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C/ Pinto, 76 - 28982 Parla (Madrid) - Telf.: 34 91 202 47 77 - Fax: 34 91 201 35 07 [email protected] 1 NORMATIVA GENERAL TEMPORADA 2014/2015 XXXII JUEGOS DEPORTIVOS MUNICIPALES NORMAS DE INSCRIPCIÓN

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C/ Pinto, 76 - 28982 Parla (Madrid) - Telf.: 34 91 202 47 77 - Fax: 34 91 201 35 07 [email protected]

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NORMATIVA GENERAL

TEMPORADA 2014/2015

XXXII JUEGOS DEPORTIVOS MUNICIPALES

NORMAS DE INSCRIPCIÓN

C/ Pinto, 76 - 28982 Parla (Madrid) - Telf.: 34 91 202 47 77 - Fax: 34 91 201 35 07 [email protected]

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INDICE: NORMATIVA GENERAL XXXII JUEGOS DEPORTIVOS MUNICIPALES. PÁGINA

1.- CONVOCATORIA.............................................................................................. 3 2.- NORMAS DE INSCRIPCION............................................................................. 3 3.- DIRECTIVOS Y DEPORTISTAS....................................................................... 4 4.- CATEGORIAS................................................................................................... 5 5.- FICHAS.............................................................................................................. 5 6.- HORARIOS DE LAS COMPETICIONES........................................................... 6 7.- TASAS DE ALQUILER DE INSTALACIONES................................................... 6 8.- NORMAS PARA EQUIPOS FEDERADOS........................................................ 10 9.- CALENDARIO – FECHAS OFICIALES DE COMPETICION…......................... 10

NORMATIVA GENERAL TEMPORADA 2014/2015 BALONCESTO, FUTBOL, FUTBOL SALA, FUTBOL SIETE. PÁGINA

1.- OBJETIVOS DE LA COMPETICION............................................................... 11 2.- INSCRIPCIONES – SEGURO......................................................................... 11 3.- FIANZAS.......................................................................................................... 12 4.- CAMBIOS DE NOMBRE.................................................................................. 12 5.- PERMANENCIA EN LA CATEGORIA............................................................. 13 6.- PAGOS DE CUOTAS Y SANCIONES............................................................. 13 7.- FICHAS............................................................................................................ 14 8.- NORMATIVA Y REGLAMENTO...................................................................... 14 9.- MIEMBROS Y REPRESENTANTES DE LOS CLUBS.................................... 15 10.- DELEGADOS................................................................................................... 16 11.- ENTRENADORES........................................................................................... 17 12.- JUGADORES................................................................................................... 17 13.- CAPITANES..................................................................................................... 18 14.- PÚBLICO......................................................................................................... 18 15.- CAMPOS DE JUEGO Y HORARIOS.............................................................. 18 16.- USO DE INSTALACIONES............................................................................. 19 17.- ORGANIZACIÓN DE LA COMPETICION....................................................... 19 18.- PUNTUACION Y CLASIFICACIONES............................................................ 24 19.- FORMACIÓN DE GRUPOS, ASCENSOS Y DESCENSOS........................... 25 20.- REGIMEN DISCIPLINARIO............................................................................. 26 21.- FALTAS COMETIDAS POR LOS CLUBS....................................................... 27 22.- FALTAS COMETIDAS POR JUGADORES O DIRECTIVOS.......................... 28 23.- CUADRO DE SANCIONES............................................................................. 30 24.- ORGANOS Y PROCEDIMIENTOS................................................................. 33 25.- TROFEOS........................................................................................................ 34 26.- COMPETICION DE COPA Y OTRAS COMPETICIONES.............................. 35 27.- DISPOSICIONES FINALES............................................................................. 36

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TEMPORADA 2014/2015 ▪ XXXII JUEGOS DEPORTIVOS MUNICIPALES.

CAPÍTULO 1.- CONVOCATORIA Se convoca para la Temporada 2014-2015 la XXXII Edición de los Juegos Deportivos Municipales (J.D.M.), que estarán integrados por las Competiciones Municipales de Deportes de Equipo, entre los que figuran Fútbol 7, Fútbol Sala, Baloncesto, Balonmano y Voleibol, por nombrar a los que más aceptación tienen entre los ciudadanos, pero está abierto al resto de modalidades de equipo (si hay demanda) y las Competiciones Municipales de Deportes Individuales, cuyas modalidades de mayor aceptación son Atletismo, Tenis, Frontenis, Squash, Padel, Tenis de Mesa, Ajedrez, Judo, Kárate, Gimnasia Rítmica y todas aquellas en que los ciudadanos muestren interés por participar.

CAPÍTULO 2.- NORMAS DE INSCRIPCIÓN

Los requisitos exigidos por la Concejalía de Deportes para realizar las inscripciones y participar en cualquier competición, se detallan en el capítulo específico correspondiente, según las modalidades deportivas. En caso de competiciones deportivas que no comienzan al inicio de la Temporada, la Concejalía de Deportes publicará las normas específicas de cada una de ellas según el calendario de dichas competiciones. Las Competiciones de Equipo tienen un período de inscripción común, detallado en el capítulo de Inscripciones y las Competiciones Individuales tienen un periodo de inscripciones específico que la Concejalía de Deportes publica con la suficiente antelación según el calendario de puesta en marcha de dichas competiciones, que está supeditado al calendario de competiciones de la Serie Básica del Deporte Infantil, editado por la Dirección General de Deportes de la Comunidad de Madrid.

Para realizar las inscripciones de la Temporada 2014-2015 se mantendrá el siguiente criterio:

a) No se admitirán equipos ni deportistas individuales que nos sean de Parla.

Para considerar que una Entidad, Equipo o Deportista Individual son de Parla deberán reunir los siguientes requisitos:

- Que al menos dos directivos y el sesenta por ciento de los jugadores estén empadronados en Parla.

- Que la Entidad Deportiva tenga su sede en Parla. - En caso de deportista individual, que esté empadronado en Parla.

b) El número máximo de equipos por modalidades será el siguiente:

FUTBOL SALA AFICIONADOS 120 equipos FUTBOL AFICIONADOS 18 equipos FUTBOL SIETE AFICIONADOS 120 equipos BALONCESTO 12 equipos

En caso de que se organicen competiciones de otras modalidades deportivas de equipo, la Concejalía de Deportes acordará el número máximo de equipos admitidos.

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c) Tendrán preferencia de inscripción los equipos que hayan participado en la temporada

anterior, respetando los plazos establecidos.

d) En las categorías menores, Prebenjamines, Benjamines, Alevines, Infantiles, Cadetes, Juveniles y Femenino, el límite de Equipos para inscribirse lo marcará la disponibilidad de instalaciones para desarrollar las competiciones.

e) En las categorías Cadete, Infantil, Alevín, Benjamín y Prebenjamín, pertenecientes a la

Serie Básica del Deporte Infantil de la Comunidad de Madrid, será requisito imprescindible para admitir un equipo en la competición, que la Entidad y sus jugadores estén dados de alta en el programa informático de la Comunidad de Madrid (www.campeonatosescolares.es), que garantiza la cobertura en caso de accidente y/o lesión, derivada de la competición y/o entrenamientos, a todos los deportistas.

f) Las fechas de inscripción para Deportes de Equipo serán:

Aficionados :

- Fútbol 7: Del 2 al 26 de Septiembre de 2014. - Fútbol Sala: del 1 al 25 de Septiembre de 2014. - Otros deportes: dependiendo de la celebración de la competición.

Otras categorías: del 29 de septiembre al 16 de octubre de 2014.

g) Las fechas de inscripción para Deportes Individuales se publicarán con la suficiente antelación y según el calendario editado por la Dirección General de Deportes de la Comunidad de Madrid para la Serie Básica del Deporte Infantil.

CAPÍTULO 3.- DIRECTIVOS Y DEPORTISTAS

a) Los/as directivos/as podrán ejercer esta responsabilidad en más de una categoría, siempre y cuando los equipos pertenezcan a la misma entidad.

b) Los/as deportistas de Deportes de Equipo de categoría AFICIONADO o JUVENIL podrán

desempeñar funciones de directivos/as (delegados/as, entrenadores/as, etc.) en categorías menores, aunque los Equipos pertenezcan a distintas Entidades.

c) Cualquier directivo/a o deportista que pertenezca a más de un Equipo en caso de ser

sancionado/a, se considerará sancionado/a en todos los Equipos con los que tuviera ficha.

d) Cada deportista o directivo/a podrá participar en dos modalidades deportivas de equipo

distintas (baloncesto, fútbol, fútbol siete y fútbol sala, etc.) en caso de competiciones de categoría JUVENIL y AFICIONADO.

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e) Los/as deportistas de las categorías PREBENJAMIN – BENJAMIN – ALEVIN – INFANTIL - CADETE, tanto masculino como femenino, no podrán participar simultáneamente en competiciones federadas y competiciones municipales de Serie Básica y se regirán por la Normativa del Deporte Infantil editada por la Dirección General de Deportes de la Comunidad de Madrid.

CAPÍTULO 4.- CATEGORIAS DE LOS/AS DEPORTISTAS TEMPORADA 2014/2015

PREBENJAMIN 2007-2008 BENJAMIN 2005-2006 ALEVIN 2003-2004 INFANTIL 2001-2002 CADETE 1999-2000 JUVENIL 1997-1998 SENIOR 16 AÑOS CUMPLIDOS FEMENINA INFANTIL/CADETE 1999-2002 FEMENINA JUVENIL/SENIOR 16 AÑOS CUMPLIDOS

CAPÍTULO 5.- FICHAS

Para tramitar las fichas será necesario presentar la siguiente documentación:

a) Senior y Juveniles:

Original y fotocopia D.N.I. vigente. Dos fotografías tamaño carné.

b) Infantiles y Cadetes (no se tramitará ninguna ficha en estas categorías sin D.N.I.):

Original y fotocopia D.N.I. vigente. Dos fotografías tamaño carné. Licencia de Deporte Infantil firmada por padre/madre/tutor. Inscripción en el programa de Deporte Infantil de la Comunidad de Madrid.

c) Prebenjamines, Benjamines y Alevines :

Original y fotocopia del Libro de Familia. D.N.I. vigente (Aconsejable). Dos fotografías tamaño carné. Licencia de Deporte Infantil firmada por padre/madre/tutor. Inscripción en el programa de Deporte Infantil de la Comunidad de Madrid.

La falta de cualquiera de los datos o la falsificación de éstos, será responsabilidad exclusiva de la Directiva del equipo.

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CAPÍTULO 6.- HORARIOS DEL DESARROLLO DE LAS COMPETICIONES

En caso de competiciones de equipo:

PREBENJAMIN SÁBADOS MAÑANAS BENJAMIN SÁBADOS MAÑANAS ALEVIN SÁBADOS MAÑANAS INFANTIL Y CADETE SÁBADOS MAÑANAS Y TARDE JUVENIL SABADOS Y DOMINGOS, MAÑANA Y TARDE SENIOR SABADOS TARDE Y DOMINGOS MAÑANA Y TARDE

Estos horarios son solo indicativos, quedando facultada la Organización para realizar modificaciones según la disponibilidad de las instalaciones. Para cualquier petición de cambio de horario o aplazamiento de un partido, siempre que concurra alguna circunstancia especial, se solicitará antes de las 13:00 horas del Martes anterior a la celebración del partido y deberán ambos equipos remitir un mail, a la Concejalía de Deportes, con la confirmación del acuerdo para el cambio antes de las 20,00 horas del Miércoles anterior a la celebración del partido. En caso de competiciones individuales, puntualmente se informará con la debida antelación del calendario, horario y lugar de celebración de las mismas. CAPÍTULO 7.- TASAS PARA ALQUILER DE INSTALACIONES

Tal y como queda contemplado en el Precio Público por la prestación de los servicios y utilización de las instalaciones deportivas municipales (IVA incluido), los precios serán:

a) ALQUILER DE INSTALACIONES PARA COMPETICIONES :

Fútbol sala, Aficionados:

Pistas Polideportivo 11,01 € / hora Pistas Polideportivo con luz 23,19 € / hora Instalación cubierta 37,10 € / hora Instalación cubierta con luz 44,05 € / hora

Fútbol sala, Juveniles y Femenino :

Pistas Polideportivo 9,27 € / hora Pistas Polideportivo con luz 15,06 € / hora Instalación cubierta 23,19 € / hora Instalación cubierta con luz 26,67 € / hora Otras categorías (hasta Cadete) GRATIS

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Baloncesto, Aficionados:

Instalación cubierta 37,10 € / hora Instalación cubierta con luz 44,05 € / hora

Baloncesto, Juveniles y Femenino :

Instalación cubierta 23,19 € / hora Instalación cubierta con luz 26,67 € / hora Otras categorías (hasta cadete) GRATIS

Campos de Fútbol (césped artificial) :

Aficionados, c/s luz 91,60 € / 2 horas Juveniles y Femenino, c/s luz 64,93 € / 2 horas Otras categorías (hasta cadete) GRATIS

Campos de Fútbol Siete (césped artificial) :

Aficionados, c/s luz 55,66 € / hora Juveniles y Femenino, c/s luz 38,26 € / hora Otras categorías (hasta cadete) GRATIS

El carácter gratuito para las categorías Prebenjamín hasta Cadetes, ambas incluidas, solo se aplicará para Equipos Locales inscritos en Competiciones Federadas y/o Municipales.

b) ALQUILER DE INSTALACIONES PARA ENTRENAMIENTOS : (Pago mensual) Fútbol sala, Aficionados:

Pistas polideportivos 9,27 € / hora Pistas polideportivo con luz 13,91 € / hora Instalación cubierta 26,67 € / hora Instalación cubierta con luz 34,78 € / hora

Fútbol sala, Juveniles y Femenino :

Pistas polideportivos 5,10 € / hora Pistas polideportivo con luz 8,11 € / hora Instalación cubierta 16,23 € / hora Instalación cubierta con luz 23,19 € / hora Otras categorías (hasta cadete) GRATIS

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Baloncesto, Aficionados :

Instalación cubierta 26,67 € / hora Instalación cubierta con luz 34,78 € / hora

Baloncesto, Juveniles y Femenino :

Instalación cubierta 15,06 € / hora Instalación cubierta con luz 20,87 € / hora Otras categorías (hasta cadete) GRATIS

Campos de Fútbol (césped artificial) :

Aficionados, c/s luz 39,42 € / hora Juveniles y Femenino, c/s luz 25,51 € / hora Otras categorías (hasta cadete) GRATIS

Campos de Fútbol Siete (césped artificial) :

Aficionados, c/s luz 25,51 € / hora Juveniles y Femenino, c/s luz 15,06 € / hora Otras categorías (hasta cadete) GRATIS

El carácter gratuito para las categorías Prebenjamín hasta Cadetes, ambas incluidas, solo se aplicará para Equipos Locales inscritos en Competiciones Federadas y/o Municipales.

c) TASA DE INSCRIPCION EN LIGAS MUNICIPALES : Fútbol Siete :

Aficionados 19,71 € / partido (1) Juveniles y Femenino 11,01 € / partido (1) Otras categorías GRATIS Fianzas Temporada Aficionados 86,97 € / equipo Fianzas Temporada Juveniles y Femenino 56,82 € / equipo

Ficha Aficionados, Juveniles y Femenino 3,65 € / ficha

(1) A esta cuota habrá de incrementarse los gastos de arbitraje.

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Fútbol sala:

Aficionados 12,75 € / partido (1) Juveniles y Femenino 6,95 € / partido (1) Otras categorías GRATIS Fianzas Temporada Aficionados 86,97 € / equipo Fianzas Temporada Juveniles y Femenino 56,82 € / equipo

Ficha Aficionados, Juveniles y Femenino 3,65 € / ficha

(1) A esta cuota habrá de incrementarse los gastos de arbitraje.

Baloncesto:

Aficionados 12,75 € / partido (1) Juveniles y Femenino 6,95 € / partido (1) Otras categorías GRATIS Fianzas Temporada Aficionados 86,97 € / equipo Fianzas Temporada Juveniles y Femenino 56,82 € / equipo

Ficha Aficionados, Juveniles y Femenino 3,65 € / hora

(1) A esta cuota habrá de incrementarse los gastos de arbitraje.

d) TASAS DE ENTRENAMIENTOS Y COMPETICIONES EQUIPOS FEDERADOS :

Equipos Federados de Parla GRATIS

e) NORMAS DE GESTIÓN.

De conformidad con el artículo 7 del Precio Público por la prestación de los servicios y utilización de las instalaciones deportivas municipales :

1. El pago de la tasa deberá efectuarse por los cauces habilitados por la Concejalía de Deportes, que para la Temporada 2014-2015 son los siguientes : - Alquileres y Entrenamientos de instalaciones gestionadas por Parla Sport 10 S.L., en la instalación Forus (Polideportivo F.J. Castillejo) - Alquileres y Entrenamientos de instalaciones gestionadas por el Ayuntamiento (pabellones Nido, Cantueña, Giner de los Rios y Julián Besteiro), en la Concejalía de Deportes. - Inscripción en Ligas, Fianzas, Fichas, Sanciones y Arbitrajes, en la Delegación Zonal correspondiente, Fútbol o F. Sala, ambas ubicadas en el Centro San Ramón (1ª planta)

2. La instalación no se podrá utilizar sin el pago previo de la tasa aprobada.

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3. Cuando por causas no imputables al usuario/a o Entidad, el servicio no se preste o

desarrolle, se procederá la devolución del importe correspondiente. En el mismo supuesto, si se ha prestado parte del servicio, procederá sólo la devolución de la cuantía proporcional a la fracción de servicio no prestado, prorrateándose, en este caso, la cuota por meses naturales.

El resto de TASAS para otros deportes e instalaciones están recogidas en el Precio Público por la prestación de los servicios y utilización de las instalaciones deportivas municipales (IVA incluido), y se publicará además en la Normativa Específica de la Competición de la que se trate.

CAPÍTULO 8.- NORMAS PARA EQUIPOS FEDERADOS

Los equipos pertenecientes a las distintas Federaciones de Fútbol, Fútbol Sala, Baloncesto, etc., para hacer uso de las instalaciones municipales, tanto para partidos oficiales como para entrenamientos deberán cumplir con los siguientes requisitos:

A) Pertenecer al municipio de Parla

B) Presentar la solicitud a la Concejalía de Deportes.

C) Entregar el calendario de la competición

D) Facilitar los datos de la Entidad, sede social y de los correspondientes directivos.

Con estos requisitos cumplidos, la Concejalía de Deportes concederá las pertinentes autorizaciones, tanto para competiciones como entrenamientos, según las posibilidades de las instalaciones municipales y respetando el orden por categorías. CAPÍTULO 9.- CALENDARIO Y FECHAS OFICIALES DE COMPETICION

Para categoría Senior : OCTUBRE 2014 : 5+12+19+26 NOVIEMBRE 2014 : 9+16+23+30 DICIEMBRE 2014 : 14+21 ENERO 2015 : 11+18+25 FEBRERO 2015 : 1+8+15+22 MARZO 2015 : 1+8+15+22+29 ABRIL 2015 : 12+19+26 MAYO 2015 : 10+17+24+31 Para la Competiciones de Categoría Base (Prebenjamín a Cadete) las fechas oficiales serán los Sábados correspondientes a los fines de semana indicados para la categoría Senior.

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NORMATIVA GENERAL TEMPORADA 2014/2015

Baloncesto - Fútbol - Fútbol Sala - Fútbol Siete CAPÍTULO 1.- OBJETIVOS DE LA COMPETICIÓN El objetivo fundamental de los Juegos Deportivos Municipales es el de fomentar la actividad física y deportiva, inculcar hábitos de vida saludables y dar alternativas a los/as ciudadanos/as para disfrutar de su tiempo de ocio, priorizando los valores formativos, educativos y sociales, para lo que esperamos contar con la imprescindible colaboración de todos los participantes. CAPÍTULO 2.- INSCRIPCIONES Art. 1.- La inscripción será libre para cuantos equipos pertenecientes al municipio de Parla, quieran participar, sin más limitaciones que las reglamentarias. Art. 2.- Para formalizar la inscripción será necesario rellenar los impresos que a tal efecto facilitará la organización a través de las Delegaciones Zonales correspondientes, además de cumplir con los requisitos económicos reflejados en las ordenanzas municipales. Art. 3.- El plazo de inscripción para las distintas categorías las fijará anualmente la Concejalía de Deportes. Para la Temporada 2014-2015 serán:

Aficionados :

- Fútbol 7: Del 1 al 30 de Septiembre de 2014. - Fútbol Sala: del 1 al 25 de Septiembre de 2014. (para todos los equipos). - Otros deportes: dependiendo de la celebración de la competición.

Otras categorías: del 29 de septiembre al 16 de octubre de 2014. Art. 4.- Al realizar la inscripción cada Equipo deberá presentar obligatoriamente un mínimo de 2 (dos) y un máximo de 5 (cinco) directivos/as, así como un mínimo del 60% de los jugadores/as. Art. 5.- Cada Equipo podrá disponer de 5 fichas de directivos/as, de los cuales 2 (dos) podrán inscribirse como jugadores/as, si bien esta función no será compatible, es decir, si en un partido se ejerce la función de delegado/a no podrá alinearse como jugador/a, o viceversa. Art. 6.- Cada jugador/a o directivo/a podrá participar en dos deportes de equipo (Baloncesto, Fútbol, Fútbol Sala, etc.) y en cuantos deportes individuales desee (Atletismo, Tenis, etc.).

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Art. 7.- La Organización entiende que todos los/las jugadores/as inscritos en los Juegos Deportivos Municipales, están en condiciones para realizar ejercicio físico, por lo tanto se inhibe de cualquier responsabilidad ante posibles lesiones y/o accidentes que pudieran producirse como consecuencia de las competiciones y/o entrenamientos. Todo equipo, al inscribirse a la Competición, declara que todos sus componentes han superado un reconocimiento médico por Entidad y/o Profesional autorizada/o. LA CONCEJALIA DE DEPORTES HA GESTIONADO LA CONTRATACION DE UN SEGURO QUE CUBRA EL RIESGO DE LESION Y/O ACCIDENTE DEPORTIVO ACAECIDO DURANTE EL DESARROLLO DE LAS COMPETICIONES MUNICIPALES QUE SE DESARROLLEN DESDE OCTUBRE 2014 HASTA JUNIO 2015, AMBOS INCLUIDOS. ESTE SEGURO CUBRIRÁ A TODOS LOS/AS DEPORTISTAS DE CATEGORÍA JUVENIL Y SENIOR TANTO MASCULINOS COMO FEMENINOS. EL COSTE DEL SEGURO LO ASUMIRÁ ÍNTEGRAMENTE EL AYUNTAMIENTO DE PARLA. EN SU MOMENTO SE ENTREGARÁ A CADA EQUIPO EL CONDICIONADO DE LA PÓLIZA CON LA INFORMACIÓN DETALLADA DE LA COBERTURA. CAPÍTULO 3.- FIANZAS Art. 8.- Los equipos deberán depositar la Fianza al formalizar la inscripción, debiendo retirarla al terminar la temporada, en el plazo establecido.

Fútbol 7 : La Delegación de Fútbol reintegrará el importe de la Fianza, si no concurre circunstancia en contra, sin necesidad de solicitarla, durante el mes de Agosto de 2015, por transferencia bancaria, a la cuenta indicada por el Club. F. Sala : El plazo para retirar la Fianza, si no concurre circunstancia en contra, será del 23 de Junio al 15 de Julio de 2014, debiendo presentar en la Delegación el original del recibo correspondiente. En caso de participar en la Temporada siguiente, no se reintegrará la Fianza y se pagará la diferencia en caso de aumento de Tasas. Art. 9.- La fianza será reintegrada a los equipos siempre que no concurra alguna de las siguientes causas:

Que el club hubiera sido expulsado de la competición Que el club se hubiera retirado de la competición Que el club tuviera algún pago pendiente con la organización

El extravío o pérdida del recibo supondrá la pérdida la de Fianza, no admitiéndose fotocopias del recibo para su devolución. CAPÍTULO 4.- CAMBIOS DE NOMBRE

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Art. 10.- Los equipos podrán realizar el cambio de nombre, pero una vez iniciada la competición no se admitirán cambios. CAPÍTULO 5.- PERMANENCIA EN LA CATEGORIA Art. 11.- En previsión de los problemas que pudieran surgir por divergencias entre los miembros de un mismo Club, para poder conservar la categoría, será necesaria la permanencia de la temporada anterior de:

Tres directivos/as, entre los que figure el/la Presidente/a, en este caso no será necesario que permanezca ningún jugador/a.

En el caso de disparidad de criterios entre los miembros de un club, y cuando la división afecte a la totalidad de los integrantes, se sumarán los votos de las distintas facciones, si persiste el empate, el voto del Presidente/a será decisivo.

En cualquier otro caso de discrepancia que pudiera darse, el Comité de Competición queda facultado para resolver.

CAPÍTULO 6.- PAGOS DE CUOTAS Y SANCIONES Art. 12.- Los equipos pagarán las cuotas de los partidos en dos plazos. Por parte de la Delegación Zonal correspondiente se entregará a los equipos en cada uno de los plazos y por adelantado un impreso donde se reflejará la cantidad a pagar por instalación y arbitraje correspondientes. Los pagos se realizarán en la Delegación Zonal correspondiente. Las posibles sanciones, tanto de jugadores/as como de equipo, se reflejarán a plazo vencido (siempre que no superen el importe de la fianza). Las cuotas de entrenamientos se pagarán por adelantado (mensual). Los boletines donde se reflejan los horarios de los partidos, las clasificaciones y los acuerdos de los Comités de Competición o Apelación, se expondrán en el tablón de anuncios de la Delegación Zonal correspondiente y podrán consultarse y descargarse en la página web del Ayuntamiento www.parla.es . En el caso de F. Sala también pueden consultar en www.femafusa.com/parla/ . Los acuerdos de los Comités de Competición y Apelación no se notificarán personalmente a jugadores/as y Equipos, teniendo ambos la obligación de estar informados por los cauces establecidos, no pudiendo alegar en ningún caso desconocimiento o desinformación.

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El retraso en los pagos, sin previo aviso a la Organización, dará lugar a la expulsión del Equipo de la Competición. CAPÍTULO 7.- FICHAS Art. 13.- Cada equipo podrá disponer, según modalidades del siguiente número de fichas:

Directivos 5 fichas Baloncesto 15 fichas de jugadores/as Fútbol 25 fichas de jugadores/as Fútbol Sala 15 fichas de jugadores/as Fútbol Siete 15 fichas de jugadores/as

Las fichas de directivos no podrán darse de baja una vez que hayan sido cumplimentadas. El precio de cada ficha será el que marque las Ordenanzas Municipales, en concreto para la Temporada 2014-2015 será de 3,65 € por ficha. Art. 14.- Las fichas se cumplimentarán en archivo Excel enviado al la Entidad por la Concejalía de Deportes y según las instrucciones detalladas. Una vez impresas, se recogerán en la Delegación correspondiente, se firmarán por los interesados/as, y se acompañarán de fotocopia del NIF y dos fotografías (recientes) tamaño carné, para proceder a sellarlas. completando el proceso de tramitación. Las fichas tramitadas y vigentes para que jugador/a y/o directivo/a puedan intervenir en un encuentro, se recogerán el Jueves de la semana siguiente a su presentación. Art. 15.- La falsificación de las fichas dará lugar a las sanciones que se reflejen en el cuadro de sanciones de la presente Normativa. Art. 16.- No se podrán realizar fichajes para las cinco últimas jornadas de liga.

CAPÍTULO 8.- NORMATIVA Y REGLAMENTO Art. 17.- El reglamento de las modalidades de Baloncesto, Fútbol, Fútbol Sala y Fútbol Siete, será el correspondiente a cada Federación, con la excepción de las modificaciones que se especifiquen en la siguiente normativa. Art. 18.- Se permitirán los siguientes cambios:

Baloncesto según Reglamento Fútbol-Sala según Reglamento Fútbol- Siete según Reglamento

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Art. 19.- El ámbito de la normativa disciplinaria se extiende a todas las incidencias ocurridas como consecuencia de los partidos y competiciones oficiales, y excepcionalmente a otros que se celebren en instalaciones municipales o dirijan árbitros adscritos a la Organización, así como conductas contrarias a la disciplina, al correcto comportamiento deportivo o a las normas y reglamentos que lo regulan.

Cualquier comportamiento extradeportivo, o fuera de toda norma ética, antes, durante o después de cada acontecimiento deportivo, dentro o fuera de las instalaciones deportivas donde se celebre éste, será motivo suficiente para la apertura de expediente disciplinario y en su caso de sanción. Art. 20.- Todas las personas físicas o jurídicas que de forma tácita o expresa estén vinculadas a la Organización o competiciones (Clubes, directivos/as, árbitros y jugadores/as) estarán incluidas en el ámbito disciplinario de la Concejalía de Deportes. Art. 21.- En caso de no poder exigirse responsabilidades deportivas a los inculpados/as en cualquier expediente sancionador, por caer fuera del ámbito disciplinario de la Organización, se exigirán responsabilidades a los responsables subsidiarios relacionados directamente con los hechos. Art. 22.- La potestad disciplinaria de la organización corresponderá al Comité de Competición, en primera Instancia y al Comité de Apelación en segunda. Art. 23.- Son faltas sancionables las previstas en la presente normativa, pero en caso de concurra durante la temporada algún hecho que esta normativa no contemple, será potestad del Comité de Competición fijar las sanciones correspondientes. CAPÍTULO 9.- MIEMBROS Y REPRESENTANTES DE LOS CLUBS Art. 24.- Los clubes estarán representados OBLIGATORIAMENTE por dos directivos/as como mínimo y cinco como máximo, en las distintas modalidades, pudiendo tener doble ficha (jugador/a y directivo/a) dos de los/as miembros del equipo. Art. 25.- La función de Directivo/a durará toda la temporada, no pudiéndose dar de baja una vez tramitada la correspondiente ficha. Sólo en casos extremos, la Organización estudiaría la posibilidad de ampliar el número de directivos/as. Art. 26.- De estos directivos/as uno será nombrado presidente, competiéndole a el/ella la responsabilidad de su Club en reuniones y decisiones con respecto a la Organización. Para revocar una decisión del Presidente, será necesaria la mayoría de la Junta Directiva. Art. 27.- Dentro de las competiciones, los equipos estarán representados por un/una delegado/a, entrenador/a y capitán/a.

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Art. 28.- Será obligatoria, en todos los partidos, la presencia de uno/una de estos directivos/as, que actuará como delegado/a del equipo. En el caso de que no se presentase ningún directivo/a, podrá realizar esta función un jugador/a, en cuyo caso no podrá ser alineado como jugador/a. Art. 29.- Otro directivo/a podrá actuar como entrenador/a, sin que esta función sea obligatoria. Art. 30.- Los/as responsables de los Clubs están obligados a infundir a sus jugadores/as el mayor espíritu de disciplina y deportividad, con el fin de que en todo momento muestren una conducta irreprochable con respecto a sus compañeros/as de equipo, a los jugadores/as contrarios/as, a los/as árbitros, al público y al personal de instalaciones y Organización, procurando en todo momento que la Competición se desarrolle sin incidencias de ninguna clase.

CAPÍTULO 10.- DELEGADOS/AS Art. 31.- Cada Club deberá presentar un delegado/a que será el/la máximo/a responsable de su equipo durante un encuentro. Art. 32.- Serán Funciones del/la delegado/a: Darse a conocer al/la árbitro y delegado/a del equipo adversario, así como ponerse a

disposición de ellos/as, con objeto de llevar a buen fin el acontecimiento deportivo. Entregar al/la árbitro las fichas reglamentarias y el número de camiseta

correspondiente a cada jugador/a de su equipo. Poner a disposición del/la árbitro un balón reglamentario. En caso de que el balón de

su equipo no sea el elegido para utilizarlo al comenzar el encuentro, deberá estar en posesión del mismo para cuando el árbitro lo solicite.

En caso de incidentes será el/la máximo/a responsable de la protección del/la árbitro. Así mismo deberá procurar que por parte de todos/as los miembros de su equipo se

utilicen correctamente las instalaciones. Atenderán las indicaciones del/la árbitro y colaborarán con ellos/ellas en el

mantenimiento de la deportividad dentro y fuera del terreno de juego, responsabilizándose de que en la zona del terreno de juego sólo se sitúen las personas autorizadas, de tal forma que no entorpezcan la labor arbitral.

Firmarán las actas de los partidos antes de comenzar el encuentro y harán firmar a su capitán/a y entrenador/a.

Evitarán que tengan acceso a los vestuarios o zona de los/as árbitros a toda persona ajena a la Organización, pudiéndolo hacer sólo el/la delegado/a, entrenador/a o capitán/a de cada uno de los equipos contendientes.

Ante los Comités de Competición y Apelación, serán la única voz autorizada del club en relación a los hechos ocurridos durante el desarrollo del partido.

El incumplimiento de las funciones de delegado/a podrá dar lugar a sanciones, tanto económicas como disciplinarias según la gravedad de las mismas.

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CAPÍTULO 11.- ENTRENADORES/AS Art. 33.- Podrá actuar como tal, cualquier directivo/a, o simultanear esta función el/la delegado/a del equipo. Art. 34.- Serán misiones del entrenador/a:

Contribuir con el/la delegado/a al mantenimiento de la deportividad y corrección que debe presidir todo acontecimiento deportivo.

Dirigir técnicamente a su equipo, dentro de la debida corrección y respeto al rival y al/la árbitro.

Firmar el acta al comienzo del partido. CAPÍTULO 12.- JUGADORES/AS Art. 35.- No se podrá fichar a jugadores/as pertenecientes a otros clubes. Asimismo es incompatible participar en dos o más categorías diferentes. Art. 36.- Las fichas son el documento que compromete a un/una jugador/a con su equipo a lo largo de la temporada (hasta el 30 de Junio), para las competiciones de Liga y Copa y Torneos Municipales, quedando en libertad a partir de esa fecha. Art. 37.- No se admitirán bajas de jugadores/as a lo largo de la temporada, excepto en los siguientes casos:

Si no hubiera participado en ningún partido oficial, en cuyo caso podría fichar por otro equipo.

Si sufriera alguna lesión grave que le impidiera terminar la temporada. Por alguna circunstancia especial que estime el Comité de Competición (cambio de

domicilio, etc.)

Art. 38.- Si algún Club causará baja por propia voluntad durante la primera vuelta, sus jugadores/as podrían fichar por otro equipo, no pudiéndolo hacer si el Club causa baja en la segunda vuelta o si el equipo fuera expulsado de la competición. Art. 39.- Si algún Club quisiera darse de baja por problemas de su directiva, el Comité de Competición estudiaría la posibilidad de mantener dicho club de acuerdo con los jugadores/as si estos se responsabilizan de formar una nueva directiva.

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CAPÍTULO 13.- CAPITANES/AS Art. 40.- A uno/a de los/las jugadores/as que componen el equipo le será confiada la labor de capitán/a, lo que supondrá la obligación de llevar un brazalete identificativo que le/la distinga del resto de sus compañeros/ as. La misión del capitán/a consistirá en representar a sus compañeros/as dentro y fuera del terreno de juego. Durante el transcurso del partido será el único jugador/a que podrá dirigirse al/la árbitro para solicitar de éste alguna información o aclaración, cuando ésta sea necesaria y siempre en términos corteses. Deberá procurar que sus compañeros/as conserven en todo momento la corrección y deportividad obligada, reprendiendo a los/las jugadores/as que así no lo hicieran, y a solicitar del/la entrenador/a la sustitución de los/las que no cumpliesen sus recomendaciones. Colaborará en el cumplimiento de las decisiones del/la árbitro, en la labor de éste/a, en su protección y en el normal desarrollo del partido. De las incidencias, si las hubiera, dará cuenta a su delegado/a quien a su vez las pondrá en conocimiento del Comité de Competición. CAPÍTULO 14.- PÚBLICO Art. 41.- La experiencia de temporadas anteriores nos ha hecho observar que parte de los incidentes que acontecen, vienen provocados por personas que sin estar vinculadas a los equipos directamente, lo están de alguna forma al ir a verles jugar por ser familiares, amigos/as o simplemente seguidores/as del equipo; es por ello que los Clubes podrán ser sancionados por el comportamiento de sus seguidores/as con sanciones que podrán ir desde multas económicas, puntos en deportividad, puntos en la clasificación general o que tengan que jugar en determinados campos y a determinadas horas, pudiéndose llegar, según la gravedad de los hechos o reiteración en los mismos, a la expulsión del equipo de la Competición. Conviene recordar a los directivos/as y jugadores/as que cuando estén de espectadores/as en un partido deben guardar la corrección debida, pudiendo ser sancionados/as en función de su comportamiento.

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CAPÍTULO 15.- CAMPOS DE JUEGO Y HORARIOS Art. 42.- Los partidos se jugarán en las instalaciones municipales, según cuadrante rotativo. Art. 43.- La Organización se reserva el derecho a adjudicar los campos y horarios de las dos últimas jornadas. Art. 44.- Si por algún motivo un partido no se celebrara en su momento (mal estado del terreno de juego, incomparecencia del árbitro, etc.) o se suspendiera en su transcurso, será la Organización la que marque la fecha del partido. Art. 45.- Será el/la árbitro, en última instancia, tras haber dialogado con los/las delegados/as y capitanes/as, el que decida si un terreno de juego esta apto o no para el desarrollo del partido. Art. 46.- Durante el tiempo reglamentario de duración de un partido, no se permitirá que en el terreno de juego, ni en el espacio correspondiente entre las líneas que lo delimitan y las localidades del publico, haya otras personas que no sean las llamadas a intervenir en el juego, es decir, delegado/a entrenador/a y jugadores/as suplentes. No se podrá consentir que ninguna persona ajena a las llamadas a actuar oficialmente en el partido, se sitúe o acomoden en el espacio mencionado, correspondiendo esta responsabilidad a los/as delegados/as. CAPÍTULO 16.- USO DE INSTALACIÓNES Art. 47.- En el afán de conservar las instalaciones deportivas los mas dignamente posible, hemos de advertir que el mal uso de las mismas será motivo de sanción, tanto económica como disciplinaria y de deportividad. El mal uso de las instalaciones sin originar daños, será sancionado con multa económica a fijar por el Comité de Competición. En caso de daños deberá abonarse el costo de la reparación. La reincidencia o gravedad de estos hechos podría provocar la expulsión del equipo de la Competición.

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CAPÍTULO 17.- ORGANIZACIÓN DE LA COMPETICIÓN Art. 48.- Una vez convocada la competición, los Clubes al formalizar la inscripción acatan la normativa y las bases que rigen el campeonato. Art. 49.- Después de ser elaborado el calendario, todos los equipos tienen la obligación de jugar la Competición íntegramente, adquiriendo el compromiso de presentarse a todos los partidos y jugarlos por entero, procurando superar en todo momento cuantas dificultades pudieran surgir. Art. 50.- El orden de los partidos quedará fijado por sorteo. Una vez fijado el calendario no podrá alterarse, excepto en caso de acuerdo entre equipos, estando obligados ambos a solicitarlo según procedimiento especificado anteriormente. El plazo para solicitar cambios está vigente hasta las 13,00 horas del Martes anterior a la celebración de la jornada a la que corresponde el partido en cuestión. Art. 51.- Todos los equipos deberán estar al corriente de pago, por todos los conceptos, instalación, arbitrajes, sanciones, etc., para poder jugar los partidos de competición. Art. 52.- En los partidos en los que se den coincidencia de colores en las equipaciones, deberá cambiar la misma el equipo que figura en el calendario como visitante. Art. 53.- Será obligatoria la presentación de un balón reglamentario por parte de cada equipo, eligiendo el/la árbitro el que considere para iniciar el partido. Si en el transcurso del encuentro el balón se fuera muy lejos, o por cualquier otra circunstancia el/la árbitro solicitara del/la delegado/a del otro equipo el balón reserva, deberá éste enviarlo para que el juego se reanude lo antes posible (sólo se enviará si el/la árbitro lo solicita). La no presentación del balón por parte de un equipo, supondrá la sanción que se especifique en el cuadro de sanciones. La Concejalía de Deportes no se responsabiliza de la pérdida, substracción o deterioro de los balones. Art. 54.- Si durante el transcurso del encuentro uno/a de los capitanes/as encontrase el balón defectuoso, lo pondrá en conocimiento del/la árbitro, quien decidirá sobre la conveniencia de su sustitución. Art. 55.- Si un partido no pudiera celebrarse por falta de balón reglamentario, se dará el partido por perdido a ambos equipos además de imponerles la sanción económica estipulada. Los/as árbitros no consentirán que se juegue partido oficial alguno, sin que se cumplan rigurosamente estas condiciones y podrán suspenderlo siempre que no sea posible mantenerlas.

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Art. 56.- Cada equipo, quince minutos (15’) antes de la hora fijada para el comienzo del encuentro, presentará las fichas por medio de su delegado/a al/la árbitro, quien anotará en el acta sus nombres y apellidos así como el numero de camiseta. El máximo de fichas que pueden inscribirse en el acta de un partido es de:

Baloncesto 15 fichas de jugadores/as Fútbol 16 fichas de jugadores/as Fútbol Sala 15 fichas de jugadores/as Fútbol Siete 15 fichas de jugadores/as

Art. 57.- En el supuesto caso de extravío de ficha, el /la jugador/a presentará su D.N.I. y firmará en el acta. En este caso el/la árbitro consignará en el acta este incidente, para su posterior comprobación. Art. 58.- A petición del delgado/a de un Club, el/la árbitro estará obligado a comprobar las fichas e identidades de cuantos/as jugadores/as se soliciten. Esta revisión deberá solicitarse al/la árbitro, en el descanso del partido, para jugadores/as que han intervenido en el primer tiempo, o bien inmediatamente después de concluir el encuentro para jugadores/as que hubieran intervenido solo en la segunda parte, por lo que se recomienda hacer saber al/la árbitro esta petición antes de concluir el mismo para evitar la marcha de alguno/a de los/as jugadores/as. No obstante el Comité de Competición podrá solicitar la verificación de las identidades posteriormente al encuentro, incluso en la semana posterior al mismo. Cualquier negativa por parte de alguno de los equipos a someterse a esta revisión, o la ausencia de cualquiera de sus jugadores/as, será reflejada en el acta del encuentro y será considerada como alineación indebida. Es por tanto necesario llevar el D.N.I. a los partidos para cualquier posible identificación de los jugadores. Art. 59.- Cualquier otra reclamación sobre alineación de un/a jugador/a por creer que supone una irregularidad, deberá realizarla el/la delegado/a del equipo, bien en el descanso o bien al finalizar el partido, siendo esta reclamación reflejada por el/la árbitro en el acta del partido. Art.60.- Todos los partidos deberán comenzar a la hora previamente fijada por la Organización. Los equipos, por medio de sus delegados/as, deberán entregar las fichas al árbitro quince minutos antes del partido, el retraso en entregar las fichas supondrá sanciones a la deportividad de tres (3) a cinco (5) puntos. Se advierte a los equipos que no existe tiempo de cortesía, por lo que si llegada la hora del partido, no se ha presentado el delegado/a del equipo con las fichas o carnets correspondientes, el/la árbitro está obligado/a a cerrar el acta del partido.

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En el caso de no presentarse el delegado/a de un equipo, podrá realizar las funciones de delegado/a un/a jugador/a, en cuyo caso no podrá realizar funciones de jugador/a en ese partido. Art. 61.- Será considerado al equipo como no presentado, si llegada la hora del partido el equipo no hiciera acto de presencia, o reuniera sobre el terreno de juego menos de:

Baloncesto 5 jugadores/as Fútbol 8 jugadores/as Fútbol Sala 4 jugadores/as Fútbol Siete 5 jugadores/as

El Comité de Competición dispondrá la pérdida del encuentro por parte del equipo infractor por el resultado de:

Baloncesto 2 - 0 Fútbol 3 - 0 Fútbol Sala 6 - 0 Fútbol Siete 3 - 0

Además de sancionarle con:

Una multa equivalente al recibo semanal. Tres puntos (3) de penalización en la clasificación general. Quince puntos (15) de sanción en la clasificación a la Deportividad.

En los casos de alineación indebida se procederá de igual manera. En ambos casos el equipo contrario no pagará recibo por este partido. Art. 62.- Si durante el transcurso de un partido uno de los equipos quedase con menos de:

Baloncesto 5 jugadores/as Fútbol 7 jugadores/as Fútbol Sala 3 jugadores/as Fútbol Siete 5 jugadores/as

El encuentro se suspenderá, dando ganador al equipo contrario, por el resultado registrado en ese momento en el marcador, en caso de que este equipo fuese ganando. Si el equipo ganador en el momento de la interrupción fuese el infractor, el resultado a favor del equipo contrario seria:

Baloncesto 2 – 0 Fútbol 3 – 0 Fútbol Sala 6 - 0 Fútbol Siete 3 – 0

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En función de la experiencia de temporadas anteriores, esta situación sería estudiada por el Comité de Competición, por si hubiera lugar a otro tipo de sanciones, pudiendo aplicarse sanciones como no presentado, retirada del terreno de juego, puntos a la deportividad, etc. Art. 63.- Únicamente se entregarán las fichas de los/las jugadores/as que estén presentes al comienzo del encuentro, pudiéndose incorporar otros/as jugadores/as, hasta el máximo que permita la modalidad, siempre y cuando lo hagan durante el primer tiempo, o en el descanso del partido, entregando la ficha al/la árbitro para que sea incluido en el acta. No podrán jugar los/las jugadores/as que lleguen una vez comenzado el segundo tiempo. Art. 64.- Si la incomparecencia fuese de ambos equipos, el resultado seria de 0 – 0, y no sumarían puntos ninguno de los equipos, se descontaría a cada uno tres (3) puntos en la clasificación general y se les multaría con el equivalente al recibo semanal, además de sancionarles con quince (15) puntos en la clasificación de la Deportividad. Art. 65.- La tercera incomparecencia de un Club durante el transcurso de la Temporada, supondrá la expulsión de la Competición, incluida la perdida de todos sus derechos en cuanto a la recuperación de la fianza y permanencia en la categoría. La segunda incomparecencia de un equipo, si lleva añadido el retraso de pagos, podrá dar lugar a la expulsión del mismo de la competición, al igual que en el caso anterior. Art. 66.- Si un equipo por disconformidad con las decisiones arbitrales, o por insubordinación, se retirase del terreno de juego o permaneciese en él con claro propósito de no dejar continuar el encuentro manifestando una actitud antideportiva, independientemente del resultado en ese momento, será sancionado con la pérdida del encuentro por el resultado de:

Baloncesto 2 – 0 Fútbol 3 – 0 Fútbol Sala 6 - 0 Fútbol Siete 3 – 0

Además de la pérdida de los correspondientes puntos en la clasificación general (como en el caso de no presentado), quince (15) puntos en la clasificación de la Deportividad y multa equivalente al recibo del partido, sin perjuicio de las sanciones que individual o colectivamente les fueran aplicadas por el Comité de Competición. Art. 67.- En el caso de tener que suspender el partido, el/la árbitro lo comunicará a los/las delegados/as de los equipos, y hará constar en el acta, con todo detalle las circunstancias de tal suspensión. El Comité de Competición decidirá a la vista del acta y de las pruebas que solicite, el aplazamiento, la reanudación, la repetición o el final del encuentro.

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Art. 68.- En el caso de que un encuentro suspendido deba reanudarse en otra fecha, sólo podrán alinearse los/las jugadores/as que estaban inscritos en el primer acta y en las condiciones en que se encontraban en el momento de la suspensión. Si el encuentro se suspendiera antes del comienzo, el acta quedará invalidada, siempre y cuando no haya sido por causa de uno de los equipos. Art. 69.- Si el Comité de Competición decide que un encuentro debe repetirse, este se celebrará obligatoriamente en la primera fecha festiva siguiente a la celebración del partido, si la fecha de algún festivo quedase demasiado lejana y supusiera retrasar la competición el Comité de Competición fijará la fecha del partido. Si un equipo tuviera más de un partido suspendido, se jugaría en los siguientes festivos por orden. Art. 70.- En los encuentros suspendidos y reanudados en otra fecha, los jugadores/as que no hubieran podido ser alienados por sanción, tampoco lo podrán ser en el resto del encuentro que quede por jugar. En la fecha que se reanude el encuentro suspendido, los/las jugadores/as que se encuentren cumpliendo sanción por hechos sucedidos en fecha posterior a la de la suspensión, podrán ser alineados, siempre que la sanción impuesta no fuese lo suficientemente grave, y el Comité de Competición así lo estime oportuno. Art. 71.- Los partidos oficiales deben desarrollarse de modo que los resultados y clasificaciones respondan verdaderamente a la limpia actuación de los equipos dentro del terreno de juego, sin previas combinaciones y manipulaciones extrañas a sus naturales contingencias. Si en un partido de competición, un club se dejase ganar premeditadamente con el propósito de alterar la clasificación, en beneficio propio, de otro u otros, los clubes implicados serán expulsados de la Competición. Art. 72.- En el caso de que la captación para cometer la infracción se verificase acerca de uno/a, varios/as o todos los jugadores/as de un equipo, sin conocimiento del club, este quedaría exento de responsabilidad, pero los jugadores/as implicados/as serán sancionados con dos años de suspensión. CAPÍTULO 18.- PUNTUACIÓN Y CLASIFICACIONES Art. 73.- En el sistema de Liga se concederán los puntos de acuerdo con el reglamento de cada Federación deportiva. Art. 74.- En caso de empate a puntos entre dos equipos: Quedará primero el equipo que se haya presentado a todos los partidos. Si persiste el empate quedará primero el que tenga mejor gol-average particular, (en

baloncesto, basket-average particular), entendiéndose como diferencia entre tantos a

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favor y en contra. En caso de empate entre 3 o más equipos, el gol-average particular se calcularía contemplando solo los resultados entre los equipos implicados.

Si persiste el empate quedará primero el que tenga mejor gol-average general. Si persiste el empate quedará primero el que tuviera más goles a favor. Si aún persiste el empate quedaría en primera posición el equipo con mejor

puntuación en Deportividad.

Art. 75.- En el sistema de Liga, los partidos jugados contra los equipos que causen baja, durante la primera vuelta, se considerarán como no celebrados a efectos de clasificación general, aunque sí a efectos de las sanciones derivadas de estos partidos. Si se retiraran en la segunda vuelta, serán considerados como válidos todos los partidos ya jugados y se dará como ganadores a todos los equipos que tuvieran que competir con ellos por el resultado de:

Baloncesto 2 – 0 Fútbol 3 – 0 Fútbol Sala 6 - 0 Fútbol Siete 3 – 0

CAPÍTULO 19.- FORMACIÓN DE GRUPOS, ASCENSOS Y DESCENSOS Art. 76.- Cada temporada, en función de las clasificaciones de la temporada anterior y el número de nuevas inscripciones aceptadas según la disponibilidad de instalaciones, se establecerá la configuración de grupos y el sistema de ascensos y descensos.

FUTBOL ONCE: Según el número de inscripciones y en caso de la existencia de más de un grupo: ASCIENDEN: Los tres primeros clasificados del GRUPO 2 al GRUPO 1, del GRUPO 3 al GRUPO 2 y así sucesivamente.

DESCIENDEN: Los tres últimos clasificados del GRUPO 1 al GRUPO 2, del GRUPO 2 al GRUPO 3 y así sucesivamente.

FUTBOL SIETE Y FUTBOL SALA: GRUPO 1ª DIVISION: DESCIENDEN los cuatro últimos clasificados a los GRUPOS 2ª DIVISION A y 2ª DIVISION B. GRUPOS 2ª DIVISION “A“ y 2ª DIVISION “B”: ASCIENDEN: Los dos primeros clasificados en cada grupo al GRUPO 1ª DIVISION. DESCIENDEN: Los dos últimos de cada grupo a la categoría de Tercera División.

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GRUPOS DE TERCERA DIVISIÓN: ASCIENDEN: a 2ª DIVISION el primer clasificado de cada grupo de 3ª DIVISION. DESCIENDEN: el último clasificado de cada grupo a 4ª DIVISION. En caso de mayor o menor número de Grupos o Divisiones, la Organización adaptará el sistema de Ascensos y Descensos de categoría. Con la experiencia de las anteriores temporadas y con el fin de que se juegue la Competición de Copa con más desahogo, la tendencia será la de acortar los grupos a 12 Equipos por Grupo. CAPÍTULO 20.- REGIMEN DISCIPLINARIO Art. 77.- El Comité de Competición en primera instancia y el de Apelación en segunda, serán los órganos competentes en materia disciplinaria, para aquellas personas, clubes o entidades dependientes directamente de la Organización y de sus actividades y competiciones. Art. 78.- Para poder calificar con precisión los hechos consignados en las actas de los partidos o las denuncias efectuadas por terceros, se deberá explicar con todo detalle y rigor datos, referencias, testigos, etc., que puedan ayudar al completo esclarecimiento de los mismos y de esta forma establecer los agravantes, atenuantes o eximentes que determinen el grado exacto de la sanción. No obstante, los Comités de Competición y Apelación están facultados para solicitar declaraciones o pruebas a todas aquellas personas que directa o indirectamente estén implicadas en cada caso. Art. 79.- Si la temporada terminase cuando aún no se hubiesen cumplido la totalidad de las sanciones, aquellos/as que tuvieran sanciones pendientes por cumplir, tendrán que cumplirlas en la siguiente temporada, ya que las mismas tendrán vigor, aún cuando se hubiera cambiado de club o modalidad. Art. 80.- Si un jugador/a, delgado/a, etc., tuviera sanciones pendientes y no fichara por ningún club en la temporada, podrá jugar en la siguiente temporada, siempre que el total de partidos de la competición fuera superior a la sanción pendiente. Art. 81.- No se computarán, a efectos de suspensión, los partidos que se aplacen a otra fecha o cualquier otra causa que impida jugar el encuentro en la fecha designada. Art. 82.- Cuando un jugador/a, delegado/a o entrenador/a figure en acta que lleve anexa la suspensión automática de uno o varios partidos, deberá considerarse suspendido para el encuentro siguiente, aunque no reciba comunicación del Comité de Competición por el conducto establecido. De no hacerlo así, se considerará como alineación indebida y se sancionará con lo establecido en la Normativa.

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CAPÍTULO 21.- FALTAS COMETIDAS POR LOS CLUBS Art. 83.- Al equipo que incurra en alineación indebida, habiendo ganado o empatado el encuentro, le será dado el partido por perdido por el resultado de:

Baloncesto 2 – 0 Fútbol 3 – 0 Fútbol Sala 6 - 0 Fútbol Siete 3 – 0

Si hubiese perdido el encuentro se mantendría el tanteo a favor del equipo contrario. Además se sancionaría al equipo infractor con:

- Resta de puntos, (según modalidad), en la clasificación general. - Quince (15) puntos de penalización en la clasificación de la deportividad. - Multa equivalente al recibo semanal.

Si los supuestos enunciados anteriormente no fueran imputables al equipo infractor, y ello quedara suficientemente probado, sin ninguna duda razonable en contra, el Comité de Competición decidirá sobre la procedencia o no de darle el partido por perdido. No se considerará alineación indebida cuando se compruebe que el delegado no ha entregado la ficha de un jugador, por error u olvido y se comprobara debidamente la identidad del jugador y que el mismo se encuentra en situación de jugar sin ninguna sanción pendiente. En estos casos el jugador deberá retirarse del terreno de juego sin poder volver a participar en el encuentro y si hubiera marcado algún gol no se contabilizaría para el resultado. Asimismo, el/la árbitro está obligado a contar los/as jugadores/as antes de iniciar el encuentro para evitar estas situaciones equívocas. Art. 84.- El equipo que alinee a un/a jugador/a con ficha falsificada, además de darle por perdidos los partidos en que dicho jugador/a hubiera sido alineado/a, le serán descontados tres puntos en cada uno de ellos, además de sancionarle con el equivalente al recibo semanal. Art. 85.- El equipo que alinee a un/a jugador/a expulsado/a, será sancionado de igual forma que en el caso de falsificación de ficha. En cada caso expuesto, el/la jugador/a lleva implícita la suspensión de partidos según el cuadro de sanciones. Art. 86.- La reincidencia en estas faltas podrá suponer la expulsión del equipo de la Competición.

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Art. 87.- La incomparecencia de un equipo a un partido según los supuestos de:

No presentarse. Presentarse fuera de la hora establecida. Presentarse sin delegado/a. Presentarse con menos jugadores/as que el mínimo establecido.

Supondrá la pérdida del encuentro por el resultado de:

Baloncesto 2 - 0 Fútbol 3 - 0 Fútbol Sala 6 - 0 Fútbol Siete 3 - 0

Además de sancionarle con:

Pérdida de los correspondientes puntos en la clasificación general (según modalidad). Multa económica equivalente al recibo semanal. 15 puntos de penalización en la clasificación de la Deportividad.

La tercera incomparecencia de un equipo supondrá la expulsión automática de la competición. Art. 88.- Los clubes que ofrezcan, prometan o entreguen a árbitros o auxiliares dinero o presentes con el fin claro o encubierto de obtener un arbitraje parcial, serán expulsados de la Competición. Art. 89.- La no presentación de balón reglamentario a un encuentro supondrá sanción de puntos en deportividad (desde tres puntos en adelante). Según la reincidencia en esta falta, el Comité de Competición adoptará las medidas que estime oportunas.

CAPÍTULO 22.- FALTAS COMETIDAS POR JUGADORES/AS O DIRECTIVOS/AS

Art. 90.- Se considerarán como: PROTESTAS: La manifestación de disconformidad de palabra u obra con las decisiones arbitrales. DESACATO: El no acatamiento de las decisiones adoptadas por el/la árbitro del encuentro. DESCONSIDERACION : Demostrar falta de respeto y menosprecio utilizando gestos o palabras con la intención de ofender, con menor gravedad que el insulto. INSULTOS: Provocar agravios a un tercero mediante palabras injuriosas o malsonantes, con el decidido y único propósito de ofender.

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AMENAZAS: Dar a entender a un tercero con actos palabras o gestos, que se le quiere hacer algún mal, presente o futuro, con objeto de atemorizarle o coaccionarle. AGRESIÓN: Acometer contra un tercero o atacarle físicamente con el propósito de causarle daño. Se considerarán varios tipos de AGRESIÓN, según la gravedad de la misma:

(1) LEVE: Si el hecho no provoca efectos dañosos o lesivos.

(2) MENOS GRAVE: Si la agresión provoca daño o lesión que merme momentáneamente las facultades de el /la agredido/a, con rápida recuperación.

(3) GRAVE: Cuando el/la agredido/a no pueda continuar el juego hasta su terminación, o deba ser atendido/a por facultativos.

(4) MUY GRAVE: La que impida al agredido/a desempeñar sus ocupaciones habituales o alinearse en partidos posteriores por prescripción facultativa.

Se considerará como AGRESION cuando se efectúe con el juego parado, o cuando en el transcurso del mismo sea evidente que no se trata de intervenir en la jugada. Se considerará como JUEGO VIOLENTO con idéntico grado que la agresión, cuando se trate de jugar el balón dando como resultado lo especificado en cada uno de sus grados y apreciando el árbitro voluntariedad en la jugada. Art. 91.- Las sanciones se aplicarán en tres grados: máximo, medio y mínimo, siendo aplicados de acuerdo al cuadro de sanciones especificado en el Capítulo 23.

Art. 92.- Serán circunstancias AGRAVANTES:

Revelarse contra las decisiones adoptadas por los/as árbitros. Incitar al público en apoyo de la infracción. Provocar el apoyo tumultuario de otras personas.

Ser reiterante, es decir, haber sido sancionado/a en el transcurso de la temporada por otro hecho similar que el Reglamento señale con igual o mayor gravedad, o por varios hechos de menor gravedad, se le aplicará la sanción en su grado medio. Ser reincidente, es decir haber sido sancionado/a en el transcurso de la temporada por el mismo hecho por el que se le está juzgando, se aplicará el grado máximo. Cualquier otra circunstancia que estime el propio Comité de Competición, entre ellos, los antecedentes que figuren en la Concejalía de Deportes, podrán ser utilizados para agravar o atenuar la sanción. La continuidad en la reincidencia será castigada con la sanción inmediata superior.

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Art. 93.- Serán circunstancias ATENUANTES:

Aceptar deportivamente la sanción que el/la árbitro haya podido imponer como resultado la falta.

Demostrar arrepentimiento inmediato a la comisión de la falta, tratando de reparar o disminuir los efectos de la misma dando satisfacción al/la ofendido/a.

Haber mediado provocación suficiente, se aplicará el correctivo inferior en uno o dos grados, según la gravedad de la falta.

Art. 94.- Cuando ocurrieran circunstancias agravantes y atenuantes se compensaran racionalmente. Art. 95.- Son posibles las faltas consumadas y las tentativas o intento. Art. 96.- Si del mismo hecho o hechos simultáneos o sucesivos se derivasen dos o más faltas, serán sancionadas cada una de ellas de forma independiente. CAPÍTULO 23.- CUADRO DE SANCIONES Art. 97.- Los/las participantes de las competiciones, sea cual sea su condición, estarán sujetos/as a las siguientes suspensiones - Un partido de sanción:

1.A : Acumulación de amonestaciones, según cuadro y ciclos, o por doble amonestación.

- De uno a tres partidos de sanción:

2.A : Juego peligroso, es decir, intervenir en un lance del juego de tal forma que involuntariamente se lesione a un contrario.

2.B : Juego violento calificado como leve. 2.C : Protestar de forma ostentosa o insistente. 2.D : Desconsideración o Menosprecio hacia un/una contrario/a. 2.E : Expresarse de palabra o con hechos contrarios al decoro exigible a todo/a

participante en las competiciones municipales. - De dos a cuatro partidos de sanción:

3.A : Juego violento calificado como menos grave. 3.B : Insultar u ofender a un/una contrario/a, compañero/a o espectadores. 3.C : Desacato a la autoridad del/la árbitro. 3.D : Incumplimiento grave de las funciones de delegado/a. 3.E : Intento de agresión a un contrario/a o compañero/a.

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- De tres a cinco partidos de sanción:

4.A : Agresión calificada como leve. 4.B : Alineación indebida. 4.C : Amenazas a un contrario/a, compañero/a o espectador/a. 4.D : Desconsideración o Menosprecio al/la árbitro o su autoridad.

- De cinco a diez partidos de sanción:

5.A : Practicar juego violento calificado como menos grave. 5.B : Agresión calificada como menos grave. 5.C : Insultos u ofensas al/la árbitro.

- De diez a quince partidos de sanción:

6.A : Practicar juego violento calificado como muy grave. 6.B : Agresión calificada como grave 6.C : Juego violento calificado como menos grave. 6.D : Amenazas o coacciones al/la árbitro.

- De quince a veinticinco partidos de sanción:

7.A : Agresión calificada como muy grave. 7.B : Intento de agresión al árbitro.

- Más de veinticinco partidos de sanción:

8.A : Agarrar, empujar, etc. al/la árbitro sin llegar a producirse la agresión, pero existiendo contacto físico.

- Dos años de sanción:

9.A : Agresión al/la árbitro. 9.B : Por hecho de suma gravedad que considere el Comité de Competición. 9.C : Por estar involucrado en arreglos de partidos. 9.D : Por reiteración en faltas graves.

- Cuatro años de sanción:

10.A : Por ser reincidente en cualquiera de los apartados de “Dos años de sanción”.

Art. 98.- Las faltas cometidas contra auxiliares de los/las árbitros (anotadores/as, etc.) trabajadores/as de la organización o autoridades serán sancionadas en la misma forma y grado que las cometidas contra los /las árbitros.

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Art. 99.- Cualquier sanción especificada en la presente normativa, será de aplicación a jugadores/as y directivos/as que aunque no participen en el encuentro, estén presentes (como espectadores) en el recinto deportivo o se produzcan fuera del mismo. Los hechos que constituyan falta según la presente Normativa y que se describen en los artículos anteriores, no se circunscriben al lugar ni al momento donde se desarrollen los acontecimientos deportivos, sino que deben extenderse a cualquier recinto y durante el transcurso de toda la competición, siempre que el origen de los citados hechos hayan tenido lugar dentro de la misma y por causa derivada de ella. Art. 100- El Comité de Competición queda facultado para juzgar y sancionar, si fuera necesario, los casos que por su dudosa interpretación o calificación, no se encuentren contemplados por estas normas y en los casos que a su juicio, el/la árbitro, por cualquier circunstancia, no haya actuado de acuerdo al reglamento, y son: 1.A : Sanciones a equipos, según cuadro adjunto:

No pagar en los plazos marcados para ello 5,00 € Agresión al/la árbitro (1 solo jugador/a) Agresión al/la árbitro (varios jugadores y/o directivo/s)

40,00 € Expulsión y pérdida de Fianza

Alineación indebida Equivalente al recibo semanal Retirada del terreno de juego Equivalente al recibo semanal Incomparecencia Equivalente al recibo semanal

1.B : Sanciones a jugadores y directivos, según cuadro adjunto:

De 1 a 3 partidos 2,50 € Directivos/as 5,00 € De 4 a 9 partidos 5,00 € Directivos/as 10,00 € De 10 a 15 partidos 6,50 € Directivos/as 13,00 € De 16 a 25 partidos 15,00 € Directivos/as 30,00 € Art. 101.- Los clubes serán responsables del pago de las sanciones económicas impuestas a sus directivos/as y jugadores/as. Art. 102.- Si algún jugador/a agrediera al/la árbitro, será sancionado/a con:

1.A : Dos (2) años de suspensión y el club multado con 50,00 €. 1.B : Pérdida automática del encuentro por el resultado de :

Baloncesto 2 - 0 Fútbol 3 - 0 Fútbol Sala 6 - 0 Fútbol Siete 3 - 0

1.C : Los correspondientes puntos de penalización en la clasificación general. 1.D : Cincuenta (50) puntos de sanción en deportividad y aviso de expulsión al equipo.

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Art. 103.- Si el agresor/a fuese un directivo/a, el club será expulsado de la Competición, con la perdida de todos sus derechos, y el directivo/a sancionado/a como mínimo con dos años de suspensión. Art. 104.- Si la agresión fuera producida por más de un/a jugador/a, o integrante del equipo, el equipo quedará expulsado de la Competición, con la pérdida de todos sus derechos, aparte de la sanciones que independientemente fueran impuestas a cada uno/a de ellas, según su grado de responsabilidad. CAPÍTULO 24.- ORGANOS Y PROCEDIMIENTOS Art. 105.- Los órganos disciplinarios de la Concejalía de Deportes son los que determinen las normas del presente reglamento. Art. 106.- La composición de los Comités será la siguiente: COMITÉ DE COMPETICIÓN

Habrá un Juez único que atenderá al Reglamento de Régimen Disciplinario de la Serie Básica del Deporte Infantil publicado y difundido por la Dirección General de Deportes de la Comunidad de Madrid, para las categorías Prebenjamín hasta Cadetes, y al Reglamento de la Concejalía de Deportes para la categoría Aficionado, o en su defecto el propio de la Federación correspondiente. COMITÉ DE APELACIÓN

Actuará como Comité de Apelación el de la propia Federación y será la última instancia de recurso de las competiciones de que se trate. Respetará lo que dictamine el Comité Autonómico de Seguimiento del Deporte Infantil, respecto de las competiciones encuadradas dentro del programa DEUCO de la Comunidad de Madrid. Art. 107.- La misión de los Comités será la de interpretar, cumplir y hacer cumplir la presente Normativa. Tanto los Comités como los Clubes, jugadores/as y directivos/as, deberán atenerse a los procedimientos establecidos en las presentes normas y que se especifican en los siguientes artículos.

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Art. 108.- La iniciación de un procedimiento podrá establecerse de dos formas: ● Primera: De oficio, cuando el propio Comité o las personas indicadas para ello inician el

expediente sancionador por su propia iniciativa.

● Segunda: Por denuncia de implicados o terceros, cuando una persona distinta a la especificada y ajena a el/la infractor o infractores, denuncia ante la Organización los hechos que puedan ser objeto de sanción.

Art. 109.- El Comité de Competición se reunirá los martes a las 17.00 horas y sancionará de acuerdo a lo especificado en el Acta del/la árbitro, no obstante podrán tenerse en cuenta testimonios de los propios componentes del Comité, que hubieran presenciado los hechos o personas ajenas que los Comités consideren oportunas. Art. 110.- Las sanciones se publicarán en los boletines de los Comités de Competición y Apelación que se expondrán los miércoles por la tarde en los tablones de las Delegaciones y podrán ser consultados en la Web del Ayuntamiento de Parla y de las Federaciones correspondientes. Art. 111.- Contra todo fallo del Comité de Competición, se podrá interponer recurso mediante escrito dirigido al Comité de Apelación, y deberá entregarse en la Delegación Zonal correspondiente antes de las 19.00 horas del lunes siguiente a la publicación de los acuerdos del Comité de Competición. Pasado este plazo no se admitirá ningún recurso. Art. 112.- El Comité de Apelación, se reunirá los martes a continuación del Comité de Competición para tratar los recursos existentes. LAS RESOLUCIONES DEL COMITÉ DE APELACION SERÁN INAPELABLES. Art. 113.- En los casos que por su dudosa índole o interpretación no pudieran ser juzgados por esta Normativa, el Comité de Competición queda facultado para dictaminar sobre los mismos, según su leal saber y entender. CAPÍTULO 25.- TROFEOS Art. 114.- Se concederán los siguientes trofeos:

LIGA Trofeo para el Campeón de cada grupo o categoría COPA Trofeo para el Campeón y Subcampeón DEPORTIVIDAD Trofeo para el Campeón de cada grupo o categoría

Para establecer los trofeos a la deportividad se aplicará el cuadro de penalizaciones.

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En caso de empate en deportividad, el trofeo se otorgará al equipo mejor clasificado en la liga, considerando la Concejalía de Deportes, que es más dificultoso obtener una buena clasificación en deportividad cuando se compite por los primeros puestos de la liga. Penalizaciones para la clasificación de la Deportividad:

Tarjeta Amarilla 1 punto Tarjeta Roja, Azul o descalificación 3 puntos Cada partido de sanción 1 punto Doble tarjeta amarilla en un mismo partido 3 puntos de penalización No presentarse a un partido 15 puntos Alineación indebida 15 puntos

Falsificación de ficha 15 puntos de penalización en cada partido en que hubiera participado

No presentar balón reglamentario 3 puntos Comenzar con menos de los jugadores establecidos según modalidades 3 puntos de penalización

Retirada de terreno de juego 25 puntos Suspensión de 2 años 50 puntos Mal uso de las instalaciones, mal compor-tamiento de los/las jugadores/as Según criterio del Comité

Aviso de expulsión 15 puntos Retraso en el pago de recibos Directivos/as

15 puntos Puntuación doble

CAPÍTULO 26.- COMPETICIÓN DE COPA Y OTRAS COMPETICIONES. Regirá la misma Normativa General. Podrán participar aquellos equipos de la Liga que la hubieran terminado con normalidad. El sistema de competición será el habitual de “eliminatoria“, a uno o dos partidos, dependiendo de las fechas disponibles. Cualquier otro aspecto relacionado con la competición de Copa, se comunicará a los participantes en su momento. Art. 115.- La presente normativa abarcará todas las competiciones que organice la Concejalía de Deportes, incluidas las actividades deportivas con motivo de las fiestas locales (Torneos, Trofeos, etc.).

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En sustitución de los tradicionales “Maratones”, durante la celebración de las Fiestas conocidas como Fiestas del Agua, en el mes de Junio de 2015, se organizarán los siguientes Torneos :

- TORNEO DE FUTBOL 7 EN CATEGORÍAS BENJAMIN Y ALEVIN Torneo a disputar en 1 o 2 fines de semana en función del nº de equipos inscritos.

- TORNEO FUTBOL 7 AFICIONADO Pendiente de decidir Equipos participantes y formato de Competición.

- TORNEO DE FUTBOL SALA AFICIONADO. Torneo de Fin de Temporada con el mismo formato que Fútbol 7.

CAPÍTULO 27.- DISPOSICIONES FINALES Art. 116.- Todos los Equipos, Jugadores/as, Directivos y Árbitros por el hecho de inscribirse en los Juegos Deportivos Municipales aceptan y acatan la presente Normativa. Art. 117.- La Organización se reserva el derecho de modificar o ampliar algún apartado de esta Normativa durante el transcurso de la competición, circunstancia que sería comunicada a todos los participantes en el momento de producirse.