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MÓDULO 5 Las opiniones expresadas en esta presentación son de exclusiva responsabilidad del autor y no deberían ser interpretadas necesariamente como un reflejo de los puntos de vista de la OMI o de su Secretaría. Supervisión y Ejecución del Cumplimiento (CME)

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MÓDULO 5

Las opiniones expresadas en esta presentación son de

exclusiva responsabilidad del autor y no deberían ser

interpretadas necesariamente como un reflejo de los puntos

de vista de la OMI o de su Secretaría.

Supervisión y Ejecución del

Cumplimiento (CME)

MÓDULO 5

3. Convenio y Directrices para la gestión del agua de lastre

1. Introducción a la gestión del agua de lastre

2. Instrumentos, principios y estrategias pertinentes

4. Aspectos de la gestión del agua de lastre relacionados con el Estado de

abanderamiento, Estado rector del puerto y Estado ribereño

5. Supervisión y ejecución del cumplimiento

Explicar la naturaleza y función del Sistema de

supervisión y ejecución del cumplimiento (CME)

Describir los datos necesarios para establecer un

sistema de CME

Explicar el proceso de verificación de datos

Describir las opciones relativas a la inspección

Explicar el papel que desempeña el muestreo del agua

de lastre en la supervisión del cumplimiento

Discutir acerca de la ejecución del cumplimiento, las

medidas de mitigación, las penas y las sanciones

Notificación a la OMI y a otros Estados

Memorandos de entendimiento para la supervisión por

el Estado rector del puerto

Objetivos

Supervisión y ejecución del

cumplimiento (CME)

Mecanismo conexo para supervisar el cumplimiento de un

sistema y permitir la ejecución de dicho cumplimiento.

¡Es fundamental para la implantación exitosa de cualquier

convenio!

CME en virtud del Convenio sobre la

gestión del agua de lastre

Elemento fundamental del régimen de gestión

del agua de lastre.• evalúa si un buque ha cumplido las prescripciones de la

OMI y del Estado rector del puerto;

• hace que dichas prescripciones se cumplan.

Criterios fundamentales

• compatible con el régimen de gestión del agua de

lastre y con el Convenio;

• evalúa si las disposiciones para la aplicación del

Convenio sobre la gestión del agua de lastre

establecidas por el Estado rector del puerto se han

cumplido.

Elementos clave de un sistema de CME

•Evaluación inicial del agua de lastre

•Fácil de implantar

• Eficiente desde el punto de vista de los costos

• Es una medida preventiva para el Estado rector del

puerto y para el Estado ribereño

Prácticas existentes

Elementos clave de un sistema de CME

¿Cuáles son los elementos clave de un

sistema de supervisión y ejecución del

cumplimiento?

• los buques deben recoger y registrar información

relativa a las prácticas de gestión del agua de lastre;

• la información debe ser puesta a disposición de la

Autoridad Reguladora;

• se debe examinar el diario de navegación oficial del

buque y otros registros;

• tomar muestras del agua de lastre y de los sedimentos;

• disposición para que se “ejecute” el cumplimiento;

• notificar a la OMI y a otras partes acerca de las

disposiciones adoptadas.

Régimen de inspección

• Estado de abanderamiento, Estado rector del

puerto y Estado ribereño - derecho a efectuar

inspecciones – Convenio sobre la gestión del agua

de lastre

•Funcionarios de supervisión del Estado rector del

puerto y del Estado de abanderamiento

• FSI 19/19 (2011) – orientación básica para las

inspecciones en el marco de la supervisión por el

Estado rector del puerto

Prescripciones del Convenio relativas a la

función de supervisión y ejecución del

cumplimiento

• Artículo 2 – responsabilidad de la Administración

• Artículo 4 – cumplimiento de las prescripciones

por los buques y elaboración de políticas

nacionales

• Artículo 9 – procedimientos de supervisión

Inspección de buques que presentan

distintos estados de cumplimiento

• Buques de Estados que no son partes y que no van

provistos del Certificado de gestión del agua de lastre

• Buques que cuentan con certificados distintos de los

prescritos en el Convenio

•Buques que operen con exenciones, ya sean totales o

parciales (Regla A-4)

• Rol de los funcionarios de supervisión del Estado

rector del puerto y del Estado de abanderamiento

Inspecciones a bordo de los buques

Las Partes podrán efectuar inspecciones:

• a iniciativa de una Parte;

• a petición de otra Parte, basándose en la información

sobre un buque facilitada por dicha Parte o por otros.

Inspección inicial

Motivos fundados

Inspección

pormenorizada

Incumplimientos que

son causa de posibles

riesgos

Incumplimientos que

NO son causa de

posibles riesgos

Inspección ocular del casco antes

de subir a bordo del buque

Inspección de la cámara de bombas de

agua de lastre / los espacios de

máquinas

•Certificado internacional de gestión del

agua de lastre

•Libro registro del agua de lastre

•Plan de gestión del agua de lastre

•Notificación electrónica

•Resultados del muestreo

Mo

tivo

s

fun

da

do

s

•Sistema de gestión del agua de

lastre

•Registros del cambio del agua de

lastre

•Diario de navegación

•Toma de muestras

Ins

pe

cc

ión

po

rme

no

riza

da

•Deficiencias encontradas

•Notificación a las Partes que

corresponda

•Medidas correctivas

•Amonestación/ detención /

levantamiento de la detención luego de

corregirse la deficiencia

Me

did

as

co

rre

cti

va

s

•El Certificado internacional de gestión del agua de lastre no es válido

•El sistema de gestión del agua de lastre no está aprobado

•Modificaciones no aprobadas al sistema de gestión del agua de lastre

•Funcionamiento defectuoso del equipo de gestión del agua de lastre

•El sistema de gestión del agua de lastre no está operativo

•El capitán y la tripulación no están familiarizados con el sistema de

gestión del agua de lastre

Ins

pe

cc

ión

in

icia

l

Inspección inicial de los buques

Verificar:

• La validez del Certificado internacional de gestión del

agua de lastre y de otros documentos;

• El estado general del buque.

• Selección ocular de buques

• Fotografías

• Registros de teledetección o

fotografías de teledetección

• Muestras tomadas

• Explicación del capitán

• Último puerto de escala del buque

• Siguiente puerto de escala del buque

• Nombre del capitán y nombre del

propietario del buque

• Distintivo de llamada del buque

Paso inicial: Antecedentes del buque

Verificación del Certificado internacional

de gestión del agua de lastre

Estado del casco y de

la cubierta

Lista de comprobaciones para la

inspección

• Examen pormenorizado del Certificado internacional

de gestión del agua de lastre

• Inspección pormenorizada del Libro registro del agua

de lastre

• Inspección del Plan de gestión del agua de lastre;

• Examen del diario de navegación del buque.

Otros documentos que haya a bordo

• Registro reciente de toma / descarga de agua de lastre

• Registros del equipo de vigilancia y control del

sistema de gestión de agua de lastre.

Motivos fundados

Cuando el estado del buque o de su equipo no

corresponde en lo esencial a los pormenores de los

certificados MOTIVOS FUNDADOS para

efectuar una inspección pormenorizada.

Ejemplos

Se lleva a cabo cuando:• El sistema de gestión del agua de lastre no se

ajusta a lo especificado en el Certificado

internacional de gestión del agua de lastre;

• La muestra tomada no se ajusta al

cumplimiento;

• La cámara de máquinas y la cámara de bombas

de agua de lastre están en estado deficiente;

• El sistema de gestión del agua de lastre, el

sistema de bombeo del agua de lastre, los

sistemas de tuberías y los dispositivos de

alarma, detención o vigilancia están en estado

deficiente.

Inspección pormenorizada

Efectuando inspecciones pormenorizadas

¿Puede nombrar alguna situación que

podría conducir a que se efectúe una

inspección pormenorizada de un

buque?

• Ausencia, deterioro o funcionamiento defectuoso del equipo de

gestión del agua de lastre;

• Libro registro del agua de lastre no disponible a bordo;

• Instalación de un conducto de derivación de descargas no

autorizado;

• Incumplimiento de las prescripciones;

• Ausencia del Plan de gestión del agua de lastre;

• Personal no familiarizado con los procedimientos relativos a la

descarga de agua de lastre.

Tipo/ tamaño del organismo Número máximoVolumen del agua de

lastre

Plancton (número)

Tamaño = ≥ 50 micras 10 1 m3

Tamaño = 10 - 50 micras 10 1 mL

Microbios (unidad formadora de colonias, ufc)

V. cholerae (O1 y O139) 1 100 mL

E. coli 250 100 mL

E. Cocci intestinal 100 100 mL

Muestreo del agua de lastre

• Investigación científica

• Evaluación de riesgos

• Supervisión del cumplimiento

¡No está previsto que el funcionario de

supervisión del Estado rector del puerto lleve a

cabo un muestreo detallado!

Muestreo del agua de lastre para el

control del cumplimiento

• Confirmar que el cambio del agua de lastre se ha

realizado (D-1)

• Confirmar que la norma de eficacia de la gestión del

agua de lastre se ha cumplido (D-2)

La evaluación inicial de control del cumplimiento efectuada

por el funcionario de supervisión se enfocará en la

documentación relativa a la gestión del agua de lastre que el

buque lleve a bordo

Métodos de muestreo de agua de lastre

• Muestreo a través de puntos de acceso de muestreo

del agua de lastre;

• Control del cumplimiento de la Norma para el cambio

de agua de lastre (D-1)

• Control del cumplimiento de la Norma de eficacia de la

gestión del agua de lastre (D-2)

¡Los métodos de muestreo del agua de lastre aún

no han sido objeto de ensayos adecuados!

Análisis indicativo y muestreo indicativo

Proceso de muestreo

• Indicativo

• Análisis detallado

Desafíos que implica el muestreo

• Representatividad de la muestra

• Volúmenes de agua

• Viabilidad de los organismos

• Tamaño mínimo

Posibles riesgos:

¿Medidas de mitigación de riesgos?

Instalaciones de recepción

Instalaciones de tratamiento ubicadas en tierra

No permitir la descarga

Zonas alternativas para efectuar el cambio del agua

de lastre o zonas de descarga de emergencia

Incumplimientos que son causa de

posibles riesgos

Incumplimientos que no son causa de

posibles riesgos

• Presentación de información relativa a las

deficiencias

• Actuación del Estado rector del puerto

respecto a los buques deficientes

• Procedimientos para la rectificación de

deficiencias y el levantamiento de la

detención

Seguimiento de inspecciones

Prescripciones relativas a la notificación :

• Estado rector del puerto

En caso de deficiencia:

• Estado de abanderamiento

Notificación a la OMI, Memorando de

entendimiento

• Subcomité de Implantación por el Estado de

Abanderamiento FSI 19

• Novedades recientes

Notificación a la OMI, Memorando de

entendimiento

Caso específico de buques de Estados que no son

partes y de otros buques no obligados a portar un

Certificado internacional de gestión del agua de

lastre

Punto Lista de comprobaciones para ocuparse de tales

buques

Observaciones

1. ¿El buque va provisto de un certificado/documento de

cumplimiento expedido por una organización que haya

sido reconocida por una Parte del Convenio sobre la

gestión del agua de lastre?

2. Si se contesta sí, limítese la inspección a la deficiencia

denunciada.

3. Si se contesta no, efectúese una inspección

pormenorizada o solicítese al capitán/propietario/agente

marítimo que se encargue de que una organización

reconocida por la autoridad del Estado rector del puerto

lleve a cabo un reconocimiento del buque.

Infracción de las disposiciones

relativas a descargas

Es necesario contar con información

adicional para que se entable un

proceso en relación con la

presunta infracciónSección 5.10

Infracciones (Artículo 8)

Detección de infracciones y control de

buques (Artículo 10)

Evitar/prohibir que un buque descargue

agua de lastre

Inspeccionar un buque si otra Parte

presenta una solicitud de investigación

Supervisión y Ejecución

Medidas coercitivas

Se adoptan en el caso de:

• circunstancias que estén fuera del control del buque

• falta de diligencia por parte del buque, o

• incumplimiento deliberado de las prescripciones del

Estado rector del puerto relativas a la gestión del agua

de lastre.

Penas y sanciones

¿Cuando comienza el proceso de

cumplimiento?Cuando la Autoridad Reguladora confirma que las

prescripciones del Estado rector del puerto relativas a

la gestión del agua de lastre no se han cumplido

plenamente.

• Deben tener respaldo legislativo (relación con la

legislación nacional y con la legislación regional)

• Deben ser coherentes con las prescripciones del

Convenio

• Deben ser proporcionales a la seriedad del delito y del

riesgo.

Penas y sanciones

Verificar el nivel o la seriedad del incumplimiento

1. Determinar el nivel / la seriedad de la infracción

2. Confirmar la infracción a las autoridades

pertinentes

3. Basándose en los puntos 1 y 2,

determinar si es apropiado imponer una

pena o sanción

4. Aplicar la pena o sanción

5. Notificar a la OMI y a las partes pertinentes.

Enfoque anticipador versus enfoque

reactivo

Diferencia entre los dos enfoques.

Agua de lastre– enfoque anticipador: aranceles,

seguros obligatorios e instrumentos fiscales.

Incentivos para fomentar el cumplimiento

Motivar a la industria marítima a cumplir las

disposiciones del Convenio

Costos que conlleva el incumplimiento

Herramientas atractivas para los propietarios de buques -

reputación verde, responsable con el medio ambiente

¿Qué medidas pueden motivar el

cumplimiento?

Artículo 3 del Convenio sobre la gestión

del agua de lastre : Ámbito de

aplicación

El Convenio se aplicará a:

• los buques que, sin tener derecho a enarbolar el

pabellón de una Parte, operen bajo la autoridad de una

Parte;

• los buques que tengan derecho a enarbolar el pabellón

de una Parte

El Convenio no se aplicará a:Sección 5.12

Regla A-3 Excepciones

No se aplicarán a:

•la toma o descarga necesaria para garantizar la

seguridad del buque (situaciones de emergencia); o

•la descarga o entrada accidental de agua de lastre y

sedimentos; o

•la toma o descarga que se realice para evitar sucesos

de contaminación; o

•la toma y posterior descarga en alta mar; o

•la descarga de un buque en el mismo lugar del que

proceda la totalidad del agua de lastre y los sedimentos

– sin mezclas.

Regla A-4 Exenciones

•concedidas por una Parte o Partes en las aguas bajo

su jurisdicción;

•no serán efectivas hasta después de haberlas

comunicado a la Organización y a las Partes;

•no dañarán ni deteriorarán el medio ambiente, la salud

de los seres humanos, los bienes o los recursos;

•se anotarán en el Libro registro del agua de lastre.

• Directrices D7

• Directrices D13

Exenciones basadas en la evaluación de los

riesgos (en virtud de las Directrices D7)

Exenciones

presentadas por la

comunidad marítima

Evaluadas por la

Autoridad del Estado

rector del puerto

Registradas en el Libro

registro del agua de

lastre

La Parte que las concede

es responsable de la

evaluación de riesgos

Métodos de

evaluación de riesgos

D7

Comparación ambiental

Riesgos biogeográficos

de las especies

Riesgos específicos de

una especie

Notificación a la OMI, otros Estados u

otras Partes

Notificación de las medidas

de control - Artículo 11

Infracción detectada

Se informó al buque

Informe remitido a la

Administración.

Informar a la Administración

del buque

Informar a la Organización

Reconocida

La Autoridad del Estado rector

del puerto debe informar al

siguiente puerto de escala

Infracción detectada

Se notificó a la

Administración

Pedir pruebas adicionales

Se incoa proceso, si hay

pruebas suficientes

Comunicar a la Parte las

medidas que se adopten

Notificación de

infracciones – Artículo 8

Memorandos de entendimiento sobre

supervisión por el Estado rector del puerto y

cooperación regional bajo el régimen de

supervisión por el Estado rector del puerto

• Armonizan y normalizan las actividades de supervisión por

el Estado rector del puerto;

•Deben ser tomados en cuenta al elaborar los métodos del

sistema de supervisión y ejecución del cumplimiento de la

gestión del agua de lastre.

Conclusión

•Elementos clave del sistema de supervisión y

ejecución del cumplimiento

•Inspección básica – motivos fundados – inspección

pormenorizada

•Seguimiento y comunicación

•Dificultades relativas al muestreo

•Incentivos relativos a la implantación y al cumplimiento

•Notificación de infracciones

•Memorandos de entendimiento y cooperación regional

Ejercicios

• I – Preguntas y Respuestas: responda brevemente a 5

preguntas.

• II (opcional) – Verdadero o Falso: lea cada enunciado,

señale si es verdadero o falso y entregue una breve

justificación para su respuesta.