiento social de la

necesidad e importancia de la gestión piscícola, tanto en los aspectos de conservación,

protección y restauración del medio y las poblaciones pesqueras como en los del

aprovechamiento piscícola.

Las actuaciones previstas en esta línea se engloban en las propuestas del programa T5

Comunicación y participación, cuyo propósito general es lograr la integración de los agentes

sociales en el desarrollo del Plan Forestal. A este último programa, de carácter transversal, le

corresponde agrupar en actuaciones únicas y homogéneas todo lo contemplado en los demás

programas de este Plan Forestal, referente a la participación, la divulgación, la sensibilización y

el fomento, creando los medios necesarios para poder llevarlas a cabo. En este sentido se

propone en el programa T5 la creación de canales de comunicación específicos tales como un

boletín informativo y una pagina web que permitan la participación, la consolidación de los

órganos consultivos (como los Consejos Provinciales y Regional de Pesca), o la puesta en

marcha de programas de educación ambiental continuados en el sistema educativo.

No obstante por su importancia para la consecución de los objetivos del programa de Gestión

piscícola se incluyen aquí las acciones y medidas concretas de divulgación, sensibilización y

fomento, relacionadas con la conservación del medio acuático y el aprovechamiento piscícola.

ACCIÓN

V10.4.1. SENSIBILIZACIÓN Y DIVULGACIÓN PARA LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO

ACUÁTICO Y LA PESCA RECREATIVA

Esta acción recoge las medidas de sensibilización social en materia de conservación de los

ecosistemas acuáticos, acompañada de medidas destinadas a difundir la pesca recreativa

realizada de forma compatible con la protección ambiental.

Medida

V10.4.1.1. Aulas del Río

Esta medida va destinada a potenciar las Aulas del Río creadas mediante la Orden de 28 de

febrero de 2000 de la Consejería de Medio Ambiente. Las Aulas del Río se han concebido

como una experiencia a desarrollar en diferentes provincias de la Comunidad Autónoma; en

cada una de ellas se irá adaptando a las características peculiares del medio acuático de cada

lugar y de las instalaciones que allí se pueda o convenga construir.

En las Aulas del Río se buscará que quienes asistan a ellas aprendan a conocer el

funcionamiento ecológico de nuestros ríos, sus características principales, su fauna y flora, los

Page 60: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

Plan Forestal de Castilla y León

- 60 -

problemas que les afectan y la forma de ayudar a conservar estos ecosistemas, utilizándolos

sin degradarlos.

Aparte de estos fines básicos, las Aulas prestarán una especial atención al colectivo de

pescadores. Irán dirigidas de una forma muy especial a los pescadores noveles (niños y

adultos), pero sin desatender a los pescadores ya experimentados, que no siempre conocen la

situación actual de nuestros ríos y la pesca.

Además, del Aula del Río “El Rincón del Ucero” ya establecida en la provincia de Soria, sería

conveniente la construcción y funcionamiento de Aulas en las provincias de Ávila (río Tormes),

Burgos (río Arlanza) y León (río Porma). Con ello se garantizaría una oferta variada y situada

estratégicamente respecto a los posibles centros de demanda y con disponibilidades de

instalaciones de apoyo y tramos de río adecuados.

Medida

V10.4.1.2. Realización de jornadas y seminarios

Para lograr una difusión específica entre colectivos interesados en aspectos concretos de la

conservación del medio acuático y de gestión pesquera, será conveniente realizar

regularmente jornadas y seminarios para la exposición y discusión de diversos temas de

interés público. Esta medida se aborda en el programa T5 Comunicación y participación.

Medida

V10.4.1.3. Elaboración y difusión de material divulgativo

Como complemento a las labores de educación realizadas a través de las Aulas del Río y las

de divulgación y discusión obtenidas mediante jornadas y seminarios, es imprescindible

proseguir con las tareas de elaboración y difusión de nuevo material divulgativo (folletos,

pósters, videos, etc.) destinado al público en general y a los colectivos de pescadores que no

concurren o participan en las medidas anteriores.

Esta medida, al igual que la anterior, se aborda en el programa T5 Comunicación y

participación.

ACCIÓN

V10.4.2. DIFUSIÓN DE LAS CONCLUSIONES Y RESULTADOS DE LAS ACCIONES DEL

PROGRAMA DE GESTIÓN PISCÍCOLA

Esta acción comprende las medidas necesarias para dar a conocer las necesidades de gestión,

y en su conjunto el presente programa de Gestión piscícola. Igualmente prevé la difusión de

resultados de todo signo, obtenidos tras la aplicación de las medidas de gestión.

Los datos de estudios y acciones de mejora emprendidos en los últimos años, reflejan las

numerosas iniciativas que ha acometido la Consejería de Medio Ambiente. Sin embargo, queda

pendiente el ampliar la difusión de los problemas existentes, los planes previstos, las

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V10 Gestión piscícola

- 61 -

actuaciones emprendidas y los resultados obtenidos. De esta manera, se conseguirá el apoyo

e implicación de los colectivos de pescadores y que éstos a su vez entiendan la necesidad de

una contribución económica por su parte al sostenimiento de la gestión pesquera o de ciertos

sacrificios en la forma de disfrutar de la pesca (tramos vedados, cupos menores, tallas

mayores, menos días de pesca, etc.).

Medida

V10.4.2.1. Elaboración de documentos explicativos de las necesidades de gestión

La primera iniciativa será el dar a conocer los objetivos y la propuesta de actuaciones previstos

en el presente programa de Gestión piscícola. Esta labor forma parte de la difusión del conjunto

del Plan Forestal que se describe en el programa T5 Comunicación y participación.

Medida

V10.4.2.2. Divulgación de los resultados de la gestión del medio y las poblaciones pesqueras

Una vez puesto en marcha el Plan Forestal y aplicadas las medidas de gestión, lógicamente,

también deberán darse a conocer los resultados habidos, tanto positivos como negativos. En el

caso de resultados positivos se deberá exponer de qué forma van a beneficiar los mismos a los

pescadores. En el caso de resultados negativos deberá explicarse el porqué y difundirse qué

alternativas existen y cuales se proponen aplicar.

Esta medida tiene una especial incidencia en la consecución de un mayor apoyo y participación

de los agentes implicados, y al igual que la anterior, se integra en el programa T5

Comunicación y participación.

ACCIÓN

V10.4.3. ATENCIÓN AL PESCADOR

Esta acción recoge las medidas necesarias para una adecuada atención a los pescadores

tanto en las fases de información y obtención de licencias y permisos como durante el propio

desarrollo de la pesca.

Es necesario programar medidas complementarias a las ya existentes para dar a los diferentes

colectivos de pescadores información de su interés y para facilitar el acceso a la pesca a

pescadores que vienen de fuera de Castilla y León.

Medida

V10.4.3.1. Implantación de nuevos sistemas de acceso a las licencias y permisos de pesca

Esta medida pretende complementar las acciones emprendidas recientemente desde la

Consejería de Medio Ambiente para minimizar las gestiones que han de realizar los

pescadores para la obtención de licencias de pesca, abaratar los costes añadidos y facilitar

nuevos medios de acceso para la obtención de licencias. En cuanto a los permisos esta

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Plan Forestal de Castilla y León

- 62 -

medida abordará el estudio de métodos que simplifiquen la obtención y pago de los permisos

para cotos de pesca, siendo esta cuestión más compleja que la relativa a las licencias.

Medida

V10.4.3.2. Diversificación y mejora de la información de interés para el colectivo de pescadores

Con esta medida se intenta ofrecer una mayor información a los pescadores sobre las ofertas

de pesca, las novedades y los requisitos de acceso a la pesca en Castilla y León. Igualmente

se procurará diversificar esta información añadiendo a los medios habituales (folletos), otras

vías como Internet, o mediante información añadida a la información turística (medida

relacionada con la V10.4.5.1. Colaboración con los organismos y departamentos del sector

turístico en la promoción de la pesca recreativa).

Esta medida se integra en la propuesta de actuaciones del programa T5 Comunicación y

participación.

Medida

V10.4.3.3. Señalización y mejora de accesos a los tramos y márgenes de pesca

Se mejorará la señalización de los diferentes tramos de pesca (vedados, tramos libres sin

muerte, escenarios deportivos sociales de pesca, cotos, tramos con prohibiciones específicas,

etc.) así como los accesos imprescindibles (sendas y entradas a los cursos fluviales y otras

zonas de pesca), siempre supeditando estas labores a la debida conservación de la vegetación

de ribera y de otros valores naturales (enclaves protegidos, zonas de fauna amenazada, etc.).

Medida

V10.4.3.4. Mantenimiento de infraestructuras para el pescador

Esta medida comprende las tareas necesarias para el mantenimiento de los refugios de pesca

existentes, sin pretender ampliar el número de éstos (salvo excepciones muy justificadas).

Igualmente esta medida se ocupa de la instalación y mantenimiento de pequeños puentes,

pasarelas y otras infraestructuras necesarias para el tránsito de los pescadores.

Medida

V10.4.3.5. Adecuación de tramos para pescadores con minusvalías

Sería conveniente la adecuación de tramos especiales destinados a pescadores con

minusvalías, facilitando además de lo previsto en la normativa vigente sobre Aulas del Río,

otros escenarios donde la asistencia de los citados colectivos tenga prioridad y además

cuenten con las medidas de información, acceso y seguridad adecuadas a dichos pescadores.

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V10 Gestión piscícola

- 63 -

ACCIÓN

V10.4.4. COLABORACIÓN CON LAS ASOCIACIONES DE PESCADORES

Los borradores de normas de desarrollo de la Ley 6/1992 definen las condiciones de

nombramiento y mantenimiento de la condición de sociedad colaboradora de las sociedades de

pescadores. Dichos borradores pretenden reconducir la participación de estas sociedades

hacia colaboraciones reales, con efectos significativos sobre el medio acuático y, lo que es más

importante, sobre la propia actitud de los pescadores. Para ello la Consejería de Medio

Ambiente debe definir las acciones que están al alcance técnico, económico y de dedicación

temporal de las sociedades de pescadores. Asimismo, debe favorecer su ejecución mediante el

apoyo económico a las actividades que requieran de cierta inversión.

Medida

V10.4.4.1. Oferta de programas anuales de colaboración

Esta medida a desarrollar desde los Servicios Territoriales de Medio Ambiente y coordinar

desde los Servicios Centrales de la Consejería, debe servir para elaborar anualmente listas de

acciones ejecutables por las sociedades de pescadores que pretendan obtener o mantener la

condición de sociedad colaboradora de pesca.

Medida

V10.4.4.2. Líneas de subvención a la colaboración de las asociaciones de pescadores

Esta medida, que complementa la anterior, va destinada a continuar y potenciar la línea de

subvenciones iniciada en el año 1993, destinada a favorecer las actuaciones a favor de la

conservación del medio acuático.

ACCIÓN

V10.4.5. FOMENTO DEL TURISMO ASOCIADO A LA PESCA RECREATIVA

Con esta acción se intenta dar una mayor proyección de la pesca como actividad recreativa

pero ligada a ofertas turísticas (considerando las bases normativas que se están estableciendo

en los Decretos de desarrollo de la Ley 6/1992), contribuyendo de esta forma a que la pesca

ayude a generar mayores rentas en el sector turístico.

Medida

V10.4.5.1. Colaboración con los organismos y departamentos del sector turístico en la promoción de la

pesca recreativa

Mediante esta medida se pretende establecer programas de colaboración con los

departamentos encargados de la promoción turística de la región, considerando que gran parte

de los pescadores que practican su afición en Castilla y León provienen de otros lugares.

Asimismo, se pretende lograr una mayor promoción de la pesca en Castilla y León entre

Page 64: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

Plan Forestal de Castilla y León

- 64 -

pescadores europeos y de otros países con gran tradición de pesca recreativa (Estados

Unidos, Canadá, Japón, etc.).

Medida

V10.4.5.2. Establecimiento de cupos de permisos turísticos

Mediante esta medida, también recogida en el borrador de uno de los Decretos de desarrollo

de la Ley 6/1992, se pretende disponer de cupos de permisos en cotos de pesca agregados en

grupos de dos o tres cotos, que faciliten su oferta a pescadores, preferiblemente provenientes

de otras provincias, regiones o países. De esta forma, y vinculando su disponibilidad a

empresas de tipo turístico (establecimientos de alojamiento turístico y empresas de actividades

turísticas cuyo objeto social incluya la prestación de servicios de guías de pesca recreativa), se

lograría que el pescador pernocte en la zona de pesca, suponiendo ésto una interesante fuente

de ingresos para las empresas del sector de hostelería. Además es previsible que de esta

forma el pescador se acompañe de otras personas de su entorno añadiendo una nueva

proyección económica a la actividad pesquera, considerando otros grandes atractivos turísticos

de Castilla y León.

Page 65: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

V10 Gestión piscícola

- 65 -

5. PRESUPUESTOSEl presupuesto medio anual del programa V10 Gestión piscícola es de 3,682 millones de euros

(612,6 millones de pesetas), de los que 2,977 millones de euros (495,3 millones de pesetas)

corresponden a la Consejería de Medio Ambiente. Si se trasladan estas cifras a la vigencia del

Plan Forestal (27 años), se obtiene que el presupuesto del programa asciende a 99,407

millones de euros (16.540 millones de pesetas), de los que 80,372 millones de euros (13.372,9

millones de pesetas) se aportan desde la Consejería de Medio Ambiente. En el Gráfico 2, así

como en las Tablas de presupuestos 1 y 2 que se presentan más adelante, se puede valorar la

inversión en gestión piscícola en el contexto del Plan Forestal (un 2,0% del presupuesto total).

Gráfico 2. Presupuesto medio anual del Plan Forestal por programas

V 10 G estió n piscícola

0 5.000 10.000 15.000 20.000 25.000 30.000 35.000 40.000 45.000

T8

T1

T6

T4

T3

T5

T2

V8

V1

V10

T7

V6

V4

V9

V11

V7

V5

V3

V2

Prog

ram

as

Miles de euros

Consejería de Medio Ambiente Otras fuentes de f inanciación

Fuente: Elaboración propia

En el Gráfico 3 se representa la distribución porcentual del presupuesto del programa por

fuentes de financiación, siendo la Consejería de Medio Ambiente, la que con un 80,9% asume

el mayor porcentaje de financiación, seguida por los acuicultores privados que financian un

8,5% y un grupo de agentes implicados como otras Consejerías de la Junta de Castilla y León,

Page 66: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

Plan Forestal de Castilla y León

- 66 -

las Confederaciones Hidrográficas, las entidades locales y el sector empresarial privado, que

financian, en conjunto, un 10,6%.

Gráfico 3. Distribución porcentual del presupuesto por fuentes de financiación

8,5%10,7%

80,9%

Consejería de Medio Ambiente Acuicultores privados Otros

Fuente: Elaboración propia

El reparto del presupuesto entre las cuatro líneas de actuación del programa, que se han

descrito en el apartado 4. Propuesta de actuaciones, figura en el Gráfico 4. Se realiza

seguidamente un breve análisis de los recursos económicos asignados a cada una de ellas.

Gráfico 4. Distribución porcentual del presupuesto por líneas de actuación

V10.2: 6,4%

V10.1: 46,0%V10.4: 15,1%

V10.3: 32,5%

Fuente: Elaboración propia

La línea de actuación V10.1. Conservación, restauración y protección de los ecosistemas

acuáticos es la que tiene asignados mayores fondos, lo que se justifica por su gran importancia

en la estructura del programa al recoger una serie de acciones muy necesarias para poder

cumplir con los objetivos propuestos, como son las encaminadas a la restauración y mejora de

los medios degradados y al control de las actuaciones potencialmente lesivas para el medio

acuático. Su presupuesto medio anual es de 1,693 millones de euros (281,6 millones de

Page 67: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

V10 Gestión piscícola

- 67 -

pesetas), de los que prácticamente la totalidad (excepto un 0,2% que financia las

Confederaciones Hidrográficas) son asumidos por la Consejería de Medio Ambiente.

Seguida en importancia presupuestaria se encuentra la línea de actuación V10.3. Aplicación de

la gestión de las poblaciones acuícolas, con un presupuesto medio anual de 1,197 millones de

euros (199,2 millones de pesetas). Es la línea de actuación donde la Consejería de Medio

Ambiente tiene una menor participación. Se suman al 46,6% que aporta esta Consejería, un

26,1% de los acuicultores privados, un 18,4% de la Administración del Estado junto con la

Unión Europea (IFOP), un 4,4% de las entidades locales y otro 4,4% del sector empresarial

privado.

En la línea de actuación V10.4. Sensibilización social para la conservación del medio acuático y

fomento de la actividad pesquera, se prevé una inversión media anual de 0,555 millones de

euros (92,4 millones de pesetas). La Consejería de Medio Ambiente en su afán de mejorar la

conservación del medio acuático y el fomento de la pesca, asume el 88,7% del presupuesto.

Otros agentes implicados para la consecución de tales fines son las entidades locales y el

sector empresarial privado que aportan a partes iguales el presupuesto restante.

Con menor presupuesto, pero de indiscutible importancia para un adecuado desarrollo de la

gestión pesquera, se encuentra la línea de actuación V10.2. Definición del marco de

actuaciones de la gestión pesquera, la cual es financiada al 100% por la Consejería de Medio

Ambiente. Su presupuesto medio anual asciende a 0,237 millones de euros (39,4 millones de

pesetas). Esta línea tiene numerosas medidas cuyo coste dentro del Plan Forestal se ha

considerado nulo (por lo que en las tablas de presupuestos figura el valor cero), porque

realmente son medidas administrativas que implican gasto ordinario del personal propio de la

Consejería de Medio Ambiente. Este tipo de medidas de carácter puramente administrativo

también se dan en otras líneas de actuación del programa.

Un segundo grupo de medidas, con una característica particular, son aquellas que figuran en la

propuesta de actuaciones del programa que nos ocupa pero se presupuestan en uno diferente.

Se trata de medidas con plena incidencia en este programa, pero que se abordan

conjuntamente con otras medidas del Plan Forestal en un programa específico. Por ejemplo,

todas las medidas formativas se integran en el programa T3 Formación o todas aquellas

relacionadas con la investigación forestal se presupuestan en el T4 Investigación. Estas

medidas figuran en las tablas de presupuestos con una referencia numerada, incluyéndose al

final de este apartado el listado de referencias con la información del programa y actuaciones

en las que se presupuestan cada una.

Las tablas de presupuestos del programa V10 Gestión piscícola, que se adjuntan a

continuación tanto en pesetas como en euros, contienen:

• Datos generales de todos los programas del Plan Forestal (Tablas de presupuestos

1 y 2).

Page 68: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

Plan Forestal de Castilla y León

- 68 -

• Datos generales del programa por líneas de actuación (Tablas de presupuestos 3 y

4).

• Datos generales de cada línea de actuación desglosados por acciones y medidas

(Tablas de presupuestos 5 a 12).

• Presupuesto por años para cada línea de actuación desglosado por acciones y

medidas (Tablas de presupuestos 13 a 20).

• Presupuesto por provincias para cada línea de actuación desglosado por acciones y

medidas (Tablas de presupuestos 21 a 28).

En estas últimas tablas figuran dos subtotales, el primero, es la suma de las inversiones

provinciales y el segundo, que se caracteriza por el encabezado “sin distribución provincial”,

representa el presupuesto no distribuido entre provincias y que se corresponde con medidas de

ámbito regional que se llevarán a cabo directamente desde los Servicios Centrales de la

Consejería de Medio Ambiente (normalmente son medidas de coordinación, homogeneización,

estudios regionales, etc.).

En todas las tablas se utilizan las siguientes abreviaturas:

• CMA = Consejería de Medio Ambiente

• Otros = Otras fuentes de financiación

Page 69: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

TABLA DE PRESUPUESTOS 1. Presupuesto del Plan Forestal por programas (millones de pesetas)Presupuesto medio anual Total Plan (27 años)Programa

CMA Otros Total CMA Otros Total

V1 La propiedad forestal 298 216 514 8.055 5.831 13.886

V2 Recuperación de la cubierta vegetal 6.585 0 6.585 177.792 0 177.792

V3 Conservación y mejora de los bosques 4.894 1.008 5.902 132.134 27.206 159.341

V4 Gestión silvopastoral 669 207 876 18.062 5.596 23.657

V5 Defensa del monte 3.644 902 4.547 98.391 24.366 122.756

V6 Creación y mejora de la infraestructura viaria 702 0 702 18.962 0 18.962

V7 Espacios protegidos 2.243 1.501 3.744 60.554 40.526 101.079

V8 Uso recreativo y social 274 111 385 7.400 2.999 10.399

V9 Gestión cinegética 858 797 1.656 23.173 21.526 44.699

V10 Gestión piscícola 495 117 613 13.373 3.167 16.540

V11 Generación y articulación del tejido empresarial 70 2.910 2.980 1.890 78.569 80.459

Subtotal programas verticales 20.733 7.770 28.503 559.785 209.787 769.572

T1 Desarrollo de la gestión 109 0 109 2.934 0 2.934

T2 Desarrollo de la planificación 219 90 309 5.905 2.438 8.342

T3 Formación 85 178 263 2.303 4.806 7.109

T4 Investigación 228 32 260 6.145 871 7.016

T5 Comunicación y participación 276 0 276 7.451 0 7.451

T6 Conservación y mejora del paisaje 150 0 150 4.050 0 4.050

T7 Conservación y mejora de la biodiversidad 600 63 663 16.196 1.692 17.888

T8 Empleo, seguridad y salud 86 0 86 2.315 0 2.315

Subtotal programas transversales 1.752 363 2.115 47.298 9.807 57.105

Total Plan Forestal 22.485 8.133 30.618 607.083 219.594 826.677

Page 70: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

TABLA DE PRESUPUESTOS 2. Presupuesto del Plan Forestal por programas (miles de euros)Presupuesto medio anual Total Plan (27 años)Programa

CMA Otros Total CMA Otros Total

V1 La propiedad forestal 1.793 1.298 3.091 48.410 35.047 83.457

V2 Recuperación de la cubierta vegetal 39.576 0 39.576 1.068.551 0 1.068.551

V3 Conservación y mejora de los bosques 29.413 6.056 35.469 794.143 163.513 957.657

V4 Gestión silvopastoral 4.021 1.246 5.266 108.554 33.630 142.184

V5 Defensa del monte 21.901 5.424 27.325 591.340 146.441 737.781

V6 Creación y mejora de la infraestructura viaria 4.221 0 4.221 113.964 0 113.964

V7 Espacios protegidos 13.479 9.021 22.500 363.936 243.564 607.500

V8 Uso recreativo y social 1.647 668 2.315 44.475 18.027 62.502

V9 Gestión cinegética 5.158 4.792 9.950 139.273 129.374 268.648

V10 Gestión piscícola 2.977 705 3.682 80.373 19.035 99.407

V11 Generación y articulación del tejido empresarial 421 17.489 17.910 11.356 472.212 483.568

Subtotal programas verticales 124.606 46.698 171.304 3.364.375 1.260.844 4.625.220

T1 Desarrollo de la gestión 653 0 653 17.634 0 17.634

T2 Desarrollo de la planificación 1.314 543 1.857 35.487 14.650 50.136

T3 Formación 513 1.070 1.582 13.838 28.885 42.723

T4 Investigación 1.368 194 1.562 36.932 5.235 42.167

T5 Comunicación y participación 1.659 0 1.659 44.781 0 44.781

T6 Conservación y mejora del paisaje 902 0 902 24.341 0 24.341

T7 Conservación y mejora de la biodiversidad 3.605 377 3.982 97.340 10.172 107.512

T8 Empleo, seguridad y salud 515 0 515 13.913 0 13.913

Subtotal programas transversales 10.528 2.183 12.711 284.267 58.941 343.208

Total Plan Forestal 135.135 48.881 184.016 3.648.642 1.319.786 4.968.428

Page 71: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

TABLA DE PRESUPUESTOS 3. Presupuesto del programa V10 por líneas de actuación (millones de pesetas)Presupuesto medio anual Total Plan (27 años)Código Línea de actuación

CMA Otros Total CMA Otros Total

V10.1 Conservación, protección y restauración de los ecosistemas acuáticos 281,0 0,6 281,6 7.588,0 15,0 7.603,0

V10.2 Definición del marco de actuación de la gestión pesquera 39,4 0,0 39,4 1.064,0 0,0 1.064,0

V10.3 Aplicación de la gestión de las poblaciones acuícolas 92,9 106,3 199,2 2.508,9 2.870,4 5.379,3

V10.4 Sensibilización social para la conservación del medio acuático y fomento de la actividadpesquera 81,9 10,4 92,4 2.212,0 281,8 2.493,8

Total 495,3 117,3 612,6 13.372,9 3.167,1 16.540,0

Page 72: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

TABLA DE PRESUPUESTOS 4. Presupuesto del programa V10 por líneas de actuación (miles de euros)Presupuesto medio anual Total Plan (27 años)

Código Línea de actuaciónCMA Otros Total CMA Otros Total

V10.1 Conservación, protección y restauración de los ecosistemas acuáticos 1.689 3 1.692 45.605 90 45.695

V10.2 Definición del marco de actuación de la gestión pesquera 237 0 237 6.395 0 6.395

V10.3 Aplicación de la gestión de las poblaciones acuícolas 558 639 1.197 15.079 17.251 32.330

V10.4 Sensibilización social para la conservación del medio acuático y fomento de la actividadpesquera 492 63 555 13.294 1.693 14.988

Total 2.977 705 3.682 80.373 19.035 99.407

Page 73: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

TABLA DE PRESUPUESTOS 5. Presupuesto medio anual y total de la línea de actuación V10.1 (millones de pesetas)Presupuesto medio anual Total Plan (27 años)Código Línea de actuación – acciones – medidas

CMA Otros Total CMA Otros Total

V10.1.1.1 Adaptación de las normativas y procedimientos vigentes 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.1.1.2 Elaboración y suscripción de convenios y protocolos con las Confederaciones Hidrográficas 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.1.1.3 Revisión de las concesiones de caudal caducadas 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.1.1.4 Protección de la vegetación de ribera 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.1.1.5 Optimización de la Evaluación de Impacto Ambiental de actividades reguladas 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.1.1 Establecimiento de medidas legales y protocolos de funcionamiento para la salvaguarda de losecosistemas acuáticos 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.1.2.1 Restauración de la vegetación de ribera 65,6 0,0 65,6 1772,0 0,0 1772,0

V10.1.2.2 Creación, rehabilitación y defensa de zonas de freza 59,9 0,0 59,9 1617,0 0,0 1617,0

V10.1.2.3 Instalación de elementos de mejora del cauce y refugios para la fauna pesquera 98,3 0,0 98,3 2655,0 0,0 2655,0

V10.1.2.4 Remoción de obstáculos infranqueables y/o instalación de pasos y escalas para peces 55,5 0,0 55,5 1499,0 0,0 1499,0

V10.1.2.5 Inclusión de tramos de conservación prioritaria en los planes de saneamiento 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.1.2.6 Evaluación y aplicación de caudales mínimos 1,3 0,6 1,9 35,0 15,0 50,0

V10.1.2 Restauración y mejora del hábitat acuático y su entorno 280,7 0,6 281,2 7578,0 15,0 7593,0

V10.1.3.1 Zonas de salvaguarda ante actividades de extracción de áridos 0,4 0,0 0,4 10,0 0,0 10,0

V10.1.3.2 Zonas de salvaguarda ante la ubicación de centros privados de acuicultura 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.1.3.3 Cursos y manuales de procedimiento para el personal de vigilancia del medio acuático (1)

V10.1.3.4 Control de actividades autorizadas en el Dominio Público Hidráulico 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.1.3 Control de actividades potencialmente agresoras para los ecosistemas acuáticos 0,4 0,0 0,4 10,0 0,0 10,0

V10.1 Conservación, protección y restauración de los ecosistemas acuáticos 281,0 0,6 281,6 7588,0 15,0 7603,0

Page 74: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

TABLA DE PRESUPUESTOS 6. Presupuesto medio anual y total de la línea de actuación V10.1 (miles de euros)Presupuesto medio anual Total Plan (27 años)Código Línea de actuación – acciones – medidas

CMA Otros Total CMA Otros Total

V10.1.1.1 Adaptación de las normativas y procedimientos vigentes 0 0 0 0 0 0

V10.1.1.2 Elaboración y suscripción de convenios y protocolos con las Confederaciones Hidrográficas 0 0 0 0 0 0

V10.1.1.3 Revisión de las concesiones de caudal caducadas 0 0 0 0 0 0

V10.1.1.4 Protección de la vegetación de ribera 0 0 0 0 0 0

V10.1.1.5 Optimización de la Evaluación de Impacto Ambiental de actividades reguladas 0 0 0 0 0 0

V10.1.1 Establecimiento de medidas legales y protocolos de funcionamiento para la salvaguarda de losecosistemas acuáticos 0 0 0 0 0 0

V10.1.2.1 Restauración de la vegetación de ribera 394 0 394 10650 0 10650

V10.1.2.2 Creación, rehabilitación y defensa de zonas de freza 360 0 360 9718 0 9718

V10.1.2.3 Instalación de elementos de mejora del cauce y refugios para la fauna pesquera 591 0 591 15957 0 15957

V10.1.2.4 Remoción de obstáculos infranqueables y/o instalación de pasos y escalas para peces 334 0 334 9009 0 9009

V10.1.2.5 Inclusión de tramos de conservación prioritaria en los planes de saneamiento 0 0 0 0 0 0

V10.1.2.6 Evaluación y aplicación de caudales mínimos 8 4 11 210 90 301

V10.1.2 Restauración y mejora del hábitat acuático y su entorno 1687 4 1690 45545 90 45635

V10.1.3.1 Zonas de salvaguarda ante actividades de extracción de áridos 2 0 2 60 0 60

V10.1.3.2 Zonas de salvaguarda ante la ubicación de centros privados de acuicultura 0 0 0 0 0 0

V10.1.3.3 Cursos y manuales de procedimiento para el personal de vigilancia del medio acuático (1)

V10.1.3.4 Control de actividades autorizadas en el Dominio Público Hidráulico 0 0 0 0 0 0

V10.1.3 Control de actividades potencialmente agresoras para los ecosistemas acuáticos 2 0 2 60 0 60

V10.1 Conservación, protección y restauración de los ecosistemas acuáticos 1689 4 1693 45605 90 45695

Page 75: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

TABLA DE PRESUPUESTOS 7. Presupuesto medio anual y total de la línea de actuación V10.2 (millones de pesetas)Presupuesto medio anual Total Plan (27 años)Código Línea de actuación – acciones – medidas

CMA Otros Total CMA Otros Total

V10.2.1.1 Desarrollo reglamentario de la Ley 6/1992 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.2.1.2 Coordinación con el Plan de Ordenación de los Recursos Acuáticos previsto en la Ley 6/1992 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.2.1.3 Armonización normativa con otras disposiciones 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.2.1.4 Aplicación del Registro de infractores e inhabilitados 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.2.1.5 Regulación de actividades deportivas en el medio acuático 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.2.1 Adecuación del marco normativo 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.2.2.1 Programa de conservación genética de la trucha común (2)

V10.2.2.2 Programa de producción y repoblación de salmónidos 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.2.2.3 Planes de gestión de los cangrejos de río 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.2.2.4 Planes de Conservación de fauna acuática amenazada 0,2 0,0 0,2 5,0 0,0 5,0

V10.2.2.5 Planes de gestión de zonas ciprinícolas 7,8 0,0 7,8 210,0 0,0 210,0

V10.2.2.6 Planes de gestión de especies de aprovechamiento secundario 0,3 0,0 0,3 9,0 0,0 9,0

V10.2.2 Planificación de la gestión de las poblaciones pesqueras 8,3 0,0 8,3 224,0 0,0 224,0

V10.2.3.1 Elaboración de criterios de prioridad y revisión de los estudios hidrobiológicos 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.2.3.2 Realización de estudios hidrobiológicos 27,5 0,0 27,5 743,0 0,0 743,0

V10.2.3.3 Elaboración y aprobación de planes de gestión y planes técnicos 2,2 0,0 2,2 60,0 0,0 60,0

V10.2.3.4 Coordinación de la gestión de la pesca en los Espacios Naturales Protegidos 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.2.3 Planificación de la gestión del medio acuático 29,7 0,0 29,7 803,0 0,0 803,0

V10.2.4.1 Análisis y procesamiento en bases georreferenciadas de la información piscícola 1,1 0,0 1,1 29,0 0,0 29,0

V10.2.4 Puesta en valor de la información técnica disponible 1,1 0,0 1,1 29,0 0,0 29,0

V10.2.5.1 Plan director de ubicación de centros privados de acuicultura 0,2 0,0 0,2 5,0 0,0 5,0

V10.2.5 Ordenación de la acuicultura privada 0,2 0,0 0,2 5,0 0,0 5,0

V10.2.6.1 Necesidades de personal técnico y de vigilancia 0,1 0,0 0,1 3,0 0,0 3,0

V10.2.6.2 Necesidades de formación e información para el personal técnico y de vigilancia (3)

V10.2.6 Evaluación de las necesidades de medios humanos 0,1 0,0 0,1 3,0 0,0 3,0

V10.2 Definición del marco de actuación de la gestión pesquera 39,4 0,0 39,4 1064,0 0,0 1064,0

Page 76: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

TABLA DE PRESUPUESTOS 8. Presupuesto medio anual y total de la línea de actuación V10.2 (miles de euros)Presupuesto medio anual Total Plan (27 años)Código Línea de actuación – acciones – medidas

CMA Otros Total CMA Otros Total

V10.2.1.1 Desarrollo reglamentario de la Ley 6/1992 0 0 0 0 0 0

V10.2.1.2 Coordinación con el Plan de Ordenación de los Recursos Acuáticos previsto en la Ley 6/1992 0 0 0 0 0 0

V10.2.1.3 Armonización normativa con otras disposiciones 0 0 0 0 0 0

V10.2.1.4 Aplicación del Registro de infractores e inhabilitados 0 0 0 0 0 0

V10.2.1.5 Regulación de actividades deportivas en el medio acuático 0 0 0 0 0 0

V10.2.1 Adecuación del marco normativo 0 0 0 0 0 0

V10.2.2.1 Programa de conservación genética de la trucha común (2)

V10.2.2.2 Programa de producción y repoblación de salmónidos 0 0 0 0 0 0

V10.2.2.3 Planes de gestión de los cangrejos de río 0 0 0 0 0 0

V10.2.2.4 Planes de Conservación de fauna acuática amenazada 1 0 1 30 0 30

V10.2.2.5 Planes de gestión de zonas ciprinícolas 47 0 47 1262 0 1262

V10.2.2.6 Planes de gestión de especies de aprovechamiento secundario 2 0 2 54 0 54

V10.2.2 Planificación de la gestión de las poblaciones pesqueras 50 0 50 1346 0 1346

V10.2.3.1 Elaboración de criterios de prioridad y revisión de los estudios hidrobiológicos 0 0 0 0 0 0

V10.2.3.2 Realización de estudios hidrobiológicos 165 0 165 4466 0 4466

V10.2.3.3 Elaboración y aprobación de planes de gestión y planes técnicos 13 0 13 361 0 361

V10.2.3.4 Coordinación de la gestión de la pesca en los Espacios Naturales Protegidos 0 0 0 0 0 0

V10.2.3 Planificación de la gestión del medio acuático 179 0 179 4826 0 4826

V10.2.4.1 Análisis y procesamiento en bases georreferenciadas de la información piscícola 7 0 7 174 0 174

V10.2.4 Puesta en valor de la información técnica disponible 7 0 7 174 0 174

V10.2.5.1 Plan director de ubicación de centros privados de acuicultura 1 0 1 30 0 30

V10.2.5 Ordenación de la acuicultura privada 1 0 1 30 0 30

V10.2.6.1 Necesidades de personal técnico y de vigilancia 1 0 1 18 0 18

V10.2.6.2 Necesidades de formación e información para el personal técnico y de vigilancia (3)

V10.2.6 Evaluación de las necesidades de medios humanos 1 0 1 18 0 18

V10.2 Definición del marco de actuación de la gestión pesquera 237 0 237 6395 0 6395

Page 77: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

TABLA DE PRESUPUESTOS 9. Presupuesto medio anual y total de la línea de actuación V10.3 (millones de pesetas)Presupuesto medio anual Total Plan (27 años)Código Línea de actuación – acciones – medidas

CMA Otros Total CMA Otros Total

V10.3.1.1 Difusión de los planes de gestión y planes técnicos a otros organismos implicados en la gestión del agua 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.3.1.2 Adecuación del régimen de gestión de tramos 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.3.1.3 Optimización de las medidas de gestión en una subcuenca modelo 3,9 1,0 4,8 104,0 26,0 130,0

V10.3.1.4 Seguimiento de las capturas y otros resultados de pesca 11,0 0,0 11,0 298,0 0,0 298,0

V10.3.1.5 Control de tramos con aprovechamiento privado de pesca 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.3.1 Aplicación de las directrices técnico-administrativas de los planes de gestión y planes técnicos 14,9 1,0 15,9 402,0 26,0 428,0

V10.3.2.1 Declaración de zonas de protección de la diversidad genética de la trucha común 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.3.2.2 Restauración de poblaciones de trucha común 42,5 10,6 53,1 1148,0 287,0 1435,0

V10.3.2.3 Reintroducción de especies 11,0 2,8 13,8 297,0 74,3 371,3

V10.3.2.4 Repoblaciones experimentales de cangrejo autóctono 0,6 0,2 0,8 17,0 4,3 21,3

V10.3.2.5 Seguimiento sanitario de las poblaciones pesqueras 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.3.2.6 Control de especies pesqueras no deseables 12,4 3,1 15,5 334,0 83,5 417,5

V10.3.2 Mejora de las poblaciones pesqueras 66,5 16,6 83,1 1796,0 449,0 2245,0

V10.3.3.1 Establecimiento de líneas seleccionadas de reproductores 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.3.3.2 Adquisición, construcción y/o mejora de centros oficiales de acuicultura 0,6 4,3 4,9 16,4 114,8 131,3

V10.3.3 Adecuación de la gestión a las piscifactorías y astacifactorías oficiales 0,6 4,3 4,9 16,4 114,8 131,3

V10.3.4.1 Control e inspección de los centros de acuicultura y viveros de pesca recreativa 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.3.4.2 Gestión de ayudas finalistas para los centros privados de acuicultura 2,2 84,5 86,6 58,5 2280,5 2339,0

V10.3.4 Supervisión y ayudas a los centros privados de acuicultura y viveros de pesca recreativa 2,2 84,5 86,6 58,5 2280,5 2339,0

V10.3.5.1 Adscripción de medios de vigilancia a las necesidades de cada subcuenca 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.3.5.2 Aplicación de una experiencia piloto de colaboración con el SEPRONA de la Guardia Civil 3,0 0,0 3,0 80,0 0,0 80,0

V10.3.5.3 Desarrollo de cursos de formación para técnicos y personal de vigilancia (4)

V10.3.5.4 Acceso a información científica y técnica para la gestión de la pesca 5,3 0,0 5,3 144,0 0,0 144,0

V10.3.5.5 Dotación al personal de vigilancia de manuales y protocolos de intervención 0,4 0,0 0,4 12,0 0,0 12,0

V10.3.5 Dotación de medios para la gestión de la pesca 8,7 0,0 8,7 236,0 0,0 236,0

V10.3 Aplicación de la gestión de las poblaciones acuícolas 92,9 106,3 199,2 2508,9 2870,4 5379,3

Page 78: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

TABLA DE PRESUPUESTOS 10. Presupuesto medio anual y total de la línea de actuación V10.3 (miles de euros)Presupuesto medio anual Total Plan (27 años)Código Línea de actuación – acciones – medidas

CMA Otros Total CMA Otros Total

V10.3.1.1 Difusión de los planes de gestión y planes técnicos a otros organismos implicados en la gestión del agua 0 0 0 0 0 0

V10.3.1.2 Adecuación del régimen de gestión de tramos 0 0 0 0 0 0

V10.3.1.3 Optimización de las medidas de gestión en una subcuenca modelo 23 6 29 625 156 781

V10.3.1.4 Seguimiento de las capturas y otros resultados de pesca 66 0 66 1791 0 1791

V10.3.1.5 Control de tramos con aprovechamiento privado de pesca 0 0 0 0 0 0

V10.3.1 Aplicación de las directrices técnico-administrativas de los planes de gestión y planes técnicos 90 6 96 2416 156 2572

V10.3.2.1 Declaración de zonas de protección de la diversidad genética de la trucha común 0 0 0 0 0 0

V10.3.2.2 Restauración de poblaciones de trucha común 255 64 319 6900 1725 8625

V10.3.2.3 Reintroducción de especies 66 17 83 1785 447 2232

V10.3.2.4 Repoblaciones experimentales de cangrejo autóctono 4 1 5 102 26 128

V10.3.2.5 Seguimiento sanitario de las poblaciones pesqueras 0 0 0 0 0 0

V10.3.2.6 Control de especies pesqueras no deseables 75 19 93 2007 502 2509

V10.3.2 Mejora de las poblaciones pesqueras 400 100 499 10794 2699 13493

V10.3.3.1 Establecimiento de líneas seleccionadas de reproductores 0 0 0 0 0 0

V10.3.3.2 Adquisición, construcción y/o mejora de centros oficiales de acuicultura 4 26 29 99 690 789

V10.3.3 Adecuación de la gestión a las piscifactorías y astacifactorías oficiales 4 26 29 99 690 789

V10.3.4.1 Control e inspección de los centros de acuicultura y viveros de pesca recreativa 0 0 0 0 0 0

V10.3.4.2 Gestión de ayudas finalistas para los centros privados de acuicultura 13 508 521 352 13706 14058

V10.3.4 Supervisión y ayudas a los centros privados de acuicultura y viveros de pesca recreativa 13 508 521 352 13706 14058

V10.3.5.1 Adscripción de medios de vigilancia a las necesidades de cada subcuenca 0 0 0 0 0 0

V10.3.5.2 Aplicación de una experiencia piloto de colaboración con el SEPRONA de la Guardia Civil 18 0 18 481 0 481

V10.3.5.3 Desarrollo de cursos de formación para técnicos y personal de vigilancia (4)

V10.3.5.4 Acceso a información científica y técnica para la gestión de la pesca 32 0 32 866 0 866

V10.3.5.5 Dotación al personal de vigilancia de manuales y protocolos de intervención 2 0 2 72 0 72

V10.3.5 Dotación de medios para la gestión de la pesca 52 0 52 1418 0 1418

V10.3 Aplicación de la gestión de las poblaciones acuícolas 558 639 1197 15079 17251 32330

Page 79: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

TABLA DE PRESUPUESTOS 11. Presupuesto medio anual y total de la línea de actuación V10.4 (millones de pesetas)Presupuesto medio anual Total Plan (27 años)Código Línea de actuación – acciones – medidas

CMA Otros Total CMA Otros Total

V10.4.1.1 Aulas del Río 39,5 9,9 49,4 1067,0 266,8 1333,8

V10.4.1.2 Realización de jornadas y seminarios (5)

V10.4.1.3 Elaboración y difusión de material divulgativo (6)

V10.4.1 Sensibilización y divulgación para la conservación del medio acuático y la pesca recreativa 39,5 9,9 49,4 1067,0 266,8 1333,8

V10.4.2.1 Elaboración de documentos explicativos de las necesidades de gestión (7)

V10.4.2.2 Divulgación de los resultados de la gestión del medio y las poblaciones pesqueras (8)

V10.4.2 Difusión de las conclusiones y resultados de las acciones del programa de gestión piscícola

V10.4.3.1 Implantación de nuevos sistemas de acceso a las licencias y permisos de pesca 0,1 0,0 0,1 3,0 0,0 3,0

V10.4.3.2 Diversificación y mejora de la información de interés para el colectivo de pescadores (9)

V10.4.3.3 Señalización y mejora de accesos a los tramos y márgenes de pesca 4,5 0,0 4,5 122,0 0,0 122,0

V10.4.3.4 Mantenimiento de infraestructuras para el pescador 20,0 0,0 20,0 540,0 0,0 540,0

V10.4.3.5 Adecuación de tramos para pescadores con minusvalías 2,2 0,6 2,8 60,0 15,0 75,0

V10.4.3 Atención al pescador 26,9 0,6 27,4 725,0 15,0 740,0

V10.4.4.1 Oferta de programas anuales de colaboración 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.4.4.2 Líneas de subvención a la colaboración de las asociaciones de pescadores 15,6 0,0 15,6 420,0 0,0 420,0

V10.4.4 Colaboración con las asociaciones de pescadores 15,6 0,0 15,6 420,0 0,0 420,0

V10.4.5.1 Colaboración con los organismos y departamentos del sector turístico en la promoción de la pescarecreativa 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.4.5.2 Establecimiento de cupos de permisos turísticos 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.4.5 Fomento del turismo asociado a la pesca recreativa 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.4 Sensibilización social para la conservación del medio acuático y fomento de la actividadpesquera 81,9 10,4 92,4 2212,0 281,8 2493,8

Page 80: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

TABLA DE PRESUPUESTOS 12. Presupuesto medio anual y total de la línea de actuación V10.4 (miles de euros)Presupuesto medio anual Total Plan (27 años)Código Línea de actuación – acciones – medidas

CMA Otros Total CMA Otros Total

V10.4.1.1 Aulas del Río 237 60 297 6413 1604 8016

V10.4.1.2 Realización de jornadas y seminarios (5)

V10.4.1.3 Elaboración y difusión de material divulgativo (6)

V10.4.1 Sensibilización y divulgación para la conservación del medio acuático y la pesca recreativa 237 60 297 6413 1604 8016

V10.4.2.1 Elaboración de documentos explicativos de las necesidades de gestión (7)

V10.4.2.2 Divulgación de los resultados de la gestión del medio y las poblaciones pesqueras (8)

V10.4.2 Difusión de las conclusiones y resultados de las acciones del programa de gestión piscícola 0 0 0 0 0 0

V10.4.3.1 Implantación de nuevos sistemas de acceso a las licencias y permisos de pesca 1 0 1 18 0 18

V10.4.3.2 Diversificación y mejora de la información de interés para el colectivo de pescadores (9)

V10.4.3.3 Señalización y mejora de accesos a los tramos y márgenes de pesca 27 0 27 733 0 733

V10.4.3.4 Mantenimiento de infraestructuras para el pescador 120 0 120 3246 0 3246

V10.4.3.5 Adecuación de tramos para pescadores con minusvalías 13 4 17 361 90 451

V10.4.3 Atención al pescador 162 4 165 4357 90 4448

V10.4.4.1 Oferta de programas anuales de colaboración 0 0 0 0 0 0

V10.4.4.2 Líneas de subvención a la colaboración de las asociaciones de pescadores 94 0 94 2524 0 2524

V10.4.4 Colaboración con las asociaciones de pescadores 94 0 94 2524 0 2524

V10.4.5.1 Colaboración con los organismos y departamentos del sector turístico en la promoción de la pescarecreativa 0 0 0 0 0 0

V10.4.5.2 Establecimiento de cupos de permisos turísticos 0 0 0 0 0 0

V10.4.5 Fomento del turismo asociado a la pesca recreativa 0 0 0 0 0 0

V10.4 Sensibilización social para la conservación del medio acuático y fomento de la actividadpesquera 492 63 555 13294 1694 14988

Page 81: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

TABLA DE PRESUPUESTOS 13. Presupuesto por años de la línea de actuación V10.1 (millones de pesetas)2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007-13 2014-20 2021-27Código Línea de actuación – acciones - medidas

CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total

V10.1.1.1 Adaptación de las normativas y procedimientos vigentes 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.1.1.2 Elaboración y suscripción de convenios y protocolos con lasConfederaciones Hidrográficas 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.1.1.3 Revisión de las concesiones de caudal caducadas 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.1.1.4 Protección de la vegetación de ribera 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.1.1.5 Optimización de la Evaluación de Impacto Ambiental de actividadesreguladas 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.1.1 Establecimiento de medidas legales y protocolos defuncionamiento para la salvaguarda de los ecosistemas acuáticos 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.1.2.1 Restauración de la vegetación de ribera 30,0 30,0 30,0 30,0 54,0 54,0 50,0 50,0 80,0 80,0 88,0 88,0 480,0 480,0 480,0 480,0 480,0 480,0

V10.1.2.2 Creación, rehabilitación y defensa de zonas de freza 36,0 36,0 36,0 36,0 50,0 50,0 56,0 56,0 64,0 64,0 56,0 56,0 461,0 461,0 460,0 460,0 398,0 398,0

V10.1.2.3 Instalación de elementos de mejora del cauce y refugios para la faunapesquera 54,0 54,0 75,0 75,0 56,0 56,0 72,0 72,0 90,0 90,0 91,0 91,0 712,0 712,0 745,0 745,0 760,0 760,0

V10.1.2.4 Remoción de obstáculos infranqueables y/o instalación de pasos yescalas para peces 0,0 0,0 50,0 50,0 48,0 48,0 53,0 53,0 59,0 59,0 57,0 57,0 560,0 560,0 392,0 392,0 280,0 280,0

V10.1.2.5 Inclusión de tramos de conservación prioritaria en los planes desaneamiento 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.1.2.6 Evaluación y aplicación de caudales mínimos 15,0 21,4 20,0 28,6 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.1.2 Restauración y mejora del hábitat acuático y su entorno 135,0 141,4 211,0 219,6 208,0 208,0 231,0 231,0 293,0 293,0 292,0 292,0 2213,0 2213,0 2077,0 2077,0 1918,0 1918,0

V10.1.3.1 Zonas de salvaguarda ante actividades de extracción de áridos 3,0 3,0 3,0 3,0 3,0 3,0 1,0 1,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.1.3.2 Zonas de salvaguarda ante la ubicación de centros privados deacuicultura 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.1.3.3 Cursos y manuales de procedimiento para el personal de vigilancia delmedio acuático (1)

V10.1.3.4 Control de actividades autorizadas en el Dominio Público Hidráulico 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.1.3 Control de actividades potencialmente agresoras para losecosistemas acuáticos 3,0 3,0 3,0 3,0 3,0 3,0 1,0 1,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.1 Conservación, protección y restauración de los ecosistemasacuáticos 138,0 144,4 214,0 222,6 211,0 211,0 232,0 232,0 293,0 293,0 292,0 292,0 2213,0 2213,0 2077,0 2077,0 1918,0 1918,0

Page 82: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

TABLA DE PRESUPUESTOS 14. Presupuesto por años de la línea de actuación V10.1 (miles de euros)2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007-13 2014-20 2021-27Código Línea de actuación – acciones - medidas

CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total

V10.1.1.1 Adaptación de las normativas y procedimientos vigentes 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.1.1.2 Elaboración y suscripción de convenios y protocolos con lasConfederaciones Hidrográficas 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.1.1.3 Revisión de las concesiones de caudal caducadas 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.1.1.4 Protección de la vegetación de ribera 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.1.1.5 Optimización de la Evaluación de Impacto Ambiental de actividadesreguladas 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.1.1 Establecimiento de medidas legales y protocolos defuncionamiento para la salvaguarda de los ecosistemas acuáticos 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.1.2.1 Restauración de la vegetación de ribera 180 180 180 180 325 325 301 301 481 481 529 529 2885 2885 2885 2885 2885 2885

V10.1.2.2 Creación, rehabilitación y defensa de zonas de freza 216 216 216 216 301 301 337 337 385 385 337 337 2771 2771 2765 2765 2392 2392

V10.1.2.3 Instalación de elementos de mejora del cauce y refugios para la faunapesquera 325 325 451 451 337 337 433 433 541 541 547 547 4279 4279 4478 4478 4568 4568

V10.1.2.4 Remoción de obstáculos infranqueables y/o instalación de pasos yescalas para peces 0 0 301 301 288 288 319 319 355 355 343 343 3366 3366 2356 2356 1683 1683

V10.1.2.5 Inclusión de tramos de conservación prioritaria en los planes desaneamiento 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.1.2.6 Evaluación y aplicación de caudales mínimos 90 129 120 172 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.1.2 Restauración y mejora del hábitat acuático y su entorno 811 850 1268 1320 1250 1250 1388 1388 1761 1761 1755 1755 13300 13300 12483 12483 11527 11527

V10.1.3.1 Zonas de salvaguarda ante actividades de extracción de áridos 18 18 18 18 18 18 6 6 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.1.3.2 Zonas de salvaguarda ante la ubicación de centros privados deacuicultura 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.1.3.3 Cursos y manuales de procedimiento para el personal de vigilancia delmedio acuático (1)

V10.1.3.4 Control de actividades autorizadas en el Dominio Público Hidráulico 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.1.3 Control de actividades potencialmente agresoras para losecosistemas acuáticos 18 18 18 18 18 18 6 6 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.1 Conservación, protección y restauración de los ecosistemasacuáticos 829 868 1286 1338 1268 1268 1394 1394 1761 1761 1755 1755 13300 13300 12483 12483 11527 11527

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TABLA DE PRESUPUESTOS 15. Presupuesto por años de la línea de actuación V10.2 (millones de pesetas)2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007-13 2014-20 2021-27Código Línea de actuación – acciones - medidas

CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total

V10.2.1.1 Desarrollo reglamentario de la Ley 6/1992 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.2.1.2 Coordinación con el Plan de Ordenación de los Recursos Acuáticosprevisto en la Ley 6/1992 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.2.1.3 Armonización normativa con otras disposiciones 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.2.1.4 Aplicación del Registro de infractores e inhabilitados 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.2.1.5 Regulación de actividades deportivas en el medio acuático 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.2.1 Adecuación del marco normativo 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.2.2.1 Programa de conservación genética de la trucha común (2)

V10.2.2.2 Programa de producción y repoblación de salmónidos 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.2.2.3 Planes de gestión de los cangrejos de río 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.2.2.4 Planes de Conservación de fauna acuática amenazada 3,0 3,0 2,0 2,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.2.2.5 Planes de gestión de zonas ciprinícolas 7,0 7,0 11,0 11,0 6,0 6,0 6,0 6,0 6,0 6,0 6,0 6,0 56,0 56,0 56,0 56,0 56,0 56,0

V10.2.2.6 Planes de gestión de especies de aprovechamiento secundario 3,0 3,0 3,0 3,0 3,0 3,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.2.2 Planificación de la gestión de las poblaciones pesqueras 13,0 13,0 16,0 16,0 9,0 9,0 6,0 6,0 6,0 6,0 6,0 6,0 56,0 56,0 56,0 56,0 56,0 56,0

V10.2.3.1 Elaboración de criterios de prioridad y revisión de los estudioshidrobiológicos 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.2.3.2 Realización de estudios hidrobiológicos 16,0 16,0 15,0 15,0 10,0 10,0 10,0 10,0 10,0 10,0 10,0 10,0 168,0 168,0 224,0 224,0 280,0 280,0

V10.2.3.3 Elaboración y aprobación de planes de gestión y planes técnicos 20,0 20,0 15,0 15,0 15,0 15,0 10,0 10,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.2.3.4 Coordinación de la gestión de la pesca en los Espacios NaturalesProtegidos 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.2.3 Planificación de la gestión del medio acuático 36,0 36,0 30,0 30,0 25,0 25,0 20,0 20,0 10,0 10,0 10,0 10,0 168,0 168,0 224,0 224,0 280,0 280,0

V10.2.4.1 Análisis y procesamiento en bases georreferenciadas de la informaciónpiscícola 4,0 4,0 5,0 5,0 10,0 10,0 10,0 10,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.2.4 Puesta en valor de la información técnica disponible 4,0 4,0 5,0 5,0 10,0 10,0 10,0 10,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.2.5.1 Plan director de ubicación de centros privados de acuicultura 5,0 5,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.2.5 Ordenación de la acuicultura privada 5,0 5,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.2.6.1 Necesidades de personal técnico y de vigilancia 3,0 3,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.2.6.2 Necesidades de formación e información para el personal técnico y devigilancia (3)

V10.2.6 Evaluación de las necesidades de medios humanos 3,0 3,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.2 Definición del marco de actuación de la gestión pesquera 61,0 61,0 51,0 51,0 44,0 44,0 36,0 36,0 16,0 16,0 16,0 16,0 224,0 224,0 280,0 280,0 336,0 336,0

Page 84: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

TABLA DE PRESUPUESTOS 16. Presupuesto por años de la línea de actuación V10.2 (miles de euros)2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007-13 2014-20 2021-27Código Línea de actuación – acciones - medidas

CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total

V10.2.1.1 Desarrollo reglamentario de la Ley 6/1992 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.2.1.2 Coordinación con el Plan de Ordenación de los Recursos Acuáticosprevisto en la Ley 6/1992 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.2.1.3 Armonización normativa con otras disposiciones 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.2.1.4 Aplicación del Registro de infractores e inhabilitados 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.2.1.5 Regulación de actividades deportivas en el medio acuático 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.2.1 Adecuación del marco normativo 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.2.2.1 Programa de conservación genética de la trucha común (2)

V10.2.2.2 Programa de producción y repoblación de salmónidos 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.2.2.3 Planes de gestión de los cangrejos de río 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.2.2.4 Planes de Conservación de fauna acuática amenazada 18 18 12 12 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.2.2.5 Planes de gestión de zonas ciprinícolas 42 42 66 66 36 36 36 36 36 36 36 36 337 337 337 337 337 337

V10.2.2.6 Planes de gestión de especies de aprovechamiento secundario 18 18 18 18 18 18 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.2.2 Planificación de la gestión de las poblaciones pesqueras 78 78 96 96 54 54 36 36 36 36 36 36 337 337 337 337 337 337

V10.2.3.1 Elaboración de criterios de prioridad y revisión de los estudioshidrobiológicos 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.2.3.2 Realización de estudios hidrobiológicos 96 96 90 90 60 60 60 60 60 60 60 60 1010 1010 1346 1346 1683 1683

V10.2.3.3 Elaboración y aprobación de planes de gestión y planes técnicos 120 120 90 90 90 90 60 60 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.2.3.4 Coordinación de la gestión de la pesca en los Espacios NaturalesProtegidos 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.2.3 Planificación de la gestión del medio acuático 216 216 180 180 150 150 120 120 60 60 60 60 1010 1010 1346 1346 1683 1683

V10.2.4.1 Análisis y procesamiento en bases georreferenciadas de la informaciónpiscícola 24 24 30 30 60 60 60 60 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.2.4 Puesta en valor de la información técnica disponible 24 24 30 30 60 60 60 60 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.2.5.1 Plan director de ubicación de centros privados de acuicultura 30 30 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.2.5 Ordenación de la acuicultura privada 30 30 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.2.6.1 Necesidades de personal técnico y de vigilancia 18 18 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.2.6.2 Necesidades de formación e información para el personal técnico y devigilancia (3)

V10.2.6 Evaluación de las necesidades de medios humanos 18 18 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.2 Definición del marco de actuación de la gestión pesquera 367 367 307 307 264 264 216 216 96 96 96 96 1346 1346 1683 1683 2019 2019

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TABLA DE PRESUPUESTOS 17. Presupuesto por años de la línea de actuación V10.3 (millones de pesetas)2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007-13 2014-20 2021-27Código Línea de actuación – acciones - medidas

CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total

V10.3.1.1 Difusión de los planes de gestión y planes técnicos a otros organismosimplicados en la gestión del agua 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.3.1.2 Adecuación del régimen de gestión de tramos 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.3.1.3 Optimización de las medidas de gestión en una subcuenca modelo 32,0 40,0 32,0 40,0 40,0 50,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.3.1.4 Seguimiento de las capturas y otros resultados de pesca 8,0 8,0 8,0 8,0 8,0 8,0 8,0 8,0 10,0 10,0 10,0 10,0 82,0 82,0 82,0 82,0 82,0 82,0

V10.3.1.5 Control de tramos con aprovechamiento privado de pesca 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.3.1 Aplicación de las directrices técnico-administrativas de los planesde gestión y planes técnicos 40,0 48,0 40,0 48,0 48,0 58,0 8,0 8,0 10,0 10,0 10,0 10,0 82,0 82,0 82,0 82,0 82,0 82,0

V10.3.2.1 Declaración de zonas de protección de la diversidad genética de latrucha común 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.3.2.2 Restauración de poblaciones de trucha común 42,0 52,5 28,0 35,0 60,0 75,0 45,0 56,3 38,0 47,5 35,0 43,8 300,0 375,0 300,0 375,0 300,0 375,0

V10.3.2.3 Reintroducción de especies 7,0 8,8 6,0 7,5 10,0 12,5 10,0 12,5 12,0 15,0 12,0 15,0 70,0 87,5 80,0 100,0 90,0 112,5

V10.3.2.4 Repoblaciones experimentales de cangrejo autóctono 0,0 0,0 1,0 1,3 3,0 3,8 3,0 3,8 5,0 6,3 5,0 6,3 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.3.2.5 Seguimiento sanitario de las poblaciones pesqueras 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.3.2.6 Control de especies pesqueras no deseables 10,0 12,5 10,0 12,5 10,0 12,5 10,0 12,5 10,0 12,5 10,0 12,5 84,0 105,0 90,0 112,5 100,0 125,0

V10.3.2 Mejora de las poblaciones pesqueras 59,0 73,8 45,0 56,3 83,0 103,8 68,0 85,0 65,0 81,3 62,0 77,5 680,8 567,5 470,0 587,5 490,0 612,5

V10.3.3.1 Establecimiento de líneas seleccionadas de reproductores 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.3.3.2 Adquisición, construcción y/o mejora de centros oficiales de acuicultura 7,8 62,5 3,1 25,0 2,3 18,8 1,6 12,5 1,6 12,5 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.3.3 Adecuación de la gestión a las piscifactorías y astacifactoríasoficiales 7,8 62,5 3,1 25,0 2,3 18,8 1,6 12,5 1,6 12,5 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.3.4.1 Control e inspección de los centros de acuicultura y viveros de pescarecreativa 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.3.4.2 Gestión de ayudas finalistas para los centros privados de acuicultura 2,9 115,0 4,3 172,0 2,2 86,0 2,9 115,0 2,2 86,0 2,9 115,0 12,5 500,0 13,8 550,0 15,0 600,0

V10.3.4 Supervisión y ayudas a los centros privados de acuicultura yviveros de pesca recreativa 2,9 115,0 4,3 172,0 2,2 86,0 2,9 115,0 2,2 86,0 2,9 115,0 12,5 500,0 13,8 550,0 15,0 600,0

V10.3.5.1 Adscripción de medios de vigilancia a las necesidades de cadasubcuenca 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.3.5.2 Aplicación de una experiencia piloto de colaboración con el SEPRONAde la Guardia Civil 10,0 10,0 10,0 10,0 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.3.5.3 Desarrollo de cursos de formación para técnicos y personal de vigilancia (4)

V10.3.5.4 Acceso a información científica y técnica para la gestión de la pesca 3,0 3,0 3,0 3,0 4,0 4,0 4,0 4,0 5,0 5,0 5,0 5,0 35,0 35,0 40,0 40,0 45,0 45,0

V10.3.5.5 Dotación al personal de vigilancia de manuales y protocolos deintervención 2,0 2,0 2,0 2,0 3,0 3,0 5,0 5,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.3.5 Dotación de medios para la gestión de la pesca 15,0 15,0 15,0 15,0 22,0 22,0 24,0 24,0 20,0 20,0 20,0 20,0 35,0 35,0 40,0 40,0 45,0 45,0

V10.3 Aplicación de la gestión de las poblaciones acuícolas 124,7 314,3 107,4 316,3 157,5 288,5 104,4 244,5 98,7 209,8 94,9 222,5 583,5 1184,5 605,8 1259,5 632,0 1339,5

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TABLA DE PRESUPUESTOS 18. Presupuesto por años de la línea de actuación V10.3 (miles de euros)2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007-13 2014-20 2021-27Código Línea de actuación – acciones - medidas

CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total

V10.3.1.1 Difusión de los planes de gestión y planes técnicos a otros organismosimplicados en la gestión del agua 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.3.1.2 Adecuación del régimen de gestión de tramos 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.3.1.3 Optimización de las medidas de gestión en una subcuenca modelo 192 240 192 240 240 301 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.3.1.4 Seguimiento de las capturas y otros resultados de pesca 48 48 48 48 48 48 48 48 60 60 60 60 493 493 493 493 493 493

V10.3.1.5 Control de tramos con aprovechamiento privado de pesca 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.3.1 Aplicación de las directrices técnico-administrativas de los planesde gestión y planes técnicos 240 288 240 288 288 349 48 48 60 60 60 60 493 493 493 493 493 493

V10.3.2.1 Declaración de zonas de protección de la diversidad genética de latrucha común 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.3.2.2 Restauración de poblaciones de trucha común 252 316 168 210 361 451 270 338 228 285 210 263 1803 2254 1803 2254 1803 2254

V10.3.2.3 Reintroducción de especies 42 53 36 45 60 75 60 75 72 90 72 90 421 526 481 601 541 676

V10.3.2.4 Repoblaciones experimentales de cangrejo autóctono 0 0 6 8 18 23 18 23 30 38 30 38 0 0 0 0 0 0

V10.3.2.5 Seguimiento sanitario de las poblaciones pesqueras 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.3.2.6 Control de especies pesqueras no deseables 60 75 60 75 60 75 60 75 60 75 60 75 505 631 541 676 601 751

V10.3.2 Mejora de las poblaciones pesqueras 355 444 270 338 499 624 409 511 391 489 373 466 4092 3411 2825 3531 2945 3681

V10.3.3.1 Establecimiento de líneas seleccionadas de reproductores 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.3.3.2 Adquisición, construcción y/o mejora de centros oficiales de acuicultura 47 376 19 150 14 113 9 75 9 75 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.3.3 Adecuación de la gestión a las piscifactorías y astacifactoríasoficiales 47 376 19 150 14 113 9 75 9 75 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.3.4.1 Control e inspección de los centros de acuicultura y viveros de pescarecreativa 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.3.4.2 Gestión de ayudas finalistas para los centros privados de acuicultura 17 691 26 1034 13 517 17 691 13 517 17 691 75 3005 83 3306 90 3606

V10.3.4 Supervisión y ayudas a los centros privados de acuicultura yviveros de pesca recreativa 17 691 26 1034 13 517 17 691 13 517 17 691 75 3005 83 3306 90 3606

V10.3.5.1 Adscripción de medios de vigilancia a las necesidades de cadasubcuenca 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.3.5.2 Aplicación de una experiencia piloto de colaboración con el SEPRONAde la Guardia Civil 60 60 60 60 90 90 90 90 90 90 90 90 0 0 0 0 0 0

V10.3.5.3 Desarrollo de cursos de formación para técnicos y personal de vigilancia (4)

V10.3.5.4 Acceso a información científica y técnica para la gestión de la pesca 18 18 18 18 24 24 24 24 30 30 30 30 210 210 240 240 270 270

V10.3.5.5 Dotación al personal de vigilancia de manuales y protocolos deintervención 12 12 12 12 18 18 30 30 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.3.5 Dotación de medios para la gestión de la pesca 90 90 90 90 132 132 144 144 120 120 120 120 210 210 240 240 270 270

V10.3 Aplicación de la gestión de las poblaciones acuícolas 749 1889 646 1901 947 1734 628 1469 593 1261 570 1337 3507 7119 3641 7570 3798 8051

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TABLA DE PRESUPUESTOS 19. Presupuesto medio anual y total de la línea de actuación V10.4 (millones de pesetas)2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007-13 2014-20 2021-27Código Línea de actuación – acciones - medidas

CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total

V10.4.1.1 Aulas del Río 65,0 81,3 30,0 37,5 32,0 40,0 32,0 40,0 34,0 42,5 34,0 42,5 252,0 315,0 280,0 350,0 308,0 385,0

V10.4.1.2 Realización de jornadas y seminarios (5)

V10.4.1.3 Elaboración y difusión de material divulgativo (6)

V10.4.1 Sensibilización y divulgación para la conservación del medioacuático y la pesca recreativa 65,0 81,3 30,0 37,5 32,0 40,0 32,0 40,0 34,0 42,5 34,0 42,5 252,0 315,0 280,0 350,0 308,0 385,0

V10.4.2.1 Elaboración de documentos explicativos de las necesidades de gestión (7)

V10.4.2.2 Divulgación de los resultados de la gestión del medio y las poblacionespesqueras (8)

V10.4.2 Difusión de las conclusiones y resultados de las acciones delprograma de gestión piscícola

V10.4.3.1 Implantación de nuevos sistemas de acceso a las licencias y permisosde pesca 3,0 3,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.4.3.2 Diversificación y mejora de la información de interés para el colectivo depescadores (9)

V10.4.3.3 Señalización y mejora de accesos a los tramos y márgenes de pesca 3,0 3,0 3,0 3,0 5,0 5,0 7,0 7,0 7,0 7,0 7,0 7,0 30,0 30,0 30,0 30,0 30,0 30,0

V10.4.3.4 Mantenimiento de infraestructuras para el pescador 20,0 20,0 20,0 20,0 20,0 20,0 20,0 20,0 20,0 20,0 20,0 20,0 140,0 140,0 140,0 140,0 140,0 140,0

V10.4.3.5 Adecuación de tramos para pescadores con minusvalías 15,0 18,8 15,0 18,8 15,0 18,8 15,0 18,8 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.4.3 Atención al pescador 41,0 44,8 38,0 41,8 40,0 43,8 42,0 45,8 27,0 27,0 27,0 27,0 170,0 170,0 170,0 170,0 170,0 170,0

V10.4.4.1 Oferta de programas anuales de colaboración 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.4.4.2 Líneas de subvención a la colaboración de las asociaciones depescadores 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 105,0 105,0 110,0 110,0 115,0 115,0

V10.4.4 Colaboración con las asociaciones de pescadores 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 15,0 105,0 105,0 110,0 110,0 115,0 115,0

V10.4.5.1 Colaboración con los organismos y departamentos del sector turístico enla promoción de la pesca recreativa 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.4.5.2 Establecimiento de cupos de permisos turísticos 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.4.5 Fomento del turismo asociado a la pesca recreativa 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.4 Sensibilización social para la conservación del medio acuático yfomento de la actividad pesquera 121,0 11,3 83,0 94,3 87,0 98,8 89,0 100,8 76,0 84,5 76,0 84,5 527,0 590,0 560,0 630,0 593,0 785,0

Page 88: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

TABLA DE PRESUPUESTOS 20. Presupuesto medio anual y total de la línea de actuación V10.4 (miles de euros)2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007-13 2014-20 2021-27Código Línea de actuación – acciones - medidas

CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total CMA Total

V10.4.1.1 Aulas del Río 391 489 180 225 192 240 192 240 204 255 204 255 1515 1893 1683 2104 1851 2314

V10.4.1.2 Realización de jornadas y seminarios (5)

V10.4.1.3 Elaboración y difusión de material divulgativo (6)

V10.4.1 Sensibilización y divulgación para la conservación del medioacuático y la pesca recreativa 391 489 180 225 192 240 192 240 204 255 204 255 1515 1893 1683 2104 1851 2314

V10.4.2.1 Elaboración de documentos explicativos de las necesidades de gestión (7)

V10.4.2.2 Divulgación de los resultados de la gestión del medio y las poblacionespesqueras (8)

V10.4.2 Difusión de las conclusiones y resultados de las acciones delprograma de gestión piscícola

V10.4.3.1 Implantación de nuevos sistemas de acceso a las licencias y permisosde pesca 18 18 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.4.3.2 Diversificación y mejora de la información de interés para el colectivo depescadores (9)

V10.4.3.3 Señalización y mejora de accesos a los tramos y márgenes de pesca 18 18 18 18 30 30 42 42 42 42 42 42 180 180 180 180 180 180

V10.4.3.4 Mantenimiento de infraestructuras para el pescador 120 120 120 120 120 120 120 120 120 120 120 120 841 841 841 841 841 841

V10.4.3.5 Adecuación de tramos para pescadores con minusvalías 90 113 90 113 90 113 90 113 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.4.3 Atención al pescador 246 269 228 251 240 263 252 275 162 162 162 162 1022 1022 1022 1022 1022 1022

V10.4.4.1 Oferta de programas anuales de colaboración 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.4.4.2 Líneas de subvención a la colaboración de las asociaciones depescadores 90 90 90 90 90 90 90 90 90 90 90 90 631 631 661 661 691 691

V10.4.4 Colaboración con las asociaciones de pescadores 90 90 90 90 90 90 90 90 90 90 90 90 631 631 661 661 691 691

V10.4.5.1 Colaboración con los organismos y departamentos del sector turístico enla promoción de la pesca recreativa 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.4.5.2 Establecimiento de cupos de permisos turísticos 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.4.5 Fomento del turismo asociado a la pesca recreativa 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.4 Sensibilización social para la conservación del medio acuático yfomento de la actividad pesquera 727 68 499 567 523 594 535 606 457 508 457 508 3167 3546 3366 3786 3564 4718

Page 89: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

TABLA DE PRESUPUESTOS 21. Presupuesto medio anual por provincias de la línea de actuación V10.1 (millones de pesetas). SP = suma provincias; SD = sin distribución provincial

Código Línea de actuación – acciones - medidas Ávila Burgos León Palencia Salamanca Segovia Soria Valladolid Zamora SP SD Total

V10.1.1.1 Adaptación de las normativas y procedimientos vigentes 0,0 0,0

V10.1.1.2 Elaboración y suscripción de convenios y protocolos con lasConfederaciones Hidrográficas 0,0 0,0

V10.1.1.3 Revisión de las concesiones de caudal caducadas 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.1.1.4 Protección de la vegetación de ribera 0,0 0,0

V10.1.1.5 Optimización de la Evaluación de Impacto Ambiental de actividadesreguladas 0,0 0,0

V10.1.1 Establecimiento de medidas legales y protocolos de funcionamientopara la salvaguarda de los ecosistemas acuáticos 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.1.2.1 Restauración de la vegetación de ribera 7,0 7,4 9,4 7,3 6,6 7,6 7,1 6,4 6,8 65,6 65,6

V10.1.2.2 Creación, rehabilitación y defensa de zonas de freza 7,9 9,0 9,8 9,2 5,3 5,5 6,6 0,0 6,6 59,9 59,9

V10.1.2.3 Instalación de elementos de mejora del cauce y refugios para la faunapesquera 11,4 15,5 16,9 15,1 8,8 9,0 9,9 0,0 11,7 98,3 98,3

V10.1.2.4 Remoción de obstáculos infranqueables y/o instalación de pasos yescalas para peces 6,9 8,0 7,2 6,4 6,6 7,5 6,4 0,0 6,4 55,5 55,5

V10.1.2.5 Inclusión de tramos de conservación prioritaria en los planes desaneamiento 0,0 0,0

V10.1.2.6 Evaluación y aplicación de caudales mínimos 0,2 0,6 0,7 0,0 0,0 0,2 0,1 0,0 0,1 1,9 1,9

V10.1.2 Restauración y mejora del hábitat acuático y su entorno 33,4 40,5 44,0 38,0 27,3 29,7 30,2 6,4 31,6 281,2 0,0 281,2

V10.1.3.1 Zonas de salvaguarda ante actividades de extracción de áridos 0,4 0,4

V10.1.3.2 Zonas de salvaguarda ante la ubicación de centros privados deacuicultura 0,0 0,0

V10.1.3.3 Cursos y manuales de procedimiento para el personal de vigilancia delmedio acuático (1)

V10.1.3.4 Control de actividades autorizadas en el Dominio Público Hidráulico 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.1.3 Control de actividades potencialmente agresoras para losecosistemas acuáticos 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,4 0,4

V10.1 Conservación, protección y restauración de los ecosistemasacuáticos 33,4 40,5 44,0 38,0 27,3 29,7 30,2 6,4 31,6 281,2 0,4 281,6

Page 90: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

TABLA DE PRESUPUESTOS 22. Presupuesto medio anual por provincias de la línea de actuación V10.1 (miles de euros). SP = suma provincias; SD = sin distribución provincial

Código Línea de actuación – acciones - medidas Ávila Burgos León Palencia Salamanca Segovia Soria Valladolid Zamora SP SD Total

V10.1.1.1 Adaptación de las normativas y procedimientos vigentes 0 0

V10.1.1.2 Elaboración y suscripción de convenios y protocolos con lasConfederaciones Hidrográficas 0 0

V10.1.1.3 Revisión de las concesiones de caudal caducadas 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.1.1.4 Protección de la vegetación de ribera 0 0

V10.1.1.5 Optimización de la Evaluación de Impacto Ambiental de actividadesreguladas 0 0

V10.1.1 Establecimiento de medidas legales y protocolos de funcionamientopara la salvaguarda de los ecosistemas acuáticos 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.1.2.1 Restauración de la vegetación de ribera 42 44 56 44 40 46 43 38 41 394 394

V10.1.2.2 Creación, rehabilitación y defensa de zonas de freza 47 54 59 55 32 33 40 0 40 360 360

V10.1.2.3 Instalación de elementos de mejora del cauce y refugios para la faunapesquera 69 93 102 91 53 54 60 0 70 591 591

V10.1.2.4 Remoción de obstáculos infranqueables y/o instalación de pasos yescalas para peces 41 48 43 38 40 45 38 0 38 334 334

V10.1.2.5 Inclusión de tramos de conservación prioritaria en los planes desaneamiento 0 0

V10.1.2.6 Evaluación y aplicación de caudales mínimos 1 4 4 0 0 1 1 0 1 11 11

V10.1.2 Restauración y mejora del hábitat acuático y su entorno 201 243 264 228 164 179 182 38 190 1690 0 1690

V10.1.3.1 Zonas de salvaguarda ante actividades de extracción de áridos 2 2

V10.1.3.2 Zonas de salvaguarda ante la ubicación de centros privados deacuicultura 0 0

V10.1.3.3 Cursos y manuales de procedimiento para el personal de vigilancia delmedio acuático (1)

V10.1.3.4 Control de actividades autorizadas en el Dominio Público Hidráulico 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.1.3 Control de actividades potencialmente agresoras para losecosistemas acuáticos 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 2 2

V10.1 Conservación, protección y restauración de los ecosistemasacuáticos 201 243 264 228 164 179 182 38 190 1690 2 1692

Page 91: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

TABLA DE PRESUPUESTOS 23. Presupuesto medio anual por provincias de la línea de actuación V10.2 (millones de pesetas). SP = suma provincias; SD = sin distribución provincial

Código Línea de actuación – acciones - medidas Ávila Burgos León Palencia Salamanca Segovia Soria Valladolid Zamora SP SD Total

V10.2.1.1 Desarrollo reglamentario de la Ley 6/1992 0,0 0,0

V10.2.1.2 Coordinación con el Plan de Ordenación de los Recursos Acuáticosprevisto en la Ley 6/1992 0,0 0,0

V10.2.1.3 Armonización normativa con otras disposiciones 0,0 0,0

V10.2.1.4 Aplicación del Registro de infractores e inhabilitados 0,0 0,0

V10.2.1.5 Regulación de actividades deportivas en el medio acuático 0,0 0,0

V10.2.1 Adecuación del marco normativo 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.2.2.1 Programa de conservación genética de la trucha común (2)

V10.2.2.2 Programa de producción y repoblación de salmónidos 0,0 0,0

V10.2.2.3 Planes de gestión de los cangrejos de río 0,0 0,0

V10.2.2.4 Planes de Conservación de fauna acuática amenazada 0,2 0,2

V10.2.2.5 Planes de gestión de zonas ciprinícolas 1,2 0,5 0,6 0,6 1,1 0,6 0,3 1,7 1,2 7,8 7,8

V10.2.2.6 Planes de gestión de especies de aprovechamiento secundario 0,3 0,3

V10.2.2 Planificación de la gestión de las poblaciones pesqueras 1,2 0,5 0,6 0,6 1,1 0,6 0,3 1,7 1,2 7,8 0,5 8,3

V10.2.3.1 Elaboración de criterios de prioridad y revisión de los estudioshidrobiológicos 0,0 0,0

V10.2.3.2 Realización de estudios hidrobiológicos 2,7 4,6 5,6 4,0 2,7 3,1 2,4 0,0 2,3 27,5 27,5

V10.2.3.3 Elaboración y aprobación de planes de gestión y planes técnicos 0,3 0,4 0,7 0,3 0,1 0,1 0,1 0,0 0,2 2,2 2,2

V10.2.3.4 Coordinación de la gestión de la pesca en los Espacios NaturalesProtegidos 0,0 0,0

V10.2.3 Planificación de la gestión del medio acuático 3,0 5,0 6,3 4,3 2,9 3,2 2,6 0,0 2,5 29,7 0,0 29,7

V10.2.4.1 Análisis y procesamiento en bases georreferenciadas de la informaciónpiscícola 1,1 1,1

V10.2.4 Puesta en valor de la información técnica disponible 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 1,1 1,1

V10.2.5.1 Plan director de ubicación de centros privados de acuicultura 0,2 0,2

V10.2.5 Ordenación de la acuicultura privada 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,2 0,2

V10.2.6.1 Necesidades de personal técnico y de vigilancia 0,1 0,1

V10.2.6.2 Necesidades de formación e información para el personal técnico y devigilancia (3)

V10.2.6 Evaluación de las necesidades de medios humanos 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,1 0,1

V10.2 Definición del marco de actuación de la gestión pesquera 4,2 5,5 6,8 4,9 4,0 3,8 2,9 1,7 3,7 37,5 1,9 39,4

Page 92: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

TABLA DE PRESUPUESTOS 24. Presupuesto medio anual por provincias de la línea de actuación V10.2 (miles de euros). SP = suma provincias; SD = sin distribución provincial

Código Línea de actuación – acciones - medidas Ávila Burgos León Palencia Salamanca Segovia Soria Valladolid Zamora SP SD Total

V10.2.1.1 Desarrollo reglamentario de la Ley 6/1992 0 0

V10.2.1.2 Coordinación con el Plan de Ordenación de los Recursos Acuáticosprevisto en la Ley 6/1992 0 0

V10.2.1.3 Armonización normativa con otras disposiciones 0 0

V10.2.1.4 Aplicación del Registro de infractores e inhabilitados 0 0

V10.2.1.5 Regulación de actividades deportivas en el medio acuático 0 0

V10.2.1 Adecuación del marco normativo 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.2.2.1 Programa de conservación genética de la trucha común (2)

V10.2.2.2 Programa de producción y repoblación de salmónidos 0 0

V10.2.2.3 Planes de gestión de los cangrejos de río 0 0

V10.2.2.4 Planes de Conservación de fauna acuática amenazada 1 1

V10.2.2.5 Planes de gestión de zonas ciprinícolas 7 3 4 4 7 4 2 10 7 47 47

V10.2.2.6 Planes de gestión de especies de aprovechamiento secundario 2 2

V10.2.2 Planificación de la gestión de las poblaciones pesqueras 7 3 4 4 7 4 2 10 7 47 3 50

V10.2.3.1 Elaboración de criterios de prioridad y revisión de los estudioshidrobiológicos 0 0

V10.2.3.2 Realización de estudios hidrobiológicos 16 28 34 24 16 19 14 0 14 165 165

V10.2.3.3 Elaboración y aprobación de planes de gestión y planes técnicos 2 2 4 2 1 1 1 0 1 13 13

V10.2.3.4 Coordinación de la gestión de la pesca en los Espacios NaturalesProtegidos 0 0

V10.2.3 Planificación de la gestión del medio acuático 18 30 38 26 17 19 16 0 15 179 0 179

V10.2.4.1 Análisis y procesamiento en bases georreferenciadas de la informaciónpiscícola 7 7

V10.2.4 Puesta en valor de la información técnica disponible 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 7 7

V10.2.5.1 Plan director de ubicación de centros privados de acuicultura 1 1

V10.2.5 Ordenación de la acuicultura privada 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1 1

V10.2.6.1 Necesidades de personal técnico y de vigilancia 1 1

V10.2.6.2 Necesidades de formación e información para el personal técnico y devigilancia (3)

V10.2.6 Evaluación de las necesidades de medios humanos 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1 1

V10.2 Definición del marco de actuación de la gestión pesquera 25 33 41 29 24 23 17 10 22 225 11 237

Page 93: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

TABLA DE PRESUPUESTOS 25. Presupuesto medio anual por provincias de la línea de actuación V10.3 (millones de pesetas). SP = suma provincias; SD = sin distribución provincial

Código Línea de actuación – acciones - medidas Ávila Burgos León Palencia Salamanca Segovia Soria Valladolid Zamora SP SD Total

V10.3.1.1 Difusión de los planes de gestión y planes técnicos a otros organismosimplicados en la gestión del agua 0,0 0,0

V10.3.1.2 Adecuación del régimen de gestión de tramos 0,0 0,0

V10.3.1.3 Optimización de las medidas de gestión en una subcuenca modelo 0,0 1,5 1,9 1,5 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 4,8 4,8

V10.3.1.4 Seguimiento de las capturas y otros resultados de pesca 1,2 1,6 1,9 1,4 1,2 1,2 1,2 0,0 1,2 11,0 11,0

V10.3.1.5 Control de tramos con aprovechamiento privado de pesca 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.3.1 Aplicación de las directrices técnico-administrativas de los planesde gestión y planes técnicos 1,2 3,1 3,7 2,9 1,2 1,2 1,2 0,0 1,2 15,9 0,0 15,9

V10.3.2.1 Declaración de zonas de protección de la diversidad genética de latrucha común 0,0 0,0

V10.3.2.2 Restauración de poblaciones de trucha común 6,7 6,8 7,9 7,1 6,6 5,7 6,4 0,0 6,1 53,1 53,1

V10.3.2.3 Reintroducción de especies 2,5 0,0 2,4 2,3 2,3 0,0 0,0 1,9 2,4 13,8 13,8

V10.3.2.4 Repoblaciones experimentales de cangrejo autóctono 0,0 0,4 0,0 0,4 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,8 0,8

V10.3.2.5 Seguimiento sanitario de las poblaciones pesqueras 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.3.2.6 Control de especies pesqueras no deseables 0,0 0,0 5,0 0,0 5,4 0,0 0,0 0,0 5,0 15,5 15,5

V10.3.2 Mejora de las poblaciones pesqueras 9,2 7,1 15,3 9,8 14,3 5,7 6,4 1,9 13,5 83,1 0,0 83,1

V10.3.3.1 Establecimiento de líneas seleccionadas de reproductores 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.3.3.2 Adquisición, construcción y/o mejora de centros oficiales de acuicultura 1,4 1,6 0,2 0,2 0,9 0,0 0,6 0,0 0,0 4,9 4,9

V10.3.3 Adecuación de la gestión a las piscifactorías y astacifactoríasoficiales 1,4 1,6 0,2 0,2 0,9 0,0 0,6 0,0 0,0 4,9 0,0 4,9

V10.3.4.1 Control e inspección de los centros de acuicultura y viveros de pescarecreativa 0,0 0,0

V10.3.4.2 Gestión de ayudas finalistas para los centros privados de acuicultura 86,6 86,6

V10.3.4 Supervisión y ayudas a los centros privados de acuicultura yviveros de pesca recreativa 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 86,6 86,6

V10.3.5.1 Adscripción de medios de vigilancia a las necesidades de cadasubcuenca 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.3.5.2 Aplicación de una experiencia piloto de colaboración con el SEPRONAde la Guardia Civil 0,0 0,0 0,0 3,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 3,0 3,0

V10.3.5.3 Desarrollo de cursos de formación para técnicos y personal de vigilancia (4)

V10.3.5.4 Acceso a información científica y técnica para la gestión de la pesca 5,3 5,3

V10.3.5.5 Dotación al personal de vigilancia de manuales y protocolos deintervención 0,4 0,4

V10.3.5 Dotación de medios para la gestión de la pesca 0,0 0,0 0,0 3,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 3,0 5,8 8,7

V10.3 Aplicación de la gestión de las poblaciones acuícolas 11,8 11,9 19,2 15,8 16,4 6,9 8,2 1,9 14,8 106,8 92,4 199,2

Page 94: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

TABLA DE PRESUPUESTOS 26. Presupuesto medio anual por provincias de la línea de actuación V10.3 (miles de euros). SP = suma provincias; SD = sin distribución provincial

Código Línea de actuación – acciones - medidas Ávila Burgos León Palencia Salamanca Segovia Soria Valladolid Zamora SP SD Total

V10.3.1.1 Difusión de los planes de gestión y planes técnicos a otros organismosimplicados en la gestión del agua 0 0

V10.3.1.2 Adecuación del régimen de gestión de tramos 0 0

V10.3.1.3 Optimización de las medidas de gestión en una subcuenca modelo 0 9 11 9 0 0 0 0 0 29 29

V10.3.1.4 Seguimiento de las capturas y otros resultados de pesca 7 10 11 8 7 7 7 0 7 66 66

V10.3.1.5 Control de tramos con aprovechamiento privado de pesca 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.3.1 Aplicación de las directrices técnico-administrativas de los planesde gestión y planes técnicos 7 19 22 17 7 7 7 0 7 96 0 96

V10.3.2.1 Declaración de zonas de protección de la diversidad genética de latrucha común 0 0

V10.3.2.2 Restauración de poblaciones de trucha común 40 41 47 43 40 34 38 0 37 319 319

V10.3.2.3 Reintroducción de especies 15 0 14 14 14 0 0 11 14 83 83

V10.3.2.4 Repoblaciones experimentales de cangrejo autóctono 0 2 0 2 0 0 0 0 0 5 5

V10.3.2.5 Seguimiento sanitario de las poblaciones pesqueras 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.3.2.6 Control de especies pesqueras no deseables 0 0 30 0 32 0 0 0 30 93 93

V10.3.2 Mejora de las poblaciones pesqueras 55 43 92 59 86 34 38 11 81 499 0 499

V10.3.3.1 Establecimiento de líneas seleccionadas de reproductores 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.3.3.2 Adquisición, construcción y/o mejora de centros oficiales de acuicultura 8 10 1 1 5 0 4 0 0 29 29

V10.3.3 Adecuación de la gestión a las piscifactorías y astacifactoríasoficiales 8 10 1 1 5 0 4 0 0 29 0 29

V10.3.4.1 Control e inspección de los centros de acuicultura y viveros de pescarecreativa 0 0

V10.3.4.2 Gestión de ayudas finalistas para los centros privados de acuicultura 520 520

V10.3.4 Supervisión y ayudas a los centros privados de acuicultura yviveros de pesca recreativa 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 520 520

V10.3.5.1 Adscripción de medios de vigilancia a las necesidades de cadasubcuenca 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.3.5.2 Aplicación de una experiencia piloto de colaboración con el SEPRONAde la Guardia Civil 0 0 0 18 0 0 0 0 0 18 18

V10.3.5.3 Desarrollo de cursos de formación para técnicos y personal de vigilancia (4)

V10.3.5.4 Acceso a información científica y técnica para la gestión de la pesca 32 32

V10.3.5.5 Dotación al personal de vigilancia de manuales y protocolos deintervención 2 2

V10.3.5 Dotación de medios para la gestión de la pesca 0 0 0 18 0 0 0 0 0 18 35 52

V10.3 Aplicación de la gestión de las poblaciones acuícolas 71 72 115 95 99 41 49 11 89 642 555 1197

Page 95: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

TABLA DE PRESUPUESTOS 27. Presupuesto medio anual por provincias de la línea de actuación V10.4 (miles de euros). SP = suma provincias; SD = sin distribución provincial

Código Línea de actuación – acciones - medidas Ávila Burgos León Palencia Salamanca Segovia Soria Valladolid Zamora SP SD Total

V10.4.1.1 Aulas del Río 12,4 12,3 12,6 0,0 0,0 0,0 12,1 0,0 0,0 49,4 49,4

V10.4.1.2 Realización de jornadas y seminarios (5)

V10.4.1.3 Elaboración y difusión de material divulgativo (6)

V10.4.1 Sensibilización y divulgación para la conservación del medioacuático y la pesca recreativa 12,4 12,3 12,6 0,0 0,0 0,0 12,1 0,0 0,0 49,4 0,0 49,4

V10.4.2.1 Elaboración de documentos explicativos de las necesidades de gestión (7)

V10.4.2.2 Divulgación de los resultados de la gestión del medio y las poblacionespesqueras (8)

V10.4.2 Difusión de las conclusiones y resultados de las acciones delprograma de gestión piscícola

V10.4.3.1 Implantación de nuevos sistemas de acceso a las licencias y permisos depesca 0,1 0,1

V10.4.3.2 Diversificación y mejora de la información de interés para el colectivo depescadores (9)

V10.4.3.3 Señalización y mejora de accesos a los tramos y márgenes de pesca 0,5 0,6 0,6 0,6 0,4 0,4 0,4 0,3 0,6 4,5 4,5

V10.4.3.4 Mantenimiento de infraestructuras para el pescador 2,2 2,4 2,5 2,4 2,0 2,1 2,4 1,5 2,4 20,0 20,0

V10.4.3.5 Adecuación de tramos para pescadores con minusvalías 0,4 0,4 0,4 0,4 0,4 0,2 0,2 0,4 0,2 2,8 2,8

V10.4.3 Atención al pescador 3,1 3,4 3,5 3,4 2,9 2,7 3,0 2,2 3,1 27,3 0,1 27,4

V10.4.4.1 Oferta de programas anuales de colaboración 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.4.4.2 Líneas de subvención a la colaboración de las asociaciones depescadores 15,6 15,6

V10.4.4 Colaboración con las asociaciones de pescadores 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 15,6 15,6

V10.4.5.1 Colaboración con los organismos y departamentos del sector turístico enla promoción de la pesca recreativa 0,0 0,0

V10.4.5.2 Establecimiento de cupos de permisos turísticos 0,0 0,0

V10.4.5 Fomento del turismo asociado a la pesca recreativa 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

V10.4 Sensibilización social para la conservación del medio acuático yfomento de la actividad pesquera 15,4 15,7 16,1 3,4 2,9 2,7 15,1 2,2 3,1 76,7 15,7 92,4

Page 96: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

TABLA DE PRESUPUESTOS 28. Presupuesto medio anual por provincias de la línea de actuación V10.4 (miles de euros). SP = suma provincias; SD = sin distribución provincial

Código Línea de actuación – acciones - medidas Ávila Burgos León Palencia Salamanca Segovia Soria Valladolid Zamora SP SD Total

V10.4.1.1 Aulas del Río 75 74 76 0 0 0 73 0 0 297 297

V10.4.1.2 Realización de jornadas y seminarios (5)

V10.4.1.3 Elaboración y difusión de material divulgativo (6)

V10.4.1 Sensibilización y divulgación para la conservación del medioacuático y la pesca recreativa 75 74 76 0 0 0 73 0 0 297 0 297

V10.4.2.1 Elaboración de documentos explicativos de las necesidades de gestión (7)

V10.4.2.2 Divulgación de los resultados de la gestión del medio y las poblacionespesqueras (8)

V10.4.2 Difusión de las conclusiones y resultados de las acciones delprograma de gestión piscícola

V10.4.3.1 Implantación de nuevos sistemas de acceso a las licencias y permisos depesca 1 1

V10.4.3.2 Diversificación y mejora de la información de interés para el colectivo depescadores (9)

V10.4.3.3 Señalización y mejora de accesos a los tramos y márgenes de pesca 3 4 4 4 2 2 2 2 4 27 27

V10.4.3.4 Mantenimiento de infraestructuras para el pescador 13 14 15 14 12 13 14 9 14 120 120

V10.4.3.5 Adecuación de tramos para pescadores con minusvalías 2 2 2 2 2 1 1 2 1 17 17

V10.4.3 Atención al pescador 19 20 21 20 17 16 18 13 19 164 1 165

V10.4.4.1 Oferta de programas anuales de colaboración 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.4.4.2 Líneas de subvención a la colaboración de las asociaciones depescadores 94 94

V10.4.4 Colaboración con las asociaciones de pescadores 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 94 94

V10.4.5.1 Colaboración con los organismos y departamentos del sector turístico enla promoción de la pesca recreativa 0 0

V10.4.5.2 Establecimiento de cupos de permisos turísticos 0 0

V10.4.5 Fomento del turismo asociado a la pesca recreativa 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

V10.4 Sensibilización social para la conservación del medio acuático yfomento de la actividad pesquera 93 94 97 20 17 16 91 13 19 461 94 555

Page 97: Plan Gestion Piscicola CastillaLeon

V10 Gestión piscícola

- 97 -

DESCRIPCIÓN DE LAS NOTAS:

(1) Los cursos previstos en esta medida, se engloban en actividades formativas más amplias

de las acciones T3.2.2. Formación continua de personal dependiente de la administración y

T3.2.3. Formación continua de personal no perteneciente a la administración, ambas

propuestas en el programa T3 Formación.

(2) Esta medida se presupuesta en el programa T4 Investigación dentro de la medida T4.2.2.9.

Proyectos de investigación relacionados con la gestión piscícola (programa V10).

(3) Esta medida se integra en la medida T3.1.3.1. Elaboración de un estudio sobre las

necesidades de formación en el sector forestal de Castilla y León del programa T3 Formación.

(4) Esta medida se presupuesta en el programa T3 Formación dentro de la acción T3.2.2.

Formación continua de personal dependiente de la administración.

(5) Esta medida está contemplada en el programa T5 Comunicación y participación, dentro de

la medida T5.3.2.3. Fomento y participación en jornadas, seminarios, congresos o simposios.

(6) Esta medida se integra en la acción T5.2.3. Campañas de información, sensibilización e

incentivación del programa T5 Comunicación y participación.

(7) Esta medida se engloba en diversas medidas de la acción T5.2.1. Difusión del Plan Forestal

del programa T5 Comunicación y participación.

(8) Esta medida se incluye en la medida T5.2.1.4. Difusión de la evolución y los resultados del

Plan Forestal del programa T5 Comunicación y participación.

(9) Esta medida se presupuesta en el programa T5 Comunicación y participación dentro de la

medida T5.2.2.1. Información del medio natural y acceso a las bases de datos.