patrimonio cultural construido procedimientos e instancias...
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Instituto Distrital de Patrimonio CulturalPatrimonio Cultural Construido – procedimientos e instancias de decisión
Decreto 606 de 2001
Inmuebles (IIC): 1638
En sectores (SIC): 3246
Otros: 18
Total: 4902
Decreto 678 de 1994Centro Histórico
Monumental (A): 66
Tipológica (B): 1417
Reedificable (C): 607
Total: 2090
INMUEBLES DE INTERES CULTURAL
Localizadas en Áreas Consolidadas:
Decreto 678 de 1994Centro Histórico
Monumental (A): 66
Tipológica (B): 1417
Reedificable (C): 607
Total: 2090
El Instituto Distrital de Patrimonio Cultural tiene las siguientes funciones básicas:
a. Gestionar la ejecución de políticas, planes, programas y proyectos para la
protección, intervención, investigación, promoción y divulgación del patrimonio
cultural tangible e intangible y de los bienes y servicios de interés cultural del
Distrito Capital.
b. Dirigir y supervisar el cumplimiento de las normas urbanísticas y
arquitectónicas de conformidad con el Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá
en lo concerniente a los bienes de interés cultural del orden distrital, declarados o
no como tales.
c. Elaborar el inventario de monumentos conmemorativos y objetos artísticos
localizados en el espacio público y promover la declaratoria como bienes de
interés cultural de aquellos que lo ameriten.
DECLARATORIA DE INMUEBLES:
Representar una o más épocas de la historia de la ciudad o una o más
etapas en el desarrollo de la arquitectura de la arquitectura o urbanismo del
pais
Ser un testimonio o documento importante, en el proceso histórico de
planificación o formación de la estructura física de la ciudad
Ser un ejemplo culturalmente importante de un tipo de edificación o
conjunto
Ser un testimonio importante de la conformación del hábitat de un grupo
social determinado
Constituir un hito o punto de referencia urbana culturalmente
significativo en la ciudad
Ser un ejemplo destacado de la obra de un arquitecto, urbanista,
artista o un grupo de ellos de trayectoria reconocida a nivel nacional o
internacional
Estar relacionado con personajes o hechos significativos de la
historia de la ciudad o del país.
DECRETO 190 de 2004 PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE
BOGOTÁ
DECLARATORIA DE INMUEBLES:
DECRETO NACIONAL 763 DE 2009
CRITERIOS DE VALORACION PARA DECLARAR BIENES DE INTERES CULTURAL –BIC
1. Antigüedad2. Autoría3. Autenticidad4. Constitución del bien5. Forma6. Estado de conservación7. Contexto ambiental8. Contexto urbano9. Contexto físico10. Representatividad y contextualización sociocultural
Los criterios de valoración antes señalados permiten atribuir valores a los bienes tales como:
Valor históricoValor estéticoValor simbólico
REQUISITOS PARA INCLUIR O EXCLUIR
Este trámite se adelanta ante la Secretaría Distrital de Planeación y se
requiere la siguiente documentación:
Dirección, manzana N°, lote N°, Localidad, Cédula Catastral, Chip
Licencia de construcción original, otras licencias
Plano de localización del predio
Planos originales del inmueble
Planos de levantamiento del inmueble
Fotografías interiores y exteriores de la(s) edificación(es)
Documento sobre los valores arquitectónicos de la edificación, o
carencia de estos, en caso de solicitar exclusión
Documento sobre los valores históricos de la edificación.
NORMATIVIDAD
•Busca preservar los valores propios de cada inmueble
•Respetar las características morfológicas de los inmuebles
•Considera la relación de los inmuebles con su entorno y con la ciudad
•Estimular la inversión privada, valoricen los entornos y revitalicen los inmuebles y
sectores aledaños
•Dotar a los sectores de interés cultural, de las condiciones de funcionamiento vial,
de servicios públicos, de equipamientos y de calidad espacial del entorno entre
otras, que se requieren para que sean lugares de alta actividad urbana
•Permitir intervenciones en los inmuebles protegidos, con el propósito de que
puedan mejorar sus condiciones de habitabilidad, sin perder sus valores
patrimoniales principales
•Establecer incentivos para el mantenimiento y conservación de los bienes de
interés cultural.
NORMATIVIDAD:
JURISDICCIÓN
Centro Histórico Decreto 678 de 1994 (Límites: Norte: Av. Jiménez, ambos
costados, Sur : Calle 6, ambos, costados, Oriente: Avenida Circunvalar,
Occidente: Carrera 1o, costado oriental)
Listado de Inmuebles según el Decreto 606 de 2001 y predios colindantes
Sectores de Interés Cultural determinados por el POT:
Núcleos fundacionales Sector Antiguo-
Sector con desarrollo individual,
Sector con vivienda en serie,
Sector con agrupaciones y conjuntos
Predios colindantes con inmuebles de interés cultural: Es aquel que comparte
un lindero común lateral con éste.
TIPOS DE INTERVENCIONES EN BIC:
El Decreto 763 de 2009 define que en los bienes de interés cultural
se permite, con la previa autorización de la autoridad
competente:
Primeros auxilios. Reparaciones Locativas. Reforzamiento
Estructural. Rehabilitación o Adecuación Funcional.
Restauración. Obra Nueva. Ampliación. Consolidación.
Demolición. Liberación. Modificación. Reconstrucción.
Reintegración.
Adicional a las anteriormente descritas, existen otras modalidades
de solicitud presentadas ante el IDPC:
Propiedad horizontal, afectación vial, instalación de antenas
de telecomunicaciones
INTERVENCIONES EN EL
PATRIMONIO CONSTRUIDO
CATEGORIAS DE INTERVENCION
1. MONUMENTAL (A)
2. INTEGRAL
3. TIPOLOGICA (B)
4. REESTRUCTURACION (C)
5. RESTITUCIÒN6. OBRA NUEVA
Conservación Monumental
Inmuebles declarados por el
Gobierno Nacional como
Bienes de Interés Cultural
del Ámbito Nacional o
Monumentos Nacionales. Se
rigen por las disposiciones
nacionales sobre la materia.
CATEGORIAS DE INTERVENCION:
Conservación Monumental
Todas las intervenciones y decisiones sobre estos Bienes
deben ser aprobadas por el MINISTERIO DE CULTURA
Cuentan con valores culturales
excepcionales, representativos
de determinadas épocas del
desarrollo de la ciudad y son parte
de la memoria cultural de los
habitantes.
Deben conservar o recuperar su
volumetria, fachada, distribución
espacial interna, implantación,
técnicas constructivas y
decoración interior y exterior.
Conservación MonumentalCATEGORIAS DE INTERVENCION:
Conservación Integral
Valores arquitectónicos, de
organización espacial y de
implantación predial y urbana, que
los hacen parte de un contexto a
conservar por su importancia en el
desarrollo arquitectónico y
urbanístico de la ciudad y que son
representativos de tipos
arquitectónicos de la época en que
se construyeron.
Deben conservar o recuperar las
características de su tipo
arquitectónico en sus aspectos
formales, volumétricos y
tipológicos.
Conservación MonumentalCATEGORIAS DE INTERVENCION:
Conservación Tipológica
Predios localizados al interior de sectores
de interés cultural o fuera de ellos que
fueron ocupados por inmuebles
considerados por normas anteriores como
de conservación y que en vigencia de
éstas fueron demolidos o intervenidos en
contravención de las mismas. Según el
caso, las normas exigirán la restitución de
la fachada, de la ocupación original o la
restitución total y estricta del inmueble.
Conservación MonumentalCATEGORIAS DE INTERVENCION:
Restitución parcial o total
Reestructuración (En sectores)
Inmuebles localizados en sectores de
interés cultural que no poseen valores
arquitectónicos ni de inserción en el
conjunto. Las acciones dirigidas a la
transformación del inmueble deben
orientarse a la integración con su el
sector. En caso de demolición se rige
por las normas para obra nueva.
Conservación MonumentalCATEGORIAS DE INTERVENCION:
Obra Nueva (En sectores)
Predios que se encuentran sin
construir.
Las normas se orientan a una
integración morfológica y
tipológica con el conjunto.
Conservación MonumentalCATEGORIAS DE INTERVENCION:
Equiparación con el estrato 1 para cobro de tarifas de servicios públicos (uso
residencial)
No exigencia de equipamiento comunal en proyectos de vivienda.
No exigencia de construir estacionamientos adicionales a los que posee la
edificación original.
Albergar oficinas sin atención al público, restaurantes u otros usos
convenientes definidos en la reglamentación específica para ellos, para los
inmuebles de interés cultural localizados fuera de sectores de interés cultural.
INCENTIVOS