panel 3: arbitrajes con pluralidad de partes, pluralidad de contratos y consolidación

9
Nuevo Reglamento de Arbitraje ICC 2012 ICC - ICC Chile Santiago, 27 de marzo de 2012 Panel 3: Arbitrajes con pluralidad de partes, pluralidad de contratos y consolidación DYALÁ JIMÉNEZ Arbitraje Internacional

Upload: doria

Post on 05-Jan-2016

30 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

Nuevo Reglamento de Arbitraje ICC 2012 ICC - ICC Chile Santiago, 27 de marzo de 2012. Panel 3: Arbitrajes con pluralidad de partes, pluralidad de contratos y consolidación. Dyalá Jiménez Arbitraje Internacional. Artículo 7 del Reglamento de Arbitraje: Incorporación de partes adicionales. - PowerPoint PPT Presentation

TRANSCRIPT

Page 1: Panel 3: Arbitrajes con pluralidad de partes,  pluralidad de contratos y consolidación

Nuevo Reglamento de Arbitraje ICC 2012 ICC - ICC Chile

Santiago, 27 de marzo de 2012

Panel 3: Arbitrajes con pluralidad de partes,

pluralidad de contratos y consolidación

DYALÁ JIMÉNEZArbitraje Internacional

Page 2: Panel 3: Arbitrajes con pluralidad de partes,  pluralidad de contratos y consolidación

Artículo 7 del Reglamento de Arbitraje:

Incorporación de partes adicionales

DYALÁ JIMÉNEZArbitraje Internacional

Page 3: Panel 3: Arbitrajes con pluralidad de partes,  pluralidad de contratos y consolidación

“…Toda incorporación estará sujeta a las disposiciones de los artículos 6(3)-6(7)”

Salvo que el SG lo refiera a la Corte, la cual determina prima facie si el/los acuerdos de arbitraje es/son:

o

uno solo

Artículo 7(1)_________________________________________________________

DYALÁ JIMÉNEZArbitraje Internacional

Objeciones a la existencia o alcance del acuerdo de arbitraje o a la determinación conjunta de las demandas.

Tribunal Arbitral•compatibles •reflejen voluntad de determinación conjunta de demandas

Rechaza la incorporación

Page 4: Panel 3: Arbitrajes con pluralidad de partes,  pluralidad de contratos y consolidación

Hipótesis Joint Venture AB_________________________________________________________

•Pacto accionistas A con B, se constituye la sociedad AB

•Contrato de licencia A con AB

DYALÁ JIMÉNEZArbitraje Internacional

1. Solicitud de Arbitraje de A contra B, sobre la base del Pacto de accionistas

2. B presenta Contestación y Solicitud de Incorporación de AB como demandado, sobre la base del Contrato de licencia

3. A y AB se oponen a tal incorporación

Análisis:

•¿se considerarán compatibles cláusulas con derecho de fondo distinto y distintos idiomas?

•¿cuánto pesa la voluntad de B en el joint venture AB?

Page 5: Panel 3: Arbitrajes con pluralidad de partes,  pluralidad de contratos y consolidación

Artículo 7(1)_________________________________________________________

“…Ninguna parte adicional podrá ser incorporada después de la confirmación o nombramiento de un árbitro...”

DYALÁ JIMÉNEZArbitraje Internacional

“…, salvo que todas las partes, incluyendo la parte adicional, acuerden lo contrario.”

Comentarios sobre constitución del Tribunal

Arbitral

1. Solicitud de Arbitraje

2. Solicitud de prórroga o Contestación, con Solicitud de Incorporación

3. Parte Adicional contesta traslado4. Confirmación/nombramiento de árbitros

Page 6: Panel 3: Arbitrajes con pluralidad de partes,  pluralidad de contratos y consolidación

Hipótesis Joint Venture AB_________________________________________________________

Pacto accionistas A con B, se constituye la sociedad AB

Contrato de licencia A con AB

DYALÁ JIMÉNEZArbitraje Internacional

1. Solicitud de Arbitraje de A contra B, designa coárbitro

2. B presenta Contestación, designa coárbitro

3. Secretario General confirma coárbitros

4. A ingresa una Solicitud de Incorporación de AB

Análisis

AB y B deben estar de acuerdo con incorporación; AB debe estar conforme con designación de árbitro efectuada por B. De lo contrario, la incorporación se rechaza.

Page 7: Panel 3: Arbitrajes con pluralidad de partes,  pluralidad de contratos y consolidación

Artículos 7(2) - 7(4)_____________________

• Aplicación mutatis mutandis de los artículos 4(3), 4(4) y 4(5)

• “…La parte adicional podrá formular demandas en contra de cualquier otra parte de conformidad con las disposiciones del artículo 8.”

DYALÁ JIMÉNEZArbitraje Internacional

Page 8: Panel 3: Arbitrajes con pluralidad de partes,  pluralidad de contratos y consolidación

Conclusión______________________________________________

El consenso es un elemento fundamental en el arbitraje internacional, por lo que el

litisconsorcio necesario no se presenta como posibilidad (todavía)

DYALÁ JIMÉNEZArbitraje Internacional

Page 9: Panel 3: Arbitrajes con pluralidad de partes,  pluralidad de contratos y consolidación

Muchas gracias

DYALÁ JIMÉNEZArbitraje Internacional