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Clave: 1A32-003-003

ÍNDICE

Página 1 Base normativa 3

2 Objetivo 3

3 Ámbito de aplicación 3

4 Políticas 3

5 Definiciones 6

6 Descripción de actividades 8

7 Diagrama de flujo 17

8 Relación de documentos que intervienen en el procedimiento 21

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Procedimiento para la determinación del cálculo, trámite y pago de liquidación finiquita de los trabajadores que causan baja del IMSS por fallecimiento sin haber suscrito pliego testamentario, (cláusulas 85 y 89 fracción I).

1 Base normativa • Manual de Organización de la Dirección de Administración, numeral 8.1.2.2.1,

registrado el 21 de noviembre de 2014. • Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social Artículo 69 numeral XI • Reglamento Interior de Trabajo Artículo 5 • Ley Federal del Trabajo Artículos 501, 516 y 519 Fracción I y II • Contrato Colectivo de Trabajo Cláusulas 85, 89 Fracción I y 152 • Estatuto de Trabajadores de Confianza “A” Artículo 49

2 Objetivo

Establecer las actividades para la elaboración, trámite y pago de las liquidaciones finiquitas, en los casos que se reclamen las prestaciones en tanto se desahoga juicio laboral ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje para la designación de beneficiarios dando estricto cumplimiento al presente procedimiento, a fin de evitar afectación a los intereses institucionales.

3 Ámbito de aplicación

El presente procedimiento es de observancia obligatoria para el Área de Liquidaciones, dependiente de la División de Comisiones Nacionales Mixtas en Nivel Central y para los Departamentos de Relaciones Laborales y Presupuestación dependientes de la Jefatura de Servicios de Desarrollo de Personal.

4 Políticas

4.1 La Coordinación de Relaciones Laborales a través del Área de Liquidaciones, dependiente de la División de Comisiones Nacionales Mixtas difundirá el presente procedimiento y en su caso interpretará y efectuará las modificaciones al mismo para dar cumplimiento a la base normativa.

4.2 La Coordinación de Relaciones Laborales recibirá oficio de comunicación de demanda de la Coordinación Laboral y enviará al Área de Liquidaciones por conducto de la División de Comisiones Nacionales Mixtas, para analizar y derivar al Responsable del trámite de inversión bancaria en Nivel Central el oficio de comunicación de demanda y sus prestaciones que contenga copia de la demanda en la que se reclame como acción principal cualquiera de las prestaciones contenidas en las Cláusulas 85, 89 Fracción I y/o 152 del

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Contrato Colectivo de Trabajo para proyecto de liquidación en términos de la Cláusula 85 u 89 Fracción I, la cual deberá vigilar que se elabore conforme a lo establecido en este procedimiento. 4.3 La Jefatura de Servicios de Desarrollo de Personal recibirá oficio de comunicación de demanda de la Jefatura Delegacional de Servicios Jurídicos y enviará al Departamento de Relaciones Laborales y Presupuestación, ésta remitirá petición a la Oficina de Relaciones Laborales para analizar y derivar al Responsable del trámite de inversión bancaria en delegaciones el oficio de comunicación de demanda y sus prestaciones, que contenga copia de la demanda en la que se reclame como acción principal cualquiera de las prestaciones contenidas en las Cláusulas 85, 89 Fracción I y/o 152 del Contrato Colectivo de Trabajo para proyecto de liquidación en términos de la Cláusula 85 u 89 Fracción I de la que deberá vigilar que se elabore conforme a lo establecido en este procedimiento. La Coordinación de Relaciones Laborales a través del Área de Liquidaciones, dependiente de la División de Comisiones Nacionales Mixtas en Nivel Central y los Departamentos de Relaciones Laborales y Presupuestación dependientes de la Jefatura de Servicios Desarrollo Personal: 4.4 Serán los responsables de la elaboración, trámite y pago de las liquidaciones finiquitas, en los casos que se reclamen las prestaciones contenidas en las Cláusulas 85 Muerte y 89 Indemnización, Fracción I, Muerte y 152 Seguro de Vida del Contrato Colectivo de Trabajo ante la Autoridad Laboral. En caso de contar con pliego testamentario consultar “Procedimiento de pago de la liquidación finiquita de personal que causó baja en nivel central y en delegaciones”, clave 1A32-003-001. 4.5 Efectuarán solicitud de inversión bancaria de acuerdo a lo establecido en las Cláusulas 85 Muerte u 89 Indemnización, Fracción I, Muerte, del Contrato Colectivo de Trabajo, en caso de demanda derivada del fallecimiento de un trabajador y que no exista pliego testamentario. 4.6 Para los beneficiarios designados por la autoridad laboral de los extintos trabajadores bajo la contratación de Estatuto de Trabajadores de Confianza “A” del Instituto Mexicano del Seguro Social, procede cubrir únicamente salarios y prestaciones devengadas no cobradas sin realizar inversión bancaria. 4.7 Para los casos mencionados en la política 4.5, se efectuará el trámite de la inversión bancaria únicamente por el alcance líquido que arroje el proyecto de liquidación, omitiendo incluir en el mismo el importe correspondiente a la Cláusula 152 seguro de vida, el pago de dicho concepto se realizará de conformidad al laudo emitido por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje a cargo de la partida presupuestal 42060212. 4.8 A petición de la Coordinación Laboral o Jefatura de Servicios Jurídicos se gestionará ante la Coordinación de Presupuesto y Gestión del Gasto en Servicios Personales en Nivel Central y en Delegaciones ante el Departamento de Presupuesto, Contabilidad y

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Erogaciones o el Departamento de Tesorería, tanto la emisión del título de crédito para depósito en Inversión Bancaria, así como el retiro parcial o total de la misma con o sin intereses.

- Para los retiros totales o parciales de la suerte principal, se atenderá a lo dispuesto por la Coordinación Laboral o Jefatura de Servicios Jurídicos en cuanto a las acciones a realizar con los intereses bancarios, es decir si los intereses se depositan a flujo Institucional o continúan dentro de la inversión bancaria, en caso de que no se señale, deberá solicitarlo con oficio.

4.9 En los casos de que exista pliego testamentario, suscrito por el extinto trabajador no procede realizar el trámite de inversión bancaria de las Cláusulas 85 Muerte u 89 Indemnización Fracción I, Muerte del Contrato Colectivo de Trabajo, dando aviso de la negativa a la Coordinación Laboral o a la Jefatura Delegacional de Servicios Jurídicos. 4.10 Deberá estar pendiente de la resolución de la Autoridad Laboral competente, en la que determine quién es el beneficiario o beneficiarios con derecho a recibir el pago señalado en Contrato Colectivo de Trabajo cláusulas 85 Muerte, 89 Indemnización, Fracción I, Muerte, 152 Seguro de Vida e intereses. 4.11 Verificará que el pliego testamentario esté debidamente requisitado en tiempo y forma, (la fecha de elaboración del pliego deberá ser anterior a la fecha de fallecimiento). Toda vez que en caso de haberse recibido para su trámite, en fecha posterior al fallecimiento, será la Autoridad Laboral competente, la que designe al beneficiario o beneficiarios con derecho a recibir las prestaciones señaladas en el Contrato Colectivo de Trabajo cláusulas 85 Muerte, 89 Indemnización, Fracción I, Muerte, 152 Seguro de Vida e intereses. 4.12 Si el trabajador elabora, entrega y formaliza ante el Área correspondiente dicho pliego testamentario y llegase a fallecer durante el proceso antes de recibir su copia certificada no será necesario el trámite ante la autoridad laboral para la designación de beneficiarios. 4.13 Verificará en el expediente que en los casos en que se solicita la declaración de beneficiarios, sin reclamar las prestaciones contenidas en las Cláusulas 85 Muerte, 89 Indemnización, Fracción I, Muerte y 152 Seguro de Vida del Contrato Colectivo de Trabajo, se excluya el trámite de inversión bancaria, así mismo, dicha declaración de beneficiarios interrumpe el término de la prescripción señaladas en los Artículos 516 y 519 de la Ley Federal del Trabajo. 4.14 Verificará y analizará que el contenido de la petición de la Coordinación Laboral o la Jefatura Delegacional de Servicios Jurídicos sean acorde a los resolutivos del laudo definitivo emitido por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, para que conforme a éstos se proceda al retiro de la inversión bancaria.

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4.15 La Coordinación Laboral o la Jefatura Delegacional de Servicios Jurídicos, deberá realizar la aclaración de la discrepancia entre lo solicitado por éstas y lo señalado en el laudo. 4.16 A solicitud de la Coordinación Laboral o Jefatura Delegacional de Servicios Jurídicos obtendrá de la Coordinación de Presupuesto y Gestión del Gasto en Servicios Personales en Nivel Central y en Delegaciones del Departamento de Tesorería, el documento que contenga el monto original e intereses generados por la inversión bancaria, con la finalidad de que ésta lo informe y lo haga valer en el incidente de liquidación ordenado por la Autoridad Laboral competente para la cuantificación de los intereses..

4.17 Verificará que cuando la Autoridad Laboral competente condene al Instituto sólo al pago de las Cláusulas 85 Muerte, 89 Indemnización, Fracción I, Muerte y 152 Seguro de Vida del Contrato Colectivo de Trabajo, sin condenar el pago de los intereses, atenderá las indicaciones de la Coordinación Laboral o Jefatura Delegacional de Servicios Jurídicos, sobre las acciones a efectuar con dichos intereses de la inversión bancaria, es decir si deben ser depositados para el entero de los recursos a través de las cajas del Instituto o dentro de la misma inversión bancaria. 4.18 Vigilará que todos los pagos sean ratificados ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, tal y como lo señala el Artículo 33 de la Ley Federal del Trabajo. 4.19 La Coordinación Laboral o la Jefatura Delegacional de Servicios Jurídicos, remitirá a la Coordinación de Relaciones Laborales o Departamento de Relaciones Laborales y Presupuestación el título de crédito para cancelación, en caso de rebasar 60 días a partir de la fecha que se señala en el mismo o reexpedición cuando es nuevamente solicitado el pago. 4.20 El presente documento consolida a los documentos denominados:

“Procedimiento y trámite de cláusulas 85 y 89 fracción I, inversión bancaria por fallecimiento de trabajadores que no suscribieron pliego testamentario”, clave 7250-003-008 con número de folio 005 de fecha 11 de enero de 2006.

“Procedimiento y trámite para el pago de cláusula 85, cláusula 89 fracción I, y 152, derivado de juicio laboral”, clave 7250-003-019 con número de folio 089 de fecha 19 de mayo de 2006.

5 Definiciones Para efectos del presente procedimiento se entenderá por:

5.1 beneficiario: Persona designada por el trabajador o la autoridad laboral competente para recibir la prestación de carácter económico, derivada de los derechos laborales del trabajador finado.

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5.2 CCTE: Coordinación de Contabilidad y Trámite de Erogaciones

5.3 CL: Coordinación Laboral

5.4 CPGGSP: Coordinación de Presupuesto y Gestión del Gasto en Servicios Personales

5.5 CT: Coordinación de Tesorería

5.6 DC: Departamento Contencioso

5.7 DCNM: División de Comisiones Nacionales Mixtas

5.8 demanda: Escrito presentado por los beneficiarios ante la Junta Federal de

Conciliación y Arbitraje solicitando el reconocimiento y pago de las prestaciones correspondientes.

5.9 DPCE: Departamento de Presupuesto, Contabilidad y Erogaciones

5.10 DTD: Departamento de Tesorería Delegacional

5.11 Estatuto de Trabajadores de Confianza “A”: Régimen laboral para trabajadores que ingresaron al Instituto a partir del 1 de enero de 2012.

5.12 flujo institucional: Arcas, caja. 5.13 incidente de liquidación: Procedimiento a través del cual se cuantifica

fehacientemente la condena establecida en el laudo definitivo. 5.14 inversión bancaria: Depósito ante institución bancaria del importe correspondiente a

la indemnización y prestaciones derivadas de la muerte del trabajador conforme a la cláusula 85 u 89, Fracción I del C.C.T.

5.15 JDSJ: Jefatura Delegacional de Servicios Jurídicos

5.16 laudo definitivo: Resolución definitiva que emite la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje designando a los legítimos beneficiarios.

5.17 pliego testamentario: Documento donde consta de forma legal la voluntad del

testador pagándose al beneficiario (s) de acuerdo a la cláusula 85 u 89, Fracción I del CCT vigente.

5.18 suerte principal: Monto a pagar.

Responsable Actividad Documentos involucrados

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6. Descripción de actividades del Procedimiento para la determinación del cálculo, trámite y pago de liquidación finiquita de los trabajadores que causan baja del IMSS por fallecimiento sin haber suscrito pliego testamentario, (cláusulas 85 y 89 fracción I).

Responsable del trámite de inversión bancaria en Nivel Central y Delegacional

1. Recibe de la Coordinación Laboral o de la Jefatura Delegacional de Servicios Jurídicos, “Oficio de comunicación de demanda” y sus prestaciones.

Oficio de comunicación de demanda

2. Verifica en el “Oficio de comunicación de demanda” y sus prestaciones, que contenga copia de la demanda en la que se reclame como acción principal cualquiera de las prestaciones contenidas en las Cláusulas 85, 89 Fracción I y/o 152 del Contrato Colectivo de Trabajo vigente.

Oficio de comunicación de demanda

No adjunta copia de la demanda

3. Elabora en original y copia “Oficio, solicitando copia de demanda” para atender el trámite solicitado, envía y obtiene en copia sello de acuse de recibo de la Coordinación Laboral o a la Jefatura Delegacional de Servicios Jurídicos.

Oficio solicitando copia de demanda Original y copia

4. Obtiene con “Vale” el “Expediente personal” del archivo y glosa “Oficio de comunicación de demanda.

Vale Expediente personal Oficio de comunicación de demanda

5. Integra “Expediente personal” con la siguiente documentación:

“Oficio” con sello de acuse de recibo del oficio solicitando copia

Expediente personal Oficio solicitando demanda

Responsable Actividad Documentos involucrados

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Responsable del trámite de inversión bancaria en Nivel Central y Delegacional

de demanda Queda en espera hasta que se reciba copia de demanda.

Copia

6. Archiva “Expediente personal” temporalmente. Continúa en la actividad 1

Expediente personal

Sí adjunta copia de la demanda

7. Obtiene con “Vale” el “Expediente personal” del archivo y glosa “Oficio de comunicación de demanda” y “Copia de demanda”.

Vale Expediente personal Oficio de comunicación de demanda Copia de demanda

8. Solicita al Responsable del resguardo de pliegos con “Vale” la búsqueda del pliego testamentario y espera respuesta.

Vale

Sí existe pliego testamentario

9. Elabora “Oficio de solicitud de título de crédito e inversión bancaria” por el importe señalado en la Cláusula 85 u 89 Fracción I a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, anexando copia de la “Cédula de liquidación finiquita”, clave 1A32-009-003, anexo 3 y original del “Pliego testamentario”, y envía de acuerdo a lo siguiente:

Para el caso de trámite en nivel central, original y copia a la Coordinación de Presupuesto y Gestión del Gasto en

Oficio de solicitud de título de crédito e inversión bancaria Original y copia u Original y dos copias Cédula de liquidación finiquita 1A32-009-003 Anexo 3 Copia

Responsable Actividad Documentos involucrados

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Responsable del trámite de inversión bancaria en Nivel Central y Delegacional

Servicios Personales y recaba acuse en copia. Para el caso de trámite en Delegaciones, original y dos copias al Departamento de Presupuesto, Contabilidad y Erogaciones, envía copia uno a la Coordinación de Presupuesto y Gestión del Gasto en Servicios Personales para conocimiento y recaba el acuse en la copia dos.

NOTA: El formato “Cédula de liquidación finiquita”, clave 1A32-009-003, anexo 3, se puede consultar en el “Procedimiento para el pago de la liquidación finiquita al personal que causó baja en nivel central y en delegaciones”, clave 1A32-003-001

Expediente personal Pliego testamentario

10. Integra al “Expediente Personal” la siguiente documentación:

“Oficio de solicitud de título de crédito e inversión bancaria” de inversión bancaria con sello de acuse de recibo

“Cédula de liquidación finiquita”, clave 1A32-009-003, anexo 3

Expediente personal Oficio de solicitud de título de crédito e inversión bancaria Copia Cédula de liquidación finiquita 1A32-009-003 anexo 3

11. Archiva temporalmente “Expediente personal” en espera de nueva demanda o desistimiento.

Continúa en actividad 1

Expediente personal

No existe pliego testamentario

12. Anota en el “Vale” la no existencia del pliego testamentario y elabora en original y copia “Oficio indicando que se procederá a la inversión bancaria”, dirigido a la

Vale Oficio indicando que se procederá a

Responsable Actividad Documentos involucrados

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Responsable del trámite de inversión bancaria en Nivel Delegacional

Coordinación Laboral o Jefatura Delegacional de Servicios Jurídicos, anexando “Cédula de liquidación finiquita” 1A32-009-003, anexo 3 (sin incluir seguro de vida, Cláusula 152), “Convenio de pago de gastos de funeral” en caso de existir y obtiene sello de acuse de recibo en la copia.

la inversión bancaria Original y copia Cédula de liquidación finiquita 1A32-009-003 Anexo 3 Convenio de pago de gastos de funeral

13. Elabora en original y copia “Oficio de solicitud de título de crédito” dirigido a la Coordinación de Contabilidad y Trámite de Erogaciones o al Departamento de Presupuesto, Contabilidad y Erogaciones por el importe de la Cláusula 85 u 89 Fracción I a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, envía y obtiene sello de acuse de recibo en la copia.

Oficio de solicitud de título de crédito Original y copia

14. Recibe del Departamento de Presupuesto, Contabilidad y Erogaciones “Contra recibo” con fecha de emisión de pago, para canjear el título de crédito del Departamento de Tesorería Delegacional.

Contra recibo de título de crédito

15. Integra “Expediente personal” con la siguiente documentación:

Oficio indicando que se procederá a la inversión bancaria, copia

Oficio de solicitud de título de crédito con sello de recibido, copia

Contra recibo de título de crédito

Expediente personal Oficio indicando que se procederá a la inversión bancaria Copia Oficio de solicitud de título de crédito Copia

Responsable Actividad Documentos involucrados

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Contra recibo de título de crédito

Responsable del trámite de inversión bancaria en Nivel Delegacional

16. Archiva temporalmente “Expediente personal” en espera de la fecha para canjear el contra recibo por el título de crédito.

Expediente personal

17. Canjea el “Contra recibo” en el Departamento de Tesorería Delegacional por el “Título de crédito”.

Contra recibo Título de crédito

18. Elabora en original y copia “Oficio de solicitud de inversión bancaria” por el importe de la Cláusula 85 u 89 Fracción I dirigido a la Coordinación de Presupuesto y Gestión del Gasto en Servicios Personales o al Departamento de Tesorería Delegacional, anexa el original y copia del “Título de crédito” a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, solicitando el respectivo comprobante de depósito, y obtiene sello de acuse de recibo en la copia.

Oficio de solicitud de inversión bancaria Original y copia Título de crédito Original y copia

19. Recibe del Departamento de Tesorería

Delegacional, copia del “Oficio de trámite de depósito en inversión bancaria” por el importe de la cláusula 85 u 89 Fracción I y turna una copia al Responsable de finiquitos delegacional, para que realice la comprobación de acuerdo a la actividad 40 del “Procedimiento para el pago de liquidación finiquita al personal que causó baja en nivel central y en delegaciones”, clave 1A32-003-001.

Oficio de trámite de depósito en inversión bancaria Copia Procedimiento para el pago de liquidación finiquita al personal que causó baja en nivel central y en delegaciones 1A32-003-001

Responsable Actividad Documentos involucrados

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Responsable del trámite de inversión bancaria en Nivel Central y Delegacional

20. Integra “Expediente personal” con la siguiente documentación:

Copia del “Oficio de solicitud de inversión bancaria” con el que solicita se realice la inversión bancaria

Copia fotostática “Título de crédito”. Copia de “Oficio de trámite de

depósito de inversión bancaria” mediante el cual la tesorería realizó la inversión bancaria

Expediente personal Oficio de solicitud de inversión bancaria Copia Título de crédito Copia Oficio de trámite de depósito de inversión bancaria Copia

Responsable del trámite de inversión bancaria en Nivel Central y Delegacional

21. Archiva temporalmente el “Expediente personal” y queda en espera de la notificación que la Autoridad Laboral le haga llegar a la Coordinación Laboral o Jefatura Delegacional de Servicios Jurídicos, sobre la designación de beneficiarios.

Expediente personal

22. Recibe “Oficio con laudo definitivo” de la Coordinación Laboral o de la Jefatura Delegacional de Servicios Jurídicos, emitido por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, en donde especifican a los beneficiarios reconocidos por la Autoridad Laboral, los conceptos a pagar, tipo de retiro (suerte principal) de la inversión y/o Cláusula 152, retiro de los intereses total o parcial, así como la cantidad específica para cada beneficiario.

Oficio con laudo definitivo

23. Analiza las indicaciones de la Coordinación Laboral o la Jefatura Delegacional de Servicios Jurídicos en donde indican las acciones a efectuar con los intereses o remanentes de la inversión bancaria

Oficio con laudo definitivo

Responsable Actividad Documentos involucrados

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Responsable del trámite de inversión bancaria en Nivel Central y Delegacional

contenidas en el “Oficio con laudo definitivo”.

24. Elabora en original y copia “Oficio” dirigido a la Coordinación de Presupuesto y Gestión del Gasto en Servicios Personales en Nivel Central y en Delegaciones al Departamento de Tesorería, solicitando Título (s) de crédito a nombre de los beneficiarios designados por la autoridad laboral, envía y obtiene sello de acuse de recibo en la copia.

Oficio solicitud de título de crédito Original y copia

25. Recibe de la Coordinación de Presupuesto y Gestión del Gasto en Servicios Personales en Nivel Central y en Delegaciones del Departamento de Tesorería “Título (s) de crédito” solicitado (s) a nombre de beneficiarios.

Título (s) de crédito

26. Elabora en original y copia “Oficio” dirigido a la Coordinación Laboral o la Jefatura Delegacional de Servicios Jurídicos, anexa “Título (s) de crédito”, solicitando la remisión del convenio de pago, clave 1A32-009-001, anexo 5 y acuse de recibo de título de crédito clave 1A32-009-014 anexo 4 envía y obtiene sello de acuse de recibo en la copia. NOTA: Los formatos “Convenio de pago” clave 1A32-009-001, anexo 5 y “Acuse de recibo de título de crédito” clave 1A32-009-014 anexo 4, se encuentran inmersos en el “Procedimiento para el pago de la liquidación finiquita al personal que causó baja en nivel central y en delegaciones”, clave 1A32-003-001.

Oficio solicitud de convenio Original y copia Título (s) de crédito

Responsable Actividad Documentos involucrados

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Responsable del trámite de inversión bancaria en Nivel Central y Delegacional

27. Integra “Expediente personal” con la siguiente documentación:

“Oficio” con laudo definitivo “Copia de “Oficio solicitando título(s)

de crédito” Copia de “Título(s) de crédito” Copia de “Oficio” solicitando remisión

del convenio de pago

Expediente personal Oficio con laudo definitivo Oficio solicitando título(s) de crédito copia Título(s) de crédito Copia Oficio solicitando remisión del convenio de pago Copia

28. Archiva temporalmente “Expediente personal” en espera de que la Coordinación Laboral o la Jefatura Delegacional de Servicios Jurídicos envíe convenio de pago, clave 1A32-009-001, anexo 5 y acuse de recibo de título de crédito clave 1A32-009-014 anexo 4

Expediente personal

29. Recibe de la Coordinación Laboral o la Jefatura Delegacional de Servicios Jurídicos en original y copia “Convenio de pago”, clave 1A32-009-001, anexo 5 y “Acuse de recibo de título de crédito” clave 1A32-009-014, anexo 4 y envía copia al responsable de finiquitos asimismo, para que realice la comprobación de acuerdo al “Procedimiento para el pago de liquidación finiquita al personal que causó baja en nivel central y en delegaciones”, clave 1A32-003-001.

Convenio de pago 1A32-009-001 anexo 5 Original y copia Acuse de recibo de título de crédito 1A32-009-014 anexo 4 Original y copia Actividad 43 del Procedimiento para el pago de liquidación finiquita al personal que

Responsable Actividad Documentos involucrados

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causó baja en nivel central y en delegaciones 1A32-003-001

Responsable del trámite de inversión bancaria en Nivel Central y Delegacional

30. Glosa original de “Convenio de pago”, clave 1A32-009-001, anexo 5 y “Acuse de recibo de título de crédito” clave 1A32-009-014, anexo 4, resguarda en archivo concentrado “Expediente personal”

Fin del procedimiento

Convenio de Pago 1A32-009-001 anexo 5 Original Acuse de recibo de título de crédito 1A32-009-014 anexo 4 Original Expediente personal

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7. Diagrama de flujo del Procedimiento para la determinación del cálculo, trámite y pago de liquidación finiquita de los trabajadores que causan baja del IMSS por fallecimiento sin haber suscrito pliego testamentario, (cláusulas 85 y 89 fracción I).

Copia de la

demanda

Expediente personal

Oficio de

comunicación de demanda

Expediente personal

Oficio de

comunicación de demanda

C Oficio solicitando

demanda

Expediente personal

Oficio de

comunicación de demanda

Oficio de

comunicación de demanda

O-C Oficio solicitando copia de demanda

Vale

Vale

Vale

Expediente personal

NO SI

Recibe de la CL o JDSJ

¿Adjuntan demanda?

INICIO

RESPONSABLE DEL TRÁMITE DE INVERSIÓN BANCARIA EN NIVEL

CENTRAL Y DELEGACIONAL

Verifica que contenga copia de

la demanda

Elabora y envía a la CL o a la JDSJ y obtiene sello de acuse de recibo en copia

Integra al expediente y queda en espera de que

reciba la demanda

Obtiene del archivo y glosa

Solicita al responsable de pliegos

testamentarios y espera respuesta

4

3

2

1

7

8

1 A

Obtiene expediente personal y glosa

5

6

11

Archiva expediente temporalmente

6

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Clave: 1A32-003-003

Convenio de pago de

gastos de funeral

Cédula de liquidación

finiquita 1A32-009-003

Anexo 3

Expediente

personal

O-C Oficio de solicitud de

título de crédito Cédula de liquidación

finiquita 1A32-009-003 Anexo 3

O-C Oficio indicando que procederá inversión

Contra recibo de título de crédito

C Oficio de solicitud de

título de crédito e inversión bancaria

Vale

Expediente

personal

Pliego

testamentario

Cédula de liquidación

finiquita 1A32-009-003

Anexo 3

Expediente personal

O-2C Oficio de solicitud de título de crédito e inversión bancaria

O-C Oficio de solicitud de título de crédito e inversión bancaria

NO ¿Existe pliego testamentario?

SI

Anota la no existencia de pliego, elabora para envío a la CL o JDSJ indicando procedencia de inversión bancaria

12

13

14 Recibe contrarecibo del DPCE para canje

A

9

B

Elabora oficio para la CCTE o DPCE, envía y obtiene acuse

Elabora y envía “Oficio de solicitud de título de crédito e inversión bancaria” a favor del IMSS. Para nivel central, original y copia a la CPGGSP. O para Delegaciones, original al DPCE, copia uno a la CPGGSP y copia dos acuse

NOTA

Integra Expediente personal

10

1

Archiva expediente en espera de nueva

demanda o desistimiento

11 14

CPGGSP

DPCE/ CPGGSP/ACUSE

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Clave: 1A32-003-003

Expediente

personal

Expediente

personal

C Oficio de trámite de

depósito en inversión bancaria

C Título de crédito

O-C Título de crédito

Contra recibo de título de crédito

C Oficio de solicitud de título de crédito

C Oficio indicando

que procederá inversión

Título de crédito

O-C Oficio de solicitud de

inversión bancaria

C Oficio de trámite de

depósito en inversión bancaria

C Oficio de solicitud de

inversión bancaria

Contra recibo de título de crédito

Oficio

con laudo definitivo

Expediente

personal

Expediente

personal

Integra expediente

15

Canjea el contra recibo en el DTD por el título de crédito

17

Elabora y envía oficio dirigido a la CPGGSP o al DTD en delegaciones, solicitando comprobante de depósito y obtiene sello de acuse de recibo

18

Recibe del DTD y turna al Responsable de finiquitos para que realice comprobación

19

Integra al Expediente

20

Recibe de la CL o de la JDSJ beneficiarios reconocidos y analiza tipo de retiro, así como cantidad específica para cada beneficiario

22

B

C

a

a

1A32-003-001 Continúa en la

actividad 40

Archiva y espera la fecha de canje del contra

recibo

16

Archiva temporalmente expediente y queda en

espera de la notificación de la autoridad laboral

21

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Clave: 1A32-003-003

O-C Acuse de recibo de título

de crédito 1A32-009-014

anexo 4

Expediente

personal

O-C Título(s) de crédito

C Oficio de remisión de convenio

C Título (s) de

crédito

C Oficio solicitando título(s) de crédito

O-C Oficio solicitando título(s) de crédito

Título(s) de

crédito

O-C Oficio solicitando remisión de convenio

Oficio con laudo definitivo

O-C Convenio de pago

1A32-009-001 anexo 5

Oficio

con laudo definitivo

Expediente

personal

Expediente

personal

O Acuse de recibo de título

de crédito 1A32-009-014

anexo 4

O Convenio de pago

1A32-009-001 cédula 5

Analiza las indicaciones de la CL o JDSJ sobre las

acciones a efectuar y realiza comprobación

24

Elabora oficio dirigido a la CPGGSP o DTD solicitando título de crédito a nombre de los beneficiarios, envía y obtiene acuse de recibo

25

Recibe de la CPGGSP o DTD

26

Elabora y envía dirigido a la CL o la JDSJ obtiene acuse

NOTA

Integra Expediente

C

27

29

Recibe de la CL o JDSJ para llevar

a cabo la comprobación

30

FIN

Glosa anexos y resguarda expediente

23

b

b

1A32-003-001 Continúa en la

actividad 43

Archiva temporalmente y queda en espera de

documentos

28

Página 21 de 21

Clave: 1A32-003-003

8. Relación de documentos que intervienen en el Procedimiento para la determinacióndel cálculo, trámite y pago de liquidación finiquita de los trabajadores que causan bajadel IMSS por fallecimiento sin haber suscrito pliego testamentario, (cláusulas 85 y 89fracción I).

Clave Título del documento Observaciones