origen y funciÓn de la cartelizaciÓn scpm guayaquil, enero 2015
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ORIGEN Y FUNCIÓN DE LA CARTELIZACIÓN
SCPMGuayaquil, Enero 2015
Papa Pío XI dice (en la Encíclica Quadragésimo Anno), al plantear el problema del despoticum potentatum oeconomicum:"La libertad de competencia se ha destruido a sí misma, la dictadura económica ha suplantado a la libertad de mercado, la ambición desenfrenada por el poder ha fomentado la ambición y, lo que es peor, ese poder despótico se halla consolidado en manos de quienes a menudo no son propietarios, sino únicamente administradores de fondos que administran de acuerdo con su deseo arbitrario y su propio placer". (papado 1922 – 1939)La Encíclica Quadragésimo Anno aparece a los cuarenta años de la Encíclica Rerum Novarum de León XIII, en la que Iglesia toma posición frente al movimiento obrero.
• Estado de desequilibrio físico, psíquico o social.• La escasez de recursos atenta al restablecimiento del estado de
equilibrio o de comodidad.• Antinomia del Bienestar
• Bienestar Físico• Bienestar Psicosocial
• Las necesidades son recurrentes• Se satisfacen y desaparecen• Luego vuelven a aparecer
• Satisfactores.-• Quienes, cuándo y de qué manera se satisfacen las necesidades:• La clave de la economía.
Qué es la Necesidad.-
Las Necesidades.- La Pirámide de Maslow
NECESIDADES DE RECONOCIMIENTO
NECESIDADES DE PERTENENCIA
NECESIDADES DE SEGURIDAD
NECESIDADES BÁSICAS
AUTOREALIZACIÓN
• Necesidades Básicas.-– Comer– Beber– Abrigarse– Dormir– Sexuales
• Necesidades de Seguridad.-– Salud– Vivienda– Trabajo– Transporte– Comunicaciones
Las Necesidades Reales.-
REPRODUCCIÓN INDIVIDUAL CELULAR O FISIOLÓGICA
REPRODUCCIÓN SOCIAL O COLECTIVA
• La Pertenencia.-• Todo individuo necesita sentirse perteneciente a un grupo social.
• La familia• La organización laboral• El club de fútbol• La Iglesia
• El Reconocimiento• Todo individuo necesita ser reconocido por los esfuerzos que realiza
• Nominación de un título profesional• El empleado del mes• Un ascenso• Una medalla• Un trofeo• Otros honores por esfuerzo
Las Necesidades Psicológicas.-
• Los satisfactores de las necesidades han ido variando en el tiempo.• En las sociedades pre capitalistas los bienes que
satisfacían las necesidades eran de producción artesanal y generalmente se los producía por encargo.
• En la sociedad capitalista, los bienes ya no se producen por encargo.
• La revolución Industrial basada en la producción en serie cambia la noción de necesidad
La Satisfacción de las Necesidades
ESPECIALIDAD EN LOS DIFERENTES PROCESOS DEPRODUCCIÓN
PROCESO ARTESANAL
PROCESO INDUSTRIAL O MANUFACTURERO
• Los bienes en general a más de la función de satisfacción de necesidades pasan a ser mercancías o mercaderías.
• Al ser mercaderías los bienes tienen esa doble función. Son creados para satisfacer necesidades humanas y lo más importante, son creadas también para ser vendidas o comercializadas.
• La producción industrial cambia la lógica artesanal del encargo y se convierte en oferta para que los consumidores puedan comprar y satisfacer sus necesidades.
• La competencia de oferentes para captar las preferencias de los consumidores aparece.
Mutación de los Bienes en la SociedadCapitalista
• La libertad de acción de los operadores económicos es congruente con sociedades políticamente liberales y democráticas
• El Estado tiene la función de policía: sanciona a quienes alteran el ordenamiento social.
• Mientras más operadores económicos existan interesados en cubrir las necesidades de la población, los precios bajarán y esta situación beneficiará a los consumidores.
• La información que tienen los consumidores, respecto de los bienes y servicios ofertados en el mercado es uniforme por lo que pueden elegir el bien más adecuado para satisfacer su necesidad.
• La política comercial de cada operador económico debe ser independiente de sus competidores.
Los Supuestos de la Competencia.-
• Monopolio.- Un solo oferente• Oligopolio.- Pocos Oferentes• Monopsonio.- Un solo comprador• Oligopsonio.- Pocos compradores• DESDE ESTAS POSICIONES DE PODER DE MERCADO Y DE
NEGOCIACIÓN EXISTE UNA PRÁCTICA ANTICOMPETITIVA QUE ATENTA A LA EFICIENCIA Y TRANSPARENCIA EN LOS MERCADOS: LA CARTELIZACIÓN
Resultados Reales en la Competencia no Regulada.-
• Se entiende como cartel al acuerdo existente entre operadores económicos que acuerdan explícita o tácitamente el comportamiento y los roles que tendrán cada uno de sus componentes en mercados determinados.
• En las primeras décadas del siglo XX, EEUU y Europa eran sociedades altamente cartelizadas. Existía, incluso, la propuesta de crear una organización mundial que establezca los roles de las diferentes empresas.
QUÉ ES UN CARTEL
• Cooperación y coordinación• Forma de coordinación entre empresas que, sin llegar al
punto de concluir un acuerdo, sustituyen los riesgos de la competencia por una cooperación tácita entre ellas
• La coordinación y la cooperación necesarias para la práctica concertada no requieren la existencia de un “plan”
• La cooperación y la coordinación se pueden plasmar mediante contactos directos o indirectos entre competidores.
Prácticas Concertadas.-
• Conductas paralelas como el incremento de precios similar y simultáneo
• Normalmente no existe un acuerdo explícito conocido.• Conductas que no se explican de manera natural• Contactos directos e indirectos entre competidores para
influir en la conducta de éstos en un mercado determinado
• Conscientemente sustituyen la competencia por la coordinación para evitar los riesgos de la competencia
Características de las Prácticas Concertadas
• Estas prácticas son más ambiguas todavía, no requieren de acuerdo ni concertación, el operador económico actúa unilateralmente pero alineándose al comportamiento de otro competidor.
• Otras prácticas semejantes son las decisiones o recomendaciones colectivas realizadas por asociaciones o gremios de operadores económicos que establecen pautas de actuación tendientes a uniformizar el comportamiento de los asociados y a limitar la competencia entre ellos.
Prácticas Conscientemente Paralelas
• Por el objeto.-• El mero intento de limitar la competencia es ya una
infracción. Aún si no lo consigue.• Efecto Real.-
• Que produzca el efecto de restringir la competencia, aunque no tenga ese propósito.
• Efecto Probable.-• Que pueda producir un efecto anticompetitivo, incluso sin
perseguirlo.
Condiciones para Incurrir en la Infracción.-
• Restricción por el Objeto.-• Fijación de Precios• Limitación de la Producción• Reparto de mercado
• Identificar las restricciones.-• Definición del mercado de referencia• Valoración de la posición de las partes• Valoración de la posición de los competidores• Evaluación de los efectos:
• Naturaleza del acuerdo• Variación de resultados
Restricciones del Mercado.-
• Acuerdos y prácticas prohibidas.- Están prohibidos y serán sancionados de conformidad con las normas de la presente ley todo acuerdo, decisión o recomendación colectiva, o práctica concertada o conscientemente paralela, y en general todos los actos o conductas realizados por dos o más operadores económicos, de cualquier forma manifestados, relacionados con la producción e intercambio de bienes o servicios, cuyo objeto o efecto sea o pueda ser impedir, restringir, falsear o distorsionar la competencia, o afecten negativamente a la eficiencia económica o el bienestar general.
LORCPM ARTÍCULO 11.-
1. Fijar de manera concertada o manipular precios, tasas de interés, tarifas, descuentos, u otras condiciones comerciales o de transacción, o intercambiar información con el mismo objeto o efecto.2. Repartir, restringir, limitar, paralizar, establecer obligaciones o controlar concertadamente la producción, distribución o comercialización de bienes o servicios.3. El reparto concertado de clientes, proveedores o zonas geográficas.5. Restringir el desarrollo tecnológico o las inversiones.9. Concertar con el propósito de disuadir a un operador económico de una determinada conducta, aplicarle represalias u obligarlo a actuar en un sentido determinado.10. La concertación de la calidad de los productos cuando no corresponda a normas técnicas nacionales o internacionales.
LORCPM ARTÍCULO 11.-
15. El boicot dirigido a limitar el acceso al mercado o el ejercicio de la competencia por otras empresas.16. Suspender concertadamente y de manera vertical la provisión de un servicio monopólico en el mercado a un proveedor de bienes o servicios público o privado.21. Los acuerdos entre proveedores y compradores, al margen de lo que establece la ley, que se puedan dar en las compras públicas que direccionen y concentren la contratación con el afán de favorecer injustificadamente a uno o varios operadores económicos.
Son nulos de pleno derecho los acuerdos, prácticas, decisiones y recomendaciones que, estando prohibidos en virtud de lo dispuesto en este artículo, no estén amparados por las exenciones previstas en la presente Ley.
LORCPM ARTÍCULO 11.-
GRACIAS