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PDVSA N° TITULO REV. FECHA DESCRIPCION PAG. REV. APROB. APROB. APROB. FECHA APROB. FECHA VOLUMEN 1 E PDVSA, 2005 HO–H–14 SERVICIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO EMISIÓN ORIGINAL Miguel Rodríguez Dario Merchán JUL.08 JUL.08 JUL.08 V.S. 0 23 L.T. L.C. MANUAL DE HIGIENE OCUPACIONAL ESPECIALISTAS PDVSA

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PDVSA N° TITULO

REV. FECHA DESCRIPCION PAG. REV. APROB. APROB.

APROB. FECHAAPROB.FECHA

VOLUMEN 1

� PDVSA, 2005

HO–H–14 SERVICIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

EMISIÓN ORIGINAL

Miguel Rodríguez Dario MerchánJUL.08 JUL.08

JUL.08 V.S.0 23 L.T. L.C.

MANUAL DE HIGIENE OCUPACIONAL

ESPECIALISTAS

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“La información contenida en este documento es propiedad de Petróleos de Venezuela,

S.A. Esta prohibido su uso y reproducción total o parcial, así como su almacenamiento en

algún sistema o transmisión por algún medio (electrónico, mecánico, gráfico, grabado,

registrado o cualquier otra forma) sin la autorización por escrito de su propietario. Todos

los derechos están reservados. Ante cualquier violación a esta disposición, el propietario

se reserva las acciones civiles y penales a que haya lugar contra los infractores.”

Las Normas Técnicas son de obligatorio cumplimiento del marco regulatorio en materia de

Seguridad Industrial, Ambiente e Higiene Ocupacional y como parte del Control Interno de

PDVSA para salvaguardar sus recursos, verificar la exactitud y veracidad de la

información, promover la eficiencia, economía y calidad en sus operaciones, estimular la

observancia de las políticas prescritas y lograr el cumplimiento de su misión, objetivos y

metas, es un deber la participación de todos en el ejercicio de la función contralora,

apoyada por la Ley Orgánica Contraloría General de la República y Sistema Nacional

de Control Fiscal, Artículos 35–39.

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Índice1 OBJETIVO 4. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

2 ALCANCE 4. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3 REFERENCIAS 4. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.1 Marco Legal 4. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.2 Normas PDVSA 4. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

4 DEFINICIONES 4. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.1 Centros de Trabajo 4. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.2 Condiciones de Trabajo 5. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.3 Establecimiento 5. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.4 Medio Ambiente de Trabajo 5. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.5 Organización 5. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.6 Salud 6. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.7 Salud Ocupacional 6. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.8 Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo 6. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.9 Unidad de Explotación 6. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

5 LINEAMIENTOS 6. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

6 FUNCIONES DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN ELTRABAJO 11. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

7 FUNCIONES DE CADA UNA DE LAS ORGANIZACIONES QUEINTEGRAN EL SERVICIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 13. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.1 Calidad de Vida 13. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.2 Higiene Ocupacional 13. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.3 Salud Ocupacional 15. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.4 Seguridad Industrial 16. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.5 Relaciones Laborales 17. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.6 Consultoría Jurídica 18. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

8 FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN ELTRABAJO 18. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.1 Frecuencia de Reuniones 19. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.2 Secretaría del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo 19. . . . . . . . . . . 8.3 Reuniones del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo 20. . . . . . . . . . . 8.4 Planificación de las Reuniones del Servicio de Seguridad y Salud

en el Trabajo 20. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.5 Puntos de Agenda 21. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.6 Informe Resumen de las Actividades del Servicio 21. . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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8.7 Plan de Trabajo 22. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.8 El Trabajo en el Servicio 22. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.9 Documentación y Registro 23. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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1 OBJETIVOEstablecer los lineamientos para la organización y funcionamiento del Servicio deSeguridad y Salud en el Trabajo en los centros de trabajo, establecimientos ounidades de explotación de PDVSA y sus filiales como instancia funcional yorganizativa del Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo dentrode los lineamientos y disposiciones establecidas en la Ley Orgánica dePrevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT), suReglamento, y las Normas Técnicas que dicte el órgano competente; así como,en las Convenciones, Normas y Recomendaciones Internacionales ratificadaspor la República Bolivariana de Venezuela en la materia.

2 ALCANCEEsta norma es aplicable a todas las organizaciones y el personal que integrenen forma permanente o temporal el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajoque funcionen en todos y cada uno de los centros de trabajo, establecimientos ounidades de explotación de PDVSA y sus filiales; así como, en aquellas empresasdonde Petróleos de Venezuela, S.A., tenga participación mayoritaria.

Esta norma puede ser utilizada en los Servicios de Seguridad y Salud en elTrabajo conformados en los centros de trabajos, establecimientos o unidades deexplotación de PDVSA fuera del Territorio Nacional, siempre y cuando nocontravenga la legislación del país correspondiente.

3 REFERENCIAS3.1 Marco Legal

Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo. GacetaOficial No. 38.236 del 26 julio de 2006.

Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y MedioAmbiente de Trabajo. Gaceta Oficial No. 38.596 del 03 de enero de 2006.

3.2 Normas PDVSAHO–H–17 “Procedimiento para la Investigación de Enfermedades

Ocupacionales en PDVSA”.SI–S–06 “Lineamientos del Sistema de Gerencia Integral de Riesgos

SIR–PDVSA®”.IR–S–06 “Manejo del Cambio”.

4 DEFINICIONES4.1 Centros de Trabajo

Es el espacio físico donde labora determinado número de personas y que tienencarácter de permanencia.

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4.2 Condiciones de TrabajoDe acuerdo con el Art. 11 del reglamento de la LOPCYMAT, se entiende porcondiciones de trabajo:

1. Las condiciones generales y especiales bajo las cuales se realiza laejecución de las tareas.

2. Los aspectos organizativos y funcionales de las empresas, centro detrabajo, explotación, faena, establecimiento; así como de otras formasasociativas comunitarias de carácter productivo o de servicio en general; losmétodos, sistemas o procedimientos empleados en la ejecución de lastareas; los servicios sociales que éstos prestan a los trabajadores y lastrabajadoras, y los factores externos al medio ambiente de trabajo quetienen influencia sobre éste.

4.3 EstablecimientoEs la reunión de medios materiales y de un personal que trabaja en general enun mismo lugar, en una misma tarea y que están bajo una dirección técnicacomún, tengan o no fines de lucro.

4.4 Medio Ambiente de TrabajoDe acuerdo con el Art. 10 del reglamento de la LOPCYMAT, se entiende pormedio ambiente de trabajo:

1. Los lugares, locales o sitios, cerrados o al aire libre, donde personas prestenservicios a empresas, centros de trabajo, explotaciones, faenas yestablecimientos, cualquiera sea el sector de actividad económica; asícomo otras formas asociativas comunitarias de carácter productivo o deservicio; o de cualquier otra naturaleza, sean públicas o privadas, con lasexcepciones que establece la Ley.

2. Las situaciones de orden socio–cultural, de organización del trabajo y deinfraestructura física que de forma inmediata rodean la relación hombre ymujer–trabajo, condicionando la calidad de vida de los trabajadores y lastrabajadoras y la de sus familias.

3. Los espacios aéreos, acuáticos y terrestres situados alrededor de laempresa, centro de trabajo, explotación, faena, establecimiento; así comode otras formas asociativas comunitarias de carácter productivo o deservicio y que formen parte de las mismas.

4.5 OrganizaciónSon los negocios, divisiones, gerencias y demás estructuras de PDVSA y susfiliales sin personalidad jurídica, con funciones definidas y administración propia.

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4.6 SaludEs el estado de completo bienestar físico, mental y social y se manifiesta comola condición individual y colectiva de calidad de vida y bienestar; es el resultadode condiciones biológicas, materiales, psicológicas, sociales, ambientales,culturales y de la organización y funcionamiento del sistema de salud.

Comprendiendo un conjunto de condiciones biológicas, psicológicas, materiales,sociales y culturales que tienen como determinantes, entre otras, alimentación,la vivienda, el saneamiento básico, el medio ambiente, el trabajo, el transporte yel acceso a bienes y servicios esenciales.

4.7 Salud OcupacionalEs el conjunto de medidas y acciones dirigidas a preservar, mejorar y reparar lasalud de las personas en su relación de trabajo individual y colectiva, cuyoobjetivo es promover y mantener el mas alto grado de bienestar físico, mental ysocial de los trabajadores y las trabajadoras en todas sus profesiones; prevenirtodo daño causado a la salud de estos por las condiciones y medio ambiente detrabajo; protegerlos en su empleo contra los riesgos resultantes de la existenciade agentes nocivos para la salud; colocar y mantener al trabajador y a latrabajadora en un empleo acorde con sus aptitudes fisiológicas y psicológicas y,en resumen, adaptar el trabajo al ser humano y cada ser humano a su trabajo(Comité Mixto OIT – OMS).

4.8 Servicio de Seguridad y Salud en el TrabajoEs una estructura funcional y organizacional de los patronos, patronas, y otrasformas asociativas comunitarias de carácter productivo o de servicios, que tienecomo objetivos la promoción, prevención y vigilancia en materia de seguridad,salud, condiciones y medio ambiente de trabajo, para proteger los derechoshumanos a la vida, a la salud e integridad personal de los trabajadores y lastrabajadoras.

4.9 Unidad de ExplotaciónToda combinación de factores de la producción, sin personalidad jurídica propia,ni organización permanente, que busca satisfacer necesidades y cuyasoperaciones se refieren a un mismo centro de actividad económica.

5 LINEAMIENTOS

5.1 El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo de PDVSA, como estructurafuncional, debe estar constituido por un equipo de trabajo intergerencial ymultidisciplinario que a los fines prestacionales estará conformado por

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Profesionales, Técnicos, Auxiliares y demás personal debidamente calificado ocertificado en las áreas de: medicina ocupacional, seguridad industrial, higieneocupacional, manejo de las relaciones interpersonales en el trabajo, vigilancia deluso del tiempo libre, descanso de la jornada laboral y formación en las áreas deseguridad y salud en el trabajo.

Entendiendo, que en este momento, estos profesionales ejecutan estasfunciones en las organizaciones de:

� Calidad de Vida.� Salud Ocupacional.� Higiene Ocupacional.� Seguridad Industrial.� Relaciones Laborales.Por otro lado, aquellos casos que el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajolo considere necesario se apoyará en:

� Consultoría Jurídica.� Infraestructura, Servicios Logísticos o su equivalente.� Cualquier otro que el caso amerite.

5.2 En PDVSA, el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo tendrá un nivel decarácter estratégico– corporativo conformado por las gerenciascorporativas de las organizaciones señaladas en el punto anterior, que dictarálas pautas generales e integrará la gestión corporativa en materia de seguridady salud en el trabajo.

En los negocios y filiales de PDVSA el Servicio de Seguridad y Salud en Trabajotendrá un nivel de carácter táctico y operativo por cada centro de trabajo,establecimiento o unidad de producción (áreas operacionales de los negocios yfiliales de PDVSA).

Estos estarán inscritos en el Registro Nacional de Servicios de Seguridad y Saluden el Trabajo llevado por INPSASEL y realizarán las funciones establecidas enla LOPCYMAT y su Reglamento. En los centros de trabajo, establecimientos ounidades de producción donde operen distintas filiales o negocios, el Serviciopodrá ser de tipo mancomunado.

5.3 Aquellos centros de trabajo, establecimientos y unidades de producción, que noposean todas las funciones descritas en el punto 5.1 se deben apoyar en lasdemás organizaciones de PDVSA establecidas en su área de influencia quedesempeñan estas funciones basados en el principio de mancomunidad.

5.4 Se debe incluir, en los pliegos de licitación de obras y servicios, la obligatoriedadde las empresas contratistas de contar con un Servicio de Seguridad y Salud enel Trabajo.

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5.5 El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo tiene como ámbito de acciónsubjetiva a todos los trabajadores y las trabajadoras propios permanentes otemporales, aprendices, empleados gubernamentales (Bajo comisión deservicio) y miembros de la fuerza armada que laboren en las organizaciones dePDVSA y en forma mancomunada a todos los trabajadores y trabajadoras deEmpresas Contratistas.

5.6 El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo debe apoyar en materia deprevención, basados en el principio de corresponsabilidad, a todas las personasque desarrollen alguna actividad en las instalaciones de la empresa, tales como:pasantes, tesistas.

5.7 Todas las personas que tengan actividades, funciones, responsabilidadesprestacionales en el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, que requieracertificación, deben estar acreditadas por el INPSASEL y no deben realizaractividades distintas para las que han sido acreditadas.

5.8 El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo y sus integrantes, en materiaPrestacional del Régimen de Seguridad y Salud en el Trabajo comoAdministradores de un servicio de interés social, deben tener independencia yautonomía profesional respecto a las organizaciones a las que pertenecen, lascuales se abstendrán de realizar cualquier tipo de coerción o coacción contraaquellos con ocasión al ejercicio de sus funciones.

5.9 El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo debe armonizar y coordinar lasactividades, de acuerdo con lo establecido en el Art. 48 numeral 3 de laLOPCYMAT, con el Comité de Seguridad y Salud Laboral como órgano einstancia de consulta y participación en materia de seguridad y salud laboral.

5.10 El Servicio de Seguridad y Salud debe funcionar y cumplir con el RégimenPrestacional sobre los principios de Simplicidad Administrativa, Eficiencia,Eficacia, Respuesta Oportuna, Racionalidad Técnica y Humanismo.

5.11 El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo se sustenta en 3 líneas de acción:

5.11.1 Promoción del Trabajo Seguro y Saludable, a través de:

a. Asegurar la evaluación de nuevos proyectos, instalaciones y modificacionesantes de dar inicio a su ejecución.

b. Asegurar la implementación de los sistemas de trabajo que garanticen la salud,seguridad y calidad de vida en armonía con las necesidades operacionales.

c. Asegurar la adecuación de los métodos de trabajo; así como, las edificaciones,instalaciones, maquinarias, herramientas y útiles, utilizados en el proceso detrabajo de acuerdo con las características psicológicas, cognitivas, culturales yantropométricas de los trabajadores y las trabajadoras.

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d. Asegurar la elaboración e implementación del Programa de Seguridad y Salud enel Trabajo, previa aprobación del Comité de Seguridad y Salud Laboral.

e. Asegurar la consulta a los trabajadores y las trabajadoras y al Comité deSeguridad y Salud Laboral, de las medidas que prevean cambios en laorganización del trabajo.

f. Asegurar la disponibilidad de información, a los trabajadores y las trabajadorasacerca de las condiciones en las cuales se va a desarrollar el trabajo, posiblesdaños, medios y medidas para prevenirlos.

g. Asegurar, a través del custodio, custodia, supervisor o supervisora, Ia notificaciónde los peligros y riesgos asociados a las instalaciones y puestos de trabajo.

h. Asegurar la formación teórica y práctica suficiente, adecuada y periódica, alpersonal gerencial, supervisorio, trabajadores, trabajadoras, relacionados ycontratistas.

i. Desarrollar y mantener un Sistema de Vigilancia Epidemiológica de Seguridad ySalud en el Trabajo.

j. Asegurar la vigilancia de la salud de los trabajadores y las trabajadoras.

k. Asegurar el desarrollo y actualización de los planes de emergencia ycontingencia, así como de la infraestructura requerida para tales fines.

l. Asegurar la reubicación o reinserción socio – laboral de los trabajadores y lastrabajadoras que sufran algún tipo de discapacidad ocasionada o no por eltrabajo.

m. Asegurar la participación de los trabajadores y las trabajadoras en la gestión dela seguridad y salud en el trabajo con una relación transparente entre el personalsupervisorio y personal supervisado, enmarcado en el principio decorresponsabilidad.

n. Asegurar el desarrollo e implantación de un sistema de perfiles profesiográficos.

o. Implementar políticas de prevención de conductas ofensivas, maliciosas,intimidatorias y de cualquier acto que perjudique física, psicológica o moralmentea los trabajadores y las trabajadoras; así como, cualquier situación de acoso pormedio de la degradación de las condiciones del medio ambiente de trabajo.

p. Proporcionar seguridad jurídica en el ejercicio y desarrollo de la actividad enmateria de seguridad y salud laboral.

q. Asegurar la privacidad y confidencialidad de cada trabajador o trabajadora, enrelación con el vínculo laboral.

r. Asegurar el cumplimiento de los regímenes prestacionales.

s. Asegurar que las labores derivadas del contrato de trabajo se ejecuten según lasnormas de seguridad y salud en el trabajo.

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t. Respaldar en la elección de los Delegados y las Delegadas de Prevención; asícomo, la conformación y funcionamiento del Comité de Seguridad y SaludLaboral.

u. Adecuar oportunamente los planes y programas de la Corporación a las políticasnacionales de seguridad y salud en el trabajo.

v. Asegurar el cumplimiento oportuno de los planes y procedimientos de seguridady salud en el trabajo.

w. Informar periódicamente al INPSASEL la gestión de Seguridad y Salud en eltrabajo.

x. Promover la formación y capacitación de los Delegados y las Delegadas dePrevención y su incorporación a la gestión de seguridad y salud laboral.

y. Asegurar una respuesta oportuna por parte de los supervisores y gerentes a losrequerimientos de los Delegados y las Delegadas de Prevención en relación a laseguridad y salud en el trabajo.

5.11.2 Prevención de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Ocupacionales, através de:

a. Asegurar Ia identificación de los peligros y riesgos ocupacionales, asociados a lasinstalaciones y puestos de trabajo.

b. Asegurar Ia evaluación periódica de los riesgos ocupacionales asociados a lasinstalaciones y puestos de trabajo.

c. Implementar y seguir el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo.

d. Vigilar, mejorar y controlar las condiciones y ambiente de trabajo, en la prevenciónde los accidentes y enfermedades ocupacionales.

e. Establecer los procedimientos y medidas de protección adecuados a los nivelesde riesgos y a las capacidades físicas y mentales de los trabajadores y lastrabajadoras.

f. Asegurar condiciones de trabajo seguras y saludables.

g. Asegurar la ejecución del mantenimiento y uso adecuado de las instalaciones,equipos, procesos y herramientas de trabajo; así como, de las instalaciones desaneamiento básico industrial y las de recreación, descanso y uso del tiempolibre.

5.11.3 Descanso, Recreación y uso del Tiempo Libre, a través de:

a. Asegurar el cumplimiento del descanso entre jornada de trabajo y el usoadecuado de las horas extraordinarias.

b. Asegurar el disfrute de las vacaciones por parte de los trabajadores y lastrabajadoras.

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c. Establecer programas de recreación dentro de la jornada de trabajo.

d. Establecer y divulgar programas de utilización del tiempo libre y turismo social.

e. Desarrollar y mantener un Sistema de Indicadores para el seguimiento de laefectividad de los programas de descanso, recreación y utilización del tiempolibre.

f. Promover, en conjunto con las organizaciones responsables, la construcción,dotación, adecuación, mantenimiento y protección de infraestructura destinadaa los programas de descanso, recreación, utilización del tiempo libre y turismosocial.

6 FUNCIONES DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y SALUD ENEL TRABAJO

6.1 Asegurar la protección de los trabajadores y las trabajadoras contra todacondición que perjudique su salud producto de la actividad laboral y de lascondiciones en que esta se ejecutan.

6.2 Promover y mantener el nivel más elevado posible de bienestar físico, mental ysocial de los trabajadores y las trabajadoras.

6.3 Vigilar la salud de los trabajadores y las trabajadoras en relación con el trabajo.

6.4 Suministrar oportunamente a los trabajadores y las trabajadoras los informes,exámenes, análisis clínicos y paraclínicos, que sean practicados por el Serviciode Seguridad y Salud en el Trabajo.

6.5 Asegurar el cumplimiento efectivo de las vacaciones por parte de los trabajadoresy las trabajadoras y el descanso de la jornada diaria.

6.6 Desarrollar y mantener un Sistema de Vigilancia Epidemiológica de accidentesy enfermedades ocupacionales, de conformidad con lo establecido en laLOPCYMAT, su Reglamento y las normas técnicas que se dicten al efecto.

6.7 Desarrollar y mantener un Sistema de Vigilancia de la utilización del tiempo libre,de conformidad con lo establecido en la LOPCYMAT, su Reglamento y las normastécnicas que se dicten al efecto.

6.8 Reportar las estadísticas de los accidentes de trabajo y las enfermedadesocupacionales al INPSASEL, de conformidad a lo establecido en la LOPCYMAT,su Reglamento y las normas técnicas que se dicten al efecto.

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6.9 Desarrollar programas de promoción de la seguridad y salud en el trabajo, deprevención de accidentes y enfermedades ocupacionales, de recreación,utilización del tiempo libre, descanso y turismo social.

6.10 Promover planes para la construcción, dotación, mantenimiento y protección deinfraestructura destinadas a los programas de recreación, utilización del tiempolibre, descanso y turismo social.

6.11 Organizar los sistemas de atención de primeros auxilios, transporte delesionados, atención médica de emergencia y respuestas y planes decontingencia.

6.12 Investigar los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales y adoptarlos correctivos necesarios, sin que esta actuación interfiera con las competenciasde las autoridades públicas.

6.13 Evaluar y conocer las condiciones de las nuevas instalaciones, maquinarias,equipos y herramientas antes de dar inicio a su funcionamiento; así como formary capacitar a los trabajadores y las trabajadoras sobre los mismos.

6.14 Elaborar la propuesta del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo con laparticipación activa de los trabajadores y las trabajadoras, los delegados y lasdelegadas de Prevención, y someterlo a la consideración del Comité deSeguridad y Salud Laboral, a los fines de ser presentado al INPSASEL para suaprobación y registro.

6.15 Aprobar los proyectos de nuevos ambientes y puestos de trabajo o los cambiosde los mismos (Norma PDVSA IR–S–06), en relación con su componente deseguridad y salud en el trabajo.

6.16 Participar en la elaboración de los planes y actividades de formación de lostrabajadores y las trabajadoras.

6.17 Identificar, evaluar y proponer los correctivos que permitan controlar lascondiciones y medio ambiente de trabajo que puedan afectar tanto la salud físicacomo mental de los trabajadores y las trabajadoras en el lugar de trabajo,comedores, alojamientos o instalaciones sanitarias o que pueden incidir en elambiente externo del centro de trabajo o sobre la salud de su familia.

6.18 Informar, formar, educar y asesorar a los trabajadores y las trabajadoras, enmateria de seguridad y salud en el trabajo.

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6.19 Reportar al Ministerio de Salud las enfermedades de notificación obligatoria queno sean de carácter ocupacional.

6.20 Realizar el diagnóstico sobre las enfermedades ocupacionales padecidas por lostrabajadores y las trabajadoras, en coordinación con el INPSASEL y el Ministeriode Salud.

6.21 Implementar el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo.

6.22 Las demás que señalen los reglamentos y las normas técnicas dictadas por elMinisterio del Trabajo y Seguridad Social y las guías técnicas elaboradas por elINPSASEL.

7 FUNCIONES DE CADA UNA DE LAS ORGANIZACIONESQUE INTEGRAN EL SERVICIO DE SEGURIDAD Y SALUDEN EL TRABAJO

7.1 Calidad de Vida

7.1.1 Asegurar, conjuntamente con la línea supervisoria, el cumplimiento efectivo delas vacaciones por parte de los trabajadores y las trabajadoras; así como, eldescanso de la jornada diaria.

7.1.2 Desarrollar y mantener un Sistema de Vigilancia de la utilización del tiempo libre,de conformidad con lo establecido en el Reglamento de la LOPCYMAT.

7.1.3 Promover planes para la construcción, dotación, mantenimiento y protección deinfraestructura destinadas a los programas de recreación, utilización del tiempolibre, descanso y turismo social.

7.1.4 Desarrollar programas y planes de recreación, utilización del tiempo libre,descanso, turismo social y laboral.

7.1.5 Promover e incentivar la educación y divulgación en relación con la importanciade la recreación, utilización del tiempo libre, descanso, turismo social y laboralpara la calidad de vida de los trabajadores y las trabajadoras.

7.1.6 Cualquier otra función establecida en la LOPCYMAT, su Reglamento y las normastécnicas que se dicten al efecto.

7.2 Higiene Ocupacional

7.2.1 Identificar, analizar y evaluar los factores de riesgo ocupacionales asociados conlas condiciones y medio ambiente de trabajo, estableciendo los mecanismos deprevención y control correspondientes, en la fuente o en el origen.

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7.2.2 Evaluar los puestos de trabajo, a fin de adaptarlos al trabajador y la trabajadora;minimizando y controlando los riesgos y procesos peligrosos.

7.2.3 Mantener registros con información actualizada sobre las características de lospuestos de trabajo.

7.2.4 Participar activamente en todas las fases de los proyectos, asegurando lainclusión de los aspectos legales, de prevención y control de riesgosocupacionales.

7.2.5 Gestionar con Recursos Humanos, las acciones de formación y divulgación delpersonal en materia de identificación, prevención, evaluación y control de riesgosocupacionales.

7.2.6 Realizar auditorias al cumplimiento legal y a todos los tópicos de HigieneOcupacional que así lo requieran.

7.2.7 Participar, activamente, como asesor en los Comités de Seguridad y SaludLaboral, cuando sea requerido.

7.2.8 Realizar informes técnicos de las actividades de evaluación, minimización ycontrol de riesgos ocupacionales.

7.2.9 Informar a los custodios de las instalaciones y al Comité de Seguridad y SaludLaboral sobre cualquier desviación relacionada con aspectos de HigieneOcupacional, a fin de que sean tomados los correctivos correspondientes.

7.2.10 Participar, activamente con el resto del equipo, en el desarrollo e implementaciónde los Programas de Seguridad y Salud en el Trabajo, de prevención deaccidentes y enfermedades ocupacionales, de recreación, utilización del tiempolibre, descanso y turismo social, conjuntamente con el resto del equipo.

7.2.11 Asesorar, evaluar y seleccionar, con el resto del equipo, los equipos de protecciónpersonal y colectiva.

7.2.12 Participar, activamente con el resto del equipo, en los análisis de riesgo yprocesos peligrosos asociados a cambios, introducción de nuevas tecnologías omodificaciones en los puestos de trabajo.

7.2.13 Participar, conjuntamente con los demás integrantes del Servicio, en laelaboración e implementación de los sistemas de vigilancia epidemiológica.

7.2.14 Participan, activamente, con los demás integrantes del Servicio, en laimplementación y evaluación del Sistema de Gerencia Integral de RiesgosSIR–PDVSA®.

7.2.15 Participar, con los demás integrantes del Servicio, en la investigación de losaccidentes de trabajo.

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7.2.16 Participar, activamente, en el proceso de investigación de las enfermedadesocupacionales.

7.2.17 Informar a los trabajadores , trabajadoras, custodios y custodias sobre losresultados de la evaluacion de los riesgos en el ambiente y puestos de trabajo.

7.2.18 Hacer seguimiento y control al cumplimiento de las recomendaciones generadasen materia de Higiene Ocupacional.

7.2.19 Informar sobre los cambios en la legislación en materia de riesgos ocupacionalesque pudieran impactar a las operaciones.

7.2.20 Cualquier otra función establecida en la LOPCYMAT, su Reglamento y las normastécnicas que se dicten al efecto.

7.3 Salud Ocupacional7.3.1 Realizar exámenes médicos integrales de salud: Pre–empleo, Periódicos

(Monitoreos Biológicos requeridos, Pre–Vacacional, Post–Vacacional, deTerminación) y Evaluación Continua Orientada al Riesgo Ocupacional.

7.3.2 Participar activamente en el desarrollo e implementación de los Programas deSeguridad y Salud en el Trabajo.

7.3.3 Aplicar tratamiento médico oportuno para restaurar la salud de los trabajadoresy las trabajadoras.

7.3.4 Auditar el cumplimiento de las recomendaciones médicas.

7.3.5 Participar, activamente con el resto del equipo, en la elaboración eimplementación de los sistemas de vigilancia epidemiológica.

7.3.6 Participar, activamente, con los demás integrantes del Servicio, en laimplementación y evaluación del Sistema de Gerencia Integral de RiesgosSIR–PDVSA®.

7.3.7 Participar activamente, como asesor, en los Comités de Seguridad y Salud en elTrabajo, cuando sea requerido.

7.3.8 Organizar lo relacionado con los primeros auxilios y la atención médica.

7.3.9 Gestionar con Recursos Humanos, las acciones de formación del personal ydivulgación en materia de salud de manera específica en lo relacionado con losefectos por la exposición a los riesgos en la salud de los trabajadores y lastrabajadoras.

7.3.10 Participar, cuando le sea requerido en el comité de investigación de accidentes.

7.3.11 Investigar y diagnosticar, con el resto del equipo, las enfermedadesocupacionales, según lo establecido en la Norma PDVSA HO–H–17”Procedimiento para la Investigación de Enfermedades Ocupacionales enPDVSA”.

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7.3.12 Informar y declarar las enfermedades ocupacionales ante el INPSASEL, segúnlo establecido en la Norma PDVSA HO–H–17 ”Procedimiento para laInvestigación de Enfermedades Ocupacionales en PDVSA”.

7.3.13 Comunicar a los trabajadores y las trabajadoras los resultados de los exámenesde salud, después de su obtención.

7.3.14 Garantizar la confidencialidad del diagnóstico médico.

7.3.15 Participar activamente, con el resto del equipo, en la evaluación cualitativa de losfactores de riesgos en el ambiente de trabajo, para establecer los mecanismosde control correspondientes.

7.3.16 Participar, activamente, con el resto del equipo, en la evaluación y selección delos equipos de protección personal y colectiva.

7.3.17 Participar, activamente, en conjunto con Higiene Ocupacional, en la evaluaciónde los puestos de trabajo, a fin de adaptarlos al trabajador o la trabajadora,minimizar los riesgos para prevenir los impactos a la salud.

7.3.18 Participar, activamente, en todas las fases de los proyectos, asegurando lainclusión de los aspectos legales y de prevención relacionados con la salud delos trabajadores y las trabajadoras.

7.3.19 Participar, activamente, con el resto del equipo, en el análisis de riesgosasociados a cambios o modificaciones en las instalaciones o en los procesos detrabajo.

7.3.20 Realizar seguimiento al cumplimiento legal y a las recomendacionesrelacionadas con medicina ocupacional, orientadas a la prevención en laaparición de enfermedades ocupacionales.

7.3.21 Realizar informes técnicos sobre perfil de salud y epidemiología ocupacional.

7.3.22 Cualquier otra función establecida en la LOPCYMAT, su Reglamento y las normastécnicas que se dicten al efecto.

7.4 Seguridad Industrial7.4.1 Identificar, evaluar y analizar los peligros y riesgos, estableciendo los

mecanismos de prevención y control correspondientes.

7.4.2 Participar, activamente, con el resto del equipo, en la evaluación y selección delos equipos de protección personal y colectiva.

7.4.3 Mantener registros actualizados de las estadísticas de desviaciones, incidentesy accidentes de trabajo.

7.4.4 Mantener registros con información actualizada sobre las características de losambientes de trabajo, asociada a la identificación, prevención y control deriesgos.

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7.4.5 Participar, activamente, en todas las fases de los proyectos, asegurando lainclusión de los aspectos legales, de prevención y control de riesgos.

7.4.6 Gestionar con Recursos Humanos, las acciones de formación del personal ydivulgación en materia de identificación, prevención, evaluación y control deriesgos y procesos peligrosos.

7.4.7 Participar activamente, con el resto del equipo, en la investigación de losaccidentes de trabajo.

7.4.8 Participar activamente, con el resto del equipo, en el análisis de riesgos asociadosa cambios o modificaciones en las instalaciones o en los procesos de trabajo.

7.4.9 Realizar seguimiento al cumplimiento legal y a todos los tópicos de SeguridadIndustrial que así lo requieran.

7.4.10 Participar activamente, como asesor, en los Comités de Seguridad y SaludLaboral, cuando sea requerido.

7.4.11 Realizar informes técnicos de las actividades de evaluación, prevención y controlde riesgos y procesos peligrosos.

7.4.12 Informar a los custodios de las instalaciones y al Comité de Seguridad y SaludLaboral sobre cualquier desviación relacionada con seguridad industrial, a fin deque sean tomados los correctivos correspondientes para el control del riesgo.

7.4.13 Participar, activamente, en el desarrollo e implementación de los Programas deSeguridad y Salud en el Trabajo, de prevención de accidentes y enfermedadesocupacionales, de recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismosocial, conjuntamente con el resto del equipo.

7.4.14 Participar conjuntamente con los demás integrantes del Servicio, en laelaboración e implementación de los sistemas de vigilancia epidemiológica deaccidentes y enfermedades ocupacionales.

7.4.15 Participar, activamente, con los demás integrantes del Servicio, en laimplementación y evaluación del Sistema de Gerencia Integral de RiesgosSIR–PDVSA .

7.4.16 Participar, activamente, en la realización de los Análisis Cuantitativos de Riesgo.

7.4.17 Cualquier otra función establecida en la LOPCYMAT, su Reglamento parcial y lasnormas técnicas que se dicten al efecto.

7.5 Relaciones Laborales

7.5.1 Participar, activamente, en las reuniones del Servicio de Seguridad y Salud en elTrabajo.

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7.5.2 Asegurar, conjuntamente con la línea supervisoria, el cumplimiento efectivo delas vacaciones por parte de los trabajadores y las trabajadoras; así como, eldescanso de la jornada diaria.

7.5.3 Asegurar el registro de las horas extras, días compensatorios, días de descansode los trabajadores y las trabajadoras.

7.5.4 Gestionar con Recursos Humanos, las acciones de formación del personal ydivulgación del marco legal relacionado con la de materia seguridad y saludlaboral.

7.6 Consultoría Jurídica

7.6.1 Participar activamente, en las reuniones del Servicio de Seguridad y Salud en elTrabajo, cuando sea requerido.

7.6.2 Prestar asesoría jurídica a través de dictámenes, opiniones y recomendaciones,en materia de seguridad y salud laboral.

7.6.3 Velar por la recta aplicación de la LOPCYMAT, su reglamento parcial y demásleyes en la materia.

7.6.4 Informar, oportunamente, al Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo cualquierreclamo, notificación, demanda u ordenamiento en materia de seguridad y saludlaboral.

7.6.5 Interponer los recursos administrativos y judiciales contra los actosadministrativos en materia de seguridad y salud laboral, a que hubiere lugar.

7.6.6 Apoyar en la elaboración de las reglas y normas establecidas en el Programa deSeguridad y Salud en el Trabajo.

7.6.7 Gestionar con Recursos Humanos, las acciones de divulgación de leyesrelacionadas con la seguridad y salud laboral.

7.6.8 Informar al Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, sobre los cambios en lalegislación en materia de seguridad y salud, que pudieran impactar lasoperaciones.

8 FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO DE SEGURIDAD YSALUD EN EL TRABAJO

Las actividades y funcionamiento del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajoserán planificadas y revisadas a través de reuniones ordinarias y extraordinarias,coordinadas por una Secretaría que será elegida entre sus integrantes en laprimera reunión del SSST y tendrá una duración de seis (6) meses, rotándosela misma entre sus integrantes.

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8.1 Frecuencia de Reuniones

8.1.1 El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, se reunirá ordinariamente con lafrecuencia establecida en su reunión inicial o constitutiva, según la naturaleza delas actividades y su complejidad, no debiendo ser este lapso, mayor a un mes ycon un mínimo de 12 reuniones anuales. Solo serán suspendidas las reunionesordinarias en caso fortuito ó fuerza mayor, las cuales deben ser justificadas yreprogramadas al momento de la cancelación.

8.1.2 Se podrá convocar reuniones extraordinarias cuando el Servicio lo considerenecesario.

8.1.3 De cada una de las reuniones se elaborará la minuta correspondiente.

8.2 Secretaría del Servicio de Seguridad y Salud en el TrabajoA fin de llevar a cabo las reuniones, planificación, control, seguimiento de lagestión del SSST, se tienen las siguientes responsabilidades.

8.2.1 De la Secretaría del SSST

a. Convocar las reuniones ordinarias y extraordinarias.

b. Llevar el control de asistencia a la reunión.

c. Mantener y resguardar registros de toda la documentación generada por la SSSTdurante las reuniones, debiendo definirse en su primera reunión los documentosy registros que deben ser resguardados, mantenidos y actualizados por cadaorganización integrante del SSST.

d. Elaborar la minuta de la reunión y enviarla a los representantes del Servicio deSeguridad y Salud en el Trabajo.

e. Firmar las comunicaciones exigidas por el INPSASEL y cualquier otra que le searequerida.

f. Representar el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo ante las instanciasque le correspondan.

g. Consolidar el reporte de la gestión del Servicio de Seguridad y Salud en elTrabajo.

h. Recibir la información relacionada con los puntos de agenda y consolidarla antesde la reunión.

8.2.2 De los demás integrantes del SSST

a. Consolidar la información que se incluirá en el informe de gestión del Servicio deSeguridad y Salud en el Trabajo.

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b. Asistir a las reuniones ordinarias y extraordinarias.

c. Justificar, anticipadamente su ausencia a las reuniones, ante el Servicio deSeguridad y Salud en el Trabajo.

d. Todas las demás establecidas en la LOPCYMAT, su reglamento y normastécnicas que se dicten al respecto.

e. Velar por la seguridad y salud en el trabajo con interés social y el cumplimientode la LOPCYMAT, su reglamento y normas técnicas que se dicten al respecto.

8.3 Reuniones del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo

8.3.1 Las funciones de las organizaciones que conforman el Servicio designarán unrepresentante de su organización en cada centro de trabajo, establecimiento ounidad de producción, igualmente debe designar un suplente. Se debe establecery considerar esta actividad como parte de su trabajo, incluyendo la obligatoriedadde cumplir con sus funciones y la asistencia a las reuniones.

8.3.2 En las reuniones ordinarias y extraordinarias del Servicio de Seguridad y Saluden el Trabajo debe participar un representante principal de cada una de lasorganizaciones que lo conforman, en aquellos casos debidamente justificados deausencia del principal, asistirá el suplente o alterno.

8.3.3 Es requisito indispensable la presencia de al menos el 75% de los representantes(principal o alterno) del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, para que unareunión formal sea válida. La ausencia de alguna organización debe sernotificada por escrito, con su justificación correspondiente, a la secretaría.

8.3.4 Los puntos de agenda sólo serán tratados si se cuenta con la presencia de cadauna de las organizaciones directamente relacionados con la materia, en casocontrario, serán diferidos para una próxima reunión.

8.3.5 Las decisiones de la reunión sólo serán tratadas por consenso.

8.4 Planificación de las Reuniones del Servicio de Seguridad y Saluden el Trabajo

8.4.1 Una vez constituido el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, se debenplanificar las reuniones ordinarias para un periodo de un año.

8.4.2 La Secretaría enviará un recordatorio de las reuniones planificadas con unasemana de anticipación, asegurando que todos los convocados cuenten con lainformación necesaria, la cual debe incluir como mínimo:

� Fecha y lugar de reunión.� Puntos de agenda.

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� Invitados.En caso de suspensión de reuniones ordinarias, se debe informar, al menos contres (3) días de anticipación, los motivos de la suspensión y la reprogramación dela reunión.

Las reuniones extraordinarias serán convocadas con anticipación, asegurandoque todos los convocados cuenten con la información necesaria indicadaanteriormente.

8.5 Puntos de Agenda

8.5.1 Las reuniones tendrán como finalidad planificar, evaluar y hacer seguimiento alas actividades del Servicio..

8.5.2 Los puntos de agenda serán establecidos previamente.

8.5.3 Las solicitudes de puntos de interés generados por las áreas operacionales oadministrativas de PDVSA y las generadas por el Comité de Seguridad y SaludLaboral, para ser incluidos en la agenda, deben ser canalizadas por losrepresentantes de las organizaciones que conforman el Servicio y seránentregadas a la Secretaría del Servicio a mas tardar una semana antes de lafecha pautada para la reunión.

8.6 Informe Resumen de las Actividades del Servicio

8.6.1 Las actividades del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo serán reportadastrimestralmente, a la máxima autoridad a nivel regional y a las OrganizacionesFuncionales Corporativas, a través de un Informe de Gestión.

8.6.2 El informe de gestión del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, debe serconsolidado por la secretaría y debe contener como mínimo:

1. Cumplimiento de las vacaciones por parte de los trabajadores y lastrabajadoras, así como, el descanso de la jornada diaria.

2. Sistema de Vigilancia Epidemiológica de Seguridad y Salud en el Trabajo.

3. Reporte de los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales alInstituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales.

4. Sistema de Vigilancia de la utilización del tiempo libre.

5. Cumplimiento de las actividades del Programa de Seguridad y Salud en elTrabajo.

6. Programas de promoción de la seguridad y salud en el trabajo, deprevención de accidentes y enfermedades ocupacionales, de descanso,recreación, utilización del tiempo libre y turismo social.

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7. Conocimiento y evaluación de nuevos procesos, instalaciones y puestos detrabajo o la remodelación de los mismos en relación a la inserción de loscomponentes de seguridad y salud en el trabajo desde sus etapas mástempranas.

8. Promoción de los planes para la construcción, dotación, mantenimiento yprotección de infraestructura destinada a los programas de descanso,recreación, utilización del tiempo libre y turismo social.

9. Reporte del estado de los sistemas de atención de primeros auxilios,transporte de lesionados, atención médica de emergencia y respuestas yplanes de contingencia.

10. Reporte de investigación de los accidentes de trabajo y las enfermedadesocupacionales.

11. Control y seguimiento de los planes y actividades de formación del personalgerencial, supervisorio y de los trabajadores y las trabajadoras.

12. Reporte de morbilidad, mortalidad, accidentalidad, políticas de seguridad ysalud, planes de prevención normados por el INPSASEL, medidas deprevención adoptadas y demás elementos que influyan en la calificación deriesgo establecida en la LOPCYMAT.

13. Cumplimiento de planes de acción, responsables y recursos ejecutados.

8.7 Plan de TrabajoEl Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo debe elaborar, en el segundotrimestre del año, el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo, para el añosiguiente, siguiendo lo indicado en la normativa vigente en la materia, el cual serásometido a la aprobación del Comité de Seguridad y Salud Laboral y delINPSASEL; y se le realizará un seguimiento continuo a fin de tomar loscorrectivos necesarios, con miras a garantizar su mejoramiento continuo.

8.8 El Trabajo en el ServicioEn sus funciones imperará la construcción colectiva, prevaleciendo lapersuasión, el convencimiento y la evidencia cientifico–técnica en su accionardiario.

Los resultados del Servicio deben ser elaborados, colectivamente, por losintegrantes del mismo.

Los mecanismos de comunicación serán los mismos utilizados por PDVSA.

El Servicio enviará a la organización que realice una solicitud o requerimiento,una notificación escrita, informando los resultados obtenidos, a más tardar tres(3) días hábiles después de la reunión, con copia a cualquier otra organizacióninvolucrada.

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8.9 Documentación y Registro

8.9.1 Se establecerá la documentación necesaria para el funcionamiento de losServicios.

8.9.2 Tal como contempla la Ley, se documentarán y mantendrán registro de todas lasacciones realizadas por el Servicio.

8.9.3 Se mantendrá un registro de cada uno de los aspectos considerados en losServicios que permita disponer de soportes para auditorias.

8.9.4 Se debe conservar copia de los registros de los Especialistas y del Servicio, anteel INPSASEL, bajo la custodia de la secretaría.

8.9.5 Los documentos y registros de la gestión del SSST, se mantendrán bajo lacustodia de la secretaría.

8.9.6 Cada organización mantendrá los registros específicos de las accionesrealizadas.

8.9.7 En la primera reunión del SSST se establecerán documentos y registros amantener, indicando quien lo debe mantener y por cuanto tiempo.