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SECRETARÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN Y ESTUDIOS PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REALIZACIÓN DE MEDICIONES “IN-SITU” DE CONSUMOS ENERGÉTICOS PARA USOS TÉRMICOS EN EL SECTOR RESIDENCIAL. Ref.: PCT.12988.01/15 Madrid, 13 de julio de 2015

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SECRETARÍA GENERAL

DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN Y ESTUDIOS

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REALIZACIÓN DE

MEDICIONES “IN-SITU” DE CONSUMOS ENERGÉTICOS PARA USOS TÉRMICOS EN EL SECTOR RESIDENCIAL.

Ref.: PCT.12988.01/15 Madrid, 13 de julio de 2015

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MEDICIONES DE CONSUMOS TÉRMICOS EN EL SECTOR RESIDENCIAL _____________________________________________________________________________________________________________

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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Página 1 de 15

ÍNDICE

Página

1. Antecedentes y consideraciones preliminares .................................................................................................. 2

2. Requerimientos del Reglamento (UE) Nº 431/2014 .......................................................................................... 3

3. Disposiciones generales ..................................................................................................................................... 4

4. Marco general del servicio requerido ................................................................................................................ 5

5. Alcance del servicio ............................................................................................................................................ 5

6. Ejes de la investigación ...................................................................................................................................... 6

7. Ámbitos de actuación ......................................................................................................................................... 6

7.1.Ámbito geográfico ........................................................................................................................................ 6

7.2.Ámbito tipología de vivienda ....................................................................................................................... 6

7.3.Ámbito temporal .......................................................................................................................................... 7

8. Mediciones requeridas ....................................................................................................................................... 7

9. Metodología ....................................................................................................................................................... 7

10. Productos a entregar .......................................................................................................................................... 8

10.1.Informe metodológico de las mediciones ................................................................................................... 8

10.2.Base de Datos de mediciones ..................................................................................................................... 9

10.3.Informe de resultados ................................................................................................................................ 9

10.4.Formato de entrega de resultados ........................................................................................................... 10

11. Seguimiento y control del servicio ................................................................................................................... 10

12. Plazo de entrega del servicio ............................................................................................................................ 10

13. Contenido de la oferta ..................................................................................................................................... 11

ANEXO I. Productos energéticos considerados en el sector residencial ...........................................................13

ANEXO II. Categorización de las provincias según zonas climáticas .................................................................14

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1. Antecedentes y consideraciones preliminares

En el actual y cambiante contexto energético, es necesario un conocimiento estadístico más detallado sobre el consumo de energía que ayude a los gestores energéticos a tomar decisiones adecuadas sobre la base de un mayor conocimiento de los usos de la energía. Esta necesidad fue establecida en el Reglamento (CE) nº 1099/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2008 sobre estadísticas de energía, que en su artículo 9 dio explícitamente a la Comisión Europea y a los Estados miembros de la UE un mandato para el desarrollo de estadísticas energéticas detalladas. Paralelamente y tras un amplio debate sostenido entre Eurostat y los Estados miembros sobre la mejora de las estadísticas existentes a nivel sectorial, se decidió comenzar con el sector residencial dada su complejidad y relevancia en el consumo de energía total y su potencial de ahorro de energía. En 2008 se creó un Grupo de Trabajo (Task Force) con objeto de establecer recomendaciones sobre la información básica requerida por los usuarios de las estadísticas para entender el consumo de energía en el sector de los hogares. Los resultados de esta Task Force fueron presentados en la reunión del Grupo de Trabajo de Estadísticas Energéticas Eurostat (ESWG), que se celebró el 29 de junio de 2009, donde quedó patente la existencia de diferentes métodos para la producción de estadísticas en este sector: encuestas, medición de consumos reales en viviendas, utilización de datos administrativos y modelización. Sobre esta base, Eurostat decidió promover estudios estadísticos en el sector de los hogares dirigidos a recopilar información empleando para ello los métodos anteriormente mencionados. Esto dio lugar a los proyectos piloto SECH que se desarrollaron en diecisiete países de la UE, entre ellos España en 2009 y 2010. En España el proyecto se denominó Análisis del Consumo Residencial (SPAHOUSEC) y fue llevado a cabo por el IDAE. La gran diversidad en la disponibilidad de estadísticas energéticas de los hogares y en los conocimientos relacionados con este sector a nivel europeo, llevó a Eurostat a implementar acciones adicionales que permitieran la comparabilidad de los resultados. En este contexto, Eurostat decidió desarrollar un manual de estadísticas para el sector de los hogares junto a un curso de capacitación asociado en el marco del programa ESSNet1, con el objetivo de ayudar a todos los Estados miembros a homogeneizar sus datos sobre el sector doméstico y aplicar técnicas estadísticas específicas para mejorar el conocimiento. Este proyecto, conocido como MESH (Manual de Estadísticas Energéticas en el Sector Residencial), fue liderado por España (IDAE) y tuvo como socios a Austria (ST-AT), Holanda (CBS), Eslovenia (SORS) y el Reino Unido (DECC). Continuando con esta línea, la reciente Regulación europea sobre estadísticas energéticas, adoptada el 24 de abril de 2014 a través del Reglamento (UE) Nº 431/2014 de la Comisión, obliga a todos los Estados miembros a disponer de información desagregada por usos sobre consumos en el sector residencial. Ello hace necesaria la recopilación de datos de consumo de los hogares a partir de 2016 para dar cumplimiento a la obligación de notificación establecida por Eurostat. Procede pues una reedición del proyecto “Análisis del Consumo Residencial (SPAHOUSEC)” que sea acorde con los requerimientos exigidos por el nuevo Reglamento de la Comisión.

1 Programa diseñado para dar respuesta a las necesidades de una mayor sinergia y armonización en el europeo estadística

Systems (ESS) lanzado en el año 2002 por la Conferencia de DGINS y compuesto por los directores de los institutos nacionales de Estadística (NSIs).

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Con este fin surge la propuesta del estudio “Análisis de Consumos Energéticos en el Sector Residencial (SPAHOUSEC II)”, dirigido a profundizar, completar y actualizar la información disponible. Para la ejecución de este estudio, el IDAE se plantea una serie de acciones dirigidas a abordar el problema de las mediciones, contando para ello con la participación de varios organismos y entidades con experiencia en este campo. La necesidad de replantear el alcance de las actuaciones y los términos en que fue aprobado el anterior proyecto SPAHOUSEC I, conduce a la necesidad de una propuesta realista y acorde a la situación de mercado de los servicios de asistencia técnica requeridos para su plena y satisfactoria ejecución, en conformidad con los objetivos planteados. En este contexto, los servicios propuestos en las presentes especificaciones incluyen la realización de mediciones “in-situ” sobre consumos de energía térmica en un panel de hogares, para su posterior tratamiento estadístico por parte del Instituto.

2. Requerimientos del Reglamento (UE) Nº 431/2014

El Reglamento (UE) No 431/2014 Comisión, que modifica el Reglamento (CE) Nº 1099/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre estadísticas de energía en lo relativo al caso de la estadística anual sobre consumo de energía en los hogares, exige a los Estados miembros que proporcionen datos detallados sobre el consumo de energía final en los hogares2 y desglosados según tipo de uso final. Los usos contemplados por la Regulación son:

Calefacción.

Refrigeración.

Agua caliente.

Cocina.

Iluminación y electrodomésticos (solo electricidad)

Otros usos finales.

La Regulación establece para las siguientes definiciones y aclaraciones para algunos de los términos más relevantes en dicha estadística: Residencial Es necesario consignar los combustibles utilizados por todos los hogares, incluidos los “hogares que emplean personal doméstico”. Divisiones 97 y 98 de la NACE. Sector residencial/hogares: “Hogar” se refiere a una persona que vive sola o a un grupo de personas que conviven en una misma vivienda particular y comparten los gastos, incluida la compra conjunta de los productos básicos para vivir. El sector de los hogares, también denominado sector residencial o doméstico, es, por tanto, la acumulación de todos los hogares de un país. No deben incluirse en este sector las residencias colectivas, ya sean permanentes (por ejemplo, las prisiones) o temporales (por ejemplo, los hospitales), por estar su consumo ya cubierto en el sector de los servicios. La energía utilizada en todas las actividades de transporte de este sector debe consignarse en el sector del transporte.

2 Agregado definido en el Reglamento como idéntico al sector residencial y que forma parte de Otros Sectores de consumo Final de

energía.

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No debe incluirse tampoco en el consumo energético total de los hogares el consumo energético relacionado con actividades económicas relevantes de los hogares. Estas actividades incluyen las actividades económicas agrícolas en las explotaciones pequeñas y otras actividades económicas que puedan realizarse en un hogar residencial y que deben consignarse en el sector correspondiente.

Calefacción del espacio: Este servicio energético se refiere a la utilización de la energía para proporcionar calor en una zona interior de la vivienda.

Refrigeración del espacio: Este servicio energético se refiere a la utilización de la energía para la refrigeración de una vivienda mediante un sistema o una unidad de refrigeración. No se incluyen en esta sección los ventiladores, calefactores y demás aparatos que no estén conectados a una unidad de refrigeración, que deben consignarse en la sección de “iluminación y aparatos eléctricos”.

Calentamiento de agua: Este servicio energético se refiere a la utilización de la energía para calentar el agua corriente, el agua del baño, la limpieza y otras aplicaciones no relacionadas con la cocina. No se incluye la climatización del agua de piscinas, que debe consignarse en la sección de “otros usos finales”.

Cocina: Este servicio energético se refiere a la utilización de la energía para preparar la comida. No se incluyen los aparatos auxiliares para la preparación de comidas (microondas, hervidores, cafeteras, etc.), que deben consignarse en la sección de “iluminación y aparatos eléctricos”. Iluminación y aparatos eléctricos (electricidad únicamente). La utilización de electricidad para la iluminación y otros aparatos eléctricos en viviendas no destinados a otros usos finales. Otros usos finales:

Cualquier otro consumo energético de los hogares, como es el consumo de energía en actividades de exterior y cualquier otra actividad no incluida en alguno de los cinco usos energéticos finales mencionados previamente (por ejemplo, segadoras de césped, climatización de piscinas al aire libre, calentadores de exterior, barbacoas al aire libre, saunas, etc.).

3. Disposiciones generales

El objeto principal de estas especificaciones técnicas es establecer las cláusulas técnicas que han de regir en el suministro del servicio “Mediciones “in situ” de Consumos energéticos para usos térmicos en el sector residencial. Proyecto SPAHOUSEC II”.

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Los elementos, de cualquier tipo, que no estén incluidos en las presentes especificaciones técnicas y que sean convenientes a juicio del ofertante para el correcto cumplimiento de los objetivos descritos, deberán ser definidos e incluidos en la oferta.

4. Marco general del servicio requerido

La propuesta del servicio requerido debe cumplir con las siguientes condiciones:

1. Responder a los requerimientos establecidos por la Regulación Nº 431/2014.

2. Utilizar métodos establecidos por el Manual de Estadísticas Energéticas del Sector de los Hogares (MESH).

3. Apoyarse en las experiencias e información obtenidas en el estudio Análisis del Consumo Residencial (SPAHOUSEC I) realizado en los años 2009 y 2010, y avanza sobre ellas.

5. Alcance del servicio

El servicio a suministrar estará constituido por la realización de mediciones “in situ” de los consumos energéticos para usos térmicos de los hogares principales, para lo cual se incluirá la desagregación por equipamiento y servicios o usos energéticos. El alcance se entiende para mediciones realizadas en las viviendas principales. Los productos energéticos a considerar en el desarrollo de las mediciones serán los siguientes:

Electricidad.

Calor.

Gas: diferenciando al menos gas natural y gas de fábricas.

Carbón: diferenciando al menos antracita, carbones bituminosos diferentes de la hulla coquizable, carbón subbituminoso, lignito, coque de coquería, briquetas de lignito pardo, aglomerado y productos de aglomerado.

Productos petrolíferos: diferenciando al menos GLP y gasóleo de calefacción.

Renovables y residuos: diferenciando al menos geotermia, solar térmica, residuos renovables y no renovables, biomasa, carbón vegetal y otros combustibles renovables.

Se recomienda utilizar como referencia el listado propuesto por Eurostat de productos energéticos comúnmente utilizados en el sector residencial de los países miembros de la UE28, véase el Anexo I. Lo anterior se completará con la medición de las temperaturas internas de las habitaciones donde se realicen las mediciones de los consumos de calefacción. Los aparatos de medida y el posible software de tratamiento de la información recopilada, así como los costes asociados a los mismos, que deban ser utilizados para el suministro del servicio, correrán a cargo del adjudicatario. Con respecto a los aparatos de medida, el adjudicatario deberá indicar en su oferta si los mismos son de su propiedad y la misma se mantiene a lo largo de la duración de las mediciones, o si serán propiedad del IDAE. En ambos casos el adjudicatario deberá especificar

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claramente en su oferta este hecho, detallando en la parte económica de la mencionada oferta los costes diferenciados a que diera lugar cada caso. En este sentido, se podrán presentar diferentes opciones en la oferta de forma que permitan al IDAE decidir la que considere más conveniente para las cubrir las necesidades del servicio.

6. Ejes de la investigación

Las mediciones se realizaran de acuerdo a dos ejes de investigación: el geográfico y el correspondiente al tipo de vivienda.

1. Eje geográfico: formado por las zonas climáticas Atlántico-Norte, Continental y Mediterránea. Las provincias incluidas en cada zona climática pueden consultarse en el Anexo II.

2. Eje tipo de vivienda: se distinguirán las viviendas principales de tipo unifamiliar y las viviendas principales en bloque (pisos), dada la gran diferencia de consumo energético existente entre ambas tipologías, tal y como lo puso de manifiesto la primera edición del estudio SPAHOUSEC.

7. Ámbitos de actuación

Todas las mediciones a realizar se efectuarán en un conjunto mínimo de 600 viviendas principales representativas de cada zona climática y cada tipo de vivienda. El IDAE facilitará la distribución del mínimo de 600 viviendas principales en los 6 espacios muestrales resultantes de la aplicación de los ejes contemplados en el epígrafe 6. También facilitara al adjudicatario el panel detallado de las 600 viviendas, junto con un grupo adicional de viviendas de reserva. Se excluyen del ámbito de este servicio tanto las viviendas principales equipadas con sistemas centralizados de calefacción y/o agua caliente sanitaria como las viviendas secundarias. Sí sobre la relación inicial de viviendas, no fuera posible realizar mediciones en algunas de ellas, éstas deberán ser reemplazadas por otras del grupo de reserva que responderán a las mismas características que las sustituidas, a fin de asegurar las mediciones en al menos 600 viviendas principales.

7.1. Ámbito geográfico

Las mediciones se realizarán sobre un conjunto de viviendas ubicadas en las tres principales zonas climáticas presentes en España, categorizadas según se especifica en el Anexo II: Atlántico-Norte, Continental y Mediterránea.

7.2. Ámbito tipología de vivienda

Las mediciones se centrarán sobre el parque de viviendas principales, o permanentemente ocupadas. De acuerdo con ello, en el conjunto de viviendas seleccionadas conforme a los criterios geográficos mencionados en el epígrafe 7.1 se distinguirán dos tipologías de viviendas, según se trate de viviendas unifamiliares o de pisos en bloques de viviendas, dadas las diferencias constructivas de unas y otras, que inciden en la demanda energética.

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7.3. Ámbito temporal

Las mediciones se realizarán durante el año 2016 entre los meses comprendidos en el periodo de enero a diciembre, ambos inclusive. Las mediciones “in situ” de consumos destinados a usos térmicos deberán realizarse para cada vivienda de forma continua a lo largo del año a excepción de las incidencias que pudieran surgir. Cuando en una determinada vivienda no pueda medirse durante más de 7 de días consecutivos, dicha vivienda deberá ser sustituida por otra de similares características tomada del grupo de reserva.

8. Mediciones requeridas

Las mediciones “in-situ” de los consumos energéticos para usos térmicos se deberán realizar al menos para los servicios de calefacción y agua caliente sanitaria. Se procurará que las mediciones sean lo menos invasivas posibles, primando la menor invasividad sobre la mayor. Previamente a la ejecución de las mediciones, el adjudicatario deberá informar al IDAE de las actuaciones concretas que se realizaran en las viviendas, a fin de que el IDAE pueda facilitar a las viviendas candidatas a formar parte del panel todo el material divulgativo y aclaratorio que pueda ser necesario para asegurar su disposición favorable a la participación en dicho panel. Las mediciones realizadas deberán ser contrastadas con las correspondientes facturas de suministro, relativas a los mismos periodos que las de mediciones. La información obtenida de las mediciones deberá permitir obtener para cada uso, equipo, zona climática y tipología de vivienda los consumos energéticos asociados a los usos térmicos medios, diarios, estacionales (invierno, primavera, verano y otoño), y anuales. Además de las mediciones de consumos energéticos para satisfacer los usos térmicos expuestos en los párrafos anteriores de este epígrafe, el adjudicatario deberá realizar mediciones de las temperaturas internas en las habitáculos donde se realicen las mediciones de consumos energéticos asociados al uso de calefacción. Los datos serán almacenados y puestos a disposición del IDAE, o de quien éste designe, para realizar posteriormente su tratamiento. El adjudicatario deberá asegurar la exactitud y calidad de las mediciones realizadas. Todos los procedimientos a utilizar en el desarrollo de las mediciones y comprobaciones asociadas deberán estar debidamente incluidos en la metodología y requerirá la aprobación del IDAE para poder ser utilizada. Esto se deberá acompañar de una descripción detallada de las incidencias encontradas y soluciones dadas a las mismas.

9. Metodología

En la oferta que presente, el adjudicatario deberá especificar clara y exhaustivamente la metodología a utilizar, indicando debidamente los procedimientos a seguir, a fin de garantizar la cobertura del servicio de asistencia técnica, así como los instrumentos de medida a utilizar. Las mediciones a realizar serán las indicadas con anterioridad, tanto en lo que respecta a los servicios y sistemas como a las temperaturas, considerando los ámbitos señalados en el epígrafe 7.

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Tanto para las mediciones de los consumos energéticos para usos térmicos como para las mediciones de temperaturas internas, el equipamiento de medida utilizado deberá garantizar el registro y almacenamiento o envío de los datos recopilados. Cuando por alguna causa ajena al proceso de medición, como puede ser la falta de suministro energético, un determinado equipamiento no pueda ser medido durante cierto tiempo, a fin de subsanar esta incidencia, se deberá realizar una estimación de los consumos de los diferentes equipamientos en base a los consumos medidos para ese tipo de equipamiento en periodos temporales similares, de modo que se cubra el periodo de falta de suministro. Con respecto a las mediciones de las temperaturas internas, en el caso de que las mediciones de temperatura no estén integradas en los equipos medidores de consumos, las mediciones se efectuarán teniendo en cuenta en lo posible las recomendaciones internacionales vigentes, y en concreto las instrucciones contenidas en el Manual Estadístico MESH3, en cuanto a instalación del equipamiento de medida a fin de garantizar la precisión de dichas mediciones. Dado el carácter estratégico y novedoso del proyecto SPAHOUSEC II, así como las diferentes actuaciones, entre las cuales se encuentra el servicio objeto de las presentes especificaciones técnicas, es necesario establecer un control de calidad en el servicio solicitado, a fin de garantizar la idoneidad de las mediciones realizadas, así como la posible necesidad de verificación de las mediciones realizadas sobre el equipamiento de las viviendas principales en las cuales se haya realizado el servicio. El IDAE se reserva el derecho de realizar a lo largo de la duración del todo el servicio, auditorías externas al contratista a fin de verificar la calidad del servicio. Para ello, el contratista deberá poner a disposición del IDAE y de la empresa auditora la información completa de las actuaciones contempladas en dicho servicio.

10. Productos a entregar

A partir de las mediciones mencionadas en el epígrafe 8, se deberán entregar distintos productos, diferenciando en particular entre las mediciones, la base de datos y los informes de resultados.

10.1. Informe metodológico de las mediciones

El adjudicatario deberá presentar un informe metodológico previo de mediciones donde se exponga de manera exhaustiva el procedimiento y metodología a utilizar para la realización de la cobertura del servicio mencionado en el epígrafe 5. Este informe deberá ser aprobado por el IDAE con carácter previo a la realización de las mediciones “in situ”. El informe metodológico previo irá evolucionando a lo largo de la realización de las mediciones de acuerdo con las modificaciones o incorporaciones a que den lugar las mismas. En dicho informe se deberá especificar y detallar los diferentes aparatos de medida utilizados, así como sus características técnicas. Se deberá incluir asimismo la metodología utilizada para la cobertura de las posibles incidencias encontradas durante la ejecución de las mediciones. Esto se deberá acompañar de un listado de las referidas incidencias junto a una indicación de sus causas y soluciones. Con todo lo anterior, se dispondrá al final del servicio de un informe metodológico final.

3 MESH (Manual for Statistics on Energy Consumption in Households). http://epp.eurostat.ec.europa.eu/portal/page/portal/product_details/publication?p_product_code=KS-GQ-13-003

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10.2. Base de Datos de mediciones

Se deberá entregar al menos una base de datos con todas las mediciones realizadas en cada una de las viviendas principales seleccionadas. El contenido de esta base de datos estará compuesto por toda aquella información complementaria que permita identificar y caracterizar la vivienda principal en cuestión, de acuerdo con los ejes especificados en el epígrafe 6, así como por las mediciones individuales realizadas de consumos térmicos y temperaturas. La base o bases de datos deberán estar debidamente documentadas en cuanto al diseño, utilización y mantenimiento de las mismas y deberán suministrase en formato Access 2010, siendo necesario que su diseño sea aprobado por el IDAE.

10.3. Informe de resultados

Se deberán entregar los siguientes informes de mediciones:

Informes estacionales del proyecto: Se realizarán cinco informes con los resultados de todas las mediciones realizadas. Estos informes se denominaran:

o Informe Nº 1 de invierno: compuesto por los meses de enero y febrero, o Informe Nº 2 de primavera: compuesto por los meses de marzo, abril y mayo. o Informe Nº 3 de verano: compuesto por los meses de junio, julio y agosto. o Informe Nº 4 de otoño: compuesto por los meses de septiembre, octubre y

noviembre. o Informe Nº 5 de invierno: compuesto por el mes de diciembre.

Estos informes recogerán al menos los siguientes contenidos: objeto, resumen metodológico, problemática detectada y soluciones aplicadas, resultados y procedimiento de verificación de los mismos. En estos informes el adjudicatario deberá presentar los resultados obtenidos según se especifica en el epígrafe 8. Los resultados de las mediciones deberán permitir agrupar las mismas por:

o Tipo de equipamiento o servicio. o Zona climática. o Tipología de vivienda.

Se deberán presentar las mediciones por día, semana, periodo estacional y año, tanto de cada uno los servicios señalados en el epígrafe 8 como del conjunto de la vivienda donde se hayan realizado las mediciones. Asimismo, los resultados expuestos en el apartado anterior deberán presentarse agrupados en función de los ámbitos señalados en el epígrafe 7 y también a escala nacional.

Informe de final del proyecto

Al finalizar el proyecto, se deberá entregar un informe final que recogerá, al menos, los siguientes contenidos: objeto, resumen metodológico, problemática detectada y soluciones aplicadas, resultados y procedimiento de verificación de los mismos y, por último, experiencia adquirida y recomendaciones a futuro. Los resultados de las mediciones deberán permitir agrupar las mismas por:

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o Tipo de equipamiento o servicio. o Zona climática. o Periodo estacional. o Tipología de vivienda.

Se deberán presentar las mediciones por día, semana, periodo estacional y año tanto de cada uno los equipos señalados en el epígrafe 8, como para el conjunto de la vivienda donde se hayan realizado las mediciones. Asimismo, los resultados expuestos en el apartado anterior deberán presentarse agrupados en función de los ámbitos señalados en el epígrafe 7 y también a escala nacional.

10.4. Formato de entrega de resultados

Los productos a entregar deberán presentarse de acuerdo a los siguientes formatos:

Soporte escrito: una copia firmada y sellada por la organización adjudicataria.

Soporte informático: ­ Formato Word 2010 para informes y documentos de análisis. ­ Formato Excel 2010 para tablas, cálculos realizados y gráficos. ­ Formato Access 2010 para la/s base/s de datos

11. Seguimiento y control del servicio

El servicio, cuya duración máxima será de 12 meses continuos desde la firma del contrato, estará controlado por el IDAE mediante siete puntos de seguimiento y la correspondiente evaluación técnica de los productos asociados a entregar por parte del adjudicatario:

Punto de control 1: Diseño y definición de la metodología definitiva.

Punto de control 2: Informe de seguimiento Nº 1.

Punto de control 3: Informe de seguimiento Nº 2.

Punto de control 4: Informe de seguimiento Nº 3.

Punto de control 5: Informe de seguimiento Nº 4.

Punto de control 6: Informe de seguimiento Nº 5.

Punto de control 7: Resultados finales y coherencia de resultados.

En el punto de control 1 será necesaria la aprobación por parte del IDAE de los contenidos y/o actividades del mismo antes de continuar con los trabajos previsto en el servicio.

12. Plazo de entrega del servicio

La totalidad de los productos, junto al informe metodológico, especificados respectivamente en el epígrafe 10, deberá ser entregada 14 meses después de la firma del contrato. No obstante, a efectos de seguimiento y control del desarrollo del estudio, los informes de seguimiento Nº 1, Nº 2, Nº 3, Nº 4 y Nº 5 se entregarán, a más tardar, los días 15 de marzo de 2016, 15 de junio de 2016, 15 de septiembre de 2016, 15 de diciembre de 2016 y 15 de enero de 2017, respectivamente.

El informe final, se deberá entregar, a más tardar, el 15 de marzo de 2017.

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13. Contenido de la oferta

La oferta deberá incluir al menos los siguientes contenidos:

1. Referencias demostrables tanto en la realización de mediciones de consumos energéticos (térmicos y/o eléctricos) como en trabajos similares al presente servicio.

2. Experiencia demostrable de trabajo de campo en el sector residencial.

3. Propuesta y descripción de la metodología orientada al servicio objeto de la presente oferta, incluyendo el sistema de garantía de calidad.

4. Equipo humano y técnico asociado a los trabajos a realizar.

5. Propuestas de mejora asociadas a los trabajos/tareas a realizar.

6. Valoración económica, desglosada al menos por los productos a los que se hace mención en el epígrafe 10.

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ANEXOS

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MEDICIONES DE CONSUMOS TÉRMICOS EN EL SECTOR RESIDENCIAL ____________________________________________________________________________________________________

___________________________________________________________________ ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: ANEXOS

ANEXO I. Productos energéticos considerados en el sector residencial

Productos

ELECTRICIDAD

CALOR DERIVADO

GAS

Gas Natural

Gas de fábrica

TOTAL COMBUSTIBLES SÓLIDOS

Antracita

Otros carbones bituminosos

Carbón sub-bituminoso

Lignito

Aglomerados

Coque de hornos de coque

Briquetas

Turba

Productos de turba

TOTAL PETRÓLEO & PRODUCTOS DERIVADOS

GLP

Total gasolina

Biogasolina

No-biogasolina

Otros kerosenos

Total diésel

Biodiesel

No-bio gas/diésel

Total fueloil

Coque de Petróleo

TOTAL ENERGÍAS RENOVABLES

Geotermia

Solar térmica

Residuos Sólidos Urbanos - Renovables

Residuos Sólidos Urbanos – No Renovables

Biocombustibles sólidos excluido carbón vegetal

Carbón vegetal

Biodiesel

Otros biocombustibles líquidos

Fuente: Eurostat.

Page 15: New PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA … · 2017. 2. 13. · 10.3.Informe de resultados ... ANEXO II. Categorización de las provincias según zonas climáticas ... adoptada

MEDICIONES DE CONSUMOS TÉRMICOS EN EL SECTOR RESIDENCIAL ____________________________________________________________________________________________________

___________________________________________________________________ ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: ANEXOS

ANEXO II. Categorización de las provincias según zonas climáticas

Tipo

de

Clima

Provincias

Temperatura

Máxima

C

Desviación

Temperatura

Máxima

Temperatura

Mínima

°C

Desviación

Temperatura

Mínima

Temperatura

Media

°C

Desviacion

Temperatura

Media

Asturias

Cantabria

Guipuzcoa

La Coruña

Lugo

Pontevedra

Vizcaya

Alava

Albacete

Avila

Badajoz

Burgos

Caceres

Ciudad Real

Cuenca

Guadalajara

Huesca

La Rioja

Leon

Lleida

Madrid

Navarra

Orense

Palencia

Salamanca

Segovia

Soria

Teruel

Toledo

Valladolid

Zamora

Zaragoza

Alicante

Almeria

Baleares

Barcelona

Cadiz

Castellon

Ceuta

Cordoba

Gerona

Granada

Huelva

Jaen

Las Palmas

Malaga

Melilla

Murcia

Sevilla

Tarragona

Tenerife

Valencia

1,33

44,8 2,08

2,57 -10,9 4,75 18,1

14,1 0,78

13,9 1,91

1,72 -10,0 2,21

-24,0 3,99

ATLÁNTICO NORTE

CONTINENTAL

MEDITERRÁNEO

41,9

46,2

Fuente: INE y elaboración propia.