no. 53app.sni.gob.ec/sni-link/sni/portal_sni/data_sigad... · deber primordial del estado: promover...

22
REPÚBLICA DEL ECUADOR GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL SAN PEDRO DE PIMAMPIRO GACETA OFICIAL Administración del Ec. Oscar Narváez Rosales ALCALDE DE PIMAMPIRO Pimampiro, 05 de marzo de 2015 No. 53 Flores 2-032 e Imbabura – Parque 24 de Mayo INDICE CONCEJO MUNICIPAL ORDENANZA Páginas Ordenanza de Actualización del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de San Pedro de Pimampiro. ………………...…………………1 Ordenanza que Regula la Constitución, Organización y Funcionamiento de la Empresa Pública de Agua Potable y Alcantarillado Pimampiro …………………..1 Ordenanza que Regula el Funcionamiento, Control y Recaudación de Tasas de Locales, Puestos y Espacio Público del Mercado Municipal 10 de Agosto de San Pedro de Pimampiro….………………….....1 EL CONCEJO CANTONAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPALSAN PEDRO DE PIMAMPIRO CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República, en el artículo 264 numeral 1, establece que los gobiernos municipales tienen competencias exclusivas entre otras, las de planificar el desarrollo cantonal y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, con el fin de regular su uso y la ocupación del suelo urbano y rural; Que, la Constitución de la República, en el numeral 6 del artículo 3 establece que; es deber primordial del Estado: promover el desarrollo equitativo y solidario de todo el territorio, mediante el fortalecimiento del proceso de autonomías y descentralización; Que, de conformidad con el artículo 241 de la Constitución de la República, la planificación garantizará el ordenamiento

Upload: others

Post on 22-Aug-2021

2 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: No. 53app.sni.gob.ec/sni-link/sni/PORTAL_SNI/data_sigad... · deber primordial del Estado: promover el desarrollo equitativo y solidario de todo el ... Orgánico de Planificación

REPÚBLICA DEL ECUADOR

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO

MUNICIPAL SAN PEDRO DE PIMAMPIRO

GACETA OFICIALAdministración del Ec. Oscar Narváez Rosales

ALCALDE DE PIMAMPIRO

Pimampiro, 05 de marzo de 2015 No. 53

Flores 2-032 e Imbabura – Parque 24 de Mayo

INDICE

CONCEJO MUNICIPAL

ORDENANZA

PáginasOrdenanza de Actualización del Plan deDesarrollo y Ordenamiento Territorial delGobierno Autónomo DescentralizadoMunicipal de San Pedro de Pimampiro.………………...…………………1

Ordenanza que Regula la Constitución,Organización y Funcionamiento de laEmpresa Pública de Agua Potable yAlcantarillado Pimampiro …………………..1

Ordenanza que Regula el Funcionamiento,Control y Recaudación de Tasas deLocales, Puestos y Espacio Público delMercado Municipal 10 de Agosto de SanPedro de Pimampiro….………………….....1

EL CONCEJO CANTONAL DELGOBIERNO AUTÓNOMO

DESCENTRALIZADOMUNICIPALSAN PEDRO DE

PIMAMPIRO

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución de la República, en elartículo 264 numeral 1, establece que losgobiernos municipales tienen competenciasexclusivas entre otras, las de planificar eldesarrollo cantonal y formular loscorrespondientes planes de ordenamientoterritorial, con el fin de regular su uso y laocupación del suelo urbano y rural;

Que, la Constitución de la República, en elnumeral 6 del artículo 3 establece que; esdeber primordial del Estado: promover eldesarrollo equitativo y solidario de todo elterritorio, mediante el fortalecimiento delproceso de autonomías y descentralización;

Que, de conformidad con el artículo 241 dela Constitución de la República, laplanificación garantizará el ordenamiento

Page 2: No. 53app.sni.gob.ec/sni-link/sni/PORTAL_SNI/data_sigad... · deber primordial del Estado: promover el desarrollo equitativo y solidario de todo el ... Orgánico de Planificación

GACETA OFICIAL Nro. 53 jueves 05 de marzo de 2015

territorial y será obligatoria en todos losgobiernos autónomos descentralizados;

Que, la Constitución garantiza laparticipación de la ciudadanía en laformulación de la planificación y el BuenVivir como meta para el desarrollo del país;

Que, el Código Orgánico de OrganizaciónTerritorial, Autonomía y Descentralizaciónestablece en el artículo 467 que los planesde desarrollo y de ordenamiento territorialse expedirán mediante ordenanzas yentrarán en vigencia una vez publicados;

Que, el artículo 41 y siguientes del CódigoOrgánico de Planificación y FinanzasPúblicas, determina la necesidad de quelos gobiernos autónomos descentralizadostengan sus planes de desarrollo y deordenamiento territorial;

Que, la legislación vigente y la políticaestatal reconocen y garantizan a quieneshabitan en la República del Ecuador elderecho a vivir en un ambiente sano,ecológicamente equilibrado y libre decontaminación;

Que, el Consejo Nacional de Planificaciónmediante Resolución No. 003-2014-CNP,expidió los lineamientos y directrices parala actualización y reporte de información delos planes de desarrollo y ordenamientoterritorial de los Gobiernos AutónomosDescentralizados;

Que, el cantón San Pedro de Pimampiro enrespuesta al desarrollo y crecimientodinámico experimentado en los últimostiempos, requiere de normativa idónea parapreservar la integridad de sus habitantes ydel ambiente, así como propiciar unaestructura poli-céntrica, articulada ycomplementaria de asentamientoshumanos, que den como resultado unadecuado manejo y protección de recursosnaturales;

Que, es necesario articular a nivel nacionaly regional en torno al “Plan Nacional para elBuen Vivir 2013-2017, Construyendo unEstado Plurinacional e Intercultural” y, a la“Agenda Zonal para el Buen Vivir,Propuestas de Desarrollo y Lineamientospara el Ordenamiento Territorial”, agendade la zona de planificación 1 (provincias deCarchi, Esmeraldas, Imbabura ySucumbíos);

Que, el Concejo del Gobierno AutónomoDescentralizado Municipal San Pedro dePimampiro expidió la Ordenanza para laaprobación del plan de desarrollo y deordenamiento territorial del GobiernoAutónomo Descentralizado del cantón SanPedro de Pimampiro el veintinueve dediciembre de dos mil once, debidamentepublicada en la gaceta oficial No. 6 del tresde enero de 2012;

Que, el Órgano legislativo Municipal de SanPedro de Pimampiro ha visto la necesidadde generar una Ordenanza que regule elPlan de Desarrollo y OrdenamientoTerritorial, el cual promueva un equilibrio yarmonía entre el crecimiento de la ciudadcon la conservación del medio ambiente ylos recursos naturales;

Que, de acuerdo con los artículos 279 de laConstitución;302 del Código Orgánico deOrganización Territorial, Autonomía yDescentralización; 13 del Código Orgánicode Planificación y Finanzas Públicas; y, laordenanza que crea y regula el Consejocantonal de Planificación del GobiernoAutónomo Descentralizado municipal deSan Pedro de Pimampiro, se contó con laparticipación directa de la ciudadanía parala elaboración del plan de desarrollo y deordenamiento territorial con la conformacióndel Consejo Cantonal de Participaciónciudadana y de Asambleas ciudadanascomo mecanismos de participaciónciudadana obligatorios para la formulaciónde planes y políticas para el desarrollo dePimampiro; y,

2

Page 3: No. 53app.sni.gob.ec/sni-link/sni/PORTAL_SNI/data_sigad... · deber primordial del Estado: promover el desarrollo equitativo y solidario de todo el ... Orgánico de Planificación

GACETA OFICIAL Nro. 53 jueves 05 de marzo de 2015

En ejercicio de las facultades establecidasen el artículo 240 de la Constitución de laRepública, y de conformidad con los Art. 57literal a), e) y x) del Código Orgánico deOrganización Territorial, Autonomía yDescentralización,

EXPIDE:

LA ORDENANZA DE ACTUALIZACIÓNDEL PLAN DE DESARROLLO Y

ORDENAMIENTO TERRITORIAL DELGOBIERNO AUTÓNOMO

DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DESAN PEDRO DE PIMAMPIRO

Artículo 1.- Naturaleza del Plan.- El Plande Desarrollo y Ordenamiento Territorial delCantón San Pedro de Pimampiro es unapolítica pública y un instrumento deplanificación del desarrollo que buscaordenar, compatibilizar y armonizar lasdecisiones estratégicas del desarrollorespecto de los asentamientos humanos;las actividades económico-productivas; y, elmanejo de los recursos naturales, enfunción de las cualidades territoriales, através de la definición de lineamientos parala materialización del modelo territorial delargo plazo, expedido de conformidad a lasnormas constitucionales vigentes y a las delCódigo Orgánico de OrdenamientoTerritorial, Autonomía y DescentralizaciónCOOTAD, del Código Orgánico dePlanificación y Finanzas Públicas;ordenanzas municipales, reglamentos yotras normas legales.

Artículo 2.- Objeto del Plan.- El Plan deDesarrollo y Ordenamiento Territorial deSan Pedro de Pimampiro busca eldesarrollo socioeconómico de la localidad yuna mejora en la calidad de vida; así comola gestión responsable de los recursosnaturales, la protección del medioambiente, y la utilización racional delterritorio. Los objetivos proponen laaplicación de políticas integrales, capacesde abordar la complejidad del territorio, supoblación y promover nuevas normas de

cohesión y redistribución, en el marco delreconocimiento de la diversidad. Losgrandes objetivos del Plan son: mejorar elnivel de ingreso o renta de la población;mejorar la calidad de vida y de trabajo; y,mejorar la calidad ambiental.

Para alcanzar estos objetivos quefavorecen la articulación armónica delsistema territorial, entendido como unaconstrucción social que representa el estilode desarrollo de la sociedad, el Planorganiza y propone el modelo a futuro apartir de los componentes: biofísico; socio-cultural; económico; asentamientoshumanos; movilidad, energía yconectividad; político – institucional yparticipación ciudadana.

Artículo 3.- Finalidad del Plan.- El Plan deDesarrollo y Ordenamiento Territorial delcantón San Pedro de Pimampiro respondea una política y estrategia nacional dedesarrollo y ordenamiento territorial, quetiene como finalidad lograr una relaciónarmónica entre la población y el territorio,equilibrada y sostenible, segura,favorecedora de la calidad de vida de lapoblación, potenciando las aptitudes yactitudes de la población, aprovechandoadecuadamente los recursos del territorio,planteando alianzas estratégicas yterritoriales de uso, ocupación y manejo delsuelo; fomentando la participación activa dela ciudadanía, diseñando y adoptandoinstrumentos y procedimientos de gestiónque permitan ejecutar acciones integrales yque articulen un desarrollo integral entre lapoblación y su territorio en el contexto local,regional, nacional y mundial.

El Plan de Desarrollo y OrdenamientoTerritorial de San Pedro de Pimampiro tienecomo finalidad lograr el equilibrio entre losobjetivos supremos que son: mejorar lascondiciones de vida y de trabajo; lapreservación y cuidado del medio ambientey recursos naturales; y, el aumento en elnivel de ingresos económicos de la

3

Page 4: No. 53app.sni.gob.ec/sni-link/sni/PORTAL_SNI/data_sigad... · deber primordial del Estado: promover el desarrollo equitativo y solidario de todo el ... Orgánico de Planificación

GACETA OFICIAL Nro. 53 jueves 05 de marzo de 2015

población.

En este contexto, en ejecución de lacompetencia exclusiva de regulación deluso y control del suelo que por Leycorresponde a la Municipalidad, teniendocomo objetivos del ordenamiento territorialcomplementar la planificación económica,social y ambiental con dimensión territorial;racionalizar las intervenciones sobre elterritorio; y, orientar su desarrollo yaprovechamiento sostenible.

Artículo 4.- Ámbito del Plan.- El Plan deDesarrollo y Ordenamiento Territorial delCantón San Pedro de Pimampiro rige parael territorio cantonal.

Artículo 5.- Instrumento.- El Plan deDesarrollo y Ordenamiento Territorial delCantón San Pedro de Pimampiro que seaprueba por esta Ordenanza, se encuentraconformado por el Diagnóstico Integrado;Propuesta; Modelo de gestión Estratégico yOrdenamiento Territorial; Planes yProgramas.

Artículo 6.- Vigencia y publicidad delPlan.- El Plan de Desarrollo yOrdenamiento Territorial del Cantón SanPedro de Pimampiro tiene una vigenciatemporal hasta el año 2027, pudiendo serreformado cada cambio de gestión ycuando así lo considere la Municipalidad.

El Plan de Desarrollo y OrdenamientoTerritorial del Cantón San Pedro dePimampiro será público, y cualquierpersona podrá consultarlo y acceder almismo a través de los medios de difusiónde la Municipalidad, así como en lasdependencias municipales encargadas desu ejecución.

Artículo 7.- Revisión, reforma ymodificación del Plan de Desarrollo yOrdenamiento Territorial del Cantón SanPedro de Pimampiro.- La revisión del Plande Desarrollo y Ordenamiento Territorial delCantón San Pedro de Pimampiro se

desarrollará de conformidad a lo previsto enla Ley y en las Ordenanzas pertinentes.

Procederá su reforma y modificacióncuando concurra alguna circunstanciasobrevenida que obligue a modificar algunode sus elementos principales. Dichareforma o modificación deberá seguir losmismos trámites que para su aprobación.

Artículo 8.- Ajustes y actualización delPlan.- Se entiende por ajustes del Plan deDesarrollo y Ordenamiento Territorial, losajustes futuros en su cartografía o en losestudios informativos o anteproyectos deinfraestructuras o en los planes yprogramas.

Todos los planes de ordenamientomunicipal deberán aplicar las normas yajustarán los límites de las zonificacionesprevistas en el Plan de Desarrollo yOrdenamiento Territorial de acuerdo a susescalas cartográficas. La regularización delímites será posible, siempre que elresultado no suponga una disminuciónsustancial de la superficie de la zonaafectada.

Se entiende por actualización del Plan deDesarrollo y Ordenamiento Territorial, lainclusión en el mismo de lasdeterminaciones que surjan en el futuro,cuando se considere necesario para lamejor comprensión de su contenido,basada en los informes pertinentes.

Los ajustes y la actualización seránefectuados por la entidad a cargo de lagestión y ejecución del Plan de Desarrollo yOrdenamiento Territorial, debiendoinformarse de los mismos al ConsejoCantonal de Planificación y al ConcejoMunicipal.

Artículo 9.- Entidad para la gestión yejecución del Plan de Desarrollo yOrdenamiento Territorial.- El Plan deDesarrollo y Ordenamiento Territorial delCantón San Pedro de Pimampiro será

4

Page 5: No. 53app.sni.gob.ec/sni-link/sni/PORTAL_SNI/data_sigad... · deber primordial del Estado: promover el desarrollo equitativo y solidario de todo el ... Orgánico de Planificación

GACETA OFICIAL Nro. 53 jueves 05 de marzo de 2015

gestionado por la Dirección de Planificacióny Desarrollo o la dependencia municipalque en el futuro la reemplace.

Artículo 10.- AprobaciónPresupuestaria.- De conformidad con loprevisto en la Ley, el Gobierno AutónomoDescentralizado de San Pedro dePimampiro tiene la obligación de verificarque el presupuesto operativo anual guardecoherencia con los objetivos y metas delPlan de Desarrollo y OrdenamientoTerritorial del Cantón San Pedro dePimampiro.

Artículo 11.- Seguimiento y Evaluaciónde los Planes de Desarrollo y deOrdenamiento Territorial.- El GobiernoAutónomo Descentralizado Municipal deSan Pedro de Pimampiro, designa a laDirección de Planificación y Desarrollo,responsable para realizar un monitoreo delas metas propuestas en los planes yevaluación de su cumplimiento,semestralmente, para establecer loscorrectivos o modificaciones que serequieran.La Información sobre el cumplimiento demetas, será conocida por el ConcejoMunicipal anualmente previo a que elfuncionario responsable de la Planificacióny Desarrollo, remita al organismo rectordel Sistema Nacional Descentralizado dePlanificación dicha información.

DISPOSICIONES TRANSITORIA

PRIMERA.- Para evitar la superposición defunciones en el ejercicio del ordenamientoterritorial, los gobiernos autónomosdescentralizados regionales y provincialesdeberán observar los lineamientos ydirectrices técnicas de los planes deordenamiento territorial del cantón SanPedro de Pimampiro, particularmente elplaneamiento físico, las categorías de uso ygestión del suelo, su tratamiento y suregulación.

SEGUNDA.- El anexo Plan de Desarrollo yOrdenamiento Territorial de San Pedro dePimampiro constituye referente obligatoriopara la elaboración de planes de inversión,presupuestos y demás instrumentos degestión del municipio, mismo que serápublicado y difundido en textos y en eldominio web institucional.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente ordenanza entrará en vigenciadesde su publicación en la Gaceta OficialMunicipal y dominio web institucional.

Queda expresamente derogada laOrdenanza para la aprobación del plan dedesarrollo y de ordenamiento territorial delGobierno Autónomo Descentralizado delcantón San Pedro de Pimampiro expedidael veintinueve de diciembre de dos mil oncey publicada en la gaceta oficial No. 6 deltres de enero de 2012 y todas las demásdisposiciones normativas de menorjerarquía que sea contraria a la presenteordenanza.

Dada y suscrita en la sala de sesiones delConcejo Municipal de San Pedro dePimampiro, a los veintisiete días del mes defebrero de dos mil quince.

Ec. Oscar Narváez R. ALCALDE DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SAN PEDRO DE PIMAMPIRO

Ab. María Victoria Cachipuendo V.SECRETARIA GENERALDEL CONCEJO MUNICIPAL

CERTIFICO: Que la presente “Ordenanzade Actualización del Plan de Desarrollo yOrdenamiento Territorial del GobiernoAutónomo Descentralizado Municipal deSan Pedro de Pimampiro”, fue discutida yaprobada por el Concejo Municipal de SanPedro de Pimampiro, en sesionesordinarias de fecha veinte y veintisiete de

5

Page 6: No. 53app.sni.gob.ec/sni-link/sni/PORTAL_SNI/data_sigad... · deber primordial del Estado: promover el desarrollo equitativo y solidario de todo el ... Orgánico de Planificación

GACETA OFICIAL Nro. 53 jueves 05 de marzo de 2015

febrero de dos mil quince, en primero ysegundo debate, respectivamente.

Pimampiro, 03 de marzo de 2015

Ab. María Victoria Cachipuendo V.SECRETARIA GENERALDEL CONCEJO MUNICIPAL

De conformidad con lo prescrito en losartículos 322 y 324 del Código deOrdenamiento Territorial, Autonomía yDescentralización, SANCIONO la presente“Ordenanza de Actualización del Plan deDesarrollo y Ordenamiento Territorial delGobierno Autónomo DescentralizadoMunicipal de San Pedro de Pimampiro”, yordeno su PROMULGACION a través de supublicación en la Gaceta Oficial Municipal ysitio Web institucional.

Pimampiro, 03 de marzo de 2015

Ec. Oscar Narváez R. ALCALDE DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SAN PEDRO DE PIMAMPIRO

Sancionó y ordenó la promulgación a travésde su publicación en la Gaceta OficialMunicipal y sitio Web institucional de lapresente “Ordenanza de Actualización delPlan de Desarrollo y Ordenamiento Territorialdel Gobierno Autónomo DescentralizadoMunicipal de San Pedro de Pimampiro”, elseñor Ec. Oscar Narváez, Alcalde delGobierno Autónomo DescentralizadoMunicipal de San Pedro de Pimampiro, a lostres días del mes de marzo de dos milquince.- LO CERTIFICO.-

Pimampiro, 03 de marzo de 2015

Ab. María Victoria Cachipuendo V.SECRETARIA GENERAL DEL CONCEJO MUNICIPAL

EL CONCEJO DEL GOBIERNOAUTÓNOMO DESCENTRALIZADOMUNICIPAL DE SAN PEDRO DE

PIMAMPIRO

Considerando:

Que, el artículo 238 de la Constituciónestablece y garantiza que los gobiernosautónomos descentralizados gozarán deautonomía política, administrativa yfinanciera y que constituyen gobiernosautónomos descentralizados entre otros,los concejos municipales;

Que, el artículo 411 de la Constitución,establece la sustentabilidad de losecosistemas y el consumo humano seránprioritarios en el uso y aprovechamiento delagua;

Que, el numeral 4 del artículo 225 de laConstitución, señala: el sector públicocomprende a las personas naturales yjurídicas creadas por acto normativo de losgobiernos autónomos descentralizadospara la prestación de servicios públicos;

Que, de conformidad con el numeral 4 delartículo 264 de la Constitución, escompetencia exclusiva de los GobiernosMunicipales, entre otras, prestar serviciospúblicos de agua potable y alcantarillado,depuración de aguas residuales, manejo dedesechos sólidos, actividades desaneamiento ambiental y aquellos queestablezca la ley;

Que, la Ley Orgánica de EmpresasPúblicas, promulgada en el Registro OficialSuplemento Nro. 48, del 16 ce octubre del2009, regula la constitución, organizaciónfuncionamiento, fusión, escisión, liquidaciónde las Empresas Públicas que nopertenezcan al sector financiero;

Que, de conformidad con el numeral 2 delartículo 5 de la Ley Orgánica de EmpresasPúblicas, la creación de Empresas Públicasse hará por acto normativo legalmente

6

Page 7: No. 53app.sni.gob.ec/sni-link/sni/PORTAL_SNI/data_sigad... · deber primordial del Estado: promover el desarrollo equitativo y solidario de todo el ... Orgánico de Planificación

GACETA OFICIAL Nro. 53 jueves 05 de marzo de 2015

expedido por los gobiernos autónomosdescentralizados;Que, el artículo 57 literal j) del COOTAD, elConcejo Municipal tiene la atribución deaprobar la creación de Empresas Públicas,para la gestión de los servicios de sucompetencia, según las disposiciones de laconstitución y la ley;

Que, el artículo 277 del COOTAD, indicaque los gobiernos municipales podrán crearEmpresas Públicas siempre que esta formade organización convenga más a susintereses y a los de la ciudadanía; garanticeuna mejor eficiencia y mejore los niveles decalidad en la prestación de serviciospúblicos de su competencia o en eldesarrollo de otras actividades deemprendimiento. La creación de estasempresas se realizara por acto normativodel órgano de legislación del gobiernoautónomo descentralizado respectivo yobservará las disposiciones y requisitosprevistos en la ley;

Que, de acuerdo con el literal d) del artículo60 del COOTAD, el Alcalde o Alcaldesa,tiene la atribución de presentar proyectosde ordenanzas al Concejo Municipal en elámbito de sus competencias, según lasdisposiciones de la Constitución y la ley;

Que, la Empresa Municipal de AguaPotable y Alcantarillado de PimampiroEMAPA-P, fue creada mediante ordenanzadel 22 de marzo del 2005, publicada en elRegistro Oficial No. 53 del Martes 05 dejunio del 2005;En uso de sus facultades,

Expide:

LA ORDENANZA QUE REGULA LACONSTITUCIÓN, ORGANIZACIÓN Y

FUNCIONAMIENTO DE LA EMPRESAPÚBLICA DE AGUA POTABLE YALCANTARILLADO PIMAMPIRO

Título I

CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN,DOMICILIO, PRINCIPIOS, OBJETO Y

FINES

Artículo 1.-Constitución ydenominación.- Créase la EMPRESAPÚBLICA DE AGUA POTABLE YALCANTARILLADO PIMAMPIRO “EMAPA-EP”, como entidad de derecho público, conpersonería jurídica y patrimonio propio,dotada de autonomía presupuestaria,financiera, administrativa y de gestióntécnica.

La Empresa Pública de Agua Potable yAlcantarillado Pimampiro, se rige por laConstitución de la República, La LeyOrgánica de Empresas Públicas y demásnormativas vigentes. Orientando suaccionar con criterios de eficiencia,racionalidad y rentabilidad social,preservando el desarrollo sustentable,integral, y descentralizado de lasactividades económicas de acuerdo con laConstitución.

La Empresa Pública de Agua Potable yAlcantarillado Pimampiro, será responsablede los servicios que preste a la población,ejercerá su control y aplicará sancionesadministrativas, con sujeción a lalegislación vigente y ordenanzasespecificas.La empresa se denominará: EmpresaPública de Agua Potable y AlcantarilladoPimampiro EMAPA-EP y por tanto en todossus trámites y operaciones administrativasy tributarias actuará con esta razón social.

Artículo 2.- Domicilio.- La EmpresaPública tendrá su domicilio principal en elCantón Pimampiro, Provincia de Imbabura,República del Ecuador. Prestará susservicios en el cantón de Pimampiro.

Artículo 3.- Principios.- La EmpresaPública se regirá por los siguientesprincipios:

7

Page 8: No. 53app.sni.gob.ec/sni-link/sni/PORTAL_SNI/data_sigad... · deber primordial del Estado: promover el desarrollo equitativo y solidario de todo el ... Orgánico de Planificación

GACETA OFICIAL Nro. 53 jueves 05 de marzo de 2015

a) Sostenibilidad del desarrollo humanoy buen vivir de la poblaciónecuatoriana;

b) Eficiencia, racionalidad, rentabilidad,control social, preservación delmedio ambiente en sus diferentesactos y operaciones.

c) Obligatoriedad, generalidad,uniformidad, universalidadaccesibilidad, regularidad, calidad,continuidad, seguridad, equidad deprecios y responsabilidad en laprestación de servicios públicos.

Artículo 4.- Objeto de la EmpresaPública.- Para el cumplimiento de sus finesy la prestación eficiente, racional y rentablede servicios públicos, ejercerá lassiguientes funciones.

1. Administrar el servicio de aguapotable, alcantarillado y otroscomplementarios, conexos para elcumplimiento de sus fines y laprestación eficiente, racional yrentable de los servicios públicos enel cantón;

2. Ejecutar proyectos relacionados consu objeto social en general, yparticipar en asociaciones, institutoso grupos nacionales einternacionales dedicados aldesarrollo o investigacionescientíficas o tecnológicas en elcampo de los sistemas de aguapotable; construcción, diseño yoperación de obras o sistemas deagua potable; o bien investigacionescientíficas o tecnológicas; dedesarrollo de procesos y sistemas;

3. Contratar préstamos internos yexternos de acuerdo al trámite legaly los que sean necesarios para la

ejecución de sus obras y planes detrabajo, acorde al ordenamientojurídico vigente;

4. Prestación de servicio, producción yventa de equipos de agua potable yalcantarillado, así como la ejecuciónde obras relacionadas con su objetoprincipal;

5. Prestar o recibir asesoría dentro yfuera del país.

6. Prestar todos los servicios antesdescritos u otros servicioscomplementarios, conexos o afinesque pudieran ser considerados deinterés público o a través deasociaciones con personas naturaleso jurídicas, nacionales o extranjeras,contratos de gestión compartida,alianzas estratégicas, convenios decooperación interinstitucional conentidades públicas o privadas y otrasformas de asociación permitidas porla ley;

7. Constituir agencias o unidades denegocio para la prestación deservicios públicos. Para este efectose necesitará la aprobación delDirectorio con el voto de las dosterceras partes de los miembrospresentes;

Título II

DE LA DIRECCIÓN YADMINISTRACIÓN DE LA EMPRESA

Artículo 5.- La dirección yadministración de la Empresa.- Seejercerá a través del directorio, la gerenciageneral y las dependencias que colaboranarmónicamente para la consecución de susobjetivos.

8

Page 9: No. 53app.sni.gob.ec/sni-link/sni/PORTAL_SNI/data_sigad... · deber primordial del Estado: promover el desarrollo equitativo y solidario de todo el ... Orgánico de Planificación

GACETA OFICIAL Nro. 53 jueves 05 de marzo de 2015

Las facultades y atribuciones de cada unade las Unidades o Direcciones quecontribuyen para el correcto desempeño dela Empresa, constarán en la normativainterna que expida el Directorio.

Artículo 6.- Órganos de Dirección yAdministración.- La empresa públicacontará con los siguientes órganos deadministración y dirección.

1. Directorio; y,

2. La Gerencia General

Capítulo I

DEL DIRECTORIO

Artículo 7.- Integración.- El Directorioestará integrado por cinco miembros queson:

1. La Alcaldesa o Alcalde del GobiernoAutónomo Descentralizado Municipalde Pimampiro o su delegado, quienpresidirá su directorio;

2. La Directora o Director deplanificación del Gobierno AutónomoDescentralizado Municipal dePimampiro;

3. La Directora o Director de ObrasPúblicas Municipales del GobiernoAutónomo Descentralizado Municipalde Pimampiro;

4. Un representante de la ciudadanía,electo de las directivas de los barriosy comunidades en donde prestaservicios la Empresa Pública deAgua Potable y AlcantarilladoPimampiro, que será designado deentre sus directivas.

5. El Procurador Síndico Municipal oabogado del Gobierno AutónomoDescentralizado Municipal dePimampiro.

Los representantes del Gobierno Municipalpermanecerán en sus funciones durante elperíodo en el cual mantengan la calidad deServidores Públicos del Gobierno Municipalde Pimampiro o durante su periodo deelección popular. El representante de laciudadanía, permanecerá en sus funcionesdurante dos años.

Artículo 8.- Secretaría del Directorio.-Quien ejerce la Gerencia General de laEmpresa Pública, acudirá a las sesiones deDirectorio con voz informativa pero sin voto,y ejercerá la secretaría de este organismo.

Capítulo II

DE LAS ATRIBUCIONES Y DEBERESDEL DIRECTORIO.

Artículo 9.- Atribuciones y Deberes delDirectorio.- Son las especificadas en estaordenanza y en el Manual OrgánicoFuncional de le Empresa Pública.

a) Cumplir y hacer cumplir en el ámbitode su gestión, las normasconstitucionales, legales,reglamentarias y estatutariasvigentes;

b) Aprobar y Modificar el OrgánicoFuncional de la Empresa Pública, elReglamento del directorio y demásnormativa aplicable;

c) Tomar conocimiento sobre losreglamentos internos y manualesoperativos para el desenvolvimientotécnico y administrativo de laEmpresa Pública, cuya aprobacióncorresponde a quien ejerza laGerencia General;

d) Evaluación y seguimiento de lasacciones del Gerente General;

e) Diseñar y establecer las políticas ymetas de la Empresa Pública, los

9

Page 10: No. 53app.sni.gob.ec/sni-link/sni/PORTAL_SNI/data_sigad... · deber primordial del Estado: promover el desarrollo equitativo y solidario de todo el ... Orgánico de Planificación

GACETA OFICIAL Nro. 53 jueves 05 de marzo de 2015

cuales deben tener concordanciacon la Planificación Local y Nacional;

f) Elaborar y presentar al ConcejoMunicipal los proyectos de reformasa la presente ordenanza;

g) Aprobar los proyectos de Ordenanzaque requiera la Empresa Pública,para su posterior trámite deaprobación conforme lo establezcala normativa vigente.

h) Aprobar los Planes estratégicos yoperativos anuales de la EmpresaPública;

i) Aprobar el presupuesto general de laempresa y evaluar su ejecución;

j) Conocer y aprobar las tarifas para laprestación de los servicios públicos,sobre la base de los estudiostécnicos que presente la GerenciaGeneral, tarifas que deberán estarajustadas a los criterios desolidaridad, accesibilidad, equidad,calidad, y a la función social quedebe cumplir; de acuerdo a las obrasrealizadas y a la capacidadcontributiva de los usuarios;

k) Conocer y resolver sobre losmecanismos y fijación de precios, enlos que la empresa comercializará oprestará sus servicios directos, sobrela base de estudios técnicospresentados por la gerencia;

l) Aprobar los indicadores de gestión ycalidad que la empresa debeobservar para cumplir con loestablecido en la Ley Orgánica deEmpresas Públicas;

m) Nombrar a quien ejerza la gerenciageneral de una terna presentada porel Presidente del Directorio;

n) Conocer y resolver sobre informessemestrales de gestiónadministrativa, financiera y técnica,presentados por el titular de lagerencia general, así como losestados financieros de la empresa al31 de diciembre de cada año;

o) Conocer y resolver sobre informesde auditoría interna y externa;

p) Aprobar la creación de filiales osubsidiarias;

q) Conocer y resolver en últimainstancia sobre las reclamaciones oapelaciones administrativas quepresenten las personas naturales ojurídicas respecto de lasresoluciones administrativasdictadas por quien ejerza laGerencia General.

r) Conocer y aprobar los créditosinternos y externos que se otorguena la Empresa.

s) Designar de entre sus miembros alos integrantes de comisionesespeciales, con la finalidad deresolver asuntos específicos.

t) Todas las indicadas en el artículo 9de la Ley Orgánica de EmpresasPúblicas, demás normativa aplicabley aquellas inherentes aldireccionamiento y desempeño delas funciones de la empresa pública.

Artículo 10.- Deberes y atribuciones delos miembros del Directorio.- Sondeberes y atribuciones de los miembros delDirectorio las siguientes:

10

Page 11: No. 53app.sni.gob.ec/sni-link/sni/PORTAL_SNI/data_sigad... · deber primordial del Estado: promover el desarrollo equitativo y solidario de todo el ... Orgánico de Planificación

GACETA OFICIAL Nro. 53 jueves 05 de marzo de 2015

a) Asistir a las sesiones del Directorio.

b) Intervenir en las deliberaciones,decisiones, y dar cumplimiento a lascomisiones encomendadas.

c) Consignar su voto en lasresoluciones de Directorio.

d) Las demás que establezcan lasdisposiciones legales yreglamentarias vigentes.

Capítulo III

DEL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO.

Artículo 11.- Deberes y Atribuciones delPresidente o Presidenta del Directorio.-Son:

1. Cumplir y hacer cumplir todas lasnormas que regulan elfuncionamiento de la Empresa;

2. Convocar y presidir las sesiones deDirectorio y suscribir las actas con elSecretario;

3. Dirimir la votación en caso deempate.

4. Presentar la terna al Directorio parala designación del titular de lagerencia general;

5. Remover al titular de la gerenciageneral previo conocimiento delDirectorio;

6. Conceder licencia al titular de lagerencia general de acuerdo a lanormativa jurídica vigente; y

7. Los demás que establezcan lanormativa vigente.

Capítulo IV

DE LA GERENCIA GENERAL

Artículo 12.- La o el Gerente General dela Empresa Pública.- Será designado porel Directorio, de una terna presentada porquien ejerza la Presidencia, considerandotodos los requisitos exigidos por la LeyOrgánica de Empresas Públicas. Será delibre designación y remoción, de acuerdocon la ley. Ejercerá la representación legal,judicial y extrajudicial de la empresa.Para ser gerente se requiere:

1. Acreditar título profesional de tercernivel.

2. Demostrar conocimiento yexperiencia vinculados a la actividadde la empresa; y,

3. Otros, según la normativa propia dela empresa.

En caso de ausencia temporal o definitivade la o el Gerente, le reemplazará la o elGerente Subrogante mientras dure laausencia o hasta que el directorio designea su titular.

Artículo 13.- Inhabilidades.- No podránser, ni actuar como titular de la gerenciageneral, administrador, ni como personal delibre designación de la empresa pública, losque al momento de su designación odurante el ejercicio de sus funciones seencuentren incursos o incurran en una omás de las siguientes inhabilidades.

a) Ser conyugue, tener unión de hechoo ser pariente en el cuarto grado deconsanguinidad o segundo deafinidad de alguno de los miembrosdel Directorio;

b) Ser accionista o estar ejerciendoactividades de auditoría, asesoría,directivas o guardar relación dedependencia con personas naturalesy/o jurídicas privadas, sociedades dehecho o asociaciones de éstas, quetengan negocios con la empresa

11

Page 12: No. 53app.sni.gob.ec/sni-link/sni/PORTAL_SNI/data_sigad... · deber primordial del Estado: promover el desarrollo equitativo y solidario de todo el ... Orgánico de Planificación

GACETA OFICIAL Nro. 53 jueves 05 de marzo de 2015

pública o con respecto de los cualesse deduzca un evidente conflicto deintereses;

c) Tener contratos vigentes con laEmpresa Pública o en general con elestado en actividades relacionadasal objeto de la Empresa Pública;

d) Estar en litigio en calidad deprocuradores judiciales, abogados,patrocinadores o ser parteinteresada contraria a la empresapública;

e) Ostentar cargos de elección popularo ejercer funciones de ministro osubsecretario de Estado o serintegrante de entes reguladores decontrol.

f) Otras que estuvieren establecidas enla constitución y la legislaciónvigente.

De comprobarse que la persona nombradapara cualquiera de aquellos cargos seencontrare incursa en una o más de lasinhabilidades señaladas, seráinmediatamente cesada en sus funcionespor el Directorio o Gerente General, segúncorresponda, sin perjuicio de lasresponsabilidades civiles, administrativasy /o Penales que se pudieran determinar.La cesación en el cargo o terminación delcontrato no dará lugar al pago oreconocimiento de indemnización alguna.

Artículo 14.- Deberes y atribuciones deltitular de la Gerencia General.- ElGerente General, como responsable de laadministración y gestión de la empresapública, tendrá los siguientes deberes yatribuciones:

a) Ejercer la representación legal,judicial y extrajudicial de la empresapública;

b) Cumplir y hacer cumplir la ley,reglamentos y demás normativaaplicable, incluyendo lasresoluciones emitidas por elDirectorio;

c) Suscribir las alianzas estratégicasaprobadas por el Directorio;

d) Administrar la empresa pública, velarpor su eficiencia empresarial einformar al directorio semestralmenteo cuando sea solicitado por éste,sobre los resultados de la gestión,de aplicación de las políticas y de losresultados de los planes, proyectos ypresupuestos, en ejecución o yaejecutados;

e) Presentar al Directorio los estadosfinancieros.

f) Preparar para conocimiento yaprobación del Directorio el PlanGeneral de Negocios, Expansión eInversión y el Presupuesto Generalde la empresa pública;

g) Aprobar el Plan Anual deContrataciones (PAC) en los plazosy formas previstos en la ley;

h) Aprobar y modificar los reglamentosinternos que requiera la empresa,excepto el señalado en el numeral 8del artículo 9 de la Ley Orgánica deempresas públicas;

i) Iniciar, continuar, desistir y transigiren procesos judiciales y en losprocedimientos alternativos desolución de conflictos, deconformidad con la ley y los montosestablecidos por el Directorio. ElGerente procurará utilizar dichos

12

Page 13: No. 53app.sni.gob.ec/sni-link/sni/PORTAL_SNI/data_sigad... · deber primordial del Estado: promover el desarrollo equitativo y solidario de todo el ... Orgánico de Planificación

GACETA OFICIAL Nro. 53 jueves 05 de marzo de 2015

procedimientos alternativos antes deiniciar un proceso judicial, en todo loque sea materia transigible;

j) Designar al Gerente GeneralSubrogante;

k) Resolver sobre la creación deagencias y unidades de negocio;

l) Designar y remover a losadministradores de las agencias yunidades de negocios, deconformidad con la normativaaplicable;

m) Nombrar, contratar y sustituir altalento humano no señalado en elnumeral que antecede, respetandola normativa aplicable;

n) Otorgar poderes especiales para elcumplimiento de las atribuciones delos administradores de agencias ounidades de negocios, observandopara el efecto las disposiciones de lareglamentación interna;

o) Adoptar e implementar lasdecisiones comerciales que permitanla venta de productos o serviciospara atender las necesidades de losusuarios en general, para lo cualpodrá establecer condicionescomerciales específicas yestrategias de negocio competitivas;

p) Ejercer la jurisdicción coactiva enforma directa o a través de sudelegado;

q) Actuar como secretario delDirectorio; y,

r) Las demás que le asigne la Ley,normativa interna de la empresa ydemás normas conexas.

Capítulo V

DE LA O EL GERENTE GENERALSUBROGANTE

Artículo 15.- La o el Gerente GeneralSubrogante.- Remplazara al GerenteGeneral de la Empresa en caso deausencia temporal o definitiva del titular,cumplirá los deberes y atribucionesprevistos para el titular mientras dure elreemplazo.La o el Gerente General subrogante, seráun servidor de la Empresa, quien ejerceráeste cargo por disposición del titular, encaso de ausencia temporal; y en caso deausencia definitiva será el Directorio de laEmpresa el que designe al GerenteGeneral Subrogante.

Capítulo VI

DE LOS RECURSOS FINANCIEROS YDEL PATRIMONIO

Artículo 16.- Son recursos financieros dela Empresa los siguientes:a) Ingresos corrientes, que provienen

de las fuentes de financiamiento, delas tarifas del servicio de aguapotable y alcantarillado; y otrosservicios; rentas e ingresos de laactividad empresarial; rentas eingresos patrimoniales y otrosingresos no específicos, queprovengan de la actividad de laEmpresa; ingresos de capital;recursos provenientes de la venta debienes; de la contratación de créditopúblico o privado, externo o interno;venta de activos; donaciones; y,

13

Page 14: No. 53app.sni.gob.ec/sni-link/sni/PORTAL_SNI/data_sigad... · deber primordial del Estado: promover el desarrollo equitativo y solidario de todo el ... Orgánico de Planificación

GACETA OFICIAL Nro. 53 jueves 05 de marzo de 2015

b) Transferencias, constituidas por lasasignaciones del Gobierno Municipalde Pimampiro, del Gobierno Centraly otras instituciones públicas yprivadas nacionales einternacionales, para fines generaleso específicos.

Artículo 17.- El patrimonio de la Empresase incrementará:

a) Por los aportes que en dinero o enespecie hiciere el GobiernoMunicipal de Pimampiro, susempresas públicas o cualquier otrainstitución del Estado.

b) Por los bienes que adquiera en eldevenir, por cualquier título, asícomo las rentas que aquellosproduzcan.

c) Por las donaciones, herencias,subvenciones o legados que seaceptaren.

d) Por el resultado de cualquier otroconcepto que la ley establezca.

Artículo 18.- Constituyen el patrimoniode la empresa.- Los bienes muebles einmuebles de su propiedad, bienestangibles e intangibles, las acciones,participaciones, títulos habilitantes, activosy pasivos que posea al momento de sucreación, como las que se adquieran en elfuturo. Para el caso de los bienesinmuebles, éstos se transfieren bajo lacondición de no ser vendidos ni utilizadospara fines distintos a los de la creación dela Empresa. Por excepción, los casos deventa de inmuebles deberán ser puestos aconsideración del Directorio.

Título III

DE LA FUSIÓN, ESCISIÓN, DISOLUCIÓNY LIQUIDACIÓN

Artículo 19.- Los procesos de fusión,escisión, disolución y liquidación de laEmpresa, se sujetarán a las normasestablecidas en la Ley Orgánica deEmpresas Públicas.

DISPOSICIONES GENERALES.

PRIMERA.- Aquellos que ejerzan funcionesde dirección, representación, asesoríaserán de libre designación y remoción y nodeberán estar incursos en ninguna de lasinhabilidades contempladas en el artículo14 de la Ley Orgánica de EmpresasPúblicas.

SEGUNDA.- Las y los servidores de laEmpresa no podrán desempeñar ningúnotro cargo público, excepto la docenciauniversitaria en institutos de educaciónsuperior, legalmente reconocidos, y fuerade su horario de trabajo.

TERCERA.-Las y los servidores de libredesignación y remoción no recibiránindemnización de ninguna naturalezacuando fueren separados de sus funcionesen la Empresa Pública por incurrir en lascausales del artículo 24 de la LOSEP.

CUARTA.- En lo no previsto en la presenteordenanza se estará a lo dispuesto en laLey Orgánica de Empresas Publicas, y másnormas principales y secundariasrelacionadas.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

PRIMERA.- Una vez que el personaladministrativo y las oficinas de atención alusuario entren en funcionamiento en lasinstalaciones de la Empresa Pública, senombrará al titular de la Gerencia General.

SEGUNDA.- Se establece como período detransición, para definir los procesosorganizativos y legales que se requieranpara el funcionamiento autónomo de laempresa, así como para la legalización de

14

Page 15: No. 53app.sni.gob.ec/sni-link/sni/PORTAL_SNI/data_sigad... · deber primordial del Estado: promover el desarrollo equitativo y solidario de todo el ... Orgánico de Planificación

GACETA OFICIAL Nro. 53 jueves 05 de marzo de 2015

los bienes y las respectivas autorizacionesde uso de agua, un plazo no mayor a 180días, desde la fecha de aprobación de lapresente Ordenanza. La Empresa Públicadeberá contar, al menos, con los siguientesdocumentos que permitirán sufuncionamiento:a) Manual orgánico funcional, instrumentoadministrativo que defina y establezca laestructura orgánica y funcional para elcumplimiento de la misión, visión yobjetivos estratégico de la institución. b) Plan Operativo Anual y Plan Anual deCompras. La elaboración de estosdocumentos es de exclusivaresponsabilidad del titular de la gerenciageneral, en coordinación con el directorio ypersonal actual de apoyo y operativo de serel caso.

DEROGATORIA

Disposición Única.-Se derogan todas lasnormas y regulaciones municipales quefueren contrarias a la presente Ordenanzade Constitución, Organización yFuncionamiento de la Empresa Pública deAgua Potable y Alcantarillado Pimampiro.La presente ordenanza entrará en vigenciadesde su publicación en la Gaceta OficialMunicipal, dominio web institucional y en elRegistro Oficial, dejando sin efectoespecialmente la Ordenanza deConstitución de la Empresa Municipal deAgua Potable y Alcantarillado del cantónPimampiro – EMAPA-P publicada en elRegistro Oficial No. 73 del martes dos deagosto de dos mil cinco y cualquierdisposición similares y conexa que existany que se opongan a la presente Ordenanza.

Dada y suscrita en la sala de sesiones delConcejo Municipal de San Pedro dePimampiro, a los veinte y siete días defebrero de dos mil quince.

Ec. Oscar Narváez R. ALCALDE DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL

DE SAN PEDRO DE PIMAMPIRO

Ab. María Victoria Cachipuendo V.SECRETARIA GENERAL DEL CONCEJO MUNICIPAL

CERTIFICO: Que la presente la“Ordenanza que Regula la Constitución,Organización y Funcionamiento de laEmpresa Pública de Agua Potable yAlcantarillado Pimampiro”, fue discutida yaprobada por el Concejo Municipal de SanPedro de Pimampiro, en sesionesordinarias de fecha veinte y veintisiete defebrero de dos mil quince, en primero ysegundo debate, respectivamente.

Pimampiro, 03 de marzo de 2015

Ab. María Victoria Cachipuendo V.SECRETARIA GENERALDEL CONCEJO MUNICIPAL

De conformidad con lo prescrito en losartículos 322 y 324 del Código deOrdenamiento Territorial, Autonomía yDescentralización, SANCIONO la presente“Ordenanza que Regula la Constitución,Organización y Funcionamiento de laEmpresa Pública de Agua Potable yAlcantarillado Pimampiro”, y ordeno suPROMULGACION a través de su publicaciónen la Gaceta Oficial Municipal, sitio Webinstitucional y Registro Oficial.

Pimampiro, 03 de marzo de 2015

Ec. Oscar Narváez R. ALCALDE DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SAN PEDRO DE PIMAMPIRO

Sancionó y ordenó la promulgación a travésde su publicación en la Gaceta OficialMunicipal y sitio Web institucional de lapresente “Ordenanza que Regula laConstitución, Organización y Funcionamientode la Empresa Pública de Agua Potable yAlcantarillado Pimampiro”, el señor Ec. OscarNarváez, Alcalde del Gobierno Autónomo

15

Page 16: No. 53app.sni.gob.ec/sni-link/sni/PORTAL_SNI/data_sigad... · deber primordial del Estado: promover el desarrollo equitativo y solidario de todo el ... Orgánico de Planificación

GACETA OFICIAL Nro. 53 jueves 05 de marzo de 2015

Descentralizado Municipal de San Pedro dePimampiro, a los tres días del mes de marzode dos mil quince.- LO CERTIFICO.-

Pimampiro, 03 de marzo de 2015

Ab. María Victoria Cachipuendo V.SECRETARIA GENERAL DEL CONCEJO MUNICIPAL

EL CONCEJO DEL GOBIERNOAUTÓNOMO DESCENTRALIZADOMUNICIPAL DE SAN PEDRO DE

PIMAMPIRO

CONSIDERANDO:

Que, los artículos 238 y 239 de laConstitución de la República del Ecuadorprescriben: Los gobiernos autónomosdescentralizados gozarán de autonomíapolítica, administrativa y financiera, y seregirán por los principios de solidaridad,subsidiariedad, equidad interterritorial,integración y participación ciudadana. Enningún caso el ejercicio de la autonomíapermitirá la secesión del territorio nacional;y, El régimen de gobiernos autónomosdescentralizados se regirá por la leycorrespondiente, que establecerá unsistema nacional de competencias decarácter obligatorio y progresivo y definirálas políticas y mecanismos para compensarlos desequilibrios territoriales en el procesode desarrollo;

Que, el artículo 336 de la Constituciónrespecto al intercambio económico ycomercio justo dice: El Estado(entendiéndose en todos sus niveles)impulsará y velará por el comercio justocomo medio de acceso a bienes y serviciosde calidad, que minimice las distorsionesde la intermediación y promueva lasustentabilidad.El Estado asegurará la transparencia yeficiencia en los mercados y fomentará lacompetencia en igualdad de condiciones y

oportunidades, lo que se definirá medianteley;

Que, el artículo 417 del Código Orgánicode Organización Territorial, Autonomía yDescentralización COOTAD indica que losmercados municipales constituyen bienesde uso público;

Que, el Concejo Municipal en ejercicio desu facultad normativa, expidió laCodificación de Ordenanzas del GobiernoAutónomo Descentralizado Municipal deSan Pedro de Pimampiro, en el RegistroOficial, Edición Especial No. 194 delmiércoles 22 de octubre de 2014,integrando la Ordenanza que regula elfuncionamiento de los locales comerciales ypuestos fijos u ocasionales interiores oexteriores del mercado municipal 10 deagosto de Pimampiro aprobada en dosdebates por el Concejo en enero de 2012 ydos reformas realizadas a la misma enmayo y noviembre de 2012;

Que, el 30 de diciembre de 2014 laComisaría Municipal de San Pedro dePimampiro levantó el catastro de usuariosde locales, puestos fijos y calles aledañasal espacio público comercial del mercadomunicipal 10 de Agosto de Pimampiro,existiendo la necesidad de planificar,organizar y controlar el sistema decomercialización del mercado;

Que, el artículo 186 del Código Orgánicode Organización Territorial, Autonomía yDescentralización COOTAD concedefacultad tributaria al municipio por elestablecimiento o ampliación de serviciospúblicos que son de su responsabilidad ypor el uso de bienes o espacios públicos, alseñalar: Los gobiernos autónomosdescentralizados municipales y distritosmetropolitanos mediante ordenanza podráncrear, modificar, exonerar o suprimir, tasasy contribuciones especiales de mejorasgenerales o específicas, por procesos deplanificación o administrativos queincrementen el valor del suelo o la

16

Page 17: No. 53app.sni.gob.ec/sni-link/sni/PORTAL_SNI/data_sigad... · deber primordial del Estado: promover el desarrollo equitativo y solidario de todo el ... Orgánico de Planificación

GACETA OFICIAL Nro. 53 jueves 05 de marzo de 2015

propiedad; por el establecimiento oampliación de servicios públicos que son desu responsabilidad; el uso de bienes oespacios públicos; y, en razón de las obrasque ejecuten dentro del ámbito de suscompetencias y circunscripción, así como laregulación para la captación de lasplusvalías;

El Concejo Municipal en uso de lasatribuciones que le confiere el artículo 240de la Constitución de la República; artículo57 literal a) y artículo 322 del CódigoOrgánico de Organización Territorial,Autonomía y Descentralización

EXPIDE:

LA ORDENANZA QUE REGULA ELFUNCIONAMIENTO, CONTROL YRECAUDACIÓN DE TASAS DE

LOCALES, PUESTOS Y ESPACIOPÚBLICO DEL MERCADO MUNICIPAL 10

DE AGOSTO DE SAN PEDRO DEPIMAMPIRO

CAPÍTULO I

Descripción del espacio público delMercado 10 de agosto y Responsables

de aplicación

Artículo 1.- Destínese en la ciudad dePimampiro, el Mercado Municipal 10 deAgosto y el área comprendida entre lascalles Bolívar, Luis A. Martínez, Rocafuerte,Flores y Espejo que estará debidamenteseñalizado, como sitio para elfuncionamiento del Mercado Municipal, queservirá para la venta de varios artículos.

Artículo 2.- El técnico de planificación, deacuerdo al ordenamiento territorial, ejercerála administración sobre establecimientoscomerciales, uso y ocupación del suelo,realizará la distribución de las diversassecciones de expendio y bodegas einformará al señor Alcalde para queautorice el arrendamiento del espaciopúblico establecido en el artículo anterior.

Artículo 3.- La Comisaría Municipalejercerá estricto control sobre el buen uso yocupación de locales comerciales, puestosfijos y ocasionales para así evitar molestiasa usuarios, ciudadanía en general ytambién perjuicios económicos alpatrimonio municipal.El técnico de planificación elaboraráproyectos productivos y definirá políticaspúblicas para mejorar el comercio,exhibición y venta de productos.

Artículo 4.- Para la aplicación desanciones por el incumplimiento de lapresente ordenanza a los comerciantes y/oarrendatarios se formará la Comisión deMercado, integrado por cuatrorepresentantes: el señor Alcalde o sudelegado quien presidirá con votodirimente; el responsable de la ComisaríaMunicipal, un representante de los barriosurbanos y un representante de los locales ypuestos fijos del mercado.

CAPÍTULO II

De los Usuarios de Locales Comerciales,Puestos Fijos y Puestos Ocasionales

Artículo 5.- Las personas interesadas entomar en arrendamiento uno de los localescomerciales o puestos fijos del MercadoMunicipal 10 de Agosto, deberán presentarla solicitud dirigida a Alcaldía hasta el 30 denoviembre de cada año.

Artículo 6.- Las direcciones deplanificación, financiera y Alcaldíaprocederán a elaborar el correspondientecatastro de usuarios y emitirán los títulos deinscripción anual, inscripción que no tendrávalor alguno y remitirán a ProcuraduríaSíndica hasta el 31 de diciembre de cadaaño el registro de usuarios para elaborarlos respectivos contratos de arrendamiento,que deberán ser elaborados en el términode 15 días contados a partir de la fechaindicada. El contrato deberá constar por

17

Page 18: No. 53app.sni.gob.ec/sni-link/sni/PORTAL_SNI/data_sigad... · deber primordial del Estado: promover el desarrollo equitativo y solidario de todo el ... Orgánico de Planificación

GACETA OFICIAL Nro. 53 jueves 05 de marzo de 2015

escrito y se realizará en cualquier formatopre-impreso o no.Para efecto de éste artículo la ComisaríaMunicipal presentará informe referencial decumplimiento de obligaciones de losarrendatarios hasta el 30 de noviembre decada año, con cualquier observaciónmotivada.Se dará prioridad a negocios individualesque brinden atención permanente alpúblico.

Artículo 7.- Los requisitos que seadjuntarán a la solicitud para elarrendamiento de los locales y puestos fijosson:a) Copia a color de la cédula de

ciudadanía y certificado ocomprobante de votación

b) Clase de negocio que va aestablecerc) Certificado de salud conferido por elSub centro de Saludd) Certificado de NO Adeudar a laMunicipalidad y a la EMAPA-EPe) Permiso de funcionamiento emitidopor el Cuerpo de Bomberos

Artículo 8.- Los puestos ocasionales por sunaturaleza no permanente están exentosde suscribir contrato escrito y presentarrequisitos, entendiéndose que entre elMunicipio San Pedro de Pimampiro y elocupante ocasional del espacio público,existe un contrato de uso y ocupación desuelo diario ocasional con la obligación depago de la tasa correspondiente.

CAPÍTULO III

Tasas por arrendamiento

Artículo 9.- Los arrendatarios de loslocales comerciales deberán depositarantes de la firma del contrato un Fondo deGarantía por un valor de CIEN DÓLARESDE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICApor lo que la Dirección Financiera llevará unregistro especial por este rubro.

En caso de que existan daños que no seande orden natural, serán reparados por laMunicipalidad con los fondos depositadoscomo garantía; debiendo el usuariorestituirlo. La garantía será devuelta a laterminación del contrato de arrendamiento,previo informes de Comisaría Municipal y elDepartamento de Obras Públicas.Una vez depositado el Fondo de Garantía,pagado la tasa y suscrito el contrato dearrendamiento, el interesado estará encondiciones de desarrollar sus actividadesen el mercado.

Artículo 10.- Los arrendatarios por el usode los locales comerciales o bodegas en elMercado Municipal 10 de Agosto pagaránel cinco por ciento (5%) del Salario BásicoUnificado mensual.

Artículo 11.-Por la utilización de un puestofijo en el mercado municipal el arrendatariopagará el dos por ciento (2%) del SalarioBásico Unificado mensual

Artículo 12.-Los comerciantes que utilizanpuestos ocasionales pagarán la cantidad deun dólar diario por cada puesto utilizadoque será de un área de 6 m2, de 2 metrosde frente por 3 de fondo.

Artículo 13.- En caso de necesidadesjustificadas y negocios consolidados, losusuarios de locales comerciales, puestosfijos y bodegas, excepcionalmente seránbeneficiarios de hasta dos espaciospúblicos dentro del mercado 10 de Agosto;y serán beneficiarios de hasta tres espaciospúblicos fuera del mercado 10 de Agosto.En éstos casos los locales, puestos ybodegas podrán ser contiguos y/o frontalessegún la planificación respectiva.

Artículo 14.- Los arrendatarios de loslocales comerciales y puestos fijos,deberán pagar los cánones dearrendamiento en forma anual antes de lafirma del contrato en la ventanilla derecaudación.

18

Page 19: No. 53app.sni.gob.ec/sni-link/sni/PORTAL_SNI/data_sigad... · deber primordial del Estado: promover el desarrollo equitativo y solidario de todo el ... Orgánico de Planificación

GACETA OFICIAL Nro. 53 jueves 05 de marzo de 2015

Artículo 15.-Los usuarios que utilicen lospuestos fijos destinados en la calle Bolívardel sector del Mercado 10 de Agostopagarán el tres por ciento (3%) del SalarioBásico Unificado mensual.

Artículo 16.- El fondo de Garantía y elcontrato de arrendamiento que autorizan eluso y ocupación de un local comercial ypuesto fijo en el mercado municipal, tiene elcarácter de intransferible y terminará el 31de diciembre de cada año.

CAPÍTULO IV

Obligaciones, Prohibiciones ySanciones

Artículo 17.- Corresponde a los arrendatarios: a) Pagar el arrendamiento en forma oportunab) Ocupar el local y puesto fijo para el

expendio de mercaderías para las cuales está autorizado;

c) Conservar el local y puesto fijo en buen estado de servicio, mantenimiento y aseo;

d) Permitir a las autoridades para que realicen la fumigación del mercado el primer martes de cada mes;

e) Usar pesas y medidas de acuerdo con las disposiciones legales y municipales;f) Sujetarse en la venta a los precios

determinados en el pizarrón o en cualquier otra forma de indicación;

g) Observar buena conducta para con el público y las autoridades.

Artículo 18.- Ninguna persona podrádestinar a otras actividades o negociosdistintos a los especificados en el contratode arrendamiento, así como sub arrendar aterceros.

Artículo 19.- El arrendatario que desearedar por terminada la relación contractual dearrendamiento de los locales comerciales ypuestos fijos del mercado municipal, deberácomunicar por escrito al técnico de

planificación sobre este particular con unmes de anticipación y para verificar lascondiciones de los mismos y proseguir conlos trámites respectivos. Una vez finalizadoy liquidado el contrato de arrendamiento delos bienes de uso público municipal seprocederá al arrendamiento a una nuevapersona, previo el cumplimiento de losrequisitos que se dictaminan en estaordenanza, sin que ello signifique que nodebe cancelar su pensión de arrendamientohasta su desocupación total.

Artículo 20.-Se prohíbe la ocupación conmercadería o productos de cualquier claseen los sitios destinados a andenes y víasde libre tránsito peatonal.

Artículo 21.- Los arrendatarios de localescomerciales y puestos fijos estánprohibidos de:a) Pernoctar en locales comerciales ypuestos fijos;b) Vender mercaderías no autorizadas;c) Deteriorar el local o puesto de

trabajo y colocar anuncios que nosean autorizados;

d) Vender, poseer o consumir en ellocal o puesto fijo bebidasalcohólicas o sustanciasestupefacientes y psicotrópicas;

e) Vender o conservar artículos omercaderías que sean producto derobo, hurto o acción ilícita;

f) Usar pesas y medidas que no esténdebidamente autorizadas por elMunicipio o INEN;

g) Realizar mejoras en el local y puestofijo, sin previo conocimiento yautorización del Municipio;

h) Subarrendar o realizar cualquier actode transferencia del local y puesto fijo.

Artículo 22.-El incumplimiento de estaordenanza se sancionaráadministrativamente con una multa entre eldiez por ciento de un salario básicounificado hasta un salario básico unificado,que será impuesto por la Comisión de

19

Page 20: No. 53app.sni.gob.ec/sni-link/sni/PORTAL_SNI/data_sigad... · deber primordial del Estado: promover el desarrollo equitativo y solidario de todo el ... Orgánico de Planificación

GACETA OFICIAL Nro. 53 jueves 05 de marzo de 2015

Mercado de acuerdo a la gravedad delcaso.La reincidencia será sancionada con eldoble de la multa impuesta en la primeraocasión y la Suspensión provisional de laactividad económica por el plazo de 1 a 5días.Posterior a esta reincidencia se dará porterminado el contrato de arrendamiento y laSuspensión definitiva de la actividadeconómica en el mercado.

Artículo 23.-Causas por las cuales seránsancionados:a) El incumplimiento o inobservancia de

cualquiera de las disposicionescontenidas en esta ordenanza asícomo las resoluciones que dicte laComisaría Municipal.

b) La falta de pago oportuno de lastasas establecidas en esta ordenanza;c) Utilizar para perjudicar al público

pesas y medidas que no esténregistradas oficialmente;

d) Vender artículos en mal estado oadulterado su calidad;e) Las riñas o algazaras;f) La alteración de los preciosmarcados para su comercialización.

Artículo 24.-La Comisión de Mercadoaplicará los principios y procedimientoadministrativo sancionador establecido enel Código Orgánico de Organización,Territorial, Autonomía y Descentralización.La ejecución de cualquier tipo de sanciónadministrativa al Usuario la ejecutará laComisaría Municipal.

Artículo 25.-Los usuarios de los localescomerciales y puestos fijos en el lugar másvisible, exhibirán pizarrones quecontendrán los precios de los artículos queexpendan.

Artículo 26.-Las disposiciones legalescontempladas en la presente ordenanza selas aplicará salvo otras sanciones a quetuviere lugar por la infracción.

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- El señor alcalde dentro delplazo de 30 días emitirá el reglamento parala aplicación de la presente ordenanza parareorganizar parcial o totalmente los localescomerciales y puestos fijos del mercadomunicipal 10 de agosto, pudiendo disponera la Comisaría Municipal reubicar definitivao temporalmente a los usuarios ycomerciantes.

SEGUNDA.- Se prohíbe el ingreso de todotipo de vehículos al interior del mercadomunicipal a retirar o abastecer mercaderíaso productos.

TERCERA.- La dirección de planificaciónelaborará cada año el proyecto deordenamiento territorial, uso y ocupacióndel suelo que juzgue oportuno yconveniente para la aplicación de éstaordenanza, y podrá sugerir cualquierreglamento para la mejor marchaadministrativa e inmediata solución de losproblemas presentados. El técnico deplanificación pondrá en práctica programasde capacitación del personal que tengarelación con el funcionamiento de localescomerciales y puestos fijos debidamenteplanificados.

CUARTA.- La recaudación de las tasas poruso u ocupación de puestos ocasionales enel mercado, las realizará el RecaudadorMunicipal mediante boletos numerados ysellados. El Alcalde puede disponer otrotipo de recaudación que aseguredebidamente el ingreso al patrimoniomunicipal mediante reglamento de sernecesario.

QUINTA.- Dentro del Mercado municipal 10de Agosto, queda prohibida la venta debienes de cualquier naturaleza por parte decomerciantes ambulantes. La ComisaríaMunicipal se encargará de prevenir la ventaambulante dentro del mercado, estandofacultado a decomisar los bienes materiade la infracción administrativa como medida

20

Page 21: No. 53app.sni.gob.ec/sni-link/sni/PORTAL_SNI/data_sigad... · deber primordial del Estado: promover el desarrollo equitativo y solidario de todo el ... Orgánico de Planificación

GACETA OFICIAL Nro. 53 jueves 05 de marzo de 2015

cautelar e inmediatamente iniciará elprocedimiento sancionador establecido enla Ley.

SEXTA.- Los contratos de arrendamientoque celebre la municipalidad con losusuarios tienen el carácter de contratosadministrativos y en caso de abandono ocierre injustificados de los locales o puestosfijos por un plazo de ocho díasconsecutivos, la municipalidad revertirá elcontrato de arrendamiento del espaciopúblico de pleno derecho, sin necesidad deresolución del concejo municipal y sinreconocimiento de ningún tipo deindemnización al arrendatario. Estadisposición deberá constar de maneraobligatoria y expresa en el texto delcontrato, para efectos de aceptación ygarantía de cumplimiento.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

PRIMERA.- Las adjudicaciones y contratosde arrendamiento de los localescomerciales firmados anteriormente a lapublicación de esta ordenanza tienenvigencia hasta la aprobación de la presenteordenanza, y los contratos que se firmen enel año 2015 se adecuarán a la presenteordenanza sin necesidad de repetir losmontos depositados anteriormente porconcepto de fondo de garantía.

SEGUNDA.-Por esta única ocasión, lassolicitudes presentadas de arrendamientode locales comerciales o puestos fijos hastael 31 de enero de 2015, serán analizadas yresueltas según el artículo 6 de la presenteordenanza, con el objeto de regularizar ylegalizar el uso u ocupación del espaciopúblico por Procuraduría Síndica, previo elpago de la tasa por los beneficiarios hastael 31 de marzo del presente año.

Disposición Final.- La presente ordenanzaentrará en vigencia desde su publicación enla Gaceta Oficial Municipal, dominio webinstitucional y en el Registro Oficial.

Queda expresamente derogadas laOrdenanza que regula el funcionamiento delos locales comerciales y puestos fijos uocasionales interiores o exteriores delmercado municipal 10 de agosto dePimampiro codificada el 17 de julio de 2014y publicada en Edición Especial No. 194 delRegistro Oficial del miércoles 22 de octubrede 2014 y todas las demás disposicionesnormativas de menor jerarquía que seacontraria a la presente ordenanza.

Dada y suscrita en la sala de sesiones delConcejo Municipal de San Pedro dePimampiro, a los dos días del mes demarzo de dos mil quince.

Ec. Oscar Narváez R. ALCALDE DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SAN PEDRO DE PIMAMPIRO

Ab. María Victoria Cachipuendo V.SECRETARIA GENERALDEL CONCEJO MUNICIPAL

CERTIFICO: Que la presente la“Ordenanza que Regula el Funcionamiento,Control y Recaudación de Tasas deLocales, Puestos y Espacio Público delMercado Municipal 10 de Agosto de SanPedro de Pimampiro”, fue discutida yaprobada por el Concejo Municipal de SanPedro de Pimampiro, en sesión ordinaria defecha diecinueve de enero y sesiónextraordinaria del dos de marzo de dos milquince, en primero y segundo debate,respectivamente.

Pimampiro, 04 de marzo de 2015

Ab. María Victoria Cachipuendo V.SECRETARIA GENERALDEL CONCEJO MUNICIPAL

De conformidad con lo prescrito en losartículos 322 y 324 del Código deOrdenamiento Territorial, Autonomía yDescentralización, SANCIONO la presente“Ordenanza que Regula el Funcionamiento,

21

Page 22: No. 53app.sni.gob.ec/sni-link/sni/PORTAL_SNI/data_sigad... · deber primordial del Estado: promover el desarrollo equitativo y solidario de todo el ... Orgánico de Planificación

GACETA OFICIAL Nro. 53 jueves 05 de marzo de 2015

Control y Recaudación de Tasas de Locales,Puestos y Espacio Público del MercadoMunicipal 10 de Agosto de San Pedro dePimampiro”, y ordeno su PROMULGACION através de su publicación en la Gaceta OficialMunicipal y sitio Web institucional.

Pimampiro, 04 de marzo de 2015

Ec. Oscar Narváez R. ALCALDE DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SAN PEDRO DE PIMAMPIRO

Sancionó y ordenó la promulgación a travésde su publicación en la Gaceta OficialMunicipal y sitio Web institucional de lapresente “Ordenanza que Regula elFuncionamiento, Control y Recaudación deTasas de Locales, Puestos y Espacio Públicodel Mercado Municipal 10 de Agosto de SanPedro de Pimampiro”, el señor Ec. OscarNarváez, Alcalde del Gobierno AutónomoDescentralizado Municipal de San Pedro dePimampiro, a los tres días del mes de marzode dos mil quince.- LO CERTIFICO.-

Pimampiro, 04 de marzo de 2015

Ab. María Victoria Cachipuendo V.SECRETARIA GENERAL DEL CONCEJO MUNICIPAL

22

Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Cantón San Pedro de PimampiroPlan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Cantón San Pedro de Pimampiro