los datos personales de las personas naturales 0 …

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ESTE DOCUMENTO ES UNA VERSION PUBLICA, EN EL CUAL UNICAMENTE SE HA OMITIDO LA INFORMACION QUE LA LEY DE ACCESO A LA INFORMAC16N PUBLICA (LAIP), DEFINE COMO CONFIDENCIAL, ENTRE ELLO LOS DATOS PERSONALES DE LAS PERSONAS NATURALES 0 JURiDICAS FIRMANTES (ARTicuLOS 24 Y 3o DE LA LAIP Y ARTICULO 6 DEL LINEAMIENTO N°1 PARA LA PUBLICAC16N DE LA INFORMAcloN OFICIOSA.

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Page 1: LOS DATOS PERSONALES DE LAS PERSONAS NATURALES 0 …

ESTE DOCUMENTO ES UNA VERSION PUBLICA, EN EL CUAL UNICAMENTE

SE HA OMITIDO LA INFORMACION QUE LA LEY DE ACCESO A LA

INFORMAC16N PUBLICA (LAIP), DEFINE COMO CONFIDENCIAL, ENTRE ELLO

LOS DATOS PERSONALES DE LAS PERSONAS NATURALES 0 JURiDICAS

FIRMANTES (ARTicuLOS 24 Y 3o DE LA LAIP Y ARTICULO 6 DEL

LINEAMIENTO N°1 PARA LA PUBLICAC16N DE LA INFORMAcloN OFICIOSA.

Page 2: LOS DATOS PERSONALES DE LAS PERSONAS NATURALES 0 …

T`rrTNTSTE RTO DE SALt7T)REPUBLICA DE HL SALVADOR, C.A.HOSPITAL NACIONAL FRANCISCO MENENDEZDE AIIUACHAPAN

CONTR^TO N°. 12/2020IP. 05/2020

RESOLUcfoN I)E ADJUDICAcfoN N° 07/2020FOND0 GHNHRAL

Nosotros: LUIS ARMAND0 FIGUEROA RODRICUEZ, mayor de edad, Doctor en Medicina, del

domicilio de Atiquizaya, Departanento de Ahuachapdn, portador de mi Documento Unico de ldentidad

ndmero, , y Numero de

ldentificaci6n Tributana

actuando en nombre y representaci6n del Hospital Nacional Francisco Menchdez de

Ahuachapin, con Ntlmero de ldentificaci6n Tributaria

en mi carfror de Director M6dico, del Hospital

Nacional Francisco Men6ndez de Ahuachapin ejerciendo la representaci6n legal, segtin ACUERDO

ndmero SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS , nombramiento en propiedad` emitido por el Organo Ejecutivo

en el Ramo de Salud, de conformidad con el Decreto Legislativo ntimcro doscientos diecinueve, publicado

en el Diario Oficial ntimero doscientos cuarenta tomo numero cuatrocientos veintiuno de fecha veintiuno de

diciembre de dos mil dieciocho. con fundamento en el articulo dos de la Ley de Salanos,` a partir dcl nueve de

agosto de dos mil drecinueve ; y sobre la base de lan Articulos drecisiete y dieciocho de la Ley de

Adquisiciones y Contrataciones de la Administracidn Pdblica (LACAP). Ios cuales le conceden facultades

para firmar contratos como cl presente; que en el transcurso de este instrumento me denominar5 .`EL

HOSPITAL" "y ANABEL MONTANO PORTILLO, mayor de edad, Licenciada en Administraci6n de

Empresas, del domicilio de Sam Martin, Departamento de San Salvador. quien se identifica por medio de su

Documento Unlco de Identidad ntimero

y con ntimero de Identificaci6n Tributanta

quien acttia como APODERADA GENERAL ADMINISTRATIVA Y JUDICIAL, de la

sociedad TECNO DIAGNdsTICA DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, que puede abreviarse TECNO DIAGNOSTICA S A DE C.V. con ninero de Identificaci6n

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Page 3: LOS DATOS PERSONALES DE LAS PERSONAS NATURALES 0 …

Tributana

dicho poder se encuentra inscrito en el Registro de Comercio al

ninero TREINTA Y TRES DEL LIBRO UN MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO del Registro

de otros contratos mercantiles, del folio doscientos cincuenta al folio doscientos cincuenta y siete, fecha de

mscripci6n, veinte nueve de septiembre de dos mil dieciocho, poder que fue otorgado bajo los oficios del

notario Jorge Ivan Castillo, poder que fue otorgado en la ciudad de Sac Salvador a las catorce horas del dia

veintiuno de agosto de dos mil dieciocho por CARLA BRENES QUESADA, quien actu6 en cardeter de

Admnistrador tJnico y Representame Legal de la Sociedad TECNO DIAGNOSTICA DE EL SALVADOR,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAprrAL VARIABLE, que puede abreviarse TECNO DIAGNOSTICA S.A.

DE C.V., ouyo notano da fe de su personeria de ser legitina y suficiente por haber temdo a la vista: A) El

testimomo de la Escritura Ptiblica de constituci6n de la sociedad ctorgada en esta ciudad a las doce horas del

dia trece de junio del afro dos nil ocho, ante Tadeo Enrique Rivera Portillo, inscrita en el Registro de

Comercio al n`inero CUARENTA Y NUEVE del Libro DOS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UNO

del Registro de Sociedades, de la que consta que su naturaleza, denominaci6n y domcilio, son los

expresados, que su plazo es indefinido, que actos y contratos como el relacionado estin dentro de su

finalidad, que la representaci6n legal de la sociedad y el uso de la firma social corresponde al Administrador

Unico , quien tiene amplias facultades para otorgar docunentos como el presente, sin necesidad de

autorizaci6n previa y es electo para el penodo de cinco afros; 8) Certificaci6n del Acta de Junta General

Ordinana de Accionistas celebrada en esta ciudad , a las diecisicte horas dia veintiuno de junio de dos nd

dieciocho, de la que consta la elecci6n de la Ingeiriero Carla Brenes Quesada como Administlalor Unlco

Propietano para un penodo de Cinco Afros, contados a pamr de la fecha de inscripci6n de la expresada

certificaci6n en el Registro de Comercio , lo curl se llev6 acabo el dia veinticinco de junio de dos ml

diecicoho, y se encuentra inscrita al ninero treinta y nueve del Libro tres mil novecientos doce del Registro

de Comercio , lo cual se llev6 a cabo el dia veinticinco dejumo de dos nil dieciocho, y se encuentra inscrita

al n`inero tremta y nueve del libro tres mil novecientos doce del Registro de Sociedades de Comercio; que

en el transcurso del presente instrumento me denominate la "CONTRATISTA", MANIFESTAMOS: Que

hemos acordado otorgar y en efecto otorgamos el presente CONTRATO de Suministro de SUMINISTRO

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Page 4: LOS DATOS PERSONALES DE LAS PERSONAS NATURALES 0 …

DE REACTlvos E INsuMos DE LABORATORIo EN in.AZA PARA EL HOsprlAL

NACIor`IAL FRANCISCO MENENI)EZ DE AHUACHAI'AN ARO 2mo , de acuerdo a las siguientes

claunlas: CIA.USUIA PRIMERA: ORIETO. LA CONTRATISTA se obliga a proporcionar el

Suministro de SUMINIS'IRO DE REAcrlvos E INSuMOS DE LABORATORIO EN plAZA PARA EL

HOSPITAL r`IAcror`IAL FRANCISCO REr`rfuNI)EZ DE AIIuncHAPAN ANO 2o20; pare el Hospitaltaal

Nacional Francisco Mehendez Ahuachapin, a precios firmes de acuerdo a la forma, especificaciones y

cantidades siguientes :

DESCRIPC16N I)EL PRODUCTO Urty CANT. P/U P4

REACTIVOS DE LAB0 RATORlo

REN GLON # 6 CODIGO 30103780

C~ 1jco $12.00 $18,COO.00SISTEMA PARA PRU EBAS BIOQU IMICAS PARA IDENTIFICACION Y SENSIBl UDAD EN BACTERIAS

GRAM NEGATIVAS Qu E CONTA DE UNA TARJFTA ll>GN Y OTRA TARIFTA SENSIBlu DAD AST-GN

CON EQuipo AUTOMATizADO vnTK 2 COMPACT. MAf`cA: BioM ERiEux,. FABRicANTE:

B[OMERIEUX; PAIS DE ORIGIN: USA,. VTO.: 6 A 12 MESES.

REN GLON # 7 CODIGO 30103760

c~ coo $12.cO $7,200.cOsisTEMA PARA p RU EBAs BioQi] iMlcAS PARA iDENmFICAcioN v sENsiBIilDAD EN BACTERIAs

GRAM posmvAs s QUE CONTA DE UNA TARjETA iD-Gp y OTRA TARjETA sENsiBiLiDAD AST-Gp

CON EQu ipo AUTOMATizADO vn.EK 2 cO MPACT. MAf`cA: BioMERtEux,. FABRicANTE:

BIOMERIEUX; PARIS DE ORIGEN: USA; VTcl.: 6 A 12 MESES.

BENGLON # 8 CODIGO 30103485

c~ 300 $6.00 $1,8cO.00TARJ ETAIS PARA I DENTIFICACION DE STREPTOCOCOS EN EQUIPO AUTOMATIZADO VITEK 2

COMPACT. MAf`cA: BioMERiEux,. FABf`icANTE: BioMEFiiEux; pAis DE ORiGEN: USA; vro.: 6 A 12

MESES.

TOTAL $27,cO.co

CLA.USULA SEGINDA: DOCUMENTOS CONTRACTUALES Forman parte integrante de 6ste

cortrato, con plerra fuerza obligatoria para las partes, los docunentos siguientes: a) Las Bases de

Licitacich Ptolica LP GUION CERO CINCO PI.ECA DOS nEL VEINTE "SUMINISTRO DF

REACTrvus E INsuMus DE I.AlroRATORIo EN PLAZA PARA EL HospITAL NAcloNAL

FENCISCO nmNExpEZ DE AHUACHAPAN ANO DOS NIL VEINTE" ; ; b) La oferta del

contratista presentada en el Hospital Naciorml FTancisco Men6ndez de Ahuachapan el dia quince de

noviende del afro dos mil diecinueve ; c) la Resohoich de Adrudicacfon ndmero cero cmco pleca dos nil

Page 5: LOS DATOS PERSONALES DE LAS PERSONAS NATURALES 0 …

veinte , d) Las Garantias; e) otros dooumentos que emanen del presente contrato. El presente contrato y

sus anexos prevalecefa en caso de drscrepancia, sobre los documentos antes mencionados y estos

prevalecerin de acuerdo al orden indicado Estos documentos forman parte integral del contrato y lo

plasmado en ellos es de estricto cumplimiento CIAUSULA TERCERA: CONI)ICIONHS

ESPECIALES La contratista se obliga a cumplir las condiciones especiales siguientes: a) Garantizar la

calidad del suministro objeto del presente contrato, durante la vigeneia del mismo, b) Si durante la ejecuci6n

del contrato se comprobare por la Direcci6n General de lnspecci6n de Trabajo del Ministerio de Trabayo y

Ptevisi6n Social incumplmiento por falta de del contratista a la normativa que prohibe el trabapo infinti]

y de proteccich de la persona adolescente trabajadora, se debed tramitar el procediliriento sancionatorio

que dispone el Art 160 de la LACAP para deteminar el cometimiento o no durante la ?iecueidn del

contrato de la conducta tipificada como causal de inhal)nitaci6n en el Art. 158, Romanos V, literal b) de

la LACAP relativa a la invocaci6n de hechos falsos para obtener la adjudicacrdn de la contrataci6n Se

entendde por comprobado el mcumplimiento a la normativa por parte de la General de lnspecci6n de

Trabajo, si durante el tramite de re inspecci6n se determina que hubo subsanaci6n por hal>er cometido rna

infracci6n, o por el contrario si se remitiere a procedmiento sancionatorio, y en este ultrmo como debed

finalizar el procedrmiento para conocer fa resoluci6n final. OBLIGACIONES DEL HOSPITAL: 1 ) Pagar

el precio aqui pactado a su entera satisfroci6n y de acuerdo a las especifroaciones convenidas.

CLAUSULA CUARTA: ADhHNISTRACI0N DEL CONTRATO. Para la verificacich de las

condiciones estableeidas en el preseute contrato se nombra coino Admmistradora del contrato a ha

Licencrada Miriam Elena Cuellar de Vanegas, Jefe de Laboratorio de este Hoapital CLAUSULA

0UINTA: PLAZO. LA CONTRATISTA se obliga a entregar el produeto de acuerdo a las

especificaciones siguientes: Reactivos de laboratorio reglones 6 y 7 son dos entregas ha cuales se

rrealizan de la siguiente manera prmera entrega quince dies hibiles despu6s de reeibir dchidamerfe

legalizado el contrato, segunda entrega: del uno al vemtiuno de julio de dos ml veinte, y para el renglch 8

rna sola entrega quince dias hat)iles desputs de recibir el contrato debidamente legalizado,;

CLAUSULA SEXTA: ATRASOS Y PRORROGAS DE PIAZO. Si La CONTRATISTA se atrasare

en el plazo de entrega del suministro, por causas de fuerza mayor o caso fortuito dchidanente justificado y

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a

ddooumentado, el Hospital podrd prorrogar al plaza de entrega, siempre que no se ponga en riesgo ha

hnstituci6n por falta de dichos insumos. LA CONTRATISTA derd aviso por escrito al Hoapital dentro de

las cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha en que ocurra la causa que origma y que justifique el atraso,

sionpre y cuando este aviso este dentro del plazo contractual. En caso de no hacerse tat notificacich en el

plazo establecrdo, esta omisi6n see raz6n suficiente para que el Hospital deniegue la pr6rroga del plazo

owrmactual. Ira pr6rroga del plazo contractual de entrega see establecida y formalizada a tra`fes de rna

resofuci6n o instnmento modificativo de contrato autorizado por el Director de Hospital y el Contratista,

y no dafa derecho a la CONTRATISTA a compensaci6n econ6mica. Las pr6rrogas de plazo no se darin

per atrasos causados por negligencia de La CONTRATISTA al no sollcltar a tiempo los msumos, o por

atrasos imputables a sus subcontratistas o suministrantes. CLAUSUIA SEFTMA: MONro 'roTAL

DEL CONTRATO: El monto total del presente contrato es de VIINTISIETE MIL I}6IARES DE

LOS ESTADOS UNII)OS DE AMERICA ($27P00.qu), que la Unidad Financiera, pagafa al

contlutista 6 a quien 6ste desigrie legalmente por el suninistro dbi]eto de 6ste contrato, dicho monto

incluye el Impuesto a fa Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestacich de Servicios. CIAUSULA

OCTAVA: COMPRormso PRESUPUESTARIO. EI HOSPITAL, hace constar que para cubrir el

importe del presents contrato, ha constituido el cifrado presupuestano respecti`ro el curl queda

automaticamente incorporado al presente contrato, asi como tambien todos los que se vayan

constituyende Es entendido que si vencido el ejercicio fiscal y no se logra liquider el contrato con dicho

crfuado presupuestarro el HOSPITAL podra mcorporarle el que le corresponda al nuevo eiercicio fiscal

vigente, o pagar por recusos propios. CLAUSULA NOVENA: CONDIC16N Y FORMA DE PAGO.

CONE)IC16N Y FORMA DE PAGO. El monto total del presente contrato see pagado en d6lares de los

Estados Unidos de Amchca por fa Umdad Financrera de esta lnstituci6n, en un plazo ndximo de sesenta dias

habiles aproximademente posteriores a la presentaci6n por pane de la CONIRAITSTA, si la contratista esta

catalogeda como MYPE se aplicara el art. 32 de La I.ey de Fomento y Desamollo para la Micro y Pequefia

Empresa, el lugar de entrega sefialado en la clausula ddeima cualta del presente contrato de las

correspondientes facturas, debiendo presentarse en duplicedo cliente y dos copias, y original del acta de

recepci6n,Deberapresentarlasfacturascorrespondientes,anombredelHospitalNacionalFranciscoMenchdez

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Page 7: LOS DATOS PERSONALES DE LAS PERSONAS NATURALES 0 …

de Ahuachapin, reflqjando ademis la descripci6n del preducto, ninero de rengl6n, unidad de medida y

cantidad del suministro, ya sean entregas parciales o totales conforme a lo descrito en el presente contrato;

ademds debefa detalLar en la factura el uno por ciento de retenci6n de acuerdo a ley, las facturas debefa

presentarla durante fas primeros cinco dias hfroiles de cads mes` CLAUSULA DECIMA: CES16N Queda

expresamente prohit)ido a la contratista traspasar o ceder a cualquier titulo los derechos y obligaciones que

eemanan del presente contrato. La trasgresi6n de esta disposici6n dafa lugar a la cadueidad del contrato,

procediendose ademas a hacer efectrva la garantia de cumplimiento de contrato. CLAUSUIA DECIMA

PRIMERA: FIANZAS. La contratista rendira por su cuenta y a favor del Hospital Naciorml Francisco

Men6ndez, a travis de un Banco, Compafiia Aseguradora o Afianzadora, con domicilio legal en EI

Salvador y autorizada por ha Supermtendencra del Sistema Financiero, la funza siguiente: Fianza de

CumDliniento de Contrato por un valor de TRES nm DOSCIENTOS CUAREr`ITA D61,ARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICAS (se240.00) equivalente al doce por ciento (12%) del valor total del

contrato, la cual servira para garantizar el cumplimiento estricto de este contrato, debch presentarse

dentro de los DIEZ DiAS HABILES siguientes a la recepci6n del contrato debidanente legalizade, LA

CUAL tendra vigencia por UN ANO, a partir de la fecha de distribuci6n del contrato Fianza de Buena

Calidad por un valor de DOS IVIL SETEcmr`ITOS DdLARES I)E LOS HSTADOS UNIDOS DE

AMERICA ($2,700.cO} equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, la cual servira

para garantizar la buena calidad del summistro entregado y estal)hided del mismo; la cual debera

presentarse dentro de los DIEZ DiAS HABILES despots de recibir el contrato debidsmente legalizado y

estari vigente durante el plazo de DOS ANOS contados a paltir de la fecha de drstribuci6n del contrato.

Las fianzas deberan presentarse en la UACI del HOSPITAL NACI0NAL FRANCISC0 MENENDEZ

DE AHUACHAPAN, ubicada en calle al Zacamil contiguo colonia Suncuan, Cant6n Ashapuco.

CLAUSULA DECIMA SEGUNDA: MULTAS roR ATRASO En caso de atraso por parte del

CONTRATISTA en la entrega del suministro dyjeto del presente contrato, en el plazo indicado en la

Clausula qumtaa este pagara en fa Direcci6n ceneral de Tesoreria del Ministeno de I+.acienda la Multaa

impuesta por el HOSPITAL por cada dia de atraso de conformidad a la siguiente tat)la: el CER0 PUNTO

UNO POR CIENTO (0.1%), del valor total del summistro atrasado en los primeros treinta dias, en los

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Page 8: LOS DATOS PERSONALES DE LAS PERSONAS NATURALES 0 …

a

siguientes treinta dias la cuantia de la multa diaria sera del CERO PUNTO CIENTO VEINTICINCO

POR CHNTO ( 0.125%) y los sigurentes dias de atraso la cuantia de fa multa diaria sera del CERO

PUNTO QUINCE roR CIENTO (015%) Dicha multa estara limitada hasta un mckino del DOCE roR

CIENTO (12%) del monto total del contrato, pero en todo caso la multa minimo sera en caso de

licitaciones el valor correspondiente a un salario minimo. EL HOSPITAL podri deducir de cualquier

ccantided que se adeude al CONTRATISTA, la suma a que asciende la multa o podri hacerla efectiva a

trav6s de la fianza de cumplimiento de contrato o exigir del contratista su pago directo. El pago de la

multa no exime a la CONTRATISTA de las obligaciones que se establecen en este Contrato.

CLAUSULA DECIMA TERCERA: SOLUC16N DE CONFLICTOS Toda duda o discrepancia que

suDa con motivo de la mterpretaci6n a e]ecuei6n del contrato, las partes las resolverin de manera

annigable o sea por amnglo directo y de acuerdo a lo dispuesto en los Articulos 163 y 164 de la I,ey de

Adquisiciones y Contrataciones de la Administraci6n Ptiblica. De no alcanzar acuerdo a|guno, dched ser

sometida para decisi6n final a proceso de arbitraje, de acuerdo a lo dispuesto en el Titulo Tercero de la

LLey de Mediaci6n, Conciliacich y Arbitraje. CIAUSIJIA DECIMA CUARTA: RECEPC16N DEL

SUMINISTRO. El summistro objeto del presente contrato, sera recibido en el almacch del Hospital

r`lacional Francisco Mendndez de Ahuachapin, ubicado en Final Calle al Zacamil canton Ashapuco; el

Jefe del almac6n procedera a verificar si el suministro esth acorde al contrato y hard la recapcich

correspondiente. I,a verificaci6n mencionada se efectuafa en presencia del contratista o de quien entregue

el producto, a fin de confrontar la coITespondencra entre lo entregado, fo relacionado en la factura, lo

establecide en el presents contrato, identificando las posibles deficiencies, levantindose y fimindose el

actaderecepcichcorrespondiente.CLAUSUI.iADECIM+MAOtJINTA:PLAZODFRECLAMOS.

Cuando se comprueben defectos en el sunmistro, el contratista debefa enmendar o cumplir a satrsfaccich

del Hospital dentro de los tres dias calendario siguientes a la fecha de la verificaci6n; si el contratista no

subsana los defectos comprobados se tendra por mcumplido el contrato, se dafa por caducedo el contrato y

se le hara efectiva la Fianza de cumpliniento de contrato sin responsabilidad para al HOSPITAL.

CLAUSULA DECIMA SEXTA: TERMINAC16N DEL CONTRATO. EI HOSPITAL podra dr por

extinguido el conlrato sin responsabhided alguna de su parte cuando ocurra cualquiera de las situaciones

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Page 9: LOS DATOS PERSONALES DE LAS PERSONAS NATURALES 0 …

siguientes. a) La CONTRATISTA no rinda las garantias establecidas en la CLAUSULA DECIMA

PRIMERA del contrato dentro del plazo acordado; b) La mora de la CONTRATISTA en el cumplimiefro

de los plazos contractuales o de cualquier otra obligaci6n; c) La CONTRATISTA entregue el producto en

inferior calidad a lo ofertado o no cumpla con las condiciones pactadas en este contrato. CLAUSULA

DECIMA SEFTIMA: CHSAC16N, EXTINCI0N, CADUCIDAD, Y REVOCAcldN DEL

CONTRATO Cuando se presentaren las situaciones establecidas en lus articulos del 92 al loo de la Ley

de Adquisiciones y Contrataciones de la Admrmstracidn Ptiblica, se procedena en lo pertinente a dar por

teminado el contrato. En caso de incumplmiento del contratista a cualquiera de las estipulaciones y

condiciones contractuales o las especificaciones establecidas esta libre gesti6]| EL HOSPITAL pods

notificar a la contratista su intencich de dar por terminado el contrato sin responsabiJ.rdad para 6L mediante

aviso escnto con expresich de motivo. Si dentro del plazo de drez dias calendario, contados a partir de la

fecha en que la contratista haya recfoido dicho aviso, continuare el incumplrmiento o no hiciere arregtos

satisfactonos al HOSPITAL, para copegir la situacich Irregular, al venci]nento del plazo sefialado, el

HOSPITAL clara por temrinado el contrato sin responsabilidad alguna de su parte En estos casos el

HOSPITAL, hard efectivas las garantias que t`rviere en su poder. En caso que fa contratista reincida en

cualquier mcumplmiento en relaci6n con la ejecuei6n o administraci6n del contrato, el HOSPITAL,

podra, sin responsabilidad de su parte dar por terminado el mismo, lo que debera notificar por escnto al

contratista. CLAUSULA DECIMA OCTAVA: MODIFICACIONES. Si en la e]ecuei6n del presents

contrato hubiere necesidad de introducir modificaciones al mismo, estas no podrin uevarse a cabo, sin la

autor©i6n legal del Director del Hospital y se formalizrara a trav6s de resolueich modificativa que

amentare el caso Queda entendido que el Hospital se reserva derecho de incrementar el presente contrato

hasta en un porcentque maxmo del vemte por ciento (20%) del valor total del misnio; para tal efecto se

emitha la resoluei6n modificativa que amente el caso` CIAUSULA DECIMA NOVIr`IA: VIGENCIA

El presents contrato entrari en vigencia despu6s que la contratista lo reeiba dchidaneute legalizado.

CI.AUSUI.A VIGEfinIAI JURISDICclbN. Pan ha ofectee bgaha di C-, qut-to ho

partes contratantes se soneten a la Jurisdiccich de los tribunales de la Ciudad de Ahuachapin. IA

CONTRATISTA renuncia, en caso de acci6n judicial en su contra a apelar al decreto de embargo,

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Page 10: LOS DATOS PERSONALES DE LAS PERSONAS NATURALES 0 …

sentencia de re"te y de cualquier otra providencia apelable en el juicio que se intentare y aceptara al

dapositariojudrcial de sus bienes que propusiere el HOSPITAL qui6n lo e e de rendir fianza y cuentas,

comprometlchdose a pagan los gastos ocaslonados, mclusive los personales, aunque no hubiere

condemci6n en costas. !t.AUSULA VIGESIMA PRIMEB4iLEGISLAC16N APLICABLE. Para los

efectos legales del presente contrato, las partes nos sometemos en todo a las disposiciones de las Leyes

Salvadorefias, renunciando a efectuar reclamaciones que no sean las establecidas por este contrato y las

Leyes de 6ste pats. ffdusuLA VIGESIMA SEGUNDA:_ NOTIFICACIONES. Las notificaciones

entre las partes deberfu hacerse por escrlto y tendril efecto a partir de la fecha de su recepci6n en las

direcciones que a contmunci6n se indican.. EI HOSPITAL en calle al Zacamil contiguo a Colonia Suncun

Cant6n Ashapuco AIunchapin y la CONTRATISTA.. COLONIA ESCALON , NO. 5290, 9.. CALLE

PONIENTh BIS, Y CALLE AL MIRADOR, SAN SALVAI)OR, SAN SALVADOR. En fe de lo cut

firmamos el presente contrato en la ciudad de AhunchapalL a los siete dias de[ mes febrero del afro dos

TECN0DIAGNOSTICA

r.++ +

TEL 2254-7373 FAX: 22S4-7300

RTiNEZ