norma th

17
NORMA TH.030 HABILITACIONES PARA USO INDUSTRIAL Artículo 1.- Son Habilitaciones para uso Industrial aquellas destinadas predominantemente a la edificación de locales industriales y que se realizan sobre terrenos calificados con una Zonificación afín o compatible. Artículo 2.- Las Habilitaciones para uso Industrial pueden ser de diferentes tipos, los cuáles se establecen en función a tres factores concurrentes: a) Usos permisibles. b) Calidad mínima de obras. c) Modalidad de ejecución. d) Artículo 3.- Los usos permisibles corresponden la Zonificación Urbana y en consecuencia de ella se establece las dimensiones mínimas de los Lotes a habilitar, de conformidad con el Plan de Desarrollo Urbano. e) Artículo 4.- En función de los usos permisibles, las Habilitaciones para uso Industrial pueden ser de cuatro tipos, de acuerdo al siguiente cuadro: ti po área mínima de lote frente mínimo tipo de industria 1 300 m 2 10 ml. elemental y complementaria 2 1,000 m 2 20 ml. liviana 3 2.500 m 2 30 ml. gran industria 4 (*) (*) industria pesada básica OS. 070 REDES DE AGUAS RESIDUALES OBJETIVO Fijar las condiciones exigibles en la elaboración del proyecto hidráulico de las redes de aguas residuales funcionando en lámina libre de acuerdo a una planta procesadora agroindustrial. ALCANCES Esta Norma contiene los requisitos mínimos a los cuales deben sujetarse los proyectos y obras de infraestructura sanitaria para industrias agroalimentarias. DEFINICIONES

Upload: oscar-vasquez

Post on 18-Aug-2015

214 views

Category:

Documents


1 download

DESCRIPTION

NORMA TH

TRANSCRIPT

NORMA TH.030HABILITACIONES PARA USO INDUSTRIAL Artculo 1.- Son Habilitaciones para uso Industrial aquellas destinadas predominantemente a la edifcacin de locales industriales y que se realizan sobre terrenos califcados con una Zonifcacin afn o compatible. Artculo 2.- Las Habilitaciones para uso Industrial pueden ser de diferentes tipos, loscules se establecen en funcin a tres factores concurrentes!a) "sos permisibles.) #alidad mnima de obras.c) $odalidad de e%ecucin.!) Artculo 3.- Los usos permisibles corresponden la Zonifcacin "rbana y en consecuencia de ella se establece las dimensiones mnimas de los Lotes a &abilitar, de conformidad con el 'lan de (esarrollo "rbano.") Artculo #.- )n funcin de los usos permisibles, las Habilitaciones para uso Industrial pueden ser de cuatro tipos, de acuerdo al si*uiente cuadro!t$%o&r"a '($'a !" lot")r"(t" '($'ot$%o !" $(!u*tr$a1 300 '210 'l. "l"'"(tal + co'%l"'"(tar$a2 1,000 '220 'l. l$-$a(a3 2..00 '230 'l. /ra( $(!u*tr$a# 01) 01) $(!u*tr$a %"*a!a &*$caOS. 020 REDES DE A3UAS RESIDUALESOB4ETI5O +i%ar las condiciones e,i*ibles en la elaboracin del proyecto &idrulico de las redes de a*uas residuales funcionando en lmina libre de acuerdo a una planta procesadora a*roindustrial. ALCANCES)sta -orma contiene los requisitos mnimos a los cuales deben su%etarse los proyectos y obras de infraestructura sanitaria para industrias a*roalimentarias.DE6INICIONESREDES DE RECOLECCI7N. #on%unto de tuberas principales y ramales colectores que permiten la recoleccin de las a*uas residuales *eneradas en los diferentes sectores de la plantaTUBER8A PRINCIPAL. )s el colector que recibe las a*uas residuales pro.enientes de otras redes y/o ramales colectores dentro de la planta.TENSI7N TRACTI5A. )s el esfuerzo tan*encial unitario asociado al escurrimiento por *ra.edad en la tubera de alcantarillado, e%ercido por el lquido sobre el material depositado.PENDIENTE M8NIMA. 0alor mnimo de la pendiente determinada utilizando el criterio de tensin tracti.a que *arantiza el auto limpieza de la tubera.PRO6UNDIDAD. (iferencia de ni.el entre la superfcie de terreno y la *eneratriz inferior interna de la tubera dentro de la planta.RECUBRIMIENTO. (iferencia de ni.el entre la superfcie de terreno y la *eneratriz superiore,terna de la tubera 1cla.e de la tubera2.U$cac$9( La cone,in predial de redes de a*uas residuales, se ubicar a una distancia mnima de 34m del lmite izquierdo o derec&o de la de la planta. )n otros casos deber %ustifcarse adecuadamente.D$&'"tro )l dimetro mnimo de la cone,in ser de 544mm.NORMA OS. 0:0PLANTAS DE TRATAMIENTO DE A3UAS RESIDUALESOB4ETO )l ob%eti.o principal es normar el desarrollo de proyectos de tratamiento de a*uas residuales en los ni.eles preliminar, bsico y defniti.o para un me%or desarrollo de la plantay un buen cuidado del medio ambiente. ALCANCE La presente norma est relacionada con las instalaciones que requiere una planta de tratamiento de a*uas residuales municipales y los procesos que deben e,perimentar las a*uas residuales antes de su descar*a al cuerpo receptor o a su reutilizacin en una planta a*roindustrial procesadora de alimentos.DISPOSICIONES 3ENERALESOB4ETO DEL TRATAMIENTO 5.5. )l ob%eti.o del tratamiento de las a*uas residuales es me%orar su calidad para cumplir con las normas de calidad del cuerpo receptor o las normas de reutilizacin y que laplanta a*roindustrial lo*ro benefcios fa.oreciendo la no contaminacin del medio ambiente. 5.6. )l ob%eti.o del tratamiento de lodos es me%orar su calidad para su disposicin fnal o su apro.ec&amiento, para la me%ora de los procesos en la planta.ESTRUTURAS METALICASLa (or'a a%l$ca a lo* "l"'"(to* !" ac"ro "*tructural !"*t$(a!o* a *o%ortar la* car/a* !" la* "!$;cac$o("*