patricio cruz la naturaleza procesal de la accion de protección

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  • 8/18/2019 Patricio Cruz La Naturaleza Procesal de La Accion de Protección

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    INDICE

    Página

    La Acción de Protección como Vía Excepcional y Calificada………………………2

    Naturaleza Proceal de la Acción de Protección………………………………………!

    Caracterítica……………………………………………………………………………""!

    #uctilidad proceal de la Acción de Protección………………………………………""$

    La Acción de Protección como %arantía Contitucional……………………………"&2

    'inalidad de la %arantía Contitucionale…………………………………………"&!

    Principio contitucionale en la Acción de Protección……………………………"""&!

    La acción de protección protege………………………………………………………"2&

    (e)uiito de *ia+ilidad de la Acción de Protección referido a la adecuación yeficacia…………………………………………"…………………………………………22

    La *ía ,udicial adecuada y eficaz y la %arantía Normati*a de laContitución…………………………………"……………""……………………………"2-

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    LA ACCION DE PROTECCIÓN COMO VÍA EXCEPCIONAL Y CALIFICADA.

    .La acción de protección tendrá por o+/eto elamparo directo y eficaz de lo derec0o

    reconocido en la Contitución1 y podráinterponere cuando exita una *ulneración delo derec0o contitucionale1 por acto uomiione de cual)uier autoridad p+lica no

     /udicial3

    4mprocedencia de la acción5

    (egla de Procedimiento para el e/ercicio de la Competencia de la CorteContitucional para el Período de 6ranición1 pu+licada en el (egitro 7ficial8uplemento No" --9 del &! de no*iem+re de 2::$5

    .Art" ;:" de una acción de protección"

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    Lo proceo contitucionale utanciado con ocaión de la garantía",uridiccionale on de do+le intancia1 al*o dipoición en contrario1 tal como1 lointituye el artículo -"$ de la L7%,CC"

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    NATURALEZA PROCESAL DE LA ACCION DE PROTECCIÓN.

    La /uticia contitucional conite en el proceo de poiti*ación del de+er er contitucional1 egn 'erra/oli1 e el propio de+er er del derec0o lo )ue e 0apoiti*ado como derec0o o+re el derec0o1 orientado a limitar y relacionar lo

    contenido de la legilación 0acia lo principio contitucionale1 en un mecanimoecuencial y articulado de control1 autocontrol y de defena de la upremacía de laContitución como norma /urídica y a la tutela de lo derec0o fundamentale" Atra*> de do elemento5 .La magitratura contitucional1 e decir lo ,uececontitucionale y la Corte Contitucional y el otro elemento )ue on .lo proceocontitucionale3 como la garantía /uridiccionale1 entre ella la acción deprotección"

    Eto do elemento no permiten afirmar la upremacía contitucional1 cuyo *alor iufundamental e la defena y repeto de BLa dignidad 0umana31 parafraeando

    al maetro Couture1 .…el derec0o proceal contitucional e el )ue etudia lanaturaleza1 deen*ol*imiento y eficacia mínima del con/unto de relacione

     /urídica denominado proceo contitucional"

    Características"< El #erec0o Contitucional e un #erec0o de mínimo1 y laotra rama de la ciencia /urídica on derec0o de máximo"

    El profeor ,a*ier P>rez (oyo1 indica5 con #erec0o de máximo no referimo a)ue en toda la otra rama del derec0o1 el legilador pretende agotar la materiade )ue e trate@ la intención iempre e regular toda la *ida ocial dede el puntode *ita del contenido yo el procedimiento"

    Pero en el #erec0o Contitucional1 como #erec0o de mínimo o de límite e endonde el Legilador no pretende pre*er todo1 ni material ni procedimentalmente"Pero i )uiere pre*er lo mínimo1 en un entido material y procedimental" Elprocedimiento e un con/unto de regla o límite mínimo indiponi+le por ellegilador" En *irtud de )ue el #erec0o Contitucional1 material o ad/eti*amente0a+lando1 ordena do proceo de naturaleza política1 en lo cuale la ociedade auto dirige"

    8i el proceo contitucional o cual)uier otro no garantiza como finalidad de lograr 

    una paz ocial /uta1 )ue demandan1 órgano /uzgadore imparciale eindependiente para alcanzar la categoría de /uticia1 entonce lo derec0ocontitucionale1 la garantía /uridiccionale y la propia Contitución1 no exiten"El nue*o contitucionalimo1 eta+lece el pueto protagónico al /uez contitucionalcomo *erdadero acti*ita y guardián de la dimenión axiológica del Etadoreconocida en la Contitución y1 e el llamado a garantizar u contenidofundamentale" #e/ando atrá la dimenión axiológica ci*ilita B"""declaración de

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    la *oluntad o+erana )ue1 manifetada en la forma precrita por la Contitución1manda1 pro0í+e o permite"B1 )ueda ometida al control de lo derec0ocontitucionale cuya fundamentación1 eficacia y aplicación no dependen de ella"Parte dede la luz ecrutadora e in*ai*a del contitucionalimo actual1 la ley econtituye en una precripción normati*a del legilador1 general y a+tracta1 cuya

    *alidez etá condicionada a repetar lo derec0o contitucionale" Cómo fuentedel derec0o proceal contitucional1 de+e atender a u contenido utancial omaterial1 u *alidez y no a u mera *igencia"

    Cao de incontitucionalidad5

    5

    Bincontitucionalidad por falta de citaciónB"La tutela contitucional del proceo re)uiere una correcta citación1la aplicación del principio audiatur altera par1 óigae a la otraparte1 u auencia acarrea nulidad1 y1 la incontitucionalidad de laley proceal ocurre en el momento )ue e autorice unemplazamiento )ue no configure una razona+le oportunidad de)ue el demandado llegue a tener conocimiento del /uicio" #e+enotificare a la parte accionada" B"""por lo medio má eficace)ue et>n al alcance del /uzgador1 del legitimado acti*o

    Daccionante y del órgano repona+le del acto u omiión1 )ue nopuede omitire ni de/ar de configurar lo )ue 0a ido referido comouna razona+le oportunidad de )ue la parte accionada llegue atener conocimiento de la acción preentada en u contra"

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    En el

    artículo &- de la L7%,CC eta+lece la oportunidad de una audiencia p+lica )uepuede dare an en auencia del accionado1 donde ete tiene la oportunidad paracontetar lo cargo )ue e le formulan1 relacionado al acto u omiión )ue

    ocaiona un da=o o *ulnera un derec0o contitucional del accionante1 in per/uiciode tener )ue pro+ar lo contrario1 pue no 0acerlo o no uminitrar la información)ue el /uez 0aya creído pertinente1 configura una preunción )ue reultadeterminante para )ue e admita la acción1 de acuerdo a lo )ue eta+lece elartículo &9 de la L7%,CC1 en el ltimo incio del artículo &- determina )ue BLaauencia de la perona1 intitución u órgano accionado no impedirá )ue laaudiencia e realice"B1 eto e refiere al accionado )ue 0a ido de+idamentenotificado y no al )ue tiene un impedimento )ue determina ea auencia y )ue leimpide1 temporalmente1 e/ercer u derec0o a la defena1 )ue por otra parte el /uezcontitucional de+e garantizar en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo9""a1+"c"0"m de la Contitución de la (ep+lica y artículo -"& de la L7%,CC"

    6

    Bincontitucionalidad por pri*ación de prue+a31 A)uí e eta+lece como adecuada y pertinente una ditinciónentre moti*o de nulidad por infracción a la ley1 y moti*o deincontitucionalidad de la ley por *iolación de la garantía delproceo" La garantía de la prue+a1 pertenecen en cuanto a uproducción1 e)uidad e igualdad de la parte en el proceo en loitema codificado1 a la ley ordinaria" En cam+io1 una Ley )ueintituyera una preunción a+urda o irrazona+le1 )ue no admita

    prue+a en contrario1 e *iolatoria de la garantía contitucional delderec0o a la defena"

    Bincontitucionalidad por pri*ación de audienciaBEta tiene relación a lo )ue e una razona+le oportunidad de er ecuc0ado )ue1 de er o+*iada contituye1 una *iolación de latutela contitucional del proceo"

    Bincontitucionalidad por falta de emplazamientoB1En el Etado de 6exa una ley eta+lecía un t>rmino de cincodía para )ue compareciera un demandado en Virginia1 cuandoen la propia entencia 0acía referencia )ue e neceita+an cuatrodía para traladare de un lugar a otro"Couture1 exprea )ue el acto proceal podría er *álido conarreglo a ea ley1 pero etaría en pugna con el derec0ocontitucional a la defena"

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    #e eta

    manera el artículo &9 de la L7%,CC eta+lece )ue correponde a la parteaccionada pro+ar )ue lo 0ec0o de la demanda no on cierto1 cao contrario etendrán como *erdadero1 no ignifica1 la excepción de prue+a a cargo de la parte)ue acciona1 pue etá o+ligada a demotrar un da=o o afectación a algnderec0o contitucional1 de er poi+le" #itinto e no tener )ue pro+ar y de+eponderar el /uez contitucional de acuerdo a la circuntancia del cao concreto1in )ue proceda dipenar de la prue+a a un accionante )ue et> en aptitud depro+ar un da=o" Cao contrario1 recordemo1 ni i)uiera ca+ría el inicio de unproceo contitucional de protección" Nada o+ta1 )ue en la intancia uperior edearrolle la acti*idad pro+atoria )ue no pudo *erificare en el primer ni*el"

    7

    BLa incontitucionalidad por pri*ación de re*iión /udicialBEta incontitucionalidad tiene relación con el itema )ue elderec0o p+lico de cada paí intaura para la re*iión de loacto adminitrati*o"

    Bincontitucionalidad por pri*ación de recuroBCouture comenta )ue la Bincontitucionalidad por pri*ación derecuroB1 aun)ue la apelacione no on eenciale para la*alidez contitucional de un procedimiento1 no o+tante1 no de/ade er eencial i en la primera intancia e 0a pri*ado al litigantede garantía mínima de defena" Aí la Contitución del 2::$1reconoce el principio de la do+le intancia en el artículo 9""m1

    como garantía proceal de defena )ue rige para todo loproceo en )ue e trate o+re lo derec0o de la perona1 y)ue a+arca1 tam+i>n a a)uello )ue adelantan la garantía

     /uridiccionale1 tanto cómo a lo proceo /udiciale yadminitrati*o

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    En el artículo &!1 de la Contitución del 2::$ e eta+lece el principio deimpugna+ilidad de lo acto adminitrati*o1 tanto en ede adminitrati*a como enla *ía /udicial" Pero i tal acto adminitrati*o *ulnera un derec0o contitucional y

    la *ía /udiciale o adminitrati*a no on etimada por el /uez contitucional1como adecuada y eficace1 la afectación puede *entilare a tra*> de una acciónde protección"

    En el Artículo -"$ de la L7%,CC5 Lo proceo contitucionale utanciado conocaión de la garantía" ,uridiccionale on de do+le intancia1 al*o dipoiciónen contrario"

    La 8uprema Corte de lo Etado Fnido 0a otenido1 )ue e garantíafundamental la exitencia de un tri+unal Bcompetente e imparcialB y )ue *iola lagarantía del due proce of laG la exitencia de un /uez inferior )ue co+ra uer*icio ólo cuando condena al demandado y no cuando lo a+uel*e"

    Para Couture1

    la garantía contitucionalexige tre condicione5

    4ndependencia1 el /uez pueda actuar por encimade lo podere político y an de la maa )uepretenden preionar o+re la deciione"

     Autoridad1 para )ue u fallo no ean ólo

    dictámene acad>mico ni pieza de doctrina1 ye cumplan efecti*amente por a)uello )uede+en e/ecutarlo

    8

    BLa incontitucionalidad por idoneidad del /uezB

    Por u ingular actualidad de+e o+er*are con dedicadaatención1 como 0a dic0o Calamandrei toda la li+ertade on*ana i no e pueden rei*indicar y defender en /uicio@ i elindi*iduo no encuentra ante í /uece capace de darle la razón"

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    (epona+ilidad1 para )ue el poder no econ*ierta en depotimo"

    El /uez1 B"""no olo concepta o+re la contitucionalidad de lo 0ec0o y acto )ueconoce1 ino )ue lo modifica 0ata 0acerlo contitucionalmente *álido1 en unprocedimiento umario1 expedito y cargado de inmeno podere oficioo para >l1)ue no igue lo lineamiento tradicionale del de+ido proceo /uridiccional1por)ue u finalidad o cometido no e el de cumplir función /uridiccional inodefena contitucional3"

    Dcti!i"a" #r$cesa! "e !a Acci%& "e Pr$tecci%&.El derec0o ad/eti*o )ue ordena1 .la naturaleza1 deen*ol*imiento y eficacia de eta

    garantía /uridiccional31 de+e tener un grado uficiente de flexi+ilidad )ue lepermita alcanzar u o+/eti*o contitucional de forma encilla1 rápida y eficaz"

    En el 6itulo 4441 %arantía Contitucionale1 Capítulo 4441 %arantía ,uridiccionale18ección &1 #ipoicione Comune1 artículo $9"21 de nuetra Contitución eordena )ue e apli)uen la iguiente norma de procedimiento5

    a El procedimiento erá encillo1 rápido y eficaz" 8erá oral en toda u fae eintancia"

    + 8erán 0á+ile todo lo día y 0ora"

    c Podrán er propueta oralmente o por ecrito1 in formalidade1 y inneceidad de citar la norma infringida" No erá indipena+le el patrocinio de una+ogado para proponer la acción"

    d La notificacione e efectuarán por lo medio má eficace )ue et>n alalcance del /uzgador1 del legitimado acti*o y del órgano repona+le del acto uomiión"

    e No erán aplica+le la norma proceale )ue tiendan a retardar u ágildepac0o"

    !" Preentada la acción1 la /ueza o /uez con*ocará inmediatamente a unaaudiencia p+lica1 y en cual)uier momento del proceo podrá ordenar la prácticade prue+a y deignar comiione para reca+arla" 8e preumirán cierto lofundamento alegado por la perona accionante cuando la entidad p+licare)uerida no demuetre lo contrario o no uminitre información" La /ueza o /uezreol*erá la caua mediante entencia@ y en cao de contatare la *ulneración de

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    derec0o1 de+erá declararla1 ordenar la reparación integral1 material e inmaterial1 yepecificar e indi*idualizar la o+ligacione1 poiti*a y negati*a1 a cargo deldetinatario de la deciión /udicial1 y la circuntancia en )ue de+an cumplire"

    La entencia de primera intancia podrán er apelada ante la corte pro*incial"

    Lo proceo /udiciale ólo finalizarán con la e/ecución integral de la entencia oreolución"

    -" 8i la entencia o reolución no e cumple por parte de er*idora o er*idorep+lico1 la /ueza o /uez ordenará u detitución del cargo o empleo1 in per/uiciode la repona+ilidad ci*il o penal a )ue 0aya lugar" Cuando ea un particular )uien incumpla la entencia o reolución1 e 0ará efecti*a la repona+ilidaddeterminada en la ley"

    ;" 6oda la entencia e/ecutoriada erán remitida a la Corte Contitucional1para B el dearrollo de u /uriprudencia"B

    Eta norma de procedimiento )ue rigen para toda la garantía /uridiccionale1 on de índole encilla y cumplen para la acción de Protección conla *ocación de un amparo directo y eficaz de lo derec0o reconocido en nuetraContitución" Como lo encontramo en el primer literal de eta dipoiciónnormati*a donde e detacan la caracterítica de encillo1 rápido y eficaz1 )uede+e irradiar todo el procedimiento contitucional en materia de garantía

     /uridiccionale por orden de la Contitución de la (ep+lica"

    La Ley 7rgánica de %arantía ,uridiccionale y Control Contitucional DL7%,CC

    eta+lece en el artículo - lo principio proceale )ue rigen en materia de /uticiacontitucional y )ue ordenan1 la utanciación de la garantía /uridiccionale"

    Principio como on5

    &" El #e+ido proceo"< En todo procedimiento contitucional e repetarán lanorma del de+ido proceo precrita en La Contitución y en lo intrumentointernacionale de derec0o 0umano"

    < 2"

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    -" 4nicio por demanda de parte"< 8al*o norma exprea en contrario1 lo proceoe inician por demanda de parte"

    ;" 4mpulo de oficio"< La /ueza o /uez tiene el de+er de impular de oficio loproceo contitucionale 0ata llegar a u concluión1 al*o en lo cao

    expreamente e=alado en eta ley"

    9" #irección del proceo"< La /ueza o /uez de+erá dirigir lo proceo de formaacti*a1 controlará la acti*idad de lo participante y e*itará la dilacioneinnecearia" En función de ete principio1 la /ueza o /uez podrá interrumpir a lointer*iniente para olicitar aclaracione o repreguntar1 determinar el o+/eto de laaccione1 encauzar el de+ate y demá accione correcti*a1 prolongar o acortar laduración de la audiencia"

    " 'ormalidad condicionada"< La /ueza o /uez tiene el de+er de adecuar laformalidade pre*ita en el itema /urídico al logro de lo fine de lo proceocontitucionale"

    No e podrá acrificar la /uticia contitucional por la mera omiión deformalidade"

    $" #o+le intancia"< Lo proceo contitucionale tienen do intancia1 al*onorma exprea en contrario"

    ?" Hoti*ación"< La /ueza o /uez tiene la o+ligación de fundamentar adecuadamenteu deciione a partir de la regla y principio )ue rigen la argumentación

     /urídica"En particular1 tiene la o+ligación de pronunciare o+re lo argumento y razonerele*ante expueta durante el proceo por la parte y lo demá inter*inienteen el proceo"

    &:" Comprenión efecti*a"< Con la finalidad de acercar la comprenión efecti*a deu reolucione a la ciudadanía1 la /ueza o /uez de+erá redactar u entenciade forma clara1 concreta1 inteligi+le1 ae)ui+le y int>tica1 incluyendo lacuetione de 0ec0o y derec0o planteada y el razonamiento eguido para tomar la deciión )ue adopte"

    && Economía proceal"< En *irtud de ete principio1 la /ueza o /uez tendrá encuenta la iguiente regla5

    a Concentración"< (eunir la mayor cantidad poi+le de cuetione de+atida1 enel menor nmero poi+le de actuacione y pro*idencia" La /ueza o /uez de+eráatender imultáneamente la mayor cantidad de etapa proceale"

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    + Celeridad"< Limitar el proceo a la etapa1 plazo y t>rmino pre*ito en la ley1e*itando dilacione innecearia"

    c 8aneamiento"< La ituacione o actuacione afectada por la omiión deformalidade pueden er con*alidada por la parte en cuyo fa*or e eta+lecen"

    &2" Pu+licidad"< Lo procedimiento pre*ito en eta ley erán p+lico1 inper/uicio de la medida epeciale )ue tome La /ueza o /uez para preer*ar laintimidad de la perona o la eguridad del Etado"

    &!" lura no*it curia"< La /ueza o /uez podrá aplicar una norma ditinta a la in*ocadapor lo participante en un proceo contitucional"

    &-" 8u+idiaridad"< 8e tomarán en cuenta lo demá principio procealeeta+lecido en la legilación ordinaria1 en la medida en )ue ean compati+le conla naturaleza del control contitucional"

    Como potulado teleológico )ue acoge el proceo contitucional1 podemo afirmar )ue no encontramo frente a un /uicio1 en donde la práctica dilatoria etán*edada1 y a)uella )ue de*ienen en formalidade típica de a)u>l ólo tienenca+ida en la medida )ue puedan er adecuada por el /uez a lo fine del proceocontitucional1 )ue e el de garantizar /uridiccionalmente lo derec0oreconocido en la Contitución y en lo tratado internacionale de derec0o0umano1 como medio inmediato para u protección eficaz1 a tra*> de ladeclaración de u *ulneración y la conecuente y forzoa reparación integral"

    Entonce cual)uier proceo )ue utancie una garantía /uridiccional e ucualidad de encillo1 rápido y eficaz1 por mandato Contitucional1 y por lacaracterítica de derec0o de mínimo1 la norma del de+ido proceo )ueprecri+e la Contitución en u artículo 9 y 1 ademá de la incorporada enlo intrumento internacionale de derec0o 0umano1 reultan indiponi+le y deo+ligada o+er*ancia para el /uez1 eto incluye al de+ido proceo formal como alde+ido proceo utancial"

    En el actual Etado contitucional1 la concepción de la Contitución como norma /urídica y u aplicación directa en función del principio eta+lecido en el artículo

    -"2 de la L7%,CC1 e de uma eficacia para 0onrar la cualidade de encillo1rápido y eficaz )ue de+en ditinguir al proceo en la /uticia contitucional" LaContitución como norma /urídica con u dimenión axiológica no re)uiere demediación normati*a para u aplicación" Cual)uier formalidad1 principio o normaproceal utentada en la legilación ordinaria1 tiene ca+ida en nuetro proceo amedida )ue ea compati+le con la naturaleza garantita de nuetra ciencia y )ueno afecte u cualidade"

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    LA ACCION DE PROTECCION COMO 'ARANTÍA CONSTITUCIONAL. Artículo & C(E el Ecuador e un Etado contitucional de derec0o y /uticia"Cuando 0a+lamo de garantía recatamo u dimenión material cuanto ad/eti*a1como de+er del Etado de garantizar el cumplimiento de lo derec0ocontitucionale de toda la perona y como facultad de eta a demandar la

    tutela /udicial de eo derec0o1 en cao contrario a la acti*idad /uridiccional )uede*iene en ete Iltimo upueto1 a tra*> de la correpondiente accione1llamamo garantía /uridiccionale1 )ue forman parte de la garantíacontitucionale incorporada en el título 444 de nuetra Contitución1 /unto a lagarantía normati*a y la política p+lica1 er*icio p+lico y participaciónciudadana"

    Lo derec0o contitucionale on y *alen1 lo )ue on y *alen u garantía" 8ino exite un itema articulado y lógico de intrumento de protección de loderec0o contitucionale eficiente1 eficaz y adecuado1 la declaracione de

    derec0o )uedaran como declaracione de +uena intencione1 nada má

    Para 'erra/oli el derec0o como Bitema de garantíaB1 encuentra plenacorrepondencia con nuetra Carta 'undamental y en ea identificación edemanda la exigencia de un ordenamiento /urídico infra contitucional )ue d>cuenta de u norma1 principio y *alore frente al e/ercicio tutelar del Etado"

    En pala+ra de nuetro legilador tal exigencia etá dada por la neceidad de )ueexitan B"""recuro encillo y rápido ante lo /uece o tri+unale competente)ue le permitan amparar a lo ere 0umano y a la naturaleza frente a acto u

    omiione )ue amenacen o *iolen u derec0o"

    En la Con*ención Americana de #erec0o Jumano1 la demanda etaría dadapor)ue e reconozca el derec0o de toda perona y la o+ligación correlati*a de loEtado ad0erente de contar con y proporcionar1 repecti*amente1 un recuroencillo y rápido o cual)uier otro recuro efecti*o contra acto )ue *iolen uderec0o fundamentale reconocido por la Contitución1 la ley o la Con*ención"

    Eta concepción upone1 no olo un cam+io de actitud de lo /uece y /urita paralograr una efecti*a aplicación del derec0o en entido contitucional1 ino uncam+io etructural en la aplicación del derec0o y en la concepción de lademocracia1 con el imperati*o /urídico de la u/eción de toda forma de poder alderec0o1 tanto en el plano de lo procedimiento como en el del contenido de ladeciione"

    El contituyente ecuatoriano1 renunciando a una concepción paleopoiti*ita delderec0o1 adecuo el ordenamiento /urídico pre

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    eto e con una nue*a forma de entender1 analizar y realizar el paradigma delnue*o Etado Contitucional de #erec0o y ,uticia )ue caracteriza a nuetroEtado egn la *igente Contitución1 incorporó1 la o+ligación de adecuar todo eeordenamiento a lo derec0o )ue ella eta+lece y1 a toda ea nue*a concepción1contenida en el artículo $- de la Contitución del 2::$5

    BLa Aam+lea Nacional y todo órgano con potetad normati*a tendrá la o+ligaciónde adecuar1 formal y materialmente1 la leye y demá norma /urídica a loderec0o pre*ito en la Contitución y lo tratado internacionale1 y lo )ueean neceario para garantizar la dignidad del er 0umano o de lacomunidade1 pue+lo y nacionalidade"

    En ningn cao1 la reforma de la Contitución1 la leye1 otra norma /urídica nilo acto del poder p+lico atentarán contra lo derec0o )ue reconoce laContituciónB"

    Fi&a!i"a" "e !as 'ara&tías C$&stitci$&a!es.La finalidad de la garantía contitucionale conite en atender a ea do+leu/eción del derec0o al derec0o1 )ue afecta a am+a dimenione de todofenómeno normati*o5 la *igencia y la *alidez1 la legitimación formal y lalegitimación utancial1 el ometimiento al derec0o de la producción del derec0omimo1 para poiti*ar como derec0o o+re el derec0o el de+er er contitucionalen el er del ordenamiento /urídico y lograr el paradigma del Etado contitucionalde derec0o y /uticia )ue define a nuetro paí"

    Pri&ci#i$s c$&stitci$&a!es e& !a Acci%& "e Pr$tecci%&Fn principio en entido lógico e un punto de partida1 un concepto central ofundamento de un itema1 )ue de+e tener lugar en cual)uier dearrolloconceptual1 teórico o material de una ciencia o diciplina1 de+e poeer lacualidade de uni*eralidad y no excepcionalidad1 eto e1 el dearrollo de unprincipio de+e cumplire de manera necearia y no puede 0a+er lugar a al*edadalguna1 o pena de de*irtuar u eencia"

    Jay tre tipo de principio5 Lo contitucionale1 lo legale y lo generale delderec0o"

    Lo principio contitucionale tienen fuerza *inculante para el int>rprete1 comonorma cardinale contituyen un *erdadero entramado )ue atra*iea el itemacontitucional y no e poi+le de*incularlo de >l"

    Fn +uen e/emplo de principio lo tenemo en el Preám+ulo de nuetra Contitución@)ue da utento político /urídico al orden )ue intaura"

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     A continuación la propia Contitución 0a incorporado el 6ítulo &1 ElementoContituti*o del Etado1 en cuyo capítulo 4 dearrolla lo )ue eta+lece comoPrincipio 'undamentale del Etado1 e decir a)uello )ue conidera o de+en er coniderado medulare y dan contenido a u 0uella exitencial como Etado"

    BEl e/ercicio de lo derec0o e regirá por lo iguiente principio"""B comienzadiciendo el artículo && contitucional"

    La Acción de Protección1 e una garantía contitucional de carácter /uridiccional1)ue eta+lece nue*e principio )ue de+en o+er*are cuando para la aplicaciónde eto derec0o contitucionale de+a acti*are el camino /uridiccional deprotección1 o en otra acción Contitucional" Eto principio no ólo etándirigido a lo operadore /urídico D/uece ino1 en general1 a la autoridade1er*idore y1 por upueto1 al Etado o a toda perona )ue acte en e/ercicio deuna potetad p+lica"

    6ale principio on lo iguiente5

    l " Lo derec0o e podrán e/ercer1 promo*er y exigir de forma indi*idual ocolecti*a ante la autoridade competente@ eta autoridade garantizarán ucumplimiento"

    2" 6oda la perona on iguale y gozaran de lo mimo derec0o1 de+ere yoportunidade"

    Nadie podrá er dicriminado por razone de etnia1 lugar de nacimiento1 edad1

    exo1 identidad de g>nero1 identidad cultural1 etado ci*il1 idioma1 religión1ideología1 filiación política1 paado /udicial1 condición ocio

  • 8/18/2019 Patricio Cruz La Naturaleza Procesal de La Accion de Protección

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    -" Ninguna norma /urídica podrá retringir el contenido de lo derec0o ni de lagarantía contitucionale"

    ;" En materia de derec0o y garantía contitucionale1 la er*idora y er*idorep+lico1 adminitrati*o o /udiciale1 de+erán aplicar la norma y la interpretación

    )ue má fa*orezcan u efecti*a *igencia"

    9" 6odo lo principio y lo derec0o on inaliena+le1 irrenuncia+le1 indi*ii+le1interdependiente y de igual /erar)uía"

    El reconocimiento de lo derec0o y garantía eta+lecido en la Contitución yen lo intrumento internacionale de derec0o 0umano1 no excluirá lo demáderec0o deri*ado de la dignidad de la perona1 comunidade1 pue+lo ynacionalidade1 )ue ean neceario para u pleno deen*ol*imiento"

    $" El contenido de lo derec0o e dearrollará de manera progrei*a a tra*> de

    la norma1 la /uriprudencia y la política p+lica" El Etado generará ygarantizará la condicione necearia para u pleno reconocimiento y e/ercicio"

    8erá incontitucional cual)uier acción u omiión de carácter regrei*o )uediminuya1 menoca+e o anule in/utificadamente el e/ercicio de lo derec0o"

    ?" El má alto de+er del Etado conite en repetar y 0acer repetar lo derec0ogarantizado en la Contitución"

    El Etado1 u delegatario1 conceionario y toda perona )ue acte en e/erciciode una potetad p+lica1 etarán o+ligado a reparar la *iolacione a loderec0o de lo particulare por la falta o deficiencia en la pretación de loer*icio p+lico1 o por la accione u omiione de u funcionaria yfuncionario1 y empleada y empleado p+lico en el deempe=o de u cargo"

    El Etado e/ercerá de forma inmediata el derec0o de repetición en contra de laperona repona+le del da=o producido1 in per/uicio de la repona+ilidadeci*ile1 penale y adminitrati*a"

    El Etado erá repona+le por detención ar+itraria1 error /udicial1 retardoin/utificado o inadecuada adminitración de /uticia1 *iolación del derec0o a la

    tutela /udicial efecti*a1 y por la *iolacione de lo principio y regla del de+idoproceo"

    Cuando una entencia condenatoria ea reformada o re*ocada1 el Etado repararáa la perona )ue 0aya ufrido pena como reultado de tal entencia y1 declarada larepona+ilidad por tale acto de er*idora o er*idore p+lico1adminitrati*o o /udiciale1 e repetirá en contra de ello"

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    En la Acción de protección1 tienen epecial y e=alada rele*ancia lo principioe=alado en lo numerale &1 !1 -1 ; y ?1 por)ue afirman y otienen1 no olomaterialmente1 ino formalmente la identidad *ital de ea acción1 u ncleointangi+le"

    El 6itulo 44 de la Contitución de la (ep+lica del Ecuador refiere lo B#E(ECJ78B)ue garantizan >ta y lo intrumento internacionale ucrito y ratificado por elEtado1 y expone en el Capítulo 4 de dic0o apartado lo BPrincipio de Aplicaciónde lo #erec0oB1 empezando por mencionar en el Art" &:1 )ui>ne on titulare y1en tal calidad1 gozarán de lo derec0o garantizado en la Contitución y en lointrumento internacionale"

    6ale titulare de eto derec0o on BLa perona1 comunidade1 pue+lo ycolecti*o"""B exprea la norma e=alada1 agregando1 incluo1 )ue la naturalezamima e u/eto de lo derec0o )ue la Contitución le reconozca"

    El e/ercicio de eto derec0o1 eto e de a)uello incorporado a lo #erec0odel Kuen Vi*ir1 de lo #erec0o de la Perona y %rupo de atención prioritaria1 delo #erec0o de la Comunidade1 Pue+lo y Nacionalidade1 de lo #erec0o deParticipación1 Li+ertad1 de la Naturaleza y de lo #erec0o de Protección1 de+eráregire por lo iguiente principio )ue enumera el Art" && contitucional1 del cualcomentaremo omeramente lo indicado como referente para nuetra acciónde protección5

    &" Lo derec0o e podrán e/ercer1 promo*er y exigir de forma indi*idual ocolecti*a ante la autoridade competente@ eta autoridade garantizarán ucumplimiento" 7 tam+i>n llamado principio de e/ercicio y exigi+ilidad" Como loeta+lece el mencionado Art" &: contitucional1 la perona1 enti>ndaeindi*idualmente coniderada1 la comunidade1 pue+lo y colecti*o on titularede lo derec0o garantizado por la Contitución y lo intrumentointernacionale"

    Eto e )ue1 a u *ez1 etán o+ligado lo órgano /uridiccionale competente atutelar efecti*a1 imparcial y expeditamente no olo la iniciati*a o accioneindi*iduale ino1 ademá1 a)uella )ue pro*engan de una pluralidad de perona1contituyan >ta una comunidad1 nacionalidad1 pue+lo o colecti*o"

    La Contitución de Hontecriti preenta una inno*ación en cuanto a la claificaciónde lo derec0o contitucionale1 al apartare de la claificación cláica )ue loreconoce como derec0o económico1 ociale y culturale" En u lugar1 tenemolo derec0o del BKuen Vi*irB@ e 0a+la en la actual Contitución de B#erec0o deLi+ertadB1 en lugar de lo conocido derec0o ci*ile@ lo derec0o colecti*o ona0ora lo B#erec0o de la Comunidade1 Pue+lo y NacionalidadeB@

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    Lo #erec0o de ParticipaciónB en lugar de lo derec0o político( Lo #erec0ode Protección reemplaza lo )ue conocimo como lo derec0o del de+ido proceoy1 por ltimo1 lo derec0o de lo grupo *ulnera+le on a0ora lo B#erec0o dela Perona y %rupo de atención prioritaria" Eta nue*a claificación tiene la*irtud de er má directa y encilla al acercare al lego con un Lengua/e colo)uial

    y ditendido1 lo )ue 0ace a u *ez má accei+le la eencia de cada derec0o"

    La autoridade competente1 la )ue refiere el Art" $9 de la Contitución1 enconcordancia con el Art" de la Ley 7rgánica de %arantía ,uridiccionale yControl Contitucional DL7% ,CC1 /ueza o /uez1 on a)uella del lugar en el )uee origina el acto u omiión o donde e producen u efecto"

    #ede una óptica u+/eti*a la garantía del cumplimiento de cada derec0o etádada en lo #erec0o de Protección )ue in*ocan lo artículo ; y 9contitucional@ El primera al reconocer el derec0o de toda perona al acceo

    gratuito a la /uticia y a la tutela efecti*a1 imparcial y expedita de u derec0o einteree1 con u/eción a lo principio de inmediación y celeridad1 eta+leciendocomo imprecindi+le corolario )ue B"""en ningn cao )uedará en indefenión"Hientra )ue el ltimo al eta+lecer la garantía +áica del derec0o al de+idoproceo"

    #ede una óptica má ad/eti*a pero epecial1 lo literale a1 +1 c1 d y e del Art" $9i+ídem1 má la regla de interpretación contitucional y lo principio procealede lo artículo ! y - de la L7%,CC1 pro*een a lo /uece contitucionale y a laparte de la 0erramienta perfecta para garantizar el cumplimiento de lo

    derec0o conagrado en la contitución"

    !" Lo derec0o y garantía eta+lecido en la Contitución y en lo intrumentointernacionale de derec0o 0umano erán de directa e inmediata aplicación por y ante cual)uier er*idora o er*idor p+lico1 adminitrati*o o /udicial1 de oficio o apetición de parte"

    Para el e/ercicio de lo derec0o y la garantía contitucionale no e exigiráncondicione o re)uiito )ue no et>n eta+lecido en la Contitución o la ley"

    Lo derec0o erán plenamente /uticia+le" No podrá alegare falta de norma

     /urídica para /utificar u *iolación o deconocimiento1 para deec0ar la acción por eo 0ec0o ni para negar u reconocimiento"

    Ete principio de aplica+ilidad directa1 )ue 0ace relación a lo )ue e conoce comola fuerza normati*a de la Contitución1 eto e la Contitución con*ertida en norma

     /urídica" 8e acoge en el principio comentado el potulado egn el cual el mundodel derec0o empieza en la Contitución y no en la ley"

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    Eta aplica+ilidad directa e inmediata e da en tratándoe de derec0o y garantíacontitucionale1 eto e repecto de derec0o fundamentale1 y e deduce conclaridad de lo )ue eta+lece el Art"-29 contitucional )ue exprea )ue B6oda laperona1 autoridade e intitucione etán u/eta a la Contitución" La /ueza y

     /uece1 autoridade adminitrati*a y er*idora y er*idore p+lico1 aplicaran

    directamente la norma contitucionale y la pre*ita en lo intrumentointernacionale de derec0o 0umano iempre )ue ean má fa*ora+le a laeta+lecida en la Contitución1 aun)ue la parte no la in*o)uen expreamente"

    Lo derec0o conagrado en la Contitución y lo intrumento internacionalede derec0o 0umano erán de inmediato cumplimiento y aplicación" No podráalegare falta de ley o deconocimiento de la norma para /utificar la *ulneraciónde lo derec0o y garantía eta+lecido en la Contitución@ para deec0ar laacción interpueta en u defena1 ni para negar el reconocimiento de talederec0o" B

    Por /uticia+le de+e entendere la caracterítica de eto derec0o egn la cuallo /uece de+en tutelar o+ligatoriamente la accione )ue e promue*an paraprotegerlo" Conta+a ya en la Contitución de &??$"

    -" Ninguna norma /urídica podrá retringir el contenido de lo derec0o ni de lagarantía contitucionale"

    Conocido como principio de la no retricción de derec0o" En la Contituciónanterior1 fue retringida incontitucionalmente por la upueta regulacione0ec0a por parte de la ex Corte 8uprema de ,uticia en torno a la acción deamparo contitucional Dactual acción de protección1 aí como el (eglamento de6rámite de Expediente del 6ri+unal Contitucional"

    ;" En materia de derec0o y garantía contitucionale1 la er*idora y er*idorep+lico1 adminitrati*o o /udiciale1 de+erán aplicar la norma y la interpretación)ue má fa*orezcan u efecti*a *igencia"

    En el e/ercicio de u repecti*a competencia y funcione intitucionale1 loer*idore p+lico1 adminitrati*o o /udiciale1 de+en aplicar directamente laContitución1 i fuere neceario ante una determinada ituación" E mandatorio

    para ete fin )ue de+a practicar una lectura integral de la norma uprema )uepoi+ilite1 aí mimo1 una aplicación integral y conforme a una interpretación )ueredunde en u efecti*a *igencia" No e trata de cual)uier norma ni de cual)uier interpretación ino de a)uella norma y a)uella interpretación )ue conduzca a lao+er*ancia y *igor del derec0o o la garantía de )ue e trate"

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    ?" El má alto de+er del Etado conite en repetar y 0acer repetar lo derec0ogarantizado en la Contitución"

    El Etado1 u delegatario1 conceionario y toda perona )ue acte en e/erciciode una potetad p+lica1 etarán o+ligado a reparar la *iolación a lo derec0o

    de lo particulare por la falta o deficiencia en la pretación de lo er*iciop+lico1 o por la accione u omiione de u funcionaria y funcionario1 yempleada y empleado p+lico en el deempe=o de u cargo"

    El Etado e/ercerá de forma inmediata el derec0o de repetición en contra de laperona repona+le del da=o producido1 in per/uicio de la repona+ilidadeci*ile1 penale y adminitrati*a"

    El Etado erá repona+le por detención ar+itraria1 error /udicial1 retardoin/utificado o inadecuada adminitración de /uticia1 *iolación del derec0o a latutela /udicial efecti*a1 y por la *iolacione de lo principio y regla del de+idoproceo" Cuando una entencia condenatoria ea reformada o re*ocada1 elEtado reparará a la perona )ue 0aya ufrido la pena como reultado de talentencia y1 declarada la repona+ilidad por tale acto de er*idora oer*idore p+lico1 adminitrati*o o /udiciale1 e repetirá contra ello"

    8e refiere el preente principio a la repona+ilidad ci*il extracontractual delEtado ecuatoriano por inadecuada1 adminitración de /uticia1 regulada1 ademá1por lo artículo &;1 !2 y !! del Código 7rgánico de la 'unción ,udicial"

    El Etado Contitucional de #erec0o y ,uticia1 de+e proteger a la perona" El

    Etado olo puede reclamar o+ediencia i u actuación e legítima1 y para 0acerlode+e er el primero en repetar la Contitución" No puede mediante acto uomiione del er*idor p+lico1 adminitrati*o o /udicial1 *iolar lo derec0o ygarantía de la perona@ i tal coa ucede eo acto u omiioneadminitrati*o o /udiciale carecen de legitimidad y no pueden er acatado"

    #e ocurrir un da=o imputa+le a cual)uiera de eto er*idore1 la peronaafectada tiene )ue er indemnizada por el Etado luego de utanciada larepecti*a acción1 de+iendo ete repetir1 poteriormente1 contra el o lo er*idorerepona+le"

    La L7%,CC en u artículo 2 preenta principio generale )ue1 /unto con lo de laContitución1 de+erán tomar en cuenta lo /uece a la 0ora de reol*er la caua)ue utancien en la /uridicción contitucional1 a lo )ue llama principio de la

     /uticia contitucional5

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    &" Principio de aplicación má fa*ora+le a lo derec0o"< 8i 0ay *aria norma ointerpretacione aplica+le a un cao concreto1 e de+e elegir la )ue má prote/alo derec0o de la perona"

    2" 7ptimización de lo principio contitucionale"< La creación1 interpretación y

    aplicación del derec0o de+erá orientare 0acia el cumplimiento y optimización delo principio contitucionale"

    !" 7+ligatoriedad del precedente contitucional"< Lo parámetro interpretati*o dela Contitución fi/ado por la Corte Contitucional en lo cao ometido a uconocimiento tienen fuerza *inculante"

    La Corte podrá ale/are de u precedente de forma explícita y argumentadagarantizando la progrei*idad de lo derec0o y la *igencia del etadocontitucional de derec0o y /uticia"

    -" 7+ligatoriedad de adminitrar /uticia contitucional"< No e puede upender nidenegar la adminitración de /uticia por contradiccione entre norma1 ocuridado falta de norma /urídica"

     Al margen o má allá de eto principio )ueremo regrear la atención o+re elartículo $- contitucional1 cuyo contenido eta+lece la garantía normati*a y )ueforman parte de la garantía contitucionale de nuetra Carta 'undamental1 al)ue 0ay )ue leer con/untamente con lo principio &1 !1 -1 ; y )ue >ta intituye enel artículo && referido"

     Artículo $- de la Contitución5 La Aam+lea Nacional y todo órgano con potetadnormati*a tendrá la o+ligación de adecuar1 formal y materialmente1 la leye ydemá norma /urídica a lo derec0o pre*ito en la Contitución y lo tratadointernacionale1 y lo )ue ean neceario para garantizar la dignidad del er 0umano o de la comunidade1 pue+lo y nacionalidade"

    En ningn cao1 la reforma de la Contitución1 la leye1 otra norma /urídica nilo acto del poder p+lico atentarán contra lo derec0o )ue reconoce laContitución"

    Eta garantía normati*a o a+tracta tienen por o+/eti*o e*itar )ue la acti*idado inacti*idad de lo órgano etatale1 fundamentalmente el legilati*o y ele/ecuti*o1 pueda encu+rir un deconocimiento o *ulneración de derec0oContitucionale" 8on pre*iione o re)uiito de carácter general eta+lecido enla propia Contitución1 dirigido a limitar u ordenar la actuación de lo rganoetatale1 para e*itar )ue norma infra contitucionale puedan dearrollar loderec0o1 defigurando u contenido eenciale y depo/ándolo de la eficacia)ue e le 0a aignado en la Carta 'undamental"

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    Como *eremo má adelante1 eta garantía normati*a no olo )ue no 0an idoe/ecutada a ca+alidad ino1 coa peor1 deconocida por el Etado1 con gra*editorión para la garantía /uridiccionale y1 como no1 con epecial gra*edadpara la )ue e o+/eto de nuetra reflexión"

    La acci%& "e #r$tecci%& #r$te)e. 

    El artículo $$ de la contitución del 2::$1 eta+lece la acción de protección comouna garantía contitucional de orden /uridiccional5 La acción de protección tendrápor o+/eto el amparo directo y eficaz de lo derec0o reconocido en laContitución1 y podrá interponere cuando exita una *ulneración de derec0ocontitucionale1 por acto u omiione de cual)uier autoridad p+lica no /udicial@contra política p+lica cuando upongan la pri*ación del goce o e/ercicio de loderec0o contitucionale@ y cuando la *iolación proceda de una peronaparticular1 i la *iolación del derec0o pro*oca da=o gra*e1 i preta er*icio

    p+lico impropio1 i acta por delegación o conceión1 o i la perona afectadae encuentra en etado de u+ordinación1 indefenión o dicriminación

    La acción de protección contituye una garantía y un mecanimo contitucional deProtección inmediata1 directa y eficaz de derec0o contitucionale1 cuandoreulten *ulnerado por la acción u omiión de cual)uier autoridad p+lica no

     /udicial o de lo particulare"

    La acción de protección protege derec0o contitucionale1 eto e una categoríamá amplia )ue lo derec0o fundamentale1 )ue on1 B"""todo a)uello derec0ou+/eti*o )ue correponden uni*eralmente a BtodoB lo ere 0umano encuanto dotado del tatu de perona1 de ciudadano o perona con capacidadde o+rar@ entendiendo por Bderec0o u+/eti*oB cual)uier expectati*a poiti*a Ddepretacione o negati*a Dde no ufrir leione adcrita a un u/eto por una norma

     /urídica@ y por BtatuB la condición de un u/eto1 pre*ita aí mimo por una norma /urídica poiti*a1 como preupueto de u idoneidad para er titular de ituacione /urídica yo autor de lo acto )ue on e/ercicio de >taB 'erra/oli"

    Para ,a*ier P>rez (oyo1 lo derec0o on fundamentale por)ue etánincorporado en una Contitución )ue e Ley 'undamental" Eto no deduce )uetodo lo derec0o )ue reconoce la Carta 'undamental on fundamentale"Entonce la acción de protección protege de manera inmediata1 directa y eficaz1 atra*> de un mecanimo encillo1 rápido y eficaz1 a cual)uier perona1 comunidad1pue+lo1 nacionalidad y colecti*o1 contra *ulneracione de lo derec0ocontitucionale por la acción u omiión de cual)uier autoridad p+lica no /udicial ode un particular1 contatada )ue fuere la auencia de *ía o mecanimo /udicialeadecuado y eficace para proteger la *iolación de eo derec0o en el caoconcreto"

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    Re*isit$s "e +ia,i!i"a" "e !a Acci%& "e Pr$tecci%& re-eri"$s a !a a"ecaci%& e-icacia.

    Lo re)uiito de *ia+ilidad )ue e=ala una norma de dearrollo contitucionalcomo la Ley 7rgánica de %arantía ,uridiccionale y Control Contitucional

    DL7%,CC en u artículo -:@

    La acción de protección e podrá preentar cuando concurran lo iguientere)uiito5

    l " Violación de un derec0o contitucional@

    2" Acción u omiión de autoridad p+lica o de un particular de conformidad con elartículo iguiente@ y1

    !" 4nexitencia de otro mecanimo de defena /udicial adecuado y eficaz para

    proteger el derec0o *iolado"El artículo -2 de la L7%,CC1 atendiendo cauale de improcedencia de nuetraacción1 e=ala iete upueto1 entre lo )ue e menciona el del numeral -1 )ue laeta+lece BCuando el acto adminitrati*o pueda er impugnado en la *ía /udicial1al*o )ue e demuetre )ue la *ía no fuere adecuada ni eficaz"B

    La otra ei cauale contituyen dearrollo contitucionale )ue repetan1 elncleo fundamental de la garantía /uridiccional eta+lecida en el artículo $$ de laC(E"

    8al*o la remiión del numeral 2 al B"""artículo iguiente"B para dearrollar laprocedencia y legitimación pai*a de eta acción1 el artículo -: de la L7%,CC nodearrolla1 en cam+io1 a+olutamente nada del texto contitucional del artículo $$)ue intituye nuetra acción de protección1 limitándoe a repetir lo )ue ya la normacontitucional eta+lece"

    Llama la atención el numeral ! de dic0a dipoición y en el numeral - del artículo-2 de ee cuerpo legal1 e incorpore una circuntancia )ue no contemplaexpreamente nuetra Contitución y )ue prima facie no e dearrollita inomenguante de la norma contitucional del artículo $$ y1 por ende1 de la acción de

    protección y el amparo directo y eficaz de lo derec0o Contitucionale )uecontituye u o+/eto"

    En efecto1 )ue e eta+lezca como re)uiito de *ia+ilidad de la acción deprotección )ue no exita otro mecanimo de defena /udicial adecuado y eficazpara proteger el derec0o *iolado1 o )ue e intituya como caual de improcedenciala poi+ilidad de impugnar el acto adminitrati*o en una *ía /udicial adecuada y

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    eficaz contituye1 en principio1 una diminución de la garantía )ue1 como 0emoe=alado1 goza de acreditación contitucional de directa y eficaz1 ademá deinmediata"

    Fna lectura itemática de la C(E no permitirá extraer lo nico re)uiito )ue

    ella eta+lece1 )ue de+en exitir1 tener entidad y1 oportunamente1 er acreditado1por lo meno1 umariamente"

    6ale on5

    a Acción u omiión de una autoridad p+lica no /udicial o de un particular@

    + Mue ocaione la *ulneración de un derec0o contitucional@

    c Mue exita una perona Dcual)uier perona1 grupo de perona1 comunidad1pue+lo o nacionalidad afectada por tal *ulneración@ y1

    d Mue el derec0o *ulnerado no et> amparado por otra garantía /uridiccionale"

    Eto Iltimo recogido por el artículo !? de la L7%,CC1 pero )ue de*iene delprincipio de interpretación itemática de la Contitución1 egn el cual iendo laContitución un todo orgánico1 u precepto de+en interpretare de tal modo )uee excluya toda interpretación )ue anule o de/e in efecto alguna de udipoicione"

    Lo procedimiento )ue la Contitución pre*> para la toma de una deciión no

    pueden reemplazar otro mecanimo pre*ito en el mimo texto contitucional"Para la procedencia de eta acción1 e exige )ue no exitan otro mecanimo o*ía /udiciale adecuada y eficace en protección del derec0o *iolado1 ni nada)ue dearrollado pueda con*ertire en tal exigencia" 8on muy poco lomecanimo /udiciale )ue puedan calificare de adecuado y eficace tratándoede afectación de derec0o contitucionale y el contituyente lo a+ía +ien1 a talpunto de ni i)uiera 0a+erlo mencionado" Como a+ía1 igualmente1 )ue iendo eeun dato o+/eti*o1 pre*ii+le y fácilmente palpa+le1 la accione de protección econ*ertirían en el pan del día1 multiplicándoe de manera incontrola+le yre+aando la poi+ilidade del propio itema"

    En la intauración de la garantía normati*a del artículo $- de la C(E1 eto e lao+ligación de adecuar1 formal y materialmente1 la leye y demá norma /urídicaa lo derec0o pre*ito en la Contitución y lo tratado internacionale1 y loneceario para garantizar la dignidad 0umana1 con cuyo cumplimiento eaegura+a ee contituyente )ue nuetro itema /udicial y u mecanimo

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    ordinario de defena fueran1 en general1 adecuado y eficace para proteger underec0o contitucional *iolado1 radica la explicación necearia"

    El legilador ordinario contraria1 la *oluntad del poder contituyente a tra*> de laL7%,CC1 agregando la exigencia Dad*ertida en el articulo $- )ue incorporan lo

    artículo -:"! y -2"- de la L7%,CC1 )ue no de/a de er1 incontitucional1 en tantono e cumpla con el mandato pre*io del artículo $- de la C(E" Eta exigencia1permite otener )ue 0oy por 0oy la acción de protección e una acciónexcepcional por)ue ca+e nicamente ante la auencia de mecanimo o *ía

     /udiciale adecuado y eficace para proteger el derec0o *iolado@ aí tam+i>ncomo calificada1 por)ue la adecuación y eficacia de la *ía o de lo mecanimo

     /udiciale de+en er apreciado por el /uez en función de la circuntancia delcao concreto"

    LA VIA /UDICIAL ADECUADA Y EFICAZ Y LAS 'ARANTÍAS NORMATIVAS DE

    LA CONSTITUCIÓN.La garantía normati*a )ue eta+lece el artículo $- de la Contitución reultaner la cla*e de interpretación de un amparo conce+ido como un recuroexcepcional y calificado en un entorno de *ía y mecanimo /udiciale deprotección de derec0o1 adecuado y eficace"

    En un entorno ad*ero de *ía y mecanimo /udiciale inadecuado y o+oleto1lento y1 la mayoría de la *ece1 ineficace1 de+e imponere la inmediatez yeficacia de la acción contitucional1 generando una profuión importante dedemanda de protección admitida"

    El contituyente eta+leció como garantía contitucional la garantía normati*adel artículo $- y o+re la cual plamó con muc0a razón en el artículo ; de laContitución1 el derec0o a una tutela /udicial efecti*a1 imparcial y expedita denuetro derec0o o1 lo )ue e lo mimo1 el derec0o a recurrir en defena de elloante un /uez1 a tra*> de un procedimiento /uto1 igualitario y razona+lementerápido y con plena aplicación de lo principio de la adminitración de /uticia )uee refieren en adminitración de /uticia )ue e refieren en lo artículo &9$ y &9?de la C(E1 eto e una adminitración de /uticia independiente1 autónoma1 conunidad /uridiccional1 gratuita1 p+lica1 con proceo orale en toda la materia1

    intancia1 etapa y diligencia"

    Con un itema proceal como medio de acceo a la /uticia y no como fin en ímimo1 con norma proceale )ue conagren lo principio de implificación1uniformidad1 eficacia1 inmediación1 celeridad y economía proceal y )ue 0aganefecti*a la garantía del de+ido proceo" 8iendo1 como un órgano /udicial enprotección de nuetro derec0o e interee1 entonce toda la ditinta accione)ue e e/erzan en lo diferente ám+ito del derec0o de+en er tutelada con ea

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    cualidade de efecti*idad1 imparcialidad y expedición o1 de manera /uta1igualitaria y razona+lemente rápida"

    Badecuado y eficazB"< Adecuado e refiere a lo apropiado a la condicione1circuntancia u o+/eto de algo" eficaz cuando e propio1 adecuado o efecti*o

    para un fin" Mue un mecanimo o una acción /udicial ean adecuado etáreferido1 entonce1 a un /uicio pre*io o+re la circuntancia del cao concreto1 noa la imple contancia fáctica de una *ía poi+le"

    La Corte 4nteramericana de #erec0o Jumano 0a declarado )ue B"""no +ata conla exitencia formal de lo recuro ino )ue >to de+en tener efecti*idad D""" nopueden coniderare efecti*o a)uello recuro )ue1 por la condicionegenerale del paí o incluo por la circuntancia particulare de un cao dado1reulten iluorio" Por e/emplo1 cuando u inutilidad 0aya )uedado demotradaen la práctica@ por)ue falten lo medio para e/ecutar u deciione@ por cual)uier 

    otra ituación )ue configure un cuadro de denegación de /uticia como ucedecuando e incurre en retardo in/utificado1 en la deciión D… al*aguarda de laperona frente al e/ercicio ar+itrario del poder p+lico e el o+/eti*o primordial de laprotección internacional de lo derec0o 0umano"B

    La acción de corte la+oral o contencioo adminitrati*a interpueta por un /efe defamilia depedido de u empleo1 a cuyo cargo e encuentran u epoa e 0i/oafectado con dicapacidad e*era1 erá in ninguna duda inadecuada paraproteger u derec0o *iolado1 pue en la circuntancia anotada acudir a la

     /uticia ordinaria en +uca de protección ería tanto como condenar a morir a

    eto dependiente1 )ue no o+re*i*irán1 eguramente1 al tiempo y recuro )uedemandan otener un pleito en ea *ía"

    8i eta perona acude al /uez contitucional con una acción de protección1 etede+erá apreciar la circuntancia del cao y determinará1 )ue el mecanimo o *ía

     /udicial no reultan adecuado" 6ampoco erán eficace1 pue1 la eficacia *ienedada en la medida )ue el mecanimo o la *ía elegida termine iendo efecti*a ygenere reultado de *ita a un fin particular1 eto e )ue no de*engan en iluorioo )uim>rico" En nuetro e/emplo1 ee fin etá dado por la gra*edad y urgencia)ue re*ite el cao concreto )ue exige una acción directa y un procedimiento

    encillo y rápido para proteger el derec0o *iolado del u/eto en mención"

    'allo repecto de la adecuación y eficacia"

    En un fallo de la Corte Contitucional Colom+iana en el )ue e con/ugan yanalizan alguno de lo concepto examinado acerca de la adecuada y eficacia)ue introdu/o nuetro legilador en lo artículo -: y -2 de la L7%,CC" Conformea la /uriprudencia de eta Corporación1 la acción de tutela no procede1 en

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    principio1 para cuetionar lo dictámene emitido por la /unta de calificación dein*alidez"

    La razón para ello e el carácter u+idiario )ue poee el mecanimo /udicialpre*ito en el artículo $9 de la Contitución1 pue exite un ecenario /udicial

    concreto para reol*er lo conflicto )ue ur/an a propóito de expedición de lodictámene de p>rdida de la capacidad la+oral1 cual e la /uridicción ordinaria enu epecialidade la+oral y de eguridad ocial egn lo articula && y -: del#ecreto 2-9! de 2::& BPor el cual e reglamenta la integración financiación yfuncionamiento de la ,unta de Calificación de 4n*alidezB" D"""

    La CCC 0a eta+lecido la acción de tutela como una acción o mecanimou+idiario frente a la *ía /udiciale ordinaria )ue eta+lecen ecenario

     /udiciale concreto para reol*er@ en ete cao1 conflicto urgido de dictámeneadminitrati*o"

    6al u+idiaridad etá dada por cuanto lo regular y contitucional en Colom+ia e)ue ete tipo de contro*eria e *entilen a tra*> de eto mecanimo /udiciale)ue e contituyen en primario frente a la opción de la *ía contitucional detutela"

    #e a0í u calificación de mecanimo u+idiario1 de auxilio o ecundario" No eee el cao de nuetra acción de protección cuya naturaleza1 por mandatocontitucional1 e ditinta por gozar de inmediatez y proceder excepcionalmentede no exitir *ía adecuada y eficace para el cao concreto" Eto e1 en unplano meramente precripti*o de momento Dpor mora legilati*a1 un itema

     /udicial1 en general adecuado y eficaz para proteger derec0o contitucionale*ulnerado1 ería la regla1 en tanto )ue la excepción etaría dada por la exitenciade un mecanimo Dla acción de protección ingularmente adecuado y eficaz paraproteger eo mimo derec0o1 y cuyo r>gimen aplicati*o de regla y excepciónde+e er dearrollado por la /uriprudencia contitucional"

    B8in em+argo1 la /uriprudencia de eta Corporación1 con +ae en el artículo $9 dela Contitución1 tam+i>n 0a indicado do excepcione a la regla general de laimprocedencia"

    En primer lugar1 la acción de tutela procederá como mecanimo definiti*o en ele*ento en )ue el medio /udicial pre*ito para ete tipo de contro*eria no reulteidóneo y eficaz en el cao concreto1 lo cual de+erá er analizado por el /uez detutela atendiendo la circuntancia en )ue e encuentre el olicitante"

    Por e/emplo1 en la entencia 6< &:$ de 2::1 la 8ala Cuarta de (e*iión concluyó)ue el proceo ordinario la+oral no era idóneo y eficaz en el cao de una perona

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    a la cual e le 0a+ía upendido el pago de u penión de in*alidez en *irtud de)ue una /unta de calificación de in*alidez1 con *iolación del de+ido proceo1determinó )ue u incapacidad la+oral 0a+ía diminuido de forma tal )ue ya noalcanza+a el porcenta/e a partir del cual la legilación otorga tal pretación" Loanterior1 de+ido a u edad n1 u par en nuetro artículo !; y 99"!"+ de la C(E1 )ue refieren grupo yperona )ue gozan de atención prioritaria y e encuentran en ituación dede*enta/a o *ulnera+ilidad1 y )ue1 por ende1 puede gozar de imilar e*olución ennuetra magitratura"

    BLo anterior e /utificaB en *irtud del de+er poiti*o en ca+eza del Etado y udiferente organimo de tomar la medida necearia y fa*ora+le para )ue laperona con dicapacidad fíica o mental puedan e/ercer u derec0o en

    condicione de igualdad con lo demá" Aí mimo1 reulta acorde con loprincipio y *alore contitucionale fa*orecer a la perona )ue e encuentranen circuntancia de de+ilidad manifieta" 6al de+er e deduce de lo principio y*alore contitucionale"

    La Contitución Política impone al Etado la o+ligación de e/ercer un tratodiferente repecto de eta perona a fin de garantizar1 de conformidad con elartículo 2o de la Contitución1 la efecti*idad de lo principio1 derec0o y de+ereconagrado en la Contitución" Aí mimo1 del contenido del artículo &!8uperior e deri*a la o+ligación de proteger epecialmente a a)uella perona

    )ue por u condición económica1 fíica o mental1 e encuentren en circuntanciade de+ilidad manifieta y1 el de+er de ancionar lo a+uo o maltrato )ue contraella e cometanB" D"""

    6odo lo cual e aplica de manera perfecta a nuetro contexto contitucional1 del)ue de+eremo citar1 lo artículo e)ui*alente &&"2"? y 99"- C(E"

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    Nuetra Corte Contitucional no e 0a pronunciado a tra*> de u fallo repectode lo )ue entiende por *ía o mecanimo /udiciale adecuado y eficace1 inem+argo 0a de/ado claro )ue conidera a la garantía /uridiccionale digna detale cualidade1 al afirmar en u nico fallo *inculante5

    6re on lo efecto eenciale )ue trae conigo el Etado Contitucional1 y )ueen un alto grado1 u eficacia decana en la la+ore )ue de+en deempe=ar la8ala de 8elección y (e*iión de la Corte Contitucional5

    a El reconocimiento de la Contitución como norma *inculante1 *alore1 principioy regla contitucionale@

    + El tránito de un /uez mecánico aplicador de regla a un /uez garante de lademocracia contitucional y de lo contenido axiológico pre*ito en laContitución@ y1

    c La exitencia de garantía /uridiccionale *inculante1 adecuada y eficacepara la protección de todo lo derec0o contitucionale"