manual del procedimiento: registro de denuncias …

18
MANUAL DEL PROCEDIMIENTO: REGISTRO DE DENUNCIAS VÍA INTERNET www.edomex.gob.mx/sistema/sai.asp

Upload: others

Post on 20-Nov-2021

34 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: MANUAL DEL PROCEDIMIENTO: REGISTRO DE DENUNCIAS …

MANUAL DEL PROCEDIMIENTO: REGISTRO DE DENUNCIAS VÍA INTERNET

www.edomex.gob.mx/sistema/sai.asp

Page 2: MANUAL DEL PROCEDIMIENTO: REGISTRO DE DENUNCIAS …

CONTENIDO

Pág;

I OBJETIVO 1

II DIAGRAMA DE FLUJO DEL REGISTRO DE

AVERIGUACIONES PREVIAS EN LÍNEA 2

III MANUAL DEL USUARIO 3

IV MARCO JURÍDICO 14

Page 3: MANUAL DEL PROCEDIMIENTO: REGISTRO DE DENUNCIAS …

OBJETIVO DEL SERVICIO

Acercar al ciudadano un buzón confidencial donde obtenga información para la presentación de la

denuncia, desde su hogar u oficina ante la autoridad competente, sobre hechos que pudieran ser

constitutivos de delito, con el objetivo de orientarle sobre los pasos a seguir y la documentación que

necesitará reunir para asistir a ratificarla.

Page 4: MANUAL DEL PROCEDIMIENTO: REGISTRO DE DENUNCIAS …

DIAGRAMA DE FLUJO DEL REGISTRO DE AVERIGUACIONES PREVIAS EN LÍNEA

Solicitante Administrador del

Servicio

Subprocuraduría

FIN

Ingresa al rubro denuncias

INICIO

Accesa a la página principal de la Dependencia

que se publica en internet www.edomex.gob.mx/pgjem

Requisita formato, imprime y

envía

Espera notificación verbal o escrita por parte del personal de la

Procuraduría para asistir a ratificar la denuncia

FIN

INICIO

Consulta e imprime predenuncias del back office

Analiza las predenuncias y las clasifica

Remite predenuncia a la Subprocuraduría

correspondiente por correo electrónico de la Intranet

Recibe acuse de recibo de las predenuncias enviadas

Agenda y cita al ciudadano vía telefónica, correo electrónico o

certificado

INICIO

Recibe predenuncia y acusa de recibo al Administrador del

Servicio

Inicia la Averiguación Previa mediante formato de ratificación (anexo 1), asigna el número de expediente y registra en el Libro de Gobierno

Remite la denuncia con su ratificación y anexos a la Agencia que corresponda, la cual deberá informar a la Sub Procuraduría Regional, para que a su vez esta informe semanalmente del estado procesal de las mismas a la Sub Procuraduría General de Coordinación

FIN

Page 5: MANUAL DEL PROCEDIMIENTO: REGISTRO DE DENUNCIAS …

MANUAL DEL USUARIO

Una vez que se accesa a Microsoft Internet Explorer versión 6 o posterior, se teclea la dirección

electrónica http://www.edomex.gob.mx/pgjem y con el mouse se da un clic en el rubro “Denuncias”.

Page 6: MANUAL DEL PROCEDIMIENTO: REGISTRO DE DENUNCIAS …

Aparece la siguiente pantalla:

Page 7: MANUAL DEL PROCEDIMIENTO: REGISTRO DE DENUNCIAS …

Se deberá dar un click en el rubro “Otras denuncias”, se despliega la siguiente pantalla:

Page 8: MANUAL DEL PROCEDIMIENTO: REGISTRO DE DENUNCIAS …

Al dar click en “¿Que deseas denunciar?” se despliega el formato que el usuario del servicio deberá

requisitar:

Page 9: MANUAL DEL PROCEDIMIENTO: REGISTRO DE DENUNCIAS …
Page 10: MANUAL DEL PROCEDIMIENTO: REGISTRO DE DENUNCIAS …
Page 11: MANUAL DEL PROCEDIMIENTO: REGISTRO DE DENUNCIAS …
Page 12: MANUAL DEL PROCEDIMIENTO: REGISTRO DE DENUNCIAS …

Una vez requisitado el formato de un click en “Imprimir” y posteriormente de un click en “Enviar”, se

despliega la siguiente pantalla:

Deberá nuevamente “Imprimir”.

Page 13: MANUAL DEL PROCEDIMIENTO: REGISTRO DE DENUNCIAS …

Con las impresiones realizadas se deberá esperar llamada telefónica, correo electrónico o

certificado, lo anterior en virtud de que personal de la Procuraduría General de Justicia del Estado

de México se comunicará para mencionarle la Agencia a la que deberá acudir, así como los

documentos que requiere presentar, dentro del término de diez días posteriores al que se le informe

la Agencia del ministerio Público que tomó conocimiento de la predenuncia, para el caso de

incumplir con la ratificación se ordenará el archivo en el término de ocho días, siempre y cuando no

se violenten disposiciones del orden público, en tratándose de delitos de oficio; el mismo término se

aplicará de no contar con los elementos necesarios y/o suficientes, como nombre y domicilio

correctos, teléfono completo para citar o notificar al denunciante, para dar seguimiento a sus

predenuncias, por ende, la autoridad competente dejará constancia documental de lo anterior, en el

archivo correspondiente.

Page 14: MANUAL DEL PROCEDIMIENTO: REGISTRO DE DENUNCIAS …

MARCO JURÍDICO

El apoyo normativo de lo aquí expuesto encuentra su fundamento en los artículos del Código de

Procedimientos Penales que, en lo conducente, se transcriben a continuación:

Artículo 12.- Las actuaciones deberán constar por escrito… en cada una de ellas se expresará el

lugar, la hora, día, mes y año en que se realicen.

Artículo 13 (segundo párrafo).- En las diligencias podrá emplearse cualquier medio tecnológico que posibilite su reproducción, haciéndose constar tal circunstancia en el acta respectiva.

Artículo 16.- Los agentes del ministerio público… recabarán del denunciante, del querellante o de

sus representantes legales… la protesta de decir verdad.

Artículo 17.- Todas las personas que intervengan en las diligencias firmarán al calce y al margen

del acta. Si no supieren firmar, imprimirán su dactilograma. Si no quisieren o no pudieren hacerlo,

se hará constar el motivo.

Page 15: MANUAL DEL PROCEDIMIENTO: REGISTRO DE DENUNCIAS …

Artículo 23.- Las promociones que se hagan por escrito deberán ser firmadas por su autor, y en

caso de no saber hacerlo, imprimirá su dactilograma, pudiéndose ordenar su ratificación cuando se

estime necesario; pero deberán ser siempre ratificadas si el que las hace no las firma por cualquier motivo.

Artículo 33.- El ministerio público y el órgano jurisdiccional en todo lo que la ley no prohíba o

prevenga expresamente, podrán dictar los trámites y providencias necesarias para la pronta y

eficaz procuración y administración de justicia.

Artículo 60.- Toda persona está obligada a presentarse ante el ministerio público… cuando sea

citado… .

Artículo 61.- Las citaciones podrán hacerse por cédula, telégrafo o algún otro medio de

comunicación escrito… .

Artículo 103.- Las denuncias y querellas pueden formularse verbalmente o por escrito… debiendo

contener la firma o dactilograma del que las formule, su domicilio y demás datos que faculten su

localización. Si se formulan por escrito, éste deberá contener las mismas formalidades y datos.

Page 16: MANUAL DEL PROCEDIMIENTO: REGISTRO DE DENUNCIAS …

Artículo 104.- La querella presentada por escrito deberá ser ratificada al momento de su

presentación. La denuncia presentada por la misma vía no requiere ratificación para el inicio de la

averiguación, sin perjuicio del cumplimiento de este acto en el perfeccionamiento de la

investigación.

Derivado de lo anterior, se advierte la posibilidad jurídica de presentar denuncias o querellas vía

Internet, siempre condicionadas a reunir los datos que la propia ley señala y a su posterior

ratificación ante la presencia ministerial.

Page 17: MANUAL DEL PROCEDIMIENTO: REGISTRO DE DENUNCIAS …

ANEXO 1

Page 18: MANUAL DEL PROCEDIMIENTO: REGISTRO DE DENUNCIAS …

R A T I F I C A C I Ó N

En la ciudad de _____________, Estado de México, siendo las ___________ horas del día _______ de

________ del año 200 _____, comparece en estas oficinas el C. _____________________________, quien se

identifica con _________________________, a efecto de ratificar su denuncia y/o querella, presentada el día

______ de ______del presente año, vía Internet, manifestando bajo protesta de decir verdad y apercibido de las

penas en que incurren quienes se conducen con falsedad ante cualquier autoridad, que la confirma en todas y

cada una de sus partes, en términos de lo dispuesto por los artículos 23 y 104 del Código de Procedimientos

Penales, firmándola en este acto al margen y al calce para debida constancia legal, ante el suscrito Agente del

Ministerio Público quien actúa con Secretario que da fe.---------------

EL DENUNCIANTE

EL AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO SECRETARIO