modelo de inspeccion, vigilancia y control sanitario
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MODELO DE INSPECCION, VIGILANCIA Y CONTROL SANITARIO
Dirección de Promoción y Prevención
Subdirección Salud Ambiental
CONTENIDO
1. Antecedentes Normativos Generales
2. Modelo de Inspección, Vigilancia y Control
Sanitario Resolución 1229 de 2013
3. Obligaciones Entidades Territoriales de Salud
1. MARCO NORMATIVO
MARCO NORMATIVO
1 2 3 4 5 6
Título IV Ley 09 de 1979
Saneamiento a edificaciones y clasificación
Ley 715 de 2001 Competencias de las DTS en IVC-Establecimientos
Resolución 1229 de 2013 Modelo de IVC,
Bienes y Servicios
Ley 232 de 1995 Reglamentada por el Decreto
1879/02 Normas de
funcionamiento de Est. Comerciales
Resolución 1841 de 2013 - PDSP
Cumplimiento de meta establecimientos de alto y bajo riesgo
Resolución 518 de 2015 PIC
7
Ley 19 de 2012 Establecer el
Modelo de IVC, Bienes y Servicios
META PDSP
A 2021, establecimientos de interés
sanitario vigilados y controlados en un
80 % para aquellos de alto riesgo y en
un 40 % para los de bajo riesgo, según
censo nacional y-o territorial.
COMPONENTE SITUACIONES EN SALUD
VIGILANCIA EN SALUD
VIGILANCIA EN SALUD PÚBLICA
• FESP2 • Función esencial asociada a la
responsabilidad estatal y ciudadana de protección de la salud, consistente en el proceso sistemático y constante de recolección, análisis, interpretación y divulgación de información específica relacionada con la salud de los individuos y colectivos, para su utilización en la planificación, ejecución y evaluación de la práctica en salud pública.
VIGILANCIA Y CONTROL SANITARIO
• FESP6 • Función esencial asociada a la
responsabilidad estatal y ciudadana de proteger la salud individual y colectiva, consistente en el proceso sistemático y constante de verificación de estándares de calidad, monitoreo de efectos en salud y acciones de intervención en las cadenas productivas, orientadas a eliminar o minimizar riesgos, daños e impactos negativos para la salud humana por el uso o consumo de bienes y servicios.
RESOLUCIÓN 1229 DE 2013
Por la cual se establece el Modelo de Inspección,
Vigilancia y Control Sanitario para los productos de uso y
consumo humano
Ministerio de Salud y Protección Social
Resolución 1229 de 2013
Articulo 1. OBJETO
Establecer el modelo de inspección, vigilancia y control sanitario que permita contar con un marco de referencia donde se incorpore
el análisis y gestión de riesgos asociados al uso y consumo de bienes y servicios, a lo largo de
todas las fases de las cadenas productivas, con el fin de proteger la salud humana individual y colectiva en un contexto de seguridad sanitaria
nacional.
Las disposiciones contenidas en la presente resolución se aplicarán a todos los bienes y
servicios de uso y consumo humano y serán de obligatorio cumplimiento por parte de los
sujetos responsables de desarrollar el modelo de IVC, cuyas actividades productivas influyan directa o indirectamente en la salud de la
población.
Articulo 2. Campo de Aplicación
OB
JETO
S D
E IV
C
• Son todos los bienes y servicios de uso y consumo humano originados de cadenas productivas, estén o no reguladas por estándares de calidad, incluyendo condiciones sanitarias y riesgos ambientales generados en los procesos de producción y uso.(Art 3. Res 1229 de 2013).
SUJE
TOS
IVC
Son las personas naturales y jurídicas, organizaciones e instituciones obligadas a proteger la salud pública y garantizar la seguridad sanitaria a través de su desempeño, ya sea en condición de usuario/consumidor; proveedor/productor o autoridad sanitaria: Autoridades Sanitarias Autoridad Sanitaria competente en inspección, vigilancia y control sanitario Proveedor - Productor Usuario - Consumido
CA
PIT
ULO
I. D
ISP
OSI
CIO
NES
GEN
ERA
LES
Articulo 4. Sujetos de inspección, vigilancia y control sanitario
•Entidades jurídicas de carácter público con atribuciones para ejercer funciones de rectoría, regulación, inspección, vigilancia y control de los sectores públicos y privados en salud y adoptar
Autoridades Sanitarias
•Aquella entidad de carácter publico investida por mandato legal o delegación de autoridad, para realizar acciones de inspección, vigilancia y control sanitario y adoptar las correspondiente medidas.
Autoridad Sanitaria competente en
inspección, vigilancia y control sanitario
•Toda persona natural o jurídica, entidad e institución, que produzca o provea bienes y servicios normados como objeto de vigilancia y control sanitario, o que por naturaleza de su actividad productiva sea potencial generador de riesgo sanitario.
Proveedor / Productor
•Toda persona natural o jurídica, entidad e institución que use o consuma bienes y servicios objeto de vigilancia y control; o provea y/o demande información del sistema de inspección, vigilancia y control sanitario.
Usuario / Consumidor
medidas de prevención, control y seguimiento que garanticen la protección
de la salud pública
ADOPTAN
INVIMA, Y LAS ETS
SON
ENFOQUE DE RIESGO
ENFOQUE DE PREVENCIÓN
ENFOQUE SISTEMICO BASADO EN PROCESOS
ENFOQUE OPERATIVOS VIABLES E INTERCONECTADOS
IVC
ENFOQUES DEL MODELO DE IVC
ENFOQUE PREVENTIVISTA
Aseguramiento Sanitario de las cadenas productivas
Promoción de Buenas Practicas
Fomento de consciencia sanitaria
Autorregulación de actores
Fiscalización Sanitaria IVC
Inspección de estándares - Vigilancia de efectos
Medidas de Control
Intervención de Daños
PROCESOS DEL MODELO DE IVC
Procesos de Apoyo
Capital Humano, Físico, tecnológico y financiero
Proceso Misional Aseguramiento Sanitario de las
cadenas Productivas Fiscalización Sanitaria
Procesos Estratégicos Procesos de
Gestión Integral Procesos relacionales articuladores de actores y procesos del modelo
Procesos de Gestión del conocimiento y su aplicación en políticas de seguridad sanitaria
ILUSTRACION MODELO IVC
3. OBLIGACIONES ENTIDADES TERRITORIALES
… Desarrollar los procesos básicos de inspección, vigilancia y control sanitario de su competencia
Desarrollar las actividades de asesoría, información y educación sanitaria, dirigidas a los actores locales sujetos de inspección, vigilancia y control sanitario; Mantener actualizado el universo de objetos vigilados y realizar las operaciones de inspección, vigilancia y control sanitario de acuerdo con sus competencias y funciones…
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GRACIAS Ing. Elsy del Pilar González
[email protected] Dirección de Promoción y Prevención
Subdirección de salud ambiental