periódico oficial num. 34, primera sección · 2014-06-03 · primera seccion tomo lxxiv...

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GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO INSTITUTO DE VIVIENDA SOCIAL Y ORDENAMIENTO DE LA PROPIEDAD INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO PRESIDENCIA MUNICIPAL DE RINCON DE ROMOS PRESIDENCIA MUNICIPAL DE TEPEZALA PRESIDENCIA MUNICIPAL DE AGUASCALIENTES CCAPAMA INSTITUTO DE EDUCACION DE AGUASCALIENTES D.I.F. A V I S O S : Judiciales y generales I N D I C E Página 64 RESPONSABLE: Lic. Miguel Romo Medina, Secretario de Gobierno. PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES MEDIO DE DIFUSION DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO Registro Postal PP-Ags.-001-0125.- Autorizado por SEPOMEX} PRIMERA SECCION TOMO LXXIV Aguascalientes, Ags., 22 de Agosto de 2011 Núm. 34 C O N T E N I D O :

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GOBIERNO DEL ESTADOPODER EJECUTIVO

INSTITUTO DE VIVIENDA SOCIAL Y ORDENAMIENTO DE LA PROPIEDADINSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADOPRESIDENCIA MUNICIPAL DE RINCON DE ROMOSPRESIDENCIA MUNICIPAL DE TEPEZALAPRESIDENCIA MUNICIPAL DE AGUASCALIENTESCCAPAMAINSTITUTO DE EDUCACION DE AGUASCALIENTESD.I.F.

A V I S O S :Judiciales y generales

I N D I C EPágina 64

RESPONSABLE: Lic. Miguel Romo Medina, Secretario de Gobierno.

PERIODICO OFICIALDEL ESTADO DE AGUASCALIENTESMEDIO DE DIFUSION DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO

Registro Postal PP-Ags.-001-0125.- Autorizado por SEPOMEX}

PRIMERA SECCIONTOMO LXXIV Aguascalientes, Ags., 22 de Agosto de 2011 Núm. 34

C O N T E N I D O :

Pág. 2 PERIODICO OFICIAL Agosto 22 de 2011(Primera Sección)

GOBIERNO DEL ESTADOINSTITUTO DE VIVIENDA SOCIAL Y ORDENAMIENTO DE LA PROPIEDAD

Contraloría TécnicaLicitación Pública Estatal

Convocatoria: 005-11 (Segunda Convocatoria)

En observancia a la Constitución Política del Estado de Aguascalientes en su artículo 90, y de conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado de Aguascalientes, publicada el día 25 de Agosto del 2003, Decretos de Reforma de la Ley, publicados el día 4 de Abril del 2005 y 13 de Julio de 2009, así como al Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado de Aguasca-lientes publicado el 29 de Noviembre del 2005, se convoca a los interesados en participar en las licitaciones de carácter estatal para la contratación de las obras de: Edificación de Viviendas Verticales Terminadas, basándose en Precio Alzado y Tiempo Determinado de conformidad con lo siguiente:La reducción de plazo de presentación y apertura de propuestas, fue autorizada por el C.P. Juan Carlos Rodríguez García, con cargo de Director General del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del Estado de Aguascalientes, el día 18 de Agosto de 2011.

No. de licitación Costo de las bases Fecha límite para adquirir bases

Junta de aclaraciones

Visita al lugar de la obra o los

trabajos

Acto de apertura técnica

Acto deapertura

económica

EO-901029994-N11-2011 Costo en compraNET: $525

26/08/2011 30/08/2011 11:00 horas

30/08/2011 9:00 horas

6/09/2011 9:00 horas

8/09/2011 9:00 horas

Clave FSC (CCAOP)

Descripción general de la obra Fecha estimadade inicio

Fechaterminación

Plazo de ejecución

(Días Calendario)

Capital Contable Requerido

00000 Construcción de 96 Viviendas Verticales (séxtu-ples), a realizarse en la manzana 107, lotes 1 al 16, en el fracc. Rodolfo Landeros Gallegos.

15/09/2011 14/01/2012 122 $ 13,000,000.00

* Ubicación de la obra: Aguascalientes, Aguascalientes.

No. de licitación Costo de las bases Fecha límite para adquirir bases

Junta de aclara-ciones

Visita al lugar de la obra o los

trabajos

Acto de apertura técnica

Acto deapertura

económica

EO-901029994-N12-2011 Costo encompraNET: $525

26/08/2011 30/08/2011 12:00 horas

30/08/2011 9:00 horas

06/09/2011 10:00 horas

08/09/2011 10:00 horas

Clave FSC (CCAOP) Descripción general de la obra Fecha estimada de inicio

Fecha terminación

Plazo de ejecución (Días

Calendario)

Capital Contable Requerido

00000 Construcción de 48 Viviendas Verticales (36 séxtu-ples y 12 cuádruplex), a realizarse en las manzanas 19 (lotes 1 al 6) y 38 (lotes 1 al 3) respectivamente, en el fracc. Mujeres Ilustres.

15/09/2011 31/12/2011 108 $ 6’000,000.00

* Ubicación de la obra: Aguascalientes, Aguascalientes.

Para poder participar en la(s) licitación(es) de la presente convocatoria y de acuerdo con el Artículo 37 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Aguascalientes es necesario cumplir con los requisitos mínimos siguientes: A) Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en Internet: https://compranet.

funcionpublica.gob.mx y solamente para consulta directamente en las oficinas de la Contraloría Técnica del Instituto en: Av. de la Convención Ote. No. 104 Primer Piso, Colonia del Trabajo, C.P.20180 Aguasca-lientes, Aguascalientes; con el siguiente horario: de Lunes a Viernes de 8:00 a 13:00 hrs. La convocatoria estará a disposición únicamente para consulta, en la página WEB del IVSOP: http://www.aguascalientes.gob.mx/IVSOP/Convocatorias/Convocatorias/00511.pdf

B) La fecha límite para adquirir las bases de licitación es el 26 de Agosto de 2011; la visita al lugar de los trabajos se llevará a cabo el 30 de Agosto de 2011 a las 9:00 horas hrs.; el punto de reunión será en el vestíbulo de la planta baja de las instalaciones del Instituto de Vivienda, ubicado en Av. de la Convención Ote. No.104, Col. del Trabajo, C.P. 20180. La asistencia a la visita de obra es de carácter obligato-rio.

C) La procedencia de los recursos es: Recursos de los Beneficiarios del Programa "Tu Casa" y del Gobierno del Estado (Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad).

D) La forma de pago: Directamente en las Instituciones bancarias con número de cuentas incluidas en los anexos de la Licitación, denominado “Cuentas bancarias para pago de Licitaciones” en la plataforma compraNET 5.0. Previa entrega para su revisión de la documentación (Inscripción al Padrón Estatal de

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Contratistas 2011 o en caso de no estar inscrito cumplir con lo establecido en el inciso M), así como la presentación y entrega de los escritos de manifestación bajo protesta de decir verdad de lo indicado en los incisos K, Q y R, en la oficina de la Contraloría Técnica ubicada en el primer piso del Instituto de Vi-vienda.

E) Las juntas de aclaraciones y modificaciones se llevarán a cabo el día 30 de Agosto de 2011 a las horas indicadas en cada licitación, en la Sala de Capacitación del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad, ubicado en: Calle Av. de la Convención Ote. Número 104, Planta Baja, Colonia del Trabajo, C.P. 20180, Aguascalientes, Ags. La asistencia a la junta de aclaraciones es de carácter obligatorio.

F) La recepción de propuestas técnicas y económicas será el día: 06 de Septiembre de 2011 de 8:00 a 9:00 horas, en la sala de capacitación de la planta baja de este Instituto, ubicado en: Av. de la Convención Ote. Número 104, Colonia del Trabajo, C.P. 20180, Aguascalientes, Ags.; una vez entregadas las propuestas al Instituto, éstas no podrán ser devueltas para su modificación previa al acto de la apertura correspondiente. La apertura de las propuestas técnicas se efectuará el día: 06 de Septiembre de 2011 y la apertura de las propuestas económicas el día: 08 de Septiembre de 2011 a las horas indicadas en cada licitación, en las mismas instalaciones indicadas anteriormente.

G) El idioma en que deberán presentarse las propuestas será: el español.H) La moneda en que se deberán cotizar las propuestas será: el peso mexicano.I) Se otorgará un anticipo del 30%.J) Se podrán subcontratar partes de la obra, las cuales se deberán de manifestar dentro de su propuesta en

el documento 8t.K) Será indispensable para participar en la licitación el comprobar la experiencia de la empresa mediante

copia de los contratos de obra similares en magnitud y volúmenes. Deberá presentar un escrito, donde, bajo protesta de decir verdad se indique el monto vigente de los fallos adjudicados y los contratos celebrados, el número y descripción de los contratos vigentes a la fecha de inscripción y el nombre o razón social del contratante; .y la capacidad técnica con el currículo de los técnicos de la Empresa, teniendo que demostrar que están trabajando en la empresa presentando recibos de nómina, lista de raya o recibos de honorarios, debiendo tener experiencia en obras similares a las que se licitan en magnitud y complejidad.

L) Se deberá comprobar la capacidad financiera para acreditar el capital contable mínimo solicitado en las licitaciones en las cuales se quiera participar con la declaración anual normal ante la S.H.C.P. del año 2010 para personas físicas y morales. Las empresas de nueva creación deberán de presentar los estados financieros auditados más actualizados a la fecha de presentación de la propuesta. En el caso de asocia-ción en participación se deberá de entregar la información antes mencionada de cada uno de los socios.

M) Los requisitos generales que deberán ser cubiertos para inscribirse, en caso de NO estar previamente inscritos en el PADRÓN ESTATAL DE CONTRATISTAS 2011 y que deberán ser presentados en la oficina de la Contraloría Técnica ubicada en el primer piso del Instituto de Vivienda previo a la inscripción a la licitación son:I. Original de la ficha de registro de datos generales de las personas interesadas y solicitud de inscrip-

ción al padrón;II. Original y copia de la cédula del Registro Federal de Contribuyentes; III. Original y copia de la escritura constitutiva, debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad

Sección Comercio, y/o documentos que acrediten la personalidad del solicitante (licitante);IV. Original del currículo de la empresa y del personal técnico que apoye a la empresa sea por nómina

o por honorarios y que esté facultado para ejercer la profesión de conformidad con la Ley de Profe-siones del Estado de Aguascalientes;

V. Original del inventario de maquinaria y equipo disponibles de su propiedad;VI. Original y copia del registro patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social;VII. En su caso, original y copia de la constancia del registro de la cámara del ramo, siendo opcional su

presentación;VIII. Original y copia de la cédula profesional del representante técnico que asista a la empresa ya sea

que se encuentre en nómina o que sea contratado por honorarios; en tal caso, además se deberá presentar una carta de aceptación de tal responsabilidad por parte del técnico responsable. Se hace la aclaración que el técnico responsable solo podrá serlo de la empresa propia y de dos más que lo llegasen a contratar;

IX. Original de la declaración escrita de no estar en los supuestos del Artículo 57 de esta Ley;X. Original y copia de la declaración anual normal ante la S.H.C.P, del año 2010, presentada ante la

Secretaria de Hacienda y Crédito Público y para el caso de empresas con menos de un año de ha-ber sido creadas, deberán presentar los estados financieros auditados actualizados a la fechas de inscripción;

XI. Análisis de indirectos de oficina central de la empresa, el cual deberá ser revisado y autorizado por la Secretaría de Infraestructura y Comunicaciones, previo a la presentación de su propuesta;

XII. En apego a la Ley de Profesiones del Estado de Aguascalientes las personas físicas deberán pre-sentar Original y copia de su Cédula Profesional. En caso de no contar con ella en una profesión afín a la construcción, no se permitirá la inscripción o se desechara su propuesta durante el proceso de la licitación. En todos los casos, a la recepción de los documentos relacionados en las fracciones

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anteriores, se cotejarán los originales con las copias de los mismos y se reintegrarán los originales a los interesados, a excepción de aquellos que el Instituto debe conservar.

N) En caso de no presentar los documentos indicados en el inciso M) anterior y con el afán de no limitar la participación, se podrán inscribir todas las empresas que así lo deseen, en el entendido que deberán de incluir todos los puntos indicados en el inciso M) de esta convocatoria en la propuesta técnica Documento 1 técnico.

Se hace la aclaración de que la omisión de alguno de los documentos o la mala integración de los mis-mos será motivo para no aceptar la propuesta. Así mismo, si el análisis de indirectos no fue revisado y autorizado con anterioridad a la presentación y apertura de propuestas, será desechada la propuesta, independientemente de la etapa en que pudiera encontrarse el proceso de la licitación.

O) En caso de SI estar registrado en el PADRÓN ESTATAL DE CONTRATISTAS 2011 presentar su cédula de inscripción al padrón o indicar a los funcionarios encargados del registro su número de folio para localizar sus documentos.

P) Se considera como participante inscrito, cuando haya cubierto el pago respectivo, dentro de los días establecidos para la adquisición de las bases, además de haber cumplido con los requisitos de esta con-vocatoria. Si el pago se hace posterior a la fecha del cierre de inscripción de convocatoria, no se aceptará la propuesta.

Q) No se permitirá la inscripción a la licitación y en su caso, no se adjudicará el contrato, a aquellas empresas que se encuentren en cualquiera de los supuestos que establece el Artículo 37 fracción VI de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado de Aguascalientes. “No se permitirá la inscripción a la licitación a aquellas empresas que tengan, al momento de la inscripción, un atraso mayor al 10% en tiempo, por causas imputables a ellas mismas, en cualquier contrato celebrado con el Sujeto de la Ley convocante”.

R) No podrán participar en la licitación o en su caso no se adjudicará el contrato, a las empresas que se encuentren en los supuestos del Artículo 57 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado de Aguascalientes.

S) Los criterios para la adjudicación del contrato serán: Los establecidos en los artículos 37 fracc. VI, 44 y 45 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado de Aguascalientes y en los artículos 103, 104 y 105 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado de Aguascalientes, en todo lo que no se oponga a la Ley.

T) Las condiciones de pago serán: mediante estimaciones quincenales por porcentaje de avance de tra-bajos terminados, a las cuales se les deberán realizar las amortizaciones correspondientes del anticipo otorgado.

U) La integración de los Precios Unitarios se hará de acuerdo al Artículo 69 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado de Aguascalientes.

V) Ninguna de las condiciones contenidas en las bases de licitación así como en las propuestas presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.

W) Este Instituto podrá verificar en cualquier tiempo la razonabilidad y la veracidad de la información que proporcione el licitante, de acuerdo a lo establecido para las visitas de verificación en la Ley del Procedi-miento Administrativo del Estado de Aguascalientes.

X) Las empresas que deseen formular contratos de asociación en participación deberán de apegarse en lo estipulado en artículo 40 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado de Aguas-calientes y 44 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado de Aguascalientes en todo lo que no se oponga a la Ley.

Y) Por ser licitación estatal y de acuerdo al Artículo 36 párrafo Primero de la Ley de Obras Públicas y Ser-vicios Relacionados para el Estado de Aguascalientes, únicamente podrán participar personas Físicas o Morales Mexicanas con domicilio fiscal en el Estado de Aguascalientes.

Z) Será causa de desechamiento de las propuestas, el incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en esta convocatoria y en las bases de licitación.

AA) En virtud de que el monto disponible para la edificación de cada Vivienda Vertical Concluida es de $137,800.00, la cual se integra con el ahorro previo del beneficiario ($10,600.00), mas el subsidio que recibe directamente del Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares, FONHAPO, ($63,600.00 para proyectos especiales) y la aportación ($ 63,600.00) del Gobierno del Estado (Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad), conforme a lo estipulado en las REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE AHORRO Y SUBSIDIO PARA LA VIVIENDA, TU CASA, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2011, deberán tomarse las consideraciones pertinentes, a efecto de que la propuesta no exceda el monto disponible.

Aguascalientes, Ags.; 22 de Agosto de 2011.C.P. Juan Carlos Rodríguez García,

DIRECTOR GENERAL.Rúbrica.

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INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES

ACUERDO MARCO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FE-DERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMI-NARÁ "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA POR SU TITULAR EL DR. JOSÉ ÁNGEL CÓRDOVA VI-LLALOBOS, CON LA PARTICIPACIÓN DE LA SUB-SECRETARIA DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, DRA. MAKI ESTHER ORTIZ DOMÍNGUEZ, DEL SUBSECRETARIO DE PREVEN-CIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD, DR. MAURI-CIO HERNÁNDEZ ÁVILA, DE LA SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, LIC. LAURA MARTÍNEZ AMPUDIA, DEL COMISIONADO NA-CIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD, EL MTRO. SALOMÓN CHERTORIVSKI WOLDENBERG Y DEL COMISIONADO FEDERAL PARA LA PRO-TECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, LIC. MIKEL ANDONI ARRIOLA PEÑALOSA, Y POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO DE AGUASCALIENTES AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA ENTIDAD”, REPRESENTADO POR EL ING. CARLOS LOZANO DE LA TORRE EN SU CARÁC-TER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, ASISTIDO POR EL LIC. ANTONIO JAVIER AGUILERA GARCIA, JEFE DE GABINETE; POR EL LIC. JOSÉ ALEJANDRO DÍAZ LOZANO, EN SU CARÁCTER DE SUBSECRETARIO DE EGRESOS, EN SUPLENCIA DEL SECRETARIO DE FINANZAS, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 22 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLI-CA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES Y 24 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE FINANZAS; EL DR. JOSÉ FRANCISCO ESPARZA PARADA, SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE SALUD DEL ESTA-DO DE AGUASCALIENTES, Y EL DR. ALBERTO SOLÍS FARIAS, SECRETARIO DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSU-LAS SIGUIENTES:

A N T E C E D E N T E S :I. Que con fecha 20 de agosto de 1996 se celebró

entre la Federación y el Estado de Aguascalientes “El Acuerdo Nacional para la Descentralización de los Servicios de Salud”, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de septiembre de 1996.

II. Que con fecha 20 de agosto de 1996 se cele-bró entre la Federación y el Estado de Aguascalientes “El Acuerdo de Coordinación para la Descentraliza-ción Integral de los Servicios de Salud”, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de julio de 1997.

III. Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 propone, en materia de salud, avanzar hacia la universalidad en el acceso a servicios médicos de calidad, a través de una integración funcional y programática de las instituciones públicas bajo la rectoría de la Secretaría de Salud.

IV. Que el Programa Sectorial de Salud 2007-2012 se encuentra estructurado en torno a cinco grandes objetivos de política social: 1.- Mejorar las condiciones de salud de la población, 2.- Reducir las brechas o desigualdades en salud mediante intervenciones focalizadas en grupos vulnerables y comunidades marginadas; 3.- Prestar servicios de salud con calidad y seguridad; 4.- Evitar el empo-brecimiento de la población por motivos de salud; 5.- Garantizar que la salud contribuya al combate a la pobreza y al desarrollo social del país.

D E C L A R A C I O N E S :

I. Declara ”LA SECRETARÍA”:1. Que con fundamento en los artículos 1°, 2°,

fracción I, 26 y 39 de la Ley Orgánica de la Adminis-tración Pública Federal, es la autoridad competente para celebrar este Acuerdo.

2. Que es la autoridad sanitaria y coordinadora del Sistema Nacional de Salud, y por tanto es quien establece y conduce la política nacional en materia de salubridad general, asistencia social y servicios médicos.

3. Que su titular tiene la competencia y legiti-midad para suscribir el presente Acuerdo Marco, de conformidad con lo establecido en los artículos 6° y 7°, fracción XXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y acredita su cargo mediante nombramiento que se adjunta en copia fotostática simple como Anexo 1, para formar parte integrante de su contexto.

4. Que la Subsecretaria de Integración y Desa-rrollo del Sector Salud, cuenta con la competencia y legitimidad para intervenir en el presente instrumento, de conformidad con lo establecido en los artículos 8°, fracción XVI y 9° del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, cargo que se acredita con la copia fotostática simple del nombramiento que se adjunta al presente instrumento como Anexo 2, para formar parte integrante de su contexto.

5. Que el Subsecretario de Prevención y Pro-moción de la Salud cuenta con la competencia y legitimidad para intervenir en el presente instrumento, de conformidad con lo establecido en los artículos 8°, fracción XVI y 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, cargo que se acredita con la copia fotostática simple del nombramiento que se adjunta al presente instrumento como Anexo 3, para formar parte integrante de su contexto.

6. Que la Subsecretaria de Administración y Finanzas cuenta con la competencia y legitimidad para intervenir en el presente instrumento, con fundamento en los artículos 8° fracción XVI y 11 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, cargo que se acredita con la copia fotostática simple del nombramiento que se adjunta al presente instru-mento como Anexo 4, para formar parte integrante de su contexto.

7. Que el Comisionado Nacional de Protección Social en Salud, cuenta con la competencia y legiti-midad para intervenir en el presente instrumento, de

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conformidad con lo establecido en los artículos 38, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud y 4°, fracción III y 6°, fracción I del Regla-mento Interno de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, cargo que se acredita con la copia fotostática simple del nombramiento que se adjunta al presente instrumento como Anexo 5, para formar parte integrante de su contexto.

8. Que el Comisionado Federal para la Protec-ción Contra Riesgos Sanitarios, cuenta con la com-petencia y legitimidad para intervenir en el presente instrumento, de conformidad con lo establecido en los artículos 38, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud y en el artículo 10, fracciones XVI y XVII del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios, cargo que se acredita con la copia fotostática simple del nombramiento que se adjunta al presente instru-mento como Anexo 6, para formar parte integrante de su contexto.

9. Que para efectos del presente Acuerdo señala como domicilio el ubicado en la Calle de Lieja No. 7, 1er. Piso, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06600, en México, Distrito Federal.II. Declara “LA ENTIDAD”:

1. Que concurre a la celebración del presente Acuerdo, a través del Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes, quien cuenta con competencia y legitimidad para ello en términos de lo establecido en los artículos 1º, 46 fracción VII inciso a) y 63, de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, y artículo 2° de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Aguas-calientes, acreditando la personalidad con que se ostenta mediante la constancia expedida por el Tri-bunal Federal Electoral, con fecha 27 de noviembre de 2011 misma que en copia fotostática se adjunta al presente como Anexo 7 para formar parte integrante de su contexto.

2. Que el Jefe de Gabinete, el Subsecretario de Egresos de la Secretaría de Finanzas –en suplen-cia del Secretario de Finanzas- y el Secretario de Fiscalización y Rendición de Cuentas, asisten a la suscripción del presente Acuerdo, de conformidad con lo establecido por los artículos 49 y 63, de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, y 2º, 3º, 9º, 12, 13 fracción VII, 15, 22, 24 fracción II, 27, 31 fracción XXI y 43 fracción V, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Aguasca-lientes, y 24 del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas, quienes acreditan su cargo mediante los nombramientos expedidos por el Gobernador de “LA ENTIDAD”, mismos que en copia fotostática se adjuntan al presente como Anexo 8 para formar parte integrante de su contexto.

3. Que las obligaciones de la Secretaría de Finanzas, correspondientes a este Acuerdo y sus instrumentos específicos, serán automáticamente transferidos del Subsecretario de Egresos al Se-cretario de Finanzas, sin necesidad de modificar el presente Acuerdo Marco, una vez que se haya designado al Secretario de Finanzas.

4. Que el Secretario de Salud y Director General del Instituto de Salud del Estado de Aguascalientes, asiste a la suscripción del presente Acuerdo, de conformidad con el artículo 21 fracción VIII, de la Ley de Salud del Estado de Aguascalientes y 19 fracción X, del Reglamento Interior del Instituto de Salud de Aguascalientes, acreditando su cargo mediante nom-bramiento expedido por el Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes, el día 6 de diciembre de 2010, mismo que en copia fotostática se adjunta al presente como Anexo 9 para formar parte integrante de su contexto.

5. Que para todos los efectos legales relaciona-dos con este Acuerdo señala como su domicilio el ubi-cado en Margil de Jesús No. 1501, fraccionamiento Arboledas, Código Postal 20020, en Aguascalientes, Aguascalientes.III. Ambas partes declaran:

1. Que conforme al artículo 73 fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexi-canos, en relación con el artículo 4°, de la misma Constitución y 13, de la Ley General de Salud, es facultad exclusiva de la Federación, a través del Congreso de la Unión, legislar en materia de salu-bridad general.

2. Que conforme al artículo 4°, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en relación con el 3°, de la Ley General de Salud, se establecen las materias de salubridad general.

3. Que conforme al artículo 13 apartado B, de la Ley General de Salud, corresponde a los gobiernos de las entidades federativas en materia de salubridad general, como autoridades locales y dentro de sus respectivas jurisdicciones territoriales, el organizar, operar, supervisar y evaluar la prestación de servi-cios de salubridad general a que se refiere dicho apartado.

Que con fundamento en los artículos 26 y 90, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1°, 2° fracción I, 22, 26 y 39, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33 y 44, de la Ley de Planeación; 9°, de la Ley General de Salud; 1°, 25 y 30, de la Ley de Coordinación Fiscal, así como en los artículos 31 fracción V, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes, artículo 21 fracción VIII, de la Ley de Salud del Estado de Aguascalientes, y demás disposiciones legales aplicables, las partes acuerdan celebrar el presente Acuerdo al tenor de las siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA.- OBJETO.- Ambas partes convie-nen que con objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, por medio de este Acuerdo, fijan las bases y mecanismos generales a través de los cuales serán transferidos mediante la suscripción de los instrumen-tos específicos correspondientes, lo siguiente:

1. Recursos presupuestarios federales a “LA ENTIDAD” para coordinar su participación con el

PERIODICO OFICIAL Pág. 7Agosto 22 de 2011 (Primera Sección)

Ejecutivo Federal, en términos de los artículos 9° y 13 apartado B, de la Ley General de Salud.

Los recursos tendrán como finalidad, de manera enunciativa, más no limitativa:

I. Fortalecer la infraestructura de servicios de salud;

II. Fortalecer la oferta de los servicios de salud;III. Implementar programas en materia de sa-

lud;IV. Proporcionar el Seguro Universal para una

Nueva Generación;V. Los demás que, de conformidad con los pre-

supuestos aprobados, asignaciones o ampliaciones determinadas por el Ejecutivo Federal, las políticas de la Secretaría y la normatividad aplicable, sean necesarias para dar continuidad a las acciones de consolidación y funcionamiento del Sistema Nacional de Salud.

2. Dotar de insumos a “LA ENTIDAD”, atendiendo a las disposiciones jurídicas aplicables.

3. Dotar de bienes a “LA ENTIDAD” median-te Contratos de Comodato o Donación, una vez cubiertos los requisitos y disposiciones jurídicas aplicables.

SEGUNDA.- INSTRUMENTOS ESPECÍFICOS.- Los instrumentos específicos que las partes suscri-ban, para el desarrollo de las acciones previstas en el presente Acuerdo Marco, serán suscritos atendiendo al ámbito de competencia que cada uno de ellos determine por:“LA ENTIDAD”:

La Secretaría de Salud y el Instituto de Salud del Estado de Aguascalientes; y

La Secretaría de Finanzas a través del Subse-cretario de Egresos, hasta en tanto se designa al Secretario de Finanzas, hecho lo cual, los instrumen-tos específicos, serán suscritos por este último, sin necesidad de que se celebre un convenio modifica-torio a este Acuerdo Marco..“LA SECRETARÍA”:

La Subsecretaría de Administración y Finanzas, por sí misma, o asistida por las Unidades Adminis-trativas que tiene adscritas.

La Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, por sí misma, o asistida por las Unida-des Administrativas que tiene adscritas.

La Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, por sí misma, o asistida por las Unidades Administrativas y órganos desconcentrados que tiene adscritos.

La Comisión Nacional de Protección Social en Salud, asistida por las Unidades Administrativas que tiene adscritas.

La Comisión Federal de Protección Contra Riesgos Sanitarios, asistida por las Unidades Admi-nistrativas que tiene adscritas.

Por sí mismas, o asistidas por las unidades admi-nistrativas competentes y/o los órganos desconcen-trados que cada una de ellas tenga adscritos.

Los instrumentos específicos, una vez formali-zados serán parte integrante del presente Acuerdo Marco y deberán contener, en forma enunciativa mas no limitativa, los siguientes aspectos:

1. En los casos que impliquen recursos:I. Monto a transferir y destino para el que serán

aplicados los recursos.II. La manifestación expresa de que los recur-

sos a transferirse no pierden el carácter de “Fe-deral”, por lo que, en su asignación y ejecución, deberán observarse las disposiciones jurídicas federales aplicables a la consecución del objeto que se establezca en cada instrumento.

2. En los casos referentes a insumos, se detallará la cantidad y descripción de productos que será entre-gada; el monto del costo que para “LA SECRETARÍA” implican los mismos y, el destino para el que serán utilizados y el término en el que se consumirán. Por tratarse de bienes etiquetados, el término y destino de los mismos, no podrán ser modificados sino por previo acuerdo con “LA SECRETARÍA”.

3. En los casos en que se transfieran bienes, se deberá detallar la descripción, cantidad y el monto del costo que, para “LA SECRETARÍA”, implican los mismos, así como el destino para el que serán utilizados y el término en el que se consumirán. Por tratarse de bienes etiquetados, el término y destino de los mismos no podrá ser modificado sino por previo acuerdo con “LA SECRETARÍA”.

4. Obligaciones que asume cada una de las partes.

5. Calendario de ministración de recursos, de insumos o de bienes, en su caso.

6. En su caso, actividades de colaboración.7. En los casos que impliquen la transferencia de

recursos, la mención expresa para cada instrumento, en el sentido de que tal y como lo establece en el artículo 82 fracciones IX, XI y XII, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en relación con el artículo 224, segundo párrafo de su Reglamento, “LA ENTIDAD” destinará un monto equivalente al uno al millar del monto total de los recursos transferidos por instrumento específico, para la fiscalización de los mismos.

8. En el supuesto que su objeto implique recursos para infraestructura, la mención expresa de que por cada instrumento específico que se formalice, “LA ENTIDAD” destinará una cantidad equivalente al uno al millar del monto total de los recursos transferidos y aportados en efectivo, a favor de la Secretaría de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de Aguascalientes, para que realice la vigilancia, inspección, control y evaluación de las obras y acciones ejecutadas por administración directa con esos recursos, dicha cantidad será ejercida confor-me a los lineamientos que emita la Secretaría de la Función Pública.

9. Actividades de difusión y transparencia, y

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10. Las demás que acuerden las partes.TERCERA.- VIGENCIA El presente Acuerdo

comenzará a surtir efectos a partir de la fecha de su suscripción por parte de “LA SECRETARÍA” y tendrá una vigencia sujeta al término de la gestión o mandato del Gobernador de “LA ENTIDAD” o de la gestión de la administración 2006-2012 por parte de “LA SECRETARÍA”.

En el último año de gestión o mandato del Gober-nador de “LA ENTIDAD” y una vez que se extienda la Constancia de Mayoría Relativa o la Declaratoria como gobernador electo por parte de la autoridad electoral en “LA ENTIDAD” de la nueva gestión, el Gobernador en funciones se compromete a hacer del conocimiento del Gobernador electo, el presente instrumento a efecto de que, en su momento, ratifique su contenido o bien, se tomen las medidas necesarias para celebrar un nuevo Acuerdo.

De igual forma, “LA SECRETARÍA” se com-promete a hacer del conocimiento de la gestión entrante el presente instrumento a efecto de que, en su momento, ratifique su contenido o bien, se tomen las medidas necesarias para celebrar un nuevo Acuerdo.

Independientemente de lo anterior, y toda vez que los instrumentos específicos que se forma-lizarán durante la vigencia del presente Acuerdo Marco, serán suscritos por los funcionarios de cada parte que cuentan con las facultades para representarla y obligarla, las partes manifiestan su total conformidad en que dichos instrumentos específicos seguirán sus efectos y vigencia hasta la total conclusión de las acciones determinadas en cada uno.

Las partes convienen que el presente Acuerdo podrá modificarse por instrucción del Ejecutivo Federal, o de común acuerdo y por escrito entre las partes, sin alterar sustancialmente el objeto, estructura y siempre, en estricto apego a las dispo-siciones jurídicas aplicables. El presente Acuerdo y las modificaciones al mismo deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización.”

CUARTA.- OBLIGACIONES DE “LA ENTIDAD”.- “LA ENTIDAD” se obliga a:

I. Con fundamento en lo establecido en los artícu-los 82 fracción IX, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 224 cuarto párrafo, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Secretaría de Finanzas de “LA ENTIDAD”, deberá establecer, en forma previa y para cada instrumento, en la institu-ción de crédito bancaria que la misma determine, una cuenta bancaria productiva específica que permita la identificación de los recursos y sus rendi-mientos financieros, para efectos de comprobación de su ejercicio y fiscalización, y demás disposiciones generales aplicables;

II. Destinar los recursos únicamente al objeto para el cual serán transferidos, mismos que conser-

van su naturaleza de carácter federal, por lo que, en su asignación y ejecución, deberán observarse las disposiciones jurídicas federales aplicables a la consecución del objeto que se establezca en cada instrumento, sujetándose a los objetivos y/o indicadores de desempeño y/o a las metas que se determinen, por lo que se hace responsable del uso, aplicación y destino de los citados recursos;

III. Una vez que sean radicados los recursos pre-supuestales federales en la Secretaría de Finanzas, ésta se obliga a ministrarlos íntegramente y dentro de los tres días siguientes a la unidad ejecutora para el cumplimiento del objeto determinado en el instrumento jurídico correspondiente;

Para efectos del presente instrumento, se entenderá como unidad ejecutora a los Servi-cios Estatales de Salud o al Organismo Público Descentralizado a quien serán ministrados los recursos para su aplicación, conforme al objeto que en cada instrumento se determine.

IV. Realizar a través de la unidad ejecutora, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, las acciones necesarias a efecto de dar cumplimiento al objeto que para cada instrumento específico se determine;

V. La unidad ejecutora de los recursos que se transfieran, informará a la Secretaría de Finanzas, la relación de pagos, nombre de beneficiarios y montos, para la ejecución del objeto que para cada instrumento específico se requiera, atendiendo a los plazos y condiciones establecidos en las disposicio-nes normativas aplicables;

VI. De conformidad con lo establecido en el Acuerdo por el que se da a conocer a las entidades federativas y municipios y a las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, el formato para proporcionar información relacionada con recursos presupuestarios federales, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 31 de enero de 2007, presentar informes trimestrales consolidados, dentro de los quince primeros días de los meses de enero, abril, julio y octubre;

En caso de que el Acuerdo citado con anteriori-dad sea abrogado, derogado o sustituido por alguna otra disposición jurídica posterior, se atenderá lo establecido en esta última.

Asimismo, se observará lo establecido en los Lineamientos para informar sobre el ejercicio, destino y resultados obtenidos con recursos presupuestarios federales transferidos a las entidades federativas, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 25 de febrero de 2008.

VII. A través de la unidad ejecutora, recabar y verificar que la documentación comprobatoria original de las erogaciones cumpla con los requisitos fiscales que señala la normatividad vigente;

Asimismo, se obliga a resguardar y mantener actualizada la documentación comprobatoria, la cual podrá ser requerida por “LA SECRETARÍA” y, en su caso, por la Secretaría de Hacienda y Crédito

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Público y/o los órganos fiscalizadores competentes de la Secretaría de la Función Pública, la Auditoría Superior de la Federación, así como la información adicional que estas últimas le requieran, conforme a la normatividad federal aplicable.

VIII. Realizar, a través de la unidad ejecutora, los registros correspondientes en su contabilidad, e informar en la Cuenta Pública local sobre la aplicación de los recursos, sin que por ello pierdan su carácter federal, así como dar cumplimiento a las demás dis-posiciones federales aplicables en la administración de dichos recursos;

IX. Los recursos transferidos en el marco de los instrumentos respectivos, así como los rendimientos financieros generados en las cuentas bancarias pro-ductivas específicas, deberán ser ejercidos conforme a los calendarios establecidos y hasta el cumplimien-to del objeto de cada instrumento que se celebre;

Los recursos remanentes, junto con los rendi-mientos obtenidos, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación, dentro de los quince días naturales siguientes a la conciliación físico-financiera del objeto del instrumento específico que se celebre.

Los recursos no ejercidos, junto con los rendi-mientos obtenidos, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación, dentro de los quince días naturales siguientes al cierre del ejercicio.

Los recursos presupuestales federales transfe-ridos, que después de radicados en la Secretaría de Finanzas de “LA ENTIDAD”, no hayan sido ministra-dos a la unidad ejecutora, o que una vez ministrados a esta última, no sean ejercidos en los términos que se establezcan en cada instrumento específico, serán considerados por “LA SECRETARÍA” como recursos ociosos, en términos de lo establecido en el artículo 223, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, proce-diéndose a su reintegro, junto con los rendimientos obtenidos, al Erario Federal, a través de la Tesorería de la Federación, dentro de los 15 días siguientes en que lo requiera “LA SECRETARÍA”.

De igual forma, serán reintegrados al Erario Federal, a través de la Tesorería de la Federación, aquellos recursos, junto con los rendimientos que se hubiesen generado, que sean utilizados para fines distintos a los previstos tanto en el presente Acuerdo, así como en los instrumentos específicos correspondientes.

X. Informar de manera detallada a “LA SECRE-TARÍA”, mediante el acta o documento que en cada instrumento específico se determine, respecto de la conclusión del objeto que cada uno contemple;

XI. No traspasar a otros conceptos de gasto los recursos que se transferirán en cada instrumento específico;

XII. Entregar a “LA SECRETARÍA”, por conducto de la Secretaría de Finanzas, el informe sobre el avance físico financiero elaborado por la unidad ejecutora y validada por la propia Secretaría de

Finanzas, de conformidad con los plazos que cada instrumento específico determine;

XIII. Observar las disposiciones legales federa-les aplicables a las obras públicas y a los servicios relacionados con las mismas, así como a las ad-quisiciones, arrendamientos de bienes muebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza que se efectúen con los recursos que serán transferidos en cada instrumento específico;

XIV. Evitar comprometer recursos que excedan la capacidad financiera pactada en el instrumento específico;

XV. Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica y normativa, así como las autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización del objeto de cada instrumento específico;

XVI. Los recursos humanos que requiera para la ejecución del objeto del presente Acuerdo y de los instrumentos específicos que en cada caso se celebren, quedarán bajo su absoluta responsabili-dad jurídica y administrativa, y no existirá relación laboral alguna entre éstos y “LA SECRETARÍA”, por lo que en ningún caso se entenderán como patrones sustitutos o solidarios;

XVII. En coordinación con “LA SECRETARÍA” y a efecto de asegurar la efectividad del presente Acuerdo, revisar periódicamente su contenido y aplicación, así como también adoptar las medidas necesarias para establecer el enlace y la comuni-cación requeridos para dar el debido seguimiento a los compromisos asumidos. Lo anterior, sin perjuicio de que los órganos fiscalizadores correspondientes verifiquen en cualquier momento el cumplimiento de los compromisos a cargo de “LA ENTIDAD”, en los términos del presente Acuerdo y de los instrumentos específicos que se celebren;

XVIII. Publicar en el órgano de difusión oficial de “LA ENTIDAD”, dentro de los quince días hábiles posteriores a su formalización, el presente Acuerdo Marco y los instrumentos específicos que de él deriven, así como cualquier modificación que a los mismos se realice;

XIX. Difundir en su página de Internet el presente Acuerdo y los instrumentos específicos que en cada caso se celebren, incluyendo los avances y resul-tados físicos y financieros, en los términos de las disposiciones aplicables.

QUINTA.- OBLIGACIONES DEL EJECUTIVO FEDERAL.- El Ejecutivo Federal, a través de “LA SECRETARÍA” se obliga a:

I. De conformidad con su disponibilidad presu-puestal y atendiendo a las disposiciones jurídicas aplicables, transferir a “LA ENTIDAD”, a través de la instancia que en cada instrumento específico deter-mine “LA SECRETARÍA”, recursos presupuestales federales a efecto de que sean aplicados específi-camente para la realización del objeto que en cada caso se determine;

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II. Verificar que los recursos presupuestales, que en cada instrumento específico se transfieran, no permanezcan ociosos o bien, que sean destinados únicamente para la realización del objeto que en cada caso se determine, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal, por lo que en todo caso, “LA SECRETARÍA” ejercerá las acciones correspondientes para que dichos recursos sean re-integrados al Erario Federal, a través de la Tesorería de la Federación, dentro de los quince días siguientes en que así lo requiera;

III. Abstenerse de intervenir en el procedimien-to de asignación de los contratos, convenios o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice “LA ENTIDAD” para cumplir con el objeto para el cual serán destinados los recursos presupuestales federales transferidos;

IV. Practicar visitas, solicitar la entrega del reporte fotográfico y escrito, de los avances de la obra y su equipamiento, así como de la “relación de gastos”, que sustenten y fundamenten la aplicación de los recursos a “LA ENTIDAD”, a través de las instancias que en cada instrumento especifico determinen;

La documentación comprobatoria del gasto de los recursos federales que se transfieran, deberá cumplir con los requisitos fiscales que señala la normatividad vigente, misma que deberá expedirse a nombre de “LA ENTIDAD”, estableciendo domicilio, Registro Federal de Contribuyentes, conceptos de pago, etc.

V. Aplicar las medidas que procedan de acuerdo con la normatividad aplicable e informar a la Secre-taría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de la Función Pública Federal, a la Auditoría Superior de la Federación y a la Secretaría de Fiscalización y Rendición de Cuentas, el caso o casos en que los recursos presupuestales permanecen ociosos o no hayan sido aplicados por “LA ENTIDAD” para los fines que en cada instrumento específico se determinen, ocasionando como consecuencia el reintegro y la suspensión de la ministración de recursos subse-cuentes a “LA ENTIDAD”, en términos de lo estable-cido en la Cláusula Octava del presente Acuerdo;

VI. Realizar, a través de la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto, los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la apli-cación de los recursos transferidos en el marco del presente Acuerdo;

VII. Dar seguimiento trimestralmente, en coor-dinación con “LA ENTIDAD”, sobre el avance en el cumplimiento de los objetos que en cada instrumento específico se determinen ejecutar;

VIII. Los recursos humanos que requiera para la ejecución del objeto del presente Acuerdo y de los instrumentos específicos que en cada caso se celebren, quedarán bajo su absoluta responsabilidad jurídica y administrativa, y no existirá relación laboral

alguna entre éstos y “LA ENTIDAD”, por lo que en ningún caso se entenderán como patrones sustitutos o solidarios;

IX. El control, vigilancia, seguimiento y evalua-ción de los recursos presupuestarios que en virtud de este instrumento serán transferidos, corresponderá a “LA SECRETARÍA”, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de la Función Pública, y a la Auditoría Superior de la Federación, sin perjuicio de las acciones de vigilancia, control y evaluación que, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, realice el órgano de control de “LA ENTIDAD”;

X. En coordinación con “LA ENTIDAD” y a efecto de asegurar la efectividad del presente Acuerdo, re-visar periódicamente su contenido y aplicación, así como también adoptar las medidas necesarias para establecer el enlace y la comunicación requeridos para dar el debido seguimiento a los compromisos asumidos. Lo anterior, sin perjuicio de que la Secre-taría de la Función Pública, verifique en cualquier momento el cumplimiento de los compromisos a cargo de “LA ENTIDAD”, en los términos del presente Acuerdo Marco y de los instrumentos específicos que se celebren;

XI. Publicar en el Diario Oficial de la Federación, dentro de los quince días hábiles posteriores a su formalización, el presente Acuerdo Marco y los ins-trumentos específicos que de él deriven;

XII. Difundir en su página de Internet los progra-mas financiados con los recursos que serán trans-feridos mediante los instrumentos específicos que en cada caso se celebren, incluyendo los avances y resultados físicos y financieros, en los términos de las disposiciones aplicables.

SEXTA.- CAUSAS DE TERMINACIÓN.- El pre-sente Acuerdo cesará sus efectos por haber termi-nado el mandato del Gobernador de “LA ENTIDAD” o de la gestión del Titular de “LA SECRETARÍA”, sin que se haya ratificado su contenido.”

Podrá darse por terminado anticipadamente cuando se presente alguna de las siguientes cau-sas:

I. Por acuerdo de las partes;II. Por no existir la disponibilidad presupuestal

para hacer frente a los compromisos que adquiere “LA SECRETARÍA”;

III. Por caso fortuito o fuerza mayor;SÉPTIMA.- CAUSAS DE RESCISIÓN.- El pre-

sente Acuerdo podrá rescindirse por las siguientes causas:

I. Cuando se determine que los recursos pre-supuestarios federales transferidos, permanezcan ociosos, o bien, sean utilizados con fines distintos a los previstos en el presente Acuerdo Marco, o en el instrumento específico que al efecto se celebre;

II. Por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en el mismo.

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OCTAVA.- SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE LA TRANSFERENCIA DE RECURSOS.- El Ejecutivo Federal, por conducto de “LA SECRETARÍA”, podrá solicitar el reintegro, suspender o cancelar la minis-tración subsecuente de recursos presupuestarios federales a “LA ENTIDAD”, cuando se determine que permanecen ociosos, que se han utilizado con fines distintos a los previstos en cada Convenio Es-pecífico que se celebre, o por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en el mismo, supuestos en los cuales los recursos indebidamente utilizados tendrán que ser restituidos al Erario Federal, a tra-vés de la Tesorería de la Federación, dentro de los 15 días hábiles siguientes en que lo requiera “LA SECRETARÍA”.

Previo a que “LA SECRETARÍA” determine lo que corresponda en términos del párrafo anterior, se le informará a “LA ENTIDAD”, para que en su caso, aclare o desvirtúe los hechos que se le imputan.

Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que, en su caso, incurran los servidores públicos, federales o locales, así como los particulares, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.

NOVENA.- INTERPRETACIÓN, JURISDIC-CIÓN Y COMPETENCIA.- Las partes manifiestan su conformidad para interpretar, en el ámbito de sus respectivas competencias, y resolver de común acuerdo, todo lo relativo a la ejecución y cumplimiento del presente Acuerdo, así como sujetar todo lo no previsto en el mismo a lo dispuesto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento, así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables.

De las controversias que surjan con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente Acuerdo conocerán los tribunales federales competentes en la Ciudad de México, renunciando las partes a cualquier fuero que pudiera corresponderles en razón de su domicilio presente o futuro.

El presente instrumento les fue leído y explicado en todos sus alcances jurídicos a las partes, estando enteradas del contenido y alcance legal del presente Acuerdo, lo firman por cuadruplicado:

Por “LA ENTIDAD” al día cinco de abril del año dos mil once.

Por “LA SECRETARÍA” a 4 de mayo del año dos mil once.

POR “LA SECRETARÍA” EL SECRETARIO DE SALUD,

Dr. José Ángel Córdova Villalobos.

SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS,

Lic. Laura Martínez Ampudia.

SUBSECRETARIA DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD,

Dra. Maki Esther Ortiz Domínguez.

SUBSECRETARIO DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD,

Dr. Mauricio Hernández Ávila.

COMISIONADO NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD,

Mtro. Salomón Chertorivski Woldenberg.

COMISIONADO FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS,

Lic. Mikel Andoni Arriola Peñalosa.

POR "LA ENTIDAD"EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE

AGUASCALIENTES,

Ing. Carlos Lozano de la Torre.

JEFE DE GABINETE,

Lic. Antonio Javier Aguilera García.

SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE SALUD DEL

ESTADO DE AGUASCALIENTES,Dr. José Francisco Esparza Parada.

SUBSECRETARIO DE EGRESOS, EN SUPLENCIA DEL SECRETARIO DE FINANZAS,

CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 22 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN

PÚBLICA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES Y 24 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA

SECRETARIA DE FINANZAS,Lic. José Alejandro Díaz Lozano.

SECRETARIO DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS,

Dr. Alberto Solís Farías.

HOJA DE FIRMAS DEL ACUERDO MARCO DE COORDI-NACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD Y POR LA OTRA PARTE EL ESTADO DE AGUASCALIENTES. ACUERDO DE CABILDO DE SAN JOSÉ DE GRACIA

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PRESIDENCIA MUNICIPALRINCON DE ROMOS, AGS.

HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE RINCÓN DE ROMOS,PRESENTE.

Con fundamento en el Artículo 115, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes; 16, 36 fracciones I y XXXIX, 47; 117 de la Ley Municipal para el Estado de Aguas-calientes; Artículo Séptimo Transitorio de la Ley de Ingresos del Municipio de Rincón de Romos para el ejercicio fiscal 2011; Artículos 73, 74, 79, 80, 82 y demás relativos aplicables del Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Rincón de Romos, el suscrito Presidente Municipal, tengo a bien presentar a la recta consideración de este Honorable Ayun-tamiento, el DECRETO MEDIANTE EL CUAL SE AUTORIZA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS, bajo la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOSCon el afán de dar a los contribuyentes la oportu-

nidad de ponerse al corriente en el pago de Rezagos por Consumo del Servicio de Agua Potable para uso doméstico en el año 2011, así como a los locatarios del Mercado Municipal, tomando en consideración la crisis económica que padece el país, la cual ha afectado a todos los mexicanos, lo que ha originado que un gran número de personas se encuentren rezagadas en el cumplimiento de pago de sus obli-gaciones fiscales u omitan el cumplimiento de las obligaciones establecidas en las diferentes Leyes Fiscales y por ende se han generado, como acce-sorios a los anteriores e incumplimiento de dichas Leyes, recargos, sanciones y gastos de ejecución, se expiden las Bases Generales para el Otorga-miento de Subsidios, de Derechos y Disminución o Condonación de los Recargos y las Sanciones que deban imponerse y que determinen las diferentes Leyes Fiscales aplicables al caso concreto, al tenor de lo siguiente:

C O N S I D E R A N D O S :PRIMERO.- Que el Municipio tiene la libre Ad-

ministración de su Hacienda y que debe proveer el otorgamiento de las facultades administrativas para que se cumpla la Ley de Ingresos del Municipio de Rincón de Romos, Ags., para el ejercicio fiscal 2011 y que debe tener en consideración las actuales condi-ciones económicas así como los planes y programas planteados por esta administración municipal.

SEGUNDO.- Que el Presidente Municipal, podrá someter a la aprobación del H. Ayuntamiento median-te disposiciones de carácter general, el otorgamiento de hasta un 90% de descuento en el pago de multas, recargos, gastos de ejecución y cobranza; tal como lo establece el Artículo Séptimo Transitorio de la Ley de Ingresos del Municipio de Rincón de Romos para el ejercicio fiscal 2011 así como el otorgamiento de la superior facultad de ejercer subsidios de hasta un 40% por el pago de Consumo del Servicio de

Agua Potable de uso doméstico para el ejercicio fiscal 2011.

TERCERO.- Que es necesario implementar un Programa de Subsidios en el pago Rezagos por con-sumo de agua potable anteriores al 31 de diciembre de 2010, así como de rezagos por consumo de agua potable del primero, segundo y tercer bimestre de 2011, que corresponden a los meses de enero-febre-ro, marzo-abril, y mayo-junio respectivamente.

CUARTO.- Que es indispensable implementar un Programa de Subsidios en el pago de Rezagos por Impuesto a la Propiedad raíz (Predial).

QUINTO.- Que es imprescindible se estructure un Programa de Subsidios en el pago de Rezagos y Recargos del usufructo de los locales comercia-les y Pilas del Mercado Municipal per misionado a particulares.

CON BASE EN LO ANTERIORMENTE EX-PUESTO EL H. AYUNTAMIENTO APRUEBA LOS SIGUIENTES:

PUNTOS RESOLUTIVOSPRIMERO.- A los contribuyentes que realicen el

pago de adeudos anteriores al 31 de diciembre de 2010, en una sola exhibición durante el mes de agos-to, se les otorgará un subsidio en el pago de consumo del servicio de agua potable para uso doméstico de un 40%; del 25% si el pago es ejercido en septiembre y el 10% si se efectúa en el mes de octubre.

A los contribuyentes que realicen el pago de adeudos del primero, segundo y tercer bimestre de 2011, en una sola exhibición durante el mes de agos-to, se otorgará un subsidio en el pago de consumo del servicio de agua potable para uso doméstico de un 20%; el 10% cuando el pago sea ejercido en septiembre.

Para las personas adultos mayores con creden-cial del INSEN, jubilados o pensionados, sindicali-zados y todo aquel usuario que cuente ya con algún tipo de subsidio, no aplica este programa.

Los servicios comerciales, industriales, autolava-dos o similares, plantas purificadoras y poseedores de ganado, NO PODRÁN ESTAR CONSIDERADOS EN ESTE PROGRAMA. También estarán excluidos aquellos usuarios que en el período del adeudo in-currieron en los supuestos siguientes:

I. Se detectaron con toma clandestina;II. Se reconectaron y ocasionaron daños a las

instalaciones;III. Hicieron mal uso del agua potable, sin pro-

vecho alguno, hicieron uso excesivo de esta con mangueras a chorro abierto, tiraron o desperdiciaron el agua sin recato;

IV. Pasaron el servicio de agua potable de su toma a otra, aunque cuente con servicio medido; y

V. Realizaron la manipulación o hicieron daño con el puenteo del medidor.

SEGUNDO.- Se otorgará subsidio en el Impuesto Predial de manera escalonada, a los contribuyentes

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que realicen su pago durante el mes de agosto con un 40% de descuento en el pago de adeudos ante-riores al 31 de diciembre del 2010 en uno solo de sus predios.

A quienes realicen el pago en el mes de septiem-bre se les aplicará un 25% de subsidio en el pago del impuesto correspondiente a adeudos anteriores al 31 de diciembre del 2010 en uno solo de sus predios.

A los que hagan el pago en el mes de octubre se les aplicará un 10% de subsidio en la liquidación del impuesto correspondiente a los adeudos ante-riores al 31 de diciembre del 2010 en uno solo de sus predios.

A los contribuyentes que realicen el pago de adeudos del año 2011 en una sola exhibición durante el mes de agosto, se les otorgará un subsidio en el pago del impuesto predial del 20%; el 10% cuando el pago sea ejercido en septiembre.

TERCERO.- Se otorgará subsidio a los contri-buyentes que usufructúen los locales comerciales y Pilas del Mercado Municipal que realicen el pago de adeudos anteriores al 31 de diciembre de 2010 en una sola exhibición en el mes de agosto, a quienes se les aplicará hasta un 90% de descuento en recargos y un 40% en rezagos.

CUARTO.- Para que opere este Programa de subsidios y descuentos, los contribuyentes deberán acudir a las oficinas del Organismo Operador de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento o a las cajas de Tesorería del Municipio de Rincón de Romos según corresponda, en donde se realizará el cálculo para determinar el monto del descuento y después de la debida autorización se hará efectivo el subsidio en mención de acuerdo con la fecha en que se realice el pago.

QUINTO.- Quedan autorizados el Presidente Municipal y el Tesorero para que apliquen los des-cuentos bajo su responsabilidad y criterio, asimismo se autoriza al Secretario del H. Ayuntamiento para que los realice en las ausencias temporales del Pre-sidente Municipal y del Tesorero y dichos descuentos deberán registrarse en el estado de cuenta, de puño y letra sin tachaduras ni enmendaduras especificando el porcentaje autorizado.

SEXTO.- En términos de lo dispuesto por las Leyes anteriormente citadas, todo subsidio otorgado deberá ser registrado en las cuentas del Organismo Operador de Agua Potable y de la Tesorería, debien-do estos informar al H. Ayuntamiento de cada uno de los subsidios otorgados, mediante reporte escrito que deberá ser debidamente fundado y motivado.

ARTÍCULOS TRANSITORIOS:ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor

al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

A t e n t a m e n t e

SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN.

MTRO. ROBERTO ROMO MARÍN,Presidente Municipal de Rincón de Romos.

PRESIDENCIA MUNICIPAL DE TEPEZALÁ, AGS.

Acuerdo de Modificación al Programa Municipal de Desarrollo Urbano 2009-2030

Extracto del Acta de Reunión Extraordinaria del H. Cabildo de Tepezalá celebrada el 4 de agosto del 2011.

.

.

.10.- Análisis y en su caso Aprobación de la Mo-

dificación al Programa Municipal de Desarrollo Urbano de Tepezalá 2009-2030 donde se excluya el predio conocido como piedras azules ubicado en el ejido del puerto de la concepción, con coordenadas de referencia en UTM 796, 724 E y 2, 456, 543 N de este municipio.

.

.

.Resultado de la votación y punto de acuerdo: Se

aprueba por unanimidad la Modificacion al Progra-ma Municipal de Desarrollo Urbano de Tepezalá 2009-2030, en su apartado de estrategías que es-tablece una zona destinada para esparcimiento y recreación eco turística; zona de la cual, por este Acuerdo, se excluye la parcela número 298 con una extensión de 40 hectáreas del predio conocido como Piedras Azules ubicado en el Ejido del Puerto de La Concepción, con coordenadas de referencia en UTM 796, 724 E y 2, 456, 543 N de este municipio consi-derando que el proyecto “Banco de Agregados” que se instalará en dicha propiedad refuerza las líneas estrategícas de desarrollo plasmadas en el Plan Municipal de Desarollo sustentable, por unanimidad de los presentes.

Dado en el salón de cabildo del H. Ayuntamien-to de Tepezalá, Ags., a los cuatro días del mes de agosto del dos mil once.- Publiquese.

A t e n t a m e n t e

SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN.

EL PRESIDENTE MUNICIPAL,J. Jesús Santillán Medina.

EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO,José Martínez Lara.

REGIDORES:REGIDOR, Juan Carlos Cruz Silva.REGIDOR, Imelda García Murillo.REGIDOR, Juan José Silva Silva.REGIDOR, Ma. Esther Gutiérrez Hernández.REGIDOR, Juan Reyes Encina.REGIDOR, Juan Carlos Villalobos Bernal.

SINDICO MUNICIPAL,Roberto Reyes García.

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PRESIDENCIA MUNICIPAL DE TEPEZALA, AGS.

PRESUPUESTO DE EGRESOS EJERCICIO FISCAL 2011

PRESUP. ORIGINAL

TOTAL EGRESOS $ 77,405,174.90 TOTAL EGRESOS DIRECTO MUNICIPAL 61,108,185.23 SERVICIOS PERSONALES 31,401,000.00 Sueldos Ordinarios y Compensaciones 16,000,000.00 Aguinaldos 3,500,000.00 Vacaciones 365,000.00 Prima vacacional 310,000.00 Pensiones y jubilaciones 1,700,000.00 Viáticos 80,000.00 Indemnizaciones 200,000.00 Finiquitos 480,000.00 Gastos de Representacion - Horas Extras - Despensa 400,000.00 Quinquenios 380,000.00 Ayuda para Renta 210,000.00 Transporte 230,000.00 Gratificaciones Eventuales 150,000.00 Retroactivo 26,000.00 Premio eficiencia - Capacitación - Cuotas Patronales IMSS 2,000,000.00 Cuotas Patronales ISSSSPEA 4,050,000.00 Impuesto sobre nóminas 420,000.00 Honorarios 100,000.00 Bono de Puntualidad 120,000.00 Bono de Asistencia 120,000.00 Día Festivo - Gastos médicos 560,000.00 SERVICIOS NO PERSONALES 9,671,038.23 Teléfono y Telex 400,000.00 Difusion e Informacion (Publicaciones) 80,000.00 Mantenimiento y Cons. de Vehículos 1,250,000.00 Mtto. y Conservacion de Maq. y Eq. de Tabajo 180,000.00 Energía Eléctrica 6,250,000.00 Otros Servicios 5,000.00 Pago Derechos Extracción de Agua 90,000.00 Actividades Cívicas y Reuniones Oficiales 250,000.00 Mant y Cons. de Mobiliario y Equipo de Ofna. 30,000.00 Gastos de Transportación 10,000.00 Servicios Bancarios 80,000.00

Mant. y Cons. de Edificios (Mat. Elect.) $ 75,000.00 Atencion a Visitantes 30,000.00 Placas y tenencias 70,000.00 Correo Telégrafo y Paquetería 1,038.23 Primas y Polizas de Seguro 60,000.00 Multas, Recargos y actualizaciones 250,000.00 Arrend. de Edificios y Equipos varios 110,000.00 Uso de Relleno Sanitario 450,000.00 MATERIALES Y SUMINISTROS 3,490,000.00 Material eléctrico $75,000.00 Papelería 350,000.00 Materiales y Suministros Varios 125,000.00 Combustibles y Lubricantes 2,550,000.00 Uniformes y Accesorios - Impresión de Formas 90,000.00 Neumáticos y Cámaras 100,000.00 Periódicos y Suscripciones - Articulos de Limpieza 70,000.00 Cloración de pozos 75,000.00 Herramientas 10,000.00 Gastos varios 45,000.00 TRANSFERENCIAS 1,660,000.00 Fomento Deportivo 250,000.00 Asistencia Social (DIF) 240,000.00 Subsidios y Donativos 120,000.00 Susidio a la Educación 450,000.00 Subsidio al Patronato 600,000.00 Becas y despensas - MAQUINARIA, MOB. Y EQUIPO - Mobiliario y Equipo de Oficina - AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO - Obra pública (Directo Municipal) 7,500,000.00 Obras Públicas Municipales 7,500,000.00 Egresos del Fondo Resarcitorio 4,586,147.00 Aportaciones a programas varios (3x1, opciones, empleo tem. Etc.) 2,800,000.00 NOTA: El rubro de aportaciones a programas varios, se está considerando como Servicio de Deuda. RAMO 33 16,296,989.67 Fondo III 7,500,000.00 Fondo IV 8,516,000.00

PERIODICO OFICIAL Pág. 17Agosto 22 de 2011 (Primera Sección)

PRESIDENCIA MUNICIPALAGUASCALIENTES, AGS.

LORENA MARTÍNEZ RODRÍGUEZ, PRESI-DENTE MUNICIPAL DE AGUASCALIENTES, con fundamento en los artículos 115 fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexi-canos; 68 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes; 16, 36 fracciones I y XXXIX de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes; artículo 71 fracción II y demás relativos y aplicables del Códi-go Municipal de Aguascalientes, a los habitantes del Municipio de Aguascalientes hace saber que el Hono-rable Ayuntamiento 2011-2013, tuvo a bien aprobar la Modificación al proyecto de trayectoria y sección Avenida Siglo XXI, derivando lo siguiente:HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES,P R E S E N T E.

CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTA-DOS UNIDOS MEXICANOS; 66 Y 68 DE LA CONS-TITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE AGUAS-CALIENTES; ARTÍCULOS 16, 36 FRACCIONES I, XLII y LIII, y 47 DE LA LEY MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE AGUASCALIENTES; ARTÍCULOS 11, 18, 71 FRACCIÓN II, 82, 85, 97 Y DEMÁS RELATI-VOS Y APLICABLES DEL CÓDIGO MUNICIPAL DE AGUASCALIENTES; LA COMISIÓN PERMANEN-TE DE PLANEACIÓN URBANA Y RURAL TIENE A BIEN PRESENTAR A LA RECTA CONSIDERACIÓN DE ESTE HONORABLE CABILDO, EL DICTAMEN RELATIVO A LA MODIFICACIÓN AL PROYECTO DE LA TRAYECTORIA Y SECCIÓN DE LA AVENIDA SIGLO XXI, BAJO LOS SIGUIENTES

A N T E C E D E N T E S :A.- Con fecha de 24 de marzo de 2011, la Se-

cretaría de Infraestructura y Comunicaciones hace llegar a la Secretaría de Desarrollo Urbano Municipal, mediante Oficio No. 176, la solicitud para poner a consideración del Comité de Desarrollo Urbano, para su análisis, discusión y en su caso aprobación, la propuesta para el trazo del 3er Anillo de Circunvala-ción, tramo poniente.

B.- En Dictamen Técnico, según Oficio No. DCU/2438/11, de fecha 25 de abril de 2011, emitido por la Secretaría de Desarrollo Urbano del Municipio de Aguascalientes, dictamina que NO EXISTE IN-CONVENIENTE para dar seguimiento a la petitoria antes mencionada, y se presente ante el Honorable Cabildo del Municipio de Aguascalientes por con-ducto de la Comisión Permanente de Planeación Urbana y Rural para su discusión, análisis y en su caso aprobación, en cuanto a la modificación a la trayectoria y sección propuesta para la vialidad Primaria denominada Avenida Siglo XXI, en razón de que las obras de urbanización y conclusión de dicha Avenida, en su parte poniente se encuentran suspendidas desde hace aproximadamente 20 años, y se tiene por meta concluir esta importante arteria de la ciudad.

C.- El asunto en comento fue analizado por los Regidores Integrantes de la Comisión Permanente de Planeación Urbana y Rural en Sesión el día 20 de mayo del 2011. Derivado de lo anterior se acordó realizar una visita física al lugar en donde re realizará la obra de la Avenida materia del presente, el día 21 del mismo mes y año, para efecto de verificar y constatar la viabilidad de la petición dictaminada por el Comité de la Secretaría de Desarrollo Urbano Municipal.

D.- Asimismo en el Dictamen Técnico de la Secretaría de Desarrollo Urbano, señala que con fecha de 25 de abril de 2011 se publicó el Edicto en el Periódico Oficial del Estado para abrir periodo de audiencia pública, haciendo constar que no se recibieron observaciones al respecto por parte de la ciudadanía.

E.- Actualmente el crecimiento de la ciudad de Aguascalientes se rige por el Programa de Desa-rrollo Urbano de la Ciudad de Aguascalientes 2030, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 7 de enero de 2008, e inscrito en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio el 18 del mismo mes y año; documento que adquiere el carácter de norma general obligatoria para autoridades y particulares, de conformidad con el artículo 87 del Código Urbano para el Estado de Aguascalientes.

C O N S I D E R A N D O S :PRIMERO. Que de conformidad con el artículo

115, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 68 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, los Municipios están dotados de autonomía, patrimonio propio y facultados, para emitir disposiciones administrativas de carácter general dentro de su respectivo ámbito de competencia.

SEGUNDO. Que de conformidad con el artículo 115, fracción V, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Municipios tienen facultades para autorizar, controlar y vigilar la utili-zación del suelo, en el ámbito de su competencia, y en su jurisdicción territorial.

TERCERO.- Que es interés del Municipio de Aguascalientes realizar las acciones necesarias para una eficaz y eficiente prestación de los servicios públicos que tiene a su cargo, como lo es el creci-miento armónico y ordenado de la ciudad en razón de las necesidades básicas de su población, según lo establecen los artículos 115 fracción III de nuestra Ley Suprema y artículo 69 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, en concordancia con el artículo 36 fracción XXXVIII de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes.

CUARTO.- Que de conformidad con el artículo 36 fracción LIII de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes, la regulación para el control urbano de un centro de población, como instrumento técnico jurídico, demanda una actualización que conlleva la determinación de estrategias que vinculen priorida-des y un compromiso de evaluación y evolución de los programas, como lo es el caso del Programa de

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Desarrollo Urbano de la Ciudad de Aguascalientes 2030.

QUINTO.- Que el dictamen técnico que emite el Comité de Desarrollo Urbano y Rural del Municipio de Aguascalientes acordado favorablemente para que se dé seguimiento a la petitoria que nos ocupa, cuya vialidad en cuestión se localiza al poniente de la Ciudad de Aguascalientes, como se presenta en la imagen que se anexa al presente Dictamen; lo anterior se formula con base en lo establecido en los artículos 115 fracción V incisos a) y d) de la Cons-titución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 71 fracciones I y IV, 23 fracciones I, II y XXVII, 44 fracciones I y IV del Código Urbano para el Estado de Aguascalientes, y 36 fracción XVII de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes, .

SEXTO.- Que con fundamento en los artículos 11, 18, 82 fracción VI y 85 del Código Municipal de Aguascalientes, esta Comisión Permanente de Pla-neación Urbana y Rural cuenta con las facultades para emitir el presente Dictamen, mismo que se somete para su análisis, discusión y, en su caso, aprobación de este H. Cabildo, bajo los siguientes:

R E S O L U T I V O S :PRIMERO.- Por lo anteriormente expuesto y

fundado, esta Comisión Permanente de Planeación Urbana y Rural, dictamina POSITIVO y pone a con-sideración de este Honorable Cabildo, la solicitud de modificación al proyecto de la trayectoria y sección de la Avenida Siglo XXI, cuya vialidad en cuestión se localiza al poniente de la ciudad de Aguascalien-tes, como se presenta en el plano que se anexa al presente Dictamen.

SEGUNDO.- La autorización del asunto en co-mento queda sujeta al cumplimiento de las siguientes condiciones:

a) Respetar el Dictamen Técnico expedido por el Subcomité de Tránsito y Análisis Vial.

b) Manejar una sección mínima de 53.00 metros de paramento a paramento.

TERCERO.- Aprobada esta solicitud por este Honorable Cabildo, se deberá:

a) Realizar la anotación respectiva en el Pro-grama de Desarrollo Urbano de la Ciudad

de Aguascalientes 2030, publicado en el Periódico Oficial del Estado con fecha del 7 de enero de 2008, e inscrito en el Registro Pú-blico de la Propiedad y del Comercio el 18 del mismo mes y año; documento que adquiere el carácter de norma general obligatoria para autoridades y particulares de conformidad con el artículo 87 del Código Urbano para el Estado de Aguascalientes.

b) Turnar el presente Dictamen para su publica-ción en el Periódico Oficial del Estado.

c) Inscribir en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado, la modificación que se señala, para los efectos legales a que haya lugar.

Lo anterior para el conocimiento de la ciudada-nía. Dado en el salón de Cabildo por el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Aguascalientes en la Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el día cuatro de Julio dos mil once.

Lic. Lorena Martínez Rodríguez, Presidente Municipal; Regidores: Elsa Lucía Armendáriz Silva, José Gilberto Gutiérrez Gutiérrez, Pedro Rafael Delgado Carrillo, Yuri Antonio Trinidad Montoya, Ma. Elena Tiscareño González, Alejandro Regalado Díaz, María Emilia del Pilar Hernández Lozano, Raquel Soto Orozco, Vicente Pérez Almanza, Patricia García García, Luis Enrique Popoca Pérez, Guillermo Ulises Ruiz Esparza de Alba, Elías Ramírez Falcón, José Alberto Vera López; Síndico de Hacienda, Ma. Ga-briela Puebla Preciado; Síndico Procurador, Ikuacla-netzi Cardona Luiz; Secretario del H. Ayuntamiento y Director General de Gobierno, Mtro. J Luis Fernando Muñoz López.- Rúbricas.

Por lo que tiene el honor de comunicarlo, para su conocimiento y efectos legales conducentes. En tal ver, promulga y ordena se dé publicidad para su debido cumplimiento. 3 de agosto del 2011.- Lic. Lorena Martínez Rodríguez, Presidente Municipal de Aguascalientes.- Rúbrica.

De conformidad con el artículo 107 fracción XI del Código Municipal de Aguascalientes, Mtro. J Luis Fernando Muñoz López, El Secretario del H. Ayunta-miento y Director General de Gobierno.- Rúbrica

COMISIÓN CIUDADANA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTESDirección Técnica y Licitación de Obras

Licitación Pública Estatal

Convocatoria: 001-11En observancia a la Constitución Política del Estado de Aguascalientes en su Artículo 90, y de conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado de Aguascalientes, al Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado de Aguascalientes y a la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes, teniendo necesidad el Municipio de Aguascalientes de llevar a cabo la construcción de las obras que se enlistan a continuación, a través de la Comisión Ciudadana de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Aguascalientes, se convoca a los interesados en participar en las licitaciónes de carácter Estatal para la contratación de las obras siguientes:

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PARA PODER PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN ES NECESARIO ESTAR INSCRITO EN EL PADRÓN ES-TATAL DE CONTRATISTAS 2011 O CUMPLAN CON EL INCISO K Y L.

No. delicitación

Costo de las bases

Fecha límite para adquirir

bases

Junta de aclaraciones

Visita al lugar de la obra o los

trabajos

Presentación de proposicio-nes y apertura técnica

Acto de apertura económica

LIC-CAP-01-11 $ 700 26/08/2011 29/08/2011 10:30 horas

29/08/2011 8:30 horas

6/09/2011 Presentación: 8:00 a 9:00 horas

Apertura: 9:10 horas.

13/09/20119:00 horas

Clave FSC (CCAOP)

Descripción general de la obra Fecha estimada de inicio

Plazo de ejecución

Fecha de Termino Capital Contable Requerido

00000 AMPLIACIÓN DE LA RED DE AGUA POTABLE, EN CALLES LAS ÁGUILAS, GAVILANES, CALLE SIN

NOMBRE, LIGA DEL PACÍFICO, JILGUEROS, PAVO-RREALES, AVESTRUZ Y GORRIONES, DE COMUNI-

DAD COTORINA COYOTES

30/09/2011 60 días naturales

28/11/2011 1’000,000.00

UBICACIÓN DE LA OBRA: AGUASCALIENTES, AGS.

No. delicitación

Costo de las bases

Fecha límite para adquirir

bases

Junta de acla-raciones

Visita al lugar de la obra o los

trabajos

Presentación de proposicio-nes y apertura técnica

Acto de apertura económica

LIC-CAP-02-11 $ 700 26/08/2011 29/08/2011 11:15 horas

29/08/2011 8:30 horas

06/09/2011 Presentación: 8:00 a 9:00 horas

Apertura: 10:30 horas.

13/09/201110:30 horas

Clave FSC(CCAOP)

Descripción general de la obra Fecha estimada de

inicio

Plazo de ejecución

Fecha de Termino Capital Contable Requerido

00000 CONSTRUCCIÓN DE LÍNEA DE CONDUCCIÓN DE AGUA POTABLE, EN COMUNIDAD LOS CAÑOS

30/09/2011 60 días naturales

28/11/2011 1’000,000.00

UBICACIÓN DE LA OBRA: AGUASCALIENTES, AGS.

No. de licitación Costo de las bases

Fecha límite para adquirir

bases

Junta de acla-raciones

Visita al lugar de la obra o los

trabajos

Presentación de proposiciones y apertura técnica

Acto de apertura económica

LIC-CAP-03-11 $ 700 26/08/2011 29/08/2011 12:00 horas

29/08/2011 8:30 horas

06/09/2011 Presentación: 8:00 a 9:00 horas Apertura: 12:00 horas.

13/09/2011 12:00 horas

Clave FSC(CCAOP)

Descripción general de la obra Fecha estimada de

inicio

Plazo de ejecución

Fecha de Termino Capital Contable Requerido

00000 AMPLIACIÓN DE LA RED DE ALCANTARILLADO, CALLES CHE GUEVARA, CELIA SÁNCHEZ, CESAR AUGUSTO, ANDRÉS FIGUEROA, JOSÉ MARTÍ, A.

GALLEGOS, ARROYO Y SALVADOR ALLENDE, COL. TIERRA Y LIBERTAD, NORIAS DE PASO HONDO

30/09/2011 60 días naturales

28/11/2011 1’000,000.00

UBICACIÓN DE LA OBRA: AGUASCALIENTES, AGS.

De acuerdo con el Artículo 37 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Aguas-calientes, se publican los requisitos mínimos siguientes:La fecha límite para adquirir las bases de licitación es el 26 de agosto de 2011 a las 15:00 horas. La visita al lugar de los trabajos se llevará a cabo el 29 de agosto de 2011, a las 8:30 horas, el punto de reunión será el estacionamiento interno de la Comisión Ciudadana de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Aguascalientes código postal 20070 Aguascalientes, Aguascalientes. Para la visita de obra es de carácter obligatorio la asistencia.A. Los interesados podrán inscribirse, consultar y adquirir las bases de la licitación en calle Salvador Queza-

da Limón 1407, Col. San Marcos, código postal 20070, Aguascalientes, Aguascalientes con el siguiente horario: de lunes a viernes de 8:00 a 15:30 horas. La convocatoria estará a disposición únicamente para consulta, en la página WEB de la Comisión: www.aguascalientes.gob.mx/sic.

B. La forma de pago podrá ser en efectivo o cheque certificado a nombre: Comisión Ciudadana de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Aguascalientes, en calle Salvador Quezada Limón 1407, Col. San Marcos, código postal 20070, Aguascalientes, Aguascalientes. NOTA: Previamente se debe inscribir el participante en el Departamento de Licitación y Contratos de la Comisión Ciudadana de Agua Potable y Alcantarillado de Municipio de Aguascalientes, una vez aceptado se generará el documento de pago. El no hacerlo de esta forma será motivo para no aceptar su propuesta.

C. Las juntas de aclaraciones y de modificaciones se llevarán a cabo el día el 29 de agosto de 2011 en los horarios establecidos en el cuadro resumen anterior, en la Sala de juntas de la Comisión Ciudadana de Agua Potable y Alcantarillado de Municipio de Aguascalientes, ubicado en calle Salvador Quezada Limón 1407,

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Col. San Marcos, código postal 20070, Aguascalientes, Aguascalientes. Para las junta) de aclaraciones es de carácter obligatorio la asistencia.

D. La recepción de propuestas se efectuará en el área de registro del Departamento de Licitación y Contra-tos, (Se recibirán propuestas entre 8:00 y 9:00 horas a las 9:00 horas se cerrarán las puertas y solo podrán registrarse los que se encuentren dentro del área de registros). La apertura de propuestas técnicas se desarrollará el día 6 de septiembre de 2011 en la sala de juntas de la Comisión Ciudadana de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Aguascalientes, sitio: calle Salvador Quezada Limón 1407, Col. San Marcos, código postal 20070, Aguascalientes, Ags. de acuerdo con los horarios que se indicarán en su momento. La apertura de propuestas económicas se desarrollará el día 13 de septiembre de 2011 en la sala de juntas de la Comisión Ciudadana de Agua Potable y Alcantarillado de Municipio de Aguasca-lientes, sitio: calle Salvador Quezada Limón 1407, Col. San Marcos, código postal 20070, Aguascalientes, Ags.

E. El idioma en que deben presentarse las propuestas será el español.F. La moneda en que se deberán cotizar las propuestas será el peso mexicano.G. Para las licitaciones: LIC-CAP-01-11, LIC-CAP-02-11, LIC-CAP-03-11, se otorgará un anticipo del 30%.H. Será indispensable para permitir la inscripción a la licitación, solicitud por escrito, el comprobar la

experiencia, la capacidad técnica y la capacidad financiera de la empresa. La capacidad técnica se deberá de comprobar con el currículo de los técnicos de la Empresa, teniendo que demostrar que están trabajando en la empresa presentando recibos de nómina, lista de raya o recibos de honorarios, debiendo tener experiencia en obras similares a la(s) que se licita(n) en magnitud y complejidad. La experiencia de la empresa se deberá comprobar mediante copia de los contratos de obra similares en magnitud y volúmenes. Para comprobar la capacidad financiera deberán de acreditar el capital contable mínimo solicitado en la licitación en la cual se quiera participar con la declaración anual normal ante la S.H.C.P. del año 2010 para personas físicas y morales o su cédula de registro en el padrón estatal de contratistas 2011 actualizado. Para empresas de nueva creación deberán de presentar los estados financieros auditados más actualizados a la fecha de presentación de la propuesta. En el caso de asociación en participación se deberá de entregar la información antes mencionada de cada uno de los socios.

I. No se permitirá la inscripción a la licitación y en su caso, no se adjudicará el contrato, a aquellas empresas que se encuentren en el supuesto que establece el Artículo 37 fracción VI de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado de Aguascalientes.

J. Los requisitos generales que deberán ser cubiertos para inscribirse, en caso de NO estar previamente inscrito en el PADRÓN ESTATAL DE CONTRATISTAS 2011 y que se recomienda sean presentados previo a la inscripción a la licitación son:I. Original de la ficha de registro de datos generales de las personas interesadas y solicitud de inscripción al Padrón;II. Original y copia de la cédula del Registro Federal de Contribuyentes;III. Original y copia de la escritura constitutiva, debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad Sección Comercio, y/o documentos que acrediten la personalidad del solicitante;IV. Original del currículum de la empresa y del personal técnico que apoye a la empresa, sea por nómina o por honorarios y que esté facultado para ejercer la profesión, de conformidad con la Ley de Profesiones del Estado de Aguascalientes;V. Original del inventario de maquinaria y equipo disponibles de su propiedad;VI. Original y copia del registro patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social;VII. En su caso, original y copia de la constancia del registro de la cámara del ramo, siendo opcional su presentación;VIII. Original y copia de la cédula profesional del representante técnico que asista a la empresa ya sea que se encuentre en nómina o que sea contratado por honorarios; en tal caso, además se deberá presentar una carta de aceptación de tal responsabilidad por parte del técnico responsable. Se hace la aclaración que el técnico responsable solo podrá serlo de la empresa propia y de dos más que lo llegasen a contratar;IX. Original de la declaración escrita de no estar en los supuestos del Artículo 57 de esta Ley;X. Original y copia de la declaración anual normal ante la S.H.C.P. del año 2010, presentada ante la Se-cretaría de Hacienda y Crédito Público y para el caso de empresas con menos de un año de haber sido creadas, deberán presentar los estados financieros auditados actualizados a la fecha de inscripción; yXI. Análisis de indirectos de oficina central de la empresa, el cual deberá ser revisado y autorizado por la Secretaría, previo a la presentación de su propuesta;

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XII. En apego a la Ley de Profesiones del Estado de Aguascalientes las personas físicas deberán presentar Original y copia de su Cédula profesional. En caso de no contar con ella en una profesión afín a la cons-trucción, no se permitirá la inscripción o se desechara su propuesta durante el proceso de la licitación.En todos los casos, a la recepción de los documentos relacionados en las fracciones anteriores, se cotejarán los originales con las copias de los mismos y se reintegrarán los originales a los interesados, a excepción de aquellos que la Secretaría debe conservar.

K. En caso de no presentar los documentos indicados en el inciso J) anterior antes de la inscripción, y con el afán de no limitar la participación, se podrán inscribir todas las empresas que así lo deseen, en el entendido que deberán de incluir todos los puntos indicados en el inciso J) de esta convocatoria en la propuesta técnica Documento 1 técnico. El análisis de Indirectos de Oficina central deberá ser revisado NECESARIAMENTE ANTES de la presentación de proposiciones. Se hace la aclaración que la omisión de alguno de los documentos o la mala integración de los mismos será motivo para no aceptar la propuesta. Así mismo, si el análisis de indirectos no fue revisado y autorizado con anterioridad a la presentación y apertura de propuestas, será desechada la propuesta, independientemente de la etapa en que pudiera encontrarse el proceso de la licitación.

L. En caso de SI estar registrado en el PADRÓN ESTATAL DE CONTRATISTAS 2011 para inscribirse en la licitación presentar su cédula de inscripción al padrón.

M. Los criterios para la adjudicación del contrato se basan en los Artículos 37 fracción VI, 44 y 45 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado de Aguascalientes y en los Artículos 103, 104, y 105 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado de Aguasca-lientes en todo lo que no se opongan a la Ley.

N. Las condiciones de pago, serán mediante estimaciones quincenales por unidad de trabajo terminado, a las cuales se les deberán realizar las amortizaciones correspondientes del anticipo.

O. Los recursos que aplican para la(s) licitación(es) provienen de: LIC-CAP-01-11, LIC-CAP-02-11, LIC-CAP-03-11, Fondo ramo XXXIII.

P. La integración de los Precios Unitarios se hará de acuerdo al artículo 69 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado de Aguascalientes.

Q. Se podrán subcontratar partes de la obra, las cuales se deberán de manifestar dentro de su propuesta en el documento 8t.

R. Ninguna de las condiciones contenidas en las bases de licitación así como en las propuestas presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.

S. No podrán participar en la licitación o en su caso no se adjudicará el contrato, a las empresas que se en-cuentren en los supuestos del Artículo 57 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado de Aguascalientes.

T. Está Secretaría podrá verificar en cualquier tiempo la razonabilidad y la veracidad de la información que proporcione el licitante, de acuerdo a lo establecido para las visitas de verificación en la Ley del Procedi-miento Administrativo del Estado de Aguascalientes.

U. Se considerará como participante inscrito, cuando haya cubierto el pago respectivo, dentro de los días establecidos para la adquisición de las bases, además de haber cumplido con lo indicado en el inciso C e I de esta convocatoria. Si el pago se hace posterior a la fecha del cierre de inscripción de convocatoria, no se aceptará la propuesta.

V. Las empresas que deseen formular contratos de asociación en participación deberán de apegarse en lo estipulado en artículo 40 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado de Aguas-calientes y 44 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado de Aguascalientes, además de que deberán pasar al Área de Costos y Licitación de Obras con el fin de que les sea revisado y autorizado el análisis de indirectos de oficina de la sociedad.

W. Por ser licitación Estatal y de acuerdo al Artículo 36 párrafo primero de la Ley de Obras Publicas y Ser-vicios Relacionados para el Estado de Aguascalientes, únicamente podrán participar personas Físicas o Morales Mexicanas con domicilio fiscal en el estado de Aguascalientes.

Aguascalientes, Ags., a 22 de agosto de 2011.

Prof. Juan Ricardo Hernández Morales,DIRECTOR GENERAL.

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14.4

PERIODICO OFICIAL Pág. 23Agosto 22 de 2011 (Primera Sección)

SECCION DE AVISOSJUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA

RINCON DE ROMOS, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION

En el expediente número 624/2010, promueve Diligencias de Jurisdicción Voluntaria, Información Ad-Perpetuam (inmueble), promovido por JOSEFINA CONTRERAS SAUCEDO, a efecto de acreditar que por prescripción positiva se ha convertido en propie-tario del siguiente bien:

Un inmueble ubicado en la comunidad de El Bajío, Rincón de Romos, Aguascalientes, con una superficie de 6,324.55 metros cuadrados y con las siguientes medidas y colindancias:

Al NORTE, en 80.00 metros y linda con calle en proyecto al Bajío;

Al SUR, en 80.57 metros y linda con propiedad de José Ramos Castorena;

Al SURESTE, en 82.00 metros y linda con J. Jesús Castorena Ramos;

Al PONIENTE, en 76.50 metros y linda con calle en proyecto al Bajío.

Convóquese personas créanse derecho opo-nerse a las presentes diligencias, presentarse ante este Juzgado a deducirlo y justificarlo dentro del término de Ley.

Rincón de Romos, Aguascalientes, a 24 de agosto del 2010.

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS, LIC. MA LUISA RAMIREZ ESPARZA. (L 86650)

A V I S O NOTARIAL

Testamentaria a bienes de la señora MARIA DEL SOCORRO GONZALEZ GARCIA, misma que otorga la Doctora MA. GUADALUPE BATTA GONZALEZ, en su carácter de heredera de la señora MARIA DEL CONSUELO GONZALEZ GARCIA.

Atento a lo dispuesto por el Artículo 774 del Código de Procedimientos Civiles, vigente en el Estado, compareció ante mí, Licenciado JORGE VILLALOBOS GONZALEZ, Notario Público Número Tres de los del Estado, la Doctora MA. GUADALUPE BATTA GONZALEZ, y me exhibió los documentos a que se refiere el Artículo 775 del mismo ordenamiento y manifestó: I.- Que la compareciente Doctora MA. GUADALUPE BATTA GONZALEZ, en su carácter de heredera de la señora MARIA DEL CONSUELO GONZALEZ GARCIA, reconoce sus derechos here-ditarios. II.- Que acepta la herencia. III.- Que acepta el nombramiento de albacea de la referida sucesión de la señora MARIA DEL SOCORRO GONZALEZ GARCIA y protesta su fiel y legal desempeño. IV.- Que procederá a practicar el inventario y avalúo de los bienes hereditarios.

Lo anterior consta en el instrumento número 22,482, del volumen 540, de mi protocolo y se publica para dar cumplimiento al Artículo 775, del Código de Procedimientos Civiles vigente en este Estado.

Aguascalientes, Ags., a 11 de agosto del 2011.Lic. Jorge Villalobos González,

Notario Público Número 3. (Q 21538)

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIARINCON DE ROMOS, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION

Ante este Juzgado promueve JUAN MANUEL LUEVANO GARCIA, en la Vía Procedimiento Espe-cial (Rectificación de Acta), la rectificación del acta de nacimiento, en la cual se asentó erróneamente la fecha de nacimiento como el 20 de febrero de 1943, siendo lo correcto el día 14 de febrero de 1943, asi-mismo con lo que respecta al lugar de nacimiento se asentó como la ciudad de Aguascalientes, debiendo ser Estación de Adames, Cosío, Aguascalientes, y respecto al apellido materno del padre se asentó como GARCIA debiendo ser LOPEZ.

Convóquese personas créanse derecho a opo-nerse presente juicio, presentarse ante este Juzgado a deducirlo y justificarlo antes de que exista sentencia ejecutoriada.- Expediente número 652/2011.

Rincón de Romos, Aguascalientes, a 10 de agosto del 2011.

LA C. SECRETARIA, LIC. LAURA SUSANA RODRIGUEZ LARA. (L 86649)

JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION

TANIA DEL ROSARIO HERRERA ORTIZ, pro-mueve ante este H. Juzgado en la Vía de Procedi-miento Especial, sobre rectificación de su acta de nacimiento en la que se asentó de manera incorrecta el nombre de sus padres JOSE PATROCINIO HE-RRERA ZAMARRIPA y MARIA DEL ROSARIO ORTIZ ACOSTA, debiendo ser lo correcto J. PATROCINIO HERRERA ZAMARRIPA y MA. DEL ROSARIO OR-TIZ ACOSTA.

Convóquese personas créanse derecho a opo-nerse a este Juicio, presentarse a este Juzgado a deducirlo y justificarlo mientras no haya sentencia ejecutoria.- Expediente número 726/2011.Aguascalientes, Ags., a cinco de agosto del 2011.

LA C. PRIMERA SECRETARIA DE ACUERDOS, LIC. CARMEN PATRICIA ANAYA RODRIGUEZ. (Q 21827)

Pág. 24 PERIODICO OFICIAL Agosto 22 de 2011(Primera Sección)

SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES

DEPARTAMENTO DE EJECUCIÓN, APREMIOS E INSPECCIÓN FISCAL

EDICTO ÚNICA PUBLICACIÓN

EN EL EXPEDIENTE NÚMERO 1326/2011, RELATI-VO AL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECU-CIÓN, INSTAURADO EN CONTRA DEL C. MONTALVO DAVILA ORLANDO Y YOLANDA MORALES MENDOZA DE MONTALVO, REMÁTESE EN EL LOCAL DE ESTA SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MUNICI-PIO DE AGUASCALIENTES, A DIEZ HORAS DEL DÍA VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE:

PREDIO UBICADO EN LA CALLE VILLA DE LA ASUNCIÓN # 238, DEL FRACCIONAMIENTO VILLE-RIAS, MZ 11, LOTE 30, CON UNA SUPERFICIE DE 90.OO METROS CUADRADOS Y CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORTE: EN 6 METROS CON LOTE 19 AL SUR: EN 6 METROS CON CALLE VI-LLA DE LA ASUNCIÓN AL ESTE: EN 15 METROS CON LOTE 29 AL OESTE: EN 15 METROS CON LOTE 31.

POSTURA LEGAL: $176,800.00 (CIENTO SETENTA Y SEIS MIL PESOS 00/100 M.N.) QUE COMPRENDE EL OCHENTA PORCIENTO DEL MONTO TOTAL DEL AVALÚO PRACTICADO AL CITADO INMUEBLE.

SE HACE DE SU CONOCIMIENTO DE LOS INTE-RESADOS QUE EL PRESENTE INMUEBLE CUENTA CON ADEUDOS FISCALES VALIOSOS.

CONVÓQUESE POSTORES, Y AL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRA-BAJADORES COMO ACREEDOR PARA LOS EFECTOS LEGALES QUE CONSIDERE.

AGUASCALIENTES, AGS., A 8 DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE.

ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA LA C.P. ANGÉLICA DE SANTOS VELASCO, SECRETARIA DE FINANZAS PU-BLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES.

SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES

DEPARTAMENTO DE EJECUCIÓN, APREMIOS E INSPECCIÓN FISCAL

EDICTO ÚNICA PUBLICACIÓN

EN EL EXPEDIENTE NÚMERO 1329/2011, RE-LATIVO AL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN, INSTAURADO EN CONTRA DEL C. DIAZ MORENO JOSE MANUEL, REMÁTESE EN EL LOCAL DE ESTA SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES, A DIEZ HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL DÍA VEINTINUEVE DE AGOS-TO DEL DOS MIL ONCE:

PREDIO UBICADO EN LA CALLE DIEGO PEREZ # 240, DEL FRACCIONAMIENTO VILLA DE NUESTRA SEÑORA DE LA ASUNCIÓN, MZ 16, LOTE 29, CON UNA SUPERFICIE DE 90.00 METROS CUADRADOS Y CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS:AL NORESTE EN 6 METROS CON LOTE 20; AL SURESTE, EN 15 METROS CON EL LOTE 28; AL SUROESTE EN 6

METROS CON CALLE DIEGO PEREZ ; Y AL NOROESTE EN 15 METROS CON EL LOTE 30.

POSTURA LEGAL: $136,800.00 (CIENTO TREIN-TA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS PESOS 00/100 M.N.) QUE COMPRENDE EL OCHENTA PORCIENTO DEL MONTO TOTAL DEL AVALÚO PRACTICADO AL CITADO INMUEBLE.

SE HACE DE SU CONOCIMIENTO DE LOS INTE-RESADOS QUE EL PRESENTE INMUEBLE CUENTA CON ADEUDOS FISCALES VALIOSOS.

CONVÓQUESE POSTORES, Y AL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRA-BAJADORES COMO ACREEDOR PARA LOS EFECTOS LEGALES QUE CONSIDERE.

AGUASCALIENTES, AGS., A 8 DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE.

ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA LA C.P. ANGÉLICA DE SANTOS VELASCO, SECRETARIA DE FINANZAS PU-BLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES.

SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES

DEPARTAMENTO DE EJECUCIÓN, APREMIOS E INSPECCIÓN FISCAL

EDICTO ÚNICA PUBLICACIÓN

EN EL EXPEDIENTE NÚMERO 1310/2011, RELATI-VO AL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECU-CIÓN, INSTAURADO EN CONTRA DEL C. MARTINEZ BALTAZAR HEVER NOE, REMÁTESE EN EL LOCAL DE ESTA SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES, A DIEZ HORAS CON VEINTE MINUTOS DEL DÍA VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE:

PREDIO UBICADO EN LA AVENIDA VISTAS DE ORIENTE # 802-167, DEL FRACCIONAMIENTO VISTAS DE ORIENTE, MZ 25, LOTE 167, CON UNA SUPERFICIE DE 90.00 METROS CUADRADOS Y CON LAS SIGUIEN-TES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORESTE 6 ME-TROS CON LOTE177; AL NOROESTE 15 METROS CON LOTE 168; AL SURESTE 15 METROS CON LOTE 166; AL SUROESTE 6 METROS CON CALLE SIN NOMBRE.

POSTURA LEGAL: $147,200.000 (CIENTO CUA-RENTA YSIETE MIL DOSCIENTOS PESOS 00/100 M.N.) QUE COMPRENDE EL OCHENTA PORCIENTO DEL MONTO TOTAL DEL AVALÚO PRACTICADO AL CITADO INMUEBLE.

SE HACE DE SU CONOCIMIENTO DE LOS INTE-RESADOS QUE EL PRESENTE INMUEBLE CUENTA CON ADEUDOS FISCALES VALIOSOS.

CONVÓQUESE POSTORES, Y AL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRA-BAJADORES COMO ACREEDOR PARA LOS EFECTOS LEGALES QUE CONSIDERE.

AGUASCALIENTES, AGS., A 8 DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE.

ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA LA C.P. ANGÉLICA DE SANTOS VELASCO, SECRETARIA DE FINANZAS PU-BLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES.

PERIODICO OFICIAL Pág. 25Agosto 22 de 2011 (Primera Sección)

SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES

DEPARTAMENTO DE EJECUCIÓN, APREMIOS E INSPECCIÓN FISCAL

EDICTO ÚNICA PUBLICACIÓN

EN EL EXPEDIENTE NÚMERO 1311/2011, RELA-TIVO AL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJE-CUCIÓN, INSTAURADO EN CONTRA DEL C. CUEVAS MARTINEZ ADRIANA CECILIA Y DAVID OROPEZA DIAZ DE LEON, REMÁTESE EN EL LOCAL DE ESTA SE-CRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES, A DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE:

PREDIO UBICADO EN LA CALLE VILLA DE COS # 114, DEL FRACCIONAMIENTO VILLA LAS PALMAS, MZ 1, LOTE 59, CON UNA SUPERFICIE DE 90.00 METROS CUADRADOS Y CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORTE EN 6 METROS LINDA CON LOTE 8, AL SUR EN 6 METROS LINDA CON CA-LLE VILLA DE COS, AL ESTE EN 15 METROS LINDA CON LOTE 58, AL OESTE EN 15 METROS LINDA CON LOTE 60.

POSTURA LEGAL: $148,800.00 (CIENTO CUA-RENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS PESOS 00/100 M.N.) QUE COMPRENDE EL OCHENTA PORCIENTO DEL MONTO TOTAL DEL AVALÚO PRACTICADO AL CITADO INMUEBLE.

SE HACE DE SU CONOCIMIENTO DE LOS INTE-RESADOS QUE EL PRESENTE INMUEBLE CUENTA CON ADEUDOS FISCALES VALIOSOS.

CONVÓQUESE POSTORES, Y AL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRA-BAJADORES COMO ACREEDOR PARA LOS EFECTOS LEGALES QUE CONSIDERE.

AGUASCALIENTES, AGS., A 8 DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE.

ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA LA C.P. ANGÉLICA DE SANTOS VELASCO, SECRETARIA DE FINANZAS PU-BLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES.

SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES

DEPARTAMENTO DE EJECUCIÓN, APREMIOS E INSPECCIÓN FISCAL

EDICTO ÚNICA PUBLICACIÓN

EN EL EXPEDIENTE NÚMERO 1312/2011, RELA-TIVO AL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJE-CUCIÓN, INSTAURADO EN CONTRA DEL C. RODRI-GUEZ AGUILAR RAUDEL, REMÁTESE EN EL LOCAL DE ESTA SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES, A DIEZ HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL DÍA VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE:

PREDIO UBICADO EN LA CALLE FRANCISCO JA-VIER MINA # 455, DEL FRACCIONAMIENTO VILLA LAS PALMAS, MZ 1, LOTE 28, CON UNA SUPERFICIE DE 90.00 METROS CUADRADOS Y CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORTE EN 6 METROS LINDA CON CALLE FRANCISCO JAVIER MINA, AL SUR EN 6 METROS LINDA CON LOTE 39 , AL ESTE EN 15

METROS LINDA CON LOTE 29, AL OESTE EN 15 ME-TROS LINDA CON LOTE 27.

POSTURA LEGAL: $148,800.00 (CIENTO CUA-RENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS PESOS 00/100 M.N.) QUE COMPRENDE EL OCHENTA PORCIENTO DEL MONTO TOTAL DEL AVALÚO PRACTICADO AL CITADO INMUEBLE.

SE HACE DE SU CONOCIMIENTO DE LOS INTE-RESADOS QUE EL PRESENTE INMUEBLE CUENTA CON ADEUDOS FISCALES VALIOSOS.

CONVÓQUESE POSTORES, Y AL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRA-BAJADORES COMO ACREEDOR PARA LOS EFECTOS LEGALES QUE CONSIDERE.

AGUASCALIENTES, AGS., A 8 DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE.

ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA LA C.P. ANGÉLICA DE SANTOS VELASCO, SECRETARIA DE FINANZAS PU-BLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES.

SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES

DEPARTAMENTO DE EJECUCIÓN, APREMIOS E INSPECCIÓN FISCAL

EDICTO ÚNICA PUBLICACIÓN

EN EL EXPEDIENTE NÚMERO 1313/2011, RE-LATIVO AL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN, INSTAURADO EN CONTRA DEL C. GO-MEZ RODRIGUEZ VICENTE HUMBERTO, REMÁTESE EN EL LOCAL DE ESTA SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES, A DIEZ HORAS CON CINCUENTA MINUTOS DE DÍA VEINTUNUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE:

PREDIO UBICADO EN LA CALLE BALCON DE ORO # 118, DEL FRACCIONAMIENTO BALCONES DE OJO-CALIENTE, MZ 3, LOTE 29, CON UNA SUPERFICIE DE 55.04 METROS CUADRADOS Y CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORTE: EN 12.06 ME-TROS CON LOTE 30 AL SUR: EN 9.56 Y 2.50 METROS CON ACCESO Y ESCALERA AL ORIENTE: EN 6.00 Y 2.00 METROS CON PATIO DE SERVICIO Y 4.00 CON JARDIN AL PONIENTE: EN 3.06 Y 2.94 METROS CON CUBO DE ESCALERA. ARRIBA: CON CASA DOS. ABAJO: CON CIMENTACION.

POSTURA LEGAL: $136,800.00 (CIENTO TREIN-TA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS PESOS 00/100 M.N.) QUE COMPRENDE EL OCHENTA PORCIENTO DEL MONTO TOTAL DEL AVALÚO PRACTICADO AL CITADO INMUEBLE.

SE HACE DE SU CONOCIMIENTO DE LOS INTE-RESADOS QUE EL PRESENTE INMUEBLE CUENTA CON ADEUDOS FISCALES VALIOSOS.

CONVÓQUESE POSTORES, Y AL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRA-BAJADORES COMO ACREEDOR PARA LOS EFECTOS LEGALES QUE CONSIDERE.

AGUASCALIENTES, AGS., A 8 DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE.

ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA LA C.P. ANGÉLICA DE SANTOS VELASCO, SECRETARIA DE FINANZAS PU-BLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES.

Pág. 26 PERIODICO OFICIAL Agosto 22 de 2011(Primera Sección)

SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES

DEPARTAMENTO DE EJECUCIÓN, APREMIOS E INSPECCIÓN FISCAL

EDICTO ÚNICA PUBLICACIÓNEN EL EXPEDIENTE NÚMERO 1314/2011, RELA-

TIVO AL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJE-CUCIÓN, INSTAURADO EN CONTRA DEL C. CHANON PALOMARES RAMON, REMÁTESE EN EL LOCAL DE ESTA SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MU-NICIPIO DE AGUASCALIENTES, A ONCE HORAS DEL DÍA VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE:

PREDIO UBICADO EN LA CALLE BALCONES DEL NORTE # 157, DEL FRACCIONAMIENTO CASA BLAN-CA, MZ 5, LOTE 5, CON UNA SUPERFICIE DE 105.00 METROS CUADRADOS Y CON LAS SIGUIENTES MEDI-DAS Y COLINDANCIAS: AL NORTE: EN 17.50 METROS CON LOTE 4 AL SUR: EN 17.50 METROS CON LOTE 6. AL ORIENTE: EN 6 METROS CON BALCONES DEL NORTE AL PONIENT: EN 15 METROS CON LOTE 59.

POSTURA LEGAL: $177,600.00 (CIENTO SETEN-TA Y SIETE MIL SEISCIENTOS PESOS 00/100 M.N.) QUE COMPRENDE EL OCHENTA PORCIENTO DEL MONTO TOTAL DEL AVALÚO PRACTICADO AL CITADO INMUEBLE.

SE HACE DE SU CONOCIMIENTO DE LOS INTE-RESADOS QUE EL PRESENTE INMUEBLE CUENTA CON ADEUDOS FISCALES VALIOSOS.

CONVÓQUESE POSTORES, Y AL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRA-BAJADORES COMO ACREEDOR PARA LOS EFECTOS LEGALES QUE CONSIDERE.

AGUASCALIENTES, AGS., A 8 DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE.

ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA LA C.P. ANGÉLICA DE SANTOS VELASCO, SECRETARIA DE FINANZAS PU-BLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES.

SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES

DEPARTAMENTO DE EJECUCIÓN, APREMIOS E INSPECCIÓN FISCAL

EDICTO ÚNICA PUBLICACIÓN

EN EL EXPEDIENTE NÚMERO 1315/2011, RE-LATIVO AL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN, INSTAURADO EN CONTRA DEL C. DEL-GADO RINCON JOSE ALVARO Y DE LUNA CARREON REBECA, REMÁTESE EN EL LOCAL DE ESTA SE-CRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES, A ONCE HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL DÍA VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE:

PREDIO UBICADO EN LA CALLE 2DA PLAZA BO-NAMPAK # 102-C, DEL FRACCIONAMIENTO INFONAVIT MORELOS, MZ K, LOTE 38, CON UNA SUPERFICIE DE 60.3518 METROS CUADRADOS Y CON LAS SIGUIEN-TES MEDIDAS Y COLINDANCIAS:AL NORTE: EN 1.665, 0.600 Y 1.320 MTS CON VACIO Y 1.260 Y 3.015 MTS CON PASILLO AL SUR: EN 1.320, 0.600 Y 4.680 MTS CON VACIO AL ORIENTE: EN 2.970 Y 6.420 MTS CON DEPARTAMENTO D, LOTE 37 Y 1.845, 1.830 Y 1.845 MTS CON VACIO. AL PONIENTE: EN 10.020 MTS CON

DEPARTAMENTO D. ARRIBA: CON DEPARTAMEN-TO E. ABAJO: CON DEPARTAMENTO A. INDIVISO 15.0855% AREA COMUN 11.3907 M2.

POSTURA LEGAL: $148,800.00 (CIENTO CUA-RENTA MIL OCHOCIENTOS PESOS 00/100 M.N) QUE COMPRENDE EL OCHENTA PORCIENTO DEL MONTO TOTAL DEL AVALÚO PRACTICADO AL CITADO INMUEBLE.

SE HACE DE SU CONOCIMIENTO DE LOS INTE-RESADOS QUE EL PRESENTE INMUEBLE CUENTA CON ADEUDOS FISCALES VALIOSOS.

CONVÓQUESE POSTORES, Y AL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRA-BAJADORES COMO ACREEDOR PARA LOS EFECTOS LEGALES QUE CONSIDERE.

AGUASCALIENTES, AGS., A 8 DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE.

ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA LA C.P. ANGÉLICA DE SANTOS VELASCO, SECRETARIA DE FINANZAS PU-BLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES.

SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES

DEPARTAMENTO DE EJECUCIÓN, APREMIOS E INSPECCIÓN FISCAL

EDICTO ÚNICA PUBLICACIÓNEN EL EXPEDIENTE NÚMERO 1317/2011, RELA-

TIVO AL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJE-CUCIÓN, INSTAURADO EN CONTRA DEL C. JIMENEZ JUAREZ JOSE GUADALUPE Y HERRERA DIAZ MARIA ANGELICA, REMÁTESE EN EL LOCAL DE ESTA SE-CRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES, A ONCE HORAS CON VEINTE MINUTOS DEL DÍA VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE:

PREDIO UBICADO EN LA CALLE VISTA DEL CRE-PUSCULO # 132, DEL FRACCIONAMIENTO LOMAS DE VISTA BELLAS, MZ 5, LOTE 20, CON UNA SUPER-FICIE DE 90.00 METROS CUADRADOS Y CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORTE EN 6 METROS CON CALLE VISTA DEL CREPUSCULO; AL SUR EN 6 METROS CON LOTE 51 MANZANA 5, AL ESTE EN 15 METROS CON LOTE 21 DE LA MANZANA 5; AL OESTE EN 15 METROS CON LOTE 19 DE LA MANZANA 5.

POSTURA LEGAL: $145,600.00 (CIENTO CUA-RENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS PESOS 00/100 M.N.) QUE COMPRENDE EL OCHENTA PORCIENTO DEL MONTO TOTAL DEL AVALÚO PRACTICADO AL CITADO INMUEBLE.

SE HACE DE SU CONOCIMIENTO DE LOS INTE-RESADOS QUE EL PRESENTE INMUEBLE CUENTA CON ADEUDOS FISCALES VALIOSOS.

CONVÓQUESE POSTORES, Y AL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRA-BAJADORES COMO ACREEDOR PARA LOS EFECTOS LEGALES QUE CONSIDERE.

AGUASCALIENTES, AGS., A 8 DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE.

ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA LA C.P. ANGÉLICA DE SANTOS VELASCO, SECRETARIA DE FINANZAS PU-BLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES.

PERIODICO OFICIAL Pág. 27Agosto 22 de 2011 (Primera Sección)

SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES

DEPARTAMENTO DE EJECUCIÓN, APREMIOS E INSPECCIÓN FISCAL

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EN EL EXPEDIENTE NÚMERO , RELATIVO AL PRO-CEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN, INS-TAURADO EN CONTRA DEL C. CHAVEZ VIVEROS OS-CAR Y RODRIGUEZ ESCAREÑO YESENIA, REMÁTESE EN EL LOCAL DE ESTA SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES, A ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA VEIN-TINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE:

PREDIO UBICADO EN LA CALLE ARQUERO # 101, EDIF. 2, DEL FRACCIONAMIENTO PRIMO VERDAD, MZ 03, EDIF. 2, CON UNA SUPERFICIE DE 82.77 METROS CUADRADOS Y CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS:AL SUR.- EN 2 METROS 850 MILIME-TROS CON AREA PRIVATIVA, EN UN 1 METRO 725 MI-LIMETROS CON AREA PRIVATIVA, EN 2 METROS 925 MILIMETROS CON PASILLO Y ESCALERA, EN UN 1 METRO 725 MILIMETROS CON PASILLO Y ESCALERA Y EN 2 METROS 925 MILIMETROS CON PASILLO; AL NORTE.- EN 5 METROS 925 MILIMETROS CON VACIO, EN 1 METRO 200 MILÍMETROS CON VACIO, Y EN 2 METROS 925 MILIMETROS CON VACIO AL ORIEN-TE.- EN 5 METROS CON VACIO AL PONIENTE.- EN 6 METROS 200 MILIMETROS CON DEPARTAMENTO NUMERO 8.

POSTURA LEGAL: $159,200.00 (CIENTO CIN-CUENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS PESOS 00/100 M.N.) QUE COMPRENDE EL OCHENTA PORCIENTO DEL MONTO TOTAL DEL AVALÚO PRACTICADO AL CITADO INMUEBLE.

SE HACE DE SU CONOCIMIENTO DE LOS INTE-RESADOS QUE EL PRESENTE INMUEBLE CUENTA CON ADEUDOS FISCALES VALIOSOS.

CONVÓQUESE POSTORES, Y AL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRA-BAJADORES COMO ACREEDOR PARA LOS EFECTOS LEGALES QUE CONSIDERE.

AGUASCALIENTES, AGS., A 8 DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE.

ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA LA C.P. ANGÉLICA DE SANTOS VELASCO, SECRETARIA DE FINANZAS PU-BLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES.

SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES

DEPARTAMENTO DE EJECUCIÓN, APREMIOS E INSPECCIÓN FISCAL

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EN EL EXPEDIENTE NÚMERO 1322/2011, RELATI-VO AL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECU-CIÓN, INSTAURADO EN CONTRA DEL C. HERNANDEZ VENEGAS MOISES OMAR, REMÁTESE EN EL LOCAL DE ESTA SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES, A ONCE HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL DÍA VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE:

PREDIO UBICADO EN EL ANDADOR CACATUA EDIFICIO 6MM-9, DEL FRACCIONAMIENTO INFONAVIT

PILAR BLANCO, MZ 06, LOTE 31, CON UNA SUPER-FICIE DE 55.60 METROS CUADRADOS Y CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORTE EN 10.05 METROS CON VACIO, AL SUR EN 7.57 ME-TROS CON PASILLO, AL ORIENTE EN 6.20 METROS CON EL DEPARTAMENTO NUMERO 11 Y AL PONIENTE EN 5 METROS CON VACIO.

POSTURA LEGAL: $139,200.00 (CIENTO TREIN-TA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS PESOS 00/100 M.N.) QUE COMPRENDE EL OCHENTA PORCIENTO DEL MONTO TOTAL DEL AVALÚO PRACTICADO AL CITADO INMUEBLE.

SE HACE DE SU CONOCIMIENTO DE LOS INTE-RESADOS QUE EL PRESENTE INMUEBLE CUENTA CON ADEUDOS FISCALES VALIOSOS.

CONVÓQUESE POSTORES, Y AL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRA-BAJADORES COMO ACREEDOR PARA LOS EFECTOS LEGALES QUE CONSIDERE.

AGUASCALIENTES, AGS., A 8 DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE.

ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA LA C.P. ANGÉLICA DE SANTOS VELASCO, SECRETARIA DE FINANZAS PU-BLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES.

SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES

DEPARTAMENTO DE EJECUCIÓN, APREMIOS E INSPECCIÓN FISCAL

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EN EL EXPEDIENTE NÚMERO 1323/2011, RE-LATIVO AL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN, INSTAURADO EN CONTRA DEL C. ALVAREZ SALAZAR JOSE ANGEL Y CERVANTES GARCIA GRACIELA, REMÁTESE EN EL LOCAL DE ESTA SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES, A ONCE HORAS CON CINCUENTA MINUTOS DEL DÍA VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE:

PREDIO UBICADO EN LA CALLE ANDADOR GUA-CAMAYA EDIFICIO ML-10, DEL FRACCIONAMIENTO INFONAVIT PILAR BLANCO, MZ 10-43-1, LOTE 06, CON UNA SUPERFICIE DE 55.46 METROS CUADRADOS Y CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL SUR.- EN 2 METROS 850 MILIMETROS CON AREA PRIVATIVA, EN UN 1 METRO 725 MILIMETROS CON AREA PRIVATIVA, EN 2 METROS 925 MILIMETROS CON PASILLO Y ESCALERA, EN UN 1 METRO 725 MILIMETROS CON PASILLO Y ESCALERA Y EN 2 ME-TROS 925 MILIMETROS CON PASILLO;.

POSTURA LEGAL: $139,200.00 (CIENTO TREIN-TA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS PESOS 00/100 M.N.) QUE COMPRENDE EL OCHENTA PORCIENTO DEL MONTO TOTAL DEL AVALÚO PRACTICADO AL CITADO INMUEBLE.

SE HACE DE SU CONOCIMIENTO DE LOS INTE-RESADOS QUE EL PRESENTE INMUEBLE CUENTA CON ADEUDOS FISCALES VALIOSOS.

CONVÓQUESE POSTORES, Y AL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRA-BAJADORES COMO ACREEDOR PARA LOS EFECTOS LEGALES QUE CONSIDERE.

Pág. 28 PERIODICO OFICIAL Agosto 22 de 2011(Primera Sección)

AGUASCALIENTES, AGS., A 8 DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE.

ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA LA C.P. ANGÉLICA DE SANTOS VELASCO, SECRETARIA DE FINANZAS PU-BLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES.

SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES

DEPARTAMENTO DE EJECUCIÓN, APREMIOS E INSPECCIÓN FISCAL

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EN EL EXPEDIENTE NÚMERO 1348/2011, RELATI-VO AL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECU-CIÓN, INSTAURADO EN CONTRA DEL C. LARA BANDA HECTOR Y ZAVALA ROMERO DOLORES, REMÁTESE EN EL LOCAL DE ESTA SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES, A DOCE HORAS DEL DÍA VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE:

PREDIO UBICADO EN LA CALLE JUAN JOSE ELI-ZALDE # 313, DEL FRACCIONAMIENTO LOMAS DE LA ASUNCIÓN, MZ , LOTE 07, CON UNA SUPERFICIE DE 90.00 METROS CUADRADOS Y CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NOROESTE EN 15 M. CON LOTE NUMERO 6. A LA SURESTE EN 15 M. CON LOTE 8 AL NORESTE EN 6 M. CON CALLE JUAN LO-PEZ ELIZALDE Y AL SUROESTE EN 6 M CON LIMITE DE PROPIEDAD.

POSTURA LEGAL: $172,800.00 (CIENTO SETEN-TA Y DOS MIL OCHOCIENTOS PESOS 00/100 M.N.) QUE COMPRENDE EL OCHENTA PORCIENTO DEL MONTO TOTAL DEL AVALÚO PRACTICADO AL CITADO INMUEBLE.

SE HACE DE SU CONOCIMIENTO DE LOS INTE-RESADOS QUE EL PRESENTE INMUEBLE CUENTA CON ADEUDOS FISCALES VALIOSOS.

CONVÓQUESE POSTORES, Y AL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRA-BAJADORES COMO ACREEDOR PARA LOS EFECTOS LEGALES QUE CONSIDERE.

AGUASCALIENTES, AGS., A 8 DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE.

ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA LA C.P. ANGÉLICA DE SANTOS VELASCO, SECRETARIA DE FINANZAS PU-BLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES.

SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES

DEPARTAMENTO DE EJECUCIÓN, APREMIOS E INSPECCIÓN FISCAL

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EN EL EXPEDIENTE NÚMERO 1350/2011, RE-LATIVO AL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN, INSTAURADO EN CONTRA DEL C. MO-RUA DELGADO JOSE GUILLERMO, REMÁTESE EN EL LOCAL DE ESTA SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLI-CAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES, A DOCE HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL DÍA VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE:

PREDIO UBICADO EN LA CALLE RAMON HER-NANDEZ MORENO # 133, DEL FRACCIONAMIENTO VILLA DE NUESTRA SEÑORA DE LA ASUNCIÓN, MZ 50, LOTE 42, CON UNA SUPERFICIE DE 90.00 METROS

CUADRADOS Y CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORESTE: EN 15 METROS CON LOTE 43. AL SURESTE: EN 6 METROS CON LOTE 6. AL SUROESTE: EN 15 METROS CON LOTE 41. AL NOROESTE: EN 6 METROS CON CALLE RAMON HERNANDEZ MORENO.

POSTURA LEGAL: $138,400.00 (CIENTO TREINTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS PESOS 00/100 M.N.) QUE COMPRENDE EL OCHENTA PORCIENTO DEL MONTO TOTAL DEL AVALÚO PRACTICADO AL CITADO INMUEBLE.

SE HACE DE SU CONOCIMIENTO DE LOS INTE-RESADOS QUE EL PRESENTE INMUEBLE CUENTA CON ADEUDOS FISCALES VALIOSOS.

CONVÓQUESE POSTORES, Y AL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRA-BAJADORES COMO ACREEDOR PARA LOS EFECTOS LEGALES QUE CONSIDERE.

AGUASCALIENTES, AGS., A 8 DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE.

ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA LA C.P. ANGÉLICA DE SANTOS VELASCO, SECRETARIA DE FINANZAS PU-BLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES.

SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES

DEPARTAMENTO DE EJECUCIÓN, APREMIOS E INSPECCIÓN FISCAL

EDICTO ÚNICA PUBLICACIÓN

EN EL EXPEDIENTE NÚMERO 1353/2011, RELATI-VO AL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECU-CIÓN, INSTAURADO EN CONTRA DEL C. DE LA RIVA OLIVARES PAULO CESAR, REMÁTESE EN EL LOCAL DE ESTA SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES, A DOCE HORAS CON VEINTE MINUTOS DEL DÍA VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE:

PREDIO UBICADO EN LA AVENIDA JOSE FEMAT GUTIERREZ # 216, DEL FRACCIONAMIENTO VILLA DE NUESTRA SEÑORA DE LA ASUNCIÓN, MZ 36, LOTE 14, CON UNA SUPERFICIE DE 90.00 METROS CUADRADOS Y CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORESTE: EN 15 METROS CON LOTE 47. AL SURESTE: EN 6 METROS CON LOTE 2. AL SUROESTE: EN 15 METROS CON LOTE 45. AL NOROESTE: EN 6 METROS CON CALLE CRISTOBAL DE MONTORO.

POSTURA LEGAL: $156,800.00 (CIENTO CIN-CUENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS PESOS 00/100 M.N.) QUE COMPRENDE EL OCHENTA PORCIENTO DEL MONTO TOTAL DEL AVALÚO PRACTICADO AL CITADO INMUEBLE.

SE HACE DE SU CONOCIMIENTO DE LOS INTE-RESADOS QUE EL PRESENTE INMUEBLE CUENTA CON ADEUDOS FISCALES VALIOSOS.

CONVÓQUESE POSTORES, Y AL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRA-BAJADORES COMO ACREEDOR PARA LOS EFECTOS LEGALES QUE CONSIDERE.

AGUASCALIENTES, AGS., A 8 DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE.

ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA LA C.P. ANGÉLICA DE SANTOS VELASCO, SECRETARIA DE FINANZAS PU-BLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES.

PERIODICO OFICIAL Pág. 29Agosto 22 de 2011 (Primera Sección)

SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES

DEPARTAMENTO DE EJECUCIÓN, APREMIOS E INSPECCIÓN FISCAL

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EN EL EXPEDIENTE NÚMERO 1354/2011, RELATI-VO AL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECU-CIÓN, INSTAURADO EN CONTRA DEL C. TEJEDA GUZ-MAN BLANCA HORTENCIA, REMÁTESE EN EL LOCAL DE ESTA SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES, A DOCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE:

PREDIO UBICADO EN LA CALLE CRISTOBAL DE TORRES # 523, DEL FRACCIONAMIENTO VILLA DE NUESTRA SEÑORA DE LA ASUNCIÓN, MZ 23, LOTE 36, CON UNA SUPERFICIE DE 90.00 METROS CUADRADOS Y CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORESTE: EN 15 METROS CON LOTE 37 AL SURESTE: EN 6 METROS CON LOTE 10 AL SUROESTE: EN 15 METROS CON LOTE 35 AL NOROESTE: EN 6 METROS CON CALLE CRISTOBAL DE TORRES.

POSTURA LEGAL: $150,400.00 (CIENTO CIN-CUENTA MIL CUATROCIENTOS PESOS 00/100 M.N.) QUE COMPRENDE EL OCHENTA PORCIENTO DEL MONTO TOTAL DEL AVALÚO PRACTICADO AL CITADO INMUEBLE.

SE HACE DE SU CONOCIMIENTO DE LOS INTE-RESADOS QUE EL PRESENTE INMUEBLE CUENTA CON ADEUDOS FISCALES VALIOSOS.

CONVÓQUESE POSTORES, Y AL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRA-BAJADORES COMO ACREEDOR PARA LOS EFECTOS LEGALES QUE CONSIDERE.

AGUASCALIENTES, AGS., A 8 DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE.

ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA LA C.P. ANGÉLICA DE SANTOS VELASCO, SECRETARIA DE FINANZAS PU-BLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES.

SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES

DEPARTAMENTO DE EJECUCIÓN, APREMIOS E INSPECCIÓN FISCAL

EDICTO ÚNICA PUBLICACIÓN

EN EL EXPEDIENTE NÚMERO 1349/2011, RELA-TIVO AL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJE-CUCIÓN, INSTAURADO EN CONTRA DEL C. IBARRA CAMACHO ANA ARACELI, REMÁTESE EN EL LOCAL DE ESTA SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES, A DOCE HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL DÍA VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE:

PREDIO UBICADO EN LA AVENIDA POLIDUCTO # 311, DEL FRACCIONAMIENTO VILLA DE NUESTRA SEÑORA DE LA ASUNCIÓN, MZ 43, LOTE 26, CON UNA SUPERFICIE DE 90.00 METROS CUADRADOS Y CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL SUR.- EN 2 METROS 850 MILIMETROS CON AREA PRIVATIVA, EN UN 1 METRO 725 MILIMETROS CON

AREA PRIVATIVA, EN 2 METROS 925 MILIMETROS CON PASILLO Y ESCALERA, EN UN 1 METRO 725 MILIMETROS CON PASILLO Y ESCALERA Y EN 2 ME-TROS 925 MILIMETROS CON PASILLO;.

POSTURA LEGAL: $164,000.00 (CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.) QUE COMPRENDE EL OCHENTA PORCIENTO DEL MONTO TOTAL DEL AVALÚO PRACTICADO AL CITADO INMUEBLE.

SE HACE DE SU CONOCIMIENTO DE LOS INTE-RESADOS QUE EL PRESENTE INMUEBLE CUENTA CON ADEUDOS FISCALES VALIOSOS.

CONVÓQUESE POSTORES, Y AL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRA-BAJADORES COMO ACREEDOR PARA LOS EFECTOS LEGALES QUE CONSIDERE.

AGUASCALIENTES, AGS., A 8 DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE.

ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA LA C.P. ANGÉLICA DE SANTOS VELASCO, SECRETARIA DE FINANZAS PU-BLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES.

SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES

DEPARTAMENTO DE EJECUCIÓN, APREMIOS E INSPECCIÓN FISCAL

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EN EL EXPEDIENTE NÚMERO 513/2008, RE-LATIVO AL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN, INSTAURADO EN CONTRA DEL C. PULE GARCIA CESAR DANIEL, REMÁTESE EN EL LOCAL DE ESTA SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES, A DOCE HORAS CON CINCUENTA MINUTOS DEL DÍA VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE:

PREDIO UBICADO EN LA CALLE CULTURA TARA-HUMARA # 207, DEL FRACCIONAMIENTO MIRADOR DEL AS CULTURAS, MZ 13, LOTE 8, CON UNA SUOER-FICIE DE 90.16 METROS CUADRADOS Y CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y LINDEROS: NORTE LC 6.01 METROS CON CALLE CULTURA TARAHUMARA; SUR LC 6.01 METROS CON LOTE 29; ESTE 15.02 METROS CON LOTE 9; OESTE 15.03 METROS CON LOTE 7..

POSTURA LEGAL: $220,800.00 (DOSCIENTOS VEINTE MIL OCHOCIENTOS PESOS 00/100 M.N.) QUE COMPRENDE EL OCHENTA PORCIENTO DEL MONTO TOTAL DEL AVALÚO PRACTICADO AL CITADO INMUEBLE.

SE HACE DE SU CONOCIMIENTO DE LOS INTE-RESADOS QUE EL PRESENTE INMUEBLE CUENTA CON ADEUDOS FISCALES VALIOSOS.

CONVÓQUESE POSTORES, AL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRA-BAJADORES Y A EL C. CARRILLO ROMERO JUAN IGNACIO, COMO ACREEDORES PARA LOS EFECTOS LEGALES QUE CONSIDEREN.

AGUASCALIENTES, AGS., A 22 DE JULIO DEL DOS MIL ONCE.

ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA LA C.P. ANGÉLICA DE SANTOS VELASCO, SECRETARIA DE FINANZAS PU-BLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES.

Pág. 30 PERIODICO OFICIAL Agosto 22 de 2011(Primera Sección)

SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES

DEPARTAMENTO DE EJECUCIÓN, APREMIOS E INSPECCIÓN FISCAL

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EN EL EXPEDIENTE NÚMERO 8306/2010, RELATI-VO AL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECU-CIÓN, INSTAURADO EN CONTRA DEL C. SILVA MUÑOZ JUAN ANTONIO Y TORRES AVILA MARTHA PATRICIA, REMÁTESE EN EL LOCAL DE ESTA SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCA-LIENTES, A TRECE HORAS DEL DÍA VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE:

PREDIO UBICADO EN CALLE SIERRA DE TEPE-HUANES # 631, DEL FRACCIONAMIENTO LOMAS DE ORIENTE, MZ 14, LOTE 20, CON UNA SUPERFICIE DE 90.00 METROS CUADRADOS, CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y LINDEROS: AL NORTE 15.00 METROS CON LOTE 21; AL SUR 15.00 METROS CON LOTE 19; AL ESTE 6.00 METROS CON LOTE 51; AL OESTE 6.00 METROS CON SIERRA DE TEPEHUANES.

POSTURA LEGAL: $270,000.00 (DOSCIENTOS SETENTA MIL PESOS 00/100 M.N.) QUE COMPRENDE EL OCHENTA PORCIENTO DEL MONTO TOTAL DEL AVALÚO PRACTICADO AL CITADO INMUEBLE.

SE HACE DE SU CONOCIMIENTO DE LOS INTE-RESADOS QUE EL PRESENTE INMUEBLE CUENTA CON ADEUDOS FISCALES VALIOSOS.

CONVÓQUESE POSTORES, AL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRA-BAJADORES, COMO ACREEDOR PARA LOS EFECTOS LEGALES QUE CONSIDERE.

AGUASCALIENTES, AGS., A 22 DE JULIO DEL DOS MIL ONCE.

ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA LA C.P. ANGÉLICA DE SANTOS VELASCO, SECRETARIA DE FINANZAS PU-BLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES.

SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES

DEPARTAMENTO DE EJECUCIÓN, APREMIOS E INSPECCIÓN FISCAL

EDICTO ÚNICA PUBLICACIÓN

EN EL EXPEDIENTE NÚMERO 1081/2008, RELATI-VO AL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECU-CIÓN, INSTAURADO EN CONTRA DEL C. CAMARENA VILLALPANDO ARTURO Y MELENDEZ LEOS SAN JUANA, REMÁTESE EN EL LOCAL DE ESTA SECRE-TARIA DE FINANZAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES, A DOCE HORAS CON CINCUENTA MINUTOS DEL DÍA VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE:

PREDIO UBICADO EN LA CALLE 1ERA PLAZA BO-NAMPAK # 103-E, MZ Y, LOTE K-44, CON UNA SUPER-FICIE DE 60.3518 METROS CUADRADOS Y CON LAS SIGUEINTES MEDIDAS Y LINDEROS: NORTE 1.320 MTS, 0.600 MTS, 4.680 MTS CON VACIO; SUR 1.665 MTS, 0.600 MTS, 1.320 MTS CON VACIO, 1.260 MTS,

3.015 MTS CON PASILLO; ORIENTE 10.020 MTS CON DEPARTAMENTO F; PONIENTE 2.970 MTS, 6.420 MTS CON DEPARTAMENTO F LOTE 45, 1.845 MTS, 1.830 MTS, 1.845 MTS CON VACIO. ARRIBA CON AZOTEA; ABAJO CON DEPARTAMENTO C. INDIVISO 15.0855%. AREA COMUN 11.3907 MTS CUADRADOS..

POSTURA LEGAL: $172,800.00 (CIENTO SETEN-TA Y DOS MIL OCHOCIENTOS PESOS 00/100 M.N.) QUE COMPRENDE EL OCHENTA PORCIENTO DEL MONTO TOTAL DEL AVALÚO PRACTICADO AL CITADO INMUEBLE.

SE HACE DE SU CONOCIMIENTO DE LOS INTE-RESADOS QUE EL PRESENTE INMUEBLE CUENTA CON ADEUDOS FISCALES VALIOSOS.

CONVÓQUESE POSTORES, AL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRA-BAJADORES COMO ACREEDOR PARA LOS EFECTOS LEGALES QUE CONSIDERE.

AGUASCALIENTES, AGS., A 8 DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE.

ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA LA C.P. ANGÉLICA DE SANTOS VELASCO, SECRETARIA DE FINANZAS PU-BLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES.

JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION

Que en el expediente número 1262/2010, relativo al Juicio Hipotecario promovido por BANCO NACIO-NAL DE MEXICO, S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, en contra de OLIVIA YAÑEZ CORDOVA, remátese en el local de este Juzgado a las TRECE HORAS DEL DIA SEIS DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE, del siguiente bien:

Inmueble “Lote número cuarenta, de la manzana siete, del Fraccionamiento Misión del Campanario, de esta ciudad, con una superficie de trescientos metros cuadrados y las siguientes medidas y colindancias: Al NORTE, en diez metros y linda con lote diecisiete; al SUR, en diez metros y linda con calle Paseo de La Soledad; al ORIENTE, en treinta metros y linda con el lote treinta y nueve; y al PONIENTE, en treinta metros y linda con el lote cuarenta y uno, sobre dicho lote se construyó la casa habitación marcada con el número doscientos treinta y ocho de la calle Paseo de la Soledad, del Fraccionamiento Misión del Cam-panario, Aguascalientes, Aguascalientes”.

Postura legal: OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PE-SOS CON 33/100 MONEDA NACIONAL.

Convóquense postores.Aguascalientes, Ags., 1º de agosto del año

2011.LA C. PRIMERA SECRETARIA,

LIC. BLANCA ESTHELA SOLIS LOPEZ. (Q 21367)

PERIODICO OFICIAL Pág. 31Agosto 22 de 2011 (Primera Sección)

JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y DE HACIENDA

AGJUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACIONQue en el expediente número 1166/2010, relativo

al Juicio Hipotecario, promovido por BANCO NA-CIONAL DE MEXICO, S.A. DE C.V., INTEGRANTE DEL GRUPO FINANCIERO BANAMEX, en contra de MARIO ALBERTO VARGAS FLORES y MARTHA ISABEL MORENO LOZANO, remátese en el local de este Juzgado a las TRECE HORAS DEL DIA PRIMERO DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE, el siguiente bien inmueble:

“El lote número 12 (doce), de la manzana 3 (tres), y casa sobre él mismo construida, marcada con el número 332 (trescientos treinta y dos), de la calle Caudillos, del Fraccionamiento Morelos de esta ciudad, con una superficie de 142.80 (ciento cuarenta y dos metros, ochenta decímetros cuadrados), con las siguientes medidas y colindancias: Al NORTE, en siete metros y linda con el lote número 2 (dos); al SUR, en siete metros y linda con calle Caudillos que es la de su ubicación; al ORIENTE, en 20.40 (veinte metros cuarenta centímetros) y linda con el lote número trece; al PONIENTE, en 20.40 (veinte metros cuarenta centímetros) y linda con el lote número once.

Postura legal: TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL.

Convóquense postores.Aguascalientes, Ags., a 1º de agosto del año 2011.

LA C. PRIMERA SECRETARIA, LIC. BLANCA ESTHELA SOLIS LOPEZ. (Q 22468)

JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION

BLANCA RODRIGUEZ ESPARZA, promueve ante este Juzgado en la Vía de Procedimiento Es-pecial la Rectificación de su registro de nacimiento, en la cual:

- Se asentó de manera incorrecta el día de naci-miento de BLANCA RODRIGUEZ ESPARZA, como veintinueve de febrero de mil ochenta y dos, siendo lo correcto veintinueve de enero de mil novecientos ochenta y dos.

Convóquese personas créanse derecho a opo-nerse a este juicio, presentarse a este Juzgado a deducirlo y justificarlo mientras no haya sentencia ejecutoria.

Expediente número 467/2011.Aguascalientes, Aguascalientes, a 15 de abril

del 2011.LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,

LIC. JANETT ROMO ZARAGOZA. (A 1338941)

JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION

En el expediente número 822/2003, relativo al Juicio Unico Civil (Divorcio Necesario), que promueve MA. DE JESUS MARTINEZ MACIAS en contra de DANIEL MUÑIZ MENDEZ, remátese en el local de este Juzgado a las DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL ONCE, el cincuenta por ciento de los derechos del siguiente bien inmueble:

El ubicado en la calle Altagracia Mercado, núme-ro ciento nueve, del Fraccionamiento Insurgentes de esta ciudad Aguascalientes.

Postura legal: SETENTA Y CINCO MIL VEINTI-NUEVE PESOS CON CUARENTA CENTAVOS, que corresponde a las dos terceras partes sólo respecto del cincuenta por ciento del porcentaje que corres-ponde a DANIEL MUÑIZ MENDEZ.

Convóquese postores.Expediente número 822/2003.Aguascalientes, Aguascalientes, a dieciocho de

julio del dos mil once.LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,

LIC. RITA JAQUELINE ESPARZA SOLIS. (A 1339332)

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIAJESUS MARIA, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACIONMaría Sabina de Luna Martínez, promueve ante

este Juzgado Diligencias de Jurisdicción Voluntaria (Información Ad-Perpetuam) a efecto de acreditar que por prescripción positiva se ha convertido en propietaria del siguiente bien inmueble:

Lote ubicado en la calle Las Flores número ciento once del poblado de Maravillas, Jesús María, Ags., con una superficie total de doscientos ochenta punto noventa y cuatro metros cuadrados, con las siguien-tes medidas y colindancias: Al NORTE mide catorce punto treinta metros y colinda con propiedad de Elías de Luna Alvarado; al SUR mide quince punto ochenta metros y colinda con la calle de su ubicación que es Las Flores del poblado de Maravillas, Jesús María, Ags.; al ORIENTE mide dieciocho punto setenta y un metros y colinda con la señora Rosa de Luna Martínez; y al PONIENTE mide diecinueve metros y colinda con propiedad de Isaías de Luna Alvarado.

Convóquense personas créanse con derecho a oponerse a estas diligencias, presentarse ante este juzgado a deducirlo y justificarlo dentro del término de ley.- Expediente número 519/2011.

Jesús María, Ags., a 1° de agosto de 2011.

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. GLORIA ANDRADE VARGAS. (A 1337991)

Pág. 32 PERIODICO OFICIAL Agosto 22 de 2011(Primera Sección)

JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL Y DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION

En el expediente número 2779/2010 relativo al Juicio Jurisdicción Voluntaria de Apeo y Deslinde promovido por NKN DEL CENTRO, S.A. DE C.V., con fundamento en el Artículo 114 fracción II del Código de Procedimientos Civiles del Estado se les notifica del trámite de las presentes diligencias a:

MARTIN COBOS DE SANTOS, JUAN MIGUEL PALACIOS FLORES, YOLANDA ACOSTA DELGA-DO, BENITO CAMPOS GOMEZ, ARACELI VERDIN MENDEZ, MONICA DE LOERA MEDINA y DANIEL EDUARDO ZUÑIGA ONTIVEROS por sí o por medio de su representante o apoderado.

En fecha catorce de diciembre del año dos mil diez, dentro de los autos del presente juicio recayó el siguiente acto:

Aguascalientes, Aguascalientes, a catorce de diciembre de dos mil diez.- Con el escrito de cuenta y anexos a que se refiere la nota de presentación puesta por la Secretaría, fórmese expediente y re-gístrese en el libro de Gobierno de este Juzgado.- Se tiene a AXEL VICTOR ESPINOSA TEUBEL, en su carácter de Apoderado Legal de NKN DEL CENTRO, S.A. DE C.V., personalidad que se le tiene por acre-ditada en virtud del testimonio notarial que en copias certificadas acompaña, teniéndolo por presentado promoviendo diligencias de Jurisdicción Voluntaria de Apeo y Deslinde, respecto del predio que comprende la fracción ocho de la autorización de la subdivisión número 185/2008, del predio rústico conocido como Lomas de Gachupín, ubicado en esta ciudad, con una superficie de (5,097.17 m2) cinco mil noventa y siete metros cuadrados con diecisiete decímetros cuadra-dos, con las siguientes medidas y colindancias: Al NORTE, en ciento sesenta y ocho metros ochenta y seis centímetros y linda con el predio siete de la subdivisión; al SUR, en cuatro tramos que miden dos metros treinta y ocho centímetros, ciento seis metros cincuenta y nueve centímetros; línea quebrada que sube hacía el Norte y mide veinticuatro metros cin-cuenta y nueve centímetros y baja hacia el Sur en diecisiete metros cincuenta y cinco centímetros, línea inclinada que sube hacía el Oriente y mide cuarenta y un metros veinticuatro centímetros, y en un metro setenta y cinco centímetros y linda con Baldío Solida-ridad. Al Oriente, en treinta metros sesenta y nueve centímetros y linda con predio dos de la subdivisión (vialidad). Al PONIENTE, en treinta y tres metros treinta y ocho centímetros y linda con calle Mariano Salas. De conformidad con los artículos 885 y 888 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, se ordena notificar a los colindantes las presentes diligencias, para que dentro del término de tres días, presenten los títulos o documentos de su posesión, nombren perito si quisieren hacerlo. Se le tiene por designado como perito de su parte para efecto de las presentes diligencias al Ingeniero MIGUEL ANGEL ROMERO NAVARRO. Acorde a lo establecido en el artículo 116

del Código de Procedimientos Civiles del Estado, se autoriza para oír y recibir notificaciones dentro del presente procedimiento al Licenciado CARLOS AVI-LA CABRERA.- Y por señalado como domicilio para recibirlas en el domicilio que se ubica en calle Paseo de los Flamingos, número 104, del Fraccionamiento Jardines del Lago, de esta ciudad. Por lo que res-pecta a la autorización que hace a favor de PEDRO ANTONIO VENTURA FRANCO, no se acuerda de conformidad, toda vez que en la Secretaría de este Juzgado no obra registro alguno de documento que lo faculte para ejercer la profesión.- Notifíquese.

Quedando a su disposición en la Secretaría de este Juzgado los documentos que fueron anexados al escrito que dio inicio a las presentes diligencias, a efecto de ser consultadas por su parte.

Aguascalientes, Ags., a once de agosto del año dos mil once.LA C. SEGUNDA SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. ELIZABETH MORALES CORDOVA. (Q 22820)

JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL Y DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACIONEn el expediente número 1464/2010 del Juicio

Especial Hipotecario, promovido por Sucesión de Bienes de ARTURO CAMARENA PEREZ en contra de EMILIO RODRIGUEZ MENA y ESPERANZA SAN-TOYO GARCIA, remátese en el local de este Juzgado a las DOCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA TREINTA DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO, el siguiente bien inmueble:

La casa marcada con el número trescientos diecisiete de la calle Federico Montes, y el lote de terreno número trece de la calle Federico Montes, y el lote de terreno número trece, de la manzana número dos mil seiscientos doce, zona siete, en que está construida, del Fraccionamiento Insurgentes de esta ciudad, con una superficie de ciento cuarenta y dos metros cuadrados, con las siguientes medidas y colindancias:

Al NORTE, en diecisiete metros, cincuenta cen-tímetros con lote número doce;

Al SUR, en diecisiete metros, cincuenta centí-metros con el lote número catorce;

Al ESTE, en ocho metros, diez centímetros con calle Federico Montes; y

Al OESTE, en ocho metros, diez centímetros con lote treinta y dos, en la cantidad de doscientos cuarenta y un mil trescientos treinta y tres pesos con treinta y tres centavos moneda nacional.- Con-vóquense postores.

EL C. SEGUNDO SECRETARIO, LIC. GUILLERMO BALLESTEROS LARA. (Q 22981)

PERIODICO OFICIAL Pág. 33Agosto 22 de 2011 (Primera Sección)

JUZGADO OCTAVO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION

En el expediente número 1051/2006 del juicio UNICO CIVIL promovido por RICARDO FERNANDO VARGAS PULIDO y MARIA DEL REFUGIO HER-NANDEZ GOMEZ, en contra de MARIA OCHOA SANCHEZ y MA. DE JESUS OCHOA SANCHEZ, remátese en el local de este Juzgado a las TRECE HORAS DEL DIA VEINTIDOS DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE los siguientes bienes inmuebles:

1.- En fraccionamiento Jardines de la Concep-ción Segunda Sección calle Cordillera de los Andes doscientos treinta y nueve, manzana 10, lote 30 con un superficie de 240.00 metros cuadrados con las siguientes medidas y colindancias: NORTE mide 10.00 metros linda con calle Cordillera de los Andes; SUR 10.00 metros linda con lote 24: ORIENTE mide 24.00 metros linda con lotes 2, 28 y 29: PONIENTE mide 24.00 metros linda con lote 31.

Siendo postura legal la cantidad de UN MILLON CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SEIS-CIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS CON SEIS CENTAVOS, cantidad que cubre las dos terceras partes del precio de su avalúo.

2.- Trojes de Alonso o Trojes de Cardona, Aguas-calientes, predio 1, fracción 1, con una superficie de: 1485.98 metros cuadrados y con las siguientes medidas y colindancias; NOROESTE 39.48 metros quiebra el lindero al NORESTE 32.58 metros con predio 2 de la subdivisión; NORESTE 26.35 metros con Avenida Monte Blanco; SURESTE 65.66 metros con Martha Patricia Padilla Gutiérrez; SUROESTE 22.63 metros con Instituto Cristóbal Colón.

Siendo postura legal la cantidad de DIEZ MILLO-NES SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SEIS-CIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS, que cubre las dos terceras partes del precio de su avalúo.

3.- En fraccionamiento Pulgas Pandas, calle Paseo de los Álamos, manzana 6, lote 67, con una superficie de 421.92 metros cuadrados con las siguientes medidas y colindancias: NORTE 16.50 metros linda con Paseo de los Álamos; SUR 14.20 metros linda con campo de golf hoyo número dos; ORIENTE 28.22 metros linda con predio 65; PO-NIENTE 27.01 metros linda con predio 69.

Siendo postura legal la cantidad de CUATRO MILLONES, cantidad que cubre las dos terceras partes del precio de su avalúo.

4.- En Condominio Residencial Pulgas Pandas, calle Paseo de los Álamos, número 69, manzana 6, predio 69, con una superficie de 438.10 metros cuadrados con las siguientes medidas y colindancias; NORTE 15.00 metros linda con calle Paseo de los Álamos; SUR 17.47 metros linda con hoyo dos del campo de golf; ORIENTE 27.01 metros linda con predio 67; PONIENTE 27.31 metros linda con predio 71; indiviso 0.1455604%.

Siendo postura legal la cantidad de TRES MI-LLONES TRESCIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS CON DOS CENTAVOS, cantidad que cubre las dos ter-ceras partes del precio de su avalúo.

Dando un total de dichas posturas la cantidad de DIECINUEVE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS, cantidad que cubre las dos terceras partes del precio de su avalúo.

Convóquese postores.

Expediente número 1051/2006.

Aguascalientes, Ags., a cinco de agosto de dos mil once.

LA C. PRIMERA SECRETARIA,LIC. GLORIA DE LOURDES SALAZAR MEDINA.

(A 1339701)

JUZGADO SEXTO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION

En el expediente número 1540/2007 relativo al Juicio de PROCEDIMIENTO ESPECIAL HIPOTECA-RIO, promovido por BANCO MERCANTIL DEL NOR-TE, S.A. en contra de GERARDO ALBERTO ROMO GARZA Y MARICELA ROMO GARZA, remátese en el local de este Juzgado a las TRECE HORAS DEL DIA VEINTISEIS DE AGOSTO DE DOS MIL ONCE, el siguiente bien inmueble:

Lote número diez de la manzana número diecisiete donde se encuentra construida la finca ubicada en calle Jineteo número ciento seis del fraccionamiento Vista Alegre, ubicado al sur de la ciudad de Aguascalientes con una superficie de mil veinte metros nueve decímetros cuadrados y con las siguientes medias y colindancias: al NORTE en treinta y siete metros con el lote número nueve; al SUR en treinta y siete metros con el lote número once; al ORIENTE en veintisiete metros cincuenta y siete centímetros con el lote cinco; al PONIENTE en veintisiete metros cincuenta y siete centímetros con la calle El Jineteo.

Postura legal: UN MILLON DOSCIENTOS NO-VENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS DOCE PESOS 00/100 M.N.

La anterior postura cubre las dos terceras partes del precio del avalúo.

Convóquese postores.

Aguascalientes, Aguascalientes, a nueve de agosto de dos mil once.

LA C. PRIMERA SECRETARIA,LIC. HERMELINDA MONTAÑEZ GUARDADO. (A 1339838)

Pág. 34 PERIODICO OFICIAL Agosto 22 de 2011(Primera Sección)

JUZGADO TERCERO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION

Que en el expediente número 2690/2009, relativo al juicio ESPECIAL HIPOTECARIO, promovido por ING HIPOTECARIA SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-TAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJE-TO LIMITADO, en contra de VERONICA MARTINEZ GUERRERO Y RUBEN GALINDO GARCIA, en donde se llamó a juicio a SOCIEDAD HIPOTECARIA FEDERAL, SOCIEDAD NACIONAL DE CREDITO, INSTITUCION DE BANCA DE DESARROLLO así como al INSTITUTO NACIONAL DE FONDO A LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, remátese en el local de este Juzgado a las TRECE HORAS DEL DIA VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL ONCE, del siguiente bien:

Inmueble ubicado en la calle Circuito Hacienda Tetelpa número ciento cuarenta y dos, lote veintiuno, manzana siete, del fraccionamiento Real de Hacien-das Sección A, cuarta etapa de esta ciudad, con una superficie de 90.00 metros cuadrados, y con las siguientes medidas y colindancias; al NORTE en 6.00 metros con lote diez; al SUR en 6.00 metros con calle Circuito Hacienda Tetelpa; al ESTE en 15.00 metros con lote veintidós y al OESTE en 15.00 metros con lote veinte.

Postura legal: DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 33/100 MONEDA NACIONAL.

Convóquese postores.Aguascalientes, Ags., a 25 de Julio del año

2011.LA C. PRIMERA SECRETARIA,

LIC. BLANCA ESTHELA SOLIS LOPEZ. (A 1339822)

JUZGADO NOVENO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION

En el expediente 989/2009, relativo al juicio ES-PECIAL HIPOTECARIO, promovido por METROFI-NANCIERA, S.A. DE C.V. SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, ENTIDAD NO REGULADA, en contra de ISMAEL MACHAIN GARCIA Y MARIA ISABEL HERRERA ASTORGA, remátese en el local de este Juzgado a las TRECE HORAS CON TREIN-TA MINUTOS DEL DIA TREINTA DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE, el siguiente bien inmueble:

Ubicado en F. Vistas de Oriente condominio Vis-tas de Oriente calle Avenida Vistas de Oriente número 120-10, de esta ciudad de Aguascalientes, manzana 1, lote 14-10, con una superficie de 90:00 metros cuadrados y con las siguientes medidas y linderos:

NORTE 6.00 metros con limite del condominio; SUR 6.00 metros con área común; ESTE 15.00 metros con predio 9; OESTE 15.00 metros con predio 11, indiviso 4.24%

Postura legal la cantidad de $270,666.66 (DOS-CIENTOS SETENTA MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS 66/100 MONEDA NACIONAL), que corresponde a las dos terceras partes del precio del avalúo señalado en el dictamen del perito nombrado por la actora. Convóquese postores

Aguascalientes, Ags., a tres de agosto del dos mil onceEL C. PRIMER SECRETARIO DE ACUERDOS,LIC. VICTOR HUGO DE LUNA GARCIA. (A 1339821)

JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION

C. SANTIAGO DIAZ GARCIA:Se le cita para que comparezca ante este Juz-

gado a las NUEVE HORAS DEL DIA VEINTIUNO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE, a absolver posiciones que en sobre cerrado se le articulan, bajo apercibimiento que de no comparecer ni justificar la causa legal de su inasistencia, será declarado confeso de las posiciones que fueren calificadas de legales.

Expediente número 1621/2010.Aguascalientes, Aguascalientes, a diez de agosto

de dos mil once.LA C. SECRETARIA,

LIC. MARTHA PATRICIA HERNANDEZ CASTAÑEDA. (Q 23382)

JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION JOSE ANTONIO LAMAS DE LOS REYES,

promueve ante este H. Juzgado en la Vía de Proce-dimiento Especial sobre rectificación de su acta de nacimiento en la que no se asentó como fecha de su nacimiento el día diez de marzo de mil novecientos sesenta y uno siendo lo correcto ocho de marzo de mil novecientos sesenta y uno.

Convóquense personas créanse derecho a oponerse a este juicio, presentarse a este Juzgado a deducirlo y justificarlo mientras no haya sentencia ejecutoria.

Expediente número 843/2011.Aguascalientes, Ags., a 10 de agosto del 2011.

LA C. SEGUNDA SECRETARIA, LIC. MARGARITA DE LUCAS GONZALEZ. (A 1339072)

PERIODICO OFICIAL Pág. 35Agosto 22 de 2011 (Primera Sección)

JUZGADO CUARTO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION

En el expediente número 2511/2009 relativo al juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por MARIA DEL SOCORRO RUVALCABA GUTIERREZ, en contra de JUAN JESUS DE LUNA LLAMAS, en su carácter de apoderado de la señorita MA. MARGA-RITA GALLEGOS ROSALES, en pública almoneda se subastará en el local de este Juzgado a las ONCE HORAS DEL DIA VEINTICINCO DE AGOSTO DE DOS MIL ONCE, el siguiente bien inmueble:

Casa Habitación ubicada en la calle Jesús Romo Armería, número trescientos catorce, del Fracciona-miento José López Portillo, de esta ciudad, identifica-da como lote setenta y dos, manzana treinta y ocho, con una superficie de ciento veinte metros cuadrados, con las siguientes medidas y colindancias:

Al NORTE, en 20.00 metros con lote número setenta y tres.

Al SUR, en 20.00 metros con lote 71.Al ORIENTE, en 6.00 metros con lote 13.Al PONIENTE, en 6.00 metros con calle Jesús

Romo Armería.Siendo postura legal la cantidad de: DOSCIEN-

TOS SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESEN-TA Y SEIS PESOS 66/100 MONEDA NACIONAL, que cubre las dos terceras partes del precio del avalúo.

Convóquese postoresAguascalientes, Ags., 4 de agosto de 2011EL C. SEGUNDO SECRETARIO,

LIC. ARTURO LARA DIAZ. (Q 23470)

JUZGADO CUARTO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION

En el expediente número 1761/2009 relativo al juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por el Licenciado ADRIAN MARTINEZ RUIZ, Apoderado Legal del INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, en contra de OSCAR RODOLFO IBARRA QUINTERO remátese en el local de este Juzgado a LAS DOCE HORAS DEL DIA DOS DE SEPTIEMBRE DE DOS MI ONCE, respecto del siguiente bien inmueble:

Casa ubicada en la calle Villa de Tepezalá, número ciento treinta y cinco, del Fraccionamiento Villerías, de esta ciudad, con una superficie de no-venta metros cuadrados con las siguientes medidas y colindancias:

Al NORTE, en 15.00 metros con lote 17.Al SUR, en 15.00 metros, con lote 19.

Al ESTE, en 6.00 metros, con calle Villa de Tepezalá.

Al OESTE, en 6.00 metros, con lote 25.Siendo postura legal la cantidad de CIENTO

CUARENTA MIL PESOS CERO CENTAVOS MO-NEDA NACIONAL, que cubre las dos terceras partes del precio del avalúo.

Convóquese postores.Aguascalientes, Ags., a 17 de agosto de 2011.

EL C. SEGUNDO SECRETARIO DE ACUERDOS,LIC. ARTURO LARA DIAZ. (Q 23458)

A V I S O NOTARIAL

Para los efectos y en término del Artículo 775 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes; yo Licenciado FERNANDO QUEZA-DA LEOS, Notario Titular Número Treinta y Cinco, de los del Estado, hago del conocimiento público que en el instrumento 18,264, volumen 435, de fecha 11 de agosto del año 2011, de mi protocolo, a solicitud del señor JUAN FLORES MORALES, se asentó la aceptación del cargo de albacea en su favor, que protestó desempeñar fiel y legalmente, respecto de los bienes de la Sucesión Testamentaria a bienes de la señora ISIDRA MORALES UBARIO. Doy fe.

Aguascalientes, Ags., agosto 11 del 2011.Lic. Fernando Quezada Leos, Notario Público Número 35.

(A 1337535)

JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL Y DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION

PAULINA MERCEDES GUERRERO MACKENSE:Se le cita para que comparezca ante este Juzga-

do, previa identificación oficial a las DOCE HORAS DEL DIA VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE, a absolver personal y directamente las posiciones que ofrecen articularle bajo apercibimiento que de no comparecer ni justificar la causa legal de su inasistencia, se le tendrá por confesa de todas las posiciones que previamente sean calificadas de legales, conforme lo establece el Artículo 275, frac-ción I, del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado.

Dentro del expediente número 632/2010, relativo al Juicio Procedimiento Especial Hipotecario, promo-vido por el BANCO SANTANDER, S.A.

Aguascalientes, Ags., a doce de agosto del dos mil once.

LA C. PRIMERA SECRETARIA, LIC. HERMELINDA MONTAÑEZ GUARDADO. (Q 23534)

Pág. 36 PERIODICO OFICIAL Agosto 22 de 2011(Primera Sección)

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TERCER PARTIDO JUDICIALPABELLON DE ARTEAGA, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACIONREYNA AMADOR MENDEZ, promueve en este

Juzgado en la Vía de Procedimiento Especial (Rectifi-cación de Acta) en donde se asentó erróneamente su nombre como REINA AMADOR M, siendo lo correcto el de REYNA AMADOR MENDEZ.

Convóquense personas créanse derecho a oponerse este juicio, presentarse a este Juzgado a deducirlo y justificarlo mientras no haya sentencia ejecutoria.

Expediente número 527/2011.Pabellón de Arteaga, Ags., a 5 de agosto del 2011.

EL C. SECRETARIO,LIC. ALFONSO ZAVALA GALINDO. (A 1339645)

C O N V O C A T O R I A

CEMENTERIO JARDINES ETERNOS, S.A.

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS

Con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 179, 182, 183 y del 190 al 194 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se convoca a los accionistas de “CEMENTERIO JARDINES ETERNOS, S.A.”, a la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, que se llevará a cabo el próximo 5 CINCO DE SEP-TIEMBRE, a las 17:00 horas en el domicilio legal de la empresa cito en calle Circunvalación Poniente 2101, Fraccionamiento Panorama, Aguascalientes, Ags., y durante la cual se tratarán los asuntos contenidos en el siguiente:

ORDEN DEL DIAASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA

I.- Designación de Presidente, Secretario, Escru-tadores de la Asamblea y lista de asistencia;

II.- Declaración de instalación de la Asamblea Extraordinaria de Accionistas con el carácter de totalitaria;

III.- Informe sobre el fallecimiento de la Presi-denta del Consejo de Administración de la empresa y nombramiento de Consejo;

IV.- Nombramiento de Comisario de la empre-sa;

V.- Presentación de Estados Financieros corres-pondientes al año 2010;

VI.- Votación y en su caso aprobación del Acta de Asamblea;

VII.- Nombramiento de delegado para protocoli-zar el Acta de Asamblea ante Notario Público.

Los accionistas podrán asistir personalmente o por conducto de apoderado, designado mediante carta poder;

Conforme a los estatutos de la sociedad, se informa que para que la Asamblea, en primera con-vocatoria, se considere legalmente válida deberá contar con la representación de por lo menos del setenta y cinco por ciento del capital social y las resoluciones se tomarán por el voto de las acciones que representen la mitad del capital social.

Los accionistas deberán depositar sus acciones en la Secretaría del Consejo o en cualquier Sociedad Nacional de Crédito.

En cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 27 del Código Fiscal de la Federación, los accionistas deberán manifestar y acreditar su inscripción al Re-gistro Federal de Contribuyentes.

Aguascalientes, Ags., a 15 de agosto del dos mil once.

Secretaria de la Sociedad,MA. DE LOURDES DAVILA VILLALPANDO.

Tesorera,BEATRIZ DAVILA VILLALPANDO.

(G 24972)

JUZGADO CUARTO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACIONEn el expediente número 1760/2009 relativo al

juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por el Licenciado ADRIAN MARTINEZ RUIZ, Apoderado Legal del INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, en contra de MA. DE JESUS DIAZ GARCIA, remátese en el local de este Juzgado a LAS DOCE HORAS DEL DIA UNO DE SEPTIEMBRE DE DOS MI ONCE, respecto del siguiente bien inmueble:

Casa ubicada en la calle José S. Bustamante, número ciento tres, del Fraccionamiento Villas de Nuestra Señora de la Asunción, Sector Estación, con una superficie de noventa metros cuadrados con las siguientes medidas y colindancias:

Al NORESTE, en 6.00 metros con José S. Bus-tamente.

Al SURESTE, en 15.00 metros, con lote 3.Al SUROESTE, en 6.00 metros, con el lote 44.Al NOROESTE, en 15.00 metros, con el lote 1.Siendo postura legal la cantidad de CIENTO

CINCUENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS CON TREINTA Y TRES CENTAVOS MONEDA NACIONAL, que cubre las dos terceras partes del precio del avalúo.

Convóquese postores.Aguascalientes, Ags., a 17 de agosto de 2011.

EL C. SEGUNDO SECRETARIO DE ACUERDOS,LIC. ARTURO LARA DIAZ. (Q 23459)

PERIODICO OFICIAL Pág. 37Agosto 22 de 2011 (Primera Sección)

JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACIONEn el expediente número 176/2011, relativo a las

Diligencias de Jurisdicción Voluntaria que por Estado de Interdicción promovió FRANCISCO CARLOS GARCES REYES, recayó una sentencia que en lo conducente dice:

Aguascalientes, Aguascalientes, diecinueve de enero del dos mil once.

Vistos, los autos del expediente 176/2011, re-lativo a las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria (Declaración de Estado de Interdicción) propuestas por FRANCISCO CARLOS GARCES REYES.

C O N S I D E R A N D O S :Por lo expuesto y fundado, se resuelve: PRI-

MERO.- Se declaran procedentes las diligencias de jurisdicción voluntaria propuestas por FRANCISCO CARLOS GARCES REYES. SEGUNDO. Se decla-ra en estado de interdicción a MA. DEL REFUGIO GARCES REYES. TERCERO.- Una vez que se cause ejecutoria esta resolución cúmplase con lo establecido por el Artículo 806 del Código Procesal Civil. CUARTO.- Una vez que cause ejecutoria esta sentencia, publíquese un extracto de la misma en el Periódico Oficial y en un Diario de Circulación Esta-tal. QUINTO.- Con apoyo en el Artículo 10 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes, al hacerse pública la sentencia por causa ejecutoria, omítanse los datos personales de las partes, en razón de la protección de derechos familiares. SEXTO.- Notifíquese y cúm-plase. Así lo resolvió JUAN ROJAS GARCIA, Juez Primero de lo Familiar del Primer Partido Judicial del Estado, ante su Secretaria de Acuerdos quien autoriza. Doy fe. Firmando tres firmas ilegibles. Rúbricas.

Aguascalientes, Ags., 3 de agosto del 2011.LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,

LIC. RITA JAQUELINE ESPARZA SOLIS. (A 1339477)

JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL Y DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACIONEn el expediente número 2412/2010, relativo al

Juicio Hipotecario, promovido por el INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES en contra de JOSE REYES OZU-NA RODRIGUEZ y GUADALUPE YAZMIN ORTIZ PASILLAS, remátese en el local de este Juzgado a las TRECE HORAS DEL DIA UNO DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL ONCE, el siguiente bien inmueble:

Ubicado en el Fraccionamiento Lomas de Vista-bella, calle Vista del Crepúsculo, número doscientos veintiséis, manzana once, lote trece, con una superfi-cie de noventa metros cuadrados y con las siguientes

medidas y linderos: Al NORTE, en seis metros con calle Vista del Crepúsculo; al SUR, en seis metros con lote cuarenta y uno, manzana once; al ESTE, en quince metros con lote doce, manzana once; al OESTE, en quince metros con lote catorce manza-na once, de esta ciudad. Fijándose como postura legal la cantidad de CIENTO TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 33/100 MONEDA NACIONAL, que cubre las dos terceras partes del precio del avalúo.

Hágase saber a los interesados que el inmueble reporta un adeudo de impuesto predial de UN MIL CIENTO SETENTA Y SIETE PESOS 00/100 MONE-DA NACIONAL.

Aguascalientes, Ags., a 12 de agosto del 2011.LA C. PRIMERA SECRETARIA,

LIC. ROSA MARIA LOPEZ DE LARA. (A 1339527)

A V I S O NOTARIALYo, Licenciado MOISES RODRIGUEZ SANTI-

LLAN, Notario Público Número Veintiocho del Estado, con fundamento en el Artículo 775 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalien-tes, doy a conocer al público en general, que en el instrumento público número 40,421 del volumen 941, de fecha 12 de agosto del 2011 del Protocolo de la Notaría a mi cargo, la señora CELIA SANTILLAN SERRANO, reconoció sus derechos hereditarios, aceptó la herencia y el señor Ingeniero FERNANDO FRANCO SANTILLAN, el cargo de albacea en la sucesión testamentaria a bienes del señor RAFAEL FRANCO AGUILAR.

Aguascalientes, Ags., agosto 12 del 2011.A t e n t a m e n t e

Lic. Moisés Rodríguez Santillán,Notario Público Número Veintiocho.

(A 1337799)

JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACIONSOCORRO MACIAS MORENO, promueve

en este Juzgado Vía de Procedimiento Especial, rectificación de su acta de su nacimiento, en la que se omitió asentar el apellido materno, debiendo ser MORENO, asimismo se omitió asentar el nombre de la madre, debiendo ser MARIA DEL ROSARIO MORENO VAZQUEZ. Convóquese a las personas que se crean con derecho a oponerse a este juicio, presentarse a este Juzgado a deducirlo y justificarlo mientras no haya sentencia ejecutoria.

Expediente número 1020/2011.Aguascalientes, Aguascalientes, a dieciséis de

agosto del año dos mil once.LA C. SECRETARIA,

LIC. ROSALBA CABRERA GUTIERREZ. (A 1339415)

Pág. 38 PERIODICO OFICIAL Agosto 22 de 2011(Primera Sección)

veinticuatro de enero del año dos mil once, que repre-senta la cantidad de $ 865.57 (OCHOCIENTOS SE-SENTA Y CINCO PESOS CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS MONEDA NACIONAL) por concepto de intereses moratorios, en términos de lo que dispone la Cláusula Primera y Tercera de Convenio Modificatorio del Contrato de Apertura de Crédito fundatorio de la acción, de fecha veintiuno de septiembre del año dos mil cinco, mismos que han sido calculados hasta el día veinticuatro de enero del año dos mil once, y los que se sigan causando, solicitando se actualicen en la etapa procesal de ejecución de sentencia, a fecha en que se realice el pago total del adeudo.

E).- Por el pago de los gastos y costas que se originen por el presente juicio, dado el incumplimiento de la parte demandada con las obligaciones pacta-das, que orillan a mi representada a iniciar el presente procedimiento de manera judicial, de conformidad, con la Cláusula Octava del Convenio Modificatorio al Contrato de Apertura de Crédito de fecha veintiuno de septiembre del año mil novecientos noventa y cinco, y el Artículo 1989 del Código Civil para el Estado de Aguascalientes.

F).- Para que por sentencia judicial, se ordene sacar a pública subasta la garantía real otorgada en hipoteca, en caso de que la parte demandada no efectúe en forma voluntaria el pago al que sea conde-nada, previos los trámites de ley correspondientes.

Por este conducto se le emplaza a SILVIA GUA-DALUPE LOPEZ ALVARADO, haciéndosele saber de la demanda interpuesta en su contra y que dispone del término de treinta días, contados a partir de la tercera publicación de este edicto para que produzca contestación si tuviere excepciones que oponer.

Asimismo se le hace saber que las copias de traslado quedan a su disposición en la Secretaría de este Juzgado para que se imponga de su contenido, debiendo señalar domicilio para oír notificaciones, con apercibimiento de que en caso de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones de carácter personal se hará por medio de Estrados del Juzgado y las no personales por medio de lista de acuerdos, de conformidad a lo señalado en los Artículos 105 y 115 del Código de Procedimientos Civiles del Estado. Emplazamiento que se le hace en términos del Ar-tículo 114 fracción II del Código Procesal Civil en vigor en esta Entidad Federativa, y asimismo conforme al Artículo 90 del citado ordenamiento legal quedan a su disposición los documentos base de la acción en la Secretaría para que se imponga de su contenido por exceder de veinticinco fojas.

Expediente número 424/2011.

Aguascalientes, Ags., 3 de agosto de 2011.

EL C. SEGUNDO SECRETARIO,

LIC. ARTURO LARA DIAZ. (Q 21369)

JUZGADO CUARTO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

Por este conducto se hace de su conocimiento que el Licenciado GUSTAVO ENRIQUE MARTINEZ ESTEBANEZ, Apoderado General para Pleitos y Co-branzas del BANCO NACIONAL DE MEXICO, S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, INTEGRAN-TE DEL GRUPO FINANCIERO BANAMEX, interpuso demanda en contra de SILVIA GUADALUPE LOPEZ ALVARADO, Juicio ESPECIAL HIPOTECARIO, re-clamándole las siguientes prestaciones:

A.- Para que por sentencia judicial, se declare el vencimiento anticipado de los plazos concedidos para el pago del crédito otorgado y sus accesorios, en términos de la Cláusula Décima Tercera, inciso b) del Contrato de Apertura del Crédito con Garantía Hipotecaria; y Cláusula Sexta bis, inciso a) del Con-venio Modificatorio al Contrato de Apertura de fecha veintiuno de septiembre de mil novecientos noventa y cinco; fundatorios de nuestra acción, mismos que presento en este acto y acompaño, como anexos números dos y tres respectivamente.

B.- Para que por sentencia judicial se condene a la demandada, al pago de la cantidad de 63,383.09 UDIS (Sesenta y tres mil trescientos ochenta y tres punto cero nueve Unidades de Inversión), con valor de $ 4.553694 al día veinticuatro de enero del año dos mil once, que representa la cantidad de $288,627.20 (DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL SETECIEN-TOS VEINTISIETE PESOS CON VEINTE CENTA-VOS MONEDA NACIONAL), por concepto de capital, con su correspondiente actualización, al momento del día de pago, relativo al adeudo que tiene la demanda con mi poderdante.

C).- El pago de la cantidad de 4,727.22 UDIS (CUATRO MIL SETECIENTOS VEINTISIETE PUN-TO VEINTIDOS UNIDADES DE INVERSION), con un valor de $4.553694 al día veinticuatro de enero del año dos mil once, que representa la cantidad de $ 21,526.31 (VEINTIUN MIL QUINIENTOS VEIN-TISEIS PESOS CON TREINTA Y UN CENTAVOS MONEDA NACIONAL) por concepto de intereses ordinarios vencidos en la forma pactada en las Cláu-sulas Primera y Tercera del Convenio Modificatorio del Contrato de Apertura de Crédito, fundatorio de nuestra acción, de fecha veintiuno de septiembre de mil novecientos noventa y cinco, mismos que han sido calculados hasta el día veinticuatro de enero del año dos mil once, los que se sigan generando, mismos que solicito se actualicen en ejecución de sentencia, a la fecha en que se realice el pago total del adeudo.

D.- El pago de la cantidad de 190.08 UDIS (CIEN-TO NOVENTA PUNTO CERO OCHO UNIDADES DE INVERSION), con un valor de $ 4.553694 al día

PERIODICO OFICIAL Pág. 39Agosto 22 de 2011 (Primera Sección)

del juzgado, de conformidad con lo señalado en el Artículo 105 del Código de Procedimientos Civiles del Estado.

Expediente número 226/2011.Aguascalientes, Ags., a 11 de agosto de 2011.LA C. PRIMERA SECRETARIA,

LIC. ROSA MARIA LOPEZ DE LARA. (A 1338436)

JUZGADO CUARTO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

JOSEFINA ARELLANO GUAJARDO y/o ZEFE-RINA ARELLANO GUAJARDO, falleció el día primero de mayo de dos mil diez en Aguascalientes, Aguas-calientes. Siendo sus padres JUAN ARELLANO y PETRA GUAJARDO.

Convóquense personas que se crean con De-recho Intestado de dicha persona, presentarse ante este juzgado a deducir y justificar dentro el término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.

Expediente numero 506/2011.Aguascalientes, Ags., a 19 de julio de 2011.

LA C. SEGUNDA SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. MARISA MARISOL VIVAR LANDEROS. (Q 22173)

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIADEL TERCER PARTIDO JUDICIALPABELLON DE ARTEAGA, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

MARIA ESTHELA CRUZ MARTIN DEL CAMPO:LIC. GUSTAVO ENRIQUE MARTINEZ ES-

TEBANEZ, Apoderado de METROFINANCIERA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, ENTIDAD REGULADA, le demanda en la Vía de PROCEDIMIENTO ESPECIAL (HIPOTECARIO), de las siguientes prestaciones: A), B), C), D) y E.- Emplá-cesele conteste la demanda interpuesta en su contra dentro del término de treinta días, contados a partir de la tercera publicación de este edicto, quedando a su disposición las copias de traslado en la Secretaría del Juzgado, apercibiéndolo para que señale domicilio en esta ciudad para recibir notificaciones y en caso de no hacerlo, las notificaciones, aún las de carácter personal se le harán en estrados de este juzgado.

Expediente número 460/2009.Pabellón de Arteaga, Ags., 25 de julio del año

dos mil once.EL C. SECRETARIO,

LIC. ALFONSO ZAVALA GALINDO. 15 en 15 (Q 21368)

JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

TERESA BERNAL ORTEGA y/o MA. TERESA BERNAL ORTEGA y/o MARIA TERESA BERNAL ORTEGA, falleció en esta ciudad de Aguascalientes, el día ocho de marzo de mil novecientos noventa y ocho, siendo sus padres JOSE GUADALUPE BERNAL ALONSO y MA. CONCEPCION ORTEGA AGUILAR.- Se hace saber a los interesados la radi-cación del intestado y se convoca a las personas que se crean con derecho al intestado de dicha persona, presentarse a este juzgado a deducir y justificarlo dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.

Expediente número 644/2011.Aguascalientes, Aguascalientes, a ocho de

agosto del 2011.LA C. SECRETARIA,

LIC. ROSALBA CABRERA GUTIERREZ. (A 1337173)

JUZGADO PRIMERO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

MARIA GUADALUPE SAUCEDO CASTAÑEDA:CELIA DELGADO AGUIÑAGA, le demanda en la

Vía UNICA CIVIL, las siguientes prestaciones:A).- Para que por sentencia firme se declare

que me corresponde el dominio en mi calidad de propietaria del bien inmueble a que me refiere pos-teriormente.

B).- Como consecuencia de la presentación anterior se ordene la reivindicación del bien de mi propiedad en los términos de ley.

C).- El pago de la cantidad que resulte por con-cepto de daños y perjuicios ocasionados con motivo de la privación de mi derecho de propiedad.

D).- El pago de los gastos y costas judiciales que origine la tramitación del presente juicio.

Por este conducto se le requiere para que en un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto, CONTESTE LA DEMAN-DA ENTABLADA EN SU CONTRA, con fundamento en lo previsto por el Artículo 114 fracción II del Código de Procedimientos Civiles, asimismo se le informa al demandado que las copias de traslado y los anexos al escrito de demanda quedan a su disposición en la Secretaría del Juzgado, de conformidad con el Artículo 559 del Código de Procedimientos Civiles.

Asimismo requiérase a la demandada para que señale domicilio para oír notificaciones, bajo aperci-bimiento que de no hacerlo, las subsecuentes, aún las de carácter personal, se harán en los estrados

Pág. 40 PERIODICO OFICIAL Agosto 22 de 2011(Primera Sección)

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIADEL TERCER PARTIDO JUDICIALPABELLON DE ARTEAGA, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACIONBLANCA ESPINOSA CELESTINO, falleció el día

13 de septiembre del año 2009 en Ciénega Grande, Ags., siendo sus padres ENRIQUE ESPINOZA HERNANDEZ (FINADO) y DOSITEA CELESTINO SALAZAR.

Convóquense personas crean con derecho al intestado de dicha persona, presentarse ante este juzgado a deducirlo y justificarlo dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.- Expediente número 79/2011.

Pabellón de Arteaga, Aguascalientes, a 19 de mayo de 2011.

EL C. SECRETARIO,LIC. ALFONSO ZAVALA GALINDO. (A 1337992)

JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACIONRIGOBERTO DIAZ AGUILAR, falleció en esta

ciudad de Aguascalientes, el día veintisiete de di-ciembre del año dos mil nueve, siendo sus padres POLICARPO DIAZ SANDOVAL y MA. DEL REFUGIO AGUILAR PEREZ.- Se hace saber a los interesados la radicación del intestado y se convoca a las perso-nas que se crean con derechos al intestado de dicha persona, presentarse a este juzgado a deducir y jus-tificarlo dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.

Expediente número 982/2011.Aguascalientes, Aguascalientes, a ocho de agos-

to del año dos mil once.LA C. SECRETARIA,

LIC. ROSALBA CABRERA GUTIERREZ. (A 1338176)

JUZGADO CUARTO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACIONMARIA DEL SOCORRO GAMEZ PEREZ, falleció

en fecha siete de enero del año dos mil once, en Aguascalientes, Aguascalientes; siendo sus padres FELIPE GAMEZ y LIDIA PEREZ DUEÑAS.

Convóquense personas créanse derecho in-testado, presentarse ante este juzgado a deducir y justificar dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.

Expediente número 734/2011.Aguascalientes, Ags., a 27 de julio de 2011.

LA C. SEGUNDA SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. MARISA MARISOL VIVAR LANDEROS. (Q 17560)

JUZGADO QUINTO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACIONMA. DEL CARMEN RODRIGUEZ VAZQUEZ:

DONOSTI COMERCIAL, S.A. DE C.V. le de-manda en la VIA EJECUTIVA MERCANTIL pro las siguientes prestaciones:

a).- Pago de la cantidad de $ 150,000.00 (CIEN-TO CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N., por con-cepto de suerte principal, que ampara un título de crédito de los denominados pagarés.

b).- Por el pago de la cantidad que resulte por concepto de intereses moratorios mensuales a razón de 6% anual sobre suerte principal; interés que se habrá de calcular desde el inicio de la mora en fecha 28 de diciembre de 2008 y hasta en tanto no se cubra la totalidad de la suerte principal, por lo que habrán de liquidarse y actualizarse en ejecución de sentencia.

c).- Por el pago de gastos y costas que se originen con motivo de la tramitación del presente negocio.

Con fundamento en lo previsto por los Artículos 1392 y 1394 del Código de Comercio, así como el Artículo 444 del Código de Procedimientos Civiles vigente para el Estado de aplicación supletoria al Código de Comercio, se le requiere por el pago de la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N., por concepto de suerte principal, así como por las anexidades legales, apercibido que de no hacerlo perderá el derecho para hacerlo, de igual forma y simultáneamente se le requiere para que en caso de no efectuar el pago antes referido, señale bienes suficientes a garantizar el monto de lo adeudado, apercibido que de no hacerlo, el derecho para señalar bienes se le concederá a la parte actora y se procederá de esta forma a su embargo.- Se le hace saber al demandado que para efecto de realizar el pago de lo reclamado o señalar bienes que garanticen la deuda cuenta con el término de ocho días, contados a partir de que surta efectos la última publicación.- Se le notifica y emplaza para que dentro del término de ocho días, contados a partir de la última publicación que se haga, dé contestación a la demanda entablada en su contra y oponga las excepciones si a sus intereses conviene, previnién-dosele para que señale domicilio legal de su parte para oír y recibir notificaciones, bajo apercibimiento que de no hacerlo todas las posteriores notificaciones se le harán por estrados de este juzgado, lo anterior de conformidad a lo señalado en el Artículo 1069 del Código de Comercio.- Quedando a su disposición en la secretaría del Juzgado las copias de traslado.

Expediente número 238/2010.Aguascalientes, Ags., a veinticinco de julio del

año dos mil once.EL C. PRIMER SECRETARIO,

LIC. FELIPE DE JESUS ALRIAS PACHECO. (A 1338367)

PERIODICO OFICIAL Pág. 41Agosto 22 de 2011 (Primera Sección)

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIAJESUS MARIA, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

Ante este Juzgado Mixto del Quinto Partido, se presentó Micaela Valdés Sánchez, promoviendo Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de Juan Ibarra Alvarado.

Convóquese interesados a la radicación del presente intestado, para que dentro de treinta días hábiles, contados a partir de la última publicación, comparezca ante el Juzgado Mixto del Quinto Partido Judicial en Jesús María, Aguascalientes, a deducir y justificar derechos hereditarios en relación al finado Juan Ibarra Alvarado, quien nació el siete de febrero de mil novecientos setenta, fue hijo de Vicente Ibarra de la Cruz y Otilia Alvarado Martínez, falleció el trece de noviembre de dos mil nueve, teniendo su último domicilio en calle Morelos, trescientos trece de la Zona Centro de este municipio.

Expediente número 753/2011.Jesús María, Ags., a 26 de julio del 2011.

LA C. PRIMERA SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. GLORIA ANDRADE VARGAS. (A 1336856)

JUZGADO PRIMERO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

ALFONSO EFREN GUTIERREZ GALVAN, RAMON FUENTES HERNANDEZ y MA. ELENA ARTEAGA RAMOS:

ALFONSO EFREN GUTIERREZ GALVAN, demanda en la VIA TERCERIA EXCLUYENTE DE DOMINIO, por las siguientes prestaciones:

A).- Para que por sentencia firme se declare procedente la tercería excluyente de dominio que promuevo, por ser actualmente el legítimo propietario del bien inmueble que a continuación se describe: 1.- La finca marcada con el número 162 de la calle Autotonitlán del Fraccionamiento Solidaridad II de esta ciudad, que cuenta con una superficie total de CIENTO VEINTIUN METROS CUARENTA Y SEIS DECIMETROS CUADRADOS, con las siguientes medidas y colindancias: Al NORTE, 20.16 metros con lote 30; SUR, 20.16 metros con lote 32; ESTE, 6.04 metros con lote 36; OESTE, 6.01 metros con calle Atotonitlán.

B).- Para que por sentencia firme se excluya como garantía el inmueble antes descrito del presen-te juicio por haber salido de la esfera patrimonial de los demandados Ramón Fuentes Hernández y Ma. Elena Arteaga Ramos.

C).- Para que como consecuencia de lo anterior se deje insubsistente el instrumento hipotecario que sirva de base en el presente juicio, en virtud de que

soy totalmente ajeno al mismo, por lo que no se debe sacar a remate el bien materia del presente juicio.

D).- Para que por sentencia firme se cancele el gravamen que pesa sobre el bien de mi propiedad bajo el cual se encuentra inscrito en el Registro Pú-blico de la Propiedad, ya que soy totalmente ajeno al juicio mediante el cual se pretende sacar a remate y privarme de mi derecho de propiedad, a razón demás que el actor ni lo conozco, ni tengo obligación alguna con el mismo.

E).- Para que por sentencia definitiva se condene a mis demandados al pago de gastos y costas que se originen con motivo de la tramitación de la presente tercería excluyente de dominio, en virtud de que con el hecho que se pretende de sacar a remate el bien inmueble en cuestión se me pretende afectar en mis derechos de propiedad sin que haya sido oído y vencido en juicio.

Se le notifica y emplaza para que dentro el térmi-no de treinta días, contados a partir de la última pu-blicación que se haga, dé contestación a la demanda entablada en su contra y oponga las excepciones si a sus intereses conviene, previniéndosele para que señale domicilio legal de su parte para oír y recibir notificaciones, bajo apercibimiento que de no hacerlo, todas las posteriores notificaciones se le harán por estrados a este juzgado, lo anterior de conformidad a lo señalado por los Artículos 114 y 115 del Código de Procedimientos Civiles, quedando a su disposición en la secretaría del juzgado las copias de traslado.

Expediente número 1029/2005 Bis.Aguascalientes, Ags., a 5 de agosto del año 2011.

LA C. SECRETARIA,LIC. XOCHITL LOPEZ PEREZ. (A 1338980)

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIADEL TERCER PARTIDO JUDICIALPABELLON DE ARTEAGA, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

MARTHA BEATRIZ GONZALEZ NERI:JOSE VICENTE SERNA MEDINA, le demanda

en la VIA UNICA CIVIL (DIVORCIO NECESARIO), de las siguientes prestaciones: A), B), C) y D), emplá-cesele conteste la demanda interpuesta en su contra dentro del término de treinta días, contados a partir de la tercera publicación de este edicto, quedando a su disposición las copias de traslado en la secretaría del juzgado, apercibiéndolo para que señale domicilio en esta ciudad para recibir notificaciones y en caso de no hacerlo, las notificaciones, aún las de carácter personal se le harán en estrados de este juzgado.

Expediente número 976/2010.Pabellón de Arteaga, Ags., a 1° de junio del año

dos mil once.EL C. SECRETARIO,

LIC. ALFONSO ZAVALA GALINDO. (A 1338897)

Pág. 42 PERIODICO OFICIAL Agosto 22 de 2011(Primera Sección)

JUZGADO SEPTIMO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

En el expediente 1306/2002, relativo al JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por ALFREDO ESPEJES ESPINOZA en contra de MARTINA ANGE-LICA VAZQUEZ RINCON, remátese en PRIMERA ALMONEDA en el local de este Juzgado a las DIEZ HORAS DEL DIA VEINTISIETE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE, el siguiente bien inmue-ble:

Lote de terreno y casa sobre él construida ubica-da en el lote diecinueve, manzana tres, calle María Guadalupe Villanueva Plascencia, número ciento treinta y siete del Municipio de Jesús Maria, con una superficie de CIENTO CUARENTA Y DOS PUNTO QUINCE METROS CUADRADOS con las siguientes medidas y colindancias: al NORTE, siete metros con la calle María Guadalupe Villanueva Plascencia; al SUR en siete metros con el rancho Los Gemelos; al ORIENTE en veinte punto treinta y tres metros con lote número veinte; al PONIENTE en veinte punto veintiocho metros con el lote dieciocho.

Postura legal: Sirve de base para el remate la cantidad de $ 113,333.00 (CIENTO TRECE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 33/100 M.N.), que corresponde a las dos terceras partes en que fuera valuado el inmueble objeto de la subasta por el perito nombrado por la parte actora.

Convóquense postores.Aguascalientes, Ags., a 16 de agosto de 2011.

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. ANA LUISA PADILLA GOMEZ. (Q 22959)

JUZGADO PRIMERO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

En el expediente número 860/2009 del Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por Jesús Alberto Ortega Quiriarte en contra de Ricardo López López, remátese en el local de este juzgado a las trece horas del día veintitrés de septiembre de dos mil once, el siguiente bien:

Inmueble ubicado en el Fraccionamiento Villas de la Loma, calle Loma del Halcón, número ciento cinco, manzana trece, lote dieciocho, con una superficie de NOVENTA METROS CUADRADOS, y con las siguientes medidas y linderos: Al NORTE, en seis metros con lote trece; al SUR, en seis metros con la calle Loma del Halcón; al ESTE, en quince metros, con lote diecisiete; al OESTE, en quince metros con lote diecinueve, de esta ciudad.

Se fija como postura legal la cantidad de CIEN-TO CINCUENTA Y CUATRO MIL PESOS 00/100

Moneda Nacional, que cubre las dos tercera partes del avalúo.

Se hace saber a los interesados que de adju-dicarse el inmueble antes señalado, reconocerá el crédito hipotecario antes referido, para pagarlo al vencimiento de sus escrituras, con fundamento en el Artículo 502, del Código de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria al Código de Comercio.

Convóquense postores.Expediente número 860/2009.

Aguascalientes, Ags., a 16 de agosto de 2011.

LA C. PRIMERA SECRETARIA,LIC. ROSA MARIA LOPEZ DE LARA. (A 1339235)

JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

CATALINA ESPARZA PALACIOS, quien falleció en esta ciudad de Aguascalientes, el día dieciocho de noviembre de dos mil nueve, siendo sus padres EMILIO ESPARZA y FLOR PALACIOS.

Convóquense personas créanse derecho intes-tado dicha persona, presentarse ante este juzgado a deducir y justificar dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.

Expediente número 135/2011.Aguascalientes, Aguascalientes, 27 de junio de

dos mil once.LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,

LIC. JANETT ROMO ZARAGOZA. (Q 11969)

JUZGADO CUARTO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

J. REFUGIO ARREDONDO BELTRAN y/o REFUGIO ARREDONDO BELTRAN y/o REFUGIO ARREDONDO y/o J. REFUGIO ARREDONDO falle-ció el quince de febrero de dos mil nueve en Aguas-calientes. Siendo sus padres JESUS ARREDONDO LIMON y GABINA BELTRAN OBLEA.

Convóquense personas créanse derecho intesta-do de dicha persona, presentarse ante este juzgado a deducir y justificar dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.

Expediente número 885/2010.Aguascalientes, Ags., a 12 de agosto de 2011.

LA C. PRIMERA SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. CLAUDIA ISABEL SANCHEZ RANGEL. (A 1338878)

PERIODICO OFICIAL Pág. 43Agosto 22 de 2011 (Primera Sección)

JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

RODOLFO SANTILLAN MARTINEZ falleció en Aguascalientes, Aguascalientes, el día nueve de mayo de dos mil nueve, siendo sus padres JOSE SANTILLAN y JULIA MARTINEZ.- Se hace saber a los interesados la radicación del intestado y se convoca a las personas que se crean con derechos al intestado de dicha persona, presentarse a este juzgado a deducir y justificarlo dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.- Expediente número 891/2011.

Aguascalientes, Aguascalientes, a dos de agosto de dos mil once.

LA C. SECRETARIA,LIC. MARTHA PATRICIA HERNANDEZ CASTAÑEDA. (A 1338877)

JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACIONJOSE DE JESUS MEDINA LOPEZ, falleció en

esta ciudad el dieciocho de abril de dos mil nueve. Siendo sus padres ENRIQUE MEDINA PACHECO y MA. DEL CARMEN LOPEZ.

Convóquense personas créanse derecho intesta-do de dicha persona, presentarse ante este juzgado a deducir y justificar dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.- Expediente número 956/2011.

Aguascalientes, Aguascalientes, 16 de agosto de dos mil once.

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. RITA JAQUELINE ESPARZA SOLIS. (A 1339136)

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIADEL TERCER PARTIDO JUDICIAL

PABELLON DE ARTAGA, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACIONMARIA FRANCISCA GUERRERO BRIANO, fa-

lleció el día 14 de mayo del 2010 en Asientos, Ags., siendo sus padres MARTINIANO GUERRERO SAN-CHEZ (FINADO) y ANTONIA BRIANO RAMIRES.

Convóquense personas que se crean con dere-cho al intestado de dicha persona, presentare ante este juzgado a deducirlo y justificarlo dentro del término de treinta días, contados a partir de la últi-ma publicación de este edicto.- Expediente número 1074/2010.

Pabellón de Arteaga, Ags., a 29 de noviembre del 2010.

EL C. SECRETARIO,LIC. ALFONSO ZAVALA GALINDO. (A 1339155)

JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

LUIS LOZANO CANCINO, falleció en esta ciudad el día diecinueve de diciembre del dos mil nueve. Siendo sus padres JUAN LOZANO CALZADA y MA. DEL REFUGIO CANCINO CABALLERO.

Convóquense personas créanse derecho intesta-do de dicha persona, presentarse ante este juzgado a deducir y justificar dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.- Expediente número 928/2011.

Aguascalientes, Aguascalientes, 12 de agosto de dos mil once.

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. RITA JAQUELINE ESPARZA SOLÍS. (Q 22670)

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIAPABELLON DE ARTEAGA, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

JOSE AGUILAR HERNANDEZ, falleció el día 7 de octubre de 1983 en Pabellón de Arteaga, Ags., siendo sus padres FRANCISCO AGUILAR TORRES (FINADO) y SIMONA HERNANDEZ SALDIVAR (FINADA).

Convóquense personas que se crean con de-recho al intestado de dicha persona, presentarse ante este juzgado a deducirlo y justificarlo dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.

Expediente número 856/2010.Pabellón de Arteaga, Ags., a 3 de agosto de 2011.

EL C. SECRETARIO,LIC. ALFONSO ZAVALA GALINDO. (A 1339374)

JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

JUAN SOTO ESPARZA, quien falleció en esta ciudad de Aguascalientes, el día veintiocho de abril de dos mil cuatro, siendo sus padres VICENTE SOTO y ESTHER ESPARZA.

Convóquense personas créanse derecho intes-tado dicha persona, presentarse ante este juzgado a deducir y justificar dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.- Expediente número 821/2011.

Aguascalientes, Aguascalientes, 5 de agosto de dos mil once.

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. JANETT ROMO ZARAGOZA. (A 1339648)

Pág. 44 PERIODICO OFICIAL Agosto 22 de 2011(Primera Sección)

JUZGADO CUARTO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

PRIMITIVA DEL REFUGIO ROMO y/o MA. DEL REFUGIO ROMO ESCALANTE, falleció en fecha veintiocho de febrero del año dos mil cuatro, Aguas-calientes, Aguascalientes; siendo sus padres PEDRO ROMO y ANDREA ESCALANTE.

Convóquense personas créanse derecho in-testado, presentarse ante este juzgado a deducir y justificar dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.

Expediente número 822/2009.Aguascalientes, Ags., a 10 de junio de 2011.

LA C. SEGUNDA SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. MARISA MARISOL VIVAR LANDEROS. (Q 21333)

JUZGADO CUARTO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACIONROSA MARIA ALBA CANTU, falleció en fecha

catorce de octubre del año dos mil nueve, en Aguas-calientes, Aguascalientes; siendo sus padres JUAN FRANCISCO ALBA SEGURA y MARIA DEL PILAR CANTU GARCIA.

Convóquese personas créanse derecho Intes-tado, presentarse ante este Juzgado a deducir y justificar dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.

Expediente número 354/2011.Aguascalientes, Ags., a 27 de mayo de 2011.

LA C. SEGUNDA SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. MARISA MARISOL VIVAR LANDEROS.

(G-24989)

JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACIONEn el expediente número 1719/2006 relativo al

Juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por JOSE DE JESUS GONZALEZ SERNA, en contra del C. HECTOR GERARDO DELGADO ESPARZA rematarse en el local de este Juzgado a las TRECE HORAS DEL DIA TRECE DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL ONCE, el siguiente bien:

La nuda propiedad de la casa ubicada en la calle Sierra Morena, número cuatrocientos treinta, lote treinta y dos, manzana catorce, del fraccionamiento Bosques del Prado, de esta ciudad de Aguascalientes, con una superficie de doscientos cincuenta metros cuadrados, y las siguientes medidas y colindancias: Al NORTE, en diez metros linda con lote quince; Al SUR, en diez metros linda con calle Sierra Morena;

Al ORIENTE, veinticinco metros linda con lote treinta y tres; y Al PONIENTE, en veinticinco metros linda con lote treinta y uno. En la inteligencia de que el bien rematado, conservará el usufructo vitalicio que tiene el C. HECTOR DELGADO ROMO, sobre el mismo de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1016 del Código Civil en vigor, por tanto no se podrá poner al adjudicatario en posesión de dicho inmueble mientras dure en usufructo mencionado.

Postura legal la cantidad de $836,000.00 (OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL PESOS 00/100 M.N.), que cubre las dos terceras partes del precio del avalúo.- Convóquese postores.

Aguascalientes, Ags., a 16 de agosto de 2011.LA C. SECRETARIA,

JOSEFINA ZAVALA SAUCEDO. (A 1339812)

JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACIONFELIPE HERRERA DIAZ, falleció en esta ciudad

el día nueve de junio del año mil novecientos noventa y tres. Siendo sus padres ELISEO HERRERA REYES Y JOSEFINA DIAZ VELAZQUEZ.

Convóquese personas créanse derecho Intesta-do de dicha persona, presentarse ante este Juzgado a deducir y justificar dentro del término de treinta días contados a partir de la última publicación de este edicto.- Expediente número 574/2011

Aguascalientes, Ags., veintiocho de julio de 2011.

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. RITA JAQUELINE ESPARZA RUIZ ESPARZA.

(A 1339655)

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIAJESUS MARIA, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACIONAnte este Juzgado Mixto de Primera Instancia se

presentó J. Carmen Martínez Santos y otros, promo-viendo Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de Leandra González González.

Convóquese interesados para que dentro el término de treinta días hábiles, comparezcan ante el Juzgado Mixto de Jesús María, Ags., a deducir y justificar derechos hereditarios que les pudieran corresponder en relación a la finada Leandra Gon-zález González, quien nació el veintiuno de febrero de mil novecientos veintinueve en Jesús María, Ags.; falleció el veintiséis de agosto de dos mil nueve, en Jesús María, Ags.; fue hija de Rito González y Fe-lícitas González, tuvo su último domicilio en Jesús María, Ags.- Expediente número 877/2011.

Jesús María, Ags., a 12 de agosto de 2011.LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,

LIC. GLORIA ANDRADE VARGAS. (A 1339375)

PERIODICO OFICIAL Pág. 45Agosto 22 de 2011 (Primera Sección)

JUZGADO PRIMERO DELO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, ASG.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

VICTOR GUADALUPE TAVAREZ GONZALEZ y SANDRA MARIA DE LOURDES GONZALEZ DIAZ:

BANCO NACIONAL DE MEXICO, S.A., INSTI-TUCION DE BANCA MULTIPLE, les demanda en la VIA ESPECIAL HIPOTECARIA, las siguientes prestaciones:

A).- Para que por Sentencia Judicial, se declare el Vencimiento Anticipado de los plazos concedidos para el pago del crédito otorgado y sus accesorios, en términos de la cláusula décima sexta, inciso b) del Contrato de Apertura de Crédito con Garantía Hipo-tecaria; y cláusula sexta bis, inciso a) del Convenio Modificatorio del Contrato de Apertura de fecha quin-ce de septiembre del año mil novecientos noventa y seis; fundatorios de nuestra acción, mismos que presento en este acto y acompaño, como Anexos números Dos y Tres, respectivamente.

B).- Para que por Sentencia Judicial se condene a la demandada, al pago de la cantidad de 134,151.73 UDIS (Ciento Treinta y Cuatro Mil Ciento Cincuenta y Uno punto Setenta y Tres Unidades de Inversión; con un valor de $ 4.5210070 al día diecisiete de diciem-bre del año dos mil diez que representa la cantidad de $ 606,500.91 (Seiscientos seis Mil Quinientos Pesos 91/100 M.N.) por concepto de capital, con su correspondiente actualización, al momento del día del pago, relativo al adeudo que tienen los demandados con el poderdante.

C).- Por el pago de la cantidad de 11,786.07 UDIS (Once Mil Setecientos Ochenta y Seis punto Cero Siete Unidades de Inversión, con un valor de

$ 4.5210070 al día diecisiete de diciembre del año dos mil diez, que representa la cantidad de $ 53,284.90 (Cincuenta y Tres Mil Doscientos Ochenta y Cuatro Pesos 90/100 M.N.), por concepto de Intereses Ordi-narios vencidos en la forma pactada en las Cláusulas Primera y Tercera bis del Convenio Modificatorio del Contrato de Apertura de Crédito fundatorio de nuestra acción, de fecha quince de septiembre del año mil novecientos noventa y seis, mismos que han sido calculados hasta el día diecisiete de diciembre del año dos mil seis, los que se sigan generando, mismos que solicito se actualicen en ejecución de sentencia, a la fecha en que se realice el pago total del adeudo.

D).- Por el pago de la cantidad de 272.18 UDIS (Doscientos Setenta y Dos punto Dieciocho Unida-des de Inversión), con un valor de $ 4.5210070 al día diecisiete de diciembre del año dos mil diez, que representa la cantidad de $ 1,230.53 (Un Mil Dos-cientos Treinta Pesos 53/100 M.N.) por concepto de Intereses Moratorios, en términos de lo que dispone la Cláusula Primera y Tercera bis del Convenio Modifi-

catorio del Contrato de Apertura de Crédito fundatorio de la acción, de fecha quince de diciembre del año dos mil seis, mismos que han sido calculados hasta el día diecisiete de diciembre del año dos mil diez, y los que se sigan causando, solicitando se actualicen en la etapa procesal de ejecución de sentencia, a la fecha en que se realice el pago total del adeudo.

E).- Por el pago de la cantidad de 345.26 UDIS (Trescientos Cuarenta y Cinco punto Veintiséis Unidades de Inversión, teniendo un valor de la UDI de $ 4.5210070 al día diecisiete de diciembre del año dos mil diez, que representa la cantidad de $ 1,560.92 (Un Mil Quinientos Sesenta Pesos 92/100 M.N.) por concepto de primas de seguro vencidos en términos de lo que dispone la Cláusula Novena bis del Convenio Modificatorio del Contrato de Apertura de Crédito de fecha quince de septiembre del año mil novecientos noventa y seis.

F).- Por el pago de los gastos y costas que se originen por el presente juicio, dado el incumplimiento de la parte demandada con las obligaciones pacta-das, que orillan a mi representada a iniciar el presente procedimiento de manera judicial, de conformidad con la Cláusula Octava bis del Convenio Modificatorio al Contrato de Apertura de Crédito de fecha quince de septiembre del año mil novecientos noventa y seis, y el Artículo 1989 del Código Civil para el Estado de Aguascalientes.

G).- Para que por Sentencia Judicial se ordene sacar a pública subasta la garantía real otorgada en hipoteca, en caso de que la parte demandada no efectúe en forma voluntaria, el pago al que sea condenada, previo los trámites de ley correspon-dientes.

Por este conducto se le requiere para que en un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto, CONTESTE LA DEMANDA ENTABLADA EN SU CONTRA, con fun-damento en lo previsto por el Artículo 114 fracción II del Código de Procedimientos Civiles, asimismo se le informa a los demandados que las copias de traslado y los anexos al escrito de demanda quedan a su disposición en la Secretaría del Juzgado, de conformidad con el Artículo 559 del Código de Pro-cedimientos Civiles.

Asimismo requiérase a la demandada para que señale domicilio para oír notificaciones, bajo aperci-bimiento que de no hacerlo, las subsecuentes, aún las de carácter personal, se harán en los estrados del juzgado de conformidad con lo señalado en el Artículo 105 del Código de Procedimientos Civiles del Estado.

Expediente número 202/2011.

Aguascalientes, Ags., a 25 de julio de 2011.

LA C. SECRETARIA,LIC. ROSA MARIA LOPEZ DE LARA. 15 en 15 (Q 18525)

Pág. 46 PERIODICO OFICIAL Agosto 22 de 2011(Primera Sección)

JUZGADO NOVENO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

LUIS RICARDO CRUZ CRUZ:BANCO NACIONAL DE MEXICO, S.A. INTE-

GRANTE DEL GRUPO FINANCIERO BANAMEX, le demanda en la Vía ESPECIAL HIPOTECARIO, por el pago y cumplimiento de las siguientes prestacio-nes: A).- Para que por sentencia judicial se declare el vencimiento anticipado de los plazos concedidos para el pago del crédito otorgado y sus accesorios, en términos de la Cláusula Décima Sexta inciso b) del Contrato de Apertura de Crédito con Garantía Hipo-tecaria para construcción de vivienda y su convenio, fundatorios de nuestra acción, mismo que presentó en este acto y acompaño, como Anexos números dos y tres, respectivamente. B).- Para que por Sen-tencia Judicial se condene al demandado al pago de la cantidad de 112,359.86 UDIS (Ciento doce mil trescientos cincuenta y nueve punto ochenta y seis Unidades de Inversión) que al día 27 de diciembre de 2010 equivalen a la cantidad de $ 508,330.05 (Quinientos ocho mil trescientos treinta pesos 05/100 Moneda Nacional), por concepto de capital vencido o saldo de crédito, relativo al adeudo que tiene el demandado con mi poderdante, teniendo la UDI un valor de $ 4.524125. C).- Por el pago de la cantidad de 107.97 UDIS (Ciento siete punto noventa y siete Unidades de Inversión) que al día 27 de diciembre de 2010 equivalen a la cantidad de $ 488.47 (Cuatro-cientos ochenta y ocho pesos 47/100 M.N.) por con-cepto de seguros no pagados, en términos de lo que dispone la Cláusula Décima Cuarta del Convenio de Transacción, mismos que han sido calculados hasta el día veintisiete de diciembre de 2010, solicitando se actualicen en la etapa procesal de ejecución de sentencia, a la fecha en que se realice el pago total del adeudo, y los que se sigan generando, teniendo la UDI un valor de $ 4.524125. D).- Por el pago de la cantidad de 14,394.65 (Catorce mil trescientos noventa y cuatro punto sesenta y cinco) que al día 27 de diciembre de 2010 equivalen a la cantidad de $ 65,123.20 (Sesenta y cinco mil ciento veintitrés pesos 20/100 M.N.) por concepto de intereses or-dinarios en apertura de crédito base de la acción, teniendo la UDI un valor de $ 4.524125. E).- Por el pago de la cantidad de 688.10 UDIS (Seiscientos ochenta y ocho punto diez Unidades de Inversión) que al día 27 de diciembre de 2010 equivalen a la cantidad de $ 3,022.57 (Tres mil veintidós pesos 57/100 M.N.) por concepto de intereses moratorios en términos de lo que dispone la cláusula séptima, del Convenio de Transacción del Contrato de Apertura de Crédito base de la acción, más los que se sigan generando hasta la total liquidación del adeudo, los cuales serán calculados a razón de la tasa moratoria pactada en el citado Convenio Modificatorio, sobre el saldo insoluto del crédito hasta en tanto no cubra la totalidad del saldo insoluto del adeudo, teniendo la UDI un valor de $ 4,524125. F).- Por el pago de

los gastos y costas que se originen por el presente juicio, dado el incumplimiento de la parte deman-dada con las obligaciones pactadas, que orillan a mi representada a iniciar el presente procedimiento de manera judicial, de conformidad con la Cláusula Décima Séptima del Contrato de Apertura de Crédito y el Artículo 1989 del Código Civil para el Estado de Aguascalientes. G).- Para que por Sentencia Judi-cial se ordene sacar a pública subasta la garantía real otorgada en hipoteca, en caso de que la parte demandada no efectúe en forma voluntaria el pago al que sea condenada, previos los trámites de ley correspondientes.

Emplácese al demandado para que conteste la demanda entablada en su contra dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publi-cación de este edicto.

Hágasele saber a la parte demandada que las copias de traslado de su parte se quedan a su dis-posición en la secretaría del juzgado para que se impongan de su contenido.

Se apercibe al demandado para que señale domicilio para recibir notificaciones en esta ciudad, con apercibimiento de que en caso de no hacerlo, las subsecuentes, aún las de carácter personal se les harán por medio de Cédula que se fije en los estrados del juzgado y las no personales, se harán por medio de las listas de acuerdos de este juzgado, lo anterior con fundamento en los Artículos 105 y 115 del Código de Procedimientos Civiles del Estado.

Expediente número 202/2011.Aguascalientes, Ags., a diecinueve de julio de

dos mil once.

LA C. SEGUNDA SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. FABIOLA MORALES ROMO. 15 en 15 (Q 18524)

JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

JOSE CALVILLO GALLEGOS, falleció en esta ciudad de Aguascalientes, el día veintisiete de mayo de dos mil ocho, siendo sus padres JESUS CALVI-LLO y JESUS GALLEGOS.

Convóquense personas créanse derechos intes-tado dicha persona, presentarse ante este juzgado a deducir y justificar dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.

Expediente número 921/2011.

Aguascalientes, Aguascalientes, 5 de agosto de 2011.

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. JANETT ROMO ZARAGOZA.

(Q 21286)

PERIODICO OFICIAL Pág. 47Agosto 22 de 2011 (Primera Sección)

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIADEL TERCER PARTIDO JUDICIALPABELLON DE ARTEAGA, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

SABINO TORRES MARTINEZ y/o SABINO TO-RRES, falleció el día 25 de marzo de 1975, en Villa Juárez, Asientos, Ags., siendo sus padres CASIMIRO TORRES y MARIA MARTINEZ.

Convóquense personas que se crean con derecho al intestado de dicha persona, presentarse ante este Juzgado a deducirlo y justificarlo dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publica-ción de este edicto.- Expediente número 250/2011.Pabellón de Arteaga, Ags., a 15 de julio de 2011.

EL C. SECRETARIO,LIC. ALFONSO ZAVALA GALINDO. (A 1336712)

JUZGADO SEPTIMO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

ALFREDO CERVANTES ALONSO y ADRIANA MO-RENO GARCIA:

METROFINANCIERA SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE ENTIDAD NO REGULADA, les demanda en la VIA ESPECIAL HIPOTECARIA, por el pago y cumplimiento de las siguientes pres-taciones:

A).- Para que se declaren vencidos anticipada-mente los plazos concedidos para el pago del crédito y sus accesorios.

B).- Para que por Sentencia Judicial se conde-ne a la parte demandada al pago de la cantidad de 484,553.58 UDIS (Cuatrocientos Ochenta y Cuatro Mil Quinientos Cincuenta y Tres Punto Cincuenta y Ocho Unidades de Inversión) o su equivalente en Moneda Nacional que asciende a la suma de $ 2’090,032.71 (Dos Millones Noventa Mil Treinta y Dos Pesos 71/100 Moneda Nacional), por concepto de suerte principal.

C).- Para que por Sentencia Judicial se conde-ne a la parte demandada al pago de la cantidad de 26,935.94 UDIS (Veintiséis Mil Novecientos Treinta y Cinco punto Noventa y Cuatro Unidades de Inversión) o su equivalente en Moneda Nacional, que asciende a la suma de $ 116,183.22 (Ciento Dieciséis Mil Ciento Ochenta y Tres Pesos 22/100 Moneda Nacional), por concepto de interés ordinario y los que se sigan venciendo.

D).- Para que por Sentencia Judicial se conde-ne a la parte demandada al pago de la cantidad de 40,403.91 UDIS (Cuarenta Mil Cuatrocientos Tres Punto Noventa y Un Unidades de Inversión) o su equivalente en Moneda Nacional, que asciende a la suma de $ 174,274.85 (Ciento Setenta y Cuatro Mil Doscientos Setenta y Cuatro Pesos 85/100 Moneda Nacional) por concepto de interés moratorio, y los que se sigan venciendo.

E).- Por el pago de los gastos y costas que se originen con motivo del presente juicio.

Emplácese a los demandados para que contes-ten la demanda entablada en su contra dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.

Hágasele saber a la parte demandada que las copias de traslado de su parte se quedan a su dis-posición en la secretaría del juzgado para que se impongan de su contenido.

Se apercibe a la parte demandada para que señale domicilio para recibir notificaciones en esta ciudad, con apercibimiento de que en caso de no hacerlo, las subsecuentes, aún las de carácter per-sonal se les harán por medio de Cédula que se fije en los Estrados del Juzgado y las no personales, se harán por medio de las Listas de Acuerdos de este Juzgado, lo anterior con fundamento en los Artículos 105 y 115 del Código de Procedimientos Civiles del Estado.- Expediente número 17/2010.

Aguascalientes, Ags., a 15 de julio del año 2011.

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. ANA LUISA REA LUGO. 15 en 15(Q 18523)

PODER JUDICIAL DEL ESTADOJUZGADO CUARTO DEL RAMO CIVIL

SAN LUIS POTOSI, S.L.P.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

INSTITUCION BANCARIA DENOMINADA BANCO B.C.H., S.A.:

Disposición C. Juez Cuarto del Ramo Civil, auto dictado expediente número 467/99, relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil, por conducto de su Endosatario en Procuración Lic. Pedro Pablo Cerda Saldaña, que promueve el C. José Malaquías Oliva Rodríguez en contra de Jacinto Miguel Murillo Zazueta y Arnulfo M. Aceves Fernández, por auto de fecha 13 trece de julio del 2011 dos mil once, manda sacar a re-mate en Primera Almoneda, a verificarse en el local de este Juzgado a las 11:30 once horas con treinta minutos del día 12 doce de septiembre del 2011 dos mil once.- Se ordena notificar al diverso acreedor, institución bancaria denominada BANCO B.C.H., S.A., el estado de ejecución en que se encuentran los presentes autos, para efecto de que comparezca ante este Juzgado el día y hora señalados, hacer valer sus derechos; lo preliminar, dentro de los edictos antes ordenados y mediante diversos edictos especiales, que se publiquen para hacerle saber el estado de ejecución a dicho acreedor, en términos del artículo 1070 del Código de Comercio, es decir, por 3 tres veces consecutivas, en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes y en 1 uno de mayor circulación de la ciudad de Aguascalientes, Ags., como se ordena en líneas anteriores.- Doy fe.

San Luis Potosí, S.L.P., a 15 de julio de 2011.EL C. SECRETARIO,

LIC. JOSE LUIS DE LOS SANTOS OLIVO. (A 1336463)

Pág. 48 PERIODICO OFICIAL Agosto 22 de 2011(Primera Sección)

término de veinte días, contados a partir de la última publicación de este edicto.

Hágasele saber a la parte demandada que las copias de traslado de su parte se quedan a su dis-posición en la Secretaría del Juzgado para que se impongan de su contenido.

Se apercibe a la parte demandada para que señale domicilio para recibir notificaciones en esta ciudad, con apercibimiento de que en caso de no hacerlo, las subsecuentes, aún las de carácter personal se les harán por medio de listas que se publiquen en los estrados del Juzgado, lo anterior con fundamento en los artículos 1068 fracción III del Código de Comercio.

Expediente número 1005/2010.Aguascalientes, Ags., a 11 de abril del año

2011.LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,

LIC. MA. LUISA RAMIREZ ESPARZA. (A 1335221)

JUZGADO QUINTO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

En el expediente número 1354/2007, relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por FEDERICO MORENO GRANADOS en contra de ROBERTO LO-PEZ AVILA, rematarse en el local de este Juzgado a las trece horas del día nueve de septiembre de dos mil once, el siguiente bien:

Predio rústico ubicado en Betulia en Lagos de Moreno, Jalisco, con una superficie de 2 hectáreas, 36 áreas y 76 centiáreas, linda al NORTE, 17.20 metros con Jorge López y varios propietarios y en 289050 metros con Alfonso López; al SUR, 17.20 metros con José Sánchez y en 20.80 metros con la calle Cerro de la Bola y en 22.42 metros con varios propietarios; al ORIENTE, en 41.50 metros con Samuel Delgado en 20.40 metros con varios pro-pietarios, al PONIENTE, en 73.27 metros con José López y varios, en 29 metros con calle Cerro Gordo y en 44.65 metros con José Sánchez y varios pro-pietarios con excepción de las superficies donadas al H. Ayuntamiento Jalisco que corresponde a tres fracciones de terreno de superficie 6819 metros, 2099 y 317 metros, siendo la postura legal CIENTO DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL, que cubre las dos terceras partes del avalúo.

Convóquense postores.Aguascalientes, Ags., a cuatro de agosto de dos

mil once.EL C. PRIMER SECRETARIO,

LIC. FELIPE DE JESUS ARIAS PACHECO. (A 1334793)

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIAJESUS MARIA, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

Ante este Juzgado Mixto de Primera Instancia, se presentó Rosa María Gómez Tiscareño por sí y como Apoderada Legal de María Tiscareño Morales, promoviendo Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de J. Jesús Gómez Esparza.

Convóquese interesados a la radicación del presente intestado, para que dentro de treinta días hábiles, contados a partir de la última publicación, comparezcan ante el Juzgado Mixto del Quinto Par-tido Judicial, Jesús María, Aguascalientes, a deducir y justificar derechos hereditarios en relación al finado J. Jesús Gómez Esparza, quien nació el dieciocho de mayo de mil novecientos treinta y ocho, siendo sus padres Domingo Gómez Martínez y Eusebia Esparza Medina, y falleció el veintinueve de julio de dos mil diez, teniendo su último domicilio en Emiliano Zapata número doscientos tres letra A, colonia Centro de este Municipio.

Expediente número 734/2011.Jesús María, Ags., a 2 de agosto de 2011.

LA C. PRIMERA SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. GLORIA ANDRADE VARGAS. (A 1333628)

JUZGADO SEPTIMO DE LO CIVIL Y DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

RICARDO JUAREZ LOPEZ y JUAN MANUEL SAN-CHEZ RANGEL:

CAJA GONZALO VEGA, SOCIEDAD COO-PERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, le demanda en la Vía Ejecutiva Mercantil, por el pago y cumplimiento de las siguientes prestaciones:

A. Por el pago de la cantidad de $ 15,000.00 (QUINCE MIL PESOS 00/100 M.N.), por concepto de suerte principal que se desprende del pagaré, docu-mento fundatorio de la acción y que se acompaña al escrito inicial de demanda.

B. El pago de los intereses ordinarios mensua-les que se han generado desde el momento en que el demandado RICARDO JUAREZ LOPEZ solicitó el préstamo a razón del 2.06% (DOS PUNTO CERO SEIS POR CIENTO) mensual.

C. El pago de los intereses moratorios que se han generado y se generen, a razón de 4% (Cuatro por ciento), mensual, mismos que se han generado desde el día en que se liquiden la totalidad del adeudo que tienen con mi endosante.

D. El pago de gastos y costas que se generen por la tramitación del presente juicio.

Emplácese a los demandados para que contes-ten la demanda entablada en su contra dentro del

PERIODICO OFICIAL Pág. 49Agosto 22 de 2011 (Primera Sección)

DELA CRUZ. A la SEGUNDA por lo que respecta a las menores LAURA MONTSERRAT DELA CRUZ y JOCELYN VIRIDIANA DE LA CRUZ, ambos a favor de la Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia del Sistema DIF Estatal.

C.- Al PRIMERO la tutela de la menor LAURA MONTERRAT SUSTAITA DE LA CRUZ a la SE-GUNDA la tutela de las menores LAURA MONTE-SERRRAT SUSTAITA DELA CRUZ y JOCELYN VIRIDIANA DE LA CRUZ.

Emplácese para que contesten la demanda in-terpuesta en su contra, dentro del término de treinta días, contados a partir de la publicación del último edicto, quedando a su disposición las copias de traslado en la Secretaría del Juzgado PARA QUE SE IMPONGAN DE SU CONTENIDO.- Prevéngase asimismo a los demandados para que señalen do-micilio de su parte en esta ciudad para oír notifica-ciones personales, apercibidos que de no hacerlo, las subsecuentes se les harán mediante cédula que se fije en los estrados del juzgado, de conformidad en lo dispuesto por el Artículo 105 del Código de Procedimientos Civiles.

Expediente número 506/2010.Aguascalientes, Ags., a veintiocho de julio del

2011.LA C. PRIMERA SECRETARIA,

LIC. CARMEN PATRICIA ANAYA RODRIGUEZ. (Q 20699)

JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

MARIA DEL CARMEN URZUA NAJERA también conocida como CARMEN URZUA NAJERA, CAR-MEN URSUA NAJERA, MA. DEL CARMEN ORZUA y CARMEN URSUA, falleció en la ciudad de Gua-najuato el día primero de agosto de mil novecientos noventa y uno, siendo sus padres JESUS URSUA y ALTAGRACIA NAJERA.

JUVENTINO FLORES GUERRERO, falleció en esta ciudad el día diecisiete de febrero del noventa y cinco, siendo sus padres FELICIANO FLORES y PETRONILA GUERRERO.

Convóquense personas créanse derecho in-testado de dichas personas, presentarse ante este Juzgado a deducir y justificar dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.

Expediente número 1442/1998.Aguascalientes, Ags., a 4 de marzo de dos mil

once.LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,

LIC. BEATRIZ LLEGARIA ACEVEDO. (A 1335072)

JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL Y DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

JUAN CARLOS MEDINA IBARRA:ROGELIO EFREN ALONSO CALDERON y

PATRICIA ALONSO LOZANO, le demanda en la Vía ORDINARIA MERCANTIL, las siguientes pres-taciones:

A).- Por el pago de la cantidad de $ 25,000.00 (veinticinco mil pesos 00/100 M.N.), por concepto de suerte principal y que se ampara en un pagaré como base de mi acción.

B).- Por el pago de un interés legal a partir de su vencimiento y hasta la fecha de liquidación.

C).- El pago de gastos y costas, que resulten en este negocio y que con motivo del presente proce-dimiento se deriven, debido al incumplimiento de la obligación contraída por el demandado, ya que en virtud de ello, me he visto obligado a demandar en la vía y forma propuesta.

Por este conducto se le requiere para que en un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto, haga valer lo que a su derecho convenga, asimismo se le informa al demandado que los anexos al escrito de demanda quedan a su disposición en la Secretaría del Juz-gado, debiendo señalar domicilio para oír y recibir notificaciones, con apercibimiento que de no hacerlo, las subsecuentes, aún las de carácter personal, se harán en las listas de acuerdos que se publiquen en los estrados del juzgado, de conformidad con el Artículo 1068 del Código de Comercio.

Expediente número 1727/2010.Aguascalientes, Ags., a cuatro de agosto de dos

mil once.LA C. PRIMERA SECRETARIA,

LIC. GLORIA DE LOURDES SALAZAR MEDINA. (A 1333901)

JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

BRAULIO ERNESTO SUSTAITA GONZALEZ y MI-RIAM VIRIDIANA DE LA CRUZ SANCHEZ:

La Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia, les demanda en la Vía UNICA CIVIL las siguientes prestaciones:

A.- Al PRIMERO la Pérdida de la Patria Potestad de la menor LAURA MONTSERRAT SUSTAITA DE LA CRUZ. A la SEGUNDA por lo que respecta a las menores LAURA MONTSERRAT SUSTAITA CRUZ y JOCELYN VIRIDIANA DE LA CRUZ.

B.- Al PRIMERO la Guarda y Custodia provisio-nal y definitiva de la menor LAURA MONTSERRAT

Pág. 50 PERIODICO OFICIAL Agosto 22 de 2011(Primera Sección)

JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

JESUS PARGA TORRES, falleció en esta ciudad el día tres de febrero de dos mil seis, siendo sus padres CASIMIRO PARGA GARCIA y MA. CON-CEPCION TORRES.

Convóquense personas créanse derecho intesta-do de dicha persona, presentarse ante este Juzgado a deducir y justificar dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.- Expediente número 1184/2007.

Aguascalientes, Ags., a diecinueve de mayo de dos mil once.

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. RITA JAQUELINE ESPARZA SOLIS. (A 1335222)

JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

GUILLERMINA ALVAREZ MARTINEZ y/o GUI-LLERMINA MARTINEZ, falleció en esta ciudad, el día PRIMERO DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL DIEZ. Siendo sus padres BAUDELIO ALVAREZ y MA. SOLEDAD MARTINEZ.

Convóquense personas créanse derecho intesta-do de dicha persona, presentarse ante este juzgado a deducir y justificar dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.- Expediente número 214/2011.

Aguascalientes, Ags., a diecinueve de julio de 2011.

LA C. PRIMERA SECRETARIA,LIC. CARMEN PATRICIA ANAYA RODRIGUEZ. (Q 20347)

JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

RAUL IBARRA MACIAS, falleció en esta ciudad el día quince de octubre del dos mil siete. Siendo sus padres J. MARCOS IBARRA y SARA MACIAS.

Convóquense personas créanse derecho intesta-do de dicha persona, presentarse ante este juzgado a deducir y justificar dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.- Expediente número 619/2011.

Aguascalientes, Ags., a 23 de junio del 2011.

LA C. SEGUNDA SECRETARIA,LIC. MARGARITA DE LUCAS GONZALEZ. (Q 20346)

JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACIONLUIS PALOMINO VILLALPANDO, falleció en esta

ciudad el día TREINTA DE JULIO DE DOS MIL SEIS. Siendo sus padres LORETO PALOMINO FLORES y MA. JULIA VILLALPANDO RANGEL.

MARIA PONCE MARTINEZ, falleció en esta ciudad el día ocho de marzo del año dos mil tres. siendo sus padres VICENTE PONCE y MA. JESUS MARTINEZ GARCIA.

Convóquense personas créanse derecho intesta-do de dicha persona, presentarse ante este juzgado a deducir y justificar dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.

Expediente número 1526/2006.Aguascalientes, Ags., a veintiocho de julio de 2011.

LA C. PRIMERA SECRETARIA,LIC. CARMEN PATRICIA ANAYA RODRIGUEZ. (A 1333604)

JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACIONJOSE MANUEL REYES PADILLA:

MAYRA ZAPATA MARTINEZ, le demanda en la Vía Unica Civil las siguientes prestaciones:

A. La disolución del vínculo matrimonial.B. La pérdida de todo lo dado y prometido

durante el matrimonio.C. La perdida de la patria potestad de los me-

nores JONATHAN y BRAYAN OSIEL de apellidos REYES ZAPATA.

D. Por el pago de gastos y costas que se ori-ginen con la tramitación del presente juicio.

Emplácesele, para que conteste la demanda interpuesta en su contra dentro del término de treinta días, contados a partir de la publicación del último edicto, quedando a su disposición las copias de traslado en la Secretaría del Juzgado para que se imponga de su contenido.- Prevéngase asimismo al demandado para que señale domicilio de su parte en esta ciudad para oír notificaciones personales, apercibida que de no hacerlo, las subsecuentes se le harán mediante cédula que se fije en los estrados del Juzgado; de conformidad en lo dispuesto por el artículo 105 del Código de Procedimientos Civiles.

Expediente número 4/2010.Aguascalientes, Ags., a veinticinco de julio de

2011.LA C. PRIMERA SECRETARIA,

LIC. CARMEN PATRICIA ANAYA RODRIGUEZ. (A 1335514)

PERIODICO OFICIAL Pág. 51Agosto 22 de 2011 (Primera Sección)

JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

MARIA BERNARDA RODRIGUEZ SANDOVAL y/o BERNARDA RODRIGUEZ SANDOVAL, falleció en León, Guanajuato, el día CINCO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIEZ. Siendo sus padres PEDRO RODRIGUEZ LUNA y MA. REFUGIO SANDOVAL HERNANDEZ.

Convóquense personas créanse derecho intesta-do de dicha persona, presentarse ante este juzgado a deducir y justificar dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.

Expediente número 472/2011.Aguascalientes, Ags., a cuatro de agosto de 2011.

LA C. PRIMERA SECRETARIA,LIC. CARMEN PATRICIA ANAYA RODRIGUEZ. (A 1335787)

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIAPABELLON DE ARTEAGA, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

HIPOLITO DELGADO RICO, falleció el día 24 de julio del 2007 en José María Morelos, Aguasca-lientes, siendo sus padres NATIVIDAD DELGADO CHAVEZ (FINADO) y CELEDONIA RICO LUEVANO (FINADA).

Convóquense personas que se crean con de-recho al intestado de dicha persona, presentarse ante este juzgado a deducirlo y justificarlo dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.

Expediente número 794/2011.Pabellón de Arteaga, Ags., a 2 de agosto de 2011.

EL C. SECRETARIO,LIC. ALFONSO ZAVALA GALINDO. (A 1336082)

JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

En el Juicio EJECUTIVO MERCANTIL promovido por MIGUEL ANGEL PEREZ JIMENEZ en contra de GUADALUPE RUBIO RUIZ, remátese en el local de este Juzgado a las TRECE HORAS DEL DIA TREIN-TA DE AGOSTO DE DOS MIL ONCE el siguiente bien inmueble:

“Cincuenta por ciento de los derechos de la casa habitación ubicada en calle Caudillos número 103, manzana 1, lote 7, del Fraccionamiento Jardines de Casa Nueva (antes Morelos) de esta ciudad, con una superficie de 90.00 metros cuadrados y las siguientes medidas y colindancias: al NORTE, en 6.00 metros

con calle Caudillo; al SUR, en 6.00 metros con lote cuarenta; al ORIENTE, en 15.00 metros con lote seis; al PONIENTE, en 15.00 metros con lote ocho”.

Postura legal para el porcentaje del inmueble objeto del remate, la cantidad de $ 143,000.00 (CIENTO CUARENTA Y TRES MIL PESOS 00/100 M.N.), que cubre las dos terceras partes del precio del avalúo, correspondiente al cincuenta por ciento de los derechos respecto del inmueble propiedad de la C. Guadalupe Rubio Ruiz. Convóquense postores.

Expediente 630/2009.Aguascalientes, Ags., a 29 de julio de 2011.

LA C. PRIMERA SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. CARMEN MARITZA CANO GONZALEZ.

2-2(Q 21365)

PODER JUDICIAL DEL ESTADOJUZGADO CUARTO DEL RAMO CIVIL

SAN LUIS POTOSI, S.L.P.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

Disposición C. Juez Cuarto del Ramo Civil, auto dictado Expediente Número 467/99, relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil por conducto de su endosatario en Procuración Lic. Pedro Pablo Cerda Saldaña, que promueve José Malaquías Oliva Rodríguez en contra de Jacinto Miguel Murillo Zazueta y Arnulfo M. Aceves Fernández, por auto de fecha 13 trece de julio del 2011 dos mil once, manda sacar a remate en primera almoneda, a verificarse en el local de este juzgado a las 11:30 once horas con treinta minutos del día 12 doce de septiembre del 2011 dos mil once.- Predio suburbano, ubicado en calle Moscatel, del Fracciona-miento Paso Blanco, del Municipio de Jesús María, del Estado de Aguascalientes, con una superficie de 3,451.21 metros cuadrados y las siguientes medidas y colindancias: al NORTE, mide 48.07 metros, linda con lote número 15 quince; al SUR, mide 62.67 metros, linda con calle Moscatel; al ORIENTE, mide 63.20 metros, linda con Avenida San Emilión y al PO-NIENTE, mide 61.47 metros, linda con lote número 2 dos.- Sirve de base para el remate la cantidad de $ 2’441,923.50 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y UN MIL NOVECIENTOS VEINTITRES PESOS 50/100 M.N.), valor promedio de los avalúos, lo anterior de conformidad con lo establecido en el Artículo 397 del Código de Procedimientos Civiles aplicado supletoriamente al Código de la materia, no admitiéndose postura que no cubra la legal.- En la inteligencia que los postores que deseen intervenir en la subasta, deberán consignar previamente el 10% diez por ciento de la postura legal para el remate, ante la Dirección de Consignaciones y Garantías de la Oficialía Mayor del Supremo Tribunal de Justicia del Estado y exhibir ante este juzgado el recibo oficial de depósito.- Doy fe.

San Luis Potosí, S.L.P., a 15 de julio de 2011.EL C. SECRETARIO,

LIC. JOSE LUIS DE LOS SANTOS OLIVO. (A 1336464)

Pág. 52 PERIODICO OFICIAL Agosto 22 de 2011(Primera Sección)

JUZGADO OCTAVO DE LO CIVILAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

MARICELA MONTOYA MEDINA:JOSE MARTINEZ RIOS, le demanda en la Vía

EJECUTIVA MERCANTIL, las siguientes prestacio-nes:

A).- El pago de la cantidad de $ 45,000.00 (CUARENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.) por concepto de suerte principal pactado en el título de Crédito de los llamados “pagaré” que traen aparejada ejecución y que en original acompaño al cuerpo del presente, como documento base de la acción.

B).- El pago de intereses legales moratorios a razón del 1% mensual, tasa convenida y obligada, así como los que se sigan generando hasta la total liquidación del Título de Crédito que se reclama.

C).- El pago de gastos y costas que se originen en el presente juicio y en las demás consecuencias legales, con motivo de su tramitación y hasta su total conclusión.

Por este conducto se le requiere para que en un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto, haga valer lo que a su derecho convenga, asimismo se le informa al deman-dado que los anexos al escrito de demanda quedan a su disposición en la secretaría del juzgado, debido señalar domicilio para oír y recibir notificaciones, con apercibimiento que de no hacerlo, las subsecuentes, aún las de carácter personal se harán en las listas de acuerdos que se publiquen en los estrados del juzga-do, de conformidad con el Artículo 1068 del Código de Comercio.- Expediente número 947/2010.

Aguascalientes, Ags., a catorce de julio de dos mil once.

LA C. PRIMERA SECRETARIA,LIC. GLORIA DE LOURDES SALAZAR MEDINA. (Q 16878)

JUZGADO CUARTO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

DAVID ALBA RAMIREZ, falleció el día TRIENTA DE MARZO DE DOS MIL ONCE en Aguascalien-tes, Aguascalientes. Siendo sus padres MARIA GUADALUPE RAMIREZ MUÑIZ y DAVID ALBA ESQUEDA.

Convóquense personas que se crean con Dere-cho Intestados de dicha persona, presentarse ante este jugado a deducir y justificar dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.-

Expediente número 770/2011.Aguascalientes, Ags., a 29 de junio de 2011.

LA C. SEGUNDA SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. MARISA MARISOL VIVAR LANDEROS. (A 1331916)

JUZGADO OCTAVO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

En el expediente número 827/2009 del Juicio EJECUTIVO MERCANTIL promovido por MARIA DEL ROCIO CALVILLO ESPARZA, en contra de ANTONIO DE SANTOS GARCIA, remátese en el local de este Juzgado a las TRECE HORAS DEL DIA TREINTA Y UNO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL ONCE el siguiente bien inmueble:

Ubicado en Centro de Abastos, manzana C, lote 5, con una superficie de 75.00 metros cuadrados y con las siguientes medidas y colindancias:

NORTE, en 15.00 metros, linda con lote 4;SUR, en 15.00 metros, linda con lote 6;ORIENTE, en 5.00 metros, linda con el andén;PONIENTE, en 5.00 metros, linda con lote 42.Siendo postura legal la cantidad de DOS-

CIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS M.N., que cubren las dos terceras partes del precio de su avalúo.

Convóquense postores.Expediente número 827/2009.Aguascalientes, Ags., a dieciocho de julio de

dos mil once.LA C. PRIMERA SECRETARIA,

LIC. GLORIA DE LOURDES SALAZAR MEDINA. (A 1332665)

JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

ANGELINA ORNELAS MACIAS y/o EVANGELI-NA ORNELAS MACIAS, falleció en esta ciudad el día dos de septiembre del año dos mil dos. Siendo sus padres ANTONIO ORNELAS JIMENEZ y REFUGIO MACIAS MACIAS.

ROBERTO CERVANTES RAMOS, falleció en esta ciudad el día diecinueve de julio del año dos mil uno. Siendo sus padres SIMON CERVANTES LIRA y PASCUALA RAMOS OLAGUE.

Convóquese personas créanse derecho Intes-tado de dichas personas, presentarse ante este Juzgado a deducir y justificar dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.

Expediente número 1358/2007.Aguascalientes. Aguascalientes, 1° de agosto

de 2011.LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,

LIC. RITA JAQUELINE ESPARZA SOLIS. (A 1332795)

PERIODICO OFICIAL Pág. 53Agosto 22 de 2011 (Primera Sección)

JUZGADO SEPTIMO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

C. MANUEL MALDONADO GUTIERREZ:LILIA QUEZADA AGUAYO a través de su apode-

rado LIC. PEDRO EDMUNDO BECERRIL DE HARO, le demanda en la tercería excluyente de dominio del expediente número 1692/2004, por el pago y cumpli-miento de las siguientes prestaciones:

1.- Por la declaración de nulidad de la diligencia de embargo y la falta de emplazamiento en mi contra al haberse entendido en un domicilio que no era el de mi poderdante y que no lo señale para ningún efecto.

2.- Por la declaración de ilegalidad e improce-dencia del embargo del bien de mi propiedad con-sistente en el vehículo Golf marca Wolkswagen 1986 sedan, motor 037788 con calcomanía de legalización H2907111755, y con número de identificación vehi-cular 1VWFA0172GV37788.

3.- Por la declaración de falsedad de cualquier declaración que se haya realizado al momento de la diligencia que afecte la propiedad del vehículo mencionado.

4.- Por la inmediata devolución del vehículo antes mencionado por medio del C. actuario adscrito al juzgado de su digno cargo.

5.- Por el pago de los daños que se acrediten del vehículo de mi propiedad por medio de peritos.

6.- Por el pago de una renta diaria de $ 300.00 (trescientos pesos 00/100 M.N.) por la disposición del vehículo materia de esta tercería y hasta la total solución de este juicio de tercería.

7.- Por el pago de una indemnización correspon-diente a los gastos que se han tenido que realizar la recuperación del vehículo indebidamente embargado por la suma de $ 5,850.00.

8.- Por la declaración de nulidad de embargo.9.- Por el reconocimiento de mi propiedad.10.- Por el correspondiente pago de daños y

perjuicios que se acrediten en juicio.11.- Por el pago de gastos y costas que a este

juicio se originen.Emplácese al demandado para que conteste la

demanda entablada en su contra dentro del término de treinta días, contados a partir de que surta efectos la última publicación de este edicto, a fin de hacer valer lo que a su derecho convenga.

Hágasele saber a la parte demandada que las copias de traslado de su parte se quedan a su dis-posición en la secretaría del juzgado para que se impongan de su contenido. Se apercibe a la parte demandada para que señale domicilio para recibir notificaciones en esta ciudad, bajo apercibimiento que de no hacerlo, las subsecuentes, aún las de carácter personal se realizarán por listas que se pu-bliquen en los estrados del juzgado, de conformidad

con lo dispuesto por el Artículo 1068 fracción III del Código de Comercio.

Tercería excluyente de dominio del Expediente número 1962/2004.

Aguascalientes, Aguascalientes, a 19 de julio del año 2010.

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. ANA LUISA PADILLA GOMEZ. (A 1329811)

JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

FRANCISCO BERNAL VELAZQUEZ, falleció en Aguascalientes, Aguascalientes, el día dieciséis de marzo de dos mil once, siendo sus padres ANDRES BERNAL LUEVANO y MA. GUADALUPE VELAZ-QUEZ OROPEZA.- Se hace saber a los interesados la radicación del intestado y se convoca a las perso-nas que se crean con derechos al intestado de dicha persona, presentarse a este juzgado a deducir y jus-tificarlo dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.

Expediente número 837/2011.Aguascalientes, Aguascalientes, a veintiséis de

julio de dos mil once.LA C. SECRETARIA,

LIC. MARTHA PATRICIA HERNANDEZ CASTAÑEDA. (A 1330742)

JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

C. GUADALUPE BADILLO MARES:SONIA ARANDA RANGEL, le demanda en el

Juicio UNICO CIVIL (DIVORCIO NECESARIO), por el pago y cumplimiento de las siguientes prestaciones: A).- Por la disolución del vínculo matrimonial que los une. B).- Por el pago de los gastos y costas que se originen con motivo del presente juicio.- Emplácese al demandado, para que conteste la demanda in-terpuesta en su contra dentro del término de treinta días, contados a partir de la tercera publicación de este edicto, quedando a su disposición las copias de traslado en la secretaría de este juzgado, apercibido para que señale domicilio para recibir notificaciones y en caso de no hacerlo, las notificaciones, aún las de carácter personal se le harán en estrados del juzgado.

Expediente número 81/2009.Aguascalientes, Aguascalientes, a veintinueve

de junio del dos mil once.LA C. SECRETARIA,

LIC. MARTHA PATRICIA HERNANDEZCASTAÑEDA. (A 1330598)

Pág. 54 PERIODICO OFICIAL Agosto 22 de 2011(Primera Sección)

JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

JOSE HERRERA HERNANDEZ, falleció en esta ciudad de Aguascalientes, Aguascalientes, el día diecinueve de septiembre de mil novecientos noventa y siete.- siendo sus padres ALFONSO HERRERA y DOLORES HERNANDEZ.

Convóquense personas créanse derecho intesta-do de dicha persona, presentarse ante este juzgado a deducir y justificar dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.- Expediente número 597/2011.

Aguascalientes, Aguascalientes, 27 de julio de 2011.

LA C. SECREETARIA DE ACUERDOS,LIC. JANETT ROMO ZARAGOZA. (A 1328949)

JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

JOSE MANUEL MACIAS MUÑOZ y RUT DE LA TORRE RODRIGUEZ, fallecieron en esta ciudad, el primero el dieciséis de junio de dos mil ocho, siendo sus padres MANUEL MACIAS REYES y CRISTINA MUÑOZ VALDES y la segunda el doce de julio de dos mil cinco, siendo sus padres JESUS DE LA TORRE GONZALEZ y MARGARITA RODRIGUEZ ORTEGA.

Convóquense personas créanse derecho intesta-do de dicha persona, presentarse ante este juzgado a deducir y justificar dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.- Expediente número 919/2011.

Aguascalientes, Ags., a 27 de julio del 2011.

LA C. SEGUNDA SECRETARIA,LIC. MARGARITA DE LUCAS GONZALEZ. (A 1328898)

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIARINCON DE ROMOS, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

Ante este Juzgado se presenta MA. ELENA CASTAÑON MATA, denunciando la Sucesión In-testamentaria a bienes de la de cujus MA. LUISA MATA PUENTES y/o M. LUISA MATA PUENTES y/o LUISA MATA PUENTES, quien falleció el día 22 de febrero de 2011 en Morelos Sur # 121, Col. Centro, Rincón de Romos. Siendo sus padres ZACARIAS MATA IBARRA y M. JESUS PUENTES TRUJILLO. Por lo que con fundamento en lo establecido por el Artículo 687, del Código Procesal Civil en vigor, se convoca a los interesados con derecho a la presente

intestamentaria a fin de que se presenten al local de este Juzgado a deducirlo y justificarlo dentro del término de treinta días, contados a partir de la fecha de la última publicación de este edicto.

Expediente número 232/2011.Rincón de Romos, Aguascalientes, a 28 de julio

del 2011.Los CC. Testigos de Asistencia:

Lorena Guadalupe de Velasco Gallegos María del Rosario Fiscal Diosdado.

(A 1330754)

JUZGADO CUARTO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACIONFRANCISCO JAVIER ESCAREÑO NUÑEZ,

falleció el ocho de marzo de dos mil once en Aguas-calientes. Siendo sus padres JUAN ESCAREÑO y LEONOR NUÑEZ.

Convóquense personas créanse derecho intesta-do de dicha persona, presentarse ante este juzgado a deducir y justificar dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.- Expediente número 657/2011.

Aguascalientes, Ags., a 4 de julio de 2011.

LA C. PRIMERA SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. CLAUDIA ISABEL SANCHEZ RANGEL. (A 1329434)

JUZGADO CUARTO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

JOSE LUIS REYES QUIJANO:ROSA GUADALUPE GONZALEZ CRUZ, le

demanda en la Vía Unica Civil la Disolución del vínculo matrimonial que los une; y por la disolución y liquidación de la sociedad conyugal constituida con motivo del matrimonio.

Emplácesele para que conteste la demanda in-terpuesta en su contra dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto, quedando a su disposición las copias de traslado en la secretaría de este juzgado, asimismo para que señale domicilio en esta ciudad para oír notificaciones, bajo apercibimiento que de no hacerlo, las subsecuentes, aún las de carácter personal se le harán en estrados del juzgado.

Expediente número 1123/2010.Aguascalientes, Ags., a 14 de junio de 2011.

LA C. PRIMERA SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. CLAUDIA ISABEL SANCHEZ RANGEL. (A 1330131)

PERIODICO OFICIAL Pág. 55Agosto 22 de 2011 (Primera Sección)

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIAPABELLON DE ARTEAGA, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

MIGUEL DE LIRA TORRES, falleció el día 4 de julio del año 2004 en José María Morelos, Aguascalientes, siendo sus padres LUIS DE LIRA CASTRO (FINADO) y MANUELA TORRES RAMOS (FINADA).

Convóquense personas que se crean con de-recho al intestado de dicha persona, presentarse ante este juzgado a deducirlo y justificarlo dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.

Expediente número 522/2011.Pabellón de Arteaga, Ags., a 23 de junio de 2011.

EL C. SECRETARIO,LIC. ALFONSO ZAVALA GALINDO. (A 1331077)

JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

ADAN CORNEJO BERMUDEZ falleció en Aguascalientes, Ags., el día veinte de diciembre del dos mil diez. Siendo sus padres J. GUADALUPE CORNEJO LOPEZ y BASILISA BERMUDEZ DE LA CRUZ DE CORNEJO.

Convóquense personas créanse derecho intesta-do de dicha persona, presentarse ante este juzgado a deducir y justificar dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.- Expediente número 360/2011.

Aguascalientes, Ags., a 30 de marzo del 2011.

LA C. PRIMERA SECRETARIA,LIC. CARMEN PATRICIA ANAYA RODRIGUEZ. (B 613510)

JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACIONMARINA DEL SOCORRO BARRERAHERNANDEZ:

GUSTAVO PACIANO PAREDES ENRIQUEZ, le demanda en la Vía UNICA CIVIL las siguientes prestaciones:

A.- Pérdida de la Patria Potestad del menor JOSE GUADALUPE PAREDES BARRERA.

B. Pago de gastos y costas del presente juicio.Emplácese para que conteste la demanda in-

terpuesta en su contra, dentro del término de treinta días, contados a partir de la publicación del último edicto, quedando a su disposición las copias de

traslado en la secretaría del juzgado para que se imponga de su contenido.- Prevéngase asimismo a la demandada para que señale domicilio de su parte en esta ciudad para oír notificaciones personales, apercibida que de no hacerlo, las subsecuentes se le harán mediante cédula que se fije en los estrados del juzgado; de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 105 del Código de Procedimientos Civiles.

Expediente número 336/2011.Aguascalientes, Ags., a veinticinco de julio del

2011.LA C. PRIMERA SECRETARIA,

LIC. CARMEN PATRICIA ANAYA RODRIGUEZ. (A 1330231)

JUZGADO CUARTO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

DAVID ROCHA HERNANDEZ falleció el día ocho de octubre de dos mil siete en Aguascalientes, Aguascalientes. Siendo sus padres DAVID ROCHA y ANGELA HERNANDEZ.

Convóquense personas que se crean con Dere-cho Intestados de dicha persona, presentarse ante este juzgado a deducir y justificar dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publi-cación de este edicto.

Expediente número 38/2011.Aguascalientes, Ags., a 15 de julio de 2011.

LA C. SEGUNDA SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. MARISA MARISOL VIVAR LANDEROS. (A 1331680)

JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

MARIA AMANDA FLORES SOLIS y/o MARIA AMANDA FLORES y/o AMANDA MARIA FLORES falleció en Aguascalientes, Aguascalientes, el día dieciséis de diciembre de dos mil diez, siendo sus padres MANUEL FLORES y MARGARITA SOLIS.- Se hace saber a los interesados la radicación del intestado y se convoca a las personas que se crean con derechos al intestado de dicha persona, presen-tarse a este juzgado a deducir y justificarlo dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.

Expediente número 437/2011.Aguascalientes, Aguascalientes, a veintiocho de

julio de dos mil once.LA C. SECRETARIA,

LIC. MARTHA PATRICIA HERNANDEZCASTAÑEDA. (Q 18110)

Pág. 56 PERIODICO OFICIAL Agosto 22 de 2011(Primera Sección)

JUZGADO CUARTO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

JOSE DE JESUS RUELAS MUÑOZ:LUZ MARIA VAZQUEZ CASTILLO, promueve

Diligencias de Jurisdicción Voluntaria, a efecto de que se le nombre Depositaria de los bienes de JOSE DE JESUS RUELAS MUÑOZ, en razón a que se des-conoce su paradero y se encuentra presuntamente desaparecido.

Cítese a JOSE DE JESUS RUELAS MUÑOZ, para que dentro del término de seis meses, contados a partir de la última publicación de este edicto, se presente ante este Juzgado a oponer sus derechos si a sus intereses conviene.

Expediente número 656/2011.Aguascalientes, Ags., a 19 de julio del 2011.

LA C. SEGUNDA SECRETARIA DE ACUERDOS, LIC. MARISA MARISOL VIVAR LANDEROS. (Q 17700)

JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

ALFREDO HERMOSILLO OLIVARES, quien fa-lleció en esta ciudad de Aguascalientes, el día doce de mayo del dos mil ocho, siendo sus padres ANTO-NIO HERMOSILLO y MA. DE LA LUZ OLIVARES.

Convóquense personas créanse derechos intes-tado dicha persona, presentarse ante este Juzgado a deducir y justificar dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.

Expediente número 541/2011.Aguascalientes, Ags., a 23 de mayo del 2011.

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS, LIC. JANETT ROMO ZARAGOZA. (A 1330609)

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIAJESUS MARIA, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

Ante este Juzgado Mixto de Primera Instancia, se presentó Sara Rodríguez Alonso, promoviendo Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de Juan Isidro Trancoso Rodríguez.

Convóquese interesados a la radicación del presente intestado, para que dentro de treinta días hábiles, contados a partir de la última publicación, comparezcan ante el Juzgado Mixto del Quinto Par-tido Judicial, Jesús María, Aguascalientes, a deducir y justificar derechos hereditarios en relación al finado

Juan Isidro Trancoso Rodríguez, quien nació el quin-ce de mayo de mil novecientos ochenta y dos, fue hijo de Manuel Trancoso Esparza y Sara Rodríguez Alonso, y falleció el cinco de junio del dos mil ocho.

Expediente número 662/2011.Jesús María, Ags., a 6 de julio del 2011.

LA C. PRIMERA SECRETARIA DE ACUERDOS, LIC. GLORIA ANDRADE VARGAS. (A 1330277)

JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

FRANCISCO TRUJILO JUAREZ, falleció en Aguascalientes, Aguascalientes, el día veintiocho de enero de mil novecientos noventa y nueve, siendo sus padres BARTOLO TRUJILLO y BRUNA JUA-REZ.- Se hace saber a los interesados la radicación del intestado y se convoca a las personas que se crean con derechos al intestado de dicha persona, presentarse a este juzgado a deducir y justificarlo dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.

Expediente número 291/2010.Aguascalientes, Aguascalientes, a once de julio

de dos mil once.LA C. SECRETARIA,

LIC. MARTHA PATRICIA HERNANDEZ CASTAÑEDA. (A 1331763)

JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

ANA MARIA DEL CARMEN DELGADILLO LOPEZ y/o ANA MA. DEL CARMEN DELGADILLO LOPEZ y/o ANA MA. DELGADILLO LOPEZ y/o ANA MARIA DELGADILLO LOPEZ y/o ANA MARIA DEL-GADILLO LOPEZ VIUDA DE GARCIA, falleció en el Distrito Federal, el día veinticuatro de noviembre del dos mil diez. Siendo sus padres GUILLERMO DELGADILLO GONZALEZ y MARIA LOPEZ CUE-LLAR.

Convóquense personas créanse derecho in-testado de dicha persona, presentarse ante este Juzgado a deducir y justificar dentro del término de treinta días, contados a partir de la ultima publicación de este edicto.

Expediente número 271/2011.Aguascalientes, Ags., a 25 de julio del 2011.

LA C. SEGUNDA SECRETARIA, LIC. MARGARITA DE LUCAS GONZALEZ. (A 1330329)

PERIODICO OFICIAL Pág. 57Agosto 22 de 2011 (Primera Sección)

presente juicio, de conformidad con el Artículo 28 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado.

Por este conducto se le requiere para que en un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto CONTESTE LA DEMANDA ENTABLADA EN SU CONTRA, con fundamento en lo previsto por el Artículo 114 fracción II del Código de Procedimientos Civiles, asimismo se le informa al demandado que las copias de traslado y los anexos al escrito de demanda quedan a su disposición en la Secretaría del Juzgado, de conformidad con el Artículo 559 del Código de Procedimientos Civiles.

Asimismo requiérase a la demandada para que señale domicilio para oír notificaciones, bajo aperci-bimiento que de no hacerlo, las subsecuentes, aún las de carácter personal, se harán en los estrados del juzgado, de conformidad con lo señalado en el Artículo 105 del Código de Procedimientos Civiles del Estado.

Expediente número 2706/2010.

Aguascalientes, Ags., a 24 de junio de 2011.

LA C. SECRETARIA,LIC. ROSA MARIA LOPEZ DE LARA.

(Q 17921)

JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACIÓN

JOSE DE JESUS LEOPOLDO GARZA RESEN-DIZ y/o J. JESUS LEOPOLDO GARZA RESENDIZ falleció en esta ciudad el día veintinueve de abril del dos mil once. Siendo sus padres JOSE GARZA Y MARIA DE LOS ANGELES RESENDIZ.

MARIA DE LOS ANGELES REYES ESQUIVEL falleció en esta ciudad el día veintiséis de febrero del dos mil ocho. Siendo sus padres CIPRIANO REYES JAYME y MA. TERESA ESQUIVEL

Convóquese personas créanse derecho Intes-tado de dichas personas, presentarse ante este Juzgado a deducir y justificar dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.

Expediente número 678/2011.

Aguascalientes, Aguascalientes, diecinueve de julio 1 de dos mil once.

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. RITA JAQUELINE ESPARZA SOLIS. (A 1332782)

JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTOR TERCERA PUBLICACION

ENRIQUE MARTINEZ AZCONA Y MARIA CON-SUELO PEDROZA LARIOS Y/O MARIA DEL CON-SUELO PEDROZA LARIOS fallecieron en México, Distrito Federal y en Aguascalientes, Aguascalientes, el día veintitrés de marzo de mil novecientos setenta y nueve y veintitrés de junio de mil novecientos noventa y nueve, siendo sus padres GONZALO MARTINEZ Y MANUELA AZCONA y FRANCISCO PEDROZA PEREZ Y MARIA LARIOS DE LA TORRE.- Se hace saber a los interesados la radicación del intestato y se convoca a las personas que se crean con derechos al Intestado de dichas personas, presentarse a este Juzgado a deducir y justificarlo dentro del término de treinta días contados a partir de la última publicación de este edicto.-

Expediente número 561/2010.

Aguascalientes, Aguascalientes, a dos de agosto de dos mil once.

LA C. SECRETARIA,LIC. MARTHA PATRICIA HERNANDEZCASTAÑEDA. (A 1332373)

JUZGADO PRIMERO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

FRANCISCO FABIAN SILVA CARDENAS:

La SOCIEDAD MERCANTIL DENOMINADA RESIDENCIAL TORRE CAMPESTRE, S.A. DE C.V., le demanda en la Vía UNICA CIVIL, las siguientes prestaciones:

A).- Para que por sentencia definitiva se declare el vencimiento anticipado del Contrato de Compra-venta celebrado con fecha 15 de junio de 2009, entre la Sociedad Mercantil denominada RESIDENCIAL TORRE CAMPESTRE, S.A. DE C.V., como Vendedo-ra y el C. FRANCISCO FABIAN SILVA CARDENAS, como Comprador, de conformidad con la Cláusula QUINTA del documento base de la acción intentada, mismo que se anexa a la presente demanda.

B).- Para que por sentencia definitiva se conde-ne a la parte demandada al pago de la cantidad de $ 599,000.00 (QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL PESOS 00/100 M.N.), por concepto de pena con-vencional, de conformidad con la Cláusula OCTAVA del documento base de la acción intentada.

C).- Para que por sentencia definitiva se condene a la parte demandada al pago de gastos y costas que se originen por concepto de la tramitación del

Pág. 58 PERIODICO OFICIAL Agosto 22 de 2011(Primera Sección)

soluciones del H. Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos que se publica anualmente en el Diario Oficial de la Fede-ración y que ahora se exhibe en copia certificada en sus publicaciones para los años 2007 a 2010, como ANEXO 3, esto desde el mes de abril del 2007 y hasta el mes de diciembre de 2010 en que se promueve la presente.

F) Para que por sentencia se condene a la de-manda al pago de los interese moratorios a razón del 9% anual sobre la suerte principal descrita en prestación que antecede mismos que habrán de computarse desde actualizada la mora en cada una de las pensiones rentísticas y hasta la fecha en que efectivamente sea realizado el pago.

G) Para que por sentencia definitiva se condene al pago de la cantidad que resulte por concepto de rentas desde el mes de diciembre de 2010 y hasta la total desocupación del bien inmueble que motiva el presente juicio, a razón de lo pactado en la CLAU-SULA SEGUNDA del contrato de arrendamiento base de la acción; cantidad mensual que habrá de deter-minarse con la participación de peritos, en ejecución de sentencia y en atención a las resoluciones del H. Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos que se publica anualmente en el Diario Oficial de la Federación, teniendo como base la cantidad de $4,000.00 (CUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.) que se tuvo como acuerdo inicial para el perio-do anual de marzo de 2006 a marzo de 2007.

H) Para que por sentencia se condene a la de-mandada a la entrega del inmueble al corriente de todos y cada uno de los servicios de energía eléctrica, agua, teléfono y gas en términos de la CLAUSULA SEPTIMA del contrato basal.

I) Para que por sentencia definitiva se condene a la parte demandada, al pago de gastos y costas que se originen con la tramitación del presente juicio.

Con el fin de llamar a juicio a la C. SANDRA PATRICIA MARTINEZ RIVAS por sí o por medio de representante o apoderado para que en el término de treinta días, contados a partir de la última publicación hagan valer lo que su derecho convenga, quedando a su disposición en la Secretaría de este Juzgado las copias de traslado, debiéndose señalar domicilio para oír notificaciones, con apercibimiento de que en caso de no hacerlo las subsecuentes aún las de carácter personal se les harán en los estrados del Juzgado, de conformidad a lo señalado en el artículo 105 del Código de Procedimientos Civiles vigente para el Estado.

Emplácese para que dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto conteste la demanda interpuesta en su contra.

Expediente número 2843/2010.Aguascalientes, Ags., a catorce de julio del año

dos mil once.-LA C. SEGUNDA SECRETARIA,

LIC. ELIZABETH MORALES CORDOVA. (A 1332793)

JUZGADO QUINTO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

SANDRA PATRICIA MARTINEZ RIVAS:IVONNE BRUN DORRONSORO le demanda

dentro del expediente 2843/2010 relativo al juicio UNICO CIVIL por el pago y cumplimiento de las siguientes prestaciones:

A) Para que por sentencia definitiva se declare el incumplimiento por parte de la C. SANDRA PATRICIA MARTINEZ RIVAS, en calidad de arrendataria, del contrato de arrendamiento base de la acción de fe-cha 17 de marzo de 2006, que se exhibe al presente como ANEXO 2, en particular a lo señalado en las CLAUSULAS SEGUNDA Y CUARTA, pues no se ha pagado la renta con los aumentos anuales valiosos por el 25% del incremento porcentual fijado al salario mínimo general para el Estado de Aguascalientes, pese haberse obligados a ellos; además de que se incumplió a la expresa obligación de utilizar exclusi-vamente como local de un centro de desarrollo infantil a efecto de las enseñanzas del grado de preescolar a menores de edad el inmueble objeto indirecto del contrato, ya que se permitió la colocación de un consultorio médico para la atención de público en general, lo que se prohibió expresamente.

B) Para que por sentencia definitiva se declare la posesión ilegítima de parte del inmueble objeto indirecto del contrato de arrendamiento base de la acción por parte del médico cirujano, Dr. Raúl Mar-tínez Montañez, pese a la restricción que establece en la CLAUSULA CUARTA del contrato base de la acción.

C) En base a las dos anteriores prestaciones y derivado del incumplimiento al contrato base de la acción, para que por sentencia definitiva se declare la rescisión del contrato de arrendamiento base de la acción de fecha 17 de marzo de 2006 por causas imputables a la demandada y al tercero interesado a juicio.

D) Para que por sentencia definitiva y en razón de lo anterior, se condene a la demandada y al ter-cero interesado a juicio a la inmediata desocupación del inmueble objeto de controversia y por ende a la entrega real y material a favor del mismo a favor la suscrita en las óptimas condiciones que le fuera entregado a la ahora demandada, según se describe en la CLAUSULA SEXTA del contrato basal.

E) Para que por sentencia definitiva se condene a la demandada al pago de la cantidad que resulte por concepto de renta parcial no pagada en atención al aumento del 25% del incremento porcentual fijado al salario mínimo general para el Estado de Aguas-calientes, pactado en la CLAUSULA SEGUNDA del contrato base de la acción y que no se ha cubierto desde el año posterior a la firma del contrato base de la acción hasta el día de hoy; cantidad que habrá de determinarse con la participación de peritos, en ejecución de sentencia y en atención a las re-

PERIODICO OFICIAL Pág. 59Agosto 22 de 2011 (Primera Sección)

posición en la Secretaría del Juzgado para que se impongan de su contenido.

Se apercibe a la demandada para que señale domicilio para recibir notificaciones en esta Ciudad, con apercibimiento de que en caso de no hacerlo, las subsecuentes, aun las de carácter personal se les harán por medio de Cédula que se fije en los Estrados del Juzgado y las no personales, se harán por medio de las Listas de Acuerdos de este Juzgado, lo anterior con fundamento en los artículos 105 y 115 del Código de Procedimientos Civiles del Estado.

Expediente número 1787/2010.Aguascalientes, Ags., a diecinueve de julio del

dos mil once.-

EL C. PRIMER SECRETARIO DE ACUERDOS,LIC. VICTOR HUGO DE LUNA GARCIA. (A 1332723)

JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

SERGIO ESCAREÑO MARQUEZ, falleció en esta ciudad de Aguascalientes, el día dieciocho de octubre del dos mil diez. Siendo sus padres OCTA-BIANO ESCAREÑO MONTALVO Y MA. TERESA MARQUEZ FLORES.

Personas créanse derecho Intestado de dicha persona, presentarse ante este Juzgado a deducir y justificar dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.-

Expediente número 554/2011Aguascalientes, Ags., 26 de julio de 2011.

LA SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. RITA JAQUELINE ESPARZA SOLIS. (Q 18170)

JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

JUAN ALCANTAR MARTINEZ, falleció en esta ciudad de Aguascalientes, el día veintisiete de oc-tubre del año de dos mil, siendo sus padres JUAN ALCANTAR NAVARRO y ANA MARIA MARTINEZ ORTEGA.- Se hace saber a los interesados la radi-cación del intestado y se convoca a las personas que se crean con derecho al Intestado de dicha persona, presentarse a este Juzgado a deducir y justificarlo dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.

Expediente número 900/2011.Aguascalientes, Aguascalientes, a veintisiete de

julio del 2011.LA C. SECRETARIA,

LIC. ROSALBA CABRERA GUTIERREZ. (A 1332819)

JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

DOLORES CARDONA CABALLERO y/o MA. DOLORES CARDONA CABALLERO y/o M. DOLO-RES CARDONA CABALLERO y/o MA. DOLORES CARDONA, falleció en esta ciudad de Aguascalien-tes, el DOS DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO. Siendo sus padres JUAN CARDONA PEREZ y MACARIA CABALLERO DEL-GADO.

Convóquese personas créanse derecho Intesta-do de dicha persona, presentarse ante este Juzgado a deducir y justificar dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto. Expediente número 1135/2010

Aguascalientes. Ags., a 30 de junio del 2011.

LA C. SEGUNDA SECRETARIA,LIC. MARGARITA DE LUCAS GONZALEZ. (A 1332790)

JUZGADO NOVENO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

INMOBILIARIA COMERCIAL AGROPECUARIAS.A. DE C.V.

JOSE LUIS SALAS PALOS, les demanda en la VIA UNICA CIVIL por el pago y cumplimiento de las siguientes prestaciones:

A) Para que se declare que la prescripción positiva adquisitiva se ha consumado a mi favor y me he convertido en propietario del bien inmueble ubicado en Campo o Punto de Tianguis número 386 (TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS) en la Primera Sección del Centro Comercial Agropecuario de esta Ciudad, el cual cuenta con una superficie de DOS METROS CUADRADOS con las medidas y linderos siguientes: NOROESTE con local 400, callejón de servicios de por medio; NOROESTE con local 387; SURESTE con local 385, SUROESTE con callejón de servicios, callejón de tránsito de por medio.

B) Para que como consecuencia de tal de-claración se ordene la inscripción de la sentencia ejecutoriada que recaiga, en el Registro Público de la Propiedad del Estado e igualmente se ordene la inscripción de la sentencia ante la Dirección de Catastro e Impuesto a la Propiedad Raíz.

C) Para que se condene al demandado al pago de gastos y costas de juicio por haber dado trámite al presente juicio.

Emplácese al demandado para que conteste la demanda entablada en su contra dentro del término de TREINTA DIAS, contados a partir de la ULTIMA publicación de este edicto.

Hágasele saber a la parte demandada que las copias de traslado de su parte se quedan a su dis-

Pág. 60 PERIODICO OFICIAL Agosto 22 de 2011(Primera Sección)

JUZGADO NOVENO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

FRANCISCO JAVIER RAMIREZ ESPARZA Y CLAU-DIA VICENTA HUERTA MAURICIO

BANCO NACIONAL DE MEXICO, S.A., INTE-GRANTE DEL GRUPO FINANCIERO BANAMEX, por conducto de su Apoderado General para Pleitos y Cobranzas, LICENCIADO GUSTAVO ENRIQUE MARTINEZ ESTEBANEZ, les demanda en la VÍA ES-PECIAL HIPOTECARIA, por el pago y cumplimiento de las siguientes prestaciones:

A).- Para que se declaren vencidos anticipa-damente los plazos concedidos para el pago del crédito y sus accesorios, en términos del Contrato de Apertura de Crédito con Garantía Hipotecaria y Convenios modificatorios al contrato fundatorio de nuestra acción.

B).- Para que por sentencia judicial se condenen a la parte demandada al pago de la cantidad de 99,833.55 UDI’S (Noventa y nueve mil ochocientos treinta y tres Unidades de Inversión con cincuenta y cinco centésimas de Unidades de Inversión, por concepto de suerte principal, importe que deberá ac-tualizarse al momento de la ejecución de sentencia de acuerdo al valor que para la Unidad de Inversión dé a conocer el Banco de México, según publicaciones en el Diario Oficial de la Federación; importe que el día 28 de abril de dos mil diez cantidad que equivale a $444,953.94 (Cuatrocientos cuarenta y cuatro mil novecientos cincuenta y tres pesos 94/100 M.N.) relativo al adeudo que tiene la parte demandada con mi poderdante, virtud a que según se constata del certificado de adeudo que al presente se acom-paña como Anexo dos el valor por cada Unidad de Inversión a tal fecha, 28 de abril de dos mil diez lo fue de 4.4569580, dado a conocer por el Banco de México, en el Diario Oficial de la Federación, acorde a lo pactado en el antecedente tercero del convenio modificatorio, según decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el día primero de abril de mil novecientos noventa y cinco.

C).- Para que por sentencia judicial se condene a la parte demandada al pago de la cantidad de 9,268.98 UDI’S (Nueve mil doscientos sesenta y ocho punto noventa y ocho centésimas de Unidades de Inversión), por concepto de intereses ordinarios, importe que deberá actualizarse al momento de la ejecución de la sentencia de acuerdo al valor que para la Unidad de Inversión dé a conocer el Banco de México, según publicaciones en el Diario Oficial de la Federación; importe que al día 28 de abril del año dos mil diez equivale a $41,311.45 (Cuarenta y un mil trescientos once pesos 45/100 M.N.) cantidad que igualmente se obtiene partiendo del valor señalado en la prestación que antecede para cada Unidad de Inversión (4.4569580) y multiplicado por el primero de los importes se arriba al monto reclamado por concepto de intereses ordinarios, siendo que éstos se han venido generando a partir de octubre de mil novecientos noventa y cinco al 28 de abril de año

dos mil diez, fecha en que se cierra el estado de cuenta que se acompaña, calculados en términos de lo pactado en la cláusula tercera del último con-venio modificatorio al contrato fundatorio de nuestra acción, bajo el procedimiento que se detallará más adelante en el apartado de hechos de la presente demanda, así como los intereses moratorios que se sigan generando hasta efectuarse el pago total del adeudo con sus accesorios.

D).- Para que por sentencia judicial se condene a la parte demandada al pago de la cantidad de 349.86 UDI’S (Trescientos cuarenta y nueve Unidades de Inversión con ochenta y seis centésimas de Unidades de Inversión), por concepto de intereses moratorios, importe que deberá actualizarse al momento de la ejecución de sentencia de acuerdo al valor que para la Unidad de Inversión dé a conocer el Banco de México, según publicaciones en el Diario Oficial de la Federación; importe que al día 28 de abril del año dos mil diez equivale a $1,559.31 (Mil quinientos cincuenta y nueve pesos 31/100 moneda nacional) cantidad que igualmente se obtiene partiendo del valor señalado en la prestación que antecede para cada Unidad de Inversión (4.4569580) y multiplicado por el primero de los importes se arriba al monto reclamado por concepto de intereses moratorios, siendo que éstos se han venido generando a partir del día 26 de abril del año dos mil nueve al 28 de abril del año dos mil diez fecha en que se cierra el estado de cuenta que se acompaña, calculados en términos de lo pactado en la cláusula tercera inciso b) párrafo segundo del último convenio modificatorio al contrato fundatorio de nuestra acción, bajo el procedimiento que se detallará más adelante en el apartado de he-chos de la presente demanda, así como los intereses moratorios que se sigan generando hasta efectuarse el pago total del adeudo con sus accesorios.

E).- Por el pago de gastos y costas que se origi-nen por el presente juicio, dado el incumplimiento de la parte demandada con las obligaciones pactadas, que orillan a mi representada a iniciar el presente procedimiento de manera judicial.

F).- Para que por sentencia judicial, se ordene sacar a pública subasta la garantía real otorgada en hipoteca, por la parte demandada, en caso de que ésta no efectúe el pago al que sea condenada en forma voluntaria, previos los trámites de ley corres-pondientes para tal evento.

Emplácese a los demandados para que contes-ten la demanda entablada en su contra dentro del término de TREINTA DÍAS contados a partir de la ULTIMA publicación de este edicto.-

Hágasele saber a la parte demandada que las copias de traslado de su parte se quedan a su dis-posición en la Secretaría del Juzgado para que se impongan de su contenido.

Se pone a disposición de los demandados los documentos anexos a la demanda inicial para que se impongan de su contenido en la Secretaría del Juz-gado, ya que exceden de veinticinco fojas, según el artículo 90 del Código de Procedimientos Civiles.-

Se apercibe a los demandados para que señalen domicilio para recibir notificaciones en esta Ciudad,

PERIODICO OFICIAL Pág. 61Agosto 22 de 2011 (Primera Sección)

con apercibimiento de que en caso de no hacerlo, las subsecuentes, aún las de carácter personal se les harán por medio de Cédula que se fije en los Estrados del Juzgado y las no personales, se harán por medio de las Listas de Acuerdos de este Juzgado, lo anterior con fundamento en los artículos 105 y 115 del Código de Procedimientos Civiles del Estado.

Expediente número 1171/2010.Aguascalientes, Ags., a trece de julio del año

dos mil once.-EL C. PRIMER SECRETARIO DE ACUERDOS.LIC. VICTOR HUGO DE LUNA GARCIA. (Q 14237)

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIAJESUS MARIA, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

AURORA MARTIN ALVAREZ:Se le hace saber que el LICENCIADO GUSTAVO

ENRIQUE MARTINEZ ESTEBANEZ, Apoderado General para Pleitos y Cobranzas de Banco Nacio-nal de México, S.A. Integrante del Grupo Financiero Banamex, interpuso demanda en su contra, en pro-cedimiento especial HIPOTECARIO, reclamándole:

a.- Para que se declaren vencidos anticipada-mente los plazos concedidos para el pago del crédito y sus accesorios, en término del contrato de Apertura de Crédito Hipotecario, fundatorio de nuestra acción, mismo que presento en este acto y acompaño.

b.- Para que por sentencia judicial, se ordene el pago de la cantidad de $ 421,279.04 (CUATRO-CIENTOS VEINTIUN MIL DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE PESOS 04/100 M.N.) mismos que se reclaman como pago de suerte principal, derivado del Contrato de Apertura de Crédito con Garantía Hipotecaria base de la acción.

c.- Para que por sentencia judicial, se ordene el pago de la cantidad de $ 37,357.31 (TREINTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS 31/100 M.N.), por concepto de intereses ordinarios en la forma pactada en las cláusulas pri-mera, cuarta, quinta y octava del contrato de Apertura de Crédito, fundatorio de nuestra acción. Los cuales solicito se actualicen o sea los que se continúen ge-nerando, en ejecución de sentencia, hasta la fecha en que se realice el pago total del adeudo.

d.- Para que por sentencia judicial, se ordene el pago de la cantidad de $ 1,385.73 (MIL TRESCIEN-TOS OCHENTA Y CINCO PESOS 73/100 M.N.), por concepto de intereses moratorios, en términos de lo que disponen las cláusulas primera, cuarta, quinta y octava del contrato de Apertura de Crédito fundatorio de la acción, solicitando se actualicen o sea los que se continúen generando, en la etapa procesal de ejecución de sentencia, hasta en la fecha en que se realice el pago total del adeudo.

e.- Por el pago de la cantidad de $ 4,533.40 (CUATRO MIL QUINIENTOS TREINTA Y TRES

PESOS 40/100 M.N.) por concepto de Seguros, en términos de lo convenido en la Cláusula Décima Quinta del Contrato de Apertura de Crédito.

f).- Por el pago de los gastos y costas que se originen por el presente juicio, dado el incumplimiento de la parte demandada con las obligaciones pacta-das, que orillan a mi representada a iniciar el presente procedimiento de manera judicial, de conformidad, con la Cláusula Sexta del Contrato de Apertura de Crédito y el Artículo 1989 del Código Civil para el Estado de Aguascalientes.

g.- Para que por Sentencia Judicial, se ordene sacar a pública subasta la garantía real otorgada en hipoteca, en caso de que la parte demandada no efectúe en forma voluntaria, el pago al que sea condenada, previos los trámites de ley correspon-dientes.

Por este conducto se le emplaza, haciéndole saber la demanda interpuesta en su contra, dispo-niendo de 30 días, a partir de la tercera publicación de este edicto, para contestar si tuviere excepciones. Las copias de traslado quedan a su disposición en la secretaría de este juzgado para que se impongan de su contenido, debiendo señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibido que de no hacerlo, las subsecuentes, aún las de carácter personal se harán en estrados del juzgado, como señala el Artículo 105 del Código Procesal Civil del Estado. Emplazamiento que se hace en términos del Artículo 114 Fracción II de dicho ordenamiento.

Expediente número 517/2010.

Jesús María, Ags., a 7 de julio de 2011.

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. GLORIA ANDRADE BARRIOS.

15 en 15 (Q 12759)

JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

GUILLERMO MEDINA SIDAS, falleció en esta ciudad de Aguascalientes, el día diecisiete de mayo del año dos mil nueve, siendo sus padres GUILLERMO MEDINA CASTILLO y MAGDALENA SIDAS.- Se hace saber a los interesados la radi-cación del intestado y se convoca a las personas que se crean con derecho al intestado de dicha persona, presentarse a este juzgado a deducir y justificarlo dentro del término de treinta días, conta-dos a partir de la última publicación de este edicto.

Expediente número 868/2011.Aguascalientes, Aguascalientes, a veintisiete de

julio del 2011.LA C. SECRETARIA,

LIC. ROSALBA CABRERA GUTIERREZ. (A 1332034)

Pág. 62 PERIODICO OFICIAL Agosto 22 de 2011(Primera Sección)

JUZGADO CUARTO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

DANIEL ALEJANDRO RIZO VALDEPEÑA, falle-ció en fecha catorce de noviembre del año dos mil nueve, en Aguascalientes, Aguascalientes, siendo sus padres JOSE ALEJANDRO RIZO PIMENTEL y MARIA DEL PILAR VALDEPEÑA ARVIZU.

Convóquese personas créanse derecho Intes-tado, presentarse ante este Juzgado a deducir y justificar dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.

Expediente número 900/2011

Aguascalientes, Ags., a 27 de julio de 2011.

LA C. SEGUNDA SECRETARIA DE ACUERDOSLIC. MARISA MARISOL VIVAR LANDEROS.

(Q 18665)

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA.RINCON DE ROMOS, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

Ante este Juzgado se presenta: JOSE ALFREDO JIMENEZ MUÑOZ Y OTROS denunciando la Suce-sión Intestamentaria a Bienes del Cujus J. REFUGIO JIMENEZ LUEVANO, quien falleció el día 28 de MAYO del 2011, en REPUBLICA DE PERU # 102 LAS AMERICAS, AGUASCALIENTES, Siendo sus padres PORFIRIO JIMENEZ CASTILLO Y MARIA LUEVANO LOERA, por lo que con fundamento en lo establecido por el artículo 687 del Código Proce-sal Civil en vigor, se convoca a los interesados con derecho a la presente Intestamentaria a fin de que se presenten al local de este Juzgado a deducirlo y justificarlo dentro del término de TREINTA DIAS, contados a partir de la fecha de la última publicación de este edicto. Expediente número 511/2011

Rincón de Romos, Aguascalientes, a 28 de julio del 2011.

LAS CC. TESTIGOS DE ASISTENCIA:Lorena Guadalupe de Velasco Gallegos,

María del Rosario Fiscal Diosdado. (A 1332587)

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIAJESUS MARIA, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

Ante este Juzgado Mixto de Primera Instancia, se presentó Ma. del Rosario Martínez Martínez y Otros, promoviendo Juicio Sucesorio Intestamenta-rio a bienes de Ma. Luisa y/o María Luisa Martínez Moreno.

Convóquese interesados, para que dentro del término de treinta días hábiles, comparezcan ante el Jugado Mixto de Jesús María, Ags., a deducir y Justificar derechos hereditarios que les pudieran corresponder en relación a la finada Ma. Luisa y/o María Luisa Martínez Moreno, quien nació el treinta de diciembre de mil novecientos cuarenta en Aguas-calientes, Ags.; falleció el veinticinco de noviembre de mil novecientos noventa y dos, en Jesús María, Ags.; fue hija de J. Jesús Martínez Trejo y Petra Moreno Escobar tuvo su último domicilio en Jesús María, Ags.

Expediente número 207/2011.Jesús María, Ags., a 13 de julio de 2011.

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. GLORIA ANDRADE VARGAS.

(A 1328635)

JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL Y DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION

En el expediente número 778/2007, relativo al Juicio Hipotecario, promovido por el INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES PARA LOS SERVIDORES PUBLICOS DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, (I.S.S.S.S.P.E.A), en contra de JUAN CARLOS SANTILLAN SANTILLAN, remátese en el local de este Juzgado a las TRECE HORAS DEL DIA VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE, el siguiente bien:

Inmueble ubicado en el Fraccionamiento Fun-dición, calle Hierro, número ciento doce, manzana cuatro, lote dos, con una superficie de doscientos quince punto treinta y dos metros cuadrados y con las siguientes medidas y linderos: Al NORTE, en siete punto noventa metros, más nueve punto cincuenta metros, con Avenida Canal Interceptor; al SUR, en dieciséis metros con lote 3; al ORIENTE, en nueve punto sesenta metros con calle Hierro; al PONIENTE, en quince punto cero cinco metros, con lote uno. Fijándose como postura legal la cantidad de TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL NO-VECIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS 86/100 MONEDA NACIONAL, que cubren las dos terceras partes del precio del avalúo.

Hágase saber a los interesados que el inmueble reporta un adeudo de impuesto predial por la cantidad de TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL .

Convóquense postores.

Aguascalientes, Ags., a 12 de agosto del 2011.

LA C. SECRETARIA, LIC. ROSA MARIA LOPEZ DE LARA. (s/n)

PERIODICO OFICIAL Pág. 63Agosto 22 de 2011 (Primera Sección)

JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

M. CONSUELO ESQUEDA MEDINA y/o MARIA CONSUELO ESQUEDA MEDINA y/o MA. CONSUE-LO ESUEDA MEDINA y/o CONSUELO ESQUEDA MEDINA falleció en esta ciudad e Aguascalientes, el día once de junio del año dos mil cuatro, siendo sus padres ISAAC ESQUEDA ESTRADA y ADELAIDA MEDINA MONTOYA. Se hace saber a los interesados la radicación del intestado y se convoca a las perso-

nas que se crean con derechos al Intestado de dicha persona, presentarse a este juzgado a deducir y jus-tificarlo dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.

Expediente número 418/2008.Aguascalientes, Aguascalientes, a veintisiete de

julio del año dos mil once.LA C. SECRETARIA,

LIC. ROSALBA CABRERA GUTIERREZ. (A 1339605)

Pág. 64 PERIODICO OFICIAL Agosto 22 de 2011(Primera Sección)

I N D I C E :

GOBIERNO DEL ESTADOPODER EJECUTIVO

INSTITUTO DE VIVIENDA SOCIAL Y ORDENAMIENTO DE LA PROPIEDADLicitación Pública Estatal- Convocatoria: 005-11 (segunda convocatoria). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADOAcuerdo Marco de Coordinación para la Transferencia de Recursos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5PRESIDENCIA MUNICIPAL DE RINCON DE ROMOSReporte Trimestral correspondiente al segundo semestre del Fondo III y Fondo IV 2011. . . . . . . . . . . 12Decreto que autoriza el otorgamiento de subsidios. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14PRESIDENCIA MUNICIPAL DE TEPEZALAModificación al Programa Municipal de Desarrollo Urbano 2009-2030. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2011. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16PRESIDENCIA MUNICIPAL DE AGUASCALIENTESDictamen relativo a la Modificación al proyecto de la trayectoria y sección de la Avenida Siglo XXI. . . 17CCAPAMALicitación Pública Estatal. Convocatoria: 001-11. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18INSTITUTO DE EDUCACION DE AGUASCALIENTESInforme correspondientes al segundo trimestre del 2011 del Fondo de Aportaciones para la Educa-ción Básica (FAEB) 2011 y Fondo de Aportaciones Múltiples FAM 2010-2011. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22D.I.F.Informe correspondiente al segundo trimestre del Recurso del FAM Ramo 33 2011. . . . . . . . . . . . . . . 22

A V I S O SJudiciales y generales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23

‘‘Para su observancia, las leyes y decretos deberán publicarse en el Periódico Oficial del Estado y entrarán en vigor al día siguiente de su publicación.- Cuando en la Ley o decreto se fije la fecha en que debe empezar a regir, su publicación se hará por lo menos tres días antes de aquélla’’. (Artículo 35 Constitución Local).

Este Periódico se publica todos los Lunes.- Precio por suscripción anual $ 600.00; número suelto $ 30.00; atrasado $ 35.00.- Publicaciones de avisos o edictos de requerimientos, notificaciones de embargo de las Oficinas Rentísticas del Estado y Municipios, edictos de remate y publicaciones judiciales de esta índole, por cada palabra $ 2.00.- En los avisos, cada cifra se tomará como una palabra.- Suplementos Extraordinarios, por plana $ 500.00.- Publicaciones de balances o estados financieros $ 700.00 plana.- Las suscripciones y pagos se harán por adelantado en la Secretaría de Finanzas.

Impreso en los Talleres Gráficos del Estado de Aguascalientes.

C O N D I C I O N E S :

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