oposiciones scs

13
II. Autoridades y personal Oposiciones y concursos Consejería de Sanidad 114 Servicio Canario de la Salud. Gerencia de Servicios Sanitarios del Área de Salud de La Palma.- Resolución de 22 de diciembre de 2010, por la que se convocan pruebas selec- tivas para el acceso a la condición de perso- nal estatutario fijo en plazas básicas vacan- tes de diversas categorías adscritas a este Órgano, a efectuar en el ámbito de esta Ge- rencia de Servicios Sanitarios. En esta Gerencia de Servicios Sanitarios se encuen- tran vacantes determinadas plazas básicas de diver- sas categorías de personal estatutario que es necesa- rio cubrir, y que se encuentran comprendidas en las previsiones del Decreto 150/2007, de 24 de mayo, por el que se aprobó la Oferta de Empleo Público del per- sonal estatutario del Servicio Canario de la Salud pa- ra el año 2007 (BOC nº 114, de 8.6.07). Por Resolución de 15 de noviembre de 2010, de la Dirección General de Recursos Humanos del Ser- vicio Canario de la Salud, se autorizó la convocato- ria de pruebas selectivas para el acceso a la condi- ción de personal estatutario fijo en plazas básicas vacantes de diversas categorías de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Sa- lud, a efectuar en el ámbito territorial de dicho orga- nismo, y se aprobaron las bases generales comunes por las que se han de regir las citadas convocatorias (BOC nº 234, de 26.11.10). Vistos los informes favorables de las Direcciones Generales de Recursos Económicos del Servicio Ca- nario de la Salud y de Planificación y Presupuesto de la Consejería de Economía y Hacienda acerca de la existencia de crédito, así como de la Dirección Ge- neral del Servicio Jurídico. En el ejercicio de las competencias que me atri- buye el artículo 7.4 del Decreto 123/1999, de 17 de junio (BOC nº 92, de 14.7.99), sobre selección de personal estatutario y la provisión de plazas bá- sicas y puestos de trabajo en los órganos de pres- tación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, R E S U E L V O: Convocar pruebas selectivas para el acceso a la con- dición de personal estatutario fijo, por el sistema de concurso-oposición, en plazas básicas vacantes de las siguientes categorías, adscritas a esta Gerencia de Ser- vicios Sanitarios: - Médicos/as de Urgencia Hospitalaria: 2 plazas ofertadas por el sistema de acceso libre. - Pediatras de Equipos de Atención Primaria: 6 pla- zas; de las mismas 4 se ofertan por el sistema de ac- ceso libre y 2 por el sistema de promoción interna. - Médicos/as de Admisión y Documentación Clí- nica: 1 plaza ofertada por el sistema de acceso libre. - Ingeniero/a Industrial: 1 plaza ofertada por el sis- tema de acceso libre. La presente convocatoria se regirá por las siguientes BASES Primera.- Ámbito de la convocatoria y de las prue- bas selectivas. Las pruebas selectivas se celebrarán en el ámbi- to territorial del Área de Salud de La Palma, en el fun- cional de los niveles de Atención Especializada y de Atención Primaria, según se especifica en la base cuar- ta, y en el orgánico de esta Gerencia de Servicios Sa- nitarios, por lo que esta convocatoria se encuadra en la modalidad de territorial y general, según lo pre- visto en el artículo 6 del Decreto 123/1999, de 17 de junio. El trámite y resolución de las convocatorias se po- drá realizar de forma simultánea o independiente pa- ra cada categoría. Segunda.- Normativa reguladora. Las pruebas selectivas se regirán por lo dispues- to en las presentes bases y en las bases generales co- munes aprobadas por Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos de fecha 15 de noviem- bre de 2010 (BOC nº 234, de 26.11.10) y, en lo no previsto en las mismas, por lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Em- pleado Público (BOE nº 89, de 13.4.07), en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud (BOE nº 301, de 17.12.03), en el Decreto 150/2007, de 24 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del personal estatutario del Servicio Cana- rio de la Salud para el año 2007 (BOC nº 114, de 8.6.07), y en el Decreto 123/1999, de 17 de junio, sobre se- lección de personal estatutario y la provisión de pla- zas básicas y puestos de trabajo en los órganos de pres- tación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud (BOC nº 92, de 14.7.99), de aplicación en todo aquello que no se oponga a lo establecido en las disposiciones anteriormente mencionadas. Asimismo, serán de aplicación las prescripciones de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien- to Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y restante normativa de ge- neral aplicación. Boletín Oficial de Canarias núm. 5 622 Lunes 10 de enero de 2011 boc-a-2011-005-114

Upload: arcadio-mendez-gonzalez

Post on 30-Jun-2015

189 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Oposiciones SCS

II. Autoridades y personalOposiciones y concursos

Consejería de Sanidad

114 Servicio Canario de la Salud. Gerencia deServicios Sanitarios del Área de Salud de LaPalma.- Resolución de 22 de diciembre de2010, por la que se convocan pruebas selec-tivas para el acceso a la condición de perso-nal estatutario fijo en plazas básicas vacan-tes de diversas categorías adscritas a esteÓrgano, a efectuar en el ámbito de esta Ge-rencia de Servicios Sanitarios.

En esta Gerencia de Servicios Sanitarios se encuen-tran vacantes determinadas plazas básicas de diver-sas categorías de personal estatutario que es necesa-rio cubrir, y que se encuentran comprendidas en lasprevisiones del Decreto 150/2007, de 24 de mayo, porel que se aprobó la Oferta de Empleo Público del per-sonal estatutario del Servicio Canario de la Salud pa-ra el año 2007 (BOC nº 114, de 8.6.07).

Por Resolución de 15 de noviembre de 2010, dela Dirección General de Recursos Humanos del Ser-vicio Canario de la Salud, se autorizó la convocato-ria de pruebas selectivas para el acceso a la condi-ción de personal estatutario fijo en plazas básicas vacantesde diversas categorías de los órganos de prestaciónde servicios sanitarios del Servicio Canario de la Sa-lud, a efectuar en el ámbito territorial de dicho orga-nismo, y se aprobaron las bases generales comunespor las que se han de regir las citadas convocatorias(BOC nº 234, de 26.11.10).

Vistos los informes favorables de las DireccionesGenerales de Recursos Económicos del Servicio Ca-nario de la Salud y de Planificación y Presupuestode la Consejería de Economía y Hacienda acerca dela existencia de crédito, así como de la Dirección Ge-neral del Servicio Jurídico.

En el ejercicio de las competencias que me atri-buye el artículo 7.4 del Decreto 123/1999, de 17de junio (BOC nº 92, de 14.7.99), sobre selecciónde personal estatutario y la provisión de plazas bá-sicas y puestos de trabajo en los órganos de pres-tación de servicios sanitarios del Servicio Canariode la Salud,

R E S U E L V O:

Convocar pruebas selectivas para el acceso a la con-dición de personal estatutario fijo, por el sistema deconcurso-oposición, en plazas básicas vacantes de lassiguientes categorías, adscritas a esta Gerencia de Ser-vicios Sanitarios:

- Médicos/as de Urgencia Hospitalaria: 2 plazasofertadas por el sistema de acceso libre.

- Pediatras de Equipos de Atención Primaria: 6 pla-zas; de las mismas 4 se ofertan por el sistema de ac-ceso libre y 2 por el sistema de promoción interna.

- Médicos/as de Admisión y Documentación Clí-nica: 1 plaza ofertada por el sistema de acceso libre.

- Ingeniero/a Industrial: 1 plaza ofertada por el sis-tema de acceso libre.

La presente convocatoria se regirá por lassiguientes

BASES

Primera.- Ámbito de la convocatoria y de las prue-bas selectivas.

Las pruebas selectivas se celebrarán en el ámbi-to territorial del Área de Salud de La Palma, en el fun-cional de los niveles de Atención Especializada y deAtención Primaria, según se especifica en la base cuar-ta, y en el orgánico de esta Gerencia de Servicios Sa-nitarios, por lo que esta convocatoria se encuadra enla modalidad de territorial y general, según lo pre-visto en el artículo 6 del Decreto 123/1999, de 17 dejunio.

El trámite y resolución de las convocatorias se po-drá realizar de forma simultánea o independiente pa-ra cada categoría.

Segunda.- Normativa reguladora.

Las pruebas selectivas se regirán por lo dispues-to en las presentes bases y en las bases generales co-munes aprobadas por Resolución de la DirecciónGeneral de Recursos Humanos de fecha 15 de noviem-bre de 2010 (BOC nº 234, de 26.11.10) y, en lo noprevisto en las mismas, por lo establecido en la Ley7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Em-pleado Público (BOE nº 89, de 13.4.07), en la Ley55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco delpersonal estatutario de los servicios de salud (BOEnº 301, de 17.12.03), en el Decreto 150/2007, de 24de mayo, por el que se aprueba la Oferta de EmpleoPúblico del personal estatutario del Servicio Cana-rio de la Salud para el año 2007 (BOC nº 114, de 8.6.07),y en el Decreto 123/1999, de 17 de junio, sobre se-lección de personal estatutario y la provisión de pla-zas básicas y puestos de trabajo en los órganos de pres-tación de servicios sanitarios del Servicio Canario dela Salud (BOC nº 92, de 14.7.99), de aplicación entodo aquello que no se oponga a lo establecido en lasdisposiciones anteriormente mencionadas. Asimismo,serán de aplicación las prescripciones de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimien-to Administrativo Común, modificada por la Ley4/1999, de 13 de enero, y restante normativa de ge-neral aplicación.

Boletín Oficial de Canarias núm. 5 622 Lunes 10 de enero de 2011

boc-a-2011-005-114

Page 2: Oposiciones SCS

Tercera.- Publicaciones.

1. La presente convocatoria se publicará median-te la inserción del texto íntegro de la misma en el Bo-letín Oficial de Canarias.

2. Las relaciones provisional y definitiva de aspi-rantes admitidos y excluidos; la fecha y hora de comien-zo de las pruebas, así como el lugar de su celebración;las calificaciones de los ejercicios de la fase de oposi-ción así como la relación de aspirantes que superen di-cha fase; la relación provisional de valoración de la fa-se de concurso y la relación definitiva de aspirantes quesuperen el concurso-oposición; la oferta de plazas, larelación de aprobados y el requerimiento de documen-tación a los mismos; y en general cuantas otras actua-ciones objeto de publicación que sean competencia deeste órgano o de los Tribunales se susciten durante losprocesos selectivos, o como consecuencia de su reso-lución, serán publicadas mediante la inserción del tex-to íntegro del acto administrativo correspondiente enlos tablones de anuncios de este centro directivo, en lasiguiente dirección: Carretera de la Cumbre, nº 28,38713-Buenavista de Arriba, Breña Alta (Hospital Ge-neral de La Palma).

3. El nombramiento de los miembros de los Tri-bunales, así como cuantas otras actuaciones objetode publicación que sean competencia de la DirecciónGeneral de Recursos Humanos se susciten durantelos procesos selectivos, y las dimanantes de su reso-lución, serán publicadas mediante la inserción del tex-to íntegro del acto administrativo correspondiente enlos tablones de anuncios de este órgano, en la direc-ción señalada en el apartado dos de esta base, y enlos de la Dirección General de Recursos Humanossita en la Plaza Doctor Juan Bosch Millares, nº 1, deLas Palmas de Gran Canaria y en la calle AnselmoJ. Benítez, Edificio Duque, de Santa Cruz de Tenerife.

4. El nombramiento de los seleccionados se pu-blicará en el Boletín Oficial de Canarias.

Cuarta.- Identificación de las plazas convocadas.

1. Se convocan plazas básicas vacantes de las si-guientes categorías, adscritas a esta Gerencia de Ser-vicios Sanitarios:

- Médicos/as de Urgencia Hospitalaria: 2 plazasofertadas por el sistema de acceso libre.

- Pediatras de Equipos de Atención Primaria: 6 pla-zas; de las mismas 4 se ofertan por el sistema de ac-ceso libre y 2 por el sistema de promoción interna.

- Médicos/as de Admisión y Documentación Clí-nica: 1 plaza ofertada por el sistema de acceso libre.

- Ingeniero/a Industrial: 1 plaza ofertada por el sis-tema de acceso libre.

Las plazas de las categorías de Médicos/as deUrgencia Hospitalaria, Médicos/as de Admisión yDocumentación Clínica e Ingeniero/a Industrialpertenecen a la modalidad asistencial de AtenciónEspecializada, se encuentran vinculadas orgánicay funcionalmente a esta Gerencia de Servicios Sa-nitarios, y territorialmente al Área de Salud de LaPalma, por lo que el personal que obtenga plazapodrá ser destinado a cualquiera de los centrosdependientes de este órgano en la citada Área deSalud.

Las plazas de la categoría de Pediatras de Equi-pos de Atención Primaria pertenecen a la modali-dad asistencial de Atención Primaria y se encuen-tran vinculadas orgánica y funcionalmente a laDirección de la respectiva Zona o Zonas Básicasde Salud y a la Gerencia de Servicios Sanitarios delÁrea de Salud de La Palma. El ámbito territorialde las plazas de Atención Primaria es la Zona Bá-sica de Salud; no obstante podrán estar vinculadasa varias Zonas Básicas de Salud o a la totalidad delÁrea de Salud, de acuerdo con lo previsto en el ar-tículo 2.2 del Decreto 123/1999, de 17 de junio. Porello, el personal que obtenga plaza podrá ser des-tinado a cualquiera de los Centros dependientes dela Zona o Zonas Básicas de Salud a que se encuen-tre vinculada la misma.

Las plazas ofertadas tienen el carácter de plazasbásicas, esto es, las no correspondientes a Jefaturasde Unidad.

2. Los aspirantes seleccionados que cumplan losrequisitos establecidos en las disposiciones citadasen la base segunda adquirirán la condición de perso-nal estatutario, siéndoles de aplicación el Estatuto Bá-sico del Empleado Público, el Estatuto Marco del per-sonal estatutario de los Servicios de Salud, así comolas normas que se dicten en su desarrollo.

El régimen retributivo será el establecido en elReal Decreto-Ley 3/1987, de 11 de septiembre, so-bre retribuciones del Personal Estatutario del Institu-to Nacional de la Salud (BOE nº 219, de 12.9.87) ynormativa de desarrollo -o bien en la norma que sus-tituya al citado Real Decreto-Ley-, en las cuantías fi-jadas presupuestariamente para cada ejercicio.

3. Las tareas y funciones, el régimen de prestaciónde servicios, la jornada, el horario, así como la aten-ción continuada, se regirán por las disposiciones ci-tadas en el apartado anterior, así como por las nor-mas reguladoras de la organización y funcionamientode las prestaciones y funciones sanitarias y de los Ór-ganos que las tienen encomendadas.

4. Del número total de plazas convocadas, se re-servarán las indicadas en el apartado primero de labase cuarta para su cobertura por el sistema de pro-moción interna.

Boletín Oficial de Canarias núm. 5 623 Lunes 10 de enero de 2011

boc-a-2011-005-114

Page 3: Oposiciones SCS

En el supuesto de que estas plazas no sean cubier-tas total o parcialmente se acumularán a las inclui-das en el sistema general de acceso libre.

5. Los aspirantes sólo podrán participar a travésde uno de los sistemas indicados: acceso libre, o pro-moción interna.

Quinta.- Requisitos de los aspirantes.

1. Los aspirantes deberán reunir los requisitos quese especifican en esta base el último día del plazo depresentación de solicitudes y mantenerlos hasta el mo-mento de la toma de posesión.

2. Requisitos comunes para los distintos sistemas:

a) Nacionalidad:

1. Ser español o nacional de un Estado miem-bro de la Unión Europea o del Espacio Económi-co Europeo o nacional de cualquiera de los Esta-dos a los que, en virtud de Tratados Internacionalescelebrados por la Unión Europea y ratificados porEspaña, sea de aplicación la libre circulación detrabajadores.

2. También podrán participar, cualquiera que seasu nacionalidad, el cónyuge o pareja con la que semantenga una unión análoga de los españoles y delos nacionales de otros Estados miembros de la UniónEuropea, siempre que no estén separados de derechoo se haya cancelado la correspondiente inscripción.Asimismo, podrán participar sus descendientes y losde su cónyuge siempre que no estén separados de dere-cho, sean menores de veintiún años o mayores de di-cha edad dependientes.

b) Titulación: estar en posesión de la titulación quea continuación se señala o en condiciones de obte-nerla habiendo finalizado la formación exigida parasu obtención dentro del plazo de presentación desolicitudes:

1) Médicos/as de Urgencia Hospitalaria: título deLicenciado/a en Medicina y Cirugía y cualquier tí-tulo de Médico Especialista expedido por el Minis-terio de Educación, o la certificación prevista en elartº. 3 del Real Decreto 853/1993, de 4 de junio, so-bre ejercicio de las funciones de médico de medici-na general en el Sistema Nacional de Salud.

2) Pediatras de Equipos de Atención Primaria:título de Licenciado/a en Medicina y Cirugía y tí-tulo de Médico Especialista en Pediatría y susÁreas Específicas expedido por el Ministerio deEducación.

3) Médicos/as de Admisión y Documentación Clí-nica: título de Licenciado/a en Medicina y Cirugía,expedido por el Ministerio de Educación.

4) Ingeniero/a Industrial: título de Ingeniero/a In-dustrial, expedido por el Ministerio de Educación.

Asimismo, serán admitidos aquellos títulos expe-didos por los órganos competentes de los paísesmiembros de la Unión Europea, así como por los otrospaíses extranjeros siempre que estén oficialmentereconocidos y/u homologados, según proceda en ca-da caso, por el Ministerio de Educación.

c) Capacidad: poseer la capacidad funcional ne-cesaria para el desempeño de las tareas que se deri-ven del correspondiente nombramiento.

d) Edad: tener cumplidos dieciséis años y no ex-ceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

e) Habilitación: no haber sido separado del servi-cio, mediante expediente disciplinario, de cualquierServicio de Salud o Administración Pública, ni ha-llarse inhabilitado con carácter firme para el ejerci-cio de funciones públicas ni, en su caso, para la co-rrespondiente profesión.

En el caso de los nacionales de otros Estados, noencontrarse inhabilitado, por sanción o pena, para elejercicio profesional o para el acceso a funciones oservicios públicos en su Estado, ni haber sido sepa-rado por sanción disciplinaria de alguna de sus Ad-ministraciones o Servicios Públicos.

f) Haber abonado las tasas por derecho de examena que se refiere la base séptima.

3. Requisitos específicos para el sistema de pro-moción interna:

Además de reunir los requisitos establecidos enel apartado 2 de esta base, los aspirantes que concu-rran por este sistema deberán acreditar:

a) Tener la condición de personal estatutario fijodel Servicio Canario de la Salud, perteneciendo a ca-tegoría distinta a la de las plazas convocadas, siem-pre que el título exigido para el ingreso sea de igualo superior nivel académico que el de la categoría deprocedencia, y sin perjuicio del número de nivelesexistentes entre ambos títulos.

b) Encontrarse en situación administrativa de ser-vicio activo, y con una antigüedad como personal es-tatutario fijo durante al menos dos años en la cate-goría de procedencia antes de la finalización delplazo de presentación de solicitudes.

c) Estar en posesión de la titulación exigida en laconvocatoria o en condiciones de obtenerla dentro delplazo de presentación de solicitudes.

4. Acreditación de requisitos:

Boletín Oficial de Canarias núm. 5 624 Lunes 10 de enero de 2011

boc-a-2011-005-114

Page 4: Oposiciones SCS

Los requisitos a que se refiere el apartado segun-do de la presente base, excepto el haber abonado lastasas por derechos de examen, se acreditarán feha-cientemente por el aspirante en la forma prevista enla base decimoquinta. El pago de los derechos de exa-men, que será previo a la presentación de la solici-tud, se efectuará y acreditará como se indica en la ba-se séptima, relativa a la solicitud y a los derechos deexamen.

Los requisitos específicos de los aspirantes que con-curran por el sistema de promoción interna se acre-ditarán fehacientemente por el aspirante en la formaprevista en la base decimoquinta.

5. Si en el transcurso del proceso selectivo llega-ra a conocimiento de este órgano que alguno de losaspirantes carece de uno o varios de los requisitos ne-cesarios, o que se han producido variaciones en lascircunstancias alegadas en la solicitud de participa-ción en la convocatoria, se procederá a la oportunarectificación o exclusión del mismo, previa audien-cia del interesado, y mediante resolución motivada.

Si los Tribunales tuviesen conocimiento de lascircunstancias enunciadas en el párrafo anterior, lopondrán en conocimiento de este centro directivo alos efectos de los trámites señalados en el mismo.

Sexta.- Aspirantes con discapacidad, física, psíqui-ca y sensorial.

1. Los aspirantes afectados por limitaciones físi-cas, psíquicas o sensoriales serán admitidos en igual-dad de condiciones con los demás aspirantes, sin quepuedan ser excluidos por estas causas, siempre quetales limitaciones no sean incompatibles con el de-sempeño de las tareas o funciones correspondientes.

2. Dichos aspirantes tendrán que alegar, de for-ma expresa, al tiempo de presentar la correspon-diente solicitud, qué tipo de discapacidad padeceny qué adaptaciones necesitan para la realizaciónde los ejercicios, tal como previenen los artículos1.2 y 5.2 del Decreto 43/1998, de 2 de abril, porel que se desarrolla el Capítulo IV, Título VI dela Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pú-blica Canaria, regulador del sistema de acceso depersonas con minusvalía para la prestación de ser-vicios en la Administración de la ComunidadAutónoma de Canarias y medidas de fomento pa-ra su integración laboral.

3. Tales extremos tendrán que ser acreditados me-diante certificación vinculante del equipo multipro-fesional previsto en el citado Decreto 43/1998, en laque asimismo deberá constar que están en condicio-nes de cumplir las tareas fundamentales de los pues-tos de trabajo a que aspiran y las adaptaciones nece-sarias de dichos puestos. La certificación habrá de serpresentada junto con la solicitud de participación. De

no ser posible la presentación de dicha certificacióndentro del plazo de solicitudes, se deberá aportar almenos el justificante de haberla solicitado. En estecaso los aspirantes tendrán que aportar la certifica-ción dentro del plazo de subsanación de defectos aque se refiere la base octava.

4. El Tribunal Calificador adoptará las medidas pre-cisas en aquellos casos que resulte necesario, de for-ma que los aspirantes que hubieran solicitado adap-taciones de tiempo y/o medios en la forma previstaen el apartado anterior, gocen de similares condicio-nes para la realización de los ejercicios que el restode los participantes. En ningún caso las adaptacio-nes solicitadas podrán desvirtuar el carácter de las prue-bas selectivas.

Séptima.- Solicitudes y tasas por derecho deexamen.

1. Las solicitudes se ajustarán al modelo de instan-cia que se publica como anexo I de la presente Reso-lución, que será facilitado gratuitamente en las depen-dencias del Servicio Canario de la Salud, sitas en lasdirecciones que figuran en la base tercera así como através de la página web del Servicio Canario de la Sa-lud: http://www2.gobiernodecanarias.org/sanidad/scs.A efectos de cumplimentación de la instancia los có-digos de las diferentes categorías así como el códi-go del órgano convocante son los siguientes:

- Médicos/as de Urgencia Hospitalaria: 0001.

- Pediatras de Equipos de Atención Primaria: 0007.

- Médicos/as de Admisión y Documentación Clí-nica: 0002.

- Ingeniero/a Industrial: 0022.

- Código del órgano convocante (Gerencia deServicios Sanitarios del Área de Salud de La Palma):56.

Serán desestimadas las enmiendas o tachaduras siem-pre que no se encuentren salvadas bajo firma.

2. Las solicitudes, dirigidas a este centro directi-vo, se presentarán preferentemente en las dependen-cias del mismo, en la dirección que figura en la ba-se tercera, ello sin perjuicio de la posibilidad depresentación en la forma y lugares que determina elartículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común, mo-dificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, así co-mo el artículo 3 del Decreto 164/1994, de 29 de julio,por el que se adaptan los procedimientos administra-tivos de la Comunidad Autónoma a la citada Ley, yal artículo 4 del Decreto 100/1985, de 19 de abril, envirtud del cual se regula la recepción de documen-

Boletín Oficial de Canarias núm. 5 625 Lunes 10 de enero de 2011

boc-a-2011-005-114

Page 5: Oposiciones SCS

tos dirigidos a la Administración Pública de la Co-munidad Autónoma de Canarias.

En el caso de que la instancia se presentara en lasoficinas de Correos, deberá ofrecerse obligatoria-mente en sobre abierto para que el funcionario estam-pe el sello de fechas en el lugar destinado para elloen el original y en las copias.

Las solicitudes suscritas en el extranjero, una vezabonada la tasa por derechos de examen a que se re-fiere el apartado 8 de esta base, podrán cursarse a tra-vés de las representaciones diplomáticas o consula-res españolas correspondientes, que las remitiránseguidamente al órgano convocante. A las mismas seacompañará el comprobante de haber ingresado losderechos de examen.

3. El plazo de presentación de solicitudes será deun mes, contado a partir del día siguiente al de la pu-blicación de la Resolución de convocatoria en el Bo-letín Oficial de Canarias.

La no presentación de la solicitud en tiempo y for-ma supondrá la exclusión del aspirante.

4. A las instancias solicitando tomar parte en laspruebas se acompañará el recibo acreditativo del pa-go de los derechos de examen de la categoría corres-pondiente, cuyo importe se señala en el apartado oc-tavo de la presente base, y su abono se efectuarámediante el “Documento de Autoliquidación de Ta-sas para el Pago de los Procesos Selectivos O.P.E. 2007”,que gratuitamente podrá descargarse en la páginaweb: http://www2.gobiernodecanarias.org/sanidad/scs,ubicado junto a la solicitud de participación de la ca-tegoría correspondiente, en el que deberá constarjustificación de la entidad bancaria.

5. Los aspirantes que deseen participar en variasde las categorías ofertadas, deberán presentar una so-licitud diferente para cada una a las que se presen-ten. Igualmente, pagarán el importe de los derechosde examen correspondientes para cada una de lascategorías que soliciten.

6. Para ser admitido a la realización de las prue-bas bastará, a excepción de lo previsto en la base sex-ta relativa a los aspirantes con discapacidad, física,psíquica y sensorial, con que los solicitantes mani-fiesten y declaren en su instancia que reúnen todosy cada uno de los requisitos y condiciones exigidas,referidas a la fecha de expiración del plazo de pre-sentación de solicitudes, sin perjuicio de la respon-sabilidad en que pudieran incurrir por inexactitudeso falsedades en las mismas.

Los aspirantes habrán de señalar en su solicitudel sistema por el que concurren a las pruebas selec-tivas, promoción interna o acceso libre, no pudien-do concurrir por más de uno de ellos. Aquellos aspi-

rantes que no indiquen en su solicitud el sistema porel que concurren, serán admitidos de oficio en el sis-tema de acceso libre.

Asimismo, aquellos aspirantes que ostenten lacondición de personal estatutario fijo lo harán cons-tar en su solicitud.

7. Los aspirantes quedarán vinculados a los datosque hagan constar en su solicitud. El domicilio quefigure en la misma se considerará el único válido aefectos de notificaciones, siendo responsabilidad ex-clusiva del concursante tanto los errores en la con-signación del mismo como la falta de comunicaciónde cualquier cambio de domicilio. La citada comu-nicación podrá efectuarse en cualquiera de los luga-res habilitados para la presentación de la solicitud,sin que en ningún caso el cambio del mencionado do-micilio pueda afectar al trámite administrativo yaefectuado.

8. El importe de la tasa a satisfacer para partici-par en las pruebas selectivas es de veinte euros connoventa y cuatro céntimos (20,94 euros), según lo dis-puesto en el Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de ju-lio, por el que se aprueba el Texto Refundido de lasdisposiciones legales vigentes en materia de tasas yprecios públicos de la Comunidad Autónoma de Ca-narias, actualizado conforme a lo dispuesto en el ar-tículo 67.1 de la Ley 13/2009, de 28 de diciembre,de Presupuestos Generales de la Comunidad Autó-noma de Canarias para 2010, y su ingreso podráefectuarse en cualquier banco o caja de ahorros quetenga la calificación de entidad colaboradora, de laforma prevista en el apartado cuarto anterior. En lassolicitudes presentadas fuera del ámbito de esta Co-munidad Autónoma, se abonará la tasa mediante gi-ro postal o telegráfico a favor de la Dirección Gene-ral de Recursos Humanos del Servicio Canario de laSalud, acompañando el resguardo del citado giro ala instancia.

9. Los ejemplares números 1 y 2 de las solicitu-des (Ejemplares para la Administración), se presen-tarán en los lugares establecidos en el apartado se-gundo de esta base.

El ejemplar número 3 quedará en poder del inte-resado y le servirá de justificante.

La falta de cualquiera de los requisitos anterioresdeterminará la exclusión del aspirante. En ningún ca-so el pago de la tasa supondrá sustitución del trámi-te de presentación administrativa, en tiempo y for-ma, de la instancia, conforme a lo previsto en estabase.

Octava.- Admisión de aspirantes.

1. Finalizado el plazo de presentación de solici-tudes, este centro directivo aprobará la relación pro-

Boletín Oficial de Canarias núm. 5 626 Lunes 10 de enero de 2011

boc-a-2011-005-114

Page 6: Oposiciones SCS

visional de admitidos y excluidos, con indicacióndel turno de acceso y de las causas de exclusión, ensu caso. La Resolución aprobatoria de la referida re-lación, junto con la misma, se publicará en la formay lugares señalados en la base tercera.

2. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diezdías hábiles contados a partir del siguiente al de lapublicación de la Resolución indicada en el aparta-do anterior, para subsanar, en su caso, los defectosque motivaron la omisión o exclusión de los mismos,así como para formular las reclamaciones que ten-gan por conveniente. Los aspirantes que dentro delplazo señalado no subsanen los defectos o aleguenla omisión serán definitivamente excluidos de la par-ticipación en las pruebas.

3. Las reclamaciones que se formulen contra la re-lación provisional citada serán admitidas o rechaza-das por medio de la Resolución de este órgano queapruebe la relación definitiva de admitidos y exclui-dos. En dicha Resolución se hará constar el lugar, fe-cha y hora de comienzo del ejercicio de la fase de opo-sición, y se publicará en la forma y lugares señaladosen la base tercera. Esta publicación servirá de noti-ficación a los interesados.

Novena.- Órganos de selección.

1. De conformidad con lo dispuesto en el artícu-lo 4 del Decreto 150/2007, de 24 de mayo, por el quese aprueba la Oferta de Empleo Público del perso-nal estatutario del Servicio Canario de la Salud pa-ra el año 2007, la fase de oposición del procedimien-to selectivo será evaluada por el Tribunal Calificadorque sea designado para la presente convocatoria y ám-bito territorial y orgánico en cada categoría, al quecorresponderán las funciones relativas a la determi-nación concreta del contenido de las pruebas y a lacalificación de los aspirantes, así como resolver lasdudas que se susciten en el transcurso de dicha fasey la adopción de cuantas medidas sean precisas enorden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

2. De conformidad con lo dispuesto en el artícu-lo 4 del citado Decreto 150/2007, de 24 de mayo, lafase de concurso será evaluada por un Tribunal Cen-tral que, para cada categoría, será designado por laDirección General de Recursos Humanos del Servi-cio Canario de la Salud. A dicho Tribunal Central lecorresponderá efectuar la valoración de los méritosde los aspirantes que superen la fase de oposición detodas las convocatorias territoriales que se efectúende una misma categoría, establecer los criterios ob-jetivos que, en su caso, fuera preciso adoptar para lainterpretación y aplicación de los baremos, así comoresolver las dudas que se susciten en el transcurso dedicha fase.

3. Los Tribunales serán nombrados por la Direc-ción General de Recursos Humanos mediante Reso-

lución que se publicará, en la forma y lugares pre-vistos en la base tercera, con una antelación mínimade un mes al inicio de las pruebas selectivas.

4. Los Tribunales Calificadores y el Tribunal Cen-tral de cada categoría estarán compuestos por cincomiembros e igual número de miembros suplentes.

La composición de los Tribunales se ajustará a losprincipios de imparcialidad y profesionalidad de susmiembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad en-tre mujer y hombre.

Los miembros de los Tribunales, tanto titulares co-mo suplentes, deberán ostentar la condición de fun-cionario de carrera o estatutario fijo de las Adminis-traciones Públicas o de los Servicios de Salud, en plazao categoría para la que se exija poseer titulación delnivel académico igual o superior a la exigida para elingreso.

De conformidad con lo establecido en el artículo 60.2de la Ley 7/2007, de 12 de abril, el personal de elec-ción o de designación política, los funcionarios interi-nos y el personal eventual, no podrán formar parte delos Tribunales Calificadores o del Tribunal Central.

De conformidad con lo establecido en el artículo60.3 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, la pertenenciaa los Tribunales Calificadores y al Tribunal Centralserá siempre a título individual, no pudiendo osten-tarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

5. El Presidente de los Tribunales de las catego-rías de Médicos/as de Urgencia Hospitalaria, Pedia-tras de Equipos de Atención Primaria y de Médicos/asde Admisión y Documentación Clínica, será nombra-do de entre el personal que desempeñe puesto de ca-rácter directivo o de la estructura del Servicio Cana-rio de la Salud.

El Secretario del Tribunal de las mencionadas ca-tegorías será designado de entre personal funciona-rio de carrera o estatutario fijo del Servicio Canariode la Salud.

El Secretario en las citadas categorías no tendrávoto en las materias relacionadas con la calificaciónde los aspirantes si no posee la titulación correspon-diente a la categoría convocada.

Todos los Vocales en las mencionadas categoríasdeberán encontrarse en posesión de la titulación co-rrespondiente a la categoría de que se trate.

6. Los Tribunales ajustarán su actuación al régi-men jurídico de los órganos colegiados previsto enla Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Ju-rídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común, modificada por laLey 4/1999, de 13 de enero. En caso de empate en

Boletín Oficial de Canarias núm. 5 627 Lunes 10 de enero de 2011

boc-a-2011-005-114

Page 7: Oposiciones SCS

la toma de decisiones el voto del Presidente serádirimente.

7. Para la válida constitución del órgano, a efectosde la celebración de sesiones, deliberaciones y tomade acuerdos, se requerirá la presencia del Presidentey Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan,y la de la mitad al menos, de sus miembros.

8. Los miembros de los Tribunales deberán abs-tenerse de intervenir cuando concurra en ellos algu-na de las circunstancias previstas en el artículo 28 dela citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o si hu-biesen realizado tareas de preparación de aspirantesa pruebas selectivas para el ingreso en la misma ca-tegoría estatutaria en los cinco años anteriores a lapublicación de las convocatorias.

9. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a losmiembros de los Tribunales cuando concurran las cir-cunstancias previstas en el apartado anterior. El nom-bramiento y publicación de los miembros de los Tri-bunales que sustituyan a las bajas que se produzcanpor abstención o recusación no deberán cumplir elplazo establecido en el apartado 3 de esta base.

10. Los Tribunales podrán disponer la incorpora-ción a sus trabajos de asesores especialistas. Dichosasesores deberán poseer titulación académica de ni-vel igual o superior al exigido para el ingreso y suactuación se limitará al ejercicio de sus especialida-des técnicas, en base exclusivamente a las cuales co-laborará con el órgano de selección.

11. Este órgano podrá designar a personal al ser-vicio de la Administración Pública de la ComunidadAutónoma de Canarias como apoyo a los TribunalesCalificadores para colaborar en el desarrollo del pro-ceso de selección. Dicho personal limitará su actua-ción, bajo las instrucciones del Presidente del Tribu-nal, al desarrollo de tareas de llamamiento de aspirantes,entrega y recogida de documentos y otras análogas.La relación del citado personal se expondrá, en lis-ta certificada por el Secretario del Tribunal, en el lu-gar de celebración del ejercicio de la oposición, an-tes del inicio del mismo.

12. Los miembros de los Tribunales Calificado-res y del Tribunal Central y, en su caso, los asesoresespecialistas y el personal colaborador, tendrán de-recho a percibir las indemnizaciones o dietas que lescorrespondan en relación a los servicios y a los de-rechos de asistencia que se atribuyen a los Tribuna-les de la categoría primera en el Decreto 251/1997,de 30 de septiembre, sobre indemnizaciones por ra-zón del servicio (BOC nº 137, de 22.10.97), modi-ficado parcialmente por el Decreto 67/2002, de 20de mayo. El número máximo de asistencias a deven-gar por los miembros de los Tribunales será de trein-ta. Aestos efectos el Secretario expedirá certificaciónacreditativa de cada una de las sesiones del Tribunal

correspondiente y de las personas asistentes a lasmismas.

13. A efectos de reclamaciones y demás inciden-cias, los Tribunales Calificadores tendrán su sede enla dirección de este centro directivo, la cual figura enla base tercera. A los mismos efectos, la dirección dela sede del Tribunal Central de cada categoría serála de la Dirección General de Recursos Humanos delServicio Canario de la Salud, que igualmente figuraen la base tercera.

Décima.- Sistema selectivo y de calificación.

1. El sistema selectivo será el concurso-oposicióny consistirá en la celebración sucesiva de cada unade las fases de oposición y de concurso, a fin de eva-luar la competencia, aptitud e idoneidad de los aspi-rantes para el desempeño de las correspondientesfunciones y de establecer el orden de prelación de losmismos para la selección.

2. Fase de oposición: la oposición comprenderála realización de un ejercicio único para cada cate-goría, de carácter eliminatorio, durante un período má-ximo de tres horas, que consistirá en la contestacióna un cuestionario tipo test de ciento cincuenta pre-guntas, más diez de reserva, que versarán sobre lasmaterias propias del programa que para cada catego-ría figura en el anexo III de la Resolución de 15 denoviembre de 2010, de la Dirección General de Re-cursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, porla que se autorizó la convocatoria de pruebas selec-tivas para el acceso a la condición de personal esta-tutario fijo en plazas básicas vacantes de diversas ca-tegorías de los órganos de prestación de serviciossanitarios del Servicio Canario de la Salud, a efec-tuar en el ámbito territorial de dicho organismo, y seaprobaron las bases generales comunes por las quese han de regir las citadas convocatorias (BOC nº 234,de 26.11.10). Cada pregunta constará de cuatro res-puestas alternativas, siendo únicamente una la correcta.

Las respuestas correctas puntuarán positivamen-te, las preguntas no contestadas no tendrán valora-ción alguna y las preguntas contestadas erróneamen-te restarán un quinto del valor asignado a la respuestacorrecta.

Las respuestas otorgadas por el Tribunal Califica-dor se publicarán en los tablones de publicación delos lugares indicados en la base tercera de la presen-te Resolución y en la página web del Servicio Cana-rio de la Salud, el día siguiente hábil al del examen.Los aspirantes dispondrán de un plazo de tres díashábiles, contados a partir del día siguiente al de la rea-lización del ejercicio, para plantear impugnacionesfundadas contra las preguntas formuladas o las res-puestas otorgadas por el Tribunal Calificador. Dichasimpugnaciones deberán dirigirse, debidamente docu-mentadas, a la sede del Tribunal Calificador.

Boletín Oficial de Canarias núm. 5 628 Lunes 10 de enero de 2011

boc-a-2011-005-114

Page 8: Oposiciones SCS

La puntuación máxima de la fase de oposición se-rá de sesenta puntos, siendo necesario para su supe-ración una puntuación mínima de treinta puntos.

Al objeto de garantizar el mismo nivel de dificultaden todas las pruebas selectivas de una misma catego-ría, el ejercicio consistente en la contestación de uncuestionario tipo test será, en cada categoría, común pa-ra todas ellas y se realizará de forma simultánea con lasconvocatorias efectuadas en los distintos ámbitos terri-toriales y orgánicos de las Direcciones Gerencias, Ge-rencias de Servicios Sanitarios y Gerencias de AtenciónPrimaria del Servicio Canario de la Salud. A tal efecto,cada Tribunal Calificador elaborará ciento cincuenta pre-guntas, que remitirá en soporte magnético a la Direc-ción General de Recursos Humanos, en sobre cerradocon la firma de todos los miembros del Tribunal Cali-ficador presentes en la sesión en las uniones de las so-lapas. El contenido del ejercicio para cada categoría sedeterminará por sorteo ante fedatario público entre latotalidad de las preguntas remitidas por los TribunalesCalificadores de cada categoría.

La corrección de los ejercicios se efectuará sin co-nocimiento de la identidad de los aspirantes.

Los aspirantes por el sistema de promoción inter-na y los del turno de reserva a discapacitados debe-rán realizar íntegramente y superar el ejercicio de lafase de oposición.

La puntuación obtenida en la fase de concurso nopodrá ser aplicada para superar la fase de oposición.

Podrán superar la fase de oposición un número deaspirantes superior al de plazas convocadas.

3. Fase de concurso: la fase de concurso, que notendrá carácter eliminatorio, consistirá en la valora-ción por el Tribunal, con arreglo a los baremos quepara cada categoría se publican como anexo IV dela Resolución de 15 de noviembre de 2010, de la Di-rección General de Recursos Humanos del ServicioCanario de la Salud, por la que se autorizó la convo-catoria de pruebas selectivas para el acceso a la con-dición de personal estatutario fijo en plazas básicasvacantes de diversas categorías de los órganos de pres-tación de servicios sanitarios del Servicio Canario dela Salud, a efectuar en el ámbito territorial de dichoorganismo, y se aprobaron las bases generales comu-nes por las que se han de regir las citadas convoca-torias (BOC nº 234, de 26.11.10), de los méritos queacrediten los aspirantes que hayan superado la fasede oposición, referidos al último día del plazo depresentación de solicitudes.

La puntuación máxima posible que se puede ob-tener en la fase de concurso es de cuarenta puntos.

Undécima.- Comienzo y desarrollo de las pruebasde la fase de oposición.

1. El lugar, fecha y hora de comienzo del ejerci-cio único de que consta la fase de oposición se anun-ciará en la forma y lugares previstos en el apartado3 de la base octava.

2. Los aspirantes deberán concurrir al ejercicio pro-vistos de su Documento Nacional de Identidad, pa-saporte o cualquier otro documento oficial que per-mita acreditar su identidad. En cualquier momentolos miembros del Tribunal podrán requerir a los as-pirantes para que acrediten su identidad.

3. Si en el transcurso del procedimiento selectivollegara a conocimiento del Tribunal Calificador quealguno de los aspirantes carece de uno o varios delos requisitos necesarios, o que se han producido va-riaciones en las circunstancias alegadas en la solici-tud de participación en la convocatoria, deberá pro-poner a este centro directivo la oportuna rectificacióno exclusión para que éste, previa audiencia del inte-resado, resuelva de forma motivada lo que proceda.

4. Los aspirantes serán convocados para el ejer-cicio en único llamamiento, quedando decaídos desu derecho los que no comparezcan a realizarlo, sal-vo los casos alegados y justificados con anterioridada la realización de las mismas, los cuales serán libre-mente apreciados por el Tribunal Calificador, pu-diendo disponer, en tal circunstancia, la realizaciónde una convocatoria extraordinaria.

5. El Tribunal Calificador adoptará las medidas opor-tunas en orden a que el ejercicio sea corregido a lamayor brevedad y sin conocimiento de la identidaddel aspirante. Las calificaciones otorgadas a los as-pirantes que superen el ejercicio se harán públicas enlos lugares indicados en la base tercera tan pronto es-tén asignadas. El Tribunal Calificador indicará, en sucaso, las preguntas que hayan sido anuladas en basea las impugnaciones presentadas, que serán sustitui-das por otras tantas de las de reserva.

6. Corresponde al Tribunal Calificador velar porel correcto desarrollo del proceso selectivo y la con-sideración y apreciación de las incidencias que pu-dieran surgir, resolviendo mediante decisión motiva-da en relación con la interpretación y ejecución delas bases, y supliéndolas en todo lo no previsto.

Duodécima.- Valoración de la fase de concurso.

1. Una vez calificada la fase de oposición, el Tri-bunal Calificador publicará, en la forma y lugares se-ñalados en la base tercera, la relación de aspirantesque la hayan superado, por orden alfabético, con in-dicación de la puntuación obtenida en el ejercicio deque consta la fase de oposición.

2. Junto a la publicación de la relación señaladaen el apartado anterior, el Tribunal Calificador pu-blicará requerimiento a los aspirantes que hubieren

Boletín Oficial de Canarias núm. 5 629 Lunes 10 de enero de 2011

boc-a-2011-005-114

Page 9: Oposiciones SCS

superado la fase de oposición para que, en el plazode quince días naturales, presenten ante este órganoel título/s que se establece como requisito específi-co para el acceso a la correspondiente convocatoriay la documentación original o fotocopia compulsa-da acreditativa de los méritos que pretendan hacer va-ler en la fase de concurso así como historial profe-sional donde, de manera sucinta y esquematizada, seespecifiquen, en el orden establecido en el baremode aplicación, los méritos que aportan.

3. En el supuesto de que se pretendan hacer valercomo mérito servicios prestados desempeñando fun-ciones en centros sanitarios públicos y/o privados con-certados y/o acreditados para la docencia de Estadosmiembros de la Unión Europea o Extracomunita-rios, deberá aportarse, además, certificación acredi-tativa del carácter público, del concierto o acredita-ción del centro o centros en los que se prestarondichos servicios, emitida por el órgano administra-tivo de quien dependan.

4. En aplicación del Real Decreto 543/2001, de 18de mayo (BOE nº 130, de 31.5.01), sobre acceso adeterminados sectores de la Función Pública de losnacionales de los Estados miembros de la UniónEuropea, el Tribunal Central equiparará los méritosvalorables que acrediten los concursantes comunita-rios a la puntuación del baremo de méritos, con su-jeción a los principios constitucionales de igualdaden el acceso a la función pública y no discriminaciónpor razón de la nacionalidad.

5. En el supuesto de que solicitada la acreditaciónde méritos no se recibiera en tiempo la certificacióninteresada, los concursantes adjuntarán fotocopiacompulsada de dicha solicitud, sin perjuicio de queposteriormente, una vez emitida la certificación re-querida, deba aportarse la misma para su unión alexpediente.

6. Cuando el idioma original de las certificacio-nes o acreditaciones sea distinto al castellano el con-cursante deberá presentar, junto al original, traduc-ción literal del contenido de dichos documentosrealizada por traductor jurado.

Respecto a los trabajos científicos y de investiga-ción redactados en idioma distinto al castellano, noserá necesario presentar copia traducida por traduc-tor jurado.

7. Sólo podrán ser valorados los méritos queostenten los interesados el último día del plazo depresentación de solicitudes, y que hayan sido ale-gados y acreditados documentalmente en el plazoy forma indicados en los apartados anteriores. Noobstante, el Tribunal podrá requerir a los interesa-dos, en condiciones de igualdad, las aclaracioneso documentación adicional que estime necesaria pa-ra la comprobación de los méritos alegados. Si no

fuera atendido el requerimiento no se valorará elmérito correspondiente.

Serán desestimados sin más trámite los documen-tos que contengan alguna enmienda, tachadura o ras-padura, siempre que no se encuentren salvados bajofirma.

8. Una vez valorados los méritos el TribunalCentral publicará, en la forma y lugares previstosen la base tercera, relación provisional, ordenadaalfabéticamente, de los aspirantes que han supera-do la fase de oposición con indicación de la pun-tuación obtenida por éstos en la fase de concurso.Dicha relación señalará, asimismo, la puntuaciónparcial otorgada por cada uno de los apartados delbaremo de méritos.

Se relacionará de forma separada a los aspirantespor el sistema de acceso libre y los del sistema de pro-moción interna.

Los interesados dispondrán de un plazo de diezdías para interponer reclamaciones contra la misma.

9. Las reclamaciones antedichas serán admitidaso rechazadas mediante la resolución definitiva del con-curso-oposición que se señala en la base siguiente.

Decimotercera.- Resolución del concurso-oposición.

1. No se podrán dejar sin cubrir las plazas convo-cadas si los concursantes que aspiran a ellas han su-perado la fase de oposición y cumplen las restantescondiciones establecidas en la convocatoria.

2. Finalizado el plazo de reclamaciones contra larelación provisional de valoración de la fase de con-curso a que se refieren los apartados 8 y 9 de la ba-se anterior, el Tribunal Central aprobará y publica-rá, en la forma y lugares establecidos en la basetercera, la relación definitiva de aspirantes que su-peren el concurso-oposición.

3. Dicha relación estará integrada por los aspiran-tes que han superado la fase de oposición y en la mis-ma se hará constar la calificación de cada una de lasfases, oposición y concurso. La suma de las califi-caciones indicadas constituirá la calificación final, queigualmente se hará constar y determinará el orden dela relación.

Se relacionará de forma separada a los aspirantespor el sistema de acceso libre y los del sistema de pro-moción interna.

En caso de empate en la puntuación total se esta-rá a la mayor puntuación en la fase de oposición, depersistir la igualdad, se atenderá a la mejor puntua-ción obtenida en cada uno de los apartados del bare-mo de la fase de concurso y por su orden.

Boletín Oficial de Canarias núm. 5 630 Lunes 10 de enero de 2011

boc-a-2011-005-114

Page 10: Oposiciones SCS

Decimocuarta.- Elección de plazas.

1. Una vez publicada la relación definitiva de as-pirantes que superen el concurso-oposición en los tér-minos establecidos en la base anterior, este órgano,mediante Resolución que se publicará en la forma ylugares establecidos en la base tercera, establecerá lafecha y el procedimiento para la petición de plazasasí como, en su caso, las concretas Zonas Básicas deSalud y Equipos de Atención Primaria correspondien-tes a las plazas que se oferten.

2. Las plazas se adjudicarán de acuerdo con la so-licitud y por el orden de puntuación alcanzada, ex-cepto lo dispuesto en el apartado 3 de esta base. Losempates se resolverán en la forma establecida en elapartado 3 de la base anterior.

3. Los aspirantes seleccionados por el sistema depromoción interna tendrán preferencia para la elec-ción de plaza sobre los procedentes del sistema ge-neral de acceso libre.

4. Perderán los derechos derivados de su partici-pación en las pruebas selectivas los aspirantes que nohubieran superado la fase de oposición, los que nosoliciten plaza en la fecha y conforme al procedimien-to que se establezca, así como aquellos a los que, porla puntuación alcanzada, no corresponda plaza algu-na de entre las convocadas.

Solamente podrán ser declarados aprobados en laspruebas selectivas, y por tanto nombrados, los aspi-rantes que obtengan plaza.

5. Adjudicadas las plazas, el órgano convocanteaprobará y publicará en la forma y lugares señaladosen la base tercera, la relación de aspirantes aproba-dos con indicación de la plaza que les hubiera corres-pondido. Dicha Resolución contendrá además el re-querimiento a los aspirantes aprobados para lapresentación de la documentación que se señala enla base siguiente.

Decimoquinta.- Presentación de documentos.

1. Los aspirantes, en el plazo de veinte días natu-rales a contar desde el siguiente a la publicación dela Resolución a que se alude en el apartado 5 de labase anterior, deberán presentar ante el órgano con-vocante la siguiente documentación:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacio-nal de Identidad.

Los aspirantes nacionales de la Unión Europea onacionales de cualquiera de los Estados a los que envirtud de Tratados Internacionales celebrados por laUnión Europea y ratificados por España sea de apli-cación la libre circulación de trabajadores, deberán

presentar una fotocopia compulsada del documentode identidad o pasaporte de su país de origen.

Las personas a las que hace referencia el aparta-do 2.a).2 de la base quinta, esto es, las contempladasen el artículo 57.2 de la Ley 7/2007, de 12 de abril,sobre el Estatuto Básico del Empleado Público, de-berán presentar una fotocopia compulsada del pasa-porte, del visado y, en su caso, del resguardo de ha-ber solicitado la correspondiente tarjeta de identidadde extranjeros o del resguardo de haber solicitado laexención de visado y la correspondiente tarjeta de iden-tidad de extranjeros. De no haberse solicitado estosdocumentos deberán presentar los documentos expe-didos por las autoridades competentes que acreditenel vínculo de parentesco y una declaración jurada opromesa, del español o del nacional de otro Estadomiembro de la Unión Europea, de que no está sepa-rado de derecho de su cónyuge o que no se hayaanulado la correspondiente inscripción y, en su ca-so, del hecho de que el aspirante es menor de vein-tiún años o que siendo mayor de esa edad vive a susexpensas.

b) Original o fotocopia compulsada de los tí-tulos y/o certificaciones exigidos para su partici-pación en las pruebas selectivas, de conformidadcon lo previsto en la base quinta, apartado 2, pun-to b).

c) Declaración jurada o promesa de no haber si-do separado del servicio, mediante expediente dis-ciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Admi-nistración Pública, ni hallarse inhabilitado con carácterfirme para el ejercicio de funciones públicas ni, ensu caso, para la correspondiente profesión.

En el caso de los nacionales de otros Estados, de-berán presentar, además de la declaración relativa alEstado Español, declaración de no encontrarse inha-bilitado, por sanción o pena, para el ejercicio profe-sional o para el acceso a funciones o servicios públi-cos en su Estado, ni haber sido separado por sancióndisciplinaria de alguna de sus Administraciones oServicios Públicos, conforme a lo previsto en la ba-se quinta, apartado 2, punto e).

d) La capacidad funcional se acreditará median-te certificación expedida por los servicios Médicosdel Servicio Canario de la Salud en el centro que de-termine el órgano convocante o por los serviciosMédicos de los diferentes Servicios de Salud. La to-ma de posesión quedará supeditada a la superaciónde este requisito.

2. Los requisitos específicos de los aspirantes queconcurran por el sistema de promoción interna se acre-ditarán por el aspirante mediante certificación origi-nal expedida por el responsable de personal de la Ins-titución Sanitaria a la que se encuentre adscrito elinteresado.

Boletín Oficial de Canarias núm. 5 631 Lunes 10 de enero de 2011

boc-a-2011-005-114

Page 11: Oposiciones SCS

3. Los aspirantes aprobados que tuvieran la con-dición de personal fijo de las Administraciones Pú-blicas o de los Servicios de Salud estarán exentos deacreditar las condiciones y requisitos ya justificadospara obtener su anterior nombramiento, debiendopresentar certificación del organismo del que depen-dan acreditando su condición y demás circunstanciasque consten en su expediente personal.

4. Si dentro del plazo fijado, y salvo casos defuerza mayor, algún aspirante no presentase la docu-mentación o si a la vista de la documentación pre-sentada se apreciase que un aspirante seleccionadono cumple alguno de los requisitos exigidos en la con-vocatoria, el órgano convocante dictará Resoluciónmotivada, en la que declarará la pérdida de los dere-chos que pudieran derivarse de su participación enel proceso selectivo.

5. No obstante lo anterior, y con el fin de asegu-rar la cobertura de las plazas convocadas, si se pro-duce la renuncia de alguno de los aspirantes que ha-ya resultado adjudicatario de plaza antes de sunombramiento o toma de posesión o bien no presen-ta la documentación exigida en esta base o del exa-men de la misma se dedujera que carece de algunode los requisitos exigidos en la convocatoria, la pla-za será adjudicada al siguiente aspirante por ordende puntuación, de acuerdo a los criterios fijados enel artículo 17.4 del Decreto 123/1999, de 17 de junio.

Decimosexta.- Nombramiento y toma de posesión.

1. Una vez comprobado el cumplimiento de losrequisitos de los aspirantes que hubieran resultado apro-bados, este centro directivo elevará propuesta denombramiento al Director del Servicio Canario de laSalud que, mediante Resolución que se publicará enel Boletín Oficial de Canarias, nombrará a los aspi-rantes seleccionados, con expresión del destino con-creto adjudicado.

2. Los aspirantes nombrados dispondrán del pla-zo de un mes, contado a partir del día siguiente al dela publicación de la Resolución citada, para efectuarla toma de posesión que se llevará a efecto ante es-ta Gerencia de Servicios Sanitarios.

3. Cuando un aspirante no tome posesión de la pla-za que se le hubiera adjudicado en el plazo indica-do, perderá todos los derechos derivados de su par-ticipación en el concurso-oposición, salvo que sedeba a causa justificada, así apreciada por este órga-no, previa audiencia del interesado.

Decimoséptima.- Constitución de listas de empleo.

1. De conformidad con lo previsto en la disposi-ción adicional segunda del Decreto 150/2007, de 24de mayo, por el que se aprueba la Oferta de EmpleoPúblico del personal estatutario del Servicio Cana-

rio de la Salud para el año 2007, se constituirá unalista de empleo para nombramientos como personalestatutario temporal de cada una de las categorías ob-jeto de la convocatoria, en los supuestos previstos enel artículo 9 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre,del Estatuto Marco del personal estatutario de los ser-vicios de salud.

2. En dicha lista se integrarán los aspirantes que asílo hagan constar en la solicitud a que se hace referen-cia en la base séptima y no hubieran superado todo elproceso selectivo con puntuación suficiente para ob-tener plaza de personal estatutario fijo en las diferen-tes categorías objeto de la presente convocatoria.

3. La composición y orden de prelación de los as-pirantes que constituyan la lista de empleo se ajus-tará a lo dispuesto en el Decreto 74/2010, de 1 de ju-lio, por el que se establece el procedimiento deconstitución de listas de empleo para el nombra-miento de funcionarios interinos en los sectores deadministración general y docente no universitario dela Administración Pública de la Comunidad Autóno-ma de Canarias, así como de personal estatutariotemporal en los órganos de prestación de serviciossanitarios del Servicio Canario de la Salud (BOC nº136, de 13.7.10). La gestión y funcionamiento de lalista de empleo se ajustará a la disposición que se dic-te por el titular de la Consejería competente en ma-teria de sanidad para el desarrollo de lo previsto enel citado Decreto, en aplicación de lo establecido enla Disposición Final Primera del mismo.

4. La lista se aprobará por resolución de la Direc-ción General de Recursos Humanos del Servicio Ca-nario de la Salud tras la finalización del proceso se-lectivo, a propuesta del Tribunal Calificador o Central,dentro del plazo máximo de 6 meses, a partir del díasiguiente a la publicación del nombramiento de losaspirantes seleccionados en virtud de las presentespruebas selectivas. Con su entrada en vigor quedarásin efecto la que estuviera en vigor en dicho momen-to para la correspondiente categoría.

Decimoctava.- Normas finales y recursos.

1. El cese del personal interino o el desplazamien-to del personal fijo sin destino definitivo que, en sucaso, deba producirse como consecuencia de la in-corporación de personal fijo por la resolución de losprocedimientos de selección de las categorías obje-to de convocatoria, se efectuará de acuerdo con loscriterios establecidos en el Pacto entre la Adminis-tración Sanitaria de la Comunidad Autónoma de Ca-narias y las organizaciones sindicales del sector, porel que se fijan los criterios de desplazamiento de per-sonal estatutario como consecuencia de la resolu-ción de los procedimientos de movilidad o de selec-ción que se celebren en ejecución de la oferta deempleo público del Servicio Canario de la Salud pa-ra el año 2007, suscrito en la sesión de la Mesa Sec-

Boletín Oficial de Canarias núm. 5 632 Lunes 10 de enero de 2011

boc-a-2011-005-114

Page 12: Oposiciones SCS

torial de Sanidad celebrada el 18 de diciembre de 2007(BOC nº 38, de 21.2.08).

2. Contra la presente convocatoria y los restantes ac-tos de este órgano dictados en desarrollo o ejecución delas pruebas selectivas que no sean de trámite, o que aunsiéndolo reúnan los requisitos establecidos en el artícu-lo 107.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, mo-

dificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, cabe recur-so de alzada ante el Director del Servicio Canario de laSalud, a interponer en el plazo de un mes a contar des-de el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio decualquier otro que se estime procedente.

Santa Cruz de La Palma, a 22 de diciembre de 2010.-El Gerente, José Izquierdo Botella.

Boletín Oficial de Canarias núm. 5 633 Lunes 10 de enero de 2011

boc-a-2011-005-114

Page 13: Oposiciones SCS

������������������������������� ��������������������������������������

����������� ���������������������

�������������������� ������������������

������ !

��������

�������������������������������������������� �����������

Boletín Oficial de Canarias núm. 5 634 Lunes 10 de enero de 2011

A N E X O I

boc-a-2011-005-114