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DIRECCION DE PROTECCIÓN CIVIL
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN
DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL
AYUNTAMIENTO DE XALAPA
MANUAL ESPECÍFICO
DE
ORGANIZACIÓN
Xalapa – Equez; Ver., Febrero de 2009
DIRECCION DE PROTECCIÓN CIVIL
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN
DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL
AYUNTAMIENTO DE XALAPA
AYUNTAMIENTO DE XALAPA, VER. 2008-2010 Manual Especifico de Organización de la Dirección de Protección Civil Primera Edición, Febrero 2009 David Velasco Chedraui Presidente Municipal de Xalapa
Colaboradores: Víctor Hugo Cerón López Director de Protección Civil Carmelo Isai Monfil Carmona Técnico Administrativo Delfino Benítez Guevara Técnico Administrativo
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INDICE
DICE 1. INTRODUCCIÓN ……………………………….…………………………………1 2. ANTECEDENTES …………………………………….……………………………4 3. MARCO JURÍDICO…………………………………………………………………6 4. ATRIBUCIONES………………………………………………………………….…8 5. MISIÓN, VISION……………………………………………………………..……20 6. OBJETIVO GENERAL Y OBJETIVO ESPECÍFICO ………………………………….21 7. ESTRUCTURA ORGÁNICA FORMAL……………………………………………22
7.1. DIRECTOR DE PROTECCIÓN CIVIL …………………………………………..23 8. ESTRUCTURA ORGÁNICA FUNCIONAL…………………………………….…31
8.1. JEFE DE LA UNIDAD TÉCNICA …………………………………………..32 8.2. JEFE DE LA UNIDAD OPERATIVA DE
INSPECCIONES / VERIFICACIONES……………………………………….38 8.3. JEFE DE LA UNIDAD JURÍDICA DE DIFUSIÓN Y CAPACITACIÓN…44 8.4. JEFE DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACÓN Y LOGÍSTICA…………..50 8.5. JEFE DE LA UNIDAD DE AMBULANCIAS………………………………..55
9. GLOSARIO DE TÉRMINOS……………………………………………………..…62 10. FIRMAS DE AUTORIZACIÓN ……………………………………………………..…66 11. DIRECTORIO……………………………………………………..………………….67 12. BITÁCORA DE CAMBIOS……………………………………………………..…….68 13.
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La Administración Pública Municipal 2008-2010 presidida por David Velasco Chedraui establece en el Plan Municipal de Desarrollo como una prioridad, sentar las bases para un nuevo desarrollo económico y social sustentable de Xalapa, a partir de la transformación de las instituciones, de las prácticas y métodos administrativos. En esa perspectiva se menciona la búsqueda de una mayor productividad y eficiencia con énfasis en resultados y en la transparencia; para el logro de lo anterior se plantea el rediseño del gobierno que optimice y concilie lo mejor de los sectores público y privado señalando en uno de sus ejes la productividad, competitividad, servicios e innovación, motivando la incorporación de nuevas técnicas, así como métodos y procesos que garanticen mejores resultados en el desempeño gubernamental.
En este contexto la Dirección General de Recursos Humanos, tomando como base la Metodología para la Elaboración de Manuales Administrativos, se coordino con las dependencias y entidades que integran la Administración Pública Centralizada, para elaborar, actualizar y homologar los Manuales de Organización, Procedimientos y Trámites y Servicios, con el fin de que estos cuenten con instrumentos normativos que faciliten el cumplimiento de sus funciones, promuevan la seguridad y se evite la duplicidad en el ejercicio de sus actividades, aspectos que contribuyen a mejorar la productividad y eficiencia del Ayuntamiento.
Con base en lo anterior y en ejercicio de las atribuciones conferidas a los Municipios, el presente documento tiene su fundamento jurídico en lo dispuesto por los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 71 de la Constitución Política para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, 14 fracción XXVII y 35 fracción XVIII del Reglamento de la Administración Pública Municipal del Ayuntamiento de Xalapa.
INTRODUCCIÓN
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INTRODUCCION
La Dirección de Protección Civil en coordinación con la Dirección General de Recursos Humanos elabora el presente Manual Específico de Organización, instrumento que contribuirá a mejorar la administración pública municipal, delimitar, precisar y orientar a las autoridades y servidores públicos, agilizando y transparentando su actuación, mediante la regulación de sus funciones y actividades para el logro integral de los compromisos institucionales.
En este manual, se definen de forma detallada y precisa la estructura orgánica funcional de la Dirección de Protección Civil, los niveles de autoridad, de responsabilidad, los canales de comunicación y de coordinación interna y externa, así como los objetivos y funciones de los puestos formales y funcionales. El Manual Específico de Organización de la Dirección de Protección Civil, está integrado por los siguientes apartados:
v Antecedentes, que indican el origen, evolución y cambios significativos que ha sufrido en su estructura orgánica.
v Marco Jurídico, relaciona los principales ordenamientos y disposiciones jurídicas que sustentan su actuación.
v Atribuciones, se transcriben las facultades que le confieren expresamente los ordenamientos y disposiciones jurídicas.
v Misión, se describe el propósito común de la Dirección de Protección Civil. v Visión, se describe la meta general y propósito fundamental. v Objetivo General, donde se describe el propósito del presente documento v Estructura orgánica formal de la Dirección de Protección Civil, de acuerdo al
Reglamento Interno de Gobierno y de la Administración Pública Municipal del Ayuntamiento de Xalapa.
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INTRODUCCION
v Descripción de puestos, se detallan los puestos de la estructura orgánica formal, su identificación, nivel de autoridad, ubicación en la estructura, funciones, coordinación interna y externa y el perfil profesional que deben cubrir para ocupar los puestos.
v Glosario de términos, detalla la definición de los vocablos más relevantes que contiene este manual.
v Firmas de autorización, contiene las firmas de la persona que elaboró, que revisó y que dio el visto bueno del Manual Específico de Organización.
v Directorio, integrantes del H. Ayuntamiento de Xalapa, Ver. (Presidente Municipal, Secretario del Ayuntamiento, Síndico Único y Regidores)
v Bitácora de cambios, una vez aprobado el manual, en este formato se llevará el control y registro de los cambios del manual, indicando el número de revisión(es), fecha de la modificación y tipo de modificación.
Es importante aclarar, que la vigilancia del cumplimiento de las funciones que se establecen en este documento, será responsabilidad del Director de Protección Civil y que es fundamental realizar revisiones periódicas a este Manual con el fin de mantenerlo actualizado, debiendo informar sobre las modificaciones debidamente justificadas a la Dirección General de Recursos Humanos para su revisión, documentación y gestión ante la Comisión de Gobernación y Reglamentos para su análisis, dictamen y aprobación del H. Cabildo.
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ANTECEDENTES
En nuestro país como, consecuencia del terremoto que destruyó parte de la
ciudad de México en 1985, se establece el concepto de protección civil. En
Veracruz, la ley de Protección Civil Establece la creación del Sistema Estatal de
Protección Civil, y que cada Municipio deberá contar con una unidad municipal
de protección civil.
El propósito de la protección civil es garantizar la conservación de la integridad
física de las personas, así como de sus bienes y entorno, ante la eventualidad
de una emergencia o desastre. Xalapa cuenta con un sistema Municipal de
Protección Civil cuyo objetivo es la detección oportuna de las probables
situaciones de desastre y las adecuadas medidas para reducir sus efectos.
Aun cuando el Estado cuenta con una Ley de Protección Civil, las tareas de
protección de Xalapa se deberán ampliar a la participación coordinada y efectiva
entre el gobierno municipal, las empresas, universidades y organizaciones de la
sociedad civil, por lo que es necesario generar una nueva dinámica social para
actuar en el marco del Sistema Nacional de Protección Civil.
Este documento es el primero que se elabora en la Dirección de Protección
Civil, su integración se realizó en acuerdo con lo que señala la Metodología
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ANTECEDENTES
para la Elaboración de Manuales Administrativos y el Reglamento de la
Administración Pública Municipal, en el que se establece que el Ayuntamiento
debe contar con una Dirección de Protección Civil que será la encargada de
establecer y concretar los procedimientos operativos de apoyo para atender las
situaciones de riesgo, emergencia, contingencia, siniestro o desastre.
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MARCO JURÍDICO
Con fundamento en el articulo 35, fracción XIV de la Ley Orgánica del municipio
Libre para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, se elaborara el presente
Manual General de Organización de la Dirección de Protección Civil tal como lo
dispone artículo 14, Fracción XXVII del reglamento de la Administración Publica
Municipal del Ayuntamiento de Xalapa.
De conformidad a las atribuciones que le confiere el Reglamento de la
Administración Publica Municipal del Ayuntamiento de Xalapa, en sus artículos
74 y 75 a la Dirección de Protección Civil, aplica en todo acto las disposiciones
contenidas en la legislación Federal, Estatal y Municipal que a continuación se
detalla. v Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
v Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
v Ley General de Protección Civil
v Ley No. 226 de Protección Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la
Llave
v Ley Orgánica del Municipio Libre
v Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Xalapa, Veracruz
v Reglamento Interior de Gobierno del Ayuntamiento de Xalapa.
v Norma Oficial Mexicana NOM-002-STPS-2000, Condiciones de Seguridad-
Prevención, Protección y Combate de Incendios en los Centros de trabajo.
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MARCO JURÍDICO
v Norma Oficial Mexicana NOM-003-SEGOB/2002 señales y avisos para
Protección Civil. Colores, formas y símbolos a utilizar.
v Plan Municipal de Desarrollo, Xalapa 2008-2010
v Acuerdo de Cabildo, por el cual se crea la Unidad Municipal de Protección
Civil.
v Acuerdo que establece los lineamientos para la operación del Fideicomiso
Preventivo, previsto en el articulo 32 de la Ley General de Protección Civil
v Acuerdo que establece las Reglas de Operación del Fondo de Desastres
Naturales (Fonden)
v Decreto por el que se aprueba el Programa Nacional de Protección Civil
v Decreto por el que se aprueban las bases para el Establecimiento del Sistema
Nacional de Protección Civil y el Programa de Protección Civil
v Decreto por el que se crea el Consejo Nacional de Protección Civil como
Órgano Consultivo de Coordinación de Acciones y de Participación Social en
la Planeación de la Protección Civil
v Decreto por el que se crean los Comités Científicos Asesores del Sistema
Nacional de Protección Civil, como órganos Técnicos de consulta en la
prevención de desastres, originados por fenómenos geológicos,
hidrometeorológicos, químicos, sanitarios y Sociorganizativos
v Bases para el establecimiento del Sistema Estatal de Protección Civil
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ATRIBUCIONES
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Veracruz Artículo 71.- Los Ayuntamientos están facultados para aprobar de acuerdo con
las leyes que expida el Congreso del Estado; los bandos de policía y gobierno;
los reglamentos normativos; las circulares y disposiciones administrativas de
observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones que organicen la
administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos,
funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación
ciudadana y vecinal.
Las leyes a que se refiere el párrafo anterior deberán establecer que:
XI. Los ayuntamientos tendrán a su cargo las siguientes funciones y servicios
municipales:
h) Seguridad pública, policía preventiva municipal, protección civil y tránsito. Ley número 226 de Protección Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave CAPITULO PRIMERO I. Las normas, criterios y principios básicos, a que se sujetarán los programas,
políticas y acciones de protección civil;
II. Las bases para la prevención, auxilio, recuperación y mitigación, ante la
presencia de un fenómeno perturbador de origen natural o humano;
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ATRIBUCIONES III. Los mecanismos para implementar las acciones de prevención, auxilio y
recuperación, para la salvaguarda de las personas, sus bienes, el entorno y
el funcionamiento de los servicios vitales y sistemas estratégicos, en los
casos de emergencia y desastre;
IV. Las bases de integración y funcionamiento del Sistema Estatal de Protección
Civil; y
V. Las normas y principios para fomentar la cultura de la protección civil y de la autoprotección de sus habitantes;
Articulo 2º. La aplicación de la presente Ley corresponde al Titular del Ejecutivo
Estatal, por conducto de la Secretaria de Protección Civil, así como también a las
dependencias y organismos que forman parte del Sistema Estatal, y a los
Ayuntamientos.
Articulo 5. Son autoridades en materia de protección civil, en sus ámbitos de
competencia:
I. Los Consejos Municipales
II. Los Presidentes Municipales; y
III. Los Órganos Municipales
Articulo 6. El auxilio a la población en casos de emergencia o desastre,
constituye una función prioritaria de la protección civil, por lo que las instancias
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ATRIBUCIONES de coordinación deberán actuar en forma conjunta y ordenada, en términos de
lo dispuesto en la presente Ley y en los demás ordenamientos legales
aplicables.
Articulo 7. En caso de riesgo inminente, las autoridades estatales o municipales
ejecutarán las actividades de auxilio que se requieran, a fin de proteger la vida
de la población y sus bienes, la planta productiva y el medio ambiente, para
evitar o mitigar los efectos del impacto y garantizar el funcionamiento de los
servicios estratégicos.
Articulo 8. Las autoridades municipales serán el primer nivel de respuesta, ante
la presencia de un agente perturbador.
Reglamento de la administración pública municipal del Ayuntamiento de Xalapa Artículo 74.- La Dirección de Protección Civil es la dependencia encargada de
establecer y concretar los procedimientos operativos de apoyo para atender las
situaciones de riesgo, emergencia, contingencia, siniestro o desastre; así como
coordinar a las dependencias municipales e instituciones privadas
corresponsables de la operación de los diversos servicios vitales y estratégicos
del municipio, con el fin de prevenir aquellos eventos, preparar planes para su
atención, auxiliar a la población, mitigar sus efectos, rehabilitar y restablecer las
condiciones de normalidad de la convivencia social.
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ATRIBUCIONES
Artículo 75. A la Dirección de Protección Civil le corresponde:
I. Verificar que los propietarios o administradores de edificaciones de afluencia
masiva o permanente de personas, elaboren un programa específico de
protección civil;
II. Verificar que en las edificaciones públicas y privadas se coloquen en lugares
visibles, señales e instructivos de las zonas de seguridad para casos de
emergencia;
III. Verificar que las empresas comerciales, industriales y de servicios, así como
las instituciones públicas y privadas cuenten con un sistema de prevención y
protección adecuado a las actividades que realicen, y que efectúen
programas de capacitación para su personal en materia de protección civil;
IV. Promover la participación ciudadana en la elaboración, ejecución, evaluación
y revisión de los programas municipales de protección civil;
V. Proponer al Presidente Municipal, la elaboración de convenios con los
gobiernos estatal y municipal para apoyar los objetivos y las finalidades de
los sistemas federal, estatal y municipal de protección civil;
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ATRIBUCIONES
VI. Coordinar proyectos con los municipios aledaños para desarrollar acciones
de prevención, auxilio y recuperación en casos de alto riesgo, siniestro o
desastre;
VII. Otorgar los dictámenes de seguridad necesarios a todos aquellos
inmuebles que para su funcionamiento requieran licencia por parte de las
autoridades municipales;
VIII. Otorgar los dictámenes de seguridad necesarios para la instalación de
espectáculos y diversiones públicas, así como de las graderías, las
estructuras, los escenarios, los aparatos mecánicos y similares;
IX. En el ámbito de su competencia, practicar verificaciones y otorgar las
constancias de autorización o verificación necesarias para la transportación
de materiales peligrosos, con el fin de vigilar el cumplimiento de las
disposiciones municipales en materia de protección civil;
X. Realizar acciones de educación y capacitación en matera de simulacros
utilización de señales y uso de equipos de seguridad personal para la
protección civil;
XI. Verificar que las obras de urbanización y edificación que se autoricen se
proyecten, ejecuten y operen conforme a las normas de prevención;
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ATRIBUCIONES
XII. Brindar asesoría e información a las asociaciones de vecinos para integrar
unidades internas y elaborar programas específicos de protección civil, con
el fin de realizar diversas acciones de prevención y auxilio en las colonias,
los barrios o las unidades habitacionales;
XIII. Elaborar información y difundir los programas de protección civil en
centros escolares y otros lugares públicos y de reunión de la comunidad;
XIV. Participar como instancia de coordinación entre los sectores público y
privado en materia de protección civil, haciendo del conocimiento del
Ayuntamiento los acuerdos y demás actividades que se lleven a cabo en
esta materia;
XV. Verificar que las empresas industriales y de servicios cuenten con un
sistema de prevención y protección adecuado a las actividades que
realicen; Integrar un banco de información sobre desastres ocurridos en
las zonas del municipio, de acuerdo con estudios en la materia;
XVI. Integrar un banco de información sobre desastres ocurridos en las zonas
del municipio, de acuerdo con estudios en la materia
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ATRIBUCIONES
XVII. Asesorar e informar a la población sobre los servicios médico-
asistenciales, en caso de emergencia originada por desastres o accidentes
mayores;
XVIII. Evaluar, en coordinación con las dependencias y organismos
especializados, los daños en casos de desastre o emergencia;
XIX. Contar con los elementos necesarios para la provisión de los recursos que
se requieran para atender damnificados;
XX. Preparar un inventario de recursos humanos y materiales disponibles para
efectuar movilizaciones en caso de emergencia, así como realizar
simulacros, para saber qué hacer en caso de emergencia;
XXI. Supervisar y mantener en buen estado las ambulancias municipales.
XXII. Coordinar, supervisar, calificar e imponer las sanciones por las
infracciones que se cometan a los ordenamientos cuya aplicación sea de
su competencia;
XXIII. Las demás que le encomiende el Presidente Municipal y las que
expresamente señalen los ordenamientos legales aplicables.
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ATRIBUCIONES Reglamento de Protección Civil del H. Ayuntamiento de Xalapa, Ver
Artículo 7. Son atribuciones del Ayuntamiento:
VII. Vigilar, a través de la Dirección, el cumplimiento de este reglamento por
parte de las instituciones, los organismos y las empresas de los sectores
públicos y privados, en el ámbito de su competencia y de conformidad con
los convenios de coordinación que celebre con la federación, el estado y
demás municipios.
Artículo 38.- La Dirección otorgará el dictamen de seguridad correspondiente a
los interesados en obtener la licencia de funcionamiento de actividades
comerciales, industriales o de servicios, así como permisos para el desarrollo de
espectáculos y diversiones públicas, previo cumplimiento de los siguientes
requisitos:
I. En los lugares que exista concentración masiva o permanente de personas,
acreditar la existencia de un botiquín equipado con medicinas, material e
Instrumentos de curación necesarios para brindar primeros auxilios,
debiendo contar con el personal capacitado para otorgar dichos auxilios;
II. Acreditar la instalación de materiales aislantes de sonido, para no generar
ruido en el medio ambiente o contaminación que afecte el derecho de
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terceros. Queda estrictamente prohibido el uso de materiales aislantes de
sonido que pongan en riesgo la seguridad de los usuarios;
III. Los propietarios o representantes de los juegos mecánicos o similares
deberán garantizar para su funcionamiento que existe seguridad para los
operadores y los usuarios;
IV. Las instalaciones, graderías, estructuras y similares utilizadas en los
espectáculos y diversiones públicas deben reunir los requisitos de
seguridad que señala el presente reglamento;
V. Acreditar el pago de la contribución correspondiente;
VI. Acreditar la existencia de una póliza de seguro de responsabilidad civil y
contra daños a terceros; y,
VII. Acreditar que cuentan con extintores, de acuerdo con lo establecido por las
Normas Oficiales Mexicanas.
Capítulo XI Construcciones
Artículo 55.-El Ayuntamiento esta facultado para realizar, a través del personal
adscrito a la Dirección de Protección Civil y en coordinación con otras
autoridades, la verificación de la construcción de obras, para constatar que
reúnen las condiciones necesarias de seguridad contra incendios y siniestros,
ATRIBUCIONES
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independientemente de los requisitos legales reglamentarios, con el fin de
salvaguardar el patrimonio y la integridad física de las personas.
Al respecto dicha unidad administrativa debe emitir un dictamen, en el que se
apoyarán las diversas autoridades municipales para expedir las licencias y
permisos de obra y funcionamiento correspondientes.
Artículo 56.-La Dirección podrá realizar visitas de verificación a las obras que se
encuentren en periodo de construcción. Deberá emitir un dictamen de la
verificación realizada, en el cual se asentarán las fallas detectadas, si las
hubiere. Se entregará una copia del dictamen al propietario o responsable de la
obra, para que se entere del contenido del mismo y corrija las anomalías dentro
de un plazo que no exceda de 30 días naturales, mismos que serán
improrrogables.
Si de la verificación realizada se determina que la obra o construcción pone en
peligro la integridad física de los trabajadores, usuarios o de la población en
general, la Dirección podrá solicitar a la Dirección General de Desarrollo Urbano
su suspensión provisional, hasta que el propietario o representante cumpla con
las especificaciones pertinentes para evitar el peligro.
Artículo 57.-Tratándose de obras concluidas que representen peligro para sus
moradores o la población en general, en caso de ser necesario, se podrá
ATRIBUCIONES
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ordenar la evacuación del inmueble y resguardo del mismo, para realizar las
adecuaciones de seguridad necesarias.
Capitulo XII.- Emisión de ruido
Artículo 58.-La Dirección, por conducto del personal que designe, llevará a cabo
la medición de los niveles de emisión de ruido, en las colindancias del predio
donde se encuentre la fuente emisora del ruido, de acuerdo a lo establecido por
las disposiciones legales de la materia y las Normas Oficiales Mexicanas.
Para los efectos de este reglamento, se consideran ruidos los definidos en la Ley
Contra el Ruido en el Estado y aquellos que el Ayuntamiento identifique que
pudieran ocasionar molestias a la comunidad, ya sea por la hora, por su
naturaleza o por su frecuencia.
Capítulo XIII.- Vigilancia y verificación
Artículo 68.-El Ayuntamiento, por conducto de la Dirección o la autoridad
municipal competente, realizará las funciones de vigilancia y verificación que
correspondan, y aplicará las sanciones que en este reglamento se establecen,
sin perjuicio de las fijadas por las dependencias del Ejecutivo Federal y/o
Estatal, en observancia de los ordenamientos aplicables en la materia.
ATRIBUCIONES
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Artículo 69.-Las visitas de verificación se realizarán de acuerdo a lo que
establece el capítulo III del título sexto del Bando, debiendo observar las
formalidades esenciales de procedimiento establecidas en el Código.
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MISIÓN Salvaguardar a las personas, sus bienes, el Sector Público y Privado y al entorno
Ecológico, así como el funcionamiento de los servicios públicos, llevar a cabo
acciones preventivas de apoyo inmediato, coordinación y recuperación del
estado de normalidad de todas aquellas manifestaciones que pongan en riesgo
a la ciudadanía en el menor tiempo posible además del equipamiento
estratégico en caso de grave riesgo colectivo o desastre derivado de la
presencia de agentes perturbadores de origen natural o humano.
VISION
Establecer una cultura de Protección Civil en el Municipio que integre a todos
los sectores de la sociedad, entre los que se incluyen los tres niveles de
Gobierno, las Organizaciones no Gubernamentales, Grupos de Voluntarios, y
Asociaciones de Industriales y Empresas Privadas, mediante la capacitación,
difusión y sensibilización de las personas por medio de la ejecución de
programas, estrategias, y acciones encaminadas a lograr básicamente la
protección de la vida de la población por medio de los programas de Protección
Civil y las disposiciones de la ley correspondiente.
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OBJETIVO GENERAL Garantizar la conservación de la integridad física de las personas, así como sus
bienes y el entorno que les rodea, ante la eventualidad de una emergencia o
desastre
OBJETIVO ESPECÍFICO Detectar de manera oportuna las probables situaciones de desastre.
Tomas las medidas adecuadas para reducir sus efectos, garantizando en ello la
seguridad de las personas
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ESTRUCTURA ORGÁNICA FORMAL
ELABORÓ: REVISÓ: FECHA: AUTORIZÓ:
PRESIDENTE MUNICIPAL
DD
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IDENTIFICACIÓN Nombre del Puesto: Director de Protección Civil Jefe Inmediato: Presidente Municipal
Subordinados
inmediatos: Jefes de Unidad
Suplencia en caso
de ausencia temporal:
DESCRIPCIÓN GENERAL / OBJETIVO Es el responsable de establecer y concretar los procedimientos operativos de
apoyo para atender las situaciones de riesgo, emergencia, contingencia,
siniestro o desastre y de coordinar a las dependencias municipales e
instituciones privadas corresponsables de la operación de los diversos servicios
vitales y estratégicos del municipio, con el fin de prevenir aquellos eventos,
preparar planes de prevención, auxiliar a la población, mitigar sus efectos,
rehabilitar y restablecer las condiciones de normalidad.
La persona que designe el Presidente
Municipal en los términos que establece el
Reglamento de la Administración Publica
Municipal y/ó la Ley Orgánica del
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UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA
NOTA: La presente estructura orgánica funcional no está aprobada por el cabildo, es una grafica para ubicar los puestos operativos
que existen en el área y cuya función contribuye al cumplimiento de los objetivos de la misma
ELABORÓ: REVISÓ: FECHA: AUTORIZÓ:
PRESIDENTE MUNICIPAL
DD
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CIVIL
DD
UNIDAD TÉCNICA
DD
UNIDAD OPERATIVA DE INSPECCIONES/ VERIFICACIONES
DD
UNIDAD JURÍDICA DE DIFUSIÓN Y
CAPACITACIÓN
DD
UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y LOGÍSTICA
UNIDAD DE
AMBULANCIAS
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FUNCIONES
1. Diseñar y mantener actualizados sus reglamentos, los manuales de
organización y procedimientos y los de atención y servicios al público.
2. Enviar a la Dirección General de Recursos Humanos los manuales
administrativos y sus modificaciones, para su revisión, validación y gestión
de ante la Comisión de Gobernación y Reglamentos.
3. Representar al Presidente Municipal en los eventos para los que sea
comisionado.
4. Autorizar el periodo de vacaciones del personal adscrito a la Dirección de
Protección Civil, y a las Unidades Administrativas que la integran.
5. Ordenar y supervisar se realicen los trabajos para la elaboración del
Programa Operativo Anual de la Dirección de Protección Civil de las Unidades
Administrativas que la integran, validarlo y autorizarlo.
6. Aplicar el Reglamento de Protección Civil, así como elaborar, difundir, aplicar
y vigilar el Programa Municipal de Protección Civil.
7. Ejecutar las acciones de prevención, auxilio y recuperación o
restablecimiento conforme al reglamento y los programas que autorice el
Consejo Municipal.
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FUNCIONES
8. Asesorar técnicamente a las personas que requieran elaborar y hacer
cumplir un programa específico de protección civil en inmuebles con
afluencia masiva o permanente de personas.
9. Promover la constitución de grupos voluntarios.
10. Atender los casos de contingencia que se presenten en el municipio y
emitir las recomendaciones correspondientes a la población;
11. Emitir informe cuando se presente siniestro o desastre para declaratoria de
situación de emergencia.
12. Coordinar y vigilar el adecuado desempeño de las funciones de los puestos
que integran la Dirección a su cargo.
13. Controlar, verificar y supervisar el uso racional y eficiente de los recursos
humanos, financieros y materiales asignados a la Dirección de Protección
Civil, para el cumplimiento de sus funciones.
14. Vigilar el cumplimiento de las funciones establecidas en el presente
Manual, así como en los Manuales de Políticas y Manuales de
Procedimientos.
15. Las demás que determine el Presidente Municipal, el H. Cabildo y demás
ordenamientos aplicables.
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COORDINACIÓN INTERNA
CON:
1. El Presidente Municipal
2. El Personal subordinado
3. Las Dependencias del
Ayuntamiento de Xalapa.
PARA:
1. Recibir instrucciones y
proporcionar información sobre
las actividades que realiza la
Dirección de Protección Civil.
2. Dar instrucciones, solicitar
información, supervisar y
coordinar actividades asignadas.
3. Solicitar y proporcionar
información relacionada con
riesgos y apoyos en situaciones
de emergencia.
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COORDINACIÓN EXTERNA
CON:
1. Las Dependencias de
los Gobiernos Federal,
Estatal y Municipal
PARA:
1. Establecer coordinaciones para la
realización de operativos de seguridad,
atención de situaciones de riesgo,
emergencia o desastre.
2. Solicitar apoyos y recibirlos de las
instancias Federales y Estatales para su
aplicación en situaciones de emergencia o
desastre.
3. Intercambiar de información relevante
para llevar a cabo las acciones propias de
protección civil.
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PERFIL PROFESIONAL
ADEMAS DE CUMPLIR CON LOS REQUISITOS QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 68 DE
LA LEY ORGANICA DEL MUNICIPIO LIBRE Y EL 11 DEL REGLAMENTO DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE XALAPA EL
TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL DEBERÁ CUMPLIR CON LO
SIGUENTE:
Preparación académica
Preferentemente licenciatura en carreras técnicas y/o administrativas o
humanísticas.
Contar con Título y Cédula profesional legalmente expedidos.
Haber cumplido 21 años como mínimo
Poseer capacidad administrativa, nivel académico y título profesional
legalmente expedido,
Experiencia y conocimientos suficientes para el desempeño del cargo,
Disfrutar de buena fama y no estar procesado ni haber sido sentenciado por
delitos dolosos del fuero común o federal.
Conocimientos necesarios
Conocimientos comprobados relacionados con las Normas, Leyes, Reglamentos
y procedimientos de aplicación en Protección Civil; ante fenómenos geológicos,
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Hidrometeorológicos, químicos, sanitarios y socio-organizativos.
Conocimientos de paquetería Office
Resolución y manejo de conflictos
Políticas públicas
Normatividad Municipal
Experiencia laboral previa
Un mínimo de cinco años de experiencia en la administración pública a nivel
dirección o algún cargo afín.
Habilidades y destrezas
Visión estratégica
Resolución de problemas tanto emergentes, como de seguridad y financieros.
Capacidad para desarrollar y orientar equipos de trabajo
Cualidades de liderazgo y motivación
Disponibilidad de horario
Dominar la comunicación oral y escrita
Capacidad de análisis y síntesis
Manejo de relaciones interpersonales
Resolución y manejo de conflictos
PERFIL PROFESIONAL
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ESTRUCTURA ORGÁNCA FUNCIONAL
NOTA: La presente estructura orgánica funcional no está aprobada por el cabildo, es una grafica para ubicar los puestos operativos
que existen en el área y cuya función contribuye al cumplimiento de los objetivos de la misma
PRESIDENTE MUNICIPAL
DD
DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN
CIVIL
DD
UNIDAD TÉCNICA
DD
UNIDAD OPERATIVA DE INSPECCIONES/ VERIFICACIONES
DD
UNIDAD JURÍDICA DE DIFUSIÓN Y
CAPACITACIÓN DD
UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN
Y LOGÍSTICA
UNIDAD DE
AMBULANCIAS
ELABORÓ: REVISÓ: FECHA: AUTORIZÓ:
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AYUNTAMIENTO DE XALAPA
IDENTIFICACIÓN Nombre del Puesto: Técnico Administrativo B
Función: Jefe de la Unidad Técnica
Jefe Inmediato: Director de Protección Civil
Subordinados
inmediatos: Técnicos Administrativos
Suplencia en caso
de ausencia temporal:
DESCRIPCIÓN GENERAL / OBJETIVO
Es el responsable de concretar la evaluación de las condiciones de seguridad y
correcto funcionamiento, de aquellos inmuebles que por su destino se
proponen o se implementan para desarrollar actividades publicas y privadas con
afluencia de personas, concentraciones masivas y manejen o almacenen
sustancias peligrosas en apego a los sustentos que los rigen; emitiendo el
Dictamen correspondiente.
La persona que designe el Presidente
Municipal o el Director de Protección Civil
en los términos que establece la Ley
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AYUNTAMIENTO DE XALAPA
UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA
NOTA: La presente estructura orgánica funcional no está aprobada por el cabildo, es una grafica para ubicar los puestos operativos
que existen en el área y cuya función contribuye al cumplimiento de los objetivos de la misma
DD
DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN
CIVIL
DD
UNIDAD TÉCNICA
DD
UNIDAD OPERATIVA DE INSPECCIONES/ VERIFICACIONES
DD
UNIDAD JURÍDICA DE DIFUSIÓN Y
CAPACITACIÓN
DD
UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN
Y LOGÍSTICA
UNIDAD DE
AMBULANCIAS
ELABORÓ: REVISÓ: FECHA: AUTORIZÓ:
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AYUNTAMIENTO DE XALAPA
FUNCIONES
1. Elaborar los dictámenes de seguridad derivados de las revisiones y análisis
de los Proyectos ejecutivos, de ampliaciones y remodelaciones que se
proponen para desarrollarse dentro del Municipio de Xalapa, Ver.
2. Elaborar los dictámenes de seguridad derivado de las revisiones y análisis a
los Proyectos de inmuebles públicos y privados propuestos para uso y
destino de concentraciones masivas.
3. Elaborar los dictámenes de los inmuebles con actividades públicas y
privadas, con uso y destino de concentraciones masivas.
4. Elaborar los dictámenes de los inmuebles que se consideran, representan o
se encuentran en situaciones de riesgo.
5. Elaborar los dictámenes derivados de las revisiones anuales de aquellos
proyectos desarrollados para asentamientos humanos; en el ámbito de
observaciones para la prevención de riesgos; sobre uso de suelo, empresas
e infraestructura de nueva creación dentro del territorio Municipal.
6. Elaborar los dictámenes derivados de la verificación de obras en
construcción; para determinar el cumplimiento de las condiciones de
seguridad contra incendios y siniestros.
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AYUNTAMIENTO DE XALAPA
FUNCIONES
7. Elaborar los dictámenes derivados de la revisión y evaluación de los
programas internos de Protección Civil o planes de contingencias que
presentan las empresas, de acuerdo a las actividades que desarrollan, y al
tipo y grado de riesgo con que operan.
8. Coordinar y supervisar las tareas encomendadas a sus subordinados.
9. Acordar con el Director los asuntos concernientes a la Unidad.
10. Informar al Director de las funciones desempeñadas y de los resultados
obtenidos.
11. Apoyar de manera directa en todas aquellas actividades que le requiera la
Dirección.
12. Dar seguimiento a los asuntos del área.
13. Las demás funciones que en el ámbito de competencia le confiera
expresamente el Director y las que determinen los demás ordenamientos
legales aplicables.
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AYUNTAMIENTO DE XALAPA
COORDINACIÓN INTERNA
COORDINACIÓN EXTERNA
CON:
1. El Director de Protección
Civil
2. El personal subordinado
3. Las Dependencias del
Ayuntamiento de Xalapa.
PARA:
1. Recibir instrucciones y proporcionar
información sobre el funcionamiento
de la unidad
2. Dar instrucciones, solicitar
información, supervisar y coordinar
las actividades asignadas.
3. Solicitar y proporcionar información
relacionada con solicitudes de
dictámenes a la dependencia
CON:
1. Las dependencias de los
Gobiernos Federal, Estatal y
Municipal.
PARA:
1. Dar atención los requerimientos
solicitados a través del Director;
para darle seguimiento a la
información o apoyos que se
requieran.
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AYUNTAMIENTO DE XALAPA
EL ENCARGADO DE LA UNIDA TÉCNICA DEBERÁ CUMPLIR CON LO SIGUENTE:
Preparación académica
Título y cédula profesional legalmente expedidos, preferentemente en el área
de arquitectura o ingeniería civil.
Conocimientos NECESARIOS
Conocimiento de la Normatividad aplicable que rija los estándares de
seguridad y prevención de riesgos dentro del Territorio Municipal.
Experiencia laboral previa
Un mínimo de tres años de experiencia, en la administración pública a nivel
jefatura o cargo similar.
Habilidades y destrezas
Capacidad de análisis y síntesis
Capacidad para Organizar y dirigir.
Dominio de la comunicación escrita y oral
Dominio de las relaciones interpersonales
Dominio de iniciativa, creatividad e innovación
Capacidad desarrollar y orientar equipos de trabajo
Conocimientos tecnológicos
Manejo de micro computadoras y software correspondientes.
PERFIL PROFESIONAL
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DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL
AYUNTAMIENTO DE XALAPA
IDENTIFICACIÓN Nombre del Puesto: Técnico Profesional A
Función: Jefe de la Unidad Operativa de Inspecciones
Verificaciones
Jefe Inmediato: Director de Protección Civil
Subordinados Técnicos Administrativos (Técnicos Inmediatos: Operativos) Suplencia en caso La persona que designe el Presidente
de ausencia temporal: Municipal o el Director de Protección Civil
en los términos que establece la Ley
Orgánica del Municipio Libre
Es el responsable de coordinar las verificaciones e inspecciones tanto de
inmuebles que por su destino se proponen o se implementan para desarrollar
actividades comerciales con afluencia de personas, concentraciones masivas,
como de inmuebles que por solicitud de apertura soliciten visita de verificación
a la Dirección. Además de analizar, evaluar y coordinar los apoyos que se
requieran; para atender las situaciones de riesgo, emergencia, contingencia,
siniestro o desastre; con la finalidad de atender, auxiliar a la población, mitigar
los efectos, rehabilitar y restablecer las condiciones de normalidad en aquellas
manifestaciones que pongan en riesgo a la ciudadanía.
DESCRIPCIÓN GENERAL / OBJETIVO
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DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL
AYUNTAMIENTO DE XALAPA
UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA
NOTA: La presente estructura orgánica funcional no está aprobada por el cabildo, es una grafica para ubicar los puestos operativos
que existen en el área y cuya función contribuye al cumplimiento de los objetivos de la misma.
DD
DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN
CIVIL
DD
UNIDAD TÉCNICA
DD
UNIDAD OPERATIVA DE INSPECCIONES/ VERIFICACIONES
DD
UNIDAD JURÍDICA DE DIFUSIÓN Y
CAPACITACIÓN
DD
UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y LOGÍSTICA
UNIDAD DE
AMBULANCIAS
ELABORÓ: REVISÓ: FECHA: AUTORIZÓ:
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DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL
AYUNTAMIENTO DE XALAPA
FUNCIONES
1. Realizar las inspecciones a los establecimientos comerciales que se
proponen o se encuentran funcionando; para verificar y determinar las
medidas de seguridad y prevención de riesgos que deben cumplir o en su
caso implementar para su correcto funcionamiento.
2. Realizar las evaluaciones de riesgo para aquellos sitios que por razones
imprevistas o fortuitas resultan afectadas.
3. Realizar las evaluaciones de quienes de manera particular solicitan apoyo,
por considerarse afectado o estar asentado en zona de riesgo.
4. Realizar operativos y verificar las condiciones de seguridad para aquellos
inmuebles o espacios que por su destino, son usados para eventos
programados de concentraciones masivas.
5. Supervisar la realización de simulacros que realizan las empresas de
acuerdo al las actividades que desarrollan, y al tipo y grado de riesgo con
que operan.
6. Atender los imprevistos derivados de peticiones de ciudadanos que logran
percibir olores de materiales peligrosos, que por su flamabilidad pudieran
resultar tener impactos adversos y de riesgo.
7. Atender los imprevistos derivados de peticiones de ciudadanos que por
diversas razones se ven involucrados en efectos de todo tipo de incendios.
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DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL
AYUNTAMIENTO DE XALAPA
FUNCIONES 8. Atender los imprevistos derivados de accidentes automovilísticos,
atendiendo incidencias provocadas por derrame de combustibles y
canalización hospitalaria de quienes resulten afectados.
9. Atender los imprevistos de quienes se ven afectados por inundaciones y
derrumbes, durante la presencia de las precipitaciones pluviales y/o los
efectos de estas.
10. Atender los imprevistos derivados de peticiones de ciudadanos que se ven
afectados por fallas en los servicios de infraestructura dentro del Municipio
como son; tapas de registros en general; postes de electricidad, teléfonos,
cable y anuncios publicitarios.
11. Coordinar y supervisar las tareas encomendadas a sus subordinados.
12. Acordar con el Director los asuntos concernientes a la Unidad.
13. Informar al Director de las funciones desempeñadas y de los resultados
obtenidos.
14. Apoyar de manera directa en todas aquellas actividades que le requiera la
Dirección.
15. Dar seguimiento a los asuntos del área.
16. Las demás funciones que en el ámbito de competencia le confiera
expresamente el Director y las que determinen los demás ordenamientos
legales aplicables.
DIRECCION DE PROTECCIÓN CIVIL
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DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL
AYUNTAMIENTO DE XALAPA
COORDINACIÓN INTERNA
COORDINACIÓN EXTERNA
CON:
1. Las Dependencias de los
Gobiernos Federal, Estatal
y Municipal.
CON:
1. El Director de Protección
Civil
2. EL personal subordinado
3. Las Dependencias del
Ayuntamiento de Xalapa.
PARA:
1. Recibir instrucciones y proporcionar
información sobre el funcionamiento
de la unidad
2. Dar instrucciones, solicitar
información, supervisar y coordinar
las actividades asignadas.
3. Solicitar y relacionar la información
relacionada con movimientos de
apertura y apoyos en situaciones de
emergencia.
PARA:
1.- Dar atención los requerimientos
solicitados a través del Director;
para darle seguimiento a la
información o apoyos que se
requieran.
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DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL
AYUNTAMIENTO DE XALAPA
PERFIL PROFESIONAL EL TITULAR DE LA UNIDAD OPERATIVA DE INSPECTORES Y VERIFICACIONES DEBERÁ, CUMPLIR CON LO SIGUIENTE:
Preparación académica
Preferentemente en el área de arquitectura o ingeniería civil.
Título y cédula profesional legalmente expedidos.
Conocimientos necesarios
Conocimiento de la Normatividad aplicable que rija los estándares de
seguridad y prevención de riesgos dentro del Territorio Municipal.
Experiencia laboral previa
Un mínimo de tres años de experiencia, en la administración pública a nivel
Jefatura o cargo similar.
Habilidades y destrezas
Capacidad de análisis y síntesis
Capacidad para Organizar y dirigir.
Dominio de la comunicación escrita y oral
Dominio de las relaciones interpersonales
Dominio de iniciativa, creatividad e innovación
Capacidad desarrollar y orientar equipos de trabajo
Conocimientos tecnológicos
Manejo de micro computadoras y software correspondientes.
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DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL
AYUNTAMIENTO DE XALAPA
IDENTIFICACIÓN Nombre del Puesto: Técnico Profesional A
Función: Jefe de la Unidad Jurídica de Difusión y
Capacitación
Jefe Inmediato: Director de Protección Civil
Subordinados inmediatos: Técnicos Administrativos
Suplencia en caso
de ausencia temporal:
DESCRIPCIÓN GENERAL / OBJETIVO
Es el responsable de ejecutar y manejar las situaciones de inconformidad
en materia de Protección Civil de acuerdo a la Reglamentación Municipal,
Leyes y Normas aplicables; cuyo objetivo lleva orientar a la población para
que de manera sistemática y de acuerdo a su campo de actividades, analice
los riesgos y adopte las medidas de seguridad que se requieran
implementar; para evitar los efectos adversos que pudieran presentarse,
ante la presencia de una emergencia, contingencia, siniestro o desastre
que pudieran poner en riesgo a la ciudadanía.
La persona que designe el Presidente
Municipal o el Director de Protección
Civil en los términos que establece la Ley
DIRECCION DE PROTECCIÓN CIVIL
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45
DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL
AYUNTAMIENTO DE XALAPA
UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA
NOTA: La presente estructura orgánica funcional no está aprobada por el cabildo, es una grafica para ubicar los puestos operativos
que existen en el área y cuya función contribuye al cumplimiento de los objetivos de la misma.
DD
DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN
CIVIL
DD
UNIDAD TÉCNICA
DD
UNIDAD OPERATIVA DE INSPECCIONES/ VERIFICACIONES
DD
UNIDAD, JURÍDICA DE DIFUSIÓN Y
CAPACITACIÓN
DD
UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y LOGÍSTICA
UNIDAD DE
AMBULANCIAS
ELABORÓ: REVISÓ: FECHA: AUTORIZÓ:
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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN
46
DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL
AYUNTAMIENTO DE XALAPA
FUNCIONES
1. Realizar las inspecciones a los establecimientos comerciales que se
proponen o se encuentran funcionando; para verificar y determinar las
medidas de seguridad y prevención de riesgos que deben cumplir o en su
caso implementar para su correcto funcionamiento.
2. Realizar las evaluaciones de quienes de manera particular solicitan apoyo,
por considerarse afectado por terceros.
3. Realizar Operativos y verifica las condiciones de seguridad para aquellos
inmuebles o espacios que por su destino, son usados para eventos
programados de concentraciones masivas.
4. Manejar situaciones de inconformidad en los casos de que alguna persona
sea física o moral interponga el recurso de revocación prevista tanto en la
Ley No. 226 de Protección Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la
Llave, como en el Reglamento de Protección Civil Vigente para el municipio
de Xalapa, Veracruz, por alguna resolución emitida por la Dirección de
Protección Civil.
5. Rendir informes superiores o judiciales cuando sean solicitados
6. Ejercitar las acciones Jurídicas Necesarias ante las autoridades
correspondientes.
7. Aplicación de la Reglamentación Municipal.
DIRECCION DE PROTECCIÓN CIVIL
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DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL
AYUNTAMIENTO DE XALAPA
FUNCIONES
8. Realizar pláticas en materia de prevención a la población escolar y la
comunidad.
9. Realizar campañas y pláticas en coordinación de instituciones educativas,
privadas, del sector público o privado y la sociedad.
10. Elaborar y difundir información sobre los programas de protección civil en
centros escolares, lugares públicos.
11. Coordinar la realización de simulacros acorde a las condiciones de riesgo
que se presenten en el municipio.
12. Coordinar y supervisa las tareas encomendadas a sus subordinados.
13. Acordar con el Director los asuntos concernientes a la Unidad.
14. Informar al Director de las funciones desempeñadas y de los resultados
obtenidos.
15. Apoyar de manera directa en todas aquellas actividades que le requiera la
Dirección.
16. Dar seguimiento a los asuntos del área.
17. Las demás funciones que en el ámbito de competencia le confiera
expresamente el Director y las que determinen los demás ordenamientos
legales aplicables.
DIRECCION DE PROTECCIÓN CIVIL
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN
48
DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL
AYUNTAMIENTO DE XALAPA
COORDINACIÓN INTERNA
COORDINACIÓN EXTERNA
CON:
1. El Director de Protección
Civil
2. El personal subordinado
3. Las Dependencias del
Ayuntamiento de Xalapa.
PARA:
1. Recibir instrucciones y proporcionar
información sobre el funcionamiento
de la unidad.
2. Dar instrucciones, solicitar
información, supervisar y coordinar
las actividades asignadas.
3. Coordinar, Solicitar, proporcionar y
relacionar información concerniente
a asuntos jurídicos de la
dependencia.
CON:
1. Las Dependencias de los
Gobiernos Federal, Estatal y
Municipal.
PARA:
1. Dar atención los requerimientos
solicitados a través del Director; para
darle seguimiento a la información
o apoyos que se requieran.
DIRECCION DE PROTECCIÓN CIVIL
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN
49
DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL
AYUNTAMIENTO DE XALAPA
EL TITULAR DE LA UNIDAD JURÍDICA DE DIFUSIÓN Y CAPACITACIÓN, DEBERÁ
CUMPLIR CON LO SIGUENTE:
Preparación académica
Preferentemente en el área de Derecho, Administración o Licenciatura
similar. Título y cédula profesional legalmente expedidos,
Conocimientos necesarios
Conocimiento de la Normatividad aplicable que rija los procedimientos de
evaluación en materia de seguridad y prevención de riesgos.
Experiencia laboral previa
Un mínimo de tres años de experiencia, en la administración pública a nivel
Jefatura o cargo similar.
Habilidades y destrezas
Capacidad de análisis y síntesis
Capacidad para organizar y dirigir.
Dominio de la comunicación escrita y oral
Dominio de las relaciones interpersonales
Dominio de iniciativa, creatividad e innovación
Capacidad de desarrollar y orientar equipos de trabajo
Conocimientos tecnológicos
Manejo de micro computadoras y software correspondientes.
PERFIL PROFESIONAL
DIRECCION DE PROTECCIÓN CIVIL
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50
DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL
AYUNTAMIENTO DE XALAPA
IDENTIFICACIÓN
Nombre del Puesto: Técnico Administrativo B
Función: Jefe de la Unidad
de Administración y Logística
Jefe Inmediato: Director de Protección Civil
Subordinados Técnicos Administrativos (Técnicos Inmediatos: Operativos)
Suplencia en caso Municipal o el Director de Protección Civil
de ausencia temporal: en los términos que establece la Ley
Orgánica del Municipio Libre
DESCRIPCIÓN GENERAL / OBJETIVO
Es el responsable de Programar, integrar y controlar la información, los
recursos administrativos, los insumos del parque vehicular, el manejo de la
correspondencia, el control financiero y asignaciones especiales; derivado de
las actividades propias de la Dirección y las demás Unidades Administrativas.
DIRECCION DE PROTECCIÓN CIVIL
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN
51
DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL
AYUNTAMIENTO DE XALAPA
UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA
NOTA: La presente estructura orgánica funcional no está aprobada por el cabildo, es una grafica para ubicar los puestos operativos
que existen en el área y cuya función contribuye al cumplimiento de los objetivos de la misma
DD
DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN
CIVIL
DD
UNIDAD TÉCNICA
DD
UNIDAD OPERATIVA DE INSPECCIONES/ VERIFICACIONES
DD
UNIDAD JURÍDICA DE DIFUSIÓN Y
CAPACITACIÓN
DD
UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y LOGÍSTICA
UNIDAD DE
AMBULANCIAS
ELABORÓ: REVISÓ: FECHA: AUTORIZÓ:
DIRECCION DE PROTECCIÓN CIVIL
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN
52
DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL
AYUNTAMIENTO DE XALAPA
FUNCIONES 1. Realizar y controlar los programas operativos anuales (POA) e
información de los resultados
2. Solicitar y controlar los recursos para las diversas actividades
administrativas de la Dirección
3. Controlar los recursos de apoyo que se dan a la población en caso de
contingencias
4. Solicitar y controlar los recursos para el parque vehicular de la Dirección
5. Controlar y manejar los destinos de la correspondencia
6. Controlar y manejar los destinos financieros por emisión de dictámenes.
7. Controlar y manejar las estadísticas
8. Coordinar y supervisar las tareas encomendadas a sus subordinados.
9. Acordar con el Director los asuntos concernientes a la Unidad.
10. Informar al Director de las funciones desempeñadas y de los resultados
obtenidos.
11. Apoyar de manera directa en todas aquellas actividades que requeridas.
12. Dar seguimiento a los asuntos del área.
13. Las demás funciones que en el ámbito de competencia le confiera expresamente el Director y las que determinen los demás ordenamientos legales aplicables.
DIRECCION DE PROTECCIÓN CIVIL
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN
53
DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL
AYUNTAMIENTO DE XALAPA
COORDINACIÓN INTERNA
COORDINACIÓN EXTERNA
CON:
1. El Director de Protección
Civil
2. El personal subordinado
3. Las Dependencias del
Ayuntamiento de Xalapa.
PARA:
1. Recibir instrucciones y proporcionar
información sobre el funcionamiento
de la unidad
2. Dar instrucciones, solicitar
información, supervisar y coordinar
las actividades asignadas.
3. Solicitar, relacionar y proporcionar
información sobre los insumos e
informes generados por la
dependencia
CON:
1. Las Dependencias de los
Gobiernos Federal, Estatal y
Municipal.
PARA:
1. Dar atención los requerimientos
solicitados a través del Director; para
darle seguimiento a la información
o apoyos que se requieran.
DIRECCION DE PROTECCIÓN CIVIL
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN
54
DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL
AYUNTAMIENTO DE XALAPA
PERFIL PROFESIONAL EL TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y LOGÍSTICA, DEBERÁ
CUMPLIR CON LO SIGUENTE:
Preparación académica
Preferentemente en el área de Administración, Contaduría o Licenciatura
afín. Título y cédula profesional legalmente expedidos,
Conocimientos necesarios
Conocimiento de la Normatividad aplicable que rija los procedimientos de
Administración Publica y procedimientos de control en materia de seguridad
y prevención de riesgos.
Experiencia laboral previa
Un mínimo de tres años de experiencia, en la administración pública a nivel
Jefatura o cargo similar.
Habilidades y destrezas
Capacidad de análisis y síntesis
Capacidad para Organizar y dirigir.
Dominio de la comunicación escrita y oral
Dominio de las relaciones interpersonales
Capacidad de desarrollar y orientar equipos de trabajo
Conocimientos tecnológicos
Manejo de micro computadoras y software correspondientes.
DIRECCION DE PROTECCIÓN CIVIL
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN
55
DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL
AYUNTAMIENTO DE XALAPA
IDENTIFICACIÓN Nombre del Puesto: Técnico Profesional A
Función: Jefe de la Unidad de Ambulancias
Jefe Inmediato: Director de Protección Civil
Subordinados
Inmediatos: Técnicos profesionales
Suplencia en caso
de ausencia temporal:
DESCRIPCIÓN GENERAL / OBJETIVO
Es el responsable de ejecutar y manejar las situaciones que se presenten en el
municipio concerniente a atención prehospitalaria en caso de emergencia
incluyendo traslados a los diferentes nosocomios de la localidad y el apoyo a
personas con capacidades diferentes y ciudadanía general en traslados a sus
terapias de rehabilitación y/o consultas médicas programadas así como
traslados de emergencia interhospitalarios además de establecer la
colaboración interinstitucional con los diferentes dependencias de salud.
La persona que designe el Presidente
Municipal o el Director de Protección Civil
en los términos que establece la Ley
DIRECCION DE PROTECCIÓN CIVIL
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN
56
DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL
AYUNTAMIENTO DE XALAPA
UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA
NOTA: La presente estructura orgánica funcional no está aprobada por el cabildo, es una grafica para ubicar los puestos operativos
que existen en el área y cuya función contribuye al cumplimiento de los objetivos de la misma
DD
DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN
CIVIL
DD
UNIDAD TÉCNICA
DD
UNIDAD OPERATIVA DE INSPECCIONES/ VERIFICACIONES
DD
UNIDAD JURÍDICA DE DIFUSIÓN Y
CAPACITACIÓN
DD
UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y LOGÍSTICA
UNIDAD DE
AMBULANCIAS
ELABORÓ: REVISÓ: FECHA: AUTORIZÓ:
DIRECCION DE PROTECCIÓN CIVIL
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN
57
DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL
AYUNTAMIENTO DE XALAPA
FUNCIONES
1. Coordinar los traslados solicitados por la sociedad
2. Coordinar los traslados a los diferentes hospitales surgidos en alguna
situación de emergencia.
3. Brindar la atención prehospitalaria a la población en caso de emergencia.
4. Coordinar con los diferentes nosocomios los traslados interhospitalarios
solicitados a la Dirección de Protección Civil.
5. Realizar pláticas en materia de primeros auxilios a la población escolar y la
comunidad.
6. Realizar campañas y pláticas en coordinación con instituciones de salud,
educativas, privadas, del sector público o privado y la sociedad.
7. Elaborar y difundir información sobre atención prehospitalaria en centros
escolares, lugares públicos.
8. Realizar y controlar los programas de actividades anuales e información de
los resultados
9. Solicitar y controlar los recursos para las diversas actividades
administrativas de la Unidad de Ambulancias.
10. Solicitar y controlar los recursos para el parque vehicular de la Unidad de
Ambulancias
DIRECCION DE PROTECCIÓN CIVIL
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN
58
DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL
AYUNTAMIENTO DE XALAPA
FUNCIONES
11. Controlar y manejar estadísticas de atenciones y traslados
12. Coordinar y supervisar las tareas encomendadas a sus subordinados.
13. Acordar con el Director los asuntos concernientes a la Unidad.
14. Informar al Director de las funciones desempeñadas y de los resultados
obtenidos.
15. Apoyar de manera directa en todas aquellas actividades que le requiera la
Dirección.
16. Dar seguimiento a los asuntos del área.
17. Las demás funciones que en el ámbito de competencia le confiera
expresamente el Director y las que determinen los demás ordenamientos
legales aplicables.
DIRECCION DE PROTECCIÓN CIVIL
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN
59
DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL
AYUNTAMIENTO DE XALAPA
COORDINACIÓN INTERNA
COORDINACIÓN EXTERNA
CON:
1. El Director de Protección
Civil
2. El personal subordinado
3. Las Dependencias del
Ayuntamiento de Xalapa.
PARA:
1. Recibir instrucciones y proporcionar
información sobre el funcionamiento
de la unidad
2. Dar instrucciones, solicitar
información, supervisar y coordinar
las actividades asignadas.
3. Solicitar, relacionar y coordinar la
información concerniente a la
atención brindada por las
ambulancias municipales
CON:
1. Las dependencias de los
Gobiernos Federal, Estatal y
Municipal.
PARA:
1. Dar atención los requerimientos
solicitados a través del Director; para
darle seguimiento a la información o
apoyos que se requieran.
DIRECCION DE PROTECCIÓN CIVIL
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN
60
DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL
AYUNTAMIENTO DE XALAPA
PERFIL PROFESIONAL
EL TITULAR DE LA UNIDAD DE AMBULANCIAS, DEBERÁ CUMPLIR CON LO
SIGUENTE:
Preparación académica
Preferentemente en Medicina, Licenciatura afín o Técnico en Urgencias
Médicas Avanzado. Título y cédula profesional, y/o Certificado legalmente
expedidos.
Conocimientos necesarios
Conocimiento de la Normatividad aplicable en atención prehospitalaria que
rija los procedimientos de Administración de personal y vehículos de
emergencia. Amplio conocimiento en farmacología. Y procedimientos de
control en materia de seguridad y prevención de riesgos
Experiencia laboral previa
Un mínimo de tres años de experiencia, en la administración pública a nivel
Jefatura o cargo similar.
Habilidades y destrezas
Dominio de situaciones de emergencia en todas sus modalidades
Conocimiento y manejo pleno de la atención prehospitalaria
Conocimiento y dominio de equipo de atención prehospitalaria
Dominio de la comunicación escrita y oral
DIRECCION DE PROTECCIÓN CIVIL
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN
61
DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL
AYUNTAMIENTO DE XALAPA
Dominio de las relaciones interpersonales
Dominio de iniciativa, creatividad e innovación
Capacidad de desarrollar y orientar equipos de trabajo
Conocimientos tecnológicos
Manejo de micro computadoras y software correspondientes.
Manejo de equipo de emergencia
PERFIL PROFESIONAL
DIRECCION DE PROTECCIÓN CIVIL
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN
62
DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL
AYUNTAMIENTO DE XALAPA
GLOSARIO
Actividad: Una o más acciones afines y sucesivas que forman parte de un procedimiento, ejecutado por una misma persona o por una unidad administrativa. Análisis de puestos: Es el proceso que permite determinar el requerimiento del puesto, a través de los niveles de formación, experiencia y competencias, en función de la misión organizacional. Autoridad: Persona u organismo que ejerce una potestad que le ha sido conferida legalmente para desempeñar una función pública o para dictar al efecto, resoluciones cuya obediencia es indeclinable, bajo la amenaza de una sanción y la posibilidad legal de su ejecución forzosa en caso necesario. Descripción del puesto: Es el proceso que identifica, recolecta, examina y registra la información relativa al contenido, situación e incidencia real de un puesto en la organización, a través de la determinación del rol, atribuciones y responsabilidades; e, interfaz, en función de la misión y procesos organizacionales. Facultad: Posibilidad jurídica que tiene un sujeto de ejercer, bajo su responsabilidad, determinados actos administrativos. Guía técnica: Documento que contiene la metodología, las instrucciones y la información esencial para dirigir u orientar la elaboración de diversos tipos de documentos técnicos-administrativos.
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GLOSARIO
Manual Administrativo: Documento administrativo de fácil manejo que se utiliza para brindar, en forma ordenada y sistemática, la información de diversa índole para la operación de una organización; atribuciones, estructura orgánica, objetivos, políticas, normas, puestos, sistemas, procedimientos, actividades y tareas, así como instrucciones o acuerdos que se consideren necesarios para el mejor desempeño de las labores. Manual de procedimientos: Medio o instrumento de información en el que se consignan, en forma metódica, los pasos y operaciones que deben seguirse para la realización de las funciones de una dependencia o entidad, en ellos se describen, además, los diferentes puestos o unidades administrativas que intervienen y se precisa Su responsabilidad y su participación. Suelen contener información y ejemplos de los formularios, impresos, autorizaciones o documentos necesarios. Metodología: Disposición lógica de los pasos tendientes a conocer y resolver problemas administrativos por medio de un análisis ordenado. Objetivo: Es el propósito que pretende cumplir, y que especifica con claridad el qué y para qué se proyecta y se debe realizar una determinada acción. Establecer objetivos significa predeterminar que se quiere lograr. La determinación del objetivo de una institución se hace con apego a las atribuciones de cada dependencia o entidad pública. Operación: Cada una de las acciones físicas y mentales necesarias para ejecutar una actividad o labor determinada.
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Política: Ordenamiento imperativo y específico de acción que persigue un fin determinado, con la característica de ser rígido en su aplicación. Regla de conducta o precepto que regula la interacción de los individuos en una organización, así como la actividad de una Unidad Responsable o de toda una Institución. Generalmente la norma conlleva una estructura de sanciones para quienes no la observen. Procedimiento: Es una serie de actividades relacionadas entre sí y cronológicamente, que muestran la forma establecida en que se realiza un trabajo determinado, explicando en forma clara y precisa quién, qué, cómo, cuándo, donde y con qué se realiza cada una de las actividades. Es la sucesión cronológica de operaciones concatenadas entre sí, que se constituyen en una unidad, en función de la realización de una actividad o tarea específica dentro de un ámbito predeterminado de aplicación. Involucra actividades y tareas del personal, la determinación de tiempos de realización, el uso de recursos y la aplicación de métodos de trabajo y de control para lograr el cabal, oportuno y eficiente desarrollo de las operaciones. Los procedimientos deben estar integrados por: objetivo, normas de operación, descripción narrativa, diagramas de flujo, formatos y demás documentos que describan las actividades que se realizan para la ejecución de un trabajo determinada Requerimientos del puesto: Se refiere a los niveles de instrucción formal, especialización, experiencia, establecidos en la descripción y análisis del puesto, que deberá satisfacer la persona para ocupar el mismo dentro de la organización.
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Técnica: Conjunto de conocimientos, procedimientos y capacidades para elaborar, fabricar y usar bienes, así como para alcanzar un resultado esperado o desarrollo de una actividad administrativa. Unidad Responsable: Es el individuo, puesto u órgano administrativo que participa en las actividades descritas en el procedimiento.
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FIRMAS DE AUTORIZACION
ELABORÓ
__________________________________________________________________ Carmelo Isaí Monfil Carmona.
Técnico Administrativo de la Dirección de Protección Civil
REVISÓ
______________________________________________________________ Jorge Javier Pabello Olmos.
Director General de Recursos Humanos
Vo. Bo.
__________________________________________________________________ Víctor Hugo Cerón López.
Director de Protección Civil
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DIRECTORIO
David Velasco Chedraui Presidente Municipal de Xalapa
Ángel Lara Platas Secretario del Ayuntamiento Antonio Ballesteros Grayeb
Síndico Único Ricardo Ruiz Martínez
Regidor Primero Miguel Ángel Briones Méndez
Regidor Segundo Roberto Carvajal Hernández
Regidor Tercero Minerva Salcedo Baca
Regidora Cuarta José Luis Sosa Martínez
Regidor Quinto José Luis Hernández López
Regidor Sexto Fernando Acosta Velázquez
Regidor Séptimo Patricia Hernández García
Regidora Octava Carlos Gabriel Fuentes Urrutia
Regidor Noveno Ana María Córdoba Hernández
Regidor Décimo Dulce María Dauzón
Regidor Décimo Primero Esteban Hidalgo Gómez
Regidor Décimo Segundo Salome Jiménez Picazzo Regidor Décimo Tercero
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BITACORA DE CAMBIOS No. De Cambios Fecha de revisión Comentarios
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Febrero de 2009
Se retomó el proyecto de manual iniciado en la administración anterior y se concluyó el Manual Especifico de Organización de la Dirección de Protección Civil dicho manual, el cual se elaboró de a cuerdo a la estructura aprobada con el actual Reglamento de la Administración Pública Municipal