operaciones y contratos bancarios

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  • 8/6/2019 Operaciones y Contratos Bancarios

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    OPERACIONES Y CONTRATOS BANCARIOS1. Generalidades

    En caso de que el cliente realice las operaciones y los contratosenunciados en este Ttulo, el mismo se trata de un Bancos oentidad de crdito debidamente autoriza al efecto y conforme ala Ley respectiva (Art. 1302 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Los intereses corrientes y moratorios, las comisiones y recargosaplicables, exceden de los lmites mximos establecidos, deacuerdo con la ley respectiva, por autoridad administrativa defiscalizacin competente (Art. 1303 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    En caso de tratarse de una entidad bancaria y de crdito, lamisma cumple con su obligacin de mantener en sus activosvalores equivalentes a las cantidades recibidas en depsito en laforma?????? que determina la autoridad administrativa defiscalizacin competente (Art. 1305 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    La entidad bancaria y de crdito guarda el debido secretoacerca de las operaciones que realiza y de la informacinrecibida de sus clientes (Art. 1307 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Cundo el cliente debe revelar tales secretos por mandato deljuez dentro de juicio, lo hace con los recaudos correspondientesy por requerimiento fundado de la autoridad administrativa decontrol (Art. 1307 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    La informacin intercambiada con otros Bancos y entidades decrdito goza tambin del secreto bancario (Art. 1307C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    2. Apertura de Crdito o Lnea de Crdito1

    Ver 1400La apertura de crdito se formaliza mediante contrato escritoentre el Banco y el acreditado (Art. 1310 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Seale cules de los siguientes aspectos se pactan en el contrato (Art. 1310C.Com.):

    o El importe del crdito otorgado, que puede ser determinado o determinable,

    segn su naturaleza o finalidad

    o El plazo para utilizacin del crdito y de reembolso de las sumas utilizadas.

    o Las garantas especficas, si las hubierao La forma de utilizacin del crdito, que puede ser simple o en cuenta corriente

    o Las comisiones, intereses y gastos convenidos

    1Se entiende por apertura de crdito el acuerdo en virtud del cual un Banco se obliga a poner una determinada suma de

    dinero a disposicin del acreditado en la medida de sus requerimientos o bien a realizar otras prestaciones que permitan

    a ste obtener crdito; el acreditado, a su vez, se obliga a rembolsar la suma utilizada o a cubrir el importe de lasobligaciones contradas por su cuenta, as como a pagar las comisiones, intereses y gastos convenidos.(Art. 1309

    C.Com.).

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    o Ninguna

    En el importe del crdito concedido se entienden incluidos losintereses, comisiones y gastos a cargo del acreditado (Art. 1312C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Qu pactaron las partes respecto al plazo en que el Banco le proveer los fondosnecesarios al acreditado, si en virtud de la apertura de crdito el Banco se obliga aaceptar o descontar letras de cambio, suscribir pagars, prestar avales o garantaspor cuenta del acreditado (Art. 1313 C.Com.)?.........

    Adems de los casos en los que se presenta una de las causasde extincin del crdito, alguna vez el Banco da por terminadoanticipadamente el contrato (Art. 1314 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    En caso de falta de plazo para la utilizacin del crdito, si elBanco declara concluido el contrato, lo hace previa notificacin ala otra parte (Art. 1315 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Hecha la notificacin, el acreditado tiene un plazo de 15 a partirde la notificacin para utilizar el crdito (Art. 1315 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    En los contratos de apertura de crdito se conviene que ladeterminacin del saldo del crdito por el Banco, al da delvencimiento, har fe en juicio y surtir todos los efectos legalespertinentes y a ello quedarn sometidos el deudor y los avalistas(Art. 1316 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Adems de las causales de extincin del crdito establecidas enel Art. 1317 del C.Com., los contratos del Banco establecen otras(Art. 1317 C.Com)?

    Si No n/a

    ?

    Cules (Art. 1371 C.Com.)?-...-

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    3/18

    ...-...

    3. Anticipo2

    Con qu clase de prenda se concedi el anticipo (Art. 1319 C.Com.)?

    o Prenda de mercaderas

    o Prenda de ttulos-valores de contenido crediticio

    o Prenda de ttulos-valores de participacin

    o Prenda de ttulos-valores representativos de mercaderas

    o Otra

    Cul?...........................................................................................................................................

    Si las mercaderas estn depositadas en Almacenes Generales

    de Depsito, el anticipo sobre ellas se hace mediantenegociacin del Bono de Prenda (Art. 1320 C.Com.)?

    Si No n/

    a

    ?

    Si la prenda recae en mercaderas no depositadas enAlmacenes Generales de Depsito, los bienes pignorados sedeterminan detalladamente, pudiendo depositarse en poder deun tercero, por cuenta del acreedor prendario o del propio banco(Art. 1321 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Las partes convinieron expresamente que el Banco puede

    restituir al acreditado otros tantos ttulos o mercaderas de lamisma especie y calidad que las recibidas en prenda (Art. 1322C.Com.)?

    Si No n/

    a

    ?

    Nota: Son aplicables al anticipo, en lo conducente, las disposiciones que regulan la"Apertura de Crdito" de este Ttulo (Art. 1323 C.Com.).

    4. Descuento3

    Cul es el objeto de descuento (Art. 1325 C.Com.)?

    o Letra de cambio

    o Factura cambiaria

    o Otro

    Cul?..........................................................................................................................................

    El objeto de descuento es un ttulo-valor de contenido crediticio Si No n/ ?

    2Se entiende por anticipo el contrato por el cual un Banco concede un crdito de corto plazo al acreditado, por una

    parte del valor de los bienes o ttulos-valores que ste le entregue en prenda (Art. 1318 C.Com.).

    3 Se entiende por descuento el acuerdo en virtud del cual el descontatario transmite a un Banco la titularidad de uncrdito de vencimiento futuro y este ltimo anticipa al primero el importe del crdito, descontando del valor nominal los

    intereses por el tiempo que falte para su vencimiento (Art. 1324 C.Com.).

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    (Art. 1325 C.Com.)? a

    El objeto de descuento es de plazo futuro y rene lascaractersticas de una letra de cambio o de una facturacambiaria (Art. 1325 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    El objeto de descuento devenga inters durante el plazo quefalta para su vencimiento (Art. 1325 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    En caso de pagarse la obligacin antes de la fecha devencimiento, el Banco descontante devuelve el importe de losintereses no devengados a la misma tasa de la operacin original(Art. 1327 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    5. Prstamo de dinero o mutuo4

    El contrato de prstamo consta por escrito (Art. 1331 C.Com.)? Si No n/a

    ?

    Se ha estipulado acerca del plazo y lugar de la entrega delprstamo, y del lugar del reembolso del mismo su vencimiento(Art. 1332 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Qu pactaron las partes al respecto (Art. 1332 C.Com.)?.........

    El prstamo bancario devenga los intereses autorizados (Art.1333 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Inters:...

    En caso de tratarse de un prstamo por tiempo indeterminado,el cliente exige al deudor su devolucin recin pasados 15 das acontar de la fecha de requerimiento escrito que se le hubierahecho (Art. 1333 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    El Banco prestamista permite al prestatario devolverle poranticipado la suma prestada y pagar los intereses por el tiempocorrido desde la utilizacin del prstamo hasta la fecha dedevolucin (Art. 1335 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    4 El prstamo de dinero, como una forma del mutuo, es un contrato por el cual el prestatario se obliga a devolver alBanco prestamista una suma igual a la recibida de ste en los plazos estipulados y, adems, a pagarle los intereses

    convenidos (Art. 1330 C.Com.).

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    El Banco prestamista pide la devolucin del importe antes delvencimiento del plazo estipulado, fuera de los casos autorizadospor Ley (Art. 1335 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Los pagos a cuenta, cuando no resulta expresa su aplicacin, seimputan en primer trmino al pago de intereses, por orden devencimiento, y despus al del capital (Art. 1336 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Las partes pactaron cuotas de amortizacin peridicas (Art.1337 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Qu pactaron las partes respecto a la mora del deudor en el pago de una cuota(Art. 1337 C.Com.)?......

    ...

    6. Cartas de crdito o cartas rdenes de crdito5

    Se seal trmino de duracin (Art. 1338 C.Com.)? Si No n/a

    ?

    La expedicin de cartas de crdito es remunerada (Art. 1339C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    El beneficiario deposita en el Banco, en el momento de laexpedicin de la carta de crdito, el monto a ser utilizado o areembolsarle, si es emergente de un crdito, conforme se haestipulado (Art. 1341 C.Com.)?

    Si No n/a ?

    Cuando el beneficiario ha depositado en poder del Bancootorgante el importe de la carta de crdito, y la misma no espagada, el Banco lo restituye y resarce en su caso por losperjuicios ocasionados (Art. 1342 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Si el beneficiario ha dado fianza o asegurado de otro modo elimporte de la carta y la misma no es pagada, el Banco otorgante

    cumple con su obligacin de pagar los perjuicios (Art. 1342C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Seale la siguiente informacin (Art. 1342 C.Com.):- Importe no pagado:..- Gastos causados por el otorgamiento de la garanta:

    5Por la carta de crdito el Banco otorgante instruye a otro Banco o corresponsal para que entregue a la vista, a un

    tercero beneficiario, una cantidad fija de dinero o cantidades hasta la suma sealada como lmite (Art. 1338 C.Com).

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    - Monto restituido y/o por concepto de perjuicios ocacionados:.Nota: Este monto no puede exceder de la dcima parte del importe que no hubierasido pagado y, adems los gastos causados por el otorgamiento de la garanta.

    En caso de anulacin de una carta de crdito, el Bancootorgante da aviso al beneficiario y a aqul a quien est dirigida(Art. 1343 C.Com)?

    Si No n/a

    ?

    El Banco o corresponsal destinatario cumple con su obligacinde registrar en la propia carta de crdito las cantidadesentregadas al beneficiario, con objeto de establecer en cualquiermomento el importe que queda disponible (Art. 1344 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    El Banco o corresponsal destinatario cumple con su obligacinde retener la carta de crdito para devolverla al otorgante luego

    de realizado el ltimo pago (Art. 1344 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Cuando el cliente expide una carta de crdito a cargo de unBanco o corresponsal y ste ltimo realiza el pago dentro delplazo de vigencia de la carta de crdito, el cliente retribuye alBanco o corresponsal por la cantidad que ste entreg albeneficiario (Art. 1345 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Si entre ambos existe cuenta corriente, el que paga se rembolsael importe pagado, dando aviso de tal operacin y adjuntando losrecibos firmados por el beneficiario (Art. 1345 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Depsitos en Bancos7. Cuenta corriente bancaria6

    Cualquier depsito a la vista que efecte el cuentacorrentista se entender entregadoen cuenta corriente salvo indicacin distintaEl contrato de cuenta corriente entre el Banco y elcuentacorrentista consta por escrito y contiene los derechos yobligaciones que derivan para ambas partes (Art. 1347 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Cuando se trata de depsitos o remesas en dinero y en chequesa cargo del mismo Banco, el cuentacorrentista puede utilizartales sumas de inmediato (Art. 1348 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Cundo se trata de depsitos con cheques de otros bancos uotros ttulos-valores, la disponibilidad est supeditada a laclusula "salvo buen cobro" (Art. 1348 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    En el momento de la apertura de una cuenta corriente, el Bancocumple con su obligacin de comprobar la capacidad jurdica eidentidad del cuentacorrentista (Art. 1349 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    El Banco debita o acredita en la cuenta corriente del titular el Si No n/ ?

    6 Por el contrato de cuenta corriente el cuentacorrentista entrega, por si o por medio de un tercero, a un Bancoautorizado al efecto, cantidades sucesivas de dinero, cheques u otros valores pagaderos a su presentacin, quedando ste

    obligado a su devolucin total o parcial cuando se la solicite por medio del giro de cheques (Art. 1346 C.Com.).

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    importe de las obligaciones exigibles de las cuales seanrecprocamente acreedores o deudores, salvo que, tratndose decuentas colectivas, no corran a cargo de todos los titulares de lacuenta (Art. 1350 C.Com.)?

    a

    Nota: Tampoco se podr efectuar la compensacin cuando el cuentacorrentista ocualquiera de stos ha sido declarado en quiebra, concurso preventivo o deacreedores.Cundo el cuentacorrentista autorizar a un tercero el giro decheques, lo hace necesariamente mediante un poder notariado(Art. 1351 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    El cuentacorrentista es informado del movimiento y saldo de lacuenta en cualquier momento que desee (Art. 1354 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    El cuentacorrentista es informado del movimiento y saldo de lacuenta por lo menos semestralmente, mediante un extracto decuenta que contenga el movimiento del semestre anterior (Art.1354 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    El extracto de cuenta es enviado dentro de los 10 primeros dasde terminado el semestre (Art. 1354 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Terminado el contrato, el cuentacorrentista devuelve al Bancolos formularios de cheques no utilizados y a tiempo de retirar elsaldo a su favor, deja en cuenta los importes necesarios paracubrir los cheques girados pendientes de pago (Art. 1355C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    En caso que el Banco opte por terminar unilateralmente el

    contrato, paga los cheques girados mientras exista provisin defondos y no haya transcurrido el plazo para su presentacin (Art.1355 C.Com.)?

    Si No n/

    a

    ?

    En este caso, el Banco cumple con su obligacin de dar avisocon la debida oportunidad al cuentacorrentista (Art. 1355C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Transcurridos los plazos para el cobro de los cheques, el Bancopermite al depositante retirar cualquier otro saldo resultante a sufavor (Art. 1355 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    En caso de orden de juez competente disponiendo la retencinde fondos del cuentacorrentista, el Banco aparta de la cuenta elimporte sealado en la orden respectiva y lo pone a disposicindel juez ordenante (Art. 1358 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Cuando el cuentacorrientista incurre en alguno de los casosmencionados en el artculo 640 C.Com., el Banco procede deinmediato a la clausura de la cuenta y da aviso a la autoridadadministrativa competente para fines de comunicacin y cierrede toda otra cuenta en el sistema bancario del pas (Art. 1359

    Si No n/a

    ?

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    8/18

    C.Com.)?

    Toda rehabilitacin de cuentas clausuradas es ordenadapreviamente por la autoridad administrativa competente, o encaso de accin penal, por el juez (Art. 1360 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    8. Depsitos en cuentas de ahorroEl Banco proporciona gratuitamente una libreta al depositante,en la que se anotan los depsitos y los retiros (Art. 1363C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Los depsitos y los retiros anotados en la libreta guardanconformidad con el movimiento de abonos y cargos de losregistros llevados por el Banco (Art. 1363 C.Com.)? (Art. 1303C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    En caso de tratarse de la cuenta de ahorro de un menor deedad, los retiros de fondos son hechos slo por los padres o

    tutores del menor (Art. 1364 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Las personas que han cumplido 18 aos de edad, puedendisponer de los fondos depositados, salvo oposicin de suspadres o tutores (Art. 1364 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Los depsitos de ahorros devengan intereses capitalizablescada 30 de junio y 31 de diciembre de cada ao (Art. 1365C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Se autoriz un plazo menor para la capitalizacin de intereses(Art. 1365 C.Com.)?

    . Las tasas sern establecidas por la autoridad administrativacompetente teniendo como base los mnimos y mximossealados en la disposicin legal correspondiente.(Art. 1365 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Plazo menor para la capitalizacin de intereses:..

    Tasa de Inter..

    La libreta de ahorro se expide en forma nominativa y contiene

    el reglamento respectivo (Art. 1367 C.Com.)?

    Si No n/

    a

    ?

    Cuando el ahorrista termina el contrato, ste puede retirar elsaldo a su favor con los intereses devengados y debe devolver lalibreta para su inutilizacin Art. 1368 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Las cuentas de ahorro inactivas por ms de 5 ao sonclausuradas y el saldo es puesto a disposicin del ahorrista, conabono de los intereses ganados (Art. 1369 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

  • 8/6/2019 Operaciones y Contratos Bancarios

    9/18

    Nota: En todo lo no previsto para depsitos de ahorro sern aplicables, en loconducente, las disposiciones relativas a cuenta-correntistas, excepto el artculo 1354(Art. 1371 C.Com.)

    En caso de extravo o robo de la libreta, el Banco depositario, enla expedicin del duplicado de la libreta sigue el mismoprocedimiento que el establecido para los ttulos-valoresnominativos (Art. 1372 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    9. Cuentas de ahorro y prstamos para vivienda7

    El fondo de ahorro y el prstamo recarga con gastosadicionales, adems de los intereses devengados a las tasasestablecidas en el reglamento respectivo, los gastos deconstitucin y cancelacin de la garanta y, en su caso los delseguro (Art. 1374 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    La garanta consiste en la hipotecaria del inmueble adquirido,construido o mejorado (Art. 1374 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Independientemente, la entidad de crdito, contrata por cuentadel ahorrista una pliza de seguro de desgravamen hipotecariopara el caso de fallecimiento o invalidez (Art. 1374 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Qu pactaron las partes respecto a la enajenacin de la vivienda y a la alteracinde su destino originario (Art. 1374 C.Com.)?...

    ......

    El ahorrista tiene derecho a elegir el inmueble a adquirirse o elcontratista que va a ejecutar la construccin o mejoras donde seinvertir el prstamo (Art. 1375 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    En algn caso la suma del fondo ahorrado ms el importe delprstamo y el de los otros prstamos hipotecarios que pudieranexistir, son superiores a la suma necesaria para la compra,construccin, terminacin o mejora (Art. 1375 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    A la solicitud que hace el titular al Banco o entidad de crditopara la concesin del correspondiente prstamo, una vezcompletado el monto propuesto de ahorro por el titular en elplazo convenido, ste acompaa testimonios de la titulacin delinmueble que desee adquirir o mejorar y, en su caso, el contratopara la realizacin de la obra (Art. 1376 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    La entidad de crdito pone a disposicin del ahorrista la sumapactada dentro de los 30 das de recibida la documentacin que

    Si No n/a

    ?

    7 (Art. 1373 C.Com.). Por el contrato de prstamo diferido, un Banco o entidad de crdito autorizado se obliga a poner

    una determinada suma de dinero a disposicin de una persona titular de la cuenta, despus de que sta haya constituidoun fondo de ahorro mediante entregas peridicas y constantes a aqul, establecidas en funcin de la suma total y del

    plazo convenido con destino exclusivo a la adquisicin, construccin, terminacin o mejoras de su vivienda o para

    liberacin de un gravamen que pese sobre su propiedad.

  • 8/6/2019 Operaciones y Contratos Bancarios

    10/18

    indica el Art. 1376 del C.Com., cuando ste ha cumplido con susobligaciones (Art. 1377 C.Com.)?

    En caso de negativa, la entidad de crdito fundamenta la mismadentro de los 30 das de recibida la documentacin que indica elArt. 1376 C.Com. (Art. 1377 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    El pago del crdito se realiza por el sistema de amortizacionesconstantes?????? (Art. 1303 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Si el ahorrista no deposita 3 cuotas sucesivas de ahorro, a pesardel requerimiento escrito que se le haga, el Banco o la entidadde crdito rescinde el contrato sin necesidad de declaracin

    judicial (Art. 1381 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Rescindido el contrato, el Banco o la entidad de crdito,mediante comunicacin dirigida al ahorrista, hace conocer sudecisin y pone a disposicin del titular el saldo resultante a su

    favor (Art. 1381 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Nota: Las asociaciones mutuales de Ahorro y Prstamo Para la Vivienda autorizadas,se rigen por la Ley y Reglamento respectivo (Art. 1382 C.Com.)

    10. Depsitos a la vista y a plazoEl Banco restituye el depsito de dinero a la vista a simplepedido del titular del depsito, con la sola presentacin delcertificado de depsito (Art. 1383 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    El Banco restituye el depsito de dinero a plazo fijo una veztranscurrido el plazo convenido, con la sola presentacin del

    certificado de depsito (Art. 1383 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    El depsito a plazo fijo devenga intereses (Art. 1383 C.Com.)? Si No n/a

    ?

    El Banco depositario documenta tanto los depsitos a la vistacomo los depsitos a plazo fijo mediante la expedicin decertificados nominativos o al portador; con los datos necesariospara su identificacin y condiciones convenidas (Art. 1384C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Servicios Bancarios11. Depsitos de ttulos valores

    En el caso de depsito regular de ttulos, joyas o metalespreciosos u otros, el Banco depositario cumple con su obligacinde conservacin, custodia y posterior restitucin de los mismos,cuando lo reclame el depositante, exactamente en el mismodocumento o valor recibido (Art. 1387 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    En el caso de depsito irregular de ttulos o valores, el Banco Si No n/ ?

  • 8/6/2019 Operaciones y Contratos Bancarios

    11/18

    depositario cumple con su obligacin de restituir otros tantos dela misma especie y calidad (Art. 1388 C.Com.)?

    a

    El rendimiento producido por los ttulos durante el depsito,corresponde al depositante (Art. 1388 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    El depsito de documentos o valores en administracin y eldepsito irregular de los mismos, son estipulados por escrito (Art.1389 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    El depositario de documentos o valores en administracincumple con su obligacin de efectuar los cobros pertinentes y arealizar los actos conservatorios de los derechos del titular (Art.1390 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Los depsitos efectuados en paquetes atados, sobres cerrados ylacrados o en otras formas de seguridad, cuyo contenido seignore o se guarde en reserva, son conservados en la misma

    forma como se los recibi (Art. 1392 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Antes de disponer de los importes o cosas objeto del depsito,ya sea para sus negocios o para operaciones que el titular leencomiende, el cliente solicita previamente la autorizacin deldepositante (Art. 1393 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Nota: Siempre que con el asentimiento del depositante, dispusiera el depositario delos importes o cosas objeto del depsito, ya sea para sus negocios o para operacionesque el titular le encomiende cesarn los derechos y obligaciones propias de ambaspartes y se observarn las disposiciones aplicables al contrato en sustitucin deldepsito (Art. 1393 C.Com.)

    12. Crditos documentarios (acreditivos)8

    Cules de los siguientes datos contiene la carta comercial de crdito (Art. 1395C.Com.)?

    o Nombre del Banco que extiende la carta (acreditante)

    o Nombre del corresponsal, si lo hubiera

    o Nombre del ordenante de la carta (comprador)

    o Nombre del beneficiario (vendedor)

    o Cantidad mxima de dinero que debe entregarse o por la cual pueden girarse

    letras de cambio a cargo del Banco que extiende la cartao Tiempo dentro del cual puede hacerse uso del crdito

    o Documentos y requisitos que deben representarse y ser acreditados para la

    utilizacin del crdito

    o Lugar y fecha de expedicin

    8Se entiende por crdito documentario el acuerdo mediante el cual un Banco, obrando por cuenta y de acuerdo con las

    instrucciones del ordenante, se obliga directamente o mediante un corresponsal, a pagar a la orden del beneficiario unadeterminada cantidad de dinero o a pagar, aceptar o negociar letras de cambio contra entrega de los documentos, de

    conformidad a los trminos y condiciones estipulados en el contrato (Art. 1394 C.Com.).

  • 8/6/2019 Operaciones y Contratos Bancarios

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    o Firma autgrafa del acreditante

    Qu clases de crdito se pactan (Art. 1396, 1397 C.Com.)?

    o Revocables (1397 C.Com)

    o Irrevocables (1398 C.Com)

    o Confirmados

    o No confirmados

    o Rotativos acumulables

    o No acumulables

    o Transferibles

    o No transferibles

    o Otras formas sealadas expresamente en el contrato

    Cules?..........................................................

    o Ninguno

    En el contrato de crdito documentario existe una omisin encuanto a la determinacin de la clase de crdito (Art. 1397C.Com.)?

    Si No n/a ?

    En caso de tratarse de una carta comercial de crdito en la queconstara la irrevocabilidad de sta, cualquier modificacin oanulacin ulterior se efecta con la conformidad de todas laspartes interesadas (Art. 1398 C.Com.)

    Si No n/a

    ?

    Con cules de las siguientes obligaciones cumple el Banco acreditante (Art. 1400C.Com.)?

    o Abrir en sus registros un crdito a favor del beneficiario y remitirle la

    correspondiente carta comercial de crdito, directamente o por medio decorresponsal, notificndole este hecho y las condiciones del crdito abiertopara su utilizacin

    o Obtener directamente o por medio de un corresponsal los documentos

    relativos al crdito, practicarles un examen cuidadoso y segn el caso,notificar o entregarlos al interesado

    o Pagar el valor del crdito o aceptar o descontar las letras giradas por el

    beneficiario, pudiendo tambin utilizar al corresponsal para que a ttulo demandatario, ejecute los pagos, aceptaciones o descuentos, segn el tipo decrdito.

    Con cules de las siguientes obligaciones principales cumple el ordenante delcrdito documentario (Art. 1401 C.Com.)?

    o Retirar los documentos que amparan el embarque de las mercaderas,

    inmediatamente del aviso del Banco acreditante o a ms tardar dentro de lostres das siguientes

    o Reembolsar al Banco acreditante, en las fechas establecidas, el importe del

    pago que haya efectuado al beneficiario, cuando no haya constituido depsitoprevio por el equivalente y siempre que dichos pagos se hayan ajustado a lasinstrucciones dadas al Banco acreditante

    o Pagar la comisin, intereses y gastos inherentes a la apertura de crdito, sea

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    13/18

    o no utilizado, excepto en el caso en que haya sido revocado por el Banco,unilateralmente

    o Constituir, cuando as lo exija el Banco, las garantas reales o personales que

    respalden la operacin

    La relacin contractual entre le Banco y el ordenante, cuando no se sustentaprecisamente en el pago efectivo del Banco a favor del beneficiario, cul de lassiguientes bases tiene (Art. 1402 C.Com.)?

    o Crdito de firma

    o Crdito de aceptacin

    o Aval

    o Crdito de fianza o garanta

    o Otra

    Cul?...........................................................................................................................................

    o Ninguna

    El Banco acreditante cuida escrupulosamente que losdocumentos presentados por el beneficiario tengan laregularidad establecida por la carta comercial de crdito (Art.1405 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    La carta comercial de crdito indica fecha de vencimiento (Art.1406 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Nota: En cuanto a lo no previsto en esta Seccin, se aplicarn supletoriamente las"Reglas y Usos Uniformes de los Crditos Documentarios", de ltima revisin (Art.

    1408 C.Com)

    13. Fideicomiso9

    El fideicomiso entre vivos consta en escritura pblica registradasegn la naturaleza de los bienes (Art. 1411 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    El fideicomiso "Mortis causa" consta en testamento conforme alas normas del CC (Art. 1411 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Si en el acto de constitucin no se hizo designacin de fiduciarioni se estableci el procedimiento para su designacin o s, por

    cualquier causa faltara, el nombramiento se hace por elbeneficiario sin alterar las condiciones del fideicomiso o, en sucaso, por el juez (Art. 1412 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Seale si el cliente realiza alguno de los siguientes fideicomisos (Art. 1413 C.Com.):

    o Negocios de fideicomisos secretos

    o Aquellos en los cuales el beneficio se conceda a diversas personas que

    sucesivamente deban sustituirse por muerte de la anterior

    o Aquellos cuya duracin sea mayor a 30 aos, salvo que el beneficiario sea una

    institucin de asistencia, cientfica, cultural o tcnica con fines no lucrativos

    9 Por el fideicomiso una persona, llamada fideicomitente, transmite uno o ms bienes a un Banco, llamado fiduciario,quien se obliga a administrarlos o enajenarlos para cumplir una finalidad determinada en provecho de aqul o de un

    tercero llamado beneficiario (Art. 1409 C.Com.)

  • 8/6/2019 Operaciones y Contratos Bancarios

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    Seale cules de las siguientes atribuciones indelegables ejerce el fiduciario (Art.1414 C.Com.):

    o Realizar diligentemente todos los actos necesarios para la consecucin de la

    finalidad del fideicomiso

    o Mantener los bienes objeto del fideicomiso separados de los propios y de los

    correspondientes a otros negocios de igual naturaleza y asegurar los mismoscuando as se haya estipulado en el acto de constitucin

    o Procurar el mayor rendimiento econmico posible de los bienes objeto del

    fideicomiso en la forma y con los requisitos previstos en el acto constitutivo

    o Ejercitar personera para la proteccin y defensa de los bienes en fideicomiso

    contra actos de terceros, del beneficiario o del mismo fidecomitente

    o Transmitir los bienes a la personas a quien corresponda, conforme al acto de

    constitucin o de la ley, una vez concluido el negocio en fideicomiso

    o Rendir cuentas de su gestin al beneficiario o, en su caso, al fideicomitente,

    cada seis meses y a su conclusin

    Seale qu atribuciones del fiduciario estn previstas en el acto constitutivo (Art.1414 C.Com.):-...-...-...

    Seale qu derechos fueron concedidos al beneficiario en el acto constitutivo,adems de los previstos por Ley (Art. 1415 C.Com.):-...-...-...

    Seale qu derechos fueron concedidos al fideicomitente en el acto constitutivo,adems de los previstos por Ley (Art. 1416 C.Com.):-...

  • 8/6/2019 Operaciones y Contratos Bancarios

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    -...-...

    El contrato estipula las causales de renuncia del fiduciario (Art.1418 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Seale qu causales estipula el contrato (Art. 1418 C.Com.):-...-...

    -...-...

    Existen casos en los que el cliente no accede a la verificacindel inventario de los bienes objeto del fideicomiso, del activo ypasivo y de los resultados de la gestin (Art. 1420 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Cules (Art. 1420 C.Com.)?.........

    Existen casos en los que el cliente se resiste a dar la caucincomprometida en el contrato (Art. 1420 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Cules (Art. 1420 C.Com.)?

    .........

    Seale qu causas de extincin establece el contrato, adems de las previstas porLey (Art. 1421 C.Com.):-...-...

  • 8/6/2019 Operaciones y Contratos Bancarios

    16/18

    -...

    Qu pactaron las partes respecto al fin que tendrn los bienes a la terminacin delfideicomiso (Art. 1422 C.Com.)?.........

    En el contrato existe alguna estipulacin que disponga que elfiduciario adquirir definitivamente, por causa del fideicomiso, eldominio de tales bienes (Art. 1423 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Se renen en una misma persona las calidades de fiduciario y

    de beneficiario (Art. 1424 C.Com.)?

    Si No n/

    a

    ?

    Cuando el fiduciario tiene fundadas dudas acerca de lanaturaleza y alcance de sus deberes, o debe apartarse de lasfunciones sealadas en el acto constitutivo o, cuando as loexigen las circunstancias, consulta o pide instrucciones alfideicomitente o beneficiario o en su caso, a la autoridadadministrativa o al juez competente (Art. 1425 C.Com)?

    Si No n/a

    ?

    Nota: Son aplicables al fideicomiso, en lo conducente, las disposiciones que regulan eldepsito y el mandato (Art. Art. 1427 C.Com.)

    14. Alquiler de cajas de seguridadEl Banco permite a los usuarios el libre acceso al recinto en elque las cajas de seguridad se encuentran, durante los das yhoras fijados en el contrato respectivo (Art. 1428 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Las partes pactaron de alguna manera que el Banco noresponde por los daos que los usuarios puedan sufrir por laapertura indebida de las cajas, fuera de los casos fortuitos o defuerza mayor (Art. 1429 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    En caso de que el Banco proceda a la apertura y desocupacinde la caja de seguridad por falta de pago del alquiler por un

    perodo, el mismo levanta inventario prolijo con la intervencinde un notario (Art. 1431 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    En caso de muerte, quiebra, concurso de acreedores, cesacinde pagos o interdiccin de alguno de los locatarios, la aperturade la caja se hace mediante orden judicial, se inventara sucontenido y quedan en depsito en el Banco los bienes que demodo ostensible aparecen como de propiedad del difunto,incapaz o quebrado (Art. 1432 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

  • 8/6/2019 Operaciones y Contratos Bancarios

    17/18

    En caso de negativa a desocupar una caja contenga sustanciaso drogas peligrosas o inflamables; explosivos, cidos corrosivos ode cualquier otro gnero peligroso, el Banco procede a laapertura de la caja con intervencin de notario y, en su caso,pasa los antecedentes al Ministerio Pblico (Art. 1433 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    15. Bonos bancarios10

    Nota: Las obligaciones del Banco emisor quedan sujetas, en lo conducente, a lasdisposiciones que regulan los bonos emitidos por las sociedades annimas y a lareglamentacin respectiva (Art. 1439 C.Com.).

    16. Cdulas hipotecarias11

    Nota: Las obligaciones del Banco emisor quedan sujetas, en lo conducente, a lasdisposiciones de la Seccin "Cdula Hipotecaria" y al reglamento respectivo (Art. 1441C.Com.).

    17. Certificados fiduciariosCundo se crea un certificado fiduciario, el acto de constitucindel fideicomiso contiene autorizacin expresa para ello (Art.1442 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    El cliente solicita la autorizacin de la autoridad administrativade fiscalizacin en cada caso para la emisin de los certificadosfiduciarios (Art. 1443 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Seale cules de los siguientes requisitos contienen los certificados fiduciarios (Art.1445 C.Com.):

    o

    La indicacin de ser "Certificado fiduciario"o Los datos de la escritura de constitucin del fideicomiso

    o La autorizacin de la autoridad administrativa competente para la emisin de

    los certificados

    o La descripcin de los bienes en fideicomiso

    o La valuacin de los bienes

    o En su caso, el valor nominal de los certificados

    o Las facultades del fiduciario

    o Los derechos de los tenedores

    o Lugar y fecha de su emisin

    o La firma de los representantes legales del fiduciario

    10Los bonos bancarios son obligaciones emitidas por un Banco autorizado al efecto, con garanta de una hipoteca u otra

    especfica, directamente constituida en favor de sus titulares, efectuada por la persona a quien el Banco acredite el

    importe de la emisin (Art. 1437 C.Com.).

    11Las cdulas hipotecarias son obligaciones emitidas por un Banco autorizado al efecto, las que conceden garanta

    preferente a sus titulares, sobre los crditos hipotecarios constituidos en favor de la entidad emisora o del patrimonio desta segn la naturaleza de la operacin (Art. 1440 C.Com).

  • 8/6/2019 Operaciones y Contratos Bancarios

    18/18

    En caso de que el bien en fideicomiso sea un inmueble, loscertificados fiduciarios son nominativos (Art. 1446 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    18. Fianza bancaria12

    El contrato de fianza consta por escrito (Art. 1448 C.Com.)? Si No n/a

    ?

    En el contrato de fianza se detallan, adems de los derechos yobligaciones de las partes, las contra garantas propuestas por elfiado o deudor (Art. 1448 C.Com.)?

    Si No n/a

    ?

    Seale cules de los siguientes datos contienen los certificados o boletas degaranta (Art. 1449 C.Com.):

    o Mencin de fianza bancaria inserta en su texto

    o Nombre y domicilio de la entidad afianzadora

    o Nombre o denominacin de la persona, natural o jurdica a cuyo favor se

    otorgueo Nombre y dems datos que identifiquen al fiado o deudor

    o Mencin de las obligaciones garantizadas, condiciones y circunstancias de la

    fianza

    o Valor afianzado

    o Plazo de vencimiento de la fianza

    o Lugar y fecha de expedicin

    o Firma autgrafa del representante de la entidad afianzadora

    Nota: Los derechos y obligaciones de la entidad afianzadora se sujetarn, en loconducente, a las disposiciones de la Fianza de este Cdigo (Art. 1450 CC).

    12 Por el contrato de fianza bancaria, un Banco o entidad de crdito debidamente autorizado, se comprometen agarantizar a una persona, frente al acreedor, el cumplimiento de las obligaciones contradas por el fiador, en un contrato

    de obra, pago de derechos arancelarios, consecuencias judiciales o administrativas y otros (Art. 1447 C.Com.).