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PROTECCION DE DATOS PERSONALES

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PROTECCION DE DATOS PERSONALES

Privacidad Derecho Humano básico.

Fundamento a la dignidad y a otros valores tales como la libertad de asociación y la libertad de expresión.

El Derecho a la Privacidad

Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, Artículo 12:

“Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques”.

El Derecho a la Privacidad

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) ,Artículo 17 (ONU, 1976)

Convención Internacional de las Naciones Unidas sobre la Protección de Todos los Trabajadores Migratorios y sus Familias, Artículo 14 (ONU, 1990)

Convención de las Naciones Unidas para los Derechos del Niño, Artículo 16 (ONU, 1989).

El Derecho a la Privacidad

Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (OEA; 1965)

Declaración de Madrid de 2009, aprobada con motivo de la 31ª reunión anual de la Conferencia Internacional de Autoridades de Protección de Datos y Privacidad. Estándares de Privacidad. The Public Voice Coalition.

Protección de Datos Personales

“La Protección de Datos Personales es el amparo debido a los ciudadanos contra la posible utilización de sus datos personales por terceros, en forma no autorizada, para confeccionar una información que, identificable con él, afecte su entorno personal, social o profesional, en los límites de su intimidad,…….”

Evolución en la Protección de Datos

Estado Federado de Hesse en Alemania en 1970. Suecia (1973), Alemania (1977) y Francia (1978). Argentina (2000).

Convención para la Protección de las Personas con respecto al Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal del Consejo de Europa en 1981.

Directrices que Gobiernan la Protección de la Privacidad y el Intercambio Transfronterizo de Datos Personales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE)

Directivas de Protección de Datos en la Unión Europea

Directiva 95/46 del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la Protección de las Personas Físicas en lo que respecta al Tratamiento de Datos Personales y a la libre circulación de esos datos. Grupo de Trabajo Art. 29. Armonización. Exigibilidad. Agencia o Comisionado.

Directiva de Privacidad de las Telecomunicaciones (1997). Telefonía, televisión digital, redes móviles y otros sistemas de telecomunicaciones

Acuerdo de Puerto Seguro entre la Unión Europea y EEUU (Safe Harbor)

Departamento de Comercio de EEUU y la Junta Directiva de Mercado Interno de la Unión Europea. Aprobado por la Comisión en Julio de 2000. Sistema auto regulatorio por el cual las compañías simplemente prometen no violar sus prácticas de privacidad declaradas. Categoría de Puerto Seguro se otorga al momento de la autocertificación.

Febrero de 2002. Informe de la Comisión Europea. Organizaciones no cumplen el Acuerdo. Sigue vigente.

Regulaciones Latinoamericanas sobre Protección de Datos

Sí tienen leyes: Argentina, Chile, Colombia, Perú y Uruguay.

No tienen leyes: Bolivia, Brasil, Ecuador, Paraguay y Venezuela.

Mercosur: Sub Grupo de Trabajo 13 de Comercio Electrónico/MERCOSUR. Elaboración de una resolución del Grupo Mercado Común del Sur para protección de datos personales y libre circulación de datos.

Conceptos claves

Datos personales : Información de cualquier tipo referida a personas físicas o de existencia ideal determinadas o determinables.

Datos sensibles: Datos personales que revelan origen racial y étnico, opiniones políticas, convicciones religiosas, filosóficas o morales, afiliación sindical e información referente a la salud o a la vida sexual.

RESUMEN Normativas de Privacidad y Protección de Datos:

necesidad de armonización, especialmente para lograr un mismo nivel de protección entre países de nuestra región.

Autoridades de Control/Aplicación independientes del poder político.

Educación/Capacitación para aprender a determinar el límite que separa lo público de lo privado.

Trabajar para que la intimidad personal no sea una reliquia de tiempos pasados.

Las redes sociales causan conflictos, caos. Sin caos no hay posibilidad de evolución.

La red no es, por tanto, un conjunto de individuos que mantienen contacto entre ellos, sino el conjunto de sus mutuas relaciones.