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Page 1: N2 F~Pf5 - municaj.gob.pe · ~ Ley N2 27735, Ley que regula el otorgamiento de las gratificaciones para los trabajadores del regimen de Ia actividad privada por Fiestas Patrias y

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I FECHf; 2 8 FEB 2018

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- ~--~~galriQli?. .. 7-3 EL GERENTE MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA

VISTO:

El proyecto de Directiva N~ 001-2018/0GGRRHH-URBSSO-MPC denominada "Procedimientos para efectuar la liquidaci6n de Beneficios Sociales", informe W 038-2018-JAVS-GFLyBBSS-URBSSO-MPC, Informe Legal W 195-2017-AL-OGGRRHH-MPC y;

CONSIDERANDO:

Por lo dispuesto en el Art. 194° la Ley N° 27680 de Reforma Constitucional de la Constituci6n Politica del Peru, en concordancia con el Art. 2~ del Titulo Preliminar de la Ley 27972 de Ia Ley Organica de Municipalidades "Los gobiernos locales gozan de autonomia politica, econ6mica y administrativa en los asuntos de su competencia;

, · oiJINcii' asimismo, esta autonomfa que la Constituci6n establece radica en Ia facultad de ejercer actos de gobierno, ~~ ~,deG~st.;.•~.dministrativo y de administraci6n, con sujeci6n al ordenamiento juridico".

(ciJ.,"' ~"' (")'· ;j ~ ';, c:: Que mediante informe W 038-2018-JAVS-GFLyBBSS-URBSSO-MPC, el especialista en Liquidaci6n de '5 ·t /J~eneficios Sociales, remite el proyecto de Directiva intern a sobre "Procedinzientos para efectuar Ia Liquidaci6n de Beneficios ~"'t Dlf

1 ~~ociales", para su revision y posterior aprobaci6n a traves de un acto resolutivo, indicando que dicha acci6n es con la

* _, principal finalidad de regular todos los procedimientos inherentes a la Sub materia a tratar y asegurar su eficiencia y · eficacia en los actos administrativos correspondientes.

La Liquidaci6n de Beneficios Sociales, son todos aquellos conceptos que perciben los trabajadores con ocasi6n sus labores prestadas de manera dependiente, es decir son los ingresos laborales que el trabajador recibe como

consecuencia de su actividad, sin considerar su origen, el importe o la periodicidad del pago o su naturaleza remunerativa. La liquidaci6n de beneficios sociales es la cancelaci6n de todo adeudo que tierte la entidad al termino de la relaci6n laboral por cualquier causa (vacaciones, gratificaciones, CTS y remuneraciones truncas) sin irnportar la raz6n de la extinci6n (renw1eia, acuerdo, termino del plazo· contractual, jubilaci6n, despido, etc.) .

Que el objetivo de la referida directiva es establecer el procedimiento interno para la formulaci6n, aprobaci6n y pago de los Beneficios Sociales como la compensaci6n por tiempo de servicios, gratificaciones y vacaciones a los servidores publicos de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, correspondientes al Regimen laboral de la actividad privada dentro del marco legal del Decreto Legislativo No 728, a los comprendidos en el regimen laboral de la actividad publica normada por el Decreto Legislative N° 276 y a los comprendidos en el regimen laboral especial normada por el Decreto Legislative N° 1057; al finalizar la relaci6n !aboral.

Bajo estos conceptos se puede inferir que es necesario contar esta Directiva, debido a que establece un procedimiento interno de c6mo se va efectuar el pago de liquidaci6n de beneficios sociales de acuerdo a lo reglamentado yen favor del trabajador.

Que, estando a las facultades conferidas por el Art. 20°, inciso 6) de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972.

SE RESUEL VE: ARTICULO PRIMERO.- APROBAR la Directiva No 001-2018/0GGRRHH-URBSSO-MPC, denorninada "Procedimientos para efectuar la liquidaci6n de Beneficios Sociales"

ARTICULO SEGUNDO.- ENCARGAR, a la Oficina General de Gesti6n de Recursos Hurnanos, el curnplirniento de la Directiva aprobada en virtud de la presente Resoluci6n.

DISIRIBUC!ON -a. Recursos Humanos (02) a. AsesorlaJurldlca ~ lnfonncitica y sistemas ,... Archiv (02)

REGISTRESE COMUNfQUESE Y ARCHIVESE.

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DIRECTIVA W 001-2018/ OGGRRHH-URBSSO-MPC PROCEDIMIENTOS PARA EFECTUAR LA LIQUIDACION DE BENEFICIOS SOCIALES

1.-FINALIDAD:

Efectuar Ia formulacion, aprobacion y pago de los beneficios sociales de los servidores publicos de

Ia Municipalidad Provincial de Cajamarca, trabajadores del Decreta Legislative N2 728, del Decreta

Legislative W 276 y del Decreta Legislative W 1057, de acuerdo a las consideraciones

presupuestales y !eyes vigentes, siguiendo los procedimientos necesarios para Ia correcta y

oportuna ejecuci6n, con criterios de eficacia y economfa.

2.-0BJETIVO:

Establecer el procedimiento interno para Ia formulaci6n, aprobaci6n y pago de los beneficios

sociales como Ia Compensaci6n por tiempo de servicios, Gratificaciones y Vacaciones a los

servidores publicos de Ia Municipalidad Provincial de Cajamarca, correspondientes al regimen

!aboral de Ia actividad privada dentro del marco del Decreto Legislative N2 728, a los

comprendidos en el regimen !aboral de Ia actividad publica normada por el Decreto Legislative W

276 y a los comprendidos en el regimen !aboral especial narmada por el Decreto Legislative W

1057, al finalizar Ia relaci6n !aboral.

3.- ALCANCE:

Las normas y procedimientos establecidos en Ia presente son de aplicacion y cumplimiento

obligatorio de Ia Oficina General de Gesti6n de Recursos Humanos, de Ia Unidad de

. Remuneraciones, del Grupo Funcional de Beneficios y Liquidaciones, del personal responsable de

;)x~ 6~~:~0~ Planillas, del Grupo Funcional de Registro y Control de Personal, de Ia Unidad pe Presupuesto, de

~~ ~ a Unidad de Contabilidad, de Ia Unidad de Tesorerfa, y demas unidades organicas en el ambito de

J :> u competencia .

4.- BASE LEGAL:

~ Ley N2 25129, que establece que los trabajadores de Ia actividad privada cuyas remuneraciones no se regulan por negociaci6n colectiva, percibiran Asignacion Familiar.

~ Ley N2 27735, Ley que regula el otorgamiento de las gratificaciones para los trabajadores del regimen de Ia actividad privada por Fiestas Patrias y Navidad.

~ Ley N2 29849, Ley que establece Ia eliminacion progresiva del Regimen Especial del Decreto Legislative 1057 y otorga derechos laborables.

~ Ley de Presupuesto del Sector Publico para cada afio fiscal. ~ Decreto Ley N2 19990, Sistema Nacional de Pensiones de Ia Seguridad Social. ~ Decreto Ley N2 20530, Regimen de Pensiones y Compensaciones por Servicios Civiles

prestados al Estado no comprendidos en el Decreto Ley N2 19990, sus modificatorias y conexas.

~ Decreto Legislativo N2 276, Ley de Bases de Ia Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y sus modificatorias.

~ Decreto Legislative N2 713, que consolida Ia legislaci6n sobre descansos remunerados de los trabajadores sujetos al Regimen Laboral de Ia Actividad Privada y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N2 012-92-TR.

~ Decreto Legislative N2 774, Ley dellmpuesto a Ia Renta, y sus modificatorias.

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DIRECTIVA W 001-2018/ OGGRRHH-URBSSO-MPC PROCEDIMIENTOS PARA EFECTUAR LA LIQUIDACION DE BENEFICIOS SOCIALES

);> Decreto Legislativo NQ 857, que modifica algunos artfculos del Decreto Legislativo NQ 650, Ley de Compensaci6n por Tiempo de Servicios.

);> Decreto Legislativo NQ 1057, que regula el regimen especial de contrataci6n administrativa de servicios, y sus modificatorias.

~ Decreto Supremo NQ 005-90-PCM, que aprueba el Reglamento de Ia carrera Administrativa.

~ Decreto Supremo NQ 035-90-TR, que fija Ia Asignacion Familiar para los trabajadores de Ia actividad privada, cuyas remuneraciones no se regulan por negociacion colectiva.

~ Decreto Supremo NQ 003-97-TR, que aprueba el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo NQ 728, Ley de Competitividad y Productividad La bora I.

);> Decreto Supremo NQ 122-94-EF, Aprueban el Reglamento de Ia Ley del lmpuesto a Ia Renta, y sus modificatorias.

»- T.U.O del Decreto Legislativo NQ 650, Ley de Compensacion por Tiempo de Servicios, aprobado por D.S. 001-97-PCM.

);> Acuerdos y pactos colectivos sobre Derechos y beneficios laborales de los servidores publicos y obreros municipales de Ia MPC.

);> Reglamento lnterno de Trabajo de Ia Municipalidad Provincial de Cajamarca. Reglamento de Organizacion y Funciones de Ia Municipalidad Provincial de Cajamarca. Manual de Organizacion y Funciones de Ia Municipalidad Provincial de Cajamarca. Presupuesto Analitico de Personal de Ia Municipalidad Provincial de Cajamarca. Cuadro para Asignacion de Personal de Ia Municipalidad Provincial de Cajamarca. Lineamientos y Directivas sobre Compensaciones y Pensiones que estipule Ia Autoridad Nacional del Servicio Civil como precedentes administrativos vinculantes. Resoluciones del Tribunal Fiscal con incidencia Laboral. Precedentes del Tribunal del Servicio Civil.

u aplicaci6n, en concordancia con los instrumentos o procedimientos que Ia Entidad crea

conveniente aplicar, para lo cual Ia Oficina de Gesti6n de Recursos Humanos y Ia Unidad de

Remuneraciones conjuntamente con el equipo funcional de beneficios y liquidaciones presentan:in

Ia propuesta en coordinacion con las unidades organicas vinculadas a los referidos procesos.

6.-DISPOSICIONES GENERALES:

6.1 De Ia informacion necesaria para el calculo de liquidaciones de beneficios sociales

El proceso de formulaci6n del calculo de liquidaciones de beneficios sociales esta

constituido por una serie de actividades previas de recopilacion de informacion, que

requieren de respuesta inmediata por parte de las unidades organicas o personal

responsable, los cuales deben mantener informacion actualizada al respecto.

La informacion se obtendra directamente de los Sistemas lntegrados de planillas, Sistema

de marcacion de personal, sistema de licencias y vacaciones del personal, y en forma

excepcional, para conceder celeridad procesal a su tratamiento, se hara uso de otras

fuentes.

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DIR.ECTIVA W 001-2018/ OGGRRHH-URBSSO-MPC

PROCEDIMIENTOS PARA EFECTUAR LA LIQUIDACION DE BENEFICIOS SOCIALES

Para el inicio de Ia recopilacion de Ia informacion, esta se iniciara con el expediente administrative que las unidades organicas de Ia MPC presenten a Ia Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, o a Ia Unidad de Remuneraciones o al responsable del Grupo Funcional de Beneficios y Liquidaciones, solicitando las acciones pertinentes para Ia liquidaci6n de beneficios sociales del personal que ya no continuara laborando en Ia Entidad Edil, de igual forma se dara inicio cuando el administrado solicite Ia liquidaci6n de beneficios sociales que le pueda asistir.

El expediente administrative de solicitud de liquidaci6n de beneficios sociales debera contener obligatoriamente para su respectiva atencion Ia certificacion y/o disponibilidad presupuestal otorgado y visado tanto por parte de Ia unidad organica como el aval de Ia Oficina Planeamiento y Presupuesto o por Ia Unidad de Presupuesto segun corresponda, para lo cual el responsable del Grupo Funcional de Beneficios y Liquidaciones derivara a dichas unidades para su atenci6n.

La informacion se solicita a:

1.-Area o grupo funcional de Registro y Escalaf6n. (File personal u otra documentaci6n) 2.-Area o grupo funcional de Control de personal. (Reporte de asistencias, licencias y vacaciones) 3.-Secretaria Tecnica de Procesos Disciplinarios para el caso del RNSDD de inhabilitados o suspendidos en Ia Administracion Publica. 4.-Area de Asesorfa legal de Ia Oficina de Recursos Humanos. 5.-Personal responsable de Ia elaboraci6n de las planillas de los trabajadores. 6.-Unidades organicas respectivas. 7.-Unidad de Planificaci6n y Desarrollo de Personas. 8.-Unidad de Presupuesto.

9.- Procuradurla Publica Municipal (Procesos pendientes de pago de beneficios sociales para evitar duplicidad de pago).

6.2 De Ia celeridad, idoneidad y oportunidad en el procesamiento de Ia informacion.

La elaboracion de las operaciones aritmeticas, las Resoluciones de reconocimiento, y las planillas de liquidaci6n de beneficios sociales requieren de celeridad, idoneidad y oportunidad (cero errores) en el proceso de las liquidaciones llegando hasta Ia generacion de Ia planilla cumpliendo con los plazos de entrega de Ia informacion a Ia Unidad de Presupuesto, a fin que se continue oportunamente con Ia ejecucion de los pagos correspondientes .

. - DISPOSICIONES ESPEcfFICAS:

7.1 De los plazos maximos de recepci6n de informacion para procesar el calculo de beneficios sociales.

Por razones presupuestales y operativas, el Grupo Funcional de Beneficios y Liquidaciones debe recibir Ia informacion referida a las bajas del personal, las retenciones y descuentos requeridos para procesar las respectivas liquidaciones, a mas tardar en las fechas que se indican a continuaci6n:

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PROCEDIMIENTOS PARA EFECTUAR LA LIQUIDACION DE BENEFICIOS SOCIALES

• Para las bajas del personal 728 : Entre el dfa 23 al 26 de cada mes o el dia habil siguiente.

• Para las bajas del personal 276 y 1057 : hasta el dia 03 de cada meso el dia habil siguiente, salvo casas excepcionales que se presenten fuera de fecha.

Para el caso de renuncias voluntarias el trabajador presentara el documento donde comunica a Ia Oficina General de Gestion de Recursos Humanos de dicha decision, para luego ser derivada al Area de Asesorfa legal de Ia Oficina de Recursos Humanos para su analisis y aceptacion segun corresponda, para que un plaza maximo de 03 dias naturales el informe tecnico o legal de dicha evaluacion sea remitido al equipo funcional de liquidaciones y beneficios para su atencion en Ia ejecucion del calculo de beneficios sociales.

La Unidad de Remuneraciones entrega el expediente el cual incluye obligatoriamente el informe tecnico con Ia hoja de liquidacion o calculo correspondiente, Resolucion de reconocimiento y Ia planilla de pago regular de liquidacion de beneficios sociales, elaborada por el Grupo Funcional de Beneficios y Liquidaciones, a Ia Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, para vistas y firmas y ser remitida a Ia Unidad de Presupuesto hasta el dia 01 del mes inmediato o el dfa habil siguiente para el caso del personal del regimen !aboral 728, para el caso del personal 1057 y 276 hasta el dfa 10 del mes inmediato o el dia habil siguiente.

7.2 Del proceso de elaboraci6n de Ia liquidaci6n de beneficios sociales de los trabajadores.

7.2.1 El Gerente Municipal o funcionarios de Ia Alta Direccion o Sub Gerentes o Jefes de Unidades o Coordinadores de Grupos o Responsables de equipos funcionales de trabajo, comunican Ia extincion o Ia no renovacion del vinculo !aboral por escrito de su personal asignado, a Ia Oficina General de Gestion de Recursos Humanos de acuerdo a las fechas establecidas en el numeral 7.1.

7.2.2 El Especialista o Responsable en Contratos inactiva al personal cesado en el Sistema lntegrado de contratos bajo su responsabilidad el mismo que esta integrado en el sistema unico de planillas, de acuerdo a las fechas establecidas en el numeral 7.1.

7.2.3 El documento de bajas se deriva al Jefe de Ia Unidad de Remuneraciones, quien comunica a los Grupos Funcionales de su area para el cumplimiento de actividades correspondiente al cese de un trabajador.

7.2.4 El responsable del Grupo Funcional de Beneficios y Liquidaciones solicita informacion a las unidades organicas o a los Responsables de dichas unidades organicas de Ia Municipalidad (segun se indica en el numeral 7.1).

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PROCEDIMIENTOS PARA EFECTUAR LA LIQUIDACION DE BENEFICIOS SOCIALES

El reporte del saldo vacacional y otros descuentos controlados en sistema, seran obtenidos del mismo sistema con opciones de reportes de impresion otorgados por el area o grupo funcional de control de personal. Para el caso del personal cesado en las diferentes actividades u obras que ejecuta Ia Entidad, estan deberan ser remitidas al area usuaria y a Ia unidad de presupuesto para Ia remisi6n del saldo presupuestal de Ia actividad u obra correspondiente, Por otro !ado se solicitara al area que corresponda reportes de vacaciones que obren de forma ffsica en los registros hist6ricos y/o cuaderno de vacaciones.

7.2.5 El asistente administrative recopila, procesa y revisa Ia informacion de Ia liquidacion de beneficios sociales y Ia deriva al Especialista y/o Responsable del equipo funcional en Beneficios y Liquidaciones quien efectua el control previa de las mismas consignando su vista bueno en senal de conformidad el cual realiza el calculo y Ia Resoluci6n de reconocimiento validando y suscribiendo el informe tecnico de Ia liquidaci6n para su remisi6n al Jefe de Ia Unidad de Remuneraciones para Ia visaci6n y firma (en original y copias de corresponder) y posterior remisi6n al Director de Ia Oficina General de Gestion de Recursos Humanos quien aprueba Ia misma visando y suscribiendola.

7.2.6 El expediente final que se encuentra visado y suscrito, el mismo que contiene el lnforme Tecnico con el calculo correspondiente de Ia liquidaci6n de beneficios sociales, Ia Resoluci6n de reconocimiento y Ia planilla, debera ser remitido a Ia Unidad de presupuesto para su certificaci6n y el pago posterior correspondiente, de acuerdo a las fechas establecidas en el numeral 7.1.

7.3 De los conceptos del calculo de Ia liquidaci6n de beneficios sociales sujetos al Regimen Laboral Privado (Resumen -de Liquidaci6n), conceptos que deberan ser declarados en el PDT-PLAME .

7.3.1 De los lngresos: Todos los beneficios sociales que a continuaci6n se detallan bajo el regimen !aboral privado deberan cancelarse dentro de las 48 horas de producido el cese !aboral

a) Compensaci6n por Tiempo de Servicios (CTS): Se determina a partir de Ia remuneraci6n computable (remuneraci6n basica, promedio de gratificaciones, asignacion familiar, y toda cantidad percibida regularmente que tenga naturaleza remunerativa), de acuerdo a Ia informacion generada por los Grupos Funcionales de Remuneraciones y de Registro y Escalaf6n, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.

Los calculos de liquidaciones y depositos de CTS se hacen semestralmente. A los calculos de liquidaciones de CTS efectuados, mas los intereses devengados o depositos en exceso de corresponder, se debe anadir el calculo de Ia liquidaci6n del periodo final que corresponda.

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DIRECTIVA No 001-2018/ OGGRRHH-URBSSO-MPC PROCEDIMIENTOS PARA EFECTUAR LA LIQUIDACION DE BENEFICIOS SOCIALES

b) Vacaciones Truncas: Son determinadas par dozavos y treintavos, hasta el momenta del cese del trabajador, segun ley vigente. Es elaborado de acuerdo a Ia informacion generada y revisada por el area o Grupo Funcional de Control de Personal. La informacion se obtiene del Sistema lntegrado de control de personal con opciones de impresion.

c) Vacaciones No Gozadas: Son aquellas que corresponden cuando el trabajador cumplio con su record vacacional normado por Ia ley y no hizo usa del descanso vacacional. Se elabora de acuerdo a Ia informacion generada y revisada par el area o Grupo Funcional de Control de Personal. La informacion se obtiene del Sistema lntegrado de control de personal con opciones de impresion.

d) Gratificaciones Truncas: Son determinadas par sextos hasta el momenta del cese del trabajador, se calcula por meses completes laborados y los dias que nose consideran tiempo efectivo laborado a razon de un treintavo, pendientes de pago.

e) Bonificaci6n extraordinaria: Manto que se abonan por concepto de aportaciones al Segura Social de Salud (Essalud) con relaci6n a las gratificaciones de julio y diciembre que son abonados a los trabajadores bajo Ia modalidad de bonificacion extraordinaria (9% de Ia gratificaci6n para el afiliado a Essalud) de caracter temporal no remunerative ni pensionable. f) Otros: lndemnizacion u otros incentives economices segun mandata legal o por disposicion de autoridad competente.

7.4 De los conceptos del calculo de Ia liquidaci6n de beneficios sociales sujetos al Regimen Laboral Publico (Empleado Publico con resoluci6n de nombramiento) conceptos que deberan ser declarados en el PDT-PLAME.

7.4.1 De los servidores del regimen !aboral publico 276:

Debe elaborarse al cese del servidor de conformidad con lo dispuesto par el inciso e) del Articulo 54Q del Decreta Legislative 276 modificado par el Articulo 1Q de Ia Ley NQ 25224. La Compensacion por Tiempo de Servicios se otorga solo al personal nombrado al momenta del cese por el importe del 50% de su remuneracion principal para los servidores con menos de 20 afios de servicios o de una remuneraci6n principal para los servidores con 20 o mas afios de servicios par cada afio complete o fraccion mayor de 6 meses y hasta par un maximo de 30 afios de servicios.

Ademas se debera considerar los beneficios laborales estipulados en Ia primera demanda economica del pacta colectivo con vigencia al afio 2014 aprobado con Resoluci6n de Alcaldla W 410-2013-A-MPC para el caso del calculo de CTS.

Corresponde tambien el pago de Vacaciones Truncas que son determinadas por dozavas partes en conformidad a lo estipulado en el articulo 104° del Decreta Supremo W 005-90-PCM. Es elaborada de acuerdo a Ia informacion generada y administrada en su file personal por el Grupo Funcional o area de Registro y escalaf6n y de control de personal.

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DIRECTIVA N• 001-2018/ OGGRRHH-URBSSO-MPC

PROCEDIMIENTOS PARA EFECTUAR LA LIQUIDACION DE BENEFICIOS SOCIALES

Vacaciones No Gozadas: Son aquellas que corresponden cuando el trabajador cumplio con su record vacacional normado por Ia ley y no hizo uso del descanso vacacional. Se elabora de acuerdo a Ia informacion generada y administrada en su file personal par el Grupo Funcional o area de Registro y escalaf6n y de control de personal.

7.4.2 De los obreros municipales inmersos en Ia carrera administrativa con Resoluci6n de nombramiento, conceptos que deberan ser declarados en el PDT­PLAME.

Debe elaborarse al cese del servidor obrero en conformidad con lo dispuesto par Ia Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR en el lnforme Legal W 370-2011-SERVIR/GG.OAJ, el Tribunal Constitucional sabre el caso sub materia, esto en conformidad con lo estipulado en Ia STC W 0810-98-AA/TC; Exp. W 1084.98-AA/T; Exp. 2826.2003-AA/TC, Exp. W 0609-2004-AA/TC, Ia cual tiene Ia calidad de precedente administrative de observancia obligatoria, las cuales estipula que para el calculo de CTS se bebera realizar por tramos puesto que inicialmente fue privado, luego cambia a un regimen !aboral publico y este a su vez a un regimen !aboral privado (postura que ha sido ratificada por el Tribunal Constitucional). Es decir, que para Ia liquidacion de Ia CTS de los obreros municipales debe aplicarse necesariamente Ia regulacion legal que corresponda a cada uno de los regfmenes que han regulado Ia CTS. Ademas se debera considerar los beneficios laborales estipulados en Ia segunda demanda econ6mica del pacta colectivo con vigencia al afio 2014 aprobado con Resolucion de Alcaldfa W 410-2013-A-MPC para el caso del calcJ.Jio de CTS.

Corresponde tambien el pago de Vacaciones Truncas que son determinadas por dozavas partes en conformidad a lo estipulado en el articulo 104• del Decreta Supremo W 005-90-PCM. Es elaborada de acuerdo a Ia informacion generada y administrada en su file personal por el Grupo Funcional o area de Registro y escalaf6n y de control de personal.

Vacaciones No Gozadas: Son aquellas que corresponden cuando el trabajador cumplio con su record vacacional normado par Ia ley y no hizo uso del descanso vacacional. Se elabora de acuerdo a Ia informacion generada y administrada en su file personal por el Grupo Funcional o area de Registro y escalafon y de control de personal.

Unidad de Remuneraciones I Equipo funcional de Beneficios y Liquidaciones Paglna 7111

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7.5 De los conceptos del calculo de Ia liquidaci6n de beneficios sociales sujetos del Regimen Especial de Contrataci6n Administrativa Regimen 1057 - CAS, conceptos que deberan ser declarados en el PDT-PLAME.

Con respecto al calculo de los beneficios laborales adquiridos a los trabajadores del regimen CAS solo les asistira el pago par Vacaciones truncas y de corresponder el pago par Vacaciones no gozadas, a raz6n de tantos dozavos como treintavos haya laborado efectivamente, esto en conformidad al articulo 8.6 del decreta supremo 075-2008-PCM Reglamento del decreta legislativo W 1057 que regula el regimen especial de contrataci6n Administrativa de Servicios par Decreta Supremo W 065-2011-PCM y Ley 29849.

7.6 De los Descuentos y aportaciones efectuadas en las liquidaciones de beneficios sociales:

a) Sistema Privado de Pensiones (SPP): Calculo efectuado segun porcentaje de tabla proporcionada y remitida mensualmente par Ia Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) correspondiente, y actualizada por el Grupo Funcional de Remuneraciones.

b) Sistema Nacional de Pensiones (SNP): Calculo efectuado segun porcentaje del manto imponible de acuerdo a ley.

c) Retenci6n del lmpuesto a Ia Renta de Cuarta y Quinta Categorla: Cc~lculo efectuado sabre el monto imponible afecto allmpuesto a Ia Renta. En el caso de retenciones efectuadas en exceso que resulten de Ia liquidaci6n correspondiente al mes en que opere Ia terminaci6n del contrato de trabajo o cese ·del vinculo !aboral, antes del cierre del ejercicio, se debera devolver al trabajador el exceso retenido .

d) Descuentos por dfas no laborados: Descuento de los dias pagados en exceso desde Ia fecha del cese, ocurrido por aviso extemporaneo del cese del trabajador. El referido descuento debe ser revertido al Tesoro Publico.

e) Retenci6n del aporte previsional en las vacaciones no gozadas y/o truncas: Retenci6n que se realiza al importe final en Ia liquidaci6n de beneficios sociales par concepto de vacaciones no gozadas y/o truncas el cual debera ser declarado en el AFFnet asi como en el PDT-PLAME.

f) Descuento Judicial: Su aplicaci6n se efectua de acuerdo a los mandatos judiciales.

d) Descuento por creditos voluntaries a favor de terceros: Su aplicaci6n se efectuara de acuerdo a las directivas correspondientes que Ia Entidad crea conveniente aplicar, sin trasgredir cualquier dispositivo normative en materia de beneficios sociales derechos laborales constitucionalmente establecidos.

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PROCEDIMIENTOS PARA EFECTUAR LA LIQUIDACION DE BENEFICIOS SOCIALES

La CTS no esta afecta a ningun tipo de impuestos, y en cuanto a las retenciones de este beneficia solo se realizara en dos supuestos: A) que el trabajador haya sido despedido por una falta grave que hubiera ocasionado perjuicio economico a Ia Entidad, monto este que permanecera retenido por Ia MPC a las resultas de Ia accion judicial de danos y perjuicios que el empleador debe iniciar contra el trabajador, par lo que para que opere esta posibilidad, se exige que Ia accion de dafios y perjuicios sea interpuesta por Ia Municipalidad dentro de los 30 dfas naturales de producido el cese ante el juzgado de trabajo correspondiente, y que el inicio de esta sea acreditado ante el depositario de Ia CTS; B) Retenciones por deuda, en el caso que el trabajador adeude cantidades dinerarias a Ia Entidad al momenta del cese; C) Retencion por alimentos, cuando exista Resoluci6n de retenci6n par alimentos en contra del trabajador emitido por un juzgado de familia, hay que tener en cuenta que los depositos de Ia compensacion por tiempo de servicios, incluidos sus intereses, son intangibles e inembargables salvo por alimentos y hasta el 50%.

7.7 De Ia prev1s1on de recursos presupuestales para el pago de Compensaci6n por Tiempo de Servicios y otros Beneficios Sociales.

La Unidad de Remuneraciones a traves de sus Responsables o Grupos Funcionales elaboran Ia informacion para Ia formulacion del presupuesto anual de Ia instituci6n, con el fin de atender las liquidaciones de Compensaci6n por Tiempo de Servicios y otros derechos laborales; asf como los requerimientos presupuestarios a ser incluidos en los respectivos calendarios de compromises mensuales y/o anuales para atender dichas obligaciones.

La referida informacion debe ser refrendada por el Jefe de Ia Unidad de..Remuneraciones y por el Director de Ia Oficina de Recursos Humanos y remitida por este ultimo a Ia Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Ia que debe incorporarse en el proyecto de presupuesto.

7.8 Del proceso de pago de Ia liquidaci6n de beneficios sociales.

7.8.1 La Unidad de Presupuesto recibe el expediente de liquidaciones de beneficios sociales, debidamente visada y firmada tanto en Ia Resoluci6n de reconocimiento como en Ia planilla, quienes tend ran que realizar un control previo antes de Ia certificaci6n y posteriormente derivar a Ia Unidad de Contabilidad para Ia fase de devengado, luego de lo cual es remitida a Ia Unidad de Tesoreria para su posterior Giro y conciliaciones donde se elabora el comprobante de pago y se emiten los cheques respectivos, retornando toda Ia documentaci6n al jefe de Tesoreria y Contabilidad y a Ia Oficina de Administraci6n para las autorizaciones, visados y firmas correspondientes, de conformidad con los procedimientos establecidos de cada Unidad organica, para luego su remision final al responsable de Caja o el emisor de cheques que se encargara de realizar el pago respective.

7.8.2 El conserje, notificador o secretaria de Ia Unidad de Remuneraciones comunica o notifica al trabajador cesado Ia Resolucion de reconocimiento de Ia liquidaci6n de beneficios sociales y a Ia vez orienta sobre el tramite y Ia ruta a seguir para el cobro respective.

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PROCEDIMIENTOS PARA EFECTUAR LA LIQUIDACION DE BENEFICIOS SOCIALES

7.8.3 En caso de no haberse realizado Ia notificacion correspondiente, el personal cesado debe acercarse a Ia Unidad de Remuneraciones ya sea en secretaria o con los notificadores autorizados para recabar Ia Resolucion de liquidacion.

7.8.4 El personal responsable de Ia entrega del cheque correspondiente, solicita Ia exhibicion de Ia Resolucion de liquidacion al personal cesado como conformidad de Ia documentacion, procediendo posteriormente a Ia entrega del cheque.

7.9 Del archivo de las liquidaciones ejecutadas y pagadas y Ia documentaci6n de sustento.

El Grupo Funcional de Beneficios y Liquidaciones debe archivar y custodiar un original del expediente de liquidaciones, donde Ia secretaria de Ia Unidad de Remuneraciones y los notificadores autorizados deberan bajo responsabilidad administrativa debe entregar Ia Resolucion de reconocimiento de beneficios sociales debidamente firmadas y/o notificada con las esquelas correspondientes.

8.- DISPOSICI6N FINAL

Las revisiones de las propuestas de liquidaciones de intereses laborales y calculos de beneficios sociales que realizan los peritos contables del poder judicial que son remitidas a Ia Oficina de Procuraduria Publica Municipal para su analisis, son consideradas de acuerdo a Ia Resoluci6n Administrativa W 026-2004-CE-PJ fuentes fehacientes de ejecucion con caracter de cosa juzgada, ya que son realizadas en el sistema de INTERLEG, por lo que no es necesario remitir a Ia Unidad de Remuneraciones para su validacion tecnica, legal o juridica de corresponder lo cual genera carga y prolongacion en los expedientes de liquidaciones de beneficios sociales que son atendidos por via administrativa.

La Unidad de remuneraciones a traves del equipo funcional de beneficios y liquidaciones podra de manera excepcional yen conformidad con Ia Ordenanza Municipal W 503-CMPC de fecha 13 de julio del 2015 Ia cual modifica Ia Ordenanza Municipal W 499-CMPC, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de Ia MPC en su Articulo 96• revisar y emitir segun corresponda una opinion de los beneficios sociales demandados por los recurrentes antes que estes sean evaluados por un perito contable o ingresados al sistema del INTERLEG, vale decir a nivel de solicitud o primera instancia (inicio de calculo) presentada a Ia Oficina de Procuraduria Publica Municipal; esto como una adicion unica y exclusiva de las funciones de Ia Unidad de Remuneraciones, ya que no se encuentra en ninguno de sus extremes reglamentada oficialmente dichas funciones ya sea en el ROF, manual de operaciones o Manual de Perfil de Puestos (aun no implementada), no generando por tanto ningun tipo de responsabilidad administrativa o civil segun corresponda por las opiniones consideradas. Considerar que Ia Procuraduria Publica Municipal cuenta con abogados defensores especialista en todas las materias, segun el CAP Y PAP de Ia Entidad.

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iN DICE

1. FINALIDAD ....... .. .................................... ... .................. .... ..... .... ....... ... ... ... .... ............ ................. l 2. OBJETIV0 .................................................................................................................................. 1 3. ALCANCE ................................................................................................................................... l 4.-BASE LEGAL. .......................... ................................................... ..................... ... ....................................... ... . l 5. MODIFICACIONES Y ACTUALIZACIONE$ ............. ........................... ...... ..... ................ ................... 2 6. DISPOSICIONES GENERALE$ ....................................................................................................... 2

6.1 De Ia informacion necesaria para Ia elaboracion de las planillas de liquidaciones de Beneficios sociales ...................................................................................................................... 2 6.2 De Ia celeridad, idoneidad y oportunidad en el procesamiento de Ia informacion ...... ........... 3

7. DISPOSICIONES ESPECfFICA$ ........................................................................................... ........... 3 7.1 De los plazos maximos de recepcion de informacion para procesar el calculo de beneficios sociales ....................................................................................................................................... 3 7.2 Del proceso de elaboraci6n de Ia liquidaci6n de beneficios sociales de los trabajadores ........ 4 7.3 De los conceptos del calculo de Ia liquidaci6n de beneficios sociales sujetos al Regimen Laboral Privado (Resumen de Liquidaci6n) ................................................................................. .5 7.4 De los conceptos del calculo de Ia liquidaci6n de beneficios sociales sujetos al Regimen La bora I Publico (servidor publico y obrero municipal) ................................................................ 6 7.5 De los conceptos del calculo de Ia liquidaci6n de beneficios sociales sujetos del Regimen Especial de Contrataci6n Administrativa -Regimen 1057- CA$ ........................................................ 7 7.6 De los Descuentos y aportaciones efectuadas en las liquidaciones de beneficios sociales ...... 7 7.7De Ia prevision de recursos presupuestales para el pago de Compensacion por Tiempo de Servicios y otros Beneficios Sociales ......................................................................................................... 8 7.8 Del proceso de pago de Ia liquidacion de beneficios sociales ........................................................ 9 7.9 Del archivo de las liquidaciones ejecutadas y pagadas y Ia documentacion~de sustento .......... 9 8. DISPOSICION FINAL. .............................................................................................................. lO

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