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TESIS II: DERECHO CONSTITUCIONAL LOS PODERES DEL ESTADO

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TESIS II: DERECHO CONSTITUCIONAL

TESIS II: DERECHO CONSTITUCIONALLOS PODERES DEL ESTADOCONTENIDOS:

I. La organizacin del Estado.II. Los Poderes Estatales.III. El Poder Legislativo.IV. El Poder Ejecutivo.V. El Poder Judicial.I. LA ORGANIZACIN DEL ESTADOEl ESTADO Y LA MULTIPLICIDAD DE SUS FINESEl Estado posee mltiples fines y cuenta con una pluralidad de medios para cumplirlos.Esos medios consisten en deberes o poderes.

EL ESTADO ACTUA A TRAVES DE ORGANOS:Dada esa multiplicidad de fines, el Estado acta a travs de rganos a los que asigna una cantidad limitada de poderes o medios idneos para cumplir el fin especfico de que se trate.

ORGANOS Y COMPETENCIASAl conjunto de los poderes o medios que el Estado otorga a un rgano para alcanzar un fin especfico se le denomina competencia.

ESTADOFIN 1FIN 2FIN 3FIN 4FIN ORGANO A)ORGANO B)ORGANO C)CompetenciaCompetenciaCompetenciaCONSTITUCION POLITICA Y ORGANIZACIN DEL ESTADOConstitucin Poltica

Tratados Interna.

Leyes

Normas sobre la organizacin del EstadoJE-RARQUIAII. LOS PODERES ESTATALESLOS PODERES ESTATALESConcepto:Conjunto de rganos unificados dentro de una unidad organizativa estatal mayor que realizan una funcin tpica, pero no exclusiva (Rubn Hernndez V.)PARTICULARIDADES DE LOS PODERES DEL ESTADO:Se trata de rganos.Lo tpico de un Poder Estatal es la tendencia a realizar una determinada funcin, por lo que la atribucin de una diferente a aquella que lo caracteriza slo se hace excepcionalmente.PARTICULARIDADES DE LOS PODERES DEL ESTADO:Este conjunto de rganos se distingue por:a) Su ubicacin: Se encuentra dentro del gobierno del Estado yb) Su actividad: Desarrollan alguna de las tres funciones pblicas clsicas: legislativa, administrativa y judicial

ESTADO(Poderes Estatales)FIN 1FIN 2FIN 3FIN 4FIN ORGANO A) Poder LegislativoORGANO B) Poder EjecutivoORGANO C) Poder JudicialAdministracin de JusticiaAdministracin/Direccin Poltica del EstadoPromulgacin/dero-gacin/inter-pretacin de leyesCARACTERISTICAS ESENCIALES DE LOS PODERES PUBLICOS EN COSTA RICA1. Encuentran su creacin en el artculo 9 de la Constitucin Poltica:El Gobierno de la Repblica Lo ejercen tres Poderes distintos e independientes entre s: Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Ninguno de los Poderes puede delegar el ejercicio de funciones que le son propias.

CARACTERISTICAS ESENCIALES DE LOS PODERES PUBLICOS EN COSTA RICA2. Gozan de recproca independencia.3. Estn dotados de una autonoma funcional muy amplia, lo que les permite ejercitar sus respectivas competencias con absoluta independencia de los dems rganos estatales. 4. No estn subordinados a ningn otro rgano estatal.5. Sus relaciones con otros Poderes son de colaboracin y respeto recproco de las funciones atribuidas a cada uno de ellos.

CARACTERISTICAS ESENCIALES DE LOS PODERES PUBLICOS EN COSTA RICA6. Cada Poder tiene un rgano que le encabeza y otros que dependen de ste:Poder Legislativo: el Plenario de la Asamblea;Poder Judicial: la Corte Suprema de Justicia;Poder Ejecutivo: La Presidencia de la Repblica;

ESTADOGOBIERNO DE LA REPBLICAOTROS ORGANOS CONSTITUCIONALESSe trata de rganos que, no siendo Poderes Pblicos, comparten con stos las siguientes caractersticas:- encuentran su creacin en la Constitucin Poltica;- gozan de recproca independencia;- estn dotados de una autonoma funcional amplia;

OTROS ORGANOS CONSTITUCIONALESSon:A.- El Tribunal Supremo de Elecciones;B.- La Contralora General de la Repblica; III. EL PODER LEGISLATIVOArtculos 105 a 129 de la Constitucin Poltica.LA ASAMBLEA LEGISLATIVAEs el rgano parlamentario del ordenamiento jurdico costarricense;Constituye el supremo rgano estatal por dos razones:- es el titular de la soberana nacional (artculos 2 y 105 C. P.)- las leyes que emite se imponen tanto a los ciudadanos, como a los dems rganos y entes estatales (art. 129 C. P.)FUNCIONES DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA1. Funcin legislativa (normativa) propiamente dicha.2. Funcin de reforma constitucional.3. Actividad no legislativa.4. Funcin de direccin poltica.5. La funcin jurisdiccional.6. La funcin de control parlamentario

1. Funcin legislativa propiamente dicha:En el ejercicio de sta la Asamblea:- dicta, modifica, deroga y da interpretacin autntica a las leyes (art. 121 inciso 1 C. P.).

2. Funcin de reforma constitucional: Consagrada en el art. 195 C. P.;Corresponde a la Asamblea, por votacin no menor de dos terceras partes del total de sus miembros, reformar parcialmente la Constitucin;3. La actividad no legislativa:Ejemplos:- participacin en los estados de excepcin ;- suspensin de los derechos y garantas constitucionales;- autorizacin de ingreso de tropas extranjeras al territorio nacional;- ejercicio del derecho de Gracia (delitos polticos)

4. Funcin de direccin poltica.Ejemplos:- debate sobre el mensaje presidencial del 1 de mayo;- nombramiento y ratificacin de altos funcionarios pblicos (i.e. Contralor y Subcontralor Generales de la Repblica, Magistrados);- aprobacin de tratados y convenios internacionales;5. La funcin jurisdiccional:Levantamiento del fuero de inmunidad de los miembros de los Supremos Poderes para ser juzgados por tribunales ordinarios.

6. La funcin de control parlamentario:Ejemplos:- interpelaciones a los Ministros;- las Comisiones Especiales de Investigacin;- los votos de censura;

IV. EL PODER EJECUTIVOArtculos 130 a 151 de la Constitucin Poltica.EL PODER EJECUTIVOEs el Poder que ejerza de manera preferente, la funcin administrativa del Estado.

Es tambin el principal ejecutor de la funcin de direccin poltica, la cual comparte con el Poder Legislativo.

EL PODER EJECUTIVOEs un rgano complejo, integrado a su vez por otros rganos:i- la Presidencia de la Repblica (arts. 130-138 C.P.)ii- los Ministros (arts. 141-146 C.P.)iii- el Consejo de Gobierno (art. 147 C.P.) iii- el Poder Ejecutivo Propiamente dicho (el Presidente actuando junto al Ministro del ramo respectivo). Arts. 130, 140 C.P.) EL PODER EJECUTIVO FRENTE A LOS DEMAS ENTES ESTATALESTiene primaca jurdica sobre los dems entes estatales:- La Ley General de la Administracin Pblica le otorga la facultad de coordinar y dirigir todas las tareas gubernamentales y administrativas en su conjunto (tanto de la administracin centralizada como de la descentralizada)

V. EL PODER JUDICIALArtculos 152 a 167 de la Constitucin Poltica.LAS FUNCIONES (ART. 153 C. P.)Corresponde al Poder Judicial conocer de las causas civiles, penales, comerciales, de trabajo y contencioso-administrativas, as como de las otras que establezca la ley, cualquiera que sea su naturaleza y la calidad de las personas que intervengan; resolver definitivamente sobre ellas y ejecutar las resoluciones que pronuncie, con la ayuda de la fuerza pblica si fuere necesario. DOS CARACTERISTICAS ESPECIALMENTE RELEVANTES:1. El principio de unidad: El Poder Judicial posee el monopolio de la potestad jurisdiccional del Estado.2. El principio de exclusividad:La potestad jurisdiccional le ejercen exclusivamente la Corte Suprema de Justicia y los tribunales que determine la ley (art. 152 C.P.)