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Universidad Autónoma de Sinaloa Dirección General de Servicio Social
Nombre de la investigación: La eutanasia en México. Realizado en el ciclo: 2020-2021-1 Nombre de brigadista: Beltrán Cisneros Idannia Berenice. Nombre del asesor de servicio social: Dr. Orlando del Rosario Gutiérrez López
NOMBRE DEL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN:
LA EUTANASIA EN MÉXICO
CICLO:
2020-2021-1
MODALIDAD:
UNIDISCIPLINARIA
BRIGADISTA: BELTRÁN CISNEROS IDANNIA BERENICE.
ASESORA DE PROYECTO: DRA. JAHAZIEL ADALINDA VILLA MEDINA.
TUTOR: DR. ORLANDO DEL ROSARIO GUTIÉRREZ LÓPEZ
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DIRECTORIO
DR. JUAN EULOGIO GUERRA LIERA
RECTOR
DR. JESUS MADUEÑA MOLINA
SECRETARIO GENERAL
M.C. VICTOR HUGO AGUILAR GAXIOLA
DIRECTOR GENERAL DE SERVICIO SOCIAL.
LAF. ASHANTI DANIELA ROMAN LEÓN
SUBDIRECTORA ACADÉMICA DE SERVICIO SOCIAL.
LIC. GLADYS AZUCENA BERNAL SALGUEIRO
SUBDIRECTORA DE SERVICIO SOCIAL DE LA UNIDAD REGIONAL
CENTRO
DR. ANDRES ABELINO SARABIA RIOS
DIRECTOR DE LA FACULTAD DE DERECHO CULIACAN
LIC. ED ALAN VALDEZ MEDINA.
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COORDINADOR GENERAL DE SERVICIO SOCIAL DE LA FACULTAD DE
DERECHO
ÍNDICE
PAGINA.
Introducción ……………..……………………………………………….. 4
CAPITULO I …….……………………………………………………….. 5
CAPITULO II……………………………………………………………...
CAPITULO III……………………………………………………………..
Conclusiones…………………………………………………………….. 22
Cronograma ………………………………………………………….. 24
Bibliografía ……………………………………………………………. 25
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INTRODUCCIÓN.
Se observa que la sociedad mexicana se encuentra desinformada acerca del tema de
la eutanasia, eso causa un cierto perjuicio en la ciudadanía. Toda vez que la muerte
además de representar desde siempre en la historia del hombre un gran misterio,
como se puede advertir cuando se estudia este ámbito en las diversas civilizaciones
y culturas que nos han antecedido, hasta hoy en día se tiene la idea preconcebida que
en todo caso invariablemente debe de preponderar el preservar la vida, por lo que en
el sentido opuesto está el hecho de que bajo ciertas circunstancias médicas no
esperar a que llegue una muerte dolorosa, sino que se pretenda el cese de la vida de
forma anticipada a través de la práctica de la eutanasia. Ante dicha idea, se ven
involucradas varias disciplinas como lo son la política, religión, medica, jurídica,
bioética y economía. Cada uno de estos ámbitos representan sus propios argumentos.
La eutanasia se entiende como una buena muerte o “muerte dulce”. Trata de que un
médico acelere la muerte de un paciente terminal, con el consentimiento de éste a fin
de evitar el sufrimiento y dolor. La eutanasia se encuentra involucrada con una muerte
digna. Apenas empieza a considerarse en México el debate como tal de la eutanasia,
a raíz de haberse elevado a nivel constitucional en la ciudad de México el derecho a
una muerte digna, se ha dejado ver que el tema puede ser parte de la agenda
legislativa. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en el
artículo 5 que las personas tenemos derecho a vivir dignamente, esto conforme
plantea los derechos de trabajo, vivienda y alimentación. Establece, asimismo, que el
Estado proveerá lo necesario para mantener este beneficio. Sin embargo, al
preguntamos si tenemos derecho a vivir dignamente, surgiría la siguiente pregunta:
¿podemos morir dignamente? Este ha sido un dilema en la vida del ser humano,
reflejado en la sociedad, en el derecho, la bioética e incluso la religión. Algunos
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doctrinarios han establecido que la muerte digna se refiere al deseo expreso de
terminar con la vida cuando ésta se ha tornado dolorosa, pues muchas veces las
enfermedades van aparejadas de sufrimiento para soportar tratamientos y mantener
la vida.
CAPITULO 1.-
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA.
La eutanasia es uno de los actos más controvertibles de la actualidad en cuanto
a los derechos del ser humano. Se entiende por eutanasia a la práctica mediante
la cual una persona accede a dar fin a la vida de otro individuo ya sea a petición
de este último o de un tercero, ello con el deseo de detener el sufrimiento del
paciente ya que no puede llevar una vida digna.
Cabe resaltar que existe una importante distinción entre la eutanasia activa y la
eutanasia pasiva. La primera consiste en la eutanasia que se realiza,
generalmente, por medio de la administración de una sobredosis de alguna
droga con la intención de poner fin al dolor del paciente, quitando a su vez la vida
de éste. Por su parte, la eutanasia pasiva es aquella donde el médico retira o
niega un tratamiento necesario para mantener con vida al paciente.
Es verdaderamente relevante saber diferenciar ambos tipos de eutanasia. Es
frecuente encontrar casos en los que convenientemente no se realiza dicha
diferenciación, lo cual podría ser crucial a la hora de una discusión en el ámbito
legislativo. Debido a esto, podemos encontrar muchos países que aún no han
tomado una postura respecto a este fenómeno social.
A pesar de lo anterior, la legalización de la eutanasia ha venido siendo promovida
por algunos Estados, como es el caso de Holanda. En dicho país se han venido
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estableciendo condiciones desde 1973 con el fin de poder realizar la eutanasia
activa por parte de los médicos y de esta manera dejaría de ser un delito.
Si bien la eutanasia es un asunto controvertido, la legalización de ésta constituye
un gran dilema no sólo a nivel político sino a nivel ético y moral. Dicho problema
se debe principalmente a la diversidad y oposición de creencias y pensamientos
entre los individuos e instituciones.
La discusión social sobre la eutanasia la vamos a tener previsiblemente muy
intensa en los próximos años y va a estar marcada por el apasionamiento, ya
que todo sobre nacer o morir remueve rincones muy profundos en los seres
humanos.
Aunque la vida es un continuar, sin embargo, su comienzo y su final son los
únicos cortes indiscutibles dentro de ese proceso que se desarrolla día a día,
segundo a segundo. Las actitudes ante estos dos puntos extremos de la
existencia humana juegan un papel muy trascendente en la cosmovisión del
hombre y en las facetas de cada cultura.
JUSTIFICACIÓN.
De acuerdo a la problemática que se está dando por el desconocimiento del tema
relacionado a la eutanasia, se investigara acerca de dicho tema con el fin de
crear nuevas perspectivas y conocimiento a la sociedad mexicana.
También la presente investigación es por la necesidad de crear una norma donde
se permita a las personas con una enfermedad terminal manifestar su voluntad,
para que sea ella la que decida que tratamiento debe de suministrarse en su fase
terminal. Delimitando esta propuesta a los pacientes con enfermedades de
carácter irreversible para que los mismos puedan escoger que se les aplique
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tratamientos sobre cuidados paliativos o bien que se le conecte a aparatos
tecnológicos o simplemente no seguir ningún tratamiento.
OBJETIVO GENERAL.
• Analizar y explicar el desconocimiento que existe en México acerca
de la eutanasia.
OBJETIVOS ESPECIFICOS.
• Analizar el concepto de eutanasia.
• Explicar los diferentes tipos de eutanasia que existen.
• Analizar la postura religiosa ante la eutanasia.
• Indagar la postura medica ante la eutanasia.
• Investigar la diferencia entre la eutanasia y el suicidio medicamente asistido.
PREGUNTAS DE INVESTIGACIÓN.
• ¿Cuál es la razón del desconocimiento acerca de la eutanasia en México?
• ¿En qué consiste el concepto de eutanasia?
• ¿Cuáles son los tipos de eutanasia existentes?
• ¿Qué postura tiene la religión acerca de la eutanasia?
• ¿Qué postura medica existe acerca de la eutanasia?
• ¿Cuál es la diferencia entre eutanasia y suicidio medicamente asistido?
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MARCO TEORICO
Estado del arte.
El trabajo que he estado presentando relacionado a la Eutanasia en México, fue
realizado a base de tesis de diferentes autoras, dicha compilación es el resultado
del trabajo ya mencionado.
A continuación se presenta el análisis de la tesis elaborada por Torres (2015)
titulada El derecho a la eutanasia: una perspectiva global de los derechos que
asisten a pacientes en estado terminal y su análisis en México. Elaborada para
la universidad autónoma de baja california sur, para obtener el grado de maestro
en ciencias sociales con orientación en globalización en el cual se destacan los
siguientes comentarios:
La Comisión Nacional de Derechos Humanos, autoridad máxima de procuración
de justicia en la materia define Derechos Humanos como “el conjunto de
prerrogativas inherentes a la naturaleza de la persona, cuya realización efectiva
resulta indispensable para el desarrollo integral del individuo que vive en una
sociedad jurídicamente organizada. Estos derechos, establecidos en la
Constitución y en las leyes, deben ser reconocidos y garantizados por el Estado.”
(CNDH, 2014)
Tomando como punto de partida estas definiciones y sus elementos comunes
podemos distinguir cuáles son las bases sobre las que se cimientan los derechos
humanos actualmente tanto en el ámbito internacional, como en el nacional:
• Que son naturalmente inherentes al ser humano, se nace con ellos;
• Son estrictamente necesarios para que podamos desarrollarnos como
seres humanos, por tanto, se aclara en la segunda definición, están
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jurídicamente tutelados. Habiendo dicho lo anterior, encontramos implícito en
ambas definiciones el concepto de dignidad humana, ya que es de estas
prerrogativas de donde depende la realización de nuestros más íntimos deseos
y aspiraciones, cualesquiera que estos sean, propios de cada persona en su
concepción y medida muy particular.
La dignidad personal se va a considerar en estos textos, como veremos a
continuación, como el valor fundador de todos los derechos humanos, siendo
dichos derechos concreciones o manifestaciones de dicho valor. Se dice, por
tanto, que la dignidad de la persona constituye el fundamento incuestionable de
la idea de derechos humanos. (Marín, 2007:3) De esta manera, Herrera agrega
dos elementos de carácter ontológicos al concepto de dignidad humana: el libre
arbitrio del ser humano, y su igualdad como género. Así, teniendo en cuenta
tanto su desarrollo histórico, como la forma en que el concepto es acogido por
los diversos ordenes tanto nacional, como internacionales que tienen carácter de
obligatorios para nuestro país, se cuenta entonces con elementos suficientes
para la construcción de una definición de Dignidad Humana para los fines de la
presente investigación, que aunque no puede ser absoluto, si puede ser general
al contener todos estos elementos aportados a través de varias discusiones
filosóficas, ontológicas e históricas: Se define la Dignidad Humana como la
cualidad inmanente de todos los seres humanos por el hecho de serlo.
Se encuentra íntimamente ligada a sus valores y aspiraciones y a su capacidad
de elección; de ella depende la autorrealización propia del ser y por tanto, es
obligatorio para el Estado respetarla y defenderla de sí mismo y de terceros.
La Eutanasia Activa, ¿Un concepto de Derechos Humanos? “Eutanasia viene de
las palabras griegas eu y thanatos que significan ‘muerte suave’ o ‘muerte
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buena’” (Dieterlen, 2005:123); esta definición etimológica del término nos ofrece
la clara finalidad de la eutanasia: ofrecer a la persona la posibilidad de morir bien,
suavemente, tranquilamente y sin dolor.
En nuestro país, Eutanasia es definida como:
La conducta intencionalmente dirigida a terminar con la vida de una persona que
tiene una enfermedad grave e irreversible, por compasión o por razones
médicas; es decir, que un profesional de la salud ayuda a un paciente a morir
cuando su cuerpo ya no responde al tratamiento o cuando la enfermedad está
tan avanzada que ya no tiene posibilidad de salir adelante. (INNSZ, 2014)
Apreciamos entonces que en la definicion se destaca el sentido humanitario y
compasivo de la práctica de la Eutanasia, y la imposibilidad de recuperar la salud
por el estado avanzado del padecimiento que sufre quien la solicita, lo cual nos
remite a los conceptos de dignidad humana y calidad de vida, por estar ligados
con el estado psicológico, físico y espiritual de la persona que se encuentra
enferma, y por tanto a los derechos que le asisten como paciente, y en general
a sus derechos humanos.
Metodología-. La presente tesis no contiene apartado de metodología.
Conclusiones-.
PRIMERA. - Ya quedo demostrado que la comisión nacional de derechos
humanos es la máxima autoridad que procura la justicia de los ciudadanos. La
cual establece los derechos humanos como un conjunto de prerrogativas
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inherentes a la naturaleza de la persona. Y dichos artículos se encuentran
establecidos en la constitución y en las leyes, los cuales deben ser reconocidos
por el estado y al mismo tiempo garantizados y aplicados por el mismo.
SEGUNDA. - También hemos señalado que existen elementos comunes con los
cuales podemos distinguir las bases de los derechos humanos.
TERCERA. - Con la investigación realizada pudimos entender que los derechos
humanos son inherentes, eso quiere decir, que se nace con ellos y son
necesarios para poder desarrollarnos como seres humanos, son el detonante de
una dignidad humana.
CUARTA. - También pudimos comprender el significado de eutanasia, que no es
más que la posibilidad de morir tranquilamente.
QUINTA. - Comprendimos que en México esta conducta se entiende como la
decisión de una persona que tiene una enfermedad terminal e irreversible y
decide terminar con su agonía.
En este sentido la autora Flemate (2015) en su tesis titulada El derecho a la
muerte digna en el ordenamiento jurídico mexicano, elaborada para la
Universidad de castilla-La mancha. Para obtener el grado de Doctora en
derecho. Señala:
La muerte según el Diccionario de la Lengua Española en su primera acepción
es “la cesación o término de la vida”. En su segunda acepción es “la separación
del cuerpo y el alma”. Para Engelhardt la controversia sobre la definición de
muerte procede como consecuencia de la falta de claridad de la vida que se
declara terminada, distinguiendo entre la vida biológica y la persona, la evolución
respecto de la definición de la muerte que se basa en la muerte cerebral vino a
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resolver en gran medida el conflicto. Como lo establece Jaime Escobar la muerte
definitiva de un ser humano es: “la total inactividad del cerebro. La muerte es el
acto o el hecho más sólido de las experiencias humanas”. Asimismo, el ser
humano vive pensando que la muerte es un mal, ya que en las especies animales
se da una cierta inclinación a la supervivencia. Pedro de Lora y Marina Gascón,
sostienen que morir no es el peor de los males, consideran que la creencia de
que morir es un mal es lo que ocasiona el conflicto de considerar lícita la
eutanasia, materia de nuestro estudio. Consideran que lo que propicia el miedo
a la muerte es la privación de bienes a los que somete la muerte, o en la idea de
la extinción misma, o ambas. Al respecto señalan que la muerte puede no ser
tan mala siguiendo los postulados de Bradley, el cual a su vez, alude que los
sucesos tienen efectos positivos y negativos como es el caso de la muerte.
Ilustrando, la muerte para un enfermo terminal con padecimientos dolorosos, es
buena de momento, porque evita que la persona siga sufriendo de forma absurda
al no tener ninguna esperanza de vida. Sin embargo, la muerte es mala para él,
porque se priva de disfrutar a su familia y otros placeres.
Para su estudio la eutanasia se puede clasificar atendiendo su finalidad,
modalidad de la acción, concurrencia de la voluntad de la víctima y a la relación
de causalidad que une a la acción con el resultado. A. Atendiendo a su finalidad,
la eutanasia se divide en: a) eugenésica, es la que se practica para eliminar a
las personas que física o psíquicamente no alcanzan un nivel considerado
mínimo, o bien para eliminar deficientes mentales y así evitar una transmisión
genética; b) criminal, consiste en causar la muerte sin dolor a los individuos
socialmente peligrosos; c) económica, es aquella que se practica con el fin de
provocar la muerte de un sujeto para evitar los gastos económicos presentes o
futuros que el mantenimiento que esta persona exige; d) experimental, la cual
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consiste en procurar el fin de la vida de forma indolora a determinadas personas
con fines de experimentación para contribuir al adelanto científico; e) solidaria,
es una muerte sin dolor procurada a personas desahuciadas con la finalidad
terapéutica de estar en posibilidad de implantar sus tejidos u órganos a otros
seres humanos, procurando salvar sus vidas; f) social, se refiere a aquella que
se practica con la finalidad de que la sociedad no tenga que soportar vidas que
representan cargas sociales para los demás y/o no contribuyan a mejorar la raza
y; g) piadosa, es la muerte provocada por un móvil misericordioso y altruista
hacia una persona que está sufriendo gravemente sin ninguna esperanza
objetiva de cura.
Metodología.- La metodología que se seleccionó para el presente trabajo de
investigación está buscado bajo el sistema hipotético deductivo, el cual consiste
en tomar los aspectos generales que tengan relación con el tema de
investigación para que con base en ellas se llegue a conclusiones particulares,
comprendiendo así el objeto del estudio; ya que coincidiendo con José Martínez
Pichardo el presente estudio se integra con información basada en precedentes
judiciales nacionales, y el derecho comparado, doctrina y legislación interna,
externa e internacional.
Conclusiones-.
PRIMERA. - en base con la tesis anterior pudimos comprender el concepto de
muerte, el cual se refiere a cesación o término de vida.
SEGUNDA. - también comprendemos que el ser humano considera que la
muerte es el peor de los males, por tal pensamiento concideran ilícita la
eutanasia, también entendemos que la muerte no puede ser tan mala siguiendo
los postulados de Bradley, quien alude los sucesos positivos de la misma, como
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cuando un enfermo terminal con padecimientos dolorosos, es buena de
momento porque evita que la persona siga sufriendo.
TERCERA. - Quedo claro que la eutanasia puede clasificarse de acuerdo a su
finalidad por lo tanto existe la eutanasia eugenésica, criminal, económica,
experimental, social y piadosa.
Al respeto se presenta el análisis del trabajo de Montero (2001) en su tesis
titulada ¿hacia una legalización de la eutanasia voluntaria? Reflexiones acerca
de la tesis de la autonomía. Elaborada para la Universidad de Namur. en la cual
se destacan los siguientes comentarios:
¿Llevará el médico a cabo la eutanasia por respeto a la decisión de su paciente?
Respecto a esta situación, es dudoso que un médico se considere justificado
para practicar la eutanasia únicamente porque el interesado ha manifestado su
deseo en este sentido (23). Desde el punto de vista de los hechos, si el médico
accede a similar petición, es porque considera que la vida de su paciente no
tiene ya ningún valor intrínseco. A todas luces, el fundamento no reconocido de
la eutanasia se basa en la idea de que algunas vidas no merecen (ya) la pena
ser vividas. La decisión de practicar la eutanasia no se apoya nunca en la única
voluntad del enfermo, sino que es siempre el resultado de un juicio de valor sobre
la calidad de vida.
Metodología. -
La presente tesis no contiene apartado de metodología
Conclusiones. -
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PRIMERA. - llegamos a la conclusión de que no se considera justificado que un
médico practique la eutanasia solo por el hecho de respetar la decisión del
paciente, para realizar dicha práctica se debe tener en cuenta la calidad de vida
del enfermo.
A continuación, se presenta el análisis de la tesis elaborada por Ibarra (2001)
titulada El derecho a morir con dignidad. Elaborada para la Universidad
autónoma de nuevo león, para obtener el título de doctor en derecho. En la cual
se destacan los siguientes comentarios:
Sin pasar por alto que en el Código Penal Federal, en el artículo 302 establece:
Comete el delito de Homicidio el que priva de la vida a otro. En el artículo 312:
El que prestare auxilio para que se suicide, será castigado con la pena de uno a
cinco años de prisión, si se lo prestare hasta el punto de ejecutar él mismo la
muerte, la prisión será de cuatro a doce años, por lo tanto la Eutanasia no está
permitida en nuestro país. Siendo importante señalar que aunque ya en
diferentes Estados de la República Mexicana existen Leyes y propuestas de Ley
que van encaminadas a una eutanasia pasiva, lo que se busca es que las
personas manifiesten su voluntad en casos de encontrarse ya sea con una
enfermedad terminal o bien en estado vegetativo, con el temor a que se le realice
la aplicación de aparatos con avances tecnológicos que solamente alargarán la
agonía del enfermo logrando con esto que la persona tenga una vida digna, ya
que depende de la tecnología para seguir sobreviviendo.
Voluntad Anticipada. En su primer artículo nos establece es una “Ley de carácter
público e interés social, teniendo como objeto establecer y regular las normas,
requisitos y formas de realización de la voluntad de cualquier persona con
capacidad de ejercicio respecto de la negativa de someterse a medios,
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tratamientos y/o procedimientos médicos que pretendan prolongar de manera
innecesaria su vida, protegiendo en todo momento la dignidad de la persona,
cuando por razones médicas fortuitas o de fuerza mayor, sea imposible mantener
su vida de manera natural”. Sin embargo, la voluntad anticipada no es con la
finalidad de acortar en forma intencional la vida de una persona. Sino llegar a la
muerte digna a través de la ortotanasia que es llegar a la muerte en mejores
condiciones, teniendo una alimentación no forzada, con una hidratación
adecuada, sin dolor y con sedación.
Para llevar a cabo la Ley de la voluntad anticipada, la cual se encuentra apoyada
y definida por las siguientes legislaciones: Código Civil, Código de
Procedimientos Civiles, Código Penal, Ley de Salud para el Distrito Federal, se
encuentra dirigido a las enfermedades de personas que ya no responden a los
tratamientos médicos que se les aplican, que no se puede controlar el dolor u
otros síntomas en ellos, a lo que se le llaman cuidados paliativos.
Metodología. -
Esta tesis no contiene apartado de metodología.
Conclusiones. -
PRIMERA. - De acuerdo con la investigación pudimos afirmar que la eutanasia
no está permitida en México, más sin embargo ya hay en diferentes estados de
la republica leyes o propuestas de ley encaminadas a la eutanasia pasiva, eso
quiere decir que se espera que la persona manifieste su voluntad en casos de
encontrarse en una enfermedad de estado terminal o estado vegetativo.
SEGUNDA. - Pudimos comprender el concepto de voluntad anticipada, el cual
se refiere a la regularización de normas, requisitos y formas de realización de la
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voluntad de cualquier persona respecto a la negativa de someterse a
tratamientos, procedimientos médicos que prolonguen de manera innecesaria su
vida, protegiendo la dignidad de la persona.
TERCERA. - En base a la tesis anterior nos pudimos dar cuenta de que la
voluntad anticipada se encuentra definida y apoyada en las legislaciones
siguientes: código civil, código de procedimientos civiles, código penal, ley de
salud para el distrito federal, pero se dirige solamente a las personas que ya no
responden a los tratamientos médicos.
En cuanto al trabajo de La cámara de diputados (2019) en su tesis titulada La
eutanasia en México, hace mención a lo siguiente; La OMC identifica tres tipos
de eutanasia: la pasiva, la indirecta y la involuntaria, Eutanasia pasiva: Se ha
definido como la interrupción o no inicio de medidas terapéuticas inútiles o
innecesarias en un paciente que se encuentre en situación de enfermedad
terminal. Sobre este tipo de eutanasia la OMC señala que, para evitar
confusiones, este término no debería utilizarse, ya que estas actuaciones no
constituyen ninguna forma de eutanasia y deben considerarse como parte de la
buena práctica médica. Las cuales se explican a continuación, no sin antes
mencionar que solo son de referencia, ya que no son aceptadas del todo:
Eutanasia indirecta: Al respecto cabe señalar que la OMC ha aconsejado retirar
el término, ya que está mejor definido por el principio del doble efecto, al que se
entiende como el principio ético por el cual se permite un determinado
tratamiento que puede tener un efecto beneficioso y otro perjudicial, siempre y
cuando el médico no haya buscado este último de forma intencionada y el
resultado final sea beneficioso o neutro para el paciente.
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Eutanasia involuntaria: Es la que se aplica a un paciente sin que éste lo haya
solicitado. Al respecto se indica que, ningún código ético ni penal lo acepta y, por
lo tanto, no debería ser ni siquiera objeto de discusión.
Metodología. - La presente tesis no contiene apartado metodológico.
Conclusiones. -
PRIMERA.- Identificamos tres tipos de eutanasia las cuales son la pasiva, la
indirecta y la voluntaria.
2.2 El desconocimiento en México acerca de la eutanasia.
La eutanasia no posee un apoyo completo por parte de todas las personas o
culturas. Principalmente existen dos posturas que se confrontan entre dicho
término. La primera postura está conformada por parte de la iglesia, reflejada en
la Biblia. Se define que no existe el derecho a la muerte, debido a que esta se
presenta como una consecuencia de la vida y no como un privilegio de la persona
(eutanasia, introducción); por consiguiente, esta secunda la voluntad de vivir y
su contraparte exige el derecho a morir con dignidad.
Otra postura que va en contra de la eutanasia es la asistencia o medicina
paliativa. Esta descarta la muerte, debido a su objetivo de conservar la vida o de
aliviar los sufrimientos de los enfermos terminales; de esta manera ayudar al
paciente y sus familiares a curar las necesidades emocionales y físicas.
Como una tercera limitante hacia la eutanasia es la ley, se dice que el hombre
posee una libertad natural y que puede hacer de su voluntad lo que este crea
necesario, pero esto se ve limitado desde el momento en el que el mismo
pertenece a una sociedad; a partir de ese momento el individuo limita su voluntad
a lo que dice la ley. Desde la perspectiva contrapuesta, se explica, en base a la
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teoría de Aristóteles de que no todos los humanos son iguales por ende no se
puede imponer las mismas normas o dictámenes a todos por igual, que debido
a la influencia de la Biblia, se ha impuesto a todos a pensar por igual acerca de
la eutanasia. En base a esto, se discute el hecho de que solo debido a la gran
influencia de una creencia, se debe hacer valer de igual manera a todas las
demás personas.
Otra relación que se tiene de la muerte es cuando se le relaciona con el
genocidio, esto debido a la relación que tiene la eutanasia con las actividades
nazis empleadas por los alemanes para dar la muerte a toda persona que se le
considerara indigna de vivir. Aun así el propio significado de la palabra eutanasia
se defiende por sí solo y busca la buena muerte de las personas.
En la actualidad, médicos se han especializado en el morir, es llamada la
tanatología. En esta son descritas las seis fases que existen de la muerte y
además en sus objetivos describe la ayuda que se aporta a los familiares y otros
para no ser partícipes de una dolorosa y prolongada muerte, en cambio,
predisponerlos a vivir el momento y dar paso a una muerte digna. Para el uso de
la eutanasia, en la actualidad, es importante tomar en cuenta nuevos puntos de
vista como:
1) Las aportaciones de la medicina moderna y de la genética, han sido en
determinados casos los causantes de que los pacientes lleguen a un estado
vegetal, privándolos de una vida digna.
2) Durante la última fase de vida, se debe esquivar las falsas
argumentaciones. Aunque se debe hacer todo lo posible para prolongar la vida
de la persona, tampoco se debe afectar su persona.
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Nombre de la investigación: La eutanasia en México. Realizado en el ciclo: 2021-2021-2 Nombre de brigadista: Beltrán Cisneros Idannia Berenice. Nombre del asesor de servicio social: Dra. Jahaziel Adalinda Villa Medina
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3) La medicina paliativa resulta un satisfactorio método para el cuidado y
prolongación de la vida, pero se debe tener en cuenta que la persona puede
hacer de su voluntad, en referencia a su vida.
El objetivo principal de la eutanasia es la entrega responsable de la vida propia
y de con la ayuda, en ocasiones, de intermediarios, la vida de la persona
terminará en el momento justo que este decida. Solo así la muerte será digna y
la vida no terminará en un momento de perdición y soledad.
Haemmerli (2000) expone que:
Reconoce y enfatiza la importancia del quinto derecho de las personas
enfermas, este es el derecho de morir en paz y con dignidad. Esto se estipula en
la Declaración de los Derechos Humanos Universales del Consejo de Europa,
en su artículo 2º. Establece que las personas tienen derecho a no sufrir y que la
dignidad se constituye de ser personas finitas; por consiguiente, morir. La opción
de decidir cómo y cuándo queremos poner fin a nuestro existir se sostiene en un
derecho fundamental: el ejercicio de la autonomía individual protegido por el
artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se trata
de la libertad albergada y protegida por un derecho humano que incluye la
capacidad de autodeterminación, y el Estado constitucional tiene la obligación
de establecer las herramientas que permitan llevar a cabo su ejercicio, libre de
cualquier coacción u obstáculo.
En la actualidad, una de las cuestiones más vitales y discutidas por la sociedad
es el planteamiento de cómo regular la práctica de las diversas decisiones
relacionadas con el final de la vida; cómo y cuándo se deberían permitir la
suspensión de tratamientos, los cuidados paliativos (incluyendo la sedación) y,
como último recurso, la eutanasia y el suicidio médicamente asistido. Sin
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embargo, los conceptos señalados se han utilizado de manera poco clara, lo cual
ha causado confusión y animadversión. Es importante que cualquier persona
que padezca una enfermedad terminal, u otra que le cause un sufrimiento
insoportable, tenga la mayor información posible y clara sobre su situación, de
esta manera podrá decidir libremente, entre varias opciones, respecto a la forma
en que quiere vivir el final de su vida y morir.
El derecho a morir con dignidad se entiende como el máximo y último derecho
constitucional del ciudadano de ejercer su autonomía, es decir, libertad plena de
decidir sobre el final de la vida.
Teniendo en cuenta que estas decisiones se dan en el contexto de la atención
médica, debe haber una buena comunicación entre los participantes (médico,
paciente y familiares) para discutir las opciones, poniendo siempre por encima la
autonomía del paciente y respetando sus creencias religiosas o ausencia de
ellas.
De acuerdo con la Ley General de Salud, el paciente en etapa terminal tiene
derecho a decidir si continua o no con ciertos tratamientos, y a optar por cuidados
paliativos.
Conclusiones. –
La eutanasia se conoce desde la antigüedad greco-romana, en esos tiempos el
concepto de la vida era diferente, ya que, si una persona tenía una mala vida, no
era digna de seguir viviendo. Esto debido a que no se tomaba en cuenta la forma
que se le diera muerte, sino ellos lo llevaban a cabo por compasión al sufrimiento
del enfermo en etapa terminal. Sócrates y Epicuro secundaban la idea de que
cuando una persona padecía una enfermedad dolorosa justificaba el suicidio.
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Lucio Anneo Séneca consideraba el suicidio como alternativa, pues consideraba
“La posibilidad real de morir confiere al hombre su libertad, en el sentido de que
le ofrece una salida frente a cualquier situación. El hombre, pues, aunque dentro
de la gravedad de una larga agonía, todavía continúa siendo amo de su destino”.
En la contraparte se encontraban Aristóteles, Pitágoras y Hipócrates; este último
también conocido como el padre de la medicina, prohibía a los médicos aplicar
la eutanasia activa como el suicidio
asistido y el provocar un aborto a una mujer, estableciendo el juramento a los
médicos: Jamás proporcionare a persona alguna un remedio mortal si me lo
pidiese, ni haré sugestión alguna en tal sentido; tampoco suministraré a una
mujer un remedio abortivo, viviré y ejerceré mi arte en santidad y pureza; esto en
el siglo
V. (SENECA, 2010)
En la actualidad la visión de la muerte ha cambiado, las condiciones de vida que
se le proveen a la persona, es decir, los avances en la medicina y los métodos
de retrasar la muerte, resultan sobresalientes. Es con esto que se le domina la
nueva fase.
La eutanasia forma parte de esta evolución, resulta trascendente, no solo la
prolongación de la vida sino la cesión de la misma; de esta manera el proceso
natural de la vida es dejado a un lado. En conclusión, la eutanasia tiene como
propósito defender el derecho de la muerte, así como el derecho de la vida.
Defiende el derecho y voluntad de una persona de decidir el destino de su muerte
y no seguir en la penumbra de una vida sin vida. En otras palabras, lo que la
eutanasia representa para una persona no es la escapatoria de una enfermedad,
sino es la liberación de estar sufriendo en lugar de estar viviendo, debido a que
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el problema no radica en el estado en el que se encuentre una persona sino en
el tiempo que ésta podrá cargar con la pena. México no ha sido la excepción en
tratar el tema sobre la Eutanasia, palabra la cual al oírla nos asusta, pues
inmediatamente se relaciona con dar muerte alguna persona. Pero la forma de
darle entrada a este término de eutanasia y que se entienda no como darle
muerte a una persona, sino la manifestación de la voluntad de un enfermo que
se le permita dar por terminados a los dolores insoportables que padece al tener
una enfermedad terminal, aplicando una medicación alternativa como son los
cuidados paliativos. En el 2005, fue un año donde se luchó para despenalizar la
eutanasia, teniendo como base respetar los derechos fundamentales del
hombre. Se proponía que el suicidio asistido se permitiera siempre cuando una
persona fuera desahuciada por una enfermedad. Ya que esto ha sido por años
una práctica que se da, pero no se menciona. Por lo que a través de la palabra
Ortotanasia que significa la muerte digna que es la aplicación de eutanasia
pasiva. Permitiendo el paso a la autonomía de las personas. La palabra
eutanasia es todavía un tabú para la sociedad mexicana mencionarla. Buscando
casos en México donde se ha solicitado la aplicación de eutanasia no son
mencionados posiblemente por temor a que los demás piensen que quieren
quitarse la vida o matar a un familiar, en una publicación que realizó en fecha
junio 4 de 2011, la reportera Adriana Touché de Paz,
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CRONOGRAMA.
CRONOGRAMA
JUNIO JULIO AGOSTO
SEMANAS 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4
ACTIVIADES
1. Elección de tema X X
2. Recolección del
material.
X X
3. Planteamiento del
problema.
X
4. Justificación. X
5. Propósitos. X
6. Preguntas de
investigación.
X
7. Marco teórico. X
8. Marco
metodológico.
X
9. Conclusiones. X
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BIBLIOGRÁFIAS
Web
DESPENALIZACIÓN DE LA EUTANASIA ACTIVA Y PASIVA DE MÉXICO, recuperado
el 22 de diciembre de 2009.
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Cualitativa. 2å edición. México. Ediciones Aljibe. 366 paginas.
SANDÍN, Esteban María Paz. (2003). Investigación cualitativa en educación,
Fundamento y tradiciones. España. McGraw Hill/interamericana. 258 paginas.
TORRES, Navarro Tonantzin Guadalupe (2015). El derecho a la eutanasia: una
perspectiva global de los derechos que asisten a pacientes en etapa terminal y su
análisis en México. La Paz, Baja California Sur. 128 paginas.
TAMEZ, Ibarra Alicia (2000). El derecho a morir con dignidad, México. 307 paginas.
MONTERO. Etienne (2001). ¿Hacia una legalización de la eutanasia voluntaria?
reflexiones acerca de la tesis de la autonomía. México. 17 páginas.
FLEMATE, Díaz Paola Lizett (2015). El derecho a la muerte digna en el ordenamiento
jurídico mexicano. España. 367 páginas.
Revistas.
BALDERAS, Gutiérrez Ivonne. (2014). Revista Latinoamericana de metodología De la
investigación social. No.6. Reimis. Argentina.
RUIZ, Medina Manuel Ildefonso. (2013). Revista Académica de Investigación.
No.13. Tlatemoani, Eumed.net. Españ
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BELTRÁN CISNEROS IDANNIA BERENICE.
NOMBRE Y FIRMA DEL BRIGADISTA.
DR. ORLANDO DEL ROSARIO GUTIERREZ LOPEZ.
CORDINADOR DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURIDICAS DE LA
FACULTAD DE DERECHO.
DR. ORLANDO DEL ROSARIO GUTIERREZ LOPEZ.
NOMBRE Y FIRMA DEL TUTOR
DRA. JAHAZIEL ADALINDA VILLA MEDINA
NOMBRE Y FIRMA DEL ASESOR DEL PROYECTO.
LIC. ED ALAN VALDEZ MEDINA.
NOMBRE Y FIRMA DEL COORDINADOR DE SERVICIO SOCIAL