organización y funcionamiento de los tribunales del trabajo en vzla
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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAUNIVERSIDAD FERMÍN TORO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS TRIBUNALES DE TRABAJO EN
VENEZUELA
AUTOR: JESUS ULACIO C.I. 20.785.589SAIA : A
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS TRIBUNALES DE TRABAJO VENEZUELA
TRIBUNALES LABORALES Es el lugar en que los jueces administran
justicia en donde se le confía el conocimiento y fallo de los conflictos judiciales surgidos entre el trabajadores y patronos, o por relación del trabajo, en los grados de instancia, apelación y abarca inspecciones laborales, prevención de conflictos, mediación y otros.
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TIPOS DE TRIBUNALES
• Son los que están constituidos por un solo Juez
TRIBUNALES UNIPERSONA
LES
• Son los que están constituidos o integrado por tres o mas Jueces
TRIBUNALES COLEGIADOS
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CLASIFICACIÓN DE LOS TRIBUNALES DEL TRABAJO
TRIBUNALES QUE CONOCEN EN PRIMERA INSTANCIA
TRIBUNALES SUPERIORES DEL TRABAJO QUE CONOCEN EN SEGUNDA INSTANCIA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, EN SALA DE CASACIÓN SOCIAL
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ORGANIZACIÓN DE LOS TRIBUNALES DEL TRABAJO
TRIBUNALES DE PRIMERA INSTANCIA
TRIBUNAL UNIPERSONAL
(Juez y secretario)
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución
TRIBUNAL DE JUICIO
En cada circuito judicial del trabajo, deberá existir un Servicio de Alguacilazgo, quienes serán los ejecutores
inmediatos de las órdenes que se dicten los Jueces y Secretarios, en ejercicio de sus atribuciones.
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COMPETENCIAS O FUNCIONES DE LOS TRIBUNALES DE TRABAJO
Los Tribunales del Trabajo son competentes para sustanciar y decidir: 1. Los asuntos contenciosos del trabajo, que no correspondan a la
conciliación ni al arbitraje. 2. Las solicitudes de calificación de despido o de reenganche, formuladas
con base en la estabilidad laboral consagrada en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en la legislación laboral.
3. Las solicitudes de amparo por violación o amenaza de violación de los derechos y garantías constitucionales establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, relaciones laborales como hecho social, de las estipulaciones del contrato de trabajo y de la seguridad social.
4. Los asuntos contenciosos del trabajo relacionados con los intereses colectivos o difusos.