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PLAN DEPARTAMENTAL DE AGUAS Elaborado por: Dorian Estrada Sindy Ramos Presentado a: Patricia Zapata Abastos Facultad Nacional de Salud Pública Universidad de Antioquia Medellín – Antioquia

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PLAN DEPARTAMENTAL DE AGUAS

Elaborado por:

Dorian Estrada

Sindy Ramos

Presentado a:

Patricia Zapata

Abastos

Facultad Nacional de Salud Pblica

Universidad de Antioquia

Medelln Antioquia

2015

ContenidoIntroduccin3Objetivo general5Objetivos especficos5PLAN DEPARTAMENTAL DE AGUAS6Principios del P.D.A.6Objetivo del Plan Departamental de Aguas7Participantes y Recursos8Fases9Diagnstico9Estructuracin de los Planes Departamentales de Agua:10Implementacin y Seguimiento:10Beneficios e impactos del PDA10Beneficios.10Normatividad11Cmo se definen las obras en los municipios?14ESTADO DEL PLAN DEPARTAMENTAL DE AGUAS EN ANTIOQUIA15Plan Departamental para el Manejo Empresarial de los servicios de Agua y Saneamiento de Antioquia16Diagnostico17Actas de Concertacin y Ordenanzas17Conclusiones17Bibliografa18

Introduccin

En Colombia desde la Constitucin Poltica de 1991 y posteriormente la Ley 142 de 1994, denominada Ley de Servicios Pblicos, se vienen presentando cambios en materia de Servicios Pblicos- S.P- e incluso se habla de que el Estado pas de empresario a regulador,-tendencia a nivel mundial en servicios pblicos- es decir, paso de prestar los S.P a ser un simple regulador. Dentro de estos cambios importantes se abre las puertas para que operadores privados presten los S.P, conllevando esto a posibles privatizaciones.

Luego en los ltimos cinco aos en materia del Servicio Pblico de Agua Potable y Saneamiento Ambiental, han pasado diversas propuestas legislativas, proyectos como la Ley de Aguas; el Referendo del agua, que fue presentado por iniciativa de ms de dos millones de ciudadanos colombianos y tambin aparecen en el ao 2005 el documento CONPES 3383 de 2005 (Plan de Desarrollo del Sector de Acueducto y Alcantarillado) y luego el CONPES 3463 de 2007 (Planes Departamentales de Agua y Saneamiento Bsico para el Manejo Empresarial de los Servicios de Acueducto, Alcantarillado y Aseo). Estos como antesala de las Polticas pblicas nacionales en materia de Servicios Pblicos de Agua y Saneamiento Bsico es de all que, el gobierno nacional mediante el Decreto 3200 del 29 de Agosto de 2008, crea los Planes Departamentales para el manejo empresarial de los servicios de agua y saneamiento bsico.

Este ltimo decreto proviene de la Ley 1151 de 2007: Plan Nacional Desarrollo 2006-2010 y de la Ley 1176 de 2007[footnoteRef:1]. En estos documentos CONPES, Decretos y leyes se hace nfasis en los compromisos que los departamentos y municipios deben asumir para acceder a recursos de la Nacin, derivados de un crdito adquirido por medio de organismos multilaterales de crdito, a travs de los cuales se pretende imponer a las entidades territoriales la obligatoriedad de entregar sus sistemas de acueducto y alcantarillado o los que se construyan como parte de los Planes Departamentales de Agua, a gestores especializados es decir, empresas privadas, para que los administren; adems establece el gobierno central que a travs de los Planes Departamentales de Agua y programa de modernizacin empresarial que viene siendo impulsado por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible M.A.D.S, son para cumplir el objetivo del Milenio de reducir para cifras de hogares sin agua potable. [1: ]

Luego el Decreto 3200 de 2008, que define los Planes Departamentales de Agua: Artculo 1. Definicin. Planes Departamentales para el Manejo Empresarial de los Servicios de Agua y Saneamiento PDA. Son un conjunto de estrategias de planeacin y coordinacin interinstitucional, formuladas y ejecutadas con el objeto de lograr la armonizacin integral de los recursos, y la implementacin de esquemas eficientes y sostenibles en la prestacin de los servicios pblicos domiciliarios de agua potable y saneamiento bsico.

Adems es claro que el objetivo es condicionar la entrega de recursos del Presupuesto Nacional a la transformacin empresarial y la adopcin de esquemas regionales para que sea el servicio del agua un mercado ms atractivo para los inversionistas privados.

Los PDA han cobrado protagonismo en el pas por diversos temas como: la dificultad en materia de contratacin estatal y que afectan la descentralizacin y autonoma de los municipios colombianos; como lo ha sugerido entre otros, la Corporacin Ecolgica y Cultural Penca de Sbila: La prdida de autonoma se evidencia en el decreto reglamentario 3200 de 2008 que defini al Comit Directivo como la mxima instancia de decisin y coordinacin interinstitucional del plan, el cual ser conformado por el Gobernador, 1 delegado del Gobernador responsable del tema de servicios pblicos en el departamento, 2 alcaldes en representacin de los municipios y distritos que participan en el plan, 1 delegado del Ministerio del Medio Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial, 1 delegado del Departamento General de Planeacin, 1 delegado de cada autoridad ambiental de la regin siempre que haya suscrito el convenio.

En pocas palabras la pretensin es, que la autonoma administrativa y presupuestal de 100 municipios de Antioquia, este representada en dos Alcaldes elegidos por mayora simple, entre quienes integran el plan y atendiendo a criterios de distribucin regional.

Objetivo general

Reconocer la importancia del Plan Departamental de Aguas dentro del Plan de Desarrollo de la poblacin de Antioquia, con el fin de mejorar las condiciones de cobertura, calidad y eficiencia de la prestacin de los servicios de acueducto y alcantarillado en el departamento.

Objetivos especficos

Identificar que es el Plan Departamental de Aguas (P.D.A) y sus objetivos.

Determinar beneficios que ofrecen los P.D.A, y como mejoran la calidad de vida de la poblacin.

Determinar los actores y recursos que intervienen en el P.D.A.

PLAN DEPARTAMENTAL DE AGUAS

ElPDAPlan Departamental de Aguas"es un conjunto de estrategias y actividades orientadas a apoyar la Gestin Municipal, que propenden por la armonizacin integral de los recursos, y a la implementacin de esquemas eficientes y sostenibles en la prestacin de los servicios pblicos domiciliarios de agua potable y saneamiento (Aguas y Aseo de Risaralda , 2015).

Los Planes Departamentales de Aguas se rigen por los siguientes principios

Principios del P.D.A.

Apoyo al municipio en los procesos de transformacin empresarial y/o fortalecimiento institucional que aseguren la implementacin, por parte de los municipios y/o cabildos, de esquemas eficientes y sostenibles para la prestacin de los servicios pblicos domiciliarios de agua potable y saneamiento.

Desarrollo de proyectos en reas urbanas y rurales con enfoque regional, y con un horizonte de largo plazo. Este concepto parte de la concertacin con los municipios que hagan parte del esquema regional y permite el aprovechamiento de economas de escala, el diseo de estructuras ptimas de mercado, y la unificacin de polticas sectoriales y de criterios de asignacin de recursos.

Apoyo a los municipios para lograr la utilizacin ordenada, equitativa y eficiente del flujo de ingresos futuros provenientes especialmente de las transferencias del Sistema General de Participaciones (SGP) para agua potable y saneamiento y de otras fuentes.

Optimizacin de infraestructura y mejoramiento operacional.

Construccin y consolidacin de la capacidad de gestin del Departamento y en los Municipios en cuanto a sus responsabilidades bsicas de planificacin, coordinacin, regulacin y supervisin del sector de agua potable y saneamiento y de la preservacin de los recursos naturales.

Impulso al desarrollo social y econmico de los municipios y la creacin de condiciones favorables para la inversin privada en proyectos de comercio, industria, turismo, manufactura y agroindustria.

Organizacin de cuencas hidrogrficas abastecedoras mediante planes de conservacin de fuentes de agua, reduccin de carga contaminante en los vertimientos de aguas residuales y adecuado manejo de residuos slidos.

Cumplimiento de obligaciones ambientales sectoriales por parte de los municipios y de los prestadores de los servicios de agua potable y saneamiento.

Cumplimiento del Reglamento Tcnico del Sector de Agua Potable y Saneamiento Bsico- RAS- 2000 o las normas que las modifiquen sustituyan o adicionen (Aguas y Aseo de Risaralda , 2015).

Objetivo del Plan Departamental de Aguas

De acuerdo al Ministerios de Ambiente y Desarrollo Sostenible: Los Planes Departamentales de Agua Potable y Saneamiento Bsico tienen como objetivo principal mejorar las condiciones de cobertura, calidad y eficiencia de la prestacin de los servicios de acueducto y alcantarillado en el respectivo departamento.

Para hacerlo, el Plan tiene cuatro efectos esenciales, que abren el camino para alcanzar su objetivo (Gobernacion de Antioquia, 2015):

En primer lugar, ahorrar esfuerzos en coordinacin de polticas, pues se involucra a los diferentes actores en el sector, tanto a nivel nacional, como departamental y municipal. As, se permitir la participacin de todos los agentes y la creacin de entidades de asistencia tcnica sostenible a nivel departamental.

Igualmente, el Plan generar la transformacin empresarial del sector de agua potable y saneamiento. Tal transformacin conlleva una cultura de legalidad en la prestacin del servicio, la viabilizaran financiera de los prestadores y la aplicacin transparente del esquema de solidaridad y a los subsidios.

En tercera instancia, el Plan desarrollar el incentivo apropiado para la regionalizacin de la gestin y el control de los servicios de acueducto, alcantarillado. Mediante la regionalizacin, se ganan economas de escala y se genera una unin de compromisos en materia de esfuerzo fiscal que slo puede redundar en provecho del usuario final.

Finalmente, el Plan abrir el espacio para la vinculacin de operadores especializados, para la prestacin de los servicios permitiendo a su vez que los usuarios se beneficien de la reduccin de costos.

En otras palabras los PDA presentan seis objetivos fundamentales; en primer lugar, la implementacin de proyectos integrales de inversin regional y municipal sostenibles que mejoren cobertura, calidad, continuidad, crecimiento y viabilidad empresarial de los servicios; en segundo lugar, lograr una coordinacin interinstitucional efectiva; en tercer trmino, el aprovechamiento de las economas de escala; como cuarto objetivo, un manejo transparente y eficiente de los recursos; el quinto es propiciar la entrada y consolidacin de operadores especializados en todos los municipios; y, por ltimo, fortalecer la gestin en las zonas rurales.

Con respecto a lo anterior, del primer objetivo se puede dudar que con los PDA se alcance la cobertura, en especial en las zonas rurales y en algunos municipios donde las denominadas audiencias pblicas no establezcan los proyectos suficientes para alcanzar cobertura, calidad y continuidad, es decir, los PDA no bastarn a pesar de las bondades que le asigna el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible; del segundo objetivo la coordinacin interinstitucional se puede dar entre los denominados Actores y vinculados, de los que se refiere ms adelante este trabajo, pero que pasa con la coordinacin entre los departamentos y municipios, siendo la coordinacin establecida desde la Constitucin Poltica de 1991 y la Ley 489 de 1998, en su artculo 6 junto con el de la colaboracin, buscar la armona en el ejercicio de sus respectivas funciones, cosa que no pasa con los PDA, donde los Departamentos se llevan el protagonismo y los municipios solo contarn con dos delegados por cada PDA; del tercer objetivo, el decir del gobierno central como justificacin de los PDA, es que se han perdido las economas de escala y los recursos de la nacin para el sector de Agua potable ha estado atomizado, lo que se ver despus es quienes se beneficiarn de las economas de escala, que como es obvio no sern los municipios; del cuarto objetivo un manejo transparente de los recursos, inicialmente esto no se vio as dado que los recursos se estaban ejecutando a travs del rgimen de la contratacin privada y se entregaban recursos de forma directa por convenios administrativos, hasta que por sugerencia de rganos de control, como la Procuradura y la Contralora se pronunciaron y los diversos gremios, llevando al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible a corregir su error inicial al permitir la contratacin por el rgimen privado y a expedir a finales del ao 2009 un decreto con los lineamientos para la contratacin bajo el rgimen de la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007. Seguidamente, del objetivo quinto, parece que este el principal objetivo, la entrada de los Operadores Especializados como capital privado que se apodera del mercado y lleva como compensacin de su entrada un aumento de las tarifas que tendrn que soportar los usuarios y por ltimo fortalecer la gestin en las zonas rurales, este no es el objetivo principal y como ya se expres no ser suficiente la cobertura que pretende los PDA, aunque depende de la zona rural, por ejemplo zonas como Llanogrande en el municipio de Rionegro Antioquia donde se encuentran estratos socio-econmico altos como el 6, debe ser atractivo ser el operador especializado para esa zona rural y as existen otras en el pas.

Participantes y Recursos

En el artculo 4 del decreto 3200 de 2008 se definen los distintos participantes de los PDA. Este artculo seala como Actores a aquellas entidades estatales que participan de la coordinacin interinstitucional de los PDA, entre ellos se encuentran: el Departamento; los municipios y/o distritos; el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible; el Departamento Nacional de Planeacin DNP- y autoridades ambientales con jurisdiccin en el Departamento.

Se seala como Vinculados a aquellos que tengan previa autorizacin del Comit Directivo a personas jurdicas de derecho pblico, privado o mixto que aporten recursos financieros y/o tcnicos y/o humanos.

Tambin, se sealan las Estructuras Operativas de los PDA que son en primer lugar el Comit Directivo, seguido del Gestor, luego la Gerencia Asesora y por ltimo el Esquema Fiduciario para el manejo de los recursos.

Antes de sealar los Recursos de los PDA, se ampliar quien es el Comit Directivo y cuales son algunas de sus funciones:

De acuerdo al Artculo 9 del decreto en mencin el Comit Directivo es la mxima instancia de decisin y coordinacin interinstitucional del PDA y se integrar de la siguiente manera: El gobernador; un delegado del gobernador responsable de asuntos relacionados con servicios pblicos; dos alcaldes en representacin de los municipios y/o distritos y un delegado de cada autoridad ambiental.

En el Artculo 10 se sealan las funciones del Comit Directivo, de donde se resaltan las siguientes:

Aprueba los proyectos objeto de financiacin dentro del marco del plan departamental.

Aprueba el plan de contratacin de los componentes de los proyectos objeto de financiacin.

Aprueba procesos de vinculacin de operadores especializados para prestacin de los servicios pblicos de acueducto, alcantarillado y aseo.

Despus de sealar algunas funciones del Comit Directivo, se sealan los Recursos de los PDA, de acuerdo al Decreto 2246 de 2012 que derogo al Decreto 3200 de 2008 que seala que los recursos disponibles para la formulacin e implementacin de los PDA, podrn provenir, entre otras fuentes, de las siguientes:

Recursos del Presupuesto General de la Nacin de conformidad con la ley.

Recursos del Sistema General de Participaciones.

Recursos de regalas, compensaciones y asignaciones del Fondo Nacional de Regalas.

Recursos de las autoridades ambientales.

Recursos propios o de libre destinacin de las entidades territoriales, y

Cualquier otra fuente de recursos que pueda o deba aportarse al desarrollo del PDA.

Fases

Estos planes prevn varias fases: Diagnstico, estructuracin e implementacin. Estas fases se encuentran descritas en el decreto 2246 de 2012; y en el documento CONPES 3463 de 2007 dispone que los Planes Departamentales de Agua se ejecutarn en tres fases: Diagnstico; Estructuracin e Implementacin y Seguimiento y la Superintendencia de Servicios Pblicos Domiciliarios describe las fases de la siguiente manera (Ruiz, 2015):

1. Diagnstico: La fase de diagnstico se llevar a cabo con una visin regional, en la medida en que deben permitir identificar potenciales esquemas regionales de prestacin de los servicios para el aprovechamiento de economas de escala en la administracin, operacin e inversin, as como una ptima utilizacin del recurso hdrico en las regiones. Estos diagnsticos abarcarn aspectos tcnicos, institucionales, ambientales, financieros, sociales, etc., y se harn sobre los prestadores, los municipios y la institucionalidad departamental.

2. Estructuracin de los Planes Departamentales de Agua: Los municipios y los departamentos debern formalizar los compromisos locales que se requieren para dar viabilidad financiera a dichos planes, de acuerdo a la fase de diagnstico. Donde, El Departamento es la instancia coordinadora entre los diferentes niveles de Gobierno, actividad que desarrollar a travs de una Gerencia Integral. Los aportes de la Nacin y la adopcin del esquema financiero e institucional se formalizarn con la firma de un convenio de apoyo financiero entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible; y la Gobernacin respectiva. As mismo, los municipios firmarn un convenio con la Gobernacin, en el que se establecern los requisitos bsicos para el compromiso de recursos y su intencin de vinculacin al Plan.

3. Implementacin y Seguimiento: La Gobernacin deber ajustar, especificar y ejecutar el plan de choque de inversiones definido en el diagnstico, estructurar esquemas regionales para la vinculacin de operadores especializados, apoyar la renegociacin de contratos existentes ajustando las metas de acuerdo con los recursos adicionales aportados, el seguimiento a los contratos y el manejo financiero del Plan.

Beneficios e impactos del PDABeneficios.

Las empresas que prestan los servicios pblicos en los municipios sern ms slidas y podrn permanecer en el tiempo.

Agua limpia para el consumo humano, para mejorar la calidad de vida en nuestros municipios.

Ms familias podrn contar con servicios pblicos.

En los municipios en los que el agua no llega todo el tiempo, se mejorar la continuidad.

Se protegern las cuencas que abastecen los acueductos.

Se mejorar la recoleccin de las aguas residuales y se disminuir la contaminacin de las quebradas y ros.

Los residuos slidos se botarn en sitios apropiados.

Ilustracin 1 Impactos del PDA

Normatividad

Los Planes Departamentales en sus inicios se encontraban contemplados en una poltica pblica nacional, que no era de carcter obligatorio pero con la expedicin de la Ley 1151 de 2007 y la Ley 1176 de 2007 se comienza a reglamentar el tema desde los planes de desarrollo y los recursos del SGP. En otras palabras los municipios ingresan a los PDA cuando son desertificados en materia de Agua Potable y Saneamiento o de forma voluntaria, pero lo voluntario depende de que no quiera perder como amenaza el gobierno nacional la ayuda de los recursos econmicos de la Nacin, que si obtendrn los municipios que ingresen a los PDA (Gobernacion de Antioquia, 2015).

Ley 142 de 1994. Por la cual se establece el rgimen de los servicios pblicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones.

Cabe resaltar que la Ley de Servicios Pblicos en su artculo 1 cuando seala su mbito de aplicacin indica que el acueducto y el alcantarillado son servicios pblicos domiciliarios y sus actividades complementarias; y estos son los servicios que los PDA quiere implementar a travs de las denominadas estrategias para el manejo empresarial.

Despus, en su artculo 5 establece la competencia de los municipios en cuanto a la prestacin de los servicios pblicos y seala dichas competencias, como asegurar la prestacin eficiente, estratificar, otorgar subsidios y apoyar con inversiones entre otras, pero no considera la posibilidad de prestar los servicios directamente, slo de forma excepcional como se encuentra en el artculo 6 cuando las caractersticas tcnicas y econmicas lo aconsejen y ocurran casos que as lo indique; como an est pasando en muchos municipios del pas, lo cual ha sido justificacin de los PDA para buscar que los municipios se comprometan a facilitar el ingreso de los operadores especializados, es decir no presten el servicio pblico de agua y saneamiento y segn el gobierno central la estructura del sector de agua es altamente dispersa por la cantidad de operadores y los recursos del Estado en este sector han sido atomizados.

Adicionalmente, en el artculo 7 se encuentra la competencia de los departamentos de las cuales se destaca el apoyo financiero, tcnico y administrativo a los municipios y a las empresas organizadas con participacin de la Nacin, as las cosas se podran sealar otros artculos como el artculo 10 que se refiere a la libertad de empresa; sin embargo esta Ley ha sido muy cuestionada por las ligas de usuarios, algunas corporaciones, ciudadanos que han reclamado que los servicios pblicos domiciliarios sean considerados derechos fundamentales y no un negocio para las grandes empresas y los denominados operadores especializados que se lucran de las altas tarifas y como se plantea en los PDA, estas tarifas son susceptibles de aumentar y lo peor es que las grandes inversiones en infraestructura son financiadas por los municipios, mientras que dichos operadores invierten poco y obtienen grandes utilidades.

Ley 715 de 2001. Por la cual se dictan normas orgnicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artculos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitucin Poltica y se dictan otras disposiciones para organizar la prestacin de los servicios de educacin y salud, entre otros. Sistema General de Participaciones.

Esta Ley estableci que los municipios que participen en el Plan Departamental de Agua y Saneamiento Bsico debern comprometer un porcentaje mnimo del 60% de los recursos asignados al sector de Agua Potable y Saneamiento Bsico destinados a inversiones de infraestructura y cubrimiento de subsidios.

Ley 819 de 2003. Por la cual se dictan normas orgnicas en materia de presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscal y se dictan otras disposiciones El Congreso de Colombia.

El punto de encuentro de la ley 819 de 2003 con los PDA se da cuando se habla de comprometer los recursos del SGP de Agua y saneamiento, asunto que se encuentra regulado en la Ley en mencin en su artculo 12 que reza lo siguiente: Vigencias futuras ordinarias para entidades territoriales. En las entidades territoriales, las autorizaciones para comprometer vigencias futuras sern impartidas por la asamblea o concejo respectivo, a iniciativa del gobierno local, previa aprobacin por el Confis territorial o el rgano que haga sus veces

Ley 1151 de 2007. Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2006 2010.

Esta Ley dispone que la estrategia de Agua Potable y Saneamiento Bsico, impulsar el manejo empresarial y los esquemas regionales a travs de la implementacin de los planes departamentales.

Ley 1176 de 2007. Por la cual se desarrollan los artculos 356 y 357 de la Constitucin Poltica y se dictan otras disposiciones. Sistema General de Participaciones.

Se destaca el artculo 4 de esta Ley que se refiere a la Certificacin de los Distritos y Municipios y seala que los municipios y distritos seguirn siendo responsables de administrar los recursos del Sistema General de Participaciones para Agua y Saneamiento Bsico y luego declara que en todo caso debern acreditar el cumplimiento de algunos requisitos.

Documento CONPES 3383 de 2005 (Plan De Desarrollo Del Sector De Acueducto Y Alcantarillado).

Este documento Conpes hace parte de la antesala o la preparacin para plantear los PDA, como se observa en su texto, que seala se debe prestar atencin al desarrollo del sector de Agua potable y Saneamiento Bsico en las zonas rurales, pero ser el sector urbano donde se continuar demandando la mayor parte de los recursos, esto debido al crecimiento de los recursos; lo anterior no es otra cosa diferente a lo que se ha venido planteando en materia de servicios pblicos, dejando relegado a la zona rural que an no tiene ni la calidad ni la cobertura necesaria.

Documento CONPES 3463 de 2007 (Planes Departamentales De Agua Y Saneamiento Bsico Para El Manejo Empresarial De Los Servicios De Acueducto, Alcantarillado Y Aseo).

Se destaca el documento Conpes 3463, como el que aterriza la idea de los PDA y seala directamente las generalidades de estos, cuando expresa que los Planes Departamentales se presentan como una estrategia para armonizar los lineamientos de la poltica que se definieron en el Documento Conpes 3383 de 2005.

Entonces, establece que la Nacin apoyar la estructuracin de operaciones de crdito externo con la banca multilateral y dar el aval y la garanta a los municipios, quienes sern los que se endeuden con la banca.

Decreto 3333 de 2008 "Por el cual se regula una lnea de redescuento, con tasa compensada, de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. FINDETER, para el Financiamiento de las Inversiones en

Los recursos de los PDA, sern manejados bajo un Esquema fiduciario, es decir los dineros irn a una bolsa comn como patrimonio autnomo, de acuerdo al Ttulo IV del decreto 3200 de 2008; asimismo el denominado Patrimonio Autnomo del Financiamiento en Inversiones de agua FIA, quien administra los recursos de los PDA, luego la Financiera de Desarrollo Territorial S.A FINDETER- fue la entidad encargada de la convocatoria y la seleccin del consorcio que administrara el FIA, pero el Gobierno Nacional ya haba una regulado una operacin de redescuento a FINDETER mediante el Decreto 280 de 2006 para programas y proyectos en el sector de Agua potable y se otorg una tasa compensada a los beneficiarios, pero luego aparece el Decreto 3333 de 2008 que en sus artculos 2 y 5, modific lo anterior e incluy al patrimonio autnomo FIA dentro de los beneficiarios de la tasa de redescuento y una variacin en la tasa, es decir que el Patrimonio Autnomo FIA, gana porque es intermediario y tiene beneficios con la tasa de redescuento al ser incluido como beneficiario con el este ltimo decreto expedido por el Ministerio de Hacienda y Crdito.

Decreto 2246 DE 2012 Por el cual se reglamenta el artculo21de la Ley 1450 de 2011 y se dictan otras disposiciones.

El artculo 21 de la Ley 1450 de 2011 establece que los Planes Departamentales para el Manejo Empresarial de los Servicios de Agua y Saneamiento se ajustarn de conformidad con la reglamentacin que para el efecto expida el Gobierno Nacional.

Para ello deber tener en cuenta las caractersticas locales, la capacidad institucional de las entidades territoriales y de las personas prestadoras de los servicios pblicos, as como la implementacin efectiva de esquemas de regionalizacin.

El Gobierno Nacional requiere ajustar los Planes Departamentales para el Manejo Empresarial de los Servicios de Agua y Saneamiento a partir del anlisis de sus avances y desarrollo.

Circular 5000 Por medio del cual se comprometen vigencias futuras

La Circular 5000 de septiembre de 2008, emitida por Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, para los alcaldes y concejos municipales del pas, que trata de los aportes del SGP a los Planes Departamentales de Agua, aqu les recuerda a las autoridades municipales que para los municipios hacer parte de los PDA, deben tener la autorizacin de los respectivos Concejos para comprometer vigencias futuras de los recursos del SGP para el sector de Agua potable y saneamiento, el cual deber oscilar entre un 60% y 80% de la asignacin que la Nacin determine y adems sta deber ser al menos por quince (15) aos y agrega que los Concejos municipales deben autorizar en forma expresa al Alcalde para celebrar todos los actos, contratos y/o convenios necesarios para formalizar la vinculacin de la Entidad territorial al PDA.

Cmo se definen las obras en los municipios?

Para definir las obras en los municipios se tienen en cuenta los siguientes aspectos:

Todos los municipios del pas estn en la obligacin de elaborar un Plan Maestro de Acueducto y Alcantarillado, que es un una planeacin a futuro de los servicios pblicos.

Los Planes Maestros de Acueducto y Alcantarillado garantizan que las inversiones que se van a hacer en el tema de servicios pblicos s sean las que se necesiten, y se hagan eficientemente.

Los Planes Maestros definen tambin qu es lo ms urgente y qu puede hacerse despus, con la meta de que todos los municipios, en un futuro, tengan cobertura total en acueducto y alcantarillado.

Con base en esta definicin, se formulan proyectos por etapas, y se van ejecutando gradualmente.

Hay que tener en cuenta que los participantes en el PAP PDA obtienen beneficios tales como:

Proyectos de Inversin formulacin y contratacin.

Acompaamiento de la Gerencia Asesora y el Gestor.

Cofinanciacin por parte de la Gobernacin de Antioquia y la Nacin.

Mejorar los indicadores de calidad, cobertura y continuidad en el acueducto, alcantarillado y aseo.

ESTADO DEL PLAN DEPARTAMENTAL DE AGUAS EN ANTIOQUIA

A continuacin se puede observar las grficas que muestran las obras ejecutadas y que estn proceso de ejecucin en los diferentes municipios de Antioquia (Gobernacion de Antioquia, 2015).

Ilustracin 2. Estado del PDA en Antioquia

Ilustracin 3. Estado del PDA de Antioquia

La inversin total del PAPPDA en el cuatrienio 2008-2015, es de $ 322 mil millones aporte histrico por parte de la Gobernacin de Antioquia al Plan de Agua con una cifra de $190.000 millones.

En la siguiente grafica se podr observar la inversin en obras fsicas:

Ilustracin 4. Inversiones en obras fsicas

Plan Departamental para el Manejo Empresarial de los servicios de Agua y Saneamiento de Antioquia

El Plan de Desarrollo 2008-2011 ANTIOQUIA PARA TODOS, MANOS A LA OBRA, busco principalmente implementar acciones significativas, que llevaran a cumplir los compromisos institucionales y financieros, los cuales dieron desarrollo a esta estrategia definida por el Gobierno Nacional, que bsicamente se encuentra encaminada a dinamizar diferentes procesos que posibiliten la materializacin de las acciones propuestas y la generacin de desarrollo en las comunidades. De esta manera, el departamento de Antioquia ha respondido de forma positiva al llamado del Gobierno Nacional para crear e implementar estrategias efectivas que garanticen el aseguramiento en la prestacin de los servicios pblicos de agua potable y saneamiento bsico, con calidad y continuidad, a la totalidad de la poblacin urbano-rural. Es por esto, que la vinculacin del Departamento al Plan Departamental para el Manejo Empresarial de los Servicios Pblicos de Agua y Saneamiento, le asegurar alcanzar las metas que se ha propuesto en materia de Agua Potable y Saneamiento, que de una manera planificada, lograr realizar a corto, mediano y largo plazo (Direccion de Planeacion Departamental, 2015).

Este plan se divide bsicamente en dos fases

Fase uno comprende:

Diagnostico:

El Diagnstico de necesidades sectoriales por municipio del PDA, pretende identificar de manera general la situacin de la prestacin de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo en los municipios del Departamento. El objetivo es realizar una evaluacin general de la infraestructura existente y analizar las condiciones operacionales y la gestin de las entidades prestadores de los servicios, permitiendo identificar los requerimientos de inversin de cada municipio, los esquemas de prestacin que generarn viabilidad empresarial, los cumplimientos de los mnimos ambientales y otros aspectos relevantes para prestacin eficiente de los servicios pblicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo.

Fase 2 comprende:

Actas de Concertacin y Ordenanzas:

Para el inicio de la Fase II de la etapa de estructuracin del PDA, es necesario que el Gobernador cuente con facultades de la Asamblea Departamental en los trminos del artculo 5 de Decreto 3200 de 2008, el cual, para ese entonces se encontraba en vigencia, que para el departamento de Antioquia estn establecidas en la Ordenanza No. 20 de 2008. As mismo, el 30 de enero de 2009, se firmaron actas de concertacin del Diagnstico Tcnico Base, Estructuras Operativas y Esquema Financiero, que permitieron definir las estructuras operativas.

La constitucin del comit directivo se llev a cabo mediante Decreto Departamental No. 1944 de 2009, los alcaldes elegidos para actuar en representacin de los municipios que participan en el PDA.

Conclusiones

El servicio pblico domiciliario de Agua potable y saneamiento bsico, es uno de los ms importantes y esenciales para cualquier poblacin, este debe prestarse como lo seala la Ley 142 de 1994, de manera eficiente y continua. Adems los distintos entes territoriales; como Departamentos y Municipios son los encargados de suministrar este servicio de acuerdo a las competencias asignadas por la ley. Para el desarrollo de estos planes no deberan primar los intereses particulares sobre los intereses de la poblacin, por medio de lo cual se busca que haya una buena administracin de los recursos de los municipios que formen parte de los Planes Departamentales de Agua.

En nuestra opinin los Planes Departamentales de Agua, afectan los principios de Descentralizacin y Autonoma que se otorgaron a los municipios, gracias a la Constitucin Poltica de 1991, los cuales afectan a los municipios que hagan parte de los PDA, pierden la potestad de decidir y gestionar sus intereses y la administracin de los recursos provenientes del Sistema General de Participaciones y de regalas que deben entregar a la Bolsa Departamental para la cofinanciacin de los PDA, debido a que el Gobierno es el encargado de planear y ejecutar las obras en cada Municipio.

Finalmente, se concluye que a pesar de que la Descentralizacin y la Autonoma en Colombia an no se han consolidado en un nivel pleno y todava existe mucho por hacer, los Planes Departamentales de Agua, no son otra cosa que polticas centralistas y privatizadoras, que dejan de lado zonas vulnerables como las zonas rurales y adems retroceden el avance de los municipios y las comunidades en materia de Agua Potable y saneamiento bsico y que no son ni la nica ni la mejor propuesta para avanzar en Servicios Pblicos Domiciliarios y que no atenten contra la Descentralizacin y Autonoma de los municipios colombianos.

BibliografaAguas y Aseo de Risaralda . (29 de 05 de 2015). Obtenido de http://www.aguasyaseoderisaralda.com.co/index.php?option=com_content&view=article&id=6&Itemid=12Direccion de Planeacion Departamental. (30 de 05 de 2015).Gobernacion de Antioquia. (30 de 05 de 2015). Obtenido de http://antioquia.gov.co/Ruiz, M. (30 de 05 de 2015). Slideshare. Obtenido de http://es.slideshare.net/maoruizlocutor/presentacin-pap-pda-concordia