ministerio de trabajo e inmigraciÓn...2009/07/20 · apartado 1.e) del artículo 20 de la ley...
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADONúm. 174 Lunes 20 de julio de 2009 Sec. II.B. Pág. 61008
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN12012 Orden TIN/1932/2009, de 16 de julio, por la que se convoca concurso específico
para la provisión de puestos de trabajo en la Administración de la Seguridad Social.
Por Resolución del Secretario de Estado de la Seguridad Social de fecha 13 de febrero de 2007 se dispone la creación de las Unidades Provinciales de Informática (UPIS) en el ámbito de las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social, estableciendo su dependencia orgánica y técnico-informática de la Gerencia de Informática de la Seguridad Social (GISS) y su dependencia funcional de las respectivas Direcciones Generales de las Entidades Gestoras y Tesorería General de la Seguridad Social. Atendiendo a lo dispuesto en dicha Resolución, la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones (CECIR) en su reunión celebrada el 22 de octubre de 2008 procedió a la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo de la GISS con efectos de 1 de noviembre de 2008.
Vacantes puestos de trabajo de dicha modificación, dotados presupuestariamente y sobre los que no existe reserva de puesto, se estima conveniente su provisión y, en atención a las necesidades del servicio, procede convocar concurso para la provisión de los mismos, que pueden ser desempeñados por funcionarios pertenecientes a Cuerpos y Escalas de los subgrupos A1, A2, C1 y C2.
A este respecto, la Administración Pública, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Directiva Comunitaria de 9 de febrero de 1976, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y la Orden APU/526/2005, de 7 de marzo, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado, lleva a cabo una política de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación profesional y a las condiciones de trabajo, por lo que la provisión de vacantes se efectuará en el marco de los citados principios.
Por todo ello, este Ministerio de Trabajo e Inmigración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40.1 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril), y con la aprobación de la Secretaría de Estado para la Función Pública a que se refiere el artículo 39 del citado Reglamento, ha dispuesto convocar concurso para la provisión de los puestos que se relacionan en el anexo I a esta Orden con arreglo a las siguientes
Bases
Primera.–1. Podrán participar en el presente concurso y solicitar las vacantes de puestos de trabajo del anexo I, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y en las relaciones de puestos de trabajo de la Administración de la Seguridad Social, los funcionarios de carrera de los subgrupos A1, A2, C1 y C2, siempre que reúnan las condiciones generales y requisitos determinados en la convocatoria para cada puesto en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. A estos efectos se hace constar que los puestos que se relacionan en el citado anexo y que figuran con la clave de adscripción EX20 son de cobertura exclusiva para funcionarios de la Administración de la Seguridad Social y para aquellos otros destinados cv
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en dicha Administración, en tanto que los que figuran con la clave de adscripción EX11 también podrán ser solicitados por los funcionarios de los Cuerpos o Escalas del resto de la Administración del Estado.
2. a) De acuerdo con lo dispuesto en el apartado c) del artículo 20.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, introducido por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, y con las orientaciones de atención a los sectores prioritarios señalados por el Real Decreto 248/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2009, podrán participar en el presente concurso los funcionarios de carrera en cualquier situación administrativa, excepto los suspensos en firme mientras dura la suspensión, con independencia del Departamento Ministerial donde presten servicios, siempre que reúnan el resto de los requisitos exigidos en esta convocatoria.
b) A tenor del Acuerdo de la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones (CECIR) de fecha 30 de enero de 2004, la referencia al sector sanitario que recoge la definición de la clave «EX11» no afecta al personal estatutario de los grupos de la función administrativa, regulado en el artículo 12.3 del derogado Estatuto del Personal no Sanitario de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, que ocupe puestos de trabajo en la Administración General del Estado a la fecha de aprobación de la resolución de la CECIR anteriormente citada.
c) De acuerdo con la Resolución aprobada por la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones de 27 de julio de 2007, se deja sin efecto la clave que impedía a los funcionarios pertenecientes a Cuerpos y Escalas de Correos y Telégrafos ocupar determinados puestos en la Administración General del Estado. En consecuencia, los funcionarios de este colectivo podrán participar en este concurso siempre que reúnan el resto de los requisitos de la convocatoria.
Segunda.–1. Podrán participar en esta convocatoria los funcionarios comprendidos en la base primera, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme mientras dure la suspensión, siempre que reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en la convocatoria en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
2. Los funcionarios que pertenezcan a dos o más Cuerpos o Escalas del mismo o distinto subgrupo sólo podrán participar en el concurso desde uno de ellos. La certificación deberá referirse a los requisitos y méritos correspondientes a dicho Cuerpo o Escala.
3. Los funcionarios en servicio activo con destino provisional, salvo los que se hallen en comisión de servicios, estarán obligados a participar en el presente concurso, solicitando, como mínimo, todas las vacantes a las que puedan acceder por reunir los requisitos establecidos en esta convocatoria y que se convoquen en el municipio en que estén destinados, excepto los funcionarios que hayan reingresado al servicio activo mediante adscripción provisional, que sólo tendrán la obligación de participar solicitando el puesto que ocupan provisionalmente, si éste se convocara. Si no obtuviesen destino definitivo se les aplicará lo dispuesto en el artículo 21.2. b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y artículo 72.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, si otro funcionario obtuviese el puesto que ocupan provisionalmente.
4. Los funcionarios con destino definitivo sólo podrán participar si, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes han transcurrido un mínimo de dos años desde la fecha de toma de posesión en su actual puesto de trabajo definitivo, salvo que se trate de funcionarios destinados en el ámbito de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, o si les es de aplicación lo previsto en el párrafo segundo del apartado 1.e) del artículo 20 de la ley 30/1984, de 2 de agosto, o si se ha suprimido el puesto de trabajo que tuvieran con carácter definitivo.
A los funcionarios que hayan accedido al Cuerpo o Escala desde el que participan en el concurso por promoción interna o por integración y permanezcan en el puesto de trabajo que desempeñaban, se les computará el tiempo de servicios prestados en dicho puesto en el Cuerpo o Escala de procedencia a efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior.
A este respecto, se aclara que todos los puestos de trabajo incluidos en las relaciones de puestos de trabajo de la Intervención General de la Seguridad Social están adscritos a
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la Secretaría de Estado de la Seguridad Social del Ministerio de Trabajo e Inmigración, aunque las funciones de intervención se ejerzan en el ámbito de Entidades Gestoras adscritas a otros Departamentos.
5. Los funcionarios transferidos o trasladados por concurso a Comunidades Autónomas sólo podrán tomar parte en el concurso si, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, han transcurrido más de dos años desde su transferencia o traslado y, en todo caso, desde la toma de posesión en su actual puesto de trabajo definitivo.
6. Los funcionarios en la situación de excedencia voluntaria por interés particular (art. 89.2 de la Ley 7/2007) y excedencia voluntaria por agrupación familiar (art. 89.3 de la Ley 7/2007), sólo podrán participar si en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes han transcurrido dos años desde que fueron declarados en dicha situación.
7. Los funcionarios en la situación de excedencia incentivada, prevista en el artículo 29.7 de la Ley 30/1984, sólo podrán participar si han transcurrido cinco años desde que les fue concedida.
8. A los funcionarios en excedencia por el cuidado de familiares (art. 89.4 de la Ley 7/2007) y a aquellos que estén en situación de servicios especiales (art. 87 de la Ley 7/2007), que participen en este concurso, se les considerará, a los efectos de la valoración de méritos generales, el puesto de trabajo que desempeñaban en el momento de cambio de situación o, alternativamente, aquel que desde dicha situación hubieran obtenido por concurso.
9. A los funcionarios mencionados en el punto anterior les será de aplicación lo indicado en el punto 4 de esta base. En el supuesto de que permaneciendo en dicha situación hubieran obtenido otro puesto de trabajo y no hubieran tomado posesión del mismo en virtud de lo dispuesto en la convocatoria del correspondiente proceso de provisión, la fecha a partir de la cual se iniciará el cómputo del plazo a que se hace referencia en dicho apartado 4 será la correspondiente a la de finalización del plazo posesorio en el nuevo puesto obtenido.
10. Los funcionarios en situación de expectativa de destino prevista en el artículo 29.5 de la Ley 30/1984, estarán obligados a participar solicitando las vacantes que se convoquen en su provincia, siempre que se les notifique y cumplan los requisitos que permitiesen su acceso al puesto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 del Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril). El tiempo de permanencia en dicha situación se les considerará, a efectos de valoración de méritos generales, como desempeñado en el puesto al que estaban adscritos en el momento de pasar a la misma.
11. Los funcionarios en situación de excedencia forzosa están obligados a participar en el presente concurso, si se les notifica, solicitando todos los puestos de trabajo cuyos requisitos de desempeño reúnan. Si no lo hiciesen, serán declarados en situación de excedencia voluntaria por interés particular.
12. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41.4 del Reglamento aprobado por Real Decreto 364/1995, los funcionarios de los Cuerpos o Escalas que tengan reservados puestos en exclusiva no podrán participar en concursos para cubrir otros puestos de trabajo adscritos con carácter indistinto, salvo autorización del Ministerio de la Presidencia, de conformidad con el Departamento al que se encuentren adscritos los indicados Cuerpos o Escalas. Esta autorización corresponderá al Ministerio de Trabajo e Inmigración si se trata de Cuerpos dependientes de este Departamento.
Tercera.–La valoración de los méritos para la adjudicación de los puestos de trabajo se efectuará de acuerdo con el baremo que a continuación se detalla.
A) Consideraciones generales:
1. A los funcionarios que se encuentren en situación de excedencia forzosa, en suspensión firme de funciones cuando ésta, siendo superior a seis meses, haya finalizado, en excedencia voluntaria por interés particular y en excedencia voluntaria al amparo del
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artículo 29.3.a) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, cuando no figuren en activo en otro Cuerpo o Escala de cualquiera de las Administraciones Públicas, se les considerará durante la permanencia en estas situaciones administrativas el desempeño del puesto de trabajo de nivel mínimo de complemento de destino correspondiente a su grupo.
2. A los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia voluntaria al amparo del artículo 29.3.a) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, por encontrarse en activo en otro Cuerpo o Escala de cualquiera de las Administraciones Públicas se les considerará, durante el tiempo de permanencia en dicha situación, el nivel de complemento de destino del puesto de trabajo que desempeñan, si éste es superior al mínimo correspondiente al subgrupo en el que estén excedentes y siempre teniendo como límite el máximo de dicho subgrupo. En caso contrario, se les considerará el nivel mínimo de complemento de destino correspondiente al subgrupo en que están excedentes y desde el cual participan.
3. A los funcionarios que desempeñan por adscripción provisional un puesto de trabajo se les valorará, durante la permanencia en dicha situación, el nivel de complemento de destino del puesto que desempeñan.
4. Con carácter general, a los efectos de las valoraciones del apartado B) de esta base, los plazos de toma de posesión se valorarán como desempeñados en el nuevo puesto de trabajo, excepto los referidos al primer destino y los períodos de prácticas o cursos selectivos, que no se computarán como trabajo efectivo.
B) Baremo:
1. Primera fase: Méritos generales.
1.1 Grado personal.–Se valorará de la forma siguiente el grado que tenga reconocido el solicitante en el cuerpo desde el que participa:
Por tener reconocido un grado superior al del puesto solicitado: 10 puntos.Por tener reconocido un grado igual al del puesto solicitado: 9 puntos.Por tener reconocido un grado inferior en un nivel al del puesto solicitado: 8,5 puntos.Por tener reconocido un grado inferior en dos niveles al del puesto solicitado: 8 puntos.Por tener reconocido un grado inferior en tres niveles al del puesto solicitado: 7,5 puntos.Por tener reconocido un grado inferior en cuatro niveles al del puesto solicitado: 7 puntos.Por tener reconocido un grado inferior en cinco niveles al del puesto solicitado: 6,5 puntos.Por tener reconocido un grado inferior en seis niveles al del puesto solicitado: 6 puntos.Por tener reconocido un grado inferior en siete niveles al del puesto solicitado: 5,5 puntos.Por tener reconocido un grado inferior en ocho niveles o más al del puesto
solicitado: 5 puntos.
Se valorará, en su caso, el grado reconocido en la Administración de las Comunidades Autónomas, cuando se halle dentro del intervalo de niveles establecido en el artículo 71 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado para el subgrupo de titulación a que pertenezca el funcionario.
En el supuesto de que el grado reconocido en una Comunidad Autónoma exceda del máximo establecido en la Administración General del Estado, de acuerdo con el artículo 71 del Reglamento mencionado en el punto anterior para el subgrupo de titulación a que pertenezca el funcionario, deberá valorársele el grado máximo correspondiente al intervalo de niveles asignado a su subgrupo de titulación en la Administración General del Estado.
1.2 Valoración del trabajo desarrollado.–Se valorará el trabajo desarrollado en los últimos 1.096 días naturales, de la siguiente manera:
1.2.1 Nivel de complemento de destino (NCD) de los puestos desempeñados con carácter definitivo.–La puntuación máxima por este apartado será de 16 puntos.
Por cada día de desempeño de puestos de NCD igual o superior al puesto solicitado: 0,014612 puntos. (Máximo 16 puntos).
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Por cada día de desempeño de puestos de NCD inferior en un nivel al puesto solicitado: 0,013699 puntos. (Máximo 15 puntos).
Por cada día de desempeño de puestos de NCD inferior en dos niveles al puesto solicitado: 0,012785 puntos. (Máximo 14 puntos).
Por cada día de desempeño de puestos de NCD inferior en tres niveles al puesto solicitado: 0,011872 puntos. (Máximo 13 puntos).
Por cada día de desempeño de puestos de NCD inferior en cuatro niveles al puesto solicitado: 0,010959 puntos. (Máximo 12 puntos).
Por cada día de desempeño de puestos de NCD inferior en cinco niveles al puesto solicitado: 0,010046 puntos. (Máximo 11 puntos).
Por cada día de desempeño de puestos de NCD inferior en seis niveles al puesto solicitado: 0,009132 puntos. (Máximo 10 puntos).
Por cada día de desempeño de puestos de NCD inferior en siete niveles al puesto solicitado: 0,008219 puntos. (Máximo 9 puntos).
Por cada día de desempeño de puestos de NCD inferior en ocho niveles o más al puesto solicitado: 0,007306 puntos. (Máximo 8 puntos).
1.3 Cursos de formación y perfeccionamiento.–Se valorarán los cursos realizados al amparo de los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones Públicas u organizados por otras entidades públicas que figuran relacionados en el anexo VII, de la siguiente forma:
Se valorará con 3 puntos por curso realizado. Para ser puntuados, los cursos deberán tener, al menos, el mismo número de horas lectivas que las indicadas en dicho anexo.
A quienes hayan impartido uno de dichos cursos se les computará el mismo a partir del 50% de sus horas lectivas.
Cada curso solo podrá ser valorado una sola vez y no se podrá acumular la puntuación por recibir o impartir el mismo curso. La valoración por superación y/o impartición de cursos de formación y perfeccionamiento separada o conjuntamente, en ningún caso será superior a 12 puntos.
1.4 Antigüedad.–Se valorará con 0,9 puntos cada uno de los años de servicios en la Administración, hasta un máximo de 18 puntos.
A estos efectos se computarán los servicios prestados con carácter previo al ingreso en el Cuerpo o Escala expresamente reconocidos al amparo de lo dispuesto en la Ley 70/1978 de 26 de diciembre. No se computarán los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.
1.5 Valoración de supuestos referidos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.–Se valorarán los supuestos que a continuación se indican, hasta una puntuación máxima total de 4 puntos:
El destino previo del cónyuge funcionario, obtenido mediante convocatoria pública, en el municipio donde radique el puesto o puestos de trabajo solicitados, siempre que se acceda desde municipio distinto: 2 puntos.
El cuidado de hijos, tanto cuando lo sean por naturaleza como por adopción o acogimiento permanente o preadoptivo, hasta que el hijo cumpla doce años, siempre que se acredite por los interesados fehacientemente que el puesto que se solicita permite una mejor atención al menor: 2 puntos.
El cuidado de un familiar, hasta el segundo grado inclusive de consanguinidad o afinidad siempre que, por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por si mismo y no desempeñe actividad retribuida, siempre que se acceda desde un municipio distinto, y siempre que se acredite fehacientemente por los interesados que el puesto que se solicita permite una mejor atención del familiar: 2 puntos.
La valoración de este último supuesto será incompatible con la otorgada por el cuidado de hijos.
Para que puedan ser valoradas estas situaciones relativas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, necesariamente, los solicitantes que las aleguen, deberán
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acreditarlo mediante la presentación de la documentación que se especifica en el apartado 5 de la base cuarta.
2. Segunda fase: Méritos específicos. La naturaleza de los puestos convocados precisa del sistema específico de selección establecido en el artículo 45 del Reglamento General aprobado por el Real Decreto 364/1995. Se valorará la adecuación de los solicitantes a las características y contenido de cada puesto de trabajo solicitado, de acuerdo con los méritos específicos que para cada puesto se especifican en el anexo II de la presente convocatoria, hasta un máximo de 40 puntos.
Para la valoración del mérito «adecuación al puesto» y del mérito «relación funcional» se tomará como referencia el último puesto ocupado con carácter definitivo a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3. Puntuación mínima. Para la adjudicación de cada puesto se atenderá a la puntuación total obtenida, sumados los resultados finales de las dos fases, siempre que en cada una de ellas se haya superado la puntuación mínima exigida: 20 puntos en la primera fase y 10 en la segunda. Los participantes que en la primera fase no obtengan la puntuación mínima exigida no podrán pasar a la segunda.
Cuarta.–1. Los méritos generales deberán referirse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberán ser certificados en el modelo que figura en el anexo IV de esta Orden y serán expedidos con el máximo rigor por las Unidades siguientes:
1.1 Funcionarios en situación de servicio activo: La unidad de personal donde presten servicios.
1.2 Funcionarios en situación de servicios especiales o excedencia del artículo 29.4 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto:
La Subdirección General competente en materia de personal de los Departamentos Ministeriales o Secretaría General o similar de los Organismos Autónomos y Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social, cuando su último destino definitivo haya sido en Servicios Centrales.
Las Secretarías Generales de las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno, cuando su último destino definitivo haya sido en Servicios Periféricos de ámbito regional o provincial, con excepción de los destinados en Direcciones Provinciales de las Entidades Gestoras o Servicios Comunes de la Seguridad Social e Intervenciones Delegadas Territoriales, en cuyo caso la certificación corresponde a los Directores Provinciales.
La Subdirección General de Personal Civil del Ministerio de Defensa, cuando se trate de funcionarios destinados o cuyo último destino definitivo haya sido dicho Departamento en Madrid, y los Delegados de Defensa, cuando se trate de funcionarios destinados o cuyo último destino definitivo haya sido en los Servicios Periféricos de tal Ministerio.
1.3 Funcionarios destinados en Comunidades Autónomas: La Dirección General de la Función Pública de la Comunidad u Organismo similar o Consejería o Departamento correspondiente si se trata de Cuerpos departamentales.
1.4 Funcionarios en situación de excedencia del artículo 29, punto 3, apartados a), c) y d), y punto 7 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, así como excedentes forzosos procedentes de una situación de suspensión de funciones:
La unidad de personal del Departamento al que figure adscrito el Cuerpo o Escala.La Dirección General de la Función Pública si pertenecen a Escalas de la AISS a
extinguir o Cuerpos dependientes de la Secretaría de Estado para la Función Pública, teniendo en cuenta que los servicios que se hayan prestado en otras Administraciones Públicas mientras el funcionario se encontrase en dicha situación administrativa serán acreditados por el órgano competente de la Administración Pública en la que se prestasen los servicios.
No obstante lo anterior, a los funcionarios en excedencia al amparo del apartado a) del punto 3 del artículo 29 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, que ocupen como funcionarios de otro Cuerpo o Escala, en situación de servicio activo, un puesto de trabajo de la
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Administración de la Seguridad Social, la certificación le será expedida por la autoridad que se determina en el apartado 1.1 de esta Base.
1.5 Funcionarios en situación de expectativa de destino o de excedencia forzosa cuando ésta proceda de la anterior: La Dirección General de la Función Pública.
1.6 En el caso de los funcionarios de Cuerpos y Escalas de Correos y Telégrafos que se encuentren en servicio activo destinados en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, S.A. o que se encuentren en situación administrativa de excedencia voluntaria o forzosa y que hayan ocupado su último destino en servicio activo en la misma, la certificación de méritos no específicos deberá ser expedida por la Unidad de personal de la citada Sociedad Estatal.
En el caso de los funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Correos y Telégrafos en situación administrativa de excedencia voluntaria o forzosa, cuyo último destino en servicio activo fue la Caja Postal de Ahorros, el certificado deberá ser expedido por la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Hacienda.
1.7 Las certificaciones se expedirán referidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberán ser firmadas de conformidad por el funcionario a que se refieren, no siendo admitidas aquéllas en que figuren enmiendas y/o tachaduras. Se presumirá en todo caso la conformidad del funcionario con los datos expresados en la certificación, salvo las observaciones que formule y acredite convenientemente.
2. Los méritos específicos deberán ser alegados para cada puesto solicitado por los concursantes en el anexo V. En caso de no presentar éste, se entenderá que los concursantes no están en posesión de dichos méritos. Además, para su valoración se precisará que sean acreditados por cualquier medio documental que se aportará junto con la solicitud; en caso contrario no serán tenidos en cuenta. Para la acreditación de la experiencia en los trabajos realizados se requerirá, como mínimo, la presentación del «certificado para méritos específicos» que se incluye como anexo VI de la convocatoria que serán expedidos con el máximo rigor por las Unidades siguientes:
El director del Centro correspondiente, cuando su destino definitivo sea en los Servicios Centrales de la Gerencia de Informática de la Seguridad Social.
La Subdirección General competente en materia de personal de los Departamentos Ministeriales o Secretaría General o similar de los Organismos Autónomos y Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social, cuando su destino definitivo sea en los Servicios Centrales correspondientes.
El Director Provincial o el Secretario Provincial cuando su destino definitivo sea en las Direcciones Provinciales de las Entidades Gestoras o Servicios Comunes de la Seguridad Social o en las Intervenciones Delegadas Territoriales.
Las Secretarías Generales de las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno, cuando su destino definitivo sea en otros Servicios Periféricos de ámbito regional o provincial.
La Subdirección General de Personal Civil del Ministerio de Defensa, cuando se trate de funcionarios destinados o cuyo último destino definitivo haya sido dicho Departamento en Madrid, y los Delegados de Defensa, cuando se trate de funcionarios destinados o cuyo último destino definitivo haya sido en los Servicios Periféricos de tal Ministerio.
La Dirección General de la Función Pública de la Comunidad u Organismo similar o Consejería o Departamento correspondiente si se trata de Cuerpos departamentales cuando se trate de funcionarios destinados en Comunidades Autónomas.
3. Los concursantes que procedan de la situación de suspenso acompañarán a su solicitud documentación acreditativa de la terminación de su período de suspensión.
4. Los excedentes voluntarios por interés particular acompañarán a su solicitud una declaración de no haber sido separados del servicio en cualquiera de las Administraciones Públicas.
5. Los funcionarios que aleguen alguna de las situaciones consignadas en la base tercera, B) Baremo, apartado 1.5, deberán aportar la siguiente documentación:
a) Destino previo del cónyuge funcionario:
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Destino del cónyuge: Certificación de la Unidad de personal que acredite la localidad de destino del cónyuge, el puesto que desempeña y la forma en que lo obtuvo.
Parentesco: Copia compulsada de fecha actual del libro de familia o certificación actualizada del Registro Civil de inscripción matrimonial.
b) Cuidado de hijos:
Edad del menor: Copia compulsada de fecha actual del libro de familia o de la resolución administrativa o judicial de la adopción, acogimiento permanente o preadoptivo.
Mejor atención al menor: Declaración del progenitor solicitante justificando las razones que avalan que el cambio de puesto permite la mejor atención del menor, así como documentación que acredite fehacientemente esta declaración.
c) Cuidado de familiar:
Parentesco: Copia compulsada de fecha actual del libro de familia y/o de otros documentos públicos que acrediten la relación, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad compulsada en fecha actual.
Situación de dependencia por edad, accidente, enfermedad o discapacidad: Certificado médico oficial o documento de los órganos de la Administración Pública competente en la materia, acreditativo de tales extremos.
No desempeño de actividad retribuida: Certificado que acredite que no está de alta en ningún Régimen de la Seguridad Social por la realización de un trabajo por cuenta propia o ajena y declaración de la persona dependiente de que no desempeña actividad retribuida alguna.
Acceso desde municipio distinto: Si se accede desde municipio distinto, el funcionario solicitante deberá prestar su consentimiento fehaciente para realizar la consulta al Sistema de Verificación de Datos de Residencia para que los datos de empadronamiento sean recabados de oficio. Si no prestara tal consentimiento, o se produjeran otros supuestos que se detallan en la normativa reguladora, el solicitante deberá aportar el certificado de empadronamiento del familiar dependiente, de acuerdo con el Real Decreto 523/2006, de 28 de abril, y la Orden PRE/4008/2006, de 27 de diciembre, normas que suprimen la exigencia de aportar el certificado de empadronamiento como documento probatorio del domicilio y residencia.
Mejor atención al familiar: Declaración del solicitante justificando las razones que avalan que el cambio de puesto permite la mejor atención del familiar, así como documentación que acredite fehacientemente esta declaración.
Con independencia de la documentación mínima acreditativa de los supuestos anteriormente citados, por la Comisión de Valoración se podrá recabar de los interesados las aclaraciones o aportaciones de la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los mismos.
La declaración del solicitante prevista en este apartado podrá no tenerse en cuenta si la Comisión de Valoración dispone de documentación oficial que invalide la justificación contenida en dicha declaración.
Quinta.–En el caso de que dos funcionarios estén interesados en las vacantes que se anuncian para un mismo municipio, aunque pertenezcan a distintos Cuerpos o Escalas, podrán condicionar cada una de sus peticiones, por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambos obtengan destino en el mismo concurso y en el mismo municipio, debiendo los funcionarios que se acojan a esta petición condicional acompañar a su instancia copia de la petición del otro funcionario y solicitar ambos vacantes en el mismo municipio. En caso de no cumplirse estas condiciones, se entenderán anuladas las solicitudes cursadas por ambos.
Sexta.–1. Las solicitudes para tomar parte en el concurso, dirigidas al Secretario de Estado de la Seguridad Social, se ajustarán al modelo publicado como anexo III de esta Orden y se presentarán en el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», en la Gerencia de Informática de la Seguridad Social (calle Albasanz, 23, 28037 Madrid), o en las oficinas
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a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, modificado en su redacción por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
2. Cada uno de los funcionarios podrá solicitar, por orden de preferencia, los puestos de trabajo vacantes incluidos en el anexo I, siempre que reúna los requisitos exigidos para cada puesto de trabajo.
3. Los funcionarios con alguna discapacidad podrán hacer constar junto con la solicitud de vacantes el tipo de adaptación que necesitan para el desempeño del puesto o de los puestos de trabajo, a los efectos dispuestos en el artículo 10.1 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, debiendo acompañar un informe, expedido por el órgano competente en la materia que acredite la procedencia de adaptación y compatibilidad con el desempeño de las funciones que tenga atribuido el puesto o los puestos solicitados. En cualquier caso, la compatibilidad con el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo se valorará teniendo en cuenta las adaptaciones que se pueden realizar en él.
3. Los documentos a presentar son los siguientes:
Anexo III: Solicitud de participación.Anexo IV: Certificado de méritos.Anexo V: Méritos específicos alegados por el candidato en relación con cada puesto
solicitado. A dicho anexo se incorporará la documentación probatoria de dichos méritos.Anexo VI: Certificado de Tareas
Séptima.–1. El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos vendrá dado, en cada caso, por la puntuación obtenida según el baremo de la base tercera.
2. En caso de empate en la puntuación se acudirá para dirimirlo al orden en que son enunciados los méritos en el artículo 44, apartado 1, del Reglamento General de Ingreso del personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
De persistir el empate, se acudirá a la fecha de ingreso como funcionario de carrera en el Cuerpo o Escala desde el que se concursa; de mantenerse el empate, al número de orden obtenido en el proceso selectivo por el que se adquiriera la condición de funcionario del Cuerpo o Escala desde el que se concursa.
Octava.–Los méritos serán valorados por una Comisión de Valoración compuesta por los siguientes miembros:
Presidente: El Gerente Adjunto de la Gerencia de Informática de la Seguridad Social o funcionario en quien delegue.
Vocales: Siete vocales designados por la autoridad convocante, de los cuales cinco serán representantes de la Gerencia de Informática de la Seguridad Social, y dos de la Subsecretaría del Ministerio de Trabajo e Inmigración. Tres de estos vocales tendrán la condición de Secretario, Presidente Suplente y Secretario Suplente.
Podrán integrar la Comisión, si así lo estiman oportuno, un representante de cada una de las Organizaciones Sindicales más representativas en el ámbito de la Administración General del Estado y de las que cuenten con más del diez por ciento de representantes en el conjunto de las Administraciones Públicas. El número de los representantes de las organizaciones sindicales no podrá ser igual o superior al de los miembros designados a propuesta de la Administración.
De acuerdo con el segundo párrafo del artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y la Orden APU/526/2005, de 7 de marzo, la Comisión de Valoración del presente concurso se ajustará al principio de composición equilibrada de mujeres y hombres.
Los miembros de la Comisión de Valoración deberán pertenecer a Cuerpos o Escalas de Grupo de titulación igual o superior al exigido para los puestos convocados y deberán, además, poseer grado personal o desempeñar puesto de nivel de complemento de destino igual o superior a aquellos.
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La Comisión de Valoración podrá solicitar del órgano convocante la designación de otros expertos para su incorporación a los trabajos de valoración, que colaborarán en calidad de asesores con voz pero sin voto.
La Comisión de Valoración podrá recabar de los funcionarios que aleguen discapacidad la información que estime necesaria en orden a la adaptación solicitada, así como el dictamen de los órganos técnicos de la Administración Laboral Sanitaria o de los competentes del Ministerio de Trabajo e Inmigración y, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, sobre la procedencia de la adaptación y de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones del puesto en concreto.
Novena.–1. Los traslados que puedan derivarse de la resolución del presente concurso tendrán la consideración de voluntarios a los efectos previstos en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
2. De acuerdo con lo dispuesto en las Resoluciones de 2 de abril de 1990 y 13 de marzo de 2007 de la Subsecretaría del Departamento y de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, respectivamente, por las que se regula la productividad del personal funcionario de la Administración de la Seguridad Social, quedarán obligatoriamente sujetos al régimen de productividad por mayor vinculación, que implica la realización de una jornada de 40 horas semanales, en régimen de jornada partida, los adjudicatarios de los puestos de trabajo que se convocan de Jefe de Servicio Informático.
3. Las solicitudes formuladas serán vinculantes para el peticionario una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes y el destino adjudicado será irrenunciable, salvo que antes de finalizar el plazo posesorio se hubiese obtenido otro destino mediante convocatoria pública, en cuyo caso podrá optar entre los puestos que le hayan sido adjudicados, viniendo obligado a comunicar la opción realizada a los demás Departamentos en cuyos concursos participó dentro del plazo de los tres días siguientes a que tenga conocimiento de dicha circunstancia.
Décima.–1. La presente convocatoria se resolverá por Orden del Ministerio de Trabajo e Inmigración en un plazo no superior a seis meses desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de las solicitudes, y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
2. La Orden expresará tanto el puesto de origen del interesado a quien se le adjudique el destino, con indicación del Ministerio o Comunidad Autónoma de procedencia, localidad, nivel de complemento de destino y subgrupo a que pertenece, como su situación administrativa cuando ésta sea distinta a la de servicio activo.
3. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia, o de un mes, si implica cambio de residencia o si la resolución comporta el reingreso al servicio activo. El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde el día de la publicación de la resolución de este concurso en el «Boletín Oficial del Estado». No obstante, aquellos funcionarios que hayan obtenido destino desde la situación de servicios especiales o de excedencia para el cuidado de familiares tendrán derecho, mientras duren las citadas situaciones, a la reserva del nuevo destino, sin que para ello sea preciso formalizar la toma de posesión del mismo hasta que se haga efectivo el reingreso al servicio activo.
4. El Subsecretario del Departamento donde preste servicios el funcionario podrá, no obstante, diferir el cese por necesidades del servicio, hasta veinte días hábiles, debiendo comunicarse esta circunstancia a la Unidad a que haya sido destinado el funcionario. Excepcionalmente, a propuesta del Departamento y por exigencias del normal funcionamiento de los servicios, la Secretaría de Estado para la Función Pública podrá aplazar la fecha del cese hasta un máximo de tres meses, computada la prórroga prevista en el párrafo anterior.
Asimismo, el Subsecretario del Departamento donde haya obtenido nuevo destino el funcionario podrá conceder prórroga de incorporación hasta un máximo de veinte días
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hábiles, si el destino implica cambio de residencia y así lo solicita el interesado por razones justificadas.
5. El cómputo del plazo posesorio se iniciará cuando finalice el permiso o licencia que, en su caso, haya sido concedido al interesado, salvo que por causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.
Undécima.–De la resolución de este concurso se dará traslado a la Unidad de Personal del centro donde figure adscrito el funcionario seleccionado.
Duodécima.–Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo que corresponda, según lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de aquella Jurisdicción o, potestativamente y con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó (artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificados en su redacción por la Ley 4/1999).
Madrid, 16 de julio de 2009.–El Ministro de Trabajo e Inmigración, P. D. (Orden TIN/1540/2008 de 30 de mayo), el Secretario de Estado de la Seguridad Social, Octavio Granado Martínez.
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ANEXO I Relación de puestos convocados
Nº ord. Nº de vac.
Código puestos Puesto de trabajo Nivel C. Espec. Admón.. Subgrupo Cuerpo
Unidad Provincial de Informática de Álava. Localidad: Vitoria (Cod. 7502500201001)
1 1 5117841 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 2 2 5118329 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5118330 3 5 5118060 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118061 5118104 5118223 5118232 4 2 5118459 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5118460
Unidad Provincial de Informática de Albacete. Localidad: Albacete (Cod. 7502500302001)
5 1 5117844 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 6 3 5118332 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5118333 5118334 7 3 5118062 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118087 5118088 8 2 5117773 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5117775
Unidad Provincial de Informática de Alicante. Localidad: Alicante (Cod. 7502300403001)
9 1 5118322 Jefe Servicio Informático 26 12.112,80 AE A1A2 EX11 10 5 5117846 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 5117847 5117848 5117849 5117851
11 2 5117963 Analista Funcional 20 9.052,26 AE A2C1 EX11 5117964
12 9 5117909 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5118331 5118337 5118338 5118339 5118340 5118341 5118342 5118343
13 3 5118064 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118065 5118066
14 2 5117910 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5117911
Unidad Provincial de Informática de Almería. Localidad: Almería (Cod. 7502500504001)
15 1 5117857 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11
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Nº ord. Nº de vac.
Código puestos Puesto de trabajo Nivel C. Espec. Admón.. Subgrupo Cuerpo
16 5 5118344 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5118345 5118346 5118347 5118348
17 4 5118067 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118068 5118069 5118070
18 2 5117767 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5118484
Unidad Provincial de Informática de Ávila. Localidad: Ávila (Cod. 7502600705001)
19 3 5118356 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5118357 5118358
20 2 5118076 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118077
21 2 5117769 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5118486
Unidad Provincial de Informática de Badajoz. Localidad: Badajoz (Cod. 7502400806001)
22 2 5118170 Analista Funcional 20 9.052,26 AE A2C1 EX11 5118171
23 3 5118359 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5118360 5118361
24 3 5117912 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5117913 5118227
25 2 5117770 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5118487
Unidad Provincial de Informática de Baleares. Localidad: Palma de Mallorca (Cod. 7502300907001)
26 1 5118319 Jefe Servicio Informático 26 12.112,80 AE A1A2 EX11 27 5 5117868 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 5117869 5117870 5117871 5117872
28 4 5118362 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5118363 5118364 5118365
29 3 5118074 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118078 5118079
30 2 5117771 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5118488
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Nº ord. Nº de vac.
Código puestos Puesto de trabajo Nivel C. Espec. Admón.. Subgrupo Cuerpo
Unidad Provincial de Informática de Barcelona INSS. Localidad: Barcelona (Cod. 7502101008001)
31 3 5118090 Jefe Servicio Informático 26 12.112,80 AE A1A2 EX11 5118091 5118092
32 4 5117837 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 5117838 5117852 5117853
33 2 5118172 Analista Funcional 20 9.052,26 AE A2C1 EX11 5118173
34 7 5117829 Analista programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5117830 5117831 5118110 5118111 5118131 5118132
35 8 5118030 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118137 5118138 5118139 5118140 5118141 5118142 5118143
36 3 5118133 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5118134 5118135
Unidad Provincial de Informática de Barcelona TGSS-ISM. Localidad: Barcelona (Cod. 7502101108001)
37 2 5118093 Jefe Servicio Informático 26 12.112,80 AE A1A2 EX11 5118095
38 6 5117845 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 5117850 5117854 5117858 5117859 5117864
39 6 5117914 Analista Funcional 20 9.052,26 AE A2C1 EX11 5117915 5117916 5117917 5117918 5117920
40 7 5118403 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5118405 5118406 5118407 5118408 5118409 5118410
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Nº ord. Nº de vac.
Código puestos Puesto de trabajo Nivel C. Espec. Admón.. Subgrupo Cuerpo
41 9 5117991 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118211 5118212 5118213 5118214 5118215 5118244 5118245 5118246
42 3 5117744 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5118489 5118490
Unidad Provincial de Informática de Burgos. Localidad: Burgos (Cod. 7502501209001)
43 1 5117839 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 44 4 5118404 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5118412 5118413 5118444
45 4 5118234 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118235 5118236 5118248
46 2 5117772 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5117774
Unidad Provincial de Informática de Cáceres. Localidad: Cáceres (Cod. 7502501310001)
47 1 5117840 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 48 5 5117921 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5118385 5118411 5118429 5118443
49 4 5118233 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118238 5118239 5118247
50 2 5117745 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5117777
Unidad Provincial de Informática de Cádiz. Localidad: Cádiz (Cod. 7502301411001)
51 4 5117842 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 5117843 5117865 5117867
52 7 5118387 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5118388 5118389 5118390 5118391 5118414 5118442
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Nº ord. Nº de vac.
Código puestos Puesto de trabajo Nivel C. Espec. Admón.. Subgrupo Cuerpo
53 5 5118237 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118240 5118241 5118242 5118243
54 2 5118224 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5118225
Unidad Provincial de Informática de Castellón. Localidad: Castellón de la Plana (Cod. 7502401612001)
55 2 5117922 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 5118112
56 4 5118415 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5118421 5118422 5118440
57 4 5117923 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5117924 5117925 5117926
58 2 5118176 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5118177
Unidad Provincial de Informática de Ciudad Real. Localidad: Ciudad Real (Cod. 7502501813001)
59 1 5118113 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 60 3 5118423 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5118425 5118439
61 4 5118124 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118125 5118126 5118127
62 2 5118179 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5118180
Unidad Provincial de Informática de Córdoba. Localidad: Córdoba (Cod. 7502401914001)
63 4 5117927 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 5117928 5117929 5117930
64 1 5118283 Analista Funcional 20 9.052,26 AE A2C1 EX11 65 3 5118426 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5118427 5118428
66 3 5117931 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5117932 5117933
67 2 5118181 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5118182
Unidad Provincial de Informática de A Coruña. Localidad: A Coruña (Cod. 7502300115001)
68 4 5117833 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 5117834 5117835 5117836 cv
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Nº ord. Nº de vac.
Código puestos Puesto de trabajo Nivel C. Espec. Admón.. Subgrupo Cuerpo
69 8 5118045 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5118326 5118327 5118328 5118398 5118399 5118400 5118401
70 6 5118451 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118452 5118453 5118454 5118455 5118456
71 2 5118457 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5118458
Unidad Provincial de Informática de Cuenca. Localidad: Cuenca (Cod. 7502602016001)
72 1 5118115 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 73 5 5118316 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5118430 5118431 5118432 5118447
74 2 5118183 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5118184
Unidad Provincial de Informática de Girona. Localidad: Girona (Cod. 7502402117001)
75 1 5118118 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 76 4 5117934 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5118433 5118434 5118438
77 4 5117986 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5117987 5117988 5118130
78 2 5117746 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5117747
Unidad Provincial de Informática de Granada. Localidad: Granada (Cod. 7502402218001)
79 4 5117866 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 5117935 5117936 5117937
80 7 5117965 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5117966 5117967 5117968 5117969 5118034 5118446
cve:
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADONúm. 174 Lunes 20 de julio de 2009 Sec. II.B. Pág. 61025
Nº ord. Nº de vac.
Código puestos Puesto de trabajo Nivel C. Espec. Admón.. Subgrupo Cuerpo
81 3 5118253 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118254 5118255
82 2 5118185 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5118186
Unidad Provincial de Informática de Guadalajara. Localidad: Guadalajara (Cod. 7502602319001)
83 1 5117874 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 84 3 5118435 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5118436 5118437
85 2 5118080 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118081
86 2 5118187 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5118188
Unidad Provincial de Informática de Guipúzcoa. Localidad: San Sebastian (Cod. 7502302420001)
87 1 5118318 Jefe Servicio Informático 26 12.112,80 AE A1A2 EX11 88 5 5117939 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 5117940 5117941 5117942 5117943
89 2 5117970 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5117971
90 4 5118082 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118083 5118084 5118129
91 2 5118189 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5118190
Unidad Provincial de Informática de Huelva. Localidad: Huelva (Cod. 7502502521001)
92 2 5117877 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 5117882
93 3 5117972 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5117973 5117974
94 5 5118204 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118228 5118229 5118230 5118231
95 2 5118191 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5118192
Unidad Provincial de Informática de Huesca. Localidad: Huesca (Cod. 7502602622001)
96 1 5117883 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 97 4 5117976 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5117977 5117978 5118450
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADONúm. 174 Lunes 20 de julio de 2009 Sec. II.B. Pág. 61026
Nº ord. Nº de vac.
Código puestos Puesto de trabajo Nivel C. Espec. Admón.. Subgrupo Cuerpo
98 2 5117938 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5117944
99 2 5118193 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5118194
Unidad Provincial de Informática de Jaén. Localidad: Jaén (Cod. 7502402723001)
100 1 5117885 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 101 1 5118479 Analista Funcional 20 9.052,26 AE A2C1 EX11 102 3 5117979 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11
5117980 5117981
103 4 5118085 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118086 5118105 5118106
104 2 5118195 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5118196
Unidad Provincial de Informática de León. Localidad: León (Cod. 7502403024001)
105 1 5117887 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 106 1 5118477 Analista Funcional 20 9.052,26 AE A2C1 EX11 107 7 5117975 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11
5118035 5118036 5118037 5118038 5118039 5118040
108 4 5118200 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118201 5118202 5118203
109 2 5118205 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5118206
Unidad Provincial de Informática de Lleida. Localidad: Lleida (Cod. 7502503225001)
110 1 5117890 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 111 4 5118445 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11
5131892 5131893 5131894
112 3 5117950 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5117989 5117990
113 2 5117919 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5118209
Unidad Provincial de Informática de La Rioja. Localidad: Logroño (Cod. 7502502826001)
114 1 5117884 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 115 1 5118478 Analista Funcional 20 9.052,26 AE A2C1 EX11 116 3 5117982 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11
5117983 5117984
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADONúm. 174 Lunes 20 de julio de 2009 Sec. II.B. Pág. 61027
Nº ord. Nº de vac.
Código puestos Puesto de trabajo Nivel C. Espec. Admón.. Subgrupo Cuerpo
117 3 5118107 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118108 5118109
118 2 5117776 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5117778
Unidad Provincial de Informática de Lugo. Localidad: Lugo (Cod. 7502403127001)
119 2 4510342 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 5117873
120 4 5118041 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5118042 5118043 5118044
121 4 5118257 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118258 5118259 5118260
122 2 5118207 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5118208
Unidad Provincial de Informática de Madrid INSS. Localidad: Madrid (Cod. 7502103328001)
123 2 5118094 Jefe Servicio Informático 26 12.112,80 AE A1A2 EX11 5118096
124 4 5118144 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 5118145 5118146 5118147
125 3 5117902 Analista Funcional 20 9.052,26 AE A2C1 EX11 5118475 5118476
126 4 5117903 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5117904 5117905 5117906
127 6 5118029 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118293 5118294 5118295 5118296 5118297
128 3 5117908 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5117952 5117953
Unidad Provincial de Informática de Madrid TGSS-ISM. Localidad: Madrid (Cod. 7502103428001)
129 3 5118097 Jefe Servicio Informático 26 12.112,80 AE A1A2 EX11 5118098 5118099
130 6 5118148 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 5118149 5118150 5118151 5118152 5118153 cv
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADONúm. 174 Lunes 20 de julio de 2009 Sec. II.B. Pág. 61028
Nº ord. Nº de vac.
Código puestos Puesto de trabajo Nivel C. Espec. Admón.. Subgrupo Cuerpo
131 5 5118046 Analista Funcional 20 9.052,26 AE A2C1 EX11 5118047 5118048 5118049 5118050
132 8 5117818 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5118051 5118052 5118053 5118054 5118055 5118448 5118449
133 9 5117945 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118155 5118156 5118157 5118158 5118159 5118160 5118161 5118162
134 3 5117951 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5117954 5118154
Unidad Provincial de Informática de Málaga. Localidad: Málaga (Cod. 7502303529001)
135 2 5118100 Jefe Servicio Informático 26 12.112,80 AE A1A2 EX11 5118320
136 5 5118261 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 5118262 5118263 5118264 5118265
137 8 5117819 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5117821 5117822 5117823 5117824 5117825 5118313 5118469
138 4 5118298 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118299 5118300 5118301
139 2 5117955 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5117956
Unidad Provincial de Informática de Murcia. Localidad: Murcia (Cod. 7502303730001)
140 4 5118004 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 5118005 5118006 5118007
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADONúm. 174 Lunes 20 de julio de 2009 Sec. II.B. Pág. 61029
Nº ord. Nº de vac.
Código puestos Puesto de trabajo Nivel C. Espec. Admón.. Subgrupo Cuerpo
141 8 5117788 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5117789 5117790 5117791 5117826 5117828 5118308 5118312
142 4 5117992 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5117993 5117994 5117995
143 2 5117958 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5117959
Unidad Provincial de Informática de Navarra. Localidad: Pamplona (Cod. 7502403831001)
144 1 5118114 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 145 4 5117793 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11
5117794 5117827 5118311
146 4 5117997 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5117998 5117999 5118000
147 2 5117960 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5117961
Unidad Provincial de Informática de Ourense. Localidad: Ourense (Cod. 7502503932001)
148 2 5118116 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 5118274
149 3 5117792 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5117796 5118310
150 3 5118001 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118002 5118003
151 2 5117749 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5117750
Unidad Provincial de Informática de Asturias. Localidad: Oviedo (Cod. 7502300633001)
152 5 5117856 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 5117860 5117861 5117862 5117863
153 8 5118349 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5118350 5118351 5118352 5118353 5118354 5118355 5118366 cv
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADONúm. 174 Lunes 20 de julio de 2009 Sec. II.B. Pág. 61030
Nº ord. Nº de vac.
Código puestos Puesto de trabajo Nivel C. Espec. Admón.. Subgrupo Cuerpo
154 5 5118071 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118072 5118073 5118075 5118226
155 2 5117768 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5118485
Unidad Provincial de Informática de Palencia. Localidad: Palencia (Cod. 7502604034001)
156 1 5118117 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 157 2 5117795 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11
5118309 158 2 5118008 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11
5118009 159 2 5117751 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20
5118222
Unidad Provincial de Informática de Las Palmas. Localidad: Las Palmas de G.C. (Cod. 7502402935001)
160 4 5117946 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 5117947 5117948 5117949
161 4 5117985 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5118031 5118032 5118033
162 4 5118197 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118198 5118199 5118256
163 2 5117748 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5118483
Unidad Provincial de Informática de Pontevedra. Localidad: Vigo (Cod. 7502304136001)
164 1 5118317 Jefe Servicio Informático 26 12.112,80 AE A1A2 EX11 165 4 5117876 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11
5117881 5118119 5118273
166 6 5117797 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5117799 5117800 5117801 5117802 5117804
167 4 5117996 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118010 5118011 5118012
168 1 5118221 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20
Unidad Provincial de Informática de Pontevedra. Localidad: Vilagarcia de Arosa (Cod. 7502304136001)
169 1 5118013 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 170 1 5117752 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 cv
e: B
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADONúm. 174 Lunes 20 de julio de 2009 Sec. II.B. Pág. 61031
Nº ord. Nº de vac.
Código puestos Puesto de trabajo Nivel C. Espec. Admón.. Subgrupo Cuerpo
Unidad Provincial de Informática de Salamanca. Localidad: Salamanca (Cod. 7502504237001)
171 2 5117875 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 5118272
172 3 5117798 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5117805 5118307
173 4 5118014 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118015 5118016 5118017
174 2 5117753 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5118220
Unidad Provincial de Informática de Tenerife. Localidad: Sta. Cruz de Tenerife (Cod. 7502404738001)
175 1 5118277 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 176 3 5118335 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11
5118336 5118462
177 4 5118302 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118379 5118380 5118383
178 2 5117758 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5117787
Unidad Provincial de Informática de Cantabria. Localidad: Santander (Cod. 7502401539001)
179 1 5117855 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 180 6 5118386 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11
5118416 5118417 5118418 5118419 5118441
181 4 5118249 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118250 5118251 5118252
182 2 5118174 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5118175
Unidad Provincial de Informática de Segovia. Localidad: Segovia (Cod. 7502604340001)
183 2 5117803 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5118306
184 2 5118381 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118382
185 2 5117754 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5118219
Unidad Provincial de Informática de Sevilla. Localidad: Sevilla (Cod. 7502304441001)
186 4 5117878 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 5117880 5117886 5118271
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADONúm. 174 Lunes 20 de julio de 2009 Sec. II.B. Pág. 61032
Nº ord. Nº de vac.
Código puestos Puesto de trabajo Nivel C. Espec. Admón.. Subgrupo Cuerpo
187 7 5117806 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5117807 5117808 5117809 5117810 5117811 5118305
188 6 5118367 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118369 5118370 5118371 5118372 5118384
189 2 5117755 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5118218
Unidad Provincial de Informática de Soria. Localidad: Soria (Cod. 7502604542001)
190 2 5117812 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5117813
191 2 5118368 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118373
192 2 5117756 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5118217
Unidad Provincial de Informática de Tarragona. Localidad: Tarragona (Cod. 7502404643001)
193 2 5117879 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 5118270
194 4 5117814 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5117815 5118303 5118304
195 5 5118128 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118374 5118375 5118376 5118377
196 2 5117757 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5118216
Unidad Provincial de Informática de Teruel. Localidad: Teruel (Cod. 7502604844001)
197 1 5117901 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 198 2 5118465 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11
5118466 199 2 5118396 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11
5118397 200 2 5117759 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20
5117786
Unidad Provincial de Informática de Toledo. Localidad: Toledo (Cod. 7502504945001)
201 1 5117888 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 202 3 5118314 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11
5118323 5118468
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADONúm. 174 Lunes 20 de julio de 2009 Sec. II.B. Pág. 61033
Nº ord. Nº de vac.
Código puestos Puesto de trabajo Nivel C. Espec. Admón.. Subgrupo Cuerpo
203 4 5118392 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118393 5118394 5118395
204 2 5117760 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5117785
Unidad Provincial de Informática de Valencia INSS. Localidad: Valencia (Cod. 7502205046001)
205 2 2943553 Jefe Servicio Informático 26 12.112,80 AE A1A2 EX11 5118102 EX11
206 3 5117889 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 5117892 5118269
207 4 5118056 Analista Funcional 20 9.052,26 AE A2C1 EX11 5118057 5118058 5118059
208 4 5118315 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5118324 5118325 5118461
209 3 5118163 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118164 5118165
210 3 5117761 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5117784 5118278
Unidad Provincial de Informática de Valencia TGSS-ISM. Localidad: Valencia (Cod. 7502205146001)
211 2 5118101 Jefe Servicio Informático 26 12.112,80 AE A1A2 EX11 5118103
212 4 5117891 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 5117894 5117895 5118268
213 5 5117832 Analista funcional 20 9.052,26 AE A2C1 EX11 5117962 5118480 5118481 5118482
214 3 5118279 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5118280 5118281
215 4 5118166 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118167 5118168 5118169
216 3 5117762 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5117783 5118282
Unidad Provincial de Informática de Valladolid. Localidad: Valladolid (Cod. 7502505247001)
217 1 5117893 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADONúm. 174 Lunes 20 de julio de 2009 Sec. II.B. Pág. 61034
Nº ord. Nº de vac.
Código puestos Puesto de trabajo Nivel C. Espec. Admón.. Subgrupo Cuerpo
218 4 5118424 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5118463 5118464 5118467
219 3 5118018 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118019 5118020
220 2 5117763 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5117782
Unidad Provincial de Informática de Vizcaya. Localidad: Bilbao (Cod. 7502305348001)
221 4 5117896 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 5117898 5117899 5118267
222 5 5118470 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5118471 5118472 5118473 5118474
223 3 5118021 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118022 5118023
224 2 5117764 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5117781
Unidad Provincial de Informática de Zamora. Localidad: Zamora (Cod. 7502605449001)
225 1 5117897 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11 226 3 5118284 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11
5118285 5118286
227 3 5118024 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118025 5118026
228 2 5117765 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5117780
Unidad Provincial de Informática de Zaragoza. Localidad: Zaragoza (Cod. 7502305550001)
229 1 5118321 Jefe Servicio Informático 26 12.112,80 AE A1A2 EX11 230 4 5117816 Jefe Sección Informática 22 9.414,02 AE A2C1 EX11
5117817 5117900 5118266
231 8 5117907 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 5118287 5118288 5118289 5118290 5118291 5118292 5118402
232 2 5118027 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11 5118028
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADONúm. 174 Lunes 20 de julio de 2009 Sec. II.B. Pág. 61035
Nº ord. Nº de vac.
Código puestos Puesto de trabajo Nivel C. Espec. Admón.. Subgrupo Cuerpo
233 2 5117766 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20 5117779
Unidad Provincial de Informática de Ceuta. Localidad: Ceuta (Cod. 7502601751001)
234 1 5118420 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 235 2 5118122 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11
5118123 236 1 5118178 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20
Unidad Provincial de Informática de Melilla. Localidad: Melilla (Cod. 7502603652001)
237 1 5117820 Analista Programador 18 7.074,62 AE C1 EX11 238 2 5118275 Técnico Auxiliar de Informática 16 5.336,52 AE C1 EX11
5118276 239 1 5117957 Jefe Negociado N16 16 4.629,10 AE C1C2 EX20
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ANEXO III
Solicitud de participación (1) CONCURSO CONVOCADO POR ORDEN DEL MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN DE ___/___/___/ B.O.E. ___/___/___/ DATOS PERSONALES D.N.I. PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO NOMBRE
NÚMERO REGISTRO PERSONAL CUERPO/ESCALA DESDE EL QUE PARTICIPA EN EL CONCURSO (BASE 2ª.2) CÓDIGO DE CUERPO GRUPO
DOMICILIO COMPLETO
DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO TELÉFONO DE CONTACTO
CONDICIÓN BASE 5ª. SI [ ] NO [ ]. EN CASO AFIRMATIVO DATOS DEL OTRO FUNCIONARIO:
D.N.I. PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO NOMBRE
ADAPTACIÓN PUESTO DE TRABAJO DE ACUERDO CON LA BASE SEXTA, punto 3. SI [ ] NO [ ] TIPO DE ADAPTACIÓN:
PUESTOS SOLICITADOS POR ORDEN DE PREFERENCIA
ORDEN DE
PREFERENCIA
Nº. ORDEN DE
CONVOCATORIA
CONDICIÓN BASE 5ª (2)
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PREFERENCIA
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20
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12
21
4
13
22
5
14
23
6
15
24
7
16
25
8
17
26
9
18
......
Según base tercera, B) Baremo, apartado 1.5 solicito puntuación por: (La localidad siempre se refiere a la “definitiva” por concurso)
Solicito puntos: Sí / No
La localidad que solicito es la misma que la de mi cónyuge funcionario/a y distinta de la que yo tengo en la actualidad:
Para el mejor cuidado de hijos menores de 12 años:
Para el cuidado de familiares (distinta a la anterior) hasta 2º grado que no puedan valerse y sin retribución, y siempre que la localidad que pido sea diferente de la que tengo actualmente:
(1) LA PRESENTE SOLICITUD DEBERÁ PRESENTARSE ACOMPAÑADA DE LOS ANEXOS IV, V y VI. (2) SEÑÁLESE (X) SOLO EN AQUELLOS PUESTOS QUE SE QUIERAN CONDICIONAR.
En . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . a . . . . . . . . . . . de . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . de 2009 Firma, SR. SECRETARIO DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL. (GERENCIA DE INFORMÁTICA DE LA SEGURIDAD SOCIAL). C/ ALBASANZ, 23 - 28037 MADRID.
A efectos de la participación en este concurso, autorizo, para el uso exclu-sivo de la Unidad de Personal, el tratamiento automatizado de los datos que se recogen en esta solicitud. Igualmente, a efectos de completar los datos referentes a mis méritos profesionales, autorizo la consulta de la información a mí referida que conste en el RCP y en el SIP (Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y O.M. de 4 de enero de 2000, BOE 13-01-2001).
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ANEXO IV
Certificado de méritos Don/Dª: Cargo: Certifica que, de acuerdo con los antecedentes obrantes en su expediente personal o aportados por el interesado, son ciertos los datos aquí expues-tos del funcionario que se menciona a continuación: DATOS DEL FUNCIONARIO
D.N.I. Apellidos y nombre Cuerpo o Escala desde el cual participa en el concurso Años Meses Días Día Mes Año
Grado consolidado Antigüedad Fecha Ingreso Cuerpo (6) N.Orden Oposición SITUACIÓN ADMINISTRATIVA EN EL CUERPO O ESCALA DESDE EL CUAL PARTICIPA EN EL CONCURSO Marcar con: X 1 Servicio activo 2 Servicios especiales 3 Servicio en Comunidades Autónomas
4 Expectativa de destino 5 Excedencia Forzosa 6 Exc. voluntaria Art. 29.4
7 Exc. voluntaria Art. 29.3.a) 8 Exc. voluntaria Art. 29.3.c) 9 Exc. voluntaria Art. 29.3.d)
10 Exc. voluntaria Art. 29.7 11 Suspensión de funciones En caso de situación: 1, 2, 3 ó 6; Organismo S.S., Ministerio o CC.AA de destino (1) y municipio de destino Día Mes Año En caso de situación: 1, 2, 3, 4 ó 6; FECHA TOMA DE POSESIÓN ULTIMO DESTINO DEFINITIVO Día Mes Año En caso de situación: 3, 4, 5, 7, 8, 9, 10 ó 11; FECHA PASE SITUACIÓN Día Mes Año En caso de situación: 11; FECHA FIN DE SUSPENSIÓN CURSOS ( Ver el punto 1.3 de la base tercera. Indicar el número de horas y la condición de alumno o ponente) PUESTOS DESEMPEÑADOS Y SITUACIONES ADMINISTRATIVAS EN LOS ÚLTIMOS MIL NOVENTA Y SEIS DÍAS
Puesto de trabajo (2)
Fecha inicio
Fecha fin
N.C.D. (3)
Número de días de desempeño
(4)
Organismo
(1) a)
b)
b)
b)
b)
b)
UNIDAD ADMINISTRATIVA DE DESTINO (5) Lo expido a petición del interesado y para que surta efectos en el concurso convocado por Orden del Ministerio de Trabajo e Inmigración de En a de de 2009. (Firma y sello) VER NOTAS AL DORSO ¿HAY OBSERVACIONES AL DORSO?: ∇ Sí ∇ No
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Notas al anexo IV (1) Indicar el código correspondiente según el Anexo VIII. (2) Puesto que debe hacerse constar en cada línea: a) En esta línea figurará el puesto desempeñado en la actualidad con carácter fijo o provisional e incluso el
reservado en caso de servicios especiales y excedencia voluntaria art. 29.4. b) En estas líneas figurarán los anteriores puestos desempeñados con carácter fijo, destinos provisionales,
o puestos sobre los que se tuviera reserva, distintos del que figura en la línea a). (3) En el caso de desempeño de un puesto con nivel inferior al mínimo establecido para su grupo de pertenencia en el
momento de desempeñarlo, deberá consignarse éste. (4) En los días de desempeño se incluyen los plazos posesorios cuando hayan sido retribuidos. La suma de los que
figuren en las líneas a) y b) no puede ser superior a 1096. (5) Se indicará la unidad de destino del puesto que se está desempeñando en la actualidad con carácter fijo o provi-
sional. (6) Se indicará la fecha de publicación en el B.O.E. del nombramiento como funcionario de carrera. OBSERVACIONES DE LA AUTORIDAD CERTIFICANTE (*)
(*) La parte no utilizada de este recuadro deberá cruzarse por la autoridad que certifique. OBSERVACIONES DEL CONCURSANTE
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ANEXO V
Méritos específicos alegados
D.N.I. ... ... ... ... ... ... ... ... ... APELLIDOS Y NOMBRE ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ...
ORDEN DE
PREFERENCIA
Nº DE ORDEN DE LA
CONVOCATORIA
MÉRITOS ALEGADOS
PARA CADA UNO DE LOS PUESTOS SOLICITADOS
A este anexo se deberán adjuntar los documentos que prueben lo alegado. En caso contrario no se otorgarán puntos por estos méritos. Se exceptúan los cursos que aparezcan ya certificados en el Anexo IV. En ........................ a ........ de ........................... de 2009 Firma del concursante
cve:
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ANEXO VI
Certificado de tareas
D./ Dª ..................................................................................................................................................,
en calidad de ......................................................................................................................................,
certifica que:
D/Dª .....................................................................................................................................................
con DNI ...................................................................., ha estado realizando las siguientes funciones:
*............................................................................................................................................................
*............................................................................................................................................................
Durante el siguiente periodo:
De ................................................................ a ........................................................
Funciones:
*............................................................................................................................................................
*............................................................................................................................................................
De ............................................................... a .........................................................
Funciones:
*...........................................................................................................................................................
*...........................................................................................................................................................
De ............................................................... a ..........................................................
A efectos de valoración en el concurso .............................................................................................
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ANEXO VII Relación de cursos
Denominación Horas ADM. Avanzada bases de datos I 20 ADM. Avanzada bases de datos II 20 ADM. Avanzada sistemas operativos I 20 ADM. Avanzada sistemas operativos II 20 Administración Básica de Bases de Datos 20 Administración Avanzada de Bases de Datos 20 Administración Básica del S.O. UNIX 20 Administración Avanzada del S.O. UNIX 20 Administración Básica del S.O. Windows 20 Administración Avanzada del S.O. Windows 20 ADO.NET 16 Análisis de redes (CCNA-1) 20 Análisis de redes (CCNA-2) 20 Análisis de redes (CCNA-3) 20 Análisis de redes (CCNA-4) 20 Análisis de redes I 20 Análisis de redes II 20 ASP.NET 16 Aspectos gerenciales en sistemas de información 16 Auditoria de desarrollo, adquisición y mantenimiento de aplicaciones 20 Auditoria de explotación 16 Auditoria de la dirección 16 Auditoria de seguridad y redes 20 Auditoria forense 20 Auditoria informática avanzada I 20 Auditoria informática avanzada II 20 Bases de datos (SQL) 16 Bases de datos y bases de datos distribuidas 16 Calidad informática avanzada I 16 Calidad informática avanzada II 24 Calidad y administración pública 20 COBOL/CICS/DB2 20 COBOL/CICS/DB2 (Avanzado) 16 Componentes y servicios web con .Net 20 Comunicación entre ordenadores (niveles OSI 1-3) 20 Comunicación entre ordenadores (niveles OSI 4-7) 20 Comunicaciones y redes avanzadas 20 Conceptos básicos de programación 20 Construcción de sistema de gestión de calidad - SGC 20 Derecho de las tecnologías de la información y la comunicación 16 Desarrollo avanzado de software 20 Diseño de redes 20 Diseño y planificación de redes de comunicaciones 20 Estándares de calidad 16 Gestión de la Producción 20 Gestión de la producción y almacenamiento 24 Gestión de la seguridad informática 16 Gestión de proyectos informáticos 20 Gestión de redes 20 Gestión del Almacenamiento 16 Herram. program. web. Net 20 Herram. avanzadas program. I Net 20 Herram. program. web .java 20 Herram. avanzadas program .java 20 Ingeniería del software avanzada 24 Introducción a la auditoría informática 16 Introducción a la ingeniería del software 16 Introducción a las comunicaciones 20 Introducción a los sistemas operativos 20
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Denominación Horas Java EE 20 Java JDBC 16 Java SE 20 La gestión por procesos 20 Metodologías de desarrollo 16 Natural/Adabas 20 Natural/Adabas (Avanzado) 16 Optimización del rendimiento 20 Planes de continuidad del negocio 16 Planificación y gestión informática de calidad 20 Programación .Net básica 20 Programación orientada a objetos 16 Proteccion y seguridad informática 20 Prueba del software 16 Seguimiento y mejora de un SGC 16 Seguridad avanzada 20 Seguridad de redes I 20 Seguridad de redes II 20 Seguridad en el desarrollo, adquisición y mantenimiento de aplicaciones 20 Seguridad en el entorno de explotación 20 Seguridad en nodos y redes. 20 Seguridad en redes y comunicaciones 20 Seguridad física y lógica 16 Seguridad física. 20 Seguridad informática avanzada I 16 Seguridad informática avanzada II 24 Servicios web en java 16 Servidores web 16 SQL avanzado 20 Tecnología web I 24 Tecnología web II 20 XML 16 Elaboración/supervisión de contenidos 25 Novell Netware 6.5 25 Novell Zenworks 7 25
ANEXO VIII
Códigos de organismos de la Seguridad Social, Ministerios y Administración Autonómica
Organismos de la Seguridad Social: 01. Instituto Nacional de la Seguridad Social. 02. Instituto Nacional de Gestión Sanitaria. 03. Instituto de Mayores y Servicios Sociales. 04. Instituto Social de la Marina. 05. Gerencia de Informática de la Seguridad Social. 06. Tesorería General de la Seguridad Social. 07. Intervención de la Seguridad Social. 08. Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social.
Ministerios: 09. Política Territorial. 10. Ciencia e Innovación. 11. Asuntos Exteriores y de Cooperación. 12. Cultura. 13. Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. 14. Industria, Turismo y Comercio. 15. Interior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADONúm. 174 Lunes 20 de julio de 2009 Sec. II.B. Pág. 61055
16. Defensa. 17. Economía y Hacienda. 18. Educación. 19. Justicia. 20. Fomento. 21. Presidencia. 22. Sanidad y Política Social (1). 23. Trabajo e Inmigración (1). 24. Vivienda. 25. Igualdad.
Administración Autonómica: 26. Cataluña. 27. País Vasco. 28. Galicia. 29. Cantabria. 30. Asturias. 31. Andalucía. 32. Murcia. 33. Aragón. 34. Castilla-La Mancha. 35. Valencia. 36. La Rioja. 37. Extremadura. 38. Canarias. 39. Castilla-León. 40. Illes Balears. 41. Madrid. 42. Navarra. 43. Ceuta. 44. Melilla. (1) En caso de destino en Entidades Gestoras o Servicios Comunes de la Seguridad Social, indicar en Anexo IV
el código de la Entidad Gestora o Servicio Común y no el del Ministerio.
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http://www.boe.es BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X