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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA ESPERANZA Establecimientos que por la actividad que desarrollan pueden generar ries.go para la vida humana, patrimonio o entorno. Para el otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento de estos establecimientos los solicitantes deberán presentar como requisito prel'io el Certificado de Seguridad en Defensa Civil de Detalle o Muttidiscíplinuriu emitido por el INDECI. PROCEDIMIENTOS PARA OBTENER LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO (Ordenanza Municipal N° 024-2009-MDE) ESTABLECIMIENTO CATEGORÍA "A": Establecimientos con área hasta 100 m' l. El Orientador de la Dirección de Desarrollo Económico Local, brinda orientación y asesoría al administrado sobre el trámite de la Licencia de Funcionamiento: costo, duración, requisitos, formatos, inspecciones, entre otros. Principalmente, si el giro del establecimiento es conforme con la zonificación y compatible con el uso del suelo (zonificación y compatibilidad de uso). 2. El Orientador de la Dirección de Desarrollo Económico Local, hace entrega de formatos y orienta en su llenado; en todo caso, el mismo Orientador llena los Formularios Solicitud-Declaración Jurada y Declaración Jurada de Observancia de Condiciones de Seguridad; verifica que los requisitos estén completos y correctos. 3. La Unidad de Tesorería (Caja) recibe el pago por Derecho de Trámite y entrega el comprobante de pago al administrado, una copia del Recibo de pago se adjunta al Expediente. 4. Mesa de Partes Central de la Municipalidad Distrital de La Esperanza, recibe la solicitud, registra y deriva con sus actuados a la Dirección de Desarrollo Económico Local. 5. La Secretaria de la Dirección de Desarrollo Económico Local, recepciona el expediente, lo registra y deriva a la División de Promoción de la Inversión, Turismo y Transporte (Área de Licencias). 6. El encargado del área de Licencias en la División de Promoción de la Inversión, Turismo y Transporte evalúa la solicitud y elabora el informe de conformidad del establecimiento con relación a la zonificación y compatibilidad de uso, y dispone la elaboración del Certificado de Licencia de Funcionamiento. Luego deriva a la Dirección de Desarrollo Económico Local para firma y aprobación del Certificado. 7. El Director de Desarrollo Económico Local. Firma el Certificado de Licencia de Funcionamiento y dispone su registro; luego deriva el expediente con el Certificado de Licencia a la División de Promoción de la Inversión, Turismo y Transporte, para hacer entrega del Certificado al administrado, a través del Notificador. 8. El Notificador de la Dirección, hace entrega del Certificado de Licencia de Funcionamiento; en señal de conformidad, el administrado firma los cuadernos de registro. El Notificador adjunta cargo al expediente y devuelve expediente al área de Licencias de la División de Promoción de la Inversión, Turismo y Transporte. 9. Posteriormente, el encargado del área de Licencias en la División de Promoción de la Inversión, Turismo y Transporte deriva el expediente administrativo a la División de Defensa Civil de la Municipalidad, para la realización de la Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil Básica. 10. El Jefe de la División de Defensa Civil programa y realiza la Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil Básica, dejando un acta con el administrado como constancia de la inspección. 11. El Jefe de la División de Defensa Civil elabora el informe de la Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil Básica. 12. En caso de conformidad, elabora y suscribe Resolución y el Certificado de Seguridad en Defensa Civil y hace entrega de resultados al administrado y continua con numeral 14, caso contrario continúa con el numeral 13. 13. El Jefe de la División de Defensa Civil, envía al administrado dentro de los siete (7) días de realizada la Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil Básica, el Informe de la Inspección, en el que consta las observaciones sobre el incumplimiento de las condiciones de seguridad y el plazo para su subsanación el cual no podrá exceder los doce (12) días. Así mismo se le otorga al administrado un plazo máximo de dos días hábiles para que solicite ante la División de Defensa Civil la programación de la Diligencia de Levantamiento de Observaciones, previo pago de la tasa correspondiente. En caso de que el administrado no solicite el levantamiento de observaciones, el Jefe de Defensa Civil emitirá la Resolución de no aprobado, notificará y hará entrega de resultados al administrado, continúa con numeral 14 y 4

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA ESPERANZA

• Establecimientos que por la actividad que desarrollan pueden generar ries.go para la vida humana,patrimonio o entorno.

Para el otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento de estos establecimientos los solicitantes deberán presentar como requisitoprel'io el Certificado de Seguridad en Defensa Civil de Detalle o Muttidiscíplinuriu emitido por el INDECI.

PROCEDIMIENTOS PARA OBTENER LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO(Ordenanza Municipal N° 024-2009-MDE)

ESTABLECIMIENTO CATEGORÍA "A": Establecimientos con área hasta 100 m'

l. El Orientador de la Dirección de Desarrollo Económico Local, brinda orientación y asesoría al administrado sobre eltrámite de la Licencia de Funcionamiento: costo, duración, requisitos, formatos, inspecciones, entre otros.Principalmente, si el giro del establecimiento es conforme con la zonificación y compatible con el uso del suelo(zonificación y compatibilidad de uso).

2. El Orientador de la Dirección de Desarrollo Económico Local, hace entrega de formatos y orienta en su llenado; en todocaso, el mismo Orientador llena los Formularios Solicitud-Declaración Jurada y Declaración Jurada de Observancia deCondiciones de Seguridad; verifica que los requisitos estén completos y correctos.

3. La Unidad de Tesorería (Caja) recibe el pago por Derecho de Trámite y entrega el comprobante de pago al administrado,una copia del Recibo de pago se adjunta al Expediente.

4. Mesa de Partes Central de la Municipalidad Distrital de La Esperanza, recibe la solicitud, registra y deriva con susactuados a la Dirección de Desarrollo Económico Local.

5. La Secretaria de la Dirección de Desarrollo Económico Local, recepciona el expediente, lo registra y deriva a la Divisiónde Promoción de la Inversión, Turismo y Transporte (Área de Licencias).

6. El encargado del área de Licencias en la División de Promoción de la Inversión, Turismo y Transporte evalúa lasolicitud y elabora el informe de conformidad del establecimiento con relación a la zonificación y compatibilidad de uso,y dispone la elaboración del Certificado de Licencia de Funcionamiento. Luego deriva a la Dirección de DesarrolloEconómico Local para firma y aprobación del Certificado.

7. El Director de Desarrollo Económico Local. Firma el Certificado de Licencia de Funcionamiento y dispone su registro;luego deriva el expediente con el Certificado de Licencia a la División de Promoción de la Inversión, Turismo yTransporte, para hacer entrega del Certificado al administrado, a través del Notificador.

8. El Notificador de la Dirección, hace entrega del Certificado de Licencia de Funcionamiento; en señal de conformidad, eladministrado firma los cuadernos de registro. El Notificador adjunta cargo al expediente y devuelve expediente al áreade Licencias de la División de Promoción de la Inversión, Turismo y Transporte.

9. Posteriormente, el encargado del área de Licencias en la División de Promoción de la Inversión, Turismo y Transportederiva el expediente administrativo a la División de Defensa Civil de la Municipalidad, para la realización de laInspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil Básica.

10. El Jefe de la División de Defensa Civil programa y realiza la Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil Básica,dejando un acta con el administrado como constancia de la inspección.

11. El Jefe de la División de Defensa Civil elabora el informe de la Inspección Técnica de Seguridad en Defensa CivilBásica.

12. En caso de conformidad, elabora y suscribe Resolución y el Certificado de Seguridad en Defensa Civil y hace entregade resultados al administrado y continua con numeral 14, caso contrario continúa con el numeral 13.

13. El Jefe de la División de Defensa Civil, envía al administrado dentro de los siete (7) días de realizada la InspecciónTécnica de Seguridad en Defensa Civil Básica, el Informe de la Inspección, en el que consta las observaciones sobre elincumplimiento de las condiciones de seguridad y el plazo para su subsanación el cual no podrá exceder los doce (12)días. Así mismo se le otorga al administrado un plazo máximo de dos días hábiles para que solicite ante la División deDefensa Civil la programación de la Diligencia de Levantamiento de Observaciones, previo pago de la tasacorrespondiente. En caso de que el administrado no solicite el levantamiento de observaciones, el Jefe de Defensa Civilemitirá la Resolución de no aprobado, notificará y hará entrega de resultados al administrado, continúa con numeral 14 y

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA ESPERANZA

15 Caso contrario continua con el numeral ll y 12 elabora y suscribe Resolución y Certificado de Inspección, entregaresultados al administrado y continua con el numeral 14.

14. El Jefe de Defensa Civil anexará una copia de la Resolución al expediente, y hará devolución del mismo a la Direcciónde Desarrollo Económico Local.

15. El Director de la Dirección de Desarrollo Económico Local elaborará la Resolución de anulación de la Licencia deFuncionamiento y notificará al administrado. Elabora los informes respectivos a la Policía Municipal para las accionesdel caso.

PROCEDIMIENTOS PARA OBTENER LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO(Ordenanza Municipal N° 024-2009-MDE)

ESTABLECIMIENTO CATEGORÍA "B": Establecimientos con área desde 101 m? hasta 500 m'.

1. El orientador de la Dirección de Desarrollo Económico Local, brinda orientación y asesoría al administrado sobre el trámite de laLicencia de Funcionamiento: costo, duración, requisitos, formatos, inspecciones, entre otros. Principalmente, si el giro delestablecimiento es conforme con la zonificación y compatible con el uso del suelo (zonificación y compatibilidad de uso).

2. El orientador de la Dirección de Desarrollo Económico Local, hace entrega de formatos y orienta en su llenado; en todo caso, elmismo Orientador llena el Formulario de Solicitud-Declaración Jurada; verifica que los requisitos estén completos y correctos.

3. La Unidad de Tesorería (Caja) recibe el pago por Derecho de Trámite y entrega el comprobante de pago al administrado, una copiadel Recibo de pago se adjunta al Expediente.

4. Mesa de Partes Central de la Municipalidad Distrital de La Esperanza, recibe la solicitud, registra y deriva con sus actuados a laDirección de Desarrollo Económico Local.

5. La Secretaria de la Dirección de Desarrollo Económico Local, recepciona el expediente, lo registra y deriva a la División dePromoción de la Inversión, Turismo y Transporte (Área de Licencias).

6. El encargado del área de Licencias en la División de Promoción de la Inversión, Turismo y Transporte evalúa la solicitud y elabora elinforme de conformidad del establecimiento con relación a la zonificación y compatibilidad de uso, y deriva a la División de DefensaCivil.

7. El Jefe de la División de Defensa Civil programa y realiza la Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil Básica, dejando unacta con el administrado como constancia de la inspección.

8. El Jefe de Defensa Civil elabora el Informe de la Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil Básica. En caso de conformidadelabora y suscribe Resolución y el Certificado de Seguridad en Defensa Civil y deriva expediente a la División de Promoción de laInversión, Turismo y Transporte (Área de Licencias); luego se continúa con la acción del numeral 9, 10, 11 Y 12, caso contrariocontinúa con el numeral 13.

9. La secretaria de la División de Promoción de la Inversión, Turismo y Transporte, recepciona el expediente, lo registra y distribuye alárea de Licencias de la División de Promoción de la Inversión, Turismo y Transporte.

10. El encargado del área de Licencias en la División de Promoción de la Inversión, Turismo y Transporte evalúa el Informe de laInspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil Básica, y dispone la elaboración del Certificado de Licencia de Funcionamiento.Luego deriva a la Dirección de Desarrollo Económico Local para firma y aprobación del Certificado.

11. El Director de Desarrollo Económico Local. Firma el Certificado de Licencia de Funcionamiento y dispone su registro; luego deriva elexpediente con el Certificado de Licencia a la División de Promoción de la Inversión, Turismo y Transporte, para hacer entrega delCertificado al administrado, a través del Notificador.

12. El Notificador de la Dirección, hace entrega del Certificado de Licencia de Funcionamiento; en señal de conformidad, el administradofirma los cuadernos de registro. El Notificador adjunta cargo al expediente y devuelve expediente al área de Licencias de la Divisiónde Promoción de la Inversión, Turismo y Transporte.

13. El Jefe de Defensa Civil, envía al administrado dentro de los siete (7) días de realizada la Inspección Técnica de Seguridad enDefensa Civil Básica, el Informe de la Inspección, en el que consta las observaciones sobre el incumplimiento de las condiciones deseguridad y el plazo para su subsanación el cual no podrá exceder los doce (12) días. Así mismo se le otorga al administrado unplazo máximo de dos días hábiles para que solicite ante la División de Defensa Civil la programación de la Diligencia deLevantamiento de Observaciones, previo pago de la tasa correspondiente. En caso de que el administrado no solicite ellevantamiento de observaciones, el Jefe de Defensa Civil emitirá la Resolución de no aprobado, notificará y hará entrega de

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA ESPERANZA

resultados al administrado, continúa con numeral 14, 15 Y 16; caso contrario elabora y suscribe Resolución y Certificado deInspección, entrega resultados al administrado y continua con el numeral 9, 10, 11 Y 12.

14. El Jefe de Defensa Civil anexará una copia de la notificación y Resolución al expediente, y hará devolución del mismo a la Direcciónde Desarrollo Económico Local.

15. El Director de Desarrollo Económico Local, elaborará Resolución de improcedente y notificará al administrado.

16. El Director de Desarrollo Económico Local elabora los informes respectivos a la Policía Municipal para la verificación de la noapertura del establecimiento.

PROCEDIMIENTOS PARA OBTENER LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO(Ordenanza Municipal N° 024-2009-MDE)

ESTABLECIMIENTO CATEGORÍA "C": Establecimientos con área mayor a 500 m'.

1. El Orientador de la Dirección de Desarrollo Económico Local, brinda orientación y asesoría al administrado sobre el trámite de laLicencia de Funcionamiento: costo, duración, requisitos, formatos, inspecciones, entre otros. Principalmente, si el giro delestablecimiento es conforme con la zonificación y compatible con el uso del suelo (zonificación y compatibilidad de uso).

2. El Orientador de la Dirección de Desarrollo Económico Local, hace entrega de formatos y orienta en su llenado; en todo caso, elmismo Orientador llena los Formularios Solicitud-Declaración Jurada; verifica que los requisitos estén completos y correctos,principalmente que se adjunte el Certificado de Seguridad en Defensa Civil de Detalle o Multidisciplinaria emitido por INDECI.

3. La Unidad de Tesorería (Caja) recibe el pago por Derecho de Trámite y entrega el comprobante de pago al administrado, una copiadel Recibo de pago se adjunta al Expediente.

4. Mesa de Partes Central de la Municipalidad Distrital de La Esperanza, recibe la solicitud, registra y deriva con sus actuados a laDirección de Desarrollo Económico Local.

5. La Secretaria de la Dirección de Desarrollo Económico Local, recepciona el expediente, lo registra y deriva a la División dePromoción de la Inversión, Turismo y Transporte (Área de Licencias).

6. El encargado del área de Licencias en la División de Promoción de la Inversión, Turismo y Transporte evalúa la solicitud y elabora elinforme de conformidad del establecimiento con relación a la zonificación y compatibilidad de uso, y dispone la elaboración delCertificado de Licencia de Funcionamiento. Luego deriva a la Dirección de Desarrollo Económico Local para firma y aprobación delCertificado.

7. El Director de Desarrollo Económico Local firma el Certificado de Licencia de Funcionamiento y dispone su registro; luego deriva elexpediente con el Certificado de Licencia a la División de Promoción de la Inversión, Turismo y Transporte, para hacer entrega delCertificado al administrado, a través del Notificador.

8. El Notificador de la Dirección, hace entrega del Certificado de Licencia de Funcionamiento; en señal de conformidad, el administradofirma los cuadernos de registro. El Notificador adjunta cargo al expediente y devuelve expediente al área de Licencias de la Divisiónde Promoción de la Inversión, Turismo y Transporte.

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA ESPERANZA

PROCEDIMIENTOS PARA OBTENER LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO(Ordenanza Municipal N° 024-2009-MDE)

PROCEDIMIENTO PARA DUPLICADO DE LA LICENCIA DE FUNCIO AMIENTO:El titular de la actividad, podrá solicitar a la Municipalidad en el caso de pérdida, deterioro o robo, un duplicado de su Certificado deLicencia de funcionamiento (Artículo 36° de la Ordenanza Municipal W 024-2009-MDE)

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO:1. El orientador de la Dirección de Desarrollo Económico Local, brinda orientación y asesoria al administrado sobre el trámite para

duplicado de la Licencia de Funcionamiento: costo y requisitos. Verifica en su base de datos que la Municipalidad cuenta en susarchivos con dicha Licencia de Funcionamiento. De no contar con dicha información, el Orientador explicará los motivos aladministrado y sugerirá al administrado iniciar nuevamente el procedimiento de Licencia de Funcionamiento.

2. El orientador, verifica que los requisitos estén completos y correctos, principalmente que se adjunte el Certificado original (pordeterioro) o de ser el caso, la Denuncia policial de Pérdida o robo del Certificado.

3. La Unidad de Tesorería (Caja) recibe el pago por Derecho de Trámite y entrega el comprobante de pago al administrado, una copiadel Recibo de pago se adjunta al Expediente.

4. Mesa de Partes Central de la Municipalidad Distrital de La Esperanza, recibe la solicitud, registra y deriva con sus actuados a laDirección de Desarrollo Económico Local.

9. La Secretaria de la Dirección de Desarrollo Económico Local, recepciona el expediente, lo registra y deriva a la División dePromoción de la Inversión, Turismo y Transporte (Área de Licencias).

10. El encargado del área de Licencias en la División de Promoción de la Inversión, Turismo y Transporte evalúa la solicitud y dispone laelaboración del Duplicado del Certificado de Licencia de Funcionamiento. Luego deriva a la Dirección de Desarrollo EconómicoLocal para firma y aprobación del Certificado.

11. El Director de Desarrollo Económico Local firma el Certificado de Licencia de Funcionamiento y dispone su registro; luego deriva elexpediente con el Certificado de Licencia a la División de Promoción de la Inversión, Turismo y Transporte, para hacer entrega delCertificado al administrado, a través del Notificador.

12. El Notificador de la Dirección, hace entrega del Certificado de Licencia de Funcionamiento; en señal de conformidad, el administradofirma los cuadernos de registro. El Notificador adjunta cargo al expediente y devuelve expediente al área de Licencias de la Divisiónde Promoción de la Inversión, Turismo y Transporte.

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