milagro sala - impugnación a milagro sala 2.2

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  • 7/24/2019 Milagro Sala - Impugnacin a Milagro Sala 2.2

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    PARLAMENTO DELMERCOSUR

    Seor PresidenteParlamento del MercosurDn. Jorge Enrique Taiana

    I. Objeto:Alberto Emilio Asseff, en mi carcter de parlamentario del Mercosur, perteneciente a ladelegacin argentina, vengo por la presente a impugnar los ttulos de la parlamentariaelecta Milagro Amalia ngela Sala, perteneciente a la delegacin argentina porincumplimiento de las cualidades e idoneidad exigidas por el artculo ! de la"onstitucin #acional argentina, norma $ue debe ser considerada en el contexto de latotalidad de los preceptos $ue contiene dic%o texto legal, en consonancia especialmentecon el art&!' de dic%a "onstitucin $ue regula la facultades conferidas a la (onorable"mara de Diputados de la #acin Argentina ) al Senado para *ser juez de laselecciones, derechos y ttulos de sus miembros en cuanto a su validez+&"onsecuentemente, solicito $ue se rec%acen los ttulos $ue pudiera %aber presentado )no se le tome uramento o compromiso, basndome en los %ec%os $ue son de p-blico )notorio&Ms abao enumerar. las causas penales abiertas en las cuales la seora Sala estimputada ) procesada ) para meor conocimiento del Parlamento del Mercosurasimismo enunciar. todas las causas tambi.n penales $ue prescribieron por inaccin

    fiscal en el tiempo del gobierno de la provincia de /uu) $ue culmin su mandato elpasado 0 de diciembre de 102&Asimismo invoco el artculo , inciso del Protocolo "onstitutivo del Parlamento delMercosur, del 3 de diciembre de 1002, $ue establece ine$uvocamente $ue *loscandidatos a parlamentarios debern cumplir con los requisitos exigibles para serdiputado nacional, segn el derecho del Estado parte respectivo.

    Igualmente, sustento esta impugnacin en la falta de

    decoro que prev el art.29 del Reglamento, carencia que

    debe ser juzgada por el Plenario. Finalmente,

    congruentemente con el mencionado art.6 de la!onstitucin nacional argentina, traigo en respaldo de la

    procedencia de la impugnacin el art."# de ese cuerpo

    reglamentario que establece El Plenario, por mayora especial, podramonestar a cualquier Parlamentario o Parlamentaria o excluirlo de su seno, por falta

    de decoro en el ejercicio de sus funciones.

    1. El Plenario es el juez exclusivo de la conducta de sus miembros..

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    II. MANIFESTACIN PRELIMINAR: SALVEDAD

    Debo manifesta !omo !"esti#n $e%imina &"e $aa&"ien s"s!ibe %as o'ani(a!iones so!ia%es)

    e*$esiones %ibes +e %a ,o%"nta+ +e %os $"eb%os) sonabso%"tamente ben+itas en o+en a &"e $a!ti!an %a!oo$ea!i#n - %a so%i+ai+a+) ,a%oes $imo+ia%es +e%a !om"ni+a+. Coe%ati,amente) !"an+o en nombe+e o'ani(a!iones so!ia%es se +e%in&"e -o sea$o,e!/a en bene0!io $esona% %os e!"sos &"e sea+ministan) %a sit"a!i#n es tota%mente in,esa -a&"e mee!e %a m1s e+on+a !on+ena moa%) $o%2ti!a)

    j"2+i!a - en to+os %os $%anos. 3a- fa"+e $o $ati+a+ob%e: e% &"e se !ons"ma en s2 mismo - e% &"eim$%i!a /abe%e estafa+o a %os ne!esita+os.

    4o antedic%o se consigna en el contexto de $ue la seora Sala es originariamente unadirigente social, lo cual no es bice para $ue sus actos sean u5gados ) su decorocuestionado& #o puede admitirse $ue se embocen conductas indecorosas )

    presuntamente delictivas bao el escudo de la organi5acin social& 6odos respetamos alas instituciones polticas pero ellas no pueden excusar inconductas .ticas o delitos& Es,mutatis mutandi, lo $ue corresponde respecto de las organi5aciones sociales&

    #i los partidos polticos ni las organi5aciones sociales dan patente de corso& ElMercosur 7 en este caso a trav.s del Parlasur 7 debe dearlo presta ) claramente

    precisado&

    III. FUNDAMENTOS LE4ALES 5 RE4LAMENTARIOS

    El Protocolo "onstitutivo del Parlamento del Mercosur dea al arbitrio de la legislacinnacional de cada estado parte para aplicar las incompatibilidades, como as tambi.n los

    re$uisitos para ser Parlamentario del Mercosur& E$uipara diputado nacional conparlamentario del Mercosur&

    Debo expla)arme sobre la letra de la "onstitucin #acional argentina, las le)es internasargentinas ) reglamentos acerca de la cuestin $ue planteo&

    4a 8ep-blica Argentina %a ratificado, mediante la 4e) #9 1'&:23, la "onvencin;nteramericana contra la "orrupcin& Est incorporada a la "onstitucin ) por tantotiene supremaca respecto de la legislacin com-n dictada en su consecuencia&

    El Protocolo "onstitutivo del Parlamento del Mercosur, en su art&, inc < =ernaplicables, asimismo, las dems incompatibilidades para ser legislador, establecidas enla legislaci!n nacional del Estado "arte correspondiente>&

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    ???????????????????????????????????????????????????????????????????????? Edificio Mercosur - Luis Piero 1992 Piso 1 - Montevideo Uruguay - Tel: (5982 !1"#22#98 $ !1"#59#22 %%%#&arla'entodel'ercosur#org

    En la Seccin !, sanciones, p.rdida de mandato e incompatibilidad&, Art& 13& =#osprocedimientos de p$rdida de mandato por actos de %alta de decoro sern juzgados porel "lenario>&

    En el art&

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    evaluados por la "mara en su condicin u5gadora& *4a legitimidad electoral delartculo ' no obsta el uicio de legitimidad moralCpoltica del artculo !'+&

    El artculo ! de la "onstitucin #acional dispone $ue *#a )aci!n *rgentina noadmite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento+ no hay en ella %ueros personales ni

    ttulos de nobleza. odos sus habitantes son iguales ante la ley, y admisibles en losempleos sin otra condici!n que la idoneidad. Por lo tanto, la "onstitucin #acionalexige como -nica condicin para acceder a un cargo p-blico la idoneidad.

    "laramente surge de este artculo una expresa directiva de los constitu)entes de 2, por parte de una persona falta de idoneidad, es,

    por dems, grave&

    4a Procuradura eneral de la #acin en el caso Fussi %a mencionado &Esto indicaque la idoneidad es condici!n necesaria para el acceso a la %unci!n pblica incluso enaquellos supuestos en los que el arribo al cargo sea por va electoral. * la legitimaci!nde origen popular debe adicionarse entonces la legitimidad legal o institucionalestablecida en este caso por la 'onstituci!n )acional como una pauta rgida.

    4a "orte, interpretando el contenido de la idoneidad, tiene dic%o $ue &para ocuparempleos o cargos pblicosla 'onstituci!n )acional impone la condici!n de idoneidad-art. /, primer prra%o0, es decir, exige que la persona que pretenda ingresar a la

    administraci!n tenga las aptitudes %sicas y t$cnicas necesarias para desempe1ar lastareas que se le asignen=Gallos para el acceso a la funcin p-blica, incluso en a$uellos supuestos en los $ue el arribo alcargo sea por va electoral& A la legitimacin de origen popular debe adicionrsele

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    entonces la legitimidad legal o institucional establecida en este caso por la "onstitucincomo una pauta rgida+

    Entra a$u en uego el artculo 3 de la "onstitucin #acional $ue nos pro%be uicioalguno sobre las acciones privadas& 4o $ue nos lleva lgicamente a vedar todainvestigacin sobre la moral privada del diputado electo, En este sentido, lo $ue se %a

    u5gado de la Parlamentaria Milagro Sala es solamente la moral p-blica ) nunca sumoral privada& H todo ello, en el marco de un procedimiento centrado en la produccinde medidas probatorias en el marco de un debido proceso legal ) constitucional,medidas cu)os resultados son los $ue le dan contenido a este uicio sobre la %abilidadmoral del diputado electo&

    ???????????????????????????????????????????????????????????????????????? Edificio Mercosur - Luis Piero 1992 Piso 1 - Montevideo Uruguay - Tel: (5982 !1"#22#98 $ !1"#59#22

    %%%#&arla'entodel'ercosur#org

    A%ora bien, en el caso de la Parlamentaria impugnada Milagro Sala, pesan una serie dedenuncias penales graves ) reproc%ables $ue por su gravedad ) acumulacin, la

    usticia argentina %a determinado su detencin, algunas de las causas abiertas son estas$ue a continuacin expongo a continuacin Sala est imputada por los delitos de*asociacin ilcita, fraude a la administracin p-blica ) extorsin, Evasin 6ributaria )Enri$uecimiento ilcito, instigacin a cometer delitos ) tumultos, amena5a de muerteExp& #9 0!:2I' 7 Milagro Sala Amena5as dos (ec%os en concurso 8eal =contra dosoficiales de la Polica de la Provincia de /uu), Expediente 10I Milagro Sala&C Dao

    Agravado en concurso 8eal con amena5as, corrupcin, entre varias ms&

    Para anali5ar el contenido de ese compromiso .tico incluido en el concepto deidoneidad debemos tener en cuenta, como lo seal la "omisin de Peticiones, Poderes) 8eglamento de la ("D para el caso Fussi $ue *las normas y los parmetros deevaluaci!n de la $tica pblica han cambiado sustancialmente despu$s de la re%ormaconstitucional de 223. H como se seal anteriormente si los artculos

    *rgentina pos re%orma de 223 ya no es constitucionalmente posible tener por id!neopara el ejercicio de un cargo pblico de gobierno a quien se haya alzado en armascontra los poderes constitucionales o a quien hubiera participado en actos de masivasviolaciones a derechos humanos. -40 #a nueva 'onstituci!n de los argentinos %ulminatoda posibilidad de que autores o partcipes de golpes de Estado o de violaciones dederechos humanos asuman cargos electivos o ejecutivos en la democracia.

    En nada vara la circunstancia de $ue las acusaciones $ue pesan sobre la ParlamentariaMilagro Sala %a)an sido cometidas antes de su asuncin& A$u no se estn u5gandotales %ec%os desde el punto de vista urdicoCpenal& 4o $ue se u5ga ) por ende seimpugnan a$u son los ttulos ) diplomas de una Parlamentaria electa con posterioridad

    a la reforma constitucional de 33'& Es nuestra obligacin u5garlos conforme lalegalidad constitucional %o) vigente& 4os diplomas ) ttulos, son posteriores a la

    http://www.eltribuno.info/instigacion-cometer-delitos-a8085http://www.eltribuno.info/instigacion-cometer-delitos-a8085http://www.eltribuno.info/instigacion-cometer-delitos-a8085http://www.eltribuno.info/instigacion-cometer-delitos-a8085http://www.eltribuno.info/instigacion-cometer-delitos-a8085http://www.eltribuno.info/instigacion-cometer-delitos-a8085http://www.eltribuno.info/instigacion-cometer-delitos-a8085
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    reforma del 3' ) nuestra obligacin legal es u5gar la valide5 de los mismos conforme alorden constitucional vigente al momento del uicio& #o es nuestra funcin ni nuestroderec%o u5gar penal o civilmente a la Parlamentaria impugnada& S, es nuestraobligacin merituar su idoneidad ) su decoro, con arreglo a la normativa interna ) delMercosur aplicable&

    J(asta $u. punto puede ser idneo para el eercicio del cargo de Parlamentaria delMercosur, cargo $ue tiene como principal funcin la defensa de la democracia, losderec%os %umanos, ) la de %acer cumplir la le), un ciudadano sobre el cual existendiversas pruebas incriminatorias de las cuales la usticia determino su detencinK

    ???????????????????????????????????????????????????????????????????????? Edificio Mercosur - Luis Piero 1992 Piso 1 - Montevideo Uruguay - Tel: (5982 !1"#22#98 $ !1"#59#22 %%%#&arla'entodel'ercosur#org

    A$u se somete a u5gamiento el diploma de una Parlamentaria electa, como se %areali5ado en procesos similares ante la "omisin de Peticiones, Poderes ) 8eglamento,de la "mara de Diputados de la #acin Argentina, con sustento en idoneidad moralante la evidencia $ue se describe a$u &

    El %ec%o de $ue las numerosas denuncias $ue %a enfrentado ) $ue enfrenta laimpugnada en sede penal no %ubiesen derivado a-n en sentencias de condena, *no laexime ni la libera de modo alguno, de ser u5gada por este Parlamento en los t.rminosdel artculo 13 del protocolo "onstitutivo del parlamento del Mercosur&

    "omo se %a dic%o, el artculo !' permite a la (onorable "mara de Diputados de la#acin Argentina u5gar la idoneidad polticoCmoral del diputado =Parlamentaria> electoa trav.s de un proceso en el $ue se %a producido prueba con miras a ese obetivo, perono faculta a la "mara a imponer castigos como sucede en el marco de un proceso

    penal& S a imponer restricciones a derec%os polticos como excluir a un diputado delacceso a una banca& *Se trata de dos uicios diferentes ) de parmetros de legitimidaddistintos+

    El artculo !3 de la "onstitucin #acional e$uipara a los diputados electos con losdiputados en eercicio, cuando seala B&&&desde el da de su eleccinB& Es decir $ue los

    derec%os ) prerrogativas $ue tienen los diputados electos son sim.tricos a las cargas )deberes $ue sobre ellos pesan una ve5 ingresados ) admitidos en la "mara& Por lotanto, las mismas exigencias de conducta se re$uieren tanto respecto de la admisincomo del desafuero&

    V. CAUSAS PENALES EN LAS 6UE EST7 PROCESADALA SE8ORA MILA4RO AMALIA AN4ELA SALA.

    1.-) E!te. "# $-1%&.&'(1(* +ecaratulado, SAA* M/A0+ A"0EAAMA/A2 3A+45* A6E+T ESTE6A"2 "+* 0E+MA" 7+A3/ 8

    3A8 +3A6A4* EM// $.S.A. 4E /"ST/0A3/" A 3METE+4E/TS 8 T9M9T E" 3"39+S +EA-3/94A4:.-

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    En fec%a 2 de diciembre de 102, el Sr& Giscal de Estado de la Provincia de /uu), Dr&Mariano & Miranda, formula denuncia penal en contra de los Sres& Milagro Sala, 8aul

    #oro ) Alberto "ardo5o por la comisin del delito de instigacin previsto ) tipificadoen el art& 103 del "digo Penal en funcin del art& ' ) en relacin vincular con el art&3' del citado cuerpo normativo&

    4os %ec%os $ue motivaron la formulacin de la denuncia penal son los siguientes Enfec%a ' de diciembre de 102 los denunciaron instigaron a terceros a la comisin deldelito de obstruccin de arterias ) espacios p-blicos, impidiendo el normalfuncionamiento del transporte p-blico ) eerciendo su accionar doloso sobre el cascoc.ntrico de la ciudad de San Salvador de /uu), impidiendo el efectivo eercicio de losderec%os de los poderes constituidos del EstadoL reiterando $ue los denunciadosinstigaban a personas de distintas agrupaciones bao sus exclusivos mandos a efectuar laocupacin de lugares p-blicos, como la pla5a Felgrano, calles aledaas a la "asa de

    obierno, 4egislatura de la Provincia de /uu) ) Palacio de /usticia, siendo este %ec%ode p-blico ) notorio conocimientoL instalaron carpas $ue albergan familias enterasexponiendo a sus integrantes a condiciones indignas %asta llegar a la servidumbreL estasituacin a estorbado, entorpecido e impedido el normal funcionamiento del transporte,de la administracin p-blica, de la administracin de usticia ) del transporte deambulancias p-blicasL esta conducta delictiva lleva a la alteracin del orden ) la pa5social no solo de la ciudad de San Salvador de /uu), sino de toda la Provincia de /uu)&4a reaccin de los denunciados es en respuesta al plan de 8egulari5acin )6ransparencia de la "ooperativas ) de los Feneficios Sociales anunciados por el Sr&obernador de la Provincia de /uu), "&P& erardo 8ub.n Morales en su mensaedirigido a la Asamblea 4egislativa en fec%a 0 de diciembre de 102, $uienes instigan acometer las acciones antiurdicas descritas, provocando los inconvenientes detalladossupra, el temor, amedrentamiento a los vecinos ) el peligro de sufrir agresiones ) daosa la propiedad&

    ue la denuncia indicada fue ratificada en tiempo oportuno legal, acompaandodiferentes medios probatorios, conuntamente con la denuncia ) en oportunidad de laconstitucin de $uerellante particular&

    ue, la Dra& 4iliana Gernande5 de Montiel, Sra& Agente de ;nvestigacin Penal de Geria,

    peticiono al /ue5 de "ontrol en lo Penal de la Geria, Dr& 8a-l utierre5, la detencin dela imputada, Milagro Sala, expresando lo siguiente ue la mencionada se encuentraimputada como coautora de instigacin a cometer delitos ) tumulto en concurso real,

    previsto ) penado en los art& 103, 1

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    descubrimiento de la verdad ) la actuacin de la le), pues la imputada Sala con suconducta desafa abiertamente la actuacin de la le) a trav.s del rgano urisdiccional,continuando con su actividad delictiva, instigando ) persuadiendo p-blicamente en cadadiscurso ) oportunidad $ue se presenta a la personas $ue acampan en la pla5a Felgrano) sus alrededores&

    ue los argumentos referenciados fueron tenidos en cuenta por el Sr& /ue5 a los fines deordenar su detencin mediante auto de fec%a ! de enero de 10!, resaltando S&S& elsometimiento a procesos pendientes de resolucin $ue pesan sobre la inculpada Sala, lo$ue trae apareado $ue la misma $uede comprendida en la peligrosidad procesalcontemplada en el inc& 1 1do& Prrafo del art& A4 E" 3"39+S +EA 3" AME"A5A:radicado en el Tribunal ral en lo 3rminal ?ederal.-

    ue, en oportunidad del debate de la 4e) de Medios, en audiencia p-blica, el Sdor&

    Morales cuestiono ante el titular del "&O&G&E&8&, el 4icenciado Mariotto, la asignacin

    discrecional de licencias de radio GM , a organi5aciones sociales, entre una de ellas la

    T+0A4A AA S+A. M/A0+S SAA, en ocasin del debate $ue tuvo lugar

    en la Gacultad de %umanidades de la @niversidad #acional de /uu)& ue por emitir esa

    opinin, fue amena5ado de muerte por la Sra. M/A0 SAA, primero en un acto

    llevado a cabo en la ciudad de Palpala reali5ado por la Organi5acin T9$A3

    AMA+9:, organi5acin esta $ue es liderada por la Sra. M/A0+ SAA, %ec%os

    estos $ue se encuentran registrados en distintos medios locales de comunicacin, entre

    otros 3A"A ; 4E J9J98* 8 T+S ME4/S 4E A 3/94A4 4E

    $AA$AA.ue no satisfec%a SAA con las amena5as proferidas anteriormente,

    volvi a amena5ar al Sdor& Morales, en esta oportunidad a trav.s del 4/$9TA4

    T3"AS 8 4E 7E+MA" 4E S97E3T+ ?+E448 M+AES.

    ue posteriormente ) parara ser preciso el da viernes ! de Octubre del ao 10,

    siendo aproximadamente las %oras :'2 en ocasin en $ue el Sdor& Morales estaba por

    dar una conferencia sobre el "ontrol del asto Publico, para la cual %aba sido invitado

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    por su carcter de Senador #acional, en el momento en $ue ingresaba al "onseo

    Profesional de "iencias Econmicas fue agredido fsicamente por una red de

    organi5aciones sociales $ue responden directamente a la Sra. M/A0+ SAA.

    ue, en tal oportunidad de la agresin sufrida en el lugar precitado, tambi.n fue obeto

    de amena5as ) agresiones concretas por parte de la Sra. MA+/A 0+A3/EA @$E5

    8 E 0+9$ 4E $E+S"AS 9E A A3M$A=A6A" E" 3"T+A 4E S9

    /"TE0+/4A4 ?/S/3A 8 A 4E S9 ?AM//A.

    6al proceder fue denunciado, el cual se tramita en el expte& de referencia estando

    actualmente la causa pendiente de fiacin de audiencia de debate en uicio Oral )

    P-blico&C

    B.-) +E?. EC$TE. "D $'.1&(% $ue no sabe con $ui.n

    se meti, finali5ando la comunicacin la imputada M/A0+ SAAcon la frase ES

    >8 A $"E+ 9"A 6M6A E" A SE33/"A >A" A >A+ T4S A A

    M/E+4A 8 A7F ME >A" A 3"3E+:, cortando la comunicacin&

    Este proceso se encuentra actualmente en curso radicado en el /u5gado de control # 1

    pendiente de prestar declaracin indagatoria&C

    ;.-) +E?. EC$TE. "# ((%

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    de el "armen en proximidades del di$ue 4a "i.naga, compuesto por DOS 4O6ES

    ;dentificado con MA68;"@4A S FC1

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    (.-) E!te "# $-1%G.(%1* 3aratulado, 4E"9"3/AS ?+M9A4AS $+, J9/

    09T/E++E5* SA+A 09T/E++E5* 3+/ST/A" 37+9E* AME+/3 +MA8

    K T+S. 3iudad +adicado en la ?iHcalia de /neHtigacion $enal "# 1.-

    C 4as denuncias fueron iniciadas por los cooperativistas el da 2 de enero de 102,

    entre ellos /@4;A DE4 "A8ME# @6;88ET, SA8A @6;88ET, "8;S6;A# OS"A8

    "(O8O4@E, AM8;"O "E4ES6;#O 8OMAH, 4EOPO4DO /A";#6O FAS@A4DO,

    /OS DA#;E4 O8E44A#A, /O8E DAN;D 4AMAS, EMA#@E4 SEFAS6;U# 8OMAH

    ) SA#6OS /AN;E8 N;44A8EA4, coinciden en el modus operandi de las personas

    integrantes de la asociacin ilcita denunciada, siendo *la ruta del dinero V+ la siguiente

    W 4a mecnica de los %ec%os denunciados era la siguiente 4os presidentes de las

    cooperativas eran llamados por tel.fono por MAFE4 FA8"O#6E, /AN;E8 #;ENA,

    MA8";A SAA8D;A en forma indistinta bao las rdenes de Milagro SalaL con el obetivo

    de $ue los mismos facturen montos $ue llegaban a los Municipios =San Salvador de /uu),

    San Pedro, El "armen, Monterrico como fueren mencionados en las denuncias> o al ;N@/,

    para poder retirar los c%e$ues correspondientes& Posterior al retiro de los c%e$ues, eran

    obligados a endosarlos para poder ser cobrados en el Fanco #acin )Io Macro&

    W W Para poder cobrar los c%e$ues, exigian a los presidentes de las cooperativas

    $ue lleven entre 12 o con el obetivo de

    distribuir los fondos millonarios en c%e$ues de Q20&000 =cincuenta mil pesos>, ello para

    cobrar por ventanilla el efectivo, terminando esta etapa con el dinero en casa de Milagro Sala&

    En el presente expediente ) por conexidad con los %ec%os descritos

    precedentemente se formularon dos denuncias consistiendo las mismas de un maneo

    ilcito en la entrega de fondos sociales con fines especficos, $ue no se aplicaron a esos

    fines sino $ue terminaron en poder de un grupo de cooperativas, todas ellas bao la

    f.rula de la organi5acin 6upac Amaru, cu)a efa es la Sra& Milagro Sala&

    4a primera denuncia da cuenta de la entrega de fondos por parte de funcionarios

    del ;nstituto de Nivienda ) @rbanismo de /uu) =en adelante, ;&N&@&/&> $uienes firmaron

    convenios de obra =para la construccin de dormitorios en la 5ona de Alto "omedero>,

    dieron la orden de pago, sin el correspondiente respaldo t.cnico ) documental, a un

    grupo de "ooperativas =/alisco 4tda&, San "a)etano 4tda&, 6eVure 4tda&, #ueva

    Esperan5a 4tda&, Moreno 4tda&, 4a Fanda 4tda&, 1! de Agosto 4tda&, 8ima) 4tda&, 1 de

    Septiembre 4tda&, ' de Enero 4tda&, de /ulio 4tda&, 1 de Ma)o 4tda&>&

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    De los expedientes administrativos aportados, en copia, a la usticia no surge

    constancia alguna de $ue las obras %a)an sido reali5adas, si$uiera iniciadas& De los

    convenios surge $ue las obras deban estar finali5adas en un pla5o de

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    0E+MA" 7+A3/ 8 3A8 +3A6A4* EM// $.S.A. 4E /"ST/0A3/"

    A 3METE+ 4E/TS 8 T9M9T E" 3"39+S +EA-3/94A4:.-

    ue, a los efectos de orden ) sistemati5acin, se efect-a a continuacin una

    enumeracin de las mentadas denuncias individuali5ando a los denunciantes ) su

    radicacin&C

    ue, en funcin de lo manifestado se %a procedido a solicitar en los t.rminos del

    Artculos !2 ) !! del "PP la correspondiente A39M9A3/" 4E 3A9SAS* para

    conocimiento e investigacin de los delitos denunciados en eercicio de las atribuciones

    $ue le acuerda los Artculos 3, 32, concordantes ) subsiguientes&C

    &.-) +e, e!te. $ N ''.%1; N 3aratulado, 4enuncia ormulada !or4aianaAntonella +uiO* +adicacin,Giscala de ;nvestigacin Penal #9 =Dr&Maldonado por %abilitacin> 7 Se declara incompetente por la naturale5a de la materia

    denunciada =6rata de Personas 7 #arcotrfico>

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    En la presente causa la Sra& DaianaAntonella 8ui5 denuncia a& Ungel Sebastin Uvila,

    refirendo en la misma, una %istoria de vida complea, de abandono ) sometimiento& As,

    seg-n sus dic%os desde los 0 aos de edad comen5 a ser abusada en reiteradas

    oportunidades =casi a diario> por un to llamado +aPl 3eranteH, $uien con amena5as,

    durante ' aos la tuvo sometida sexualmente, .sta situacin motiv autoflagelos ) un

    intento de suicidio =a%orcamiento> $ue fue evitado por un familiar&C

    CCC ue antes de cumplir 2 aos, su to la obligaba a mantener relaciones sexuales con

    sus amistades, %asta $ue un da directamente, le dio $ue la iba a comen5ar a prostituir

    con *4un amigo narco,El Tano4+ < das despu.s, en una camioneta blanca tipo PicV

    @p, con la patente tapada, la subieron al ve%culo, viaaron aproximadamente por dos

    %oras ) media ) llegaron a un galpn &4ms grande que un circo4+ donde eranabusadas, ) tambi.n las utili5aban !ara entregar !aqueteH con droga, all efect-a un

    relato de nombres ) apellidos de *Xtransas&&&+ e *Xintermediarios&&&+ del negocio del

    narcotrfico, $ue entre otras personas, menciona a los Sres& 3Har 3uellar* 4r. 6ellido*

    Hcar ila* 4i!. Milagro Sala* Jairo MachacaIa) Morcillita , donde brinda detalles

    de la forma de operar, los lugares ) 5onas donde cada uno operaba& En ra5n de la

    materia el Agente Giscal Mario Aleandro Maldonado, solicit al /ue5 de "ontrol $ue

    corresponde declarar la incompetencia de la Giscalia de ;nvestigacion, remitiendo las

    actuaciones al /u5gado Gederal $ue por turno corresponda toda ve5 $ue la competencia

    en materia penal es improrrogable, encontrando actualmente la investigacin por

    narcotrfico en contra de Milagro Sala&C

    '.-) +E?. EC$TE. "D 1G&'4/1% caratulado, 09E++A* MA+3 A"T"/*

    09E++A* M/09E A"0E K A>AE"* M/SES S3A+ !.H.a. 7M/3/4/

    S/M$E-7umahuaca:.-

    G.-) +E?. EC$TE. "#$-%1.'''1%* 3aratulada, 0AE0 +SA+/ MA+/A 8

    T+SQ !.H.a. 4E 9S9+$A3/" E" 0+A4 4E TE"TAT/>A 8 +6 E"

    $6A4 8 E" 6A"4A 3" $E+S"AS A ESTA6E3E+ 8 A69S 4E

    A+MAS-7umahuaca.:.-

    ue en fec%a 02 de septiembre del corriente ao, siendo aproximadamente a (rs&

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    "ivil denominada *Organi5acin Farrial 6iti uerra+, dirigidos por el imputado en

    autos Marco Antonio uerra, encontrndose en dic%o grupo los Sres& Mois.s

    Oscar 4avallen ) Miguel Ungel uerra todos imputados en autos por el delito de

    (omicidio Simple, pertenecientes a la 8ed de Organi5aciones Sociales dirigida )

    presidida por Milagro Amalia Angela Sala&

    ue una ve5 en dic%a "iudad, se posicionan de forma estrat.gica en el predio

    denominado Ginca Nieira ) El "olorado

    @na ve5 en el mencionado terreno proceden a usurpar de forma violenta dic%as

    tierras&

    ue anoticiados de tales %ec%os por la radio del lugar, un grupo de %abitantes de la

    "iudad se apersonan a los fines solidari5arse con la con los vecinos $ue estaban

    siendo agredidos por los delincuentes, intentando de manera pacifica ) por medio

    de las palabras convencer al grupo usurpador de deponer su actitud violenta&

    ue, esta actitud de los vecinos irrito a los delincuentes empe5ando los mismos a

    reali5ar disparos al aire con arma de fuego&

    ue, el Sr& 4uis Daro "ondol, padre de los %ios de mi institu)ente Sra& Mara

    "eleste Daniela Mamani, e %io de Desiderio Domingo "ondori ) Mirian Etelvina

    Nilte, al momento de sucedidos los %ec%os se encontraba ugando al futbol unto a

    su %ermano Edgardo "ondori&

    ue una ve5 finali5ado la recreacin fsica el causante decide regresar a su

    domicilio el cual comparte unto a su parea, %ios ) padres, siendo acompaado

    por su %ermano&

    ue, en el tra)ecto divisan $ue se estaba produciendo un tumulto el cual deban

    atravesar indefectiblemente para llegar al domicilio cito en calle (oracio "arrillo

    # 2 del F 1< de Agosto de a$uella "iudad&

    ue, al momento en $ue se encontraban atravesando el conflicto, se producencorridas )a $ue se empe5aron a escuc%ar disparos de armas de fuego, por lo $ue el

    causante unto a su %ermanos se resguardaron unto a otros vecinos de la balacera,

    sin percatarse de $ue detrs del cordn policial $ue protega a los usurpadores se

    encontraba otro grupo armado $ue disparo a $uemarropa contra $uienes se estaban

    resguardando de los disparos, grupo este en el cual se encontraba 4uis Daro

    "ondori, impactando uno de los disparos en la 5ona abdominal de "ondori&

    ue ante tal %ec%o, es $ue se solicita la presencia urgente de una ambulancia a losfines de trasladar al Sr& 4uis Daro "ondori al %ospital de la ciudad de (uma%uaca,

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    ambulancia $ue nunca arribo, motivo por el cual se debi trasladar en un

    automvil particular al Sr& "ondori, al %ospital de dic%a localidad&

    ue al llegar al mencionado (ospital, el Sr& 4uis Daro "ondori a-n permaneca

    con vida, aun$ue debido a la gravedad de la lesin provocada por el disparo,

    fallece mientras le practicaban los primeros auxilios pertinentes&

    1elROqueO recibi un disparo un da antes de las elecciones primarias llevadas a

    cabo el dia 3 de agosto de 102& (aba sido amena5ado en %oras previas por personas

    vinculas a la agrupacin Tu!ac Amaru de Milagro Sala& (asta el da de la fec%a no se

    encuentra esclarecido el %ec%o& 4os principales referentes de la @"8 pidieron $ue

    investiguen por cuanto el oven fue atacado antes de llegar a la casa de su %ermano, en

    la ciudad de San Pedro, ubicada a !0 Vilmetros de la capital, luego de reali5ar tareas

    partidarias& Si bien la causa fue caratulada como Brobo por uso de arma de fuego por ser

    en poblado ) en bandaB, existen serias sospec%as $ue detrs del ata$ue %ubo motivos

    polticos por cuanto en %oras de la tarde fue increpado por militantes pertenecientes a la

    6upac Amaru $ue lidera Milagro Sala&C

    1%.-) AME"A5AS A ?AM//A+ES 4E +E?E+E"TE 4E A 4/J

    CCCEn fec%a 1< de diciembre de 102 la agrupacin social O8A#;TA";Y# DE

    68AFA/ADO8ES ;#DEPE#D;E#6ES DE /@/@H =OD;/> abandonaron el acampe )

    corte de calles llevado adelante por la 6upac Amaru, al da siguiente la familia del

    principal referente, /OSE 4@;S FE/A8A#O, fue amena5ada de muerte por un militante

    de Milagro Sala& "on motivo de ese %ec%o fue detenido los primeros das de enero de

    este ao Emanuel Ortega por dic%as amena5as agravadas por uso de arma de fuego&C

    1B.-)Milagro Sala se encuentra vinculada a una serie de delitos de amena5as,

    encubrimientos, extorsiones ) usurpaciones& Asi por eemplo se %an recibido denuncias

    de Micaela "ondori 8osa por lesiones, Mnica "erda, Sebastin Se$ueiros ) todos sus

    %ermanos, Elba "ru5 =madre de 8omina "ru5, nia $ue muri en un accidente

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    protagoni5ado por un %io de Milagro Sala>, Silvia "%irigua) a $uien la desaloo de la

    viviendo social de manera extorsiva, Martin Glores =alias ltigo> $uien fue victima de

    amena5as ) extorsin por parte de Milagro Sala, 8ene Arellano ) "ristina "%au$ue,

    fueron amena5ados de muerte por milagro sala ) debieron por pedido de la misma sacar

    sus %ios de la provincia&C

    1;.-)ue en fec%a < de /ulio de 100!, en el marco de una negociacinen el Ministerio deObras P-blicas, la Sra& Sala encabeO un iolento ataque contra* ucaH AriaH IKernodel dirigente 3arloH "olaHco Santilla)* a quien le iHuraron el crRneo a gol!eH*!roducindoHe luego Hu allecimiento a raLO de embolia cerebral* hecho !or el cualHe !romoi el Humario !olicial "# 1B;%;* a cuKa ineHtigacin He aoco el JuOgadode inHtruccin en lo $enal "# B* Secretaria "# .-

    VI. CAUSAS 6UE LA 9USTICIA PROVINCIAL 9U9E8ADE9 PRESCRIIR POR INACCIN 9URISDICCIONAL:PROMOCI;N DE 9UR5 DE EN9UICIAMIENTO CONTRA EL9UE< FRANCISCO 9AVIER AROSTE4UI.

    1) M/A0+ A"A/A A"0EA SAA, D#; !& del "&P& ) del "&P&P& Oficio #9 !3de fec%a

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    8ES;S6E#";A A 4A A@6O8;DAD 7 "@;DAD+, en el $ue en la fec%a0!II1 se dict Sobreseimiento definitivo a favor de los inculpados por

    prescripcin de conformidad a lo establecido en los Arts& 23 =;nsc& , !1 =;nc&19> del "odigo Penal ) Art& , del "digo Procesal Penal&C

    1.;) Exte& #9 '2I32 Sumario Policial #9 '02CSI32 $ue se unifico al S&P& ,"&P&P& Of& #9 1'12, de fec%a 1C1I32&C

    1.() Exte& #9 '2!I1 S&P& #9 '2!I1 del /u5gado de ;nstruccin en lo Penal #9 ',Secretaria #9 :, sI 4ES;O#ES, fec%a del %ec%o 1I0I3!, en el $ue, luego de lareconstruccin del expediente, en fec%a del "&P& ) del"digo Procesal Penal&C

    1.) Exte& #9 1!I3 Sumario Policial #9 1&: del "digo Penal ) Art& del "digo Procesal Penal&C

    &0> Expte #9 00:I0 Sumario Policial #9 3

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    &> Expte #9 '30I0 Sumario Policial #9 21CSI0 del /u5gado de ;nstruccinPenal #9 ', Secretara #9 en el $ue en fec%a 13I0I03 se dict Sobreseimiento total )definitivo a favor de los inculpados por prescripcin de conformidad a los establecidoen los Arts& 23 =;nc& , !1 =;nc& 19> del "digo Penal ) Art& del "digoProcesal Penal&C

    &1> Expte& #9 Expte& #9 !1I01 Sumario Policial #9 ''CI01 del /u5gado de ;nstruccin Penal

    #9 , Secretara #9 1 en el $ue en fec%a del "digo Penal ) Art& del "digoProcesal Penal&C

    &2> Expte& #9 !

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    &:> Expte& #9 !3I03 Sumario Policial #9 12'!CSI01 del /u5gado de ;nstruccinPenal #9 , Secretara #9 en el $ue en fec%a !I0I1 se dict Sobreseimiento total )definitivo a favor de los inculpados por prescripcin de conformidad a los establecidoen los Arts& 23 =;nc& , !1 =;nc& 19> del "digo Penal ) Art& del "digoProcesal Penal&C

    &> Expte& #9 203I02 Sumario Policial #9 13 del "digo Penal ) Art& del "digoProcesal Penal&C

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    &1 Expte& #9 3:I0 Sumario Policial #9 2: Expte& #9 ''0I1 ex Expte #9 13'I0< Sumario Policial #9 12CAI0< del/u5gado de ;nstruccin Penal #9 1, Secretara #9 ' en el $ue en fec%a

    los Arts& 23 =;nc& , !1 =;nc& 19> del "digo Penal ) Art& del "digoProcesal Penal&C

    &1:> Expte& #9 1202I1 ex Expte #9 11I0 del /u5gado de ;nstruccin Penal #9 ,Secretara #9 1 en el $ue en fec%a !I0I1 se dict Sobreseimiento total ) definitivo afavor de los inculpados por prescripcin de conformidad a los establecido en los Arts&23 =;nc& , !1 =;nc& 19> del "digo Penal ) Art& del "digo ProcesalPenal&C

    &1> Expte& #9 0I ex Expte #9 132I03 Sumario Policial #9 1:1!CGI03 del/u5gado de ;nstruccin Penal #9 ', Secretara #9 en el $ue en fec%a Expediente # 11I1, "aratulada+ Sala Milagro P&S&A& Privacin ;legtima de la4ibertad agravada ) "oaccin Agravadas por el empleo de arma ) por compeler a una

    persona a %acer abandono de una Provincia 7 En "oncurso 8eal+L Sumario Policial #10'CSI1& 4a "ausa se encuentra en trmite ) sin resolucin&C

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    VII. SOLICITADA PULICADA POR EL PUELO DE3UMA3UACA =9"j"-> .

    LA ORGANIZACION TITI GUERRA EN UNA SOLICITADA ACUSA AL PUEBLO

    DE HUMAHUACA DE VIOLENTO

    NO VAMOS A PERMITIR QUE LOS VIOLENTOS, USURPADORES Y

    COMPLICES DE UN HOMICIDIO AFECTEN LA DIGNIDAD DEL PACIFICO

    PUEBLO DE HUMAHUACA

    (la mayscula proviene del original)

    La Organizacin Tit Guerra con la firma de " CUARENTA Y CINCO

    DETENIDOS DEL DIA 05/09/2012" emiti das anteriores una solicitada

    (Quin la pago?) en la que deslinda responsabilidades en los violentos

    hechos producidos el da 5 de Septiembre de 2012 que produjeron el asesinato

    de Luis Daro "Pato" Condor.

    Efectivamente en un tramo de estas afirmaciones dicen:

    " Como podemos ser criminales si llegamos a esa ciudad durante el medio da,

    con nuestras banderas y a cara descubierta, exhibiendo incluso a las

    autoridades en todo momento la documentacin legal de esos terrenos"" La polica saba de nuestra intencin de abandonar el lugar cuando caa la

    tarde para evitar mayor violencia, pero nada hicieron, . . . .".

    En verdad los CUARENTA Y CINCO FIRMANTES DETENIDOS estuvieron

    demorados slo casi 24 horas cuando tendran que seguir presos por

    asociacin ilcita, robo en poblado en banda agravado por el uso de armas de

    fuego en concurso real seguido de homicidio. La documentacin que dicen

    legal sobre los terrenos a usurpar era falsa y de los antecedentes obrantes en

    la causa judicial existen pruebas que acreditan que no slo iban a ser

    beneficiarios de los lotes a usurpar sino que cobraron del Sr. Vicente Acosta,

    que tambin debera estar preso como cmplice de homicidio, la suma de $

    10.000 por el servicio de usurpacin a la Organizacin TITI GUERRA.

    En otro tramo de la solicitada le endilgan toda la responsabilidad de lo sucedido

    al pueblo de humahuaca cuando dicen:

    "ms bien a nosotros nos cerraron la salida de aquel lugar , que se

    convirti en un infierno y nos emboscaron en los vehculos que luego fueron

    dados vuelta con mujeres adentro"" Lo que s es seguro es que en todo momento tratamos de huir y escapar de

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    las maniobras bien planificadas de encierro, pero sin xito"

    " Nosotros sufrimos grandes prdidas y si no fuera por los pocos efectivos que

    se erigieron con escudos para nuestra humanidad en contra de los agresores,

    los fallecidos seran hoy los detenidos"

    " Sabemos que se moviliz gente para que lleguen a atacarnos en el lugar, quese alent no slo de boca en boca sino que se usaron otros medios para armar

    la pueblada"

    " Las personas ms encolerizadas del lugar, no hicieron disparos?

    preguntamos.

    " Se desvirta la informacin judicial y policial cuando nos hacen ver como los

    agresores si en realidad ramos personas nefitas en el lugar, lo que si es

    seguro es que nos fueron acorralando con machetes, piedras y fuego y con

    bombas molotov, esa es la verdadera y nica agresin"

    Rechazamos y repudiamos la intencionalidad de la TITI GUERRA de acusar al

    pacfico pueblo de Humahuaca de los hechos del 5 de Setiembre pasado. El

    pueblo de humahuaca se vio usurpado y saqueado por violentos mafiosos que

    detrs de un negocio inmobiliario con tierras de nuestro pueblo gozaron de la

    mxima impunidad para llegar hasta el lugar con armas de fuego y cometer el

    asesinato de Luis Daro "Pato" Condor.

    Hasta cundo va a imperar el sistema institucional del Gobierno Provincial,

    policial y judicial de impunidad sobre los violentos y asesinos que coparon

    algunas organizaciones sociales en Jujuy?Tendra que darles vergenza realizar estas afirmaciones a quienes no solo les

    cabe la responsabilidad por los hechos de violencia sino por el asesinato de un

    joven humahuaqueo. Por qu fueron a usurpar, robar y a matar?

    preguntamos.

    Tambin dicen:

    " Por qu esto se ha transformado en una persecucin de dirigentes sociales y

    en Jujuy volvemos a tener presos polticos"

    " Marcos Guerra y MoisesLavayen son los perejiles de este lgubre hecho; sonlos chivos expiatorios de turno para purgar responsabilidades de personas que

    mucho tienen que perder"

    Marcos Guerra y MoisesLavayen no son perejiles, son los autores materiales ,

    SON LOS ASESINOS DE LUIS DARIO "PATO" CONDORI.

    Pero hay tambin autores intelectuales de la usurpacin, el robo en poblado y

    en banda con uso de armas de fuego y del asesinato de un joven

    humahuaqueo que gozan de la impunidad que les garantiza y solventa el

    gobierno. La Organizacin TUPAC AMARU y su Presidenta MILAGRO SALA

    son los responsables intelectuales combo surge de los cruces de llamadas

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    telefnicas en el expediente judicial cuya investigacin exigimos se profundice.

    EXIGIMOS JUSTICIA Y TODA LA VERDAD SOBRE LOS HECHOS DEL 5 DE

    SETIEMBRE EN HUMAHUACA.

    EXIGIMOS JUSTICIA Y TODA LA VERDAD SOBRE LOS AUTORES

    MATERIALES E INTELECTUALES DEL ASESINATO DE LUIS DARIO "PATO"

    CONDORI.

    LA DIGNIDAD DEL PACIFICO PUEBLO DE HUMAHUACA

    NO SE USURPA

    NO SE ROBA

    NO SE MATA

    Deo constancia $ue los antecedentes de las causas penales en trmite ) las

    prescriptas por la omisin de las autoridades udiciales en el perodo de gobierno

    Eecutivo $ue termin el 0 de diciembre de 102 fueron reunidos por el Secretario de

    obierno de /uu) Dr& 4uciano 8ivas ) por el Giscal de Estado Dr& Mariano &

    Miranda& Son una recopilacin de los procesos abierto a la seora Sala&

    T*A%beto Asse?Pa%amentaio +e% Me!os"