memoria de la administración tributaria - minhafp.gob.es€¦ · análisis de la gestión...

840
2 0 0 0 Memoria de la Administración Tributaria Ministerio de Hacienda

Upload: ngominh

Post on 12-Oct-2018

231 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 2 0 0 0

    Memoria de la Administracin Tributaria

    Ministerio de Hacienda

  • 3

    INDICEPgina

    Presentacin. ..................................................................................................... 11

    Captulo I. La situacin a diciembre de 1999 ................................................. 21

    1. Planteamiento .............................................................................................. 25

    2. Actuaciones normativas realizadas durante 1999........................................ 27

    3. Organizacin de la Administracin Territorial de la Hacienda Pblica en1999 ............................................................................................................. 34

    4. Medidas de gestin tributaria para combatir el fraude ................................ 36

    4.1. Medidas de gestin propiamente dichas ............................................. 36

    4.2. La actuacin inspectora en 1999.......................................................... 37

    4.3. Informtica Tributaria............................................................................ 38

    5. Comunidades Autnomas, Ciudades Autnomas y Corporaciones Locales 43

    5.1. Comunidades Autnomas .................................................................... 43

    5.2. Ciudades Autnomas ........................................................................... 64

    5.3. Corporaciones Locales ......................................................................... 64

    6. La recaudacin en 1999 ............................................................................... 68Captulo II. Los Tributos en 2000 .................................................................... 75

    1. Impuestos directos ...................................................................................... 83

    1.1. Impuesto sobre la Renta de las Personas Fsicas ................................ 83

    1.2. Impuesto sobre el Patrimonio .............................................................. 145

    1.3. Impuesto sobre Sociedades................................................................. 170

    1.4. Impuesto sobre la Renta de no Residentes ......................................... 198

    1.5. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones .......................................... 205

    2. Impuestos indirectos.................................................................................... 206

    2.1. Impuesto sobre el Valor Aadido ......................................................... 206

    2.2. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurdicos Do-cumentados .......................................................................................... 220

    2.3. Impuestos Especiales .......................................................................... 236

    2.4. Gravmenes sobre el trfico exterior de mercancas........................... 239

    2.5. Impuesto sobre Primas de Seguros..................................................... 244

  • 4

    Pgina

    3. Tasas y precios pblicos .............................................................................. 245

    3.1. Medidas normativas ............................................................................. 245

    3.2. Comentario a las medidas normativas ................................................. 246

    4. Regmenes especiales ................................................................................. 247

    4.1. Uniones Temporales de Empresas ...................................................... 247

    4.2. Grupos consolidados ............................................................................ 247

    4.3. Fusiones y escisiones de empresas .................................................... 248

    4.4. Cooperativas ......................................................................................... 248

    4.5. Entidades de tenencia de valores extranjeros ..................................... 248

    4.6. Financiacin bonificada......................................................................... 249

    4.7. Beneficios fiscales aplicables al Proyecto Cartuja 93, al Ao SantoJacobeo 1999 y a Santiago de Compostela, Capital Europea de laCultura 2000 ......................................................................................... 250

    4.8. Beneficios fiscales de la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, defundaciones y de incentivos fiscales a la participacin privada enactividades de inters general.............................................................. 251

    5. Relaciones fiscales internacionales.............................................................. 252

    5.1. Acciones normativas ............................................................................ 252

    5.2. Relaciones con Organismos Internacionales ....................................... 256

    5.3. Acciones no normativas ....................................................................... 260

    6. Tributacin de las operaciones financieras .................................................. 261

    6.1. Medidas normativas ............................................................................. 261

    6.2. Comentario a las medidas normativas ................................................. 264

    7. Las especialidades fiscales por razn de territorio ...................................... 268

    7.1. Islas Canarias ........................................................................................ 268

    7.2. Ceuta y Melilla ...................................................................................... 275

    8. Objetivos de las principales normas aprobadas en 2000............................. 275

    9. Consultas tributarias en 2000 ...................................................................... 282

    10.El Presupuesto de Gastos Fiscales para 2000............................................. 283

    10.1 Novedades en la elaboracin del PGF para 2000................................. 283

  • 5

    Pgina

    10.2.El Presupuesto de gastos fiscales en 2000 ......................................... 286

    Captulo III. Organizacin de la Administracin Territorial de la HaciendaPblica en 2000............................................................................................ 301

    1. Delegaciones de Economa y Hacienda....................................................... 305

    1.1. Real Decreto 557/2000, de 27 de abril, de reestructuracin deDepartamentos ministeriales, recrea los Ministerios de Economa yHacienda............................................................................................... 305

    1.2. Unidades de las Delegaciones de Economa y Hacienda, agrupadaspor Ministerios y Organos Superiores o Directivos de los Ministeriosde los que dependen funcionalmente.................................................. 308

    1.3. Funciones de las Delegaciones de Economa y Hacienda.................... 310

    1.4. Puestos cubiertos a 31-12-00 en las Delegaciones de Economa yHacienda desagregados por Unidades funcionales ............................. 313

    2. Agencia Estatal de la Administracin Tributaria ........................................... 313

    Captulo IV. Anlisis de la Gestin Tributaria ............................................... 319

    1. Gestin Tributaria ......................................................................................... 327

    1.1. Declaraciones por los Impuestos sobre la Renta de las PersonasFsicas y Patrimonio.............................................................................. 327

    1.2. Declaraciones por el Impuesto de Sociedades .................................... 331

    1.3. Devoluciones acordadas....................................................................... 333

    1.4. Gestin centralizada del impuesto sobre el Valor Aadido .................. 340

    1.5. Gestin de Aduanas e Impuestos Especiales ...................................... 342

    2. Control tributario y aduanero........................................................................ 345

    2.1. Planificacin y coordinacin.................................................................. 345

    2.2. Control realizado por Gestin Tributaria ............................................... 346

    2.3. Inspeccin Financiera y Tributaria ........................................................ 351

    2.4. Aduanas e Impuestos Especiales......................................................... 361

    2.5. Control en el rea de Recaudacin....................................................... 370

    3. Catastro e Impuesto sobre Bienes Inmuebles ............................................ 377

    3.1. Gestin catastral y del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.................. 377

    3.2. Los Catastros inmobiliarios Urbano y Rstico...................................... 386

  • 6

    Pgina

    3.3. Informtica catastral ............................................................................. 389

    4. Tratamiento informtico de la informacin .................................................. 395

    4.1. Aplicaciones para la gestin de los tributos internos y apoyo a lainspeccin............................................................................................. 395

    4.2. Aplicaciones para la gestin de Aduanas e II.EE.................................. 401

    4.3. Presentacin telemtica de declaraciones, comunicaciones y otrosdocumentos tributarios ........................................................................ 404

    4.4. Otras aplicaciones y actividades .......................................................... 405

    4.5. Recursos informticos e inversiones ................................................... 409

    5. Informacin y asistencia tributaria ............................................................... 410

    5.1 Servicios de informacin ...................................................................... 411

    5.2. Servicio de ayuda para el cumplimiento de obligaciones..................... 415

    5.3. Servicios en Internet............................................................................. 424

    5.4. Servicios de asistencia en la gestin aduanera .................................... 425

    5.5. Facilidades para el pago de deudas...................................................... 428

    5.6. Otros servicios...................................................................................... 443

    6. Recursos y declaraciones ............................................................................ 444

    6.1. Recursos resueltos............................................................................... 444

    6.2. Reclamaciones econmico-administrativas ......................................... 445

    Captulo V. Haciendas Territoriales e Institucionales ...................................... 453

    1. Comunidades Autnomas y Ciudades Autnomas ..................................... 457

    1.1. Comunidades Autnomas de Rgimen Comn................................... 457

    1.2. Comunidades Autnomas de Rgimen Foral....................................... 472

    1.3. Ciudades Autnomas. .......................................................................... 479

    1.4. El Fondo de Compensacin Interterritorial........................................... 480

    2. Haciendas Locales ....................................................................................... 482

    2.1. Normativa ............................................................................................. 482

    2.2. Actuaciones de gestin ........................................................................ 482

    3. Administracin Institucional ......................................................................... 487

  • 7

    Pgina

    3.1. Seguridad Social.................................................................................... 487

    3.2. Organismos Autnomos y otros Organismos Pblicos ....................... 491

    Captulo VI. Recaudacin del ao 2000: Anlisis y comentarios...................... 493

    1. Comentario global ........................................................................................ 497

    2. Impuestos directos ...................................................................................... 508

    2.1. Recaudacin total ................................................................................. 508

    2.2. Impuesto sobre la Renta de las Personas Fsicas ................................ 513

    2.3. Impuesto sobre Sociedades ................................................................. 516

    2.4. Impuesto sobre la renta de no residentes ........................................... 518

    2.5. Impuesto sobre el Patrimonio .............................................................. 518

    3. Impuestos indirectos.................................................................................... 519

    3.1. Recaudacin total ................................................................................. 519

    3.2. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurdicos Do-cumentados .......................................................................................... 523

    3.3. Impuesto sobre el Valor Aadido ......................................................... 525

    3.4. Impuestos Especiales .......................................................................... 527

    3.5. Trfico Exterior ..................................................................................... 529

    3.6. Impuesto sobre las Primas de Seguros ............................................... 531

    4. Tasas y otros ingresos ................................................................................. 531

    4.1. Recaudacin total ................................................................................. 531

    4.2. Tasas de Juego..................................................................................... 533

    4.3. Otras Tasas........................................................................................... 535

    4.4. Recargo de apremio ............................................................................. 536

    4.5. Intereses de demora ............................................................................ 536

    4.6. Sanciones Tributarias ........................................................................... 537

    4.7. Otros ingresos ...................................................................................... 537

    5. Transferencias corrientes............................................................................. 538

    6. Ingresos Patrimoniales................................................................................. 540

    7. Enajenacin de Inversiones reales y Transferencias de Capital .................. 541

  • 8

    Pgina

    8. Operaciones financieras............................................................................... 542

    9. Anlisis y comentarios a los tributos cedidos y concertados ...................... 542

    10.Gestin y recaudacin de recursos comunitarios ........................................ 548

    Captulo VII. Actividad contable, fiscalizadora y de control interno................... 549

    1. Actividad contable ....................................................................................... 553

    1.1. Actividades como Centro directivo de la Contabilidad Pblica ........... 553

    1.2. Actividades de la I.G.A.E. como centro gestor de la ContabilidadPblica .................................................................................................. 557

    2. Control interno.............................................................................................. 558

    2.1. Modalidades de control ........................................................................ 559

    3. Inspeccin de los Servicios.......................................................................... 577

    3.1. Inspeccin General de Economa y Hacienda ...................................... 577

    3.2. Servicio de Auditora Interna de la Agencia Estatal de AdministracinTributaria ............................................................................................... 590

    Anexo Estadstico............................................................................................... 597

    I. Liquidacin de presupuestos ....................................................................... 601

    II. Impuesto sobre la Renta de las Personas Fsicas, Impuesto sobre el Pa-trimonio, Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre el Valor Aadido. 639

    III. Comercio Exterior. Aduanas e Impuestos Especiales ................................. 743

    IV. Inspeccin .................................................................................................... 761

    V. Haciendas Territoriales................................................................................. 769

    Anexo Normativo. Relacin de disposiciones ms importantes dictadas enmateria tributaria durante 2000 .......................................... 801

    I. Normativa general ..................................................................................... 805

    II. Activos y mercados financieros................................................................. 814

    III. Organizacion de la Hacienda Pblica ......................................................... 818

    IV. Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas ..................................... 823

    V. Impuesto sobre la Renta de no residentes ............................................... 825

    VI. Impuesto sobre el Patrimonio ................................................................... 827

  • 9

    Pgina

    VII. Impuesto sobre Sociedades...................................................................... 827

    VIII. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones ............................................... 829

    IX. Impuesto sobre el Valor Aadido .............................................................. 829

    X. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurdicos Docu-mentados................................................................................................... 830

    XI. Aduanas e Impuestos Especiales.............................................................. 831

    XII. Tasas, Precios Pblicos y Exacciones parafiscales ................................... 838

    XIII. Comunidades Autnomas ......................................................................... 838

    XIV. Haciendas Locales..................................................................................... 839

    XV. Recaudacin .............................................................................................. 840

    XVI. Impuesto sobre las Primas de Seguros..................................................... 840

  • 10

  • 11

    PRESENTACIN

    GUA DE LECTURA

    l Ministerio de Hacienda promueve la publicacin de la Memoria de la Adminis-tracin Tributaria a fin de recoger las actuaciones relacionadas y los resultados

    alcanzados en 2000.

    En su redaccin han participado los siguientes Centros directivos y Departamen-tos:

    - Intervencin General de la Administracin del Estado.

    - Secretara General de Poltica Fiscal Territorial y Comunitaria.

    - Direccin General de Tributos.

    - Direccin General del Catastro.

    - Tribunal Econmico-Administrativo Central.

    - Los siguientes Departamentos de la Agencia Estatal de Administracin Tributa-ria.

    Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales.

    Departamento de Gestin Tributaria.

    Departamento de Informtica Tributaria.

    Departamento de Inspeccin Financiera y Tributaria.

    Departamento de Organizacin, Planificacin y Relaciones Institucionales.

    Departamento de Recaudacin.

    Servicio de Auditora Interna.

    La coordinacin de la obra fue encomendada a la Inspeccin General de los Minis-terios de Economa y de Hacienda, que adems ha colaborado en su redaccin.

    La Memoria mantiene bsicamente la estructura de aos anteriores con el fin deposibilitar un anlisis comparativo interanual. En consecuencia, contiene siete Captu-los, varios Anexos Estadsticos y el Anexo normativo.

    Los ttulos de los Captulos son los siguientes:

    E

  • 12

    - Captulo I. La situacin a diciembre de 1999.

    - Captulo II. Los tributos en 2000.

    - Captulo III. Organizacin de la Administracin Territorial de la Hacienda Pbli-ca en 2000.

    - Captulo IV. Anlisis de la Gestin Tributaria.

    - Captulo V. Haciendas Territoriales e Institucionales.

    - Captulo VI. Recaudacin del ao 2000: anlisis y comentarios.

    - Captulo VII. Actividad contable, fiscalizadora y de control interno.

    La Memoria incorpora estadsticas sobre la liquidacin de los Presupuestos; Im-puesto sobre la Renta de las Personas Fsicas, Impuesto sobre el Patrimonio, Impues-to sobre Sociedades e Impuesto sobre el Valor Aadido; Comercio Exterior, Aduanase Impuestos Especiales; Inspeccin; y Haciendas Territoriales.

    Finalmente, en el Anexo normativo se recoge una relacin de las disposicionesms importantes dictadas en materia tributaria en 2000.

    Aspectos destacables

    Con carcter introductorio se expone seguidamente un breve resumen de algunosaspectos que merecen ser destacados en relacin con la gestin tributaria, la inspec-cin, la gestin recaudatoria, la informatizacin tributaria, y los resultados recaudato-rios alcanzados en el ao 2000.

    A) INFORMATICA TRIBUTARIA

    Durante el ao 2000 la Agencia Tributaria ha continuado en la lnea de mejora delos servicios de asistencia para facilitar a los ciudadanos el cumplimiento voluntario desus obligaciones tributarias, haciendo uso para ello de las nuevas tecnologas.

    El aumento que cada ao tienen las llamadas telefnicas gestionadas medianteplataformas especficas, las peticiones de datos a travs de unidades de reconoci-miento de voz, los accesos a la pgina web de la Agencia, las declaraciones y comu-nicaciones presentadas por va telemtica, o la utilizacin de los programas informti-cos de ayuda para la confeccin de declaraciones, evidencian un mayor grado deaceptacin de estas nuevas vas de relacin por parte de los contribuyentes.

    En el ao 2000 es necesario destacar la labor desarrollada por el Centro de Aten-cin Telefnica de los contribuyentes que no estando obligados a presentar declara-cin por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Fsicas presentan la solicitud dedevolucin rpida, la extensin del sistema de presentacin por Internet a otros mo-delos de declaracin, la implantacin de nuevos servicios en Internet con firma elec-trnica como la consulta del saldo y movimientos de la cuenta corriente tributaria, la

  • 13

    recepcin de novedades por correo electrnico y la obtencin de certificaciones tribu-tarias-, as como la creacin de un grupo de apoyo dedicado a resolver incidencias decarcter informtico en relacin a programas de ayuda, presentacin telemtica dedeclaraciones y a la pgina web de la Agencia, que han creado una base de datos Programa Informa de materia informtica- con las preguntas y respuestas planteadas,a disposicin de todas las Delegaciones y Administraciones y de los servicios telef-nicos de informacin al ciudadano.

    En cuanto a la presentacin de declaraciones y comunicaciones por Internet no sepuede omitir la positiva valoracin de los ciudadanos. La encuesta realizada al respec-to a usuarios de este sistema revel que el 92 por ciento de los mismos estn muysatisfechos con su utilizacin. Adems, la obtencin por la Agencia del Premio a laExcelencia en las Tecnologas de la Informacin por su desarrollo telemtico, conce-dido por la Alianza Mundial de Tecnologas de la Informacin ( WITSA ), ha supuestopara la Agencia el reconocimiento internacional a la mejor iniciativa en este campo delas Administraciones Pblicas a nivel mundial.

    Respecto a las aplicaciones informticas, los desarrollos ms significativos han si-do los siguientes:

    En Base de Datos Consolidada se ha continuado con el proceso de centraliza-cin de aplicaciones y datos en el nuevo entorno, destacando el sistema degestin integral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fsicas y obten-cin de datos estadsticos. Por otra parte, se ha intensificado el proceso deadaptacin de las aplicaciones a la nueva moneda nica europea.

    En Base de Datos Provincial se han incorporado nuevos controles a la declara-cin del Impuesto sobre el Valor Aadido y adaptado la aplicacin de gestinde declaraciones de contribuyentes no residentes en Espaa a los nuevosmodelos derivados de la vigente Ley del Impuesto sobre la Renta de No resi-dentes ( Ley 41/ 1.998).

    En Base de Datos Nacional se ha desarrollado la nueva aplicacinINFORMA, para ser utilizada por el personal de la plataforma de informacinde los solicitantes de devolucin de Impuesto sobre la Renta de las PersonasFsicas y en las declaraciones telemticas.

    Respecto a aplicaciones especficas del rea de Aduanas, la implantacin denuevas tecnologas ha proporcionado instrumentos de trabajo muy tiles -como el sistema de anlisis de riesgos- que han permitido agilizar notablemen-te el despacho de mercancas y luchar ms eficazmente contra el fraude tribu-tario y aduanero.

    Por ltimo, se han desarrollado las aplicaciones en el servidor Web seguronecesarias para la extensin del sistema de presentacin de declaraciones porInternet a otros modelos de declaracin, as como para la prestacin de losnuevos servicios de consulta de los movimientos y saldo de la cuenta corrien-te tributaria, recepcin de novedades de la Agencia por correo electrnico y

  • 14

    obtencin de certificaciones tributarias.

    B) GESTIN TRIBUTARIA

    Durante el ao 2000 se ha seguido manteniendo la tendencia favorable en el com-portamiento de las principales magnitudes representativas de las figuras impositivas yde la mejora de los procedimientos de gestin.

    No obstante, en cuanto al Impuesto sobre la Renta de las Personas Fsicas no sepodr establecer una comparacin interanual hasta el ao 2001 ya que en el ejercicio1999 se aplica la nueva normativa de la Ley 40/1998 de 9 de diciembre, que elevaconsiderablemente el lmite de la obligacin de declarar.

    En lo referente al nmero de declaraciones presentadas, cabe destacar:

    a) Impuesto sobre la Renta de las Personas Fsicas:

    Modelos 100-101: En el Impuesto sobre la Renta de las Personas Fsicas ejer-cicio 1999 el nmero de declaraciones ascendi a 12.710.982. El 76,96 por100 de las declaraciones presentadas fueron con derecho a devolucin.

    Modelo 104 (no obligados a declarar). Se presentaron 1.940.262 solicitudes dedevolucin.

    b) En el Impuesto sobre el Patrimonio, el nmero de declaraciones presentadasfue de 981.241 con un incremento del 3,77 por 100 respecto del ejercicio ante-rior.

    c) En el Impuesto sobre Sociedades, el nmero de declaraciones aument un6,55 por 100 respecto del ao anterior, pasando a 794.676 en 2000.

    d) En cuanto al Impuesto sobre el Valor Aadido, el nmero de declarantes de losmodelos resumen anual en 2000 fue de 2.642.363 con un aumento del 1,66por 100 respecto del ejercicio precedente.

    El nmero de requerimientos integrales enviados a los contribuyentes fue de212.785, cifra que supone un aumento del 4,17 por 100 respecto a 1999. Durante el2000 se realizaron 16.887 requerimientos a contribuyentes de especial seguimientoque representa un 44,78 por 100 de incremento respecto a 1999. Siguen realizndosedurante el 2000 campaas de depuracin de los datos contenidos en el censo de em-presarios, profesionales y retenedores.

    Con respecto a los servicios de informacin y asistencia al contribuyente, en laCampaa de Renta del ejercicio 1999, se realizaron en la Agencia Tributaria 2.242.307declaraciones mediante el Programa de Ayuda a la Declaracin de Renta (P.A.D.R.E.),con una reduccin del 22 por ciento en relacin con el ao anterior, consecuencia dela implantacin del nuevo sistema de devolucin rpida para los no obligados a decla-

  • 15

    rar. Asimismo se realizaron 215.558 declaraciones mediante el programa P.A.D.R.E.por telfono que representa un 22,57 por ciento ms que el ao anterior y aumenten un 434 por ciento el nmero de declaraciones presentadas a travs de Internet.

    En la Campaa referida se increment el servicio de envo de datos fiscales en un76,82 por ciento respecto al ao anterior. En total se realizaron 1.133.230 envos aciudadanos que haban obtenido rentas del trabajo, del capital mobiliario, de activida-des profesionales y agrcolas sometidas a retencin o ingreso a cuenta, subvencionese indemnizaciones agrcolas, as como pagos fraccionados y enajenaciones de activosfinancieros, arrendamiento de inmuebles, activos financieros en general y a aporta-ciones a planes y fondos de pensiones.

    La conexin de los ciudadanos a la Agencia Tributaria a travs de Internet, iniciadaen mayo de 1996, ha continuado en 2000, producindose 8.108.944 accesos duranteel mismo, lo que supone un incremento del 40,35 por ciento respecto al ao anterior.

    C) INSPECCIN TRIBUTARIA

    La Inspeccin de los Tributos durante el ao 2000 ha realizado comprobaciones se-lectivas, dirigiendo prioritariamente sus actuaciones hacia sectores donde se concen-tran en mayor medida las conductas defraudatorias, siguiendo las directrices del Pro-grama Director del Control Tributario y las previsiones del Plan General de Control Tri-butario, que integra como eje fundamental, entre otros, el desarrollo del Plan Nacionalde Inspeccin para el 2000.

    En ejecucin del Plan Nacional los resultados alcanzados por la Inspeccin de losTributos en sus actuaciones generales durante el ao 2000 han sido los siguientes:35.175 contribuyentes comprobados, a los que se les instruyeron 84.779 actas (se in-cluyen 27.144 actas A51 correspondientes a los expedientes sancionadores), por unimporte total de 2.808,45 millones de (467.286,87 millones de pesetas). Como re-sultado de la actividad liquidadora llevado a cabo por la Inspeccin de los Tributos, du-rante el ao 2000, la deuda tributaria liquidada ascendi hasta 2.883,72 millones de(479.810 millones de pesetas), importe superior a los 2.846,78 millones de (473.664millones de pesetas) liquidados en 1999.

    Adems de las actuaciones anteriores, la Inspeccin ha realizado un importantetrabajo en otras reas que suponen un gran esfuerzo en la lucha contra el fraude fis-cal. Entre estas actuaciones destacan, fundamentalmente, las llevadas a cabo en ma-teria de delito contra la Hacienda Pblica y otros ilcitos penales denunciados. En esteapartado se tramitaron al Ministerio Fiscal 757 expedientes de delito contra la Hacien-da Pblica (714 correspondientes a delito fiscal y 43 a delito contable) y 47 expedien-tes de ilcitos penales, con una cuota efectiva total de 422,57 millones de(70.310,42 millones de pesetas). La deuda equivalente que esta cuota representa aefectos de objetivos, es decir, la deuda que se hubiera materializado en actas si stasse hubiesen finalizado administrativamente asciende a 633,24 millones de(105.361,49 millones de pesetas).

  • 16

    Otras actuaciones que tambin han supuesto un gran avance en la lucha contra elfraude han sido las comprobaciones realizadas en materias tales como la minoracinde devoluciones solicitadas, minoracin de bases imponibles a compensar, ajustes entributacin consolidada ). Resultando de estas actuaciones un importe de 1.210 mi-llones de (201.327 millones de pesetas), que no integrndose en el concepto dedeuda instruida, constituyen una reduccin de los crditos tributarios declarados porlos contribuyentes. Hay que mencionar que en este apartado se incluyen 258,54 mi-llones de (43.017 millones de pesetas) procedentes de resultados extraordinarios.

    La integracin de los datos anteriores (deuda liquidada, delito contra la HaciendaPblica y otros ilcitos penales y otras actuaciones) determina un resultado global delArea de Inspeccin en la lucha contra el fraude de 4.726,95 millones de(786.498,49) millones de pesetas), frente a los 4.306,36 millones de (716.518,40 mi-llones de pesetas) obtenidos en 1999.

    Los resultados de 2000 cumplen los objetivos marcados en el Plan Nacional deInspeccin y se produce un importante avance en la erradicacin de fraude tributariocualificado.

    Por lo que respecta a la variacin interanual de los resultados globales, se produceun incremento de un 9,77% frente a los resultados obtenidos en 1999. Esta variacintambin puede considerarse muy positiva sin computar los resultados extraordinarios,producindose, en este caso, un avance de un 3,76% respecto a 1999.

    Por ltimo mencionar que han continuado las actuaciones de colaboracin conotros departamentos y rganos administrativos y judiciales, tendentes a la consecu-cin de una coordinacin precisa en estas materias.

    D) GESTIN RECAUDATORIA

    Los resultados de la gestin recaudatoria desarrollada durante el ao 2000 por elrea de Recaudacin han superado, una vez ms, las perspectivas de crecimiento dela recaudacin en periodo ejecutivo, ratificando la tendencia al alza manifestada en losltimos ejercicios.

    En dichos resultados han influido, de manera notable, la consolidacin de la estruc-tura organizativa diseada en la Resolucin del Presidente de la AEAT de 6 de Mayode 1999, por la que se reestructuran los rganos de recaudacin y les son atribuidascompetencias, los nuevos proyectos abordados encaminados fundamentalmente amejorar la eficacia del procedimiento ejecutivo de recaudacin y las innovaciones in-troducidas durante el ejercicio tendentes a mejorar la asistencia al contribuyente en elpago de sus deudas con la Hacienda Pblica.

    No cabe duda que entre los proyectos ms significativos se encuentran las diver-sas mejoras introducidas en el proceso de gestin automatizada de las deudas demenor cuanta, que afectan a las fases de toma de decisiones sobre devoluciones y a

  • 17

    las de embargo de cuentas, sueldos y salarios y vehculos. La creacin en el SIR delas denominadas subunidades de gestin recaudatoria ha posibilitado una mejor or-ganizacin y control del trabajo desarrollado en las unidades de gran dimensin, y paradar cumplimiento a lo establecido en la Instruccin 6/99 del Director General de laAEAT, que regula el procedimiento de gestin de avales, se ha implantado un nuevoproceso colectivo que suministra toda la informacin necesaria sobre la situacin delos mismos.

    En este contexto de mejora de los procedimientos recaudatorios, se han realizadoactuaciones cuyos resultados tendrn reflejo en prximos ejercicios. Entre ellas cabedestacar la implantacin con carcter experimental, en la Dependencia de Recauda-cin de Sevilla, de un nuevo procedimiento de gestin de embargos de inmuebles enSIR, obtenindose resultados altamente satisfactorios que permitirn su extensin anivel nacional a corto plazo. El sistema global de notificaciones tambin est siendoobjeto de una reforma en profundidad, de cara a la entrada en funcionamiento en elao 2001 del Centro Nacional de Impresin y Ensobrado.

    Asimismo, y en el mbito de la aplicacin de las nuevas tecnologas en el procedi-miento de recaudacin, se han realizado profundos estudios para la prxima introduc-cin de aplicaciones que permitan realizar por va telemtica o virtual (Internet) el pagode las deudas o bien la solicitud de aplazamientos.

    Por ltimo, y en el marco de las actuaciones especiales de lucha contra el fraudellevadas a cabo por los rganos de recaudacin, cabe mencionar la recepcin en laUnidad de Actuaciones Especiales de la Subdireccin General de Procedimientos Es-peciales de 29 expedientes con propuesta de inicio de acciones penales, procedentesde las diversas Dependencias Regionales de Recaudacin.

    E) RESULTADOS RECAUDATORIOS

    La recaudacin presupuestaria del Estado en el ao 2000 ha sido de 119.612,39millones de (19.901.828 millones de pesetas) (excluido el Captulo IX), lo que supo-ne un porcentaje de incremento del 7,3 por ciento respecto a la del ao anterior.Homogeneizadas las recaudaciones de ambos aos, la tasa de variacin aumenta del7,3 por ciento al 9,2 por ciento. De otra parte, los ingresos presupuestarios del Estadohan sido equivalentes al 19,7 por ciento del P.I.B. estimado para 2000, 0,1 puntosporcentuales inferior al alcanzado en 1999.

    Los ingresos no financieros del Estado (Captulos I al VII del Presupuesto de Ingre-sos del Estado) han ascendido en el ao 2000 a 118.811,12 millones de (19.768.507millones de pesetas), siendo su tasa de variacin respecto al ao anterior del 7,7 porciento.

    Los ingresos por Impuestos Directos del Presupuesto del Estado fueron de51.403,62 millones de (8.552.842 millones de pesetas), 4.366,62 millones de(726.545 millones de pesetas) ms que en el ao 1999, lo que equivale a una tasa de

  • 18

    variacin del 9,3 por ciento. Esta recaudacin est influida por los siguientes factores:

    a) Los ingresos por Retenciones de trabajo realizados por la Seguridad Social:2.022,47 millones de (336.511 millones de pesetas) en 2000 y 2.493,73 mi-llones de (414.922 millones de pesetas en 1999).

    b) Los ingresos por Retenciones de trabajo efectuados por las Comunidades Au-tnomas 2.714,28 millones de (451.618 millones de pesetas) en 2000 frentea 3.016,36 millones de (501.880 millones de pesetas) en 1999).

    c) Cambios en la periodicidad de las declaraciones presentadas por algunas gran-des empresas, y el pago de retribuciones extraordinarias en algunas empresas,materializadas en opciones sobre acciones; por estos factores se aumenta larecaudacin 33,30 millones de (5.541 millones de pesetas) en 1999, y se re-ducen 249, 22 millones de (41.466 millones de pesetas) en 2000.

    d) Modificaciones de los tipos legales de retencin: en arrendamientos se rebajana partir de junio de 2000 del 18 por ciento al 15 por ciento, en fondos de inver-sin a partir de julio de 2000 del 20 por ciento al 18 por ciento, y en retencionesdel capital mobiliario sobre dividendos y seguros de vida del 25 por ciento al 18por ciento.

    e) Los ingresos por Retenciones de capital mobiliario contabilizados por la Direc-cin General del Tesoro y Poltica Financiera.

    f) Menores ingresos en la cuota diferencial del Impuesto sobre la Renta de lasPersonas Fsicas de 1999, consecuencia de la aplicacin de la Ley 40/1998, connuevas reducciones por gastos, la introduccin de mnimos personales y fami-liares, la modificacin del lmite de la obligacin de no declarar y la aplicacin deuna nueva tarifa.

    g) Los ingresos procedentes de privatizaciones realizados en el Impuesto sobreSociedades, con distinta incidencia en ambos aos.

    h) Las devoluciones de retenciones de capital sobre rendimientos procedentes deDeuda Pblica contabilizadas por la Direccin General del Tesoro y Poltica Fi-nanciera.

    i) Las distintas devoluciones, ajustes con territorios forales y minoraciones reali-zadas en cada impuesto.

    Si, a efectos de la obtencin de tasas de variacin ms significativas, se tienen encuenta las anteriores homogeneizaciones (excepto las modificaciones normativas delos apartados d) y f)) el incremento pasara a ser del 9,9 por ciento.

    En este Captulo destaca el Impuesto sobre la Renta de las Personas Fsicas con

  • 19

    unos ingresos de 32.119,39 millones de (5.344.216 millones de pesetas) y una par-ticipacin del 62,5 por ciento del total de los Impuestos Directos, seguido del Impues-to sobre Sociedades con una recaudacin de 17.206,88 millones de (2.862.985 mi-llones de pesetas) y una participacin del 33,5 por ciento.

    Por Impuestos Indirectos se han recaudado 51.279,69 millones de (8.532.222millones de pesetas), 3.497,59 millones de (581.950 millones de pesetas)ms queen el ao anterior, lo que supone una tasa de variacin del 7,3 por ciento, incidida porlos siguientes factores:

    - Las devoluciones del Impuesto sobre el Valor Aadido.

    - Los ajustes realizados con el Pas Vasco y Navarra en materia de Impuesto so-bre el Valor Aadido e Impuestos Especiales de Fabricacin, consecuencia delConcierto y Convenio con esas Comunidades.

    Considerando los factores expuestos anteriormente la tasa de variacin de los Im-puestos Indirectos pasa del 7,3 por ciento al 10,8 por ciento.

    En la estructura de este Captulo destaca el Impuesto sobre el Valor Aadido, conunos ingresos de 33.399,11 millones de (5.557.144 millones de pesetas) y una par-ticipacin del 65,1 por ciento del total de los Impuestos Indirectos; le siguen en im-portancia relativa los Impuestos Especiales con unos ingresos de 16.056,35 millonesde (2.671.551 millones de pesetas) y una participacin del 31,3 por ciento.

    En el ao 2000 la participacin de los ingresos impositivos respecto a la recauda-cin total (excluido el Captulo IX), ha sido del 85,8 por ciento frente al 85,0 por cientodel ao anterior.

    Madrid, noviembre de 2002

  • 20

  • Captulo I

    La situacin a diciembrede 1999

  • 22

  • 23

    SUMARIOPginas

    1. Planteamiento .............................................................................................. 25

    2. Actuaciones normativas realizadas durante 1999........................................ 27

    3. Organizacin de la Administracin Territorial de la Hacienda Pblica en1999 ............................................................................................................. 34

    4. Medidas de gestin tributaria para combatir el fraude ................................ 36

    4.1. Medidas de gestin propiamente dichas ............................................. 36

    4.2. La actuacin inspectora en 1999.......................................................... 37

    4.3. Informtica Tributaria............................................................................ 38

    5. Comunidades Autnomas, Ciudades Autnomas y Corporaciones Loca-

    les................................................................................................................. 43

    5.1. Comunidades Autnomas .................................................................... 43

    5.1.1. Comunidades Autnomas de Rgimen Comn...................... 43

    5.1.1.1. Recursos de Financiacin Incondicionada................ 44

    5.1.1.1.1. Participacin en los ingresos del Estado 45

    5.1.1.1.2. Tributos Cedidos .................................... 47

    5.1.1.1.3. Tasas afectas a los Servicios Traspasa-dos.......................................................... 51

    5.1.1.1.4. Aplicacin del Fondo de Garanta delsistema de financiacin en el ao 1998 . 51

    5.1.1.1.5. Otros recursos de Financiacin Incon-dicionada ................................................ 56

    5.1.1.2. Recursos de Financiacin Condicionada .......... 56

    5.1.1.2.1. Fondo de Compensacin Interterritorial. 56

    5.1.1.2.2. Otros recursos de Financiacin Condi-cionada ................................................... 57

    5.1.2. Comunidades Autnomas de Rgimen Foral.......................... 59

    5.1.3. Impuestos propios y recargos sobre tributos estatales de lasComunidades Autnomas ....................................................... 60

    5.1.4. Otros recursos de financiacin de las Comunidades Autno-

    mas .......................................................................................... 62

    5.2. Ciudades Autnomas ........................................................................... 64

  • 24

    Pginas

    5.3. Corporaciones Locales ......................................................................... 64

    5.3.1. Recursos de las Haciendas Locales ................................ 64

    5.3.2. Normativa......................................................................... 68

    6. La recaudacin en 1999 ............................................................................... 68

  • 25

    CAPITULO I

    La situacin a diciembre de 1.999

    1. PLANTEAMIENTO

    Las disposiciones de naturaleza tributaria aprobadas durante el ao 1999 estuvieronorientadas, fundamentalmente, a la creacin de un marco adecuado de apoyo y estmu-lo a las empresas, con especial atencin a las pequeas y medianas empresas, al for-talecimiento del principio de seguridad jurdica, mejora de los derechos y garantas delos contribuyentes, simplificacin de las obligaciones tributarias e impulso al cumpli-miento voluntario de las obligaciones tributarias y reduccin del fraude fiscal, al cum-plimiento de los criterios de convergencia, potenciacin del empleo, reactivacin de laactividad econmica y reduccin del dficit pblico, a la culminacin de la reforma dela imposicin directa, con una reduccin clara de la presin fiscal individual y a la aper-tura de la economa espaola y armonizacin con la normativa comunitaria.

    En el primer grupo de medidas dirigidas a la creacin de un marco adecuado deapoyo y estmulo a las empresas, con especial atencin a las pequeas y medianasempresas se deben mencionar las siguientes disposiciones:

    La Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas ydel Orden social.

    El Real Decreto 2060/1999, de 30 de diciembre, por el que se modifican de-terminados artculos del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades en ma-teria de inscripcin en el ndice de entidades, pagos a cuenta y valoracinprevia de gastos correspondientes a proyectos de investigacin cientfica ode innovacin tecnolgica.

    El Real Decreto 1704/1999, de 5 de noviembre, por el que se determinan losrequisitos y condiciones de las actividades empresariales y profesionales yde las participaciones en entidades para la aplicacin de las exenciones co-rrespondientes en el Impuesto sobre el Patrimonio.

    En el segundo grupo de medidas dirigidas al fortalecimiento del principio de segu-ridad jurdica, la mejora de los derechos y garantas de los contribuyentes, as como ala simplificacin de las obligaciones tributarias, con el consiguiente impulso al cum-plimiento voluntario de las mismas y a la reduccin del fraude fiscal se pueden desta-car:

  • 26

    El Real Decreto 1108/99, de 25 de junio, por el que se regula el sistema decuenta corriente en materia tributaria.

    El Real Decreto 1965/1999, de 23 de diciembre, por el que se modifica elReglamento de los Impuestos Especiales.

    El Real Decreto 1966/1999, de 23 de diciembre, por el que se modifican eintroducen diversas normas tributarias y aduaneras para su adaptacin a laintroduccin del euro durante el perodo transitorio.

    En el tercer grupo de medidas dirigidas al cumplimiento de los criterios de conver-gencia, potenciacin del empleo, reactivacin de la actividad econmica y reduccindel dficit pblico se encuentran las siguientes disposiciones:

    La Ley 54/1999, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estadopara el ao 2000.

    La Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas ydel Orden social.

    Respecto al cuarto grupo de medidas dirigidas a la culminacin de la reforma de laimposicin directa, con una reduccin clara de la presin fiscal individual se puedenmencionar las siguientes disposiciones:

    El Real Decreto 214/1999, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Regla-mento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fsicas

    El Real Decreto 215/1999, de 5 de febrero, por el que se modifican los Re-glamentos de Planes y Fondos de Pensiones, del Impuesto sobre Socieda-des y del Impuesto sobre el Valor Aadido y otras normas tributarias.

    El Real Decreto 1968/1999, de 23 de diciembre, por el que se modifican de-terminados artculos del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de lasPersonas Fsicas, del Impuesto sobre la Renta de no Residentes y del Re-glamento de Planes y Fondos de Pensiones, en materia de dietas, obligacinde declarar, pagos a cuenta y obligaciones de informacin.

    En el quinto grupo de medidas tendentes a la apertura de la economa espaola yla armonizacin con la normativa comunitaria se deben mencionar las siguientes dis-posiciones:

    El Real Decreto-Ley 10/1999, de 11 de junio, por el que se deroga la exen-cin del IVA de las entregas de bienes efectuadas en las tiendas libres deimpuestos a viajeros con destino a otros Estados miembros de la Comuni-dad Europea.

  • 27

    El Real Decreto 326/1999, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Re-glamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

    El Real Decreto 1677/1999, de 29 de octubre, por el que se modifica el RealDecreto 2538/1994, de 29 de diciembre, por el que se dictan normas de de-sarrollo relativas al Impuesto General Indirecto Canario y al Arbitrio sobre laProduccin e Importacin en las Islas Canarias, creados por la Ley 20/1991,de 7 de junio.

    A continuacin se recogen, de forma ms detallada, las actuaciones normativasacometidas en el ao 1.999.

    2. ACTUACIONES NORMATIVAS REALIZADAS DURANTE 1999

    Entre las disposiciones tributarias dirigidas a la creacin de un marco adecuado deapoyo y estmulo a las empresas, con especial atencin a las pequeas y medianasempresas se deben destacar, en primer lugar, las modificaciones introducidas por laLey 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Ordensocial. En particular, se modifican los artculos 33 y 35 y la Disposicin adicional de-cimoquinta de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades,para regular algunas de las medidas ms importantes en lo que se refiere al objetivosealado, como son el aumento de los beneficios fiscales para las inversiones en ac-tividades de investigacin cientfica e innovacin tecnolgica, para la inversin en ve-hculos menos contaminantes y para la renovacin de la flota mercante.

    Entre los aspectos principales de la nueva regulacin del denominado "I+D+i" (In-vestigacin, Desarrollo e Innovacin), se pueden destacar el aumento del porcentajede deduccin por la realizacin de actividades de investigacin y desarrollo, la previ-sin de una deduccin adicional del 10 por 100 de los gastos de personal correspon-dientes a investigadores cualificados adscritos en exclusiva a actividades de investi-gacin y desarrollo y de los gastos correspondientes a proyectos de investigacin ydesarrollo contratados con Universidades, Organismos Pblicos de Investigacin oCentros de Innovacin o Tecnologa, la ampliacin del concepto de "investigacin", laintroduccin del concepto de "innovacin tecnolgica y la elevacin del lmite de lasdeducciones al que se refiere el artculo 37.1 de la Ley del Impuesto sobre Socieda-des.

    Para fomentar la inversin en vehculos menos contaminantes, se introduce unadeduccin del 10 por 100 de las inversiones realizadas en la adquisicin de nuevosvehculos industriales o comerciales de transporte por carretera, slo por aquella partede la inversin que reglamentariamente se determine que contribuye de manera efec-tiva a la reduccin de la contaminacin atmosfrica.

    En cuanto a los incentivos fiscales para la renovacin de la flota mercante, se su-primen dos requisitos para la amortizacin acelerada de los buques, embarcaciones yartefactos navales.

  • 28

    En segundo lugar, respondiendo al objetivo de apoyo y estmulo a las empresas,se debe mencionar el Real Decreto 2060/1999, de 30 de diciembre, por el que semodifican determinados artculos del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades enmateria de inscripcin en el ndice de entidades, pagos a cuenta y valoracin previa degastos correspondientes a proyectos de investigacin cientfica o de innovacin tec-nolgica.

    Con este Real Decreto, por un lado, en relacin con la deduccin por inversionesen actividades de investigacin cientfica e innovacin tecnolgica, se aade un nuevocaptulo al Reglamento del Impuesto sobre Sociedades en el que se regula detallada-mente el procedimiento a seguir en los acuerdos previos de valoracin de gastos co-rrespondientes proyectos de innovacin tecnolgica e investigacin cientfica y, porotro, se introducen modificaciones en materia de retenciones a cuenta del Impuestode Sociedades.

    En tercer lugar, el Real Decreto 1704/1999, de 5 de noviembre, por el que se de-terminan los requisitos y condiciones de las actividades empresariales y profesionalesy de las participaciones en entidades para la aplicacin de las exenciones correspon-dientes en el Impuesto sobre el Patrimonio, dentro de la lnea de apoyo a la continui-dad y desarrollo de la empresa familiar iniciada en aos anteriores, desarrolla la exen-cin del artculo 4.octavo.uno de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre elPatrimonio, ampliando el mbito de la exencin a los bienes y derechos empleados enla actividad profesional y a los comunes de ambos cnyuges que se utilicen en el de-sarrollo de la actividad empresarial o profesional de cualquiera de ellos y tambin a lasparticipaciones significativas que cotizan en mercados organizados.

    En el segundo grupo de medidas dirigidas al fortalecimiento del principio de segu-ridad jurdica, la mejora de los derechos y garantas de los contribuyentes, as como ala simplificacin de las obligaciones tributarias, con el consiguiente impulso al cum-plimiento voluntario de las mismas y a la reduccin del fraude fiscal se pueden desta-car las siguientes disposiciones:

    El Real Decreto 1108/1999, de 25 de junio, por el que se regula el sistema decuenta corriente en materia tributaria, con el que se pretende dar un paso ms en elobjetivo de simplificar y de facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fis-cales por los contribuyentes. La finalidad de la cuenta corriente tributaria es evitar lospagos y cobros continuos mediante la extincin por compensacin de los crditos ydeudas tributarias a los que resulte de aplicacin el sistema, que un mismo sujeto pa-sivo tenga con la Hacienda Pblica.

    En segundo lugar, cabe citar el Real Decreto 1965/1999, de 23 de diciembre, por elque se modifica el Reglamento de los Impuestos Especiales, con el que se pretendeevitar fraudes en el IVA basados en envos ficticios de bebidas alcohlicas de alta gra-duacin a otros Estados Miembros de la Unin Europea; se procede a fijar explcita-mente los plazos en los cuales los procedimientos relativos a las devoluciones previs-tas en la Ley de Impuestos Especiales deben resolverse, con lo cual se avanza en la

  • 29

    seguridad jurdica y en la certidumbre que precisan en su actividad los operadoreseconmicos que son beneficiarios de estas devoluciones; se limita con mayor claridady precisin el contenido del rgimen de intervencin previsto en los artculos 15 y 18de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales; y se introducenotras modificaciones de carcter tcnico que, por razones de simplificacin o de re-forzamiento del control, vienen aconsejadas por la experiencia en la aplicacin de losImpuestos Especiales.

    Finalmente, se debe mencionar en este grupo de normas tributarias aprobadas enel ao 1999, el Real Decreto 1966/1999, de 23 de diciembre, por el que se modificane introducen diversas normas tributarias y aduaneras para su adaptacin a la introduc-cin del euro durante el perodo transitorio, con el que se realiza un desarrollo norma-tivo general de la Ley 46/1998, de 17 de diciembre, sobre introduccin del euro parafacilitar la implantacin de la moneda nica en el mbito tributario y para evitar la in-corporacin en cada norma de contenido tributario de referencias aisladas al impactodel euro en las obligaciones fiscales, en aras de una mayor seguridad jurdica para loscontribuyentes.

    En el tercer grupo de medidas dirigidas al cumplimiento de los criterios de conver-gencia, potenciacin del empleo, reactivacin de la actividad econmica y reduccindel dficit pblico, con la Ley 54/1999, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generalesdel Estado para el ao 2000, se actualizan determinados parmetros con la finalidad deconsolidar para el prximo ejercicio el cumplimiento de los criterios de convergencia y,en particular, el de proseguir en el objetivo de reduccin del dficit pblico.

    De acuerdo con ello, se revisan los coeficientes de actualizacin para el caso detransmisin de bienes inmuebles no afectos a actividades econmicas en el mbitodel Impuesto sobre la Renta de las Personas Fsicas, se deflactan las tarifas estatal yautonmica del IRPF, se actualiza la tarifa del Impuesto sobre el Patrimonio al mismotipo y se establece el mnimo exento en 18.000.000 de pesetas, se actualizan las re-ducciones aplicables a la base liquidable del Impuesto sobre Sucesiones y Donacio-nes y la escala relativa a las transmisiones y rehabilitaciones de ttulos de grandezadel Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurdicos Documentados.

    Es de destacar, por otra parte, la reduccin del tipo del IVA al 7 por 100 a los servi-cios de peluquera y, en su caso, servicios complementarios, as como a las obras dealbailera realizadas en edificios o partes de los mismos destinados a vivienda, condeterminados requisitos, medida dirigida a fomentar el empleo en este tipo de servi-cios de gran intensidad de mano de obra.

    Asimismo, se reduce al 7 por 100 el tipo de IVA de otras entregas de bienes o pres-taciones de servicios, como las ventas con instalacin de armarios de cocina y de baoy de armarios empotrados para las edificaciones destinadas principalmente a vivien-das, los servicios prestados a personas fsicas que practiquen el deporte o la educa-cin fsica, o los servicios de recogida, almacenamiento, transporte, valorizacin oeliminacin de residuos, limpieza de alcantarillados pblicos y desratizacin de los

  • 30

    mismos y la recogida o tratamiento de las aguas residuales, con determinados requi-sitos.

    Por otro lado, se eleva al 5 por 100 la compensacin a tanto alzado aplicable en elrgimen especial de la agricultura, ganadera y pesca.

    Finalmente, es necesario hacer una especial mencin a la modificacin realizadapor la Ley 54/1999 en el sistema de asignacin tributaria a la Iglesia Catlica y a otrosfines de inters social, de forma que los contribuyentes que as lo deseen puedanmanifestar su voluntad de destinar su asignacin a ambas opciones o a una de ellas.

    En segundo lugar, se destaca la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fis-cales, Administrativas y del Orden Social, Ley que permite tambin la ejecucin delprograma econmico del Gobierno en cuanto al logro de sus objetivos. Dentro de lasmedidas incorporadas en esta ley se pueden destacar, entre otras:

    En el mbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fsicas, como medidade fomento del empleo, y en lo que se refiere a la determinacin del rendimiento netode las actividades econmicas dentro del rgimen de estimacin objetiva, se eleva lareduccin por aumento de plantilla y, por otro lado, se limita la cuanta de los rendi-mientos del trabajo obtenidos de forma irregular en el tiempo sobre la que es aplica-ble la reduccin del 30 por 100, no pudiendo sobrepasar el importe que resulte demultiplicar el salario medio anual del conjunto de los declarantes en el Impuesto sobrela Renta de las Personas Fsicas por el nmero de aos de generacin del rendimien-to.

    Merece tambin una especial mencin la aclaracin del rgimen fiscal en el mbi-to del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fsicas de los seguros denominados"unit linked", que han despertado gran inters en los inversores.

    En cuanto al Impuesto sobre Sociedades, se introducen una serie de medidas anti-fraude que tratan de compensar la disminucin de tributacin que se produce cuandouna sociedad cambia de una forma jurdica a otra con un tipo menor o con no suje-cin.

    Se modifica en el rgimen tributario de las sociedades transparentes, a efectos delcmputo de los valores o de los elementos no afectos a actividades empresariales oprofesionales y se introducen una serie de ajustes tcnicos en el rgimen de com-pensacin de las bases imponibles negativas y se ampla el plazo para compensar lascuotas negativas establecido en la Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre rgimenfiscal de las cooperativas.

    En lo que se refiere al Programa PREVER, en cuanto medida de estmulo a la reno-vacin del parque de vehculos y de proteccin del medio ambiente, se ampla el con-cepto de automvil de turismo usado.

  • 31

    En lo que se refiere al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones se introduce unanueva reduccin, de forma que cuando en la base imponible correspondiente a unaadquisicin "mortis causa" del cnyuge, descendientes o adoptados de la persona fa-llecida se incluyeran bienes comprendidos en los apartados uno, dos o tres del artcu-lo 4 de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio, en cuanto integrantes del PatrimonioHistrico o Cultural de las Comunidades Autnomas o del Patrimonio Histrico Espa-ol, se aplicar una reduccin del 95 por 100 de su valor.

    Asimismo, se establece una reduccin del 95 por 100 en el caso de donacin a fa-vor del cnyuge, descendientes o adoptados de los bienes a los que se refiere elapartado anterior, con la condicin de que el donante tenga sesenta y cinco o msaos o se encuentre en situacin de incapacidad permanente, en grado de absoluta ogran invalidez y de que el donatario mantenga la adquisicin y tenga derecho a laexencin en el Impuesto sobre el Patrimonio durante los diez aos siguientes a la fe-cha de la escritura pblica de donacin, salvo que falleciera dentro de ese plazo

    En el mbito del Impuesto sobre el Valor Aadido, se introduce, por exigencias dela legislacin comunitaria, un nuevo rgimen especial, el del oro de inversin, que secaracteriza por la exencin de las entregas, adquisiciones intracomunitarias e importa-ciones de oro de inversin y de los servicios de mediacin en las operaciones exen-tas, prestados en nombre y por cuenta ajena, existiendo la posibilidad de renunciar alas exenciones anteriores, con determinados requisitos.

    Se modifican las deducciones en el rgimen de los objetos de arte, las antigeda-des y los objetos de coleccin, el tratamiento de las subvenciones a efectos de de-terminar la prorrata, se suprime el rgimen de determinacin proporcional de basesimponibles y se precisa en los supuestos de transmisin de la totalidad o parte de unpatrimonio empresarial o profesional el clculo del volumen de operaciones realizadaspor el sujeto pasivo a efectos de su tributacin en el IVA. Finalmente, con el objeto deadaptar la normativa del IVA al nuevo plazo de prescripcin de 4 aos introducido porla Ley 1/1998, de 26 de febrero, de Derechos y Garantas del Contribuyente, se esta-blece la reduccin a 4 aos del plazo de 5 aos en los casos de rectificacin de lascuotas impositivas repercutidas, ejercicio del derecho a la deduccin, caducidad delderecho a la deduccin y rectificacin de deducciones.

    En cuanto a la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de IncentivosFiscales a la Participacin Privada en actividades de Inters General, dentro de los re-quisitos que han de concurrir para entender que las explotaciones econmicas coinci-den con el objeto o finalidad especfica de la entidad, se exige que no produzcan "dis-torsiones en la competencia" en relacin con empresas que realicen la misma activi-dad.

    Por otra parte, se establece la exencin de las explotaciones econmicas cuandoconsistan en actividades de asistencia social exentas conforme al artculo 20.uno.8de la Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Aadido, se ampla en el mbito de lasdeducciones en la cuota del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fsicas y del

  • 32

    Impuesto sobre Sociedades, la deduccin del 20 por 100 a la donacin de todo tipo debienes que formen parte del activo de la entidad donataria y se establecen una seriede actividades y programas que, por ser considerados mecenazgo prioritario, van adar derecho a una deduccin del 25 por 100 en la cuota del Impuesto sobre la Rentade las Personas Fsicas o van a tener la consideracin de partida deducible en el Im-puesto sobre Sociedades.

    Finalmente, hay que resaltar la regulacin del rgimen de incentivos fiscales apli-cables a "Salamanca Capital Europea de la Cultura 2002", de forma similar al estable-cido con ocasin de otras celebraciones similares.

    En el cuarto grupo de medidas dirigidas a la culminacin de la reforma de la impo-sicin directa, con una reduccin clara de la presin fiscal individual se puede mencio-nar el Real Decreto 214/1999, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamentodel Impuesto sobre la Renta de las Personas Fsicas, que tiene por objeto culminar lareforma iniciada por la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Rentade las Personas Fsicas.

    En este grupo tambin se debe citar el Real Decreto 215/1999, de 5 de febrero,por el que se modifican los Reglamentos de Planes y Fondos de Pensiones, del Im-puesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre el Valor Aadido y otras normas tribu-tarias, con el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aa-diendo la obligacin de realizar un pago a cuenta por el propio transmitente en deter-minados supuestos de transmisiones de acciones o de participaciones en Institucio-nes de Inversin Colectiva, en determinados casos, se modifican varios preceptosdel Reglamento del IVA, precisndose la regla de localizacin de los servicios presta-dos por los organizadores de ferias comerciales y se modifica el mbito subjetivo deaplicacin de los regmenes especiales simplificado y de la agricultura, ganadera ypesca en relacin con la aplicacin de un volumen de operaciones mximo, en cohe-rencia con el rgimen de estimacin objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Per-sonas Fsicas.

    Asimismo se aade una disposicin al Real Decreto 2402/1985, de 18 de diciem-bre, por el que se regula el deber de expedir y entregar factura que incumbe a losempresarios y profesionales, en la que se establecen normas especiales en relacincon las obligaciones formales relativas al suministro de electricidad con la interven-cin del operador de mercado y se regula la obligacin de informar acerca de deter-minadas operaciones con Deuda del Estado y las obligaciones de colaboracin de lasinstituciones de crdito.

    Finalmente, se completa el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones en rela-cin con el rgimen jurdico y fiscal de los Planes y Fondos de Pensiones en los su-puestos de enfermedad grave y paro de larga duracin y en los constituidos a favor depersonas con minusvala.

    En tercer lugar, a este grupo de medidas responde tambin el Real Decreto

  • 33

    1968/1999, de 23 de diciembre, por el que se modifican determinados artculos delReglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fsicas, del Impuesto sobrela Renta de no Residentes y del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, enmateria de dietas, obligacin de declarar, pagos a cuenta y obligaciones de informa-cin, Real Decreto con el que se actualiza el importe exonerado de gravamen por de-terminados gastos de manutencin, se desarrolla la regulacin de la obligacin de de-clarar y se simplifican las obligaciones de informacin de las entidades gestoras deinstituciones de inversin colectiva y el establecimiento de obligaciones de informa-cin a los perceptores de los premios exentos.

    En materia de retenciones a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las PersonasFsicas, se establece una retencin del 18 por 100 para todos los rendimientos del ca-pital mobiliario; se reduce al 18 por 100 el tipo de retencin aplicable a las relacioneslaborales especiales de carcter dependiente, a los rendimientos derivados de activi-dades profesionales, a los rendimientos derivados de impartir cursos, conferencias,coloquios, seminarios y similares, o derivados de la elaboracin de obras literarias, ar-tsticas o cientficas, siempre que se ceda el derecho a su explotacin, a los premioscalificables como ganancias patrimoniales, y a los rendimientos del artculo 70.2.b) delReglamento del Impuesto, excepto los derivados de la cesin del derecho a la ima-gen; se suprimen las reglas especiales de cuantificacin del importe de las retribucio-nes para el clculo del tipo de retencin correspondiente a determinados tripulantesde embarcaciones de pesca; se aaden a las rentas sometidas a retencin o ingreso acuenta a los rendimientos derivados de actividades forestales y se establecen normasespecficas relativas a las mismas, ya que en el ao 2000 van a poder tributar en elrgimen de estimacin objetiva; y se adapta el sistema de clculo de las retenciones alos tipos de las nuevas tarifas para el ao 2000.

    Se introducen modificaciones en las obligaciones de informacin a cargo de las en-tidades gestoras de fondos de pensiones, los promotores de planes de pensiones, lasempresas o entidades acogidas a sistemas alternativos de previsin social y las mu-tualidades de previsin social.

    Se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes con elobjeto de posibilitar el desarrollo del procedimiento aplicable para hacer efectiva laprctica o la exclusin de retencin sobre los rendimientos derivados de la emisin devalores negociables.

    Asimismo, dentro del marco de apoyo a la familia y a los discapacitados, la ya cita-da Ley 54/1999, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado introduceuna reduccin en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para las adquisicionesefectuadas por personas que acrediten en grado de minusvala igual o superior al 65por 100 y la tambin citada Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales,Administrativas y del Orden Social permite que la deduccin por vivienda habitual porobras de acondicionamiento de la misma para minusvlidos no slo la disfrute el pro-pio contribuyente minusvlido sino tambin el cnyuge, ascendientes o descendien-tes que convivan con l, si son los que efectan tales inversiones. Asimismo, se es-tablece que las disposiciones especficas contenidas en la normativa tributaria a favor

  • 34

    de las personas discapacitadas con minusvala igual o superior al 65 por 100 sern deaplicacin a los minusvlidos cuya incapacidad se declare judicialmente, aunque noalcance dicho grado.

    En el quinto grupo de medidas tendentes a la apertura de la economa espaola yla armonizacin con la normativa comunitaria se deben mencionar las siguientes dis-posiciones:

    El Real Decreto-Ley 10/1999, de 11 de junio, por el que se deroga la exen-cin del IVA de las entregas de bienes efectuadas en las tiendas libres deimpuestos a viajeros con destino a otros Estados miembros de la Comuni-dad Europea, derogacin que viene motivada por el cumplimiento del plazode vigencia de la misma.

    El Real Decreto 326/1999, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Re-glamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, que contiene lasdisposiciones reglamentarias de desarrollo relativas a la tributacin de lasrentas obtenidas con establecimiento permanente y sin mediacin del mis-mo, las relativas al rgimen de pagos a cuenta del Impuesto sobre la Rentade no Residentes y regula los aspectos reglamentarios del Gravamen Espe-cial sobre Bienes Inmuebles de Entidades no Residentes, en materia deobligaciones formales y de aplicacin de las exenciones, y el rgimen opcio-nal para contribuyentes residentes en otros Estados Miembros de la UninEuropea.

    El Real Decreto 1677/1999, de 29 de octubre, por el que se modifica el RealDecreto 2538/1994, de 29 de diciembre, por el que se dictan normas de de-sarrollo relativas al Impuesto General Indirecto Canario y al Arbitrio sobre laProduccin e Importacin en las Islas Canarias, creados por la Ley 20/1991,de 7 de junio.

    Esta modificacin se ha hecho necesaria para adaptar la norma anteriormente cita-da a las correlativas reformas producidas en el Impuesto sobre el Valor Aadido porexigencias de la armonizacin comunitaria y en el Impuesto sobre la Renta de las Per-sonas Fsicas. As, por una parte, se precisa la regla de localizacin de los servicios deorganizacin de ferias comerciales y, por otra, se produce una delimitacin del mbitosubjetivo para la aplicacin del rgimen simplificado de Impuesto General IndirectoCanario en relacin con el volumen de operaciones mximo que permite la aplicacindel referido rgimen, en coherencia con lo previsto a efectos de la aplicacin del r-gimen de estimacin objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fsicas.

    3. ORGANIZACIN DE LA ADMINISTRACIN TERRITORIAL DE LA HACIENDA PUBLICA EN 1999

    El Ministerio de Economa y Hacienda, de acuerdo con el Real Decreto de Estruc-

  • 35

    tura Orgnica 1.884/1996, de 2 de agosto, tiene cinco reas con unidades funcionalesque se corresponden con sus cuatro Secretaras de Estado; Hacienda, Presupuestos yGastos, Economa y Comercio, Turismo y Pequea y Mediana Empresa; as como conla Subsecretara que adems de ocuparse de los servicios horizontales, dispone de unmbito funcional propio.

    Aprobada la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organizacin y Funcionamiento de laAdministracin General del Estado (LOFAGE), su artculo 33 establece que tendrn elcarcter de servicios no integrados aquellos en que por las singularidades de sus fun-ciones o por el volumen de gestin, resulte aconsejable su dependencia directa de losrganos centrales correspondientes en aras de una mayor eficacia de sus actuacio-nes.

    Con la publicacin del Real Decreto 390/1998 de 13 de marzo y la Orden de 18 denoviembre de 1999, se completa y desarrolla la organizacin de los servicios perifri-cos del Ministerio de Economa y Hacienda, anteriormente regulados en el Real De-creto 1.884/1996, de 2 de agosto, como servicios no integrados en las Delegacionesdel Gobierno.

    El proceso de concentracin de competencias econmicas en el Ministerio haconvertido a sus Delegaciones en rganos territoriales no slo de la Hacienda Pblicano tributaria y aduanera, sino tambin en rganos territoriales de la AdministracinEconmica General del Estado.

    Los Tribunales Econmico Administrativos han mantenido su estructura diferen-ciada, consecuencia de la separacin de funciones de gestin y de resolucin de re-clamaciones.

    De este modo, la Administracin Territorial del Ministerio de Economa y Haciendadispona a 31 de diciembre de 1999 de la siguiente estructura bsica; cuyos dos pri-meros elementos son estrictamente de Hacienda Pblica y el ltimo tiene carctermixto.

    a) Las Delegaciones Especiales y Provinciales de la Agencia Estatal de Adminis-tracin Tributaria, integradas por los diversos servicios territoriales con compe-tencias tributarias y aduaneras, incluidas las Administraciones de Hacienda y deAduanas y las unidades territoriales del Servicio de Vigilancia Aduanera.

    b) Los Tribunales Econmico-Administrativos Regionales y Locales, que atiendenal principio de separacin de las funciones tributarias entre el orden de gestiny el de resolucin de reclamaciones contra los actos de gestin, como conse-cuencia de lo previsto en el artculo 90 de la Ley General Tributaria. Las mate-rias de las que conocen estn recogidas en la Ley de Bases 39/1980 de 5 de ju-lio, en el Real Decreto legislativo 2795/1980 de 12 de diciembre y disposicionesque lo modifican, que aparecen refundidas en el artculo 3 del Real Decreto391/1996, de 1 de marzo, sobre Reglamento de Procedimiento en las reclama-

  • 36

    ciones econmico-administrativas. En dicho Reglamento se establecen lascompetencias y organizacin de los Tribunales Economomico-AdministrativosRegionales y Locales y en estos aspectos tuvo su ltima modificacin por Or-den del Ministerio de Economa y Hacienda de 26 de junio de 1996.

    c) Las Delegaciones de Economa y Hacienda, que conforme al art. 26.3 del RealDecreto 1884/1996, ejercen en su mbito territorial, las competencias genera-les del Departamento, salvo las atribuidas a la Agencia Estatal de Administra-cin Tributaria y las asignadas expresamente a los rganos centrales del Minis-terio y cuyas funciones y estructura orgnica estn reguladas por el Real Decre-to 390/1998, de 13 de marzo.

    Las Delegaciones de Economa y Hacienda dependen de la Subsecretara de Eco-noma y Hacienda, aunque mantienen su dependencia funcional de los rganos supe-riores o Centros directivos del Departamento por la razn de las materias objeto de suactuacin.

    Existe Delegacin de Economa y Hacienda en todas las capitales de provincia, ascomo en Ceuta y Melilla.

    Las Delegaciones con sede en la capital de las Comunidades Autnomas tienencarcter de Especiales y asumen, en su caso, adems de sus competencias las fun-ciones de direccin, impulso y coordinacin de las restantes del mbito territorial de laComunidad.

    Los Delegados ostentan la representacin del Ministro y dirigen todas las unidadesadministrativas de la Delegacin con dependencia funcional de los Centros directivos,asumen la jefatura de todo el personal y constituyen el cauce de relacin con el Minis-terio de Economa y Hacienda, as como, sin perjuicio de las competencias atribuidasa los Delegados y Subdelegados del Gobierno, con las restantes AdministracionesPblicas u otros rganos de la Administracin del Estado. Los Delegados Especialesde las Comunidades Autnomas pluriprovinciales ejercen adems bajo la superior au-toridad del Subsecretario de Economa y Hacienda, la direccin de las Delegacionesde Economa y Hacienda de su mbito territorial.

    4. MEDIDAS DE GESTIN TRIBUTARIA PARA COMBATIR EL FRAUDE

    4.1. MEDIDAS DE GESTIN PROPIAMENTE DICHAS

    Uno de los objetivos de la A.E.A.T., y por lo tanto del Departamento de Gestin, esconseguir que los sujetos pasivos cumplan, adecuadamente sus obligaciones fiscalesen perodo voluntario. Para ello, el Departamento de Gestin cuenta con dos reasfundamentales:

  • 37

    Informacin y asistencia al contribuyente.

    Verificacin y control.

    En el rea de Verificacin y Control se realizan una serie de actuaciones para com-batir el fraude que se pueden concretar en:

    Depuracin censal. Anualmente se elaboran y coordinan diferentes campa-as tendentes a conseguir la mejora y actualizacin permanente de los cen-sos fiscales para que estos sean un instrumento eficaz que permita la de-teccin inmediata de los contribuyentes que incumplan sus obligaciones tri-butarias.

    Control del cumplimiento de obligaciones. En el ao 1999 se realizaron di-versas actuaciones materializadas en la presentacin de autoliquidacionesprevio requerimiento y en la prctica de liquidaciones provisionales, por unimporte global de 251.629 millones de pesetas.

    4.2. LA ACTUACIN INSPECTORA EN 1999

    Los resultados de la Inspeccin de los Tributos durante 1999 estuvieron marcadospor un importante logro de los objetivos plasmados en el Plan Nacional de Inspeccinpara ese ao, dentro de los objetivos generales de la Agencia Tributaria, siguiendo lasdirectrices del Programa Director del Control Tributario y del Plan General de ControlTributario.

    La Inspeccin de los Tributos continu la realizacin de comprobaciones selecti-vas, dirigiendo fundamentalmente sus esfuerzos hacia sectores donde se concentra-ban, en mayor medida, las conductas defraudatorias. Las actuaciones ms significati-vas se orientaron fundamentalmente a la ejecucin de los programas referentes a lainvestigacin y comprobacin de tramas de fraude fiscal organizado, ejecucin de losprogramas referentes a la comprobacin del I.V.A., fraude vinculado a operaciones decomercio exterior, actividades y operaciones ocultas, deslocalizacin de sujetos pasi-vos, parasos fiscales, blanqueo de capitales y actualizacin de balances, entre otros.

    Los resultados globales de la Inspeccin de los Tributos en el ao 1999 fueron lossiguientes: 38.084 contribuyentes comprobados, a los que se les instruyeron 97.449actas (se incluyen 31.504 actas A51 correspondientes a los expedientes sancionado-res) por un importe total de 2.652,63 millones de (441.360,14 millones de pesetas).

    Adems de las actuaciones anteriores, la Inspeccin realiz un importante trabajoen otras reas que suponen un gran esfuerzo en la lucha contra el fraude fiscal. Entreestas actuaciones destacaron fundamentalmente, las llevadas a cabo en materia dedelito contra la Hacienda Pblica. En este apartado se tramitaron al Ministerio Fiscal737 expedientes de delito contra la Hacienda Pblica (691 correspondieron a delitofiscal y 46 a delito contable) con una cuota efectiva de 504,52 millones de

  • 38

    (83.945,43 millones de pesetas). La deuda equivalente que esta cuota representa aefectos de objetivos, es decir, la deuda que se hubiera materializado en actas si stasse hubiesen finalizado administrativamente, asciende a 732,82 millones de(121.931,40 millones de pesetas).

    Otras actuaciones que contribuyeron en la lucha contra el fraude fueron las com-probaciones realizadas en materias tales como la minoracin de devoluciones solicita-das, minoracin de bases imponibles a compensar o ajustes en tributacin consolida-da, resultando de estas actuaciones un importe de 726,76 millones de (120.923 mi-llones de pesetas) que, aunque no se integraron en el concepto de deuda instruida,constituyeron una reduccin de los crditos tributarios declarados por los contribuyen-tes.

    La integracin de los datos anteriores determinaron un resultado global del rea deinspeccin en la lucha contra el fraude de 4.112,21 millones de (684.214,54 millo-nes de pesetas) en el ejercicio 1999.

    Los resultados de 1999 cumplieron los objetivos marcados en el Plan Nacional deInspeccin, producindose un importante avance en la erradicacin del fraude tributa-rio cualificado.

    4.3. INFORMTICA TRIBUTARIA

    Durante 1.999 se continu con la mejora de las aplicaciones existentes adecundo-las al Efecto 2.000, se implant el nuevo procedimiento de I.R.P.F por INTERNETas como la presentacin telemtica de determinadas declaraciones periodicas de lasPYMES.

    Adems se mantiene en 1999 la estrecha colaboracin de la Agencia Tributariacon otros organismos de la Administracin del Estado ( I.N.E.M, I.N.S.S...), en el m-bito de sus competencias ( prestaciones, perceptores...), y con las CC.AA sobre inter-cambio de informacin en desarrollo de los acuerdos adoptados por la Comisin Mixtade Coordinacin de la Gestin Tributaria.

    Cabe destacar algunas mejoras en el tratamiento de las aplicaciones informticasdurante 1999 en las distintas reas de gestin:

    En primer lugar, en el rea de aplicaciones para la gestin de los tributos internos,el Sistema Integrado de Recaudacin S.I.R se adapt a la Instruccin 1/99 de laDireccin de la Agencia en materia de ejecucin de las resoluciones de los rganoseconmico administrativos y judiciales y a la nueva aplicacin de Gestin de Notifica-ciones. Tambin se efectuaron numerosos ajustes en los procesos masivos de em-bargo.

    En el entorno de la B.D.P-Declaraciones Fiscales, durante el pasado ao se inici eltratamiento de las declaraciones del Impuesto sobre Sociedades con cdigo PDF y

  • 39

    la utilizacin del documento modelo 349 de operaciones intracomunitarias expresa-do en euros.

    En materia del rea de Aduanas e II.EE destac el aumento significativo en la gra-bacin de declaraciones de Comercio Exterior y de los Impuestos Especiales respectode la del ao precedente, obtenindose datos estadsticos mensuales de comercioexterior a travs de INTERNET. Los principales avances que se produjeron en las apli-caciones para la gestin de Aduanas e Impuestos Especiales son, entre otros, los si-guientes:

    Base Unificada de Datos de Aduanas B.U.D.A -: Se facilit el cumplimiento delas obligaciones formales a travs de un notable crecimiento en el intercambioelectrnico de datos, mediante los D.U.As de exportacin e importacin, incorpo-rndose nuevos documentos al sistema de Intercambio Electrnico de Datos E. D. I - as como la posibilidad de presentacin de autoliquidaciones porINTERNET de los modelos de II.EE y el modelo 380 ( I.V.A asimilado a la impor-tacin).

    Mejor la efectividad de la lucha contra el fraude a travs de la aplicacinSCENT para el intercambio de informacin entre las distintas AdministracionesAduaneras y su conexin con las Comunidades Europeas.

    Adems se procedi a la instalacin de la nueva aplicacin de viajeros que realiza,de forma instantnea on line la liquidacin de los derechos de la mercancadeclarada por el viajero en funcin de la informacin existente en el TARIC alrealizarse la grabacin del documento aduanero.

    Tambin se mejoraron las normas de cumplimentacin de documentos de acom-paamiento sobre circulacin de productos objeto de II.EE de fabricacin. Comoconsecuencia, se incluyeron en el Intercambio Electrnico de Datos E.D.I - lasoperaciones realizadas con los principales operadores del sector de hidrocarburosy la elaboracin de un programa de ayuda modelo 500/503 para aquellos obli-gados a presentar en soporte magntico la informacin de los documentos de cir-culacin.

    Se adopt el nuevo procedimiento de domiciliacin simplificado entre el operadorautorizado y la respectiva Aduana, con el fin de disponer de una mejor informa-cin en tiempo real, mediante el intercambio de mensajes EDIFACT y su pos-terior censo de documentos presentados por los operadores y sus validacionesprocedentes.

    Durante 1.999 se continu con el desarrollo coordinado para el traspaso automti-co de datos existentes del B.U.D.A al AUDITOR de forma periodica y auto-mtica, con una mayor fiabilidad e incremento de calidad en la informacin final,frente a la carga manual de datos que se realizaba con anterioridad.

    Respecto al comercio entre Espaa y el resto de pases de la Unin Europea, con

  • 40

    el fin de dotar de mayor agilidad al tratamiento y su posterior validacin de las de-claraciones Intrastat de comercio intracomunitario presentadas en soporte mag-ntico, se estableci un sistema de validacin on line de las mismas desde lasoficinas de presentacin, y de transmisin de datos va mdem, al ficheroEDIFACT, obteniendo inmediatamente el resultado de la validacin de la decla-racin.

    Por ltimo, en cuanto al resto de aplicaciones, destaca la creacin de un ficheroautomatizado para el registro de sanciones por la comisin de infracciones admi-nistrativas, un censo de infractores de gasleo bonificado y un fichero de comuni-caciones de irregularidades en el mbito de la Poltica Agraria Comn, entre otras.

    En el rea de aplicaciones de apoyo a la inspeccin, las principales novedades res-pecto a la Base de Datos Nacional B.D.N - se han dirigido hacia varios aspectoscomplementarios:

    Como consecuencia de la creciente preocupacin por parte de la AdministracinTributaria de facilitar el cumplimiento al contribuyente de sus obligaciones fisca-les, se increment el nmero de cartas emitidas con imputaciones, como ayuda alos contribuyentes para la formalizacin de su declaracin de IRPF/ 98.

    Simultneamente, se intensific la mejora de la formacin del personal inspector,extendindose el mtodo de simulacin de trabajo a la Inspeccin de Mdulos y ala Inspeccin de Aduanas.

    En materia de control fiscal, se extendi el control generalizado de las transmisio-nes inferiores a cuatro aos en la aplicacin de exenciones del impuesto de ma-triculacin as como en el cruce de informacin sobre los consumidores de gas-leo, en las matriculaciones de vehculos en Ceuta y Melilla y sobre las transmisio-nes de vehculos con exenciones.

    Por ltimo, tambin fue novedosa en el ao 1999 la grabacin y visualizacin delos modelos 480 - impuesto sobre primas de seguro-, modelo 180 retencionesde arrendamientos urbanos - y el modelo 191 de personas autorizadas en cuen-tas bancarias.

    En cuanto al procedimiento de inspeccin, se ha establecido una conexin infor-mtica entre los Planes de Inspeccin y el Plan de Inspeccin de Aduanas con el finde conocer en tiempo real el mbito del contribuyente y el actuario que lo tiene asig-nado.

    Asimismo, se incluy en el Plan de Inspeccin la posibilidad de los InspectoresJefe de clasificar a determinados contribuyentes como de riesgo recaudatorio, cir-cunstancia a anotar en la B.D.N, impidiendo con ello finalizar el expediente mientrasno se incorpore una ficha de colaboracin entre la inspeccin y la recaudacin.

    El ao 1.998 fue el ao precursor de la presentacin telemtica de las declaracio-

  • 41

    nes fiscales. Por ello, cabe comentar la incorporacin en 1.999 a esta va de gestindel modelo 117 de retenciones e ingresos a cuenta / pagos a cuenta, de institucionesde inversin colectiva, a los ya existentes, y la posibilidad de acogerse al sistema decuenta corriente tributaria C.C.T-, previa expedicin del certificado de usuario porparte de la F.N.M.T.

    Como repercusin del xito alcanzado por dicha presentacin telemtica por partede las grandes empresas, se abri la posibilidad a las PYMES de presentar, a travsde INTERNET, determinadas declaraciones: modelo 110 - retenciones e ingresos acuenta de trabajo personal -, mo