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1. Establecimiento de Línea de Facilidad de Crédito Condicional y Línea de Crédito de Liquidez Facilidad de Crédito Condicional al Incremento de las Colocaciones (“FCIC”). Línea financiera especial para las empresas bancarias que tengan colocaciones comerciales y/o de consumo, por un monto correspondiente al 3% de la cartera base. Para estos efectos, la cartera base corresponde a la suma de las colocaciones comerciales y de consumo reportadas a la Comisión para el Mercado Financiero (“CMF”) a fines de febrero. Asimismo, se establecerá una línea adicional en función del incremento observado en las colocaciones de consumo y comerciales, y de la fracción de los recursos de la línea de créditos que se destine al financiamiento de empresas de menor tamaño. MEDIDAS ADOPTADAS POR EL BANCO CENTRAL DE CHILE (“BCCh”) DEBIDO A LAS TENSIONES FINANCIERAS GENERADAS POR EL COVID-19 NEWSFLASH BANCARIO Y FINANCIERO Línea de Crédito de Liquidez (“LCL”). Línea de crédito en pesos chilenos, cuyo límite corresponde al encaje promedio en pesos de cada entidad bancaria. El acceso y uso de la LCL estará sujeta a las mismas condiciones asociadas al incremento de las colocaciones establecidas para la FCIC. Para acceder a la FCIC, disponibles desde esta semana, las empresas bancarias deberán constituir prenda en favor del BCCh sobre ciertos instrumentos financieros indicados por el BCCh (actualmente sólo tres tipos de instrumentos), aunque éste se encuentra evaluando la ampliación de las garantías elegibles a otros instrumentos de la cartera de inversiones o de colocaciones de las entidades bancarias, y un mecanismo de sustitución de las mismas.

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Page 1: MEDIDAS ADOPTADAS POR EL BANCO CENTRAL DE CHILE …...3. Programa de Compra de Bonos Bancarios para estabilizar el mercado de renta fija • Programa de compra de bonos bancarios de

1.  Establecimiento de Línea de Facilidad de Crédito Condicional y Línea de Crédito de Liquidez

•  Facilidad de Crédito Condicional al Incremento de las Colocaciones (“FCIC”).

Línea financiera especial para las empresas bancarias que tengan colocaciones comerciales y/o de consumo, por un monto correspondiente al 3% de la cartera base. Para estos efectos, la cartera base corresponde a la suma de las colocaciones comerciales y de consumo reportadas a la Comisión para el Mercado Financiero (“CMF”) a fines de febrero. Asimismo, se establecerá una línea adicional en función del incremento observado en las colocaciones de consumo y comerciales, y de la fracción de los recursos de la línea de créditos que se destine al financiamiento de empresas de menor tamaño.

MEDIDAS ADOPTADAS POR EL BANCO CENTRAL DE CHILE (“BCCh”) DEBIDO A LAS TENSIONES FINANCIERAS GENERADAS POR EL COVID-19

NEWSFLASH BANCARIO Y FINANCIERO

•  Línea de Crédito de Liquidez (“LCL”). Línea de crédito en pesos chilenos, cuyo límite corresponde al encaje promedio en pesos de cada entidad bancaria. El acceso y uso de la LCL estará sujeta a las mismas condiciones asociadas al incremento de las colocaciones establecidas para la FCIC.

Para acceder a la FCIC, disponibles desde esta semana, las empresas bancarias deberán constituir prenda en favor del BCCh sobre ciertos instrumentos financieros indicados por el BCCh (actualmente sólo tres tipos de instrumentos), aunque éste se encuentra evaluando la ampliación de las garantías elegibles a otros instrumentos de la cartera de inversiones o de colocaciones de las entidades bancarias, y un mecanismo de sustitución de las mismas.

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2.  Flexibilización de los Requerimientos de Liquidez de las Empresas Bancarias

•  Situaciones de emergencia nacional u otros casos excepcionales graves: Se

modificará el Compendio de Normas Financieras del Banco Central para establecer expresamente la facultad del Consejo del BCCh para determinar a su juicio exclusivo la flexibilización o suspensión de la aplicación de los límites aplicables relativos a los requisitos de liquidez de las empresas bancarias, ya sea para los descalces de plazo y/o para la medición sujeta a límite normativo de la razón de cobertura de liquidez (“LCR”), lo anterior en situaciones de emergencia nacional u otros casos excepcionales graves.

•  Descalce de plazos: se suspenderá por un plazo de 90 días el cumplimiento de los requerimientos de descalce de plazos, suspensión aplicable tanto al requisito de 30 días de una vez el capital básico, como de 90 días a dos veces el capital básico. Sin perjuicio de lo anterior, las obligaciones de información asociadas a esta regulación se mantienen.

•  LCR: se flexibilizará el cumplimiento de la obligación de mantener en todo momento el límite superior a 70% vigente para este año, en concordancia con el programa gradual de implementación de 2019.

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Cada institución bancaria deberá definir los productos y estrategias para cumplir con los objetivos buscados con estas medidas.

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3.  Programa de Compra de Bonos Bancarios para estabilizar el mercado de renta fija

•  Programa de compra de bonos bancarios de todas las instituciones bancarias del país por hasta US$ 4.000 millones.

•  Criterios aplicables: (1) que sean reajustables: pesos y UF; (2) de plazo residual de hasta 5 años; y (3) el máximo monto a comprar por cada emisor será equivalente al 20% de la participación del outstanding de bonos bancarios menores a 5 años.

•  Las operaciones se realizarán mediante ventanillas e incluirán las siguientes condiciones financieras: (1) Las series de títulos elegibles; (2) las tasas de compra; y (3) montos máximos a compra por cada emisor.

4.  Modificación Transitoria Normas de normas sobre encaje monetario

aplicable a bancos y cooperativas de crédito y aumento de provisión diaria de dólares del programa FX Swap

•  Desde el 18 de marzo de 2020 hasta el 8 de septiembre de 2020, el encaje

de las obligaciones en moneda extranjera de las entidades mencionadas podrá constituirse no sólo en dólares de los Estados Unidos de América, sino también en euros y yenes japoneses.

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•  Los excedentes de encaje en moneda nacional podrán utilizarse para cubrir déficits de encaje en cualquier moneda extranjera.

•  La modificación comenzará a aplicarse por el período de encaje mensual vigente, iniciado el 9 de marzo recién pasado.

•  Se amplía la provisión del programa FX Swap a US$ 400 millones diarios en el plazo de 30 días para los días jueves 19 y viernes 20 de marzo.

MEDIDAS ADOPTADAS POR EL BANCO CENTRAL DE CHILE (“BCCH”) DEBIDO A LAS TENSIONES FINANCIERAS GENERADAS POR EL COVID-19

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MARCELA SILVA Socia Bancario y Financiero [email protected]

PEDRO PABLO VALENZUELA Asociado Bancario y Financiero

[email protected]

JUAN PABLO ZEGERS Asociado Bancario y Financiero [email protected]

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