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SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE CONVOCATORIA DEL CONCURSO PARA OBTENER RECURSOS DEL FONDO PARA LA PROTECCIÓN A LOS ANIMALES DEL ESTADO DE MÉXICO. AVISOS JUDICIALES: 1694-A1, 3840, 3837, 3834, 3831, 3828, 3825, 1713-A1, 1715-A1, 696-B1, 3842, 3839, 3836, 3833, 3830, 3827, 3824, 3821, 1711-A1, 1717-A1, 3838, 3832, 3841, 3835 y 3826. AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES: 1712-A1, 1716-A1, 3845, 3843, 3822, 1716-A1, 697-B1, 3823, 3844, 3820, 3829, 1714-A1, 1716-A1, 3819, 3845-BIS, 3818 y 74-C1. SECCIÓN SEGUNDA 300 viernes 8 de septiembre de 2017 Tomo 50 CCIV Número Número de ejemplares impresos:

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SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE

CONVOCATORIA DEL CONCURSO PARA

OBTENER RECURSOS DEL FONDO PARA LA

PROTECCIÓN A LOS ANIMALES DEL ESTADO

DE MÉXICO.

AVISOS JUDICIALES: 1694-A1, 3840, 3837, 3834,

3831, 3828, 3825, 1713-A1, 1715-A1, 696-B1, 3842,

3839, 3836, 3833, 3830, 3827, 3824, 3821, 1711-A1,

1717-A1, 3838, 3832, 3841, 3835 y 3826.

AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES:

1712-A1, 1716-A1, 3845, 3843, 3822, 1716-A1,

697-B1, 3823, 3844, 3820, 3829, 1714-A1,

1716-A1, 3819, 3845-BIS, 3818 y 74-C1.

SECCIÓN SEGUNDA

300

viernes 8 de septiembre de 2017

Tomo

50

CCIV

78 Número

Número de ejemplares impresos:

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PODER EJECUTIVO DEL ESTADO

SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE

EL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 78 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; 19 FRACCIÓN XVII Y 32 BIS FRACCIONES I Y III DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; 1.1 FRACCIÓN V, 6.16 Y 6.17 DEL CÓDIGO PARA LA BIODIVERSIDAD DEL ESTADO DE MÉXICO; 52, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67 Y 68 DEL REGLAMENTO DEL LIBRO SEXTO DEL CÓDIGO PARA LA BIODIVERSIDAD DEL ESTADO DE MÉXICO; 5 Y 6 FRACCIONES I Y III DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE, EMITE LA SIGUIENTE:

CONVOCATORIA DEL CONCURSO PARA OBTENER RECURSOS DEL FONDO PARA LA PROTECCIÓN A LOS ANIMALES DEL ESTADO DE MÉXICO

BASES

1.- PARTICIPANTES: Podrán concursar para obtener recursos del Fondo, las personas físicas o jurídicas colectivas representantes de los siguientes sectores:

I. Organizaciones de la sociedad civil protectoras de animales, legalmente constituidas en el Estado de México;

II. Federaciones, asociaciones, colegios o academias de médicos veterinarios zootecnistas del Estado de México;

III. Instituciones de educación superior públicas y privadas o centros de investigación federal y estatal; y

IV. Personas físicas dedicadas de manera habitual al bienestar y a la protección animal en el Estado de México.

Las personas jurídicas colectivas a las que se refiere las fracciones I y II del numeral 1 de la presente Convocatoria, deberán acreditar los requisitos que establece el artículo 62 del Reglamento del Libro Sexto del Código para la Biodiversidad del Estado de México:

a) Ser organizaciones de la sociedad civil legalmente constituidas ante la autoridad competente con domicilio legal en el Estado de México;

b) Encontrarse inscritas en el Padrón de Asociaciones Protectoras de Animales del Estado de México (convocatoria que fue publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 20 de octubre de 2016);

c) Acreditar tener como objeto social preponderante la protección y bienestar animal en el Estado de México;

d) Contar con recibos que cumplan con los requisitos fiscales vigentes;

e) No tener como asociados a funcionarios públicos de cualquiera de los ámbitos gubernamentales, representantes de elección popular, o miembros del Poder Judicial Federal o Estatal;

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f) No realizar acciones de proselitismo político, sindical o religioso alguno;

g) No tener irregularidades o incumplimientos reportados o cualquier otro tipo de impedimento jurídico-administrativo con autoridades judiciales del Estado de México; y

h) Presentar el proyecto dentro del plazo y términos de la presente Convocatoria. Las personas jurídicas colectivas a las que se refiere la fracción III, del numeral 1 de la presente Convocatoria, deberán acreditar los requisitos que establece el artículo 63 del Reglamento del Libro Sexto del Código para la Biodiversidad del Estado de México:

a) Contar con domicilio legal en el Estado de México;

b) Acreditar la realización de estudios e investigaciones en materia de protección y bienestar de los animales domésticos en el territorio del Estado de México;

c) Contar con recibos que cumplan con los requisitos fiscales vigentes; y

d) Presentar el proyecto dentro del plazo y términos de la presente Convocatoria. Las personas físicas a las que se refiere la fracción IV, del numeral 1 de la presente Convocatoria, deberán acreditar los requisitos que establece el artículo 64 del Reglamento del Libro Sexto del Código para la Biodiversidad del Estado de México:

a) Contar con domicilio legal en el Estado de México;

b) Acreditar tener como actividad intelectual preponderante la protección y bienestar de los animales domésticos en el territorio del Estado de México;

c) Contar con recibos que cumplan con los requisitos fiscales vigentes;

d) No realizar acciones que vinculen su actividad profesional con actividades de proselitismo político, sindical o religioso alguno;

e) No tener irregularidades o incumplimientos reportados o cualquier otro tipo de impedimento jurídico-administrativo con autoridades judiciales del Estado de México; y

f) Presentar el proyecto dentro del plazo y términos de la presente Convocatoria.

2. MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN: Los interesados en postularse para acceder al Fondo para la Protección a los Animales del Estado de México, deberán presentar la siguiente documentación:

I. Proyecto ejecutivo con la siguiente información:

Título del proyecto.

Descripción.

Justificación.

Objetivo.

Diagnóstico de la problemática específica.

Resultados y beneficios esperados.

Beneficiarios.

Lugar donde se realizará el proyecto.

Programa de trabajo detallado y calendario.

Presupuesto general del proyecto y calendario financiero, especificando lo rubros en los que se aplicará el apoyo.

II. Razón social.

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III. Nombre del solicitante o representante legal.

IV. Acta constitutiva en caso de ser personas jurídicas colectivas.

V. Domicilio legal, teléfono y correo electrónico.

VI. Registro Federal de Contribuyentes.

VII. Carta compromiso. Los temas en los que deberán enfocarse los proyectos ejecutivos serán los que determina el artículo 6.16 del Código para la Biodiversidad del Estado de México, los cuales son:

a) El fomento de estudios e investigaciones para mejorar los mecanismos de la protección a los animales.

b) La promoción de campañas de esterilización y control de heces fecales en la vía pública.

c) El desarrollo de programas de educación, difusión y fomento de la cultura del cuidado y protección de los animales

d) El desarrollo de las acciones establecidas en los convenios que la Secretaría establezca con los sectores social, privado, académico, federaciones, confederaciones, asociaciones, y colegios de médicos veterinarios zootecnistas y de investigación en la materia.

e) Los demás que el Libro, su Reglamento y demás ordenamientos jurídicos establezcan.

3. ENTREGA DE PROYECTOS: La documentación que acredite el proyecto deberá entregarse en sobre cerrado, acompañado de una solicitud por escrito dirigida al Coordinador del Consejo Técnico del Fondo para la Protección a los Animales del Estado de México y Director de Concertación y Participación Ciudadana de la Secretaría del Medio Ambiente, en la planta alta del edificio “C”, Conjunto Sedagro, Col. Exrancho San Lorenzo, Metepec, Estado de México, C.P. 52140. Teléfono: 01 (722) 2 75 89 91. La recepción de proyectos, será a partir de la fecha de publicación de la presente Convocatoria, hasta el 29 de septiembre del 2017, en un horario de atención de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas. 4. CRITERIOS DE SELECCIÓN: La Secretaría del Medio Ambiente, a través del Consejo Técnico del Fondo para la Protección a los Animales del Estado de México, analizará y evaluará los proyectos recibidos considerando lo siguiente:

Procedencia.

Impacto en la protección y bienestar animal del Estado de México.

Trascendencia y aplicación práctica.

Beneficios. El Consejo Técnico del Fondo para la Protección a los Animales del Estado de México, determinará el monto del apoyo económico que se destinará a cada proyecto beneficiado, el cual no podrá ser mayor a los $300,000.00 (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.) en cada caso. 5. PREMIACIÓN: Una vez realizado el procedimiento de selección de proyectos, el Consejo Técnico procederá a emitir dictamen de procedencia correspondiente. Previo cronograma de actividades autorizado por el Consejo Técnico, las personas físicas o jurídicas colectivas beneficiadas, obtendrán los recursos para la ejecución y aplicación del proyecto.

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La Secretaría del Medio Ambiente y el Consejo Técnico, se reserva el derecho de corroborar la aplicación correcta del recurso, en el momento que considere necesario. La Secretaría del Medio Ambiente, notificará al beneficiado vía telefónica y por correo electrónico, dándole a conocer el procedimiento para la obtención del recurso. Los participantes ganadores deberán entregar al Consejo, una Fianza de cumplimiento expedida por institución financiera autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, que garantice por lo menos el 70% de los recursos otorgados, a favor de la Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno del Estado de México. La Fianza deberá estar vigente por doce meses contados a partir de la fecha de firma del Convenio. La no suscripción del Convenio dentro del periodo que establezca el Consejo o la no entrega de la Fianza de cumplimiento por causas imputables al beneficiario, el Consejo quedará liberado de las obligaciones unilaterales asumidas en la Convocatoria. Las acciones de inspección, evaluación, control y vigilancia del cumplimiento de las bases de la presente Convocatoria; así como de la aplicación de los recursos en los proyectos autorizados, se realizará en términos de lo establecido en la normatividad estatal aplicable, por parte de la Secretaría de la Contraloría y Órganos de Fiscalización competentes. Cualquier caso no previsto en la presente Convocatoria, será resuelta en su momento por el Consejo Técnico del Fondo.

Metepec, Estado de México a 16 de agosto de 2017.

LIC. ARMANDO SALAZAR VILLALOBOS (RÚBRICA).

COORDINADOR DEL CONSEJO TÉCNICO DEL FONDO PARA LA PROTECCIÓN A LOS ANIMALES

DEL ESTADO DE MÉXICO

LIC. ALEJANDRO FRANCO VERA (RÚBRICA).

SECRETARIO TÉCNICO DEL CONSEJO TÉCNICO DEL FONDO PARA LA PROTECCIÓN A LOS

ANIMALES DEL ESTADO DE MÉXICO

A V I S O S J U D I C I A L E S

JUZGADO PRIMERO CIVIL Y DE EXTINCION

DE DOMINIO DE PRIMERA INSTANCIA DISTRITO DE TLALNEPANTLA

E D I C TO

PROCEDIMIENTO JUDICIAL NO CONTENCIOSO PARA

ACREDITAR QUE SE HA CONSUMADO LA USUCAPION RESPECTO DEL INMUEBLE UBICADO EN CALLE MARIANO ESCOBEDO NUMERO 25, COLONIA LAS PALOMAS, SAN LUCAS PATONI, TLALNEPANTLA, ESTADO DE MEXICO.

Se hace saber que FERNANDO FIGUEROA MELGOZA,

JOSE LUIS FIGUEROA MELGOZA Y BENJAMIN ELIAS FIGUEROA MELGOZA EN REPRESENTACION DE SALVADOR MELGOZA TULE, ASI COMO EN REPRESENTACION DE LUIS

FIGUEROA RODRIGUEZ, promueve Procedimiento Judicial No Contencioso, radicado en este juzgado, bajo el número de expediente 534/2017, en ejercicio de la acción consumación de usucapión, de quien reclama las siguientes Prestaciones: 1).-La constancia y declaración judicial por parte de su señoría respecto que se ha consumado la usucapión respecto del inmueble ubicado en CALLE MARIANO ESCOBEDO, NUMERO 25, COLONIA LAS PALOMAS, SAN LUCAS PATONI, TLALNEPANTLA, ESTADO DE MEXICO, en virtud de la inmatriculación administrativa de fecha diez de octubre de mil novecientos noventa y cuatro inscriba bajo el asiento número 395, volumen 1100, Libro Primero, Sección Primera, de fecha veintidós de octubre de mil novecientos noventa y cuatro, tal y como se acredita con el original de dicha información administrativa. Basándose substancialmente en los siguientes Hechos: 1.-Los suscritos tienen la posesión y la propiedad del bien inmueble ubicado en CALLE MARIANO ESCOBEDO, NUMERO 25, COLONIA LAS PALOMAS, SAN LUCAS PATONI, TLALNEPANTLA, ESTADO DE MEXICO. 2.-Cabe hacer del

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Página 6 8 de septiembre de 2017

conocimiento, que por lo que hace a FERNANDO FIGUEROA MELGOZA, realice un contrato de compraventa en fecha dos de enero de mil novecientos noventa y siete, con el C. LUIS FIGUEROA RODRIGUEZ, tal y como se acredita con dicho contrato, respecto de una fracción del inmueble de referencia. 3.-Desde el día dos de enero de mil novecientos noventa y siete se entregó el total del precio pactado al C. LUI FIGUEROA RODRIGUEZ por parte de FERNANDO FIGUEROA MELGOZA. 4.- Y que SALVADOR MELGOZA TULE y JOSE LUIS FIGUEROA MELGOZA, adquirimos el inmueble materia de la Litis mediante el contrato de compraventa de fecha primero de febrero de mil novecientos sesenta y nueve el cual se encuentra inscrito en el IFREM. Por auto de treinta y uno de julio de dos mil diecisiete, el juez del conocimiento ordena publicar por DOS VECES con intervalos de por los menos DOS DIAS, en el Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO del Estado, y en otro periódico de circulación diaria. Dado en Tlalnepantla, Estado de México; MAESTRA EN DERECHO CIVIL ALICIA ZANABRIA CALIXTO, Secretaria de Acuerdos del Juzgado Primero Civil y de Extinción de Dominio de Primera Instancia, de Tlalnepantla, México, emite en cumplimiento a los nueve días del mes de agosto del dos mil diecisiete.-DOY FE.-Validación: Fecha del acuerdo que ordena la publicación, treinta y uno (31) de julio dos mil diecisiete (2017).-SEGUNDA SECRETARIO DE ACUERDOS DEL JUZGADO PRIMERO CIVIL Y DE EXTINCION DE DOMINIO DE PRIMERA INSTANCIA DE TLALNEPANTLA, ESTADO DE MEXICO, M. EN D. C. ALICIA ZANABRIA CALIXTO.-RÚBRICA.

1694-A1.-5 y 8 septiembre.

JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA

DISTRITO DE TENANGO DEL VALLE-SANTIAGO TIANGUISTENCO

E D I C T O

Que en el expediente número 1020/2017, promovió ARMANDO MARCOS ROJAS MARTINEZ, PROCEDIMIENTO JUDICIAL NO CONTENCIOSO (INFORMACIÓN DE DOMINIO), respecto del inmueble ubicado en CALLE SIN NOMBRE Y SIN NÚMERO, EN LOMAS DE SAN JUAN, PERTENECIENTE A LA MUNICIPALIDAD DE CAPULHUAC, ESTADO DE MÉXICO; con las siguientes medidas y colindancias, AL NORTE: DOS LÍNEAS, LA PRIMERA DE 11.02 METROS Y LINDA CON PABLO DÍAZ (ACTUALMENTE NORMA GOMEZ MEDINA) Y LA SEGUNDA 73.59 METROS, LINDA CON RICARDO RODRIGUEZ (ACTUALMENTE MA. SANTOS IRMA RODRÍGUEZ CHAVEZ); AL SUR: DOS LÍNEAS, LA PRIMERA 28.23 METROS LINDA CON CAMINO (ACTUALMENTE CALLE) Y LA SEGUNDA DE 105.75 METROS LINDA CON HÉCTOR MONTES DE OCA Y FLORENTINO NAVIDAD (ACTUALMENTE SUCESIÓN DE HÉCTOR MONTES DE OCA Y CALLE); AL ORIENTE: TRES LÍNEAS, LA PRIMERA DE 68.54 METROS, LINDA CON MARGARITO PUEBLAS (ACTUALMENTE HERMILA PUEBLAS GOMEZ) Y RICARDO RODRIGUEZ (ACTUALMENTE MA. SANTOS IRMA RODRÍGUEZ CHAVEZ), LA SEGUNDA DE 45.75 METROS, LINDA CON CAMINO, Y LA TERCERA DE 23.92 METROS LINDA CON CAMINO; AL PONIENTE: TRES LINEAS, LA PRIMERA DE 49.40 METROS, LINDA CON CONSTANCIO HERNÁNDEZ (ACTUALMENTE BORIS HERNÁNDEZ MANJARREZ Y MORAMAY HERNÁNDEZ MANJARREZ) LA SEGUNDA DE 47.41 METROS LINDA CON ABEL VELEZ Y LA TERCERA DE 41.98 METROS, LINDA CON ROBERTO REYES CARMONA Y CARLOS DOMÍNGUEZ (ACTUALMENTE; CALLE, DOMINGA ZAMORA ENRIQUEZ Y CARLOS DOMÍNGUEZ); CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE 8,674.60 METROS CUADRADOS. El Juez admitió la solicitud ordenando su publicación POR DOS VECES CON INTERVALOS DE POR LO MENOS DOS DIAS en la GACETA DEL GOBIERNO del Estado y en un periódico de mayor circulación que se edite en esta Ciudad o. Haciéndole saber a los que se crean con igual o mejor derecho, lo deduzcan en términos de ley; edictos que se expiden

a los cinco días del mes de septiembre de dos mil diecisiete.- - - - - - - - - - - - - - - -DOY FE.- - - - - .- SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. MARIA GUADALUPE ESQUIVEL GELDIS.-RÚBRICA.

3840.- 8 y 13 septiembre.

JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA

DISTRITO DE ZUMPANGO E D I C T O

En el expediente 1104/2014, relativo al Juicio

ORDINARIO CIVIL sobre VENCIMIENTO ANTICIPADO DE CONTRATO, tramitado ante el Juzgado Civil de Primera Instancia de Zumpango, Estado de México, promovido por la LICENCIADA MARCELA BERENICE ARCE MENDOZA, en su carácter de apoderado legal del INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT), en contra de GLADIS CABALLERO BARRERA, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1.134, 1.135, 1.136, 1.138, 2.228, 2.229, 2.230, 2.231 y 2.234 del Código de Procesal en la materia, se señalan las DOCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA VEINTISIETE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE, para que tenga verificativo la PRIMERA ALMONEDA DE REMATE del bien inmueble objeto de la garantía hipotecaria, consistente en la CASA DUPLEX MARCADA CON LA LETRA “A”, SUJETA AL REGIMEN DE PROPIEDAD DE CONDOMINIO, CONSTRUIDA SOBRE EL LOTE DE TERRENO NUMERO (4) DE LA MANZANA NUEVE (9), RESULTADO DE LA LOTIFICACION DEL CONJUNTO URBANO DE TIPO HABITACIONAL SOCIAL PROGRESIVO DENOMINADO “EL NIDO”, UBICADO EN CAMINO A JILOTZINGO NUMERO MIL OCHENTA Y UNO (1081), SEGUNDA SECCION DEL BARRIO DE SANTIAGO, MUNICIPIO DE ZUMPANGO, ESTADO DE MEXICO, debiéndose convocar postores mediante EDICTOS QUE HAN DE PUBLICARSE UNA SOLA VEZ, EN LA GACETA DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, EN EL BOLETÍN JUDICIAL Y EN LA TABLA DE AVISOS DE ESTE JUZGADO, sirviendo de base para el remate la cantidad de $315,000.00 (TRESCIENTOS QUINCE MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), que corresponde al precio del avaluó fijado por el perito tercero en discordia. Dado en la Ciudad de Zumpango, México a los veintiocho (28) días del mes de Agosto del dos mil diecisiete (2017).

Validación del edicto: Acuerdo de fecha: once (11) de

agosto de dos mil diecisiete (2017).-Funcionario: Licenciada Evelyn Anayely González Bautista.-Secretario de Acuerdos.-FIRMA.-RÚBRICA.

3837.- 8 septiembre.

JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DISTRITO DE TENANGO DEL VALLE-SANTIAGO

TIANGUISTENCO E D I C T O

Que en el expediente número 982/2017, promovió

MELITÓN FLORES VEGA, DILIGENCIAS DE INFORMACIÓN DE DOMINIO, respecto del inmueble ubicado en AVENIDA INDEPENDENCIA, SIN NÚMERO EN EL POBLADO DE EL MIRASOL MUNICIPIO DE TIANGUISTENCO, DISTRITO JUDICIAL DE TENANGO DEL VALLE, ESTADO DE MÉXICO, con las siguientes medidas y colindancias, AL NORTE: 12.21 METROS (DOCE METROS Y VEINTIÚN CENTIMETROS) COLINDA CON AVENIDA INDEPENDENCIA; AL SUR: 11.71 METROS (ONCE METROS Y SETENTA Y UN CENTIMETROS) COLINDANDO CON TOMAS LEONARDO NOYOLA, ACTUALMENTE CON JOEL LEONARDO NOYOLA; AL ORIENTE: EN DOS LINEAS DE 49.84 METROS (CUARENTA Y NUEVE METROS Y OCHENTA Y CUATRO CENTIMETROS) Y DE 4.54 METROS (CUATRO METROS Y CINCUENTA Y CUTRO

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8 de septiembre de 2017 Página 7

CENTIMETROS) COLINDA CON ANTONIO OLIVARES; AL PONIENTE: EN DOS LINEAS 44.60 METROS (CUARENTA Y CUATRO METROS Y SESENTA CENTIMETROS) Y DE 7.36 METROS (SIETE METROS Y TREINTA Y SEIS CENTIMETROS) AMBAS LINEAS COLINDAN CON MARIA TERESA ALVARADO SUAREZ; CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE 592.00 METROS CUADRADOS. El Juez admitió la solicitud ordenando su publicación POR DOS VECES CON INTERVALOS DE POR LO MENOS DOS DÍAS, en la GACETA DEL GOBIERNO del Estado y en un periódico de mayor circulación que se edite en esta población o en la Ciudad de Toluca, Estado de México. Edictos que se expiden a los veintiocho días del mes de agosto de dos mil diecisiete. - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - DOY FE. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -.-SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. MARIA GUADALUPE ESQUIVEL GELDIS.-RÚBRICA.

3834.- 8 y 13 septiembre.

JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA

DISTRITO DE TENANGO DEL VALLE-SANTIAGO TIANGUISTENCO

E D I C T O

Que en el expediente número 957/2017, promovió DÁMASO BERRIOZÁBAL HERNÁNDEZ, PROCEDIMIENTO JUDICIAL NO CONTENCIOSO (INFORMACIÓN DE DOMINIO), respecto del inmueble ubicado en el paraje denominado EL TEPIPIOL, EN EL MUNICIPIO DE CAPULHUAC, ESTADO DE MÉXICO, con las siguientes medidas y colindancias AL NORTE: 22.50 METROS (VEINTIDÓS METROS Y CINCUENTA CENTIMETROS) COLINDANDO CON MARIA DE LOURDES PULIDO TORRES actualmente ROBERTO PUEBBLAS TORRES; AL SUR: 19.29 METROS (DIECINUEVE METROS Y VEINTINUEVE CENTIMETROS) COLINDANDO CON ELIZABETH JIMENEZ PARRA; AL ORIENTE: 59.85 METROS (CINCUENTA Y NUEVE METROS Y OCHENTA Y CINCO CENTIMETROS) COLINDANDO CON JOSE PULIDO actualmente con el mismo promovente; AL PONIENTE: 59.90 METROS (CINCUENTA Y NUEVE METROS Y NOVENTA CENTIMETROS) COLINDA CON CAMONO SIN NOMBRE; CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE 1,250.44 METROS CUADRADOS. El Juez admitió la solicitud ordenando su publicación POR DOS VECES CON INTERVALOS DE POR LO MENOS DOS DÍAS, en la GACETA DEL GOBIERNO del Estado y en un periódico de mayor circulación que se edite en esta población o en la Ciudad de Toluca, Estado de México. Edictos que se expiden a los veintidós días del mes de agosto de dos mil diecisiete. - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - -- - DOY FE. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -.-SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. MARIA GUADALUPE ESQUIVEL GELDIS.-RÚBRICA.

3834.- 8 y 13 septiembre.

JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA

DISTRITO DE EL ORO-ATLACOMULCO E D I C T O

En los autos del expediente número 374/2017, la señora

LEONOR GONZALEZ GONZALEZ, por su propio derecho, promueve Procedimiento Judicial No Contencioso (INFORMACION DE DOMINIO) respecto de un inmueble ubicado en EL PARAJE “EL LLANO”, AL SUR DE LA POBLACION DEL MUNICIPIO DE ACAMBAY, ESTADO DE MEXICO; cuyas medidas y colindancias son: AL NORTE: EN TRES LINEAS DE 25.00 METROS, 200.00 METROS Y 215.00 METROS RESPECTIVAMENTE Y LINDA CON LIBRAMIENTO ACAMBAY, (ANTES CAMINO NACIONAL); AL SUR: EN TRES LINEAS DE 116.00 METROS, 88 METROS, 405.00 METROS RESPECTIVAMENTE Y LINDA CON PREDIO DEL C. FACUNDO

GONZALEZ Y CAMINO ANGOSTO A LA LAGUNA; AL ORIENTE: NO TIENE POR SER IRREGULAR; AL PONIENTE: EN ONCE LINEAS QUEBRADAS DE 69.00 METROS, 65.00 METROS, 62.00 METROS, 72.00 METROS, 76.00 METROS, 125.00 METROS, 42.00 METROS, 39.00 METROS, 16.00 METROS, 70.00 METROS Y 89.70 METROS Y LINDA CON LOS CC. FACUNDO GONZALEZ, RODRIGO CASTRO DE LA CRUZ, CARRETERA A BOCTO, RAUL GONZALEZ CRUZ Y NORBERTO PAULINO HERRERA ALCANTARA, CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE 103,310.00 METROS CUADRADOS. El Juez del conocimiento dictó auto de fecha veintinueve de marzo de dos mil diecisiete, donde se ordena publicar los edictos en GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México y en un periódico de mayor circulación por dos veces con intervalos de por lo menos dos días, llamando por este conducto a cualquier interesado que se crea con igual o mejor derecho sobre dicho terreno, para que comparezca a deducirlo conforme a derecho. Dado en la Ciudad de Atlacomulco, México, a uno de septiembre de dos mil diecisiete.-DOY FE.

Validación del edicto. Acuerdo de fecha: veintinueve (29)

de Marzo de dos mil diecisiete (2017).-Funcionario: Licenciado SALOMON MARTINEZ JUAREZ.-Secretario de Acuerdos.-FIRMA.-RÚBRICA.

3831.- 8 y 13 septiembre.

JUZGADO VIGESIMO SEGUNDO DE LO CIVIL

CIUDAD DE MEXICO E D I C T O

SECRETARIA “B”. EXP. 636/2015. SE CONVOCAN POSTORES.

QUE EN LOS AUTOS DEL JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO PROMOVIDO POR HSBC MÉXICO, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO HSBC EN CONTRA DE HORACIO GARCÍA BARRÓN, EXPEDIENTE NÚMERO 636/2015. LA C. JUEZ VIGÉSIMO SEGUNDO DE LO CIVIL, LICENCIADA TERESA SALAZAR MORENO, DICTO AUTO EN AUDIENCIA QUE EN SU PARTE CONDUCENTE DICE: en la Ciudad de México, siendo las doce horas del día uno de agosto del año dos mil diecisiete, ... "LA C. JUEZ ACUERDA.- Como lo solicita la apoderada por la parte actora y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 582 del Código de Procedimientos Civiles se ordena sacar en segunda almoneda el bien inmueble otorgado en garantía hipotecaria ubicado en el DEPARTAMENTO EN CONDOMINIO NÚMERO QUINIENTOS UNO, DEL EDIFICIO UNO CONSTRUIDO SOBRE EL LOTE TRES DE LA MANZANA DIECISÉIS, PERTENECIENTE AL FRACCIONAMIENTO DE TIPO POPULAR DENOMINADO HACIENDA DEL PARQUE, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, DISTRITO DE CUAUTITLÁN, ESTADO DE MÉXICO, y para que tenga verificativo la audiencia de Remate en Segunda Almoneda del bien inmueble otorgado en garantía hipotecaria, se señalan las DIEZ HORAS DEL DÍA TRES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, siendo postura legal la cantidad que cubra las dos terceras partes de SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL PESOS 00/100 M.N., que corresponde al precio de avalúo rendido por el perito designado por la parte actora, menos el 20% (veinte por ciento) de rebaja en su tasación, ya incluido, debiéndose convocar postores.- Por encontrase el bien que se va a rematar, fuera de la jurisdicción de esta juzgado, con los insertos necesarios, líbrese atento exhorto al C. JUEZ COMPETENTE EN EL MUNICIPIO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, DISTRITO DE CUAUTITLÁN ESTADO DE MÉXICO, Notifíquese..."

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Página 8 8 de septiembre de 2017

PARA SU PUBLICACIÓN POR DOS VECES DEBIENDO MEDIAR ENTRE UNA Y OTRA PUBLICACIÓN SIETE DÍAS HÁBILES Y ENTRE LA ÚLTIMA Y LA FECHA DE REMATE IGUAL PLAZO.-México, D.F. a 07 de agosto del año 2017.-LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS, LIC. BEATRIZ CRUZ VILLANUEVA.-RÚBRICA.

3828.- 8 y 21 septiembre.

JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL

CIUDAD DE MEXICO E D I C T O

SECRETARIA "B". EXP. 198/14.

LOS AUTOS DEL JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO PROMOVIDO POR HSBC MEXICO S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MULTIPLE GRUPO FINANCIERO HSBC DIVISION FIDUCIARIA EN SU CARACTER DE FIDUCIARIA EN EL FIDEICOMISO IRREVOCABLE NUMERO F/262757, EN CONTRA DE JORGE SILVA SOSA Y SILVIA BERTHA SALAZAR SERRANO, EXPEDIENTE 198/14, LA C. JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DOCTORA EN DERECHO CIVIL, MARIA ELENA GALGUERA GONZALEZ, ORDENO MEDIANTE AUTO DE FECHA ONCE DE AGOSTO EL DOS MIL DIECISIETE, SEÑALAR LAS DOCE HORAS DEL DÍA TRES DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISIETE, PARA QUE TENGA VERIFICATIVO LA CELEBRACIÓN DE LA AUDIENCIA DE REMATE EN PRIMERA ALMONEDA, RESPECTO DEL BIEN INMUEBLE HIPOTECADO IDENTIFICADO COMO VIVIENDA "D" DEL CONDOMINIO MARCADO CON EL NÚMERO OFICIAL 14-D DE LA CALLE RANCHO LA ALBORADA, CONSTRUIDA SOBRE EL LOTE 33, DE LA MANZANA 4, CONJUNTO URBANO DENOMINADO RANCHO SAN BLAS, MUNICIPIO DE CUAUTITLÁN, ESTADO DE MÉXICO, CON VALOR DE AVALÚO DE $514,000.00 (QUINIENTOS CATORCE MIL PESOS 00/100 M.N.), , SIENDO POSTURA LEGAL QUE CUBRA LAS DOS TERCERAS PARTES DE DICHO MONTO DEBIENDO LOS LICITADORES PARA TOMAR PARTE EN LA SUBASTA, CONSIGNAR PREVIAMENTE MEDIANTE BILLETE DE DEPOSITO, UNA CANTIDAD IGUAL A DIEZ POR CIENTO EFECTIVO DEL VALOR QUE SIRVE DE BASE PARA EL REMATE, SIN CUYO REQUISITO NO SERÁN ADMITIDOS, ATENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 574 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES.

Edictos que se publicarán por dos veces, debiendo

mediar entre una y otra publicación siete días hábiles y entre la última y la fecha de la audiencia igual plazo, publicándose en los Tableros de Avisos de este Juzgado, en la Tesorería de la Ciudad de México y en el periódico "La Crónica de Hoy".-CIUDAD DE MEXICO A 17 DE AGOSTO DEL 2017.-SECRETARIO DE ACUERDOS “B”, LIC. ROSA MARIA DEL CONSUELO MOJICA RIVERA.-RÚBRICA.

3825.- 8 y 21 septiembre.

JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA NEZAHUALCOYOTL, MEXICO

E D I C T O SE CONVOCAN POSTORES.

En los autos del expediente 239/2012, relativo al Juicio Ordinario Civil TERMINACIÓN DE COPROPIEDAD, promovido por ANA ISABEL ALVARADO ÁLVAREZ contra CARLOS ALBERTO GONZÁLEZ ADRIÁN. El Juez Segundo de lo Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Nezahualcóyotl, Estado de México, señaló LAS NUEVE HORAS DEL DÍA DIECIOCHO

DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, para que tenga verificativo LA SEGUNDA AUDIENCIA PÚBLICA DE REMATE, respecto del inmueble UBICADO EN LA CASA MARCADA CON EL NÚMERO NOVENTA Y OCHO (98), DE LA CALLE VEINTIDOS (22), Y TERRENO SOBRE EL CUAL ESTA CONSTRUIDA, SIENDO EL LOTE NÚMERO DIECINUEVE (19), MANZANA CIEN (100), COLONIA CAMPESTRE GUADALUPANA, MUNICIPIO DE NEZAHUALCÓYOTL, ESTADO DE MÉXICO, QUE TIENE LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORTE: EN 20.00 METROS CON LOTE 18, AL SUR: EN 20.00 METROS CON LOTE 20, AL ORIENTE: EN 10.00 METROS CON CALLE 22, AL PONIENTE: EN 10.00 METROS CON LOTE 9. CON UNA SUPERFICIE DE 200.00 METROS CUADRADOS, FOLIO REAL ELECTRÓNICO 00008888, sirviendo de base para la venta el precio de avalúo, por la cantidad de $1´622.600.00 (UN MILLÓN SEISCIENTOS VEINTIDÓS MIL SEISCIENTOS PESOS 00/100 M.N.). ASÍ COMO LA CASA MARCADA CON EL NÚMERO CUARENTA Y CINCO (45), DE LA CALLE VEINTISÉIS (26), Y TERRENO SOBRE EL CUAL ESTA CONSTRUIDA, SIENDO EL LOTE NÚMERO DOCE (12), MANZANA CIENTO DIECIOCHO (118), COLONIA CAMPESTRE GUADALUPANA, SEGUNDA SECCIÓN, MUNICIPIO DE NEZAHUALCÓYOTL, ESTADO DE MÉXICO, QUE TIENE LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORTE: EN 20.00 METROS CON LOTE 11, AL SUR: EN 20.00 METROS CON LOTE 13, AL ORIENTE: EN 10.00 METROS CON LOTE 30, AL PONIENTE: EN 10.00 METROS CON CALLE 26. CON UNA SUPERFICIE DE 200.00 METROS CUADRADOS, FOLIO REAL ELECTRÓNICO 00013462, sirviendo de base para la venta el precio de avalúo, por la cantidad de $1´255,900.00 (UN MILLÓN DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS PESOS 00/100 M.N.). Siendo postura legal el importe fijado. En el entendido de que si la postura llegase a exhibirse en billete de depósito, el correspondiente deberá suscribirse a favor del Poder Judicial del Estado de México.

PARA SU PUBLICACIÓN POR UNA SOLA VEZ, EN EL

PERIÓDICO OFICIAL GACETA DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, BOLETÍN JUDICIAL DEL ESTADO DE MÉXICO Y EN LA TABLA DE AVISOS DE ESTE JUZGADO, SE EXPIDE EL PRESENTE EN NEZAHUALCÓYOTL, MÉXICO, A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-DOY FE.

EN CUMPLIMIENTO AL ACUERDO DICTADO EN

AUDIENCIA DE FECHA SIETE DE AGOSTO DE 2017.-PRIMER SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. ESPERANZA ELIZABETH BÁRCENAS RAMÍREZ.-RÚBRICA.

1713-A1.- 8 septiembre.

JUZGADO QUINCUAGESIMO TERCERO DE LO CIVIL

CIUDAD DE MEXICO E D I C T O

**SE CONVOCAN POSTORES**

En los autos del juicio Especial Hipotecario, promovido por BANCO MERCANTIL DEL NORTE S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE, en contra de LÓPEZ LOPEZ SERGIO y NORMA EDITH CATALAN AVILA DE LÓPEZ, expediente número 1240/2012. EI Juez Quincuagésimo Tercero de lo Civil en la Ciudad de México ordenó lo siguiente: -------------------------------------------------------------

Se convocan postores a la subasta judicial en primera

almoneda, respecto del inmueble ubicado en vivienda B del condominio tipo cuádruple, construido en el lote número trece, de la manzana catorce del Fraccionamiento denominado Lomas Boulevares, en el Distrito de Tlalnepantla, Estado de México,

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8 de septiembre de 2017 Página 9

(actualmente calle Miguel Angel número como veintidós B, Colonia Boulevares), Municipio Tlalnepantla de Baz, Estado de México, que tendrá verificativo en el local del Juzgado a las diez horas del día tres de octubre del año dos mil diecisiete, cuyo precio de avalúo es la cantidad de $784,000.00 (SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes. Con fundamento en el artículo 570, del Código de Procedimientos Civiles, se ordena publicar por dos veces en el tablero de avisos de este Juzgado, y en la Secretaría de Finanzas del Gobierno de la Ciudad de México, el presente edicto, así como en el periódico "Diario Imagen", debiendo mediar entre una y otra publicación siete días hábiles y entre la última y la fecha de remate igual plazo. Para participar como postor se deberá depositar una cantidad igual al diez por ciento del valor del bien indicado.- - Notifíquese.- Lo proveyó y firma el Licenciado Andrés Martínez Guerrero, Juez titular del Juzgado Quincuagésimo Tercero de lo Civil, ante la Secretaria de Acuerdos, con quien actúa, autoriza y da fe.-Ciudad de México, a 11 de agosto de 2017.-La Secretaria de Acuerdos “B”, Lda. Araceli Malagón Aboites.-Rúbrica.

1715-A1.-8 y 21 septiembre.

JUZGADO CUARTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA

NEZAHUALCOYOTL-CHIMALHUACAN E D I C T O

En los autos del expediente 441/2017, relativo al

Procedimiento Judicial No Contencioso, de Diligencia de Inmatriculación, promovido por FAUSTINO MARTÍNEZ MARTÍNEZ, respecto del inmueble denominado “MAJADA”, ubicado en CALLE ANTERIORMENTE DENOMINADA PEDREGAL, MANZANA SIN NÚMERO, LOTE 10, BARRIO XOCHITENCO, Y ACTUALMENTE EN CALLE DENOMINADA PRIVADA DEL MAIZ, LOTE 10, BARRIO XOCHITENCO PARTE ALTA EN EL MUNICIPIO DE CHIMALHUACÁN, ESTADO DE MÉXICO, el cual tiene las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: 20.00 METROS LINDA CON CARLOS FEDERICO GUTÍERREZ; AL SUR: 20.00 METROS LINDA CON CARLOS FEDERICO GUTÍERREZ; AL ORIENTE: 13.00 METROS LINDA CON PRIVADA DEL PEDREGAL; AL PONIENTE: 13.00 METROS LINDA CON PEDRO ELIZALDE, con una superficie total de 260.00 metros cuadrados; en fecha catorce de febrero del año dos mil diecisiete el predio sufrió cambios en la superficie debido a las regularizaciones que ha llevado a cabo para tener en regla la propiedad del predio por lo que actualmente el predio se identifica en PRIVADA DEL MAIZ, LOTE 10, BARRIO XOCHITENCO PARTE ALTA, CHIMALHUACÁN, ESTADO DE MÉXICO, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORESTE: 13.00 METROS Y LINDA CON PRIVADA MAIZ; AL NORESTE: 18.80 METROS Y LINDA CON PROPIEDAD PRIVADA; AL SUROESTE: 13.00 METROS Y LINDA CON PROPIEDAD PRIVADA Y AL SUROESTE: 18.40 METROS Y LINDA CON PROPIEDAD PRIVADA con una superficie de 241.51 metros cuadrados, para tal efecto manifiesta que dicho terreno lo adquirió mediante contrato de compraventa celebrado con MARCOS SOSA CANO, en fecha 25 de febrero de 2004, y desde esa fecha lo ha poseído en forma pacífica, continua, publica, de buena fe. Que ha realizado actos de dominio, que el inmueble no se encuentra inscrito en el Instituto de la Función Registral. Se encuentra al corriente en el pago de impuesto predial. En consecuencia, se le hace saber a las personas que se crean con igual o mejor derecho, pasen a deducirlo a este Juzgado. Publicación esta que será por dos veces con intervalos de por lo menos dos días en la GACETA Oficial del Estado de México y en un periódico de circulación diaria en esta Ciudad. Se extiende a los 28 días de agosto de 2017.-DOY FE.-Validación: Fecha del acuerdo que ordena la publicación: diez de julio de dos mil diecisiete.-SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. ANA LUISA REYES ORDOÑEZ.-RÚBRICA.

696-B1.-8 y 13 septiembre.

JUZGADO TERCERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DISTRITO DE CUAUTITLAN-CUAUTITLAN IZCALLI

E D I C T O PRIMERA ALMONEDA.

En el expediente marcado con el número 786/2000, relativo al Juicio VERBAL EJECUTIVO, promovido por CONDOMINIOS DEL CONDOMINIO CENTRO COMERCIAL CUAUTITLÁN PERIFÉRICO, en contra de IRERI NARVAEZ LOZADA; se señalaron las ONCE HORAS DEL DÍA VEINTE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE, para que tenga verificativo la PRIMERA ALMONEDA DE REMATE, del bien inmueble ubicado en: MANZANA A, COLONIA ARCOS DEL ALBA LOCAL COMERCIAL C-4, CONSTRUIDO SOBRE EL PREDIO RESULTANTE DEL LA FUSIÓN DE LOS LOTES 28, 29, 30, 39, Y 40, DEL PARAJE CONOCIDO COMO CAÑADA DE AHUACAN, UBICADO EN EL KILOMETRO 37, AUTOPISTA MEXICO, QUERÉTARO, INIVISO 0.626%, MUNICIPIO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MEXICO, CON UNA SUPERFICIE DE 54.3266 METROS CUADRADOS; mismo que fue valuado por peritos de ambas partes, por lo que, anúnciese en forma legal la venta del bien inmueble por medio de edictos y convóquense postores, sirviendo como postura legal para el remate, la cantidad de $1´550,000.00 (UN MILLÓN QUINIENTOS CINCUENTA MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), cantidad en que fue valuado por el perito tercero en discordia, anúnciese en forma legal la venta del bien inmueble por medio de edictos y convóquense portores, debiéndose publicar una sola vez en el Periódico Oficial “GACETA DEL GOBIERNO”, en el Boletín Judicial y en la tabla de avisos de este Juzgado. Se convocan postores para que comparezcan al citado remate. Se expide a los veintiocho días del mes de agosto de dos mil diecisiete.-Doy fe.-Validación: Fecha de acuerdo que ordena la publicación; dieciocho de agosto de dos mil diecisiete.-SEGUNDO SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. SANDRA ALICIA ALVAREZ LUNA.-RÚBRICA.

3842.-8 septiembre.

JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA

DISTRITO DE ZUMPANGO E D I C T O

En el expediente 122/2012, relativo al Juicio ORDINARIO

CIVIL sobre (VENCIMIENTO ANTICIPADO DE CONTRATO, tramitado ante el Juzgado Civil de Primera Instancia de Zumpango, Estado de México, promovido por la LICENCIADA MARCELA BERENICE ARCE MENDOZA, en su carácter de apoderado legal del INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT), en contra de MAR SANDOVAL MIGUEL ANGEL , con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1.134, 1.135, 1.136, 1.138, 2.228, 2.229, 2.230, 2.231 y 2.234 del Código Procesal en la materia, se señalan las DOCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA DOS DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISIETE, para que tenga verificativo la PRIMERA ALMONEDA DE REMATE del bien inmueble objeto de la garantía hipotecaria, consistente en la CASA MARCADA CON EL NUMERO DIECISIETE “B” DE LA CALLE TEPOTZOTLAN Y PARTE ALICUOTA DEL LOTE DE TERRENO NUMERO DIECISIETE, DE LA MANZANA IV (cuatro romano), DONDE SE ENCUENTRA CONSTRUIDA, DEL CONJUNTO URBANO DE TIPO MIXTO (HABITACIONAL DE INTERES SOCIAL, COMERCIAL Y DE SERVICIOS), DENOMINADO “HERMES ZUMPANGO” UBICADO EN EL MUNICIPIO DE ZUMPANGO ESTADO DE MEXICO; debiéndose convocar postores mediante EDICTOS QUE HAN DE PUBLICARSE POR UNA SOLA VEZ, EN LA GACETA DE GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, EN EL BOLETÍN JUDICIAL Y EN LA TABLA DE AVISOS DE ESTE JUZGADO, sirviendo de base para el remate la cantidad de $374,000.00

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Página 10 8 de septiembre de 2017

(TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), que corresponde al precio del avaluó fijado por el perito tercero en discordia. Dado en la Ciudad de Zumpango, Estado de México a los veinticinco (25) días del mes de agosto del dos mil diecisiete (2017).-Validación del edicto acuerdo de fecha veintidós (22) de agosto de dos mil diecisiete (2017).-Funcionario Licenciada Evelyn Anayely González Bautista, Secretario de Acuerdos.-Firma.-Rúbrica.

3839.-8 septiembre.

JUZGADO OCTAVO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA

DISTRITO DE TLALNEPANTLA-ATIZAPAN DE ZARAGOZA E D I C T O

En el expediente número 957/2009, relativo al JUICIO

ORDINARIO CIVIL, promovido por PARQUES RESIDENCIALES Y DEPORTIVOS S.A. DE C.V. en contra de LUIS ARTURO DUARTE JUAREZ y otros, reclamando las siguientes prestaciones: I. La declaración de INEXISTENClA o NULIDAD ABSOLUTA de los actos jurídicos que se mencionan a continuación, que el codemandado SERGIO ARIZA LÓPEZ hace valer como pretendido título de propiedad del inmueble ubicado sobre la calle de Privada de Chester sin número, identificado como LOTE 3, MANZANA VIII, QUINTA SECCIÓN DEL FRACCIONAMIENTO “CONDADO DE SAYAVEDRA", EN ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MEXICO, con superficie de 1,968.53 metros cuadrados: a) Del pretendido contrato preliminar de compraventa de fecha 23 de octubre de 1997, supuestamente celebrado por PARQUES RESIDENCIALES Y DEPORTIVOS, S. A. y LUIS ARTURO DUARTE JUÁREZ, respecto del lote a que se hizo referencia en el punto I que precede; a) Del supuesto contrato de cesión de derechos de fecha 17 de enero de 1999 por el que LUIS ARTURO DUARTE JUÁREZ cedió a favor de SERGIO ARIZA LÓPEZ, el lote referido en el punto l que antecede; b) Del pretendido contrato de compraventa consignado en la escritura número 11,470, volumen 128 de fecha 1° de febrero de 1994 pasada ante la fe del notario número 1 de la Demarcación de Ocampo, Estado de Tlaxcala, licenciado JUAN JOSÉ BRINDIS SILVA por el cual se hace aparecer que PARQUES RESIDENCIALES Y DEPORTIVOS S. A. enajenó a SERGIO ARIZA LÓPEZ el mencionado lote propiedad de la sociedad que represento: c) De la inscripción registral de la supuesta compraventa referida en el inciso que precede practicada con fecha 10 de febrero de 2015, por el C. Registrador codemandado, en el Folio Real Electrónico 00156288; y d) De todos y cada uno de los actos y contratos, de la naturaleza que sean derivados del anteriormente aludido que ha pretendido celebrar el codemandado SERGIO ARIZA LÓPEZ con terceros, respecto del inmueble propiedad de la parte que representamos, así como de sus respectivas inscripciones registrales. II. La cancelación de la inscripción registral señalada en el inciso d) respecto de la compraventa referida en el inciso c) que precede y las que lleguen a practicarse en el citado Folio Real Electrónico, y que se hagan derivar del contrato antes mencionado; III. La restitución de las cosas al estado que guardaban antes de la realización del primero de los actos nulos o inexistentes reclamados; IV. La declaración judicial de que nuestra mandante ha tenido, tiene y conserva la propiedad y el dominio del inmueble a que se hizo referencia en el punto I que antecede, con sus frutos y accesiones; V. La REIVINDICACION y entrega a la parte que representamos como propietaria del inmueble descrito en la prestación I que antecede que sin derecho alguno ocupa el codemandado SERGIO ARIZA LÓPEZ, con todo cuanto de hecho y por derecho le corresponde; VI. El pago de los daños y perjuicios que con sus actos, han ocasionado los demandados a mi poderdante consistente en el importe de la venta y productos financieros de ésta, que ha sido susceptible de producir el inmueble objeto de la reivindicación, desde la realización del primero de los actos nulos o inexistentes reclamados hasta la

recuperación del inmueble. Cuya percepción ha sido impedida y cuyo monto se determinará pericialmente; y VII. Gastos y costas del juicio. Así mismo, el Juez de conocimiento mediante proveído de fecha tres de julio del dos mil diecisiete, ordenaron emplazar al codemandado LUIS ARTURO DUARTE JUÁREZ, mediante edictos que contendrán una relación sucinta de la demanda los cuales se publicaran por tres veces, de siete en siete días, en el Periódico Oficial "GACETA DEL GOBIERNO del Estado", así como en un periódico de mayor circulación y en el Boletín Judicial, haciéndole saber que deberá presentarse dentro del plazo de treinta días contados a partir del siguiente al de la última publicación a deducir lo que a su derecho corresponda. Debiéndose fijar además en la puerta de este Tribunal, una copia íntegra de la resolución, por todo el tiempo del emplazamiento, con el apercibimiento que si pasado este plazo no comparecen por sí, por apoderado o por gestor que pueda representarlo, se seguirá la tramitación del juicio en rebeldía, haciéndosele las ulteriores notificaciones aún las de carácter personal por lista y Boletín judicial. Se expide a los TRECE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-DOY FE.-SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. JOSE RAYMUNDO CERA COTRERAS.-RÚBRICA.

3836.-8, 20 y 29 septiembre.

JUZGADO TRIGESIMO SEXTO DE LO CIVIL

CIUDAD DE MEXICO E D I C T O

QUE EN LOS AUTOS DEL JUICIO ESPECIAL

HIPOTECARIO, PROMOVIDO POR CI BANCO, S. A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, DIVISIÓN FIDUCIARIA EN SU CARÁCTER DE FIDUCIARIO DEL FIDEICOMISO NÚMERO F/00430, en contra de GERARDO CHÁVEZ HERNÁNDEZ Y OTRA, expediente 1475/2010, C. JUEZ MAESTRO ALEJANDRO RIVERA RODRÍGUEZ DICTÓ UN AUTO EN SU PARTE CONDUCENTE DICE: En la Ciudad de México, a tres de julio de dos mil diecisiete. Agréguese a sus autos el escrito de la parte actora, se le tiene desahogando la prevención que se le hizo por auto de fecha primero de junio del año en curso, en consecuencia se procede a proveer su escrito presentado ante este Juzgado el día treinta de mayo del año en curso en los siguientes términos. Como lo pide el ocursante y por ser el momento oportuno, con fundamento en lo establecido por el artículo 570 del Código de Procedimientos Civiles para la Ciudad de México, procédase a sacar a remate en Primera Almoneda el bien inmueble hipotecado identificado como: CASA HABITACIÓN DE TIPO INTERÉS SOCIAL IDENTIFICADA CON LA LETRA “C” DEL LOTE NÚMERO 41 DE LA MANZANA 31, UBICADO EN LA CALLE VALLE DE LABORES DEL CONJUNTO DENOMINADO “REAL DEL VALLE”, EN EL MUNICIPIO DE ACOLMAN, ESTADO DE MÉXICO, En consecuencia, convóquense postores por medio de edictos que se publicarán por dos veces, debiendo mediar entre una y otra publicación siete días hábiles, y entre la última y la fecha de remate igual plazo, debiendo efectuarse en los tableros de aviso de este Juzgado, en los de la Tesorería del Gobierno del Distrito Federal hoy Ciudad de México, y en el periódico Diario Imagen, sirviendo de base para el remate la cantidad de $358,800.00 (TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS PESOS 00/100 M. N. que es el precio de avalúo determinado por el perito de la parte actora, siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes de dicha cantidad. Para que los posibles licitadores puedan tomar parte en la subasta, deberán consignar previamente, una cantidad igual por lo menos al diez por ciento efectivo del valor de avalúo, tal como lo exige el artículo 574 de la ley procesal invocada; y para el evento de que no acudan postores y el acreedor se interese en la adjudicación, ésta será por el precio de avalúo, como lo pide para que tenga verificativo la audiencia de remate en primer almoneda ordenada en proveídos de fechas nueve y doce de junio del año en curso se

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8 de septiembre de 2017 Página 11

señalan las DIEZ HORAS DEL DÍA TRES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE. NOTIFÍQUESE. Lo proveyó y firma el C. JUEZ TRIGÉSIMO SEXTO DE LO CIVIL, Maestro ALEJANDRO RIVERA RODRÍGUEZ, asistido de la C. SECRETARIA DE ACUERDOS, LICENCIADA LIZBETH GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ, quien autoriza y da fe.-DOY FE.-Ciudad de México a 5 de julio del 2017.-C. SECRETARIA DE ACUERDOS “A”, LIC. LIZBETH GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ.-RÚBRICA.

3833.-8 y 21 septiembre.

JUZGADO SEXAGESIMO PRIMERO DE LO CIVIL CIUDAD DE MEXICO

E D I C T O EXPEDIENTE 1146/2011.

SECRETARÍA “B”.

GUSTAVO CRUZ HERNÁNDEZ.

En los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por HSBC MÉXICO, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE GRUPO FINANCIERO, HSBC DIVISIÓN FIDUCIARIA COMO FIDUCIARIO EN EL FIDEICOMISO IRREVOCABLE NÚMERO F/250295 en contra de GUSTAVO CRUZ HERNÁNDEZ, expediente 1146/2014. LA C. JUEZ SEXAGÉSIMO PRIMERO DE LO CIVIL, DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO. Dicto varios autos y que en su parte conducente dicen; Ciudad de México, a dieciséis de enero de dos mil diecisiete, "...elabórese de nueva cuenta el exhorto y edictos que refiere..." Ciudad de México, a once de abril de dos mil dieciséis, "...con fundamento en el artículo 122 fracción II del Código de Procedimientos Civiles, se ordena emplazar por edictos al demandado GUSTAVO CRUZ HERNÁNDEZ, en términos del auto de fecha dieciséis de enero del año dos mil quince, haciéndoseles saber a dicho demandado que se le concede un término de SESENTA DÍAS para dar contestación a la demanda instaurada en su contra, los que se computarán a partir del día siguiente de la última publicación, para tales efectos quedan a su disposición en la Secretaría de este juzgado, las copias de traslado correspondientes, con el apercibimiento que de no hacerlo se les tendrá por contestada la demanda en sentido negativo, con fundamento en el artículo 271 último párrafo del Código De Procedimientos Civiles. México, Distrito Federal, a dieciséis de enero de dos mil quince. "... Se tiene por presentado a HSBC MÉXICO, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE GRUPO FINANCIERO, HSBC DIVISIÓN FIDUCIARIA COMO FIDUCIARIO EN EL FIDEICOMISO IRREVOCABLE NÚMERO F/250295 demandando en la vía ESPECIAL HIPOTECARIA de: GUSTAVO CRUZ HERNÁNDEZ la cantidad de: 14,482.68 UDIS (CATORCE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS PUNTO SESENTA Y OCHO UNIDADES DE INVERSIÓN) o su equivalente en moneda nacional al momento de su pago; por concepto de suerte principal y demás prestaciones que se indican en el escrito de demanda, la que se admite a trámite...".

PARA SU PUBLICACION POR.- por TRES veces de TRES en TRES días.-Ciudad de México, a 23 de enero de 2017.-LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS "B”, MAESTRA CELIA HERNANDEZ PATIÑO.-RÚBRICA.

3830.-8, 13 y 19 septiembre.

JUZGADO DECIMO CUARTO DE LO CIVIL CIUDAD DE MEXICO

E D I C T O

SE CONVOCAN POSTORES.

En los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO, promovido por SANTANDER VIVIENDA, S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD

REGULADA, GRUPO FINANCIERO SANTANDER MÉXICO, en contra de OMAR ENRIQUE DÍAZ FABELA, expediente 652/2016. El C. Juez Francisco Rene Ramírez Rodríguez ordenó publicar el siguiente edicto en base a los autos de fecha tres y primero de agosto, a la audiencia de fecha dieciocho de abril y auto de fecha veintitrés de febrero todos de dos mil diecisiete:

"Subasta en segunda almoneda que tendrá lugar en el local del Juzgado Décimo Cuarto de lo Civil de la Ciudad de México, se señalan las diez horas con treinta minutos del día veinte de septiembre de dos mil diecisiete; siendo objeto de remate el inmueble consistente en la vivienda 2 "D", lote 2, manzana 57, conjunto urbano de tipo habitaciones denominado "Rinconada del Valle". Avenida Toluca sin número, colonia San José Buenavista, el Grande, Municipio de Temoaya, Estado de México. el precio que servirá para la subasta que corresponde al valor del avalúo menos la rebaja del veinte por ciento, arrojando la cantidad de $388,320 (TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS VEINTE PESOS 00/100 M.N.); siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes del mismo, siendo requisito para las personas que quieran participar como postores la exhibición de una cantidad igual al diez por ciento en efectivo del valor ya fijado, mediante billete de depositó expedido por Bansefi S.N.C. En la inteligencia de que la subasta deberá anunciarse mediante edictos que se fijarán por una sola ocasión en los tableros de avisos del Juzgado, en los tableros de la Tesorería de ésta Ciudad de México y en el periódico El Universal, debiendo mediar entre la publicación y la fecha de remate cuando menos cinco días."

Publíquese en los tableros de avisos del Juzgado así como en los tableros de la Tesorería de la Ciudad de México y en el periódico "El Universal", por una sola ocasión, debiendo mediar entre la publicación y la fecha de remate cuando menos cinco días.-Ciudad de México, a 09 de agosto 2017.-C. SECRETARIA DE ACUERDOS, LIC. REBECA GONZALEZ RAMIREZ.-RÚBRICA.

3827.-8 septiembre.

JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA

DISTRITO DE CUAUTITLAN-CUAUTITLAN IZCALLI E D I C T O

DEMANDADO: LUIS TORRES GARCÍA.

ALEJANDRO OJEDA ANGULO, ha promovido ante este juzgado bajo el expediente número 282/2015, juicio ORDINARIO CIVIL, en contra de LUIS TORRES GARCÍA, la parte actora reclama las siguientes prestaciones:

A).- La declaración judicial de que el demandado el señor LUIS TORRES GARCÍA ha incumplido la cláusula Cuarta modificada en el adendum de fecha 16 de febrero de 2010, al CONTRATO PRIVADO DE PROMESA DE COMPRAVENTA de fecha 31 de marzo del 2006, al no haber firmado ante Notario Público la escritura de compraventa correspondiente a la Casa-Habitación ubicada en la calle de La Costa número 3, Fraccionamiento Residencial Campestre Club de Golf Bosques del Lago, en Cuautitlán Izcalli, Estado de México, Código Postal 54766, a favor del comprador el Señor ALEJANDRO OJEDA ANGULO, dentro de los 18 meses siguientes contados a partir de la firma de dicho adendum, tiempo más que suficiente que se le otorgó al demandado señor LUIS TORRES GARCÍA, para que regularizara las escrituras correspondientes a la Casa-Habitación materia de la operación de compraventa no lo hizo, como lo son, la declaratoria y autorización de la fusión de los dos terrenos sobre los cuales se construyó la Casa-Habitación, ya que se declaró que la Casa-Habitación solo fue construida sobre un solo lote siendo que fue construida sobre dos lotes: la corrección entre las medidas, linderos y colindancias de los terrenos sobre los que

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Página 12 8 de septiembre de 2017

se construyó la Casa-Habitación y que se encuentran asentados en las escrituras correspondientes contra las medidas, linderos y colindancias reales; la corrección de la superficie de los metros cuadrados de construcción declarados ante la Tesorería Municipal de Cuautitlán Izcalli contra la superficie de los metros cuadrados de construcción reales.

B).- La declaración judicial de que el demandado el señor

LUIS TORRES GARCIA, ha incumplido la cláusula Cuarta modificada en el adendum de fecha 16 de febrero del 2010, al CONTRATO PRIVADO DE PROMESA DE COMPRAVENTA de fecha 31 de marzo del 2006, al no haber entregado al Notario Público no. 19 del Estado de México, todos los documentos que dicho Notario requería, para formalizar en escritura pública la compraventa de la Casa-Habitación.

C).- El pago de los gastos y costas que se generen en el

presente juicio.

Hechos

1.- El actor refirió en su demanda que en fecha treinta y

uno de marzo de dos mil seis, celebro contrato de promesa de compraventa con LUIS TORRES GARCÍA, respecto de la Casa-Habitación ubicada en la Calle de La Costa número 3, Fraccionamiento Residencial Campestre Club de Golf Bosques del Lago, en Cuautitlán Izcalli, Estado de México, Código Postal 54766, en el que ambas partes acordaron que a partir del 1° de mayo de 2006 y hasta el 30 de abril de 2008, pagaría al comprador LUIS TORRES GARCÍA, la cantidad de $10,000.00 (DIEZ MIL PESOS 00/100 M.N.), por concepto de rentas, la firma de escritura se llevaría a cabo el 7 de mayo de 2008, teniendo como plazo límite para la firma el día 30 de mayo de 2008, dicha renta sería para que el ahora demandado contratara los servicios de un gestor, topógrafo y un abogado, para la regularización de las escrituras, el precio total de la compraventa sería de $2´100,000.00 (DOS MILLONES CIEN MIL PESOS 00/100 M.N.) Con fecha 20 de septiembre de 2006, celebraron un primer adendum del contrato de 31 de marzo de 2006, para cambiar el número de cuenta bancaría donde debía ser depositado el adeudo, el 26 de mayo de 2008, celebraron un segundo ademdum toda vez que el demandado no había regularizado las escrituras correspondientes, se han realizado diversos pagos al demandado sin embargo, el demandado ha incumplido con sus obligaciones, por lo que no se ha podido llevar a cabo la escrituración del predio que objeto de compraventa.

Por lo que se procede a emplazar a juicio a LUIS

TORRES GARCÍA, a través del presente edicto y deberá publicarse por TRES VECES DE SIETE EN SIETE DÍAS, en el Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO del Estado, en otro de mayor circulación de esta población y en el Boletín Judicial, haciéndole saber que debe presentarse dentro del término de TREINTA DÍAS contados a partir del siguiente día al de la última publicación. Fíjese además en la puerta del tribunal una copia íntegra de la resolución por todo el tiempo del emplazamiento, asimismo, se previene a la demandada en el sentido de que si pasado dicho plazo no comparece por sí, por apoderado o por gestor que pueda representarla, se seguirá el juicio en su rebeldía, y se le tendrá por contestada la demanda en términos de los que dispone el numeral 2.119 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de México, haciéndole las ulteriores notificaciones por lista que se publica en los estrados de este Juzgado.-Se emite en cumplimiento al auto de fecha tres de octubre de dos mil dieciséis, firmando la Licenciada MARÍA DE LOURDES MORELOS KU, Secretario Judicial.-LICENCIADA MARÍA DE LOURDES MORELOS KU, SEGUNDA SECRETARIO JUDICIAL.-RÚBRICA.

3824.-8, 20 y 29 septiembre.

JUZGADO TERCERO CIVIL DE PRIMERA ISNTANCIA DISTRITO DE TEXCOCO

E D I C T O DEMANDADO: EDGAR M. CRUZ.

Se le hace saber que en el expediente 1233/2015, relativo al juicio ORDINARIO CIVIL REINVINDICATORIO interpuesto por ALICIA CONTRERAS ROJAS en contra de BASILIA GONZALEZ SANTANA, al dar contestación a la demanda esta última, reconvino el juicio de USUCAPION en contra de ALICIA CONTRERAS ROJAS, mandando a llamar como tercero ajuicio a EDGAR M. CRUZ, en relación al LOTE UNO, MANZANA UNO, DE LA PARCELA 90 Z-2 P1/1, DEL POBLADO DE SANTA ISABEL IXTAPAN, MUNICIPIO DE ATENCO, ESTADO DE MEXICO, toda vez que en fecha quince de octubre del año dos mil cinco, realizo una cesión de derechos con la parte actora reconvencionista en relación al inmueble que cuenta con las siguientes medidas y colindancias al NORTE 11.76 METROS COLINDA CON CALLE AL SUR 25.49 METROS, CON PARCELA, AL ORIENTE: 25.09 METROS, CON CALLE Y AL PONIENTE 21.00 METROS, CON LOTE DOS, TENIENDO UNA SUPERFICIE 391.18 METROS CUADRADOS, Por auto de fecha treinta de agosto del año dos mil diecisiete, se ordena emplazarlo por EDICTOS que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el Periódico Oficial "GACETA DEL GOBIERNO" del Estado, en otro de mayor circulación en esta población y en el boletín Judicial, haciéndole saber que debe presentarse dentro del término de TREINTA DÍAS contados a partir del siguiente al de la última publicación, a dar contestación a la incoada en su contra, oponiendo las excepciones defensas que a su interés convengan. Finalmente, se le previene para que señale domicilio para oír notificaciones en términos de lo prevenido por tos artículos 1.168, 1.170 y 1.182 del Código Adjetivo de la Materia, con el apercibimiento que de no hacerlo, las personales se le harán por medio de lista y Boletín Judicial.-Validación: Texcoco, Estado de México, 31 de agosto del año 2017.-LICENCIADA LAURA RUIZ DEL RIO, SECRETARIO DE ACUERDOS DEL JUZGADO TERCERO CIVIL DE TEXCOCO, ESTADO DE MEXICO.-RÚBRICA.

3821.-8, 20 y 29 septiembre.

JUZGADO VIGESIMO PRIMERO DE LO CIVIL

CIUDAD DE MEXICO E D I C T O

SECRETARIA “B”. EXPEDIENTE: 982/2014.

Que en los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO,

promovido por HSBC MÉXICO, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO HSBC DIVISIÓN FIDUCIARIA EN SU CARÁCTER DE FIDUCIARIO DEL FIDEICOMISO F/262757, en contra de CORTES FIGUEROA VICTOR MANUEL Y OTRA, se dictaron entre otras constancias las siguientes:

En la Ciudad de México, siendo las diez horas con treinta

minutos del día once de julio del año dos mil diecisiete… EL C. JUEZ DECLARA ABIERTA LA AUDICIENCIA: … se señalan las ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA DIECINUEVE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, para que tenga verificativo la audiencia de remate en tercera almoneda sin sujeción a tipo, como lo establece el artículo 584 del Código de Procedimientos Civiles local y sirve de base para la misma el precio que sirvió de base para la segunda subasta, es decir la cantidad de CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS MIL 00/100 M.N., por tanto se ordena convocar postores, por medio de edictos que se fijen por una sola ocasión en el tablero de avisos

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8 de septiembre de 2017 Página 13

de este Juzgado, Secretaria de Finanzas del Gobierno de la Ciudad de México y en el periódico LA CRÓNICA DE HOY y toda vez que el inmueble materia de remate se ubica fuera de la Jurisdicción de este Juzgado y que es el ubicado en la Vivienda número 10 (diez), “A” del Condominio número 10 (diez), de la manzana 122 y construcciones sobre el existentes, del Conjunto Urbano de tipo mixto de interés social y popular denominado “LAS AMERICAS”, ubicado en el Municipio de Ecatepec, Estado de México, SE ORDENA GIRAR EXHORTO CON LOS INSERTOS NECESARIOS AL JUEZ CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA COMPETENTE EN ECATEPEC, ESTADO DE MÉXICO… Notifíquese. Lo proveyó y firma la C. Juez interina del Juzgado Vigésimo Primero de lo Civil, Licenciada ELSA REYES CAMACHO, quien actúa ante el Secretario de Acuerdos, Licenciado JUAN MANUEL SILVA DORANTES, que da fe.

Para su publicación que se fije por una sola ocasión en

los Tableros de Avisos de éste Juzgado, en los Tableros de Avisos de la Tesorería de ésta Ciudad, periódico “ LA CRÓNICA DE HOY” de ésta Ciudad, debiendo mediar entre la publicación y la fecha de remate cuando menos cinco días hábiles.-EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “B”, LIC. JUAN MANUEL SILVA DORANTES.-RÚBRICA.

1711-A1.-8 septiembre.

JUZGADO CUADRAGESIMO QUINTO DE LO CIVIL

CIUDAD DE MEXICO E D I C T O

REMATE EN PRIMERA ALMONEDA. SECRETARIA “B”. EXP. No. 30/2008.

ACTOR: SÓLIDA ADMINISTRADORA DE PORTAFOLIOS S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, (SOFOM), ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO BANORTE.

VS DEMANDADO: RAÚL REGALADO MENCHACA Y NORMA VALADEZ TELLEZ. JUICIO: ESPECIAL HIPOTECARIO

MÉXICO, CIUDAD DE MÉXICO A CINCO DE JULIO DEL

AÑO DOS MIL DIECISIETE... ... se deja sin efectos la fecha señalada para la

celebración de la audiencia de remate y en su lugar se señalan las ONCE HORAS DEL DIA TRES DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO, para que tenga verificativo la Audiencia de Remate en Primera Almoneda, respecto del bien inmueble, consistente en el: DEPARTAMENTO "C" DEL EDIFICIO EN CONDOMINIO MARCADO CON EL NUMERO OFICIAL 79 DE LA CALLE VALLE DE MITLA , CONSTRUIDO SOBRE EL LOTE 5, MANZANA 45 DE LA SECCIÓN "B" DEL FRACCIONAMIENTO VALLE DE ANÁHUAC, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE ECATEPEC DE MORELOS, DISTRITO DE TLANEPANTLA, ESTADO DE MÉXICO, ASI COMO SUS DERECHOS AL USO DE AREA DE LAVADO Y TENDIDO DENOMINADO "C", y AL CAJÓN DE ESTACIONAMIENTO DENOMINADO "C". cuyo valor comercial de avalúo es la cantidad de $559,000.00 (QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL PESOS 00/100 M.N.), que es la cantidad que señala el perito designado por la parte demandada… …anunciándose por medio de edictos que se fijarán por DOS VECES en los tableros de avisos del Juzgado y en la Secretaria de Finanzas de la Ciudad de México y en el periódico "EL PAIS", debiendo mediar entre una y otra publicación SIETE DÍAS HÁBILES y entre la última y la fecha de remate igual plazo… ...siendo postura legal la que cubra las dos

terceras partes del precio del avalúo. Asimismo y en razón a que el inmueble objeto de remate se encuentra fuera de la jurisdicción de este Juzgado, con los insertos necesarios gírese atento exhorto al C. Juez Civil Competente en el MUNICIPIO DE ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MÉXICO, para que en auxilio de las labores de este Juzgado se sirva realizar las publicaciones correspondientes en las puertas del Juzgado, en la receptoría de rentas, en un periódico de mayor circulación en ese lugar y en los sitios de costumbre de ese lugar, publicaciones que deberán realizarse por dos veces, debiendo mediar entre una y otra publicación, siete días hábiles y entre la última y la fecha de remate siete días hábiles… …se hace del conocimiento de los posibles postores que para tomar parte en la subasta, deberán los licitadores consignar previamente, en el establecimiento de crédito destinado al efecto por la ley, una cantidad igual por lo menos al diez por ciento efectivo del valor de los bienes, que sirva de base para el remate, sin cuyo requisito no serán admitido. Notifíquese.- Lo proveyó y firma la C. Juez Cuadragésimo Quinto de Lo Civil, Licenciada LUZ DEL CARMEN GUINEA RUVALCABA y Secretaria de Acuerdos Licenciada ELVIA PATRICIA RAMOS SOTO, con quien actúa y da fe. Doy fe.

PARA SU PUBLICACION POR DOS VECES EN LOS

TABLEROS DE AVISOS DEL JUZGADO Y EN LA SECRETARIA DE FINANZAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y EN EL PERIÓDICO "EL PAIS", DEBIENDO MEDIAR ENTRE UNA Y OTRA PUBLICACIÓN SIETE DIAS HÁBILES Y ENTRE LA ÚLTIMA y LA FECHA DE REMATE IGUAL PLAZO. Y EN EL MUNICIPIO DE ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MEXICO EN LAS PUERTAS DEL JUZGADO, EN LA RECEPTORIA DE RENTAS, EN UN PERIÓDICO DE MAYOR CIRCULACIÓN EN ESE LUGAR Y EN LOS SITIOS DE COSTUMBRE DE ESE LUGAR, PUBLICACIONES QUE DEBERÁN REALIZARSE POR DOS VECES, DEBIENDO MEDIAR ENTRE UNA Y OTRA PUBLICACIÓN, SIETE DIAS HÁBILES Y ENTRE LA ÚLTIMA y LA FECHA DE REMATE SIETE DÍAS HÁBILES.-SUFRAGIO EFECTIVO NO REELECCION.-CIUDAD DE MEXICO A 31 DE JULIO DE 2017.-C. SECRETARIA DE ACUERDOS “B”, LICENCIADA ELVIA PATRICIA RAMOS SOTO.-RÚBRICA.

1717-A1.-8 y 21 septiembre.

JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA

DISTRITO DE ZUMPANGO E D I C T O

- - -En el expediente 206/2013, relativo al Juicio

ORDINARIO CIVIL (VENCIMIENTO ANTICIPADO DE CONTRATO), tramitado en el Juzgado Civil de Primera Instancia de Zumpango, Estado de México, promovido por INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT), en contra de RUPERTO SOLÍS CHÁVEZ, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1.134, 1.135, 1.136, 1.138, 2.228, 2.229, 2.230, 2.231 y 2.234 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de México, se señalan las DOCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA VEINTIUNO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE, para que tenga verificativo la PRIMERA ALMONEDA DE REMATE del bien inmueble objeto de la garantía hipotecaria, consistente en la VIVIENDA MARCADA CON EL NUMERO CINCUENTA Y TRES (53), DEL LOTE SEIS (06), DE LA MANZANA DIEZ (10), DEL CONJUNTO URBANO DE TIPO DE INTERÉS SOCIAL DENOMINADO “PASEOS DE SAN JUAN”, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE ZUMPANGO, ESTADO DE MÉXICO, sirviendo de base para el remate la cantidad de $415,000.00 (CUATROCIENTOS QUINCE MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), que corresponde al precio de la actualización del avaluó fijado por el perito designado en rebeldía de la parte demandada y se tomara en cuenta como precio del valor del

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Página 14 8 de septiembre de 2017

inmueble para su venta judicial; debiéndose convocar postores por medio EDICTOS QUE HAN DE PUBLICARSE UNA SOLA VEZ, EN LA GACETA DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, EN EL BOLETÍN JUDICIAL Y EN LA TABLA DE AVISOS DE ESTE JUZGADO, se expiden los presentes en la Ciudad de Zumpango, México a los veintiún (21) días del mes de Agosto del dos mil diecisiete (2017).

Validación del edicto. Acuerdo de fecha: once (11) de

Agosto de dos mil diecisiete (2017).-Funcionario: Licenciada EVELYN ANAYELY GONZÁLEZ BAUTISTA.-Secretaria de Acuerdos.-FIRMA.-RÚBRICA.

3838.-8 septiembre.

JUZGADO TERCERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA

DISTRITO DE TLALNEPANTLA E D I C T O

MARIO ALBERTO CHAVEZ HERNANDEZ Y CARLOS

ESPINOZA GALAMIS se le hace de su conocimiento que MARIA DEL CONSUELO ALBARRAN ANGELES promovió JUICIO ORDINARIO CIVIL, en su contra mismo que le recayera el número de expediente 32/2016, reclamándole las siguientes prestaciones; A) De los señores MARIO ALBERTO CHAVEZ HERNANDEZ Y CARLOS ESPINOZA GALAMIS y de la COMISION PARA LA REGULARIZACION DE LA TENENCIA DE LA TIERRA (CORETT) DELEGACION ESTADO DE MEXICO: La nulidad de la escritura pública número cinco mil trescientos ocho, volumen noventa y ocho especial, de fecha nueve de marzo de mil novecientos noventa y dos, pasada ante la fe del Notario Público, número once del Distrito Judicial de Texcoco, Estado de México; Que contiene el acto jurídico relativo al contrato de compraventa con reserva de dominio celebrado ante la comisión para la regularización de la tenencia de la tierra (CORETT), representada por el Licenciado MARCO ANTONIO ROJAS ZEPEDA en su carácter de Delegado en el Estado de México, en su calidad de vendedor, con los señores MARIO ALBERTO CHAVEZ HERNANDEZ Y CARLOS ESPINOZA GALAMIS, en su calidad de compradores, respecto del inmueble identificado como el LOTE NO. 20, MANZANA 7, ZONA 1, DEL EXEJIDO DE TRANSFIGURACION TEQUEXQUINAHUAC, ACTUALMENTE UBICADO EN LA PRIVADA LAZARO CARDENAS SIN NÚMERO, COLONIA BENITO JUAREZ, MUNICIPIO DE TLALNEPANTLA DE BAZ, ESTADO DE MEXICO; el cual tiene las medidas y colindancias siguientes: AL NORESTE: 18.00 METROS CON LOTE 24 Y 9; AL SURESTE: 10.00 METROS CON LOTE 10; AL SUROESTE: 18.00 METROS CON LOTE 19; AL NOROESTE: 10.15 METROS CON SECCION DE PRIVADAS LAZARO CARDENAS; CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE 181.00 M2 (CIENTO OCHENTA Y UN METROS CUADRADOS). B) DE LA NOTARIA PÚBLICA NÚMERO ONCE DEL DISTRITO JUDICIAL DE TEXCOCO, ESTADO DE MEXICO, a cargo en ese entonces del LICENCIADO JOSÉ ENRIQUE MILLET PUERTO; actualmente, NOTARIA PUBLICA NÚMERO SESENTA Y TRES (63) a través de su Titular la LICENCIADA RITA RAQUEL MARTINEZ SALGADO. Como consecuencia de la prestación antes mencionada, la cancelación de la escritura pública, número cinco mil trescientos ocho, volumen noventa y ocho especial, de fecha nueve de marzo de mil novecientos noventa y dos, pasado ante la fe del Licenciado JOSE ENRIQUE MILLET PUERTO, NOTARIO PUBLICO NÚMERO ONCE DEL DISTRITO JUDICIAL DE TEXCOCO, ESTADO DE MEXICO, MISMA QUE FUE INSCRITA EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD BAJO LA PARTIDA 75, VOLUMEN 1413, SECCION PRIMERA, LIBRO PRIMERO, DE FECHA DIECISIETE DE FEBRERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE. C) DEL INSTITUTO DE LA FUNCION REGISTRAL. La cancelación de la inscripción de los antecedentes registrales de la partida 75, volumen 1413, sección primera, libro primero de fecha diecisiete de febrero de mil novecientos noventa y nueve, relacionados con

la escritura pública, número cinco mil trescientos ocho, volumen noventa y ocho especial, de fecha nueve de marzo de mil novecientos noventa y dos, celebrada ante la fe del LICENCIADO JOSE ENRIQUE MILLET PUERTO, NOTARIO PÚBLICO NÚMERO ONCE DEL DISTRITO JUDICIAL DE TEXCOCO, ESTADO DE MEXICO. D) De los señores MARIO ALBERTO CHAVEZ HERNANDEZ Y CARLOS ESPINOZA GALAMIS Y LA COMISION PARA LA REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA (CORETT), DELEGACIÓN ESTADO DE MEXICO. El pago de gastos y costas que se originen con motivo del presente juicio; funda el presente procedimiento en los siguientes hechos; en fecha quince de agosto de mil novecientos ochenta y siete, la suscrita, adquirió de las C. CONSUELO ANGELES LOZANO, el inmueble ubicado en PRIVADA LAZARO CARDENAS SIN NUMERO, COLONIA BENITO JUAREZ, PERTENECIENTE AL EJIDO DE TRANSFIGURACION TEQUEXQUINAHUAC, TLALNEPANTLA DE BAZ, ESTADO DE MEXICO, mediante Contrato de Cesión de Derechos, documental que fue entregada en el mes de agosto del año de mil novecientos noventa y uno, a (CORETT) DELEGACION ESTADO DE MEXICO, al momento de realizar contratación con dicha Comisión, respecto del INMUEBLE UBICADO EN: LOTE 20, MANZANA 07, ZONA 01, DEL POBLADO DE TRANSFIGURACION TEQUEXQUINAHUAC, MUNICIPIO DE TLALNEPANTLA DE BAZ, ESTADO DE MEXICO; contratación en la cual se le informo que sería enviado oficio para realizar una inspección ocular en el lote mencionado, lo cual nunca ocurrió. En fecha trece de julio del año de mil novecientos noventa y dos, recibió el oficio número 912/J/2512/92, firmado y rubricado por el DELEGADO DE CORETT EN EL ESTADO DE MEXICO LIC. MARCO ANTONIO ROJAS ZEPEDA, a efecto de tratar asunto relativo al inmueble antes mencionado, debiendo presentarse en las oficinas de CORETT a las once horas del día quince de julio del año mencionado, con toda la documentación del predio en cuestión, relacionado con el expediente C-1/92 T. TEQUEXQUINAHUAC, ESTADO DE MEXICO. En fecha quince de julio del año de mil novecientos noventa y dos, acudió a las oficinas de (CORETT) DELEGACION ESTADO DE MEXICO, con el objeto de tratar el asunto relacionado con el inmueble referido, así como, solicitar información relacionada con la inspección ocular que había quedado pendiente en el lote antes mencionado, manifestando que de la INSPECCIÓN OCULAR realizada por (CORETT) DELEGACION ESTADO DE MEXICO, resulto que las personas que aparecen como poseedores del inmueble materia del presente juicio, lo eran los señores MARIO ALBERTO CHAVEZ HERNANDEZ y CARLOS ESPINOZA GALAMIS, siendo esta circunstancia totalmente falsa, en virtud de que la suscrita es la única que ha venido poseyendo el citado inmueble. La suscrita tuvo conocimiento por parte de la hoy codemandada CORETT, que los señores MARIO ALBERTO CHAVEZ HERNANDEZ Y CARLOS ESPINOZA GALAMIS, habían llenado en forma incorrecta los “formatos”, de la inspección ocular escribiendo su nombre en el lugar de la persona que se encontraba en posesión del citado inmueble y en el lugar de quien realizo la inspección escribieron mi nombre por lo que dichas personas se equivocaron. Con CEDULA DE CONTRATACIÓN (RECONTRATACION) numero 915653 de fecha tres de agosto de mil novecientos noventa y dos, la suscrita formalizó recontratación con la (CORETT) DELEGACION ESTADO DE MEXICO, respecto del INMUEBLE UBICADO EN EL EJIDO DE TRANSFIGURACION TEQUEXQUINAHUAC, TLALNEPANTLA DE BAZ, ESTADO DE MEXICO, COLONIA BENITO JUAREZ, PRIVADA LAZARO CARDENAS, EN ZONA 01, MANZANA 07, LOTE 20; inmueble que tiene las medidas y colindancias siguientes: AL NE: 18.00 METROS CON LOTES 09 Y 24; AL SE: 10.00 METROS CON LOTE 10; AL SO: 18.00 METROS CON LOTE 19; AL NO: 10.15 METROS CON PRIVADA LAZARO CARDENAS; CON UNA SUPERFICIE DE 181.00 M2 (CIENTO OCHENTA Y UN METROS CUADRADOS), quedando pendiente únicamente la entrega de la escritura correspondiente a nombre de la suscrita, realizando todos y cada uno de los pagos solicitados por CORETT. Desde el día quince de agosto de mil

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8 de septiembre de 2017 Página 15

novecientos ochenta y siete, mediante Contrato de Cesión de Derechos, LA SUSCRITA adquirió formalmente la posesión del lote materia del presente juicio; En consecuencia, emplácese a MARIO ALBERTO CHAVEZ HERNANDEZ Y CARLOS ESPINOZA GALAMIS, por medio de edictos, los que deberán contener una relación sucinta de la demanda, debiéndose publicar por tres veces, de siete en siete días, en la "GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México”, en otro de mayor circulación en este lugar, así como en el Boletín Judicial, haciéndole saber que debe presentarse en el local de este Juzgado dentro del plazo de TREINTA DÍAS contados a partir del siguiente al de la última publicación, a dar contestación a la demanda instaurada en su contra, fijándose además en la puerta de avisos de este Tribunal, una copia íntegra de la resolución, por todo el tiempo del emplazamiento, apercibiéndole a la demandada que si pasado el plazo concedido no comparece por si, por apoderado o por gestor que pueda representarle, se tendrá por contestada la demanda en sentido negativo, siguiéndose el juicio en su rebeldía; haciéndole las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal a través de lista y Boletín Judicial se fija en la Tabla de Avisos de este Juzgado. Se expide el presente el dieciocho de agosto del dos mil diecisiete.- DOY FE.

Validación: Fecha de acuerdo que ordena la publicación veintidós de noviembre del dos mil dieciséis y veintiuno de junio del dos mil diecisiete.-EJECUTORA EN FUNCIONES DE SECRETARIO DE ACUERDO DEL JUZGADO TERCERO CIVIL DE TLALNEPANTLA, ESTADO DE MEXICO EN TERMINOS DEL ARTICULO 108 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MÉXICO, LIC. ISELA GUTIÉRREZ AVALOS.-RÚBRICA.

3832.-8, 20 y 29 septiembre.

JUZGADO TRIGESIMO DE LO CIVIL

CIUDAD DE MEXICO E D I C T O

EN LOS AUTOS DEL JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO

PROMOVIDO POR BANCO SANTANDER (MEXICO) S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE. GRUPO FINANCIERO SANTANDER MEXICO EN CONTRA DE EVERARDO MARTINEZ REYES Y MARIA DE JESUS ZARAGOZA OLVERA, EXPEDIENTE NÚMERO 63/15, EL C. JUEZ DICTO UN AUTO QUE A LA A LA LETRA DICE: --------

CIUDAD DE MÉXICO, A TRES DE AGOSTO DE DOS

MIL DIECISIETE. ...para que tenga verificativo la audiencia de remate en

PRIMERA ALMONEDA, se señalan las DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA VEINTISEIS DE SEPTIEMBRE DEL AÑO EN CURSO...

OTRO AUTO.- CIUDAD DE MÉXICO, A ONCE DE JULIO

DE DOS MIL DIECISIETE.

... para que tenga verificativo la audiencia de rematé en

PRIMERA ALMONEDA, se señalan las DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO…

OTRO AUTO.-CIUDAD DE MÉXICO, A TREINTA Y UNO

DE MAYO DE DOS MIL DIECISIETE.

...para que tenga verificativo la audiencia de REMATE EN

PRIMERA ALMONEDA y pública subasta del inmueble sujeto a hipoteca materia de este juicio consistente en el CALLE PRIVADA DEL ÉBANO, MANZANA 10, LOTE 81, VIVIENDA B, DEL CONJUNTO URBANO "LOS CEDROS" EN AVENIDA DE LAS PARTIDAS NUMERO 600, PARQUE INDUSTRIAL EL

CERRILLO. MUNICIPIO LERMA, ESTADO DE MEXICO, se señala...y en el periódico LA PRENSA, por una sola vez, debiendo mediar entre dicha publicación y la fecha del remate cuando menos cinco días hábiles...

OTRO AUTO.- CIUDAD DE MÉXICO A VEINTITRES DE

MAYO DE DOS MIL DIECISIETE.

...se señala para que tenga verificativo la audiencia de

remate en PRIMERA ALMONEDA, las TRECE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA TRECE DE JULIO DE AÑO EN CURSO...

OTRO AUTO. - CIUDAD DE MÉXICO A DIECINUEVE DE

MAYO DE DOS MIL DIECISIETE.

... como lo solicita, para que tenga verificativo la audiencia

de REMATE EN PRIMERA ALMONEDA y pública subasta del inmueble sujeto a hipoteca materia de este juicio

... por lo que se ordena convocar postores por medio de

edictos que se mandan publicar en los tableros de avisos de este Juzgado, en los de la Tesorería de la Ciudad de México y en el Periódico LA PRENSA, por dos veces debiendo mediar entre una y otra publicación siete días hábiles y entre la última y la fecha de remate igual plazo, y sirve de precio base para el remate en cita la cantidad de $714,000.00 (SETECIENTOS CATORCE MIL PESOS 00/100 M. N.), precio asignado en el correspondiente peritaje rendido por el perito designado tercero en discordia, y será postura legal la cantidad que cubra las dos terceras partes, y para tomar parte en la subasta, los postores deberán consignar previamente al Juzgado, mediante Billete de Deposito, una cantidad igual por lo menos al DIEZ POR CIENTO, efectivo del valor del bien que sirve de base para el remate, sin cuyo requisito no serán admitidos, con fundamento en el artículo 574 del Código de Procedimientos Civiles... ordene a quien corresponda se fijen los comentados edictos en las puertas de dicho Juzgado y en los lugares de costumbre, asimismo se haga la publicación de los edictos en los periódicos de mayor circulación de dicha localidad y en la GACETA Oficial de dicho Tribunal, observándose la periodicidad arriba descrita, en la inteligencia que el remate en comento se celebrará en el local que ocupa este H. JUZGADO TRIGÉSIMO DE LO CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL, ubicado en NIÑOS HÉROES 132, TORRE NORTE, QUINTO PISO, COLONIA DOCTORES, DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC, CIUDAD DE MÉXICO, para concluir al exhorto de referencia se le deberán anexar las constancias necesarias para su debida diligenciación. Asimismo póngase a disposición de la parte actora, los edictos y exhorto ordenados en autos para que por su conducto los diligencie. NOTIFÍQUESE.-Lo proveyó y firma el C. Juez Trigésimo de lo Civil del Distrito Federal Maestro SILVESTRE CONSTANTINO MENDOZA GONZALEZ, ante el C. Secretario de Acuerdos ADÁN ARTURO LEDESMA ÁLVAREZ, quien autoriza y da fe.-EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “A”, LIC. ADAN ARTURO LEDESMA ALVAREZ.-RÚBRICA.

3841.-8 septiembre.

JUZGADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA

DISTRITO DE EL ORO E D I C T O

En los autos del expediente: 557/2017, relativo al

Procedimiento Judicial no Contencioso sobre Información de Dominio promovido por JUAN MARTIN GARDUÑO MARÍN, respecto de un inmueble, ubicado en LA COLONIA CUAUHTÉMOC, EL ORO, ESTADO DE MÉXICO, con las medidas, colindancias y superficie siguientes: AL NORTE: 210.00 metros con CAMINO VECINAL; AL SUR: 72.00 metros con

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Página 16 8 de septiembre de 2017

EJIDO DE TLALPUJAHUILLA; AL ORIENTE: 134.48 metros colinda con MA. DEL CARMEN BASTIDA GUZMÁN y AL PONIENTE: 244.00 metros con CAMINO. Con una superficie de 20,928.37 metros cuadrados.

Ordenando el Juez su publicación por dos veces con

intervalos de por lo menos de dos días en el Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO y en otro periódico de circulación diaria en el Estado de México, para conocimiento de las personas que se sientan afectados en sus derechos y se presenten a deducirlos en términos de Ley. Dado en el Juzgado Primero Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de El Oro, Estado de México, el 04 de Septiembre de 2017.-DOY FE.-SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. EUCARIO GARCÍA ARZATE.-RÚBRICA.

3835.-8 y 13 septiembre.

JUZGADO DECIMO DE LO CIVIL CIUDAD DE MEXICO

E D I C T O REMATE. EXP: 621/2014. SE CONVOCAN POSTORES.

En los autos del Juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por SCOTIABANK INVERLAT, S. A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT HOY SU CESIONARIO PROYECTOS ADAMANTINE, S. A. DE C. V. SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA en contra de JORGE LÓPEZ GUERRA, expediente número 621/2014. EL C. JUEZ DÉCIMO DE LO CIVIL señalo las DIEZ HORAS DEL DÍA DIECINUEVE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE para que tenga verificativo el REMATE EN SUBASTA PUBLICA en SEGUNDA ALMONEDA el bien inmueble ubicado en CASA MARCADA CON EL NÚMERO 49 DE LA CALLE BOSQUE DE MOZAMBIQUE Y TERRENO QUE OCUPA QUE ES EL LOTE 47, DE LA MANZANA 67, EN EL FRACCIONAMIENTO “BOSQUES DE ARAGON”, MUNICIPIO DE NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MÉXICO, con rebaja del veinte por ciento sobre el precio de avalúo, esto es en la cantidad de UN MILLÓN SEISCIENTOS UN MIL SEISCIENTOS PESOS 00/100 M. N., siendo la postura legal las dos terceras partes de dicha cantidad. Se precisa que los posibles postores deberán exhibir el diez por ciento del valor de la subasta mediante billete de depósito para los efectos de poder considerase en la misma.

**Para su publicación por una sola ocasión, debiendo

mediar entre la publicación y la fecha de remate cuando menos cinco días hábiles, en los TABLEROS DE AVISOS DE ESTE JUZGADO, en los TABLEROS DE AVISOS DE LA TESORERIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO y en el periódico LA CRÓNICA.-CIUDAD DE MÉXICO, A 12 DE JULIO DEL 2017.-EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. EDGAR IVÁN RAMÍREZ JUÁREZ.-RÚBRICA.

3826.-8 septiembre.

A V I S O S A D M I N I S T R A T I V O S Y G E N E R A L E S

INSTITUTO DE LA FUNCION REGISTRAL

DISTRITO DE CUAUTITLAN E D I C T O

No. DE EXPEDIENTE: 363258/33/17, La C. MARICELA VARELA MERCADO, promovió inmatriculación administrativa, sobre un terreno denominado “CAZULCO” ubicado en terrenos del Municipio de Coyotepec, Estado México el cual mide y linda:

Al Norte: 11.96 metros colinda con Cerrada Morelos, Al Sur: 11.97 metros colinda con Miguel Alberto, Al Oriente: 12.70 metros colinda con Elías Varela Saldívar, Al Poniente: 12.78 metros colinda con Cristóbal Paz Pérez. Con una superficie aproximada de: 132.4 M2

El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su

publicación con fundamento en el artículo 93 de la Ley Registral del Estado México, en la "GACETA DEL GOBIERNO" del Estado de México y periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días; haciéndose saber a quienes se crean con derechos, comparezcan a deducirlos.-Cuautitlán, Estado de México a 30 de Agosto del 2017.-C. REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD DE CUAUTITLÁN, ESTADO DE MÉXICO, LIC. ADRIANA VALLE HERNÁNDEZ.-RÚBRICA.

1712-A1.-8, 13 y 19 septiembre.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 54 DEL ESTADO DE MEXICO

ECATEPEC DE MORELOS, MEXICO A V I S O N O T A R I A L

Mediante instrumento público número 33,802 de fecha 11

de agosto del 2017, se hizo constar ante la Suscrita, Licenciada Yunuén Niño de Rivera Leal, Titular de la Notaría Pública número 54 del Estado de México y del Patrimonio Inmobiliario Federal, la tramitación Notarial de la Sucesión Testamentaria a bienes del señor FRANCISCO MARCIAL, también conocido como FRANCISCO MARCIAL RAMÍREZ, a solicitud de los señores JOSÉ ROBERTO MARCIAL MARTÍNEZ, CESAR SANTIAGO MARCIAL MARTÍNEZ y CLAUDIA MARCIAL MARTÍNEZ, en su carácter de únicos y universales herederos en la sucesión en mención; instrumento en el que se hizo constar el reconocimiento de la validez del testamento, el reconocimiento de los derechos hereditarios, la aceptación de herencia, y la aceptación del cargo de albacea conferido a favor de José Roberto Marcial Martínez, quien se comprometió a la elaboración de un inventario y valuación de los bienes hereditarios.

Lo anterior se da a conocer de conformidad con lo establecido por los artículos 4.77 y 4.79 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de México, 123 y 124 de la Ley del Notariado del Estado de México y 67 y 70 del Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México.

Ecatepec de Morelos, Estado de México, a 11 de agosto del 2017.

LIC. YUNÚEN NIÑO DE RIVERA LEAL.-RÚBRICA. NOTARIO PÚBLICO NÚMERO 54 DEL ESTADO DE MÉXICO Y DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO

FEDERAL.

1716-A1.-8 y 20 septiembre.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 1 DEL ESTADO DE MEXICO

TOLUCA, MEXICO A V I S O N O T A R I A L

En Escritura Número 64,028 Volumen 717, de fecha

primero de septiembre del año dos mil diecisiete, otorgada ante la fe del suscrito Notario, consta que: ALEJANDRA VALENZO ALVAREZ por sí y en representación de MARTHA ARACELI VALENZO ALVAREZ, Radican en el instrumento referido las Sucesiones Intestamentarias a Bienes de ISIDRO VALENZO DAMIAN y EVA ALVAREZ HERNANDEZ habiendo presentado las Actas de Defunción reconociéndose como las Únicas y Universales Herederas, habiendo protestado y aceptado el cargo de Albacea ALEJANDRA VALENZO ALVAREZ dentro del mismo.

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8 de septiembre de 2017 Página 17

El presente se hace para que de existir alguna persona con derecho a heredar en esta Sucesión, se presente en la Notaria a cargo del Suscrito, para hacer valer lo que a su derecho proceda.

Para su publicación por dos veces de siete en siete días

en la Gaceta del Gobierno. Toluca, Méx., a 4 de Septiembre de 2017. A T E N T A M E N T E LIC. RENE CUTBERTO SANTIN QUIROZ.-RÚBRICA. NOTARIO PÚBLICO NÚMERO UNO DEL ESTADO DE

MÉXICO, CON RESIDENCIA EN TOLUCA. SAQR680320HY1.

3845.-8 y 19 septiembre.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 1 DEL ESTADO DE MEXICO

TOLUCA, MEXICO A V I S O N O T A R I A L

En Escritura Número 63,851 Volumen 715, de fecha tres

de agosto del año dos mil diecisiete, otorgada ante la fe del suscrito Notario, consta que: ROLANDO HINOJOSA BECERRIL, ROLANDO HINOJOSA VALDES, BEATRIZ HINOJOSA VALDES, ISRAEL HINOJOSA VALDES Y GLORIA HINOJOSA VALDES, Radican en el instrumento referido la Sucesión Intestamentaria a Bienes de MA. CONCEPCION VALDES MEDINA habiendo presentado el Acta de Defunción reconociéndose como los Únicos y Universales Herederos, habiendo protestado y aceptado el cargo de Albacea ROLANDO HINOJOSA BECERRIL dentro del mismo, por su parte ROLANDO HINOJOSA VALDES, BEATRIZ HINOJOSA VALDES, ISRAEL HINOJOSA VALDES Y GLORIA HINOJOSA VALDES REPUDIAN LOS DERECHOS HEREDITARIOS que les pudieran corresponder a favor de ROLANDO HINOJOSA BECERRIL.

El presente se hace para que de existir alguna persona

con derecho a heredar en esta Sucesión, se presente en la Notaria a cargo del Suscrito, para hacer valer lo que a su derecho proceda.

Toluca, Méx., a 4 de Septiembre de 2017. A T E N T A M E N T E LIC. RENE CUTBERTO SANTIN QUIROZ.-RÚBRICA. NOTARIO PÚBLICO NÚMERO UNO DEL ESTADO DE

MÉXICO, CON RESIDENCIA EN TOLUCA. Para su publicación por dos veces de siete en siete días

en la Gaceta de Gobierno.

3843.- 8 y 19 septiembre.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 96 DEL ESTADO DE MEXICO

NEZAHUALCOYOTL, MEXICO A V I S O N O T A R I A L

LICENCIADO LEONARDO ALFREDO BELTRÁN

BALDARES, Notario Público número noventa y seis del Estado de México, con residencia en Nezahualcóyotl, hago saber que: Por escritura número “102,513”, ante mí, el ocho de Agosto del dos mil diecisiete, se hizo constar: La radicación de la sucesión intestamentaria a bienes de JESÚS ALVAREZ PINTO, para cuyo efecto comparece ante mí la señora GUADALPE NOLASCO Y CISNEROS, en su carácter de presunta heredera de dicha sucesión.

LEONARDO ALFREDO BELTRÁN BALDARES NOTARIO PUBLICO No. 96

Para su publicación en la GACETA DEL GOBIERNO DEL

ESTADO DE MÉXICO, por dos veces de 7 en 7 días.

LIC. LEONARDO ALFREDO BELTRÁN BALDARES.-

RÚBRICA. NOTARIO PÚBLICO NÚMERO NOVENTA Y SEIS.

3822.- 8 y 19 septiembre.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 54 DEL ESTADO DE MEXICO

ECATEPEC DE MORELOS, MEXICO A V I S O N O T A R I A L

Mediante instrumento público número 33,782 de fecha 28

de julio del 2017, se hizo constar ante la Suscrita, Licenciada Yunuén Niño de Rivera Leal, Titular de la Notaría Pública número 54 del Estado de México y del Patrimonio Inmobiliario Federal, la tramitación Notarial de la Sucesión Testamentaria a bienes del señor ISIDRO DURÁN VILLASEÑOR, a solicitud de la señora LIDIA GALLEGOS RODRÍGUEZ en su carácter de única y universal heredera; instrumento en el que se hizo constar el reconocimiento de la validez del testamento, el reconocimiento de sus derechos hereditarios, la aceptación de herencia, y la aceptación del cargo de albacea conferido a su favor, quien se comprometió a la elaboración de un inventario y avalúo de los bienes hereditarios.

Lo anterior se da a conocer de conformidad con lo

establecido por los artículos 4.77 y 4.79 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de México, 123 y 124 de la Ley del Notariado del Estado de México y 67 y 70 del Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México.

Ecatepec de Morelos, Estado de México, a 28 de julio de

2017. LIC. YUNÚEN NIÑO DE RIVERA LEAL.-RÚBRICA. NOTARIO PÚBLICO NÚMERO 54 DEL ESTADO DE MÉXICO Y DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO

FEDERAL. 1716-A1.- 8 y 20 septiembre.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 54 DEL ESTADO DE MEXICO

ECATEPEC DE MORELOS, MEXICO A V I S O N O T A R I A L

Mediante instrumento público número 33,726 de fecha 26

de mayo del 2017, se hizo constar ante la Suscrita Notario, la tramitación Notarial de la Sucesión Intestamentaria a bienes del señor PORFIRIO PANTOJA PANTOJA, a solicitud de los señores ARACELI MUJICA DE LA CRUZ, en su carácter de cónyuge supérstite y GABRIELA PANTOJA MUJICA, PORFIRIO PANTOJA MUJICA y LUIS ALBERTO PANTOJA MUJICA, en su carácter de descendientes en primer grado del “de cujus”. Instrumento en el que se hizo constar: el reconocimiento de derechos hereditarios, la aceptación de herencia y aceptación del cargo de albacea conferido a favor de la señora ARACELI MUJICA DE LA CRUZ, quien se comprometió a la elaboración de un inventario y avalúo de los bienes hereditarios.

Lo anterior se da a conocer de conformidad con lo

establecido por el artículo 4.77 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de México, 126 y 127 de la Ley del Notariado del Estado de México y 70 del Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México.

Page 18: Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y …legislacion.edomex.gob.mx/sites/legislacion.edomex.gob...Página 4 8 de septiembre de 2017 III. Nombre del solicitante o representante

Página 18 8 de septiembre de 2017

Ecatepec de Morelos, Estado de México, a 26 de mayo del 2017.

LIC. YUNÚEN NIÑO DE RIVERA LEAL.-RÚBRICA. NOTARIO PÚBLICO NÚMERO 54 DEL ESTADO DE MÉXICO Y DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO

FEDERAL.

1716-A1.- 8 y 20 septiembre.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 29 DEL ESTADO DE MEXICO

NEZAHUALCOYOTL, MEXICO A V I S O N O T A R I A L

POR INSTRUMENTO 109,966 VOLUMEN 2666, DE

FECHA 26 DE AGOSTO DE 2017, OTORGADA ANTE LA FE DEL SUSCRITO NOTARIO, SE LLEVO A CABO LA RADICACIÓN DE LA SUCESION INTESTAMENTARIA A BIENES DEL SEÑOR CARLOS MORENO ANAYA (QUIEN EN VIDA TAMBIÉN UTILIZÓ EL NOMBRE DE CARLOS MORENO AMAYA), QUE OTORGARON LA SEÑORA REBECA GARCÍA ARECHIGA Y LOS SEÑORES RICARDO, ACUARIO DE LA PAZ, CARLOS RAMÓN Y DALIA, TODOS DE APELLIDOS MORENO GARCÍA, LA PRIMERA EN SU CALIDAD DE CÓNYUGE SUPÉRSTITE Y LOS SEGUNDOS EN SU CALIDAD DE DESCENDIENTES EN PRIMER GRADO, MANIFESTANDO QUE SON LOS ÚNICOS CON DERECHO A HEREDAR Y QUE NO EXISTE PERSONA ALGUNA CON IGUAL O MEJOR DERECHO PARA HEREDAR QUE LOS OTORGANTES. DE CONFORMIDAD A LO SEÑALADO EN LOS ARTÍCULOS 6.142, FRACC. I DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO Y EL 4.77 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE MÉXICO, ASÍ COMO LOS ARTÍCULOS 68 Y 69 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DEL NOTARIADO DEL ESTADO DE MÉXICO. PUBLICACIÓN QUE SE HACE DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 70 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DEL NOTARIADO DEL ESTADO DE MÉXICO.

LICENCIADO JOSÉ ANTONIO REYES DUARTE.-

RÚBRICA. TITULAR DE LA NOTARIA NÚMERO VEINTINUEVE DEL ESTADO DE MÉXICO, CON RESIDENCIA EN CIUDAD NEZAHUALCOYÓTL.

697-B1.- 8 y 19 septiembre.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 96 DEL ESTADO DE MEXICO

NEZAHUALCOYOTL, MEXICO A V I S O N O T A R I A L

14 de Agosto de 2017

El Licenciado Leonardo Alfredo Beltrán Baldares, Notario

Público número noventa y seis del Estado de México, con residencia en Nezahualcóyotl, hace constar: ----------------------------

I. - EL REPUDIO DE LOS POSIBLES DERECHOS

HEREDITARIOS QUE REALIZAN LOS SEÑORES JESSICA NAYELI BARAJAS TRUJILLO Y JESUS BARAJAS TRUJILLO, EN LA SUCESIÓN INTESTAMENTARIA A BIENES DE RAUL BARAJAS HERNANDEZ.

II. - LA RADICACIÓN DE LA SUCESIÓN

INTESTAMENTARIA A BIENES DE RAUL BARAJAS HERNANDEZ, PARA CUYO EFECTO COMPARECE LA SEÑORA LETICIA TRUJILLO LOPEZ EN SU CARÁCTER DE CONYUGE SUPERSTITE Y PRESUNTA HEREDERA DE DICHA SUCESIÓN.

Por escritura número “102,548” ante mí, el día once de Agosto del dos mil diecisiete.

Para su publicación en la GACETA DEL GOBIERNO DEL

ESTADO DE MÉXICO, por dos veces de 7 en 7 días.

LICENCIADO LEONARDO ALFREDO BELTRÁN

BALDARES.-RÚBRICA.

NOTARIO PÚBLICO NÚMERO NOVENTA Y SEIS

3823.-8 y 19 septiembre.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 1 DEL ESTADO DE MEXICO TOLUCA, MEXICO

A V I S O N O T A R I A L

En Escritura Número 63,998 Volumen 716, de fecha

treinta de agosto del año dos mil diecisiete, otorgada ante la fe del suscrito Notario, consta que: JUAN ESTRADA MIRANDA, EDGAR ESTRADA MIRANDA Y LETICIA ESTRADA MIRANDA, Radican en el instrumento referido las Sucesiónes Testamentaria e Intestamentaria a Bienes de SAUL ESTRADA TORRES Y MARIA CARLOTA MIRANDA ORIHUELA habiendo presentado las Actas de Defunción reconociéndose como los Únicos y Universales Herederos, habiendo protestado y aceptado el cargo de Albacea LETICIA ESTRADA MIRANDA dentro del mismo.

El presente se hace para que de existir alguna persona

con derecho a heredar en esta Sucesión, se presente en la Notaria a cargo del Suscrito, para hacer valer lo que a su derecho proceda.

Toluca, Méx., a 4 de Septiembre de 2017.

Para su publicación por dos veces de siete en siete días

en la GACETA DEL GOBIERNO.

A T E N T A M E N T E

LIC. RENE CUTBERTO SANTIN QUIROZ.-RÚBRICA.

NOTARIO PÚBLICO NÚMERO UNO DEL ESTADO DE

MÉXICO, CON RESIDENCIA EN TOLUCA. SAQR680320HY1

3844.-8 y 19 septiembre.

NOTARIA PUBLICA No. 61 DEL ESTADO DE MEXICO TOLUCA, MEXICO

A V I S O N O T A R I A L

Al calce un sello con el Escudo Nacional que dice:

“Estados Unidos Mexicanos.- Lic. Roberto Sánchez Lira.- Notario Público No. 61 del Estado del México”.

Ante mi LICENCIADO ROBERTO SÁNCHEZ LIRA, NOTARIO PÚBLICO NÚMERO SESENTA Y UNO DEL ESTADO DE MÉXICO, con residencia en Toluca, en funciones y en cumplimiento a lo dispuesto por el Código de Procedimientos Civiles Vigente en la Entidad, hago saber: a solicitud de los señores Fernando López de la Vega, Ma. Lucia López Núñez, Fernando López Núñez, Eduardo López Núñez, María Teresa López Núñez, Francisco Javier López Núñez, Luis Ernesto López Núñez y Mónica Andrea López Núñez. Que en esta Notaría

Page 19: Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y …legislacion.edomex.gob.mx/sites/legislacion.edomex.gob...Página 4 8 de septiembre de 2017 III. Nombre del solicitante o representante

8 de septiembre de 2017 Página 19

Pública a mi cargo se radicó la SUCESIÓN INTESTAMENTARIA A BIENES DE LA SEÑORA MARÍA TERESA NÚÑEZ AYALA, quien también acostumbraba usar los nombres de MA. TERESA NÚÑEZ y TERESA NÚÑEZ, mediante Instrumento número 21,507 volumen 502, de fecha Treinta de Junio del año Dos Mil Diecisiete, pasado ante mi fe, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 126 de la Ley del Notariado para el Estado de México y los artículos 68 y 70 de su Reglamento y toda vez que los presuntos herederos son mayores de edad, con capacidad de ejercicio y no existe controversia alguna, se dió inicio al Procedimiento Sucesorio Intestamentario por Tramitación Notarial, repudiando los derechos hereditarios que pudieran corresponderles los Señores Ma. Lucia López Núñez, Fernando López Núñez, Eduardo López Núñez, María Teresa López Núñez, Francisco Javier López Núñez, Luis Ernesto López Núñez y Mónica Andrea López Núñez.

Para su publicación por dos veces, con un intervalo de

siete días hábiles, en el Periódico Oficial “GACETA DEL GOBIERNO” y en un diario de circulación nacional.

A T E N T A M E N T E

Toluca, Estado de México, a los cinco días del mes de

Septiembre del año 2017.

LICENCIADO ROBERTO SÁNCHEZ LIRA.-RÚBRICA.

NOTARIO PÚBLICO NÚMERO SESENTA Y UNO DEL ESTADO DE MÉXICO.

3820.-8 y 20 septiembre.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 12 DEL ESTADO DE MEXICO TEXCOCO, MEXICO

A V I S O N O T A R I A L

De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 4.77 del

Código de Procedimientos Civiles, en relación al artículo 70 del Reglamento de la Ley del Notariado ambos del Estado de México, hago constar:

Que por Instrumento veintiocho mil doscientos ochenta y

tres, del Volumen seiscientos setenta y tres, de fecha veinte de Junio del dos mil diecisiete, se radicó en esta Notaría a mi cargo, la Tramitación Extrajudicial de la Intestamentaria a bienes de la finada señora MARIA MONSALVO CARRILLO, habiendo comparecido los señores JOSE LUIS AREVALO MONSALVO, ROSA FRANCO MONSALVO Y MIRIAN SANCHEZ MONSALVO, en su carácter de Descendientes de la autora de la Sucesión; Así mismo la Repudiación de Derechos Hereditarios que formalizan los señores JOSE LUIS AREVALO MONSALVO y ROSA FRANCO MONSALVO.-Por lo que se procederá de inmediato a formular la Información Testimonial y Nombramiento de Albacea.

Para su publicación por dos veces de siete en siete días

hábiles en el periódico “EL ECONOMISTA” y “GACETA DEL GOBIERNO DEL ESTADO“.

A T E N T A M E N T E

LIC. SERGIO MARTÍNEZ PÉREZ.-RÚBRICA.

EL NOTARIO PÚBLICO No. 12, DEL ESTADO. TEXCOCO, MÉX., A 24 DE AGOSTO DEL 2017.

3829.-8 y 19 septiembre.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 98 DEL ESTADO DE MEXICO ZUMPANGO, MEXICO

A V I S O N O T A R I A L

Por instrumento número 19,069 de fecha 20 de julio de

2017, ante mí se hizo constar el INICIO DE LA TRAMITACIÓN NOTARIAL DE LA SUCESIÓN INTESTAMENTARIA A BIENES DE LA GUADALUPE GUTIÉRREZ AGUILAR que otorgó el señor RUBÉN LUCAS GUTIÉRREZ AGUILAR, descendiente en primer grado de la de cujus y presunto heredero de dicha sucesión, quien acreditó su parentesco con la autora de la sucesión y manifestó que no tiene conocimiento de que existan otras personas con derecho a heredar.

Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los

artículos 6.142, fracción I, 6.144, fracción I, 6.146 y demás relativos y aplicables del Código Civil del Estado de México; 4.77 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles; 119, 120, fracción II, 121, 122, 126 y 127 de la Ley del Notariado y 68 y 69 del Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México.

Zumpango, Estado de México, a 30 de agosto de 2017.

LIC. MELANIA MARTÍNEZ ALVA.-RÚBRICA.

NOTARIA PÚBLICA NÚMERO 98 DEL ESTADO DE MÉXICO.

1714-A1.-8 y 20 septiembre.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 54 DEL ESTADO DE MEXICO

ECATEPEC DE MORELOS, MEXICO A V I S O N O T A R I A L

Mediante instrumento público número 33,780, de fecha

28 de julio del 2017, se hizo constar ante la Suscrita Notario, la tramitación Notarial de la Sucesión Intestamentaria a bienes del señor FEDERICO ESPINOZA GONZÁLEZ también conocido como FEDERICO ESPINOSA GONZÁLEZ, a solicitud de la señora YOLANDA JIMÉNEZ ALONSO, en su carácter de cónyuge supérstite y de los señores MÓNICA ESPINOZA JIMÉNEZ también conocida como MÓNICA ESPINOSA JIMÉNEZ, FABIOLA ESPINOSA JIMÉNEZ, VERÓNICA ESPINOSA JIMÉNEZ y HUMBERTO ESPINOSA JIMÉNEZ, en su carácter de descendientes en primer grado del “de cujus”. Instrumento en el que se hizo constar: el reconocimiento de derechos hereditarios, la aceptación de herencia y aceptación del cargo de albacea conferido a favor de la señora YOLANDA JIMÉNEZ ALONSO, quien se comprometió a la elaboración de un inventario y avalúo de los bienes hereditarios.

Lo anterior se da a conocer de conformidad con lo

establecido por el artículo 4.77 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de México, 126 y 127 de la Ley del Notariado del Estado de México y 70 del Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México.

Ecatepec de Morelos, Estado de México, a 28 de julio del

2017.

LIC. YUNÚEN NIÑO DE RIVERA LEAL.-RÚBRICA.

NOTARIO PÚBLICO NÚMERO 54 DEL ESTADO DE MÉXICO Y DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO

FEDERAL.

1716-A1.-8 y 20 septiembre.

Page 20: Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y …legislacion.edomex.gob.mx/sites/legislacion.edomex.gob...Página 4 8 de septiembre de 2017 III. Nombre del solicitante o representante

Página 20 8 de septiembre de 2017

EXPEDIENTE: IGISPEM/DR/SAPA/160/2017. E D I C T O

POR ESTE CONDUCTO SOLICITO A USTED C. JUAN JOSÉ BARRADAS VIVEROS, SU COMPARECENCIA EN LAS OFICINAS QUE OCUPA LA DIRECCIÓN DE RESPONSABILIDADES DE LA INSPECCIÓN GENERAL DE LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO, UBICADAS EN PASEO SAN ISIDRO NÚMERO 803, BARRIO DE SANTIAGUITO EN METEPEC, ESTADO DE MÉXICO, CÓDIGO POSTAL 52140; CON LA FINALIDAD DE QUE DESAHOGUE SU GARANTÍA DE AUDIENCIA, POR LAS IRREGULARIDADES CONSISTENTES EN EL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES INHERENTES A SU EMPLEO, LAS CUALES SE ENCUENTRAN PREVISTAS POR LO QUE HACE A LA PRIMERA CONDUCTA EN LOS ARTÍCULOS 42, FRACCIÓN XXII DE LA LEY DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO Y MUNICIPIOS, PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL “GACETA DE GOBIERNO” EL ONCE DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA; RELACIONADO CON EL NOVENO TRANSITORIO DE LA LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS; 135 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES PARA EL ESTADO DE MÉXICO; Y 40, FRACCIONES XXV Y XXVI DE LA LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA; QUE POR LO QUE HACE A LA SEGUNDA CONDUCTA EN LOS ARTÍCULOS 42, FRACCIÓN XXII DE LA LEY DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO Y MUNICIPIOS, PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL “GACETA DE GOBIERNO” EL ONCE DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA; RELACIONADO CON EL NOVENO TRANSITORIO DE LA LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS; 135 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES PARA EL ESTADO DE MÉXICO; Y 40, FRACCIÓN XXVI DE LA LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA; POR LO QUE USTED TENDRÁ EL DERECHO DE OFRECER PRUEBAS Y ALEGAR LO QUE A SUS INTERESES CONVENGA, POR SÍ O POR MEDIO DE DEFENSOR O PERSONA DE CONFIANZA DEBIDAMENTE ACREDITADO, APERCIBIÉNDOLO QUE PARA EL CASO DE NO COMPARECER, SE LE TENDRÁ POR PERDIDO SU DERECHO DE OFRECER PRUEBAS Y FORMULAR ALEGATOS, EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 30 Y 129, FRACCIÓN III, DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE MÉXICO, ASIMISMO POR SATISFECHA SU GARANTÍA DE AUDIENCIA; CABE MENCIONAR QUE DURANTE EL DESAHOGO DE SU GARANTÍA DE AUDIENCIA SE LE PODRÁ INTERROGAR SOBRE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS QUE HAYAN MOTIVADO EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y SEAN CONDUCENTES PARA EL CONOCIMIENTO DE LOS HECHOS, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 59, FRACCIÓN I, DE LA LEY DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO Y MUNICIPIOS, PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL “GACETA DE GOBIERNO” EL ONCE DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA; RELACIONADO CON EL NOVENO TRANSITORIO DE LA LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. POR OTRA PARTE, SE LE COMUNICA QUE EL EXPEDIENTE CITADO AL RUBRO, SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN EN UN HORARIO HÁBIL EN LAS OFICINAS QUE OCUPA LA DIRECCIÓN DE RESPONSABILIDADES DE LA INSPECCIÓN GENERAL DE LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO, UBICADAS EN PASEO SAN ISIDRO, NÚMERO 803, COLONIA BARRIO DE SANTIAGUITO, METEPEC, ESTADO DE MÉXICO, PARA SU CONSULTA Y QUE EN LA CELEBRACIÓN DE LA AUDIENCIA DEBERÁ PRESENTAR IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE CON FOTOGRAFÍA Y COPIA SIMPLE DE LA MISMA.

EXPEDIENTE SERVIDOR PÚBLICO

EMPLEO IRREGULARIDAD PERIODO EN QUE INCURRIÓ EN LA IRREGULARIDAD

FECHA DE GARANTÍA DE

AUDIENCIA

IGISPEM/DR/SAPA/160/2017 JUAN JOSÉ BARRADAS

VIVEROS

POLICÍA R-1, ADSCRITO A LA DIRECCIÓN

GENERAL DE INTELIGENCIA E

INVESTIGACIÓN PARA LA PREVENCIÓN,

PERTENECIENTE A LA COMISIÓN ESTATAL DE

SEGURIDAD CIUDADANA

“PRIMERA.- … en ejercicio de sus funciones incumplió disposiciones jurídicas relacionadas con el servicio público que desempeñaba; toda vez que en fecha dos de mayo del año dos mil dieciséis, en un primer momento estando de comisión el C. JUAN JOSÉ BARRADAS VIVEROS, en la “Cofradía, Municipio de Tlatlaya, Estado de México” (Sic), refirió que se tomó “tres cervezas” (Sic), permaneciendo en el lugar por “un lapso de 60 minutos” (Sic), y posteriormente se retiró del lugar dirigiéndose hacia “Toluca vía Tejupilco”, (Sic), en un vehículo de la “marca FORD PICK Up tipo LOBO, placas CV72328, color negra” (Sic) y en “la glorieta de Tejupilco” (Sic), fue detenido por una “BOM” (Sic), de la Policía Federal, quienes revisaron el vehículo en mención, encontrando “latas de cervezas” (Sic).

DOS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL

DIECISÉIS

VEINTIOCHO DE SEPTIEMBRE DEL

AÑO DOS MIL DIECISIETE, A LAS

NUEVE HORAS

“SEGUNDA.- … al ir circulando sobre la “Carretera 134 Toluca ciudad Altamirano, kilómetro 99+100, colonia San Simón” (Sic) en su vehículo particular de la “marca FORD, TIPO F150 DE COLOR NEGRO, PLACAS DE CIRCULACIÓN CV72328 DEL ESTADO DE CHIAPAS” (Sic), fue detenido por el C. Tomas Molina Chaire, “policía Federal” (Sic) quien realizaba un “operativo Rastrillo” (Sic), quien se percató que en el interior del vehículo del C. JUAN JOSÉ BARRADAS VIVEROS, se encontraban “latas de cerveza de la marca Modelo” (Sic), ante tal situación el servidor público en estudio, comenzó a “levantar la voz” (Sic) … Motivo por el cual, con el actuar del C. JUAN JOSÉ BARRADAS VIVEROS, hacia los CC. Tomas Molina Chaire y Brayan Lagunas Rodríguez, dicho servidor público en comento, no observó buena conducta en su empleo, ya que no trató con respeto, diligencia, imparcialidad y rectitud a los antes mencionados, desacreditando su imagen y de la institución a la que representa…” (Sic.)

LO ANTERIOR, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 14, 16, 109, FRACCIÓN III Y 113, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 78 Y 130, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; 3 Y 45, DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; 114, 124 Y 129, DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE MÉXICO; 2, 3, FRACCIÓN VIII, 42, 44, 45, 51, 52 Y 59, FRACCIÓN I, DE LA LEY DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO Y MUNICIPIOS, PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL “GACETA DE GOBIERNO” EL ONCE DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA; RELACIONADO CON EL NOVENO TRANSITORIO DE LA LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS; 1, 2, FRACCIÓN II, DEL DECRETO NÚMERO 118 MEDIANTE EL CUAL SE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSPECCIÓN GENERAL DE LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL EN FECHA DIECIOCHO DE JULIO DE DOS MIL TRECE, EL CUAL ENTRÓ EN VIGOR EN FECHA DOS DE AGOSTO DE DOS MIL TRECE; ASÍ COMO LO PREVISTO EN LOS ARTÍCULOS 1, 3, 4, FRACCIÓN II, 12 FRACCIÓN III, 18, Y 19, FRACCIÓN VIII, DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA INSPECCIÓN GENERAL DE LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; ASÍ COMO EL ARTÍCULO SEXTO TRANSITORIO DE LA LEY QUE CREA LA COMISIÓN ESTATAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL ESTADO DE MÉXICO PUBLICADA EL DIECISIETE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL CATORCE EN EL PERIÓDICO OFICIAL “GACETA DEL GOBIERNO”, DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO, EL CUAL REFIERE “SEXTO.- Cuando otros ordenamientos legales, administrativos y demás documentación y papelería hagan referencia a la Secretaría de Seguridad Ciudadana, se entenderá a la Comisión Estatal de Seguridad Ciudadana...” (Sic.)

A T E N T A M E N T E

M. EN D. ISAEL T. MONTOYA ARCE INSPECTOR GENERAL

(RÚBRICA).

3819.- 8 septiembre.

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"2017. Año del Centenario de las Constituciones Mexicana y Mexiquense de 1917”.

E D I C T O SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO DIRECCIÓN GENERAL DE RESPONSABILIDADES EXPEDIENTE: DGR/DRA-A/MB/002/2017.

Con fundamento en el artículo 25 fracción II del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, se notifica a la C. SELENE HERNÁNDEZ RIVEROS, la resolución de fecha treinta y uno de julio del dos mil diecisiete, emitida por el Director General de Responsabilidades del expediente DGR/DRA-A/MB/002/2017, en la que con fundamento en los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 78 y 130, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, Quinto y Octavo transitorios del Decreto 202, publicado en la Gaceta del Gobierno el veinticuatro de abril del dos mil diecisiete, por el que se reforma el Título Séptimo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 19 fracción XIV y 38 bis fracción XIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 3 fracción IV, 41, 42 fracciones XIX y XXII, 43, 44, 52 primer párrafo, 60, 63, 79 fracción II, 80 fracción II, 91 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios; Noveno Transitorio del Decreto Número 207 por el que se expide la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios, publicada en la Gaceta del Gobierno el 30 de mayo del 2017, así como 20 y 21 fracciones VI y XXXVII del Reglamento Interior de la Secretaría de la Contraloría, publicado en la Gaceta del Gobierno del Estado el día doce de febrero de dos mil ocho; 1.1. Fracción II del Acuerdo que Norma los Procedimientos de Control y Evaluación Patrimonial de los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios, publicado en la Gaceta del Gobierno en fecha once de febrero de dos mil cuatro; en la que se resolvió imponer una sanción pecuniaria por la omisión en la que incurrió la C. SELENE HERNÁNDEZ RIVEROS, consistente en la omisión de la presentación de su Manifestación de Bienes por Conclusión del Cargo (BAJA) de quince días del total del sueldo base presupuestal mensual que tuvo asignado la infractora, equivalente a la cantidad de $6,333.00 (Seis mil trescientos treinta y tres pesos 00/100 M.N.), asimismo, se hace del conocimiento a la C. SELENE HERNÁNDEZ RIVEROS, que el monto de la sanción impuesta deberá pagarlo en la Caja General de Gobierno del Estado, o bien en cualquier institución bancaria o establecimiento autorizado para recibirlo, en estos últimos casos a través del formato universal de pago que se podrá obtener en cualquier oficina de recaudación, Centro de Servicios Fiscales o Módulos de Atención al Contribuyente, más cercano al domicilio, teniendo que exhibir el contribuyente al momento de solicitarlo, la presente resolución en la que se impone la sanción pecuniaria; en un plazo de diez días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a aquél en que surta sus efectos la notificación de la presente resolución, apercibida de que en caso de incumplimiento, se procederá a su cobro mediante el procedimiento administrativo de ejecución, en términos de lo dispuesto por los artículos 68 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, 29 y 30 del Código Financiero del Estado de México y Municipios y 31 fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. En cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 65 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios y 139 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, se hace del conocimiento a la C. SELENE HERNÁNDEZ RIVEROS, que tiene derecho a promover Recurso Administrativo de Inconformidad ante la Dirección General de Responsabilidades o el Juicio Administrativo ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México, en contra de la presente resolución, dentro del término de quince días hábiles siguientes al en que surta sus efectos la respectiva notificación. Así lo resolvió y ordenó su notificación mediante la publicación por una sola vez en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” y en uno de los periódicos de mayor circulación a nivel nacional, el Director General de Responsabilidades, M. en D. Jorge Bernáldez Aguilar. En cumplimiento a lo antes señalado el Director de Responsabilidades Administrativas “A”, procede a su notificación.

Toluca, Estado de México, a 8 de septiembre del 2017.

El Director de Responsabilidades Administrativas “A”

M. en A. P. Diego García Sánchez (Rúbrica).

3845-BIS.-8 septiembre.

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“2017. AÑO DEL CENTENARIO PROMULGACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS”

Toluca de Lerdo, Estado de México, a veintidós de agosto de dos mil diecisiete.------------------------------

VISTO para resolver en definitiva el expediente número CESC/DGAJ/EI/103/2017, relativo al procedimiento administrativo, instaurado en contra de la empresa denominada “TRANSPORTES Y SEGURIDAD PRIVADA VEJAMA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE” con Registro Federal de Contribuyentes TSP161201A85 y con domicilio en CALLE PORFIRIO DIAZ, NUMERO EXTERIOR 67-A, NUMERO INTERIOR PISO 2, COLONIA BARRIO DE SANTIAGUITO, MUNICIPIO DE TULTITLAN, ESTADO DE MÉXICO; y ----------------------------------------------------------------------

R E S U L T A N D O 1.- A través del acuerdo de fecha uno de agosto de dos mil diecisiete, se ordenó el inicio del expediente que se resuelve bajo el número de procedimiento administrativo CESC/DGAJ/EI/103/2017, instaurado en contra de la empresa denominada “TRANSPORTES Y SEGURIDAD PRIVADA VEJAMA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE”, asimismo se acordó citar a garantía de audiencia a la Empresa de Seguridad Privada aludida, para que compareciera en fecha y hora que se señalara.-------------------------------------------------------------------------

2.- Con fecha quinde de agosto de dos mil diecisiete, el Director General de Asuntos Jurídicos, de la Comisión Estatal de Seguridad Ciudadana, le otorgó a la empresa denominada “TRANSPORTES Y SEGURIDAD PRIVADA VEJAMA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE”, su garantía de audiencia, siendo que dicha empresa a través de su Apoderada Legal acudió al desahogo de la misma, manifestando lo que consideró pertinente, ofreciendo pruebas y alegando lo que a su derecho convino; y -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

CONSIDERANDO

I. El Director General de Asuntos Jurídicos de la Comisión Estatal de Seguridad Ciudadana, es competente para conocer y resolver sobre el presente asunto, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 78 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, Sexto y Séptimo Transitorio de la Ley por lo Cual se crea la Comisión Estatal de Seguridad Ciudadana; 19 fracción XVII del Reglamento Interior de la Comisión Estatal de Seguridad Ciudadana; y Acuerdo del Comisionado Estatal de Seguridad Ciudadana, por el que se delega a la Dirección General de Asuntos Jurídicos la facultad de llevar a cabo vistas

Por lo anteriormente expuesto, analizado y fundamentado, se:

R E S U E L V E

PRIMERO.- Ha quedado plenamente acreditada la conducta atribuida a la empresa de seguridad privada denominada “TRANSPORTES Y SEGURIDAD PRIVADA VEJAMA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE”, con domicilio en CALLE PORFIRIO DIAZ, NÍMERO EXTERIOR 67-A, NÚMERO INTERIOR PISO 2, COLONIA BARRIO DE SANTIAGUITO, MUNICIPIO DE TULTITLAN, ESTADO DE MEXICO con Registro Federal de Contribuyentes TSP161201A85 por las razones expuestas en el considerando III de la presente resolución. ------------------------------------------------------

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SEGUNDO.- Con fundamento en el artículo 71 fracciones I y IV de la Ley de Seguridad Privada vigente en la Entidad se impone a la empresa de seguridad privada “TRANSPORTES Y SEGURIDAD PRIVADA VEJAMA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE”, AMONESTACIÓN A TRAVÉS DE LA DIFUSIÓN PÚBLICA DE LA COMISIÓN ESTATAL Y LA CLAUSURA DEL ESTABLECIMIENTO, ubicada en CALLE PORFIRIO DIAZ, NUMERO EXTERIOR 67-A, NUMERO INTERIOR PISO 2, COLONIA BARRIO DE SANTIAGUITO, MUNICIPIO DE TULTITLAN, ESTADO DE MÉXICO, a partir del momento en que le sea notificada en términos legales ésta determinación, por los argumentos esgrimidos en los Considerandos III y IV de ésta resolución.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- TERCERO.- Se hace del conocimiento de la empresa de Seguridad Privada “TRANSPORTES Y SEGURIDAD PRIVADA VEJAMA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE”; que los sellos de clausura únicamente serán retirados de su domicilio fiscal ubicado en CALLE PORFIRIO DIAZ, NUMERO EXTERIOR 67-A, NUMERO INTERIOR PISO 2, COLONIA BARRIO DE SANTIAGUITO, Municipio de TULTITLAN, ESTADO DE MÉXICO, hasta que obtenga la autorización expedida por la Comisión Estatal de Seguridad Ciudadana, para prestar servicios de seguridad privada dentro del Estado de México.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------- CUARTO.- Gírese oficio y hágase del conocimiento de la infractora que para la ejecución de la presente determinación es necesario que en términos del artículo 73 de la Ley antes citada, dicha amonestación deberá realizarse a su costa en la Gaceta del Gobierno y en uno de los diarios de mayor circulación Estatal, identificando claramente el nombre de la empresa, su sanción, su número de autorización y el domicilio del establecimiento.-------------------------------------------------------------------

QUINTO.- Se hace del conocimiento de la empresa “TRANSPORTES Y SEGURIDAD PRIVADA VEJAMA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE”, para que dentro del plazo de quince días hábiles siguientes al que surta efectos la notificación de la presente resolución, tiene a su alcance los medios de defensa que establecen los artículos 76 de la Ley de Seguridad Privada del Estado de México; artículos 186 y 229 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, es decir, el recurso administrativo de inconformidad, que podrá promover ante el superior jerárquico de la autoridad que emite la presente resolución o bien el juicio contencioso administrativo ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo de esta Entidad Federativa.---------------------------------

SEXTO.- Notifíquese personalmente la presente resolución a la C. VERONICA ELVIRA HERNÁNDEZ LÓPEZ, Apoderada Legal por parte de la empresa “TRANSPORTES Y SEGURIDAD PRIVADA VEJAMA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE”, en el domicilio ubicado en CALLE PORFIRIO DIAZ, NUMERO EXTERIOR 67-A, NÚMERO INTERIOR PISO 2, COLONIA BARRIO DE SANTIAGUITO, MUNICIPIO DE TULTITLAN, ESTADO DE MÉXICO, de conformidad con los artículos 25 fracción I, 26, 27 y 28 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Así lo resolvió y firma el Director General de Asuntos Jurídicos de la Comisión Estatal de Seguridad Ciudadana.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

LIC. CUAUHTÉMOC SALVADOR ORTEGA NILA (RÚBRICA).

3818.-8 septiembre.

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" "2017. AÑO DEL CENTENARIO DE LAS CONSTITUCIONES MEXICANA Y MEXIQUENSE DE 1917"

Secretaría del H. Ayuntamiento

LA QUE SUSCRIBE, LIC. CRUZ IVETTE GONZÁLEZ JERÓNIMO, SECRETARIA DEL H.

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE SAN FELIPE DEL PROGRESO,

MÉXICO; CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 91 FRACCIONES V, X

Y XIV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL VIGENTE EN EL ESTADO DE MÉXICO:

C E R T I F I C O

QUE MEDIANTE SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO, CELEBRADA EL DÍA QUINCE DE

AGOSTO DE DOS MIL DIECISIETE EN SU QUINTO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, SE

APROBÓ POR UNANIMIDAD DE VOTOS QUE EL INMUEBLE DONDE SE PRETENDE

CONSTRUIR EL PANTEÓN MUNICIPAL DE LA COMUNIDAD DE SAN PEDRO EL ALTO

PASE A FORMAR PARTE DE LOS BIENES INMUEBLES DEL MUNICIPIO, DE

CONFORMIDAD CON EL ART. 31 FRACCIÓN XV, XVI Y XXIV DE LA LEY ORGÁNICA

MUNICIPAL DEL ESTADO DE MEXICO, MISMA QUE SERÁ DESTINADA PARA USO

ESPECIFICO DE PANTEÓN PARA LA COMUNIDAD DE SAN PEDRO EL ALTO,

DOCUMENTAL QUE OBRA EN LOS ARCHIVOS DE LA SECRETARIA DE ESTE H.

AYUNTAMIENTO, LA CUAL ME FUE MOSTRADA, TUVE A LA VISTA Y CON LA QUE

PRACTIQUE CUIDADOSO COTEJO - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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- -- -SE EXPIDE LA PRESENTE CERTIFICACIÓN PARA CONSTANCIA EL PRIMER DIA DEL

MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE, PARA LOS FINES LEGALES A QUE HAYA

LUGAR.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

- - - - - - - - - - - - -- - - -- - -- - -- - - - --- -- - - - D O Y F E- - - - -- -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

LIC. CRUZ IVETTE GONZÁLEZ JERÓNIMO

SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO (RÚBRICA).

74-C1.-8 septiembre.