neuquén, enero 2013 - adi nqnadinqn.gov.ar/pliegos/pbc_girsu_sv.pdf · de los residuos sólidos...
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INDICE GENERAL
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
I. OBJETO.
II. GLOSARIO.
III. MARCO LEGAL.
IV. DESCRIPCIÓN E INFORMACIÓN RELATIVA A ESTA CONVOCATORIA.
V. INFORMACIÓN RELATIVA AL PROYECTO.
VI. CRONOGRAMA.
VII. ADQUISICIÓN DEL PLIEGO.
TITULO II
PRESENTACION Y EVALUACION DE LAS PROPUESTAS
VIII. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR CON LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA.
IX. REQUISITOS DE LA PROPUESTA TECNICA.
X. INFORMACION ADICIONAL DE DATOS Y ANTECEDENTES.
XI. EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA.
XII. APERTURA DE LOS SOBRES. RECHAZO DE LAS PROPUESTAS.
TITULO III
DISPOSICIONES PARTICULARES
XIII. CONTRADICCIÓN, INTERPRETACIÓN E INTEGRACIÓN
XIV. CÓMPUTO DE PLAZOS
XV. EFECTOS JURÍDICOS DE LA CONVOCATORIA. FACULTADES DE LA AGENCIA.
XVI. ACLARACIONES DE OFICIO Y EVACUACIÓN DE CONSULTAS.
XVII. INFORMACIÓN ADICIONAL DE DATOS Y ANTECEDENTES.
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XVIII. PERSONERÍA Y UNIFICACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN LEGAL.
XIX. LÍMITE DE LA PARTICIPACIÓN SOCIETARIA.
XX. RESPONSABILIDADES.
XXI. PROHIBICIONES.
TITULO IV
EVALUACION DE LAS PROPUESTAS Y PRESELECCIÓN
XXII. PRESELECCIÓN
XXIII. GARANTIA DE IMPUGNACION
XXIV. NOTIFICACION DE LA PRESELECCIÓN
ANEXOS
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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
I. OBJETO Y ALCANCE
El presente llamado tiene por objeto la preselección de aquellas firmas proponentes que
manifiesten su interés y demuestren tener suficiente capacidad técnica - económica para
financiar y ejecutar un proyecto sobre un Sistema Integral de Tratamiento y Disposición final
de los Residuos Sólidos Urbanos - Proyecto GIRSU - generados en el Área Metropolitana de
la Confluencia, a través de un contrato de concesión de servicio público, contemplando las
bases y condiciones descriptas en el presente Pliego.
II. GLOSARIO.
A todos los efectos relativos o derivados de este pliego de bases y condiciones, y de la
presente convocatoria pública, los términos que se enumeran a continuación tienen los
siguientes significados:
a) Agencia o ADI-NQN S.E.P. o Convocante: Designan, indistintamente, a la Agencia
para la Promoción y Desarrollo de Inversiones del Neuquén, Sociedad del Estado
Provincial, con sede en Antártida Argentina N° 1245, Edificio N° 4 Piso N° 3 de la
Ciudad de Neuquén.
b) Área Metropolitana de la Confluencia o Área Metropolitana: Refiere a las áreas
geográficas que integran a las ciudades de Neuquén Capital, Plottier, Senillosa y
Centenario de la provincia del Neuquén y Cipolletti de la provincia de Río Negro.
c) Estaciones de Transferencia: Alude a la planta de recepción y transferencia de los
RSU.
d) Factor de eficiencia: Refiere al factor de conversión de los RSU en productos o
subproductos con valor agregado, producto de la tecnología a aplicarse para el
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tratamiento de los mismos.
e) Material de rechazo: refiere a la fracción de RSU que no pueden ser recuperados, de
acuerdo a la tecnología que se aplique para el tratamiento de los mismos.
f) Planta: Alude a la Planta para el Tratamiento Integral de los Residuos Sólidos Urbanos.
g) Pliego de bases y condiciones, pliego o P.B.C.: Aluden, indistintamente, al
presente documento, sus adicionales o complementarios que emita la ADI-NQN S.E.P.,
destinados a reglar las bases y condiciones de esta convocatoria.
h) Preseleccionados: Refiere a las empresas o consorcios de empresas que resulten
preseleccionadas en la presente convocatoria, y que poseen el derecho de presentar la
propuesta técnica, económica y contractual definitiva, de acuerdo a lo expresado en el
presente pliego.
i) Proponente: Es el sujeto de derecho que, previo a haber adquirido el pliego en los
términos del presente llamado, emite formal Propuesta a la entidad convocante.
j) Propuesta: Refiere al conjunto de documentación y antecedentes por el cual, de
acuerdo a las disposiciones de esta convocatoria, el proponente expresa su voluntad de
formular una propuesta técnico económica, para el desarrollo de las actividades y
operaciones objeto del presente pliego.
k) Proyecto GIRSU: Refiere a las distintas etapas constitutivas del Sistema de
Tratamiento y Disposición Final de los RSU y su logística, que fuera diseñado por ADI
NQN SEP, para ser aplicado en el Área Metropolitana.
l) Relleno Sanitario: Alude al predio físico a ser afectado por el Proyecto GIRSU para la
disposición final del material de rechazo proveniente del tratamiento de los RSU.
m) RSU: Refiere a los residuos sólidos urbanos generados en el Área Metropolitana.
Cuando el contexto lo requiera, las palabras en singular incluyen el plural y viceversa. El
empleo de algún término con inicial minúscula no altera su significado.
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III. MARCO LEGAL
La presente convocatoria se rige en particular por:
a) Las normas referidas en este pliego.
b) La legislación ambiental municipal, provincial y nacional vigente.
IV. DESCRIPCIÓN E INFORMACIÓN RELATIVA A ESTA CONVOCATORIA
El Proyecto GIRSU tiene como finalidad minimizar, a través de una gestión sustentable, la
actual problemática que representan, en una zona de amplio desarrollo demográfico y
productivo, los actuales métodos de disposición final de los residuos sólidos urbanos,
generados por las distintas actividades desarrolladas por los habitantes del Área
Metropolitana.
Los objetivos del mismo, son los siguientes:
Minimizar los impactos ambientales ocasionados por la inadecuada gestión de los
residuos sólidos urbanos.
Erradicar los basurales clandestinos, fuentes propagadoras de distintas enfermedades y
hábitat natural de insectos y roedores.
Transformar los RSU en productos y subproductos con valor agregado, reciclando los
materiales inertes contenidos en los mismos.
Utilizar una materia prima, hasta ahora no aprovechada, tal como es la materia
orgánica, componente de los RSU, para obtener distintos productos aprovechables en la
región. Con partes de los mismos, mejorar los suelos de las áreas cultivables de la
región, pobres en materia orgánica y nitrógeno.
Erradicar la actividad clandestina de los merodeadores de los basurales, sistematizando el
proceso de selección de los materiales inertes, tales como vidrios, trapos, plásticos,
metales, papel y cartón.
Erradicar la práctica de la crianza de animales – cerdos, chivos, aves de corral y otros-
en forma clandestina que se alimentan con desechos provenientes de la basura, dando
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lugar a la transmisión de gravísimas enfermedades, poniendo en riesgo la salud de la
comunidad.
Crear fuentes genuinas de trabajo.
La región para la cual se ha planteado logísticamente el Proyecto GIRSU, constituye una
amplia superficie cultivada, densamente poblada, con una proyección de crecimiento para
los próximos 10 años, que resulta la más alta de la Argentina. Geográficamente constituye el
Alto Valle de Río Negro y Neuquén
De esta región, la sub-región más densamente poblada, la constituye la denominada zona
de los valles y la Confluencia de los ríos Limay y Neuquén (Anexo I, Figura 1), constituida
por las localidades de Añelo, San Patricio del Chañar, Vista Alegre Norte y Sur, Centenario,
Neuquén Capital, Plottier y Senillosa, por la Provincia de Neuquén y Contralmirante Cordero,
Barda del Medio, Cinco Saltos, Cipolletti, General Fernández Oro y Allen, por la Provincia de
Río Negro y luego le sigue en importancia de densidad poblacional, la sub-región del Alto
Valle Este (Anexo I, Figura 2).
El Área Metropolitana, integrada por las ciudades de Neuquén Capital, Centenario, Plottier y
Senillosa por la provincia del Neuquén, y Cipolletti, por la Provincia de Río Negro, genera
más del 80% de los residuos de la región (330 tn/día) (Anexo I, Cuadro 2) y es el área
geográfica, para la cual se busca obtener una solución a la actual problemática ambiental de
los residuos sólidos urbanos, en su etapa de tratamiento y disposición final.
La presente Convocatoria de Manifestación de Interés constituye una primera etapa de este
objetivo para, posteriormente, una vez concretado el Proyecto GIRSU en esta región, buscar
el consenso con el resto de los municipios de la región de los Valles y la Confluencia para
integrar el mismo.
V. INFORMACIÓN RELATIVA AL PROYECTO
Es la siguiente documentación adicional que integra el presente llamado:
a) Información demográfica de los Municipios, caracterización y cuantificación de los RSU
generados (Anexo I, Figuras 1 a 8 y Cuadros 1 y 2).
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b) Potencial zona de localización de las partes integrantes del Proyecto GIRSU, Planta y
estaciones de transferencias, de acuerdo a la logística estudiada para el funcionamiento
del mismo (Anexo I, Figura 9).
c) Logística del Proyecto (Anexo I, Figura 10).
Con relación a la información suministrada, o puesta a disposición de los proponentes, la
Agencia deja expresa constancia que corresponde a los lugares específicos y a la oportunidad
en que la referida información fue obtenida o elaborada y que no representa necesariamente
las condiciones que serán encontradas al realizar los trabajos a escala industrial.
En virtud de lo expresado, la Agencia no tendrá responsabilidad alguna respecto de las
inferencias, utilizaciones, aplicaciones, deducciones, interpretaciones, extrapolaciones o
conclusiones que hagan o desarrollen los Proponentes, las que serán de exclusiva
responsabilidad de quien las formule.
VI. CRONOGRAMA.
Se establece el siguiente cronograma para el presente llamado:
a) Venta de pliegos: De acuerdo a lo especificado el Art. VII del presente Pliego
b) Reunión con Adquirentes en la ciudad de Neuquén, (Show Room): El día 12 de
Marzo de 2013 en la sede de ADI-NQN de la ciudad de Neuquén.
c) Presentación de las propuestas: Hasta las 10:00 horas del día 16 de Abril de 2013
en la sede de ADI-NQN de la ciudad de Neuquén.
d) Apertura de sobres: El día 16 de Abril de 2013 a las 13:00 horas, en la sede de la
Agencia en la sede de ADI-NQN de la ciudad de Neuquén.
e) Notificación del resultado del proceso de precalificación y preselección de
proponentes: El día 08 de Mayo de 2013.
f) Entrega del pliego de bases y condiciones para la presentación de la
propuesta técnico - económica: El día 22 de Mayo de 2013 entre las 9 y las 14
horas, en la sede de la ADI-NQN de la ciudad de Neuquén o en las oficinas de calle
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Maipú 62 1° Piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
La Agencia podrá, a su sola voluntad y sin que ello determine derecho a protesta o reclamo
alguno, modificar el cronograma enunciado, comunicándolo a los oferentes.
VII. ADQUISICIÓN DEL PLIEGO.
Los interesados en participar de esta convocatoria y que se encuentren jurídicamente
habilitados para hacerlo bajo los términos de este pliego, podrán adquirirlo en la sede de
ADI NQN S.E.P. de la ciudad de Neuquén y en calle Maipú 62 1° Piso de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, desde el día 21 de Enero de 2013 hasta el día 15 de Marzo de
2013.
La adquisición del pliego y el abono de la suma de quince mil pesos ($ 15.000), que se fija
como valor del mismo, será requisito previo, necesario e inexcusable para participar
válidamente en la presente convocatoria.
Al momento de adquirir el pliego, los interesados deberán identificarse, constituir domicilio
especial en la Ciudad de Neuquén y suministrar la siguiente información:
a) Nombre o razón social.
b) Domicilios real o legal, en su caso, dirección postal, correo electrónico y número de
teléfono y fax.
c) Domicilio especial a los efectos de la convocatoria, en el radio urbano de la Ciudad de
Neuquén.
d) Datos personales, teléfono y domicilio de los representantes a que refiere la cláusula
XVII del presente, consignándose las facultades que se le confieren.
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TITULO II
PRESENTACIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
VIII. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR CON LA PRESENTACIÓN DE LA
PROPUESTA.
Los proponentes deberán acompañar con su propuesta la siguiente documentación:
a) Recibo que acredite la adquisición del PBC.
b) Carta de presentación, firmada por el/los representantes legal y técnico en la que
manifieste su intención de participar en la fase de preselección de esta convocatoria. Se
adjunta modelo de carta de presentación – Anexo II - .
c) Denominación social, domicilio legal y copia autenticada del contrato o estatuto social y
sus modificaciones si las hubiere, y de las constancias de inscripción en los registros
públicos correspondientes de la o las empresas (en caso de Consorcio).
d) En caso de contrato de colaboración empresaria deberá presentar, además, actas de
formación de la colaboración empresaria, copia de las actas o poderes que acrediten
facultades de los firmantes de cada una de las empresas para la formación de la
colaboración empresaria, estatutos o contratos sociales de las empresas integrantes y
sus modificaciones, si las hubiera.
e) Documentos que indiquen el nombre y demás datos de la o las personas que firmarán la
propuesta, su representación legal y la autorización suficiente para concurrir a esta
convocatoria, mediante poderes suficientes, autenticados y legalizados.
f) Memoria, balance y estados de resultados de los últimos cinco (5) ejercicios anuales
incluyendo dictamen por Contador Público Nacional independiente, con certificación de
firma del Consejo Profesional respectivo, u organismo equivalente en jurisdicción
extranjera.
g) Referencias bancarias, comerciales y financieras que demuestren su capacidad de
acceder a líneas de crédito u otros medios financieros para llevar a cabo el Sistema de
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Tratamiento y Disposición Final Integral de los RSU.
h) Nómina, currículum y calificación del personal directivo y de conducción permanente.
i) Demostración de capacidad técnica y experiencia, a través de:
1) Certificados de cumplimiento contractuales de obras similares realizadas, expedidos,
ya sea por clientes y/u organizaciones financieras nacionales ó internacionales. Se
adjunta modelo de planilla de antecedentes de obras realizadas – Anexo II.
2) Antecedentes demostrativos de capacidad y experiencia de los proponentes que
participaran en las distintas etapas de desarrollo del proyecto
j) Descripción de la tecnología a proponer, de acuerdo a las referencias enunciadas en el
presente Pliego.
k) Declaración Jurada de la empresa, ó de cada una de las empresas, o de sus integrantes,
en el caso de constituir contratos de colaboración empresaria, expresando la veracidad y
exactitud de toda la información aportada y autorizando a organismos oficiales,
compañías de seguros, bancos, entidades financieras, fabricantes de equipos y/o
cualquier otra persona, empresa ó compañía, a suministrar las informaciones que les
sean solicitadas por el convocante, en relación con esta presentación.
IX. REFERENCIAS DE LA PROPUESTA TECNICA
Los preseleccionados deberán presentar una propuesta técnica que contemple los siguientes
requisitos:
a) Antecedentes ciertos y comprobables en la actualidad de la tecnología propuesta.
b) Utilización de tecnologías de avanzada adaptables a las características de los RSU
generados en el Área Metropolitana.
c) Garantizar que las tecnologías utilizadas en el tratamiento y recuperación de
elementos o de generación de energía, no serán productoras de Dioxinas y/o
Furanos. No serán tenidos en cuenta tecnologías como pirolisis o incineración y
gasificación de los RSU.
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d) En el caso de producirse otro tipo de gases, la autoridad de aplicación que se
designe controlará eficazmente sus emisiones, las que regulará según criterios y
normas vigentes de la Unión Europea.
e) Deberán considerarse el tratamiento y disposición final del 100% de los RSU
generados por el Área Metropolitana (Anexo I, Cuadro 2).
f) El factor de eficiencia de la tecnología propuesta deberá ser mayor al 80%.
g) Deberá considerarse la potencialidad de tratamiento de las bases orgánicas
provenientes de las fuentes industriales – orujos, vinazas, lodos de plantas
cloacales, línea verde de los mataderos, residuos provenientes de galpones de
empaque, residuos sólidos de criaderos de cerdos y aves, etc.
h) Deberán respetarse como condiciones técnicas y ambientales, las siguientes bases
mínimas, exigidas por la ADI-NQN SEP:
1. PLANTA DE TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL.
a) Tratamiento Físico.
- Pesaje.
- Recepción.
- Separación de materiales inertes (metales, no metales, papel y cartón,
vidrios, trapos, plásticos, etc.).
- Tratamiento de materiales inertes: lavado, clasificado, prensado,
enfardado, etc, para su venta o transformación en subproductos con
valor agregado.
b) Tratamiento biológico
- Acondicionamiento de la materia orgánica para su transformación en
“biogás” y/o “compost o abono orgánico” y/o “combustibles
alternativos”.
- Tratamiento final.
- Acondicionamiento de productos y subproductos obtenidos.
- Tratamiento de efluentes, residuos sólidos y material de rechazo.
c) Otros
- Laboratorio de control
- Edificios anexos: SUM; enfermería; gomería; lavado de camiones y/o
contenedores; sanitarios y vestuarios; galpones para productos
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terminados; etc.
- Infraestructura de servicios: caminos de acceso, energía, gas y agua.
- Parquización y forestación con cortinas de vientos adecuadas.
2. ESTACIONES DE TRANSFERENCIA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS
- Pesaje.
- Recepción.
- Acondicionamiento.
- Traslado.
- Edificios anexos: SUM; enfermería; gomería; lavado de camiones y/o
contenedores; sanitarios y vestuarios, etc.
- Infraestructura de servicios: caminos de acceso, energía, gas y agua.
- Parquización y forestación con cortinas de vientos adecuadas
i) Deberán respetarse, en todos los casos, las condiciones especificadas en las leyes
vigentes sobre Higiene y Seguridad Laboral. (Ley Nº 19.587).
j) El material de rechazo proveniente de la tecnología aplicada deberá disponerse en
un relleno sanitario que reúna todas las características técnicas y ambientales
exigidas por las leyes Nº 1.875 y Nº 2648; que le garanticen normas de calidad.
k) Deberá garantizarse la comercialización de los productos y subproductos obtenidos a
través de la tecnología propuesta.
l) Datos estimativos económicos en lo correspondiente a: inversiones; flujo de fondos
(costos/beneficios); canon de operación y todo otro dato que resultara de interés.
X. INFORMACION ADICIONAL DE DATOS Y ANTECEDENTES.
En cualquier momento, dentro de plazos razonables, la Agencia podrá solicitar información
adicional ó complementaria a la entregada por los proponentes con un máximo de hasta
cinco (5) días de la fecha del dictamen de la preselección. La falta de cumplimiento con lo
que sea solicitado o las diferencias que pudieren surgir entre lo entregado en esta
oportunidad y lo anteriormente aportado podrá constituir motivo de no precalificación, a solo
juicio del convocante.
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XI. EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA.
La presentación de una propuesta ante la Agencia, importará para el proponente que el
mismo tiene pleno y cabal conocimiento y aceptación de todas y cada una de las
condiciones impuestas o emergentes de la presente convocatoria, como asimismo, de toda
la normativa aplicable a la misma.
XII. APERTURA DE LOS SOBRES. RECHAZO DE LAS PROPUESTAS
En el día y hora señalados en el aviso de la convocatoria, se abrirán los sobres conteniendo
las propuestas, labrándose el correspondiente acta, que será firmada por los funcionarios de
la Agencia y por los representantes de los participantes que quieran hacerlo, sin que este
acto signifique la aceptación del contenido de los sobres como completos y satisfactorios,
conforme a los requerimientos de este Pliego.
De lo actuado se labrará un acta que refleje lo substancial de lo acontecido y en la que se
consignará como mínimo:
a) Nombre, apellido y número de documento de identidad de quienes presidan o
conduzcan el acto a nombre de la ADI-NQN, y de todos los presentes que deseen
firmarla.
b) Número de orden de apertura de los sobres.
c) Nombre o razón social de cada Proponente.
d) Nombre de los Proponentes cuyas Propuestas hayan sido rechazadas durante el acto de
apertura.
e) Descripción de la documentación que acompaña cada Proponente.
f) Observaciones que hubieran efectuado los funcionarios actuantes o los Proponentes.
g) Toda otra información que quien presida el acto, estime de interés agregar.
El acta citada será suscripta por quien o quienes presidan el acto en representación de la
ADI-NQN, por quienes lo asistan en el acto y por las demás personas que deseen hacerlo.
En ningún caso la firma del acta implicará la aceptación del contenido de los sobres como
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completos y satisfactorios, conforme a los requerimientos de este Pliego.
Serán rechazadas automáticamente, y sin más trámite durante el acto de apertura, aquellas
propuestas en las que el Proponente no incluya:
1) Constancia de adquisición del PBC.
2) Documentación solicitada en el artículo VIII del presente PBC.
En el caso de omitir alguna de la documentación requerida en el PBC, exceptuando la
anteriormente mencionada, se dispondrá de 48 hs para subsanar la omisión.
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TITULO III
DISPOSICIONES PARTICULARES
XIII. CONTRADICCIÓN, INTERPRETACIÓN E INTEGRACIÓN.
Todos los documentos que integran o regulan este llamado conforman un sistema y deberán
ser considerados como recíprocamente explicativos. En caso de contradicción entre dos o
más de dichos documentos, prevalecerán en el siguiente orden:
a) Las comunicaciones que emita la ADI-NQN.
b) El P.B.C.
c) La Propuesta.
En caso de contradicción entre documentos de la misma categoría, prevalecerán los de
fecha posterior sobre los de fecha anterior.
En caso de divergencias entre las partes respecto del sentido o de la ausencia de una cláusula
o de una palabra, frase o parte de un documento de la presente convocatoria, serán de
aplicación los artículos 1.198 del Código Civil y 217 del Código de Comercio y las normas de
integración e interpretación del artículo 218 de este último Código.
XIV. CÓMPUTO DE PLAZOS.
Todos los plazos establecidos en el presente Pliego, serán computados en días hábiles
administrativos, salvo que un documento emanado de la Agencia indique expresamente que
el plazo se computará en días corridos. Cuando el vencimiento de algún plazo coincida con un
día inhábil administrativo, se extenderá dicho vencimiento hasta el primer día hábil
administrativo siguiente. Por día hábil administrativo se entenderá el que sea tal para la
Administración Pública Provincial de la Provincia del Neuquén.
Todo vencimiento de un plazo impuesto como carga u obligación a los Proponentes, implicará
la pérdida automática del derecho o facultad involucrados que no se hubiere ejercido hasta
ese momento.
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XV. EFECTOS JURÍDICOS DE LA CONVOCATORIA. FACULTADES DE LA
AGENCIA.
La Agencia no queda obligada ni asume responsabilidad alguna por el procedimiento que
regla este P.B.C. pudiendo, a su solo juicio y sin necesidad de expresar causa o justificación
alguna, sin que estas decisiones puedan motivar reclamos de cualquier naturaleza por
gastos, honorarios o cualquier clase de reembolsos, retribuciones o indemnizaciones:
a) Dejar sin efecto parcial o totalmente la convocatoria, en cualquier etapa de su
tramitación, con anterioridad al momento de la adjudicación.
b) Emitir comunicaciones y circulares que impliquen aclaraciones o modificaciones al P.B.C.
XVI. ACLARACIONES DE OFICIO Y EVACUACIÓN DE CONSULTAS.
Las consultas referentes a este Pliego así como los pedidos de aclaración, deberán remitirse
por escrito a la Agencia. Dichas consultas y pedidos de aclaración se referirán a temas
concretos y específicos y serán recibidas hasta los cinco (5) días hábiles anteriores a la fecha
fijada para la presentación de las propuestas.
Las respuestas a dichas consultas, así como toda aclaración, revisión, agregado o supresión
al Pliego y demás documentos integrantes del presente, serán efectuadas mediante
Circulares que se enviarán a todos los participantes al domicilio constituido fijado por los
mismos.
El Convocante podrá emitir dichas Circulares hasta tres (3) días hábiles antes de la
presentación de las Propuestas.
Las Circulares que se emitan formarán parte del pliego que modifiquen, aclaren o
complementen, entendiéndose conocidas y aceptadas por todos los participantes. A esos
fines, junto con su propuesta, cada proponente deberá agregar todas las Circulares
emitidas, debidamente firmadas en cada una de sus hojas.
Sin perjuicio de lo expresado anteriormente, hasta dos (2) días hábiles antes de la fecha de
presentación de las Propuestas, los Proponentes podrán concurrir a las oficinas de la
Agencia para retirar copia de todas las Circulares emitidas y no podrán invocar en ningún
momento, ni bajo ninguna circunstancia, ignorancia de su contenido.
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XVII. INFORMACIÓN ADICIONAL DE DATOS Y ANTECEDENTES.
En cualquier momento, y dentro de plazos razonables, la Agencia podrá solicitar
información adicional ó complementaria a la entregada por los proponentes. La falta de
cumplimiento con lo solicitado, o las diferencias que pudieren surgir entre lo entregado en
esta oportunidad y lo anteriormente aportado, podrá constituir motivo de no calificación, a
solo juicio del convocante.
XVIII. PERSONERÍA Y UNIFICACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN LEGAL.
La acreditación del carácter de representantes legales o apoderados y del representante
técnico de los Proponentes, o de sus integrantes, deberá hacerse mediante instrumentos
extendidos ante escribano público y legalizado por el Colegio Notarial respectivo en caso de
ser extendidos fuera de la Provincia del Neuquén.
En caso de concurrencia mediante Uniones Transitorias de Empresas u otras formas de
asociación de empresas autorizadas, los miembros deberán unificar su representación con
anterioridad a la presentación de la propuesta, del modo indicado en el párrafo anterior. El
representante en quien se haya unificado la representación, deberá estar facultado para
ejecutar todos los actos relativos a este proceso de selección, sin perjuicio de aquellos que
deban ser ejecutados también por los representantes legales o apoderados de cada
miembro de la unión o asociación de empresas y por su representante técnico, según se
requiera en cada caso en el Pliego.
XIX. LÍMITE DE LA PARTICIPACIÓN SOCIETARIA.
Si a los fines de la presentación de las propuestas, cualquier preseleccionado o su integrante
pudiera verse afectado por lo dispuesto en el Artículo 31° de la Ley Nacional Nº 19.550,
deberá cumplir con la presentación exigida por la Inspección General de Justicia a los
efectos de tramitar, previamente, la excepción prevista en dicho artículo. La autorización
emitida por la Inspección General de Justicia deberá ser presentada conjuntamente con la
Propuesta.
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XX. RESPONSABILIDADES.
Cada proponente será exclusivo responsable por sus errores u omisiones y por la correcta y
oportuna preparación y presentación de su propuesta, entendiéndose que se ha asegurado
de que ella responde con exactitud a las necesidades y obligaciones contractuales que
asumirá en caso de resultar adjudicatario. Cualquier falta de información respecto a dichas
condiciones no lo relevará de las responsabilidades por no obtener debidamente las
informaciones aludidas con la finalidad de estimar correctamente las dificultades y
contingencias de los trabajos.
XXI. PROHIBICIONES.
No podrán participar de la presente Convocatoria:
a) Quienes integren un contrato de colaboración empresaria y, a su vez, participen como
miembros en otro contrato de colaboración empresaria que se presente a esta
convocatoria.
b) Los quebrados, mientras no obtengan su rehabilitación.
c) Quienes tengan conflicto de interés, considerándose que el mismo se suscita cuando
cuentan con accionistas mayoritarios en común ó con el mismo representante legal para
propósitos de esta Convocatoria.
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TITULO IV
EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y PRESELECCION
XXII. PRESELECCIÓN
La Agencia, a renglón seguido de la apertura de los sobres, procederá a preseleccionar a
los oferentes, siendo esta preselección requisito necesario para ulteriormente ser invitado a
presentar la oferta técnica económica.
A tal efecto:
a) La Agencia conformará una Comisión de Evaluación, a la cual serán invitados a
participar un representante de los municipios integrantes del Proyecto GIRSU en el
área Metropolitana.
b) La Comisión Evaluadora examinará las propuestas, pudiendo requerir de los
proponentes cualquier información complementaria, aclaraciones o subsanación de
defectos formales que considere necesarias, quienes deberán dar cumplimiento, por
escrito, al pedido de informes complementarios dentro del plazo de cinco (5) días.
c) Las respuestas a las aclaraciones solicitadas, bajo ningún concepto podrán modificar
las propuestas.
d) La Comisión Evaluadora descartará aquellas propuestas que, por deficiencias
insalvables, no permitan su comparación en condiciones de igualdad con las demás.
e) La Comisión Evaluadora elevará al Directorio de la Agencia un dictamen fundado,
donde efectuará la evaluación de cada propuesta válida.
La Agencia, en base al dictamen de la Comisión Evaluadora, procederá a expresarse
sobre las propuestas preseleccionadas, pudiendo, a su solo juicio y si fuere el caso,
preseleccionar al único participante que eventualmente se presentara, si lo
considerara conveniente para su interés o bien efectuar un nuevo llamado.
f) La preselección que hará la Agencia puede ser válidamente cuestionada por los
proponentes dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la notificación. La
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impugnación deberá ser realizada conforme lo dispone la Ley Nº 1284, debiendo
acompañarse con el respectivo escrito la constancia de abono o constitución de la
garantía prevista en el Artículo siguiente.
g) En ningún caso la deducción de impugnaciones suspenderá o retrogradará el
procedimiento, salvo los casos especiales que contempla la Ley Nº 1284 y el
rechazo o desestimación ocasionará la pérdida irremisible a favor de la Agencia del
depósito en garantía previsto en la Cláusula siguiente.
XXIII. GARANTIA DE IMPUGNACION.
Será requisito de admisibilidad de las impugnaciones la constitución previa, por parte del
impugnante, de garantía o caución suficiente, a entera satisfacción de la Agencia. Esta
garantía, en su caso, quedará de manera irremisible en plena propiedad y dominio de la
Agencia en caso de rechazo de las impugnaciones, salvo resolución fundada de la Agencia.
XXIV. NOTIFICACION DE LA PRESELECCIÓN - TERMINOS DE REFERENCIA
PARA LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICO-ECONÓMICA.
Producido el proceso de preselección de las propuestas, la Agencia notificará del mismo, a
cada uno de los preseleccionados y, de acuerdo al cronograma establecido en el presente
Pliego, se les hará entrega de los términos de referencia bajo los cuales, los mismos
deberán formular su propuesta técnico económica y contractual para el desarrollo del
Proyecto GIRSU.
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Cuadro 1: Población Estimada al Año 2.023 (*) - Área Metropolitana
LOCALIDADES AÑOS
2.012 2.015 2.017 2.020 2.023
Centenario 33.740 35.177 36.169 37.710 39.316
Neuquén Capital 247.245 260.838 270.313 285.174 300.852
Plottier 35.237 38.617 41.048 44.986 49.300
Senillosa 7.950 8.437 8.777 9.315 9.885
Subtotal Neuquén 324.172 343.069 356.307 377.185 399.353
Cipolletti 86.823 89.215 90.846 93.348 95.920
Subtotal Río Negro 86.823 89.215 90.846 93.348 95.920
TOTALES 410.995 432.284 447.153 470.533 495.273
FUENTE : Organismos de Estadísticas y Censo - Provincias de Neuquén y Río Negro Elaboración propia
Cuadro 2: Volúmenes de Residuos Sólidos Urbanos Generados por Año (Ton/Año)(*) - Área Metropolitana
LOCALIDADES AÑOS
2.012 2.015 2.017 2.020 2.023
Centenario 9.852 10.272 10.561 11.011 11.480
Neuquén Capital 72.196 76.165 78.931 83.271 87.849
Plottier 10.289 11.276 11.986 13.136 14.396
Senillosa 2.321 2.464 2.563 2.720 2.886
Subtotal Neuquén 94.658 100.176 104.042 110.138 116.611
Cipolletti 25.352 26.051 26.527 27.258 28.009
Subtotal Río Negro 25.352 26.051 26.527 27.258 28.009
TOTALES 120.011 126.227 130.569 137.396 144.620
NOTA : (*) Se consideran 0,800 kg/día/habitante de acuerdo a la OPS FUENTE : Elaboración propia
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Papel y Cartón
Vidrios
Plásticos
Trapos
Metales No Ferrosos (Latas)
Metales Ferrosos
Madera
Goma, Cuero y Corcho
Otros (Poda)
Materia Orgánica
Rechazo
Comparación de Componentes RSU en Estaciones Climáticas
Río Negro
Figura 3: Comparación de Componentes RSU en Estaciones Climáticas – Neuquén
Figura 4: Comparación de Componentes RSU en Estaciones Climáticas – Rio Negro
Papel y Cartón
Vidrios
Plásticos
Trapos
Metales No Ferrosos (Latas)
Metales Ferrosos
Madera
Goma, Cuero y Corcho
Otros (Poda)
Materia Orgánica
Rechazo
Comparación de Componentes RSU en Estaciones Climáticas
Neuquén
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Papel y Cartón
Vidrios
Plásticos
Trapos
Metales No Ferrosos (Latas)
Metales Ferrosos
Madera
Goma, Cuero y Corcho
Otros (Poda)
Materia Orgánica
Rechazo
Comparación de Componentes RSU en Estaciones Climáticas
Región de la Confluencia
Figura 5: Comparación de Componentes RSU en Estaciones Climáticas – Región de la Confluencia
Figura 6: Composición de los RSU en Neuquén – Total del Estudio
Composición de los RSU en Neuquén
Total del Estudio
Papel y Cartón
9%Vidrios
8%
Plásticos
12%
Madera
0%Materia Orgánica
37%
Rechazo
15%
Otros (Poda)
13%
Goma, Cuero y Corcho
0%
Metales No Ferrosos
(Latas)
3%
Trapos
2%
Metales Ferrosos
1%
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Figura 7: Composición de los RSU en Rio Negro – Total del Estudio
Figura 8: Composición de los RSU en la Confluencia – Total del Estudio
Composición de los RSU en Rio Negro
Total del Estudio
Papel y Cartón
7% Vidrios
5%
Plásticos
12%
Materia Orgánica
44%
Rechazo
17%
Madera
0%
Metales Ferrosos
0%
Metales No Ferrosos
(Latas)
2%
Trapos
1%
Goma, Cuero y Corcho
1%
Otros (Poda)
11%
Composición de los RSU en Región de la Confluencia
Total del Estudio
Papel y Cartón
8%
Vidrios
7%
Plásticos
12%
Otros (Poda)
10%
Materia Orgánica
41%
Rechazo
16%
Madera
0%
Metales No Ferrosos
(Latas) 3%
Metales Ferrosos
0%
Goma, Cuero y Corcho
1%
Trapos
2%
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1. LOCALIZACIÓN
Para la localización de la Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos del Área
Metropolitana de la Confluencia, ha sido seleccionado logísticamente el predio en el cual
actualmente se encuentra asentado el relleno sanitario de la ciudad.
La sustentación de ser Neuquén Capital el asentamiento de la Planta, lo constituye el hecho
de que es la ciudad de mayor número de habitantes y, por lo tanto la que mayor volumen
de residuos genera. Además, su ubicación geográfica, la coloca como ciudad equidistante,
del conglomerado de ciudades que integran, para el fin presente, la denominada “ÁREA
METROPOLITANA DE LA CONFLUENCIA”.
Para la elección del terreno se tuvieron en cuenta los siguientes puntos:
Ubicación dentro del ejido de la Municipalidad de Neuquén
Impactos ambientales producidos por el procesamiento de RSU
Superficie requerida: 10 hectáreas aproximadamente
Accesibilidad al lugar
Posibilidad de provisión de agua, energía y gas.
Recorrido desde las áreas de recolección de residuos de la ciudad.
Distancias y vinculaciones con otros centros urbanos de la región.
La cercanía del Parque Industrial, donde podrían instalarse industrias derivadas.
El sector elegido corresponde al lote en el cual está asentado actualmente el relleno
sanitario de la ciudad de Neuquén Capital, sobre la meseta, en la zona Noreste del mismo,
limitando con espacios destinados a complejos forestales (Plano 1).
Esta zona cumple con los siguientes requisitos:
El área es ya un sitio impactado por el actual relleno sanitario
Está dentro del ejido del municipio, que daría el mayor aporte volumétrico de basura en
el corto y mediano plazo.
Se encuentra alejado de áreas residenciales.
Los vientos dominantes del oeste no dispersarían partículas ni olores perjudiciales a las
ciudades más cercanas.
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La superficie disponible permitirá la previsión de ampliaciones para crecimiento y/o
almacenaje.
La topografía del lugar, que es una planicie, permitirá el uso inmediato y el futuro
crecimiento de la planta en el mismo nivel.
Fácil acceso desde las ciudades vecinas, ubicadas en los valles de los ríos Limay,
Neuquén y Negro.
Ubicación adecuada para el abastecimiento de agua y para la conexión de redes de gas y
electricidad.
Las alternativas de localización dentro del sector mencionado, son las opuestas a los
vientos dominantes.
El vértice elegido es el noreste, por la menor distancia a los caminos de acceso y redes
de servicios y por ser anexo a las actuales celdas del relleno sanitario las cuales podrán
ser utilizadas como sitio de disposición final de material de rechazo
Para utilizar el sector elegido, se requiere una nivelación del mismo.
Estos trabajos de nivelación incluyen:
Emparejamiento y desmonte
Excavación para cimientos
Relleno y compactación
Relleno en capas con calzadas especiales
2. SERVICIOS
a) Suministro de agua
Se tiene previsto la construcción de un acueducto desde el tanque de provisión de agua del
Parque Industrial Neuquén hasta la planta de procesamiento.
El acueducto es de PVC clase 6 de 0 160 mm.
b) Provisión de energía eléctrica
La provisión de energía eléctrica se realizará desde el Parque Industrial Neuquén. La
infraestructura requerida es la siguiente:
• Tendido de línea de media tensión sobre columnas y ménsulas de hormigón armado con
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seccionamiento de protección, de sección 35 mm2, para cubrir una distancia de
aproximadamente 3 km.
• Estación transformadora y transformador de 315 MVA.
No obstante se tienen previsto que la energía eléctrica consumida en la Planta Industrial;
laboratorio de control y demás dependencias, sea autoabastecida por la energía obtenida de
la transformación de la biomasa.
Con ello, la extensión de una red de energía será utilizada para la construcción de la obra
civil e instalación de equipos y para la operación de la Planta de procesamiento durante los
primeros 30 días, tiempo en el cual se produce la transformación de la biomasa en el
biodigestor.
c) Provisión de gas natural
El gas necesario en planta para esta etapa, se reduce al consumo en administración y el
laboratorio de control.
La red de gas se extenderá desde la estación reductora 10: 1,5 que Camuzzi Gas del Sur
posee en cercanías de la localización de la planta industrial.
De acuerdo al caudal estimado, se requerirá la extensión de 1.600 m. de cañería de acero
de 51 mm. de diámetro.
En el interior del predio industrial, será instalada la planta reductora de presión.
3. ACCESOS A LA PLANTA
a. Desde Neuquén Capital
Los accesos desde Neuquén a la Planta Industrial, se trazarán desde distintas zonas de la ciudad:
Zona Este
- Por la Ruta Provincial 7 y camino Barrio Alta Barda. Distancia: 7,3 Km.
- Por la Ruta Provincial 7 y camino Barrio Parque Industrial. Distancia: 7,5 km.
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Zona Centro
Por calles San Martín y Collón Curá hasta Avenida del Trabajo y desde Avenida del
Trabajo por faldeo de bardas y antiguo camino a Centenario. Distancia: 6,25 Km.
Zona Oeste
Por calles San Martín y Necochea hasta Avenida del Trabajo y desde Avenida del
Trabajo por faldeo de bardas y antiguo camino a Centenario. Distancia: 5,9 km.
La Avenida del Trabajo es una arteria que corre de este a oeste, abarcando toda la ciudad,
en la zona norte, al pie de las bardas. Es de fácil acceso por todos los sectores urbanos y de
tránsito rápido.
b. Desde Senillosa
A través de la Ruta Nacional Nº 22, empalma con Plottier, atraviesa la ciudad y en la zona
de bardas realiza el mismo recorrido que Plottier. Distancia: 35,50 km.
c. Desde Plottier
Deben abordarse los caminos trazados por Y.P.F. hasta su estación de bombeo ubicada al
límite del ejido municipal desde Plottier y desde allí directamente, por la meseta, a la planta.
Distancia: 16,80 km.
d. Desde Centenario
Se utiliza la Ruta Provincial N° 7. Distancia: 17,30 km.
e. Desde Cipolletti – Estación de Transferencia
Se utiliza la Ruta Nacional N° 22, a través del puente carretero que une Neuquén y Río
Negro.
Se aborda Neuquén Capital a través del barrio Sapere hasta Avenida del Trabajo. De allí,
hasta su empalme con calle Collón Curá y por el camino de faldeo de bardas y antiguo
camino de Centenario, a la planta. Distancia: 19,80 km.
Otro de los accesos, puede ser a través del Puente Interprovincial Cinco Saltos – Centenario,
uniendo ambas ciudades a través de la Ruta Nacional Nº 151 y de allí por los mismos
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caminos de accesos que se toman desde Centenario. Distancia: 38,00 km.
Deberán considerarse como caminos alternativos de nexo entre las ciudades, las futuras
trazas de la Ruta Nacional Nº 22, y su empalme con Ruta Provincial Nº 7, a través del 3º
puente Cipolletti-Neuquén Capital, en la zona del Cañadón de la Cabras, y la conexión entre
Neuquén Capital-Plottier-Senillosa, una vez que las mismas se encuentren concluidas.
4. TRASLADO DE LOS RESIDUOS SOLIDOS
a. Fuentes generadoras
La Planta de tratamiento y disposición final, recibirá los residuos sólidos urbanos desde la
Estación de Transferencia de Cipolletti (Provincia de Río Negro), a la cual confluyen los
residuos de esta ciudad y, en forma directa, recibe los residuos de Centenario, Neuquén
Capital, Plottier y Senillosa (provincia del Neuquén)
El volumen de residuos sólidos urbanos que generan estas localidades, actual (Año 2012) y
su proyección al año 2023, puede obtenerse del Cuadro 2 y son:
Centenario
- Actual: 26,25 ton/día
- Año 2023: 31,45 ton/día
Neuquén Capital
- Actual: 190,86 ton/día
- Año 2023: 240,68 ton/día
Plottier
- Actual: 26,52 ton/día
- Año 2023: 39,44 ton/día
Senillosa
- Actual: 6,11 ton/día
- Año 2023: 7,91 ton/día
Cipolletti
- Actual: 68,21 ton/día
- Año 2023: 76,73 ton/día
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LOCALIZACION DE LA ESTACIÓN DE TRANSFERENCIA DE RSU DE LA CIUDAD DE CIPOLLETTI
En el momento de la adjudicación la ciudad de Cipolletti (Provincia de Río Negro) deberá
ceder un terreno en el cual se ubicará la estación de Transferencia. Un área logísticamente
estudiada, es la que se encuentra en inmediaciones del actual sitio de disposición final de los
RSU de la ciudad, ubicado a 10 km del sitio donde se construiría la Planta de Tratamiento
(Ver esquema de Logística – Flujo de los RSU).
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ANEXO II
Modelo Carta de Presentación
Señores ADI-NQN S.E.P.
Ref. Convocatoria Pública de Inversores: Llamado a Manifestación de Interés
Proyecto “Sistema Integral para el Tratamiento de los Residuos Sólidos Urbanos
del Área Metropolitana de la Confluencia“
El (Los) suscripto (s), habiendo estudiado el Pliego de Bases y Condiciones del llamado a
manifestación de interés y las circulares N°………..…... a N°………..….. emitidas, se presentan
para su evaluación y manifiesta (n):
1. Asegura (n), bajo declaración jurada, la veracidad y exactitud de toda la información
aportada, autorizando a organismos oficiales, compañías de seguros, bancos, empresas
financieras, fabricantes de equipos, proveedores y/o cualquier otra persona o firma, a
suministrar las informaciones que relacionadas con esta presentación les sean solicitadas por
la Agencia.
2. Que constituye(n) domicilio especial, a los efectos de la presente
convocatoria…………………………………………………………………………………………………………………
3. Acepta(n), inapelablemente, la decisión del convocante sobre la convocatoria, sin derecho
a reclamo alguno en caso de no resultar preseleccionado(s).
4. Que en caso de resultar preseleccionado(s) reconoce(n) que ello solo le(s) otorga el
derecho de participar en su oportunidad en la respectiva presentación de Oferta Técnico
Económica y Contractual, cuyas bases, condiciones y fecha serán determinados a exclusivo
juicio del convocante.
5. Si a la fecha de la apertura de la Oferta Técnico Económica, las condiciones legales,
técnicas o financieras o la capacidad de contratación de su(s) firma(s) hubieran variado se
compromete(n) a ponerlo en conocimiento del convocante y reconoce(n) el derecho de esta
a su solo juicio, de modificar, de ser ello procedente, la calificación oportunamente
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efectuada.
6. Adjunta(n) toda la documentación e información requerida en el Pliego de Bases y
condiciones de la convocatoria.
Fecha: / / 2013
Nombre del (de los) Proponente(s): …………………………………..………………………………..
…………………………………………………………………….………………………………………………….
Representado(s): ……………………………….................................................................
…………………………………………………………………….……………………………………………….
en su calidad de ...................................................................................................
Firma: ……………………………………………………………………………………………………………
Aclaración de firma y sello ………………………………………………………..............…………….