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MUNICIPALIDAD DE GUASTATOYA
GOBIERNO MUNICIPAL 2016-2020
Lic. Jorge Antonio Orellana Pinto
BASES DE COTIZACION
MUNI GUASTATOYA No.004-2016
OBJETO
COMPRA DE SUMINISTROS DE TUBERIA Y ACCESORIOS DE
PVC PARA REPARACIONES DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y
SUMINISTROS DE FERRETERIA, PARA LA MUNICIPALIDAD DE
GUASTATOYA, EL PROGRESO.
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Lic. Jorge Antonio Orellana Pinto
Guastatoya, El Progreso, Marzo, 2016
BASES DE COTIZACION
1 INTRODUCCION:
La Municipalidad de Guastatoya, según el presupuesto municipal 2016, cuenta con
la disponibilidad presupuestaria para celebrar el presente evento de cotización
pública, referente a “COMPRA DE SUMINISTROS DE TUBERIA Y ACCESORIOS DE
PVC PARA REPARACIONES DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y SUMINISTROS DE
FERRETERIA, PARA LA MUNICIPALIDAD DE GUASTATOYA, EL PROGRESO.”, por
lo anterior, se elaboran las presentes bases de cotización, que tienen como
objetivo establecer los requerimientos, condiciones y procedimientos para
participar en el proceso de cotización. A las presentes bases de cotización se
adjuntan los requisitos para tener conocimiento de las especificaciones técnicas,
generales, con la información correspondiente de los insumos que se requiere.
Los oferentes que estén interesados en participar y obtener información podrán
obtenerla de forma gratuita, por medio del sistema de Guatecompras o en la sede
de las oficinas del Departamento de Compras de la Municipalidad de Guastatoya,
ubicada en el segundo nivel del edificio municipal a partir de la fecha de
publicación en horario de 8:00 a 12:00 y de 13:00 a las 16:00 horas de lunes a
viernes, en dos modalidades, que son de forma escrita o por medios electrónicos.
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2 DEFINICIÓN DE TERMINOS
Cuando en las bases y demás documentos contractuales se usan las abreviaturas y
definiciones que a continuación se enumeran, el significado de las mismas deberá
interpretarse de la manera siguiente.
2.1. MUNICIPALIDAD
Es el órgano responsable de velar por el uso adecuado del servicio de bus municipal.
2.2. AUTORIDAD MAXIMA SUPERIOR
Consejo Municipal
2.3. AUTORIDAD ADMINISTRATIVA SUPERIOR
Alcalde Municipal
2.4 SUPERVISOR
Persona nombrada por la AUTORIDAD SUPERIOR, responsable de vigilar que lo
establecido en el CONTRATO se cumpla a cabalidad.
2.5. COTIZACION
Es el procedimiento administrativo de convocatoria, para que los interesados
presenten sus ofertas las cuales serán calificadas de conformidad a los lineamientos
de las presentes bases.
2.5 PLAZO CONTRACTUAL
Para efectos del presente acto de cotización pública se entenderá por días
calendario.
2.6 CONTRATISTA
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Es la persona individual o jurídica, a quien se adjudique el objeto de la cotización y
con quien se suscribe contrato para la prestación del servicio.
2.8. PLAZO CONTRACTUAL
Período de que dispone el CONTRATISTA para la ejecución del OBJETO.
2.9. OFERENTE
Es la persona individual o jurídica que presenta oferta.
2.10. OFERTAS
Propuesta presentada por cada OFERENTE para ejecutar el OBJETO. Esta propuesta
debe incluir los aspectos técnicos, financieros y legales, de acuerdo con lo solicitado
en estos DOCUMENTOS.
2.11. CONTRATO
Documento suscrito entre el Representante Legal de la Municipalidad y el
contratista. Contiene las condiciones para la prestación del servicio y el monto del
la mismo. Forman parte del contrato y queda incorporado a él, la oferta
económica presentada por el contratista y las bases de cotización y toda la
documentación de soporte.
2.12. FORMULARIO DE COTIZACION
Anexo de estos DOCUMENTOS, que el OFERENTE utiliza para colocar la información
económica en su OFERTA.
2.13. FLUCTUACION DE PRECIOS
Artículo 3 reforma el artículo 7 el cual queda así: Artículo 7 FLUCTUACION DE
PRECIOS: Se entiende por fluctuación de precios el cambio en más (incremento) o
menos (decremento), que sufran los costos de los bienes, suministros, servicios y
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obras, sobre la base de los precios que figuran en la oferta de adjudicatarios e
incorporados al contrato los que se reconocerán por las partes y los aceptaran para
su pago o para su deducción. Tratándose de bienes importados, se tomará como
base, además, el diferencial cambiario que establezca el reglamento de la presente
Ley.
Salvo que en las condiciones de contratación se pacte un precio cerrado, cuando se
realice un ajuste por fluctuación de precios, las entidades sujetas a la presente ley
elaboraran un informe detallado que justifique dicho ajuste. Este informe se
publicará en GUATECOMPRAS y constituirá un anexo del contrato.
2.14. GUATECOMPRAS
Es el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones, en donde se
anuncian e informan todas las compras, ventas y contrataciones del Sector Público.
Su dirección en Internet es (www.guatecompras.gob.gt) y el Número de Operación
de GUATECOMPRAS (NOG) con el que este PROCESO. Artículo 4 Bis, Decreto 9-
2015 REFORMAS A LA LEY DE CONTRATACIONES.
2.15. VIGENCIA DEL CONTRATO
Período comprendido de la fecha de aprobación del contrato a la fecha de
aprobación de la liquidación del mismo.
2.16. AFIANZADORA
Institución autorizada por la Superintendencia de Bancos para otorgar fianzas que
garanticen el cumplimiento de las obligaciones adquiridas por el oferente. Las
fianzas serán las que se indiquen en las bases conforme la legislación guatemalteca.
2.17 JUNTA DE COTIZACION
Es el órgano competente nombrado por la autoridad superior administrativa, para
la recepción, calificación y adjudicación del negocio jurídico. Según el Artículo 10 Y
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11 del Decreto 9-2016 Reformas a la Ley de Contrataciones del Estado Decreto
57-92.
2.18 COMISION RECEPTORA Y LIQUIDADORA
Es el órgano competente nombrado por la autoridad superior administrativa, que
deberá proceder a la recepción y liquidación de los insumos, según el artículo 55 y
56 de Ley de Contrataciones del Estado Decreto 57-92.
2.19 ACTA DE RECEPCION FINAL
Documento suscrito por la Comisión Receptora como constancia de la revisión y
recepción final de la prestación del servicio que se contratará. Este documento será
parte integrante del proceso para la liquidación, de acuerdo con las cláusulas
contractuales. Artículo 55 Ley de Contrataciones decreto 57-92.
2.20 ACTA DE LIQUIDACION
Documento suscrito por la Comisión Liquidadora, con el objeto principal de otorgar
formal finiquito entre el contratista y el órgano responsable de la ejecución, sobre
el total cumplimiento de las cláusulas contractuales. Artículo 56 y 57 Ley de
Contrataciones Decreto 57-92.
3. CONDICIONES QUE DEBEN REUNIR LOS OFERENTES:
3.1 Cada persona individual o jurídica, nacional o extranjera, podrá presentar
una sola oferta. En ningún caso se permitirá la representación por una
misma persona, de más de un oferente. Quien actúe por sí no puede
participar representando a un tercero.
3.2 La persona que presente la oferta debe ser el Representante Legal de la
empresa, caso contrario deberá presentar acta notarial en la cual le
asignan representación.
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3.3 Capacidad Instalada comprobable y con experiencia demostrable.
3.4 Los oferentes deberán contar con un vendedor/supervisor calificado con
experiencia en el mantenimiento de generadores.
3.6 El oferente estará sujeto en todo a las Leyes de Guatemala.
3.7 No se tomarán en cuenta las ofertas que no se ajusten a las presentes bases
de cotización.
3.8 El oferente acepta desde el momento de presentar su oferta, todas las
condiciones de las presentes bases de cotización.
3.9 No se admitirán contra ofertas o condiciones que modifiquen o tergiversen
las bases de cotización.
3.10 Los oferentes debe señalar dirección, teléfono y nombre de la persona con la
que se debe hacer contacto para coordinar las entregas según lo necesite la
municipalidad.
3.11 La oferta deberá contener el certificado de calidad de cada uno de los
insumos.
4. LUGAR EN DONDE SE REQUIERE EL SERVICIO
Los insumos se requieren y deben ser entregados por el contratista en la
municipalidad de Guastatoya, según el requerimiento mensual que se haga.
Se establecerá un calendario de entrega.
5. PREPARACION Y RECEPCION DE OFERTAS:
Los oferentes que participen en la presente cotización deben seguir los
siguientes lineamientos.
5.1 Idioma de la oferta:
El contenido de la oferta deberá ser redactado en idioma español; en todo
caso, cualquier documento proporcionado por el oferente en otro idioma,
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deberá acompañar su traducción jurada al español, lo cual prevalecerá a los
efectos de interpretación de la oferta. Artículo 43 Constitución Política de
La República de Guatemala y 11 de la Ley del Organismo Judicial.
5.2 Documentos que integran la oferta:
Los documentos que integren la oferta deben entregarse en sobre cerrado y
en fólder con separadores ordenados de manera descendente que sea
visible el rótulo en la pestaña y de acuerdo al contenido de la plica descrita
en estas Bases de cotización, foliado.
5.3 Contenido de la plica:
La plica debe contener, como mínimo, los documentos siguientes:
1) Todas las hojas que forman la oferta, deberán estar firmadas por el
oferente. Si se trata de una persona jurídica, la oferta deberá firmarla el
representante legal de la misma.
2) La oferta deberá presentarse en el formulario de cotización oficial,
debidamente firmada, debiendo tomar en cuenta que deberá ser
expresado en moneda nacional, tanto en números como en letras,
especificando el precio unitario y el monto total, el monto será fijo e
invariable, el costo total de la oferta debe incluir el Impuesto al Valor
Agregado –IVA-.
3) Fotocopia legalizada del Testimonio de la Escritura Constitutiva de la
Sociedad, y cualquier modificación que hubiera, debidamente razonada
por el Registro General Mercantil de la República de Guatemala.
4) Fotocopia legalizada del documento que acredite la personería del
representante legal del oferente (fotocopia legalizada del acta
notarial de su nombramiento o del mandato, debidamente inscrito
en los registros correspondientes).
5) Fotocopia legalizada de la Patente de Comercio de la empresa. (Persona
individual).
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6) Fotocopia legalizada de Patente de Comercio de Sociedad, si fuera el
caso.
7) Declaración jurada en acta notarial, de conformidad con el artículo
19 numeral 10 de la Ley de Contrataciones. Decreto 57-92.
8) Declaración jurada en acta notarial, de acuerdo al artículo 80 de la
Ley de Contrataciones del Estado Decreto 57-92 y sus Reformas
Decreto 9-2015, debidamente firmada por el oferente o su
representante legal, que declaren bajo juramento no estar en
ninguna de las prohibiciones ahí descritas.
9) Declaración Jurada que haga constar que toda la información y
documentos anexos proporcionados por el oferente al Registro de
Proveedores adscrito al Ministerio de Finanzas Públicas esta actualizada y
es de fácil acceso.
10) Certificación que enumera e identifica a los accionistas, directivos o
socios que conforman la entidad según corresponda. En el caso de las
sociedades mercantiles, únicamente podrán participar las que emitan
acciones nominativas.
11) Certificación bancaria que acredite la titularidad de las cuentas y
operaciones bancarias que posee.
12) Declaración jurada sobre la inexistencia de conflicto de interés entre el
oferente y el Banco que acredite la titularidad de sus cuentas bancarias.
13) Fotocopia legalizada y actualizada de la inscripción en el Registro
Tributario Unificado, inscripción en el Régimen al Impuesto al Valor
Agregado IVA e Impuesto Sobre la Renta ISR.
14) Currículum de la persona jurídica o individual que presente su
oferta.
15) Fotocopia completa y legalizada del DPI, del propietario de la
empresa o representante legal. En el caso de los extranjeros, si
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este fuera el Representante legal, deberá adjuntar fotocopia
legalizada del pasaporte vigente.
16) Fotocopia legalizada de carné de número de identificación tributaria
(NIT), de la empresa o representante legal.
17) Fianza de sostenimiento de oferta del 1%.
18) Fotocopia Legalizada de su inscripción como Patrono ante Instituto
Guatemalteco de Seguridad Social IGSS, así como su último pago de la
planilla correspondiente.
19) Constancia de Inscripción y habilitación actual en el Sistema de
Guatecompras.
5.4 Lugar y fecha de la presentación de la oferta:
Las ofertas deben presentarse en la oficina del Departamento de Compras en los
horarios que establezca el sistema de GUATECOMPRAS. En los horarios
establecidos, el día de la publicación.
No se aceptarán ofertas presentadas por fax o enviadas por correo físico o
electrónico.
6. REQUISITOS
6.1 Fundamentales:
Son requisitos fundamentales la fianza de sostenimiento de oferta por el monto
indicado, patente de comercio y la inscripción en GUATECOMPRAS como
proveedor del Estado.
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6.2 Formales:
La Junta de cotización considerará como requisitos formales a calificar todos
los que se solicitan en la presente oferta y se describen a continuación:
a) Las ofertas de precios deberán referirse y sujetarse a las condiciones
establecidas en este documento y la presentación de la propuesta
constituirá evidencia de que el oferente estudió y examinó
completamente los documentos y características requeridas, lo que le
habrá permitido identificar de manera clara, completa y precisa lo
requerido para poder ofertar adecuadamente el precio del servicio
correspondiente, de conformidad con las especificaciones y
condiciones de los mismos.
b) La Junta de cotización, nombrada por la autoridad máxima superior,
se reserva el derecho y la facultad de verificar la autenticidad de los
documentos presentados, así como la veracidad de la información
que contenga la oferta.
c) El precio del servicio ofertado, deberá expresarse con dos decimales y
tendrán que incluir todas las tasas, fletes, impuestos, arbitrios y
cualesquiera otros gastos aplicables, incluyendo el Impuesto al Valor
Agregado –IVA-, y hacerlo saber en la oferta del contratista.
d) Los costos y gastos en que incurra el oferente para la preparación y
presentación de su oferta, serán por su cuenta y riesgo, por tal razón,
la Municipalidad de Guastatoya, no reconocerá suma alguna ni
efectuará reembolsos de ninguna naturaleza por tales conceptos.
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7. JUNTA DE COTIZACION:
La Junta de cotización estará integrada por tres (3) personas, TITULARES Y
TRES (3) SUPLENTES nombrados por la autoridad superior de la Municipalidad
de Guastatoya y tendrá competencia para lo siguiente: Recibir, Calificar, y
Adjudicar el Negocio Artículo 10 del Decreto 9-2015 Reformas a La Ley de
Contrataciones.
La Junta de cotización deberá basar sus actuaciones en los documentos que
constituyan la propia oferta sin recurrir a factores externos y adjudicar el
negocio jurídico tomando en cuenta los criterios de calificación, teniendo para
ello un plazo de cinco (5) días hábiles para adjudicar. Si no fuera suficiente
el tiempo, la Junta podrá solicitar prórroga a la autoridad superior.
7.1 Modificación de los documentos de cotización:
En caso de que fuera necesario efectuar modificaciones o adiciones a los
documentos de cotización, estas serán publicadas por medio de addendum
en el sistema Guatecompras, que serán enviados y de forma obligatoria a
todos los participantes en el evento. Artículo 19 Bis del Decreto 57-92 Ley
de Contrataciones.
7.2 Ausencia de oferentes, licitación declarada desierta:
En este caso, la Junta de cotización levantará el acta correspondiente y lo
hará del conocimiento de la autoridad máxima superior, quien decidirá sobre
la ampliación del plazo para recibir ofertas. Artículo 32 Ley de
Contrataciones Decreto 57-92 Ley de Contrataciones del Estado.
8. ANÁLISIS DE OFERTAS:
8.1 Previo a la evaluación de las ofertas, la Junta de cotización analizará las
mismas, pudiendo, sin responsabilidad de su parte, rechazarlas por las causas
siguientes:
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a) Sí no incluyera cualquiera de los documentos fundamentales.
b) Sí uno de los documentos solicitados que servirá de base para aplicar
lo descrito en el numeral 9 Criterios de calificación, no fuera incluido en
la oferta.
c) Si no cumple a satisfacción con las especificaciones básicas del objeto.
d) Si modifican o tergiversan lo establecido por estas bases de cotización.
e) Si la información presentada en los documentos no es legible o da
lugar a dudas al interpretarlas.
f) Si el precio ofertado no se ajusta a los valores del mercado o no es
conveniente a los intereses del Estado.
g) Si el oferente tiene antecedentes comprobables de incumplimiento o
mala calidad.
h) Se analizará si existe pacto COLUSORIO. Artículo 25 Bis del Decreto 9-
2015 Reformas a la Ley de Contrataciones del Estado.
8.2 La Junta de cotización podrá solicitar a los oferentes, para facilitar el análisis
y la evaluación de las ofertas, las aclaraciones y muestras que considere
pertinentes, aún cuando no estuviere incluido este requisito en estas bases,
siempre y cuando sea económica y físicamente posible. La información que
proporcionen los oferentes no debe constituir contra oferta o modificación
de las condiciones de la oferta originalmente presentada.
8.3 La Junta de cotización examinará las ofertas para determinar si llenan los
requisitos legales y los establecidos en las bases de cotización,
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especificaciones técnicas. Asimismo, determinará, si hay errores de cálculo, si
se ajustan las garantías requeridas, si los documentos están debidamente
firmados y en general, si las ofertas están en orden. Si existieran errores
aritméticos, se atenderá de la siguiente manera:
a) Si existiera discrepancia entre el precio unitario y el precio total que
resulte de multiplicar el precio unitario por las cantidades
correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será
corregido. Si el oferente no acepta la corrección, su oferta será
rechazada.
b) El precio total debe consignarse en números y en letras, si existiera
una discrepancia entre lo consignado en letras y cifras, prevalecerá el
monto expresado en letras.
c) Si la Junta de Cotización determina que una oferta no se ajusta, en lo
esencial, a los documentos de cotización, la misma se rechazará y el
error no podrá ser subsanado de ninguna forma posteriormente.
9. CRITERIOS DE CALIFICACION:
La Junta de cotización evaluará las ofertas que hayan cumplido con lo solicitado en
el numeral 5.3 Contenido de la plica y que no hayan sido rechazadas por cualquier
motivo descrito en el numeral 8 Análisis de ofertas de estas bases de cotización,
calificando por medio de puntos hasta un máximo de cien (100) y utilizando los
criterios que a continuación se desglosan: Artículo 27 Ley de Contrataciones
Decreto 57-92.
No. CRITERIOS DE CALIFICACIÓN
PUNTOS
1 Oferta Técnica (Calidad)
50
2 Oferta Financiera (Precio)
20
3 Capacidad Empresarial, experiencia (Tiempo)
30
Total . . . 100
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9.1 Oferta técnica (Calidad) 50%:
Para la calificación de la oferta técnica se tomará en cuenta los aspectos
siguientes:
a) Que los productos gocen de certificado de calidad.
b) Capacidad comprobable para la entrega inmediata.
c) Compromiso para entregar en la municipalidad de Guastatoya.
d) Compromiso para disponibilidad de cubrir emergencias.
9.2 Oferta financiera (Precio) 20%:
Para la calificación de la oferta financiera se tomará en cuenta los siguientes
aspectos:
a) Precio más bajo ofertado.
Establecido el costo total oficial estimado y la franja correspondiente, al
oferente que acredite el menor precio ofertado por renglón se le asignarán
VEINTE PUNTOS (20) PUNTOS, a los subsiguientes se les asignara el punteo
inversamente proporcional que les corresponda tomando en cuenta la
siguiente fórmula:
Precio total más bajo X 20 puntos
Precio N
Precio N= Cada precio total subsiguiente al precio total más bajo
9.3 Capacidad Empresarial (Tiempo) 30%:
Para la calificación de este aspecto, la Junta de cotización tomará en cuenta
lo siguiente:
a) Capacidad instalada para la entrega de los insumos. (adjuntar
dirección del negocio y bodega).
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b) Documentación legal de la empresa y su representante legal;
10. ADJUDICACIÓN:
La Junta de cotización determinará la oferta más conveniente que favorezca
a los intereses del Estado, mediante los criterios de calificación de oferta
descritos en estas bases, incluyendo la evaluación de los oferentes que
clasifiquen sucesivamente. Artículo 33 del Decreto 57-97 Ley de
Contrataciones del Estado y Artículo 36 del Decreto 9-2015 Reformas a la
Ley de Contrataciones.
11. CONTRATO:
Aprobada la adjudicación y conferida la delegación correspondiente, el
contratista se obliga a suscribir con la Municipalidad de Guastatoya el
contrato correspondiente, en el que se fijarán las condiciones para la
cancelación y entrega de los insumos.
El contratista no podrá ceder, vender, traspasar a terceros ni disponer en
cualquier otra forma del contrato o de cualquier parte del mismo, de sus
derechos, títulos o intereses. Artículo 47 Ley de Contrataciones del Estado
y 26 del Reglamento de la misma Ley.
12.1 Aprobación del Contrato:
Suscrito el contrato, deberá ser aprobado por la misma autoridad que por
jerarquía y los montos a contratar le corresponden, siendo en el presente
caso a la corporación municipal se realizara cuando el contratista presente
las garantías de anticipo y cumplimiento de contrato y dentro del plazo que
estipula la ley de contrataciones del estado. Artículo 48 y 49 Ley de
Contrataciones del Estado
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12.2 Plazo del Contrato:
De Abril a Diciembre 2016
12.3 Principio y terminación del plazo contractual:
El plazo del contrato será de abril a diciembre 2016.
13. GARANTIAS:
Las garantías que el oferente queda obligado a presentar al órgano
responsable de la ejecución, como resultado del presente acto de cotización
pública, deberá ser formalizado mediante póliza de fianza, emitida por una
institución afianzadora autorizada para operar en el país, de reconocida
capacidad y solvencia, y; su valor deberá ser incluido en el precio de la
oferta.
13.1 De Sostenimiento de Oferta:
Para poder participar en esta cotización, el oferente deberá constituir,
garantía de sostenimiento de oferta, formalizándose mediante fianza, la cual
deberá ser por el equivalente al dos por ciento (2%) del monto de la oferta
(incluyendo el Impuesto al Valor Agregado) y cubrirá el período
comprendido desde la recepción y apertura de plicas, hasta la aprobación de
la adjudicación y, en todo caso, tendrá una vigencia de 120 días.
13.3 De Cumplimiento:
Para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones estipuladas en el
contrato correspondiente, el contratista deberá constituir garantía de
cumplimiento de contrato, dentro de los 15 días siguientes de su
suscripción.
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La presente garantía deberá formalizarse por medio de fianza, la cual deberá
ser por el equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato
(incluyendo el Impuesto al Valor Agregado).
13.4 DE CALIDAD DE FUNCIONAMIENTO
Para garantizar el buen funcionamiento de los equipos, el contratista deberá
constituir fianza de CALIDAD Y/O FUNCIONAMIENTO la cual deberá
otorgarse por el valor del (15%) del valor original del contrato como
requisitos previos a la recepción de la compra.
13.5 De Saldos Deudores:
Para garantizar el pago de saldos deudores que pudieran resultar a favor del
Estado, de la entidad correspondiente o de terceros en la liquidación, el
contratista deberá realizar un depósito en efectivo, constituir hipoteca o
prenda, a su elección, por el cinco por ciento (5%) del valor original del
contrato.
Esta garantía deberá otorgarse simultáneamente con la conservación de obra
como requisito previo para la recepción de la obra. Aprobada la liquidación,
si no hubiere saldos deudores, se cancelará esta garantía.
Las fianzas deberán ser emitidas a nombre de MUNICIPALIDAD DE
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14. FORMA DE PAGO:
14.2 Los pagos se realizarán conforme la municipalidad reciba los insumos.
15. DUDAS Y CONSULTAS:
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Cualquier duda, aclaración y/o consulta que el oferente tenga con relación a
estas bases, deberá ser realizada y resuelta por escrito. Las consultas
deberán hacerse a más tardar tres (03) días antes de la fecha máxima de
recepción de ofertas.
Toda solicitud o consulta deberá ser enviada a:
a) El portal de Guatecompras.
b) Presentarla por escrito a las oficinas del Departamento de compras de
la Municipalidad de Guastatoya, la cual se adjuntará al expediente del
proyecto junta a la aclaración correspondiente.
16. DERECHO DE PRESCINDIR:
Bajo la responsabilidad de la autoridad que corresponda, la decisión de
prescindir sólo puede adoptarse si concurriere un caso fortuito o de fuerza
mayor debidamente comprobado que diere lugar a la imposibilidad de
continuar con la negociación.
Si la decisión de prescindir se adopta con posterioridad a la presentación de
las ofertas y antes de la adjudicación la Junta de Cotización deberá hacer una
calificación para el sólo efecto de compensar a los oferentes que ocupen los
tres primeros lugares, de los gastos incurridos en la elaboración de su oferta,
por el equivalente al dos y medio por millar del monto de la misma.
Pero si la decisión de prescindir se adopta después de la adjudicación, pero
antes de la suscripción del contrato, se deberá compensar al oferente ganador
que ocupó el primer lugar, de los gastos incurridos en la elaboración de su
oferta y otros trámites por el equivalente al cinco por millar del costo de la
misma. Artículo 37 Ley de Contrataciones del Estado y 13 del Reglamento.
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17. CONTROVERSIAS:
Cualquier controversia o reclamación que surgiere entre las partes será
resuelta con carácter conciliatorio entre las mismas, pero si no fuere posible
llegar a un acuerdo la cuestión o cuestiones a dilucidarse se someterán a la
jurisdicción del Tribunal de lo contencioso administrativo.
18. CONFIDENCIALIDAD:
a) La información relativa al análisis, aclaración, evaluación y
comparación de las ofertas y las recomendaciones para la
adjudicación de cotización, no podrán ser reveladas a las empresas
invitadas, ni a otra persona que no participe oficialmente en dicho
proceso, hasta que se haya anunciado el nombre de la empresa
adjudicada.
b) Todo intento de una empresa invitada, que pretenda influir en el
procesamiento de las ofertas o decisión de la adjudicación, dará lugar
al rechazo de su oferta.
c) El contratista guardará total confidencialidad sobre los datos a que
tenga acceso por el cumplimiento del contrato, sean estos
almacenados en medios electromagnéticos o incluidos estos en
medios inteligibles tales como reportes, despliegues, redes de
telecomunicación y similares, que no sean del dominio público. En
caso contrario la Municipalidad de Guastatoya, ejercerá las acciones
que correspondan de conformidad con la ley.
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d) La Municipalidad de Guastatoya, se reserva el derecho de autorizar el
uso del nombre de la institución, por parte del contratista, como
cliente de referencia.
19. SANCIONES:
19.1 Retraso de la entrega:
El retraso del contratista en la entrega del servicio contratado y por causas
imputables a él, se sancionará con el pago de una multa por cada día de
atraso, equivalente al cero punto cinco por millar (0.5/oo) del valor total del
contrato.
Las multas por retraso en ningún caso excederán del cinco por ciento (5%)
del valor del contrato. Si esto ocurre, la entidad contratante podrá rescindir
del contrato sin responsabilidad de su parte y sin perjuicio de aplicar las
medidas legales correspondientes.
19.2 Variación en la calidad o cantidad:
Si el contratista, contraviniendo total o parcialmente el contrato, perjudicare
a la municipalidad de Guastatoya, variando la calidad o cantidad del objeto
del mismo, será sancionado con una multa del cien por ciento (100%) del
valor que represente la parte afectada de la negociación.
20. FINIQUITO:
Al finalizar la vigencia del contrato, el adjudicatario solicitará a la
Municipalidad de Guastatoya, el finiquito correspondiente, el cual se le
otorgará comprobando previamente que no hay reclamos pendientes
formulados por escrito o procesos legales que le sean imputables.
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La comisión Receptora y Liquidadora nombrada para el efecto, suscribirá el
acta correspondiente para la liquidación del contrato, en un plazo de
noventa (90) días hábiles después de recibido los insumos, en la cual haga
constar que el contratista y la Municipalidad de Guastatoya, se otorgan
formal finiquito, que los exonere a ambos de posterior reclamación derivada
de las obligaciones pactadas contractualmente.
JUNTA DE COTIZACION
MUNICIPALIDAD DE GUASTATOYA