obligaciones fiscales en julio

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Durante el mes, y con los vencimientos que a continuación se indican, deberán efectuarse las declaraciones correspondientes al segundo trimestre del año en curso, relativas a los siguientes impuestos: 1- IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (IVA) Y DECLARACION RECAPITULATIVA Fecha Tope: 21 de julio – Hacienda Estatal 28 de julio – País Vasco 05 de agosto - Navarra Período: Segundo trimestre del año, o mensual según proceda. Las empresas en régimen simplificado recibirán la declaración formalizada para su ingreso. Rogamos que si han realizado en el Trimestre ADQUISICIONES INTRACOMUNITARIAS, o INVERSIONES EN ACTIVOS FIJOS, nos lo comuniquen lo antes posible para añadir a la declaración el IVA correspondiente. Los propietarios arrendadores de locales comerciales o de negocios, deben efectuar la oportuna liquidación (Mod. 300). ¡Ver punto 4!. En caso de estar incluido en el régimen especial del recargo de equivalencia y haber realizado ADQUISICIONES INTRACOMUNITARIAS, deberán proceder a ingresar el IVA correspondiente en el impreso Mod. 309. Si han efectuado OPERACIONES INTRACOMUNITARIAS (con otros miembros de la C.E.E.), deberán cumplimentar la DECLARACION RECAPITULATIVA (Mod. 349) correspondiente al segundo trimestre de 2013, independientemente del Régimen de IVA al que esté acogido.

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Durante el mes de Julio, y con los vencimientos que a continuación se indican, deberán efectuarse las declaraciones correspondientes al segundo trimestre del año en curso, relativas a los siguientes impuestos

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Page 1: Obligaciones fiscales en Julio

Durante el mes, y con los vencimientos que a continuación se indican, deberán efectuarse las declaraciones correspondientes al segundo trimestre del año en curso, relativas a los siguientes impuestos: 1- IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (IVA) Y DECLARACION RECAPITULATIVA Fecha Tope: 21 de julio – Hacienda Estatal 28 de julio – País Vasco 05 de agosto - Navarra Período: Segundo trimestre del año, o mensual según proceda. Las empresas en régimen simplificado recibirán la declaración formalizada para su ingreso. Rogamos que si han realizado en el Trimestre ADQUISICIONES INTRACOMUNITARIAS, o INVERSIONES EN ACTIVOS FIJOS, nos lo comuniquen lo antes posible para añadir a la declaración el IVA correspondiente. Los propietarios arrendadores de locales comerciales o de negocios, deben efectuar la oportuna liquidación (Mod. 300). ¡Ver punto 4!. En caso de estar incluido en el régimen especial del recargo de equivalencia y haber realizado ADQUISICIONES INTRACOMUNITARIAS, deberán proceder a ingresar el IVA correspondiente en el impreso Mod. 309. Si han efectuado OPERACIONES INTRACOMUNITARIAS (con otros miembros de la C.E.E.), deberán cumplimentar la DECLARACION RECAPITULATIVA (Mod. 349) correspondiente al segundo trimestre de 2013, independientemente del Régimen de IVA al que esté acogido.

Page 2: Obligaciones fiscales en Julio

2 - RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA DE TRABAJO PERSONAL Fecha Tope: 21 de julio – Hacienda Estatal 28 de julio – País Vasco 05 de agosto - Navarra

Período: Segundo trimestre, o mensual.

Liquidación de las cantidades retenidas a los trabajadores, comisionistas y profesionales en general, etc.

Además habrá que efectuar los correspondientes ingresos a cuenta en caso de existir remuneraciones en especie. 3. RETENCIONES DEL CAPITAL MOBILIARIO Fecha Tope: 21 de julio – Hacienda Estatal

28 de julio – País Vasco 05 de agosto – Navarra

Ingreso de los importes retenidos en concepto de préstamos, reparto de dividendos, etc. El tipo a aplicar en la actualidad es el 21%. 4. RETENCION SOBRE RENDIMIENTO POR ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES URBANOS Retención del 21% sobre los ingresos íntegros satisfechos por arrendamiento de inmuebles urbanos que constituyen actividad empresarial o asimilada (locales de negocio) Mod. 115.

Fecha tope de pago: 21 de julio – Hacienda Estatal

28 de julio – País vasco 05 de agosto - Navarra

Page 3: Obligaciones fiscales en Julio

5. EMPRESARIOS INDIVIDUALES – PAGO FRACCIONADO En el caso de no tener domiciliado este pago, antes de su vencimiento le enviaremos las correspondientes liquidaciones para su firma y entrega en Entidad Financiera.

Fecha tope de pago: 21 de julio – Hacienda Estatal

11 de agosto – País Vasco 05 de agosto - Navarra

6. IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES Con independencia de la fecha de aprobación de las cuentas anuales, la fecha tope para la presentación del Impuesto sobre Sociedades es el :

Fecha tope de pago: 25 de julio – Hacienda Estatal 28 de julio – País Vasco

26 de julio - Navarra 7. DEPOSITO DE LAS CUENTAS ANUALES, INFORME DE GESTION Y DE AUDITORIA Las SOCIEDADES deberán depositar en el Registro Mercantil del domicilio social, en el plazo de 30 días naturales a partir de la aprobación de las cuentas por parte de la Junta, los documentos contables siguientes:

1. Instancia solicitando el depósito. 2. Certificación del acta en la que la Junta aprueba las Cuentas Anuales. 3. Los ejemplares de las cuentas anuales y el Informe de Gestión en su caso. 4. Un ejemplar del informe de los auditores, si procede.

Recomendamos ajustarse a los modelos emitidos por el Registro Mercantil de Gipuzkoa.

Page 4: Obligaciones fiscales en Julio

HORARIO DE OFICINA Durante el periodo de verano, del 30 de junio al 30 de Septiembre, el horario de oficina será de 8 a 14,30 horas, de lunes a jueves y los viernes de 8 a 14 horas. Quedando a su entera disposición, le saludamos atentamente.