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Anexo Resolución OSINERGMIN Nº 009-2014-OS/CD Propuesta de adenda a los Contratos de Suministro de Electricidad suscritos por Electro Puno S.A.A. y la empresa generadora Empresa Eléctrica de Piura S.A. que resultó adjudicataria en los Procesos de Licitación de Suministro Eléctrico ED-01-2009-LP, ED-02-2009-LP y ED-03-2009-LP. Lima, enero 2014

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  • Anexo

    Resolución OSINERGMIN Nº 009-2014-OS/CD

    Propuesta de adenda a los Contratos de Suministro de Electricidad suscritos por Electro Puno S.A.A. y la empresa generadora Empresa Eléctrica de Piura S.A. que resultó adjudicataria en los Procesos de Licitación de Suministro Eléctrico ED-01-2009-LP, ED-02-2009-LP y ED-03-2009-LP.

    Lima, enero 2014

  • 1.1 Con fecha de de 2010, LA DISTRIBUIDORA y EL GENERADOR suscribieronel Contrato de Suministro de Electricidad, derivado de la Licitación ED-003-2009-LPcorrespondiente a la Oferta 01 (en adelante, el "Contrato de Suministro").

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    SEGUNDA. MODIFCACIONES AL CONTRATO DE SUMINISTRO.>>

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    PRIMER ADDENDUM AL CONTRATO DE SUMINISTRO DE ELECTRICIDAD

    EEPSA, Licitación ED-003-2009-LP de la Oferta 01

    Conste, por el presente documento, el primer addendum al Contrato de Suministro deElectricidad (en adelante "Addendum") que celebran, de una parte:

    Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno Sociedad Anónima AbiertaELECTRO PUNO S.A.A. (en adelante, "LA DISTRIBUIDORA"), identificada con RegistroÚnico de Contribuyentes N° 20405479592, con domicilio en Jr. Mariano H. Cornejo N° 160- Puno, provincia y departamento de Puno, Perú, representada por su Gerente Generalseñor Luis Alberto Mamani Coyla, identificado con D.N.I. 23885618, debidamenteautorizado mediante Sesión de Directorio N° 03.444/2013 de 17 de mayo de 2013, y, de laotra parte;

    EMPRESA ELÉCTRICA DE PIURA S.A. - EEPSA. (en adelante, "EL GENERADOR"), conRegistro Único de Contribuyentes N° 20270508163, con domicilio en carretera Talara —Lobitos Km 3.5, provincia de Talara, departamento de Piura, representado por su GerenteGeneral señor Manuel Cieza Paredes, identificado con D.N.I. N° 03842195 y por suGerente de Planificación y Control señor Juan Martín Saboga! Carrillo, identificado conD.N.I. N° 08265482, debidamente autorizados mediante poder inscrito en el asientoC00055 de la Partida Electrónica N° 11304074 del Registro de Personas Jurídicas de laOficina Registral de Lima.

    PRIMERA. ANTECEDENTES

    2.1 En virtud del presente Addendum, LA DISTRIBUIDORA y EL GENERADOR acuerdansustituir íntegramente los numerales 23.7 y 23.8 de la cláusula VIGÉSIMO TERCERA delContrato de Suministro, por los siguientes textos:

    "23.7 Si durante la vigencia del Contrato LA DISTRIBUIDORA (i) disminuye suclasificación de riesgo a un nivel inferior a BBB o (ii) disminuye su clasificaciónbancaria a una clasificación menor a la de Categoría Normal (0) o (iii) incumplecon pagar total o parcialmente la factura correspondiente a 1 (un) mes desuministro de electricidad por más de 8 (ocho) días contados desde la fecha devencimiento de la referida factura, EL GENERADOR tiene la facultad de solicitara LA DISTRIBUIDORA la presentación de una carta fianza según lo establecido en

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    P

    el numeral 23.1. La clasificación de riesgo deberá ser debidamente acreditadapor una entidad clasificadora que figure en la página web de laSuperintendencia del Mercado de Valores o por un banco local que cuente él osu matriz con clasificación de grado de inversión, en aplicación de la ResoluciónS.B.S. N 9 11356-2008 y sus modificatorias relacionadas a la clasificacióncrediticia del deudor, según lo establecido en el numeral 16.1 de las Basesintegradas de la Licitación ED-003-2009-LP. LA DISTRIBUDORA tendrá laobligación de presentar la carta fianza dentro de los 30 (treinta) días posterioresde recibida la solicitud de EL GENERADOR, caso contrario EL GENERADOR podráresolver el Contrato, cursando un aviso por escrito con 15 (quince) días deanticipación a la fecha en que se hará efectiva la resolución."

    "23.8 Si durante la vigencia del contrato LA DISTRIBUIDORA aumenta su clasificaciónde riesgo a un nivel igual o superior a BBB o aumenta su clasificación bancaria auna clasificación en la Categoría Normal (0), LA DISTRIBUIDORA estaráexonerada de presentar carta fianza como respaldo por el incumplimiento de susobligaciones contractuales, teniendo la facultad de solicitar a EL GENERADOR ladevolución de la carta fianza vigente. EL GENERADOR tendrá la obligación dedevolver la carta fianza dentro de los 30 (treinta) días posteriores de recibida lasolicitud de LA DISTRIBUIDORA. La clasificación de riesgo deberá serdebidamente acreditada por una entidad clasificadora que figura en la páginaweb de la Superintendencia del Mercado de Valores o por un banco local quecuente él o su matriz con clasificación de grado de inversión, en aplicación de laResolución S.B.S. N 9 11356-2008 y sus modificatorias relacionadas a laclasificación crediticia del deudor, según lo establecido en el numeral 16.1 de lasBases integradas de la Licitación ED-003-2009-LP".

    TERCERO. OTRAS DISPOSICIONES

    3.1. El Contrato de Suministro sólo se modifica y precisa según lo indicado en la Cláusula

    precedente, quedando vigentes y sin modificación sus demás términos y condiciones.

    410

    d.) 3.2. En caso de contradicción entre lo señalado en el Contrato de Suministro y lo

    establecido en este documento, prevalecerá lo estipulado en la presente Adenda.

    En señal de aceptación y aprobación, los representantes de LA DISTRIBUIDORA y EL

    GENERADOR firman este Addendum, en tres ejemplares, en la ciudad de Lima, a los[ 20 días del mes de [ d i ueukre ] de 2013.

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    Por L‘DISTRIBUIDORA

    Luis Alberto e amani CoylaGerente\ General

    Por EL GENERADOR

    Manuel C' za ParedesGerente General

    Juan M rtí Sabo•al CarrilloGerente de Planificación y Control

  • PRIMER ADDENDUM AL CONTRATO DE SUMINISTRO DE ELECTRICIDAD

    EEPSA, Licitación ED-002-2009-LP de la Oferta 02

    Conste, por el presente documento, el primer addendum al Contrato de Suministro deElectricidad (en adelante "Addendum") que celebran, de una parte:

    Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno Sociedad Anónima AbiertaELECTRO PUNO S.A.A. (en adelante, "LA DISTRIBUIDORA"), identificada con RegistroÚnico de Contribuyentes N° 20405479592, con domicilio en Jr. Mariano H. Cornejo N° 160- Puno, provincia y departamento de Puno, Perú, representada por su Gerente Generalseñor Luis Alberto Mamani Coyla, identificado con D.N.I. 23885618, debidamenteautorizado mediante Sesión de Directorio N° 03.444/2013 de 17 de mayo de 2013, y, de laotra parte;

    EMPRESA ELÉCTRICA DE PIURA S.A. - EEPSA. (en adelante, "EL GENERADOR"), conRegistro Único de Contribuyentes N° 20270508163, con domicilio en carretera Talara —Lobitos Km 3.5, provincia de Talara, departamento de Piura, representado por su GerenteGeneral señor Manuel Cieza Paredes, identificado con D.N.I. N° 03842195 y por suGerente de Planificación y Control señor Juan Martín Sabogal Carrillo, identificado conD.N.I. N° 08265482, debidamente autorizados mediante poder inscrito en el asientoC00055 de la Partida Electrónica N° 11304074 del Registro de Personas Jurídicas de laOficina Registral de Lima.

    PRIMERA. ANTECEDENTES

    1.1 Con fecha de de 2010, LA DISTRIBUIDORA y EL GENERADOR suscribieronel Contrato de Suministro de Electricidad, derivado de la Licitación ED-002-2009-LPcorrespondiente a la Oferta 02 (en adelante, el "Contrato de Suministro").

    SEGUNDA. MODIFCACIONES AL CONTRATO DE SUMINISTRO

    2.1 En virtud del presente Addendum, LA DISTRIBUIDORA y EL GENERADOR acuerdansustituir íntegramente los numerales 23.7 y 23.8 de la cláusula VIGÉSIMO TERCERA delContrato de Suministro, por los siguientes textos:

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    ,11d'aGeneral

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    "23.7 Si durante la vigencia del Contrato LA DISTRIBUIDORA (i) disminuye suclasificación de riesgo a un nivel inferior a BBB o (ii) disminuye su clasificaciónbancaria a una clasificación menor a la de Categoría Normal (0) o (iii) incumplecon pagar total o parcialmente la factura correspondiente a 1 (un) mes desuministro de electricidad por más de 8 (ocho) días contados desde la fecha devencimiento de la referida factura, EL GENERADOR tiene la facultad de solicitara LA DISTRIBUIDORA la presentación de una carta fianza según lo establecido en

  • el numeral 23.1. La clasificación de riesgo deberá ser debidamente acreditadapor una entidad clasificadora que figure en la página web de laSuperintendencia del Mercado de Valores o por un banco local que cuente él osu matriz con clasificación de grado de inversión, en aplicación de la ResoluciónS.B.S. N.9 11356-2008 y sus modificatorias relacionadas a la clasificacióncrediticia del deudor, según lo establecido en el numeral 16.1 de las Basesintegradas de la Licitación ED-002-2009-LP. LA DISTRIBUDORA tendrá laobligación de presentar la carta fianza dentro de los 30 (treinta) días posterioresde recibida la solicitud de EL GENERADOR, caso contrario EL GENERADOR podráresolver el Contrato, cursando un aviso por escrito con 15 (quince) días deanticipación a la fecha en que se hará efectiva la resolución."

    "23.8 Si durante la vigencia del contrato LA DISTRIBUIDORA aumenta su clasificaciónde riesgo a un nivel igual o superior a BBB o aumenta su clasificación bancaria auna clasificación en la Categoría Normal (0), LA DISTRIBUIDORA estaráexonerada de presentar carta fianza como respaldo por el incumplimiento de susobligaciones contractuales, teniendo la facultad de solicitar a EL GENERADOR ladevolución de la carta fianza vigente. EL GENERADOR tendrá la obligación dedevolver la carta fianza dentro de los 30 (treinta) días posteriores de recibida lasolicitud de LA DISTRIBUIDORA. La clasificación de riesgo deberá serdebidamente acreditada por una entidad clasificadora que figura en la páginaweb de la Superintendencia del Mercado de Valores o por un banco local quecuente él o su matriz con clasificación de grado de inversión, en aplicación de laResolución S.B.S. N 9 11356-2008 y sus modificatorias relacionadas a laclasificación crediticia del deudor, según lo establecido en el numeral 16.1 de lasBases integradas de la Licitación ED-002-2009-LP".

    TERCERO. OTRAS DISPOSICIONES

    3.1. El Contrato de Suministro sólo se modifica y precisa según lo indicado en la Cláusula

    precedente, quedando vigentes y sin modificación sus demás términos y condiciones.

    3.2. En caso de contradicción entre lo señalado en el Contrato de Suministro y lo

    establecido en este documento, prevalecerá lo estipulado en la presente Adenda.

    • En señal de aceptación y aprobación, los representantes de LA DISTRIBUIDORA y EL

    13 u N v GENERADOR firman este Addendum, en tres ejemplares, en la ciudad de Lima, a los

    [ 2-O ] días del mes de [ de 2013.

  • Manuel Cieza ParedesGerente General

    Gerente de Planificación y Control

    Por L A DISTRIBUIDORA

    Por EL GENERADOR

  • PRIMER ADDENDUM AL CONTRATO DE SUMINISTRO DE ELECTRICIDAD

    EEPSA, Licitación ED-002-2009-LP de la Oferta 01

    Conste, por el presente documento, el primer addendum al Contrato de Suministro deElectricidad (en adelante "Addendum") que celebran, de una parte:

    Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno Sociedad Anónima AbiertaELECTRO PUNO S.A.A. (en adelante, "LA DISTRIBUIDORA"), identificada con RegistroÚnico de Contribuyentes N° 20405479592, con domicilio en Jr. Mariano H. Cornejo N° 160- Puno, provincia y departamento de Puno, Perú, representada por su Gerente Generalseñor Luis Alberto Mamani Coyla, identificado con D.N.I. 23885618, debidamenteautorizado mediante Sesión de Directorio N° 03.444/2013 de 17 de mayo de 2013, y, de laotra parte;

    EMPRESA ELÉCTRICA DE PIURA S.A. - EEPSA. (en adelante, "EL GENERADOR"), conRegistro Único de Contribuyentes N° 20270508163, con domicilio en carretera Talara —Lobitos Km 3.5, provincia de Talara, departamento de Piura, representado por su GerenteGeneral señor Manuel Cieza Paredes, identificado con D.N.I. N° 03842195 y por suGerente de Planificación y Control señor Juan Martín Sabogal Carrillo, identificado conD.N.I. N° 08265482, debidamente autorizados mediante poder inscrito en el asientoC00055 de la Partida Electrónica N° 11304074 del Registro de Personas Jurídicas de laOficina Registral de Lima.

    PRIMERA. ANTECEDENTES

    1.1 Con fecha de de 2010, LA DISTRIBUIDORA y EL GENERADOR suscribieronel Contrato de Suministro de Electricidad, derivado de la Licitación ED-002-2009-LPcorrespondiente a la Oferta 01 (en adelante, el "Contrato de Suministro").

    cP SEGUNDA. MODIFCACIONES AL CONTRATO DE SUMINISTRO

    2.1 En virtud del presente Addendum, LA DISTRIBUIDORA y EL GENERADOR acuerdansustituir íntegramente los numerales 23.7 y 23.8 de la cláusula VIGÉSIMO TERCERA delContrato de Suministro, por los siguientes textos:

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    "23.7 Si durante la vigencia del Contrato LA DISTRIBUIDORA (i) disminuye suclasificación de riesgo a un nivel inferior a BBB o (ii) disminuye su clasificaciónbancaria a una clasificación menor a la de Categoría Normal (0) o (iii) incumplecon pagar total o parcialmente la factura correspondiente a 1 (un) mes desuministro de electricidad por más de 8 (ocho) días contados desde la fecha devencimiento de la referida factura, EL GENERADOR tiene la facultad de solicitara LA DISTRIBUIDORA la presentación de una carta fianza según lo establecido en

  • el numeral 23.1. La clasificación de riesgo deberá ser debidamente acreditadapor una entidad clasificadora que figure en la página web de laSuperintendencia del Mercado de Valores o por un banco local que cuente él osu matriz con clasificación de grado de inversión, en aplicación de la ResoluciónS.B.S. N e 11356-2008 y sus modificatorias relacionadas a la clasificacióncrediticia del deudor, según lo establecido en el numeral 16.1 de las Basesintegradas de la Licitación ED-002-2009-LP. LA DISTRIBUDORA tendrá laobligación de presentar la carta fianza dentro de los 30 (treinta) días posterioresde recibida la solicitud de EL GENERADOR, caso contrario EL GENERADOR podráresolver el Contrato, cursando un aviso por escrito con 15 (quince) días deanticipación a la fecha en que se hará efectiva la resolución."

    "23.8 Si durante la vigencia del contrato LA DISTRIBUIDORA aumenta su clasificaciónde riesgo a un nivel igual o superior a BBB o aumenta su clasificación bancaria auna clasificación en la Categoría Normal (0), LA DISTRIBUIDORA estaráexonerada de presentar carta fianza como respaldo por el incumplimiento de susobligaciones contractuales, teniendo la facultad de solicitar a EL GENERADOR ladevolución de la carta fianza vigente. EL GENERADOR tendrá la obligación dedevolver la carta fianza dentro de los 30 (treinta) días posteriores de recibida lasolicitud de LA DISTRIBUIDORA. La clasificación de riesgo deberá serdebidamente acreditada por una entidad clasificadora que figura en la páginaweb de la Superintendencia del Mercado de Valores o por un banco local quecuente él o su matriz con clasificación de grado de inversión, en aplicación de laResolución S.B.S. N g 11356-2008 y sus modificatorias relacionadas a laclasificación crediticia del deudor, según lo establecido en el numeral 16.1 de lasBases integradas de la Licitación ED-002-2009-LP".

    TERCERO. OTRAS DISPOSICIONES

    3.1. El Contrato de Suministro sólo se modifica y precisa según lo indicado en la Cláusula

    precedente, quedando vigentes y sin modificación sus demás términos y condiciones.

    3.2. En caso de contradicción entre lo señalado en el Contrato de Suministro y lo

    establecido en este documento, prevalecerá lo estipulado en la presente Adenda.

    En señal de aceptación y aprobación, los representantes de LA DISTRIBUIDORA y EL

    GENERADOR firman este Addendum, en tres ejemplares, en la ciudad de Lima, a los

    [ L0 .] días del mes de [ (9r e- . ] de 2013.

  • Por LA DISTRIBUIDORA

    Por EL GENERADOR

    Manuel eza ParedesGerente General

    Gere te General

    Juan a tín Sa ogal CarrilloGerente de Planificación y Control

  • PRIMER ADDENDUM AL CONTRATO DE SUMINISTRO DE ELECTRICIDAD

    EEPSA, Licitación ED-001-2009-LP de la Oferta 01

    Conste, por el presente documento, el primer addendum al Contrato de Suministro deElectricidad (en adelante "Addendum") que celebran, de una parte:

    Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno Sociedad Anónima AbiertaELECTRO PUNO S.A.A. (en adelante, "LA DISTRIBUIDORA"), identificada con Registro Únicode Contribuyentes N° 20405479592, con domicilio en Jr. Mariano H. Cornejo N° 160 -Puno, provincia y departamento de Puno, Perú, representada por su Gerente Generalseñor Luis Alberto Mamani Coyla, identificado con D.N.I. 23885618, debidamenteautorizado mediante Sesión de Directorio N° 03.444/2013 de 17 de mayo de 2013, y, de laotra parte;

    EMPRESA ELÉCTRICA DE PIURA S.A. - EEPSA. (en adelante, "EL GENERADOR"), conRegistro Único de Contribuyentes N° 20270508163, con domicilio en carretera Talara —Lobitos Km 3.5, provincia de Talara, departamento de Piura, representado por su GerenteGeneral señor Manuel Cieza Paredes, identificado con D.N.I. N° 03842195 y por suGerente de Planificación y Control señor Juan Martín Sabogal Carrillo, identificado conD.N.I. N° 08265482, debidamente autorizados mediante poder inscrito en el asientoC00055 de la Partida Electrónica N° 11304074 del Registro de Personas Jurídicas de laOficina Registral de Lima.

    PRIMERA. ANTECEDENTES

    1.1 Con fecha de de 2010, LA DISTRIBUIDORA y EL GENERADOR suscribieronel Contrato de Suministro de Electricidad, derivado de la Licitación ED-001-2009-LPcorrespondiente a la Oferta 01 (en adelante, el "Contrato de Suministro").

    SEGUNDA. MODIFCACIONES AL CONTRATO DE SUMINISTRO

    2.1 En virtud del presente Addendum, LA DISTRIBUIDORA y EL GENERADOR acuerdansustituir íntegramente los numerales 23.7 y 23.8 de la cláusula VIGÉSIMO TERCERA delContrato de Suministro, por los siguientes textos:

    "23.7 Si durante la vigencia del Contrato LA DISTRIBUIDORA (i) disminuye suclasificación de riesgo a un nivel inferior a BBB o (ii) disminuye su clasificaciónbancaria a una clasificación menor a la de Categoría Normal (0) o (iii) incumplecon pagar total o parcialmente la factura correspondiente a 1 (un) mes desuministro de electricidad por más de 8 (ocho) días contados desde la fecha devencimiento de la referida factura, EL GENERADOR tiene la facultad de solicitara LA DISTRIBUIDORA la presentación de una carta fianza según lo establecido en

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  • el numeral 23.1. La clasificación de riesgo deberá ser debidamente acreditadapor una entidad clasificadora que figure en la página web de laSuperintendencia del Mercado de Valores o por un banco local que cuente él osu matriz con clasificación de grado de inversión, en aplicación de la ResoluciónS.B.S. N g 11356-2008 y sus modificatorias relacionadas a la clasificacióncrediticia del deudor, según lo establecido en el numeral 16.1 de las Basesintegradas de la Licitación ED-001-2009-LP. LA DISTRIBUDORA tendrá laobligación de presentar la carta fianza dentro de los 30 (treinta) días posterioresde recibida la solicitud de EL GENERADOR, caso contrario EL GENERADOR podráresolver el Contrato, cursando un aviso por escrito con 15 (quince) días deanticipación a la fecha en que se hará efectiva la resolución."

    "23.8 Si durante la vigencia del contrato LA DISTRIBUIDORA aumenta su clasificaciónde riesgo a un nivel igual o superior a BBB o aumenta su clasificación bancaria auna clasificación en la Categoría Normal (0), LA DISTRIBUIDORA estaráexonerada de presentar carta fianza como respaldo por el incumplimiento de susobligaciones contractuales, teniendo la facultad de solicitar a EL GENERADOR ladevolución de la carta fianza vigente. EL GENERADOR tendrá la obligación dedevolver la carta fianza dentro de los 30 (treinta) días posteriores de recibida lasolicitud de LA DISTRIBUIDORA. La clasificación de riesgo deberá serdebidamente acreditada por una entidad clasificadora que figura en la páginaweb de la Superintendencia del Mercado de Valores o por un banco local quecuente él o su matriz con clasificación de grado de inversión, en aplicación de laResolución S.B.S. N g 11356-2008 y sus modificatorias relacionadas a laclasificación crediticia del deudor, según lo establecido en el numeral 16.1 de lasBases integradas de la Licitación ED-001-2009-LP".

    TERCERO. OTRAS DISPOSICIONES

    3.1. El Contrato de Suministro sólo se modifica y precisa según lo indicado en la Cláusula

    precedente, quedando vigentes y sin modificación sus demás términos y condiciones.

    3.2. En caso de contradicción entre lo señalado en el Contrato de Suministro y lo

    establecido en este documento, prevalecerá lo estipulado en la presente Adenda.-II N 4

    En señal de aceptación y aprobación, los representantes de LA DISTRIBUIDORA y EL

    GENERADOR firman este Addendum, en tres ejemplares, en la ciudad de Lima, a los

    [ 2° ] días del mes de [ d '(~ 61-e- 1 de 2013.

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    Ju. Martí Sabo al CarrilloGerente de Planificación y Control