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MUJER:

CONOCETUS DERECHOS

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MUJER: CONOCE TUS DERECHOS / 3

Mujer¿Conoces cuáles son

tus derechos?Tienes derecho a no ser discriminada por

razones de sexo, edad, estado civil, et-

nia, idioma, religión, orientación sexual,

discapacidad, opinión política o de

cualquier otra índole, origen nacional o

social, posición económica, nacimiento o

cualquier condición.

Derecho a que se respete tu vida;

Derecho a que se respete tu integri-

dad física, psíquica y moral;

Derecho a la libertad y a la seguri-

dad personal;

Derecho a no ser sometida a tortu-

ras;

Derecho a que se respete la digni-

dad inherente a tu persona y que se

proteja a tu familia;

Derecho a igualdad de protecciónante la ley y de la ley;

Derecho a un recurso sencillo y rápi-

do ante los tribunales competentes,

que te ampare contra actos que vio-

len tus derechos;

Derecho a libertad de asociación;

Derecho a la libertad de profesar la

religión y las creencias propias den-

tro de la ley;

Derecho a tener igualdad de

acceso a las funciones públicas y

a participar en los asuntos públicos,

incluyendo la toma de decisiones;

Derecho a una educación en igual-

dad;

Derecho a que se te brinde informa-ción sobre salud sexual y reproduc-

tiva;

Derecho a elegir libremente a tu

cónyuge y contraer matrimonio solo

por tu pleno consentimiento;

Derechos y responsabilidades en

igualdad durante el matrimonio y con

ocasión de su disolución;

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MUJER: CONOCE TUS DERECHOS / 4

¿Sabías que segúnlos convenios

internacionalesde los cuales el Estado

panameño es signatario,las siguientes prácticas

son discriminatoriasy, por ende, debenser denunciadas?

Es discriminación la carga exclusiva a lasmujeres de las labores familiares, en espe-cial en el cuidado de los y las hijas.

Es discriminación la trata de mujeres y laexplotación sexual de niñas y adoles-centes.

Es discriminación la baja participaciónde las mujeres en cargos de elecciónpopular.

Es discriminación el pedir pruebas de ortoo embarazo para acceder a un puestode trabajo.

Es discriminación la desigual y menor re-

muneración de las mujeres en los mismospuestos de trabajo.

Es discriminación el despido por motivosde embarazo o en violación del fueromaternal.

Es discriminación la muerte de mujeres porcomplicaciones en el embarazo, el partoy el post parto.

Es discriminación la muerte de mujeres porabortos inseguros.

Es discriminación el no poder decidir librey responsablemente el número e intervalode sus hijas e hijos.

Es discriminación la prohibición de la en-trada a lugares públicos por la forma devestir o calzar.

Es discriminación la divulgación a travésde los medios de comunicación de imá-

genes, conceptos o ideas estereotipa-das de la mujer.

Es discriminación la violencia contra lasmujeres.

Es discriminación el acoso sexual en loslugares de estudio o de trabajo.

Estas prácticasconstituyen violaciones delos derechos humanos y

deben ser erradicadas porlos Estados

La violencia contra las mujeres

es cualquier acción o conducta, basada

en su género, que cause muerte, daño o

sufrimiento físico, sexual o psicológico a lamujer. Esta violencia puede tener lugar tanto

en el ámbito privado: familia o cualquier otra

relación interpersonal, pasada o presente;

o en el público: dentro de la comunidad,

trabajo, instituciones educativas, de salud o

cualquier otro lugar. (Convención Belém do

Pará).

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MUJER: CONOCE TUS DERECHOS / 5

¿Tiene el Estado laobligación de proteger a

las mujeres contra la violencia

y la discriminación?Sí, el Estado panameño es suscriptor de con-venios internacionales de protección de losderechos de las mujeres.

La Convención sobre la eliminación de

todas las formas de discriminación contrala mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés),

aprobada por Panamá, mediante Ley

N°4 de 22 de mayo de 1981;

La Convención Interamericana para pre-

venir, sancionar y erradicar la violencia

contra la mujer (Belém do Para), aproba-

da por la República de Panamá, medi-

ante Ley N° 12 de 20 de abril de 1995.

El Protocolo Facultativo de la CEDAW,

aprobada por Panamá, mediante la ley

No. 7 de 2001.

La violencia doméstica es unade las manifestaciones de laviolencia contra las mujeres

El Título V del Código Penal, sobre Delitos

contra el Orden Jurídico Familiar y el Estado

Civil, Capítulo I, señala que comete violencia

doméstica “quien hostigue o agreda física, si-

cológica o patrimonialmente a otro miembro

de la familia”.

Además, en Panamá existe la Ley No. 38 del

10 de julio de 2001 sobre Violencia Domés-

tica y Maltrato al niño, niña y adolescente.

Esta ley establece como violencia doméstica

el empleo de la fuerza física o la violencia

sexual o sicológica, la intimidación o la per-

secución contra una persona por parte de su

cónyuge, ex cónyuge, familiares o parientes

con quien cohabita o haya cohabitado, viva

o haya vivido bajo el mismo techo o sostenga

o haya sostenido una relación legalmente

reconocida, o con una persona con quien sehaya procreado un hijo o hija como mínimo,

para causarle daño físico a su persona o a

la persona de otro para causarle daño emo-

cional.

 La violenciadoméstica es un delito

que puede sersancionado con prisión

hasta de 4 años.Si las lesiones son graves

y la incapacidades superior a 30 días,la sanción puede serhasta de 5 años de

prisión.(Código Penal).

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Si sufres violencia doméstica, la Ley 38/2001 establece

14 medidas de protección1. Arrestar a la persona agresora por un término que no sobrepase las 24 horas.

2. Desalojar a la persona agresora de la casa, independientemente de que sea

propietario(a) de la vivienda.

3. Proceder al allanamiento con la nalidad de rescatarte o socorrerte.

4. Autorizarte para que vivas en una casa diferente a la que compartes con la persona

agresora, para protegerte de agresiones futuras, respetando la condencialidad del

domicilio.

5. Prohibir que se introduzcan o se mantengan armas en la casa.

6. Prohibir a la persona agresora acercarse a tu casa o donde te encuentres (lugar de

trabajo, estudio u otro que frecuentes).

7. Reintegrarte a tu casa si has tenido que salir de ella, si así lo quieres, y, en consecuen-

cia, la autoridad deberá arrestar a la persona agresora por 24 horas.

Estas medidas puedes solicitarlas a la autoridad

competente y tienen una duración máxima de 6 meses,pero puedes solicitar que se extiendan mientras dure el proceso paratu protección

8. Suspender a la persona agresora la guarda y crianza de sus hijos o hijas menores de

edad. La autoridad competente podrá dar en primera opción la guarda protectora

del niño, niña o adolescente, al progenitor no agresor.

9. Suspender la reglamentación de visitas a la persona agresora.

10. Impedir, mediante notas a las autoridades competentes (migración), la salida del país

a los hijos e hijas menores de edad de las partes.

11. Levantar el inventario de bienes muebles del patrimonio familiar.

12. Otorgarte el uso exclusivo de los bienes muebles necesarios para el funcionamiento

adecuado de tu familia.

13. Fijar provisionalmente la pensión alimenticia a favor tuyo.

14. Ordenar a la persona agresora, cubrir el costo de la reparación de los bienes o de

la atención médica.

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En caso de que la violencia sea reiterada,la autoridad puede ordenar una protección especial para ti,

a cargo de las autoridades de la Policía Nacional, que podrá ser efectiva donde tú lo solicites

Lugares donde puedes acercarte en caso deser víctima de violencia doméstica:

Esta es la conocida Boleta de Protección

CORREGIDURÍASO JUZGADOS NOCTURNOS DE

TU LUGAR DE RESIDENCIA

Los corregidores/as y jueces (zas) nocturnosdeberán, provisionalmente, tomar cono-

cimiento del hecho, aplicar las medidas de

protección pertinentes y remitir el expediente

iniciado, en el que indicarán las medidas de

protección adoptadas, a la instancia com-

petente (Ministerio Público) en un término no

mayor de 72 horas, contado a partir del mo-

mento en que se aplica la medida de pro-

tección.

POLICÍA NACIONAL

Colaborará estrechamente con las

Corregidurías en los casos de violencia domés-

tica, para hacer efectivas las medidas deprotección.

Además está facultada para entrar a tu casa

para socorrerte, en caso de que tu vida o

integridad física corra peligro.

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AGENCIAS DEL MINISTERIOPÚBLICO:

PERSONERÍAS O FISCALÍASDE FAMILIA

Deberán tomar la denuncia y emitir las medi-

das de protección que consideren pertinentes

y hacerlas efectivas a través del Corregidor/a

que le corresponda al área de tu residencia.

Deben iniciar la investigación de la ocurren-cia de los hechos para enviar el expediente

al Órgano Judicial para que sea calicadoy sancionado, de ser culpable la persona

agresora, en este momento es muy valiosa tu

declaración.

SALUD

Todos los centros de salud, cuartos de ur-gencia, centros médicos u hospitalarios,

clínicas y consultorios, públicos o privados

deberán atender los casos de violencia y

documentarlos mediante el  formulario de

sospecha de violencia doméstica.

Este formulario debidamente sellado y rmadodeberá ser enviado al Instituto de Medicina

Legal, dentro de las 48 horas siguientes a laatención del/a paciente, para que se evalúe

y se prosiga con el trámite de investigación

correspondiente.

En el nuevo CódigoProcesal Penalse establecen 20

medidas deprotección,

que entrarona regir en lasprovincias de

Coclé y Veraguasdesde septiembre

 de 2011y progresivamenteen el resto del país.

AUTORIDADES COMARCALES

Si están debidamente constituidas por sus

Cartas Orgánicas, podrán aplicar las me-didas de protección consagradas en sus

respectivos ordenamientos internos, y de forma

supletoria, las establecidas por Ley dentro de

su competencia.

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¿Conoces la ruta que sigue un proceso de

violencia doméstica?#1

La víctima sobreviviente de violencia domés-

tica puede acudir a la corregiduría o a las

agencias del Misniterio Público para inter-

poner la denuncia.

Además puede ser detectada por los centros

de salud, hospitales y la Policía Nacional.

#2Se otorgan las medidas de protección por

parte de la autoridad competente y se no-

tica a la persona agresora de las medidasde protección.

Si la denuncia fue presentada en las corregi-

durías, éstas tienen hasta 72 horas para enviar

el expediente iniciado al Ministerio Públicos.

#3El expediente ingresa al Ministerio Público

para iniciar el proceso de investigación.

Aquí tanto la víctima como la persona agre-

sora deben declarar, en momentos diferentes

y con todas las garantías legales. La víctima

debe solicitar las pruebas que considere

necesarias para comprobar el delito de vio-

lencia doméstica.

El Ministerio Público procederá a ordenar la

práctica de la evaluación médico legal de la

víctima y evaluación sicológica de la persona

agresora, de ser necesario, para que conste

como prueba.

El Ministerio Público remitirá el expedienteal Juzgado competente con Vista Fiscal,

solicitando ya sea llamamiento a juicio para

la persona agresora, sobreseimiento o ar-

chivo del expediente, por lo menos en 90

días. Este tiempo puede ser prorrogable.

Mientras, se deben mantener las medi-das de protección a favor de la víc-

tima.

#4EL Juzgado correspondiente, recibirá el expe-

diente, jará la fecha de audiencia preliminary calicará el expediente. Si hay sucientes

pruebas se procederá a LLAMAR A JUICIOa la persona agresora y a jar una fecha deaudiencia DEFINITIVA.

De comprobarse el delito de  violencia

doméstica,  se emitirá una sentencia conde-

natoria o de lo contrario una absolución.

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¿Cómo reconocer siestás viviendo

violencia?Te insulta o te grita palabras im-propias.

Te culpabiliza de todo lo malo quepasa en la casa.

Te humilla o ridiculiza en privado o

delante de otras personas.

Te desvaloriza o desprecia por tuapariencia o condición física.

Te prohíbe salir o relacionarte contus amigas, amigos e inclusive, con tufamilia.

Te prohíbe trabajar o que administres

tu propio dinero.

Te revisa el celular y/o correo elec-trónico, y te reclama por las llamadaso mensajes que recibes.

No cumple con las obligaciones dealimentación y/o gastos de la casa.

Te rompe objetos de tu pertenencia o

de la casa donde vives.

Te empuja, golpea, muerde, hala elcabello.

Te obliga a tener relaciones sexualescuando no quieres o te impide queuses algún tipo de protección (con-dón, anticonceptivos).

La violencia domésticase manifiesta en

escalada, que pasa delos gritos, los insultos...

hasta los golpes e,incluso, la muerte

Busca ayuda,

información,denuncia

 la violencia.Tú mereces respeto y

una vida de paz.

Te obliga a ver pornografía y/o atener prácticas sexuales que no tegustan.

Controla tu forma de vestir o la ropaque usas.

Constantemente te sientes atemori-zada o con miedo a sus reacciones.

Te amenaza con hacerte daño,matarte o incluso suicidarse.

Te amenaza con quitarte a tus hijos(as) si lo denuncias.

Sientes que tu vida corre peligro.

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¿Conoces las fases del llamado

“círculo de la violencia”?

Es común que después de un hechode extrema violencia la persona agresora regrese a pedirdisculpas y prometa que cambiará, y al poco tiempo se

siguen manifestando la violencia.

¡ROMPE EL CÍRCULO!

1. Fase de tensión:se notan insatisfacciones en la relación,

las tensiones pueden ir creciendo. Puede haber

violencia verbal y psicológica, también física leve.

2. Fasede agresión

/ explosión de laviolencia:

llega a su punto máximo.Se manifiesta con una agresión

fuerte, física,verbal psicológica.

3. Fase demanipulación emocional:la persona agresora

niega la violencia, pide perdón,

promete no volver a hacerlo,

regala flores, chocolates,

dice que la ama.

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Algunos derechos

que tienes comovíctima de violencia

DERECHO DE INFORMACIÓN

Derecho a que se te explique de formareal, sencilla y a tiempo todo lo que seestá haciendo en tu caso.

Derecho a conocer la identidad, jerarquía o rango de cada autoridad– funcionario (a) que te atienda.

Derecho a obtener copia de tu de-nuncia y del expediente (documentoque contiene información de tu caso),cuando lo solicites.

 DERECHO DE BUEN TRATO

Derecho a que se te trate de forma res-petuosa y con un lenguaje adecuadoa tus circunstancias psicológicas, so-ciales y culturales.

Derecho a que se respete tu privaci-

dad, en especial a no ser objeto depublicidad no deseada.

Derecho a no ser confrontada de formainnecesaria con la persona agresora.

DERECHO DE ASISTENCIA

Derecho a ser atendida en un lu-gar que cumpla con las condiciones

necesarias para asegurar tu integridadfísica y emocional.

Derecho a ser asistida de forma inme-diata en cualquier institución de salud,sea pública o privada, a donde acu-das por lesiones físicas o sicológicas.

DERECHO DE ACCESO ALAS INSTITUCIONES Y ALPROCESO

Derecho a recibir atención adecuada,inmediata y urgente en el momento enque lo necesites, sin limitaciones de ho-rario, independientemente de la autori-dad que conozca del caso.

Derecho a ser escuchada por el (la) juez(a) que lleva tu caso cuandodeba decidir sobre la solicitud de ar-

chivo del expediente presentada porel Ministerio Público, la suspensión con-dicional del proceso penal, la suspen-sión condicional de la ejecución de lapena, o el reemplazo de penas cortasde privación de libertad a favor de lapersona agresora o imputada.

Derecho a que los documentos que

contienen tu situación de violencia, es-tén claros y adecuadamente registra-dos; para evitar que tengas que asistirreiteradamente a los despachos quetramitan tu caso. 

Fuente: Defensoría del Pueblo, Carta de Derechos y De-

beres de las víctimas de la violencia contra las mujeres,

Agencia Española de Cooperación Internacional para

el Desarrollo (AECID), Panamá, 2010.

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OBSERVATORIO

PANAMEÑOCONTRA LAVIOLENCIADE GÉNERO

El Observatorio Panameño contra laViolencia de Género (OPVG), es un

organismo interinstitucional coordinado

por la Defensoría del Pueblo e integrado

por entidades públicas y de la sociedad

civil; que tiene entre sus objetivos hacer

visible, mediante la publicación de es-

tadísticas, investigaciones, comunicados

e informes, el fenómeno de la violenciade género contra las mujeres.

Como primera acción ha recabado infor-

mación de los medios de comunicación

sobre las muertes violentas de mujeres,

concluyendo que:

El mayor número de mujeres que muerende forma violenta son jóvenes.

Más de la tercera parte de las muertesde mujeres se dan a manos de perso-nas que poseían alguna relación ín-tima, parejas y ex parejas.

Un gran número de muertes son perpe-tradas con armas de fuego, seguidodel arma blanca.

Más de la mitad de las muertes de mu- jeres ocurren en la casa de la víctima,de la persona agresora o de un fa-

miliar.

Los femicidios son la máxima violaciónde los derechos humanos de las mu- jeres, y son aquellos donde se producela muerte de una mujer en contextos dediscriminación por razones de género.

Si viviéramos enuna sociedad sindiscriminación

ni violenciacontra lasmujeres,

se pudieranevitar alrededordel 75% de las

muertes violentasde mujeres

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Plan 

de seguridadSi estás en una relacióncon manifestacionesde violencia:

No te aísles:

Cuéntale tu situación a una persona de

tu conanza, ya sea familia, amigas (os),compañeras (os) de estudio, trabajo,

vecinas (os).

Busca información:

Recurrir a cualquier instancia de las de-

talladas para que te orienten sobre las

alternativas que tienes disponibles.

Ten planes de emergencia:

Puedes tener un lugar seguro de la casa

para ir durante una discusión, igualmente

ten una lista de las personas donde

puedes acudir o llamar en casos de

urgencia. En especial, ten a mano el

número de la sub- estación de políciamás cercana.

Registra los hechos

de violencia:

Ten una libretita donde puedas escribir

lo que te pasa, en lo posible coloca la

fecha.

Si hasterminado una

relación violenta:

Cambia las cerradurasde tu casa.

Cambia tu númerode télefono, celular.

Evita estar sola.

Evita encontrarte con lapersona agresora, y encaso de que tengas

que hacerlo, que seaen un lugar público yve acompañada.

Cambia tu rutina.

Pide copia de las evaluaciones médico-

legales donde conste la afectación física

o psicológica.

Solicita la inspección de tu vivienda en

caso que hayas sufrido daños a tu patri-

monio familiar.

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Líneas de

Auxilio a

Nivel Nacional:

Policía Nacional

104Ministerio de

Desarrollo Social

147

Sistema Único deManejo deEmergencia

911

¿Qué puede

hacer laDefensoría

del Pueblo por ti?

En casos de violencia doméstica, ya sea

si estás en la capital o en el interior del

país, puedes llamar o dirigirte a cualquiersede de la institución, donde te brindare-

mos información y orientación sobre tu

caso. También podemos acompañarte

a interponer la denuncia ante las autori-

dades competentes, así como solicitar

las medidas de protección y hacerlas

efectivas con el apoyo de la Policía Na-

cional.

En caso de que lo requieras, podemos

coordinar tu atención con las institu-

ciones y organizaciones no guberna-

mentales que brindan asistencia social,

sicológica y/o legal a las víctimas de

violencia.

Además, si sientes que tu vida corre peligro, podemos coordinar con el Instituto

Nacional de la Mujer (INAMU) para tu traslado y el de tus hijas e hijos, al albergue para

víctimas sobrevivientes de violencia doméstica.

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Brinda orientación y referencia de casos, sinningún costo. Coordina el albergue paravíctimas de violencia doméstica y para sus

hijas e hijos.

Recibe las denunciasde violencia doméstica.

Brinda protección de emergencia alas víctimas de violencia doméstica.

Pueden llamar a cualquier hora.

Brinda atención sicológica yorientación legal, así como

asistencia económica temporal,sin ningún costo.

Brinda orientación y representaciónlegal en casos de familia y violencia

doméstica, sin ningún costo parapersonas con ingresos menores

de B/.400.00.

Brinda asistencia sicológica,orientación y representación

 legal sin ningún costo.

Brinda orientación y representación legal sin ningún costo.

No debes ganar más de B/. 400.00,ni poseer bienes inmuebles

valorados en B/.5000.00.

506-0507 / 0509

507-3493 / 95 / 98

511-9445 / 9162

500-6170

208-7060 / 61 / 62

523-5612 / 14

6099-8924

227-5039

Instituto Nacionalde la Mujer (INAMU)

Dirección deinvestigación Judicial (DIJ)

Servicio contra laViolencia Familiar dela Policía Nacional.

Centro de Orientacióny Atención Integral (COAI) Ministerio de DesarrolloSocial (MIDES)

Fundación de asistencia legalComunitaria (FUNDALCOM)

Centro de Desarrollode la Mujer (CEDEM)

Departamento de

 asesoría legal paravíctimas dedelito - Órgano Judicial

INSTITUCIÓN SERVICIOS TELÉFONOS