municipalidad distrital de pueblo nuevo · 2017. 1. 24. · municipalroad distrital de pueblo nuevo...

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO VISTO: El Expediente N°OOI 160. de fecha 09 Marzo 201.5. el Informe N°016-2015-MDPN-TYT. emitido por el .lefe del área de Transporte de la Municipalidad Dislriial de Pueblo Nuevo y el Informe O.! 1-2015- MDPN/AJ-LFP, emitido por el Asesor Jurídico de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, y, CONSIDERANDO: Que. de conformidad con lo establecido por el artículo 194'' de la Constitución Política del Estado, modificado por el artículo único de la Le\" 28607. en concordancia con el artículo 11 del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N" 27972. las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de Gobiernos Local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Mediante Solicitud, presentada por el Presidente Erick Paul Crisanto Carmen, solicita el Reconocimiento juramentación de Asociación de moto taxis "Las Marías" y de la Junta Directiva, a la mencionada solicitud se adjunta copia de la Anotación de Insci'ipción en Registros Públicos de la inscripción de dicha Asociación, de fecha 08 Abril 201."i. que contiene la Constitución de la Asociación, denominación, domicilio, estatutos, y otros elementos constitutivos de la Asociación; así como designación de los miembros del Consejo Directivo. Mediante Informe 031-2015-MDPN'AJ-LFP. emitido por el Asesor Jurídico de la MLinicipalidad Distrital de Pueblo NLICVO. señala que es de opinión que se establezca un paradero provisional en tanto, se establezca un paradero definitivo en esta ciudad, de acuerdo a normas técnicas emitidas por el Ministerio de Transportes; asi mismo, precisa los argumentos Jin-idicos que Justifican la emisión de una Resolución de Alcaldía. Que. el Artículo 80° del Código Civil, señala que la asociación es una organización estable de personas naturales o Jurídicas, o de ambas, que a través de una actividad común persigue un tni no Que. el Artículo 81°, del Código Civil, establece que el estatuto de la Asociación debe constar por escritura pública, salvo disposición distinta de la ley. Que. el Artículo 82°. inciso 1 al 7. del Código Civil, señala qiie el estatuto de la asociación debe expresar: La denominación, duración y domicilio; los fines: los bienes que integran el patrimonio social: la constitución y funcionamiento de la asamblea general de asociados, consejo directivo y demás órganos de la asociación; las condiciones para la admisión, renuncia y exclusión de sus miembros: los derechos y deberes de los asociados: los requisitos para su modificación; las normas para layisolución y liquidación de la asociación \s relativas al destino final de sus bienes: los demás pactos \s que se establezcan. Mediante Informe N°016-201 5-MDPN-TYT, de fecha 18 Marzo 2015, emitido por el Jefe del área de transportes, hace de conocimiento que se puede otorgar el permiso y autorización a la asociación de RESOLUCION DE ALCALDIA N" 105-20IS-fVlDPN Pueblo Nuevo. 20 Marzo 2015. lucrativo. m Calle Arco 301 Telf.: 044 - 574040 E-mail: [email protected]

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Page 1: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO · 2017. 1. 24. · MUNICIPALroAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO ¡s "Las Marías", para que tome como paradero el ái'ea ubicada en la primera

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO

VISTO: El Expediente N°OOI 160. de fecha 09 Marzo 201.5. el Informe N ° 0 1 6 - 2 0 1 5 - M D P N - T Y T . emitido por el

.lefe del á rea de Transporte de la Municipalidad Dislr i ia l de Pueblo Nuevo y el Informe N° O.! 1-2015-

MDPN/AJ-LFP , emit ido por el Asesor Jur íd ico de la Municipal idad Distrital de Pueblo Nuevo, y,

C O N S I D E R A N D O :

Que. de conformidad con lo establecido por el ar t ículo 194'' de la Cons t i tuc ión Polí t ica del Estado,

modificado por el ar t ículo único de la Le\" 28607. en concordancia con el ar t ículo 11 del Tí tu lo

Preliminar de la Ley O r g á n i c a de Municipalidades N " 27972. las Municipalidades Provinciales y Distritales

son los ó rganos de Gobiernos Local, tienen au tonomía polít ica, e c o n ó m i c a y administrativa en los asuntos

de su competencia.

Mediante Solici tud, presentada por el Presidente Erick Paul Crisanto Carmen, solicita el

Reconocimiento j u r a m e n t a c i ó n de Asoc iac ión de moto taxis "Las M a r í a s " y de la Junta Directiva, a la

mencionada solicitud se adjunta copia de la Anotac ión de Insci ' ipción en Registros Públ icos de la

inscr ipción de dicha Asoc iac ión , de fecha 08 A b r i l 201."i. que contiene la Cons t i tuc ión de la Asoc iac ión ,

denominac ión , domic i l io , estatutos, y otros elementos constitutivos de la Asoc i ac ión ; así como des ignac ión

de los miembros del Consejo Directivo.

Mediante Informe 031-2015-MDPN'AJ-LFP. emitido por el Asesor Jur íd ico de la

MLinicipalidad Distrital de Pueblo N L I C V O . señala que es de opin ión que se establezca un paradero

provisional en tanto, se establezca un paradero definit ivo en esta ciudad, de acuerdo a normas técnicas

emitidas por el Minis ter io de Transportes; asi mismo, precisa los argumentos Jin-idicos que Justifican la

emis ión de una Reso luc ión de Alca ld ía .

Que. el Ar t ícu lo 80° del C ó d i g o C i v i l , señala que la asociac ión es una organ izac ión estable de

personas naturales o Jur íd icas , o de ambas, que a t ravés de una actividad c o m ú n persigue un tni no

Que. el Ar t ícu lo 81° , del Cód igo C i v i l , establece que el estatuto de la Asoc iac ión debe constar por

escritura públ ica , salvo d i spos ic ión distinta de la ley.

Que. el Ar t í cu lo 82° . inciso 1 al 7. del C ó d i g o C i v i l , señala qiie el estatuto de la asociac ión debe

expresar: La d e n o m i n a c i ó n , durac ión y domic i l io ; los fines: los bienes que integran el patrimonio social: la

const i tuc ión y funcionamiento de la asamblea general de asociados, consejo directivo y d e m á s ó rganos de

la asoc iac ión; las condiciones para la admis ión , renuncia y exc lus ión de sus miembros: los derechos y

deberes de los asociados: los requisitos para su modi f icac ión; las normas para l a y i s o l u c i ó n y l iquidación de

la asociac ión \s relativas al destino final de sus bienes: los d e m á s pactos \s que se

establezcan.

Mediante Informe N ° 0 1 6 - 2 0 1 5 - M D P N - T Y T , de fecha 1 8 Marzo 2015, emitido por el Jefe del área

de transportes, hace de conocimiento que se puede otorgar el permiso y au tor izac ión a la asoc iac ión de

R E S O L U C I O N D E A L C A L D I A N" 105-20IS-fVlDPN

Pueblo Nuevo. 20 Marzo 2015.

lucrativo.

m

Calle Arco 301 Telf.: 044 - 574040 E-mail: [email protected]

Page 2: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO · 2017. 1. 24. · MUNICIPALroAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO ¡s "Las Marías", para que tome como paradero el ái'ea ubicada en la primera

MUNICIPALroAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO ¡s "Las Mar ía s" , para que tome como paradero el ái'ea ubicada en la primera cuadra de la Avenida

a. área aproximada de 8.0 metros de ancho \O metros de largo.

Que, el Ar t í cu lo 73° , numeral 2. 2.2 de la Ley Orgán ica de Municipalidades, Ley N ° 27972. señala

que los gobiernos locales asumen las competencias y funciones especí f icas en las materias como los

servicios públ icos locales: t ráns i to , c i rculación y transporte públ ico .

Que, el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tráns i to . D.S N° 016-2009-MTC, en

su Ar t ícu lo 18°, numeral 1 , inciso "a" y "b". señala que las competencias de las Municipalidades Distritales

en materia de transporte ( . . . ) son las que los reglamentos nacionales \s normas emitidas por la

Municipalidad Provincial respectiva les señalen y en particular, la regulac ión del transporte menor

(mototaxis \, así como la gest ión \n dentro de su Jur i sd icc ión , en concordancia con

las disposiciones que emita la municipalidad provincial respectiva y los reglamentos nacionales pertinentes.

Que, en LISO de las facultades conferidas en la Le\° 27972. Le\ Orgán i ca de Municipalidades.

E R E S U E Í . V E : ' í -

A R T Í C l L O 1 ° . - R E C O N O C E R a la Asoc iac ión de moto taxis "l,as IVIarías", ubicado en el Distrito de

Pueblo Nuevo. Provincia de C h e p é n . Región La Libertad, la misma que se encuentra debidamente inscrita

en la Oficina Registral de C h e p é n . en la partida N° l 1008693. del libro de Registro de Personas .Jurídicas,

ubro Asociaciones.

A R T I C U L O 2° . - R E C O N O C E R a la Junta Directiva de la Asoc iac ión de moto taxis " L a s Marías" ,

cuyos miembros son:

: E R I C K P A I L C R I S A N T O C A R M E N

: S I L B E R I O D E V B E T O C A S Q l I R O Z

: V A L E N T I N S A N T I A G O S A N C H E Z T E L L O

: I R W I N J O E L C A R M E N P A L A C I O S

: E L S A O L I N D A S L A R E Z E N C O

: A B E L A R D O A L A N R A L L R L I Z S I L N A

: D A V T S J A N Z I N T C A R M E N J I M E N E Z

Presidente

Vicepresidente

Secretario de Actas

Secretario de E c o n o m í a

Vocal

Vocal

Vocal

D.N.I N° 48615694

D.N.I N° 44330010

D.N.I N° 19332740

D.N.I N° 47865952

D.N.I N° 43248075

D.N.I N° 4.5696812

D.N.I N° 45550,503

A R T Í C U L O 3° . - R E C O N O C E R el paradero provisional de moto taxis "Las Mar ía s" , ubicado en la

primera cuadra de la Avenida Alameda. Distrito de Pueblo Nuevo. Provincia de C h e p é n . con una área

aproximada de 8.0 metros de ancho con 50 metros de largo, en tanto, se establezca un paradero definit ivo

en esta ciudad, de acuerdo a normas técnicas emitidas por el Ministerio de Transportes.

A R T Í C U L O 4° . - P O N G A S E de conocimiento a la parte interesada para los fines que crea conveniente. m.

Alciildia Gerencia Municipal Administración > Finanzas Asesoría Jurídica Archivo

R E G I S T R E S E , C O M U N I Q U E S E Y C U M P L A S E .

NUEVO

•AlCAn?ÉDISTRIT.AL

Calle Arco 301 Telf.: 044-574040 E-mail: [email protected]