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v d1'fidat PRINCIPADO DEL y DIRE' :c10N' PALACIO REGIONAL DE LA DE ASTURIAS PROVINCIA FRANQUEO CO NCLRTADO Nurn. 164 Lunes, 16 de Julio de 1984 SUMARIO PAGS. DEP6slTO LEGAL : 0 .2532-82 PAGS. I.-PRINCIPADO DE ASTURIAS ANUNCIOS CONSEJERfA DE DEL TERRITORIO, VIVIBNDA ., MEDIO AMBmNTB: Relaci 6n de acuerdos aprobatorios, tuicpta- dos po r la Comisi6n de Urbanismo de As- turias, que se publica en cumplimiento de to dispuesto por el articulo 44 de la Ley del Suelo , . III .-A .TJJ1ilN ISTR AC10N DEL ESTADO IV.-ADMINIsrRACION LOCAL . V .- ADMINISTRACION DE JUSTICIA ... 2513 2515 .251 5 2517 --- ---------- --------------- ...... ,...--------_.........._---- I.-PRINCIPADO DE ASTURIAS - ANUNCIOS DE ORD E NACION DEL TERRITORIO. VIVIEND A YMEDIO AMBIENTE: 6072 RELACION de acuerdos aprobatorios, adop· tados por la Comisi6n de Urbanismo de As- turias , que se publica en cumplimiento de 10 dispuesto por el ar ticulo 44 de la Ley del Suelo. Relacion de acuerdos aprobatorios, de planes , pr o- ·;; : r::n llS de act uacion, normas complementar tas 1 substdiarias, estudios, proyeotos, ' norrnas, catalogos u ordenanzas adoptados por la Comisi6n de Ur- banismo en seslones de 23-V-84 y 4-IV-84. 1.-Aprobaci6n definitiva , con determinadas pres - crtpciones y observaciones que se sefialan, de las Normas Subsidiarias Municipa,les del Concejo de Aller. La Comisi6n de Urbanismo de Asturias adop t6 el s iguiente acuerdo - A) Suelo no urbanizable 1. Las "Normas Urbanisticas RegionaJes en el Medio Rural " en su cal id ad de Normas SUbsidiarias Provinciales (am. 90 del R eglamento de Planeamlen- to ) tendran 181 ca lidad de cornplementartas para los aspectos no previstos 0 menos desarrollados por ].3S Normas Subsidiarias Municipales, debiendo recoger es tas tiltirnas Ia terminclogfa general para las dis- ti ntas caJificaciones 0 determinaciones p ara el suelo no urbanizab le. 2. Se contorma 181 tipologfa de nucleos rurales que figura en las Normas Subsidiarias, Ello no obs- t ante, el Aoyuntamiento, ya ahora a partir de la cum - p I.imentaci6n de es te acuerdo , ya en un futuro, po- . <tnt, mediante 181 f6rmula d el articulo 49 de la Ley del Suelo optar por la t ipologia del micleo rural que figura en l as Normas Urbanfsticas Regionales en Media Rural, para los micleos rur ales asi coneep- tuados e lncluso para algunos micleos urbanos, acep- tandose , sin embargo, que no tengan en cuenta to- das las modadidades del micleo que figuran en las rnencionadas Normas Regionales dadas las caracte- rlsticas poblacionales del co ncejo. 3. Los montes de utilfdad publi ca, cuya relaci6n figura fr con tinuaci6n: Ntimero y denominaci6n : 2.- Monte Ajo (Monte del Estadol 178.-Brana ·d el 050 y Cordal de Comp orcos l'80 .-earba de 1 81 Zorra l81.-earrea, Alto , La Canal y Chimorro 182. -Las Canales de 181 Bova l83 .-Cuesta de Foga ces y Sanzones de Invlerno, La Llama y Rio 185.-Guariza l86.-GUJrnia:l 187.-Loma de Ios Barrercs y Montes del Rio · 188.-La Panda 189.-La Pefia 190.-Pinin de Moreda y Cuesta 191.-8ierrade Ca romera 192.-8ierra Negra,

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~oletin

vd1'fidat

PRINCIPADODELy

DIRE':c10N' PALACIO REGIONAL

DE LADE ASTURIAS

PROVINCIAF RANQUEO CO NCLRTADO

Nurn. 164 Lunes, 16 de Julio de 1984

SUMARIOPAGS.

DEP6slTO LEGAL : 0 .2532-82

PAGS.

I.-PRINCIPADO DE ASTURIAS

ANUNCIOS

CONSEJERfA DE ORDEN~CI6N DEL TERRITORIO, VIVIBNDA .,

MEDIO AMBmNTB:

Relaci6n de acuerdos aprobatorios, tuicpta­dos po r la Comisi6n de Urbanismo de As­turias, que se publica en cumplimiento de

to dispuesto por el articulo 44 de la L ey delSuelo , .

III .-A.TJJ1ilN ISTRAC10N DEL ESTADO

IV.-ADMINIsrRACION LOCAL .

V .- ADMINISTRACION DE JUSTICIA .. .

2513

2515

.251 5

2517--- -- - -- - - - - - ---------------......,...--------_.........._----

I.-PRINCIPADO DE ASTURIAS- ANUNCIOS

CO~SEJERIA DE ORD ENACION DEL TERRITORIO.

VIVIEND A Y MEDIO AMBIENTE:

6072RELACION de acuerdos aprobatorios, ado p ·tados por la Comisi6n de Urbanismo de As­turias, que se publica en cumplimiento de 10dispuesto por el articulo 44 de la Ley delSuelo.

Relacion de acuerdos aprobatorios, de planes, pro­·;;: r::n llS de actua cion, normas complementartas 1substdiarias, estudios, proyeotos, ' norrnas, catalogosu ordenanzas adoptados por la Comisi6n de Ur ­banismo en seslones de 23-V-84 y 4-IV-84.

1.-Aprobaci6n definitiva, con determinadas pres­crtpciones y observaciones que se sefialan, de lasNormas Subsidiarias Municipa,les del Concejo deAller.

La Comisi6n de Urbanismo de Asturias adopt6 elsiguiente acuerdo -

A) Suelo no urbanizable

1. Las "Normas Urbanisticas RegionaJes en elMedio Rural" en su calidad de Normas SUbsidiariasProvinciales (am. 90 del Reglamento de Planeamlen­to ) tendran 181 ca lidad de cornplementartas para losaspectos no previstos 0 menos desarrollados por ].3S

Normas Subsidiarias Municipales, debiendo recogerestas tiltirnas Ia terminclogfa general para las dis­ti ntas caJificaciones 0 determinaciones p ara el suelono urbanizab le.

2. Se contorma 181 tipologfa de nucleos ruralesque figura en las Normas Subsidiarias, Ello no obs­tante , el Aoyuntamiento, ya ahora a partir de la cum ­pI.iment ac i6n de este acuerdo, ya en un futuro, po- .<tnt , mediante 181 f6rmula d el articulo 49 de la Leydel Suelo optar por la tipologia del micleo ruralque figura en las Normas Urbanfsticas Regionales ene~ Media Rural, para los micleos rurales asi coneep­tuados e lncluso para algunos micleos urbanos, acep­tandose, sin embargo, que no tengan en cuenta to­das las modadidades del mi cleo que figuran en lasrnencionadas Normas Regionales dadas las caracte­rlsticas poblacionales del concejo.

3. Los montes de utilfdad publica, cuya relaci6nfigura fr continuaci6n:

Ntimero y denominaci6n:

2.- Monte Ajo (Monte del Estadol178.-Brana ·del 050 y Cordal de Comporcosl '80.-earba de 181 Zorral81.-earrea, Alto , La Canal y Chimorro182.-Las Canales de 181 Boval83 .-Cuesta de Fogaces y Sanzonesl 84.~Fuentes de Invlerno, La Llama y Rio185.-Guarizal86.-GUJrnia:l187.-Loma de Ios Barrercs y Montes del Rio ·188.-La Panda189.-La Pefia190.-Pinin de Moreda y Cuesta191.-8ierrade Caromera192.-8ierra Negra,

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BULETIN UFIClAL DEL PRlNClPADO DE ASTURIAS Y DE LA PRUVINCiA 16-VII-84

deben ser conceptuados de suelo no urbanizable deespecial proteccion, conrorme a la terminclogia delas Normas Urbanisticas Regionales enel Medio Bu­ral, art. 118 Y siguientes.

4. Snlarnente se permitlra la corta de castarios,robles y especies de semejantescaracteristioas, me­diante el correspondiente "Plan Facultativo de Apro­vechamiento y Mejora", cuvo fin fundamental seraIll: pervivencia de la rnasa arborea, redaotado y sus­crito por tecnico cualificado y previamente aproba­do por los Organismos competentes y por el Ayun­tamiento de Aller. Dichas cortas se realizaran siem­pre par entresaca.

5.5e deben estimu1ar las actuacicnes tendentesa la regeneracion de las especies arboreas climaci­cas, prohibiendole las repoblaciones con ' pinos.

,6. La apertura 0 ampliaci6n de su area de con­cesi6n de las explotaciones mineras a elelo abisrtose regira por 10 dispuesto en 181 legislacton generalapiicable y en el articulo 55 de las Normas Urba­nisticas Regiona:les en el medio rural, teniendo laconooptuaci6n de uso autorizable, en suelo no ur­banizable generico y de incompatible en las restan­tes categorias, debiendo, pues, cumplimentarse parasu autorlzacion, independiencem snte de todos los in­formes, especialmente el del Departamento de l.·Jri­cultura, y licencias que fueran procedentes; las de ­terminaciones que respectivamente para una. y otraclase de suelo preceptuan los articulos 22 y 23 delas Normas Urbanisticas Regionales en el MedioRu ral.

B) Suelo urbane y 81ptO para urbanizar

1. se autoriza el aproveehamiento bajo-cubiertaen las cailificaciones A-2, A-3, A-4, B-2 Y B-3, excep­cion hecha de los terrenos con frente a la calleMateu de Ras de Caborana, desde el puente de Cu­bitera a acera del votadizo, y en Moreda, call e Ga­nerailisimo, desde la Gasolinerahasta el edificio Be­da, tramos en que puede mantenerse Ia aLtura debajo, tres plantas normales y una bajo-cubierta, areemplazarse esta altura igual en ambas marg'ooespor las de bajo y cuatro pisos en la margen norte,y l'€duciendc a bajo y tres pisos en la sur. Sobreesta alternativa debera manifestarse el Ayuntamien·to en el plazo mliximo de quince dias, desde Ii no­tificaci6n dlel acuerdo, dando cuenta a esta CJmi­si6n, debiendo tenerse en cwenta las condiciones desokamiento, poblacionales, etc., a que pueda dar lu­gal' una u otra soluci6n, quedanido claro que la tJile·vaci6n de altura en una de las margenes sU'pone ladesapaxici6n del bajo·cubierta en 1a otra. .

2. se acepban las alegaciones municipales ac or·datias en el Bleno Municipal de 23 de abril de 1984,segunido, tercero, cuarto, quinto y sexto -con no­tifJr.nci6n particularizada del acuerdo al titular-,septimo, octavo, noveno, decimo y undeeimo a) connotificaci6n parti'cu1arimda del acuerdo a1 titu1ar b)la f6rmUJIa debe integrarse dentro del modelo degesti6n del suelo apto para urbanizar, pudiendo inte­grarse 'tal OOrritorio como indicativo a. efect05 delPilm Parcial; en todo caso" su titularidad actual por811 ~untamiento, determinli la posibilidad de tras­ladar su edifioabilidad a otra parte del area, ya queel territorio seria, en cualquier caso de cesi6n obU­gawri,a. Ello, no obstante, podrla construirse en /.:)1 r..l ·gar solicitado el Centro Integral de Asistencia Pri­maria, a partir de 10 que ana16gicamente disponeel articulo 42 del Reglamento de Gesti6n; cl, dl,dO'ooavo a), se acepta 181 modificaci6n en industriaITpera con caracter urbano; bl, c), dl, decimoterceraa) y b), decimocuarto al, b : 181 integ:raci6ri de un

are a, en tcdo caso de suelo apto para urbanizar,deberia ser acompafiada de justificaci6n de la ne­cesidad y caracteristicas del. proceso que se quiereusvar a cabo, conrorme determina analogicamenteel articulo 23 del Reglamento de Planeamiento, sir­viendo 10 expresado para indicar el procedimientoa segui r , no como idea previa de acep tabHidad delprcyecto, que s610 sera posible del resuttado de 10anteriormente sefialado ; decimoquinto, decimosextoa l, las alturas no son obligatorias, sino simplementemaximas, debiendo, en todo caso, la edificaci6n re ·su itante arrnonlzar con el coniunto del nucleo: b)la altura de los bajos debe ser interpretada de la si­guiente manera : " Las plantas bajas tendran una al­tura maxima y minima de 3,50 metros. En las plan­tas bajas no viviendas en zonas de baja densidad 0

en los nucleos rurales Ia altura libre de la plantabaja sera de 3,20 metros. Las plantas bajas vivien­das, donde se an toleradas, tendran una altura libreminima de 2,50, no permltiendose en tales circuns­tancias su uttllzacion para actividades que requeri­rian una mayor altura, dndependientemente de laoparte que sa eleva del suelo pero cuyo oonjunto nodebe superar los 3,50 metros"; decimoseptirno, Iaprolongacion de tos bajcs solamente sera posib1e yhasta un maximo de 24 metros en caso de rasantesascendentes . Determlnaciones que, en su earacter,asume y h ace propias la C.U.A., a partir de 10 quadispcnen los articulos .40 y 41 de 19. Ley d 8il Sue10y 132 del Reglamento de Planeamiento.

3. La construcci6n bajo-cubierta en el medio ru­r al (su elo no urbanizable) se regira por el articulo139 de las Normas Urbanisticas Regionales en elMedic Rural.

:Cn el suelo urbano se ajus1tara ·a las siguientesdeterminactones:

-.:.... Ocupacion , EI bajo-cubierta podra alcanzar unasuperficie maxima del 60 por 100 de la construidaen la ultima planta normal del edificio.- Usos : ,Los mismos del edificio del que forma par­te , recomendandose la utilizaci6n en relacion con laI1ltima planta normal (duplex), asi como trasteros,depositos , etc., de uso complementario a viviendasdel eclif:cio.- Pendientes de cubierta: Seran continuas y su in·clina:cion constante, can un ~nimo del 30 por 100y un maximo del 60 por 100. La cumbrer,a no supe·rani una altura de 4,5 metros sobre el suelo de lapr opia planta bajo·cubierta. .'- Ventanas vtlrticales: Puecle autorizarse una lineade ventanas verticales que diste un minimo de 2m r·tros del plano de la fachada, pudiendo avanzarsehR r,~a en un 25 por 100 de su longitud. Se enti",ndeQUle el ouerpo saliente total que contiene la venta­na no ha de superar linealmente -1a longitud de 2,50metros; a partir de Ia cual, el ouerpo 'consecutlvosigul.ente 1m de estar separado un maximo de 1,50metros, queuando por me-dio un espado vacio ocu­pacto so lo por Ia cubler{a ('on su pendiente normal.

L 9S pendientes que cubren los cuerpos abuhardi­llet-dos no tienen limli l\('lcne&. y sus planas lateralesseran verticales. Seb re el ultimo forjado . se podra.Ellevar una fabrica de c.erre de 0,50 metros como ·maximo, a hacer de flichadas, a modo de fald6nvert ica l de cubierta r ara fucilitar el usa del espacioin.terior._. Materiales de cubwrt a: Sf. empleara teja ceramicaf:Tllbe 0 material discontinuo de color amllogo.

·1. Debe de procurars~ que en 1a adquisici6n deequipamientos deportivos, .i en general en todos los e

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251516-VII-84 BOLETIN OFTC1>\L DEL rRTNCTl'Aon DE ASTURIAS Y DE LA PROVIN CI A

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sis temas, se u t ilioen tel ~nieo~ de unidad de gestior,o equivaientes ('!:ft. 88 Y concordances de la Ley delsuelo).

'>. La zo na de A·4 situada con frente a "a call "Francisco P al ac io y e:;,!"omb rera Pozo San Antonio,debe SE r tr atada como u nidad de actuaclon y es ­tudio de detalle que oonservando la volumetria y Iaaltum que le "sign an las Normas Subsidiarias, pue­da d ar lu gar a una distinta soluci6n edificator ia .

. Cl Disposiciones comun es1. Las ecll f icac iones qu e se realicen en el ambi­

to lncluid o en la Z01 : a df! iml u :mcia pre rente y fu ·tum de las explotuciones sub terraneas deb e:-a con­tar con el j.receptivo estudio geotecnico.

2. Las com:truccione s en lugares inmedtat cn ()oue forman parte de un grupo de ed ifidos d e ca­:-:b ter a rtis t. co, hist6rico, a rqueo1 6gico , tipico 0 tra­dicional , habran de armoni zar con el mismo 0 cue n­do , sin exis tir conjunto de edifici os, hubiera algunade gran importancia 0 calidad de los car act ere i in­j~c "dos (art. 73 de la Ley d el Suelo).

1. 1,'1 aohoacion de las determ inaciones de ca­r-icter ir.dustria'] d e las Normas Subsid iarias, se en­.tend e de que ello 10 sea sin perjuicio de la cum­,,"p- (:]'t aci6n de todas las prescrfpciones genera'esr:e det echo necesario relat lvas a esta materi a, tanto,...n cuestion industrial como medio-amhierrtal que, ennmgur, caso, podran ser desconocidos.

4. En el art . II-4·l4 el nivel de decibelios debese r amplia do de 25 de cibelios a 40 d eeibel ios.

Aprobaci6 n deflnitiva que dada Jog exi st encia d elas mencicmadas prescripciones y ob servaciones, ensu conceptuacion de deficienci as, contorme a la ter­minologta del a rt. 132 del Reglam ento de Planea­...., ·· r,r'·o y 56 d e 1·9. Ley del Suelo, comporta sabre .las especifi ca s areas y disposiciones que areetan]('. suspension de la ap robac ion , qu e el no exigirl!' odificacio nes sustanclele s deberan ser subsanadaslas misma s por el Ayuntamien to de Aller y trasla­drr.tas nuev am ent e a esta Comisi6n , no preceptuan­, ' ~ :'~ . dada Sl\l naturaleza, su su m ision a un nuevor ~!,fodo d e informaci6n aa publico, salvo que el! vimta miento enti :mch adecuado llevarlo a efecto.1"11 0 sin p erjulcio de la inme diata ej ecucion de lares tante documentaci6n.

Contra esta r esoluCi6n pur,de in terponerse recur­' ." de alzada, ante el Consejero de O'rdenaci6n delT 2.rr it orio , Viviend a y Medio Amb :ente, en el ph z')

de ou ince di es contados a partir del de su publi­cacion en el BOL'ETIN OFICIAL del Principadn d eAsturias y de la Provincia.

2.-Aprobaci6n definitiva por la Comisi6n de Ur­banismo de Asturias, en sesi6n de 23-V·84, d i 1lmodificaci6n de las Normas Subsid iarias del Plsnea­miento de Carrefio en la Manzanamlmero 41 , d ~

Candas.3 .~Aprobaciones previas (Pr oced imientns 'del ar­

ti culo 44 del Reglamento de Gesti6n ).Acuerdos adoptados par la Comisi6n de Urbanis­

" - :J de Asturi-as en sesion de 4-4-1984.

., ) Can provecto.Expedientes:

53-84.-Gij6n : Don Manuel Bl anco Rodr iguez. Pro­y,,~ to vivienda en Deva,

351.84·.--Castropoll: Dona Covad onga Rc ;. ::' ~ 3 l .b ;], ·re z, en Las Larnelas, Barres. -

62-83.-VHlav lCiosa : Don J ose Manuel Sol ares So ­lares, en Oamoca.

176-84.-J .angreo: Don J ose Ram6n Coello Alva-rez, en Ciafio . .

295 · 84.~I en a : Don Juan Jose Montes Vallejo , enVill allana.

b ) Mediante fi iaci6n de cond icio nes .216-84.--Oviedo: Don Jo se Anton io Rodrigue z Fer­

nandez , en Ponteo.27-l-84.-Laviana: Don Francisco Garcia Garcia, en

I ·a · Ferre ra.276·84.-Llanes : Don Lucio Villa Corrales, en Vi·

Ile nueva de Pria.3l4-84.- Degafia: Don Manuel Menendez Fe rn an­

( '3Z , en El Corral.4.-Aprobaciones previas com o reconsideracion de

acue rdos an teriores. (Gesi6n de 23-V-1984).361·83.--{)viedo: Don Ivo Mendez Castrosin. -en

Santa Ana de Abuli,55-84.-GiJ6n: Don Jose Maria -Garci a Sanche z, en

Caddonas.958'83.-Cast ri1l6n : Don Anselmo L?m:os Vrolifia .

VC'JHrrozadas .913-83.--{)viedo : Dofia Pilar Gan'Cedo Barrero, en

Vtllamiana Pamo.. ,Oviedo, 28 de junio de 1984.-El Secretario .- 5.516.

fll. -ADMINISTRACW '"DEL ESTADO

DELEGACION GENERALDEL GOBIERNO EN

ASTURIAS

6073

Par par te de la empresa HUNO·SA, se ha present ado en e8ta De·legac i6n General del Gobierno unproyecto de dep6sito de consumode explosivos, de tipo subter raneo, 'y aue se hallara provisto de dosni ch os , uno destinado a almacenarh as1l:l 1.000 kilogramos de dinami·ta, y el otro a detonadores en can­ti d'ld no superior a las 10.000 -u rn·dades. que stLponen unos 500 kilo·

gramos de exp losivos, e·,.t:;,:-8. ') -.11

plazado en la primera pl anta - delPozo San Antonio, en el torminomunicipal de Aller , que ac tualmente esw. fuera de servicio , y si tuad oa 60 metros del brocal y 11':ios 110metros del embarque de dicha p'an_ta o

En consecuencia, se somete a in·formaci6n publica la p ret onsi6n d~

HUNOSA, a fin de Que en. 1I~ '1.1->.­

7.0 de veinte dias de sde h :pl.1h li ·c? f'ion del p re sente ~.lllundo . qui':)I1 es se cons ideren afectado s uu':)cl'!n nlegar cuanto estim~n p'·or....r' o..... te en d8fensa de sus derechos e111 neresf's.

La que se publica en cumuli·rn;ento de If) es t 'iblecido e.1 eJ ar·t.iculo 155 del RegIa-menta de Ex·ploxivos, ap r obado par el Re al De·

creto 2.114/78 , de 2 de marzo, yel mtlculo 87 de la Ley de Proce­dimiento Adminis tr ati vo.

. Oviedo, 10 de juli o de 1984.-E ILei ega do Genera] del Gob iET !': .--­5.710.

1\/ ---ADMINTSTRACIONLOCAL

AYUNTAMTENTOSDE CPJ3TRILLON

6074Anundo

Sol lcitud Iicencia munici!>'ll deact ividad

Por don Sal-vador Fernandez:\ mez. de Oviedo, Mufioz Degrah"