negociacion colectiva de trabajo
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Derecho Colectivo del TrabajoDerecho Colectivo del Trabajo
Aspectos Jurídicos
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“Es una comunidad de seres humanos integrados por un
propósito productivo común, que procura conjuntamente y con
responsabilidad, satisfacer con calidad necesidades individuales y
sociales , teniendo como base de su acción la confianza, la trasparencia ,
el respeto, el buen trato y la construcción participativa”
Proyecto de reforma laboral
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¡SI!
Protección del Derecho de Asociación (art. 354 CPT )
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Aspectos generalesFinalidad de lo jurídico laboral
Art. 1°Art. 1°
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Aspectos generalesLos principios generales del Código
Carácter de orden público
Validez de los acuerdos
Instrucción expresa de interpretación
Derecho a la vida art. 11CP
Libre desarrollo personalidad art.16 CP
Trabajo en condiciones dignas y justas art.25 CP
A la asociación arts. 38 y 39 CP
Principios mínimos art. 53 CP
Negociación colectiva art.55CP
Gestión en las empresas art.57 CP
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Clases de sindicatos
De empresa
De industria
Gremiales
De oficios varios
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Clases de sindicatos
FEDERACIONESRegional Nacional
CONFEDERACIONES
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Protección del Derecho de Asociación FUERO SINDICAL(art. 405 CST )
Vigencia del fuero en los directivos?
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El conflicto laboralClases
Jurídicos
Interpretación o alcance de un derecho existente
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El conflicto laboralClases
Económicos Reivindicación
Modificar un
derecho existente
Crear uno nuevo
Se resuelve a través del proceso de negociación colectiva
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El Pliego de peticiones -
Concepto
Texto que consagra los puntos sobre los cuáles hay intereses de modificar el derecho existente o de crear nuevos derechos
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El Pliego de peticiones -
Naturaleza
Instrumento para
plantear el conflicto
colectivo
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El Pliego de peticiones
Elaboración y aprobación
Con quién se negocia
Trabajadores sindicalizados
Trabajadores no sindicalizados
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El Pliego de peticiones
Elaboración y aprobación
Trabajadores sindicalizados
De empresa
De industria
Gremiales
De oficios varios
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El Pliego de peticiones
Elaboración y aprobación
Pluralismo y multiafiliaciónArtículo 357 CST
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El Pliego de peticiones
Elaboración y aprobación
Aprobación del pliego Corresponde a la Asamblea
En ningún caso sea inferior a la mitad más uno de las afiliados del sindicato
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El Pliego de peticiones
Elaboración y aprobación
Presentación Al empleador, a más tardar 2 meses después de la fecha
A través de una comisión de sus miembros designados por la Asamblea.
Antigüedad?
Junio
Julio
Agosto
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El Pliego de peticiones
Personería jurídica
Asambleas
Aprobación por
mayoría
Reglamento legal
Trabajadores no sindicalizados
NO
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El Pliego de peticiones – No sindicalizados
Un grupo de trabajadores
nombra una delegación
- Mayores de edad
- 6 meses de
antigüedad, o menos
…. ?
Requisitos
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El Pliego de peticiones
Que no haya sindicato o no agrupe más de
la tercera parte de los trabajadores
Requisitos
Trabajadores no sindicalizados
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Arreglo directo
5 días hábiles a partir de la presentación del pliego
Plazo para iniciar
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Arreglo directo
Hasta dos representantes de asociaciones jurídicas de segundo o tercer grado
Asesores del sindicato
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Arreglo directo
No hay norma
Delegados del empleador
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Arreglo directo
20 días calendario prorrogables por 20 días calendario adicionales
Duración
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Arreglo directo Instalación - Puntos a tratar
– Sitio de reunión
– Fechas y horas de reuniones
– Fecha en que se inicia la etapa de arreglo directo
– Constancias sobre denuncia
– Actas y documentos a suscribir (acuerdos, dialogado y no acordado, prórroga, final)
– Quien y cómo se elaboran los documentos
– Agrupación por paquetes o por temas
– Aspectos normativos
– Razonamiento en equipo
Aspectos formales prácticos
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Arreglo directo
Fin de la etapa
Acuerdo totalConvención
Colectiva
Acuerdo parcial
Acta final
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Efectos del arreglo directo
La Convención
El Pacto
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Efectos del arreglo directo
La Convención
Concepto
Documento que consagra el acuerdo entre empleadores y sindicato
Documento que consagra el acuerdo entre empleadores y sindicato
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Efectos del arreglo directo
La Convención
Finalidad
MejoramientoColectivo
MejoramientoColectivo
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Efectos del arreglo directo
La Convención
Naturaleza jurìdica
Verdadera ley en sentido formalVerdadera ley en sentido formal
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Efectos del arreglo directo
La Convención
Forma
Por escritoPor escrito
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Efectos del arreglo directo
La Convención
Plazo para el depósito
15 días15 días
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Efectos del arreglo directo
La Convención
Prueba de su existencia
Texto auténtico
Texto auténtico Prueba para el depósito: no hay
formalidad
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Efectos del arreglo directo
La Convención Aplicación: (a) sindicato
minoritario– Sólo a los trabajadores
afiliados– A quienes se afilien al
sindicato– A quienes se adhieran a la
Convención
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Efectos del arreglo directo
La Convención
Aplicación: (b) sindicato mayoritario
– A todos los trabajadores salvo:• Los no sindicalizados que
renuncien expresamente a ella
• Los no sindicalizados
representantes del empleador
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Efectos del arreglo directo
La Convención
Aplicación: (b) Características– Es general– Cotizar el 100% de la cuota
ordinaria– Obra por disposición legal
Automática– Sólo sindicatos mayoritarios
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Efectos del arreglo directo
La Convención
Vigencia
La pactada o términos
sucesivos de 6 meses
La pactada o términos
sucesivos de 6 meses
– SI el Sindicato se disuelve, sigue vigente
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Efectos del arreglo directo
La Convención
Denuncia
Dar por terminada la Convención
Dar por terminada la Convención
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Efectos del arreglo directo
La Convención
Denuncia
60 días antes de su vencimiento60 días antes de su vencimiento
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Efectos del arreglo directo
La Convención
Denuncia
Por escrito, triplicado ante el
Inspector del lugar o el Alcalde
Por escrito, triplicado ante el
Inspector del lugar o el Alcalde
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Efectos del arreglo directo
La Convención
Denuncia: efectos - trabajadores
Derecho para presentar el pliego de peticiones
Derecho para presentar el pliego de peticiones
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Efectos del arreglo directo
La Convención
Denuncia: efectos - empleador
Puede ser estudiada por tribunal de arbitramento
Puede ser estudiada por tribunal de arbitramento
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Efectos del arreglo directo
La Convención
Denuncia: efectos - en general
La Convención denunciada sigue vigente
La Convención denunciada sigue vigente
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Efectos del arreglo directo
La Convención
No presentación de la denuncia: efectos
No advertencia de desequilibrioCierra la posibilidad de discusiónPérdida de alternativas frente al tribunal de arbitramentoNo se puede presentar el pliegoSe entiende prorrogada por periodos sucesivos
No advertencia de desequilibrioCierra la posibilidad de discusiónPérdida de alternativas frente al tribunal de arbitramentoNo se puede presentar el pliegoSe entiende prorrogada por periodos sucesivos
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Efectos del arreglo directo
La Convención
Caso especial: denuncia sin pliego
Sigue vigente hasta la firma de una nueva convención
Sigue vigente hasta la firma de una nueva convención
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Efectos del arreglo directo
La Convención
Revisión
Por acuerdo entre las partesPor acuerdo entre las partes
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Efectos del arreglo directo
La Convención
Revisión
En caso de desacuerdo: Jurisdicción laboral
En caso de desacuerdo: Jurisdicción laboral
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Efectos del arreglo directo
El pacto
Definición Finalidad Forma Plazo depósito Probar su existencia Revisión Vigencia
Igual a la Convenció
n
Igual a la Convenció
n
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Efectos del arreglo directo
El pacto
Aplicación
Trabajadores que lo suscriban o adhieran
Trabajadores que lo suscriban o adhieran
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Efectos de la falta total o parcial de arreglo directo
Huelga Tribunal de arbitramento
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Efectos de la falta total o parcial de arreglo directo
Huelga
Definición
– Suspensión colectiva, pacífica
y temporal del trabajo
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Precisión conceptual:
Cese con fines políticos
Cese con fines económicos o
profesionales
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Modalidades de huelga
Huelga contractual: Proceso de negociación Colectiva
Huelga por Solidaridad: Accesoria a la negociación colectiva; Relación con el cese principal o con sus promotores; no hay regulación expresa (C-201/02)
Huelga imputable al empleador: (Art.7 Ley 584/00 (Art.379 CST Letra e ) (C-201/02): Incumplir obligaciones; Calificación del incumplimiento.
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Efectos de la falta total o parcial de arreglo directo
Huelga
Decisión
– 10 días hábiles siguientes a la
terminación de la etapa de
acuerdo directo
– Voto secreto, personal e indelegable
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Efectos de la falta total o parcial de arreglo directo
Huelga
Decisión
– Mayorías
• La mayoría absoluta de los
trabajadores de una empresa
• Asamblea sindicato
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Efectos de la falta total o parcial de arreglo directo
Huelga
Ejecución
– 2 días hábiles después de su declaración y
no más de 10 días después
– Pueden negociar directamente
Minprotección
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Efectos de la falta total o parcial de arreglo directo
Huelga
Efectos
– Se suspenden los contratos de trabajo
– No pueden celebrarse nuevos contratos de
trabajo
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Efectos de la falta total o parcial de arreglo directo
Huelga
Prohibición de la Huelga
– Articulo 430 CPT .
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Ley 1210 de julio 14 de 2008
Huelga - duración
Máximo 60 días calendario– Si supera el término, 3 días hábiles siguientes empleador y
trabajadores convienen un mecanismo de composición,
conciliación o arbitraje
– Si no lo hacen, interviene la Comisión de Concertación de
Políticas Salariales y Laborales – ejerce 5 días hábiles
– Vencido el plazo no hay solución – Solicitan a Minprotección
la convocatoria del Tribunal de Arbitramento
– Convocado el TA se reanudan actividades máximo en 3
días hábiles
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Ley 1210 de julio 14 de 2008
Huelga - duración– La Comisión de Concertación puede seguir actuando ??. Son tres
de sus miembros que actúan ad honorem
– Si la huelga por su naturaleza o magnitud afecte de forma grave:
SALUD, SEGURIDAD, ORDEN PUBLICO, ECONOMIA en todo
o parte de la población, el PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
previo concepto favorable de la SALA LABORAL CSJ, puede
ordenar en cualquier momento que se levante de inmediato y se
convoque el TA. En vacancia judicial el concepto es del
PROCURADOR
– El término para el concepto es 3 días siguientes a la solicitud
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Ley 1210 de julio 14 de 2008
Legalidad - Ilegalidad– Primera instancia – Sala Laboral TSDJ
– Recurso de Apelación – Sala Laboral CSJ
– La providencia se cumple una vez quede ejecutoriada
– En vacancia judicial – conoce la Sala Administrativa del Consejo
Seccional o Superior de la Judicatura
– El término para calificar es máximo de 10 días hábiles siguientes
a la recepción de la demanda
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Efectos de la falta total o parcial de arreglo directo
Tribunal de arbitramento
Clases
– Voluntario: acuerdo de las partes
– Obligatorio
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Efectos de la falta total o parcial de arreglo directo
Tribunal de arbitramento
Integración
– Tres árbitros
Empleador Sindicato
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Efectos de la falta total o parcial de arreglo directo
Tribunal de arbitramento
Integración
– Sólo pueden fallar sobre lo que
no haya habido acuerdo, no
puede afectar derechos
reconocidos
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Efectos de la falta total o parcial de arreglo directo
Tribunal de arbitramento
Plazo para fallar:
10 días10 días