monografia de derecho financiero

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DERECHO EMPRESARIAL MERCADOS FINANCIERO S

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mercados financieros y sus funciones

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DERECHO EMPRESARIAL

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UNIVERSIDAD CONTINENTAL DE CIENCIA E INGENIERIAFACULTAD DE CIENCIAS DE LA EMPRESAcalidad que se acredita internacionalmente

CTEDRA:DERECHO EMPRESARIAL

CATEDRTICO:ROLANDO RIVAS ROBLES

ESTUDIANTES: BALVIN AUQUI LIZETHPORRAS BALBIN NATALYRAMIREZ CHAVEZ DIANACORDOVA CIPRIANO MADELEINE

SECCIN:AC 1201FECHA:29/05/2015

HUANCAYO - JUNIN

DEDICATORIAQueremos dedicarle este trabajo,A nuestros Padres por estar ah cuando ms los necesitamosA nuestro docente por habernos apoyado y motivadoTrasmitiendo sus conocimientos obtenidosY habernos llevado paso a paso en el aprendizaje

INDICE

INDICE3INTRODUCCION4RESUMEN5OBJETIVOS6MARCO TEORICO7MERCADOS FINANCIEROS7DEFINICION8MARCO LEGAL8FUNCIONES9CLASIFICACION10TIPOS12FORMAS DE INTERMEDIACION14DIFERENCIAS CON OTROS TIPOS DE MERCADOS16CONCLUSIONES20BIBLIOGRAFIA21

INTRODUCCIONEl sistema financiero de una nacin o pas est integrado por la suma deinstituciones, activos financieros y mercados, cuya finalidad es la de canalizar el ahorro que generan las unidades productivas y de gasto con supervit, hacia los prestatarios o unidades de gasto con dficit.Dichas unidades pueden ser pblicas o privadas.A los tres elementos expuestos habra que sumarle un cuarto elemento integrante del sistema financiero, como es elsector pblico. El Estado a travs de la poltica financiera organiza y regula los mercados, los intermediarios e incluso los activos.Lasresponsabilidadesque el sistema financiero de un pas debe cumplir son: Garantizar una eficaz asignacin de los recursos financieros, es decir, proporcionar al sistema econmico los recursos necesarios en volumen, cuanta, naturaleza, plazos y costes. Garantizar el logro de la estabilidad monetaria y financiera (poltica monetaria).El sistema financiero canaliza el ahorro o excedente producido por las empresas, instituciones y economas domsticas y posibilita su trasvase hacia otras empresas y economas domsticas deficitarias as como al propio Estado, bien para proyectos de inversin o para la financiacin de gastos corrientes y planes de consumo.

RESUMEN Elsistema financieroest conformado por el conjunto deInstitucionesbancarias, financieras y demsempresase instituciones dederecho pblicoo privado, debidamente autorizadas por la Superintendencia deBancaySeguro, que operan en la intermediacin financiera (actividad habitual desarrollada por empresas e instituciones autorizadas a captar fondos del pblico y colocarlos en forma decrditoseinversiones. Es el conjunto de instituciones encargadas de la circulacin del flujo monetario y cuya tarea principal es canalizarel dinerode los ahorristas hacia quienes desean hacer inversiones productivas. Las instituciones que cumplen con este papel se llaman "Intermediarios Financieros" o "MercadosFinancieros". Elsistemafinanciero peruano incluye a diferentes tipos de instituciones que captan depsitos:bancos, empresas financieras, cajas municipales deahorroycrdito, cajas rurales y elbancode laNacinque es una entidad delestadoque fundamentalmente lleva a cabooperacionesdel sector pblico.

OBJETIVOSObjetivo General: Realizar una investigacin sobre las generalidades e importancia de los los operadores del sistema financiero y la banca del estado a fin de adquirir un mayor conocimiento.

Objetivos Especficos: Investigar en las diferentes fuentes acerca de los operadores del sistema financieros. Conceptualizar sobre los tipos, formas de intermediacin y diferencia con otros tipos de sistema financieros.

MARCO TEORICOS

SISTEMA FINANCIEROS1. MARCO LEGALEl Per tiene un Sistema Financiero muy especial, encontramos una diversidad de empresas que desarrollan la actividad de intermediacin basado tambin en la diversidad de regiones, clientes y usuarios de los servicios que estas instituciones brindan. El Sistema Financiero est conformado por el conjunto de empresas que, debidamente autorizadas por los organismos correspondientes, operan como intermediarios financieros, es decir pueden canalizar la oferta y la demanda de fondos. De acuerdo a lo establecido en la legislacin vigente se incluye a las empresas denominadas subsidiarias, empresas de seguros y empresas de servicios complementarios que requieran autorizacin de la SBS para constituirse. En el caso peruano la intermediacin financiera est regida por la Ley N 26702, Ley General del Sistema Financiero, de Seguros y Orgnica de la SBS, vigente a partir de diciembre de 1996 y por sus modificatorias como las leyes N 27102, N 27008 y posteriores. Las empresas que componen el Sistema Financiero Nacional, autorizadas por la mencionada ley, estn mencionadas en el Ttulo I, Captulo I, Artculos 16y 17, definidas en el Ttulo IV, Captulo I, Artculo 282 y las operaciones que estn autorizadas a realizar en los artculos del 283 al 289, de la siguiente manera: EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL Fuente: COFIDE

2. DEFINICIN2.1. EMPRESAS DE OPERACIONES MLTIPLES Son aquellas que pueden desarrollar y efectuar diversas operaciones relacionadas con la intermediacin financiera, stas podrn efectuarse en el corto y largo plazo y atender diversos sectores de la actividad econmica del pas, el nmero y tipo de operaciones que pueden desarrollar est esencialmente relacionado con el capital aportado por los accionistas, el riesgo que representan para los depositantes evaluado a travs de una nota otorgada por las Clasificadoras de riesgo, los controles internos y personal capacitado para desarrollar las diversas operaciones. Las empresas de operaciones mltiples son: empresas Bancarias, empresas Financieras, Cajas Rurales de Ahorro y Crdito (CRAC), Cajas Municipales de Ahorro y Crdito (CMAC), Empresas de Desarrollo de la Pequea y Micro Empresa (Edpyme), Caja Municipal de Crdito Popular (CMCP) y Cooperativas de Ahorro y Crdito. Empresa Bancaria: Aquella cuyo negocio principal consiste en recibir dinero del pblico en depsito o bajo cualquier otra modalidad establecida a travs de un contrato, y en utilizar ese dinero, el capital aportado por los accionistas y el que obtenga de otras fuentes de financiacin para dar crditos en las diversas modalidades, o para aplicarlos a operaciones sujetas a riesgos de mercado. Empresa Financiera: Aquella que capta recursos del pblico y cuya especialidad segn la Ley del Sistema Financiero consiste en facilitar las colocaciones de primeras emisiones de valores, operar con valores mobiliarios y brindar asesora de carcter financiero, pero que en la prctica puede desarrollar similares operaciones que un banco con la restriccin bsicamente del manejo de la cuenta corriente para el otorgamiento de los crditos llamados sobregiros. Caja Rural de Ahorro y Crdito: su funcin es tambin captar recursos del pblico a travs de depsitos y cuya especialidad consiste en otorgar financiamiento de preferencia a la mediana, pequea y micro empresa del mbito rural. Caja Municipal de Ahorro y Crdito: Aquella que capta recursos del pblico y cuya especialidad consiste en realizar operaciones de financiamiento, preferentemente a las pequeas y micro empresas. Las Cajas Municipales de Ahorro y Crdito (CMAC) siendo una parte muy pequea del sistema financiero, entre el 4% y 5% de depsitos del sistema financiero y alrededor del 7% de los crditos, sin embargo, dentro de las Instituciones Microfinancieras No bancarias (IMFNB), son las ms dinmicas en el otorgamiento de crditos y servicios financieros para los agentes econmicos que no son atendidos en el sistema financiero normal. En los ltimos aos han tenido un crecimiento importante, que ha permitido que algunas CMAC provincianas ingresen al mercado limeo Son instituciones financieras, creadas con el objetivo estratgico de constituirse en un elemento fundamental de descentralizacin y democratizacin del crdito, dentro del mbito municipal de su competencia, este objetivo se ha visto ampliado a microempresas urbanas y en algunos casos rurales. Para constituir una caja municipal es necesario contar igualmente con la autorizacin de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP y la opinin favorable del Banco Central de Reserva del Per. Los depsitos que el pblico realiza en las cajas municipales cuentan tambin con la cobertura del Fondo de Seguro de Deposito en caso que estas entidades financieras entrarn en problemas de quiebra o liquidacin, con lo cual las personas que ahorran en estas instituciones lo puedan hacer con total confianza. Caja Municipal de Crdito Popular: Aquella especializada en otorgar crdito pignoraticio al pblico en general, encontrndose tambin autorizada para efectuar operaciones activas y pasivas con los respectivos concejos provinciales y distritales y con las empresas municipales dependientes de los primeros, as como para brindar servicios bancarios a dichos concejos y empresas. Empresa de Desarrollo de la Pequea y Micro Empresa (EDPYME): Aquella cuya especialidad consiste en otorgar financiamiento preferentemente a los empresarios de la pequea y micro empresa. Podemos sealar que si uno lo analiza en detalle se encuentra que una Edpyme no desarrolla exactamente la intermediacin ya que no capta recursos del pblico y ms bien utiliza otro mecanismo que es el obtener prstamos de otras instituciones financieras locales o del mbito internacional. Cooperativa de Ahorro y Crdito: Autorizada a captar recursos del pblico a que se refiere el artculo 289 de la ley. Estas cooperativas pueden operar con recursos del pblico, entendindose por tal a las personas ajenas a sus accionistas, si adoptan la forma jurdica de sociedades cooperativas con acciones. Muy diferentes a las cooperativas de ahorro y crdito que cuentan con asociados que estn bajo la supervisin dela Federacin Nacional de Cooperativas del Per- FENACREP.

2.2. EMPRESAS ESPECIALIZADAS Como el nombre lo seala estas son empresas que se dedican y especializan a una sola actividad dentro de la intermediacin financiera, generalmente esta actividad estar relacionadas con los servicios y el prstamo para poder generar ingresos esencialmente a la empresa. Dentro de estas empresas podemos mencionar: Empresas de Capitalizacin Inmobiliaria, Empresas de Arrendamiento Financiero o leasing, Empresas de Factoring, Empresas Afianzadoras y de Garantas, Empresas de Servicio Fiduciario. Empresa de Arrendamiento Financiero o Leasing: Cuya especialidad consiste en la adquisicin de bienes muebles e inmuebles, los que sern cedidos en uso a una persona natural o jurdica a cambio del pago de una renta peridica y con la opcin de comprar dichos bienes por un valor predeterminado. La funcin esencial de estas empresas es desarrollar el producto arrendamiento financiero o leasing, la cual es una herramienta financiera que permite, sobre todo, a las empresas adquirir bienes de capital maquinarias, equipos, inmuebles- mediante el pago de cuotas cada cierto tiempo y ejercer una opcin de compra final al trmino de los pagos. Se formaliza mediante la firma de un contrato en el que el cliente deja constancia de la eleccin de los bienes, el proveedor y la forma de pago. Empresa de Factoring: Cuya especialidad consiste en la adquisicin de facturas conformadas, ttulos-valores y en general cualquier valor mobiliario representativo de deuda. Estas empresas se dedican a la adquisicin de facturas y letras antes de su vencimiento, con lo cual las empresas podrn contar con liquidez antes de tiempo. As las empresas que tienen facturas por cobrar de otras compaas podrn obtener un mecanismo adicional de liquidez, vendiendo estas facturas por cobrar con un descuento. Este mercado beneficia principalmente a las pequeas y medianas empresas (pymes) que son proveedores de las grandes compaas, estas ltimas reconocidas por su solidez comercial y financiera y, sobre todo, como buenas pagadoras de sus obligaciones. Por ello, esas facturas sern ms fciles de comercializar en el mercado y, en la medida que ste se desarrolle, se ir ampliando la aceptacin de facturas de otras empresas. Empresa Afianzadora y de Garantas: Cuya especialidad consiste en otorgar afianzamientos para garantizar a personas naturales o jurdicas ante otras empresas del sistema financiero o ante empresas del extranjero, en operaciones vinculadas con el comercio exterior. Empresa de Servicios Fiduciarios: Cuya especialidad consiste en actuar como fiduciario en la administracin de patrimonios autnomos fiduciarios, o en el cumplimiento de encargos fiduciarios de cualquier naturaleza. Un fideicomiso es un encargo de confianza, es algo tan sencillo como darle mi auto a un amigo para que lo venda y que el dinero se lo entregue a mi hijo. Empresa de Capitalizacin Inmobiliaria: Cuya especialidad consiste en comprar y/o edificar inmuebles y, con relacin a estos, celebrar contratos de capitalizacin inmobiliaria individual con terceros, entregando en depsito al inversionista la correspondiente unidad inmobiliaria. Tales contratos incluyen el derecho de opcin del inversionista para la adquisicin de la unidad inmobiliaria mediante el pago de su precio al contado en cualquier momento.

Las empresas de capitalizacin inmobiliaria slo podrn efectuar operaciones vinculadas con programas de capitalizacin individual relacionados al mercado inmobiliario y no podrn efectuar colocaciones. Asimismo, podrn celebrar contratos pasivos para el refinanciamiento de los inmuebles y emitir cdulas hipotecarias. 2.3. Empresas de Seguros Su objetivo es celebrar contratos mediante los cuales se obligan, dentro de ciertos lmites y a cambio de una prima, a indemnizar un determinado dao o a satisfacer un capital, una renta u otras prestaciones pactadas, en el caso de ocurrir un determinado suceso futuro e incierto. Empresa de Seguro de Riesgos Generales: Cubre todo tipo de riesgo, como muerte natural o accidental, invalidez total o permanente, cncer, emergencias accidentales, entre otros. Empresa de Seguros de Vida: Tiene cobertura para muerte natural y accidental. Empresas de Seguro de Riesgos Generales y Vida: Contempla los seguros anotados en los dos puntos anteriores. Empresa de Reaseguros: Otorga cobertura a una o ms empresas de seguros o patrimonios autnomos de seguros por los riesgos asumidos, en los casos en que se encuentren capitales importantes, o as convenga a estos ltimos por razn de sus lmites operacionales.2.4. LA BANCA DEL ESTADO:Corporacin Financiera de Desarrollo S.A. (COFIDE): LOGOTIPO :

RAZN SOCIAL :Corporacin Financiera de Desarrollo S.A.

R.U.C. :20100116392

Direccin :Av. Augusto Tamayo N 160, San Isidro

Telfono(s) :615-4000

Estado :Operativa

Web :http://www.cofide.com.pe

Mapa de Transparencia :http://www.cofide.com.pe/trans.html

Somos el Banco de Desarrollo del Per.Participamos activamente en el desarrollo sostenible e inclusivo del pas a travs del financiamiento de la inversin productiva e infraestructura bsica. Nuestro objetivo es disminuir las brechas de interconexin entre ciudades, generando nuevos empleos, contribuyendo al comercio, a la interconexin de las comunicaciones y a la mejora en la calidad de transporte, educacin y movilizacin. Adems, dinamizamos la economa de la zona de influencia, fomentando la competitividad y mejorando la calidad de vida de los peruanos.Cuidamos el medio ambiente, financiando soluciones ecolgicas, innovadoras y transformadoras de energas renovables con la finalidad de producir energa limpia. Esto lo logramos construyendo centrales hidroelctricas y lneas de transmisin, promoviendo el cambio a una matriz energtica verde y fomentando, en corto plazo, su masificacin para todos los segmentos de la poblacin.Generamos desarrollo de una manera sostenible, con responsabilidad social, protegiendo nuestro entorno y la sociedad para los peruanos de hoy y del futuro.Adems, apoyamos al emprendimiento y a los microempresarios con productos y servicios innovadores, a travs de la asesora y capacitacin gratuita, desarrollando competencias de gestin para generar crecimiento y potenciar el emprendimiento en el pas.Nuestra estrategiaVisinParticipar activamente en el desarrollo sostenible e inclusivo del pas, a travs del financiamiento de la inversin y del sistema financiero, as como apoyando al emprendimiento, con productos y servicios innovadores, y siendo socialmente responsables.MisinSer reconocido como un banco de inversin y desarrollo referente, con una cultura innovadora y de capital humano orientado a la excelencia en la gestin y comprometido con el desarrollo sostenible e inclusivo del pas.Objetivos

Productos/ServiciosNuestro objetivo como banco de desarrollo apunta a fomentar la conectividad. Esto lo logramos a travs de grandes proyectos que buscan cerrar la brecha informtica existente en la actualidad y a travs del desarrollo de programas que mitiguen el cambio de energas renovables y desarrollen las competencias de los microempresarios por medio de capacitacin.COFIDE se ha propuesto desarrollar productos y servicios innovadores en cuatro temas estratgicos: (i) Financiamiento de la inversin; (ii) Desarrollo MYPES; (iii) Presencia Descentralizada y (iv) Desarrollo del Mercado Financiero y Mercado de Capitales.BANCO DE LA NACION: LOGOTIPO :

RAZN SOCIAL :Banco de la Nacin

R.U.C. :20100030595

Direccin :Av. Repblica de Panam 3664, San Isidro, Lima

Telfono(s) :519-2000

Estado :Operativa

Web :http://www.bn.com.pe/

Mapa de Transparencia :http://www.bn.com.pe/transparenciabn/transparencia.asp

El 27 de enero de 1966, el Congreso de la Repblica aprob la Ley 16000 por la cual creaba el Banco de la Nacin que tiene por objeto administrar por delegacin las subcuentas del Tesoro Pblico y proporcionar al Gobierno Central los servicios bancarios para la administracin de los fondos pblicos. Participa como agente financiero del Estado, para atender la deuda pblica externa y las operaciones de comercio exterior. Asimismo recauda tributos y efecta pagos, adems otorga prstamos a trabajadores y pensionistas del Sector Pblico.El Banco de la Nacin es una empresa de derecho pblico, integrante del Sector Economa y Finanzas, que opera con autonoma econmica, financiera y administrativa. El Banco tiene patrimonio propio y duracin indeterminada.El Banco se rige por su Estatuto, por la Ley de la Actividad Empresarial del Estado y supletoriamente por la Ley General de Instituciones Bancarias, Financieras y de Seguros.Es objeto del Banco administrar por delegacin las subcuentas del Tesoro Pblico y proporcionar al Gobierno Central los servicios bancarios para la administracin de los fondos pblicos.Cuando el Ministerio de Economa y Finanzas lo requiera y autorice en el marco de las operaciones del Sistema Nacional de Tesorera, el Banco actuar como agente financiero del Estado, atender la deuda pblica externa y las operaciones de comercio exterior.Asimismo, recauda tributos y efecta pagos, sin que esto sea exclusivo, por encargo del Tesoro Pblico o cuando medien convenios con los rganos de la administracin tributaria.

Productos/ServiciosLos servicios que ofrece el BN (oferta) son los siguientes: Pagadura (pago de cheques, depsitos en cuenta corriente y de ahorros, retiros de ahorro en agencias y ATMs, y operaciones de Compra y Venta de moneda extranjera),Recaudacin (se ofrece a SUNAT, Poder Judicial, Ministerios y ADUANAS),Giros y Transferencias, Depsitos Judiciales y Administrativos, Corresponsalas (servicio a la Banca Comercial para la atencin de sus clientes), Servicios de Crditos Municipales, Crditos a Organismos del Gobierno Nacional y Entidades, Servicio de Crdito Multired, Prstamos IFIS, Servicio de Operaciones Externas.Historia del BancoEl 27 de enero de 1966, el Congreso de la Repblica aprob laLey 16000por la cual creaba el Banco de la Nacin. Das despus el Poder Ejecutivo, bajo la firma del Presidente de la Repblica, Fernando Belande Terry la pone en vigencia, culminando as un largo proceso cuyos antecedentes histricos datan del siglo XIX, pero que recin a partir de 1914, surge verdaderamente la preocupacin de crear un Banco que centralice las actividades operativas, econmicas y financieras.El Banco de la Nacin encuentra sus antecedentes inmediatos en el ao 1905, durante el gobierno de don Jos Pardo, en el que se crea la Caja de Depsitos y Consignaciones, mediante la Ley N 53 del 11.02.05. Esta Institucin ampli sus actividades en 1927 cuando se le encarg a travs de la Ley 5746 la administracin del Estanco del Tabaco y Opio, as como la recaudacin de las rentas del pas, derechos e impuestos del alcohol, defensa nacional y otros. Finalmente, en diciembre del mismo ao se le encarga la recaudacin de la totalidad de las rentas de toda la Repblica.El Decreto Supremo N 47, del 9 de agosto de 1963, estatiza la Caja de Depsitos y Consignaciones, declarndola de necesidad y utilidad pblica. Mediante este dispositivo se recupera para el Estado las funciones de recaudacin de las rentas fiscales y la custodia de los depsitos administrativos y judiciales. Tal estatizacin se realiz cuando la Caja contaba entre sus accionistas con diez Bancos: Crdito, Popular, Internacional, Wiese, Comercial, Continental, Gibson, De Lima, Unin y Progreso.Las funciones que se le asignaron al Banco de la Nacin fueron las siguientes: Recaudar las rentas del Gobierno Central y de las entidades del Sub-Sector Pblico independiente y de los Gobiernos Locales cuando as se conviniera con stos. Recibir en forma exclusiva y excluyente depsitos de fondos del Gobierno Central y del Sub-Sector Pblico, con excepcin de los Bancos Estatales y del Banco Central Hipotecario. Hacer efectivas las rdenes de pago contra sus propios fondos que expidan las entidades del Sector Pblico Nacional. Recibir en consignacin y custodia todos los depsitos administrativos y judiciales. Efectuar el servicio de la deuda pblica.El 12 de junio de 1981, en el segundo gobierno de Fernando Belande Terry, se promulg la Ley Orgnica Decreto Legislativo N 199 y se ampliaron las funciones del Banco: Recaudar los tributos del Sector Pblico Nacional. Efectuar en forma exclusiva por cuenta y en representacin del estado, operaciones de crdito activas y pasivas con Instituciones Financieras del pas y del exterior. Recibir en forma exclusiva los depsitos de los fondos de todo el Sector Pblico Nacional y Empresas del Estado, con excepcin de las Empresas Bancarias y Financieras Estatales.En 1994, durante el gobierno de Alberto Fujimori Fujimori, con el Decreto Supremo N 07- 94-EF Estatuto del Banco, se modificaron las funciones, las mismas que sern ejercidas sin exclusividad respecto de las Empresas y Entidades del Sistema Financiero: Brindar servicios de pagadura de acuerdo a las instrucciones que dicte la Direccin General del Tesoro Pblico. Brindar servicios de recaudacin por encargo de los acreedores tributarios. Efectuar por delegacin, operaciones propias de las subcuentas bancarias del Tesoro Pblico. Actuar como Agente Financiero del Estado. Actuar por cuenta de otros Bancos o Financieras, en la canalizacin de recursos. Participar en las operaciones de comercio exterior del Estado. Otorgar facilidades financieras al Gobierno Central, y a los Gobiernos Regionales y Locales, en los casos en que stos no sean atendidos por el Sistema Financiero Nacional. Las facilidades financieras que otorga el Banco no estn sujetas a los lmites que establece la Ley General de Instituciones Bancarias, Financieras y de Seguros. Brindar Servicios de Corresponsala. Brindar Servicios de Cuentas Corrientes a las Entidades del Sector Pblico Nacional y a Proveedores del Estado. Recibir depsitos de ahorros en lugares donde la banca privada no tiene oficinas.

BANCO AGROPECUARIO:LOGOTIPO :

RAZN SOCIAL :Banco Agropecuario

R.U.C. :20504565794

Direccin :Av. Repblica de Panam 3629 - San Isidro - Lima

Telfono(s) :615-0000

Estado :Operativa

Web :http://www.agrobanco.com.pe

Mapa de Transparencia :http://www.agrobanco.com.pe/index.php?pag=transparencia

HISTORIAAntecedentesMediante Ley N 27603 - Ley de Creacin del Banco Agropecuario publicada el 21 de diciembre de 2001, se cre el Banco Agropecuario como empresa integrante del sistema financiero nacional, dedicada a otorgar crditos al sector agropecuario.

El 21 de julio de 2007 se public la Ley N 29064 - Ley de Relanzamiento del Banco Agropecuario AGROBANCO - la cual establece las normas de adecuacin y funcionamiento, as como las actividades de transformacin y comercializacin de los productos del sector.Definicin y denominacinEl Banco Agropecuario, en adelante AGROBANCO, es el principal instrumento de apoyo financiero del Estado para el desarrollo sostenido y permanente del sector agropecuario, con especial nfasis en las actividades agrcola, ganadera, forestal, acucola, agroindustrial, y los procesos de transformacin, comercializacin y exportacin de productos naturales y derivados de dichas actividades.Naturaleza jurdicaAGROBANCO es una persona jurdica de derecho privado, de capital mixto, sujeta al rgimen de la Ley N 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgnica de la Superintendencia de Banca y Seguros; de la Ley General deSociedades, y de las disposiciones de su Ley de Relanzamiento.Direccin y GestinLa Direccin y Gestin de AGROBANCO es autnoma y se sujeta a su Ley de Relanzamiento y a su Estatuto. La mxima instancia de gobierno es la Junta General de Accionistas. En las Juntas de Accionistas del Banco Agropecuario, las acciones del Estado son representadas por el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE).OperacionesAGROBANCO tiene por objeto desarrollar todo tipo de actividades propias de una entidad bancaria, de conformidad con lo establecido en la Ley N 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgnica de la Superintendencia de Banca y Seguros.

Asimismo, AGROBANCO cuenta con los recursos que le asigne el Tesoro Pblico con las partidas que asignen el Ministerio de Agricultura y otros Pliegos presupuestarios para financiar programas de apoyo con crdito directo a los micro y pequeos productores agropecuarios, en el marco de los presupuestos institucionales autorizados respectivos. Las condiciones y trminos de estos programas se establecen bajo convenios de Comisin de Confianza. Dichos recursos no constituyen patrimonio de AGROBANCO.Prioridad de operaciones de crditoAGROBANCO prioriza sus operaciones de crdito hacia los medianos y pequeos productores agropecuarios asociados, Comunidades Campesinas y Comunidades Nativas, Empresas Comunales y Empresas Multicomunales de Servicios Agropecuarios, siendo el Directorio el que establecer los lineamientos para el otorgamiento de crditos destinados a los pequeos productores agropecuarios asociados de las zonas rurales de extrema pobreza.OFERTA CREDITICIA1. Crditos de Primer Piso

La demanda de los crditos de primer piso de los productores agropecuarios calificados, con buenos antecedentes crediticios y conocimiento de la actividad a desarrollar, la atiende AGROBANCO, mediante la organizacin en cadenas productivas de los beneficiarios.

Bajo esta modalidad de operacin, los productores integrantes de la cadena productiva reciben crditos personales individuales (hasta un mximo de 15 UIT por producto) que se suman al conjunto, facilitando as el mayor potencial econmico de la unidad de produccin agraria.

El proceso de formacin y operacin de la cadena productiva se gestiona por los Operadores de Crdito; es decir, organizaciones o profesionales calificados especializados en ciencias agropecuarias y con experiencia en la gestin de microcrdito. Los Operadores participan en la formulacin del proyecto y la solicitud de crdito, su supervisin, la provisin de insumos y asistencia tcnica, la comercializacin de la produccin y la recuperacin de los recursos prestados.

2. Crditos de Segundo Piso

En su funcin de banca de segundo piso, AGROBANCO destina una parte importante de sus recursos a atender la demanda de financiamiento de los medianos productores agropecuarios, a travs de las instituciones financieras intermediarias reguladas por la Superintendencia de Banca y Seguros, con lneas de crdito, programas y productos financieros especiales. De preferencia, los beneficiarios de estos crditos debern estar agrupados en cadenas productivas.FONDO MI VIVIENDA:LOGOTIPO :

RAZN SOCIAL :Fondo MIVIVIENDA S.A.

R.U.C. :20414671773

Direccin :Av. Paseo de la Repblica N 3121

Telfono(s) :211-7373

Estado :Operativa

Web :http://www.mivivienda.com.pe/

Mapa de Transparencia :http://www.mivivienda.com.pe/portal/Canales/Fondo%20MIVIVIENDA/Transparencia/Transparencia.aspx#

VISINSer el referente en la solucin de necesidades de vivienda y la reduccin del dficit habitacional, generando bienestar.MISINPromover el acceso a la vivienda nica y adecuada, principalmente de las familias con menores ingresos, a travs de la articulacin entre el Estado y los Sectores Inmobiliario y Financiero, impulsando su desarrollo.En el Fondo MIVIVIENDA tenemos con principales objetivos:1. Mantener la sostenibilidad financiera de la institucin, generando valor a travs de una gestin financiera eficiente.2. Promover y contribuir con el desarrollo descentralizado del mercado inmobiliario e hipotecario, a travs del financiamiento crediticio y la administracin de subsidios, satisfaciendo las necesidades de vivienda de la poblacin con dficit habitacional.3. Promover oferta inmobiliaria a travs de una gestin integrada con el sector financiero e inmobiliario de acuerdo al dficit habitacional.4. Optimizar la eficiencia operativa a travs del desarrollo de una gestin basada en procesos.5. Fortalecer el crecimiento y aprendizaje empresarial de la institucin asegurando un capital humano altamente motivado, competente e identificado con la institucin.

MARCO LEGAL Normas que determinan las competencias del Fondo MIVIVIENDA S.A., as como las que influencian su actividad.Las normas estn referidas a los siguientes temas: FONDO MIVIVIENDA S.A. [ver normas] BONO DEL BUEN PAGADOR [ver normas] BONO FAMILIAR HABITACIONAL [ver normas] TECHO PROPIO [ver normas] FONAVI [ver normas] SISTEMA DE CONTROL INTERNO [ver normas]

FONDO MIVIVIENDA S.A.El Fondo Hipotecario de Promocin de la Vivienda - Fondo MIVIVIENDA, se cre en el ao 1998, mediante la Ley N 26912, convirtindose en Sociedad Annima (S.A.) el 01 de enero del 2006, en virtud de la Ley de Conversin, Ley N 28579, y segn lo sealado en el Decreto Supremo N 024-2005-VIVIENDA.De acuerdo a la Ley N 28579, el Fondo MIVIVIENDA S.A. se convierte en una empresa estatal de derecho privado, comprendido bajo el mbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE y adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccin y Saneamiento.

Cul es su objeto social?El Fondo MIVIVIENDA S.A. tiene por objeto, dedicarse a: la promocin y financiamiento de la adquisicin, mejoramiento y construccin de viviendas, especialmente las de inters social, la realizacin de actividades relacionadas con el fomento del flujo de capitales hacia el mercado de financiamiento para vivienda, la participacin en el mercado primario y secundario de crditos hipotecarios, as como a contribuir al desarrollo del mercado de capitales.Asimismo, mediante el Decreto Legislativo N 1037, publicado el 25 de junio del 2008, se estableci que en el ejercicio de su objeto social y a efectos de incrementar la oferta de viviendas de inters social, el Fondo MIVIVIENDA S.A. podr promover la oferta de financiamiento para las inversiones en habilitacin urbana, pudiendo a su vez financiar las mismas.

Quin supervisa o regula al FMV?El Fondo MIVIVIENDA S.A. se encuentra bajo la supervisin de la Superintendencia de Banca Seguros y AFP, en sus actividades financieras, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolucin SBS N 980-2006, y por la Comisin Nacional Supervisora de Empresas y Valores del Per CONASEV, en sus actividades dentro del mercado de valores, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolucin CONASEV N 059-2007-EF/94.01.1.Subir

BONO DEL BUEN PAGADORMediante la Ley N 29033, publicada el 7 de junio del 2007, se cre el Bono del Buen Pagador como una de las acciones de poltica de acceso de la poblacin a la vivienda, cuyo Reglamento fuera aprobado por el Decreto Supremo N 003-2008-VIVIENDA.Mediante el Decreto Legislativo N 1037, publicado el 25 de junio del 2008, se dispuso que el valor del inmueble a adquirir, debera ser mayor a catorce (14) UIT y no exceder de veinticinco (25) UIT.En qu consiste?El Bono del Buen Pagador consiste en la ayuda econmica directa no rembolsable.Se otorga a las personas que cumplen con pagar sus cuotas derivadas del crdito MIVIVIENDA, por el monto mximo de S/. 10,000.00.Las condiciones son determinadas por el Fondo MIVIVIENDA S.A., a travs de las Instituciones Financieras.Cul es su objetivo?El objetivo es incentivar y promover el cumplimiento oportuno de los pagos mensuales del crdito MIVIVIENDA otorgado en Nuevos Soles.Subir

PROGRAMA TECHO PROPIOMediante Resolucin Ministerial N 054-2002-VIVIENDA, se crea el Programa Techo Propio bajo el mbito del Ministerio de Vivienda, Construccin y Saneamiento.La administracin estuvo a cargo del Fondo Hipotecario de Promocin de la Vivienda - Fondo MIVIVIENDA, continuando la misma luego de su conversin a Fondo MIVIVIENDA S.A. mediante Ley N 28579, modificada por Decreto Legislativo N 1037.Asimismo, mediante Decreto Supremo N 008-2009-VIVIENDA, publicada el 10 de abril de 2009, se declara de inters prioritario el desarrollo de programas de vivienda en el rea rural, por lo que se otorgarn Bonos Familiares Habitacionales en el rea rural para Construccin en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda.Cul es su objetivo?El Programa Techo Propio tiene por objetivo: promover los mecanismos que permitan el acceso de los sectores populares a una vivienda digna, en concordancia con sus posibilidades econmicas, y estimular la participacin del sector privado en la construccin masiva de viviendas de inters social.Subir

BONO FAMILIAR HABITACIONALA fin de asistir a los sectores populares en la adquisicin, construccin o mejoramiento de una vivienda de inters social, mediante Ley N 27829, se cre el Bono Familiar HabitacionalQuin administra el Bono Familiar Habitacional?Mediante Decreto Legislativo N 1037 publicado el 25 de junio del 2008, se modific la Ley N 27829, facultndose al Fondo MIVIVIENDA S.A. para realizar con cargo a sus Recursos Propios, la administracin del Bono Familiar Habitacional.Qu es el Bono Familiar Habitacional?Es un subsidio otorgado por nica vez a los beneficiarios sin cargo a ser devuelto por stos, como un incentivo y complemento de su ahorro, y esfuerzo constructor, a fin de destinarlo a la adquisicin, construccin en sitio propio o mejoramiento de una vivienda de inters social en el Marco del Programa Techo Propio.Quines son los beneficiarios?Los beneficiarios del Bono Familiar Habitacional, son las familias que carecen de recursos suficientes para obtener o mejorar una nica solucin habitacionalPor este motivo existen criterios mnimos de seleccin como el ingreso familiar mensual mximo, el ahorro mnimo, y las caractersticas de la vivienda de inters social.

El Fondo MIVIVIENDA S.A. es el encargado de la administracin y otorgamiento del Bono Familiar Habitacional, previo proceso de promocin, inscripcin, registro, verificacin de informacin y calificacin de postulaciones.

Cules son los pasos a seguir por los interesados?Las familias interesadas en ser beneficiarias del Bono Familiar Habitacional, debern: Estar inscritas en el Registro de Grupos Familiares; Ser declaradas como Grupo Familiar Elegible; Postular al Bono Familiar Habitacional; Ser declaradas beneficiarios.Los requisitos para cumplir con lo antes referido estn establecidos en las normas que regulan el BFH, las mismas que se encuentran en este portal.Cul es el valor mximo de una Vivienda de Inters Social?El Decreto Legislativo N 1037, se estableci que el valor mximo de una Vivienda de Inters Social (VIS) sera equivalente a catorce (14) UIT.Subir

FONAVIQu condicin tienen los recursos provenientes de la Liquidacin del FONAVI? y Para que fines seran utilizados?Mediante la Ley N 27677, en adelante Fondo Ley N 27677, se estableci que los recursos provenientes de la liquidacin del FONAVI seran intangibles y utilizados para financiar viviendas de inters social.Quin administra los recursos provenientes de la Liquidacin del FONAVI?Mediante el Decreto de Urgencia N 064-2002, se estableci que el Fondo Ley N 27677, se constituira a partir de la transferencia de recursos que efecte el Ministerio de Economa y Finanzas, a travs de la COLFONAVI, al Fondo MIVIVIENDA, quien es el encargado de administrar los recursos.Mediante D.S. N 109-2003-EF, se aprob el Reglamento de la Ley N 27677, el mismo que establece el uso que se dar al Fondo Ley N 27677, las condiciones de los prstamos que se otorgarn, quines son sus beneficiarios, su canalizacin a travs de las IFIS, y las facultades que el Fondo MIVIVIENDA tendr como su administrador.A quin se transfiri los activos del FONAVI?La Ley N 28452 autoriz al Ministerio de Economa y Finanzas a transferir al Fondo MIVIVIENDA el saldo de los activos resultantes, a valor de realizacin, del FONAVI en liquidacin y de la UTE FONAVI, as como la informacin y acervo documentario correspondiente.Asimismo, autoriz al Fondo MIVIVIENDA a registrar estos activos a partir de lo cual se constituir el Fondo Ley N 27677.Por otro lado, estipul que el Ministerio de Economa y Finanzas encargar al Viceministerio de Construccin y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccin y Saneamiento, la ejecucin, culminacin y liquidacin tcnico-financiera de las obras y proyectos de la UTE FONAVI que estuviesen inconclusas a la entrada en vigencia de la Ley N 28111.Dicho encargo culminara con la entrega de las obras a las Entidades correspondientes, luego de lo cual, la cartera en cobranza vinculada a estas obras a valor de realizacin sera transferida al Fondo MIVIVIENDA, para que proceda a su registro correspondiente.El D.S. N 127-2005-EF clasifica los activos que sern materia de las transferencias parciales de los activos del saldo resultante a valor de realizacin del FONAVI en liquidacin a favor del Fondo MIVIVIENDA, as como el procedimiento para la actualizacin de dicho valor de realizacin.El Decreto Supremo N 126-2006-EF establece el procedimiento marco para la actualizacin del valor de realizacin de los activos constituidos por existencias y activos no corrientes.

Cul es la situacin actual de la liquidacin del FONAVI?Mediante la Ley N 29625, Ley de Devolucin de Dinero del FONAVI a los Trabajadores que contribuyeron al mismo, se dispuso la devolucin a todos los trabajadores que contribuyen al FONAVI, el total actualizado de sus aportes que fueron descontados de sus remuneraciones.As mismo, se abone a favor de cada trabajador beneficiario; los aportes de sus respectivos empleadores, el Estado y otros en la proporcin que les corresponda debidamente actualizados.Se conform una Comisin Ad Hoc, para efectuar todos los procedimientos y procesos que sean necesarios para cumplir con lo establecido en la referida Ley.Mediante el Decreto Supremo N 06-2012-EF se aprob el reglamento de la Ley N 29625.Subir

SISTEMA DE CONTROL INTERNOEs el conjunto de acciones, actividades, planes, polticas, normas, registros, procedimientos y mtodos, incluido el entorno y actitudes que desarrollan autoridades y su personal a cargo, con el objetivo de prevenir posibles riesgos que afectan a una entidad pblica.Se fundamenta en una estructura basada en cinco componentes funcionales: Ambiente de control Evaluacin de riesgos Actividades de control gerencial Informacin y comunicacin SupervisinCul es el beneficio de contar con un sistema de control interno?Seguridad razonable de: Reducir los riesgos de corrupcin Lograr los objetivos y metas establecidos Promover el desarrollo organizacional Lograr mayor eficiencia, eficacia y transparencia en las operaciones Asegurar el cumplimiento del marco normativo Proteger los recursos y bienes del Estado, y el adecuado uso de los mismos Contar con informacin confiable y oportuna Fomentar la prctica de valores Promover la rendicin de cuentas de los funcionarios por la misin y objetivos encargados y el uso de los bienes y recursos asignadosQuines estn obligados a Implementacin del sistema de control interno?Las entidades del Estado estn sujetas al mbito del Sistema Nacional de Control, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N 27785 - Ley Orgnica del Sistema Nacional de Control y de la Contralora General de la Repblica, y por ello, se encuentra obligada al cumplimientos de las normas que emita la Contralora General de la Repblica, como ente tcnico rector del Sistema, incluida dentro de ellas el Fondo MIVIVIENDA S.A.Quin esta a cargo del Sistema de Control Interno?El sistema de control interno est a cargo de la propia entidad pblica. Su implementacin y funcionamiento es responsabilidad de sus autoridades, funcionarios y servidores.Cul es el rol de la Contralora General de la Repblica?La Contralora General de la Repblica, es responsable de la evaluacin del sistema de control interno de las entidades del Estado.Sus resultados contribuyen a fortalecer la institucin, a travs de las recomendaciones que hace de conocimiento de la administracin para las acciones conducentes a superar las debilidades e ineficiencias encontradas.Cules son las normas que regulan el Sistema de Control Interno del Fondo MIVIVIENDA S.A.?Son las siguientes: Ley N 28716 Ley de Control Interno de las Entidades del Estado, modificada por Decreto de Urgencia N 67-2009, se establece la obligacin de implantarse sistemas de control interno en los procesos, actividades, recursos, operaciones y actos institucionales de las entidades sujetas al Sistema Nacional de Control. Resolucin de Contralora N 320-2006-CG, que aprueba las Normas de Control Interno, las cuales constituyen lineamientos, criterios, mtodos y disposiciones para la aplicacin y regulacin del control interno en las principales reas de la actividad administrativa u operativa de las entidades, incluidas las relativas a la gestin financiera, logstica, de personal, de obras, de sistemas de informacin y de valores ticos, entre otras. Resolucin de Contralora N 458-2008-CG, que aprueba la Gua para la Implementacin del Sistema de Control Interno de las entidades del Estado que tiene como objetivo principal proveer de lineamientos, herramientas y mtodos a las entidades del Estado para la implementacin de los componentes que conforman el Sistema de Control Interno establecido en las Normas de Control Interno. Acuerdo de Directorio de FONAFE N 001-2006/028-FONAFE, que aprueba el Cdigo Marco del Sistema de Control Interno para las Empresas del Estado, el cual regula una parte conceptual y orientadora constituida por el Marco General de Control Interno, establece la organizacin y lineamientos para operar la estructura de control interno, escribe las principales responsabilidades internas sobre el sistema de control interno de la empresa, y las etapas y actividades para la formalizacin e implantacin de la estructura de Control Interno.

2.5. EMPRESAS DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS ALMACN GENERAL DE DEPSITO: Lugar donde se almacenan mercaderas que se importan o exportan. Empresa de Servicios de Canje: Supervisa la operacin mediante la cual dos o ms bancos proceden a intercambiarse cheques emitidos por cada banco y que se encuentran en poder del otro. Esta operacin suele efectuarse en la Empresa de Canje Electrnico. Empresa de Transferencia de Fondos: Su funcin es el envo de los fondos de una localidad a otra por medios electrnicos o fsicos. Empresa Emisora de Tarjeta de Crdito y/o de Dbito: Encargada de la gestin y emisin de tarjetas. Empresa de Transporte, Custodia y Administracin de Numerario: Encargada del transporte de caudales entre oficinas de las entidades (financieras y otras) y la empresa que presta el servicio.Empresa de Transferencia de Fondos: Su funcin es el envo de los fondos de una localidad a otra por medios electrnicos o fsicos.Empresa Emisora de Tarjeta de Crdito y/o de Dbito: Encargada de la gestin y emisin de tarjetas. Empresa de Transporte, Custodia y Administracin de Numerario: Encargada del transporte de caudales entre oficinas de las entidades (financieras y otras) y la empresa que presta el servicio.2.6. Sistema Privado de Pensiones El 6 de diciembre 1992, el gobierno promulg el Decreto Ley 25897, por el cual cre el Sistema Privado de Pensiones (SPP) como alternativa a los regmenes de pensiones administrados por el Estado y concentrados en el Sistema Nacional de Pensiones (SNP). El Sistema Privado de Pensiones es un rgimen de capitalizacin individual, donde los aportes que realiza el trabajador se registran en su cuenta personal denominada Cuenta Individual de Capitalizacin (CIC), la misma que se incrementa mes a mes con los nuevos aportes y la rentabilidad generada por las inversiones del fondo acumulado. Este sistema previsional se sustenta en la libertad y la responsabilidad individual, siendo sus caractersticas principales: libertad de eleccin, la participacin activa del trabajador, la transparencia en la informacin, la libre competencia y la fiscalizacin.2.7. Administradoras de Fondos de Pensiones Son empresas que reciben aportes bsicamente individuales de los trabajadores a fin que puedan gozar del beneficio de jubilacin al cumplirse el tiempo legal. Estas empresas invierten y administran los fondos, por cuenta y riesgo de los trabajadores, en diversos instrumentos de inversin, tanto de renta fija como variable, formando una cartera de inversiones.

CONCLUSIONES

BIBLIOGRAFIA

http://www.monografias.com/trabajos82/el-sistema-financiero/el-sistema-financiero.shtml#ixzz3ak20rSqU

http://app.ifb.edu.pe/servicios_alumnos/doc/Adm_Negocios/Separatas/ICiclo/Separata_Sistema_Financiero_y_sus_principales_Productos_y_Servicios_2011-2.pdf

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http://www.bn.com.pe/nosotros/giro-negocio-banco.asp

http://www.agrobanco.com.pe/index.php?id=quienessomos

http://www.agrobanco.com.pe/index.php?id=oferta-crediticia

http://www.mivivienda.com.pe/portalweb/fondo-MIVIVIENDA/pagina.aspx?idpage=3

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