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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL POLICÍA NACIONAL DE COLOMBIA DIRECCIÓN GENERAL RESOLUCIÓN NÚMERO _02801________ DE ___17-09-09_________ EL DIRECTOR GENERAL DE LA POLICÍA NACIONAL DE COLOMBIA, En uso de las facultades legales que le confiere el artículo 2, numeral 8 del Decreto 4222 de 2006 y, CONSIDERANDO: Que el artículo 218 de la Constitución Política de Colombia señala que la Policía Nacional es un cuerpo armado permanente de naturaleza civil, a cargo de la Nación, cuyo fin primordial es el mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas, y para asegurar que los habitantes de Colombia convivan en paz; Que la Ley 62 de 1993 “ Por la cual se expiden normas sobre la Policía Nacional, se crea un establecimiento público de seguridad social y bienestar para la Policía Nacional, se crea la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y se reviste las facultades extraordinarias del Presidente de la República” en su artículo 8 Obligatoriedad de intervenir, El personal uniformado de la Policía Nacional cualquiera que sea su especialidad o circunstancias en que se halle, tiene la obligación de intervenir frente a los casos de policía, de acuerdo con la Constitución Política, el presente estatuto y demás disposiciones legales; Que la Ley 489 de 1998 por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de la atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones; Que el Decreto 4222 del 23 de noviembre de 2006, “Por el cual se modifica parcialmente la estructura del Ministerio de Defensa Nacional”, establece la estructura de la Policía Nacional y en su artículo 24, Unidades Funcionales, faculta al Director General de la Policía Nacional de Colombia para crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, escuelas, unidades, áreas funcionales y grupos de trabajo, determinando en el acto de creación de éstas, sus tareas, responsabilidades y las demás disposiciones necesarias para su funcionamiento; Que el Decreto 4222 del 23 de noviembre de 2006, “Por el cual se modifica parcialmente la estructura del Ministerio de Defensa Nacional”, establece en su artículo 10º las funciones de la Dirección de Antisecuestro y Antiextorsión; Que frente a los GAULA Pereira, Neiva, Pasto y Elite conformados por resoluciones

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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

POLICÍA NACIONAL DE COLOMBIA

DIRECCIÓN GENERAL

RESOLUCIÓN NÚMERO _02801________ DE ___17-09-09_________

“ ”

EL DIRECTOR GENERAL DE LA POLICÍA NACIONAL DE COLOMBIA,

En uso de las facultades legales que le confiere el artículo 2, numeral 8 del Decreto 4222 de 2006 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 218 de la Constitución Política de Colombia señala que la Policía Nacional es un cuerpo armado permanente de naturaleza civil, a cargo de la Nación, cuyo fin primordial es el mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas, y para asegurar que los habitantes de Colombia convivan en paz; Que la Ley 62 de 1993 “ Por la cual se expiden normas sobre la Policía Nacional, se crea un establecimiento público de seguridad social y bienestar para la Policía Nacional, se crea la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y se reviste las facultades extraordinarias del Presidente de la República” en su artículo 8 Obligatoriedad de intervenir, El personal uniformado de la Policía Nacional cualquiera que sea su especialidad o circunstancias en que se halle, tiene la obligación de intervenir frente a los casos de policía, de acuerdo con la Constitución Política, el presente estatuto y demás disposiciones legales”; Que la Ley 489 de 1998 por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de la atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones; Que el Decreto 4222 del 23 de noviembre de 2006, “Por el cual se modifica parcialmente la estructura del Ministerio de Defensa Nacional”, establece la estructura de la Policía Nacional y en su artículo 24, Unidades Funcionales, faculta al Director General de la Policía Nacional de Colombia para crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, escuelas, unidades, áreas funcionales y grupos de trabajo, determinando en el acto de creación de éstas, sus tareas, responsabilidades y las demás disposiciones necesarias para su funcionamiento; Que el Decreto 4222 del 23 de noviembre de 2006, “Por el cual se modifica parcialmente la estructura del Ministerio de Defensa Nacional”, establece en su artículo 10º las funciones de la Dirección de Antisecuestro y Antiextorsión; Que frente a los GAULA Pereira, Neiva, Pasto y Elite conformados por resoluciones

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CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN POR LA CUAL SE DEFINE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA INTERNA Y SE DETERMINAN LAS FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE ANTISECUESTRO Y ANTIEXTORSIÓN DE LA POLICÍA NACIONAL Y SE DEROGA LA RESOLUCIÓN 02058 DEL 150607

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expedidas por el Director Antisecuestro y Antiextorsión en el año 2003, no se ha surtido por parte del CONASE o FONDELIBERTAD objeción alguna frente a la legalidad del procedimiento de su creación y en consecuencia asumió el costo financiero de su funcionamiento. Que frente a los actos administrativos expedidos por la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión ( DIASE), para la conformación de los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal (GAULA), en los departamentos donde venían funcionando las Unidades Móviles Antisecuestro ( UMA), existe concepto favorable de la Secretaria General sobre la presunción de su legalidad en el entendido que la instancia de coordinación se surtió desde el momento mismo que FONDELIBERTAD apoya logísticamente su funcionamiento y el trabajo articulado que se viene adelantando en coordinación con Fiscales Delegados y Especializados en el desarrollo de los programas metodológicos derivados de las investigaciones por secuestro y extorsión. Que la Resolución No. 02058 del 15 de junio del 2007, definió la estructura orgánica interna y determinó las funciones de la Dirección de Antisecuestro y Antiextorsión de la Policía Nacional; Que en el Instructivo No. 048 SUDIR DITAH-70 de fecha 26-06-09 “Parámetros para la Administración del Talento Humano en la Policía Nacional”, se definieron los lineamientos respecto al manejo del talento humano, en atención a la falta de coordinación entre las unidades de la Policía Nacional para el manejo de este recurso, además de la adopción de diferentes criterios para la administración del mismo, lo que redundaba en confusiones, demoras en procedimientos, aumento burocrático, diferencias en el parte de las unidades, errores directos que iban en detrimento de la calidad de vida del personal que conforma la Institución, reflejándose esto en el servicio prestado tanto al cliente interno como externo. Por lo antes expuesto, es necesario derogar la Resolución 02058 de Junio 15 de 2007 “Por la cual se define la estructura orgánica interna y se determinan las funciones de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión de la Policía Nacional”.

R E S U E L V E:

CAPÍTULO I

GENERALIDADES

ARTÍCULO 1º MISIÓN. La Dirección Antisecuestro y Antiextorsión de la Policía Nacional tiene como misión contribuir en la formulación de políticas de gobierno, desarrollando acciones integrales y efectivas para prevenir, investigar y reducir los delitos de lesa humanidad que atentan contra la libertad personal; asegurando que los habitantes de Colombia convivan en paz.

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CAPÍTULO II

ESTRUCTURA ORGÁNICA INTERNA ARTÍCULO 2°. Para el cumplimiento de su misión y el desarrollo de sus procesos la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión contará con la siguiente estructura orgánica interna: 1

DIRECCIÓN ANTISECUESTRO Y ANTIEXTORSIÓN DIASE

1.1 Secretaria Privada SEPRI 1.1.1 Seguridad SEGUR 1.1.2 Gestión Documental GUGED 1.2 Planeación PLANE

1.3 Telemática TELEM

1.4 Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos ASJUD

1.5 Oficina Atención al Ciudadano OAC

1.6 Comunicaciones Estratégicas COEST

1.7 Asuntos Internacionales ASINT

1.8 Centro Protección de Datos e Información CPDI

1.9 SUBDIRECCIÓN ANTISECUESTRO Y ANTIEXTORSIÓN SUASE

1.9.1 ÁREA DE OPERACIONES AROPE

1.9.1.1 Grupo Operaciones Especiales Antisecuestro GOES

1.9.1.2 GAULA Elite GAUEL

1.9.1.3 Grupo Prevención GRUPV

1.9.2 ÁREA DE INTELIGENCIA ARPRI

1.9.2.1 Grupo Procesamiento de Voces y Señales GRUVO

1.9.2.2 Grupo Producción de Inteligencia GRUPI

1.9.3.3 Grupo de Operaciones Técnicas GRUIN

1.9.3.4. Grupo Asuntos Internos GRUAI

1.9.3 ÁREA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL ARINC

1.9.3.1 Grupo Antisecuestro GRUSE

1.9.3.2 Grupo Antiextorsión GRUEX

1.9.3.3 Grupo Extinción de Dominio GRUED

1.9.3.4 Grupo Laboratorio de Criminalística GUCRI

1.9.3.5 Grupo Plataforma de Monitoreo GRUPU

1.9.5.6 Grupo de Información Delincuencial y Análisis Criminológico GRUID

1.9.5.6.1 Centro de Investigaciones Criminológicas CIC

1.9.5.6.2 Archivo delincuencial ARDEL

1.9.4 ÁREA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA ARAFI

1.9.4.1 Grupo Logístico GRULO

1.9.4.2 Grupo Financiero GRUFI

1.9.4.3 Grupo Contratos GRUCO

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1.9.4.4 Grupo Talento Humano GUTAH

1.9.5 Unidades Desconcentradas UNDES

1.9.5.1 Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal GAULA

PARÁGRAFO: Cada Área desarrollará e implementará conforme a sus necesidades y la prevalencia de los principios de eficiencia y racionalidad de la gestión pública los procesos necesarios para el desarrollo de sus funciones. CAPÍTULO III

DE LAS FUNCIONES

ARTÍCULO 3º. LA DIRECCIÓN ANTISECUESTRO Y ANTIEXTORSIÓN Cumplirá

las siguientes funciones: 1. Desarrollar y ejecutar las Políticas del Gobierno Nacional, definidas a través del

Ministerio de Defensa Nacional y el Consejo Nacional de Lucha Contra el Secuestro y demás atentados contra la Libertad Personal “CONASE”.

2. Coordinar la elaboración de diagnósticos, sustentados en estudios e investigaciones

que permitan proponer al Ministro de Defensa Nacional y la Dirección General de la Policía Nacional de Colombia, la política criminal contra los delitos del secuestro y la extorsión.

3. Dirigir, organizar, supervisar, evaluar y asesorar a los Grupos de Acción Unificada

por la Libertad Personal (GAULA) de la Policía Nacional en las diferentes investigaciones y operaciones que adelanten, de conformidad con la normatividad legal vigente.

4. Coordinar los apoyos pertinentes en los campos operativos y administrativos para el

cabal cumplimiento de sus funciones. 5. Conformar donde se requiera, Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal

“GAULA” de la Policía Nacional, o su presencia mediante la conformación de avanzadas, propendiendo por la capacitación del personal y la destinación de bienes y recursos para su funcionamiento y operatividad, previa coordinación con el “CONASE” de conformidad con los términos establecidos por la ley.

6. Asesorar a la Dirección General de la Policía Nacional de Colombia en la definición

y desarrollo de estrategias, programas y proyectos para alcanzar los objetivos trazados en la lucha contra los delitos de secuestro y extorsión.

7. Formular proyectos de inversión y desarrollo tecnológico en materia antisecuestro y

antiextorsión, que permitan dar respuesta a las necesidades operativas y administrativas de esta Dirección.

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8. Coordinar con las Direcciones, Regiones, Metropolitanas y Departamentos de Policía, el apoyo a los procedimientos antisecuestro y antiextorsión que lo requieran, y brindar la asesoría en las políticas y planes a desarrollar en contra de estos delitos.

9. Coordinar con la Dirección Nacional de Escuelas y la Dirección de Talento Humano,

la selección y entrenamiento del personal policial de la especialidad. 10. Desarrollar la Política y Objetivos de Calidad de la Policía Nacional. 11. Desarrollar y estandarizar los procedimientos de los procesos misionales,

gerenciales y de soporte de la unidad, debidamente articulada con la metodología definida por la Policía Nacional.

12. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, los reglamentos o la

naturaleza de la dependencia.

ARTÍCULO 4º. SECRETARIA PRIVADA. Es la dependencia encargada de la organización, articulación, seguimiento y ajuste de la agenda del Director y demás actividades para dinamizar los trámites y tareas que se desarrollan en la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión a través del cumplimiento de las siguientes funciones: 1. Recibir, revisar y tramitar oportunamente la documentación que se origine o llegue al

despacho del director Antisecuestro y Antiextorsión.

2. Organizar y verificar la agenda del director Antisecuestro y Antiextorsión y ejercer control al cumplimiento de plazos en documentación y órdenes impartidas por el despacho.

3. Asistir al director Antisecuestro y Antiextorsión en las actividades de representación, organización y asistencia a actos protocolarios y relaciones públicas.

4. Mantener informado al director Antisecuestro y Antiextorsión, de los hechos que deban ser de su conocimiento.

5. Mantener la reserva y confidencialidad frente al manejo de la documentación y demás asuntos que revistan de tal carácter.

6. Atender consultas, procedimientos y solicitudes de información que deben ser resueltos por el director Antisecuestro y Antiextorsión.

7. Liderar el proceso de archivo general y las tablas de retención documental de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

8. Organizar y diseñar el esquema de seguridad del director Antisecuestro y Antiextorsión, supervisando que el talento humano y logístico cuente con lo necesario para su normal funcionamiento.

9. Coordinar, verificar y ajustar el servicio de seguridad de las instalaciones de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión, supervisando que el talento humano y logístico cuente con lo necesario para su normal funcionamiento.

10. Aplicar las tablas de retención y valoración documental; determinando lo relativo a la conservación, eliminación, selección, microfilmación o digitalización de la documentación.

11. Liderar el Comité de Gestión Documental.

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12. Recepcionar, radicar y distribuir la correspondencia, controlando los tiempos de respuesta.

13. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

14. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

15. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

PARÁGRAFO 1. Seguridad. Es la dependencia encargada de los esquemas de seguridad de las instalaciones de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión, cumplirá las siguientes funciones:

1. Organizar, dirigir y controlar el servicio de seguridad en las instalaciones e implementar acciones para su mejoramiento continuo.

2. Desarrollar acciones para prevenir, mitigar y administrar los riesgos inherentes a la seguridad de personas e instalaciones, de acuerdo al mapa de riesgos del organismo.

3. Organizar y diseñar el esquema de seguridad de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión, supervisando que el talento humano cuente con la logística necesaria para su normal funcionamiento.

4. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

5. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión y Contraloría General de la Nación.

6. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

PARÁGRAFO 2. Gestión Documental. Es la dependencia encargada del desarrollo de procesos tales como: producción o recepción, distribución, organización, recuperación y disposición final de los documentos, que estará a cargo de la Secretaría Privada y cumplirá las siguientes funciones: 1. Responder por la integridad, autenticidad, veracidad y fidelidad de la información del

patrimonio documental de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

2. Administrar el proceso del archivo central y la aplicación de las tablas de retención documental de conformidad con la normatividad vigente.

3. Difundir y propender por la aplicación e implementación de las Tablas de Retención Documental en las dependencias de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

4. Solicitar al Archivo General las modificaciones o actualizaciones de las Tablas de Retención Documental cuando se requiera.

5. Realizar una adecuada organización del Archivo Central y Archivo de Gestión que permitan atender de manera oportuna los requerimientos de las entidades y de los ciudadanos.

6. Presentar directrices para el funcionamiento del Comité de Gestión Documental al director Antisecuestro y Antiextorsión.

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7. Cumplir con la normatividad expedida por el Archivo General de la Nación y demás entes que controlan el manejo y el buen uso de la documentación recepcionada en el archivo.

8. Administrar el sistema archivístico mediante acciones de evaluación, seguimiento y mecanismos de mejoramiento continuo acorde con las políticas organizacionales y con el Sistema de Gestión de la Calidad.

9. Implantar y fortalecer la cultura archivística a partir de estrategias de capacitación y sensibilización.

10. Programar, recibir y organizar transferencias documentales.

11. Elaborar y ejecutar los estudios de conveniencia y oportunidad encaminados al desarrollo e implementación del programa de Gestión Documental.

12. Asumir la recuperación de los fondos acumulados en los archivos de las unidades con el fin de prepararlos para transferirlos acorde con la normatividad vigente.

13. Desarrollar el Sistema Integrado de Conservación e implementar los planes de contingencia y seguridad de la información.

14. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

15. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

16. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

PARÁGRAFO 3. El talento humano que integra los grupos de Seguridad y Gestión Documental de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión dependerá de la respectiva Secretaria Privada.

ARTÍCULO 5º. PLANEACIÓN. Es la dependencia encargada de asesorar al director Antisecuestro y Antiextorsión para el desarrollo de planes, programas y proyectos, que contribuyan a la satisfacción de las necesidades de seguridad y tranquilidad pública, cumplirá las siguientes funciones: 1. Orientar al director Antisecuestro y Antiextorsión en la metodología para la

formulación de objetivos y metas estratégicas, que permitan contribuir al Plan Estratégico Institucional con fundamento en el análisis de la realidad institucional.

2. Promover la cultura de la planeación en todos los niveles, diseñando en forma concertada con las Áreas, Grupos y dependencias asesoras, las metas estratégicas de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión para la articulación anual del plan de acción, así como hacer el seguimiento y evaluación al mismo.

3. Desarrollar los parámetros establecidos por la Dirección General de la Policía Nacional para la implementación y aplicación del Sistema de Gestión Integral, el Modelo Estándar de Control Interno y el Sistema de Gestión de la Calidad en la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

4. Orientar la estandarización de procedimientos, la gestión documental y la actualización de los manuales, guías y protocolos que sustentan la gerencia de los procesos y la aplicación de estándares de productividad.

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5. Cumplir con las labores inherentes a la secretaria técnica del Subcomité de Coordinación de Control Interno y Calidad, de acuerdo con los lineamientos institucionales.

6. Realizar el seguimiento y evaluación a los planes, programas y proyectos de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

7. Realizar la planeación presupuestal de funcionamiento e inversión del organismo, con base en la consolidación, ajuste y seguimiento a los planes de necesidades de las dependencias del nivel central, así como asesorar el proceso en las seccionales y demás unidades desconcentradas.

8. Orientar a las Áreas y Grupos de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión en la construcción y aplicación de los indicadores ordenados por el Mando Institucional, para medir la efectividad del servicio y el cumplimiento de la misión.

9. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

10. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión

11. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO 6º. TELEMÁTICA. Es la dependencia asesora de Dirección Antisecuestro y Antiextorsión, encargada del soporte y promoción del desarrollo tecnológico de la unidad en las áreas de informática y telecomunicaciones a través del cumplimiento de las siguientes funciones: 1. Ejecutar las políticas en materia tecnológica y de seguridad que se establezcan por

parte de la Oficina de Telemática.

2. Dar soporte técnico y proyectar las necesidades tecnológicas de la unidad.

3. Coordinar con la Oficina de Telemática los proyectos de crecimiento tecnológico de la unidad.

4. Hacer seguimiento, supervisión y control a los contratos tecnológicos de la unidad.

5. Elaborar, ejecutar y hacer seguimiento al plan de mantenimiento preventivo y correctivo de la infraestructura tecnológica de la unidad.

6. Administrar los recursos físicos en materia de tecnología de informática y comunicaciones asignados a su unidad.

7. Apoyar las actividades del proceso contractual en materia de tecnología de informática y comunicaciones.

8. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

9. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

10. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO 7º. ASUNTOS JURÍDICOS Y DERECHOS HUMANOS. Es la dependencia asesora de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión encargada de orientar y apoyar en

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los asuntos de carácter jurídico puestos a su consideración, a través del cumplimiento de las siguientes funciones: 1. Orientar al director de Antisecuestro y Antiextorsión en los asuntos jurídicos,

administrativos y prestacionales propios del organismo y en asuntos de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario.

2. Elaborar y revisar los proyectos de resolución y demás actos administrativos que sean de competencia de la Dirección de Antisecuestro y Antiextorsión o que vayan a ser puestas a consideración del Mando Institucional o del Director General.

3. Llevar el trámite y control de los procesos administrativos por pérdida o daños de bienes de propiedad o al servicio del ramo de la Defensa Nacional - Policía Nacional.

4. Llevar el trámite y control de los informativos administrativos por lesión o muerte, del personal adscrito a la Dirección de Antisecuestro y Antiextorsión.

5. Recepcionar y tramitar los despachos comisorios que soliciten las unidades de policía en materia disciplinaria y administrativa.

6. Orientar a las Áreas y Grupos en los asuntos jurídicos y legales propios de cada dependencia.

7. Preparar, orientar y presentar los proyectos de respuesta a los derechos de petición, revocatorias, tutelas, recursos, acciones y demás solicitudes de índole jurídico elevadas ante la Dirección de Antisecuestro y Antiextorsión.

8. Desarrollar programas de sensibilización, capacitación, difusión y observancia de las normas disciplinarias, con el propósito de fomentar una cultura permanente de protección y garantía a estos derechos.

9. Desarrollar programas de sensibilización, capacitación, difusión y observancia de los Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, con el propósito de fomentar una cultura permanente de protección y garantía a estos derechos.

10. Hacer seguimiento al cumplimiento de las medidas y recomendaciones que en materia de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario asuma el Estado a través de la Policía Nacional.

11. Contribuir a la investigación de los casos de Derechos Humanos cursados contra la Policía Nacional y sus miembros en las instancias nacionales e internacionales.

12. Proyectar las denuncias ante los organismos nacionales y competentes, por la violación de los Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario que atenten contra los funcionarios de la Dirección de Antisecuestro y Antiextorsión.

13. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

14. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

15. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO 8o. OFICINA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO Es la dependencia asesora de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión encargada de orientar y apoyar en los

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asuntos relacionados con atención al ciudadano, a través del cumplimiento de las siguientes funciones:

1. Recepcionar, registrar, gestionar, tramitar y realizar seguimiento a las quejas, reclamos y sugerencias relacionadas con inconformidades en los procedimientos, actitud de los funcionarios o deficiencias en los servicios prestados por la Dirección de Antisecuestro y Antiextorsión.

2. Informar al gremio interesado, dependencia, o ciudadano, según el caso, que presente inconformidades ante la Policía Nacional, la acción tomada frente a la queja, reclamo, sugerencia o derecho de petición, teniendo en cuenta el tiempo establecido para ello, de acuerdo a la normatividad legal del país.

3. Tramitar oportunamente las peticiones, quejas, reclamos y sugerencias, que por su naturaleza sea de competencia de otras dependencias o instituciones.

4. Incorporar al Sistema de Información y Seguimiento de Atención al Ciudadano, (SISAC) las quejas, reclamos, sugerencias y peticiones relacionados con el servicio de policía o el comportamiento del talento humano de la Dirección, presentados en los medios de comunicación de la jurisdicción, al igual de aquellos que sean presentados a cualquier funcionario de policía.

5. Realizar diagnósticos, estudios y presentar propuesta de solución respecto a la problemática detectada en su unidad, producto del análisis de las quejas, reclamos y sugerencias de los ciudadanos y la comunidad.

6. Servir como instancia de coordinación, entre la unidad y el Inspector Regional o Especial de la Inspección General, respecto a la operación de puntos de atención al ciudadano y demás servicios de interacción policía-comunidad.

7. Ser enlace entre su unidad policial y los ciudadanos, dentro de los procesos desarrollados en los sistemas de Atención al Ciudadano.

8. Generar la cultura de la participación ciudadana en la jurisdicción de la unidad policial, a través de la promoción de las veedurías ciudadanas.

9. Recepcionar, registrar, almacenar y comunicar las manifestaciones de la comunidad relacionadas con el buen servicio realizado por los funcionarios de policía y la institución.

10. Abrir canales que le permita al ciudadano presentar las quejas, reclamos y sugerencias en su jurisdicción.

11. Informar y orientar al ciudadano respecto a la organización del Estado Colombiano, Misión de la Policía Nacional, funciones, procesos y procedimientos, normatividad, mecanismos de participación ciudadana y comunitaria y contratos de la Policía Nacional, de acuerdo a las normas vigentes.

12. Elaborar, hacer seguimiento y evaluar el plan de acción de su dependencia.

13. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

14. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

15. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

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ARTÍCULO 9o. COMUNICACIONES ESTRATÉGICAS. Es la dependencia asesora la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión encargada del manejo de la información institucional de la unidad y de la administración de los recursos de comunicación encaminados a fortalecer la imagen de la Policía Nacional ante la comunidad, a través del cumplimiento de las siguientes funciones:

1. Orientar al director Antisecuestro y Antiextorsión en la ejecución de las políticas y estrategias relacionadas con el manejo de la información y la comunicación externa y organizacional, de acuerdo con los lineamientos definidos por la Dirección General de la Policía Nacional de Colombia.

2. Organizar las ruedas de prensa, entrevistas, reportajes y demás actividades que contribuyan a la difusión de resultados operativos, noticias o programas de impacto o interés para el ciudadano, con el fin de difundir la imagen e información de la Dirección de Antisecuestro y Antiextorsión.

3. Organizar y supervisar el registro diario de las noticias y publicaciones en medios de comunicación, relativas a la imagen de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

4. Coordinar y mantener las buenas relaciones entre los medios de comunicación nacional e internacional con la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

5. Orientar a las Áreas y Grupos de la Dirección, en cuanto a la difusión o publicidad de planes, programas y campañas a nivel nacional en materia de prevención del secuestro y la extorsión.

6. Elaborar, hacer seguimiento y evaluar el plan de acción de su dependencia.

7. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

8. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

9. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO 10º. ASUNTOS INTERNACIONALES: Es la dependencia de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión encargada de asesorar al señor Director respecto a las relaciones internacionales en general, con el propósito de posicionar a la Dirección en el contexto internacional aprovechando toda su potencialidad, referente y liderazgo multilateral en la lucha contra el secuestro y la extorsión, cumpliendo las siguientes funciones:

1. Asesorar al director Antisecuestro y Antiextorsión en la ejecución y seguimiento de la política exterior de la Institución, en materia de relaciones bilaterales y multilaterales de acuerdo a los lineamientos de la Dirección General de la Policía Nacional.

2. Revisar y evaluar periódicamente la pertinencia, oportunidad y efectividad de los acuerdos e instrumentos de cooperación internacional.

3. Brindar apoyo y mantener una constante coordinación con los agregados y enlaces de la Policía Nacional en el exterior y los extranjeros acreditados en Colombia.

4. Impulsar en forma permanente el desarrollo de programas de capacitación para extranjeros en nuestro país y para los miembros de la Dirección en el exterior en

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coordinación con la Dirección Nacional de Escuelas y la Oficina de Asuntos Internacionales de la Dirección General.

5. Participar en la asesoría que brinda la Oficina de Asuntos Internacionales de la Dirección General en lo referente a la suscripción de acuerdos de cooperación policial y de seguridad en materia de secuestro y extorsión.

6. Promover el intercambio de información, experiencias y doctrina con entidades multilaterales, a través de los grupos de cooperación internacional de las Direcciones, con INTERPOL, EUROPOL, ONU, OEA, AMERIPOL, instituciones homologas y demás agencias de seguridad internacional.

7. Coordinar la visita de funcionarios o delegados extranjeros a la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión mediante las gestiones administrativas, logísticas y protocolarias en procura de mantener la imagen de la Policía Nacional a nivel internacional.

8. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

9. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

10. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO 11º CENTRO PROTECCIÓN DE DATOS E INFORMACIÓN. Es la dependencia asesora encargada de ejecutar los protocolos de seguridad de información, con el propósito de apoyar de manera acertada y oportuna la toma de decisiones del director Antisecuestro y Antiextorsión y los comandantes de los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal (GAULA), a través del cumplimiento de las siguientes funciones:

1. Realizar campañas de sensibilización y cultura frente a la seguridad de la información al que integra la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

2. Crear, publicar, aplicar y ejecutar los protocolos de seguridad de información.

3. Recepcionar y distribuir a nivel interno de manera oportuna y controlada, la información procedente de los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal (GAULA) a nivel país.

4. Seleccionar el canal adecuado para asegurar la difusión externa del producto terminado, garantizando la aplicación de los principios de seguridad, oportunidad, pertinencia y reserva de la información.

5. Aplicar los mecanismos de seguridad y protección durante el proceso de difusión de la información según los criterios establecidos en los protocolos y normas de la Dirección.

6. Supervisar el manejo del registro de datos de las unidades de investigación criminal, la recepción y difusión de la información recolectada en las actividades investigativas.

7. Verificar que la información recolectada por los investigadores que reposa al interior de los archivos, bases de datos y documentación física se maneje con los medios técnicos, organizacionales y humanas necesarias para garantizar la seguridad de la información evitando su adulteración, perdida, consulta o uso no autorizado.

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8. Generar pautas para que la información recolectada por los investigadores por razones de seguridad pública o requerimiento judicial, no afecten los derechos a la intimidad, honra y buen nombre de las personas cumpliendo con las disposiciones constitucionales legales y directrices institucionales.

9. Supervisar que la información contenida en las bases de datos y archivos, se sujeten a los principios de legalidad, proporcionalidad, calidad de los datos, razonabilidad, necesidad, confidencialidad, seguridad y respeto al buen nombre.

10. Realizar revistas esporádicas a lugares de almacenamiento de información física y digital de las diferentes unidades, áreas y dependencias de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

11. Controlar la información almacenada físicamente por los funcionarios de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión, con el fin de evitar la pérdida y adulteración de datos en el marco de investigaciones judiciales y de carácter institucional.

12. Ejercer control de la difusión y suministro de información privilegiada de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión a instituciones periodísticas con fines estratégicos policiales.

13. Determinar e identificar el lugar de recepción del producto, propendiendo por su seguridad y entrega oportuna.

14. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

15. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

16. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO 12. SUBDIRECCIÓN ANTISECUESTRO Y ANTIEXTORSIÓN. Es la dependencia de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión, encargada de ejecutar y hacer cumplir las disposiciones del Director y realizar las actividades de fiscalización y control tanto en el ámbito operativo como administrativo, que contribuyan al buen funcionamiento y sinergia entre las dependencias y unidades desconcentradas de la unidad, a través del cumplimiento de las siguientes funciones. 1. Dirigir y dinamizar la formulación, preparación, operacionalización y cumplimiento

del Plan de acción de la unidad, a través del acompañamiento de los procesos en todos los niveles de gestión de la Dirección.

2. Asistir al Director en el desarrollo de las funciones de dirección, coordinación y control que le correspondan.

3. Direccionar el trámite interno de los asuntos relacionados con la imagen corporativa, manejo de medios de comunicación y relaciones interinstitucionales, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección.

4. Representar al Director cuando este lo designe, en las juntas, consejos u otras reuniones a que deba asistir y reemplazarlo en el cargo por delegación superior.

5. Fomentar la cultura del autocontrol en los diferentes procesos que se desarrollen en la unidad, supervisando su efectividad y la observancia de sus recomendaciones, informando periódicamente de su gestión al Director.

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6. Liderar las actividades y programas de promoción, difusión y fomento de la cultura del respeto por los derechos humanos y el derecho internacional humanitario que correspondan de acuerdo a la política de la Dirección General de la Policía Nacional.

7. Responder ante el Director por el buen funcionamiento y sinergia de las dependencias de la unidad y verificar el cumplimiento de los planes, programas y proyectos definidos por el Director de la unidad.

8. Intervenir en la entrega de las áreas y grupos, informando al Director, las observaciones y anomalías que se presenten con sus propuestas de solución.

9. Verificar en forma permanente la implementación y funcionamiento del Sistema de Gestión de Calidad y el Modelo Estándar de Control Interno.

10. Mantener coordinación permanente con los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal (GAULA) para facilitar el intercambio de información y el cumplimiento de su misión.

11. Dirigir, coordinar, controlar y evaluar la gestión de las Áreas, Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal y dependencias asesoras de la unidad.

12. Asesorar a los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal en las acciones que deban ejecutar para la adaptación y funcionamiento del Sistema Penal Acusatorio.

13. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

14. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

15. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO 13. ÁREA DE OPERACIONES: Es la dependencia encargada de direccionar, coordinar, ejecutar y controlar el servicio de policía que desarrollan las unidades operativas y preventivas de la especialidad (Grupo de Operaciones especiales – GOES, Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal - GAULA ELITE y Grupo prevención), mediante el desarrollo de los procesos misionales de la cadena de valor para la prevención, control y disuasión de delitos, a través del cumplimiento de las siguientes funciones:

1. Coordinar las actividades operativas que la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión realice en conjunto con organismos Internacionales o Nacionales, previa autorización de la Dirección General de la Policía Nacional.

2. Disponer los apoyos que se requieran a los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal para el desarrollo de operaciones e investigaciones de interés institucional.

3. Proponer y coordinar la integración de unidades investigativas, comisiones o grupos tácticos, de carácter permanente o transitorio para atacar objetivos específicos en una determinada región del país.

4. Orientar coordinar y efectuar seguimiento al desarrollo de las actividades encaminadas a lograr el cumplimiento de los objetivos de alto valor en cabeza de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión

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5. Direccionar en coordinación con los comandantes de los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal el desarrollo efectivo de operaciones en contra de grupos al margen de la ley, de acuerdo a informaciones e investigaciones adelantadas por esas unidades a fin de lograr desvertebrarlas o debilitarlas con el fin de desarticularlas a través de la captura de cabecillas, integrantes, colaboradores, redes logísticas etc.

6. Asesorar y apoyar las unidades operativas de la Especialidad, en temas relacionados con cartografía y orientación en el terreno, mediante el sistema cartográfico (SIG PONAL) y otros programas digitales, orientado a la planeación efectiva de operaciones.

7. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

8. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión

9. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO 14º. GRUPO DE OPERACIONES ESPECIALES ANTISECUESTRO (GOES) DEL AREA DE OPERACIONES. Es la unidad especial de reacción y Apoyo Operativo orientado a la disuasión y control del secuestro y la extorsión, requeridas en apoyo al desarrollo de investigaciones judiciales, acciones operativas y procedimientos establecidos por la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión, a través del cumplimiento de las siguientes funciones:

1. Planear y ejecutar las operaciones especiales de Policía, en el área urbana y rural, requeridas en apoyo al desarrollo de las investigaciones y procedimientos Antisecuestro y Antiextorsión.

2. Asesorar y apoyar al personal de las diferentes Áreas y Grupos de la Dirección de Antisecuestro y Antiextorsión en los procedimientos de operaciones especiales y apoyo táctico a las unidades investigativas.

3. Actualizar permanentemente al personal de las diferentes Áreas y Grupos de la Dirección mediante el entrenamiento en procedimientos tácticos operacionales.

4. Coordinar los apoyos de otras unidades policiales y de otras instituciones en la organización, planeación y ejecución de operaciones especiales contra grupos armados ilegales en el área urbana y rural.

5. Realizar análisis de riesgo y generar doctrina institucional en materia de seguridad del personal e instalaciones durante el desarrollo de los procedimientos Antisecuestro y Antiextorsión.

6. Promover la generación y fortalecimiento de alianzas estratégicas y convenios de cooperación en materia de capacitación, intercambio de información, apoyo técnico y coordinación de operaciones especiales dirigidas a neutralizar el secuestro y la extorsión.

7. Capacitar a los miembros de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión, en procedimientos tácticos operacionales con las especificaciones técnicas y estándares internacionales en el rescate de secuestrados, captura de delincuentes y otros.

8. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

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9. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

10. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO 15º GAULA ELITE: Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal con jurisdicción Nacional, orientada al apoyo en investigaciones de trascendencia en donde se vulnera la libertad personal, mediante acciones operativas, investigativas y de inteligencia, que permitan el rescate y protección de las víctimas y la captura de los responsables de estas conductas punibles, a través del cumplimiento de las siguientes funciones:

1. Adelantar, bajo la dirección de la Fiscalía General de la Nación, las investigaciones

que le sean asignadas de acuerdo a su competencia y función.

2. Apoyar y atender los casos de impacto a nivel nacional mediante actividades operativas, investigativas y de inteligencia.

3. Ejecutar los operativos que conduzcan al rescate de las víctimas y la captura de los responsables por los delitos que atentan contra la libertad personal.

4. Desarrollar las labores de inteligencia que permitan lograr la identificación de autores o partícipes en hechos delictivos contra las libertades individuales y grupos al margen de la ley.

5. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

6. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

7. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO 16º GRUPO DE PREVENCIÓN: Es un grupo del Área de Operaciones encargado de diseñar e implementar campañas educativas y conferencias de prevención que permitan a la comunidad evitar ser víctima de los delitos de secuestro y la extorsión, a través de la cultura de autoprotección con el propósito de apoyar de manera acertada y oportuna la toma de decisiones del director Antisecuestro y Antiextorsión y los comandantes de los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal, cumpliendo las siguientes funciones:

1. Participar en la definición, diseño, formulación, aplicación y evaluación de programas educativos, en relación a la prevención de conductas que atenten contra la libertad personal, de acuerdo con las disposiciones de la Dirección.

2. Capacitar a la ciudadanía, en temas relacionados con medidas de Seguridad y protección contra el secuestro y extorsión, a través de los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal (GAULA).

3. Diseñar campañas educativas dirigidas a los diferentes gremios, empresas, colegios, universidades y entidades públicas o privadas, encaminadas a la prevención de los delitos de secuestro y extorsión.

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4. Desarrollar campañas educativas que sirvan como medio de acercamiento a la población para lograr su participación y colaboración en la lucha contra el secuestro y la extorsión.

5. Elaborar y presentar informes a las diferentes dependencias de la institución o entidades del Estado, relacionados con resultados de prevención, que permitan apoyar la toma de decisiones y la formulación de alternativas y nuevas estrategias de mejoramiento.

6. Aplicar procedimientos estandarizados, para optimizar el servicio de la Dirección.

7. Administrar los recursos humanos, logísticos y técnicos necesarios para el desarrollo de las actividades del grupo.

8. Coordinar con el Fondo Nacional para la Defensa de la Libertad Personal (FONDELIBERTAD), las acciones necesarias para el desarrollo de los programas de prevención de los delitos de secuestro y extorsión.

9. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

10. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

11. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO 17º ÁREA DE INTELIGENCIA Es el área de la Subdirección Antisecuestro y Antiextorsión, encargada de la producción de inteligencia estratégica y operacional, mediante el desarrollo de operaciones técnicas de inteligencia, con el propósito de apoyar de manera acertada y oportuna la toma de decisiones del director Antisecuestro y Antiextorsión y los comandantes de los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal, a través del cumplimiento de las siguientes funciones:

1. Participar en el diseño, definición, formulación, aplicación y evaluación de políticas y

estrategias contra el secuestro y la extorsión de acuerdo con las disposiciones del señor Director de la especialidad.

2. Desarrollar estrategias que permitan incrementar y fortalecer las redes de informantes y fuentes humanas.

3. Dirigir y orientar la búsqueda de información de inteligencia, hacia la formulación de estrategias que permitan diseñar cursos de acción para la toma de decisiones que permita prevenir y reprimir los delitos de secuestro y extorsión en el territorio Nacional.

4. Organizar y controlar la recepción, registro, análisis, sistematización y distribución de productos de Inteligencia orientados a combatir y prevenir los delitos de Secuestro y Extorsión.

5. Desarrollar operaciones de inteligencia que permitan identificar estructuras subversivas, bandas de delincuencia común y organizada, dedicadas a los delitos de Secuestro y Extorsión.

6. Coordinar con agencias, nacionales e internacionales, el intercambio de información, que coadyuve al control de los delitos de secuestro y extorsión.

7. Gestionar y liderar el desarrollo tecnológico del Área, dirigido a optimizar el procesamiento de voces y señales.

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8. Orientar la implementación de las estrategias de primer nivel en cada uno de las unidades de inteligencia de los grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal (GAULA).

9. Fijar y cumplir objetivos y metas estratégicas de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

10. Contribuir al alcance de los objetivos operacionales propuestos por la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

11. Diseñar y estructurar bases de datos sólidas, que permitan consolidar informaciones de tipo estratégico y operacional, cumpliendo con los estándares de seguridad en el flujo de información.

12. Implementar y aplicar los manuales de procedimientos, metodologías e instrumentos estandarizados, de acuerdo a las directrices establecidas por la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

13. Controlar el comportamiento ético y disciplinario del personal bajo su cargo, de acuerdo con las directrices institucionales.

14. Coordinar la capacitación y actualización en procesos y procedimientos de los funcionarios de inteligencia adscritos a la especialidad.

15. Administrar y optimizar el talento humano y los recursos logísticos y técnicos necesarios para el desarrollo de las actividades del Área.

16. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

17. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

18. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

PARÁGRAFO. Las anteriores funciones se encuentran alineadas de acuerdo a los parámetros de la Dirección de Inteligencia Policial (DIPOL).

ARTÍCULO 18º GRUPO PROCESAMIENTO DE VOCES Y SEÑALES: Es la unidad del Área de Inteligencia encargada de orientar actividades y procedimientos de radiolocalización, monitoreo del espectro electromagnético y el empleo de equipos técnicos con el propósito de apoyar de manera acertada y oportuna la toma de decisiones del director Antisecuestro y Antiextorsión y los comandantes de los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal, a través del cumplimiento de las siguientes funciones: 1. Participar en la definición, diseño, formulación, aplicación y evaluación de los

programas y proyectos de desarrollo tecnológico de acuerdo con las disposiciones de la Dirección.

2. Monitorear el espectro electromagnético, dirigido a obtener información útil para la inteligencia, especialmente en lo referente a los delitos de secuestro y extorsión.

3. Orientar actividades y procedimientos de radiolocalización, para generar información técnica que contribuya a desarticular organizaciones o redes especiales dedicadas al secuestro y la extorsión.

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4. Apoyar a los grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal, con asistencia técnica y de inteligencia, sobre investigaciones de delitos de secuestro y extorsión, que permitan apoyar la identificación y captura de los autores o participes en estos hechos delictivos.

5. Promover convenios de cooperación e intercambio de Información de Inteligencia relacionado con delitos de secuestro y extorsión, con agencias nacionales e internacionales.

6. Dirigir y coordinar los planes de mantenimiento y soporte técnico, a los recursos tecnológicos de la Dirección.

7. Concertar y cumplir objetivos, metas estratégicas de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión para contribuir al Plan Estratégico Institucional.

8. Actualizar y aplicar procedimientos, metodologías e instrumentos estandarizados, para optimizar el servicio de inteligencia y garantizar la seguridad de la información.

9. Diseñar, estructurar y efectuar coordinaciones con la sala de la Plataforma Única de Monitoreo y Análisis (PUMA), para el envío de insumos de voz para el análisis correspondiente y alimentar los archivos de voz, que permitan prevenir y contrarrestar los delitos atentatorios de la libertad personal y la extorsión.

10. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

11. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

12. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO 19º GRUPO PRODUCCIÓN DE INTELIGENCIA Es la unidad del Área, encargada de elaborar productos de inteligencia terminados, para prevenir y contrarrestar los delitos de secuestro y extorsión, que permitan la acertada toma de decisiones con oportunidad, por parte del director Antisecuestro y Antiextorsión y los comandantes de los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal (GAULA), a través del cumplimiento de las siguientes funciones:

1. Participar en la definición, diseño, formulación y aplicación de planes, programas y propuestas de procesamiento de información de acuerdo con el direccionamiento estratégico de la Dirección.

2. Organizar, dirigir y controlar las fases de tratamiento, evaluación y análisis, de información relacionada con los delitos de secuestro y extorsión, que aporten al esclarecimiento de hechos delictivos e identificación de bandas de delincuencia común y organizada.

3. Elaborar productos de inteligencia relacionados con los delitos de secuestro y extorsión, para orientar en la toma de decisiones a las diferentes dependencias de la dirección y otros organismos de seguridad del Estado, que faciliten la formulación de estrategias conjuntas.

4. Realizar análisis de comportamiento y tendencias, del delito de secuestro y extorsión que permitan hacer proyecciones sobre acciones para combatirlos de manera efectiva.

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5. Brindar apoyo a los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal y otras dependencias, en las investigaciones que adelantan mediante respuesta a los requerimientos referentes al aporte de información estratégica.

6. Proponer objetivos de interés operacional para la Dirección y contribuir en el desarrollo de estrategias que orienten las operaciones para el cumplimiento del mismo.

7. Actualizar permanentemente las bases de datos del los diferentes blancos de interés (subversión, delincuencia común y organizada, bandas criminales).

8. Concertar y cumplir objetivos y metas estratégicas de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión contribuyendo al logro del Plan Estratégico Institucional.

9. Actualizar y aplicar procedimientos, metodologías e instrumentos estandarizados, para optimizar el servicio de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

10. Desarrollar investigaciones y estudios estratégicos y prospectivos en lo concerniente a los delitos de secuestro y extorsión, que permitan la acertada toma de decisiones por parte del señor Director.

11. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

12. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

13. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO 20º GRUPO DE OPERACIONES TÉCNICAS. Es la unidad del Área de Inteligencia encargada de desarrollar actividades que permitan la identificación de estructuras, organizaciones de subversión y bandas delincuenciales, con el propósito de apoyar de manera acertada y oportuna la toma de decisiones del director Antisecuestro y Antiextorsión y los comandantes de los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal, a través del cumplimiento de las siguientes funciones: 1. Concertar, diseñar y ejecutar propuestas de recolección y verificación de información

de acuerdo con los objetivos y metas estratégicas de la Dirección.

2. Organizar, dirigir y controlar los procedimientos de recolección y verificación de Información, relacionada con delitos de secuestro y extorsión a través de las operaciones técnicas, que permitan apoyar la toma de decisiones y el esclarecimiento de los casos llevados por los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal y Unidades Móviles Antisecuestro.

3. Coordinar y ejecutar el proceso de recolección de información, mediante la administración de fuentes humanas y redes de cooperantes.

4. Servir de enlace entre las unidades de Acción Unificada por la Libertad Personal (GAULA) con el Programa de Atención Humanitaria al Desmovilizado (PAHD) con la información que se recolecte de interés.

5. Ingresar oportunamente las fuentes humanas en el Sistema de Información de Inteligencia (SI2) para poder realizar el pago de recompensas.

6. Coordinar el intercambio de información con agencias de inteligencia de orden nacional e internacional.

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7. Desarrollar actividades que permitan la identificación de estructuras, organizaciones de la subversión y bandas delincuenciales dedicadas a los delitos de secuestro y extorsión y sus redes de apoyo.

8. Actualizar y aplicar procedimientos, metodologías e instrumentos estandarizados, para optimizar el servicio de la Dirección.

9. Aplicar los diferentes mecanismos para la seguridad en las operaciones técnicas.

10. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

11. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

12. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO 21º GRUPO ASUNTOS INTERNOS. Es la unidad del Área de Inteligencia encargada de desarrollar actividades de contrainteligencia que permitan recolectar información útil para la toma de decisiones, con el propósito de apoyar de manera acertada y oportuna la toma de decisiones del director Antisecuestro y Antiextorsión y los comandantes de los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal (GAULA), a través del cumplimiento de las siguientes funciones 1. Desarrollar operaciones básicas y especializadas de contrainteligencia que permitan

recolectar información útil para la toma de decisiones.

2. Elaborar y presentar estudios y análisis que permitan generar alertas tempranas, sobre los aspectos conductuales del personal adscrito a la especialidad y que incidan en el normal desarrollo del servicio.

3. Realizar acciones orientadas a la prevención y disuasión de conductas que afecten los valores e imagen institucional.

4. Realizar estudios de vulnerabilidad a las instalaciones de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

5. Coordinar y realizar a nivel nacional actividades preventivas, que generen conciencia para la preservación de los valores institucionales, imagen y prestigio de la institución.

6. Realizar estudios de confiabilidad al personal que labora en la dirección y los que se encuentren en proceso de vinculación a la especialidad.

7. Realizar pruebas de polígrafo al personal que labora en la especialidad, que permita la acertada toma de decisiones en materia de asignación de cargos, vinculaciones, permanencia en los cargos, y en general que garanticen la confiabilidad del personal.

8. Crear bases de datos seguras donde se registre información de asuntos internos que posibilite su consulta para la toma de decisiones.

9. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

10. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

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RESOLUCIÓN NÚMERO ____________ DE ________ HOJA No. 22

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11. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO 22º ÁREA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL. Es la unidad de la Subdirección Antisecuestro y Antiextorsión, que a través de las funciones de Policía Judicial otorgadas por la ley, en desarrollo al proceso de investigación criminal, contribuye a la preservación de la seguridad y convivencia ciudadana, a través del cumplimiento de las siguientes funciones: 1. Orientar las actividades y procedimientos judiciales de manera directa, tendientes a

desarticular organizaciones o redes especiales dedicadas al secuestro y extorsión.

2. Coordinar con agencias internacionales, acciones orientadas a la judicialización y al desarrollo de actividades operativas contra personas vinculadas a las organizaciones nacionales e internacionales, dedicadas al secuestro y extorsión.

3. Verificar el desarrollo de los procedimientos de investigación criminal, de acuerdo con los lineamientos del Sistema de Gestión de la Calidad que adopte la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

4. Supervisar el manejo adecuado y alimentación de la base de datos, establecida para el control de las órdenes de trabajo, emitas por las unidades de Investigación Criminal de los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal, y Unidades Móviles Antisecuestro, en las investigaciones de secuestro y extorsión.

5. En coordinación con la Fiscalía General de la Nación, adelantar las actuaciones correspondientes que permitan la correcta aplicación de la acción de extinción de dominio a los bienes producto del secuestro y la extorsión.

6. Brindar la asesoría técnica requerida por los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal, con relación a los laboratorios de criminalística, investigación criminal, y campos de aplicación de la Criminalística para los delitos de secuestro y extorsión.

7. Supervisar el funcionamiento de la sala monitoreo y análisis, verificando que las interceptaciones solicitadas por los investigadores adscritos a los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal y Unidad Móvil Antisecuestro, se realicen con los respectivos controles de legalidad ante la Fiscalía General de la Nación, brindando la adecuada administración de la información obtenida de las mismas.

8. Verificar la veracidad de los estudios y análisis realizados mediante estadísticas a los factores sociales, económicos, políticos y culturales individuales, delitos transnacionales, estudios cuantitativos y cualitativos de los delitos de secuestro y extorsión y resultados de la actividad policial de los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal y Unidad Móvil Antisecuestro de esta Dirección.

9. Coordinar con la Escuela de Investigación Criminal, la formación y actualización del personal integrante de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión en Criminalística y Policía Judicial.

10. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

11. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

12. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

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PARÁGRAFO. Las anteriores funciones se encuentran alineadas de acuerdo a los parámetros de la Dirección de Investigación criminal (DIJIN).

ARTÍCULO 23º GRUPO ANTISECUESTRO. Es la unidad del Área de Investigación Criminal que contribuye a identificar, individualizar, judicializar y capturar a los autores o partícipes en hechos delictivos contra el secuestro, con el propósito de apoyar de manera acertada y oportuna la toma de decisiones del director Antisecuestro y Antiextorsión y los comandantes de los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal a través del cumplimiento de las siguientes funciones: 1. Apoyar a la Unidad Nacional contra el Secuestro y Antiextorsión de la Fiscalía

General de la Nación, en las investigaciones en caso post – liberación de la víctima, producido por la acción de rescate o dejada en libertad por parte de sus captores; y de aquellos casos en donde no se haya esclarecido la ocurrencia del delito y de los autores intelectuales y/o materiales del hecho.

2. Desarrollar las labores investigativas que permitan lograr la identificación, individualización, judicialización y capturar a los autores o partícipes en hechos delictivos de secuestro en los caso de post-liberación.

3. Adelantar actividades investigativas en coordinación con el fiscal asignado, que conduzca a la judicialización y desarticulación de las organizaciones delincuenciales dedicadas al secuestro.

4. Cumplir las órdenes de captura, emanadas por los despachos de la Unidad Nacional contra el Secuestro de la Fiscalía General de la Nación; teniendo en cuenta el cumplimiento de las normas estipuladas para tal fin.

5. Recolectar y procesar la información relacionada con el cumplimiento de las actuaciones en cada una de las órdenes de trabajo, emitidas por la Jefatura del Área en los casos de secuestro; actualizando la base de datos establecida para el control de las mismas.

6. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, los reglamentos a la naturaleza de la dependencia.

ARTÍCULO 24º GRUPO ANTIEXTORSIÓN. Es la unidad del Área de Investigación Criminal, que contribuye a adelantar actividades investigativas que permitan lograr la identificación de los autores o partícipes en hechos delictivos contra la extorsión, con el propósito de apoyar de manera acertada y oportuna la toma de decisiones del director Antisecuestro y Antiextorsión y los comandantes de los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal a través del cumplimiento de las siguientes funciones: 1. Apoyar a la Unidad Nacional contra el Secuestro de la Fiscalía General de la Nación,

en el esclarecimiento de los hechos relacionados con extorsiones.

2. Desarrollar las labores investigativas que permitan lograr la identificación, individualización, judicialización y capturar a los autores o partícipes en hechos delictivos de extorsión.

3. Adelantar actividades investigativas en coordinación con el fiscal asignado, que conduzcan a la judicialización y desarticulación de las organizaciones delincuenciales dedicadas a la extorsión.

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4. Cumplir las órdenes de captura emanadas por los despachos de la Unidad Nacional contra el secuestro y la extorsión de la Fiscalía General de la Nación; teniendo en cuenta el cumplimiento de las normas estipuladas para tal fin.

5. Recolectar y procesar la información relacionada con el cumplimiento a las actuaciones en cada una de las órdenes de trabajo, emitidas por la Jefatura del Área en los casos de extorsión; actualizando la base de datos establecida para el control de las mismas.

6. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO 25º GRUPO EXTINCIÓN DE DOMINIO. Es la unidad del Área de Investigación Criminal, que contribuye a identificar bienes, orientando la correcta ejecución de la acción de extinción del derecho de dominio a los bienes investigados, con el propósito de apoyar de manera acertada y oportuna la toma de decisiones del director Antisecuestro y Antiextorsión y los comandantes de los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal, a través del cumplimiento de las siguientes funciones:

1. Diseñar y desarrollar estrategias que permita la identificación de estructuras

económicas de organizaciones dedicadas al secuestro y la extorsión.

2. Identificar bienes que hayan servido como instrumento para la comisión de las conductas punibles de actividades de secuestro y extorsión o adquiridos con dinero producto de los mismos e iniciar la investigación por extinción del derecho de dominio.

3. Adelantar las investigaciones correspondientes en coordinación con la Unidad Nacional de Lavado de Activos y Extinción de Dominio y Fiscales Especializados contra el Secuestro y la Extorsión, con el fin sea expedida y ejecutada la medida cautelar por extinción del derecho de dominio a los bienes investigados.

4. Coordinar con los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal el desarrollo de los investigativos y procedimientos de la Policía Judicial, relacionados con la aplicación de la normatividad en cuanto a la extinción del derecho de dominio.

5. Verificar y supervisar el desarrollo de los procedimientos de investigación, para presentar bienes por extinción de dominio, de acuerdo con los lineamientos del Sistema de Gestión de la Calidad que adopte la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

6. Recolectar y procesar la información relacionada con el cumplimiento a las actuaciones en cada una de las órdenes de trabajo, emitidas por la Jefatura del Área en los caso de extinción de dominio; actualizando la base de datos establecida para el control de las mismas.

7. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

8. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

9. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

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ARTÍCULO 26º. GRUPO LABORATORIO DE CRIMINALÍSTICA. Es un grupo del Área de Investigación Criminal, que realiza inspecciones judiciales, desarrollando labores periciales, con el propósito de apoyar de manera acertada y oportuna la toma de decisiones del director Antisecuestro y Antiextorsión y los comandantes de los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal, a través del cumplimiento de las siguientes funciones: 1. Supervisa, monitorea y evalúa el cumplimiento de las funciones asignadas a los

laboratorios de criminalística en cada grupo de los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal.

2. Brindar asesoría en materia criminalística que requieran las autoridades judiciales y las unidades móviles de los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal a nivel País.

3. Coordinar los estudios técnicos, conceptos y peritazgos que soliciten los investigadores de grupos los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal y Unidades Móviles Antisecuestro o autoridades de Policía Judicial facilitando la investigación de delitos.

4. Aplicar los conocimientos, avances científicos y técnicos a la investigación policial del delito, a través de los diferentes laboratorios de criminalística, con el objeto de facilitar al investigador la consecución de los elementos materiales de prueba o evidencias físicas.

5. Brindar respuesta de manera oportuna, eficaz y eficiente a las distintas consultas efectuadas por los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal, en la organización y funcionamiento de los laboratorios de criminalística.

6. Verificar y supervisar el correcto desarrollo de los procedimientos y protocolos establecidos de acuerdo con los lineamientos del Sistema de Gestión Integral que adopte la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

7. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

8. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

9. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO 27º. GRUPO PLATAFORMA DE MONITOREO: Es un grupo del Área de Investigación Criminal, que realiza actividades relacionadas con los procesos de interceptación, con el propósito de apoyar de manera acertada y oportuna la toma de decisiones del director Antisecuestro y Antiextorsión y los comandantes de los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal, a través del cumplimiento de las siguientes funciones.

1. Coordinar con las unidades investigativas de la Dirección Antisecuestro y

Antiextorsión, las actividades de interceptación ordenadas por autoridad competente.

2. Gestionar ante la Fiscalía General de la Nación, las interceptaciones solicitadas por las unidades investigativas de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión, que cumplan con los requisitos.

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3. Coordinar con las empresas de telefonía fija, los procesos para la interconexión con la plataforma.

4. Verificar la realización de las interceptaciones y hacer seguimiento a la labor de los operadores, velando por el cumplimiento de sus funciones.

5. Coordinación permanente con los administradores del Sistema Esperanza de la Dirección Nacional de Fiscalías a fin de mantener actualizados los protocolos de interceptación.

6. Mantener actualizados los equipos de interceptación con referencia a los avances tecnológicos.

7. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

8. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

9. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

PARÁGRAFO: El Sistema Esperanza es una interface administrada por la Fiscalía General de la Nación, encargada del transporte de señal telefónica (móvil y fija) entre los diferentes operadores y las instituciones con funciones de policía judicial que efectúan interceptaciones.

ARTÍCULO 28º. GRUPO INFORMACIÓN DELINCUENCIAL Y ANÁLISIS CRIMINOLÓGICO: Es un grupo del Área de Investigación Criminal responsable del proceso, tratamiento y análisis de la información delincuencial y operativa de secuestro y extorsión a nivel país, cuyo propósito es apoyar la toma de decisiones de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión frente a la prevención y lucha contra estas manifestaciones delincuenciales, a través de las siguientes funciones: 1. Orientar al mando institucional, nacional y/o local para la creación y cumplimiento

de estrategias integrales en contra de los delitos de secuestro y extorsión a nivel nacional e internacional, con base en la información histórica, cuantitativa y tendencias delincuenciales.

2. Recolectar, procesar y analizar la estadística delincuencial del secuestro y la extorsión y los resultados de la actividad policial a nivel nacional a través del Sistema de Información Policial de Secuestro y Extorsión (SIPSE).

3. Realizar coordinaciones con Fondo Nacional para la Defensa de la Libertad Personal (FONDELIBERTAD) y los demás organismos del estado comprometidos en la lucha Antisecuestro y Antiextorsión para la recepción, procesamiento y análisis de la información estadística.

4. Elaborar la apreciación delincuencial de cada Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal (GAULA), que conduzca a direccionar la toma acertada de decisiones de los altos mandos contra la comisión de estos delitos.

5. Coordinar, determinar y controlar el suministro de la información delincuencial y operativa como el acceso al Sistema de Información Policial de Secuestro y Extorsión (SIPSE) a nivel nacional.

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6. Realizar convenios y alianzas estratégicas que permitan fortalecer la comprensión de la dinámica delincuencial y operativa a nivel nacional de los delitos de secuestro y extorsión.

7. Direccionar y liderar la elaboración de estudios, análisis e investigaciones criminológicas respecto a la prevención, control y tratamiento del secuestro y la extorsión a nivel nacional.

8. Elaborar y publicar investigaciones de campo, fascículos de criminalidad, artículos, análisis y boletines de criminalidad que conduzcan a direccionar la toma acertada de decisiones de los altos mandos contra la comisión de estos delitos.

9. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

10. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

11. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

PARÁGRAFO 1. Centro de Investigaciones Criminológicas: Es la dependencia del Grupo Información Delincuencial y Análisis Criminológico encargada de dirigir investigaciones sobre el secuestro y extorsión con el propósito de apoyar de manera acertada y oportuna la toma de decisiones del director Antisecuestro y Antiextorsión y los comandantes de los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal (GAULA), a través del cumplimiento de las siguientes funciones: 1. Proyectar y dirigir investigaciones de campo sobre el secuestro y extorsión

2. Coordinar con entidades homólogas el intercambio de información en el campo criminológico.

3. Coordinar la participación de instituciones, universidades y grupos de investigación para desarrollar estudios, análisis, artículos, protocolos que permitan comprender la dinámica de los delitos de secuestro y extorsión a nivel histórico, geográfico y psicosocial.

4. Proyectar y desarrollar protocolos, manuales, módulos que puedan fortalecer la capacitación y que hacer de los funcionarios de los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal (GAULA).

5. Proyectar y desarrollar líneas de investigación criminológica relacionada con la comprensión de los delitos de secuestro y extorsión a nivel país, liderando y acompañando cada uno de los proyectos de investigación por parte de los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal (GAULA), a nivel regional.

6. Asesorar académicamente a quienes estén interesados en el análisis de los delitos

7. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

8. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

9. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

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PARÁGRAFO 2. Archivo Delincuencial Es la dependencia del Grupo Información Delincuencial y Análisis Criminológico encargada de la recepción, verificación, inserción y actualización de la información delincuencial y operativa de cada una de las unidades que componen la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión, cumplirá las siguientes funciones: 1. Verificar, clasificar y actualizar la información estadística de secuestro y extorsión

tanto delincuencial como operativo.

2. Realizar el control, depuración y corrección de la información delincuencial y operativa del Sistema de Información Policial de Secuestro y Extorsión (SIPSE) a nivel país.

3. Coordinar con los estadísticos de los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal (GAULA), la inserción, soporte y suministro de la información delincuencial y operativa de secuestro y extorsión en cada uno de los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal y verificación de información de secuestros.

4. Coordinar con el Fondo Nacional para la Defensa de la Libertad Personal (FONDELIBERTAD), Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal Militares, Departamento Administrativo de Seguridad DAS, Fiscalía y Dirección de Investigación Criminal - DIJIN el intercambio de información delincuencial.

5. Participar en la depuración y consolidación mensual de la estadística oficial de secuestro y extorsión en las mesas de trabajo realizadas con el Fondo Nacional para la Defensa de la Libertad Personal (FONDELIBERTAD).

6. Realizar trabajos estadísticos relacionados con la actividad delincuencial y operativa contra el secuestro y la extorsión.

7. Elaborar y actualizar permanentemente las presentaciones estadísticas que se requieran para mantener informado a los altos mandos institucionales y/o nacionales en los resultados contra el secuestro y la extorsión.

8. Elaborar informes estadísticos para entidades públicas y privadas con autorización del director Antisecuestro y Antiextorsión.

9. Realizar convenios y alianzas estratégicas que permitan el seguimiento de los procesos judiciales relacionados con las investigaciones por secuestro y extorsión, como también las capturas por estos delitos realizadas por unidades adscritas a la Policía Nacional, con el fin de proyectar propuestas de fortalecimiento o modificación en la política criminal.

10. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

11. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

12. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO 29º ÁREA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA: Es la dependencia de la Subdirección Antisecuestro y Antiextorsión, encargada de administrar, ejecutar y disponer del presupuesto de la Unidad, de acuerdo a lo autorizado por el ordenador del gasto; de igual forma se encarga de liderar, desarrollar, supervisar y ajustar los

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procesos y procedimientos para la administración y bienestar del talento humano, a través del cumplimiento de las siguientes funciones: 1. Desarrollar en forma transparente, equitativa y oportuna los procesos

administrativos, financieros y logísticos de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

2. Dirigir la ejecución de los planes, programas y proyectos de construcción, adquisición y distribución de bienes y prestación de servicios a su cargo.

3. Participar en la formulación de planes, programas y políticas de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión con énfasis en aspectos administrativos y financieros.

4. Evaluar y hacer seguimiento a los procesos contractuales derivados de proyectos y convenios de cooperación nacional.

5. Efectuar seguimiento, análisis y control a la ejecución financiera y administrativa de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

6. Programar y adelantar los procesos de contratación de bienes y servicios a cargo de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

7. Coordinar el proceso de almacenamiento y distribución de bienes a cargo de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

8. Proyectar, organizar, dirigir, supervisar y controlar los procesos de administración de recursos logísticos y financieros a cargo de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

9. Coordinar con la Oficina de Planeación la elaboración del plan de necesidades y ejecución del plan de compras de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

10. Coordinar con el Fondo Nacional para la defensa de la Libertad Personal (FONDELIBERTAD), de manera acertada y oportuna los recursos para el desarrollo de las actividades de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

11. Asigna un funcionario para que asuma como enlace con el Fondo Nacional para la defensa de la Libertad Personal (FONDELIBERTAD).

12. Controlar que las acciones preventivas establecidas en el mapa de riesgos y las acciones correctivas establecidas en los planes de mejoramiento producto de auditorías internas de calidad y de contraloría sean implementadas en forma efectiva por los equipos de trabajo.

13. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

14. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

15. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO 30º GRUPO LOGÍSTICO. Es un Grupo del Área Administrativa y Financiera encargada de dirigir, coordinar y controlar los procedimientos logísticos en materia de proyección logística, movilidad, armamento e intendencia para la prestación del servicio de manera acertada y oportuna en cumplimiento de la misionalidad. 1. Dirigir, coordinar y controlar los procedimientos logísticos en materia de proyección

logística, movilidad, armamento, intendencia y control de calidad.

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2. Liderar la elaboración del plan de distribución del equipo de movilidad, intendencia, y armamento, realizando seguimiento y control a los mismos.

3. Liderar la reglamentación para el control y manejo del equipo automotor de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión adoptando los mecanismos necesarios para verificar el cumplimiento de los mismos.

4. Controlar y hacer seguimiento a la cadena de suministro a partir de la recepción de bienes.

5. Coordinar la verificación de inventarios periódicos a los almacenes de transportes, intendencia, armamento.

6. Llevar un control permanente de costos de los bienes y servicios provenientes del Fondo Nacional para la Defensa de la Libertad Personal (FONDELIBERTAD) y la Policía Nacional.

7. Proyectar tecnológicamente en el tiempo, la optimización de la cadena logística que la Dirección demanda para hacer eficiente la prestación del servicio policial.

8. Mantener y controlar los registros generados en los procedimientos dando cumplimiento a lo establecido en las tablas de retención documental.

9. Diseñar las herramientas administrativas que permitan coordinar y supervisar la recepción, conservación, distribución, custodia y manejo de los bienes, elementos de intendencia, dotaciones y armamento, adquiridos por la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión, o asignados, realizando revistas periódicas e informando las novedades.

10. Propender por el uso racional de los recursos asignados para la atención de la prestación de servicios de cafetería, aseo y mantenimiento de instalaciones.

11. Dirigir y supervisar la elaboración y actualización periódica de los inventarios generales y parciales de los bienes de la Dirección de Antisecuestro y Antiextorsión.

12. Supervisar la ejecución de los contratos de materiales, suministros y mantenimiento de Instalaciones de la Policía Nacional de acuerdo a lo notificado por el grupo de contratos.

13. Supervisar el cumplimiento a la programación establecida para el mantenimiento preventivo y correctivo del equipo de armamento, vehículos y mobiliario de oficina e instalaciones.

14. Realizar seguimiento al funcionamiento de los almacenes de intendencia, armamento y movilidad asignando las responsabilidades para el cumplimiento de las funciones inmersas en la Resolución 02003 del 05 de mayo de 2008, manejo de inventarios de almacenes de intendencia; Resolución 00562 del 22 de febrero de 2008, manejo de material de guerra y armamento; y la Resolución 00866 del 11 de marzo de 2008, administración y manejo del equipo automotor de la Policía Nacional.

15. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

16. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

17. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

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ARTÍCULO 31º GRUPO FINANCIERO. Es un Grupo del Área Administrativa y Financiera encargada de implementar normas y procedimientos para la administración de los recursos financieros y presupuestales con el propósito de apoyar de manera acertada y oportuna la toma de decisiones del director Antisecuestro y Antiextorsión y los comandantes de los Grupos de Acción Unificada por la Libertad personal (GAULA), a través del cumplimiento de las siguientes funciones 1. Coordinar y responder por los procesos de presupuesto, central de cuentas,

tesorería y contable.

2. Registrar, verificar y controlar la aplicación y ejecución del presupuesto de gastos e ingresos de la Dirección de Antisecuestro y Antiextorsión.

3. Preparar, presentar, controlar y ejecutar al plan anual de caja de la Dirección de Antisecuestro y Antiextorsión.

4. Registrar, consolidar y rendir de conformidad con las normas y procedimientos establecidos, los informes y estados financieros.

5. Recepcionar, revisar, liquidar y tramitar las órdenes de pago por diferentes conceptos de la Dirección de Antisecuestro y Antiextorsión.

6. Verificar los procesos de ingresos y egresos de fondos especiales como de recursos de la Nación.

7. Generar la información de los procesos contable, presupuestal y de tesorería en el aplicativo Sistema Integral de Información Financiera (SIIF), del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

8. Tramitar las solicitudes por el rubro de gastos reservados asignados a la unidad, mediante el nombramiento de un funcionario debidamente capacitado para esta actividad.

9. Lidera y supervisa el funcionamiento de los procesos de presupuesto, tesorería, contabilidad y central de cuentas de cara a las funciones establecidas en la Resolución 04171 del 22 de septiembre de 2008, por la cual se define la estructura orgánica interna y se determinan las funciones de la Dirección Administrativa y Financiera, artículos 11, 12, 13 y 14.

10. Recepcionar las facturas y cuentas presentadas, producto de los contratos celebrados con terceros, verificando que cumplan con los requisitos establecidos y generar el derecho a turno para el trámite del pago correspondiente.

11. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

12. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

13. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO 32º GRUPO CONTRATOS. Es un Grupo del Área Administrativa y Financiera encargada de elaborar contratos de acuerdo con la normatividad vigente, para la administración de los recursos financieros y presupuestales con el propósito de apoyar de manera acertada y oportuna la toma de decisiones del director Antisecuestro y Antiextorsión y los comandantes de los Grupos Acción Unificada por la Libertad Personal (GAULA), a través del cumplimiento de las siguientes funciones

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1. Elaborar los contratos productos de los procesos adelantados por el responsable del

proceso de Contratación, de acuerdo con la normatividad vigente, para la adquisición de bienes y servicios de competencia del director Antisecuestro y Antiextorsión.

2. Elaborar los contratos interadministrativos requeridos para la adquisición de bienes y servicios, a través de otras entidades del estado, dando cumplimiento a los procedimientos establecidos.

3. Presentar el informe semestral a la Cámara de Comercio sobre contratos, multas y sanciones de acuerdo con los parámetros establecidos en la ley

4. Confirmar con la Oficina de Presupuesto el Plan Anual de Caja y solicitar el registro presupuestal.

5. Realizar las consultas y elaborar las certificaciones relacionadas con el Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación Estatal (SICE).

6. Elaborar y presentar para aprobación del ordenador del gasto la garantía única en los contratos que así lo requieran y verificar el pago de impuestos en los términos de ley.

7. Coordinar y verificar la publicación de contratos en el Portal Único de Contratación Estatal, Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación Estatal (SICE) e Imprenta Nacional.

8. Elaborar y perfeccionar prórrogas, adiciones o modificaciones a los contratos que se encuentren vigentes de acuerdo con los procedimientos establecidos.

9. Verificar que la ejecución de los contratos se surta teniendo en cuenta el cumplimiento de las cláusulas contractuales pactadas e informar oportunamente las novedades que se presenten.

10. Orientar y asistir a los supervisores o coordinadores de contratos, en el cumplimiento de las responsabilidades derivadas de los contratos a cargo de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

11. Verificar el cumplimiento por parte de los supervisores de contratos según se establece en la Resolución 03256 de 2004.

12. Coordinar con la oficina de Tesorería la programación de los pagos en el Programa Anual de Caja (PAC) de los contratos suscritos con terceros.

13. Recepcionar las facturas y cuentas presentadas producto de los contratos celebrados con terceros, verificando que cumplan con los requisitos establecidos y generar el derecho a turno para el trámite de pago correspondiente.

14. Implementar, mantener y mejorar el Sistema de Gestión Integral en los procedimientos a su cargo.

15. Mantener y controlar los registros generados en el procedimiento contractual, dando cumplimiento a lo establecido en las tablas de retención documental.

16. Revisar y estructurar en los casos que sea requerido, los estudios de conveniencia y oportunidad que sustenten la adquisición de bienes y servicios, presentados por las unidades y dependencias requirentes, en sus aspectos jurídicos, técnicos y económicos confrontándolos con el Plan de Compras de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

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17. Ejecutar los procedimientos precontractuales en consonancia con la normatividad legal vigente.

18. Diligenciar la solicitud de disponibilidad presupuestal ante el Área Administrativa y Financiera.

19. Realizar la publicación de avisos en prensa y pre pliegos y pliegos definitivos en el portal único de contratación estatal, de acuerdo a los procedimientos establecidos.

20. Preparar preguntas, juntas de recomendación y audiencias públicas cuando procedan, a fin de someter a consideración de las juntas asesoras, los resultados de la evaluación de ofertas.

21. Elaborar, notificar y comunicar las resoluciones de definición de los procesos de contratación.

22. Mantener y controlar los registros generados en el procedimiento precontractual, dando cumplimiento a lo establecido en las tablas de retención documental.

23. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

24. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

25. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO 33º GRUPO TALENTO HUMANO. Es un Grupo del Área Administrativa y Financiera encargada de controlar y evaluar los procesos del Modelo de Gestión Humana, para la administración de los recursos financieros y presupuestales con el propósito de apoyar de manera acertada y oportuna la toma de decisiones del director Antisecuestro y Antiextorsión y los comandantes de los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal (GAULA), a través del cumplimiento de las siguientes funciones 1. Participar en la definición, diseño, formulación y aplicación de planes, programas y

propuestas de administración del Talento Humano de acuerdo con el direccionamiento estratégico de la Dirección y los lineamientos establecidos por la Dirección de Talento Humano.

2. Coordinar desarrollar, controlar y evaluar los procesos del Modelo de Gestión Humana Fundamentado en Competencias.

3. Elaborar, difundir y verificar la notificación de los actos administrativos relacionados con nombramientos, posesiones, llamamiento a curso, convocatoria a concurso, ascensos, retiros, desaparecimientos, secuestros y demás aspectos, teniendo en cuenta la normatividad vigente y verificar su cumplimiento.

4. Coordinar el desarrollo de los diferentes procedimientos establecidos para la efectiva administración de las historias laborales.

5. Orientar y verificar el cumplimiento en la aplicación del Decreto 1800 del 14 de Septiembre del 2000 o normas subsiguientes que la modifiquen o adicionen, relacionado con el Sistema de Evaluación del Desempeño, dirigido al personal adscrito a la Dirección.

6. Diseñar y proponer las plantas de personal, con base a las disposiciones legales vigentes y las necesidades de la Dirección Antisecuestro y Extorsión.

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7. Actualizar y aplicar los procesos, procedimientos, metodologías e instrumentos estandarizados, relacionados con la Administración del Talento Humano, para optimización del servicio policial dentro de la Dirección de Antisecuestro y Antiextorsión.

8. Administrar los recursos humanos, logísticos y técnicos necesarios para el desarrollo de las actividades del Grupo.

9. Coordinar con entidades y Direcciones de Policía programas de capacitación de acuerdo a las necesidades de reinducción e inducción del personal de la Especialidad

10. Participar en el desarrollo de la política de ubicación laboral de acuerdo los parámetros establecidos por la Dirección de Antisecuestro y Antiextorsión alineados con el modelo de gestión humana fundamentado en competencias y tablas de organización policial

11. Desarrollar los procesos y procedimientos para la inducción y reinducción, evaluación de desempeños, capacitación, llamamiento a curso, convocatorias, ascensos del personal adscrito a la especialidad.

12. Proyectar, Implementar, controlar, evaluar y ajustar los procedimientos e instrumentos para el desarrollo humano integral y calidad de vida laboral para el personal de la Policía Nacional en coherencia con el Modelo de Gestión del Talento Humano por Competencias.

13. Proponer, desarrollar controlar, evaluar y ajustar el proceso de identificación de perfiles por Competencias, Inducción y reinducción, sistema de estímulos e incentivos y clima institucional para el personal de la Policía Nacional.

14. Actualizar, evaluar y ajustar el Manual de Funciones del personal uniformado y no uniformado de la Policía Nacional.

15. Realizar, controlar evaluar y ajustar el procedimiento necesario para establecer la situación de reubicación laboral del personal declarado no apto con reubicación laboral efectuado por la Dirección General

16. Presentar organizar y promover programas y proyectos dirigidos al Bienestar del personal de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

17. Diseñar y cumplir metas estratégicas de la Dirección de Bienestar Social en contribución al plan estratégico institucional.

18. Realizar convenios y/o alianzas con entidades públicas y/o privadas, que contribuyan al desarrollo integral de la comunidad policial de la Dirección Antisecuestro.

19. Elaborar anualmente el plan de necesidades y plan de compras de acuerdo a los lineamientos de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión y la Dirección de Bienestar Social.

20. Supervisar que las actividades adelantadas para coordinar los procedimientos a seguir con la actualización de las hojas de vida de cada uno de los integrantes de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión, se realicen de acuerdo a los parámetros de la Dirección de Talento Humano.

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21. Recepcionar y atender las solicitudes del personal con relación al reconocimiento y pago de primas y otros beneficios, de igual manera descuentos y otras novedades que afectan el salario.

22. Tener en cuenta lo dispuesto en el instructivo 048 SUDIR DITAH del 260609, parámetros para la administración del talento humano en la Policía Nacional.

23. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

24. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

25. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

CAPÍTULO IV

UNIDADES DESCONCENTRADAS

ARTÍCULO 34º. Para el cumplimiento de su misión, la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión, contará con las siguientes unidades desconcentradas, denominadas “Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal (GAULA), en concordancia con la Ley 282 de 1996, que desarrollarán sus funciones, bajo la orientación de cada una de las Áreas de ésta Dirección, así:

1. Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal Élite 2. Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal Bogotá 3. Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal Norte Santander 4. Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal Bolívar 5. Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal Huila 6. Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal Nariño 7. Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal Risaralda 8. Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal Santander 9. Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal Cundinamarca 10. Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal Valle 11. Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal Antioquia 12. Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal Tolima 13. Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal Caldas 14. Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal Cesar 15. Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal Meta 16. Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal Boyacá 17. Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal Magdalena 18. Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal Córdoba 19. Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal Atlántico 20. Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal Cauca 21. Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal Putumayo 22. Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal Arauca 23. Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal Chocó 24. Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal Guajira 25. Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal Quindío 26. Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal Buenaventura 27. Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal Magdalena Medio 28. Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal Sucre 29. Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal Casanare 30. Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal Caquetá

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PARÁGRAFO 1º. Se podrán conformar Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal-(GAULA), de la Policía en aquellas regiones del país de acuerdo con las condiciones demográficas y los índices de criminalidad, previa coordinación con el Consejo Nacional de lucha contra el Secuestro y demás atentados contra la libertad personal “CONASE”. PARÁGRAFO 2º. El comandante del Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal (GAULA), previa coordinación con el director Antisecuestro y Antiextorsión con fundamento en las condiciones especificas de su municipio y la incidencia del secuestro y/o la extorsión podrá disponer el desplazamiento de comisiones transitorias denominadas Unidades Móviles de Antisecuestro y Antiextorsión (UMA) con dependencia orgánica de los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal (GAULA).

ARTÍCULO 35º. ESTRUCTURA DE LOS GRUPOS DE ACCIÓN UNIFICADA POR LA LIBERTAD PERSONAL (GAULA). Para el cumplimiento de la misión y el desarrollo de procesos de los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal contarán con la siguiente estructura orgánica interna, de acuerdo a la disponibilidad de recursos.

1 Comando Grupo de Acción Unificado por la Libertad Personal.

COMAN

1.1 Secretaria

1.2 Subcomando Grupo de Acción Unificado por la Libertad Personal.

SUBCO

1.2.1 Prevención 1.3 Unidad de Investigación Criminal UNINC 1.3.1 Antisecuestro 1.3.2 Antiextorsión 1.4 Unidad de Inteligencia UNINT 1.4.1 Procesamiento Información 1.4.2 Recolección y verificación de información 1.5 Unidad de Apoyo Judicial UNAJU 1.5.1 Laboratorio de Criminalística 1.5.2 Sala de Grabación 1.5.3 Información Delincuencial y Análisis Criminológico 1.6 Unidad de Soporte y Apoyo UNSAA 1.6.1 Planeación 1.6.2 Talento Humano 1.6.3 Armamento 1.6.4 Vehículos 1.6.5 Medios Técnicos

PARÁGRAFO 1º. Los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal (GAULA), dependerá de la Subdirección Antisecuestro y Antiextorsión, instancia responsable de direccionar, coordinar, ejecutar y controlar el servicio de policía que desarrollan las unidades operativas descentralizadas de la Unidad, en los ámbitos urbano y rural,

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mediante el desarrollo de los procesos misionales de la cadena de valor para la prevención y control del secuestro y la extorsión.

ARTÍCULO 36º. COMANDO GRUPO DE ACCIÓN UNIFICADA POR LA LIBERTAD PERSONAL. Unidad encargada de contrarrestar los delitos de secuestro y extorsión ubicados en los departamentos y metropolitanas de policía, dotada de personal capacitado, medios logísticos, armamento, movilidad y comunicaciones. Cumplirá las siguientes funciones:

1. Adelantar bajo la dirección del Fiscal Delegado, las investigaciones de su

competencia.

2. Desarrollar labores de inteligencia que permitan lograr la identificación de los autores o partícipes en hechos delictivos que atenten contra la libertad personal.

3. Ejecutar operativos que conduzcan al rescate de víctimas y captura de responsables por los delitos de secuestro y extorsión.

4. Administrar el sistema de información relativo a los delitos de secuestro y extorsión.

5. Realizar actividades de educación permanente como instrumento de prevención dirigido a la comunidad de la jurisdicción.

6. Realizar operaciones de incautación de bienes muebles e inmuebles, vinculados directa o indirectamente con la comisión de los delitos de secuestro y extorsión, de acuerdo con la ley 733 de 2002 y demás normas concordantes sobre la materia.

7. Analizar el comportamiento de los delitos de su competencia y sugerir al director Antisecuestro y Antiextorsión y al comandante del Departamento, planes y acciones para contrarrestarlos.

8. Verificar por el desarrollo y mejoramiento continuo de la relación funcional y de cooperación con las instancias regionales y locales de la Fiscalía General de la Nación y demás entes que conforman la Rama Judicial y el Poder Público.

9. Realizar seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión y Contraloría General de la Nación.

10. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración del riesgo.

11. Desarrollar mecanismos para reglamentar y estandarizar los procedimientos de investigación criminal de acuerdo con los lineamientos del Sistema de Gestión de la Calidad, que adopte la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

12. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

13. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión y Contraloría General de la Nación.

14. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO 37º. SECRETARÍA. Es la dependencia encargada de la organización, articulación, seguimiento y ajuste de la agenda del comandante del Grupo de Acción Unificada por la libertad personal y demás actividades para dinamizar los trámites y tareas que se desarrollan en el GAULA a través del cumplimiento de las siguientes funciones:

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1. Recepcionar, revisar y tramitar oportunamente la documentación que origine o

llegue a la unidad.

2. Coordinar el servicio de seguridad de las instalaciones y su personal, implementando acciones para su mejoramiento continuo.

3. Organizar, verificar y ejercer control al cumplimiento de los requerimientos y órdenes impartidas en los plazos y términos establecidos.

4. Dirigir el proceso de archivo general y las tablas de retención documental de la unidad.

5. Mantener informado al comandante de los hechos que sean de su competencia.

6. Mantener la reserva y confidencialidad en el manejo de la documentación e información de la unidad que revistan tal carácter.

7. Coordinar, verificar y ajustar el servicio de seguridad de las instalaciones, supervisando que el talento humano y logístico cuente con lo necesario para su normal funcionamiento.

8. Participar de manera activa en el comité de gestión documental.

9. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

10. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión y Contraloría General de la Nación.

11. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO 38º. SUBCOMANDO (GRUPO DE ACCIÓN UNIFICADA POR LA LIBERTAD PERSONAL). Es la dependencia del Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal, (GAULA) encargada de ejecutar y hacer cumplir las diferentes disposiciones y realizar las actividades de fiscalización y control tanto en el ámbito operativo como administrativo, que contribuyan al buen funcionamiento y sinergia entre los grupos de trabajo de la unidad, a través del cumplimiento de las siguientes funciones:

1. Ejercer control general de la gestión que desarrolla el Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal (GAULA), para dar cumplimiento a la misión encomendada a través del acompañamiento de los procesos en todos los niveles.

2. Asistir al comandante del Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal (GAULA), en el desarrollo de las funciones de dirección, coordinación y control que le corresponden, representarlo cuando éste lo designe en las juntas, consejos u otras actividades que requieran su asistencia, así como también, remplazarlo en el cargo por delegación superior.

3. Dirigir, coordinar, controlar y evaluar el trámite interno de los asuntos legales, administrativos, fiscales y disciplinarios de los grupos funcionales de la unidad.

4. Ejecutar los procedimientos de administración y soporte a la investigación criminal relacionados con el talento humano y logística.

5. Administrar y optimizar los recursos humanos, económicos y logísticos de la unidad.

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6. Coordinar las actividades operativas e investigativas que el Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal “GAULA” realice en conjunto con organismos locales y regionales; de igual forma, actividades de índole internacional previa autorización del señor director Antisecuestro y Antiextorsión.

7. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

8. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

9. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO 39º. PREVENCIÓN. Es un grupo encargado de diseñar y desarrollar campañas educativas y conferencias de prevención que permitan a la comunidad evitar ser víctima de los delitos de secuestro y la extorsión, a través de la cultura de autoprotección y el cumplimiento de las siguientes funciones: 1. Diseñar y desarrollar campañas que contribuyan a generar cultura de autoprotección

dirigidas a personas susceptibles de ser víctima de los punibles de secuestro y extorsión.

2. Realizar conferencias y actividades de tipo preventivo, dirigidas a los gremios y sectores más representativos de su jurisdicción.

3. Difundir información sobre el comportamiento de los delitos misionales, generando recomendaciones de seguridad, mediante el uso de cartillas, boletines, volantes, emisiones radiales y televisivas en su jurisdicción.

4. Generar programas de atención a familias víctimas de los delitos de secuestro y extorsión que permitan la reducción del impacto sicológico en el ámbito personal, familiar, social y laboral, a través de acciones que contribuyan a superar el trauma ocasionado.

5. Enviar los resultados e información de las actividades de prevención desarrolladas a la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

6. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

7. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

8. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO 40º. UNIDAD DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL. Es la unidad del Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal (GAULA) que a través de las funciones de Policía Judicial otorgadas por la ley, en desarrollo al proceso de investigación criminal, contribuye a la preservación de la seguridad y convivencia ciudadana a través de las siguientes funciones:

1. Orientar actividades y procedimientos de manera directa, para desarticular organizaciones o redes especiales dedicadas al secuestro y extorsión.

2. Realizar la labor Técnico – Criminalística en el lugar de los hechos donde se cometa un hecho delictivo de competencia, con el fin de aportar pruebas a la investigación

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Judicial que permita esclarecer e identificar a los responsables.

3. Recolectar, procesar y analizar las estadísticas delincuencial de secuestro y extorsión y los resultados de la actividad policial de su unidad.

4. Actualizar y analizar con el Centro de Investigaciones Criminológicas de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión, la estadística de los delitos de su jurisdicción

5. Manejar eficientemente la información sistematizada dentro de las Instituciones, a fin de verificar los antecedentes de personas

6. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

7. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

8. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

PARÁGRAFO 1º. Antisecuestro. Es la Unidad que contribuye a identificar, individualizar, judicializar y capturar a los autores o partícipes en hechos delictivos contra el secuestro, a través del cumplimiento de las siguientes funciones: 1. Adelantar los actos urgentes que con ocasión de los casos conocidos en flagrancia

por el punible de secuestro deban llevarse a cabo.

2. Desarrollar los programas metodológicos dentro de los términos y plazos concertados con los Fiscales que instruyen los diferentes procesos por secuestro.

3. Atender con inmediatez y oportunidad los requerimientos judiciales derivados de la investigación de esta conducta delictiva.

4. Realizar labores previas de verificación frente a informaciones de inteligencia.

5. Elaborar el plan de operaciones frente a cada actuación policial de rescate.

6. Ejecutar operaciones tendientes a materializar las órdenes de captura expedidas por la Fiscalía General de la Nación.

7. Garantizar el respeto de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario en todos los procedimientos que se adelanten.

8. Dar cumplimiento de órdenes de trabajo a través del aplicativo Módulo Órdenes de Trabajo.

9. Llevar en carpetas individuales el archivo de todos los antecedentes relacionados con las investigaciones que se adelanten.

10. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

11. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

12. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

PARÁGRAFO 2º. Antiextorsión. Es la Unidad que contribuye a adelantar actividades investigativas que permitan lograr la identificación de los autores o partícipes en hechos delictivos contra la Extorsión, a través del cumplimiento de las siguientes funciones:

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1. Llevar en carpetas individuales el archivo de todos los antecedentes relacionados con las investigaciones que se adelantan.

2. Garantizar el respeto de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario en todos los procedimientos que se adelanten.

3. Elaborar el plan de operaciones frente a cada actuación policial en casos de extorsión.

4. Ejecutar operaciones tendientes a materializar las órdenes de captura expedidas por la Fiscalía General de la Nación.

5. Verificar y evaluar el cumplimiento de órdenes de trabajo a través del aplicativo Módulo Órdenes de Trabajo.

6. Adelantar los actos urgentes que con ocasión de los casos conocidos en flagrancia por el punible de extorsión deban llevarse a cabo.

7. Desarrollar los programas metodológicos dentro de los términos y plazos concertados con los Fiscales que instruyen los diferentes procesos por extorsión.

8. Atender con inmediatez y oportunidad los requerimientos judiciales derivados de la investigación de esta conducta delictiva.

9. Realizar labores previas de verificación frente a informaciones de inteligencia.

10. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

11. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

12. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO 41º. UNIDAD DE INTELIGENCIA. Es la Unidad encargada de elaborar productos de inteligencia terminados, para prevenir y contrarrestar los delitos de secuestro y extorsión, que permitan la acertada toma de decisiones con oportunidad, por parte del comandante del Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal, a través del cumplimiento de las siguientes funciones.

1. Coordinar con las diferentes entidades oficiales y privadas el suministro de información que propenda por la identificación e individualización de victimarios responsables de la comisión de los punibles de secuestro o extorsión.

2. Administrar y optimizar los recursos logísticos y técnicos necesarios para el desarrollo de las actividades de la unidad.

3. Desarrollar labores de monitoreo del espectro electromagnético.

4. Mantener actualizados los diferentes sistemas de información con que cuenta la unidad.

5. Coordinar y desarrollar la búsqueda de información para la prevención y disminución de los delitos de secuestro y extorsión en su jurisdicción.

6. Orientar y controlar el comportamiento ético y disciplinario de sus colaboradores, de acuerdo con las disposiciones que sobre el particular ha impartido el Mando Institucional.

7. Concertar y cumplir objetivos y metas estratégicas de la Dirección de Antisecuestro

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y Antiextorsión para contribuir al Plan Estratégico Institucional.

8. Elaborar documentos estratégicos y oportunos que permitan asesorar la toma de decisiones al señor comandante de la unidad.

9. Propender por la obtención y generación de información que conduzca a la identificación de la estructuras delincuenciales que hacen del secuestro y la extorsión su principal fuente de financiación.

10. Suministrar y enviar información al Área de Inteligencia que permita alimentar las bases de datos, al igual que generar productos de inteligencia terminados.

11. Reportar de manera permanente y oportuna al Área de Inteligencia todo evento que se presente en su jurisdicción, relacionado con la misionalidad de la especialidad.

12. Atender dentro de los términos y plazos predeterminados los requerimientos que se formulen en el ámbito de sus competencias.

13. Propender por la potencialización de las competencias genéricas y específicas que demanda su equipo de trabajo para cumplir con efectividad el rol misional asignado.

14. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

15. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

16. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

PARÁGRAFO 1º. Procesamiento de Información. es el grupo encargado de tratar, analizar y evaluar la información convirtiéndola en productos de inteligencia que permita orientar al comandante GAULA a nivel táctico y operacional para la reducción de los delitos del secuestro y la extorsión. Cumplirá las siguientes funciones: 1. Recepcionar, procesar y difundir Información de Inteligencia.

2. Elaborar productos de inteligencia para el nivel táctico y operacional.

3. Actualizar los componentes orgánicos y biográficos en las bases de datos de los grupos subversivos, bandas criminales, delincuencia común y organizada.

4. Monitorear, recolectar, verificar y difundir información obtenida a través de las fuentes abiertas.

5. Difundir la información de inteligencia de acuerdo a la pertinencia, que permita la oportuna y acertada toma de decisiones.

6. Aplicar los protocolos de seguridad emitidos por el Área de Inteligencia de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

7. Organizar, dirigir y controlar el archivo de voces a fin de que sirva como elemento orientador dentro de las investigaciones que adelanta la unidad.

8. Realizar el análisis preliminar de la información obtenida del monitoreo de señales.

9. Intercambiar información con los diferentes organismos del Estado afines a la lucha contra el secuestro y extorsión.

10. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

11. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección

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Antisecuestro y Antiextorsión.

12. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

PARÁGRAFO 2º. Recolección y Verificación de Información. Es el grupo encargado de recolectar y verificar la información para la elaboración de los productos de inteligencia. Cumplirá las siguientes funciones: 1. Diseñar y desarrollar actividades de inteligencia que permitan la identificación de

grupos armados ilegales y bandas delincuenciales dedicadas a los delitos de secuestro y extorsión.

2. Desarrollar operaciones de inteligencia sobre objetivos predeterminados en la matriz operacional.

3. Verificar y evaluar la información recolectada por fuentes técnicas y humanas.

4. Elaborar y presentar informes de inteligencia en el ámbito táctico y operacional que faciliten la toma de decisiones.

5. Aplicar los protocolos establecidos para la administración de fuentes humanas, efectuando entrevistas y sonsacamiento de información.

6. Enviar al Área de Inteligencia la información de las fuentes humanas administradas, para que sean insertadas al sistema de Información de Inteligencia SI2.

7. Ejecutar operaciones básicas y especializadas de inteligencia que permitan desarrollar procedimientos dirigidos a la prevención y neutralización de los delitos misionales.

8. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

9. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

10. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO 42º. UNIDAD DE APOYO JUDICIAL- Es la Unidad encargado de desarrollar el proceso de investigación mediante el empleo de medios técnicos para el esclarecimiento de los hechos frente a casos de secuestro y extorsión. Cumplirá las siguientes funciones:

1. Desarrollar las actividades y procedimientos de investigación criminal de manera directa, para desarticular organizaciones o redes especiales dedicadas al secuestro y extorsión de acuerdo con los lineamientos del Sistema de Gestión de la Calidad que adopte la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

2. Generar órdenes de trabajo como soporte a la actividad de policía judicial e investigación; así mismo actualizar, alimentar y dar manejo adecuado a la base de datos establecida para el control de las mismas.

3. Adelantar, orientar y supervisar las investigaciones por extinción de dominio.

4. Supervisar y monitorear el cumplimiento de las funciones del laboratorio de Criminalística.

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5. Crear y llevar archivos fotográficos de todos los delincuentes capturados, de acuerdo con las formalidades legales establecidas.

6. Reseñar y crear archivos manuales de todos los delincuentes capturados, de acuerdo con las formalidades legales establecidas.

7. Supervisar el funcionamiento de la sala de interceptación y análisis, verificando que las interceptaciones solicitadas por los investigadores se realicen con los respectivos controles de legalidad ante la Fiscalía General de la Nación y que se dé la adecuada administración a la información obtenida de las mismas.

8. Actualizar y analizar con el Centro de Investigaciones Criminológicas de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión, la estadística de los delitos de secuestro y extorsión en su jurisdicción

9. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración del riesgo.

10. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión y Contraloría General de la Nación.

11. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

12. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

13. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

PARÁGRAFO 1º. Laboratorio de Criminalística. Es el grupo que realiza inspecciones judiciales, desarrollando labores periciales, con el propósito de apoyar de manera acertada las investigaciones frente a casos de secuestro y extorsión. Cumplirá las siguientes funciones: 1. Hallar, recolectar y embalar técnicamente los elementos materiales de prueba y

evidencia física en el lugar de los hechos donde se ha presentado un caso de secuestro o se ha llevado un caso extorsión en flagrancia

2. Elaborar informes de investigador de laboratorio sobre estudios técnicos, conceptos y peritajes que soliciten los investigadores del Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal (GAULA) y Unidades Móviles Antisecuestro (UMA) o autoridades de policía judicial para facilitar la investigación de los delitos.

3. Aplicar los conocimientos y avances científicos y técnicos de la investigación policial del delito, a fin de coadyuvar en la dinamización y efectividad de los procesos investigativos.

4. Elaborar y rendir un informe mensual de actividades al nivel central, relacionado con las funciones para lo cual fue creado el laboratorio.

5. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

6. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

7. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

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PARÁGRAFO 2º. Sala de Grabación. Es una Sala remota que depende de la sala de monitoreo a nivel central a fin de obtener en tiempo real los diferentes audios frente a interceptaciones. Cumplirá las siguientes funciones:

1. Dar cumplimiento a la política de Seguridad y Administración de la Plataforma

Única de Monitoreo y Análisis (PUMA) y al protocolo para el operador de estación de trabajo de la Plataforma Única de Monitoreó y Análisis.

2. Aplicar los lineamientos establecidos por la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión para el trámite de interceptación, cancelación y prorroga de telecomunicaciones.

3. Mantener comunicación permanente con el coordinador de la sala (PUMA), a fin de aclarar dudas sobre cupos o inconvenientes presentados por las terminales remotas.

4. Hacer acompañamiento permanente a las investigaciones que se adelantan en la unidad, verificando que los números interceptados conlleven al esclarecimiento de la conducta punible.

5. Realizar con los funcionarios investigadores cada veinte (20) días un análisis de los resultados obtenidos mediante la interceptación de líneas, con el fin de definir su continuidad o cancelación.

6. Reportar semanalmente al coordinador de la sala Plataforma Única de Monitoreo y Análisis “PUMA”, los avances y seguimientos a las líneas en remota.

7. Dar cumplimiento al compromiso de reserva.

8. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

9. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

10. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

PARÁGRAFO 3º. Información Delincuencial y Análisis Criminológico. Grupo encargado de la elaboración de análisis victimológicos y criminológicos con base en la información de casos de secuestro y extorsión presentados en su jurisdicción. Cumplirá las siguientes funciones:

1. Recolectar, procesar y analizar la información de secuestro y extorsión y los

resultados de la actividad operativa a nivel regional.

2. Elaborar la apreciación delincuencial (secuestro y extorsión) en la jurisdicción para direccionar la toma acertada de las decisiones de los altos mandos con respecto a estos delitos.

3. Insertar en el aplicativo SIPSE (Sistema de Información Policial de Secuestro y Extorsión) la información delincuencial y operativa de cada unidad, con el fin de mantener actualizado a los comandantes tanto regionales como del nivel central.

4. Realizar convenios y alianzas estratégicas con universidades y entidades afines, para realizar estudios e investigaciones regionales que permitan conocer y comprender la dinámica del secuestro y la extorsión para plantear alternativas en el manejo de esta problemática.

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5. Insertar las denuncias por secuestro y extorsión en el aplicativo Sistema de denuncias y contravenciones (SIDENCO).

6. Insertar los servicios de policía en el aplicativo Sistema de Información Policial de Secuestro y Extorsión (SIPSE).

7. Realizar coordinaciones interinstitucionales con todos los organismos encargados de la lucha Antisecuestro a nivel regional, con el fin de hacer seguimiento a los casos y actualizar la información de los mismos.

8. Verificar la implementación del protocolo de atención a víctimas y familiares de secuestro y extorsión para funcionarios de los Grupo de Acción Unificada por la Libertad personal versión I (AVSE I) y presentar diagnósticos de efectividad y propuestas.

9. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

10. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

11. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO 43º. UNIDAD DE SOPORTE Y APOYO. Unidad encargada de administración a nivel local el talento humano y medios asignados por la dirección Antisecuestro y Antiextorsión para el cumplimiento de las actividades misiones de la especialidad, cumplirá las siguientes funciones: 1. Administrar el talento humano de la unidad en cumplimiento a los lineamientos

formulados por la dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

2. Elaborar planes y proyectos de inversión, adquisición y distribución de bienes, acorde con las necesidades del grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal (GAULA).

3. Administrar y optimizar los recursos asignados para el cumplimiento de las actividades de la unidad.

4. Presentar estudios de conveniencia y oportunidad para la adquisición de recursos logísticos, dirigidos a suplir las necesidades de la unidad.

5. Realizar revista periódica de los vehículos, armamento, equipos de comunicación, informática y elementos de intendencia, asignados a la unidad.

6. Coordinar y supervisar el cabal cumplimiento del cronograma de mantenimientos preventivo y correctivo que para la conservación de bienes muebles e inmuebles establezca el Área Administrativa y Financiera de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

7. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

8. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

9. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

10. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

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11. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

PARÁGRAFO 1º. Planeación. Dependencia encargada de realizar seguimiento y verificación frente al cumplimiento de planes, programas y proyectos dispuestos por la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión, cumplirá las siguientes funciones: 1. Orientar a la Jefatura del Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal

(GAULA), en la formulación de objetivos, metas y planes de trabajo que contribuyan al cumplimiento del plan de acción de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

2. Promover la interiorización y la operacionalización de cada uno de los componentes del Sistema de Gestión Integral.

3. Orientar la estandarización de procedimientos, la gestión documental y la aplicación de los manuales, guías y protocolos que sustentan la gerencia de procesos.

4. Promover los planes de mejoramiento continuo, dirigido a la prevención del riesgo que contribuyan a elevar la efectividad del servicio.

5. Consolidar y remitir a nivel central tanto los avances como resultados finales de las operaciones programadas en el marco de la matriz operacional.

6. Verificar el cumplimiento de las acciones preventivas y correctivas dispuestas para controlar y mitigar los factores de riesgo identificados en su unidad.

7. Elaborar y mantener actualizado el plan de necesidades de la unidad.

8. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

9. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

10. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

PARÁGRAFO 2º. Talento Humano. Dependencia encargada de verificar, constatar y reportar las novedades del personal que conforma la unidad al grupo de talento humano de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión. Cumplirá las siguientes funciones: 1. Compilar y remitir al grupo de talento humano de la Dirección Antisecuestro y

Antiextorsión (DIASE) todos los documentos que deban ser insertados en las historias laborales del personal que integra la unidad.

2. Elaborar la orden del día.

3. Atender con diligencia y prontitud los requerimientos que se formulen en función de su rol misional.

4. Coadyuvar con los trámites de vacaciones, prestaciones sociales y demás solicitudes que deban surtirse ante el nivel central.

5. Verificar que los formularios de seguimiento sean verificados atendiendo en concepto de integralidad.

6. Propender por la operacionalización del plan operativo de estímulos implementado por la dirección del organismo.

7. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

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8. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

9. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

PARÁGRAFO 3º. Armamento. Funcionario encargado de verificar el mantenimiento y control del material de guerra y accesorios asignados a la unidad GAULA. Cumplirá las siguientes funciones:

1. Responder por el control físico y administrativo del material de guerra asignado a la

unidad.

2. Inspeccionar frecuentemente el almacén de armamento, verificando y generando acciones que garanticen la seguridad del mismo.

3. Llevar los controles pormenorizados de entradas y salidas del material de guerra, según normas establecidas.

4. Seleccionar el armamento, munición, gases, explosivos y accesorios, de acuerdo al estado en que se encuentren, con el fin de adelantar el trámite administrativo para su destrucción y/o baja.

5. Elaborar la hoja de vida de cada arma, registrando el record de la misma, desde el punto de vista administrativo y operacional.

6. Coordinar las medidas de seguridad para el transporte de material de guerra cuando se requiera.

7. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

8. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

9. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

PARÁGRAFO 4º. Vehículos. Funcionario encargado de verificar el mantenimiento preventivo y correctivo del equipo automotor y asignado a la unidad GAULA. Cumplirá las siguientes funciones: 1. Tener actualizada la hoja de vida del parque automotor de la unidad, que permita la

supervisión y control del mismo.

2. Ejecutar los procedimientos fijados para el mantenimiento preventivo y correctivo del parque automotor de la unidad.

3. Aplicar los protocolos establecidos por la Dirección en relación con la distribución, suministro, consumo y control del combustible.

4. Coordinar con el Grupo de Transportes de la Dirección Administrativa y Financiera (DIRAF), el remate y/o baja del parque automotor de la unidad propiedad de la Policía Nacional, dentro de los parámetros establecidos en el manual para la administración y el uso del equipo automotor de la Policía Nacional.

5. Administrar eficientemente el parque automotor de la unidad.

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6. Asesorar al comandante de la unidad, en la supervisión y ejecución de los contratos suscritos para el mantenimiento del parque automotor administrado por la unidad.

7. Aplicar los procedimientos establecidos para el manejo del archivo, en concordancia a lo establecido en las tablas de retención documental.

8. Identificar, analizar y realizar seguimiento a la administración de riesgo.

9. Realizar el seguimiento al cumplimiento del plan de mejoramiento de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

10. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, reglamentos y la naturaleza del cargo.

PARÁGRAFO 5º. Medios Técnicos. Funcionario idóneo en el manejo de medios técnicos, encargado promover la aplicación de las directrices trazadas por el nivel central en cuento al desarrollo tecnológico y de comunicaciones. Cumplirá las siguientes funciones: 1. Asesorar al comandante de la unidad en la planeación, diseño, implementación,

promoción y administración de telecomunicaciones e informática para el mejoramiento continuo del servicio policial.

2. Gerenciar y tramitar con la dependencia correspondiente la implementación de los diversos proyectos de tecnología en telecomunicaciones e informática de la unidad.

3. Coordinar técnica y administrativamente con Telemática de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión, la estandarización y unificación de las directrices trazadas en materia de telecomunicaciones e informática.

4. Coordinar con Telemática Dirección Antisecuestro y Antiextorsión, la ejecución de los planes de mantenimiento preventivo y correctivo de las redes, equipos de cómputo y comunicaciones de la unidad.

5. Administrar eficientemente los recursos tecnológicos y de comunicaciones asignados a la unidad, manteniendo actualizado la asignación individual de cada uno de los elementos y remitiendo el cumplimiento de las revistas a telemática Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

6. Controlar el uso y funcionamiento correcto de la línea de emergencia 165, verificando los enrutamientos y remitiendo el consolidado de las llamadas a Telemática Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

7. Proyectar las necesidades y tramitar los requerimientos en materia de tecnología de la unidad ante la Dirección o la dependencia correspondiente.

8. Controlar el uso y administración de los usuarios y contraseñas de las aplicaciones informáticas institucionales, informando oportunamente las novedades de personal y las necesidades en la unidad.

9. Coordinar y mantener las políticas de seguridad de redes e información física y lógica de la unidad, realizando y remitiendo los respaldos (backups) y soportes correspondientes a telemática Dirección Antisecuestro y Antiextorsión.

10. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, los reglamentos y la

naturaleza del cargo.

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ARTÍCULO 44°. PLANTA DE PERSONAL. Corresponderá a la estipulada según su

categorización para un Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal “GAULA”.

ARTÍCULO 45°. BIENES. Los Bienes muebles e inmuebles, elementos e instrumentos,

materiales y equipo destinados, de acuerdo con su misión, campo de acción y

características específicas, estarán constituidos por los provenientes de la Policía

Nacional y el Fondo Nacional para la Libertad Personal (FONDELIBERTAD).

ARTÍCULO 46°. APOYO OPERACIONAL. Sin detrimento a lo dispuesto en la

organización particular que aquí se establece, previo aval de la Dirección Antisecuestro

y Antiextorsión surtirá las coordinaciones pertinentes con los respectivos comandantes

de Departamento de Policía y Brigada, al igual que con las demás autoridades

judiciales, en procura de requerir el apoyo que demande para el cumplimiento efectivo

de la misión institucional encomendada.

ARTÍCULO 47° MANUAL DE ADMINISTRACIÓN. El manejo administrativo de los

Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal (GAULA), se efectuará de

conformidad con lo reglado en los manuales que para el efecto elabore la Dirección

General de la Policía Nacional.

ARTÍCULO 48°. ADMINISTRACIÓN DE LA INFORMACIÓN. La recolección de la

información, registro, análisis, transmisión, recepción, estadística, administración y

difusión de datos relacionados con los delitos de secuestro, extorsión y demás

conductas atentatorias de la libertad personal, se efectuará de acuerdo con lo

dispuesto por el Consejo Nacional para la Defensa de la Libertad Personal y Lucha

Contra el Secuestro (CONASE) y el Fondo Nacional para la Defensa de la Libertad

Personal (FONDELIBERTAD)

ARTÍCULO 49°. NORMAS APLICABLES. La organización, administración, financiación

y operación del Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal (GAULA), estará

sujeto a los preceptos normativos contenidos en las siguientes disposiciones legales:

Ley 282 de 1996, Decreto 1512 de 2000, Ley 793 de 2002, Decreto 4222 de 2006, y

demás disposiciones que las modifiquen o reglamenten.

CAPÍTULO V

DISPOSICIONES VARIAS

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ARTÍCULO 50º La Dirección Antisecuestro y Antiextorsión (DIASE) con fundamento en las directrices impartidas por la Dirección General, dinamizará su gestión a través de los fundamentos filosóficos de la gestión y el Sistema de Gestión Integral. ARTÍCULO 51º. Los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal (GAULA) dependerán administrativa y operativamente de la Dirección Antisecuestro y Antiextorsión. PARÁGRAFO 1: La dependencia administrativa señalada en este artículo comprende el direccionamiento del servicio, la administración del talento humano en cuanto a capacitación, vinculación, traslados y desvinculación, lo mismo que la orientación y apoyo para el crecimiento y desarrollo tecnológico. ARTÍCULO 52º VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga en su totalidad la Resolución 02058 del 150607 y demás disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá,

Mayor General OSCAR ADOLFO NARANJO TRUJILLO Director General de la Policía Nacional de Colombia

Elaborado por: SI. MARÍA VICTORIA QUINTERO – Planeación DIASE PT. YOBANY VARGAS – Planeación DIASE Revisado: MY. CLAUDIA PATRICIA BARRERO QUINTERO – Asesor Jurídico CR JHON FREDY RÍOS LONDOÑO – Subdirector Antisecuestro y Antiextorsión CR. NICOLÁS RANCÉS MUÑOZ MARTÍNEZ – Director Antisecuestro y Antiextorsión Archivo: Planeación DIASE Fecha: 14 – 08 – 2009