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MANUAL DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA EL EJERCICIO DE RECURSOS ECONÓMICOS. Enero 2017.

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MANUAL DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS

ADMINISTRATIVOS PARA EL EJERCICIO DE

RECURSOS ECONÓMICOS.

Enero 2017.

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POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

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INDICE PAGINAI. OBJETIVO 3II. MARCO LEGAL 3III. INFORMACIÓN CONTABLE 4IV. OBTENCION DE RECURSOS 4V. EJERCICIO DE LOS Y COMPROBACIÓN DE LOS RECURSOS 5

1. Elegibilidad 52. Ejercicio del gasto 53. Comprobación de gasto corriente 64. Deducibilidad de gasto corriente 75. No deducibilidad de gasto corriente 8

VI. PROCEDIMIENTOS PARA EJERCICIO Y COMPROBACIÓN DE GASTO CORRIENTE 91. Gastos de viaje y/o de campo 92. Gastos de talleres y capacitación 113. Combustible 114. Contratación de consultores o prestación de servicios 125. Adquisiciones de equipo y bienes menores 166. Fondos Fijos Revolventes 187. Administración de Equipos 198. Adquisiciones de inmuebles 19

VII. CONTRATACION DE PERSONAL 201. Catálogo de puestos 202. Selección de personal 203. Contratación 214. Altas, Modificaciones y Bajas de Persona 215. Faltas 236. Capacitación 23

APENDICES 1. Catálogo de puestos 242. Condiciones de trabajo 303. Prestaciones laborales 354. Fraude y Corrupción 375. Conflicto de Intereses 39ANEXOS 1. Solicitud de recursos 402. Comprobación de gastos de viaje o campo 413. Lista asistencia talleres de capacitación 424. Bitácora uso de gasolina 435. Carta de resguardo de equipo 446. Carta responsiva fondo fijo 457. Datos generales para contratación de personal 468. Carta de alta, modificación o baja de personal 479. Carta renuncia 4810. Formulario para la divulgación de conflicto de intereses 49

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I. OBJETIVO El objetivo del presente “Manual de políticas y procedimientos administrativos para el ejercicio de recursos económicos”, es establecer las reglas mínimas de calidad y de presentación que se deben seguir para la obtención y ejercicio de recursos económicos destinados a la operación de los proyectos que ejecuta Espacios Naturales y Desarrollo Sustentable A.C. (ENDESU), así como los controles administrativos necesarios para el cumplimiento de las leyes aplicables a las donatarias autorizadas. II. MARCO LEGAL Espacios Naturales y Desarrollo Sustentable A.C. (ENDESU), es una organización constituida como una Asociación Civil sin fines de lucro, con base en el artículo 2670 del Código Civil Federal. De conformidad con los artículos 79 fracción XIX y 82 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) vigente, la asociación es considerada una persona moral con fines no lucrativos, por lo cual no es contribuyente de dicho impuesto, salvo en los casos que se ubique en uno de los supuestos mencionados en el penúltimo párrafo del artículo 79 de la citada ley. La asociación cuenta con el oficio de autorización No. 600-04-02-2014-6099 por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT), para que los donativos que recibe sean deducibles fiscalmente para las personas físicas o morales mexicanas que los otorgan. Dicho oficio también autoriza a ENDESU para recibir donativos deducibles del extranjero en los términos de los convenios suscritos por México para evitar la doble tributación, conforme al artículo 82 de la LISR. Estas autorizaciones son renovadas anualmente, siempre y cuando la asociación cumpla con los requisitos y obligaciones que en su carácter de donataria autorizada deba cumplir conforme a las disposiciones fiscales vigentes. De conformidad con el artículo 8 de la Ley del Impuesto al Valor agregado (LIVA) los ingresos obtenidos por la asociación en carácter de donativos, no son actos que causen este impuesto. La Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por las Organizaciones de la Sociedad Civil (LFFAROSC), fomenta las actividades que desempeña la asociación, en su artículo 5 fracción XII, con la finalidad de acceder a los apoyos y estímulos que otorgue la Administración Pública Federal.

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III. INFORMACIÓN CONTABLE Y FINANCIERA Espacios Naturales y Desarrollo Sustentable A.C. (ENDESU), cuenta con el Sistema de Contabilidad Integral (COI), todas las operaciones que realiza, tanto de ingresos como egresos, son capturadas y procesadas en dicho sistema con la finalidad de brindar información confiable, veraz y oportuna, para la toma de decisiones y control del ejercicio de los recursos en los diversos proyectos, también se genera esta información para cumplir con las diversas disposiciones legales que generan obligaciones a la asociación. La información Financiera se presenta de acuerdo con las Normas de Información Financieras Mexicanas (NIF), anteriormente conocidas como Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados. De conformidad con los artículos 86 fracción I de La Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), 106 del Reglamento de la misma ley, y 28 del Código Fiscal de la Federación (CFF), es obligación de las Personas Morales con Fines No Lucrativos “llevar sistemas contables”. De conformidad con el artículo 7 fracción III de Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por las Organizaciones de la Sociedad Civil (LFFAROSC), es obligación de las Sociedades o Asociaciones Civiles contar con un sistema de contabilidad de acuerdo con las Normas y Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados. Independientemente de lo antes señalado, ENDESU elabora diversos reportes e informes financieros, de acuerdo con el tipo de necesidades o solicitud de información, que cada donante o financiador solicite. Para garantizar a sus donantes que la organización cumple con todas las obligaciones que le corresponden, ENDESU solicita de manera anual una auditoría externa, en la cual un auditor externo certificado emite una opinión sobre la información financiera y el cumplimiento de las obligaciones contables y fiscales. IV. OBTENCIÓN DE RECURSOS ENDESU recibe recursos por aportaciones, donativos, subsidios, estímulos, apoyos, subvenciones, legados, etcétera, en efectivo o en especie, de parte de instituciones públicas, privadas, nacionales o extranjeras, los cuales invariablemente se destinan a los fines propios de su objeto social, que es la realización de cualquier actividad encaminada a la conservación de las áreas y recursos naturales de la República Mexicana. Cuando se acuerda la recepción de recursos se firma un convenio en el que se especifica el monto del recurso a recibir y las actividades que se habrán de desarrollar. En caso de que no se otorguen para una actividad específica, ENDESU decidirá a qué actividad o proyecto podrá destinarlos. Una vez que se han recibido los recursos se expide un recibo de donativo deducible para el Impuesto Sobre la Renta en México. ENDESU cuenta también con autorización para recibir

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donativos deducibles en el extranjero en los términos de los convenios suscritos por México para evitar la doble tributación, el recurso puede manejarse o no en una cuenta bancaria específica a petición del donante o financiador del proyecto en cuestión. Los recursos se reconocen en el ejercicio fiscal en que se reciben y se contabilizan de acuerdo con el programa o proyecto que estén apoyando. El ejercicio de los recursos siempre se efectúa en estricto apego a los presupuestos previamente aprobados por el financiador del proyecto o programa correspondiente. V. EJERCICIO Y COMPROBACIÓN DE LOS RECURSOS 1. Elegibilidad 1.1. Los gastos se efectuarán respetando los conceptos especificados en los presupuestos

aprobados.

1.2. La contratación de personal se realizará con base en lo establecido en la Ley Federal del Trabajo.

1.3. La adquisición de bienes y servicios, deberán hacerse procurando el uso eficiente de los

recursos.

1.4. No se aceptarán gastos por conceptos de bebidas alcohólicas, cigarros, artículos de higiene personal, golosinas, multas, recargos y actualizaciones fiscales de ninguna índole.

1.5. No se efectuarán préstamos de ningún tipo.

1.6. No se reembolsarán gastos con antigüedad mayor a dos meses. 2. Ejercicio del gasto 2.1. Para el ejercicio de los recursos, el coordinador del proyecto o responsable en campo

llenarán la solicitud de recursos que se presenta como Anexo 1. 2.2. Las solicitudes se tramitarán sólo cuando contengan todos los requisitos necesarios y las

firmas de las personas autorizadas. 2.3. En el caso de que las solicitudes reúnan los requisitos necesarios el plazo para efectuar

el pago será de máximo 48 horas. 2.4. Los conceptos de los comprobantes deben coincidir con los conceptos solicitados, así

como las cantidades comprobadas contra las solicitadas. 2.5. El trámite de las solicitudes se condicionará a la entrega puntual de la documentación e

información por parte del solicitante.

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2.6. Siempre se intentará cubrir los pagos a terceros o proveedores mediante medios propios

de ENDESU, cuando por razones geográficas o de operatividad se realicen gastos con tarjetas personales (sólo en situaciones extraordinarias), deberá solicitarse el reembolso de los mismos a favor de la institución bancaria que haya expedido dicha tarjeta, especificando el número de tarjeta y el nombre del beneficiario o usuario de la misma. Los comprobantes que amparen dichos gastos tienen que venir acompañados del voucher de pago, los datos de éste deben coincidir invariablemente contra los datos de la tarjeta a la que se haya solicitado el reembolso. No se realizarán reembolsos a tarjetas diferentes a la que se hayan empleado para realizar los pagos respectivos.

2.7. Cuando por razones geográficas o de operatividad se realicen gastos en efectivo por

parte de los miembros del equipo de trabajo del proyecto, el concepto en la solicitud será “reembolso de gastos por______”. Cada uno de los comprobantes que se entreguen bajo este concepto, además de cubrir con los requisitos que se mencionan en los apartados siguientes no deberán exceder el monto de $1,999.99 (Mil novecientos noventa y nueve pesos 99/100 M.N.) y deberán utilizarse para erogaciones menores o inesperadas, que debido al monto o prontitud con que necesitan ser cubiertas, no puedan ser pagadas mediante cheque, transferencia u otros medios electrónicos.

3. Comprobación de gasto corriente Con respecto al gasto corriente es decir, todas las erogaciones que no estén ligadas al pago de personal contratado por ENDESU vía nómina, los lineamientos para comprobación del ejercicio de los recursos son los siguientes:

a. Los gastos que se generen en las actividades que sean financiadas por los diversos proyectos deberán ser facturados con los siguientes datos fiscales:

b. Razón Social: Espacios Naturales y Desarrollo Sustentable A.C. c. RFC: END 951012 QP3 d. Domicilio: Miguel Hidalgo 143, Barrio del Niño Jesús, C.P. 14090, Tlalpan, D.F.

e. En los primeros cinco días naturales de cada mes, el coordinador del proyecto o

responsable en campo enviará las carpetas con la documentación original requerida por ENDESU. De manera enunciativa, más no limitativa esto incluye:

Original de la solicitud que les dio origen debidamente llenada y firmada en original por el Responsable del Proyecto en Campo o persona autorizada.

Originales de comprobantes, facturas o notas que amparen los gastos, excepto los comprobantes digitales (PDF y XML) que deberán enviarse en cuanto se reciban, en máximo de 72 horas, por parte del responsable de campo al coordinador/asistente administrativo.

Originales de los acuerdos, contratos de arrendamiento o de prestación de servicios y cualquier otro documento legal que esté relacionado con las actividades desarrolladas para el proyecto correspondiente.

Las cotizaciones y criterios de selección de proveedores, así como los documentos soporte en el caso de contratación de consultores y/o servicios.

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En el caso de compras de equipo, se deberá anexar carta resguardo de la persona que tenga el bien bajo su custodia.

En caso de que ENDESU les haga llegar cheques para efectuar algún pago, se remitirá la póliza correspondiente con la firma de quién recibió dicho cheque, además del comprobante y solicitud respectiva.

Cuando ENDESU les haga llegar cheques para efectuar algún pago, y éstos se cancelen, deberán remitirlos con el sello o la leyenda “CANCELADO”, así como perforar el sello de seguridad.

f. El personal de las oficinas centrales de EDNESU revisará dichas carpetas y enviará

sus observaciones, dando seguimiento hasta que éstas sean atendidas. En el caso de la comprobación de gastos, la información se deberá recibir de acuerdo a lo establecido en el punto de deducibilidad de gastos.

g. La recepción de los reportes mensuales, comprobaciones, comprobantes, informes

técnicos y demás información pendiente serán necesarios para el desembolso de los recursos subsecuentes.

h. Si por la naturaleza del proyecto se incurre en gastos no deducibles, los impuestos

que originen dichos gastos serán cargados al proyecto correspondiente. 4. Deducibilidad de gasto corriente Para que sean deducibles los comprobantes fiscales que amparan los gastos que se efectúen en los diversos proyectos aceptados por ENDESU, deben reunir los siguientes requisitos: 4.4. En virtud de que a partir del 1ro. de abril del 2014 el 100% de los comprobantes deben

ser digitales (CFDI), los comprobantes respectivos deben entregarse previos a realizar el pago o a más tardar 72 horas después de que se realice el pago correspondiente. Este requisito incluye boletos de avión, boletos de autobús, casetas y taxis.

El coordinador o responsable del gasto debe enviar, vía electrónica, los archivos XML y PDF al coordinador/asistente administrativo de las oficinas centrales de ENDESU. Los comprobantes electrónicos deben contener invariablemente, la siguiente información:

a) RFC del contribuyente de quien los expida y el régimen fiscal en que tributen

conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta.

b) Tratándose de contribuyentes que tengan más de un local o establecimiento, se deberá señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan los comprobantes fiscales.

c) Número de folio y el sello digital del SAT, así como el sello digital del contribuyente

que lo expide.

d) El lugar y fecha de expedición.

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e) RFC del contribuyente de la persona a favor de quien se expida.

f) La cantidad, unidad de medida y clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio o del uso o goce que amparen.

g) El valor unitario consignado en número.

h) El importe total consignado en número o letra, conforme a lo siguiente: Cuando la contraprestación se pague en una sola exhibición, se señalará

expresamente dicha situación y, cuando así proceda, el monto de los impuestos trasladados desglosados con cada una de las tasas del impuesto correspondiente y, en su caso, el monto de los impuestos retenidos.

Tratándose de contribuyentes que presten servicios personales, cada pago que perciban por la prestación de servicios se considerará como una sola exhibición y no como una parcialidad.

Cuando la contraprestación no se pague en una sola exhibición se emitirá un CFDI por el valor total de la operación en el momento en que ésta se realice y se expedirá un CFDI por cada uno de los pagos que se reciban posteriormente.

i) Señalar la forma en que se realizó el pago (efectivo, transferencias electrónicas de

fondos, cheques nominativos o tarjetas de débito, de crédito, monederos electrónicos) Tratándose de mercancías de importación: El número y fecha del documento aduanero, tratándose de ventas de primera

mano (que quien venda sea el mismo que haya importado el bien). En importaciones efectuadas a favor de un tercero, el número y fecha del

documento aduanero, los conceptos y montos pagados por el contribuyente directamente al proveedor extranjero y los importes de las contribuciones pagadas con motivo de la importación.

5. No deducibilidad de gasto corriente En los casos en que no se pueda obtener (solo en situaciones extraordinarias) el comprobante fiscal, deberán anexarse el/los comprobante(s) simple(s) que se tengan agregando una breve descripción del motivo por el cual no pudo obtenerse el respectivo CFDI. Estos gastos causan un impuesto del 30% sobre lo pagado que se debe reportar al SAT y se descontarán del presupuesto del rubro de gasto al que corresponda el comprobante. Excepto en proyectos en los que el donante explícitamente mencione que no se puede pagar este sobre costo. En dichos casos el coordinador del proyecto en oficinas centrales de ENDESU acordará con el coordinador del proyecto o responsable en campo en campo el método a seguir. Se considera un gasto no deducible los pagos en efectivo realizados en un sólo establecimiento dentro del mismo mes, aun cuando se presenten diversas facturas pero la suma de todos los gastos realizados en el mes correspondiente sea igual o superior a $2,000.00 (Dos mil pesos 00/100 M.N.)

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VI. PROCEDIMIENTOS PARA EJERCICIO Y COMPROBACIÓN DE GASTO CORRIENTE 1. Gastos de viaje y/o de campo 1.1. Gastos de viaje Este rubro de gasto sólo puede ser usado por personal contratado por nómina y honorarios profesionales por parte de ENDESU. 1.1.1. La utilización del recurso presupuestado para el rubro de gastos de viaje, deberá hacerse

procurando el uso eficiente de los recursos.

1.1.2. Los gastos se llevarán a cabo respetando las actividades especificadas en los presupuestos aprobado en cuanto a las personas autorizadas a efectuarlos y para los lugares indicados.

1.1.3. Para ser considerado como “Gasto de viaje” el consumo tiene que ser erogado en una franja superior a los 50 km de distancia de las oficinas centrales de ENDESU o de la oficina asignada al proyecto.

1.1.4 Los conceptos considerados como gastos de viaje son:

a) Cuando el traslado se realice por vía terrestre: se considerará la gasolina (si se utiliza vehículo asignado a alguna actividad del proyecto respectivo), o boleto de autobús, hospedaje, alimentación y peaje.

b) Cuando el traslado es vía aérea: boletos de avión, transporte terrestre (taxis), hospedaje y alimentación.

c) Los gastos de viaje destinados a la alimentación no podrán rebasar $750.00 (Setecientos cincuenta pesos 00/100M.N.) diarios por persona, cuando sea en territorio nacional y, $1,500.00 (Mil quinientos pesos 00/100 M.N.) en el extranjero. En cualquier caso, se deberán acompañar con los comprobantes relativos al hospedaje o transporte.

d) Los gastos de viajes destinados al uso o goce temporal de automóviles y gastos relacionados, serán deducibles hasta por $850.00 (Ochocientos cincuenta pesos 00/100 M.N.) diarios, cuando sean erogados en territorio nacional o en el extranjero, y siempre se deberán acompañar con la documentación relativa al hospedaje o transporte.

e) Los gastos destinados sólo para hospedaje no podrán rebasar $1,500.00 (Mil quinientos pesos 00/100 M.N.) diarios por persona, cuando sean erogados en territorio nacional y $3,850.00 (Tres mil ochocientos cincuenta pesos 00/100 M.N.) en el extranjero. En ambos casos se deberán acompañar con la comprobación relativa al transporte.

1.1.5. Para la deducción de estos gastos, no deberán exceder los límites establecidos en las

leyes fiscales aplicables y mencionadas en el punto anterior. En caso de que se excedan los límites establecidos, la diferencia se considerará no deducible y aplicará lo mencionado en el punto de no deducibilidad de este manual.

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1.1.6. El pago de gastos de viaje será de forma personal. Los comprobantes deberán coincidir en aspectos de fecha, lugares, tiempo y conceptos.

1.1.7. En el caso de que un solo viajero realice la rendición de los gastos de viaje de diversas

personas, debido a que éste los haya pagado, deberá realizar y anexar el prorrateo correspondiente y deberá especificar en cada comprobante el número de viajeros y sus nombres, esto con la finalidad de identificar que no se estén rebasando los límites correspondientes.

1.1.8. Para los gastos de viaje se deberá poner especial cuidado en que los datos del

comprobante coincidan con el periodo, lugares y número de personas.

1.1.9. La comprobación de estos gastos se deberá realizar con el formato que se presenta como Anexo 2.

1.2. Gastos de campo Los gastos por coordinación, supervisión, monitoreo, visita técnica o similar se consideran gastos de campo y su comprobación o solicitud de reembolso debe cumplir con los mismos requisitos que el punto anterior, excepto que pueden pagarse a nombre de una persona que no tenga una relación laboral formal con ENDESU. 1.2.1. La utilización del recurso presupuestado para el rubro de gastos de campo, deberá

hacerse procurando el uso eficiente de los recursos.

1.2.2. Los gastos se llevarán a cabo respetando las actividades especificadas en los presupuestos aprobados en cuanto a las personas autorizadas a efectuarlos y para los lugares indicados.

1.2.3. En este rubro proceden gastos de gasolina, traslados, despensa para salidas de campo,

hospedaje en comunidades, etc.

1.2.4. El responsable de estos gastos, solicitudes y comprobación, deberá ser una persona con relación laboral o de servicios con ENDESU.

1.2.5 La comprobación de estos gastos se deberá realizar con el formato que se presenta

como Anexo 2. 2. Gastos de talleres y capacitación

b. La utilización del recurso presupuestado para el rubro de gastos de talleres o capacitación, deberá hacerse procurando el uso eficiente de los recursos.

c. Los gastos se llevarán a cabo respetando las actividades especificadas en los

presupuestos aprobados en cuanto a las personas autorizadas a efectuarlos y para los lugares indicados.

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d. En este rubro proceden gastos de gasolina, traslados, despensa para salidas de campo, contratación de servicios de alimentación y hospedaje, material didáctico o educativo, papelería, alquiler de equipo de cómputo, proyección o sonido.

e. Para los gastos de capacitación que se imparta a comunidades, se deberá anexar la

relación de participantes indicando nombre y firma. (Anexo 3) 3. Combustible 3.2. Sin importar el monto, no se pueden hacer pagos en efectivo para gasolina, porque se

consideran como un gasto no deducible por el SAT. Para este rubro se puede:

a) Adquirir tarjetas con empresas autorizadas (monederos electrónicos) con pago electrónico

b) Establecer convenios con las gasolineras locales para realizar los pagos por medios

electrónicos y acordar la mecánica de control de cargar el combustible en los vehículos asignados al proyecto.

c) Hacer reembolso contra pago

El pago debe realizarse por un medio electrónico (tarjeta de crédito o débito). Junto con la factura debe anexarse el comprobante de pago (voucher) y, en cuanto se tenga, copia del estado de cuenta donde aparezca el cargo.

En el caso de la tarjeta de crédito la solicitud de reembolso se hará directo al

banco emisor de la tarjeta con la que se haya realizado la compra y no a nombre del titular de la misma. Para débito sólo procede si el pago es menor a $2,000.00

3.3. El uso de gasolina debe reportarse en el formato que se presenta como Anexo 4.

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4. Contratación de consultores o prestación de servicios Se entiende por consultoría la contratación de una persona física o moral (a las que también se les puede denominar prestador de servicios), para la realización de una actividad específica que requiere conocimiento experto y cuyos resultados y/o productos se requieren en un tiempo determinado. La característica que deben reunir estos servicios es que los realicen personas físicas o morales que tengan sus propias instalaciones, herramientas de trabajo, medios de traslado y bajo un programa de actividades y resultados estipulados en un contrato sin que se genere subordinación con la organización que emite el pago o la institución a cargo de las actividades técnicas del proyecto. En este rubro se incluye la contratación de servicios específicos como contrato de renta de inmuebles, mantenimiento y/o adecuación de instalaciones, mantenimiento de equipo (contrato anual para mantenimiento de equipo de cómputo o vehicular), etc. Si la contratación se realiza para un proyecto en particular y este cuenta con políticas y/o procedimientos específicos, definidos por el donante o financiador, se aplicarán estos. Si la contratación se realiza para un proyecto en particular en el que el donante o financiador no solicite el uso de procedimientos específicos, o para proyectos de ENDESU, entonces los lineamientos a seguir relativos a la contratación de servicios y/o consultorías son: 4.1 La selección del consultor o prestador de servicios deberá considerar, cuando esto sea

factible, los siguientes elementos: Experiencia y calidad del servicio del consultor y/o el prestador de servicios. Capacidad técnica y científica del consultor y/o el prestador de servicios. La posibilidad de descuentos o rebajas por pronto pago. Formalidad del consultor y/o prestador de servicios según sus referencias. Preferencia por consultores y/o prestadores de servicios de la localidad o comunidad.

4.2. Servicios o consultorías por un monto inferior a $50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100

M.N.) antes de IVA, de preferencia deberá contarse con tres cotizaciones. El coordinador del proyecto o responsable en campo deberá presentar, junto con la solicitud de recursos, dichas cotizaciones y una carta justificando la decisión de contratación. En los casos que no sea posible contar con el requisito anterior, el coordinador del proyecto o responsable en campo deberá presentar, junto con la solicitud de recursos, una carta informando sobre la imposibilidad de contar con las cotizaciones o justificando la decisión de contratación a un consultor específico. ENDESU tiene la facultad de aceptar o rechazar la justificación. ENDESU elaborará un contrato que contenga la descripción de los servicios con base en la cotización presentada por el proveedor elegido; las obligaciones tributarias del consultor; el calendario de actividades; las formas de pago y la entrega de productos.

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Estando de acuerdo el consultor o prestador de servicios con los términos establecidos, se firmará el contrato y comenzará la consultoría o servicio.

4.3. Servicios o consultorías por un monto superior a $50,000.00 (Cincuenta mil pesos

00/100 M.N.) y hasta $500,000.00 (Quinientos mil pesos 00/100 M.N.) antes de IVA, se realizará mediante un proceso de invitación directa a por lo menos tres proveedores a cargo del coordinador del proyecto o responsable en campo, debiendo observar lo siguiente: 4.3.1. Términos de Referencia (TDR) opcionales. En caso de elaborarse deberán

detallar entre otros datos, los objetivos y alcance del servicio a contratar; un resumen de las tareas que se llevarán a cabo; un calendario para la finalización de las tareas; el apoyo y/o insumos que serán proporcionados; los productos esperados, el costo estimado con base en el presupuesto; el tiempo establecido para la consultoría; la entrega de informes y productos y los porcentajes de pago correspondientes; los documentos, criterios para la presentación de propuesta y requisitos a presentar por los consultores interesados, así como el plazo de la misma.

4.3.2. Carta invitación a por lo menos tres proveedores para presentar propuesta de servicio o cotización, en caso de existir TDR deberán adjuntarse.

4.3.3. Propuestas recibidas conforme a la invitación enviada. 4.3.4. Currículo y referencias de los participantes.

4.3.5. El coordinador del proyecto o responsable en campo deberá presentar, junto con

la solicitud de recursos, las propuestas o cotizaciones y un cuadro comparativo que justifique la selección del proveedor.

4.3.6. ENDESU elaborará un contrato que contenga la descripción de los servicios con base en la cotización presentada por el proveedor elegido; las obligaciones tributarias del consultor; el calendario de actividades; las formas de pago y la entrega de productos. Estando de acuerdo el consultor o prestador de servicios con los términos establecidos, se firmará el contrato y comenzará la consultoría o servicio.

4.4. Servicios o consultorías por un monto superior a $500,000.00 (Quinientos mil pesos

00/100 M.N) y hasta $1,000,000.00 (Un millón pesos 00/100 M.N.) antes de IVA, se realizará mediante un proceso de invitación directa a por lo menos cinco proveedores a cargo del coordinador del proyecto o responsable en campo, debiendo observar lo siguiente: 4.4.1. Términos de Referencia (TDR) obligatorios. Documento que deberá deberán

detallar entre otros datos, los objetivos y alcance del servicio a contratar; un resumen de las tareas que se llevarán a cabo; un calendario para la finalización de las tareas; el apoyo y/o insumos que serán proporcionados; los productos

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esperados, el costo estimado con base en el presupuesto; el tiempo establecido para la consultoría; la entrega de informes y productos y los porcentajes de pago correspondientes; los documentos, criterios para la presentación de propuesta y requisitos a presentar por los consultores interesados, así como el plazo de la misma.

4.4.2. Carta invitación. Se hará llegar, por lo menos a cinco proveedores, carta invitación adjuntando los TDR para presentar propuesta de servicio o cotización. Será decisión del coordinador del proyecto o responsable en campo definir si primero se solicitan expresiones de interés en participar y, sólo a quienes respondan favorablemente, hacerles llegar los términos de referencia.

4.4.3. Criterios de evaluación. Puntos a considerar y calificación o porcentaje, para poder hacer una evaluación de las propuestas recibidas.

4.4.4. Evaluación de propuestas. ENDESU realizará una revisión y calificación de la calidad y costo de las propuestas en función de la naturaleza de la consultoría para determinar la mejor opción.

4.4.5. Contratación. ENDESU elaborará un contrato que contenga la descripción de los servicios (en la que se establezcan las condiciones previstas en los TDR y la propuesta presentada), las obligaciones tributarias del consultor, el calendario, las formas de pago y la entrega de productos. Estando de acuerdo el consultor o prestador del servicio con los términos establecidos, se firmará el contrato y comenzará la consultoría o servicio.

4.5. Servicios o consultorías por un monto superior a $1,000,000.00 (Un millón y un pesos

00/100 M.N.) antes de IVA, será necesario realizar un proceso de convocatoria abierta a cargo del coordinador del proyecto o responsable en campo, debiendo observar lo siguiente: 4.5.1. Términos de Referencia (TDR) obligatorios. Documento que deberá deberán

detallar entre otros datos, los objetivos y alcance del servicio a contratar; un resumen de las tareas que se llevarán a cabo; un calendario para la finalización de las tareas; el apoyo y/o insumos que serán proporcionados; los productos esperados, el costo estimado con base en el presupuesto; el tiempo establecido para la consultoría; la entrega de informes y productos y los porcentajes de pago correspondientes; los documentos, criterios para la presentación de propuesta y requisitos a presentar por los consultores interesados, así como el plazo de la misma.

4.5.2. Convocatoria abierta, se publicará en el web de la asociación y otros portales de organizaciones e instituciones con quien se tengan relación.

4.5.3. Solicitud de expresiones de interés en participar, sólo a quienes la presenten se

les enviarán los TDR para presentar propuesta de servicio o cotización.

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4.5.4. Criterios de evaluación. Puntos a considerar y calificación o porcentaje, para poder hacer una evaluación de las propuestas recibidas.

4.5.5. Comité de evaluación. De acuerdo a la naturaleza de la consultoría o servicios, se integrará un Comité de Evaluación que validará todo el proceso, integrado por lo menos con tres personas, una representante del área técnica, un representante del área financiera y un representante del donante o financiador. ENDESU será el encargo de invitar a los integrantes del comité.

4.5.6. Evaluación de propuestas. Una vez concluido el plazo de la convocatoria el Comité de Evaluación revisara las propuestas recibidas en base a los Criterios de evaluación previamente definidos para determinar la mejor opción, y emitirán un dictamen.

4.5.7. Comunicación del dictamen. El Comité de Evaluación notificará el dictamen al coordinador del proyecto o responsable en campo, para que a su vez este pueda comunicará los resultados a los participantes en la convocatoria. Si se determina un ganador, se precisarán las condiciones de la propuesta y el acuerdo de contratación.

4.5.8. Contratación. ENDESU elaborará un contrato que contenga la descripción de los servicios (en la que se establezcan las condiciones previstas en los TDR y la propuesta presentada), las obligaciones tributarias del consultor, el calendario, las formas de pago y la entrega de productos. Estando de acuerdo el consultor o prestador del servicio con los términos establecidos, se firmará el contrato y comenzará la consultoría o servicio.

4.6. Para la contratación de personas físicas, éstas deberán manifestar por escrito que los

pagos que ENDESU efectuará no representan más del 50% de sus ingresos; no utilizará las instalaciones ni el equipo de la oficina del proyecto; no existirá subordinación y que el trabajo o actividades que realice serán propios de un profesionista independiente. Adicionalmente, deberán incluir en su expediente su identificación oficial, comprobante de domicilio, acta de nacimiento, CURP y RFC.

4.7. Para la contratación de personas morales, ésta deberá presentar el acta constitutiva e identificación del representante legal y poder notarial del mismo, RFC, así como comprobante de domicilio.

4.8. El Coordinador del proyecto o responsable en campo enviará un documento indicando las

actividades que realizará el prestador del servicio, así como los productos a entregar.

4.9. ENDESU elaborará el contrato de honorarios profesionales independientes o de prestación de servicios, según corresponda.

4.10. ENDESU enviará al prestador del servicio el contrato por duplicado para recolección de firmas.

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4.11. De acuerdo a la forma de pagos establecida en el contrato y anexos, el Responsable del Proyecto en Campo o el Coordinador del Proyecto solicitará por escrito el pago de los recursos, acompañando dicha solicitud con el original de su comprobante fiscal, suscribiendo datos y cantidades requeridas.

5. Adquisiciones de equipo y bienes menores Los conceptos considerados en este rubro se refieren a equipo de oficina, mobiliario, equipo de cómputo, vehículos, equipo de radiocomunicación, equipo fotográfico, equipo de campo, equipo para control de incendios, plantas de luz, y cualquier otro equipo o activo fijo de naturaleza análoga. En cuanto a bienes menores se incluye papelería, consumibles de oficina, herramientas menores, etc. 5.1 La adquisición de equipo y bienes, deberá hacerse procurando el uso eficiente de los

recursos.

5.2. Las compras se llevarán a cabo respetando los bienes e insumos especificados en los presupuestos aprobados.

5.3. Adquisiciones de equipo y bienes menores por un monto inferior a $50,000.00

(Cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) antes de IVA, de preferencia deberá contarse con tres cotizaciones. El coordinador del proyecto o responsable en campo deberá presentar, junto con la solicitud de recursos, dichas cotizaciones y una carta justificando la decisión de la compra. En los casos que no sea posible contar con el requisito anterior, deberá presentarse una carta informando sobre la imposibilidad de contar con diversas cotizaciones o justificando la decisión de la compra. ENDESU tiene la facultad de aceptar o rechazar la justificación. Si se trata de bienes que no se encuentren disponibles de manera inmediata (bienes sujetos a un proceso de fabricación, importación o traslado, etc…) ENDESU solicitara al proveedor la elaboración de un contrato que contenga la descripción de los bienes con base en la cotización presentada por el proveedor elegido, la forma de pago, garantías, fechas de entrega, etc. En el caso de bienes disponibles de manera inmediata bastara con revisar que las especificaciones de los bienes se ajustan a la cotización presentada por el proveedor elegido.

5.4. Adquisiciones de equipo y bienes por un monto superior a $50,000.00 (Cincuenta mil

pesos 00/100 M.N.) y hasta $500,000.00 (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.) antes de IVA, se observará lo siguiente:

5.4.1 Se deberán obtener obligatoriamente por lo menos tres cotizaciones.

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5.4.2 En base a las cotizaciones obtenidas se elaborará un análisis que deberá considerar entre otras cosas calidad, precio, garantías, mantenimiento, entre otros, para definir la mejor opción.

5.4.3 Si la naturaleza de los bienes lo permite, se realizará un proceso similar al establecido en el punto 4.3., atendiendo a las características propias de los bienes.

5.4.4 Si se trata de bienes que no se encuentren disponibles de manera inmediata

(bienes sujetos a un proceso de fabricación, importación o traslado, etc…) ENDESU solicitara al proveedor la elaboración de un contrato que contenga la descripción de los bienes con base en la cotización presentada por el proveedor elegido, precio, forma de pago, garantías, fechas de entrega, etcétera. En el caso de bienes disponibles de manera inmediata bastara con revisar que las especificaciones de los bienes se ajustan a la cotización presentada.

5.5. Adquisiciones de equipo y bienes por un monto superior a $500,000.00 (Quinientos mil

pesos 00/100 M.N) y hasta $1,000.000.00 (Un millón de pesos 00/100 M.N.) antes de IVA, se observará lo siguiente: 5.5.1. Se deberán obtener obligatoriamente por lo menos cinco cotizaciones. 5.5.2. En base a las cotizaciones obtenidas se elaborará un análisis que deberá

considerar entre otras cosas calidad, precio, garantías, mantenimiento, etc… para definir la mejor opción.

5.5.3. Si la naturaleza de los bienes lo permite, se realizará un proceso similar al

establecido en el punto 4.4., atendiendo a las características propias de los bienes.

5.5.4. Se elaborará contrato, independientemente de la disponibilidad de los bienes, que

contenga la descripción de los bienes con base en la cotización presentada por el proveedor elegido, la forma de pago, garantías, fechas de entrega, etcétera.

5.6. Adquisiciones de equipo y bienes por un monto superior a $1,000.000.00 (Un millón de pesos 00/100 M.N.) antes de IVA, se realizará un proceso de convocatoria abierta, con un procedimiento similar al establecido en el punto 4.5.

5.7. En el caso de efectuar compras en el extranjero, deberá anexarse los pedimentos de

importación y demás documentación que compruebe la introducción legal de la mercancía al país; así como la comprobación del pago de los impuestos de importación correspondiente.

5.8. Todo comprobante de adquisición de equipo se acompañará de una carta de resguardo

(Anexo 5) de la persona responsable de la salvaguarda.

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5.9. Al momento de solicitar la factura de estos conceptos, es importante cerciorarse que en la misma se específica lo siguiente: Descripción del artículo Fecha de adquisición Marca Modelo Número de serie, número de registro de importación, etc. El valor de adquisición deberá incluir cargos por fletes, honorarios por instalaciones,

impuestos (ISR, IVA) y demás gastos incurridos para dejar el equipo listo para su utilización.

6. Fondos Fijos Revolventes Los Fondos Fijos se constituirán para apoyar la eficiencia en la operación de los proyectos y se usarán para erogaciones menores o inesperadas que, debido al monto o prontitud con que necesitan ser cubiertas, no sean susceptibles de ser programadas para ser pagadas mediante cheque, transferencia u otros medios electrónicos. Estos gastos en ningún caso podrán rebasar los $ 2,000.00 (Dos mil pesos 00/100 M.N.). El monto del Fondo Fijo podrá variar de acuerdo con el proyecto y la zona geográfica donde se desarrolle el mismo pero el monto máximo será de $ 10,000.00 (Diez mil pesos 00/100 M.N.). 6.1 Responsables del fondo fijo. Siempre que se cree un Fondo Fijo se tendrá que designar un

encargado del mismo, esto se hará mediante una carta de “Creación de Fondo Fijo” (Anexo 6), éste será designado por el Responsable del Proyecto en Campo o el Coordinador del Proyecto correspondiente.

6.2 Reembolso del fondo fijo. Un Fondo Fijo podrá ser reembolsado cuando al menos el 70%

del mismo se haya erogado, tendrá que entregarse una relación ordenada, que contenga fecha, proveedor, concepto del gasto y monto, acompañado de los comprobantes cuya sumatoria ampare el total del reembolso solicitado.

6.3 Duración del fondo fijo. Los Fondos Fijos deberán ser creados y cancelados durante el

mismo ejercicio fiscal, bajo ninguna circunstancia podrán rebasar la terminación de un ejercicio, por lo cual cada fin de año tendrán que ser cancelados, con la parte que a la fecha se tenga de comprobantes y el remanente deberá depositarse a la cuanta del proyecto que dio origen al mismo, anexando la ficha de depósito a la comprobación del fondo que se trate.

7. Administración de Equipos Los equipos adquiridos serán entregados al equipo de trabajo del proyecto que los hayan solicitado y se designará un responsable para su uso, el cual invariablemente firmará una carta de resguardo (Anexo 5) en la cual se compromete a cuidar y conservar los bienes y a utilizarlos única y exclusivamente en actividades relacionadas con el objeto social de ENDESU. Los equipos serán revisados mediante dos tipos de controles:

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El primero es documental, consiste en integrar carpetas que contengan las facturas

originales y las cartas responsivas, adicionando cédulas de control de activos y depreciaciones.

El segundo es un control físico, consiste en llevar a cabo una auditoría física, para verificar el estado de los equipos, su funcionalidad y el uso de los mismos.

En caso de robo, pérdida, descompostura o falla total, el responsable de su uso y cuidado, deberá reportar al Coordinador del proyecto de la situación para tomar las medidas pertinentes. 8. Adquisiciones de inmuebles Los conceptos considerados en este rubro se refieren a bienes inmuebles como terrenos, construcciones y cualquier otro activo de naturaleza análoga. Para este tipo de adquisiciones se debe cumplir con lo siguiente: 8.2. La adquisición de bienes inmuebles, deberá hacerse procurando el uso eficiente de los

recursos. 8.3. Las compras de inmuebles solo se llevarán a cabo cuando estén especificadas en los

presupuestos aprobados. 8.4. Todas las adquisiciones de inmuebles deberán contar con el instrumento legal (escritura,

contrato de compraventa, convenio de donación) que ampare la propiedad del mismo, debidamente inscrito en el registro público de la propiedad que corresponda de acuerdo a la ubicación del inmueble.

8.5. ENDESU vigilará que se cubran los impuestos que especifiquen las leyes aplicables por la

propiedad de dichos inmuebles. 8.6. Los inmuebles únicamente podrán utilizarse para los fines que se hayan especificado al

adquirirlos y serán susceptibles de ser donados en los casos en que los convenios que dieron origen al recurso para su adquisición así lo especifiquen.

8.7. Siempre se solicitará el visto bueno del donante o financiador previo a la compra de

cualquier inmueble. VII. CONTRATACION DE PERSONAL Esta sección está dirigida a la contratación de personas físicas que desempeñen funciones como empleado de ENDESU; tengan un espacio físico dentro de las oficinas de la organización o de sus proyectos, horario definido, que se les proporcione el material y equipo necesario para que cumplan con sus funciones, entre otros. 1. Catálogo de puestos.

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Será responsabilidad del Coordinador del proyecto, responsable en campo o jefe directo definir el tipo de puesto requerido, listado de funciones, nivel de responsabilidad, y monto del salario bruto a percibir. La definición del puesto a cubrir estará ligada al catálogo de puestos que se presenta como Apéndice 1 de este manual. Si las actividades a realizar difieren mucho de las planteadas en el Catálogo deberá indicarlo así y solicitar la creación de un nuevo puesto detallando las actividades del mismo. 2. Selección de personal El Coordinador del proyecto, responsable en campo o jefe directo serán los encargados de definir el proceso para seleccionar el personal idóneo para cubrir las plazas cuando éstas estén autorizadas en los presupuestos de los proyectos o cuando exista la necesidad de contratación. a) Para la selección del personal se deberán considerar los siguientes criterios:

Capacidad técnica y profesional Calidad en el desarrollo de las actividades y formalidad, según referencias Trayectoria profesional y educativa Actitud En el caso de personal de campo preferencia por las personas de la localidad o

comunidad b) Es importante definir claramente durante en el proceso de selección los siguientes puntos a

los interesados en el puesto: Condiciones del trabajo En su caso duración del proyecto para el que se colaborará Tipo de contratación (Por tiempo y/o obra determinada o por tiempo indeterminado) Prestaciones Capacitación (supeditada a las necesidades de cada puesto)

El proceso de selección de personal para ocupar cargos directivos estará a cargo de la Dirección General y deberá contar con la aprobación del Consejo Directivo; la contratación del Director General estará a cargo del Consejo Directivo y deberá comunicarse a la Asamblea de Asociados. Los criterios para la selección de personal directivo son:

Trayectoria profesional y educativa Aptitudes profesionales Actitud Comunicación verbal y no verbal Liderazgo y compromiso

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3. Contratación 3.1. Una vez seleccionado al personal, el Coordinador del proyecto y/o responsable en

Campo enviará a ENDESU un escrito solicitando su incorporación (Anexo 9), conforme a lo que se establece en el punto de Altas de personal.

3.2. La contratación se realizará con apego a la Ley Federal del Trabajo (L.F.T.). 1.3. Se firmarán contratos individuales de trabajo que invariablemente serán por tiempo y/o

obra determinada en los términos de los artículos 36 y 37 de la L.F.T. y ligados invariablemente a los términos acordados en los convenios respectivos con cada financiador o donante.

1.4. Las condiciones de trabajo a las que estará sujeto el personal contratado por ENDESU

se desglosan en el Apéndice 2 de este documento.

1.5. Los trabajadores de ENDESU, al ser contratados con base en la LFT, tienen derecho a una serie de prestaciones y seguros a través del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), los cuales se desglosan en el Apéndice 3 de este documento.

4. Altas, Modificaciones y Bajas de Personal La solicitud de estos movimientos debe enviarse a las oficinas centrales de ENDESU con anticipación a la fecha en que se tiene programado realizarlos de acuerdo a lo siguiente. Si el movimiento se realizará en el transcurso de la primer quincena (del 1 al 15 del mes

respectivo) la solicitud deberá recibirse en las oficinas centrales de ENDESU en el transcurso de los últimos 5 días del mes anterior.

Si el movimiento se realizará en el transcurso de la segunda quincena (del 16 al último día

del mes respectivo) la solicitud deberá recibirse en las oficinas centrales de ENDESU, en el periodo del día 10 al 14 del mes.

Solo en el caso de Incapacidades, Faltas y en su caso Bajas, que no son conocidas con

anticipación, no aplicarán los tiempos antes descritos y deberán ser notificadas inmediatamente que sean conocidas.

4.1. Altas de Personal Para que ENDESU pueda realizar el alta del personal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) el trabajador deberá proporcionar la información y documentación que a continuación se detalla: Formato de Datos Generales (Anexo 7 debidamente llenado) Currículum Vitae

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Copia de acta de nacimiento Número de Seguridad Social, en caso de no tenerlo este dato se obtiene realizando una

Solicitud de Asignación o Localización del Número de Seguridad Social (este trámite se realiza en el portal del IMSS http://www.imss.gob.mx/tramites/imss02008, lo único que se necesita es contar con el CURP y una cuenta de correo electrónico)

Registro Federal de Contribuyentes, en caso de no tenerlo este dato se obtiene realizando la Inscripción al RFC (este trámite se realiza en el portal del SAT https://rfc.siat.sat.gob.mx/PTSC/RFC/menu/, lo único que se necesita es contar con el CURP y una cuenta de correo electrónico),

Copia de identificación oficial (Credencial de elector o Pasaporte Vigente) Copia de comprobante de domicilio (Copia de recibo telefónico, luz, agua, predial) Copia de la CURP Copia del último estado de cuenta del AFORE, si lo tiene. Dos Fotografías tamaño infantil (Solo en caso de requerir credenciales) Datos de la cuenta bancaria en la que se desea recibir los pagos de nómina.

Por su parte el coordinador del proyecto o responsable en campo deberá presentar solicitud escrita del movimiento (Anexo 8), debidamente firmada, donde se indique proyecto al que está asignado el nuevo trabajador, fecha del alta, el puesto y el salario bruto, descripción detallada de las actividades, funciones, tareas, obligaciones que realizará la persona a contratar, este se incorporara como anexo al contrato individual que se firme con el trabajador y servirá de base para determinar sus obligaciones y responsabilidades. 4.2. Modificaciones salariales Solicitud escrita del movimiento, firmada por el Coordinador del proyecto o responsable en campo, previa verificación de que se cuenta con los recursos presupuestales. (Anexo 8) 4.3. Bajas de personal Solicitud escrita del movimiento (Anexo 8), firmada por el Coordinador del proyecto o responsable en campo y carta renuncia con firma autógrafa del empleado (Anexo 9). En caso de un potencial conflicto laboral el coordinador o responsable en campo, deberá informar de manera inmediata a las oficinas centrales de ENDESU para hacerlo del conocimiento del área legal y definir la ruta a seguir.

4.4. Incapacidades Las incapacidades invariablemente tendrán que estar amparadas por un “Certificado de Incapacidad” expedido por el IMSS, el cual tendrá que remitirse en original a las oficinas centrales de ENDESU. Las incapacidades podrán ser expedidas por Enfermedad General o Profesional, Maternidad o Riesgo de trabajo.

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En el caso de las incapacidades el empleado tendrá derecho a recibir un subsidio en dinero por parte del IMSS conforme a lo siguiente: Incapacidad por Enfermedad General.- 60 % del último salario diario de cotización. Incapacidad por Maternidad.- 100 % del último salario diario de cotización. Incapacidad por Riesgo de Trabajo.- 100 % del salario en que estuviese cotizando en el

momento de ocurrir el riesgo. 5. Faltas

En caso de ausentismo, el Responsable del Proyecto en Campo o Coordinador del Proyecto serán los responsables de notificar a la brevedad posible de esta situación a ENDESU, con la finalidad de registrar las mismas en la nómina correspondiente y notificarlas también al IMSS.

6. Capacitación ENDESU no determina un programa de capacitación general, esto debido a los temas tan diversos que se abordan en los distintos proyectos, por lo tanto, cada Coordinador de Proyecto o responsable área será el responsable de proponer o solicitar las capacitaciones que considere necesarias, en función de la naturaleza de los proyectos que se estén realizando o dependiendo del área específica donde se desempeñen. Un ejemplo es el área contable, cada año reciben capacitación en temas de actualización y modificaciones fiscales.

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APENDICE UNO

CATÁLOGO DE PUESTOS 1 ASISTENTE DE COORDINACION Apoyar al coordinador del proyecto en la planeación y presentación de proyectos. Apoyar al coordinador del proyecto en la comunicación entre ENDESU y el donante. Apoyar al coordinador del proyecto en la coordinación de las actividades del personal

asignado al proyecto. Apoyar al coordinador del proyecto en la generación los informes financieros hacia el

donante. Apoyar al coordinador del proyecto en la generación los informes técnicos hacia el

donante. Apoyar al coordinador en las solicitudes de salida de recursos con base en el

presupuesto del proyecto y solicitar la autorización del coordinador del proyecto. Apoyar al coordinador del proyecto en la verificación de los comprobantes de gastos

sean fiscal y contablemente válidos. Apoyar al coordinador del proyecto en verificar que las adquisiciones cumplen con la

calidad y precio, de acuerdo a las necesidades del proyecto. Apoyar al coordinador en la solicitud de convenios con proveedores al área legal y

contable. Apoyar al coordinador para integrar los expedientes para las adquisiciones o servicios

que requiera el proyecto Apoyar al coordinador de proyecto en la revisión de los estados bancarios para estar

seguros que las entradas y salidas de dinero son correctas. 2 TÉCNICO OPERATIVO Apoyar al coordinador en el seguimiento a las actividades del proyecto. Apoyar al coordinador en la elaboración de solicitudes de bienes y servicios para la

operación del proyecto. Apoyar al coordinador en la preparación de informes técnicos del proyecto. Apoyar en la planeación operativa del proyecto. Llevar la bitácora de actividades. Ser el responsable de los materiales y suministros del proyecto. Brindar asesoría técnica a las áreas, organizaciones y personas relacionadas con el

proyecto. Realización de talleres con las áreas, organizaciones y personas relacionadas con el

proyecto. Adquisición de insumos y materiales utilizados directamente en el proyecto.

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3 ASISTENTE DE SERVICIOS Entregar y recoger documentos. Apoyar en las actividades de mantenimiento. Apoyar en las actividades de oficina (sacar fotocopias, acomodar archivo muerto, etc.) Llevar a cabo las actividades de limpieza de las oficinas. Llevar la bitácora de actividades de limpieza. Ser el responsable de la materiales y suministros de limpieza de la oficina. 4 AUXILIAR TÉCNICO Atender las necesidades de mantenimiento de la infraestructura o equipos. Supervisar el mantenimiento de infraestructura o equipos. Revisar la bitácora de actividades de mantenimiento. Supervisar a los asistentes de mantenimiento. Asistencia técnica. Capacitación técnica. Levantamiento de fichas técnicas. Apoyo en la integración del Sistema de Control Interno. 5 COORDINADOR DE PROYECTOS Elaborar y presentar proyectos a posibles donantes. Establecerse como el canal de comunicación entre ENDESU y el donante. Coordinar las actividades del personal asignado al proyecto. Generar los informes financieros hacia el donante. Generar los informes técnicos hacia el donante. Solicitar la salida de recursos con base en el presupuesto del proyecto. Verificar que los comprobantes de gastos sean fiscal y contablemente válidos. Verificar que las adquisiciones cumplen con la calidad y precio, de acuerdo a las

necesidades del proyecto. Solicitar los convenios con proveedores al área legal y contable. Integrar los expedientes para las adquisiciones o servicios que requiera el proyecto Revisión de los estados bancarios para estar seguros que las entradas y salidas de

dinero son correctas. 6 ANALISTA CONTABLE Recepción de la diversa documentación entregada por cada coordinadora y cada uno

de los proyectos. Revisión y clasificación de la información contable entregada a través de tesorería. Codificación de pólizas conforme al catálogo de cuentas que se tiene asignado para

cada uno de los proyectos. Captura en el sistema contable. Registro de comisiones y rendimientos bancarios generados en el mes. Conciliaciones bancarias. Elaboración de la Nómina Determinación de Cuotas al IMSS e INFONAVIT Determinación de impuestos en forma mensual para su pago. Control de impuestos generados y pagados.

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Entrega y recepción de diversos trámites ante las diversas dependencias gubernamentales.

Elaboración de contratos. 7 EDUCADOR AMBIENTAL Desarrollar el programa de educación ambiental de acuerdo a las necesidades del

proyecto. Desarrollar el material didáctico y de difusión necesario para las actividades de

educación ambiental. Ser el facilitador en talleres de educación ambiental. 8 RECEPCIONISTA Operar el conmutador, haciendo y recibiendo llamadas telefónicas, conectando las

mismas con las diferentes extensiones o áreas de ENDESU. Recibir, atender y canalizar a los visitantes que se presentan en las oficinas de

ENDESU. Llevar a cabo el control y registro de llamadas telefónicas y entrega de mensajes

recibidos al personal correspondiente. Recepción, envío y entrega de la correspondencia y paquetería al personal

correspondiente. Resguardo y distribución de papelería y consumibles de equipo de cómputo. Elaboración de Facturas y Recibos. Realizar cualquier otra tarea afín, que le sea asignada. 9 TESORERO

Verificar la disponibilidad de fondos en las cuentas bancarias. Solicitar el fondeo de recursos de las cuentas de inversión a las cuentas operativas, en función de las necesidades de cada coordinación. Realizar los pagos a terceros de las cuentas bancarias, con base en las solicitudes entregadas por los coordinadores de proyectos. Control y operación de las cuentas bancarias. Control y operación de los recursos en inversión. Ser el canal de comunicación entre la organización y los asesores financieros o ejecutivos de cuentas bancaria. Conciliación diaria de saldos bancarios. Envío de transferencias realizadas a cada coordinador de proyecto. Apertura de cuentas bancarias. Solicitud de tarjetas empresariales. Registro de operaciones diarias en el sistema administrativo ASPEL BANCO. Entrega de información (transferencias, cheques, etc…) generada a el área contable. Elaboración de informes sobre las actividades relacionadas con la tesorería. Monitoreo de las actividades financieras. Instruir sobre cualquiera de las actividades antes enlistadas a el asistente de tesorería.

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10 COORDINACION AREA CONTABLE Supervisa la revisión documentación entregada por cada coordinadora a el área contable. Supervisión y revisión de la integración y depuración de las partidas pendientes (deudores, acreedores, etc…) con cada una de las coordinaciones. Supervisa la información contable que la tesorería entrega a el área contable. Supervisa la trasmisión de interfaz entre el departamento de tesorería (BANCOS) y el departamento de contabilidad (COI). Supervisa la codificación de pólizas conforme al catálogo de cuentas que se tiene asignado para cada uno de los proyectos. Supervisa la captura en el sistema contable (COI). Revisión del registro de comisiones y rendimientos bancarios generados en el mes. Revisión de las Conciliaciones bancarias. Revisión de la elaboración de base de datos de ingresos percibidos en el mes. Elaboración y emisión de la Nómina. Interfaz de sistema de nómina (NOI) al sistema contable (COI). Elaboración de recibos electrónicos en el sistema de nómina (NOI). Determinación de Cuotas al IMSS, INFONAVIT-RCV, 3% S/NOMINA y FONACOT. Elaboración de pasivos y pagos de IMSS, INFONAVIT-RCV, 3% S/NOMINA y FONACOT. Determinación de impuestos en forma mensual para su entero ante el SAT. Elaboración y presentación de la declaración anual. Revisión de la elaboración y presentación de las declaraciones informativas. Prorrateo y solicitud de rembolso de impuestos por proyecto. Envió de contabilidad electrónica mensual. Organizar y atender diversos trámites ante dependencias gubernamentales SAT, INFONACOT, IMSS, INFONAVIT Y TESORERIA DE LA CIUDAD DE MEXICO. Recopilación de documentos para elaboración de contratos. Elaboración de diversos informes financieros. Apoyo al departamento de tesorería.

11 ENCARGADO DE ADMINISTRACION Y FINANZAS Definir la estrategia contable, fiscal y administrativa. Desarrollo, implementación y actualización de políticas y procedimientos. Encargado de la coordinación con el asesor legal. Elaboración y revisión de contratos. Elaboración de base de datos de los contratos. Supervisar a las áreas contable y tesorería. Encargado del área de finanzas. Definir junto con la tesorería la estrategia para las inversiones. Representación legal en temas administrativos y legales. Coordinación y seguimiento de las auditorías externas, así como seguimiento a las observaciones. Elabora el presupuesto anual de la organización. Seguimiento presupuestal. Capacitación y apoyo a diversos grupos de trabajo con los que interactúa la asociación, para el mejoramiento de procesos contables y administrativos.

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Coordina un equipo de trabajo de entre 2 y 6 personas.

12 DIRECTOR GENERAL Supervisar a los coordinadores de proyectos. Revisar que los proyectos se relacionen con las líneas estratégicas definidas por la dirección general. Revisar la viabilidad técnica de los proyectos con los coordinadores y asesores técnicos. Revisar la viabilidad financiera de los proyectos con el área financiera y contable. Realizar los informes de los coordinadores para monitorear los avances técnicos y financieros de los proyectos. Proponer e impulsar nuevas propuestas de proyectos junto con los coordinadores de proyectos y presentarlos a la dirección general. Establecer un intercambio constante con el área de administración y finanzas para conocer la cantidad de recursos con que se cuenta para cada proyecto, la cantidad de recursos operados y las disposiciones y lineamientos administrativos, fiscales y legales aplicables a los proyectos.

13 DIRECTOR(A) DE PROYECTOS

Supervisar a los coordinadores de proyectos. Revisar que los proyectos se relacionen con las líneas estratégicas definidas por la dirección general. Revisar la viabilidad técnica de los proyectos con los coordinadores y asesores técnicos. Revisar la viabilidad financiera de los proyectos con el área financiera y contable. Realizar los informes de los coordinadores para monitorear los avances técnicos y financieros de los proyectos. Proponer e impulsar nuevas propuestas de proyectos junto con los coordinadores de proyectos y presentarlos a la dirección general. Establecer un intercambio constante con el área de administración y finanzas para conocer la cantidad de recursos con que se cuenta para cada proyecto, la cantidad de recursos operados y las disposiciones y lineamientos administrativos, fiscales y legales aplicables a los proyectos.

14 ASESOR TÉCNICO DE PROYECTOS

Verificar la viabilidad técnica de los proyectos. Brindar asesoría técnica para la elaboración de propuestas, a la dirección de proyectos y coordinadores de proyectos. Brindar asesoría técnica para la ejecución de los proyectos, a la dirección de proyectos y coordinadores de proyectos. Realizar propuestas de carácter técnico para el desarrollo de los proyectos. Establecer vínculos con especialistas de diversos temas relacionados con los proyectos que ejecuta la organización. Establecer vínculos con diversas instituciones públicas y privadas que posean información o bases de datos relacionadas con los proyectos que ejecuta la organización.

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APENDICE DOS

CONDICIONES DE TRABAJO 1.1 Jornada de trabajo El trabajador prestará sus servicios dentro de la jornada legal de 48 horas semanarias. Se laborará tiempo extraordinario dentro de los límites que marca la L.F.T., cuando las cargas de trabajo así lo requieran, siempre y cuando sea autorizado previamente por el patrón. (Art. 123 F. I y II Constitucionales, Art. 60,61 L.F.T.) El horario de la jornada laboral será acordado entre el empleado y ENDESU, pudiendo variar de acuerdo a las actividades y requerimientos del proyecto, pero siempre dentro de la jornada ordinaria máxima. 1.2 Días de descanso Por cada seis días de trabajo disfrutará el trabajador de un día de descanso, cuando menos, con goce de salario íntegro. Son días de descanso obligatorio: 1. El 1° de enero 2. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero 3. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo 4. El 1° de mayo 5. El 16 de septiembre 6. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre 7. El 1° de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal. 8. El 25 de diciembre 9. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral. (Art. 69 y 74 L.F.T.) 1.3 Vacaciones Los trabajadores que tengan más de un año de servicio disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios. Después del cuarto año, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios, como se presenta en la tabla siguiente: - 1 año de antigüedad: 6 días - 2 años de antigüedad: 8 días - 3 años de antigüedad: 10 días - 4 años de antigüedad: 12 días - De 5 a 9 años de antigüedad: 14 días

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- De 10 a 14 años de antigüedad: 16 días - De 15 a 19 años de antigüedad: 18 días, etc. Las vacaciones no podrán ser acumulables, pagadas en efectivo o irrenunciables. Los trabajadores tendrán derecho a una prima no menor de 25% sobre los salarios que les correspondan durante el periodo de vacaciones. (Art. 76 y 80 L.F.T.) 1.4 Salario ENDESU se obliga a pagar al empleado como salario mensual la cantidad que se pacte en el contrato, que será pagadera quincenalmente, entendiéndose que dentro del mismo queda incluido el pago de los séptimos días y descansos obligatorios que pudieran corresponderle, debiendo firmar el empleado al momento del pago el recibo correspondiente. Los recibos de nómina serán enviados de manera electrónica a la cuenta de correo institucional que ENDESU abrirá cada que se contrate un nuevo empleado. El salario nunca podrá ser inferior a los salarios mínimos establecidos. El salario será pagado los días quince y último de cada mes, mediante depósito a cuentas personales de nómina tramitadas por cada uno de los empleados. (Art. 82,88 y 90 L.F.T.) 1.5 Aguinaldo Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre del año respectivo, equivalente a quince días de salario, por lo menos. Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo , tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste. (Art. 87 L.F.T.) 1.6. Obligaciones de los trabajadores

a) Cumplir las disposiciones de las normas de trabajo que les sean aplicables. b) Observar las disposiciones contenidas en materia de seguridad, salud y medio ambiente

de trabajo, así como las que indique ENDESU para garantizar la seguridad y protección personal.

c) Desempeñar el servicio bajo la dirección de ENDESU o de su representante, a cuya autoridad estarán subordinados en todo lo concerniente al trabajo.

d) Ejecutar el trabajo con la intensidad, cuidado y esmero apropiados y en la forma, tiempo y lugar convenidos.

e) Dar aviso inmediato a ENDESU, salvo caso fortuito o de fuerza mayor, de las causas justificadas que le impidan concurrir a su trabajo.

f) Restituir a ENDESU los materiales no usados y conservar en buen estado los instrumentos y útiles que les haya dado para el trabajo, no siendo responsables por el

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deterioro que origine el uso de estos objetos, ni del ocasionado por caso fortuito, fuerza mayor, o por mala calidad o defectuosa construcción.

g) Observar buenas costumbres durante el servicio. h) Prestar auxilios en cualquier tiempo que se necesiten, cuando por siniestro o riesgo

inminente peligren las personas o los intereses de ENDESU o de sus compañeros de trabajo.

i) Integrar los organismos que establece la ley. j) Someterse a los reconocimientos médicos previstos en el reglamento interior y demás

normas vigentes en ENDESU, para comprobar que no padece alguna incapacidad o enfermedad del trabajo, contagiosa o incurable.

k) Poner en conocimiento de ENDESU las enfermedades contagiosas que padezcan, tan pronto como tengan conocimiento de las mismas.

l) Comunicar a ENDESU o a su representante las deficiencias que adviertan, a fin de evitar daños o perjuicios a los intereses y vidas de sus compañeros de trabajo o de los patrones.

m) Guardar escrupulosamente los secretos técnicos, o de los cuales tengan conocimiento por razón del trabajo que desempeñen, así como de los asuntos administrativos reservados, cuya divulgación pueda causar perjuicios a ENDESU. (Art. 134 L.F.T.)

1.7 Queda prohibido a los trabajadores

a) Ejecutar cualquier acto que pueda poner en peligro su propia seguridad, la de sus compañeros de trabajo o la de terceras personas, así como la de los establecimientos o lugares en que el trabajo se desempeñe.

b) Faltar al trabajo sin causa justificada o sin permiso de ENDESU. c) Substraer de ENDESU o establecimiento útiles de trabajo o materia prima o elaborada. d) Presentarse al trabajo en estado de embriaguez. e) Presentarse al trabajo bajo la influencia de algún narcótico o droga enervante, salvo que

exista prescripción médica. Antes de iniciar su servicio, el trabajador deberá poner el hecho en conocimiento de ENDESU y presentarle la prescripción suscrita por el médico.

f) Portar armas de cualquier clase durante las horas de trabajo, salvo que la naturaleza de éste lo exija. Se exceptúan de esta disposición las punzantes y punzo-cortantes que formen parte de las herramientas o útiles propios del trabajo.

g) Suspender las labores sin autorización de ENDESU. h) Hacer colectas en el establecimiento o lugar de trabajo. i) Usar los útiles y herramientas suministrados por ENDESU, para objeto distinto de aquel

a que están destinados. j) Hacer cualquier clase de propaganda en las horas de trabajo, dentro del

establecimiento. k) Acosar sexualmente a cualquier persona o realizar actos inmorales en los lugares de

trabajo. (Art. 135 L.F.T.)

1.8 Revisión de salarios

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La revisión de salarios se hará en base a los convenios que ENDESU firme con los donantes o financiadores, de lo cual depende el monto de los recursos que ENDESU aplica a este rubro. ENDESU únicamente realizara incrementos salariales cuando los convenios o contratos sean prorrogados y dentro de los mismos se aprueban modificaciones presupuestales destinadas a realizar incrementos salariales. 1.9 Rescisión de las relaciones laborales El trabajador o ENDESU podrá rescindir en cualquier momento la relación de trabajo sin incurrir en responsabilidad, siempre y cuando sean por causa justificada. ENDESU podrá rescindir la relación laboral sin responsabilidad cuando: a) Sea engañado por el trabajador. b) El trabajador durante sus labores incurra en faltas de probidad u honradez, actos de

violencia, amagos, injurias o malos tratos contra ENDESU, sus familiares o el personal directivo o administrativo, o en contra de clientes y proveedores del patrón, salvo que medie provocación o que obre en defensa propia.

c) El trabajador cometa contra alguno de sus compañeros cualquiera de las faltas antes mencionadas.

d) El trabajador cometa, fuera del servicio, contra el patrón, sus familiares o el personal directivo o administrativo, alguno de los actos a que se refiere el inciso 2, si son graves e impidan el cumplimiento de la relación de trabajo.

e) Ocasione el trabajador, intencionalmente, daños materiales durante el desempeño de sus labores, en edificios, obras, equipos, instrumentos y demás objetos relacionados con el trabajo.

f) El trabajador cometa daños o errores graves, sin dolo, pero con negligencia. g) Cuando por descuido o imprudencia del trabajador se comprometa la seguridad del

establecimiento o de las personas que se encuentren en él. h) El trabajador cometa actos de inmoralidad o de hostigamiento y/o acoso sexual contra

cualquier persona en el lugar de trabajo. i) El trabajador revele información confidencial. j) Tener más de tres faltas en un periodo no mayor a treinta días, sin permiso de ENDESU o

causa justificada. k) Desobedecer el trabajador a ENDESU. l) Negarse el trabajador a adoptar medidas para prevenir accidentes o enfermedades. m) Asista el trabajador a sus labores en estado de embriaguez o bajo la influencia de

narcóticos o drogas, salvo en el caso de que exista prescripción médica. n) La sentencia ejecutoriada que imponga al trabajador una pena de prisión, que impida el

cumplimiento de la relación de trabajo. o) La falta de documentos que exijan las leyes y reglamentos, imputable al trabajador. p) Otras causas de naturaleza análoga.

(Art. 47 L.F.T.)

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1.10 Rescisión laboral del trabajador sin su perjuicio cuando: a) Sea engañado por ENDESU. b) ENDESU, sus familiares o el personal directivo o administrativo, incurra en faltas de

probidad u honradez, actos de violencia, amenazas, injurias, hostigamiento y/o acoso sexual, malos tratos u otros análogos contra el trabajador y sus familiares.

c) Incurrir ENDESU, sus familiares o trabajadores, fuera del servicio, alguno de los actos a que se refiere el inciso 2, si son graves e impidan el cumplimiento de la relación de trabajo.

d) Reduzca ENDESU el salario. e) No reciba el salario en fecha y lugar convenidos. f) Sufrir daños causados maliciosamente por ENDESU, en sus herramientas o útiles de

trabajo. g) Cuando exista un peligro grave para la seguridad o salud del trabajador o de su familia. h) Cuando por descuido o imprudencia de ENDESU se comprometa la seguridad del

establecimiento o de las personas que se encuentren en él. i) Exigir la realización de actos, conductas o comportamientos que menoscaben o atenten

contra la dignidad del trabajador. j) Otras causas de naturaleza análoga.

(Art. 51 L.F.T.) 1.11 Término de la relación laboral Son causas de la terminación de las relaciones laborales:

a) El mutuo consentimiento de las partes. b) La muerte del trabajador. c) La terminación de la obra o vencimiento del término o inversión del capital. d) La incapacidad física, mental o inhabilidad manifiesta del trabajador.

(Art. 53 L.F.T.)

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APENDICE TRES

Tipos de prestaciones que proporciona el IMSS

Características de las prestaciones

SEGURO COBERTURA PRESTACIONES Riesgo De Trabajo Accidente de Trabajo

Accidente de Trayecto Enfermedad de Trabajo Muerte

Especie y Dinero Especie y Dinero Especie y Dinero Especie y Dinero

Enfermedades y Maternidad

Enfermedades Maternidad Muerte

Especie y Dinero Especie y Dinero Especie y Dinero

Guarderías y Prestaciones Sociales

Asistencia Infantil Canastilla Sociales

Especie Especie Especie

Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez

Retiro Cesantía, Vejez Atención Médica

Dinero Especie y Dinero Especie

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INFONAVIT Los trabajadores al ser incorporados al IMSS dentro del régimen obligatorio retienen derecho a obtener crédito para vivienda de parte del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, siempre y cuando cumplan con los requisitos que el instituto solicita. En los últimos años el INFONAVIT ha flexibilizado sus procedimientos para la obtención de financiamiento y ha diversificado la oferta de créditos. INFONACOT Los trabajadores al ser incorporados al IMSS dentro del régimen obligatorio retienen derecho a obtener crédito de parte del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, siempre y cuando cumplan con los requisitos que el instituto solicita. En los últimos años el INFONACOT ha flexibilizado sus procedimientos para la obtención de financiamiento y ha diversificado significativamente la oferta de créditos.

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APENDICE CUATRO

FRAUDE Y CORRUPCION

En la ejecución de las actividades y en la implementación de los proyectos de ENDESU, colaboradores y beneficiaros directos seguirán las más elevadas normas de ética. Como práctica general, ENDESU formalizará sus actividades a través de un contrato (laboral, servicios, compra-venta, colaboración, etc.), siguiendo los lineamientos establecidos en el Manual de Procedimientos. El contrato deberá contener las cláusulas necesarias que apoyen la prevención de fraude y corrupción, así como respaldarse con los anexos necesarios que garanticen prácticas de competencia. De manera específica, además de los puntos anteriores, para las contrataciones que se efectúan en los proyectos en el que los donantes así lo solicitan ENDESU incorpora cláusulas o anexos que proporcionen los financiadores para contribuir a prevenir el fraude y la corrupción. Como medidas para evitar el fraude, corrupción y malversación de fondos ENDESU, realizará sus actividades evitando las prácticas siguientes:

a. Práctica corrupta Significa el ofrecimiento, suministro, aceptación o solicitud, directa o indirectamente, de cualquier cosa de valor con el fin de influir inapropiadamente en la actuación de otra persona.

b. Práctica fraudulenta Significa cualquier actuación u omisión, incluyendo una tergiversación de los hechos que, astuta o descuidadamente, desorienta o intenta desorientar a otra persona con el fin de obtener un beneficio financiero o de otra índole, o para evitar una obligación.

c. Práctica de colusión Significa un arreglo de dos o más personas diseñado para lograr un propósito impropio, incluyendo influenciar inapropiadamente las acciones de otra persona.

d. Práctica coercitiva Significa el daño o amenazas para dañar, directa o indirectamente a cualquier personal, o las propiedades de una persona, para influenciar inapropiadamente sus actuaciones

e. Práctica de obstrucción Significa la destrucción, falsificación, alteración, u ocultamiento deliberados de evidencia material relativa a una investigación o, brindar testimonios falsos a los investigadores para impedir materialmente una investigación por parte del donante, de alegaciones de prácticas

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corruptas, fraudulentas, coercitivas o de colusión; y/o la amenaza, persecución o intimidación de cualquier persona para evitar que pueda revelar lo que conoce sobre asuntos relevantes a la investigación o a quien lleve a cabo la misma. ENDESU se reserva el derecho de adoptar las medidas necesarias ante cualquier acción inapropiada con el fin de asegurar el cumplimiento de las reglas establecidas en su Código de Ética, en particular el derecho a:

Rechazar la celebración de un contrato si se establece que el beneficiario, a quien se pretende contratar, es culpable de corrupción directamente o que a través de un agente ha perpetrado fraudes o prácticas anti competencia con el fin de obtener el contrato.

Declarar que la celebración del contrato no cumple con lo estipulado y cancelar su

continuidad, si se determina que los representantes del beneficiario cometieron corrupción o fraude durante el procedimiento de negociación del contrato o en su ejecución sin que el beneficiario haya tomado las medidas necesarias para remediar esta situación en un tiempo establecido.

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APENDICE CINCO

CONFLICTO DE INTERESES

ENDESU aplica una política de conflicto de intereses diseñada para promover la confianza del público en la integridad de la organización, fortalecer la transparencia de gestión y proteger sus intereses cuando contempla realizar una transacción o acuerdo que pudiera beneficiar el interés particular de algún asociado, miembro del Consejo Directivo, empleado u otro involucrado de ENDESU. Para evitar el conflicto de intereses, ENDESU ha implementado como medida, la divulgación de las situaciones que generen o puedan generarlos, mediante el uso del “Formulario para la Divulgación de Conflicto de Intereses” (Anexo 10), el cual tiene como propósito proporcionar al Consejo Directivo u otra instancia u órgano institucional de ENDESU la oportunidad de determinar si existe algún conflicto de intereses con respecto a alguna transacción o acuerdo. Se solicitará periódicamente o cada que se presente el caso a cada asociado, directivo, empleado u otros involucrados que se puedan identificar, que divulgue cualquier situación que genere o pueda generar conflicto de intereses, con base en la definición y procedimientos que se encuentran contenidos en el Código de Ética de la organización, y, en el caso de individuos, el interés de cualquier familiar que pudiera suscitar un conflicto de intereses. La divulgación de intereses puede ser utilizada en cualquier momento por la persona interesada para cumplir con la obligación de informar al respecto a la organización. La divulgación total y precisa, proporciona a la organización la información que requiere para cumplir con sus obligaciones de conservación y tomar las decisiones correctas para la mejor consecución de su misión.

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ANEXO 1.

SOLICITUD DE RECURSOS

No. solicitud

1. CHEQUERA

2. FECHA SOLICITUD:

3. NOMBRE DEL PROYECTO

4. CLAVE DEL PROYECTO

5. DATOS PARA PAGO

5.1. BENEFICIARIO

5.2. RFC

5.3. CORREO ELECTRÓNICO

5.4 CANTIDAD EN NÚMERO

5.5 CANTIDAD EN LETRA

5.6 CONCEPTO O JUSTIFICACIÓN

6. DATOS BANCARIOS

6.1 BANCO

6.2 TIPO DE CUENTA

6.3 NÚMERO DE CUENTA

6.4 SUCURSAL

6.5 NÚMERO DE TARJETA (16 DÍGITOS)

6.6 CLABE INTERBANCARIA (18 DIGITOS)

6.7 REFERENCIA BANCARIA

6.8 TITULAR TARJETA

7. RUBRO DE GASTOMONTO MONTO

No. COMPROBANTE

original copia pendiente

ELABORÓ AUTORIZÓ

Supervisor de campo (nombre y firma) Coordinador administrativo (nombre y firma)

SOLICITUD DE RECURSOS

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ANEXO 2

PROYECTO

Período 

que se 

reporta

Lugar o 

itinerario 

Gastos efectuados

Fecha ProveedorNo. 

personasNo. factura

Trasportación 

aerea

Transportación 

terrestreGasolina Hospedaje Alimentación TOTAL

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

Gastos de viaje Monto recibido como gastos a comprobar

Gastos de campo Monto a reembolsar a CONDES

Monto a reembolsar para quien realiza el reporte

TOTAL GASTOS

Justificación: 

COMPROBACIÓN GASTOS DE VIAJE O DE CAMPO

MONTO

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ANEXO 3

F MTELÉFONO CORREO ELECTRÓNICO FIRMA

GÉNERO

LISTA DE ASISTENCIA

NOMBRE DEL TALLER:

OBJETIVO DEL TALLER:

FECHA DEL TALLER Y LUGAR DE REALIZACIÓN (Ciudad):

# NOMBRE COMPLETO INSTITUCIÓN

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ANEXO 4

BITACORA USO DE GASOLINA

Elaboró Autorizó

Supervisor de campo (nombre y firma) Coordinador administrativo  (nombre y firma)

NOMBRE DEL PROYECTO: 

Importe Gastado 

en Gasolina

Firma del 

Responsable del 

Vehículo

Nombre 

Responsable del 

Vehículo

Km 

RecorridosKm FinalFecha

Km 

Inicial

Lugar de 

Destino

Lugar de 

Origen

Periodo del 

ViajeNo. Placa

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ANEXO 5

FECHA_________________

C A R T A R E S G U A R D O

ESPACIOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE A.C. Miguel Hidalgo 143, Barrio del Niño Jesús, C.P. 14090, Tlalpan, D.F. Por este conducto manifiesto a ustedes que con esta fecha me doy por recibido, a mi entera satisfacción, del bien cuya descripción y características se detallan más adelante y que, quien suscribe, será la persona directamente responsable de su uso, el cual será destinado única y exclusivamente a las actividades ligadas al proyecto: ____________________________________________

DESCRIPCIÓN DEL BIEN No. Factura Proveedor Tipo de bien Descripción No. de serie Declaro para todos los efectos legales a que haya lugar estar enterado y conocer que el bien descrito es de la legal propiedad de ENDESU A.C. y por lo tanto me comprometo a resguardarlo como si fuera de mi propiedad, en adecuadas condiciones de uso y operación, y sólo con el desgaste natural y propio que su uso normal represente. De igual manera me comprometo a informar a ENDESU A.C. de cualquier eventualidad con relación al bien descrito. Atentamente ________________________________ Nombre, cargo y firma

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ANEXO 6

CARTA RESPONSIVA FONDO FIJO

(Ubicación) a __ de ______ de 201_ A quien corresponda: Por medio de la presente me permito manifestar que actualmente soy responsable del manejo y la custodia física del importe de $_______ (____________ pesos 00/100 M.N.) los cuales corresponden a la creación del fondo fijo de la caja y que se utilizarán exclusivamente a las actividades del proyecto (nombre del proyecto). Lo anterior a efecto de hacer constar mi responsabilidad, la cual se extinguirá a la entrega de dicha cantidad a la administración de ENDESU al finalizar el ejercicio de los recursos del año 20__. Este importe lo recibí a mi entera conformidad. Atentamente Autorizó ___________________________ _____________________________ Nombre y Firma del Responsable Nombre y Firma del Coordinador del proyecto en campo

proyecto en oficinas centrales

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ANEXO 7

NOMBRE:APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO NOMBRE(S)

FECHA DE NACIMIENTO:

LUGAR DE NACIMIENTO (ESTADO):

R.F.C. :

CURP:(DATO INDISPENSABLE )

* NO. DE SEGURIDAD SOCIAL:(DATO INDISPENSABLE )

SEXO:

ESTADO CIVIL:

PADRE:(AUN FINADO) APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO NOMBRE(S)

MADRE:(AUN FINADO) APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO NOMBRE(S)

DOMICILIO:CALLE Y/O MANZANA NUMERO COLONIA Y/O POBLACION

MUNICIPIO (DELEGACION) ENTIDAD (ESTADO) C.P. (DATO INDISPENSABLE )

TELEFONO:

FIRMA

PUESTO:

SALARIO BRUTO MENSUAL:

FECHA DE INGRESO AL TRABAJO:

PROYECTO:

S.D.I. :

DATOS QUE DEBERA LLENAR EN COORDINADOR DEL PROYECTO

PARA USO EXCLUSIVO DE ENDESU

DATOS GENERALES

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ANEXO 8

SOLICITUD DE ALTA, BAJA O MODIFICACIÓN SALARIAL   

FECHA: _______________ ____________________________ Recursos Humanos y Contabilidad ENDESU Por este medio me permito solicitarte se incluya en la nómina de Espacios Naturales y Desarrollo Sustentable A.C. bajo los siguientes criterios: TIPO DE MOVIMIENTO: ___ ALTA ___ BAJA ___ MODIFICACIÓN NOMBRE DEL EMPLEADO: ______________________________________________ NOMBRE DEL PROYECTO: ______________________________________________ SUELDO BRUTO MENSUAL: __________________ PUESTO: ____________________________________________________________ FECHA A PARTIR DE LA CUAL SE HACE EL MOVIMIENTO: ______________________ SUELDO BRUTO A MODIFICAR (NUEVO): ___________________ Solicita Autoriza ___________________________ _____________________________ Nombre y Firma del Responsable Nombre y Firma del Coordinador del proyecto

en campo proyecto en oficinas centrales

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ANEXO 9

CARTA RENUNCIA

Fecha ____________________

ESPACIOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE, A.C. P r e s e n t e

At’n.: _______________________ Estimados señores: Por este conducto me permito comunicar a ustedes que con esta fecha y por así convenir a mis intereses, presento mi renuncia con carácter de irrevocable al puesto de ________________ y por tanto a las actividades que venía desarrollando en dicho puesto. Es importante manifestar que durante el tiempo en que preste mis servicios a ESPACIOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE, A.C., siempre recibí oportuna y correctamente todos mis salarios normales y extraordinarios, aguinaldos, vacaciones, prima vacacional, séptimos días y todas y cada una de las prestaciones a que tuve derecho, por lo que no me reservo acción alguna que intentar en contra de ESPACIOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE, A.C., de sus representantes o de sus directivos, por lo que en este acto les otorgo el más amplio finiquito que en derecho proceda. Declaro de igual forma que no he presentado demanda alguna en contra de ESPACIOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE, A.C., de sus representantes o de sus directivos, y que en caso de haberlo hecho por medio de la presente me desisto legalmente de mi intento. Asimismo, declaro que durante el tiempo en que preste mis servicios a ESPACIOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE, A.C., nunca sufrí enfermedad ni riesgo profesional alguno, por lo que también por este aspecto libero a la empresa, a sus representantes y directivos de cualquier responsabilidad. Atentamente ____________________________ Nombre y firma

ANEXO 10

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POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

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FORMULARIO PARA LA DIVULGACIÓN DE CONFLICTO DE INTERESES

La política de Espacios Naturales y Desarrollo Sustentable, A.C. (ENDESU) es identificar conflictos de intereses reales, potenciales o percibidos en cualquier situación en la cual ENDESU tenga un interés significativo. Para ayudar a que ENDESU cumpla con esta política, solicitamos que todas las personas físicas y morales que participen en una transacción propuesta con ENDESU completen este formulario.

TRANSACCIÓN

Describa el tipo de transacción celebrará con ENDESU (por ejemplo: empleado, contrato de servicios, contrato de colaboración, donación, cesión, etc.).

_________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

TIPO DE PERSONA

Marque con una “X” que tipo de persona es:

Tipo de Persona

Nombre o Denominación o Razón Social

Persona Física

Persona Moral con fines lucrativos

Persona Moral sin fines de lucro

PERSONAS FISICAS:

Marque todas las opciones que correspondan y adjunte una explicación para todas las respuestas “Sí”.

Sí No

a. ¿Es ahora o ha sido en algún momento empleado de ENDESU o miembro del consejo directivo o asamblea de socios?

b. ¿Es usted un contribuyente o donante de ENDESU?

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c. Según su conocimiento, ¿es usted miembro de la familia de alguna persona identificada en los párrafos anteriormente citados a o b? [Para estos fines, el término “miembro de la familia” incluye al cónyuge de la persona, los hermanos, las cónyuges de los hermanos, todos los ascendientes y sus cónyuges, descendientes directos (naturales y adoptados) hasta bisnietos y sus cónyuges, padrastros, hermanastros políticos (padre, madre, hija, hijo, hermano y hermana), y cualquier persona con quien la persona física comparta residencia bajo circunstancias que se asemejen mucho a una relación marital o quien es económicamente dependiente de la persona].

PERSONAS MORALES CON FINES DE LUCRO

Marque todas las opciones que correspondan y adjunte una explicación para todas las respuestas “Sí”.

Sí No

a. ¿Realizó la entidad contribuciones o donativos totales a ENDESU durante el año actual superiores a los $500,000.00 pesos, o durante los últimos cinco años contribuciones o donativos superiores a los $2,500,000.00 de pesos?

b. Ahora o en el momento de la transacción propuesta, ¿algún empleado de ENDESU, miembro del consejo directivo o asamblea de socios, en forma individual o colectiva con otras personas (incluidos los miembros de la familia de dichas personas), posee (directa o indirectamente) participación accionaria en la persona moral, o tiene el poder legal o de facto para ejercer una influencia predominante sobre las políticas o la dirección de la persona moral, es decir, como funcionario, empleado de la gerencia, miembro de la junta o socio?

c. Ahora o en el momento de la transacción propuesta, ¿algún miembro del consejo directivo, asamblea de socios o del equipo ejecutivo de ENDESU se desempeña como funcionario, director, fideicomisario, empleado, colaborador o socio de la persona moral?

PERSONAS MORALES SIN FINES DE LUCRO

Marque todas las opciones que correspondan y adjunte una explicación para todas las respuestas “Sí”.

Sí No

a. Ahora o en el momento de la transacción propuesta, ¿algún empleado de ENDESU, miembro del consejo o asamblea de socios, en forma individual o colectiva con otras personas (incluidos los miembros de la familia de dichas personas); tiene la habilidad de controlar la dirección de la persona moral?.

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FIRMAS DE TODAS LAS PARTES IDENTIFICADAS MÁS ARRIBA:

Quien suscribe certifica que la información proporcionada en el presente es verdadera a su leal saber y entender.

Firmas de la persona mora Firma de la persona física:

Nombre de la entidad: _____________________ Nombre de la entidad: ____________________

Firma: __________________________________ Firma: _________________________________

Nombre de la persona: Nombre de la persona:

_______________________________________ _______________________________________

Cargo: _________________________________ Cargo: _________________________________

Fecha: _________________________________ Fecha: _________________________________